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SOCIEDAD PLURAL: LAS RELACIONES DE CRISTIANOS, …

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Tema 3 (Bloque 2; A, apartado 2.4). LA EDAD MEDIA: TRES CULTURAS Y UN MAPA EN CONSTANTE CAMBIO. LOS REINOS CRISTIANOS HASTA EL SIGLO XIII. EL PROCESO DE RECONQUISTA Y REPOBLACIÓN. EL RÉGIMEN SEÑORIAL Y LA SOCIEDAD ESTAMENTAL. LA EVOLUCIÓN ECONÓMICA. UNA SOCIEDAD PLURAL: LAS RELACIONES DE CRISTIANOS, MUSULMANES Y JUDÍOS
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2.4.1. Los reinos cristianos en la Edad Media: los primeros núcleos de resistencia
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2.4.2
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soberanía cristiana a excepción del Reino Nazarí de Granada. Finalmente cabe

destacar en esta etapa la creación y auge de las órdenes militares, integradas

por soldados permanentes a los que solían recurrir los monarecas para la

defensa de zonas especialmente vulnerables. En Castilla se crearon la de

Calatrava (1157), Santiago (1171) y Alcántara (1176), mientras que en Aragón

hay que esperar a 1317 para hablar de su primera orden, Montesa, heredera

de los disueltos templarios.

2.4.3. Modelos de repoblación: las formas de ocupación del territorio y su

influencia en la estructura de la propiedad.

De forma paralela al avance cristiano, asistimos también a un proceso

repoblador que contemplaría tanto la llegada de nuevos moradores a áreas

despobladas, como la organización administrativa de las mismas. Por tanto,

como repoblación entendemos el proceso de ocupación, reparto de tierras y

organización de la explotación que tuvo lugar en las regiones arrebatadas a los

musulmanes tras la conquista.

Podemos distinguir diferentes tipos o modelos de repoblación en diversas

fases:

1. Hasta el siglo XI: La repoblación fue espontánea y se localizará en torno

a guarniciones militares y fortificaciones, como las establecidas en la

línea defensiva del Duero y en el piedemonte pirenaico. La ocupación de

la tierra se denomina presura o aprisio, fórmula que concedía la

propiedad de la tierra al que la había ocupado durante cierto tiempo y

cultivaba al menos una parte de la misma. Los campesinos, a veces

(pero no siempre) dirigidos por un noble o un clérigo o, directamente,

poderosas familias laicas y eclesiásticas ocupaban de forma libre la

tierra. El rey sanciona posteriormente la legalidad de la propiedad.

En muchos casos este formato no requería conquista previa, pues afectó

a muchos territorios prácticamente despoblados (esta idea de

despoblación proviene de fuentes musulmanas) en el valle del Duero o

de la Plana de Viv. Y este modelo de repoblación genera una sociedad

de campesinos libres, basada en la pequeña y mediana propiedad.

2. A partir del siglo XI y hasta el siglo XIII, los reinos cristianos de Castilla-

León y Aragón triplicaron su extensión. Por este motivo la repoblación

será menos espontánea, interviniendo activamente los monarcas a partir

de instrumentos como:

-Privilegios y fueros, cuyo objetivo era atraer nuevos colonos,

concretándose en la concesión por parte del monarca o gran señor

de cartas pueblas, fueros locales y cartas de franquicia. Es lo que se

denomina repoblación concejil o de frontera que se llevó a cabo

principalmente en las “Extremaduras”, entre los ríos Duero, Tajo y el

valle del Ebro, en los siglos XI-XII y, ya en el siglo XIII, en la

colonización al sur del Tajo y hasta Sierra Morena.

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El territorio aparece dividido en entidades administrativas dirigidas

por Comunidades de Villa y Tierra o Concejos, que originalmente

eran una asamblea de los vecinos de las localidades que

participaban en el gobierno de las mismas. Esas entidades

territoriales se denominan alfoz que es un gran término regido desde

una villa cabecera o núcleo urbano de cierta entidad demográfica, en

el que se instala un representante del monarca y un grupo de

caballeros encargados de la defensa, y que está rodeado por el

territorio rural poblado de aldeas. Por tanto, el alfoz sería el territorio

rural que rodeaba una villa o ciudad y que estaba bajo su jurisdicción

o dependía administrativamente de ella y donde, a veces, había

también algunos pequeños núcleos de población.

La repoblación concejil se basa, por tanto, en la creación de

concejos y ciudades con su alfoz, a los que se les dota de Fueros o

Cartas Pueblas. Estos fueros otorgan libertades y privilegios a sus

habitantes, para atraer a la población a una zona peligrosa de

frontera.

A los nuevos pobladores se les concedía solar para la casa, tierras

de cultivo y permiso para disfrutar de bienes comunales. Los

caballeros reciben más que los plebeyos.

La caballería villana queda encargada de la defensa y se configura

como el grupo social hegemónico en los nuevos núcleos de

población. Esa caballería villana es una especie de milicia concejil,

integrada por caballeros, hidalgos y peones, que las poblaciones

debían prestar a la corona cuando lo solicitase, de acuerdo con el

deber de auxilium que contaían las poblaciones al acogerse a esos

fueros (y que suele aparecer expresamente recogido en los

mismos).

Esta repoblación fue dirigida por el rey, configura una sociedad en la

que es abundante la mediana propiedad y donde proliferan tierras y

bienes comunales. A la población musulmana, o bien se le respeta

sus propiedades, o en zonas como Toledo o Zaragoza, fue

expulsada al campo o a las zonas de los arrabales de las urbes.

Estas comunidades concejiles se dividen toda la zona que enmarcan

el Duero y el Tajo y sirven de contrapeso a la aristocracia señorial y

laical. Fueron cada vez más poderosas. Ningún señorío tuvo el

poder militar y económico que ellas. Los reyes obtienen de ellas

tributos y gabelas, y apoyo frente a la aristocracia.

-También tenemos que referirnos a las Capitulaciones, acuerdos o

pactos locales con las poblaciones sometidas (musulmanes, judíos,

o mozárabes), especialmente en las ciudades. Contemplaban el

pago de contribuciones especiales a cambio de respetar leyes,

costumbres, parte de sus propiedades y libertad religiosa. Se trató

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de un sistema común en el valle del Tajo, Zaragoza, valle del Ebro y

Levante.

-Repartimientos: consistían en la distribución de bienes y tierras en

lotes denominados donadíos que efectuaba el monarca entre los

conquistadores (grandes nobles, obispos, órdenes militares). Se

aplicaron sobre todo en la segunda mitad del siglo XIII para la

colonización territorial en Baleares, campo levantino, valle del

Guadalquivir y Murcia, últimas zonas reconquistadas en este

momento. El resultado fue la adquisición de grandes latifundios por

parte de nobleza, órdenes militares e Iglesia.

La repoblación de los valles altos del Júcar-Turia y el Guadiana

se basó en repartimientos a las grandes Órdenes Militares de

Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa (Aragón). Esta repoblación

creó una zona caracterizada por los grandes latifundios ganaderos

jalonados de fortalezas para la defensa del territorio de frontera.

En la repoblación de Extremadura, valle del Guadalquivir y

fachada levantina (siglo XIII) los reyes otorgaron grandes territorios

a los nobles y soldados que participaron en la conquista militar: los

donadíos (grandes latifundios en manos de la gran nobleza) o

heredamientos (propiedades más pequeñas). El nuevo tipo de

estructura agraria se basó en la gran propiedad, mientras las

ciudades se organizaron en concejos.

La mayor parte de los musulmanes tendieron a huir al reino de

Granada. En los regadíos levantinos, sin embargo, muchos

permanecieron trabajando para la nobleza cristiana. En Baleares,

hubo repartimientos entre la nobleza, siendo la población

musulmana diezmada o expulsada.

-Encomiendas: fue el formato característico de las repoblaciones

llevadas a cabo por órdenes militares en la primera mitad del

siglo XIII en zonas del valle del Guadiana, Teruel y norte de

Castellón. Afectaba a zonas extensas con escasa población en

cuya conquista había sobresalido una orden militar (por ejemplo,

Alcántara y Santiago en Extremadura; Calatrava en La Mancha). Al

frente de cada encomienda se situaba un caballero de la orden con

el cargo de comendador. Este formato repoblador favoreció la

creación de latifundios mayoritariamente dedicados a la explotación

ganadera.

2.4.4 La evolución económica de los territorios cristianos hasta el siglo XIII

Por otro lado, los siglos VIII-X representaron una fase de estancamiento

económico, que arrastraba las tendencias iniciadas en el Bajo Imperio y

acentuadas con los visigodos: ruralización y economía cerrada de

subsistencia. Esta situación contrastaba con el esplendor de este mismo

periodo en la España musulmana.

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A partir del siglo XI, coincidiendo con la etapa de recuperación política,

demográfica y económica en toda Europa occidental, y la atomización

política de Al-Andalus en los reinos de taifas, lo que favoreció la

expansión territorial cristiana, la reactivación económica de los reinos

peninsulares se reflejó en todos los ámbitos.

Por otro lado, que este proceso repoblador, fundamentalmente a partir del

siglo XI, irá acompañado de todo un conjunto de transformaciones

económico-sociales, tales como: un incremento demográfico a partir del

siglo XI, la ampliación de la extensión de terrenos de cultivo, la mejora de

la organización de la ganadería a partir de instituciones como la Mesta,

un modesto crecimiento de las urbes íntimamente relacionado con una

mayor dinamización del comercio (mercados locales, ferias

internacionales) y la progresiva implantación de un feudalismo concebido

sobre una estructura tripartita de la sociedad.

Respecto a la ganadería y la Mesta, hay que señalar que explotación

pecuaria era complementaria de la agricultura en los reinos cristianos

peninsulares, excepto la ganadería ovina o lanar que alcanza gran

relevancia económica gracias al estímulo de la demanda interior y

exterior. Tanto desde el punto de vista económico como social, parece

conveniente distinguir entre dos categorías en la explotación ganadera

lanar, el trashumante y el estante, y eso que la diferenciación no siempre

es sencilla.

Los rebaños más numerosos pertenecían a los grandes señores, tanto

laicos como religiosos. Al escasear los pastos durante el verano, en

buena parte del país, se hizo necesaria la trashumancia y ésta provocó

conflictos entre ganaderos y agricultores, urbanos o rurales, por los daños

producidos por el paso del ganado. Los propietarios de rebaños fundaron

en el siglo XIII el Honrado Concejo de la Mesta para defender sus

intereses y recibieron el apoyo de la monarquía, porque la mayoría de

grandes señores tenían más capacidad de presión sobre el monarca que

los campesinos, y también porque el tesoro real se beneficiaba de los

impuestos derivados del comercio de la lana. Los conflictos entre los

agricultores y la Mesta van a ser una constante hasta el siglo XVIII.

Finalmente, cabe reseñar la base económica fundamental seguía siendo

la agricultura y la ganadería, mientras que el comercio y la industria

representaban una parcela mínima de la economía de la época.

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2.4.5 Una cultura plural o la diversidad cultural: Cristianos, musulmanes y judíos

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2.4.6 Régimen señorial y sociedad estamental

Un rasgo característico de la Edad Media, que tendrá continuidad en la Edad

Moderna, es la constitución de señoríos. Los señoríos eran territorios de

mayor o menor extensión, sobre los cuales el titular—el señor—podía ejercer

la jurisdicción (administrar justicia, nombrar cargos municipales, etc.) y cobrar

determinadas rentas. El señor podía ser o no el dueño de una parte o de

todas las tierras. Durante la Edad Media la mayoría de ellos fueron

concedidos por el rey en reconocimiento de servicios prestados.

En definitiva, la existencia de señoríos implicaba, desde un punto de vista

jurídico, el traspaso de las competencias propias del monarca (gobierno,

justicia y recaudación de tributos) a un particular; y reflejaba de modo claro

cómo en la Edad Media el poder efectivo de la Corona estaba limitado por la

nobleza y el clero, que eran los principales titulares de señoríos.

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