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EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS SOBRE Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa

SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

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EXTRADICIONES Y TRASLADODE PERSONAS CONDENADAS

SOBRE

Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa

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Vicente Zeballos SalinasMinistro de Justicia y Derechos Humanos

Fernando Castañeda Portocarrero Viceministro de Justicia

Alex Rueda BorreroDirector General de Justicia y Libertad Religiosa

El presente documento ha sido elaborado por la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa. Este documento ha sido elaborado por Pamelhy Valle Chacaltana, bajo la dirección y supervisión de Sandra Miranda De Paz, ambas integrantes de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa.

Asimismo, participaron en la revisión del documento, Lita Porras Ospino y Ruth Villegas Montoya, integrantes de la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional, y Ana Lucía Puente, integrante de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa.

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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa y su Dirección de Cooperación Jurídica Internacional, participa en el trámite interinstitucional de las solicitudes de extradición y traslado de personas condenadas, en coordinación con las demás entidades del Sistema peruano de Cooperación Jurídica Internacional en materia penal: Ministerio Público, Ministerio de Relaciones Exteriores, Poder Judicial, Ministerio del Interior, entre otros.

Como sabemos, la extradición tiene como finalidad perseguir el delito fuera de las fronteras y, con ello, combatir la impunidad. Esto resulta clave no solo para el Estado peruano, sino para la comunidad internacional. El traslado, por su parte, busca que la persona condenada sea llevada a su país de origen o arraigo para cumplir el resto de la condena impuesta. En ambos procedimientos participan una serie de entidades, realizando análisis jurídicos y tomando decisiones políticas.

Cabe señalar que, hoy en día, los mecanismos de asistencia y cooperación internacional no se limitan a la extradición o el traslado de personas condenadas, sino, también, al perfeccionamiento de sus procedimientos, la aplicación de nuevos principios y el intercambio valioso de información para el fortalecimiento de la cooperación entre estados.

Con la finalidad de difundir estos procedimientos, ponemos a su alcance el presente documento denominado “ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS”, que recoge información esencial sobre las fases de los procedimientos, la competencia de las entidades que participan en los mismos y los principales principios y reglas que los rigen.

Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa

Lima, julio de 2019

PRESENTACIÓN

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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Tratado: con el término tratado se hace referencia al acuerdo internacional celebrado por escrito entre los Estados y regulado por las normas del Derecho Internacional (artículo 2.a de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969).

Resolución de requerimiento: es la resolución mediante la cual el órgano jurisdiccional se pronuncia sobre el pedido de extradición activa.

Resolución Consultiva: es la resolución mediante la cual la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente o no la solicitud de extradición.

Resolución Suprema: es la resolución mediante la cual el Poder Ejecutivo accede o no a la solicitud de extradición o de traslado.

Estado requerido: es el Estado que recibe la solicitud de entrega de una persona investigada, acusada, procesada o condenada que se encuentra en su territorio.

Estado requirente: es el Estado que solicita, a otro Estado, la entrega de una persona investigada, acusada, procesada o condenada que se encuentra en territorio de este último.

Estado de condena: es el Estado que impuso la pena de privación de libertad a la persona condenada1.

Estado de cumplimiento: es el Estado al que se traslada la persona condenada a privación de libertad2 para que cumpla el resto de su condena.

Autoridad central: en materia de cooperación jurídica internacional, con dicha frase se hace referencia a la Fiscalía de la Nación, según el artículo 512 del CPP.

1 IBERRED (2011) Guía de buenas prácticas de traslado de personas. Disponible en: <https://iberred.org/sites/default/files/iberred_tradalado_personas_condena-das_guia_buenas_practicas_0.pdf>, pp. 5 [Consulta: 22 de abril de 2019]

2 Ídem.

GLOSARIO

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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Constitución Política del Perú

Decreto Legislativo N° 636, Código Penal (CP)

Decreto Legislativo N° 957, Código Procesal Penal (CPP); modificado por Decreto Legislativo Nº 1281.

Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, que aprueba las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados; y sus modificatorias aprobadas por Decreto Supremo Nº 010-2008-JUS y Decreto Supremo N° 007-2009-JUS.

MARCO NORMATIVONACIONAL

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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I. EXTRADICIÓN

1.1 ¿Qué es la extradición?

1.2 ¿Qué normas rigen la extradición?

1.3 ¿Cuál es la naturaleza del procedimiento?

1.4 ¿Qué personas son pasibles de ser extraditadas?

1.5 ¿Qué delitos pueden dar lugar a una extradición?

1.6 ¿Cuáles son las principales reglas y principios que rigen la procedencia de una solicitud de extradición?

1.7 ¿Cuáles son los tipos de extradición en función de los sujetos participantes?

1.7.1 ¿Qué es la extradición activa?

a) ¿Cómo se inicia un procedimiento de extradición activa? b) ¿Cuál es el procedimiento de extradición activa?c) ¿En qué casos la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) puede solicitar al Estado requerido que dicte mandato de detención con fines de extradición?

1.7.2 ¿Qué es la extradición pasiva?

a) ¿Ante qué entidad se presenta la solicitud de extradición pasiva? b) ¿Cómo se inicia un procedimiento de extradición pasiva?c) ¿Cuál es el procedimiento de extradición pasiva?d) ¿Cuándo procede la detención con fines de extradición de una persona reclamada por autoridades extranjeras?e) ¿Cuáles son los efectos de la extradición pasiva, una vez concedida?

ÍNDICE

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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II. TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

2.1 ¿Qué es el traslado de personas condenadas?

2.2 ¿Qué normas rigen el traslado de personas condenadas?

2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado?

2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda ser trasladada?

2.5 ¿Cuáles son los tipos de traslado de personas condenadas?

2.5.1 ¿Qué es el traslado pasivo?

a) ¿Cuál es el procedimiento del traslado pasivo?

2.5.2 ¿Qué es el traslado activo?

b) ¿Cuál es el procedimiento del traslado activo?

III. ANEXOS

Anexo 1. Tratados bilaterales de extradición en vigor

Anexo 2. Tratados bilaterales de traslado de personas condenadas en vigor

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IEXTRADICIÓN

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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1.1 ¿Qué es la extradición? Es un mecanismo de cooperación judicial internacional (artículo 511 del CPP), mediante el cual un Estado es requerido por otro Estado (Estado requirente) para que entregue a una persona que se encuentra en su territorio y que tiene la condición de procesada o condenada por delito común; en virtud de un tratado o, en su defecto, por aplicación del principio de reciprocidad (inciso 1 del artículo 508 e inciso 2 del artículo 513 del CPP), sea para ser puesto a disposición de la autoridad judicial competente y se le enjuicie penalmente, o para que cumpla la pena impuesta3.

1.2 ¿Qué normas rigen la extradición??

La extradición se rige por los tratados en vigor y que vinculan al Estado peruano (artículo 37 de la Constitución Política y artículo 508 del CPP), dejando los aspectos relacionados con el procedimiento de extradición a las normas del derecho interno4.

Si no existe tratado, la extradición se rige por el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos (inciso 1 del artículo 508 e inciso 2 del artículo 513 del CPP). En este supuesto, la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) y el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) informan al Poder Judicial los casos en que dicho principio ha sido invocado por el Estado peruano y aceptado por el Estado extranjero involucrado en el procedimiento de extradición, y viceversa (inciso 2 del artículo 513 del CPP).

Asimismo, la Fiscalía de la Nación coadyuva con las autoridades nacionales competentes en la verificación del cumplimiento del ordenamiento jurídico internacional y el derecho nacional (artículo 512 del CPP).

1.3 ¿Cuál es la naturaleza del procedimiento de extradición?La extradición es un procedimiento mixto, con una fase jurisdiccional y una fase política5, conforme a los artículos 37 de la Constitución Política y 514 del CPP.

3 Cfr. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencia recaída en el Expediente N° 3966-2004-HC/TC, Fundamento N° 9; sentencia recaída en el Expediente N° 02468-2010-PHC/TC, Fundamento 3; y sentencia recaída en el Expediente N° 05461-2015-PHC/TC, Fundamento N° 5.

4 Huapaya, A. (2007, noviembre 16). Marco legal de la extradición en el Perú. [Mensaje de Blog]. Recuperado de http://ahuapayao.blogspot.com [Consulta: 22 de abril de 2019]

5 Cfr. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Caso Wong Ho Wing vs. Perú. Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas. Párr. 57

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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IMPORTANTE: La extradición es concedida por el Poder Ejecutivo, previa Resolución Consultiva de la Corte Suprema de Justicia de la República (CSJR). Así, a pesar de que la CSJR emita una resolución consultiva que considera procedente la extradición, el Poder Ejecutivo puede decidir concederla o no (inciso 2 del artículo 514 e inciso 2 del artículo 515 del CPP).

No obstante, si la CSJR emite resolución consultiva que considera improcedente la extradición, el Poder Ejecutivo queda vinculado a esa decisión (inciso 1 del artículo 515 del CPP).

1.4 ¿Qué personas son pasibles de ser extraditadas? La extradición activa es aplicable a toda persona investigada, procesada, acusada o condenada como autora o partícipe de un delito cometido en el Estado peruano y que se encuentra en otro Estado (inciso 1 del artículo 13 del CPP).

La extradición pasiva es aplicable a toda persona investigada, procesada, acusada o condenada como autora o partícipe de un delito cometido en un Estado extranjero y que se encuentre en territorio nacional, sea como residente, como turista o de paso (inciso 1 del artículo 516 del CPP).

1.5 ¿Qué delitos pueden dar lugar a una extradición?En principio, todo delito común es pasible de una solicitud de extradición.

Si existe tratado, tenemos que verificar:

En el tratado se establecen los delitos que pueden dar lugar a una extradición. En este caso, se debe verificar la doble incriminación, la pena mínima y los criterios establecidos en dicho tratado.

NOTA: Se acude tanto al tratado bilateral como a los tratados multilaterales en los que el Estado requirente y el Estado requerido sean Partes.

Si no existe tratado, o de tratarse de un delito no contemplado en el tratado, la extradición se rige por el principio de reciprocidad, y se aplican las normas del derecho interno.

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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1.6 ¿Cuáles son las principales reglas y principios que rigen la procedencia de una solicitud de extradición?

Las principales reglas y principios se encuentran recogidos en los tratados vinculantes para el Estado peruano y en el Código Procesal Penal.

Principio de legalidad:La extradición se rige por los tratados vinculantes para el Estado peruano y, a falta de estos, por el principio de reciprocidad.

Principio de reciprocidad:“[...] considerado como fuente supletoria a falta de un tratado o convenio internacional y en caso sea procedente la solicitud de extradición, ofreciéndose reciprocidad entre los Estados para casos análogos, con el sometimiento a los principios y a las prácticas del Derecho Internacional y según las condiciones de entrega” 6.

Principio de especialidad:“[...] exige que la persona entregada sea juzgada sólo por los hechos que motivaron la solicitud de extradición y tal como fueron calificados” 7.

Principio de doble incriminación:El delito por el que se solicita la extradición debe estar tipificado tanto en el Estado requirente como en el Estado requerido y, su sanción debe ser de una pena privativa de libertad fijada por el tratado o, en su defecto, debe ser igual o mayor a los dos años.

6 Cfr. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencia recaída en el Expediente N° 3966-2004-HC/TC, Fundamento N° 24.7 Ídem., Fundamento N° 29.

Artículo 37 de la Constitución Política y artículo 508 del CPP

Inciso 1 del artículo 508 e inciso 2 del artículo 513 del CPP

Inciso 1 del artículo 520 del CPP

Inciso 1 del artículo 517 del CPP

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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Prevalencia de la jurisdicción:El Estado requirente debe tener jurisdicción o competencia para juzgar el delito.

Sometimiento a la jurisdicción ordinaria:La persona extraditada no debe responder en el Estado requirente ante un tribunal de excepción.

Principio Non bis in idem:La persona extraditada no debe haber sido absuelta, condenada, indultada, amnistiada o sujeta a otro derecho de gracia equivalente por el delito sobre el que se solicita su extradición.

No prescripción de la acción penal o de la pena:No debe haber transcurrido el plazo de prescripción de la acción penal o de la pena, conforme a la normativa del Estado requerido y del Estado requirente.

Respeto al debido proceso:El proceso al que se va a someter a la persona extraditada debe cumplir con los estándares internacionales del debido proceso.

Garantías de una recta impartición de justicia:Deben existir garantías de una recta impartición de justicia en el Estado requirente.

Denegación de la extradición cuando el delito por el que se solicita la extradición tuviere pena de muerte en el Estado requirente y éste no diere las garantías de que no será aplicable.

Denegación de la extradición por delitos políticos, militares, de prensa o de opinión:

Literal d) del inciso 3 del artículo 517 del CPP

Literal d) del inciso 2 del artículo 517 del CPP

Literal d) del inciso 2 del artículo 517 del CPP

Literal b) del inciso 2 del artículo 517 del CPP

Literal c) del inciso 2 del artículo 517 del CPP

Literal d) del inciso 2 del artículo 517 del CPP

Inciso 2 del artículo 516 del CPP

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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La extradición no tiene lugar si el delito fuere exclusivamente militar, contra la religión, político o conexo con él, de prensa, o de opinión. No se consideran como delitos políticos, los actos de terrorismo, los delitos de lesa humanidad y los delitos respecto de los cuales el Estado peruano hubiera asumido una obligación convencional internacional de extraditar o enjuiciar.

Principio de no discriminación:No procede la extradición cuando la solicitud ha sido presentada con el fin de perseguir o de castigar a la persona extraditada por consideraciones de raza, religión, nacionalidad o de opiniones políticas.

1.7 ¿Cuáles son los tipos de extradición en función de los sujetos participantes?La extradición puede ser de dos tipos: extradición activa y extradición pasiva.

1.7.1 ¿Qué es la extradición activa?

Cuando el Estado peruano solicita a otro Estado la entrega de una persona investigada, procesada, acusada o condenada que se encuentra en dicho territorio.

a) ¿Cómo se inicia un procedimiento de extradición activa?

El órgano jurisdiccional que conoce del proceso inicia el procedimiento de extradición.

En esa línea, el Ministerio Público o la persona agraviada pueden requerir la extradición al mencionado órgano jurisdiccional (inciso 1 del artículo 525 del CPP).

Literal e) del inciso 2 del artículo 517 del CPP

Literal a) del inciso 3 del artículo 517 del CPP

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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IMPORTANTE: La extradición activa es un mecanismo de ultima ratio8. Se usa siempre que no sea posible utilizar otros mecanismos tecnológicos y de comunicación para la comparecencia a juicio de la persona reclamada, atendiendo la gravedad del delito o las condiciones especiales de la persona reclamada (inciso 2 del artículo 525 del CPP).

b) ¿Cuál es el procedimiento de extradición activa?

Es un trámite interinstitucional establecido en el CPP, en el que se procede según los plazos fijados por el tratado o, a falta de éste, por el derecho interno9.

8 Huapaya, A. (2017, febrero 19). El nuevo procedimiento de extradición a partir de las modificaciones incorporadas por el Decreto Legislativo N° 1281. [Mensaje de Blog]. Recuperado de <http://ahuapayao.blogspot.com> [Consulta: 22 de abril de 2019]

9 El siguiente gráfico se elaboró a partir de la Infografía del trámite interinstitucional de la solicitud de extradición activa, elaborada por la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional

El órgano jurisdiccional que conoce del proceso solicita

la captura de la persona reclamada a nivel

internacional.

El órgano jurisdiccional que conoce del proceso emite la

Resolución de Requerimiento y la solicitud

de extradición activa. Asimismo, dispone que se

forme el cuaderno de extradición.

La OCN - INTERPOL Lima traslada el pedido

a su sede central OIPC-INTERPOL

Sala Penal de la Corte Suprema de

Justicia

Remite el cuaderno de extradición

La Corte Suprema emite la Resolución

Consultiva. Si declara procedente

la solicitud de extradición, remite

el cuaderno de extradición al

Minjusdh

La OCN INTERPOL del Estado X informa que la persona reclamada se encuentra detenida o

ubicada en dicho Estado

SOLICITUD DE BÚSQUEDA Y CAPTURA INTERNACIONAL

La OCN- INTERPOL Lima traslada el mensaje de ubicación y detención

Si la Resolución Consultiva declara improcedente la solicitud de extradición,

devuelve el cuaderno de extradición. FA

SE

JU

RI

SD

IC

CI

ON

AL

Solicitud, formación del cuaderno de extradición ytrámite ante la Corte Suprema

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

17

Ministerio de Justcia y Derechos Humanos

El Poder Ejecutivo decide, mediante Resolución

Suprema, acceder o no a la solicitud de extradición.

Traducción del cuaderno de extradición

La Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) presenta formalmente la solicitud, con el concurso

del Ministerio de Relaciones Exteriores

La Fiscalía de la Nación hace el seguimiento hasta obtener

respuesta del Estado requerido

La Fiscalía de la Nación supervisa la ejecución según las condiciones que hubiese

establecido el Estado requerido

Presentación de la solicitud de extradición

Si el estado requerido accede a la extradición

La Comisión O�cial de Extradiciones y Traslados de

Personas Condenadas elabora un informe técnico que propone al Consejo de

Ministros, a través del Ministro (a) de Justicia y

Derechos Humanos, acceder o denegar la

solicitud de extradición

DECISIÓN DEL PODER EJECUTIVO

Seguimiento de lasolicitud de extradición

Ejecución de laExtradición

FA

SE

PO

TI

CA

Nota: La Comisión O�cial de Extradiciones y Traslado de Personas condenadas está conformada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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c) ¿En qué casos la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) puede solicitar al Estado requerido que dicte mandato de detención con fines de extradición?

La detención preventiva con fines de extradición procede en casos de urgencia y, especialmente, cuando hay peligro de fuga (artículo 527 del CPP).

1.7.2 ¿Qué es la extradición pasiva?

Cuando el Estado peruano recibe la solicitud de otro Estado, en la que requiere la entrega de una persona investigada, procesada, acusada o condenada que se encuentra en el territorio nacional.

a) ¿Ante qué entidad se presenta la solicitud de extradición pasiva?

De no estar contemplado en el tratado, la solicitud de extradición se presenta ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta entidad recibe y pone a disposición de la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) las solicitudes de cooperación jurídica internacional que presentan autoridades extranjeras (inciso 5 del artículo 512 del CPP).

b) ¿Cómo se inicia el procedimiento de extradición pasiva?

Se inicia con la solicitud de extradición presentada por el Estado requirente, o con la detención de la persona reclamada, sea por una solicitud de detención preventiva con fines de extradición o por existir una orden de captura internacional (Notificación Roja) emitida por INTERPOL (artículo 521 del CPP).

c) ¿Cuál es el procedimiento de extradición pasiva?

Es un trámite interinstitucional establecido en el CPP. En el siguiente gráfico, el procedimiento de extradición pasiva se inicia por existir una orden de captura internacional (Notificación Roja) emitida por INTERPOL (supuesto del inciso 3 del artículo 521 del CPP).

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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Audiencia de control de la detención con �nes de extradición

FA

SE

JU

RI

SD

IC

CI

ON

AL

Dentro del plazo de 24 horas o el término de la

distancia, la persona reclamada es puesta a disposición del órgano

jurisdiccional competente, con comunicación a la

Fiscalía de la Nación, �scal provincial y/o funcionario diplomático o consular del

Estado requirente

Detenida la persona reclamada, el Estado

requirente debe presentar la solicitud

de extradición al Ministerio de

Relaciones Exteriores, en el plazo �jado en el

tratado o, en su defecto, en el plazo

establecido en el CPP. De no presentarse

dentro de dicho plazo, se dispone la libertad

de la persona reclamada

El Ministerio de Relaciones Exteriores remite dicha

solicitud a la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central)

Subsanada, la solicitud, el

mencionado órgano jurisdiccional, en un

plazo no mayor de 24 horas, remite el

cuaderno de extradición a la Sala

Penal de la Corte Suprema de Justicia,

adjuntando un informe ilustrativo

La Fiscalía (Autoridad Central) remite la solicitud de extradición al órgano

jurisdiccional para que cali�que la solicitud.

De faltar algún requisito, el Estado requirente puede

subsanar o completar dicha solicitud.

Recibido el cuaderno, la Corte Suprema, en un plazo no mayor de 15

días, realiza la Audiencia de Extradición

Concluida dicha audiencia, la Corte Suprema emite la

Resolución Consultiva, que declara procedente o no la

solicitud de extradición

Asimismo, remite el cuaderno de extradición al

Minjusdh, dentro de 5 días

Asimismo, este órgano jurisdiccional resuelve la medida de coerción

personal que corresponda. De

dictarse detención preventiva con �nes de

extradición, esta no puede extenderse más

allá del plazo razonable.

Detención de la persona reclamada por existir orden de captura internacional emitida a través de INTERPOL

OCN - INTERPOL Lima comunica dicha detención a la OCN - INTERPOL del Estado requirente

El órgano jurisdiccional, dentro de las 72 horas, realiza audiencia

de control de la detención. En dicha audiencia, la persona

reclamada es informada sobre la posibilidad de acogerse a la

extradición simpli�cada (Cabe señalar que, en cualquier etapa

del procedimiento de extradición, se puede acoger a dicha extradición simpli�cada).

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN, FORMACIÓN DELCUADERNO DE EXTRADICIÓN Y TRÁMITE ANTE LA CORTE SUPREMA

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

20

Ministerio de Justcia y Derechos Humanos

El Poder Ejecutivo decide, mediante Resolución

Suprema, acceder o no a la solicitud de extradición.

La Comisión O�cial de Extradiciones y Traslados de

Personas Condenadas elabora un informe técnico que propone al Consejo de

Ministros, a través del Ministro (a) de Justicia y

Derechos Humanos, acceder o denegar la

solicitud de extradición

DECISIÓN DEL PODER EJECUTIVO

FA

SE

PO

TI

CA

Nota: La Comisión O�cial de Extradiciones y Traslado de Personas condenadas está conformada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ejecución de la extradición

Dicha decisión se comunica a la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) y al

Estado requirente, por vía diplomática e INTERPOL. En la comunicación al Estado requirente, se consignan las condiciones que se hayan establecido al conceder la

extradición

El Estado requirente deberá efectuar el traslado de la persona reclamada en el plazo �jado en el tratado o, en su defecto, en el plazo establecido en el CPP.

Vencido el plazo, y no haberse efectuado el traslado, la persona reclamada será puesta en libertad.

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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d) ¿Cuándo procede la detención con fines de extradición de una persona reclamada por autoridades extranjeras?

La detención preventiva con fines de extradición de una persona reclamada por las autoridades extranjeras procede cuando ha sido solicitada formalmente por el Estado requirente, o cuando la persona reclamada ha sido ubicada dentro del territorio nacional y se encuentre con requerimiento de captura internacional a través de INTERPOL (artículo 523 del CPP).

e) ¿Cuáles son los efectos de la extradición pasiva una vez concedida?

Según el artículo 520 del CPP, los efectos son los siguientes:

La persona extraditada no podrá ser encausada por hechos anteriores y distintos a los que determinaron la concesión de la extradición sin la previa autorización del Estado peruano. En dicho caso, deberá presentarse una demanda ampliatoria.

Si la calificación del hecho delictivo que motivó la extradición fuese posteriormente modificada en el curso del proceso en el Estado requirente, ésta deberá igualmente ser autorizada por el Estado peruano.

La persona extraditada no podrá ser reextraditada a otro Estado sin la previa autorización del Estado peruano.

Si la persona extraditada, después de la entrega al Estado requirente o durante el respectivo proceso, fuga para regresar al Estado peruano, será detenida mediante requisición directa y nuevamente entregada sin otras formalidades.

Los bienes (objetos o documentos) efecto o instrumento del delito y los que constituyen el cuerpo del delito o elementos de prueba, serán entregados al Estado requirente, desde que se hallen en poder de la persona extraditada, aunque ésta haya desaparecido o fallecido, salvo si afectan derechos de una tercera persona.

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IITRASLADO DE

PERSONAS CONDENADAS

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ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

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2.1 ¿Qué es el traslado de personas condenadas?Es un mecanismo de cooperación judicial internacional (artículo 511 del CPP), mediante el cual el Estado que impuso una sentencia condenatoria (Estado de Condena) permite que la persona condenada, previa presentación de su solicitud y cumplimiento de los requisitos debidamente normados, concluya el resto de la condena impuesta en el Estado de su nacionalidad o en el que acredite tener arraigo (Estado de Cumplimiento).

2.2 ¿Qué normas rigen el traslado de personas condenadas?El traslado de personas condenadas se rige por los tratados en vigor y que vinculan al Estado peruano, dejando al derecho interno, los aspectos relacionados con el procedimiento y los relativos a las condiciones para el traslado y cumplimiento de la condena. Si no existe tratado, se rige por el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos.

2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? La persona condenada a pena privativa de libertad o a medida de seguridad privativa de libertad, que se encuentra cumpliendo condena en un Estado distinto al de su nacionalidad o del que acredite tener arraigo (inciso 1 del artículo 540 del CPP).

Page 24: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

24

2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda ser trasladada?El traslado de la persona condenada es posible si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 542 del CPP:

El hecho que origine la solicitud sea punible en ambos Estados.

La sentencia se encuentre �rme.

No exista contra la persona solicitante proceso penal pendiente.

La persona condenada no haya sido declarada culpable de un delito exclusivamente militar.

La parte de la condena por cumplirse al momento de presentar la solicitud, sea por lo menos de 6 meses. Excepcionalmente, las autoridades centrales pueden convenir el traslado, aunque la duración de la condena por cumplirse sea inferior a 6 meses.

Las otras disposiciones de la sentencia hayan sido satisfechas o garantizadas, especialmente tratándose de multa, reparación civil y demás consecuencias accesorias. (Ver las excepciones señaladas en el literal e, del inciso 1, del artículo 542 del CPP).

1

2

3

4

5

6

Page 25: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

25

2.5 ¿Cuáles son los tipos de traslado de personas condenadas?El traslado de personas condenadas puede ser clasificado en traslado pasivo y traslado activo.

2.5.1 ¿Qué es el traslado pasivo?

Son las solicitudes presentadas por las personas de nacionalidad extranjera que se encuentran cumpliendo condena en el Estado peruano.

a) ¿Cuál es el procedimiento del traslado pasivo?

Es un trámite interinstitucional, según el siguiente gráfico10 .

10 A partir del tríptico de traslado pasivo de personas condenadas, elaborada por la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional

La persona condenada, o su representante, presenta la solicitud de traslado ante:

INPE (Director del Establecimiento

penitenciario o del Centro de Medio Libre)

Remite copia de la Resolución Suprema

al Ministerio de Relaciones Exteriores para su presentación

al Estado de Cumplimiento.

El Poder Ejecutivo decide, mediante

Resolución Suprema, acceder o no al

traslado.

La Comisión O�cial de Extradiciones y Traslado de

Personas Condenadas emite informe técnico que

propone al Consejo de Ministros, a través del

Ministro(a) de Justicia y Derechos Humanos, acceder o denegar el

traslado

Fiscalía de la Nación (Autoridad Central)

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Representación consular

Forma cuaderno de traslado y lo remite al

Una vez emitida y publicada la Resolución Suprema que accede al traslado, se devuelve el cuaderno de traslado a:

Page 26: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

ABC SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

26

2.5.2 ¿Qué es el traslado activo?

Son las solicitudes presentadas por las personas de nacionalidad peruana que se encuentran cumpliendo condena en un Estado extranjero.

a) ¿Cuál es el procedimiento del traslado activo?

Es un trámite interinstitucional, según el siguiente gráfico.

La persona condenada en el extranjero (o su

representante) solicita su traslado ante:

Una vez emitida y publicada la Resolución Suprema que accede al traslado, se devuelve el cuaderno de traslado

con la copia de la Resolución Suprema.

Autoridades del Estado de condena

Consulado peruano más cercano a su lugar de

detención

Fiscalía de la Nación (Autoridad Central)

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

La Comisión O�cial de Extradiciones y Traslados de Personas Condenadas emite

informe técnico que propone al consejo de Ministros, a través del

Ministro(a) de Justicia y Derechos Humanos, acceder o denegar la solicitud de traslado.

Forma cuaderno de traslado y lo remite al

El Poder Ejecutivo decide, mediante Resolución

Suprema, acceder o no a la solicitud de traslado

Comunica la decisión al Estado de condena y a la

persona condenada solicitante.

Page 27: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

ANEXO 1

Page 28: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

TRATADOS BILATERALES DE EXTRADICIÓN EN VIGOR

País Denominación Fecha de

suscripción Fecha de entrada

en vigencia

1 ARGENTINA Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República Argentina

11/6/2004 19/7/2006

2 BAHAMAS Acuerdo de Extradición entre Perú y Bahamas

2/08/1978 14/8/1978

3 BÉLGICA

Convención de Extradición y Declaración Adicional entre

Perú y Bélgica 23/11/1888 23/10/1890

Acuerdo por intercambio de notas entre la República de

Bélgica y la República del Perú relativo a la Ampliación de la Convención de Extradición de

23 de noviembre de 1888 (ampliando el Artículo II)

2/07/1958 29/8/1961

4 BOLIVIA

Tratado de Extradición entre la República del Perú y la

República de Bolivia 27/8/2003 3/3/2010

Protocolo Modificatorio del Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República de Bolivia

3/9/2018 En etapa de

perfeccionamiento interno

5 BRASIL Tratado de Extradición entre

la República de Perú y la República Federativa del Brasil

25/8/2003 30/6/2006

6 CANADÁ

Acuerdo con Canadá a fin de aplicar el Tratado de

Extradición con Gran Bretaña (Nota JLA-1724)

20/10/1993 20/10/1993

7 CHILE Tratado de Extradición entre Perú y Chile1

5/11/1932 15/7/1936

8 CHINA Tratado entre la República del

Perú y la República Popular China sobre Extradición

5/11/2001 5/4/2003

9 COLOMBIA

Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República de Colombia modificatorio del

Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de

julio de 1911

22/10/2004 16/6/2010

1 El 29 de noviembre de 2016, Chile y Perú suscribieron un nuevo tratado de extradición, el cual se encuentra aún en etapa de perfeccionamiento interno.

TRATADOS BILATERALES DE EXTRADICIÓN EN VIGOR

País Denominación Fecha de

suscripción Fecha de entrada

en vigencia

1 ARGENTINA Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República Argentina

11/6/2004 19/7/2006

2 BAHAMAS Acuerdo de Extradición entre Perú y Bahamas

2/08/1978 14/8/1978

3 BÉLGICA

Convención de Extradición y Declaración Adicional entre

Perú y Bélgica 23/11/1888 23/10/1890

Acuerdo por intercambio de notas entre la República de

Bélgica y la República del Perú relativo a la Ampliación de la Convención de Extradición de

23 de noviembre de 1888 (ampliando el Artículo II)

2/07/1958 29/8/1961

4 BOLIVIA

Tratado de Extradición entre la República del Perú y la

República de Bolivia 27/8/2003 3/3/2010

Protocolo Modificatorio del Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República de Bolivia

3/9/2018 En etapa de

perfeccionamiento interno

5 BRASIL Tratado de Extradición entre

la República de Perú y la República Federativa del Brasil

25/8/2003 30/6/2006

6 CANADÁ

Acuerdo con Canadá a fin de aplicar el Tratado de

Extradición con Gran Bretaña (Nota JLA-1724)

20/10/1993 20/10/1993

7 CHILE Tratado de Extradición entre Perú y Chile1

5/11/1932 15/7/1936

8 CHINA Tratado entre la República del

Perú y la República Popular China sobre Extradición

5/11/2001 5/4/2003

9 COLOMBIA

Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República de Colombia modificatorio del

Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de

julio de 1911

22/10/2004 16/6/2010

1 El 29 de noviembre de 2016, Chile y Perú suscribieron un nuevo tratado de extradición, el cual se encuentra aún en etapa de perfeccionamiento interno.

ANEXO 1

Page 29: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

10 COREA DEL SUR Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República de Corea

5/12/2003 16/11/2005

11 ECUADOR Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República del Ecuador

4/4/2001 12/12/2002

12 EL SALVADOR Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República de El Salvador

7/7/2005 4/6/2015

13

ESPAÑA

Tratado de Extradición entre la República del Perú y el

Reino de España 28/6/1989 31/1/1994

Modificatoria de Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España

9/3/2009 9/7/2011

14 ESTADOS UNIDOS Tratado de Extradición entre

la República del Perú y los Estados Unidos de América

25/7/2001 25/8/2003

15 FIJI

Acuerdo por el que continua Fiji como parte del Tratado de Extradición entre la República de Perú y el Reino Unido de

Gran Bretaña de 26 de enero de 1904

31/5/1973 31/5/1973

16 FRANCIA Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República Francesa

21/2/2013 1/3/2016

17

ITALIA

Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la

República Italiana

24/11/1994 7/4/2005

Protocolo Modificatorio del Artículo 6 del Tratado de

Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República Italiana

20/10/1999 7/4/2005

18 KENIA

Acuerdo para continuar aplicando el Tratado de

Extradición firmado entre Perú y Gran Bretaña del 26 de enero de 1904, a la República

de Kenia

19/6/1965 19/6/1965

19 MALAWI

Tratado entre Perú y Malawi para que se apliquen a este

país el Tratado de Extradición de 1904, con Gran Bretaña y sus ampliatorias de 1927 y

1928

6/9/1967 6/9/1967

ANEXO 1

Page 30: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

20 MÉXICO Tratado de Extradición entre

Perú y los Estados Unidos Mexicanos.

2/5/2000 10/4/2001

21 PANAMÁ Tratado de Extradición entre

la República del Perú y la República de Panamá

8/9/2003 8/7/2005

22 PARAGUAY

Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Paraguay

17/10/1997 29/11/2005

Acuerdo Complementario al Tratado de Extradición entre

Perú y Paraguay 5/3/2001 21/11/2005

23 REINO UNIDO

Tratado de Extradición entre Perú y Gran Bretaña

26/1/1904 20/5/1907

Ampliación del Tratado de Extradición de 1904, a los

territorios bajo el mandato británico

16/1/1928 16/1/1928

Segunda Ampliación del Tratado de Extradición de

1904 entre Perú y Gran Bretaña

1/12/1934 1/12/1934

Acuerdo sobre Extensión del Tratado de Extradición del 26 de enero de 1904 entre Perú y Gran Bretaña (Islas Salomón)

17/3/1937 17/3/1937

24 URUGUAY

Tratado de Extradición entre la República del Perú y la

República Oriental del Uruguay

9/9/2007 3/8/2012

Elaborado por la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional. Fuente: Archivo Nacional de Tratados “Embajador Juan Miguel Bákula Patiño” (https://apps.rree.gob.pe/portal/webtratados.nsf)

ANEXO 1

Page 31: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

ANEXO 2

Page 32: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

Medidas de Seguridad Privativas de Libertad, así

como de Menores bajo Tratamiento Especial

10

Estados Unidos

Tratado entre la República del Perú y los Estados Unidos de

América sobre el Cumplimiento de Condenas

Penales

6/7/1979 21/7/1980

11 Francia

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre el Gobierno de La República del

Perú y el Gobierno de la República Francesa

24/2/2016 1/1/2019

12 Italia

Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas y

Menores bajo Tratamiento Especial entre el Gobierno de

la República del Perú y el Gobierno de la República

Italiana

24/11/1994 17/8/1999

13 Países Bajos

Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y el Reino

de los Países Bajos.

12/5/2011 1/3/2014

14 Panamá

Tratado entre la República del Perú y la República de Panamá

sobre Traslado de Personas Condenadas

10/12/2002 29/1/2004

15 Paraguay

Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas y de Menores bajo Tratamiento

Especial entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República de Paraguay

6/7/2001

5/11/2002

16 Polonia

Tratado entre la República del Perú y la República de Polonia

sobre Transferencia de Personas Condenadas

27/5/2014

30/3/2016

17 Portugal

Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República Portuguesa

7/4/2010

7/3/2013

18 Reino Unido

Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del

Norte sobre la Transferencia de Condenados

7/3/2003 11/9/2003

19 República Dominicana

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre el Gobierno de la República del

Perú y el Gobierno de la República Dominicana

15/3/2002 12/8/2006

TRATADOS BILATERALES DE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS EN VIGOR

País Denominación Fecha de

suscripción Fecha de entrada en

vigencia

1 Argentina

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de Argentina

12/8/1998 31/3/2001

Protocolo Modificatorio al Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de Argentina

27/11/2012

15/1/2016

2 Bolivia

Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República de Bolivia sobre Transferencia de

Personas Condenadas y Menores bajo Tratamiento

Especial

27/7/1996

17/11/1997

3

Brasil

Tratado entre el Gobierno de la República del Perú y la

República Federativa del Brasil sobre la Transferencia de

Condenados

25/8/2003

25/8/2006

4 Canadá

Tratado sobre Ejecución de Sentencias Penales entre el

Gobierno del Perú y el Gobierno de Canadá

22/4/1980 23/7/1980

5 Chile

Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de Chile

25/11/2010 14/7/2012

6 Cuba

Convenio entre la República del Perú y la República de Cuba sobre Ejecución de Sentencias

Penales

19/1/2002 12/11/2003

7 Ecuador

Convenio sobre Transferencias de Personas Condenadas entre

la República del Perú y la República de Ecuador

11/8/1999 5/5/2000

Protocolo Modificatorio al Convenio sobre Transferencias de Personas Condenadas entre

la República del Perú y la República de Ecuador

30/10/2014 30/10/2014

8 El Salvador

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de El Salvador

7/7/2005

20/10/2011

9

España

Tratado entre la República del Perú y el Reino de España sobre Transferencias de

Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y

25/02/1986 9/06/1987

ANEXO 2

Page 33: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

Medidas de Seguridad Privativas de Libertad, así

como de Menores bajo Tratamiento Especial

10

Estados Unidos

Tratado entre la República del Perú y los Estados Unidos de

América sobre el Cumplimiento de Condenas

Penales

6/7/1979 21/7/1980

11 Francia

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre el Gobierno de La República del

Perú y el Gobierno de la República Francesa

24/2/2016 1/1/2019

12 Italia

Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas y

Menores bajo Tratamiento Especial entre el Gobierno de

la República del Perú y el Gobierno de la República

Italiana

24/11/1994 17/8/1999

13 Países Bajos

Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y el Reino

de los Países Bajos.

12/5/2011 1/3/2014

14 Panamá

Tratado entre la República del Perú y la República de Panamá

sobre Traslado de Personas Condenadas

10/12/2002 29/1/2004

15 Paraguay

Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas y de Menores bajo Tratamiento

Especial entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República de Paraguay

6/7/2001

5/11/2002

16 Polonia

Tratado entre la República del Perú y la República de Polonia

sobre Transferencia de Personas Condenadas

27/5/2014

30/3/2016

17 Portugal

Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República Portuguesa

7/4/2010

7/3/2013

18 Reino Unido

Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del

Norte sobre la Transferencia de Condenados

7/3/2003 11/9/2003

19 República Dominicana

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre el Gobierno de la República del

Perú y el Gobierno de la República Dominicana

15/3/2002 12/8/2006

ANEXO 2 TRATADOS BILATERALES DE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS EN VIGOR

País Denominación Fecha de

suscripción Fecha de entrada en

vigencia

1 Argentina

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de Argentina

12/8/1998 31/3/2001

Protocolo Modificatorio al Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de Argentina

27/11/2012

15/1/2016

2 Bolivia

Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el

Gobierno de la República de Bolivia sobre Transferencia de

Personas Condenadas y Menores bajo Tratamiento

Especial

27/7/1996

17/11/1997

3

Brasil

Tratado entre el Gobierno de la República del Perú y la

República Federativa del Brasil sobre la Transferencia de

Condenados

25/8/2003

25/8/2006

4 Canadá

Tratado sobre Ejecución de Sentencias Penales entre el

Gobierno del Perú y el Gobierno de Canadá

22/4/1980 23/7/1980

5 Chile

Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de Chile

25/11/2010 14/7/2012

6 Cuba

Convenio entre la República del Perú y la República de Cuba sobre Ejecución de Sentencias

Penales

19/1/2002 12/11/2003

7 Ecuador

Convenio sobre Transferencias de Personas Condenadas entre

la República del Perú y la República de Ecuador

11/8/1999 5/5/2000

Protocolo Modificatorio al Convenio sobre Transferencias de Personas Condenadas entre

la República del Perú y la República de Ecuador

30/10/2014 30/10/2014

8 El Salvador

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y la República de El Salvador

7/7/2005

20/10/2011

9

España

Tratado entre la República del Perú y el Reino de España sobre Transferencias de

Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y

25/02/1986 9/06/1987

Page 34: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

20 Suiza

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y Suiza 18/11/2010

8/5/2012

21 Tailandia

Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de

Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias

Penales

5/10/2013

26/2/2016

22 Venezuela

Convenio entre la República del Perú y la República de

Venezuela sobre Ejecución de Sentencias Penales

12/1/1996 8/3/1998

Fuente: Archivo Nacional de Tratados “Embajador Juan Miguel Bákula Patiño” (https://apps.rree.gob.pe/portal/webtratados.nsf)

ANEXO 2

Page 35: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

20 Suiza

Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la

República del Perú y Suiza 18/11/2010

8/5/2012

21 Tailandia

Tratado entre la República del Perú y el Reino de Tailandia sobre la Transferencia de

Condenados y Cooperación en la Ejecución de Sentencias

Penales

5/10/2013

26/2/2016

22 Venezuela

Convenio entre la República del Perú y la República de

Venezuela sobre Ejecución de Sentencias Penales

12/1/1996 8/3/1998

Fuente: Archivo Nacional de Tratados “Embajador Juan Miguel Bákula Patiño” (https://apps.rree.gob.pe/portal/webtratados.nsf)

Dirección de Cooperación Jurídica Internacional

Page 36: SOBRE EXTRADICIONES Y TRASLADO DE PERSONAS … · 2.3 ¿Quién puede solicitar el traslado? 2.4 ¿Cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que la persona condenada pueda

Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa