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EMPRESA MIXTA DE AGUAS DE ANTIGUA, S.L. C.I.F. B-35642198 http://www.aguasdeantigua.com SR. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS AL AGUA POTABLE Y EL SANEAMIENTO NACIONES UNIDAS [email protected] Input for SR watsan’s 2021 reports Antigua (Fuerteventura) a 14 de abril de 2021 Sr. Relator Conocedores de la convocatoria pública para participar en el informe de 2021 sobre la planificación y visión y sobre la mercantilización del agua, le acompañamos seguidamente las respuestas de esta Sociedad, como actor no estatal, al cuestionario que ha planteado a tal efecto. Atentamente, FELIPE E. GARCÍA GONZÁLEZ Gerente

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EMPRESA MIXTA DE AGUAS DE ANTIGUA, S.L. C.I.F. B-35642198 http://www.aguasdeantigua.com

SR. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS AL AGUA POTABLE Y EL SANEAMIENTO NACIONES UNIDAS

[email protected]

Input for SR watsan’s 2021 reports

Antigua (Fuerteventura) a 14 de abril de 2021

Sr. Relator

Conocedores de la convocatoria pública para participar en el informe de 2021 sobre la

planificación y visión y sobre la mercantilización del agua, le acompañamos

seguidamente las respuestas de esta Sociedad, como actor no estatal, al cuestionario que

ha planteado a tal efecto.

Atentamente,

FELIPE E. GARCÍA GONZÁLEZ

Gerente

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PALAIS DES NATIONS • 1211 GENEVA 10, SWITZERLAND

www.ohchr.org • TEL: +41 22 917 9000 • FAX: +41 22 917 9008 • E-MAIL: [email protected]

Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento

Cuestionario para actores no estatales

Informe para el 48º período de sesiones del Consejo de

Derechos Humanos (2021) sobre la planificación y visión

Informe para el 76º período de sesiones de la Asamblea

General de las Naciones Unidas (2021) sobre la

mercantilización del agua

I. COVID-19 y los derechos humanos al agua y el saneamiento

1. En el contexto de la pandemia de la COVID-19 y de las estrategias de protección

y recuperación en los países en los que trabaja su organización ¿qué medidas se han

puesto en marcha, por los gobiernos y operadores, públicos o privados, para asegurar

que toda la población tenga un acceso adecuado y suficiente a los servicios de agua,

saneamiento e higiene?

Gobierno Estatal. Medidas:

El Gobierno de España declaró un primer estado de alarma (Real Decreto 463/2020, de

14 de marzo) prorrogado hasta el 21 de junio de 2020; y con posterioridad un segundo

estado de alarma (Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre), prorrogado hasta el 9 de

mayo de 2021. Con estas declaraciones dispuso de la base legal para adoptar distintas

medidas y decisiones frente a la pandemia. Respecto de los servicios de agua y

saneamiento las más relevantes fueron:

- medidas de protección para los «servicios esenciales», determinando que las

empresas prestadoras o gestoras de servicios esenciales venían obligadas a

adoptar las medidas organizativas y técnicas que resultaran necesarias para

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garantizar la prestación de los servicios esenciales que constituye su actividad

fundamental.

- Entre los servicios esenciales se incluyeron distintos servicios del ciclo integral

del agua. En concreto la Orden SND/274/2020, de 22 de marzo, regula las

medidas para garantizar el correcto funcionamiento de servicios de

abastecimiento a la población de agua de consumo humano y de saneamiento de

aguas residuales urbanas.

Empresa. Medidas:

Desde el primer momento en que las Autoridades Sanitarias españolas comenzaron a

facilitar información y recomendaciones respecto de los eventuales efectos una la

situación epidémica derivada del nuevo coronavirus (COVID-19), esta compañía inició

el desarrollo de un plan de contingencia específico a través del cual definir y coordinar

las directrices de actuación en todos los ámbitos de prestación de los Servicios de Agua

que prestamos, con la finalidad de:

• Asegurar la continuidad en la prestación de los servicios esenciales que

gestionamos en nuestro ámbito de actuación territorial.

• Proteger la salud de las trabajadoras y los trabajadores, de los colaboradores

externos y de los usuarios de los servicios

• Reducir el impacto de la epidemia en las actividades propias de nuestra empresa.

En ese proceso de definición y desarrollo de medidas de contingencia es imprescindible

destacar que siempre se tuvieron en cuenta las directrices marcadas por las Autoridades

Sanitarias correspondientes, en este caso el Ministerio de Sanidad, y de igual modo los

protocolos establecidos en el territorio por la autoridad sanitaria autonómica, la

Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias

A modo de resumen y sin ánimo de ser exhaustivo, se relacionan seguidamente las

medidas implementadas al objeto de asegurar a la población la prestación de los

servicios esenciales de aguas:

a) Se dota de normalidad a la prestación del Servicio mediante la adaptación de las

actividades que se desarrollan, priorizando que los procesos operativos críticos

de los servicios del ciclo integral del agua se lleven a cabo con las mínimas

afectaciones posibles, para asegurar la disponibilidad y calidad de los servicios

prestados. En términos genéricos se mantienen las actividades básicas y se

reducen aquellas que no se consideran imprescindibles. Así se continúan

desarrollando las actividades relativas a control técnico y sanitario de caudales

(cloro, calidad, etc.), potabilización, desinfección, reparación de averías y

desarrollo de las actuaciones de mantenimiento correctivo que sean necesarias,

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revisión niveles de depósitos, reconexiones, atención no presencial a usuarios,

seguimiento de principales variables y equipos críticos de las plantas de

tratamiento de agua y sus infraestructuras asociadas, etc. Se reducen al mínimo

las labores de mantenimiento preventivo o predictivo. La búsqueda de fugas de

agua potable se reduce en intensidad, aunque manteniéndola para evitar

roturas mayores.

b) Se suspenden los cortes de suministro a los abonados, para permitir a todos el

acceso continuo al agua, protegiendo la salud de todos los usuarios.

c) Creación de equipos independientes de trabajo operativo en las diversas áreas

de los Servicios de Agua, dado que las características de la actividad requieren

una labor presencial que imposibilita el teletrabajo. Estos equipos de trabajo

operativo funcionan de forma independiente, a efectos de evitar cualquier

riesgo de contagio y, en caso de que se detectase en alguno de ellos, tener que

establecer un periodo de cuarentena. El diseño de este operativo implica

asimismo la disposición de un tercer equipo de retén, para garantizar la

normalidad del trabajo de suministro de agua. La segregación de estos equipos

de trabajo implica asimismo la supresión de cualquier contacto directo o

indirecto, tanto en instalaciones como vestuarios.

d) De otro lado, se optimizan y extreman las medidas de higiene personal.

e) Dadas las características de la actividad cotidiana del ciclo integral del agua, las

instrucciones de trabajo a las empresas contratistas se facilitan básicamente de

forma telefónica o telemática, sin carácter presencial.

f) De la misma manera, para garantizar la esterilidad de las operaciones, se

cancelan todas las visitas a las instalaciones, salvo en actividades esenciales

como es el transporte de materiales necesarios para asegurar la salubridad del

agua y el normal funcionamiento de dichas instalaciones.

g) Para minimizar riesgos de eventual desabastecimiento de productos o

componentes debido al carácter global de esta crisis, Aguas de Antigua procedió,

con la colaboración de las empresas suministradoras, a hacer un

aprovisionamiento del material necesario para asegurar la continuidad del

suministro con las garantías habituales.

h) Para proteger a la población, en especial a las personas mayores como colectivo

especialmente vulnerable y que es el que hace un uso más intenso de los servicios

presenciales de atención al cliente de nuestros Servicios, se procedió al cierre del

acceso a las oficinas de atención comercial al público externo.

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i) Para garantizar la prestación del Servicio se adoptaron todas las medidas

posibles para salvaguardar la salud de nuestra plantilla, a la que corresponde

desarrollar las labores que permiten la continuidad en la prestación. Por tal

motivo, en ese orden interno de protección a nuestros empleados para proteger

la prestación del Servicio se adoptaron medidas como las siguientes:

- Colocación de Poster informativos sobre información del Coronavirus en

todas las instalaciones, recomendaciones sobre higiene de manos en todos

los centros de trabajos y charlas informativas sobre información de

Coronavirus.

- Instalación de jabones antisépticos en aseos y baños.

- Recordatorio del uso obligatorio de epi´s (mascarillas, gafas, guantes)

para los puestos operativos.

- Paralización de todas las formaciones presenciales, viajes, etc.

- Suspensión de reuniones presenciales, habilitación de sistemas

telemáticos como Skype u otros. Fomento de las comunicaciones por vía

telefónica y/o mail entre el personal.

- Suspensión de visitas de terceros a instalaciones y dependencias. En los

casos que esa visita sea imprescindible (proveedores o similar) se efectúa

un control de acceso a los centros de trabajo.

- Implantación de un plan de teletrabajo para las personas y equipos que

por sus funciones puedan hacerlo. Todo el personal en situación de mayor

riesgo sanitario (embarazos, afecciones respiratorias graves y otras

patologías) tiene habilitado teletrabajo.

- Promoción de la limpieza individual de superficies de trabajo que puedan

compartirse y o también teléfonos o dispositivos comunes. Aumento de la

limpieza y desinfección de objetos y superficies que se toquen

frecuentemente como manillas de puertas, pasamanos, pomos, etc.

En definitiva, Aguas de Antigua desarrolló múltiples acciones para garantizar la correcta

prestación del servicio.

Las medidas adoptadas no impidieron, en ningún caso, atender a las necesidades de los

usuarios, dado que la plantilla continuó desarrollando sus tareas en los términos ya

señalados y se reforzaron los canales de atención no presencial, en especial a través de

atención telefónica y oficina virtual y la emisión de comunicados públicos (web, rrss,

etc.) para mantener informados a nuestros usuarios y público en general.

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1.1. En el caso de que los servicios de agua y saneamiento sean gestionados

por operadores privados y estos no puedan cumplir las exigencias derivadas de la COVID

19 ¿qué medidas específicas se han llevado a cabo para asegurar que la población cuenta

con un acceso adecuado a los servicios e instalaciones de agua, saneamiento e higiene?

No se tiene conocimiento que en el ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla

su actividad se haya dado ningún supuesto como el planteado.

1.2. En el caso de los servicios de agua y saneamiento sean administrados por

gobiernos locales y municipales (regionales) o bajo gestión comunitaria, y se planteen

dificultades para cumplir las exigencias derivadas de la COVID 19 ¿qué medidas

específicas se han llevado a cabo desde el gobierno central para asegurar que la

población cuente con un acceso adecuado a los servicios e instalaciones de agua,

saneamiento e higiene?

No se tiene conocimiento que en el ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla

su actividad se haya dado ningún supuesto como el planteado.

2. En los países donde su organización trabaja, ¿qué medidas temporales, de

carácter político o legislativo, han sido implementadas en el contexto de la COVID-19

(incluyendo el estado de emergencia, leyes de emergencia o moratorias) para prohibir

cortes de agua para aquellos que no son capaces de pagar las tarifas establecidas por

estar en situación de pobreza y vulnerabilidad?

El Gobierno de España adoptó distintas medidas sobre esta cuestión, concretamente:

• Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias

para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

- Artículo 4: Medidas de garantía de suministro a los consumidores

vulnerables.

• Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas

urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al

COVID-19.

- Artículo 29: Garantía de suministro de agua con carácter general (artículo

29).

• Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer

frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la

vivienda y en materia de transportes.

- Disposición Adicional Cuarta: Extensión de la protección durante el estado

de alarma a los colectivos vulnerables.

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2.1. ¿Qué medidas se han tomado, ya sea por operadores públicos o privados,

para asegurar la asequibilidad de los servicios de agua para aquellos que no pueden

costear el precio de las facturas por razones más allá de su control, incluyendo el

desempleo y la pobreza, los cuales han incrementado como consecuencia de la pandemia

de la COVID-19?

La principal medida adoptada por este operador privado, con la conformidad de las

administraciones públicas competentes, fue la suspensión de los cortes de suministro a

los abonados, para permitir a todos el acceso continuo al agua, protegiendo la salud de

todos los usuarios. Esta medida, inicialmente adoptada de forma unilateral, tuvo

posterior reflejo en la normativa estatal para su aplicación durante el período en que

estuvo en vigor el primer estado de alarma decretado por el Gobierno de España.

Las autoridades públicas han dispuesto la dotación de partidas presupuestarias para

cubrir las necesidades básicas de personas vulnerables:

- A nivel estatal: El Ingreso Mínimo Vital, una prestación dirigida a prevenir

el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o

están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos

económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

- A nivel del Gobierno de Canarias: la Prestación Canaria de Inserción, una

Ayuda económica básica que apoya a la integración social, y están

destinadas a personas en situación de pobreza, marginación y exclusión

social, para conseguir su inserción social, económica y laboral.

- A nivel local: muchas entidades locales, por ejemplo, el de Las Palmas de

Gran Canaria, han implementado Prestaciones Económicas de Especial

Necesidad que, entre otras, tienen la finalidad de Atender situaciones

sobrevenidas o imprevistas que produzcan desequilibrios

socioeconómicos en la familia y Cubrir necesidades básicas de las

personas beneficiarias de la prestación.

En el caso de este operador privado las medidas adoptadas han sido:

- Refuerzo de los canales de atención a los usuarios, a fin de disponer de

más y mejores vías de comunicación y así facilitar que los usuarios

vulnerables puedan trasladar su situación, dispongan de información

sobre qué ayudas pueden acceder y cómo hacerlo.

- Mejora de la cooperación con los Servicios Sociales municipales para

facilitar una acción coordinada en la respuesta y atención a las personas

en situación de vulnerabilidad.

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- Incremento de las facilidades de pago, mayores plazos de pago y

fraccionamiento de importes todo ello sin ningún tipo de cargo adicional

para, en definitiva, mantener la continuidad del servicio atendiendo a la

capacidad de los usuarios.

- No presentación de ningún tipo de solicitud de revisión de las tarifas

aplicables.

- Reforzamiento e impulso de fondos sociales y bonificaciones tarifarias.

- Eliminación de la suspensión del suministro respecto a cualquier usuario

en situación de vulnerabilidad.

2.2. En el contexto de la pandemia, ¿se respetó la seguridad y la libertad de los

defensores de los derechos humanos al agua y al saneamiento durante protestas contra

las desconexiones de servicios y movimientos en defensa del acceso y la calidad del

agua?

No se tiene constancia de que se produjera ningún acto de protesta.

3. ¿Cuáles son las vulnerabilidades exacerbadas por la COVID19 que afectan

negativamente al acceso de las personas al agua, el saneamiento y la higiene (WASH)?

¿Qué medidas y pasos se han tomado para identificar y aliviar la situación de aquellos

individuos y grupos en mayor situación de vulnerabilidad? ¿Puede proporcionar casos,

estadísticas o ejemplos específicos? En particular:

3.1. ¿Cuáles son los retos específicos a los que se enfrenta la población que vive

en las zonas rurales y la población que dependen de servicios comunitarios de agua y

saneamiento? ¿Cómo se han abordado estos retos?

En el ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla su actividad no existen

fórmulas de gestión de servicios de agua y saneamiento a través de organizaciones

comunitarias.

3.2. ¿Cuáles son los retos específicos a los que se enfrenta la población que vive

en zonas con estrés hídrico y/o regiones semiáridas?

El ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla su actividad, dada su situación

geográfica, es una zona con tradicional carestía de agua natural. El reto para superar el

estrés hídrico fue y continúa siendo, disponer de tecnologías válidas para el tratamiento

de aguas, inicialmente a través de desalación de agua de mar para obtener recursos

hídricos y en la actualidad destinando preferentemente los caudales de agua desalada

hacia el consumo de la población y facilitando el uso de las aguas regeneradas (aguas

residuales tratadas a través de proceso de depuración que permite su reutilización) en

otras actividades como riego, limpieza de calles, etc.

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Tal y como señalamos en la encuesta promovida por el anterior Relator, en el caso de las

Islas Canarias el mayor reto es seguir manteniendo la garantía de disponibilidad de

forma sostenible. Las Islas no cuentan con aguas superficiales y sus recursos

subterráneos son cada vez más escasos dada la cada vez más menor pluviometría

derivada del cambio climático. Disponer de más y mejores infraestructuras de

tratamiento de agua es el desafío inmediato:

- Infraestructuras de desalación que permitan captar agua de mar y destinarla

al abastecimiento. Estas plantas deben ser ecoeficientes, con menor consumo

de recursos y menos contaminantes, para ello resulta como mejor opción

plantas de tamaño adecuado y ubicadas de forma estratégica que permitan

garantizar caudales a todo el territorio, evitando la existencia de múltiples

pequeñas plantas de autoabastecimiento que impiden un adecuado control

de los recursos y su calidad, y dificultan el mantenimiento de un sistema

general comunitario que garantice el agua a todas las personas en adecuadas

condiciones de accesibilidad, calidad y asequibilidad.

- Infraestructuras de depuración, que también con criterios de ecoeficiencia

(menor consumo de recursos y mayor calidad de agua resultante) facilite la

disponibilidad de agua regenerada para usos no potables (riego, limpieza,

industria, etc.), fomentando una reutilización sostenible de los caudales

existentes y permitiendo un mejor aprovechamiento de los recursos

existentes para el consumo humano. En este aspecto, la inexistencia de

infraestructuras públicas para permitir el uso de agua regenerada, impide a

Aguas de Antigua destinar a otros usos el total de los caudales que trata en las

plantas de depuración que gestiona. Del total de metros cúbicos depurados y

susceptibles de ser reutilizados (aproximadamente 16 millones de m3 al año),

únicamente pueden ser reutilizados, por no existir infraestructuras

suficientes, unos 7 millones de m3 al año.

3.3. ¿Cuáles son los retos específicos a los que se enfrenta la población que vive

en campos de refugiados, en las comunidades de acogida que absorben a refugiados y

solicitantes de asilo o desplazados forzosos, en los barrios marginales y en los

asentamientos informales de las zonas urbanas y periurbanas? ¿Y los trabajadores

temporeros?

Los retos en esta materia en Canarias son de similares características a las del resto de

Europa. En este sentido, la Unión Europea a través de la reciente Directiva (UE)

2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2020 relativa

a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano plantea una serie de medidas

destinadas a afrontar este tipo de retos.

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3.4. Además de los grupos mencionados que han sido identificados como

brechas en la investigación del Relator Especial hasta el momento, ¿a qué otros grupos

y población se debe dar prioridad debido al aumento de la vulnerabilidad que ha creado

la COVID19?

En el sector del agua se ha vinculado tradicionalmente la vulnerabilidad del usuario con

su capacidad económica. Esta concepción se va superando lentamente mediante la

incorporación normativa de aspectos sociales y culturales. Así se hace, por ejemplo, en

el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y

usuarios frente a situación de vulnerabilidad social y económica, en la que la cuestión de

la «vulnerabilidad» se contempla desde una perspectiva global, no exclusivamente

económica.

En esta consideración y en el marco específico del sector del agua, la posible

vulnerabilidad por cuestiones sociales vendría determinada en su caso por criterios

estrictamente culturales que, en principio, no parecen existir.

Políticas públicas

4. En los países donde su organización trabaja, ¿qué medidas se han tomado a través

de políticas públicas, y otras leyes centradas en aumentar la resiliencia y sostenibilidad

(“Building Back/Forward Better”) para hacer frente al incremento de las

vulnerabilidades que afectan a individuos y grupos por la pandemia?

4.1. ¿Qué conclusiones pueden extraerse de la respuesta a la COVID-19 en

relación al aumento de la protección social y la resiliencia de cara a potenciales crisis

futuras de salud pública?

Resulta imprescindible continuar en el impulso por alcanzar los ODS de la Agenda

2030, en especial, el objetivo 6 (acceso al agua y al saneamiento), el 1 (fin de la

pobreza), asegurando el suministro de agua a las familias en situación de

vulnerabilidad a través de tarifas y fondos sociales desarrollados en cooperación con

las entidades locales, el 13 (lucha contra el cambio climático), y el 17, valorando la

eficacia de las alianzas como motor del cambio. Sólo la sostenibilidad garantiza la

resiliencia del sistema.

4.2. ¿Qué medidas se han tomado para garantizar el agua, el saneamiento y la

higiene como parte del fortalecimiento de la política de salud pública? ¿Qué impacto (si

lo hay) tuvieron las medidas de protección frente a la COVID-19 en cuestiones

relacionadas con los derechos humanos al agua y al saneamiento, como proyectos

relacionados con la higiene menstrual?

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En el ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla su actividad no existe

constancia de acciones y/o proyectos enmarcables en esa tipología.

4.3. En su opinión, y haciendo referencia tanto a medidas a corto como a largo

plazo (“Building Back/Forward Better”) ¿qué áreas no han sido abordadas o requieren

mayor atención?

El saneamiento de las aguas, tanto en su vertiente de eliminar o minimizar su capacidad

de contaminación como en la de permitir su reutilización en otros usos. Canarias ha sido

una de las áreas territoriales por las que España ha sido sancionada por la Unión

Europea por no disponer de infraestructuras de depuración en las condiciones exigibles.

El gobierno de España ya ha anunciado que se destinará una partida importante de los

Fondos de recuperación a financiar acciones en materia de saneamiento y depuración,

en especial en municipio que por escasa población (menos de 5.000 habitantes) tiene

limitada disponibilidad inversora para acometer por sí mismos estas actuaciones.

4.4. En su opinión, ¿los gobiernos nacionales/regionales/locales han

respondido de forma adecuada a la crisis desencadenada por pandemia a través de las

políticas de protección?

Con carácter general sí, si bien en algunos casos con la lentitud propia de sistemas

lastrados por exceso de burocracia.

II. Cuestionario Cambio Climático y Derecho Humano al Agua y Saneamiento

Impactos en grupos específicos

1. En su experiencia, ¿Cómo los impactos del cambio climático dificultan el

cumplimiento de los Derechos Humanos al Agua y Saneamiento, especialmente en los

grupos en situación de vulnerabilidad? ¿Puede identificar grupos específicos que hayan

aumentado su vulnerabilidad en materia de abastecimiento y saneamiento debido al

cambio climático (sequías, inundaciones, desertificación)? (por ejemplo, mujeres,

personas en asentamientos, refugiados, indígenas, etc) ¿puede proporcionar algunos

estudios de caso, estadísticas o ejemplos específicos?

Aguas de Antigua considera que el cambio climático en su ámbito de actuación es un

problema que afecta por igual a toda la sociedad, se sea colectivo vulnerable o no.

2. ¿Qué pasos y medidas están considerando para incluir en sus proyectos a los

grupos en situación de vulnerabilidad? ¿Puede proporcionar estudios de caso,

estadísticas o ejemplos específicos?

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Mantener la estrategia ya fijada por esta compañía en materia de ODS y Agenda 2030,

de la importancia que tiene para la vida diaria el acceso al agua, la compañía presta una

atención especial a aquellos colectivos que, por falta de recursos, tienen dificultades

para hacer frente al coste de su consumo de agua. En materia de asequibilidad el reto

se encuentra en seguir profundizando en sistemas solidarios y sostenibles que

garanticen el suministro a la población más desfavorecida, bien sea a través de

bonificaciones en el precio como, en los casos más extremos, mediante la

disponibilidad gratuita de un mínimo hídrico vital.

3. ¿Qué iniciativas y proyectos a nivel regional/local se han puesto en marcha para

tener en cuenta la voz y los conocimientos de los grupos en situación de vulnerabilidad

a la hora de diseñar soluciones frente al cambio climático (sequías, inundaciones,

desertificación) sobre los derechos humanos al agua y al saneamiento? ¿Qué

mecanismos de participación se están activando? ¿Puede aportar estudios de caso,

estadísticas o ejemplos concretos?

El Gobierno de Canarias se encuentra tramitando la Ley Canaria de Cambio Climático y

Transición Energética, en un proceso que permite la participación pública de todos

aquellos interesados. Según el Anteproyecto de dicha norma, entre los objetivos de la

misma se encuentra: “La mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático para

la reducción de la vulnerabilidad de las personas y sus bienes, los recursos naturales, las

infraestructuras, los servicios públicos y los ecosistemas terrestres, costeros y marinos.”

En ese marco, la norma incluye como concepto el de Justicia Climática: “Justicia que

vincula el desarrollo a los derechos humanos de modo que se logre un enfoque centrado en

el ser humano para hacer frente al cambio climático, proteger los derechos de las personas

más vulnerables, y repartir las cargas y los beneficios del cambio climático y sus impactos

de forma equitativa e imparcial.”

Este operador tiene dentro de sus objetivos estratégicos empresariales la alineación con

los ODS de la Agenda 2030. En materia de cambio climático, Aguas de Antigua ha

desarrollado y desarrolla múltiples acciones:

- Ha sido el primer operador de las islas Canarias que firma un compromiso para

que, a partir de 2020, el 100% de la electricidad consumida provenga de fuente

de energía verde. Con ello contribuye al cambio de modelo energético renovable,

de especial importancia en un entorno insular para reducir la dependencia de

materias primas fósiles externas.

- Existe un proyecto coordinado por el Ayuntamiento de Antigua para que todas

las aguas residuales del municipio se viertan en la EDAR de Montaña Blanca para

su po-terior regeneración y uso en el riego de parque y jardines públicos y

suministro económico de agua para la agricultura, fundamentalmente para el

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riego de plantas forrajeras con destino a la ganadería, sector muy importante en

la isla, que actualmente debe importar gran cantidad de forrajera para la

ganadería existente, de la cual además depende la producción de quesos de la isla,

que además son un referente no sólo gastronómico sin cultural como forma de

preservar antiguas tradiciones y formas de vida cercanas al territorio y su

conservación.

El impacto de las sequías en disponibilidad y calidad

4. Durante los ciclos de sequía, cuando los efectos del cambio climático tienden a

intensificarse en frecuencia y duración, las reservas de agua deberían estar

monitorizadas y previstas, y se debería priorizar el uso doméstico, para beber y uso

personal, garantizando el derecho humano al agua, especialmente a los grupos que

sufren situaciones de vulnerabilidad. Del mismo modo, se debería prever el impacto

negativo sobre la calidad de aguas, por concentración de contaminantes a reducirse los

caudales de dilución. En este contexto, para que las estrategias de adaptación al cambio

climático garanticen el acceso de la población al suministro seguro de agua potable y

saneamiento:

4.1. Según su experiencia, ¿considera que a nivel nacional/regional y local

existe una estrategia de prevención de la sequía con una planificación hidrográfica que

garantice el suministro de agua de calidad, especialmente a los colectivos en situación

de vulnerabilidad? ¿qué debilidades considera que existen en las estrategias de

prevención de la sequía? ¿puede aportar algunos estudios de caso, estadísticas o

ejemplos concretos?

La vigente normativa aplicable en Canarias exige la disponibilidad de una planificación

hidrológica en un proceso adaptativo continuo que se lleva a cabo a través del

seguimiento del plan hidrológico vigente y de su revisión y actualización cada seis años.

La planificación hidrológica española persigue el logro de objetivos ambientales y la

consecución de otros objetivos socioeconómicos, en concreto de atención de las

demandas de agua para satisfacer con la debida garantía, eficacia y eficiencia los

distintos usos del agua requeridos por la sociedad, lo cual comprende a cualquier tipo

de colectivo.

Según se indica en el Plan Hidrológico de Fuerteventura, ciclo de planificación

hidrológica 2015-2019, dentro de su apartado 9, Programa de medidas, en el punto

9.3.1.3 de Medidas complementarias indica que: “Respecto a las sequías, el Plan

Hidrológico recopilará las medidas más relevantes previstas de acuerdo con lo señalado

por la Ley 12/1990. Todas ellas formarán parte del Programa de Medidas, que

incorporará además la información disponible sobre su eficacia y su coste”. Con lo cual,

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una ref-rencia a un documento del año 1990, entendemos que no permite una estrategia

eficaz para la prevención de la sequía, sobre todo en una zona tan árida como

Fuerteventura donde se depende 100% de la desalación de agua para el suministro.

4.2. Desde su experiencia, ¿considera que las medidas previstas en los planes

de emergencia por sequía son suficientes y adecuadas para garantizar la prioridad del

suministro de agua en los hogares y para usos personales y domésticos, especialmente

para quienes están en situación de vulnerabilidad? Si no es así, ¿puede describir los retos

actuales para que estas medidas sean efectivas?

La prioridad del suministro de agua para abastecimiento de la población sobre cualquier

otro uso está reconocida normativamente en la Ley de Aguas de Canarias. Es prioridad

es absoluta y, por tanto, alcanza a toda la población, sea cual sea su condición socio

económica, de tal forma que legalmente se garantiza que en caso de sequía los caudales

disponibles deben ser destinados obligatoriamente a cubrir las necesidades de la

población.

No obstante, el organismo de cuenca en coordinación con los agentes sociales,

ayuntamientos y empresas suministradoras debe esforzarse por implementar dentro

del Plan Hidrológico las acciones necesarias y pertinentes para contrarrestar la sequía.

4.3. ¿Ha identificado zonas, barrios o poblaciones en situación de

vulnerabilidad que estén expuestas a la escasez de agua en periodos de sequía? Si es así,

según su experiencia, ¿considera que los gobiernos – central, regional y/o local - están

aplicando políticas públicas que garanticen la disponibilidad de agua de calidad en estos

casos? ¿Puede dar ejemplos concretos?

En el ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla su actividad no existe

constancia de la existencia de situaciones enmarcables en esa tipología.

El impacto de las inundaciones en la disponibilidad y calidad del agua

5. Las inundaciones causadas por lluvias torrenciales y crecidas de ríos, aparte de

provocar riesgos para las vidas de las personas afectadas, inundaciones de viviendas,

destrucción de cultivos y diversos daños económicos, tienen impactos significativos en

los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento. A menudo, el suministro de agua

doméstica queda contaminado, o las instalaciones de suministro quedan afectadas, lo

que conlleva cortes en el suministro de agua potable. Las estaciones de saneamiento

tienden a bloquearse cuando reciben los drenajes de esas lluvias torrenciales junto con

el agua de los retornos domésticos e industriales, lo que provoca vertidos directos sin

depurar. Es especialmente preocupante el riesgo de que las estaciones de saneamiento,

situadas cerca de los ríos, se inunden indefinidamente. En ocasiones, un aumento en el

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nivel de los ríos y el drenaje masivo de aguas pluviales generan inundaciones de aguas

negras urbanas desde el alcantarillado, que incluso llegan al interior de las viviendas. En

este contexto, para que las estrategias de adaptación al cambio climático garanticen que

la población tiene acceso a agua potable y saneamiento seguros:

5.1. Según su experiencia, ¿cuáles son los puntos de mejora que es necesario

incluir en los planes de ordenación territorial y urbana ante los riesgos de inundación

para minimizar la vulnerabilidad de las poblaciones y garantizar los derechos humanos

al agua y al saneamiento?

Los Planes de gestión del riesgo de inundación en España tienen como objetivo lograr

una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la sociedad para

reducir las consecuencias negativas de las inundaciones, basándose en los programas de

medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el ámbito de sus

competencias para alcanzar el objetivo previsto, bajo los principios de solidaridad,

coordinación y cooperación interadministrativa y respeto al medio ambiente. En

particular, los PGRI tendrán en cuenta los objetivos medioambientales indicados en el

artículo 4 de la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de

octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito

de la política de aguas. Asimismo, ha de señalarse que el procedimiento de elaboración

de los PGRI se enmarca en la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, regulada

por la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de

2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, traspuesta al

ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de

evaluación y gestión de riesgos de inundación.

En la prevención de riesgos de inundación se hace especial hincapié en los siguientes

aspectos: Mejorar la coordinación administrativa entre todos los actores involucrados

en la gestión del riesgo y en todas las etapas.: Mejorar el conocimiento para la adecuada

gestión del riesgo de inundación; Mejorar la capacidad predictiva ante situaciones de

avenida e inundaciones; Contribuir a mejorar la ordenación del territorio y la gestión de

la exposición en las zonas inundables; Conseguir una reducción, en la medida de lo

posible, del riesgo a través de la disminución de la peligrosidad para la salud humana,

las actividades económicas, el patrimonio cultural y el medio ambiente en las zonas

inundables; Mejorar la resiliencia y disminuir la vulnerabilidad de los elementos

ubicados en las zonas inundable; Contribuir a la mejora o al mantenimiento del buen

estado de las masas de agua. Se echa de menos que los Planes prevean en mayor medida

y concreción la disponibilidad de infraestructuras que otorguen mayor resiliencia al

sistema en caso de inundaciones.

Según se indica en el Plan Hidrológico de Fuerteventura, ciclo de planificación

hidrológica 2015-2019, dentro de su apartado 9, Programa de medidas, en el punto

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9.3.1.3 de Medidas complementarias indica que: “En el caso particular de las situaciones

hidrológicas extremas (artículo 59 del RPH) el plan recopilará las medidas más

relevantes de prevención y mitigación de inundaciones y avenidas ya previstas por las

autoridades competentes. Asimismo, incluirá información sobre la cartografía de riesgo

de inundaciones disponible y sobre los planes de gestión de inundaciones”, igualmente

al caso de las sequías el documento marco esta pendiente de desarrollar en sus próximas

versiones las acciones necesarias.

5.2. ¿Qué medidas deberían tomarse para evitar el bloqueo de las estaciones

de saneamiento, las inundaciones por desbordamientos fluviales o las inundaciones

negras desde la red de alcantarillado?

Desarrollar adecuadamente los Planes de gestión del riesgo de inundación e

implementar las infraestructuras precisas para que el sistema cuente con la mayor

sostenibilidad y resiliencia posible.

5.3 Según su experiencia, ¿considera que los planes de emergencia para los

barrios y grupos en situación de mayor vulnerabilidad ante inundaciones son adecuados

y eficaces para garantizar los servicios de abastecimiento de agua, saneamiento e higiene

a esas poblaciones, tanto en sus viviendas como en las posibles circunstancias de

evacuación, si esta fuera precisa? Si no es así, ¿qué mejoras considera necesarias?

Los Planes de gestión del riesgo de inundación se elaboran atendiendo a cuestiones

meramente objetivas de geografía, pluviometría, población, orografía, etc., sin ningún

tipo de distinción o diferencia que tenga su origen en la mayor o menor vulnerabilidad

económica y social de las personas que habitan la zona.

El impacto de la desertificación en la disponibilidad y calidad del agua

6. El incremento de las temperaturas y de la variabilidad pluviométrica provocado

por el cambio climático aceleran y agravan la desertificación en zonas áridas, semiáridas

y subhúmedas secas. Dicha desertificación incrementa las escorrentías y por tanto el

riesgo de inundaciones (con sus consecuencias en el suministro de agua y el

saneamiento); al tiempo que acarrea una menor infiltración en los acuíferos, lo que

afecta a la disponibilidad de agua. Por último, el riesgo de incendios es cada vez mayor,

lo que aumenta el riesgo de erosión y desertificación de las zonas quemadas.

6.1 Según su conocimiento, ¿qué pasos y medidas se están dando para

garantizar el suministro continuo de agua y saneamiento en caso de desertificación,

especialmente para los grupos en situación de vulnerabilidad?

La planificación para supuestos de sequía, al igual que el resto de las planificaciones que

afectan al ciclo hidrológico, se elaboran atendiendo a cuestiones meramente objetivas

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de geografía, pluviometría, hidrogeología, población, orografía, etc., sin ningún tipo de

distinción o diferencia que tenga su origen en la mayor o menor vulnerabilidad

económica y social de las personas que habitan la zona.

6.2 ¿Hay políticas de información y de participación ciudadana que integren

los derechos humanos en la lucha contra la desertización?

La administración pública en España viene obligada tramitar los procesos de regulación

y planificación con una fase de exposición pública, dónde cualquier interesado puede

formular las alegaciones que considere y participar con ello en la elaboración de la

norma o plan de que se trate.

III. Cuestionario acerca de la financiarización/mercantilización

Especificidades del sector WASH y de la financiarización:

1. Los servicios de agua y saneamiento son un monopolio natural y requieren

grandes inversiones a largo plazo, lo que contrasta con las características clave de los

mercados financieros: competencia y gestión a corto plazo. Esto, entre otras cosas, hace

que el sector WASH, en principio, sea diferente a otros servicios básicos.

1.1. A partir de su experiencia, ¿cómo actúan los grandes operadores privados

frente a las necesidades de inversión a largo plazo en el sector del agua, el saneamiento

y la higiene (WASH)? ¿Conoce operaciones financieras significativas de corto plazo en el

sector WASH hasta hoy? ¿Cree que pueden combinarse operaciones especulativas de

corto plazo con estrategias de largo plazo en el sector WASH ? Por favor, comparta

posibles investigaciones, testimonios o experiencias.

Los Servicios de Agua y Saneamiento en España son un sector regulado, donde distintas

administraciones ejercen sus competencias, especialmente los municipios en cuanto a la

prestación de los servicios de suministro de agua, alcantarillado y depuración a la

población, que tienen la consideración de servicios esenciales básicos de obligada

prestación conforme a la ley de Bases de Régimen local.

Esta consideración de sector regulado impide hablar en España de un “mercado privado

del agua”, los operadores privados únicamente participan en su gestión cuando la

Administración competente así lo decide, la elección de qué operador privado gestiona

una determinada fase o servicio del ciclo integral del agua se produce en todos los casos

a través de los procesos previstos legalmente en materia de contratación del sector

público y la gestión o prestación así contratada queda siempre bajo el control y

autoridad de la administración pública contratante.

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Siendo ello así resulta imposible de aplicar al caso de España el concepto de

“mercantilización” del sector del agua.

1.2. En la medida que se trata de un monopolio natural y que no puede haber

propiamente competencia en el mercado, ¿qué papel debería tener la participación y el

control ciudadano en la gestión de estos servicios? ¿Puede compartir algún ejemplo

relacionado con buenas prácticas de control y participación ciudadana, en coherencia

con lo que exige en este sentido la gestión de derechos humanos?

Como se ha señalado con anterioridad, el ordenamiento jurídico español establece

mecanismos de participación pública obligatoria para distintos supuestos normativos y

de planificación. También se exigen procesos participativos en los que la ciudadanía

pueda participar para el supuesto de gestión de servicios públicos. Esa posibilidad de

participación alcanza tanto a los supuestos en los que la Administración analiza la mejor

fórmula para la gestión para su servicio de aguas (ya sea para contar con un operador

privado si así lo considera o para internalizarlo nuevamente en caso de que estime tal

opción como la más ventajosa para los interés público), como a otros aspectos

sustanciales del propio Servicio, como es el caso de aprobación de Reglamentos y

Ordenanzas, fijación de nuevas tarifas, planificación, etc. En todos esos casos, a través

del trámite de información pública cualquier ciudadano puede manifestarse a favor o en

contra de la propuesta sometida a consulta e incluso presentar propuestas alternativas.

Sobre la privatización de los servicios de agua y saneamiento

2. El anterior Relator Especial, Leo Heller, dedicó un informe temático al impacto de

la privatización sobre los derechos humanos al agua y el saneamiento (A/75/208) en

2020. Basándose en las recomendaciones realizadas en este informe, el actual Relator

Especial se propone examinar el papel de los actores privados que participan en el

abastecimiento de los servicios de agua, saneamiento e higiene, así como clarificar los

riesgos que puedan emerger para el cumplimiento de los derechos humanos al agua y el

saneamiento. En este contexto:

Esta Empresa participó en la encuesta referida y aquí nos reiteramos en lo necesario en

lo allí expuesto. Puede accederse a nuestra contestación en el siguiente enlace:

https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Water/Questionnaire/NonStates/Aguas

de Antigua_Concesiones.pdf

El anterior Relator no tomó en consideración ninguna de las aportaciones efectuadas

desde esta Parte. Esa omisión entendemos que se debió a que el Informe a emitir en

aquel momento iba referido en mayor medida a plantear cuestiones que pudieran

resultar objeto de análisis para Estados en los que la regulación normativa de los

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Servicios de Agua fuera inexistente y/o escasamente desarrollada, cuestión que no

aplicaría para el caso de España con toda una serie de mecanismos regulatorios

exhaustivos y sistematizados.

En cualquier caso como se dijo en nuestra anterior respuesta y también hemos apuntado

en la presente, el sector del agua en España no está liberalizado, como si ocurre con otras

actividades de las denominadas utilities (energía eléctrica, telefonía, gas, etc.). Por eso

no es posible plantear que en nuestro país se haya dado ningún tipo de «privatización»

en el sector del agua, dado que los servicios son siempre y en todo momento de carácter

público, por obligación legal, y es al Administración la que decide, atendiendo al

procedimiento legamente fijado para ello, si le resulta más ventajoso su gestión a través

de medios propios, especializados o no, o contar para ello con la colaboración de alguno

de los operadores tecnológicos existentes, manteniendo siempre, e n uno u otro caso, las

facultades de control sobre el servicio de su titularidad, fijando las tarifas y las

condiciones en que el Servicio debe prestarse a la ciudadanía.

2.1. ¿Se ha encontrado con políticas y alianzas basadas en Asociaciones

Público-Público (PUPs), entre instituciones públicas, que hayan tratado de reforzar estos

servicios? Si así es, por favor, dé ejemplos concretos de PUPs u otras formas de gestión

y financiación públicas exitosas y explique lo que funcionó y lo que no.

En Canarias las Asociaciones Público-Públicas más comunes son las Mancomunidades

(participadas únicamente por Ayuntamientos) o los Consorcios (participadas por

Ayuntamientos y otras Administraciones Públicas).

En Fuerteventura se da el supuesto del Consorcio de Abastecimiento de Aguas de

Fuerteventura, conformado por el Excmo. Cabildo Insular y los Ayuntamientos de la Isla

y cuyo objetivo es La producción y distribución de agua potable, así como el

establecimiento, ampliación, dotación, conservación y explotación del servicio a los

habitantes de los municipios Consorciados.

2.2. Las crisis pueden favorecer inversiones privadas para llenar los vacíos de

financiación en infraestructuras y servicios públicos, si se aplican estrategias de

“austeridad”, como ocurrió en la anterior crisis (2007 – 2008). Teniendo en cuenta la

crisis económica desencadenada por la pandemia de la COVID-19, así como la necesidad

de inversión en infraestructuras para prevenir los efectos del cambio climático:

2.2.1. ¿Se han aplicado, o se prevén, fondos verdes o subvenciones para

el cambio climático y para la adaptación al medio ambiente al sector del agua, el

saneamiento y la higiene (WASH)? De ser así ¿Ha animado esto a los actores privados a

entrar en el sector WASH? Si es así, ¿de qué manera?

Impulsado por el Gobierno de Canarias, se ha formalizado el Pacto para la Reactivación

Social y Económica de Canarias en el que se integran todos los agentes políticos,

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sociales y económicos de las Islas. Este Plan contempla inversiones de 4.000 millones

de euros de fondos privados; 2.200 millones de ayuntamientos; 1.900 millones de

cabildos; 7.200 millones de la Comunidad autónoma y el resto (3.200 millones) del

Estado y gira sobre siete prioridades:

1. El mantenimiento de los servicios públicos fundamentales.

2. El refuerzo de las capacidades sanitarias y sociosanitarias,

3. La atención y apoyo a las personas vulnerables

4. El mantenimiento y recuperación del empleo,

5. El impulso de la actividad económica,

6. La agilización, simplificación, cooperación y coordinación administrativa,

7. El impulso de la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible.

Parte importante de la financiación de este Pacto tendrá su origen asimismo en los

Fondos Next Generation EU, un Fondo de Recuperación Europeo que supone una

inyección para España de 140.000 millones de euros entre transferencias y préstamos.

Esta dotación económica, equivalente al 11% del PIB, servirá para financiar a partir del

2021, proyectos que vayan en la línea de la transformación digital, la reindustrialización

y el pacto verde a favor de energías limpias. En ese ámbito del Pacto Verde las ayudas se

centrarán en alcanzar la neutralidad climática y, por tanto, encajan en él proyectos

relacionados con la eficiencia, sostenibilidad y resiliencia del sector del agua.

2.2.2. ¿Ha habido una reacción en la financiación pública de estos

servicios (WASH) ante el reto que supone la pandemia de la COVID-19? ¿Ha habido

incremento de la financiación privada ante la COVID19? ¿Cuál ha sido el impacto en las

comunidades en situación de vulnerabilidad de esos aportes de financiación pública o

privada?

Nos remitimos a la respuesta anterior. Ha de tenerse presente, en todo caso, que a la

fecha de este cuestionario las iniciativas a acometer y los importes destinados a cada una

de ellas se encuentran todavía en fase de definición y concreción.

Sobre los mecanismos basados en el mercado como respuesta a la escasez de agua

3. Existen varias opciones basadas en el mercado para gestionar la escasez de agua

y su distribución entre los usuarios involucrados. Aunque hay diferentes modelos, lo que

es común a todos es la necesidad de separar los derechos al agua de los derechos a la

tierra, de forma que el agua como tal, o los derechos al agua, se pasan a administrar como

un bien de consumo. Existen modelos, como el de los Bancos de Agua (Water Banks),

que organizan transacciones bajo el control público y con fuertes regulaciones. También

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existen opciones de mercado de derechos entre los beneficiarios directos de los

derechos al agua y los usuarios del agua. Pero estos mercados de agua también pueden

estar abiertos a los especuladores, es decir, aquellos actores que no van a hacer uso de

los derechos de agua en cuestión, sino que simplemente promueven juegos

especulativos (con altas expectativas de beneficios a corto plazo), actuando como

intermediarios entre quienes tienen derecho de agua y aquellos que finalmente pueden

comprar esos derechos. Aunque los mercados de agua están localizados en el marco de

una cuenca hidrográfica o en cuencas interconectadas por trasvases, con la entrada de

nuevos actores financieros, los derechos del agua pueden integrarse dentro de los

mercados financieros globales, a través de los derivados financieros, donde el agua

recibirá el tratamiento de una mercancía más.

De acuerdo a sus observaciones:

3.1. ¿Cómo están diseñados los mercados de agua que conoce y cuál es su

propósito? Por ejemplo, ¿gestionar la escasez de agua, la sobreexplotación o los impactos

del cambio climático, facilitando transacciones entre quienes tienen derechos al agua y

quienes aspiran a tenerlos? ¿El agua que se almacena o se transfiere es propiedad

pública o privada? Y en caso de que sea privada, ¿qué se privatiza en realidad? Por

ejemplo, ¿una cantidad determinada de agua, la licencia para extraer cierta cantidad de

agua o la concesión?

No se conoce ningún mercado del agua, dado que, tal y como ya se ha referido, la

regulación legal del sector del agua en España no permite su existencia dada la

consideración del agua como bien de dominio público.

En Canarias el concesionario de un aprovechamiento sí puede transferir los caudales

que obtiene a un tercero y obtener un precio a cambio. Esta operación ha de respetar en

todo caso los postulados de la Ley de Aguas de Canarias de 1990, en especial (i) el agua

como recurso escaso y esencial es un bien de titularidad pública, (ii) cabe la explotación

de los recursos hídricos a través de concesión administrativa, y (iii) todas las aguas de

las Islas están adscritas prioritariamente al suministro a la población, de tal forma que

en épocas de sequía o escasez por cualquier circunstancia la Administración se reserva

el derecho a usar esas aguas para cubrir las necesidades básicas de los vecinos.

3.2. Los mercados de agua afectan a las comunidades en situación de

vulnerabilidad de diferentes maneras, por ejemplo, en el caso de los pueblos indígenas

puede que sus derechos no se tengan en cuenta. Los pequeños agricultores por otro lado,

pueden quedar fuera del mercado debido al aumento de los precios. ¿Cuál ha sido el

impacto de los mecanismos basados en el mercado sobre las comunidades en situación

de vulnerabilidad para acceder y costear los servicios de agua y saneamiento?

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Corresponde a las administraciones públicas titulares de los servicios de suministro de

agua fijar el importe que los usuarios han de satisfacer al operador, público o privado,

que desarrolla la prestación que reciben. Ese precio es fijo y, por tanto, no está al albur

de posibles fluctuaciones derivadas de un mercado que no existe.

En el supuesto de concesionarios de aprovechamientos y sus usuarios, el precio se suele

fijar con periodicidad anual, por lo que no se ve afectado por fluctuaciones durante el

período.

3.3. En algunos mercados de agua, sólo participan actores que compran el agua

para su propio uso (por ejemplo, agricultura, minería, servicios urbanos del agua), pero

hay mercados abiertos a especuladores. ¿Cuáles son los mayores actores en los

mercados de agua que conocen? Y, si los mercados están abiertos a los inversores

financieros, ¿qué tipo de empresas son? Por ejemplo, fondos de cobertura, inversores

individuales, bancos nacionales o internacionales … ¿Influye el tipo de actores sobre el

diseño y comportamiento del mercado del agua, así como sobre el precio y accesibilidad

del agua?

No se tiene conocimiento que en el ámbito territorial dónde Aguas de Antigua desarrolla

su actividad exista ningún supuesto como el planteado.

3.4. El índice Nasdaq Veles California Water es el primer ejemplo de mercado

de futuros del agua, ¿cuál cree que será su impacto en la asequibilidad y disponibilidad

del agua? ¿Cree que este modelo se extenderá más allá de California? Si es así, ¿de qué

manera?

No se conoce en profundidad el caso californiano que se propone como para poder dar

opinión al respecto. Sin perjuicio de ello, como se infiere de las distintas respuestas

consignadas en este Cuestionario, en el ámbito de España ese tipo de mercado no

resultaría posible dada la legislación aplicable en este país.

3.5. ¿Dispone de investigaciones, pruebas o experiencias prácticas sobre el

impacto de los mecanismos de mercado en las comunidades en situación de

vulnerabilidad?

No se dispone, dada su inexistencia.

Sobre la mercantilización del agua por medio del agua embotellada.

4. La extracción del agua para bebidas es una industria creciente y altamente

rentable. Las empresas de extracción de agua pueden disfrutar de licencias para obtener

agua de acuíferos o de aguas superficiales, o bien pueden acceder a aguas municipales a

costes bajos o marginales. Las bebidas comercializadas, incluyendo el agua embotellada,

pueden dirigirse a familias con acceso limitado o de baja calidad a servicios públicos del

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agua, así como a quienes recelan sobre la calidad de los servicios públicos de agua.

Cuando se trata de familias en situación de vulnerabilidad, los altos precios pueden ser

difíciles de cubrir. Cuando las aguas subterráneas o superficiales escasean estos

negocios pueden aumentar la vulnerabilidad de comunidades enfrentadas a problemas

de escasez.

A partir de sus experiencias:

4.1. ¿Cuál ha sido el impacto de extracciones de agua embotellada sobre el

acceso de las comunidades en situación de vulnerabilidad a los servicios de agua y

saneamiento? Por favor, comparta cualquier evidencia que tenga al respecto, incluyendo

informes de investigación, experiencias prácticas o testimonios.

En Canarias no existe constancia de la existencia de ningún tipo de impacto negativo. La

existencia de empresas que disponen de autorización para el desarrollo de su actividad

empresarial mediante el embotellado y venta de agua no ha impedido en ningún caso

que la población, vulnerable o no, haya contado en todo momento con las adecuadas

garantías de cantidad, calidad y continuidad en el suministro de caudales desde los

servicios públicos de agua.

4.2. ¿Existen mecanismos para que las comunidades afectadas pidan cuentas a

las empresas o al Estado por su impacto en el acceso, asequibilidad y disponibilidad del

agua?

Los derechos que la normativa española otorga a sus ciudadanos habilita a cualquiera

de ellos para, en cualquier momento, de forma individual o conjunta, poder dirigirse a la

Administración pública competente y plantear aquellas cuestiones que estime

relevantes, incluida la rendición de cuentas.

Sobre la financiarización

5. Los servicios e infraestructuras de agua y saneamiento se pueden “financiarizar”

de distintas formas, dando más espacio a los actores con ánimo de lucro. Así, inversores,

empresas privadas, bancos, entidades financieras (nacionales o internacionales), fondos

de cobertura, fondos de pensiones y, cada vez más, aseguradoras, pasan a ganar espacios

de negocio en la gestión de servicios e infraestructuras de agua, saneamiento e higiene

(WASH por sus siglas en inglés) mediante la mercantilización del agua, la privatización

de los servicios de agua y saneamiento o el desarrollo y apropiación de infraestructuras

en el sector.

5.1. La financiarización de WASH ha sido justificada con diferentes

motivaciones, por ejemplo, para promover inversiones y ampliar los servicios o para

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hacer frente a la escasez de agua. Desde las experiencias que conozca, ¿qué actores

privados están implicados y qué motivaciones existen?

La Constitución Española admite la reserva para la administración pública sobre los

servicios esenciales, como así se hace en el caso de los servicios de agua en la Ley de

Bases de Régimen Local. Esa reserva no impide contar con la colaboración de operadores

privados especializados cuando así se estime por la Administración. En este sentido la

normativa de contratación pública admite que la Administración Pública pueda acudir a

contratar a terceros cuando los servicios tengan un contenido económico que los haga

susceptibles de explotación por empresarios particulares y no impliquen ejercicio de la

autoridad inherente a los poderes públicos. La participación de operadores tecnológicos

especializados en la gestión del agua tiene una larga tradición en el derecho español y

ha permitido incluso que los mismos participen en la financiación de infraestructuras

públicas de los servicios, facilitando que la Administración destinara los fondos que

tuviera disponibles a otras necesidades que les resultaban más urgentes o de mayor

interés. En cualquiera de los casos, la participación privada tanto en la gestión como en

la financiación de infraestructuras de los servicios públicos nunca ha supuesto que los

mismos se tornaran en servicios o infraestructuras privadas, ya que siempre mantienen

su condición de públicas.

Que los accionistas que participan del capital social de los operadores privados sean de

una tipología u otra (de carácter industrial, financiero, patrimonial, etc.) no afecta a la

condición pública de los servicios que se gestionan, siempre en colaboración con la

administración pública, atendiendo a las reglas y condiciones que la misma fija y previa

la oportuna licitación con concurrencia de otros interesados capacitados.

Si por financiarización se entiende una mayor presencia de determinada tipología de

entidades como accionistas de los operadores económicos, es una cuestión que afecta a

todos los sectores de la economía mundial, no sólo al WASH.

5.1.1. ¿Mercados de derechos de agua, o incluso mercados de futuros?

No resulta factible en el ordenamiento español, tal y como ya se ha

referido.

5.1.2. ¿Privatización de servicios o infraestructuras?

No resulta factible en el ordenamiento español, tal y como ya se ha

referido.

5.1.3. Transacciones relativas a la contaminación del agua? Por ejemplo,

el comercio de créditos de contaminación en cuerpos de agua

compartidos.

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El ordenamiento jurídico español no contempla supuestos como el

descrito.

5.1.4. La mercantilización del agua a través, por ejemplo, del agua

embotellada.

El sector del agua embotellada es un sector industrial y económico de

similares características a otros muchos de los que conforman la economía de un

país. Como ya se ha referido es un sector que no interfiere, dificulta o reduce la

capacidad de los servicios públicos de agua para atender las necesidades de la

población abastecida.

5.1.7. ¿Cómo ha cambiado esto con el tiempo? ¿hay nuevas tendencias y

desarrollos?

5.2. Hay un debate en curso sobre el papel y el impacto de la financiarización

y la especulación en el agua como recurso, los servicios y las infraestructuras de agua y

saneamiento. En su opinión, ¿qué impactos puede tener la participación de los actores

financieros promoviendo estrategias especulativas, en los mercados de agua?

No se conoce ningún caso de estrategia especulativa en el sector del agua ni es factible

que se produzca dado que la participación de los operadores privados está regulada de

forma detallada en la normativa española. La participación de los operadores privados

en la prestación de los servicios de aguas y/o en la dotación de infraestructuras

asociadas a los mismos deriva siempre de una previa convocatoria pública, en la que la

Administración fija las condiciones, reglas y criterios que el operador necesariamente

debe aceptar previamente y seguir con posterioridad durante la ejecución de los

trabajos que se le encargan.

5.3. Los actores privados han participado en el sector del agua, el saneamiento

y la higiene desde hace tiempo, a través de procesos de privatización y mediante

estrategias de partenariado público-privado. ¿Qué cambiará a su entender con el avance

de la financiarización que supone la entrada de poderosos actores financieros y de las

estrategias especulativas en los mercados de futuros?

No debe cambiar nada. La premisa de que los actores financieros que participen

en el capital social de las empresas operadoras privados plantearán movimientos

especulativos no es real, dado que como se ha reiterado el sector del agua en España es

un sector regulado y, por tanto, las reglas fijadas por las administraciones públicas

impedirían actuaciones como las que se plantean.

La colaboración público-privada sólo se da en los supuestos en que el sector

público así lo decida previamente. Y los términos en que tal colaboración se desarrolla

son fijados con carácter previo por el sector público que mantiene siempre las facultades

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de control y, por tanto, la capacidad de corregir, incluso mediante sanciones, cualquier

comportamiento no ajustado a las condiciones establecidas.