96
I. Principado de Asturias AUTORIDADES Y PERSONAL CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA: Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecu- cin del proyecto local Varios asfaltados y aceras, incluido en el Plan Complementario de Reactivacin de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1445 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecu- cin del proyecto local Mejora de la carretera de San- tibÆæez de Murias a las Minas, incluido en el Plan Complementario de Reactivacin de las Comarcas Mi- neras 2001-2005 .............................................................. 1446 Resolucin de11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecu- cin del proyecto local Construccin de tres par- ques, incluido en el Plan Complementario de Reacti- vacin de las Comarcas Mineras 2001-2005............... 1447 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecucin del proyecto local Alcantarillado de La Sierra (Ca- baæaquinta), incluido en el Plan Complementario de Reactivacin de las Comarcas Mineras 2001-2005.... 1448 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la eje- cucin del proyecto local Urbanizacin del pueblo de Pedreu, incluido en el Plan Complementario de Re- activacin de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........ 1449 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la eje- cucin del proyecto local Construccin de parques pœblicos en Piæera, San JuliÆn y Suares, incluido en el Plan Complementario de Reactivacin de las Co- marcas Mineras 2001-2005............................................ 1450 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la eje- cucin del proyecto local Urbanizacin del nœcleo ru- ral de Melendreros, incluido en el Plan Complementa- rio de Reactivacin de las Comarcas Mineras 2001-2005 1451 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecu- cin del proyecto local Pavimentacin de Bezanes, incluido en el Plan Complementario de Reactivacin de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1452 Resolucin de 11 de enero de 2002, de la Consejera de la Presidencia, por la que se ordena la publicacin del convenio especfico de colaboracin suscrito entre el Principado de Asturias, a travØs de la Consejera de la Presidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecu- cin del proyecto local Agua, saneamiento y pequeæos viales, incluido en el Plan Complementario de Reac- tivacin de las Comarcas Mineras 2001-2005 ............ 1453 Direc.: C/JuliÆn Clavera, 11 Depsito Legal: O/2532-82 http:www.princast.es/bopa SÆbado, 9 de febrero de 2002 Nœm. 33 SUMARIO PÆgs. PÆgs.

SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

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I. Principado de Asturias� AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA:

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecu-ción del proyecto local �Varios asfaltados y aceras�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1445

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecu-ción del proyecto local �Mejora de la carretera de San-tibáñez de Murias a las Minas�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1446

Resolución de11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecu-ción del proyecto local �Construcción de tres par-ques�, incluido en el Plan Complementario de Reacti-vación de las Comarcas Mineras 2001-2005............... 1447

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecucióndel proyecto local �Alcantarillado de La Sierra (Ca-bañaquinta)�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.... 1448

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación del

convenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la eje-cución del proyecto local �Urbanización del pueblo dePedreu�, incluido en el Plan Complementario de Re-activación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........ 1449

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la eje-cución del proyecto local �Construcción de parquespúblicos en Piñera, San Julián y Suares�, incluido enel Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005............................................ 1450

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la eje-cución del proyecto local �Urbanización del núcleo ru-ral de Melendreros�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 1451

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecu-ción del proyecto local �Pavimentación de Bezanes�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1452

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecu-ción del proyecto local �Agua, saneamiento y pequeñosviales�, incluido en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ............ 1453

Direc.: C/Julián Clavería, 11Depósito Legal: O/2532-82http:www.princast.es/bopa

Sábado, 9 de febrero de 2002 Núm. 33

S U M A R I O

Págs. Págs.

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1442 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Págs. Págs.

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecu-ción del proyecto local �Adquisición de suelo público�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1455

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Degaña, para la eje-cución del proyecto local �Plaza Pública en Cerredo�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1456

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Degaña, para la eje-cución del proyecto local �Saneamiento integral de labarriada de Colominas en Cerredo�, incluido en elPlan Complementario de Reactivación de las Comar-cas Mineras 2001-2005................................................... 1457

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Ibias, para la ejecu-ción del proyecto local �Abastecimiento de agua aTormaleo, Fresno, Luiña, Buso, Villares de Abajo, Vi-llares de Arriba, Villamerín, Uría, Cuantas y Lagocio�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1458

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Laviana, para la eje-cución del proyecto local �Ampliación de parque pú-blico en Pola�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.... 1459

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Lena, para la ejecu-ción del proyecto local �Obras de recuperación ur-banística y ambiental y en núcleos mineros de Campo-manes, Villallana y Pola de Lena�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1460

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Lena, para la ejecu-ción del proyecto local �Saneamiento y abastecimientoen núcleos�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.... 1461

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Morcín, para la eje-cución del proyecto local �Saneamiento de Lavandera,La Roza-Castandiello y Busloñe�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1462

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Morcín, para la eje-cución del proyecto local �Accesos y acondiciona-mientos de núcleos rurales�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005......................................................................... 1463

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Morcín, para la eje-cución del proyecto local �Alumbrado entronque N-630 y modificaciones de alumbrado público en variospueblos�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.... 1464

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Quirós, para la eje-cución del proyecto local �Mejora de núcleos, caminosy rehabilitación del entorno del concejo de Quirós�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ................................ 1465

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Riosa, para la ejecu-ción del proyecto local �Mejora del hábitat en La Fel-guera, La Juncar y Muriellos y mejora de accesos a ElCabal, La Cuba y El Huésped�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1467

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Teverga, para la eje-cución del proyecto local �Hormigonado en La Ca-rrea, Fresnedo y Villanueva�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1468

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Teverga, para la eje-cución del proyecto local �Carretera local a La Foce-lla�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005................... 1469

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1443

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Tineo, para la ejecu-ción del proyecto local �Mejora de la red vial munici-pal�, incluido en el Plan Complementario de Reacti-vación de las Comarcas Mineras 2001-2005............... 1470

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Caso, parala ejecución del proyecto local �Edificio Escuela To-zo�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005................... 1471

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Laviana, pa-ra la ejecución del proyecto local �Instalaciones de-portivas en Barredos�, incluido en el Plan Comple-mentario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005......................................................................... 1472

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Laviana, pa-ra la ejecución del proyecto local �Acondicionamien-to entorno del aula de interpretación Palacio Valdés�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1473

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Lena, parala ejecución del proyecto local �Aportaciones munici-pales al complejo de piscinas�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1474

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Mieres, pa-ra la ejecución del proyecto local �Conservación, re-cuperación y puesta en valor del Patrimonio Indus-trial, Histórico y Cultural de Turón�, incluido en elPlan Complementario de Reactivación de las Comar-cas Mineras 2001-2005................................................... 1475

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Quirós, pa-ra la ejecución del proyecto local �Recuperación deantiguos altos hornos metalúrgicos y creación de equi-pamientos culturales y turísticos�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1477

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicacióndel convenio específico de colaboración suscrito entreel Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de San Martíndel Rey Aurelio, para la ejecución del proyecto local�Equipamiento deportivo para jóvenes en El Serallo�,incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005................... 1478

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Tineo, parala ejecución del proyecto local �Mejoras en el polide-portivo municipal�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ................................................................................... 1479

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Lena, parala ejecución del proyecto local �Aportación municipalal proyecto del Teatro Vital Aza para el 2001�, incluidoen el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005............................................ 1480

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Mieres, pa-ra la ejecución del proyecto local�Casa de la Culturade Mieres�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.... 1481

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Caso, parala ejecución del proyecto local�Edificio Museo de laMadreña (ampliación)�, incluido en el Plan Comple-mentario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005......................................................................... 1482

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura y el Ayuntamiento de Degaña, pa-ra la ejecución del proyecto local�Ampliación del po-lideportivo de Cerredo�, incluido en el Plan Comple-mentario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005......................................................................... 1483

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deInfraestructuras y Política Territorial y el Ayuntamien-to de Cangas del Narcea, para la ejecución del pro-yecto local �Desarrollo del PERI de La Cortina y sue-lo público y equipamiento general en El Fuejo�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ................................ 1484

Págs. Págs.

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RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Conse-jería de la Presidencia, por la que se ordena la publi-cación del convenio específico de colaboración suscri-to entre el Principado de Asturias, a través de la Con-sejería de Infraestructuras y Política Territorial y elAyuntamiento de Lena, para la ejecución del proyectolocal �Estacionamiento de camiones�, incluido en elPlan Complementario de Reactivación de las Comar-cas Mineras 2001-2005................................................... 1485

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-fraestructuras y Política Territorial y el Ayuntamientode San Martín del Rey Aurelio, para la ejecución delproyecto local �Recuperación integral de Sotrondio�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ........................... 1486

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deMedio Ambiente y el Ayuntamiento de Caso, para laejecución del proyecto local �Senda C. de interpreta-ción-Museo de la Madreña�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005......................................................................... 1488

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería deMedio Ambiente y el Ayuntamiento de Lena, para laejecución del proyecto local �Aportación de suelo parael paseo fluvial de Pola de Lena�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mi-neras 2001-2005 .............................................................. 1489

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento deAller, para la ejecución del proyecto local �Infraes-tructuras turísticas�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ................................................................................... 1490

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de Caso,para la ejecución del proyecto local �Hórreo-Oficina deTurismo�, incluido en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ............ 1491

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre el

Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de Ca-so, para la ejecución del proyecto local �Actuacionesde política industrial�, incluido en el Plan Comple-mentario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005......................................................................... 1492

Resolución de 11 de enero de 2002, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de SanMartín del Rey Aurelio, para la ejecución del proyectolocal �Recuperación de la escombrera de La Isla Bli-mea�, incluido en el Plan Complementario de Reacti-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 ............ 1493

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA:

Resolución de 5 de febrero de 2002, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se realiza convoca-toria pública para la concesión de subvenciones a aso-ciaciones deportivas para la realización de obras en boleras............................................................................... 1494

Resolución de 5 de febrero de 2002, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se realiza convoca-toria pública para la concesión de subvenciones a clu-bes de fútbol para fomento del fútbol-base .................. 1496

Resolución de 5 de febrero de 2002, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se realiza convoca-toria pública para la concesión de subvenciones a aso-ciaciones deportivas para la realización de obras en campos de fútbol .............................................................. 1499

� ANUNCIOS

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

Información pública de los proyectos de ocupación deterrenos en montes de utilidad pública que precisan evaluación preliminar de impacto ambiental .............. 1501

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:

Información pública de la solicitud de autorización de la instalación eléctrica que se cita ................................ 1501

III. Administración del Estado........................... 1502

IV. Administración Local .................................. 1517

V. Administración de Justicia ............................ 1522

VI. Otros anuncios............................................... 1536

1444 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Págs. Págs.

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� OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecucióndel proyecto local �Varios asfaltados y aceras�, incluidoen el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deAller para la ejecución del proyecto local �Varios asfaltados yaceras�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.121.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE ALLER PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Varios asfaltados y aceras�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Gabriel Pérez Villalta, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Aller.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Aller para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Aller el importe global de 2.404.048,42 euros(400.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Varios asfal-tados y aceras� cuya ejecución y justificación presupuestaria afec-ta a la Consejería de la Presidencia a través de la Dirección Ge-neral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Aller para la ejecución del proyecto de Variosasfaltados y aceras, cuyo importe total asciende a la cantidad es-timada de 163.475,29 € (27.200.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Aller se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 163.475,29 € (27.200.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.02de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................2.200.000 ptas .....................13.222,27 €2002 .......................7.000.000 ptas .....................42.070,85 €2003 .................... 11.000.000 ptas......................66.111,33 €2004 .......................7.000.000 ptas .....................42.070,85 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Aller.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1445

I. Principado de Asturias

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1446 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2004. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deAller.

3.� El Ayuntamiento de Aller se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Aller.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejería de laPresidencia, por la que se ordena la publicación del convenio es-pecífico de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias,a través de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deAller, para la ejecución del proyecto local �Mejora de la carrete-ra de Santibáñez de Murias a las Minas�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deAller para la ejecución del proyecto local �Mejora de la carreterade Santibáñez de Murias a las Minas�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley delPrincipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obli-gatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo pu-blicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.122.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE ALLER PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Mejora de la carretera de Santibáñez de Murias a lasMinas�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Gabriel Pérez Villalta, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Aller.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Aller para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Aller el importe global de 2.404.048,42 euros(400.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Mejora de lacarretera de Santibáñez de Murias a las Minas� cuya ejecución yjustificación presupuestaria afecta a la Consejería de la Presiden-cia a través de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Aller para la ejecución del proyecto de Mejorade la carretera de Santibáñez de Murias a las Minas, cuyo impor-te total asciende a la cantidad estimada de 41.186,61 € (6.852.875ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Aller se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 41.186,61 € (6.852.875 ptas),con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.02 de losPresupuestos Generales del Principado de Asturias, distribuidasen las siguientes anualidades:

2001 .......................6.852.875 ptas .....................41.186,61 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €

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2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Aller.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deAller.

3.� El Ayuntamiento de Aller se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Aller.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecucióndel proyecto local �Construcción de tres parques�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deAller para la ejecución del proyecto local �Construcción de tres

parques�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.123.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE ALLER PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Construcción de tres parques�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Gabriel Pérez Villalta, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Aller.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Aller para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Aller el importe global de 2.404.048,42 euros(400.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Construcciónde tres parques� cuya ejecución y justificación presupuestariaafecta a la Consejería de la Presidencia a través de la DirecciónGeneral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Aller para la ejecución del proyecto de Cons-trucción de tres parques, cuyo importe total asciende a la cantidadestimada de 144.242,91 € (24.000.000 ptas.).

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1447

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1448 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Aller se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 144.242,91 € (24.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.02de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................24.000.000 ptas ...................144.242,91 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Aller.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deAller.

3.� El Ayuntamiento de Aller se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Aller.

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Aller, para la ejecucióndel proyecto local �Alcantarillado de La Sierra (Ca-bañaquinta)�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deAller para la ejecución del proyecto local �Alcantarillado de LaSierra (Cabañaquinta)�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y establecien-do el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad dela publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.120.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE ALLER PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Alcantarillado de La Sierra (Cabañaquinta)�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera,Consejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Gabriel Pérez Villalta, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Aller.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Aller para la ejecución de los Proyectos localesincluidos en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos seha acordado la planificación indicativa de la inversión en losproyectos de cada uno de los concejos afectados,correspondiendo al Ayuntamiento de Aller el importe global de2.404.048,42 euros (400.000.000 pesetas) para la ejecución delos proyectos que se relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de�Alcantarillado de La Sierra (Cabañaquinta)� cuya ejecución yjustificación presupuestaria afecta a la Consejería de laPresidencia a través de la Dirección General de CooperaciónLocal.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Page 9: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Aller para la ejecución del proyecto de Alcanta-rillado de La Sierra (Cabañaquinta), cuyo importe total asciendea la cantidad estimada de 14.021,61 € (2.333.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Aller se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 14.021,61 € (2.333.000 ptas),con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.02 de losPresupuestos Generales del Principado de Asturias, distribuidasen las siguientes anualidades:

2001 .......................2.333.000 ptas .....................14.021,61 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .................................... 0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Aller.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deAller.

3.� El Ayuntamiento de Aller se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Aller.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la ejecu-ción del proyecto local �Urbanización del pueblo de Pe-dreu�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Bi-menes, para la ejecución del proyecto local �Urbanización delpueblo de Pedreu�, incluido en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo elart. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de As-turias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Ad-ministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de lapublicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.124.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE BIMENES PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Urbanización del pueblo de Pedreu�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Arturo Ordóñez Sánchez, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Bimenes.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Bimenes para la ejecución de los Proyectos localesincluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Bimenes el importe global de 1.803.036,31 eu-ros (300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1449

Page 10: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1450 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Urbanizacióndel pueblo de Pedreu� cuya ejecución y justificación presupues-taria afecta a la Consejería de la Presidencia a través de la Direc-ción General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Bimenes para la ejecución del proyecto de Ur-banización de pueblo de Pedreu, cuyo importe total asciende a lacantidad estimada de 48.080,97 € (8.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Bimenes se compromete a realizar esteproyecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su eje-cución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 48.080,97 € (8.000.000 ptas),con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.06 de losPresupuestos Generales del Principado de Asturias, distribuidasen las siguientes anualidades:

2001 .......................8.000.000 ptas .....................48.080,97 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Bimenes.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Bi-menes.

3.� El Ayuntamiento de Bimenes se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Bimenes.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la ejecu-ción del proyecto local �Construcción de parques públi-cos en Piñera, San Julián y Suares�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mine-ras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Bi-menes, para la ejecución del proyecto local �Construcción de par-ques públicos en Piñera, San Julián y Suares�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Leydel Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régi-men Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, laobligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboraciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvopublicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.125.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE BIMENES PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Construcción de parques públicos en Piñera, San Ju-lián y Suares�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Arturo Ordóñez Sánchez, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Bimenes.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-

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tamiento de Bimenes para la ejecución de los Proyectos localesincluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Bimenes el importe global de 1.803.036,31 eu-ros (300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Construcciónde parques públicos en Piñera, San Julián y Suares� cuya ejecu-ción y justificación presupuestaria afecta a la Consejería de la Pre-sidencia a través de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Bimenes para la ejecución del proyecto de Pro-yecto de construcción de parques públicos en Piñera, San Juliány Suares, cuyo importe total asciende a la cantidad estimada de270.455,45 € (45.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Bimenes se compromete a realizar esteproyecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su eje-cución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 270.455,45 € (45.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.06de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................45.000.000 ptas ...................270.455,45 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Bimenes.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deBimenes.

3.� El Ayuntamiento de Bimenes se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a lasmismas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Bimenes.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Bimenes, para la ejecu-ción del proyecto local �Urbanización del núcleo ruralde Melendreros�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Bi-menes, para la ejecución del proyecto local �Urbanización del nú-cleo rural de Melendreros�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estable-ciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Princi-pado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídicode la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedadde la publicación de los convenios de colaboración en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar elmencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.126.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE BIMENES PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1451

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1452 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Proyecto: �Urbanización del núcleo rural de Melendreros�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Arturo Ordóñez Sánchez, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Bimenes.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Bimenes para la ejecución de los Proyectos localesincluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Bimenes el importe global de 1.803.036,31 eu-ros (300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Urbanizacióndel núcleo rural de Melendreros� cuya ejecución y justificaciónpresupuestaria afecta a la Consejería de la Presidencia a través dela Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Bimenes para la ejecución del proyecto de Ur-banización del núcleo rural de Melendreros, cuyo importe totalasciende a la cantidad estimada de 120.202,42 € (20.000.000ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Bimenes se compromete a realizar esteproyecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su eje-cución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 120.202,42 € (20.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.06de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Bimenes.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Bi-menes.

3.� El Ayuntamiento de Bimenes se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a lasmismas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Bimenes.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecucióndel proyecto local �Pavimentación de Bezanes�, incluidoen el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Ca-so, para la ejecución del proyecto local �Pavimentación de Beza-nes�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los con-venios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como ane-xo a esta resolución.

Page 13: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.129.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Pavimentación de Bezanes�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Pavimentaciónde Bezanes� cuya ejecución y justificación presupuestaria afecta ala Consejería de la Presidencia a través de la Dirección Generalde Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de Agua, sa-neamiento y pequeños viales, cuyo importe total asciende a lacantidad estimada de 36.060,73 € (6.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 36.060,73 € (6.000.000 ptas),con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.15 de losPresupuestos Generales del Principado de Asturias, distribuidasen las siguientes anualidades:

2001 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €2002 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Caso.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecucióndel proyecto local �Agua, saneamiento y pequeños via-les�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, a

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1453

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1454 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

través de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Ca-so, para la ejecución del proyecto local �Agua, saneamiento y pe-queños viales�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el Art.8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y el Art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Adminis-tración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publi-cación de los convenios de colaboración en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el menciona-do convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.128.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Agua, saneamiento y pequeños viales�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Agua, sanea-miento y pequeños viales� cuya ejecución y justificación presu-puestaria afecta a la Consejería de la Presidencia a través de la Di-rección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de Agua, sa-neamiento y pequeños viales, cuyo importe total asciende a lacantidad estimada de 168.283,39 € (28.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 168.283,39 € (28.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.15de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................1.000.000 ptas .......................6.010,12 €2002 .......................5.500.000 ptas .....................33.055,67 €2003 .......................5.500.000 ptas .....................33.055,67 €2004 .......................8.000.000 ptas .....................48.080,97 €2005 .......................8.000.000 ptas .....................48.080,97 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Caso.

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RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecucióndel proyecto local �Adquisición de suelo público�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Ca-so, para la ejecución del proyecto local �Adquisición de suelo pú-blico�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el Art. 8.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el Art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.127.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Adquisición de suelo público�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera,Consejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos localesincluidos en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos seha acordado la planificación indicativa de la inversión en losproyectos de cada uno de los concejos afectados,correspondiendo al Ayuntamiento de Caso el importe global de1.803.036,31 euros (300.000.000 pesetas) para la ejecución delos proyectos que se relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Adquisiciónde suelo público� cuya ejecución y justificación presupuestariaafecta a la Consejería de la Presidencia a través de la DirecciónGeneral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Bimenes para la ejecución del proyecto de Ad-quisición de suelo público, cuyo importe total asciende a la can-tidad estimada de 120.202,42 € (20.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 120.202,42 € (20.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.15de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................4.000.000 ptas .....................24.040,48 €2002 .......................8.000.000 ptas .....................48.080,97 €2003 .......................8.000.000 ptas .....................48.080,97 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2003. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1455

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1456 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Caso.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Degaña, para la ejecu-ción del proyecto local �Plaza Pública en Cerredo�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de De-gaña, para la ejecución del proyecto local �Plaza Pública en Ce-rredo�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.130.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE DEGAÑA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Plaza Pública en Cerredo�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don José Manuel Fernández Menéndez, Alcal-de-Presidente del Ayuntamiento de Degaña.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Degaña para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-

yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Degaña el importe global de 1.802.675,71 euros(299.940.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Plaza Públicaen Cerredo� cuya ejecución y justificación presupuestaria afectaa la Consejería de la Presidencia a través de la Dirección Generalde Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Degaña para la ejecución del proyecto de PlazaPública en Cerredo, cuyo importe total asciende a la cantidad es-timada de 180.303,63 € (30.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 180.303,63 € (30.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.22de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................30.000.000 ptas ...................180.303,63 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Degaña.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Page 17: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deDegaña.

3.� El Ayuntamiento de Degaña se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Degaña.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Degaña, para la ejecu-ción del proyecto local �Saneamiento integral de la ba-rriada de Colominas en Cerredo�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mine-ras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de De-gaña, para la ejecución del proyecto local �Saneamiento integralde la barrida de Colominas en Cerredo�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley delPrincipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obli-gatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo pu-blicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.131.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE DEGAÑA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Saneamiento integral de la barriada de Colominasen Cerredo�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera,Consejera de la Presidencia.

Y de otra parte don J. Manuel Fernández Menéndez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Degaña.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Degaña el importe global de 1.802.675,71 euros(299.940.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Saneamientointegral de la barriada de Colominas en Cerredo� cuya ejecucióny justificación presupuestaria afecta a la Consejería de la Presi-dencia a través de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Degaña para la ejecución del proyecto de Sane-amiento integral de la barriada de Colominas en Cerredo, cuyoimporte total asciende a la cantidad estimada de 120.202,42 €(20.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Degaña se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 120.202,42 € (20.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.22de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Degaña.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización del

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1457

Page 18: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1458 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

ejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deDegaña.

3.� El Ayuntamiento de Degaña se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a lasmismas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Degaña.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Ibias, para la ejecucióndel proyecto local �Abastecimiento de agua a Tormaleo,Fresno, Luiña, Buso, Villares de Abajo, Villares de Arri-ba, Villamerín, Uría, Cuantas y Lagocio�, incluido en elPlan Complementario de Reactivación de las ComarcasMineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deIbias, para la ejecución del proyecto local �Abastecimiento deagua a Tormaleo, Fresno, Luiña, Buso, Villares de Abajo, Villaresde Arriba, Villamerín, Uría, Cuantas y Lagocio�, incluido en elPlan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 dela Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado de Astu-rias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de cola-boración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias,resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo a esta re-solución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.132.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE IBIAS PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Abastecimiento de agua a Tormaleo, Fresno, Luiña,Buso, Villares de Abajo, Villares de Arriba, Villamerín, Uría,Cuantas y Lagocio�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte doña Mª Nélida Barrero, Alcaldesa-Presidentadel Ayuntamiento de Ibias.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Ibias para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Degaña el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Abasteci-miento de agua a Tormaleo, Fresno, Luiña, Buso, Villares de Aba-jo, Villares de Arriba, Villamerín, Uría, Cuantas y Lagocio� cuyaejecución y justificación presupuestaria afecta a la Consejería dela Presidencia a través de la Dirección General de CooperaciónLocal.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Ibias para la ejecución del proyecto de Abaste-cimiento de agua a Tormaleo, Fresno, Luiña, Buso, Villares deAbajo, Villares de Arriba, Villamerín, Uría, Cuantas y Lagocio,cuyo importe total asciende a la cantidad estimada de 297.500,99€ (49.500.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Ibias se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 297.500,99 € (49.500.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.28de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

Page 19: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

2001 .......................9.500.000 ptas .....................57.096,15 €2002 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2003 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Ibias.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2003. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deIbias.

3.� El Ayuntamiento de Ibias se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. La Alcaldesa-Presidenta delAyuntamiento de Ibias.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Laviana, para la ejecu-ción del proyecto local �Ampliación de parque público enPola�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, a

través de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de La-viana, para la ejecución del proyecto local �Ampliación de parquepúblico en Pola�, incluido en el Plan Complementario de Reacti-vación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art.8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Adminis-tración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publi-cación de los convenios de colaboración en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el menciona-do convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.133.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE LAVIANA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Ampliación de parque público en Pola�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Juan Ramón Zapico García, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Laviana.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Laviana para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Laviana el importe global de 2.704.554,47 eu-ros (450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Ampliación deparque público en Pola� cuya ejecución y justificación presu-puestaria afecta a la Consejería de la Presidencia a través de la Di-rección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Laviana para la ejecución del proyecto de Am-pliación de parque público en Pola, cuyo importe total asciende ala cantidad estimada de 120.202,42 € (20.000.000 ptas.).

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1459

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1460 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Laviana se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 120.202,42 € (20.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.32de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Laviana.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de La-viana.

3.� El Ayuntamiento de Laviana se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Laviana.

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Lena, para la ejecucióndel proyecto local �Obras de recuperación urbanística yambiental y en núcleos mineros de Campomanes, Villa-llana y Pola de Lena�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Le-na, para la ejecución del proyecto local �Obras de recuperaciónurbanística y ambiental en núcleos mineros de Campomanes, Vi-llanana y Pola de Lena�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y establecien-do el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad dela publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.134.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE LENA PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Obras de recuperación urbanística y ambiental ennúcleos mineros de Campomanes, Villallana y Pola de Lena�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Hugo Alfonso Morán Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Lena para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Lena el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Obras de re-cuperación urbanística y ambiental en núcleos mineros de Cam-pomanes, Villallana y Pola de Lena� cuya ejecución y justifica-

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ción presupuestaria afecta a la Consejería de la Presidencia através de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Lena para la ejecución del proyecto de Obras derecuperación urbanística y ambiental en núcleos mineros de Cam-pomanes, Villallana y Pola de Lena, cuyo importe total asciendea la cantidad estimada de 300.506,05 € (50.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Lena se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 300.506,65 € (50.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.33de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................10.000.000 ptas .....................60.101,21 €2002 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2003 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Lena.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2003. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Le-na.

3.� El Ayuntamiento de Lena se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Lena.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Lena, para la ejecucióndel proyecto local �Saneamiento y abastecimiento en nú-cleos�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Le-na, para la ejecución del proyecto local �Saneamiento y abasteci-miento en núcleos�, incluido en el Plan Complementario de Re-activación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendoel art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad dela publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.135.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE LENA PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Saneamiento y abastecimiento en núcleos�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Hugo Alfonso Morán Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Lena para la ejecución de los Proyectos locales in-

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1461

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1462 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Lena el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Saneamientoy abastecimiento en núcleos� cuya ejecución y justificación pre-supuestaria afecta a la Consejería de la Presidencia a través de laDirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Lena para la ejecución del proyecto de Sanea-miento y abastecimiento en núcleos, cuyo importe total asciende ala cantidad estimada de 540.910,89 € (90.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Lena se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 540.910,89 € (90.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.33de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................10.000.000 ptas .....................60.101,21 €2002 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2003 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2004 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2005 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Lena.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Le-na.

3.� El Ayuntamiento de Lena se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Lena.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecu-ción del proyecto local �Saneamiento de Lavandera, LaRoza-Castandiello y Busloñe�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deMorcín, para la ejecución del proyecto local �Saneamiento de La-vandera, La Roza-Castandiello y Busloñe�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Leydel Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régi-men Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, laobligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboraciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvopublicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.136.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE MORCIN PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Saneamiento de Lavandera, La Roza-Castandiello yBusloñe�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Page 23: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Juan Manuel Rionda Mier, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Morcín.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Morcín para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Morcín el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Saneamientode Lavandera, La Roza-Castandiello y Busloñe� cuya ejecucióny justificación presupuestaria afecta a la Consejería de la Presi-dencia a través de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Morcín para la ejecución del proyecto de Sane-amiento de Lavandera, La Roza-Castandiello y Busloñe, cuyo im-porte total asciende a la cantidad estimada de 210.354,24 €(35.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Morcín se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 210.354,24 € (35.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.38de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................35.000.000 ptas ...................210.354,24 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Morcín.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deMorcín.

3.� El Ayuntamiento de Morcín se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Morcín.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecu-ción del proyecto local �Accesos y acondicionamientosde núcleos rurales�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deMorcín, para la ejecución del proyecto local �Accesos y acondi-cionamientos de núcleos rurales�, incluido en el Plan Comple-mentario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 yestableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley delPrincipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obli-gatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo pu-blicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1463

Page 24: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1464 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.138.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE MORCIN PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Accesos y acondicionamientos de núcleos rurales�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera,Consejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Juan Manuel Rionda Mier, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Morcín.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Morcín para la ejecución de los Proyectoslocales incluidos en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Morcín el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Accesos yacondicionamientos de núcleos rurales� cuya ejecución y justifi-cación presupuestaria afecta a la Consejería de la Presidencia através de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Morcín para la ejecución del proyecto de Acce-sos y acondicionamientos de núcleos rurales, cuyo importe totalasciende a la cantidad estimada de 661.113,31 € (110.000.000ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Morcín se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 661.113,31 € (110.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.38de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................22.000.000 ptas ...................132.222,66 €2002 .....................22.000.000 ptas ...................132.222,66 €2003 .....................22.000.000 ptas ...................132.222,66 €2004 .....................22.000.000 ptas ...................132.222,66 €2005 .....................22.000.000 ptas ...................132.222,66 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Morcín.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deMorcín.

3.� El Ayuntamiento de Morcín se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Morcín.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecu-ción del proyecto local �Alumbrado entronque N-630 ymodificaciones de alumbrado público en varios pueblos�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, a

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través de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deMorcín, para la ejecución del proyecto local �Alumbrado entron-que N-630 y modificaciones de alumbrado público en varios pue-blos�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los con-venios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como ane-xo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.139.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE MORCIN PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Alumbrado entronque N-630 y modificaciones dealumbrado público en varios pueblos�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Juan Manuel Rionda Mier, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Morcín.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Morcín para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Morcín el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Alumbradoentronque N-630 y modificaciones de alumbrado público en va-rios pueblos� cuya ejecución y justificación presupuestaria afec-ta a la Consejería de la Presidencia a través de la Dirección Ge-neral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y el

Ayuntamiento de Morcín para la ejecución del proyecto de Alum-brado entronque N-630 y modificaciones de alumbrado públicoen varios pueblos, cuyo importe total asciende a la cantidad esti-mada de 90.151,82 € (15.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Morcín se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 90.151,82 € (15.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.38de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €2002 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €2003 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €2004 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €2005 .......................3.000.000 ptas .....................18.030,36 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Morcín.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deMorcín.

3.� El Ayuntamiento de Morcín se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1465

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1466 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Morcín.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Quirós, para la ejecu-ción del proyecto local �Mejora de núcleos, caminos y re-habilitación del entorno del concejo de Quirós�, incluidoen el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deMorcín, para la ejecución del proyecto local �Mejora de núcleos,caminos y rehabilitación del entorno de concejo de Quirós�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comar-cas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los con-venios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como ane-xo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.140.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE QUIROS PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Mejora de núcleos, caminos y rehabilitación del en-torno del concejo de Quirós�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Agustín Farpón Alonso, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Quirós.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Quirós para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Quirós el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Mejora de nú-cleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirós�cuya ejecución y justificación presupuestaria afecta a la Conse-jería de la Presidencia a través de la Dirección General de Coope-ración Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Quirós para la ejecución del proyecto de Mejo-ra de núcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo deQuirós, cuyo importe total asciende a la cantidad estimada de721.214,53 € (120.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Quirós se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 721.214,53 € (120.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.53de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................52.000.000 ptas ...................312.526,29 €2002 .....................68.000.000 ptas ...................408.688,23 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Quirós.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de las

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instalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deQuirós.

3.� El Ayuntamiento de Quirós se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Quirós.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre el Prin-cipado de Asturias, a través de la Consejería de la Presi-dencia y el Ayuntamiento de Riosa, para la ejecución delproyecto local �Mejora del hábitat en La Felguera, LaJuncar y Muriellos y mejora de accesos a El Cabal, LaCuba y El Huésped�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento deRiosa, para la ejecución del proyecto local �Mejora del hábitat enLa Felguera, La Juncar y Muriellos y mejora de accesos a El Ca-bal, La Cuba y El Huésped�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estable-ciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Princi-pado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídicode la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedadde la publicación de los convenios de colaboración en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar elmencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.141.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE RIOSA PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Mejora del hábitat en La Felguera, La Juncar y Mu-riellos y mejora de accesos a El Cabal, La Cuba y El Huésped�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don José Antonio Muñiz Alvarez, Alcalde-Pre-sidente del Ayuntamiento de Riosa.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Riosa para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Riosa el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Mejora del há-bitat en La Felguera, La Juncar y Muriellos y mejora de accesosa El Cabal, La Cuba y El Huésped� cuya ejecución y justificaciónpresupuestaria afecta a la Consejería de la Presidencia a través dela Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Riosa para la ejecución del proyecto de Mejoradel hábitat en La Felguera, La Juncar y Muriellos y mejora de ac-cesos a El Cabal, La Cuba y El Huésped, cuyo importe total as-ciende a la cantidad estimada de 1.381.366,22 € (229.840.000ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Riosa se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 1.381.366,22 € (229.840.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.58de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 ...................140.000.000 ptas ...................841.416,95 €2002 .....................45.000.000 ptas ...................270.455,45 €2003 .....................30.000.000 ptas .................180.303,603 €2004 .....................14.840.000 ptas .....................89.190,20 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Riosa.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1467

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1468 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2004. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deRiosa.

3.� El Ayuntamiento de Riosa se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Riosa.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Teverga, para la ejecu-ción del proyecto local �Hormigonado en La Carrea,Fresnedo y Villanueva�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Te-verga, para la ejecución del proyecto local �Hormigonado en LaCarrea, Fresnedo y Villanueva�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y es-tableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Prin-cipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurí-dico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los convenios de colaboración en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publi-car el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.142.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE TEVERGA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Hormigonado en La Carrea, Fresnedo y Villanue-va�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Ramón Alvarez Argüelles, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Teverga.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Teverga para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Teverga el importe global de 1.472.479,66 eu-ros (245.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Hormigonadoen La Carrea, Fresnedo y Villanueva� cuya ejecución y justifica-ción presupuestaria afecta a la Consejería de la Presidencia através de la Dirección General de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Teverga para la ejecución del proyecto de Hor-migonado en La Carrea, Fresnedo y Villanueva, cuyo importe to-tal asciende a la cantidad estimada de 260.959,46 € (43.420.000ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Teverga se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 260.959,46 € (43.420.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.72de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................43.420.000 ptas ...................260.959,46 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €

Page 29: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Teverga.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Te-verga.

3.� El Ayuntamiento de Teverga se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Teverga.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Teverga, para la ejecu-ción del proyecto local �Carretera local a La Focella�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Te-verga, para la ejecución del proyecto local �Carretera local a La

Focella�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.143.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE TEVERGA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLANCOMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Carretera local a La Focella�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Ramón Alvarez Argüelles, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Teverga.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Teverga para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Teverga el importe global de 1.472.479,66 eu-ros (245.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Carretera lo-cal a La Focella� cuya ejecución y justificación presupuestariaafecta a la Consejería de la Presidencia a través de la DirecciónGeneral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Teverga para la ejecución del proyecto de Ca-rretera local a La Focella, cuyo importe total asciende a la canti-dad estimada de 348.587,02 € (58.000.000 ptas.).

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1469

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1470 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Teverga se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 348.587,02 € (58.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.72de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................58.000.000 ptas ...................348.587,02 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Teverga.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Te-verga.

3.� El Ayuntamiento de Teverga se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a lasmismas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Teverga.

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia y el Ayuntamiento de Tineo, para la ejecucióndel proyecto local �Mejora de la red vial municipal�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Ti-neo para la ejecución del proyecto local �Mejora de la red vialmunicipal�, incluido en el Plan Complementario de Reactivaciónde las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.144.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE TINEO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Mejora de la red vial municipal�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, la Ilma. Sra. doña Mª José Ramos Rubiera, Con-sejera de la Presidencia.

Y de otra parte don Mariano Ruiz Llano, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Tineo.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Tineo para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Tineo el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Mejora de lared vial municipal� cuya ejecución y justificación presupuestariaafecta a la Consejería de la Presidencia a través de la DirecciónGeneral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Page 31: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Tineo para la ejecución del proyecto de Mejorade la red vial municipal, cuyo importe total asciende a la cantidadestimada de 742.249,95 € (123.500.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Tineo se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de laPresidencia, aportará la cantidad de 742.249,95 € (123.500.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02-511F-768.73de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................60.000.000 ptas ...................360.607,26 €2002 .....................30.000.000 ptas ...................180.303,63 €2003 .....................30.000.000 ptas ...................180.303,63 €2004 .......................3.500.000 ptas .....................21.035,42 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Tineo.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2004. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ti-neo.

3.� El Ayuntamiento de Tineo se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Tineo.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Caso, para la eje-cución del proyecto local �Edificio Escuela Tozo�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Caso, para la ejecución del proyecto local �Edificio EscuelaTozo�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de losconvenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio co-mo anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.152.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Edificio Escuela Tozo�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte D.Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidente de¡Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1471

Page 32: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1472 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Edificio Es-cuela Tozo� cuya ejecución y justificación presupuestaria afectaa la Consejería de Educación y Cultura a través de la DirecciónGeneral de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de EdificioEscuela Tozo, cuyo importe total asciende a la cantidad estimadade 42.070,85 € (7.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 42.070,85 €.(7.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02-455C-768.15 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................6.000.000 ptas .....................36.060,73 €2002 ......................1.000.000 ptas. .......................6.010,12 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguná derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Laviana, para laejecución del proyecto local �Instalaciones deportivas enBarredos�, incluido en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Lavianaa, para la ejecución del proyecto local �Instalacio-nes deportivas en Barredos�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estable-ciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Princi-pado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídicode la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedadde la publicación de los convenios de colaboración en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar elmencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.155.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE LAVIANA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Instalaciones deportivas en Barredos�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Juan Ramón Zapico García, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Laviana.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Laviana para la ejecución de los Proyectos locales in-

Page 33: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Laviana el importe global de 2.704.554,47 eu-ros (450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Instalacionesdeportivas en Barredos� cuya ejecución y justificación presu-puestaria afecta a la Consejería de Educación y Cultura a travésde la Dirección General de Deportes.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Laviana para la ejecución del proyecto de nsta-laciones deportivas en Barredos, cuyo importe total asciende a lacantidad estimada de 300.506,05 € (50.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Laviana se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 300.506,05 €(50.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05-457A-768.32 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................10.000.000 ptas .....................60.101,21 €2002 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2003 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Laviana.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2003. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de La-viana.

3.� El Ayuntamiento de Laviana se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Laviana.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Laviana, para laejecución del proyecto local �Acondicionamiento entor-no del aula de interpretación Palacio Valdés�, incluidoen el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Laviana, para la ejecución del proyecto local �Acondiciona-miento entorno del aula de interpretación Palacio Valdés�, inclui-do en el Plan Complementario de Reactivación de las ComarcasMineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art.11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de mar-zo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principadode Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los conveniosde colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de As-turias, resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo aesta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.154.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE LAVIANA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Acondicionamiento entorno del aula de interpreta-ción Palacio Valdés�.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1473

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1474 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Juan Ramón Zapico García, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Laviana.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Laviana para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Laviana el importe global de 2.704.554,47 eu-ros (450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos quese relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Acondiciona-miento entorno del aula de interpretación Palacio Valdés� cuyaejecución y justificación presupuestaria afecta a la Consejería deEducación y Cultura a través de la Dirección General de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Laviana para la ejecución del proyecto de Acon-dicionamiento entorno del aula de interpretación Palacio Valdés,cuyo importe total asciende a la cantidad estimada de 120.202,42€ (20.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Laviana se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 120.202,42 €(20.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02-452D-768.32 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................10.000.000 ptas .....................60.101,21 €2002 .....................10.000.000 ptas .....................60.101,21 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Laviana.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deLaviana.

3.� El Ayuntamiento de Laviana se compromete a mantenerlas instalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a lasmismas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Laviana.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Lena, para la eje-cución del proyecto local �Aportaciones municipales alcomplejo de piscinas�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Lena, para la ejecución del proyecto local �Aportacionesmunicipales al complejo de piscinas�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005y estableciendo el Art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común y el Art. 11.6 de la Ley delPrincipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obli-gatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo pu-blicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Page 35: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.157.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE LENA PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Aportaciones municipales al complejo de piscinas�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Hugo Alfonso Morán Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Lena para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Lena el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Aportacionesmunicipales al complejo de piscinas� cuya ejecución y justifica-ción presupuestaria afecta a la Consejería de Educación y Culturaa través de la Dirección General de Deportes.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Lena para la ejecución del proyecto de Aporta-ciones municipales al complejo de piscinas, cuyo importe total as-ciende a la cantidad estimada de 721.214,53 € (120.000.000ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Lena se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 721.214,53 €.(120.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria15.05-457A-768.33 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................50.000.000 ptas ...................300.506,05 €2002 ..................10.000.000 ptas.p .....................60.101,21 €2003 .....................60.000.000 ptas ...................360.607,26 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Lena.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2003. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Le-na.

3.� El Ayuntamiento de Lena se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Lena.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Mieres, para laejecución del proyecto local �Conservación, recupera-ción y puesta en valor del Patrimonio Industrial, Históri-co y Cultural de Turón�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1475

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1476 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Mieres, para la ejecución del proyecto local �Conservación,recuperación y puesta en valor del Patrimonio Industrial, Históri-co y Cultural de Turón�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y establecien-do el Art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el Art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad dela publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.159.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE MIERES PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Conservación, recuperación y puesta en valor delPatrimonio Industrial, Histórico y Cultural de Turón�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Misael Fernández Porrón, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Mieres.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Mieres para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Mieres el importe global de 7.963.410,38 euros(1.325.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Conservación,recuperación y puesta en valor del Patrimonio Industrial, Históri-co y Cultural de Turón� cuya ejecución y justificación presupues-taria afecta a la Consejería de Educación y Cultura a través de laDirección General de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y el

Ayuntamiento de Mieres para la ejecución del proyecto de Con-servación, recuperación y puesta en valor del Patrimonio Indus-trial, Histórico y Cultural de Turón, cuyo importe total asciende ala cantidad estimada de 4.207.084,73 € (700.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Mieres se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 4.207.084,73 €(700.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria15.02-458D-768.37 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 ...................240.000.000 ptas ................1.442.429,05 €2002 .....................60.000.000 ptas ...................360.607,26 €2003 ...................259.000.000 ptas ................1.556.621,35 €2004 .....................70.000.000 ptas ...................420.708,47 €2005 .....................71.000.000 ptas ...................426.718,59 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Mieres.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deMieres.

3.� El Ayuntamiento de Mieres se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

Page 37: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Mieres.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Quirós, para laejecución del proyecto local �Recuperación de antiguosaltos hornos metalúrgicos y creación de equipamientosculturales y turísticos�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Quirós, para la ejecución del proyecto local �Recuperaciónde antiguos altos hornos metalúrgicos y creación de equipamien-tos culturales y turísticos�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estable-ciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Princi-pado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídicode la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedadde la publicación de los convenios de colaboración en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar elmencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.160.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE QUIROS PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Recuperación de antiguos altos hornos metalútgicosy creación de equipamientos culturales y turísticos�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Agustín Farpón Alonso, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Quirós.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Quirós para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Quirós el importe global de 1.803.036,31euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Recuperaciónde antiguos altos hornos metalúrgicos y creación de equipamien-tos culturales y turísticos� cuya ejecución y justificación presu-puestaria afecta a la Consejería de Educación y Cultura a travésde la Dirección General de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Quirós para la ejecución del proyecto de Recu-peración de antiguos altos hornos metalúrgicos y creación deequipamientos culturales y turísticos, cuyo importe total asciendea la cantidad estimada de 1.048.285,31 € (174.420.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Quirós se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 1.048.285,31 €(174.420.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria15.02-455G-768.53 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................59.000.000 ptas ...................354.597,14 €2002 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2003 .....................41.000.000 ptas ...................246.414,96 €2004 .....................40.000.000 ptas ...................240.404,84 €2005 .....................14.420.000 ptas .....................86.665,95 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Quirós.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1477

Page 38: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1478 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deQuirós.

3.� El Ayuntamiento de Quirós se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Quirós.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de San Martín del ReyAurelio, para la ejecución del proyecto local �Equipa-miento deportivo para jóvenes en El Serallo�, incluido enel Plan Complementario de Reactivación de las Comar-cas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de San Martín del Rey Aurelio, para la ejecución del proyectolocal �Equipamiento deportivo para jóvenes en El Serallo�, in-cluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Comar-cas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los con-venios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como ane-xo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.161.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO PARALA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL

PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS CO-MARCAS MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Equipamiento deportivo para jóvenes en El Sera-llo�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Ignacio Fernández Vázquez, Alcalde-Pre-sidente del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de San Martín del Rey Aurelio para la ejecución de losProyectos locales incluidos en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio el importe globalde 4.056.831,70 euros (675.000.000 pesetas) para la ejecución delos proyectos que se relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Equipamien-to deportivo para jóvenes en El Serallo� cuya ejecución y justifi-cación presupuestaria afecta a la Consejería de Educación y Cul-tura a través de la Dirección General de Deportes.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio para la ejecucióndel proyecto de Equipamiento deportivo para jóvenes en El Se-rrallo, cuyo importe total asciende a la cantidad estimada de180.303,63 € (30.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio se comprome-te a realizar este proyecto asumiendo todas las actuaciones nece-sarias para su ejecución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 180.303,63 €(30.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05-457A-768.60 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................15.000.000 ptas .....................90.151,82 €2002 .....................15.000.000 ptas .....................90.151,82 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

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Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguná derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deSan Martín del Rey Aurelio.

3.� El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio se com-promete a mantener las instalaciones en su fin y en perfecto esta-do de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Tineo, para la eje-cución del proyecto local �Mejoras en el polideportivomunicipal�, incluido en el Plan Complementario de Re-activación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Tineo, para la ejecución del proyecto local �Mejoras en elpolideportivo municipal�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y establecien-do el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad dela publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.162.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE TINEO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Mejoras en el polideportivo municipal�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Mariano Ruiz Llano, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Tineo.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Tineo para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Tineo el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Mejoras en elpolideportivo municipal� cuya ejecución y justificación presu-puestaria afecta a la Consejería de Educación y Cultura a travésde la Dirección General de Deportes.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Tineo para la ejecución del proyecto de Mejo-ras en el polideportivo municipal, cuyo importe total asciende ala cantidad estimada de 63.106,27 € (10.500.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Tineo se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 63.106,27 €(10.500.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05-457A-768.73 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................10.500.000 ptas .....................63.106,27 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1479

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1480 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Tineo.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001.

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguná derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ti-neo.

3.� El Ayuntamiento de Tineo se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Tineo.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Lena, para la eje-cución del proyecto local �Aportación municipal al pro-yecto del Teatro Vital Aza para el 2001�, incluido en elPlan Complementario de Reactivación de las ComarcasMineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Lena, para la ejecución del proyecto local �Aportación mu-nicipal al proyecto del Teatro Vital Aza para el 2001�, incluido enel Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mine-ras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, so-bre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de As-turias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de co-laboración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias,resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo a esta re-solución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.156.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE LENA PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Aportación municipal al proyecto del Teatro VitalAza para el 2001�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Hugo Alfonso Morán Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Lena para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Lena el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Aportaciónmunicipal al proyecto del Teatro Vital Aza para el 2001� cuya eje-cución y justificación presupuestaria afecta a la Consejería deEducación y Cultura a través de la Dirección General de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Lena para la ejecución del proyecto de Aporta-ción municipal al proyecto del Teatro Vital Aza para el 2001, cu-yo importe total asciende a la cantidad estimada de 330.556,66 €(55.000.000 ptas.)

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Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Lena se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 330.556,66 €.(55.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02-455C-768.33 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................55.000.000 ptas ...................330.556,66 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Lena.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Le-na.

3.� El Ayuntamiento de Lena se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Lena.

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Mieres, para laejecución del proyecto local�Casa de la Cultura de Mie-res�, incluido en el Plan Complementario de Reactiva-ción de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Mieres, para la ejecución del proyecto local �Casa de la Cul-tura de Mieres�, incluido en el Plan Complementario de Reacti-vación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art.8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Adminis-tración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publi-cación de los convenios de colaboración en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el menciona-do convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.158.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE MIERES PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Casa de la Cultura de Mieres�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Misael Fernández Porrón, Alcalde-Presi-dente del Ayuntamiento de Mieres.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Mieres para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Mieres el importe global de 7.963.410,38 euros(1.325.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Casa de laCultura de Mieres� cuya ejecución y justificación presupuestariaafecta a la Consejería de Educación y Cultura a través de la Di-rección General de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1481

Page 42: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1482 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Mieres para la ejecución del proyecto de Casade la Cultura de Mieres, cuyo importe total asciende a la cantidadestimada de 2.554.301,44 € (425.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Mieres se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 2.554.301,44 €.(425.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria15.02-455C-768.37 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2002 ...................170.000.000 ptas ................1.021.720,58 €2003 ...................160.000.000 ptas ...................961.619,37 €2004 .....................75.000.000 ptas ...................450.759,08 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Mieres.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2004. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deMieres.

3.� El Ayuntamiento de Mieres se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Mieres.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Caso, para la eje-cución del proyecto local�Edificio Museo de la Madreña(ampliación)�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Caso, para la ejecución del proyecto local �Edificio Museode la Madreña (ampliación)�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y esta-bleciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Prin-cipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurí-dico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los convenios de colaboración en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publi-car el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.151.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Edificio Museo de la Madreña (ampliación)�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

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Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Edificio Mu-seo de la Madreña (ampliación)� cuya ejecución y justificaciónpresupuestaria afecta a la Consejería de Educación y Cultura através de la Dirección General de Cultura.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de EdificioMuseo de la Madreña (ampliación), cuyo importe total asciendea la cantidad estimada de 42.070,85 € (7.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 42.070,85 €.(7.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02-452D-768.15 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................2.000.000 ptas .....................12.020,24 €2002 .......................5.000.000 ptas .....................30.050,61 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de las

instalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Edu-cación y Cultura y el Ayuntamiento de Degaña, para laejecución del proyecto local�Ampliación del polideporti-vo de Cerredo�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamien-to de Degaña, para la ejecución del proyecto local �Ampliacióndel Polideportivo de Cerredo�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y esta-bleciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Prin-cipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurí-dico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los convenios de colaboración en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publi-car el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.153.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y ELAYUNTAMIENTO DE DEGAÑA PARA LA EJECUCION DE

PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCAS

MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Ampliación del Polideportivo de Cerredo�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Fernández Va-llina, Consejero de Educación y Cultura.

Y de otra parte don J. Manuel Fernández Menéndez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Degaña.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1483

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1484 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

tamiento de Degaña para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Degaña el importe global de 1.802.675,71 euros(299.940.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Ampliacióndel Polideportivo de Cerredo� cuya ejecución y justificación pre-supuestaria afecta a la Consejería de Educación y Cultura a travésde la Dirección General de Deportes.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Degaña para la ejecución del proyecto de Am-pliación del Polideportivo de Cerredo, cuyo importe total ascien-de a la cantidad estimada de 90.151,82 € (15.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Degaña se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería deEducación y Cultura, aportará la cantidad de 90.151,82 €.(15.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05-457A-768.22 de los Presupuestos Generales del Principado de As-turias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................15.000.000 ptas .....................90.151,82 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Degaña.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001.

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deDegaña.

3.� El Ayuntamiento de Degaña se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Educación y Cultura. El Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Degaña.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-fraestructuras y Política Territorial y el Ayuntamiento deCangas del Narcea, para la ejecución del proyecto local�Desarrollo del PERI de La Cortina y suelo público yequipamiento general en El Fuejo�, incluido en el PlanComplementario de Reactivación de las Comarcas Mine-ras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial yel Ayuntamiento de Cangas del Narcea para la ejecución del pro-yecto local �Desarrollo del PERI de La Cortina y suelo público yequipamiento general en El Fuejo�, incluido en el Plan Comple-mentario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 yestableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley delPrincipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obli-gatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo pu-blicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.166.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CANGAS DEL NARCEA PARA LAEJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL

PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LASCOMARCAS MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Desarrollo del PERI de La Cortina y suelo públicoy equipamiento general en El Fuejo�.

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En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Juan Ramón García Secades, Con-sejera de Infraestructuras y Política Territorial.

Y de otra parte don José Manuel Cuervo Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cangas del Narcea.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Cangas del Narcea para la ejecución de los Proyectoslocales incluidos en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Cangas del Narcea el importe global de2.404.048,42 euros (400.000.000 pesetas) para la ejecución de losproyectos que se relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Desarrollo delPERI de La Cortina y suelo público y equipamiento general en ElFuejo� cuya ejecución y justificación presupuestaria afecta a laConsejería de la Presidencia a través de la Dirección General deArquitectura y Vivienda.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Cangas del Narcea para la ejecución del pro-yecto de Desarrollo del PERI de La Cortina y suelo público yequipamiento general en El Fuejo, cuyo importe total asciende ala cantidad estimada de 1.202.024,21 € (200.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Cangas del Narcea se compromete a reali-zar este proyecto asumiendo todas las actuaciones necesarias pa-ra su ejecución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-fraestructuras y Política Territorial aportará la cantidad de1.202.024,21 € (200.000.000 ptas), con cargo a la aplicación pre-supuestaria 17.05-431A-768.11 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 ...................100.000.000 ptas ...................601.012,10 €2002 .....................25.000.000 ptas ...................150.253,03 €2003 .................... 75.000.000 ptas ...................450.759,08 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Cangas del Narcea.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2003. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deCangas del Narcea.

3.� El Ayuntamiento de Cangas del Narcea se compromete amantener las instalaciones en su fin y en perfecto estado de con-servación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Cangas del Narcea.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-fraestructuras y Política Territorial y el Ayuntamiento deLena, para la ejecución del proyecto local �Estaciona-miento de camiones�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial yel Ayuntamiento de Lena, para la ejecución del proyecto local�Estacionamiento de camiones�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y es-tableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Prin-cipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurí-dico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los convenios de colaboración en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publi-car el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1485

Page 46: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1486 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.168.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE LENA PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Estacionamiento de camiones�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Juan Ramón García Secades,Consejero de Infraestructuras y Política Territorial.

Y de otra parte don Hugo Alfonso Morán Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Lena para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Lena el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Estaciona-miento de camiones� cuya ejecución y justificación presupuesta-ria afecta a la Consejería de Infraestructuras y Política Territoriala través de la Dirección General de Transportes y Telecomunica-ciones.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Lena para la ejecución del proyecto de Estacio-namiento de camiones, cuyo importe total asciende a la cantidadestimada de 48.802,18 € (8.120.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Lena se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-fraestructuras y Política Territorial, aportará la cantidad de48.802,18 € (8.120.000 ptas), con cargo a la aplicación presu-puestaria 17.02-513G-768.33 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................8.120.000 ptas .....................48.802,18 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Lena.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguná derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Le-na.

3.� El Ayuntamiento de Lena se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. El Al-calde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejería de laPresidencia, por la que se ordena la publicación del convenio es-pecífico de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias,a través de la Consejería de Infraestructuras y Política Territo-rial y el Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, para la eje-cución del proyecto local �Recuperación integral de Sotrondio�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, a

Page 47: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

través de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial yel Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, para la ejecucióndel proyecto local �Recuperación integral de Sotrondio�, inclui-do en el Plan Complementario de Reactivación de las ComarcasMineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art.11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de mar-zo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principadode Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los conveniosde colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de As-turias, resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo aesta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.164.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO PARALA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL

PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LASCOMARCAS MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Recuperación integral de Sotrondio�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Juan Ramón García Secades,Consejero de Infraestructuras y Política Territorial.

Y de otra parte don Ignacio Fernández Vázquez, Alcalde-Pre-sidente del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de San Martín del Rey Aurelio para la ejecución de losProyectos locales incluidos en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio el importe global de4.056.831,70 euros (675.000.000 pesetas) para la ejecución de losproyectos que se relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Recuperaciónintegral de Sotrondio� cuya ejecución y justificación presupues-taria afecta a la Consejería de Infraestructuras y Política Territo-rial a través de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio para la ejecucióndel proyecto de Recuperación integral de Sotrondio, cuyo impor-

te total asciende a la cantidad estimada de 2.073.491,76 €(345.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio se comprome-te a realizar este proyecto asumiendo todas las actuaciones nece-sarias para su ejecución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-fraestructuras y Política Territorial, aportará la cantidad de2.073.491,76 € (345.000.000 ptas), con cargo a la aplicación pre-supuestaria 17.05-431A-768.60 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 ...................245.000.000 ptas ................1.472.479,66 €2002 ...................100.000.000 ptas ...................601.012,10 €2003 .................................... 0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deSan Martín del Rey Aurelio.

3.� El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio se com-promete a mantener las instalaciones en su fin y en perfecto esta-do de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1487

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1488 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. El Al-calde-Presidente del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aure-lio.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Me-dio Ambiente y el Ayuntamiento de Caso, para la ejecu-ción del proyecto local �Senda C. de interpretación-Mu-seo de la Madreña�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Medio Ambiente y el Ayuntamiento deCaso para la ejecución del proyecto local �Senda C. de interpre-tación-Museo de la Madreña�, incluido en el Plan Complementa-rio de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y esta-bleciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Prin-cipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurí-dico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los convenios de colaboración en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publi-car el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.176.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Senda C. de interpretación-Museo de la Madreña�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Herminio Sastre Andrés, Conse-jero de Medio Ambiente.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Senda C. deinterpretación-Museo de la Madreña� cuya ejecución y justifica-ción presupuestaria afecta a la Consejería de Industria, Comercioy Turismo a través de la Dirección General de Calidad Ambien-tal.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de Senda C.de interpretación-Museo de la Madreña, cuyo importe total as-ciende a la cantidad estimada de 90.151,82 € (15.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de Me-dio Ambiente aportará la cantidad de 90.151,82 € (15.000.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03-443D-768.15de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................7.500.000 ptas .....................45.075,91 €2002 .......................7.500.000 ptas .....................45.075,91 €2003 .................................... 0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2002. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de las

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instalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Medio Ambiente. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Caso.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de Me-dio Ambiente y el Ayuntamiento de Lena, para la ejecu-ción del proyecto local �Aportación de suelo para el pa-seo fluvial de Pola de Lena�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Medio Ambiente y el Ayuntamiento deLena, para la ejecución del proyecto local �Aportación de suelopara el paseo fluvial de Pola de Lena�, incluido en el Plan Com-plementario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley delPrincipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obli-gatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo pu-blicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.178.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE LENA PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Aportación de suelo para el paseo fluvial de Pola deLena�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Herminio Sastre Andrés, Conse-jero de Medio Ambiente.

Y de otra parte don Hugo Alfonso Morán Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Lena para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Lena el importe global de 2.704.554,47 euros(450.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Aportación desuelo para el paseo fluvial� cuya ejecución y justificación presu-puestaria afecta a la Consejería de Medio Ambiente a través de laDirección General de Calidad Ambiental.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Lena para la ejecución del proyecto de Aporta-ción de suelo para el paseo fluvial de Pola de Lena, cuyo importetotal asciende a la cantidad estimada de 120.202,42 € (20.000.000ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Lena se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de Me-dio Ambiente, aportará la cantidad de 120.202,42 € (8.120.000ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03-443D-768.33de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, distri-buidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .....................................0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Lena.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización del

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1489

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1490 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

ejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Le-na.

3.� El Ayuntamiento de Lena se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Medio Ambiente. El Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Lena.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de Aller,para la ejecución del proyecto local �Infraestructurasturísticas�, incluido en el Plan Complementario de Re-activación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo y elAyuntamiento de Aller para la ejecución del proyecto local �In-fraestructuras turísticas�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y establecien-do el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad dela publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.181.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE ALLER PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Infraestructuras turísticas�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Jesús Urrutia García, Consejerode Industria, Comercio y Turismo.

Y de otra parte don Gabriel Pérez Villalta, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Aller.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Aller para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Aller el importe global de 2.404.048,42 euros(400.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Infraestructu-ras turísticas� cuya ejecución y justificación presupuestaria afec-ta a la Consejería de la Presidencia a través de la Dirección Ge-neral de Cooperación Local.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Aller para la ejecución del proyecto de Infraes-tructuras turísticas, cuyo importe total asciende a la cantidad esti-mada de 108.182,18 € (18.000.000 ptas.)

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Aller se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo, aportará la cantidad de 108.182,18€ (18.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria19.04-751A-768.02 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................5.000.000 ptas .....................30.050,61 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 ...................... 9.000.000 ptas .....................54.091,09 €2004 .......................4.000.000 ptas .....................24.040,48 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Aller.

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3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2004. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deAller.

3.� El Ayuntamiento de Aller se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a lasmismas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aller.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de Caso,para la ejecución del proyecto local �Hórreo-Oficina deTurismo�, incluido en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto local �Hó-rreo-Oficina de turismo�, incluido en el Plan Complementario deReactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y establecien-do el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado deAsturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de

la publicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.182.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Hórreo-Oficina de turismo�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Jesús Urrutia García, Consejerode Industria, Comercio y Turismo.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Hórreo-Ofici-na de turismo� cuya ejecución y justificación presupuestaria afec-ta a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo a través de laDirección General de Comercio y Turismo

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de Hórreo-Oficina de turismo, cuyo importe total asciende a la cantidad es-timada de 24.040,48 € (4.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo aportará la cantidad de 24.040,48 €(4.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1491

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1492 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

19.04.751A-768.15 de los Presupuestos Generales del Principadode Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .......................4.000.000 ptas .....................24.040,48 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .................................... 0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución delConsejero, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Caso.

___ � ___

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de Caso,para la ejecución del proyecto local �Actuaciones depolítica industrial�, incluido en el Plan Complementariode Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, a

través de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto local �Ac-tuaciones de política industrial�, incluido en el Plan Complemen-tario de Reactivación de las Comarcas Mineras 2001-2005 y es-tableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Prin-cipado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurí-dico de la Administración del Principado de Asturias, la obligato-riedad de la publicación de los convenios de colaboración en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publi-car el mencionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.183.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE CASO PARA LA EJECUCION DEPROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL PLAN

COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LAS COMARCASMINERAS 2001-2005

Proyecto: �Actuaciones de política industrial�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Jesús Urrutia García, Consejerode Industria, Comercio y Turismo.

Y de otra parte don Javier Ramos Sabugo, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Caso.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de Caso para la ejecución de los Proyectos locales in-cluidos en el Plan Complementario de Reactivación de las Co-marcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de Caso el importe global de 1.803.036,31 euros(300.000.000 pesetas) para la ejecución de los proyectos que serelacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Actuacionesde política industrial� cuya ejecución y justificación presupuesta-ria afecta a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo através de la Dirección General de Industria y Energía.

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de Caso para la ejecución del proyecto de Actua-ciones de política industrial, cuyo importe total asciende a la can-tidad estimada de 114.192,30 € (19.000.000 ptas.).

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Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de Caso se compromete a realizar este pro-yecto asumiendo todas las actuaciones necesarias para su ejecu-ción.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo aportará la cantidad de 114.192,30€ (19.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria19.02.723B-768.15 de los Presupuestos Generales del Principadode Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................19.000.000 ptas....................114.192,30 €2002 .....................................0 ptas ...................................0 €2003 .................................... 0 ptas ...................................0 €2004 .....................................0 ptas ...................................0 €2005 .....................................0 ptas ...................................0 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de Caso.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2001. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento de Ca-so.

3.� El Ayuntamiento de Caso se compromete a mantener lasinstalaciones en su fin y en perfecto estado de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Caso.

RESOLUCION de 11 de enero de 2002, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publicación delconvenio específico de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de SanMartín del Rey Aurelio, para la ejecución del proyecto lo-cal �Recuperación de la escombrera de La Isla Blimea�,incluido en el Plan Complementario de Reactivación delas Comarcas Mineras 2001-2005.

Habiéndose suscrito con fecha 19 de diciembre de 2001 conve-nio específico de colaboración entre el Principado de Asturias, através de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo y elAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, para la ejecucióndel proyecto local �Recuperación de la escombrera de La Isla Bli-mea�, incluido en el Plan Complementario de Reactivación de lasComarcas Mineras 2001-2005 y estableciendo el art. 8.2 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los con-venios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como ane-xo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� La Consejera de la Presi-dencia.� 1.187.

Anexo

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LAADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO PARALA EJECUCION DE PROYECTOS LOCALES INCLUIDOS EN EL

PLAN COMPLEMENTARIO DE REACTIVACION DE LASCOMARCAS MINERAS 2001-2005

Proyecto: �Recuperación de la escombrera de La Isla Blimea�.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2001.

Reunidos:

De una parte, el Ilmo. Sr. don Jesús Urrutia García, Consejerode Industria, Comercio y Turismo.

Y de otra parte don Ignacio Fernández Vázquez, Alcalde-Pre-sidente del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.

Manifiestan:

Primero:

Con fecha 15 de diciembre de 2001 se ha firmado el conveniomarco de colaboración entre el Principado de Asturias y el Ayun-tamiento de San Martín del Rey Aurelio para la ejecución de losProyectos locales incluidos en el Plan Complementario de Reac-tivación de las Comarcas Mineras 2001-2005.

Segundo:

Con la mediación de la Federación Asturiana de Concejos se haacordado la planificación indicativa de la inversión en los pro-yectos de cada uno de los concejos afectados, correspondiendo alAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio el importe global de4.056.831,70 euros (675.000.000 pesetas) para la ejecución de losproyectos que se relacionan en el Anexo del citado convenio.

Tercero:

Entre los referidos proyectos se encuentra el de �Recuperaciónde la escombrera de La Isla Blimea� cuya ejecución y justifica-ción presupuestaria afecta a la Consejería de Industria, Comercioy Turismo a través de la Dirección General de la Minería.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1493

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1494 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Por todo ello, de común acuerdo, suscriben el presente conve-nio Específico del Convenio Marco de Colaboración de fecha 15de diciembre de 2001, conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera.� Objeto.

El presente convenio específico tiene por objeto concretar lascondiciones de colaboración entre el Principado de Asturias y elAyuntamiento de San Martín del Rey Aurelio para la ejecucióndel proyecto de Recuperación de la escombrera de La Isla Blimea,cuyo importe total asciende a la cantidad estimada de 576.971,62€ (96.000.000 ptas.).

Segunda.� Ejecución

El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio se comprome-te a realizar este proyecto asumiendo todas las actuaciones nece-sarias para su ejecución.

Tercera.� Aportaciones Económicas

1.� El Principado de Asturias, a través de la Consejería de In-dustria, Comercio y Turismo, aportará la cantidad de 576.971,62€ (96.000.000 ptas), con cargo a la aplicación presupuestaria19.03-741G-768.60 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias, distribuidas en las siguientes anualidades:

2001 .....................10.000.000 ptas .....................60.101,21 €2002 .....................20.000.000 ptas ...................120.202,42 €2003 .................... 18.000.000 ptas ...................108.182,18 €2004 .....................30.000.000 ptas ...................180.303,63 €2005 .....................18.000.000 ptas ...................108.182,18 €

2.� En el caso de que el coste del proyecto a realizar supere elimporte de la subvención recibida, la diferencia será aportada porel Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.

3.� El importe de la subvención no podrá aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones o ayudas, superar el coste to-tal del proyecto a desarrollar.

Cuarta.� Forma de pago

La subvención del Principado de Asturias se abonará en la for-ma establecida en la cláusula cuarta del convenio marco suscritoel 15 de diciembre de 2001

Quinta.� Plazo

1.� El Ayuntamiento deberá realizar las actuaciones y justifi-car el correspondiente gasto con anterioridad a la finalización delejercicio presupuestario 2005. No obstante previa petición delAyuntamiento este plazo podrá prorrogarse por resolución de laConsejera, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

2.� El Ayuntamiento justificará el gasto con la aportación delos correspondientes documentos originales o copia de los mis-mos compulsados por el Secretario General del Ayuntamiento.

3.� Asimismo, se acompañará informe del Interventor muni-cipal comprensivo de las ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras administraciones u organismos públicos, con indi-cación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informe negati-vo sobre estos extremos.

Sexta.� Uso y Gestión

1.� El Principado de Asturias no asumirá responsabilidadeconómica alguna derivada de la gestión, uso y explotación de lasinstalaciones construidas con cargo a las aportaciones previstas enel presente convenio.

2.� La gestión y futura explotación de las instalaciones seráresponsabilidad y competencia exclusiva del Ayuntamiento deSan Martín del Rey Aurelio.

3.� El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio se com-promete a mantener las instalaciones en su fin y en perfecto esta-do de conservación.

4.� En la explotación de las instalaciones se tendrá en cuentacriterios de utilización polivalente, facilitando el acceso a las mis-mas al mayor número de ciudadanos posibles.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el pre-sente convenio específico, por cuadriplicado, en el lugar y fechaindicados.

El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA

RESOLUCION de 5 de febrero de 2002, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se realiza convoca-toria pública para la concesión de subvenciones a aso-ciaciones deportivas para la realización de obras en bo-leras.

La Ley del Deporte del Principado de Asturias, establece entresus líneas generales de actuación, el fomento de los deportes tra-dicionales, como medio de apoyar y mantener las tradiciones de-portivas del Principado de Asturias. Es en este punto donde se en-globa la presente convocatoria, promoviendo la mejora de bole-ras como paso previo imprescindible para el mantenimiento y de-sarrllo del deporte tradicional asturiano por excelencia.

Vista la Ley 2/95, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, el Decreto 71/92, de29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Con-cesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000, de10 de febrero, y la Resolución de 11 de febrero de 2000, de laConsejería de Hacienda, por la que se regula el régimen de ga-rantías para el abono anticipado de subvenciones; por la presente

RESUELVO

Primero.� Aprobar las bases para la convocatoria pública desubvenciones con destino a asociaciones deportivas para la reali-zación de obras en boleras, durante el ejercicio de 2002, confor-me a las bases que se especifican en el Anexo I.

Segundo.� Acordar la convocatoria de las referidas subven-ciones mediante la publicación de las bases en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Tercero.� Autorizar un gasto de ciento ocho mil ciento ochen-ta y tres (108.183) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria15-05-457A-782.06 de los Presupuestos Generales del Principa-do de Asturias para 2002, para la concesión de las subvencionesreferidas en el apartado primero del resuelvo.

Cuarto.� Contra la presente resolución cabe recurso de súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en elplazo de un mes desde la publicación de la misma, sin perjuiciode que, de entenderlo oportuno, se interponga cualquier otro re-curso que, a juicio de los interesados, resulte más conveniente pa-ra la defensa de sus derechos o intereses.

En Oviedo, a 5 de febrero de 2002.� El Consejero de Educa-ción y Cultura.� 1.734.

Anexo I

Primera.� Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de sub-venciones para la realización de obras en boleras, a ejecutar en elaño 2002, tendentes a mejorar las instalaciones mediante la ac-tuación en cubiertas, cierres, gradas u otros elementos comple-mentarios.

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Segunda.� Beneficiarios.

Podrán solicitar subvención las asociaciones deportivas queestén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entida-des Deportivas del Principado de Asturias, con al menos seis me-ses de antigüedad a la fecha del día de publicación de la presenteconvocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Astu-rias.

La ejecución de las obras y la justificación de las subvencionesque puedan recibir es responsabilidad exclusiva de las Entidadessolicitantes, con independencia de que los trabajos se realicen di-rectamente por éstas o por terceros, y de la titularidad de la insta-lación.

Quedarán excluidos todos aquellos clubes que no tengan co-rrectamente justificadas las subvenciones concedidas anterior-mente a través de la Dirección General de Deportes.

Tercera.� Procedimiento y documentación exigida.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro de la Direc-ción General de Deportes, sita en la Plaza de España, nº 5 segun-da planta, de Oviedo, o a través del sistema establecido en el art.38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo común.

La documentación exigida será:

a) Solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Cul-tura, según modelo establecido en el Anexo II.

b) Memoria explicativa y presupuesto de las obras a ejecutar.En todo caso, deberá figurar la denominación de la instalación ysu ubicación.

c) Disponibilidad del terreno: título de propiedad o permiso deltitular para ejecutar la obra.

d) Financiación prevista de la obra, aportando, si ha lugar,documento con el compromiso formal de participación de ter-ceros.

e) Declaración responsable del solicitante de hallarse la Enti-dad al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad so-cial.

f) Relación de equipos, señalando categorías, que utilizan lainstalación.

La Dirección General de Deportes podrá solicitar toda la infor-mación complementaria que considere oportuna.

Cuarta.� Plazos de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días na-turales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Re-solución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Quinta.� Criterios que se tendrán en cuenta para su conce-sión.

La Dirección General de Deportes subvencionará hasta un más-ximo del 75% del presupuesto total de la obra solicitada.

Para la concesión de las ayudas se tendrá en cuenta:

a) Adecuación funcional y económica de las obras.

b) Número de usuarios de la instalación.

Sexta.� Concesión y pago.

En el plazo de dos meses desde la finalización de la presenta-ción de solicitudes, una comisión compuesta por tres técnicos ypresidida por el Director General de Deportes, elevará un infor-me-propuesta al Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura queresolverá sobre la concesión o denegación de las subvenciones so-

licitadas mediante Resolución que será publicada en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

El abono de las subvenciones se realizará con posterioridad a laacreditación de la ejecución de las obras. No obstante podrán rea-lizarse abonos parciales y abonos anticipados, totales o parciales,en los términos fijados por el Decreto 71/92, de 29 de octubre, porel que se regula el Régimen General de Concesión de Subvencio-nes, modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero y por laResolución de 11 de febrero de 2000 de la Consejería de Hacien-da por la que se regula el Régimen de garantías para el abono an-ticipado de subvenciones.

Séptima.� Obligaciones.

Las entidades subvencionadas quedan obligados a admitir elderecho de la Dirección General de Deportes a inspeccionar lasobras, tanto durante la ejecución como una vez finalizadas, conobjeto de comprobar el destino de la ayuda concedida.

Las entidades beneficiarias adquieren la obligación de lucir lapublicidad de la Dirección General de Deportes que ésta determi-ne, tanto estática en instalaciones deportivas como en ropa depor-tiva. Asimismo deberán insertar los logotipos oficiales del "De-porte Asturiano" y "Gobierno del Principado de Asturias" en car-teles, dípticos, folletos, entradas y cuanta documentación gráficaedite.

También se incluirá a la Dirección General de Deportes encuantos actos oficiales de presentación y/o inauguración de lasobras se organicen.

Octava.� Plazos y documentación exigida para las justifica-ciones.

El plazo para presentar los justificantes ante la Dirección Ge-neral de Deportes finalizará el 30 de noviembre del 2002.

La documentación exigida será la siguiente:

a) Certificado del Secretario de la Asociación, con el VºBº delPresidente, relacionando los pagos efectuados con cargo a la sub-vención, de los cuales se adjuntarán justificantes originales.

b) Tres fotografías diferentes de la instalación, una vez realiza-dos las obras o suministrado el equipamiento.

c) Certificado del órgano correspondiente que acredite estar alcorriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social,exonerando de esta obligación cuando la cuantía de la subvención,por beneficiario y año, no exceda de 3.005, 06 €, tal y como se es-tablece en el artículo 10.3.d) del Decreto 71/1992, de 29 de octu-bre, que regula el Régimen General de Concesión de Subvencio-nes.

Novena.� Modificación y revocación de las subvenciones.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención deberá ser puesta en conocimientode la Consejería de Educación y Cultura, en el momento en quese produzca.

En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones de laconvocatoria procederá la revocación de la subvención concedi-da y el reintegro total o parcial de las cantidades abonadas.

Décima.

En lo no especificado en estas bases se estará a lo dispuesto enel Decreto 71/92, de 29 de octubre, que regula el Régimen Gene-ral de Concesión de Subvenciones y en sus disposiciones de de-sarrollo.

El Consejero de Educación y Cultura.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1495

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1496 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Anexo II

SOLICITUD DE SUBVENCION PARA OBRAS EN BOLERAS

D./Dña.________________________________D.N.I._ número__________con domicilio en la localidad de __________________________________,Concejo de____________ Calle/Plaza _______________________________________________nº___, Piso___ C.P.________ Teléfono ___________Movil_________________Correo electrónico______________en calidadde1 __________________________, de la Entidad2 ___________________________ de acuerdo con la Resolución de la Consejería de Educacióny Cultura por la que se convocan subvenciones a asociaciones deportivaspara la realización de obras en boleras.

SOLICITA: Le sea concedida a dicha entidad deportiva una subvención de_______________euros destinada a. ___________________________________________________________________________________________

Asimismo, se compromete a cumplir todos los requisitos especificados enlas Bases de dicha convocatoria y declara bajo su responsabilidad que sonciertos todos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ________________________a____________de _____________de2002

(firma y sello)

Fdo.: ________________________________

(Nombre y Apellidos)

ILMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURAOVIEDO.

1 Indicar cargo que ostente en la entidad (deberá formalizarse por el Presi-dente, Secretario o Delegado)2 Indicar el nombre de la Entidad solicitante

1.� Datos de la Entidad solicitante

CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ____________________________❐

CLUB DEPORTIVO BASICO_________________________________❐

CLUB DE ENTIDAD NO DEPORTIVA _________________________❐

(marcar con una cruz según proceda)

Nº Rgtro. Dirección General de Deportes: ___________C.I.F.___________Nombre de la Entidad: _________________________________________Domicilio Social:______________________________________C.P.____Localidad:_______________Concejo:_________Tfno.:_______________Fax:___________Móvil__________Correo Electrónico.:______________

2.� Datos de la boleraNombre: ____________________________________________________Ubicación:___________________________________________________Propietario: __________________________________________________

3- Datos deportivos:

Categoría Nº Equipos Nº Jugadores______________ ______________ ____________________________ ______________ ____________________________ ______________ ____________________________ ______________ ____________________________ ______________ ____________________________ ______________ ____________________________ ______________ ______________

Nº total licencias:

4.� Memoria explicativa de la obra a ejecutar

Descripción de la obra

________________________________________________________________________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

Presupuesto de la obra:

INGRESOS:-Aportación de la entidad ______________€

-Otras subvenciones (especificar) ______________€

______________€

-Subvención de la Consejería ______________€

Total Ingresos: _______________________________________________€

Gastos (detallar):___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�

Total Gastos: ________________________________________________€

D./Dña. ______________________________ D.N.I. número __________,con domicilio en la localidad de __________________________________,Concejo de __________ Calle/Plaza ______________________________,_______________nº _________ Piso________ C.P_____ ,en calidadde3____________________________del4_______________________________________________________________________________________

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que el3_______________________________________________________________________________

se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social,

Y para que así conste firmo la presente declaración en ________________,

a ___________, de ____________________________de 2.002

(firma y sello de la Entidad)

3 ndicar cargo que ostente en la entidad.4 Indicar nombre de la entidad solicitante.5 Indicar nombre de la Entidad solicitante.

___ � ___

RESOLUCION de 5 de febrero de 2002, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se realiza convocato-ria pública para la concesión de subvenciones a clubesde fútbol para fomento del fútbol-base.

El artículo 10 del Estatuto de Autonomía considera al deporteentre las competencias exclusivas del Principado de Asturias, yasí con esta base competencial se ha desarrollado la Ley del De-porte del Principado de Asturias, que establece como línea generalde actuación la promoción de la práctica deportiva. Habida cuen-ta de que el fútbol constituye hoy en día el deporte más practica-do, tanto por el número de clubes existente, como de fichas fede-rativas e incluso de instalaciones propias, se estima oportuno re-alizar la presente convocatoria pública con la que se persigue fo-mentar el deporte-base, requisito indispensable para el desarrollode cualquier práctica deportiva. Vista la Ley 2/95, de 13 de marzo,de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de As-turias, el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula elRégimen General de Concesión de Subvenciones, modificado por

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el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Resolución de 11 de fe-brero de 2000, de la Consejería de Hacienda, por la que se regulael régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones;por la presente,

RESUELVO

Primero.� Aprobar las bases para la convocatoria pública desubvenciones con destino a clubes de fútbol para fomento del fút-bol-base, durante el ejercicio de 2002, conforme a las bases quese especifican en el Anexo I.

Segundo.� Acordar la convocatoria de las referidas subven-ciones mediante la publicación de las bases en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Tercero.� Autorizar un gasto de trescientos cuarenta y ochomil quinientas ochenta y siete (348.587) euros con cargo a laaplicación presupuestaria 15-05-457A-482.36 de los Presupues-tos Generales del Principado de Asturias para 2002, para la con-cesión de las subvenciones referidas en el apartado primero delresuelvo.

Cuarto.� Contra la presente resolución cabe recurso de súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en elplazo de un mes desde la publicación de la misma, sin perjuiciode que, de entenderlo oportuno, se interponga cualquier otro re-curso que, a juicio de los interesados, resulte más conveniente pa-ra la defensa de sus derechos o intereses.

En Oviedo, a 5 de febrero de 2001.� El Consejero de Educa-ción y Cultura.� 1.735.

Anexo I

Primera.� Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de sub-venciones para la promoción de la práctica deportiva del fútbol-base, a ejecutar en el año 2002.

� Se entiende por fútbol-base, la participación en competicio-nes oficiales de fútbol de categoría inferior a "Segunda DivisiónA" para fútbol campo y "División de plata" para fútbol-sala.

Serán susceptibles de subvencionar los siguientes conceptos:

� Afiliación a la Real Federación de Fútbol del Principado deAsturias y a la Mutualidad.

� Gastos de desplazamiento y manutención.

� Gastos de arbitraje.

� Ropa deportiva.

� Material de competición.

Segunda.� Beneficiarios.

Podrán solicitar subvención los clubes de fútbol que estén le-galmente constituidos e inscritos en el Registro de Entidades De-portivas del Principado de Asturias, con al menos seis meses deantigüedad a la fecha del día de publicación de la presente convo-catoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias yque se hallen inscritos en competiciones oficiales de fútbol de ca-tegoría inferior a "Segunda División A" para fútbol campo y "Di-visión de plata" para fútbol-sala.

Quedarán excluidos todos aquellos clubes que no tengan co-rrectamente justificadas las subvenciones concedidas anterior-mente a través de la Dirección General de Deportes.

Tercera.� Procedimiento y documentación exigida.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro de la Direc-ción General de Deportes, sita en la Plaza de España, nº 5, segun-da planta, de Oviedo, o a través del sistema establecido en el art.

38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo común.

La documentación exigida será:

a) Solicitud suscrita por el Presidente o Secretario del Club di-rigida al Ilmo.Sr. Consejero de Educación y Cultura, según mo-delo establecido en el anexo II.

b) Denominación de la instalación donde desarrolle el club suactividad y su ubicación.

c) Declaración responsable del solicitante de hallarse la Enti-dad al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad so-cial.

La Dirección General de Deportes podrá solicitar toda la infor-mación complementaria que considere oportuna.

Cuarta.� Plazos de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días na-turales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Re-solución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Quinta.� Criterios que se tendrán en cuenta para su conce-sión:

a) Número de equipos con los que cuenta el club solicitanteparticipando en competiciones oficiales de categoría inferior a"Segunda División A" para fútbol campo y "División de plata" pa-ra fútbol-sala.

b) Ubicación geográfica del club e instalación en la que juegan,así como lugares de celebración de las competiciones en las queparticipa, a fin de promover el desarrollo del deporte en las co-marcas más alejadas.

c) Importancia y nivel d las actividades deportivas organizadaspor el club durante el año anterior, al margen de las competicio-nes federativas oficiales.

Sexta.� Concesión y pago.

En el plazo de dos meses desde la finalización de la presenta-ción de solicitudes, una Comisión compuesta por tres técnicos ypresidida por el Director General de Deportes, elevará un informepropuesta al Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura que re-solverá sobre la concesión o denegación de las subvenciones so-licitadas mediante Resolución que será publicada en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

El abono de las subvenciones inferiores a seis mil diez con do-ce euros (6.010,12 €) se realizará a la firma de la presente Reso-lución. El resto de las subvenciones se abonarán con posteriori-dad a la acreditación de los gastos efectuados y previa justifica-ción de los mismos. No obstante podrán realizarse abonos antici-pados, totales o parciales, en los términos fijados por laResolución de 11 de febrero de 2000 de la Consejería de Hacien-da por la que se regula el Régimen de garantías para el abono an-ticipado de subvenciones.

Para proceder al pago se requiere la presentación del certifica-do del órgano correspondiente que acredite estar al corriente delas obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, exoneran-do de esta obligación cuando la cuantía de la subvención, por be-neficiario y año, no exceda de 3.005, 06 €, tal y como se estable-ce en el artículo 10.3.d) del Decreto 71/1992, de 29 de octubre,que regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones

Séptima.� Obligaciones.

Las entidades beneficiarias adquieren la obligación de lucir lapublicidad de la Dirección General de Deportes que ésta determi-ne, tanto estática en instalaciones deportivas como en ropa depor-tiva, Asimismo deberán insertar los logotipos oficiales del "De-

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1497

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1498 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

porte Asturiano" y "Gobierno del Principado de Asturias" en car-teles, dípticos, folletos, entradas y cuanta documentación gráficaedite.

Se incluirá a la Dirección General de Deportes en cantos actosoficiales de presentación de los equipos se organicen.

Octava.� Plazos y documentación exigida para las jusficacio-nes.

El plazo para presentar los justificantes ante la Dirección Ge-neral de Deportes finalizará el 30 de noviembre de 2002.

La documentación exigida será la siguiente:

a) Certificado del Secretario de la Asociación, con el VºBº delPresidente, relacionando los pagos efectuados con cargo a la sub-vención, de los cuales se adjuntarán justificantes originales

Novena.� Modificación y revocación de las subvenciones.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención deberá ser puesta en conocimientode la Consejería de Educación y Cultura, en el momento en quese produzca.

En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones de laconvocatoria procederá la revocación de la subvención concedi-da y el reintegro total o parcial de las cantidades abonadas.

Décima.

En lo no especificado en estas bases se estará a lo dispuesto enel Decreto 71/92, de 29 de Octubre, que regula el Régimen Gene-ral de Concesión de Subvenciones y en sus disposiciones de de-sarrollo.

El Consejero de Educación y Cultura.

Anexo II

SOLICITUD DE SUBVENCION PARA FOMENTO DEL FUTBOL-BASE

D./Dña.__________________________________D.N.I. número________con domicilio en la localidad de _________________________________,Concejo de________________ Calle/Plaza ___________________________________nº___, Piso___ C.P.________ Teléfono ___________________Movil_________________Correo electrónico______________en calidadde1 __________________________, de la Entidad2 ___________________________ de acuerdo con la Resolución de la Consejería de Educacióny Cultura por la que se convocan subvenciones a clubes de fútbol para pro-mover la práctica deportiva.

SOLICITA: Le sea concedida a dicha entidad deportiva una subvención de_______________euros destinada a. __________________________________________________________________________________________

Asimismo, se compromete a cumplir todos los requisitos especificados enlas Bases de dicha convocatoria y declara bajo su responsabilidad que sonciertos todos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________________a____________de _____________de 2002

(firma y sello)Fdo.: ________________________________

(Nombre y Apellidos)

ILMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURAOVIEDO.1 Indicar cargo que ostente en la entidad (deberá formalizarse por el Presi-dente, Secretario o Delegado)2 Indicar el nombre de la Entidad solicitante

1.� Datos de la Entidad solicitante

CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL _____________________________❐

CLUB DEPORTIVO BASICO __________________________________❐

CLUB DE ENTIDAD NO DEPORTIVA __________________________❐

(marcar con una cruz según proceda)

Nº Rgtro. Dirección General de Deportes: ________C.I.F._______ _______Nombre de la Entidad: __________________________________________Domicilio Social: _____________________________________________C.P._________ _______________________________________________Localidad:_______________Concejo:_________Tfno.:_______________Fax:___________Móvil__________Correo Electrónico.:______________

2.� Datos del campo de juego:Nombre: _____________________________________________________Ubicación:____________________________________________________Propietario: ___________________________________________________

3- Otros datos de interés (equipos no federados, escuelas deportivas, activi-dades organizadas, etc.)

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

4.� Gastos subvencionables (detallar):

___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�

Total Gastos: ________________________________________________€

Subvención total solicitada:_____________________________________€

PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD:Ingresos:-Aportación de la entidad ______________€-Otras subvenciones (especificar) ______________€

-Subvención de la Consejería ______________€

Total Ingresos: _______________________________________________€

D./Dña. ______________________________ D.N.I. número __________,con domicilio en la localidad de __________________________________,Concejo de ____________ Calle/Plaza _____________________________,___________________nº _________ Piso________ C.P_____ ,en calidadde3_________________________________del4___________________________________________________________________________________

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que el3______________________________________________________________________________

se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social,

Y para que así conste firmo la presente declaración en _______________,

a ___________, de ____________________________de 2.002

(firma y sello de la Entidad)

3 ndicar cargo que ostente en la entidad.4 Indicar nombre de la entidad solicitante.5 Indicar nombre de la Entidad solicitante.

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RESOLUCION de 5 de febrero de 2002, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se realiza convocato-ria pública para la concesión de subvenciones a asocia-ciones deportivas para la realización de obras en camposde fútbol.

El artículo 10 del Estatuto de Autonomía considera al deporteentre las competencias exclusivas del Principado de Asturias, yasí con esta base competencial se ha desarrollado la Ley del De-porte del Principado de Asturias, que establece como línea generalde actuación la promoción de la práctica deportiva. Habida cuen-ta de que el fútbol constituye hoy en día el deporte más practica-do, tanto por el número de clubes existente, como de fichas fede-rativas e incluso de instalaciones propias, se estima oportuno re-alizar la presente convocatoria pública, con la que se persigue me-jorar los campos de fútbol, elemento indispensable para quepueda existir un verdadero fomento de este deporte.. Vista la Ley2/95, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administracióndel Principado de Asturias, el Decreto 71/92, de 29 de octubre,por el que se regula el Régimen General de Concesión de Sub-venciones, modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, yla Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Ha-cienda, por la que se regula el régimen de garantías para el abonoanticipado de subvenciones; por la presente,

RESUELVO

Primero.� Aprobar las bases para la convocatoria pública desubvenciones con destino a asociaciones deportivas para la reali-zación de obras en campos de fútbol, durante el ejercicio de 2002,conforme a las bases que se especifican en el Anexo I.

Segundo.� Acordar la convocatoria de las referidas subven-ciones mediante la publicación de las bases en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Tercero.� Autorizar un gasto de trescientos dosce mil quinien-tos veintiséis (312.526) euros, con cargo a la aplicación presu-puestaria 15-05-457A-782.06 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias para 2002, para la concesión de las sub-venciones referidas en el apartado primero del resuelvo.

Cuarto.� Contra la presente Resolución cabe recurso de súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en elplazo de un mes desde la publicación de la misma, sin perjuiciode que, de entenderlo oportuno, se interponga cualquier otro re-curso que, a juicio de los interesados, resulte más conveniente pa-ra la defensa de sus derechos o intereses.

En Oviedo, a 5 de febrero de 2001.� El Consejero de Educa-ción y Cultura.� 1.736.

Anexo I

Primera.� Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de sub-venciones para la realización de obras en campos de fútbol, a eje-cutar en el año 2002, tendentes a mejoras en campos de fútbol me-diante la actuación en terreno de juego, cierres, vestuarios, gradasu otros elementos complementarios. Quedan incluidos equipa-mientos que supongan una mejora en las instalaciones.

Segunda.� Beneficiarios.

Podrán solicitar subvención las asociaciones deportivas queestén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entida-des Deportivas del Principado de Asturias, con al menos seis me-ses de antigüedad a la fecha del día de publicación de la presenteconvocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Astu-rias.

La ejecución de las obras y la justificación de las subvencionesque puedan recibir es responsabilidad exclusiva de las Entidadessolicitantes, con independencia de que los trabajos se realicen di-

rectamente por éstas o por terceros, y de la titularidad de la insta-lación.

Quedarán excluidos todos aquellos clubes que no tengan co-rrectamente justificadas las subvenciones concedidas anterior-mente a través de la Dirección General de Deportes.

Tercera.� Procedimiento y documentación exigida.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro de la Direc-ción General de Deportes, sita en la Plaza de España, nº 5 segun-da planta, de Oviedo, o a través del sistema establecido en el art.38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo común.

La documentación exigida será:

a) Solicitud suscrita por el Presidente o Secretario del Club di-rigida al Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura, según mo-delo establecido en el anexo II.

b) Memoria explicativa y presupuesto de las obras a ejecutar.En el supuesto de que se solicite subvención para varias obras, de-berán presupuestarse por separado, estableciendo un orden deprioridad entre las mismas.

c) Denominación de la instalación donde desarrolle el club suactividad y su ubicación, así como disponibilidad del terreno: tí-tulo de propiedad o permiso del titular para ejecutar la obra.

d) Financiación prevista de la obra, aportando, si ha lugar, do-cumento con el compromiso formal de participación de terceros.

e) Declaración responsable del solicitante de hallarse la Enti-dad al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad so-cial.

La Dirección General de Deportes podrá solicitar toda la infor-mación complementaria que considere oportuna.

Cuarta.� Plazos de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días na-turales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Re-solución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Quinta.� Criterios que se tendrán en cuenta para su conce-sión.

a) Valoración técnica y económica del proyecto de la obra a de-sarrollar.

b) Número de usuarios de la instalación.

c) Ubicación geográfica del club e instalación en la que juegan,a fin de promover el desarrollo del deporte en las comarcas másalejadas.

d) Aportación económica del club solicitante y/o de otros pa-trocinadores.

La Dirección General de Deportes subvencionará hasta un má-ximo del 75% del presupuesto total de la obra solicitada.

Sexta.� Concesión y pago.

En el plazo de dos meses desde la finalización de la presenta-ción de solicitudes, una Comisión compuesta por tres técnicos ypresidida por el Director General de Deportes, elevará un informepropuesta al Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura que re-solverá sobre la concesión o denegación de las subvenciones so-licitadas mediante Resolución que será publicada en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

El abono de las subvenciones se realizará con posterioridad a laacreditación de la ejecución de las obras. No obstante podrán rea-lizarse abonos anticipados, totales o parciales, en los términos fi-jados por la Resolución de 11 de febrero de 2000 de la Consejería

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1499

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1500 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

de Hacienda por la que se regula el régimen de garantías para elabono anticipado de subvenciones.

Séptima.� Obligaciones.

Las entidades subvencionadas quedan obligados a admitir elderecho de la Dirección General de Deportes a inspeccionar lasobras, tanto durante la ejecución como una vez finalizadas, conobjeto de comprobar el destino de la ayuda concedida.

La subvención concedida para una obra determinada no puedeser aplicada a otra sin previo conocimiento y autorización expre-sa de la Dirección General de Deportes.

Las entidades beneficiarias adquieren la obligación de lucir lapublicidad de la Dirección General de Deportes que ésta determi-ne, tanto estática en instalaciones deportivas como en ropa depor-tiva. Asimismo deberán insertar los logotipos oficiales del "De-porte Asturiano" y "Gobierno del principado de Asturias" en car-teles, dípticos, folletos, entradas y cuanta documentación gráficaedite.

También se incluirá a la Dirección General de Deportes encuantos actos oficiales de presentación y/o inauguración de lasobras se organicen.

Octava.� Plazos y documentación exigida para las justifica-ciones.

El plazo para presentar los justificantes ante la Dirección Ge-neral de Deportes finalizará el 30 de noviembre del 2002.

La documentación exigida será la siguiente:

a) Certificado del Secretario de la Asociación, con el VºBº delPresidente, relacionando los pagos efectuados con cargo a la sub-vención, de los cuales se adjuntarán justificantes originales.

b) Certificado del órgano correspondiente que acredite estar alcorriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social,exonerando de esta obligación cuando la cuantía de la subvención,por beneficiario y año, no exceda de 3.005, 06 €, tal y como se es-tablece en el artículo 10.3.d) del Decreto 71/1992, de 29 de octu-bre, que regula el Régimen General de Concesión de Subvencio-nes.

c) Tres fotografías diferentes de la instalación, una vez reali-zados las obras o suministrado el equipamiento.

Novena.� Modificación y revocación de las subvenciones.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención deberá ser puesta en conocimientode la Consejería de Educación y Cultura, en el momento en quese produzca.

En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones de laconvocatoria procederá la revocación de la subvención concedi-da y el reintegro total o parcial de las cantidades abonadas.

Décima.

En lo no especificado en estas bases se estará a lo dispuesto enel Decreto 71/92, de 29 de octubre, que regula el Régimen Gene-ral de Concesión de Subvenciones y en sus disposiciones de de-sarrollo.

El Consejero de Educación y Cultura.

Anexo II

SOLICITUD DE SUBVENCION PARA CLUBES DE FUTBOL

D./Dña.________________________________D.N.I. número__________con domicilio en la localidad de __________________________________,Concejo de________________ Calle/Plaza ________________________________________nº___, Piso___ C.P.________ Teléfono _______________Movil_________________Correo electrónico______________en calidad

de1 __________________________, de la Entidad2 ___________________________ de acuerdo con la Resolución de la Consejería de Educacióny Cultura por la que se convocan subvenciones a asociaciones deportivas pa-ra la realización de obras en boleras.

SOLICITA: Le sea concedida a dicha entidad deportiva una subvención de_______________euros destinada a. ____________________________________________________________________________________________

Asimismo, se compromete a cumplir todos los requisitos especificados enlas Bases de dicha convocatoria y declara bajo su responsabilidad que sonciertos todos los datos que figuran en la presente solicitud.

En ____________________a____________de _____________de 2002

(firma y sello)

Fdo.: ________________________________

(Nombre y Apellidos)

ILMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURAOVIEDO.

1 Indicar cargo que ostente en la entidad (deberá formalizarse por el Presi-dente, Secretario o Delegado)2 Indicar el nombre de la Entidad solicitante

1.� Datos de la Entidad solicitante

CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL _____________________________❐

CLUB DEPORTIVO BASICO __________________________________❐

CLUB DE ENTIDAD NO DEPORTIVA __________________________❐

(marcar con una cruz según proceda)

Nº Rgtro. Dirección General de Deportes: ________C.I.F.______ _______Nombre de la Entidad: _________________________________________Domicilio Social: _____________________________________________C.P._________ _______________________________________________Localidad:_______________Concejo:_________Tfno.:_______________Fax:___________Móvil__________Correo Electrónico.:______________

2.� Datos de la boleraNombre: ____________________________________________________Ubicación:___________________________________________________Propietario: __________________________________________________

3- Otros datos de interés (equipos no federados, escuelas deportivas, activi-dades organizadas, etc.)

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

4.� Descripción de la/s obra/s (en caso de ser varias, establecerlas por or-den de preferencia).

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

____________________________________________________________

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____________________________________________________________

____________________________________________________________

Subvención total solicitada:_____________________________________€

Presupuesto de la obra:

Ingresos:-Aportación de la entidad ______________€-Otras subvenciones (especificar) ______________€

-Subvención de la Consejería ______________€

Total Ingresos: _______________________________________________€

Gastos (detallar):

___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�___________________ ______________________�

Total Gastos: ________________________________________________€

D./Dña. ______________________________ D.N.I. número __________,con domicilio en la localidad de __________________________________,Concejo de ____________ Calle/Plaza ______________________,__________nº _________ Piso________ C.P_____ ,en calidadde3_________________________________del4_________________________________________________________________________________

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que el3_____________________________________________________________________________

se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social,

Y para que así conste firmo la presente declaración en __________________,

a ___________, de ____________________________de 2.002

(firma y sello de la Entidad)

3 ndicar cargo que ostente en la entidad.4 Indicar nombre de la entidad solicitante.5 Indicar nombre de la Entidad solicitante.

� ANUNCIOS

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA

INFORMACION pública de los proyectos de ocupaciónde terrenos en montes de utilidad pública que precisanevaluación preliminar de impacto ambiental.

�Roturación de una parcela de 5 Has. en terrenos del monte deutilidad pública �Sierra de Degaña�, del concejo de Degaña, a ins-tancia de doña Mª Soledad Rodríguez Fernández. Expediente nú-mero 346/01.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/94, de 19 demayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recur-sos Naturales de Asturias, se somete a información pública el pro-yecto de actuación y estudio preliminar de impacto ambiental, loscuales podrán ser examinados durante un período de quince díasnaturales, en horario de oficina (lunes a viernes de 9:00 a 14:00horas), en la Dirección General de Montes (Edificio de ServiciosAdministrativos Múltiples, c/ Coronel Aranda, 2-3ª plta., Oviedo)y presentar por escrito, en la forma prevista en el artículo 38.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, las alegaciones que estime oportunas.

En Oviedo, a 23 de enero de 2002.� El Secretario General Téc-nico.� 983.

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

INFORMACION pública de la solicitud de autorizaciónde la instalación eléctrica que se cita.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de no-viembre y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, seconcede un plazo de 20 días contados a partir del día siguiente dela publicación de este anuncio para la presentación de reclama-ciones en esta Consejería, relativas a la autorización administra-tiva y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de las ins-talaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efecto,podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de la DirecciónGeneral de Industria y Energía, Servicio de AutorizacionesEnergéticas (Plaza de España, 5 - 4ª planta. 33007-Oviedo).

Expediente: AT-5889

Solicitante: Electra de Viesgo I, S.A.

Instalación:

-Construcción de línea subterránea de Alta Tensión (10/20 kV)a C.T. Térmica con conductor DHZ1 - 12/20 kV de 1x50 kA/ +H16 y de 12 m de longitud.

-Construcción de Centro Transformación tipo interior denomi-nado �CT Térmica de 630 KVA y relación 10/20/0,42 kV.

Emplazamiento: Edificio Piñole. C/ Arriondas, 11 Luarca-Valdés

Objeto: Atender peticiones de servicio y mejorar el suministroeléctrico.

Presupuesto: 26.743,33 euros.

En Oviedo, a15 de enero de 2002.� El Consejero.� 943.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1501

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JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ASTURIAS

Edictos

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públi-ca notificación de la iniciación de los expedientes sancionadoresque se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, alas personas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de San-ciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste elderecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conve-niente, con aportación o proposición de las pruebas que conside-ren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contadosdesde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del dere-cho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, sedictarán las oportunas resoluciones.

En Oviedo, a 7 de diciembre de 2001.� El Jefe Provincial deTráfico.� 586.

1502 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

III. Administración del Estado

Anexo

Artº: Artículo. RDL: Real Decreto Legislativo. RD: Real Decreto. SUSP: Meses de suspensión

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto ArtºPesetas Euros

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1503

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto ArtºPesetas Euros

Page 64: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

1504 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto ArtºPesetas Euros

Page 65: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1505

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto ArtºPesetas Euros

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992),se hace pública notificación de la iniciación de los expedien-tes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura

Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadasque a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentadola notificación en el último domicilio conocido, ésta no se hapodido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de San-ciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste

Page 66: SUMARIO · 2008. 1. 17. · cución del proyecto local fiMejora de nœcleos, caminos y rehabilitación del entorno del concejo de Quirósfl, in- ... cución del proyecto local fiCarretera

el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen con-

veniente, con aportación o proposición de las pruebas que consi-

deren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, conta-

dos desde el siguiente al de la publicación del presente en el BO-

LETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del dere-cho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, sedictarán las oportunas resoluciones.

En Oviedo, a 18 de enero de 2002.- La Delegada del Gobierno,P.D. por Resolución de 29-6-2001 (BOPA 5-7-2001), el Jefe Pro-vincial de Tráfico.� 1.013.

1506 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Anexo

Artº: Artículo. RDL: Real Decreto Legislativo. RD: Real Decreto. SUSP: Meses de suspensión

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1507

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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1508 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1509

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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1510 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1511

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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1512 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1513

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

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1514 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Expediente Sancionado/a Identif. Localidad Fecha Cuantía Susp. Precepto Artº

TESORERIA GENERAL DE LASEGURIDAD SOCIAL

Unidad de Recaudación Ejecutiva 33/01 de Oviedo

Notificación de requerimiento de bienes y derechos

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la SeguridadSocial número 33/01 de Oviedo,

Hace saber: Que no habiéndose podido practicar la notificación

en su domicilio a los deudores relacionados en el aneo a. se les

notifica tal y como establece el artículo 109 del Reglamento Ge-

neral de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguri-

dad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995 de 6 de octu-

bre (B.O.E. del 24 de octubre), mediante anuncio el siguiente:

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Requerimiento

Habiéndose dictado en el expediente administrativo de apremioque se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva a losdeudores relacionados en el anexo providencia de embargo de losbienes y derechos de los que son titulares, de acuerdo con el artí-culo 116 del Reglamento General de Recaudación de los Recur-sos del Sistema de la Seguridad. Social, aprobado por el Real De-creto 1.637/1995 de 6 de octubre, se les requiere para queefectúen manifestación sobre sus bienes y derechos, con la preci-sión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicandoasimismo las personas que ostentan derechos de cualquier natu-raleza sobre sus bienes y, de estar sujetos a otro procedimiento deapremio, concretar los extremos de éste que puedan interesar alprocedimiento administrativo de embargo. En el caso de ser per-sonas jurídicas, esta misma obligación incumbirá a sus adminis-tradores o a las personas que legalmente las representen y, cuandose trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad, aquienes aparezcan como sus organizadores, directivos o gestores.

En el caso de que los bienes estuviesen gravados con cargas re-ales, estarán obligados a manifestar el importe del crédito garan-tizado y, en su caso, la parte pendiente de pago en esta fecha.

Si incumpliesen el deber de manifestación de sus bienes, nopodrá estimarse como causa de impugnación del procedimientode apremio la exclusión o alteración del orden de prelación a ob-servar en el embargo de bienes a que se refiere el artículo 114 delReglamento citado en relación con bienes y derechos no señala-dos por los deudores.

Contra el presente anuncio, en el plazo de los diez días si-guientes a la notificación, en virtud de lo previsto en el artículo107.1 de la Ley 30/1992, del Régimen General de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de26 de noviembre (B.O.E. 27-11-92), podrán formular las alega-ciones que tengan por convenientes, para su consideración en laresolución que ponga fin al procedimiento.

En Oviedo, a 23 de enero de 2002.� El Recaudador Ejecuti-vo.� 1.020.

Anexo

Nombre o razón social DNI/CIF Reg. Importe

Agencia Servicios Dielcan, S.L. B39408869 0111 8.087,72

Alonso García, Alberto 10187461W 0521 7.146,01

Alonso López, María Ana 11431036J 0521 2.815,9

Alvarez Barreiro, José Ignacio 32875072E 0521 902,79

Aller Carrera, María Concepción 09381859K 0521 1.517,92

Bagues Somonte, Lucinda 10557025W 0521 1.523,46

Berghanel Pascual, M. Carmen 46227306C 0521 5.886,7

Bermejo López, María Evelina 52617135N 0521 949,58

Bonifacio Lobo Solís Fca. Torres E33478223 0111 2.9913,25

Braña Acedo, Jaime 09408587T 0521 3.476,96

Brielma, S.L. B33338062 0111 2.660,01

Cohen Michael Jonathan 00214588K 0521 1.067,89

Comunidad Propietarios E33081670 0111 121,24

Control Sistemas Asturianos, S.L. B33532748 0111 1.142,59

Díaz Argüelles, Justo 09378393M 0521 310,33

Díaz Fernández, Francisco José 09382931N 0611 737,29

Díaz González, Bernardino 10545195V 0521 4.489,89

E. González Fernández, M.J. Rodrig E33477662 0111 238,3

Espina Montes, Cruz 09357562N 0521 244,41

Nombre o razón social DNI/CIF Reg. Importe

F. Alvarez Ordax C. Feito Méndez L E33420498 0111 13.326,87Fernández Cárcaba, Víctor Ramón 10311547A 0111 23.752,82Fernández Castiñeira, José Angel 71638450M 0521 2717Fernández González, Romualdo 10519362J 0521 10.936,36Fernández Martín, M. Rosario 10788178M 0521 89,15Fernández Martínez, Ana Alvarez E33504234 0111 1524,51Fraga Rodríguez, Angel Manuel 52581225M 0611 436,16García Fernández, Mariano 09367088Q 0111 145,35García Peralta, Mónica 09418034V 0521 802,1González Díaz, José Luis 10563002E 0521 1.312,21González González, Rufino 09350658P 0521 12.626,32González Pérez, María 21492221D 0521 696,57Junco Merino, Delfina 76955310R 0521 3.304,39Laviada Solís, María Angeles 71602041M 0521 2.085,63Lobo & Fombella, S.L. B33435397 0111 5.618,45Llano Segade, Alejandra 09373869N 0521 4.390,63Martínez González, Angel Manuel 09387836H 0521 2.430,84Muiña Viñas, Mónica 07986714X 0521 2.031,28Nieves Iglesias, Ana María 37664651N 0521 668,65Peón Somohano, Haydée 10796972J 0521 2.903,1Promociones y Const. José Ramón B33421538 0111 1.951,07Rodillos Asturiano, S.A. A33038696 0111 11.148,41Silo 98, S.L. B33540964 0111 4.046,67Suárez Felgueroso, Marcos 09376085C 0521 7.710,74Valdés Gómez, Nadalina 10994380N 0521 2.453,53Viguial, S.L. B31515620 0111 1.881,72Zhan Hongwei X1309638H 0521 4.865,31

___ � ___

Notificación de embargo de dinero en cuentas abiertas enentidades de depósito

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la SeguridadSocial nº 33/01 de Oviedo.

Hace saber: Que no habiéndose podido practicar la notificaciónen su domicilio a los deudores relacionados en el anexo, se les no-tifica tal y como establece el artº. 109 del Reglamento General deRecaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social,aprobado por R.D. 1637/1995 de 6 de octubre, (B.O.E. del 24 deoctubre), mediante anuncio la siguiente:

Diligencia: Transcurridos los plazos señalados en el art. 110 y,en su caso en el 111 del Reglamento General de Recaudación delos Recursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado porR.D. 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del 24 de octubre), sinque hubiera efectuado el ingreso de la deuda apremiada, corres-pondiente al régimen, conceptos, períodos, e importes señaladosen el anexo, en ejecución de la providencia de apremio expedidapor la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguri-dad Social el Recaudador Ejecutivo dictó providencia ordenandoel embargo de bienes y derechos del deudor en cantidad suficien-te para cubrir el importe del crédito perseguido, recargo, interesesen su caso, y costas del procedimiento, por lo que en cumpli-miento de las mismas y de acuerdo con el artículo 123 del citadoReglamento General de Recaudación y con arreglo a la escala.

Declaro embargados por los descubiertos mencionados los sal-dos de las cuentas abiertas en las Entidades de depósito que se re-lacionan en el anexo.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1515

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Notifiquese el embargo al deudor y, en su caso, al cónyuge, altiempo que se requiere al deudor para que en el plazo de ochodías, comparezca, por sí o por medio de representante en el expe-diente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la prácticade las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de queen el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notifi-cado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sus-tanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptua-do en los artículo 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Re-caudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social,aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E.del día 24).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa,podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincialde la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de unmes, contado a partir de la notificación, conforme a lo dispuestoen el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, apro-bada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E.del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994,de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de medidas fiscales, ad-ministrativas y de orden social, significándose que el procedi-miento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación degarantías para el pago de la deuda.

En Oviedo, a 23 de enero de 2002.� El Recaudador Ejecuti-vo.� 1.021.

1516 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Anexo

Nombre o razón social DNI/NIF Reg. Concepto Período Código Importe

Alvarez Arce, Angeles 10477088J 0521 Dto. Total Varios 0182 2.251,56

Aragón Mier, Fernando 10563377Y 0521 Dto. Total Varios 0182 2.568,35

Bardío Alvarez, M. Jesusa 10795319Q 0521 Dto. Total Varios 0182 1.040,73

Blanco Suárez, Rubén 71625056C 0521 Dto. Total Varios 0182 667,46

Bruck Alvarez, David 77595066N 0521 Dto. Total Varios 0043 5.220,15

Casero Torre, Fermín Manuel 11388326Z 0521 Dto. Total Varios 0072 1.524,46

Cortes Secades, José María 09409474J 0521 Dto. Total Varios 0043 747,5

Díaz Bobes, José Luis 09361613S 0111 Dto. Total Varios 0182 22,12

Elviro Va, S.A. A33246075 0111 Dto. Total Varios 0072 785,63

Farpón Gil, M. Nieves 11066839K 0521 Dto. Total Varios 2048 120,07

Fernández Fernández, Amparo 10586511W 0111 Dto. Total Varios 3059 2.496,19

García Abad, José Luis 10591689M 0521 Dto. Total Varios 2048 231,33

García Nacio, Antonio 09380077X 0521 Dto. Total Varios 0075 7381,2

González García, Enrique 10584451N 0521 Dto. Total Varios 0118 527,73

González Martínez, Dolores 10285400F 2300 Dto. Total Varios 0182 2.026,51

Gutiérrez González, Angel 10532601G 0521 Dto. Total Varios 0182 279,48

Martínez de Yuso Urquiola, Ana 09387054H 0521 Dto. Total Varios 0182 2030

Martínez González, Emilio José 09372364W 0111 Dto. Total Varios 2048 36.956,31

Martínez Sánchez, Sonia 71634787E 0521 Dto. Total Varios 0043 3672,11

Mbaye Mbaye, Saliau X0911944V 0521 Dto. Total, Varios 2048 16.516,74

Menéndez Alamo, José Antonio 10602841W 0521 Dto. Total Varios 2048 631,12

Miranda Pevida, Guillermo 10477731N 0521 Dto. Total Varios 0182 1.532,31

Morán Amieva, Eulalia 10565682B 0111 Dto. Total Varios 2048 8.696,36

Oviedo Motor, S.L. B33458563 0111 Dto. Total Varios 3059 25.271,12

Riesgo Martínez, Samuel 1052290IX 0521 Dto. Total Varios 0043 1163,3

Suárez García, María Jesús 09355093G 0521 Dto. Total Varios 0182 1.579,19

Suárez Secades, Pedro 10594703Y 0521 Dto. Total Varios 0182 913,52

Trueba Cuervo, Valentín V. 09380594K 0151 Dto. Total Varios 0182 1.105,59

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AYUNTAMIENTOS

DE CORVERA DE ASTURIAS

Edictos

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/92 de 26 de noviembre de 1992, de R.J. de las A.P. y delP.A.C. (BOE, 285, de 27/11/1992) se hace pública notificación dela iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, ins-truidos por la Policía Local, a las personas o entidades denuncia-das que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentadola notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha po-dido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Teso-rería del Ayuntamiento de Corvera, ante la cual y de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 11 del R.D. 320/94 de 25 de febre-ro, les asiste el derecho a alegar por escrito lo que en su defensaestimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebasque consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábi-les, contados desde el siguiente al de la publicación del presenteen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del dere-cho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, sedictarán las oportunas resoluciones.

En Corvera, a 11 de enero de 2002.� El Alcalde-La TesoreraMunicipal.� 915.

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IV. Administración Local

Anexo

Nº Exp. Denunciado/a D.N.I./N.I.F. Localidad Precepto Fecha Importe

343/01 Peregrina Navas, Antonio 23393266-N Avilés 39-2-a1 Ordenanza 12-11-2001 60,10de circulación

348/01 Molina Porcel, Luis Antonio 11403697-K Avilés 39-2-a1 Ordenanza 13-11-2001 60,10de circulación

350/01 Pinturas Mariano B33358060 Avilés 39-2-m Ordenanza 14-11-2001 60,10González Repullo, S.L. de circulación

352/01 Pérez Rodríguez, Catalina 11414974-M Corvera de Asturias 39-2-a1 Ordenanza 14-11-2001 60,10de circulación

353/01 López Sierra, Miguel Angel 11426274-N Corvera de Asturias 53-1-04-L Ordenanza 19-11-2001 30,05de circulación

354/01 Rodríguez Blanco, Marta María 11376933-Y Corvera de Asturias 39-2-g Ordenanza 20-11-2001 120,20de circulación

356/01 Parra Rodríguez, Juana Irene 33267034-H Corvera de Asturias 39-2-c1 Ordenanza 22-11-2001 60,10de circulación

357/01 Pérez Montoya, José Ramón 71867165-P Valdés 39-2-r-L Ordenanza 26-11-2001 90,15de circulación

360/01 Avanzini, Antonio Salvador X07007084-H Avilés 39-2-a1 Ordenanza 24-11-2001 60,10de circulación

367/01 Barbosa Ochoa, Antonio 71884907-V Avilés 53-1-04-L Ordenanza 23-11-2001 30,05de circulación

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/92 de 26 de noviembre de 1992, de R.J. de las A.P. y delP.A.C. (BOE, 285, de 27/11/1992) se hace pública notificación delas resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que seindican, dictadas por la autoridad competente según el art. 15 delR.D. 320/94 de 25 de febrero regulador del (Reglamento del Pro-cedimiento Sancionador en materia de Tráfico), a las personas oentidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose in-tentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta nose ha podido practicar.

Contra estas resoluciones se podrá interponer recurso de Repo-sición ante el Alcalde, dentro del plazo de un mes, contado a par-tir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en

el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias; y recursoContencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juz-gado de lo Contencioso-Administrativo Provincial.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este de-recho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abo-nadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientes a lafirmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá asu exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo de20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Te-sorería Ayuntamiento de Corvera de Asturias.

En Corvera, a 14 de enero de 2002.� El Alcalde.� 916.

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Anexo

Nº Exp. Sancionado/a D.N.I./N.I.F. Localidad Precepto Fecha Importe pts. Importe €

250/01 Díaz Martínez, 09728107-G Corvera de Asturias 39-2-r-L Ordenanza 16-08-2001 15.000 90,15Francisco Javier de circulación

289/01 Bada Torviso, Mario 11420942-Q Avilés 39-2-f-L Ordenanza 26-09-2001 10.000 60,10de circulación

301/01 Pérez Amieva, Julián 11440635-K Corvera de Asturias 39-2-g-G Ordenanza 10-10-2001 20.000 120,20de circulación

305/01 Erimia Expósito, Francisca 11403339-P Corvera de Asturias 39-2-d-L Ordenanza 20-10-2001 10.000 60,10de circulación

316/01 De la Fuente Paredes, Rubén 71877542-N Avilés 9-2-02-G Ordenanza 31-10-2001 25.000 150,25de circulación

1518 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

DE LANGREO

Edictos

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pú-blica notificación de las resoluciones recaídas en los expedientessancionadores que se indican, instruidos por la Policía Local deLangreo, a las personas o entidades denunciadas que a continua-ción se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación enel último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, definitiva en la vía administrativa,podrá interponerse recurso en el plazo de dos meses ante el Juz-gado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo que por turno

corresponda. No obstante lo anterior, podrá presentar potestativa-mente recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de unmes, que se entenderá desestimado si transcurrido otro no se haresuelto expresamente, contados desde el día siguiente al de la pu-blicación del presente en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estimeprocedente.

Las multas podrán ser abonadas dentro de los 15 días siguientesa la fecha de su firmeza administrativa, transcurridos los cualessin haberla satisfecho, se exigirán en vía ejecutiva según el art. 21del RD.320/1994, incrementada con el recargo de apremio y, ensu caso, los correspondientes intereses de demora.

En Langreo, a 16 de enero de 2002.� El Jefe del Negociadode Sanciones. El Concejal Delegado.� 1.237.

Expte. Fecha Denunciado/a D. N.I. Localidad Descripción Art. Cantidad Euros

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9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1519

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pú-blica notificación de las resoluciones recaídas en los expedientessancionadores que se indican, instruidos por la Policía Local deLangreo, a las personas o entidades denunciadas que a continua-ción se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación enel último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado deSanciones de la Policía Local de Langreo, ante la cual les asiste

el derecho a alegar por escrito lo que en su defensa estimen con-veniente, con aportación o proposición de pruebas que conside-ren oportunas, dentro del plazo de quince días, contados desde eldía siguiente al de la publicación del presente en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del dere-cho para formular alegaciones y/o aportar pruebas, se dictarán lasoportunas resoluciones.

En Langreo, a 16 de enero de 2002.� El Jefe del Negociado deSanciones.� 1.238.

Expte. Fecha Denunciado/a D. N.I. Localidad Descripción Art. Cantidad Euros

Expte. Fecha Denunciado/a D. N.I. Localidad Descripción Art. Cantidad Euros

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1520 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Expte. Fecha Denunciado/a D. N.I. Localidad Descripción Art. Cantidad Euros

MANCOMUNIDADESMANCOMUNIDAD OCCIDENTAL

Edicto

Habiendo quedado definitivamente aprobado por el Pleno de laJunta de esta Mancomunidad, el Presupuesto para el ejercicioeconómico de 2001, por acuerdo adoptado en sesión celebrada eldía 21 de noviembre de 2001, en cumplimiento de lo que disponeel artículo 150.3 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, se hacepúblico que dicho presupuesto asciende, tanto en gastos como eningresos, a la cuantía de cincuenta y cuatro millones quinientascincuenta y ocho mil pesetas (54.558.000), correspondiendo a ca-da capítulo las cantidades que a continuación se expresan, segúnel siguiente detalle:

Ingresos

Capítulo III ...........Tasas y otros ingresos ............46.010.000Capítulo IV ...........Transferencias corrientes.........1.132.000Capítulo V ............Ingresos patrimoniales.............1.010.000Capítulo VII..........Transferencias capital ..............6.406.000

Total .......................................54.558.000

Gastos

Capítulo I..............Gastos personal ......................32.976.000

Capítulo II ............Bienes corrientes ....................19.235.000

Capítulo VI...........Inversiones reales .....................2.347.000

Total ......................................54.558.000

En la referida sesión, se acordó igualmente aprobar la plantillay la relación de puestos de trabajo de esta entidad que, de acuerdocon lo establecido en el art. 127 del Real Decreto Legislativo781/1986, de 18 de abril, se reproduce a continuación.

I-Funcionarios de carrera

Puesto de trabajo Nº Situación Titulación

1- Habilitación Nacional 1 vacante/ Titulado superiorSecretario-Interventor clasificar o medio

2- Escala de AdministraciónGeneral Auxiliar GraduadoAdministrativo 1 C. Indefinido Escolar

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II-Personal Laboral Indefinido

Puesto de trabajo Nº Situación Titulación

Operariomantenimiento 1 C. Indefinido Cert. Escolaridad

Oficial de 1ª 1 C. Indefinido Cert. Escolaridad

Encargado 1 C. Indefinido Cert. Escolaridad

Conductores 4 C. Indefinido Cert. Escolaridad

III-Personal laboral temporal

Puesto de trabajo Nº Situación Titulación

Conductor 1 C. Temporal Cert. Escolaridad

En Navia, a 14 de enero de 2002.� El Presidente.� 931.

PARROQUIAS RURALES

DE SOBREFOZ (PONGA)

Ingresos año 2002

Capítulos Denominación Pesetas Euros

A) Operaciones corrientes3 Tasas y otros ingresos 2.208.500 13.273,354 Transferencias corrientes 900.000 5.409,115 Ingresos patrimoniales 0 0,00

B) Operaciones de capital6 Inversiones reales 0 0,007 Transferencias de capital 0 0,008 Activos financieros 529.600 3.182,969 Pasivos financieros 0 0,00

Total presupuesto preventivo 3.638.100 21.865,42

Gastos años 2002

Capítulos Denominación Pesetas Euros

A) Operaciones corrientes1 Gastos de personal 490.000 2.944,962 Gastos en bienes corrientes

y servicios 1.815.400 10.910,773 Gastos financieros 0 0,004 Transferencias corrientes 350.000 2.103,54

B) Operaciones de capital6 Inversiones reales 982.700 5.906,157 Transferencias de capital 0 0,008 Activos financieros 0 0,009 Pasivos financieros 0 0,00

Total presupuesto preventivo 3.638.100 21.865,42

En Sobrefoz, a 8 de enero de 2002.� 1.209.

ENTIDADES MENORESDE TAJA

Anuncio

Aprobado inicialmente por la Junta de la Entidad, en sesión ce-lebrada el día 3 de enero de 2002, el presupuesto económico parael ejercicio 2002 se expondrá al público durante 15 días hábiles(contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio) a finde que los interesados puedan presentar las reclamaciones o ale-gaciones que consideren oportunas.

Dicho presupuesto se considerará definitivamente aprobado sidurante ese período no se presentase reclamación ni sugerenciaalguna.

En Taja, a 3 de enero de 2002.� El Presidente de la Junta.�1.213.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1521

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1522 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

TRIBUNAL SUPERIOR DEJUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL

Doña Aurora Algaba Carbonero, Secreta-ria de la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia del Principado deAsturias.

Certifica: Que en el procedimiento Ro-llo número RSU 2674/2001, recurso de su-plicación en materia de despido, auto25/2001 del Juzgado de lo Social númerocuatro de Oviedo, recayó la resolución defecha 11 de enero de 2002 cuyo fallo co-piado literalmente dice:

Fallamos

Que, estimando el recurso de suplica-ción interpuesto por don Jesús SuárezOrdóñez frente a la sentencia dictada el 22de marzo de 2001 por el Juzgado de lo So-cial número cuatro de los de Oviedo debe-mos revocar y revocamos la sentencia im-pugnada declarando la caducidad de la ac-ción de despido ejercitada por el deman-dante, absolviendo a todos losdemandados.

Dese al depósito y a la consignación he-chos para recurrir el destino que ordene laLey.

Adviértase a las partes que contra estasentencia cabe recurso de casación para launificación de doctrina en el plazo de diezdías para ante la Sala de lo Social del Tri-bunal Supremo. Incorpórese el original alcorrespondiente libro de sentencias; líbre-se certificación para unión al rollo de surazón. Notifíquese a las partes y la Fiscalíadel Tribunal Superior de Justicia y una vezfirme devuélvanse los autos originales alJuzgado de lo Social de procedencia concertificación de la presente.

Así por esta nuestra sentencia, lo pro-nunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias y fi-jación en el tablón de anuncios de esta Sa-la, a fin de que sirva de notificación en for-ma a Empresa La Linterna, S.L., en igno-rado paradero, expido la presente que fir-mo y sello.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.263.

SECRETARIA DE GOBIERNO

Anuncio

Habiendo causado baja en el ejercicio dela profesión de Procurador de los Tribuna-les en el Partido Judicial de Oviedo, doñaMaría Hernández Castelo, y solicitada ladevolución de la fianza que para responderde su gestión tiene constituida a disposi-ción del Excmo. Sr. Presidente de este Tri-bunal Superior de Justicia, se anuncia pormedio del presente, a fin de que dentro delplazo de seis meses, puedan formularse lasreclamaciones que se estimen procedentescontra la misma.

Lo que se hace público para general co-nocimiento.

En Oviedo, a 9 de enero de 2002.� ElSecretario de Gobierno.� 768.

___ � ___

Edicto

Nombramiento de cargo de Juez de Paztitular de Amieva.

En cumplimiento de Acuerdo de la Salade Gobierno del Tribunal Superior de Jus-ticia de la Comunidad Autónoma del Prin-cipado de Asturias, de fecha 11 de diciem-bre de 2001, en Expediente Gubernativo124/2001 sobre designación de Juez de PazTitular de Amieva vengo a nombrar a donFernández Gutiérrez, Angel, con D.N.I. 10.754.648, como Juez de Paz Titular de di-cho órgano, en base a los méritos alegados.Sirva el presente Edicto de nombramiento,todo ello conforme a lo dispuesto en elartículo 8 y concordantes del Reglamento3/95 de 7 de junio sobre Jueces de Paz,quien tomará posesión de su cargo, confor-me establece el artículo 20 del Reglamentocitado, dentro de los veinte días naturalessiguientes a la fecha de publicación, previojuramento o promesa ante el Juez de Pri-mera Instancia e Instrucción del Partido, oDecano si hubiere varios.

En Oviedo, a 28 de diciembre de2001.� El Secretario de Gobierno, VºBºEl Presidente.� 769.

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE OVIEDO SECCION PRIMERA

Edicto

Acordado en el Rollo de Apelación Ci-vil número 254/01, dimanante de los autos

de cognición número 521/00 del Juzgadode Primera Instancia de Avilés 2, se dictóSentencia con el número 489/01, con fecha31 de octubre de 2001, cuyo fallo es del te-nor literal siguiente:

�Que desestimando el recurso de apela-ción interpuesto contra la sentencia dicta-da en los autos de los que el presente rollodimana, debemos confirmar y confirma-mos en todos sus pronunciamientos la sen-tencia recurrida, con imposición a la parteapelante de las costas causadas en la pre-sente alzada.

Y para que conste y se publique en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y sirva de notificación a PedroLuis Pérez Fernández, se expide y firma elpresente

En Oviedo, a 15 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.265.

DE OVIEDO SECCION CUARTA

Edictos

Acordado en el Rollo de Apelación Ci-vil número 191/2001 dimanante de los au-tos de Incidentes 284/2000 del Juzgado dePrimera Instancia e Instrucción número 4de Oviedo, se dictó Sentencia con fecha 15de enero de 2002, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

Fallo

Desestimar el recurso de apelación in-terpuesto por don Plácido Rafael ValdésValdés y don Rafael Bravo Ballina, y el in-terpuesto por don Diego Bravo Ballina,ambos contra la Sentencia dictada por elIltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado dePrimera Instancia número cuatro de Ovie-do con fecha uno de marzo de dos mil uno,en los autos de que dimana, confirmandodicha resolución, con expresa imposición alos apelantes de las costas procesales desus respectivos recursos.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pro-nunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y se publique en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, y sirva de notificación a TerritorySport, S.L., se expide y firma el presente.

En Oviedo, a 16 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.266.

V. Administración de Justicia

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Acordado en el Rollo de Apelación Ci-vil número 38/2001 dimanante de los autosde Interdicto de Obra Nueva 19/2000 delJuzgado de Primera Instancia e Instrucciónnúmero 1 de Cangas del Narcea, se dictóSentencia con fecha 13 de diciembre de2001, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

Fallo

Estimar el recurso de apelación formu-lado por doña María Preciosa y don JoséFernández Rodríguez y desestimar la ad-hesión al mismo deducida por don JoséAntonio Villar Fernández, ambos frente ala sentencia que con fecha 30 de septiem-bre de 2000 dictó la Sra. Juez del Juzgadode Primera Instancia de Cangas del Narceay revocar dicha resolución y con estima-ción de la demanda rectora de este proce-dimiento, ratificar la suspensión de la obraacordada en la providencia de admisión atrámite de la demanda. Constitúyase el Sr.Secretario del Juzgado en la obra a fin deextender la diligencia prevenida en el art.1.669 de la L.E.C. de 1881. Se imponen aldemandado las costas causadas en la pri-mera instancia y las de su adhesión, y no sehace especial pronunciamiento sobre lasocasionadas por la apelación principal.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pro-nunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y se publique en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, y sirva de notíficación a JoséFernández Rodríguez o sus herederos, seexpide y firma el presente.

En Oviedo, a 16 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.267.

___ � ___

Acordado en el Rollo de Apelación Ci-vil número 62/2001, dimanante de los au-tos de Juicio Ejecutivo 152/2000 del Juz-gado de Primera Instancia e Instrucciónnúmero 1 de Pravia, se dictó Sentencia,con fecha dieciocho de diciembre de 2001,cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente.

Fallo

Estimar el recurso de apelación inter-puesto por Asturiana de Urbanizaciones yObras S.L, que con fecha 19 de diciembrede 2000 dictó el Sr. Juez del Juzgado dePrimera Instancia de Pravia, mandando se-guir adelante la ejecución frente a los de-mandados Restaurante Casa de la RiberaS.L y don Víctor Cabezas Campo, por lacantidad por la que se despachó, dos mi-llones de pesetas de principal, más los in-tereses de dicha suma, condenando a di-chos demandados al pago de las costascausadas en la primera instancia y sin es-pecial pronunciamiento sobre las del re-curso.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pro-nunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y se publique enOviedo, a veintiuno de enero de dos mildos, y sirva de notificación a Víctor Cabe-zas Campo, o sus herederos se expide y fir-ma el presente.

En Oviedo, a 21 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.268.

___ � ___

Acordado en el Rollo de Apelación Ci-vil número 262/2000, dimanante de los au-tos de Menor Cuantía 255/1993 del Juzga-do de Primera Instancia e Instrucción nú-mero 2 de Oviedo, se dictó Sentencia confecha quince de enero de dos mil dos, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente.

Fallo

Estimar el recurso de apelación formu-lado por don José Cimadevilla Lloriánfrente a la sentencia que con fecha treintade diciembre de mil novecientos noventa ycuatro, dictó la Ilma. Sra. Magistrada-Juezdel Juzgado de Primera Instancia númerodos de Oviedo y revocar dicha resoluciónen el único extremo relativo a las costascausadas a la demandante �Esabe Servi-pack S.A� respecto de las que no se haceexpresa imposición; confirmándola en losdemás extremos, sin hacer especial pro-nunciamiento sobre las costas de la alzada.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pro-nunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y se publique enOviedo a veintiuno de enero de dos mildos, y sirva de notificación a Esabe Ex-press S.A., se expide y firma el presente.

En Oviedo, a 21 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.269.

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA

DE GIJON NUMERO 2

Edicto

Doña María del Puy Aramendia Ojer, Ma-gistrado-Juez de 1ª Instancia número 2de Gijón.

Hago saber: Que en el expediente deDeclaración de Herederos Abintestato se-guido en este Juzgado con el número962/2001 por el fallecimiento sin testar dedon Tomás Rodríguez Rodríguez, falleci-do en Candás y natural del mismo lugar,promovido por don Félix Manuel Fernán-dez Rodríguez en solicitud de que seanombrado herederos del causante él mis-mo, como su único sobrino, se ha acorda-do por resolución de esta fecha llamar a losque se crean con derecho a su herencia pa-

ra que comparezcan ante este Juzgado a re-clamarla dentro de treinta días a contardesde la publicación en este edicto, acredi-tando su grado de parentesco con el cau-sante, bajo apercibimiento que de no veri-ficarlo les parará el perjuicio a que haya lu-gar en derecho.

En Gijón, a 26 de diciembre de 2001.�La Magistrado-Juez-La Secretaria.� 720.

DE GIJON NUMERO 5

Edicto.— Cédula de notificación

En virtud de lo acordado por resoluciónde esta fecha dictada en autos de juicioverbal 63/2001, por medio de la presentese notifica a quien se dirá la sentencia dic-tada

Sentencia número 211

En Gijón, a nueve de julio de dos miluno.� Vistos por el Ilmo. Sr. don JoséManuel Terán López, Magistrado Juez delJuzgado de Primera Instancia número 5 deGijón los presentes autos de juicio verbalnúmero 63/01 seguidos a instancia de laentidad Infoinvest, S.A., representada porla Procuradora de los Tribunales Sra. Vegadel Dago y asistida de la letrado doña Be-goña Medina Fernández, contra los desco-nocidos herederos de don GuillermoMenéndez Fernández, en situación de re-beldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda formulada por laProcuradora Sra. Vega del Dago en repre-sentación de la entidad Infoinvest, S.A.,contra los desconocidos herederos de donGuillermo Menéndez Fernández, en situa-ción de rebeldía procesal, sobre resolucióndel contrato de arrendamiento; debo decla-rar y declaro extinguido el contrato dearrendamiento de la vivienda sita en Gijón,Grupo Constructora, portal 9, piso 3º iz-quierda, y condenar a los desconocidos he-rederos de don Guillermo MenéndezFernández a estar y a pasar por dicha de-claración , dejando libre la vivienda a dis-posición de la actora en el plazo que mar-ca la Ley, con apercibimiento que de nohacerlo así se procederá a su lanzamiento,y con expresa imposición de las costas pro-cesales a dichos demandados.

Contra esta resolución cabe recurso deapelación del que conocerá la Sección Sép-tima de la Audiencia Provincial, el cual de-berá prepararse ante este Juzgado, dentrode los cinco dias siguientes contados des-de el siguiente a su notificación, conformeestablece el artículo 457 de la Ley 1/2000,de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, de-biendo el demandado al prepararlo acredi-tar por escrito tener satisfechas las rentasvencidas y las que con arreglo al contratodeba de pagar adelantadas (art. 449.1 de laLEC). Así por esta mi sentencia, la pro-nuncio, mando y firmo.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1523

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1524 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Y como consecuencia del ignorado pa-radero de dicho demandado, se extiende lapresente para su fijación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Gijón, a 13 de diciembre de 2001.�El/La Secretario.� 722.

DE GIJON NUMERO 6

Edicto

Don Aladino Garmón Cadierno, Secretariodel Juzgado de Primera Instancia núme-ro 6 de Gijón y su partido.

Hago saber: Que en el Juicio Ejecutivo597/2000 se ha dictado Sentencia, cuyoencabezamiento y fallo son del tenor lite-ral siguiente:

Sentencia

En Gijon, a 3 de diciembre de dos miluno.

El Sr. don Pablo Martínez-HombreGuillén, Magistrado Juez de Primera Ins-tancia número seis de Gijon y su Partido,habiendo visto los presentes autos de Jui-cio Ejecutivo seguidos ante este Juzgado,entre partes, de una como demandanteMármoles del Cid representado por la Pro-curadora doña Eva Vega del Dago y deotra como demandado Construcciones Je-cace, S.L. que figura declarado en rebeldía,en reclamación de cantidad, y,

Fallo

Declarando bien despachada la ejecu-ción, debo mandar y mando seguir adelan-te la misma sobre los bienes embargados aConstrucciones Jecace, S.L. y con su pro-ducto se de certero y cumplido pago a laparte actora de las responsabilidades por laque se despachó la ejecución, la cantidadde 454.159 pesetas por principal, 19.184pesetas por gastos y además al pago de losintereses correspondientes devengados altipo del interés legal incrementados en dospuntos y devengados desde la fecha delvencimiento de la letra y las costas causa-das y que se causen a cuyo pago debo con-denar y condeno a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las parteshaciéndoles saber que la misma no es fir-me y que contra ella podrán interponer re-curso de apelación en el término de cincodías siguientes al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, juzgando enesta instancia, lo pronuncio, mando y fir-mo.

Para que sirva de notificación de Sen-tencia al demandado Construcciones Jeca-ce, S.L. se expide la presente, que se inser-tara en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, y tablón de anuncios deeste Juzgado.

En Gijon, a 26 de diciembre de 2001.�El Secretario.� 723.

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA E INSTRUCCION

DE AVILES NUMERO 5

Edicto.— Cédula de notificación

En el procedimiento de cognición521/1999 se ha dictado la resolución deltenor literal siguiente:

Sentencia

Avilés (Asturias), a treinta de junio dedos mil uno.

Vistos por don José Antonio Merino Pa-lazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado dePrimera Instancia e Instrucción númerocinco de esta Villa y su Partido, los presen-tes autos de Juicio de Cognición número521/99, sobre reclamación de cantidad, se-guidos a instancia de El Corte Inglés, S.A.,representada por la Procuradora Sra.Fernández-Mijares Sánchez, bajo la direc-ción técnica del Letrado Sr. Estrada Alon-so, contra doña María Araceli RodríguezFernández, con domicilio en c/ FernándezBalsera, 1-2º F, y contra don Claudio Ve-neri Molinaro, cuyo último domicilio co-nocido es el anteriormente indicado, en si-tuación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor la Procuradora Sra. Fernández MijaresSánchez, en nombre y representación de ElCorte Inglés, S.A., contra doña María Ara-celi Rodríguez Fernández, con domicilioen c/Fernández Balsera, 1, 2º, F, Avilés, ydon Claudio Veneri Molinaro, en situaciónprocesal de rebeldía, debo condenar y con-deno a los demandados a pagar solidaria-mente a la actora la cantidad de ochenta ysiete mil ciento cincuenta y una pesetas(87.151 ptas.), y a don Claudio Veneri Mo-linaro a pagar a la actora la cantidad deveinticinco mil seiscientas cincuenta pese-tas (25.650 ptas.), en ambos casos más losintereses legales desde la interposición dela demanda, con interposición de las costasa los demandados.

Notifíquese la presente resolución a laspartes en legal forma, haciendo la indica-ción de que contra la misma cabe interpo-ner recurso de apelación para ante la Iltma.Audiencia Provincial de Oviedo, quehabría de prepararse ante este Juzgado enel plazo de cinco días a partir del siguientea su notificación, de conformidad con loestablecido en el artículo 455 y siguientesy la Disposición Transitoria Segunda de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, sinperjuicio de lo establecido en los artículos501 y 502 de la misma.

Así por esta mi sentencia, de la que sellevará certificación a los autos de que di-mana, lo pronuncio, mandado y firmo.

Y como consecuencia del ignorado pa-radero de doña Mª Araceli Rodríguez

Fernández y don Claudio Veneri Molinarose extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Avilés, a 18 de diciembre de 2001.�La Secretario.� 721.

DE CANGAS DE ONIS NUMERO 1

Edicto.— Cédula de notificación

En el procedimiento de menor cuantía213/1988 se ha dictado la resolución deltenor literal siguiente:

Sentencia: 00151/2001

Procedimiento: Menor cuantía 213/1988

En Cangas de Onís, a tres de septiembrede dos mil uno

La Sra. doña Belén García Iglesias, Juezde Primera Instancia número 1 de Cangasde Onís y su Partido, habiendo visto lospresentes autos de menor cuantía 213/1988seguidos ante este Juzgado, entre partes, deuna como demandante don MaximilianoGarcía Virosta con Procurador Sr. IgnacioDíaz Tejuca y Letrado Sr. Alonso Gonzá-lez, y de otra como demandado don Faus-to García Peláez y su esposa doña CleoféGonzález Fueyo con Procurador Sra. Jue-sas García-Robes y Panificadoras Reuni-das del Sella S.L., en rebeldía legal, sobremenor cuantía, y,

Antecedentes de hecho

Primero.� Con fecha 20 de julio de1993 por la Procuradora Tejuca Pendás, enla representación conferida en autos de jui-cio de Menor Cuantía 213/1988, se inte-resó ejecución de sentencia de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 928 yconcordantes de la Ley de EnjuiciamientoCivil presentando, al efecto, relación defrutos.

Segundo.� Dado traslado a la contra-parte personada en autos se opuso por éstala procedencia de los trámites establecidosen arts 932 y ss del referido cuerpo legal,interesando la nulidad de todo lo actuadoy, subsidiariamente, impugnando la rela-ción de frutos presentada de contrario.

Tercero.� Declarada por Auto de fecha7 de marzo de 1996 la nulidad de lo actua-do se procedió a seguir los trámites esta-blecidos en los arts. 932 y concordantes,requiriéndose al deudor para que presenta-ra relación de frutos.

Cuarto.� Impugnada por la actoraaquella liquidación se interesó el recibi-miento del incidente a prueba y, practicadaésta y transcurrido el plazo concedido a laspartes para efectuar las alegaciones que tu-vieran por conveniente, quedaron los autosen disposición de dictar esta resolución.

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Fundamentos de derecho

Primero.� Por lo que se refiere a losfrutos que han de correr a cargo de donFausto Peláez González y doña CleoféGonzález Fueyo ha de partirse de que elinmueble por aquéllos ocupado si bien ob-tuvo la calificación de vivienda de protec-ción oficial como consta en Cédula de Ca-lificación Definitiva de Viviendas de Ren-ta Limitada Subvencionadas presentada el22 de diciembre de 1962 en el Registro dela Propiedad de Cangas de Onís (asiento1630, folio 269 del libro Diario de Opera-ciones del Registro, nº 48) sin embargo,según informa la Consejería de Infraes-tructuras y Política Territorial del Principa-do de Asturias, a tenor del art. 96 del De-creto de 24 de junio de 1955 aquel régimenlegal rigió veinte años sobre el inmueble;habiendo concluido, por tanto, el 22 de di-ciembre de 1982. A partir de tal fecha larenta de aquél sería libre y por ello adecua-da (según la documental aportada) la can-tidad reclamada por la parte actora�1.734.972 pesetas� como cuantificaciónde frutos. De tal importe no habrán de de-traerse los gastos aducidos como mejorasefectuadas en la vivienda por los deman-dados pues no pueden ser englobados enlos artículos 21 ó 22 de la Ley de Arrenda-mientos Urbanos y, mucho menos, las co-rrespondientes a los locales cuyo uso � rei-teradamente� niegan aquéllos.

Tampoco se deducirán las 261.053 pese-tas alegadas por los demandados persona-dos en autos como susceptibles de des-cuento en concepto de cuota del Impuestosobre Bienes Inmuebles, pues en atencióna lo dispuesto en Disposición Transitoriasegunda 10.2 de la Ley de ArrendamientosUrbanos, tal importe repercutiría en el in-quilino, no en el propietario.

Segundo.� Por lo que se refiere a lacuantificación de frutos que a Panificado-ras Reunidas del Sella, S.L. corresponderíaha de tenerse en cuenta que ésta fue decla-rada en rebeldía procesal en sentencia dic-tada por la Ilma. Audiencia Provincial deOviedo el 14 de marzo de 1990, y, por ello,el juego de los artículos 281 y 934 de laLey de Enjuiciamiento Civil y la propiapretensión de la parte actora, permiten fijaraquéllos respecto del local destinado a al-macén de leña en 4.024.089 pesetas hasta1992 y desde enero de 1993 hasta la efec-tiva entrega o puesta a disposición del in-mueble se realizará la liquidación a razónde 53.356 pesetas al mes.

Por lo que a la oficina superior �de 103metros cuadrados� se refiere aquellos fru-tos se cuantifican en 2.402.502 pesetashasta 31 de diciembre de 1992, cantidad ala que se adicionarán 32.834 pesetas men-suales desde enero de 1993 hasta la efecti-va entrega o puesta a disposición de la fin-ca a los actores.

Tercero.� En aplicación de lo dispues-to en el art. 523 de la Ley de Enjuicia-miento Civil las costas habrán de ser im-puestas a los demandados.

Vistos los preceptos legales citados ydemás de general y pertinente aplicación

Fallo

Que estimando íntegramente la deman-da formulada por la Procuradora TejucaPendás, en nombre y representación dedon Maximiliano García Virosta, doñaMarta María García Virosta, don FaustoJosé García Virosta y doña Rosa MaríaGarcía Virosta frente a don Fausto GarcíaPeláez y doña Cleofé González Fueyo, re-presentados por la Procuradora JuesasGarcía Robes y Panificadoras Reunidas delSella, S.L., en situación de rebeldía proce-sal debo condenar y condeno a:

a) Don Fausto García Peláez y doñaCleofé González Fueyo a abonar a los ac-tores 1.734.972 pesetas.

b) Panificadoras Reunidas del Sella, S.La satisfacer a aquéllos respecto del localdestinado a almacén de leña 4.024.089 pe-setas en concepto de frutos devengadoshasta el año 1992, abonándose desde ene-ro de 1993 hasta la efectiva entrega opuesta a disposición del inmueble 53.356pesetas mensuales.

Por lo que a la oficina superior se refieredeberán pagar 2.402.502 pesetas en con-cepto de frutos devengados hasta 31 de di-ciembre de 1992, cantidad a la que se adi-cionarán 32.834 pesetas mensuales desdeenero de 1993 hasta la efectiva entrega opuesta a disposición de la finca a los acto-res.

Condenándose, asimismo, a los deman-dados al abono de las costas ocasionadasen este incidente.

Contra esta resolución cabe recurso deapelación que se interpondrá por escritoante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi Sentencia, definitiva-mente juzgando en esta instancia, lo pro-nuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado pa-radero de Panificadoras Reunidas del SellaS.L., se extiende la presente para que sirvade cédula de notificación.

En Cangas de Onís, a 2 de enero de2002.� El Secretario.� 717.

DE OVIEDO NUMERO 8

Edicto

Doña Yolanda Fernández Díaz, Secretariadel Juzgado de Primera Instancia núme-ro ocho de Oviedo.

Certifica: Que en los autos de Juicio deCognición 522/00 seguidos en este Juzga-

do, se dictó la sentencia que contiene el si-guiente encabezamiento y parte dispositi-va:

Sentencia

En la ciudad de Oviedo, a veintidós denoviembre de dos mil, Vistos por el Ilustrí-simo Señor don Juan Manuel CarbajalesDíaz, Magistrado-Juez del Juzgado de Pri-mera Instancia número 8 de la misma lospresentes autos de juicio de cognición nº522/00, sobre reclamación de cantidad se-guidos en virtud de demanda interpuestapor la Procuradora de los Tribunales doñaConcepción González Escolar, en repre-sentación de la entidad TECSA, S.L., con-tra don Angel Zapico Alvarez, mayor, ve-cino de Oviedo, c/ Cervantes 19, 3º izda,en rebeldía en estos autos,

Fallo

Que estimando en todas sus partes la de-manda interpuesta por la Procuradora delos Tribunales doña Concepción GonzálezEscolar, en representación de la entidadTECSA, S.L. (Técnica Electrónica, Con-sultora Escénica y de Servicios Audiovi-suales, S.L.) contra don Angel Zapico Al-varez, mayor, vecino de Oviedo c/ Cervan-tes 19, 3º izda, en rebeldía en estos autos,sobre reclamación de doscientas seis milpesetas, debo declarar y declaro haber lu-gar a dicha reclamación condenando al de-mandado a pagar a la actora la cantidad re-clamada dicha, con más el interés legal dela misma desde la interpelación judicialhasta su completo pago y al de las totalescostas del juicio

Notifíquese esta sentencia al demanda-do rebelde en la forma establecida en laLey de Enjuciamiento Civil, si no se soli-citare en el término de tres audiencias lanotificación personal.

Así por esta mi sentencia definitivamen-te juzgando en esta primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónal demandado, expido el presente

En Oviedo, a 15 de octubre de 2001.�La Secretaria.� 716.

DE LANGREO NUMERO 1

Edicto

Doña Silvia Martino García, Secretaria delJuzgado de Instrucción número 1 deLangreo.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio deFaltas nº 183/2001 se ha dictado la presen-te sentencia, que en su encabezamiento yparte dispositiva dice:

Sentencia número 209/01

En Langreo, a veintiséis de diciembre dedos mil uno.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1525

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1526 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Vistos por S.S. don Rafael Abril Manso,Juez Sustituto del Juzgado de Primera Ins-tancia e Instrucción número 1 de los deLangreo y su Partido Judicial, los presen-tes autos de Juicio de Faltas número183/2001, seguidos en este Juzgado porcircular con un vehículo a motor carecien-do de seguro obligatorio de responsabili-dad civil, en el que han tenido intervencióncomo partes, además del Ministerio Fiscal,en ejercicio de la acción penal pública, elagente de la Policía Local del Ayuntamien-to de Langreo, número 5106, como testigo,y Jesús Fernández Fernández como denun-ciado, no compareciendo este último al ac-to del juicio oral, pese a haber sido citadoen legal forma.

Fallo

Que debo condenar y condeno a JesúsFernández Fernández, como autor de unafalta contra el orden público ya definida ala pena de multa de un mes fijando unacuota diaria de mil pesetas, con un día dearresto sustitutorio por cada dos cuotas nosatisfechas y con imposición de la costasprocesales.

Contra esta sentencia cabe recurso deapelación para ante la Audiencia Provin-cial a formalizar ante este Juzgado en eltérmino de cinco días siguientes a su noti-ficación. Así por esta mi sentencia y defi-nitivamente juzgado en primera instancialo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a Jesús Fernández Fernández,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, expido la presente

En Langreo, a 27 de diciembre de2001.� La Secretaria.� 714.

___ � ___

Edicto.— Cédula de citación

Doña Monserrat Fernández Blanco, Secre-taria del Juzgado de Primera Instancia eInstrucción nº 1 de Langreo.

Hago saber: Que en este Juzgado al nú-mero 2000027/2001 se sigue expediente deliberación de cargas a instancia de la Proc.Sra. Palacios Agüeria, en nombre y repre-sentación de doña Noemí Manzano Saave-dra, en solicitud de liberación de gravamenconsistente en la hipoteca que grava la si-guiente finca: Casa habitación compuestade sótano, planta baja, dos pisos altos ydesván. Ocupa una superficie de ochenta ynueve metros cuadrados, con un trozo deterreno a su espalda, destinado a patio, queocupa una superficie de ciento veintiseismetros cincuenta decímetros cuadrados.Forma toda una sola finca sita en La Vegade Arriba, Barros, concejo de Langreo.Linda: frente u Oeste, carretera y herede-ros de León Gutiérrez; espalada o Este,don José Ramón Candanedo García; dere-

cha entrando o Sur, don Alfredo Carril e iz-quierda o Norte, río Candín y herederos deLeón Gutiérrez.

Finca registral 35.691, inscrita al libro437 de Langreo, folio 228 del Registro dela Propiedad de Langreo, sita en Barros,concejo de Langreo.

Por el presente y, en virtud de providen-cia de esta fecha, se cita a doña Luisa Pali-cio Cima y doña Estrella López Fueyo, asícomo a sus causahabientes, como titulardel gravamen cuya liberación se solicita,para que dentro del término de diez días, acontar desde la publicación de este edicto,puede comparecer en el Juzgado alegandolo que a su derecho convenga, bajo aperci-bimiento de pararle el perjuicio a que hayalugar en derecho.

En Langreo, a 8 de enero de 2002.� LaSecretario.� 724.

DE LLANES NUMERO 1

Cédula de emplazamiento

Tribunal que ordena emplazar: Juzgadode Primera Instancia nº 1 de Llanes.

Asunto que se acuerda: Separación con-tenciosa 255/2001.

Persona a la que se emplaza: LudovinaCruz Serrano, en concepto de parte de-mandada.

Domicilio: nº:

Objeto del emplazamiento: Compareceren el juicio expresado para contestar porescrito a la demanda, en la que figura co-mo parte demandada. Se acompaña copiade la demanda, de los documentos acom-pañados y del auto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer:En la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: Veinte días há-biles computados desde el siguiente al deeste emplazamiento.

Prevenciones legales

1.� Si no comparece, se le declarará ensituación de rebeldía procesal y notificadala misma, no se llevará a cabo ningunaotra, excepto la de la resolución que pongafin al proceso (artículos 496 y 497 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil-LECn-).

2.� La comparecencia en juicio deberealizarse por medio de procurador, con laasistencia de abogado (artículo 750 de laLECn).

3.� Debe comunicar a este tribunalcualquier cambio de domicilio que se pro-duzca durante la sustanciación de este pro-ceso (artículo 155.5 párrafo primero de laLECn).

En Llanes, a 11 de enero de 2002.�El/La Secretario.� 719.

JUZGADOS DE LOCONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO

DE OVIEDO NUMERO 5

Edicto

En virtud de lo acordado por el Ilmo. Sr.don José Ignacio Pérez Villamil, Magistra-do del Juzgado de lo Contencioso-Admi-nistrativo número 5 de Oviedo a instanciade Tesorería General de la Seguridad So-cial (Unidad de Recaudación Ejecutiva)solicitando Autorización de Entrada, nú-mero 8/2001, en ejecución de la resoluciónde la citada Unidad de Recaudación, se hadictado la siguiente

Parte dispositiva

Se autoriza a la Unidad de RecaudaciónEjecutiva de la Seguridad Social de La En-trada, en horas hábiles, en el domicilio deForno de Pepe, S.L., sito en la Avda. deLangreo, 7 de El Berrón-Siero al solo ob-jeto de proceder a la traba de bienes sufi-cientes en los que cubrir la deuda.

En la entrada deberán evitarse actuacio-nes ajenas a su objeto, adoptándose las pre-cauciones necesarias para no comprometerla reputación de los moradores, y en todocaso, respetando sus secretos e intimidad.

Realizada la entrada, el órgano adminis-trativo autorizado, debe dar cuenta a esteJuzgado de haberla realizado y de las inci-dencias ocurridas.

Comuníquese este auto a la administra-ción solicitante por medio de testimoniodel mismo.

Notifíquese esta resolución a los titula-res de la finca a través de exhorto libradoal Juzgado de Primera Instancia Decano deSiero, con la advertencia que contra elmismo cabe recurso de apelación en un so-lo efecto, en el plazo de 15 días, ante esteórgano en la forma prevista en los artículos80.3 y 85 de la L.J.C.A.

Lo acuerda y firma el Magistrado-Juezde este órgano judicial Ilmo. Sr. don JoséIgnacio Pérez Villamil.

A la vista del domicilio desconocido deltitular de Forno de Pepe, S.L. cuyo últimodomicilio conocido lo fue en Avda. deLangreo número 7 de El Berrón-Siero, no-tifíquese la presente resolución al mismomediante su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, conadvertencia que contra el mismo cabe re-curso de apelación en un solo efecto a in-terponer en el plazo de 15 días, y ante esteórgano en la forma prevista en los arts.80.3 y 85 de la L.J.C.A.

Así por este auto, lo acuerda, manda yfirma el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez donJosé Ignacio Pérez Villamil, titular de esteórgano judicial.

En Oviedo, a 18 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.262.

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JUZGADOS DE LO SOCIAL

DE AVILES NUMERO DOS

Edictos.– Cédulas de notificación

Doña Olga Peña García, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número dos deAvilés.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 174/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Arif DemirciS.L., sobre ordinario, se ha dictado la reso-lución cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

A.� Despachar la ejecución solicitadapor Fundación Laboral de la Construccióndel Principado de Asturias contra Arif De-mirci S.L. por un importe de 867,46 euros(144.333 ptas.) de principal más 156,26euros (26.000 ptas.) calculadas para costase intereses que se fijan provisionalmente.

B.� Trabar embargo sobre los bienes dela/s demandada/s en cuantía suficiente pa-ra cubrir dichas cantidades, practicándosea tal fin las averiguaciones oportunas.

C.� Advertir y requerir al ejecutado enlos términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

D.� Advertir al ejecutado que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamientojurídico sexto, se le podrá imponer el abo-no de apremios pecuniarios por cada díaque se retrase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación

Contra la misma no cabe recurso alguno,sin perjuicio de la oposición que pueda for-mularse por el ejecutado en el plazo dediez días, por defectos procesales o pormotivos de fondo (art. 551 L.E.C. en rela-ción con los arts. 556 y 559 del mismo tex-to legal). Sin perjuicio de su ejecutividad.

Así, por este Auto, lo pronuncio, mandoy firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Arif Demirci S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Avilés, a 16 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.311.

Doña Olga Peña García, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número dos deAvilés.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 165/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Construes-maca S.L., sobre ordinario, se ha dictado laresoluci6n cuya parte dispositiva es del te-nor literal siguiente:

Se declara en estado de Insolvencia Pro-visional al apremiado Construesmaca S.L.para hacer pago al ejecutante FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias en la suma cantidad de1.044,17 euros (173.735 ptas.) a que fuecondenado en la sentencia, devenida firme,dictada en los autos seguidos en este Juz-gado con el número 82/01 en fecha 16 demayo de 2001 más otras 186,31 euros(31.000 ptas.) calculadas para intereses ycostas

Una vez firme esta resolución, procéda-se al archivo de las actuaciones, previas lasoportunas anotaciones, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivoaparecen bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesy al Fondo de Garantía Salarial, en su ca-so, advirtiéndoles que frente a la mismacabe recurso de reposición, ante este mis-mo Juzgado, dentro de los cinco días si-guientes a su notificación. Así lo acuerdo,mando y firmo. Seguido de firma y rúbri-ca.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Construesmaca S.L., en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Avilés, a 16 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.312.

___ � ___

Doña Olga Peña García, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número dos deAvilés.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 167/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Apid EzgoS.L., sobre ordinario, se ha dictado la reso-lución cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Se declara en estado de Insolvencia Pro-visional al apremiado Apid Ezgo S.L. para

hacer pago al ejecutante Fundación Labo-ral de la Construcción del Principado deAsturias en la suma cantidad de 750,24 eu-ros (124.829 ptas.) a que fue condenado enla sentencia, devenida firme, dictada en losautos seguidos en este Juzgado con el nú-mero 59/01 en fecha 8 de junio de 2001más otras 132,22 euros (22.000 ptas.) cal-culadas para intereses y costas.

Una vez firme esta resolución, procéda-se al archivo de las actuaciones, previas lasoportunas anotaciones, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivoaparecen bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesy al Fondo de Garantía Salarial, en su ca-so, advirtiéndoles que frente a la mismacabe recurso de reposición, ante este mis-mo Juzgado, dentro de los cinco días si-guientes a su notificación. Así lo acuerdo,mando y firmo. Seguido de firma y rúbri-cas.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Apid Ezgo S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Avilés, a 16 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.313.

___ � ___

Doña Olga Peña García, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número dos deAvilés.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 169/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Proyectos yObras Avilés S.L., sobre ordinario, se hadictado la resolución cuya parte dispositi-va es del tenor literal siguiente:

Se declara en estado de Insolvencia Pro-visional al apremiado Proyectos y ObrasAvilés S.L. para hacer pago al ejecutanteFundación Laboral de la Construcción delPrincipado de Asturias en la suma cantidadde 2.287,73 euros (380.646 ptas.) a que fuecondenado en la sentencia, devenida firme,dictada en los autos seguidos en este Juz-gado con el número 62/01 en fecha 16 demayo de 2001 más otras 402,68 euros(67.000 ptas.) calculadas para intereses ycostas.

Una vez firme esta resolución, procéda-se al archivo de las actuaciones, previas lasoportunas anotaciones, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivoaparecen bienes del ejecutado.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1527

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1528 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Notifíquese esta resolución a las partesy al Fondo de Garantía Salarial, en su ca-so, advirtiéndoles que frente a la mismacabe recurso de reposición, ante este mis-mo Juzgado, dentro de los cinco días si-guientes a su notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Seguidade firma y rúbrica.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Proyectos y Obras Avilés S.L.,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Avilés, a 16 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.314.

___ � ___

Doña Olga Peña García, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número dos deAvilés.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 173/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Lebas CYCS.L., sobre ordinario, se ha dictado la reso-lución cuya parte díspositiva es del tenorliteral siguiente:

Se declara en estado de Insolvencia Pro-visional al apremiado Lebas CYC para ha-cer pago al ejecutante Fundación Laboralde la Construcción del Principado de Astu-rias en la suma cantidad de 1.985,31 euros(330.328 ptas.) a que fue condenado en lasentencia, devenida firme, dictada en losautos seguidos en este Juzgado con el nú-mero 66/01 en fecha 16 de mayo de 2001más otras 348,59 euros (58.000 ptas.) cal-culadas para intereses y costas.

Una vez firme esta resolución, procéda-se al archivo de las actuaciones, previas lasoportunas anotaciones, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivoaparecen bienes del ejecutado.

Notífíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, en su caso,advirtiéndoles que frente a la misma caberecurso de reposición, ante este mismo Juz-gado, dentro de los cinco días siguientes asu notificaci6n. Así lo acuerdo, mando y fir-mo. Seguido de firma y rúbrica.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Lebas CYC S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los

estrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Avilés, a 17 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.315.

DE GIJON NUMERO UNO

Edicto.– Cédula de notificación

Doña Carmen Villar Sevillano, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro uno de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoDemanda 782/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de doñaMaría Soledad Puente Fernández contra laempresa Spain Evenementielle PromotionComerc sobre Despido se ha dictado reso-lución de fecha 14-9-01 cuya parte dispo-sitiva, copiada en lo necesario, es del tenorsiguiente:

Que estimando parcialmente la deman-da formulada por doña María SoledadPuente Fernández, debo declarar y declarola nulidad de su despido por parte de laempresa Spain Evenementielle PromotionCommerc, S.L., condenando, en consen-cuencia, a la citada empresa, dado que noes posible su readmisión, a indemnizarlaen la suma de 122.647 ptas., así como alabono de los salarios dejados de percibir apartir del 24 de julio de 2001, y ello sinperjuicio de la responsabilidad subsidiariadel Fondo de Garantía Salarial en los casosy en los límites legalmente establecidos.

Contra esta sentencia cabe interponer re-curso de suplicación ante la Sala de lo So-cial del Tribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias, recurso de suplica-ción que ha de ser anunciado en los cincodías siguientes a la notificación y ha decumplir las fomalidades previstas en losarts. 192, 227, 228 y 229 de la LPL(R.D.L. 2/1.995, de 7 de abril).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Spain Evenementielle Promo-tion Comerc, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 17 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1303.

DE GIJON NUMERO DOS

Edictos.– Cédulas de notificación

Don Juan Ignacio Sánchez Andrade Carral,Secretario Judicial del Juzgado de lo So-cial número dos de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 62/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de don Alfre-do González García contra Metalúrgica deRoces S.L., sobre ordinario, se ha dictadoresolución, cuya parte dispositiva es del te-nor literal siguiente:

Fallo

Que estimando las demandas interpues-tas por don Alfredo González García, donJuan Carlos González González, don Ma-nuel Angel González Suárez, don SylvainSommier Gali y don Belarmino Tuya Ma-eso contra Metalúrgica de Roces, S.L. yFondo de Garantía Salarial, debo declarary declaro el derecho de aquéllos a percibirlas cantidades respectivamente de 666.464ptas., de 891.571 ptas, de 796.652 ptas., de949.453 ptas. y de 585.347 ptas., por losconceptos ya indicados, condenando a di-cha empresa estar y pasar por esta declara-ción y al Fondo de Garantía Salarial a queles abone los citados importes; en cuanto alFondo de Garantía Salarial se estará a laresponsabilidad que, una vez acreditada lainsolvencia de la empleadora, pueda co-rresponderle en los términos y límites re-flejados en el segundo de los razonamien-tos jurídicos de esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes, alas que se hará saber que contra la mismapodrá interponerse recurso de suplicaciónante la Sala de lo Social del Tribunal Su-perior de Justicia de Asturias, dentro de loscinco días siguientes a su notificación,anunciándolo ante este Juzgado.

Se advierte además a las partes que de-berán hacer constar en los escritos de in-terposición del recurso, así como de im-pugnación del mismo, un domicilio en lasede del Tribunal Superior de Justicia deAsturias, a efectos de notificación, dandocumplimiento a lo dispuesto en el art. 195de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Metalúrgica de Roces S.L., enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, que se hará de for-ma gratuita según está previsto en la Ley1/96 de 10 de enero de Asistencia Gratui-ta, art. 2.d) y art. 6.4. Se advierte al desti-natario que las siguientes comunicacionesse harán en los estrados de este Juzgado,salvo las que revistan forma de auto o sen-tencia, o se trate de un emplazamiento.

En Gijón, a 11 de enero de 2002.� ElSecretario.� 730.

___ � ___

Don Juan Ignacio Sánchez Andrade Carral,Secretario Judicial del Juzgado de lo So-cial número dos de Gijón.

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Hago saber: Que en el procedimientodemanda 431/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de don Ma-nuel Roces Roces contra ExplotacionesMineras Gari, S.L., sobre ordinario, se hadictado resolución, cuya parte dispositivaes del tenor literal siguiente:

Fallo

Que desestimando la demanda inter-puesta por don Manuel Roces RocescontraTesorería General de la Seguridad Social yExplotaciones Mineras Gari, S.L., deboabsolver y absuelvo a estos últimos de lospedimentos frente a ellos dirigidos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, alas que se hará saber que contra la mismapodrá interponerse recurso de suplicaciónante la Sala de lo Social del Tribunal Su-perior de Justicia de Asturias, dentro de loscinco días siguientes a su notificación,anunciándolo ante este Juzgado.

Se advierte además a las partes que de-berán hacer constar en los escritos de in-terposición del Recurso, así como de im-pugnación del mismo, un domicilio en lasede del Tribunal Superior de Justicia deAsturias, a efectos de notificación, dandocumplimiento a lo dispuesto en el art. 195de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta Sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le irva de notificación en le-gal forma a Explotaciones Mineras Gari,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, quese hará de forma gratuita según está pre-visto en la Ley 1/96 de 10 de enero deAsistencia Gratuita, art. 2.d) art. 6.4. Seadvierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan formade auto o sentencia, o se trate de un empla-miento.

En Gijón, a 11 de enero de 2002.� ElSecretario.� 773.

___ � ___

Don Juan Ignacio Sánchez Andrade Carral,Secretario Judicial del Juzgado de lo So-cial número dos de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 604/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de doña Susa-na Candás Aparicio y otra contra Asocia-ción Cultural Daguerrotipo, Fondo de Ga-rantía Salarial sobre ordinario se ha dicta-do auto, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Acuerdo: Aclarar la Sentencia dictada enlas presentes actuaciones y en su virtudmodificar el Fallo de la misma en el senti-do de hacer constar que se declara el dere-cho de las actoras a percibir la cantidad

respectivamente de 214.424 ptas. y de232.573 ptas. y no de 197.930 ptas. y214.683 ptas., como por error se recogió,manteniéndose invariable en el resto de sustérminos.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndoles que contra la misma no ca-be interponer recurso alguno.

Así por este Auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Asociación Cultural Daguerro-tipo en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, que sehará de forma gratuita según esta previstoen la Ley 1/96 de 10 de enero de AsistenciaGratuita, art. 2.d) y art. 6.4. Se advierte aldestinatario que las siguientes comunica-ciones se harán en los estrados de este Juz-gado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

En Gijón, a 11 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.304.

___ � ___

Don Juan Ignacio Sánchez Andrade Carral,Secretario Judicial del Juzgado de lo So-cial número dos de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 669/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de don JoséLuis Riestra Fanjul contra Madin, Institu-to Nacional Seguridad Social, TesoreríaGeneral Seguridad Social, Esdehor, S.L.sobre Seguridad Social, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Dispongo

Se tiene por desistido a José Luis Ries-tra Fanjul de su demanda, procediendo alcierre y archivo de las presentes actuacio-nes, previa notificación de la presente re-solución a las partes, y una vez firme ésta.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Esdehor, S.L. en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, que se hará de forma gratuitasegún está previsto en la Ley 1/96 de 10 deenero de Asistencia Gratuita, art. 2.d) y art.6.4. Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 16 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.305.

DE GIJON NUMERO TRES

Edictos.— Cédulas de notificación

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 191/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de doñaMaría Montserrat Navarro Entrialgo con-tra la empresa Aseter Comunidad de Bie-nes, Fondo de Garantía Salarial, sobre or-dinario, se ha dictado la siguiente:

Propuesta de Providencia. S.S.ª La Se-cretaria Judicial. Doña María del PilarPrieto Blanco.

En Gijón, a diez de enero de dos mildos.

Dada cuenta, el anterior escrito presen-tado por don Adrián Alvarez Alvarez, ennombre y representación de Mª MontserratNavarro Entrialgo, únase a la ejecución desu razón y de conformidad con lo solicita-do se acuerda el embargo de las cuentasbancarias existentes en Cajastur propiedadde la ejecutada Aseter Comunidad de Bie-nes (Mª Josefa Vega Vázquez, DNI:11.367.162-X y Antonio Asensi Muñiz,DNI: 10.516.977-C) en cantidad suficien-te a cubrir el importe de las reclamadas yque ascienden a 300.000 ptas. (1.803,04euros) de principal más otras 45.000 ptas.(270 euros) presupuestadas para interesesy costas que seguidamente se detallan:

-Nº cuenta: 091-300139645 (Libreta deAhorro), titular Mª Josefa Vega Vázquez.

-Nº cuenta: 091-340025907 (Cuenta Co-rriente), titular Mª Josefa Vega Vázquez yotro.

-Nº cuenta: 091-340026459 (Cuenta Co-rriente), titular Mª Josefa Vega Vázquez.

-Nº cuenta: 091-300108459 (Libreta deAhorro), titular Antonio Asensi Muñiz.

-Nº cuenta: 091-340027929 (Cuenta co-rriente), titular Antonio Asensi Muñiz.

-Nº cuenta: 050-960106757 (Cuenta depréstamo), titular Antonio Asensi Muñiz.

Líbrense los correspondientes despachosa fin de hacer efectivo el embargo trabado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recursode resposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (art. 184.1 de la Ley de Procedi-miento Laboral).

Lo que propongo a S.Sª. para su confor-midad.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Aseter Comunidad de Bienes(Mª Josefa Vega Vázquez y Antonio Asen-si Muñiz), en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1529

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1530 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 10 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 747.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 5/2002 de este Juzgado de lo So-cial, seguidos a instancias de don JavierRibas Suárez contra la empresa Construc-ciones Azul S.L., Sedes S.A. sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente:

Propuesta de Auto. S.S.ª La SecretariaJudicial. Doña María del Pilar Prieto Blan-co.

En Gijón, a once de enero de dos mildos.

Hechos

Primero.� En el presente procedimien-to seguido entre don Javier Ribas Suárezcomo demandante y Fondo de GarantíaSalarial, Construcciones Azul S.L., SedesS.A. como demandada consta: Sentenciade fecha 15-11-01 cuyo contenido se dapor reproducido.

Segundo.� El citado título ha ganadofirmeza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de816,50 euros (135.855 ptas.) de principalmás otros 164 euros (27.200 ptas.) presu-puestados para intereses y costas.

Razonamientos jurídicos

Primero.� El ejercicio de la potestadjurisdiccional juzgando y haciendo ejecu-tar lo juzgado, corresponde exclusivamen-te a los Juzgados y Tribunales determina-dos en las leyes y en los tratados interna-cionales (art. 117 de la CE y 2 de la LOPJ).

Segundo.� La ejecución del título habi-do en este procedimiento, sea sentencia oacto de conciliación (arts. 68 y 84.4 LPL)se iniciará a instancia de parte y una veziniciada la misma se tramitará de oficio,dictándose al efecto las resoluciones y di-ligencias necesarias (art. 237 de la LPL).

Tercero.� Si el título que se ejecutacondenase al pago de cantidad líquida ydeterminada, se procederá siempre y sinnecesidad de previo requerimiento perso-nal al condenado al embargo de sus bienesen cuantía suficiente, sólo procediendo laadecuación del embargo al orden legalcuando conste la suficiencia de los bienesembargados (arts. 235.1 y 252 de la LPL,y 580 y 592 de la LEC).

Cuarto.� Debe advertirse y requerirseal ejecutado: a) a que cumpla las resolu-ciones judiciales firmes y preste la colabo-ración requerida en la ejecución de lo re-suelto (arts. 118 de la CE); b) a que cumplaestrictamente con su obligación de pago alejecutante tras la notificación de este auto,y mientras ello no realice se irá incremen-tando el importe de su deuda con los inte-reses legales, las costas que se devengen, acuyo cargo se imponen, incluso las deriva-das de los honorarios o derechos de Abo-gados, incluidos los de las Administracio-nes Públicas, Procuradores o GraduadosSociales colegiados que defiendan o repre-senten a la parte contraria (arts. 25,1 y267,3 LPL ; c) a que se abstenga de reali-zar actos de disposición en perjuicio de susacreedores (art. 257.1.1 del CP), indicán-dosele que esté tipificado como delito deinsolvencia punible el intento de eludir losderechos económicos de los trabajadores,y con independencia de que el acreedor seaun particular o cualquier persona pública oprivada (art. 257.2 del CP).

Quinto.� Asimismo debe advertirse yrequerirse al ejecutado o a sus administra-dores o representantes, de tratarse de per-sonas jurídicas o grupos sin personalidad:A) a que en el plazo máximo de tres díashábiles a contar desde la notificación de es-te auto, de no haber abonado la total canti-dad objeto de apremio y sin perjuicio de losrecursos que pudiera interponer que no sus-penderán la exigencia para garantizar susresponsabilidades. Debiendo, asimismo in-dicar las personas que ostenten derechos decualquier naturaleza sobre sus bienes y deestar sujetos a otro proceso, concretar losextremos de éste que puedan interesar laejecución. Deber, igualmente, y bajo su res-ponsabilidad, manifestar si los bienes pu-dieran tener naturaleza ganancial o consti-tuir vivienda conyugal habitual, y si los bie-nes estuvieren gravados con cargas realesdeberá manifestar el importe de crédito ga-rantizado y, en su caso, la parte pendientede pago en esta fecha (art. 247 de la LPL);B) a que aporte la titulación de los bienesque se le embarguen (art.655 de la LEC).

Sexto.� Debe advertirse al ejecutadoque si deja transcurrir injustificadamentelos plazos aludidos en los anteriores razo-namientos sin efectuar lo ordenado y mien-tras no cumpla o no acredite la imposibili-dad de su cumplimiento especifico, con elfín de obtener o asegurar el cumplimientode la obligación que se ejecuta, podrá, trasaudiencia de las partes, imponerle el abo-no de apremios pecuniarios de hasta100.000 pesetas por cada día que se retra-se en el cumplimiento de dar o entregar lassumas de dinero objeto de apremio o en elcumplimiento de las obligaciones legalesque se le impongan en la presente resolu-ción judicial. Cantidades que son indepen-dientes de la responsabilidad exigible pordemora en el cumplimiento (art. 239 LPL).

Séptimo.� Para dar cumplimiento delos arts. 270 de la LOPJ, 23 y 274 de laLPL, dese traslado del escrito presentado yde esta resolución al Fondo de GarantíaSalarial, al que se notificarán las sucesivasactuaciones, para que pueda ejercitar lasacciones para las que esté legitimado de-biendo en un plazo máximo de quince días,instar lo que a su derecho convenga y de-signe los bienes del deudor principal que leconsten. Recuérdesele sus obligaciones yderechos que, en aras a la rápida y eficazconclusión del proceso de ejecución, se de-rivan de los arts. 118 de la CE, 33 del ET,23, 24, 67, 251, 262, 264, 270, 274 y 275de la LPL.

En atención a lo expuesto,

Dispongo:

Despachar la ejecución solicitada pordon Javier Ribas Suárez contra Fondo deGarantía Salarial, Construcciones AzulS.L., Sedes S.A. por un importe de 816,50euros (135.855 ptas.) de principal másotros 164 euros (27.200 ptas.) presupues-tados para intereses y costas.

Ordenando la remisión de oficios a Re-gistros y Organismos públicos al objeto deaveriguación de los bienes propiedad de laejecutada. Asimismo requiérase a las par-tes para que en el término de cinco díasseñalen bienes y derechos susceptibles deser embargados y en cuantía suficiente pa-ra garantizar las responsabilidades recla-madas; o, en su caso, ingresar dichas can-tidades en la cuenta de depósitos y Consig-naciones de este Juzgado abierta en elBanco Bilbao Vizcaya, Oficina Principalde Gijón Nº 3296.0000.64.0005/02

Estando la empresa demandada Cons-trucciones Azul Asturiana S.L. actualmen-te en domicilio desconocido según constaen autos, a tenor de lo dispuesto al efectoen el art. 59 de la L.P.L. notifíquese estaresolución a.dicha empresa demandadamediante edicto insertado en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, conla advertencia de que las siguientes comu-nicaciones se harán en estrados salvo aque-llas que revistan forma de sentencias, autoso cuando se trate de emplazamiento.

Teniendo la empresa demandada SedesS.A. su domicilio social en la ciudad de yde conformidad con lo dispuesto al efectoen el art. 62 de la L.P.L. y con los estable-cido en los arts. 169 y ss. de la L.E.C.remítase exhorto al Juzgado correspon-diente requiriendo que por dicho Juzgadose lleve a efecto lo acordado en esta reso-lución.

Y una vez consten bienes sobre los quetrabar embargo, practíquese éste con arre-glo a derecho, sirviendo el presente demandamiento en forma, o en su caso, con-tinúense los trámites para declarar la insol-vencia.

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Dar traslado de esta resolución y del es-crito interesando la ejecución al Fondo deGarantía Salarial a los fines expresados enel razonamiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución enforma legal a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral).

Lo que propongo a S.Sª. para su confor-midad.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Construcciones Azul S.L., enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 11 de enero de 2002.� LaSecretaria Judicial.� 748.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 6/2002 de este Juzgado de lo So-cial, seguidos a instancias de don Francis-co Javier Rodríguez Larriet contra la em-presa Sedes S.A., Construcciones Azul As-turiana S.L. sobre ordinario, se ha dictadola siguiente:

Propuesta de Auto. S.S.ª La SecretariaJudicial. Doña María del Pilar Prieto Blan-co.

En Gijón, a diez de enero de dos mil dos

Hechos

Primero.� En el presente procedimien-to seguido entre don Francisco JavierRodríguez Larriet como demandantes yFondo de Garantía Salarial, Sedes S.A.,Construcciones Azul Asturiana S.L. comodemandada consta: sentencia de fecha 15-noviembre-01 cuyo contenido se da por re-producido.

Segundo.� El citado título ha ganadofirmeza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de135.855 pesetas 816,50 euros de principalmás 27.000 pesetas 163 euros presupuesta-dos para intereses y costas.

Razonamientos jurídicos

Primero.� El ejercicio de la potestadjurisdiccional juzgando y haciendo ejecu-tar lo juzgado, corresponde exclusivamen-te a los Juzgados y Tribunales determina-dos en las leyes y en los tratados interna-cionales (art. 117 de la CE y 2 de la LOPJ).

Segundo.� La ejecución del título habi-do en este procedimiento, sea sentencia oacto de conciliación (arts. 68 y 84.4 LPL)se iniciará a instancia de parte y una veziniciada la misma se tramitará de oficio,dictándose al efecto las resoluciones y di-ligencias necesarias (art. 237 de la LPL).

Tercero.� Si el título que se ejecutacondenase al pago de cantidad líquida ydeterminada, se procederá siempre y sinnecesidad de previo requerimiento perso-nal al condenado al embargo de sus bienesen cuantía suficiente, sólo procediendo laadecuación del embargo al orden legalcuando conste la suficiencia de los bienesembargados (arts. 235.1 y 252 de la LPL,y 580 y 592 de la LEC).

Cuarto.� Debe advertirse y requerirseal ejecutado: a) a que cumpla las resolu-ciones judiciales firmes y preste la colabo-ración requerida en la ejecución de lo re-suelto (arts. 118 de la CE); b) a que cumplaestrictamente con su obligación de pago alejecutante tras la notificación de este auto,y mientras ello no realice se irá incremen-tando el importe de su deuda con los inte-reses legales, las costas que se devenguen,a cuyo cargo se imponen, incluso las deri-vadas de los honorarios o derechos deAbogados, incluidos los de las Administra-ciones Públicas, Procuradores o Gradua-dos Sociales colegiados que defiendan orepresenten a la parte contraria (arts. 25,1y 267,3 LPL; c) a que se abstenga de reali-zar actos de disposición en perjuicio de susacreedores (art. 257.1.1 del CP), indicán-dosele que esté tipificado como delito deinsolvencia punible el intento de eludir losderechos económicos de los trabajadores,y con independencia de que el acreedor seaun particular o cualquier persona pública oprivada (art. 257.2 del CP).

Quinto.� Asimismo debe advertirse yrequerirse al ejecutado o a sus administra-dores o representantes, de tratarse de per-sonas jurídicas o grupos sin personalidad:A) a que, en el plazo máximo de tres díashábiles a contar desde la notifcación de es-te auto, de no haber abonado la total canti-dad objeto de apremio y sin perjuicio delos recursos que pudiera interponer que nosuspenderán la exigencia para garantizarsus responsabilidades. Debiendo, asimis-mo indicar las personas que ostenten dere-chos de cualquier naturaleza sobre sus bie-nes y de estar sujetos a otro proceso, con-cretar los extremos de éste que puedan in-teresar la ejecución. Deber, igualmente, ybajo su responsabilidad, manifestar si los

bienes pudieran tener naturaleza ganancialo constituir vivienda conyugal habitual, ysi los bienes estuvieren gravados con car-gas reales deberá manifestar el importe decrédito garantizado y, en su caso, la partependiente de pago en esta fecha (art. 247de la LPL); B) a que aporte la titulación delos bienes que se le embarguen (art. 655 dela LEC)

Sexto.� Debe advertirse al ejecutadoque si deja transcurrir injustificadamentelos plazos aludidos en los anteriores razo-namientos sin efectuar lo ordenado y mien-tras no cumpla o no acredite la imposibili-dad de su cumplimiento específico, con elfín de obtener o asegurar el cumplimientode la obligación que se ejecuta, podrá, trasaudiencia de las partes, imponerle el abo-no de apremios pecuniarios de hasta100.000 pesetas por cada día que se retra-se en el cumplimiento de dar o entregar lassumas de dinero objeto de apremio o en elcumplimiento de las obligaciones legalesque se le impongan en la presente resolu-ción judicial. Cantidades que son indepen-dientes de la responsabilidad exigible pordemora en el cumplimiento (art. 239 LPL).

Séptimo.� Para dar cumplimiento delos arts. 270 de la LOPJ, 23 y 274 de laLPL, dese traslado del escrito presentado yde esta resolución al Fondo de GarantíaSalarial, al que se notificarán las sucesivasactuaciones, para que pueda ejercitar lasacciones para las que esté legitimado de-biendo en un plazo máximo de quince días,instar lo que a su derecho convenga y de-signe los bienes del deudor principal que leconsten. Recuérdesele sus obligaciones yderechos que, en aras a la rápida y eficazconclusión del proceso de ejecución, se de-rivan de los arts. 118 de la CE, 33 del ET,23, 24, 67, 251, 262, 264, 270, 274 y 275de la LPL.

En atención a lo expuesto,

Dispongo:

Despachar la ejecución solicitada pordon Francisco Javier Rodríguez Larrietcontra Fondo de Garantía Salarial, SedesS.A. Construcciones Azul Asturiana S.L.por un importe de 135.855 pesetas, 816,50euros de principal, más 27.000 pesetas 163euros presupuestados para intereses y cos-tas.

Ordenando la remisión de oficios a Re-gistros y organismos públicos al objeto deaveriguación de los bienes propiedad de laejecutada. Asimismo requiérase a las par-tes para que en el término de cinco díasseñalen bienes y derechos susceptibles deser embargados y en cuantía suficiente pa-ra garantizar las responsabilidades recla-madas; o, en su caso, ingresar dichas can-tidades en la cuenta de depósitos y Consig-naciones de este Juzgado abierta en el Ban-co Bilbao Vizcaya, oficina Principal de

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1531

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1532 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Gijón nº 3296.0000.64. Numero de ejecu-ci6n y año.

Estando la empresa demandada Cons-trucciones Azul Asturiana, S.L. actualmen-te en domicilio desconocido según constaen autos, a tenor de lo dispuesto al efectoen el art. 59 de la L.P.L. notifíquese esta re-solución a dicha empresa demandada me-diante edicto insertado en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, conla advertencia de que las siguientes comu-nicaciones se harán en estrados salvo aque-llas que revistan forma de sentencias, autoso cuando se trate de emplazamiento.

Teniendo la empresa demandada Sedes,S.A. su domicilio social en la ciudad deOviedo y de conformidad con lo dispuestoal efecto en el art. 62 de la L.P.L. y con loestablecido en los arts. 169 y ss. de laL.E.C. remítase exhorto al Juzgado corres-pondiente requiriendo que por dicho Juz-gado se lleve a efecto lo acordado en estaresolución.

Y una vez consten bienes sobre los quetrabar embargo, practíquese éste con arre-glo a derecho a quienes servirá el presentede mandamiento en forma o en su caso,continúense los trámites para declarar lainsolvencia.

Dar traslado de esta resolución y del es-crito interesando la ejecución al Fondo deGarantía Salarial a los fines expresados enel razonamiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución enforma legal a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral).

Lo que propongo a S.Sª. para su confor-midad.

Conforme. El Magistrado/a-Juez. La Se-cretaria Judicial.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Sedes S.A., ConstruccionesAzul Asturiana S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 10 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 749.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 291/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Julio Loren-zo Fernández Valdés sobre ordinario se hadictado la siguiente:

Propuesta de Providencia

S.Sª. La Secretaria Judicial.� DoñaMaría del Pilar Prieto Blanco

En Gijón, a catorce de enero de dos mildos.

Dada cuenta y de conformidad con loestablecido en los artículos 252 y ss. de laL.P.L. se acuerda el embargo y precinto debienes propiedad de la ejecutada Julio Lo-renzo Fernández Valdés (CIF: 10.859.581-Q) en cantidad suficiente a cubrir el im-porte de las reclamadas y que ascienden a561,39 euros (93.408 ptas.) de principalmás otros 90 euros (15.000 ptas.) presu-puestados para intereses y costas que se-guidamente se detallan:

� Vehículo matrícula: O-2208-AX, fe-cha de matriculación 28-06-90, marca Au-di, Modelo 100 2.22 I, tipo turismo, núme-ro de bastidor WAUZZZ44ZLNO93520.

Líbrense los correspondientes despachosa fin de hacer efectivo el embargo trabado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla

Mediante recurso de reposición a pre-sentar en este Juzgado dentro de los cincodías hábiles siguientes al de recibirla, cuyasola interposicion no suspenderá la ejecu-tividad de lo que se acuerda (art. 184.1 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Lo que propongo a S.Sª. para su confor-midad.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Julio Lorenzo FernándezValdés en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 14 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.306.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 224/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de don Ma-nuel Rodríguez Martínez contra la empresaLibre Color, S.L. sobre despido, se ha dic-tado la siguiente:

Auto

En Gijón, a quince de enero de dos mildos.

Hechos

Primero.� En el presente procedimien-to seguido entre don Manuel RodríguezMartínez como demandante y Fondo deGarantía Salarial, Libre Color, S.L. comodemandada consta: Auto que declara ex-tinguida la relación laboral de fecha 21-11-01 que se da por reproducido.

Segundo.� El citado título ha ganadofirmeza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de2.241.350 pesetas 13.470,78 euros pesetasde principal mas 350.000 peetas 2.103,54euros presupuestados para intereses y cos-tas.

Razonamientos jurídicos

Primero.� El ejercicio de la potestadjurisdiccional juzgando y haciendo ejecu-tar lo juzgado, corresponde exclusivamen-te a los Juzgados y Tribunales determina-dos en las leyes y en los tratados interna-cionales (art. 117 de la CE y 2 de la LOPJ).

Segundo.� La ejecución del título habi-do en este procedimiento, sea sentencia oacto de conciliación (arts. 68 y 84.4 LPL)se iniciará a instancia de parte y una veziniciada la misma se tramitará de oficio,dictándose al efecto las resoluciones y di-ligencias necesarias (art. 237 de la LPL).

Tercero.� Si el título que se ejecutacondenase al pago de cantidad líquida ydeterminada, se procederá siempre y sinnecesidad de previo requerimiento perso-nal al condenado al embargo de sus bienesen cuantía suficiente, sólo procediendo laadecuación del embargo al orden legalcuando conste la suficiencia de los bienesembargados (arts. 235.1 y 252 de la LPL,y 580 y 592 de la LEC).

Cuarto.� Debe advertirse y requerirseal ejecutado: a) que cumpla las resolucio-nes judiciales firmes y preste la colabora-ción requerida en la ejecución de lo resuel-to (arts. 118 de la CE); b) a que cumpla es-tric tamente con su obligación de pago alejecutante tras la notificación de este auto,y mientras ello no realice se irá incremen-tando el importe de su deuda con los inte-reses legales, las costas que se devengen, acuyo cargo se imponen, incluso las deriva-das de los honorarios o derechos de Abo-gados, incluidos los de las Administracio-nes Públicas, Procuradores o GraduadosSociales colegiados que defiendan o repre-senten a la parte contraria (arts. 25,1 y267,3 LPL); c) a que se abstenga de reali-zar actos de disposición en perjuicio de susacreedores (art. 257.1.1 del CP), indicán-dosele que esté tipificado como delito deinsolvencia punible el intento de eludir los

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derechos económicos de los trabajadores,y con independencia de que el acreedor seaun particular o cualquier persona pública oprivada (art. 257.2 del CP).

Quinto.� Asimismo debe advertirse yrequerirse al ejecutado o a sus administra-dores o representantes, de tratarse de per-sonas jurídicas o grupos sin personalidad:A) a que, en el plazo máximo de tres díashábiles a contar desde la notifcación de es-te auto, de no haber abonado la total canti-dad objeto de apremio y sin perjuicio delos recursos que pudiera interponer que nosuspenderán la exigencia para garantizarsus responsabilidades. Debiendo, asimis-mo indicar las personas que ostenten dere-chos de cualquier naturaleza sobre sus bie-nes y de estar sujetos a otro proceso, con-cretar los extremos de éste que puedan in-teresar la ejecución. Deber, igualmente, ybajo su responsabilidad, manifestar si losbienes pudieran tener naturaleza ganancialo constituir vivienda conyugal habitual, ysi los bienes estuvieren gravados con car-gas reales deberá manifestar el importe decrédito garantizado y, en su caso, la partependiente de pago en esta fecha (art. 247de la LPL); B) a que aporte la titulación delos bienes que se le embarguen ( art. 655de la LEC).

Sexto.� Debe advertirse al ejecutadoque si deja transcurrir injustificadamentelos plazos aludidos en los anteriores razo-namientos sin efectuar lo ordenado y mien-tras no cumpla o no acredite la imposibili-dad de su cumplimiento específico, con elfín de obtener o asegurar el cumplimientode la obligación que se ejecuta, podrá, trasaudiencia de las partes, imponerle el abo-no de apremios pecuniarios de hasta100.000 pesetas por cada día que se retra-se en el cumplimiento de dar o entregar lassumas de dinero objeto de apremio o en elcumplimiento de las obligaciones legalesque se le impongan en la presente resolu-ción judicial. Cantidades que son indepen-dientes de la responsabilidad exigible pordemora en el cumplimiento (art. 239 LPL).

Séptimo.� Para dar cumplimiento delos arts. 270 de la LOPJ, 23 y 274 de laLPL, dese traslado del escrito presentado yde esta resolución al Fondo de GarantíaSalarial, al que se notificarán las sucesivasactuaciones, para que pueda ejercitar lasacciones para las que esté legitimado de-biendo en un plazo máximo de quince días,instar lo que a su derecho convenga y de-signe los bienes del deudor principal que leconsten. Recuérdesele sus obligaciones yderechos que, en aras a la rápida y eficazconclusión del proceso de ejecucion, se de-rivan de los arts. 118 de la CE, 33 del ET,23, 24, 67, 251, 262, 264, 270, 274 y 275de la LPL.

En atención a lo expuesto,

Dispongo:

Despachar la ejecución solicitada pordon Manuel Rodríguez Martínez contraFondo de Garantía Salarial, Libre Color,S.L. por un importe de 2.241.350 pesetas13.470,78 euros de principal más 350.000pesetas 2.103,54 euros presupuestados pa-ra intereses y costas.

Ordenando la remisión de oficios a Re-gistros y organismos públicos al objeto deaveriguación de los bienes propiedad de laejecutada. Asimismo requiérase a las par-tes para que en el término de cinco díasseñalen bienes y derechos susceptibles deser embargados y en cuantía suficiente pa-ra garantizar las responsabilidades recla-madas; o, en su caso, ingresar dichas can-tidades en la cuenta de depósitos y Consig-naciones de este Juzgado abierta en el Ban-co Bilbao Vizcaya, Oficina Principal deGijón N- 3296.0000.64. Número de ejecu-ción y año

Estando la referida empresa demandadaactualmente en domicilio desconocidosegún consta en autos, a tenor de lo dis-puesto al efecto en el art. 59 de la L.P.L.notifiquese esta resolución a dicha empre-sa demandada mediante edicto insertadoen el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, con la advertencia de que lassiguientes comunicaciones se harán en es-trados salvo aquellas que revistan forma desentencias, autos o cuando se trate de em-plazamiento.

Y una vez consten bienes sobre los quetrabar embargo, practíquese éste con arre-glo a derecho por la Comisión Judicial deeste Juzgado, o en su caso, continúense lostrámites para declarar la insolvencia.

Dar traslado de esta resolución y del es-crito interesando la ejecución al Fondo deGarantía Salarial a los fines expresados enel razonamiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la misma no cabe recurso alguno,sin perjuicio de la oposición que pueda for-mularse por el ejecutado en el plazo dediez días, por defectos procesales o pormotivos de fondo (art. 551 L.E.C. en rela-ción con los arts. 556 y 559 del mismo tex-to legal). Sin perjuicio de su ejecutividad.

Así, por este auto, lo pronunciamos,mandamos y firmamos. Doy fe.

El/La Magistrado-Juez.� La SecretariaJudicial.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Libre Color, S.L. en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 15 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.307.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 318/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Segredal,S.L., sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente:

Propuesta de Providencia

S.Sª. La Secretaria Judicial.� DoñaMaría del Pilar Prieto Blanco

En Gijón, a dieciséis de enero de dos mildos.

Dada cuenta y de conformidad con loestablecido en los artículos 252 y ss. de laL.P.L. se acuerda el embargo y precinto debienes propiedad de la ejecutada en canti-dad suficiente a cubrir el importe de las re-clamadas y que ascienden a 173.051 pese-tas 1.040,06 euros de principal más 60.568pesetas 364,02 euros presupuestadas paraintereses y costas que seguidamente se de-tallan:

Vehículo matrícula O-5867-BD, fechamatriculación 27-4-92, marca Citroën, mo-delo C-15D, tipo mixto adaptable, bastidorVS7VDPG0007PG5344. Filiación Segre-dal, S.L.

Siguiéndose procedimiento ejecutivocon el número 184/01 contra la citada em-presa demandada en este Juzgado de con-formidad con lo establecido en el artículo252 y ss. de la Ley de Procedimiento La-boral, se acuerda el reembargo de los bie-nes embargados en el referido procedi-miento (vehículo matrícula O-5867-BD),así como el embargo del sobrante que re-sulte de la ejecución número 184/01, contal fin llévese nota al citado procedimien-to.

Líbrense los correspondientes despachosa fin de hacer efectivo el embargo trabado.

Notifíquese la presente resolución enforma legal a las partes, advirtiéndose quecontra la misma cabe interponer recurso dereposición ante este Juzgado en el plazo decinco días hábiles, a tenor de lo estableci-do en el art. 184.1, y 186, en cuanto a sus-tanciación del recurso, de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1533

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1534 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

Lo que propongo a S.Sª. para su confor-midad.

Magistrada-Juez-Secretaria Judicial.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Segredal, S.L., en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 16 de enero de 2002.� LaSecretaria. 1.308.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 900/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de don Laudi-no Bruzos Rodríguez contra la empresaConstrucciones Azul Asturiana S.L., sobreordinario, se ha dictado la sentencia cuyoencabezamiento y parte dispositiva son deltenor literal siguiente:

Nº Autos: Demanda 900/2001. Sobre:Cantidad

Sentencia: Nº: 8/02

En la ciudad de Gijón, a nueve de enerode dos mil dos.

Doña Catalina Ordóñez Díaz, Magistra-do-Juez del Juzgado de lo Social númerotres de Gijón, tras haber visto los presentesautos sobre cantidad entre partes, de una ycomo demandante don Laudino BruzosRodríguez, representado por el Letradodon Javier Chillón Fernández y de otra co-mo demandados Construcciones Azul As-turiana S.L., no comparecida, Sedes S.A.,representada por el Letrado don ManuelFernández Alvarez, Fadesa, representadapor el Letrado don Amancio AquilesRodríguez. Siguen antecedentes de hecho,hechos probados y fundamentos de dere-cho.

Fallo

Que debo estimar y estimo en parte lademanda presentada por don Laudino Bru-zos Rodríguez frente a las empresas Cons-trucciones Azul Asturiana, Fadesa y Fondode Garantía Salarial, y condeno a Cons-trucciones Azul Asturiana S.L. a que abo-ne a don Laudino Bruzos Rodríguez en484,63 euros con el devengo del interésanual del 10% desde el 13 de junio de2001 hasta el completo pago, junto con Se-des S.A. responsable solidaria en igualestérminos, pero tan sólo respecto de 469,81euros; a la misma Construcciones Azul As-

turiana S.L. a que abone al actor la sumade 834,58 euros con el devengo del interéslegal del dinero incrementado en dos pun-tos desde la fecha de esta resolución hastael completo pago.

Ver y absuelvo a Fadesa de las preten-siones deducidas y al Fondo de GarantíaSalarial, sin perjuicio de la responsabilidadque en el futuro se pueda determinar comosubsidiaria.

Incorpórese la presente Sentencia al li-bro correspondiente, expídase testimoniode la misma para su constancia en los au-tos de referencia, y notifíquese a las partescon la indicación de que es firme, ya queno cabe interponer contra la misma recur-so alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma al representante legal de la em-presa Construcciones Azul Asturiana S.L.con domicilio en Gijon, Avenida de More-da 30-32, 1º B, actualmente en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

En Gijón, a 18 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.309.

___ � ___

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Secre-taria Judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 831/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de don JavierRibas Suárez contra Construcciones AzulAsturiana S.L., Fadesa Inmobiliaria S.A. yFondo de Garantía Salarial, sobre ordina-rio, se ha dictado auto de aclaración desentencia que es del tenor literal siguiente:

Auto

De la Ilma. Sra. doña Catalina OrdóñezDíaz, Magistrada-Juez del Juzgado de loSocial número tres de Gijón.

En Gijón, a once de enero de dos mildos.

Hechos

Primero.� Dictada sentencia, la parteactora solicitó aclaración de la misma, porentender que erró el Juzgador al calcular lacuantía de la compensación económica porvacaciones, que asciende a 510,08 pesetaspor día trabajado, o al equivalente de dosdías de vacaciones generados, con el resul-tado de 10.712 pesetas, no de 1.020 pese-tas como se consignó en sentencia.

Añade otro fallo por defecto de 21.541pesetas en el Fallo.

Segundo.� Admitida a trámite la acla-ración instada, se dio traslado a las demáspartes sin alegaciones concurrentes.

Razonamientos jurídicos

Primero.� La Ley Orgánica del PoderJudicial, salvando el principio de intangi-bilidad de las resoluciones judiciales, per-mite corregir en sentencia ya dictada aque-llos errores aritméticos que no impliquenmodificación sustancial alguna, no másque un mero cálculo correcto.

Aquí acontece que fijado el día de vaca-ciones en 510,08 pesetas/día, se efectuóequivocadamente la operación aritméticaal caer sobre el número de días generadosde vacaciones como factor, cuando debióserlo el de días trabajados, 2 y 21 respecti-vamente.

Es por ello que acierta la parte cuandopide que se varíe el tenor de la sentencia,en lo que a compensación económica devacaciones se refiere, que suma 10.712 pe-setas, no 1.020 pesetas (actualmente 64,38y 6,13 euros respectivamente).

Segundo.� La aclaración no alcanza alfallo por defecto de 21.541 pesetas, que síestá recogido y completa las 116.036 pese-tas fijadas como cantidad global.

No obstante el Fallo quedará aclaradopara incluir en el total la diferencia adver-tida por vacaciones.

Visto lo expuesto y el artículo 267 de laLey Orgánica del Poder Judicial,

Parte dispositiva

Dispongo: Que se aclara y corrige lasentencia número 803 dictada en los autosnúmero 831/01, en el sentido de dejar re-suelto que la cantidad adeudada por vaca-ciones asciende a 10.712 pesetas (64,38euros) y el total a satisfacer suma 125.727(755,63 euros), de las que 104.186 pesetas(626,17 euros) está sujeto al interés legaldel dinero incrementado en dos puntosdesde la fecha de la sentencia hasta el com-pleto pago y 21.541 pesetas (129,46 euros)al devengo del interés anual del 10% des-de el 15 de mayo de 2001 hasta el comple-to pago, con responsabilidad solidaria deFadesa Inmobiliaria S.A.

Notifíquese esta resolución a las partes,sirviendo este proveído de notificación enforma legal.

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Construcciones Azul Asturia-na S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Gijón, a 17 de enero de 2002.� LaSecretaria.� 1.310.

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DE LA CORUÑA NUMERO TRES

Cédula de notificación

Don Juan Rey Pita, Secretario del Juzgadode lo Social número tres de los de A Co-ruña, doy fe y

Certifico: Que en este Juzgado se siguenautos número 230/01 a instancia de Mª PazFernández Antomil contra INSS y otra so-bre invalidez, en los que recayó sentenciaen fecha 14-01-02 que copiada en los par-ticulares necesarios dice así:

Que desestimando la demanda formula-da por doña María Paz Fernández Antomil,absuelvo de la misma a las demandadasInstituto Nacional de la Seguridad Social yempresa Antonio Acuña Veiga.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra lamisma cabe interponer recurso de suplica-ción para ante el Tribunal Superior de Jus-ticia de Galicia, Sala de lo Social, debien-do anunciarlo previamente ante este Juz-gado de lo Social, en el término de cincodias hábiles contados a partir del siguientede su notificación.

Así por este mi sentencia de la que seunirá certificación a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste, a efectos de su publi-cación en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias a fin de que sirva de no-tificación en forma a la empresa AntonioAcuña Veiga, expido y firmo la presente

En A Coruña, a 17 de enero de 2002.�El Secretario.� 1.264.

DE MIERES NUMERO UNO

Edictos.— Cédulas de notificación

Don Joaquín Palacios Fernández, Secreta-rio Judicial del Juzgado de lo Social nú-mero uno de Mieres.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 1002/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de doñaMaría Angelita Fernández García contra laEmpresa Mivalsa S.A. sobre ordinario, seha dictado la siguiente:

En la ciudad de Mieres, a quince de ene-ro de dos mil dos.

El Ilmo. Sr. don Manuel González-Por-tal Díaz, Magistrado-Juez del Juzgado delo Social de Mieres; habiendo visto lospresentes autos sobre reclamación de sala-rios y liquidación; instruidos entre partes:de una y como demandante María AngelitaFernández García que comparece repre-sentado por el Letrado don Víctor ManuelBarbado García y de otra como demanda-dos el Fondo de Garantía Salarial repre-

sentado por la Letrada doña Josefa Velas-co Pérez, Ana Mansilla Lozano, Efrén Al-varez Artime, Empresa Mivalsa S.A., Su-ministros Generales Terrpo y Cajasturquienes no comparecieron pese a estar ci-tados en legal forma,

Fallo

Que estimando en parte la demanda de-ducida por María Angelita FernándezGarcía contra el Fondo de Garantía Sala-rial, la Empresa Mivalsa S.A., la empresaSuministros Generales Terrpo, los inter-ventores de la quiebra: Ana Mansilla Lo-zano, Efrén Alvarez Artime y Cajastur, de-bo declarar y declaro haber lugar parcial-mente a ella, condenando a las empresasMivalsa, S.A. y Suministros GeneralesTerrpo a abonar a la actora la cantidad de1.006.508 pesetas, sin perjuicio de la res-ponsabilidad subsidiaria del Fondo de Ga-rantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partesadvirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anun-ciado por comparecencia, o mediante es-crito en este Juzgado dentro de los cincodías siguientes a la notificación de estaSentencia, o por simple manifestación enel momento en que se le practique la noti-ficación. Adviértase igualmente al recu-rrente que no fuera trabajador o beneficia-rio del Régimen público de Seguridad So-cial, o causahabiente suyos, o no tenga re-conocido el beneficio de justicia gratuita,que deberá depositar la cantidad de 25.000pts. en la cuenta abierta en el Banco BBVAde Mieres a nombre de este Juzgado con elnúmero 3339 Clave 67 acreditando me-diante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso así como, en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad, consignar en lacuenta de Depósitos y consignacionesabierta en el mismo banco a nombre de es-te juzgado, con el número 3339 Clave 65la cantidad objeto de condena, o formalizaraval bancario por dicha cantidad en el quese haga constar la responsabilidad solida-ria del avalista, incorporándolos a este Juz-gado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar Letra-do para la tramitación del recurso, al mo-mento de su presentación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación.� La anterior Sentencia fueleida y publicada por el Ilmo. Sr. Magistra-do-Juez que la suscribe, estando celebran-do Audiencia Pública el mismo día de sufecha; doy fe.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a las empresas: Empresa Mival-sa S.A, Suministros Generales Terrpo en

ignorado paradero, expido la presente parasu insercion en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Mieres, a 15 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.275.

___ � ___

Don Joaquín Palacios Fernández, Secreta-rio Judicial del Juzgado de lo Social nú-mero uno de Mieres.

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 1001/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de doñaMaría Angelita Fernández García contra laEmpresa Mivalsa S.A. sobre ordinario, seha dictado la siguiente:

En la ciudad de Mieres, a quince de ene-ro de dos mil dos.

El Ilmo. Sr. don Manuel González-Por-tal Díaz, Magistrado-Juez del Juzgado delo Social de Mieres; habiendo visto lospresentes autos sobre reclamación de in-demnización por cese; instruidos entre par-tes: de una y como demandante María An-gelita Fernández García, que comparecerepresentado por el Letrado don VíctorManuel Barbado García y de otra comodemandados el Fondo de Garantía Salarialrepresentado por la Letrada doña JosefaVelasco Pérez, Ana Mansilla Lozano,Efrén Alvarez Artime, Empresa MivalsaS.A., Suministros Generales Terrpo y Ca-jastur quienes no comparecieron pese a es-tar citados en legal forma,

Fallo

Que estimando la demanda deducida porMaría Angelita Fernández García contra elFondo de Garantía Salarial, las empresasMivalsa, S.A., Suministros Generales Terr-po, la intervención de quiebra: Ana Mansi-lla Lozano, Efrén Alvarez Artime y Cajas-tur, debo declarar y declaro haber lugar aella, condenando en consecuencia a lasempresas interpeladas Mivalsa, S.A. y Su-ministros Generales Terrpo, a abonar a laactora la cantidad de 1.435.699 pesetas, sinperjuicio de la responsabilidad subsidiariadel Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partesadvirtiendo que contra ella podrán interpo-ner Recurso de Suplicación ante el Tribu-nal Superior de Justicia que deberá seranunciado por comparecencia, o medianteescrito en este Juzgado dentro de los cincodías siguientes a la notificación de estaSentencia, o por simple manifestación enel momento en que se le practique la noti-ficación. Adviértase igualmente al recu-rrente que no fuera trabajador o beneficia-rio del Regimen público de Seguridad So-cial, o causahabiente suyos, o no tenga re-conocido el beneficio de justicia gratuita,que deberá depositar la cantidad de 25.000pts. en la cuenta abierta en el Banco BBVA

9-II-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1535

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de Mieres a nombre de este Juzgado con elnúmero 3339 Clave 67 acreditando me-diante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso así como, en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad, consignar en lacuenta de Depósitos y consignacionesabierta en el mismo banco a nombre de es-te juzgado, con el nº 3339 Clave 65, la can-tidad objeto de condena, o formalizar avalbancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidariadel avalista, incorporándolos a este Juzga-do con el anuncio de recurso. En todo ca-so, el recurrente deberá designar Letradopara la tramitación del recurso, al momen-to de su presentación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación.� La anterior Sentencia fueleida y publicada por el Ilmo. Sr. Magistra-dojuez que la suscribe, estando celebrandoAudiencia Pública el mismo día de su fe-cha; doy fe.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a las empresas Empresa MivalsaS.A.y Suministros Generales Terrpo en ig-norado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Mieres, a 15 de enero de 2002.� ElSecretario.� 1.276.

DE OVIEDO NUMERO DOS

Edictos.— Cédulas de notificación

Don Misael León Noriega, Secretario Ju-dicial del Juzgado de lo Social númerodos de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 193/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa Llanorrozo,S.L., sobre ordinario, se ha dictado Provi-dencia de embargo que copiada literalmen-te dice: cuya parte dispositiva copiada a sutenor literal, dice:

Providencia del Ilmo. Sr. Magistradodon Tomás Maíllo Fernández.

En Oviedo, a catorce de enero de dosmil dos

Dada cuenta; por recibido el anterior ofi-cio y documental, únase a las actuacionesde su razón y visto su contenido, se decla-

ra embargado el saldo que pudiera haberen las cuentas abiertas a nombre de la em-presa ejecutada, en el Banco Herrero, S.A.,que figuran en la anterior comunicación,en cantidad bastante a cubrir las sumas re-clamadas en el presente apremio, para loque se librará el correspondiente oficio.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral).

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

Magistrado-Juez. Secretario Judicial.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a Llanorrozo, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

En Oviedo, a 14 de enero de 2002.� ElSecretario.� 731.

___ � ___

Don Misael León Noriega, Secretario Ju-dicial del Juzgado de lo Social númerodos de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 4/2002 de este Juzgado de lo So-cial, seguidos a instancias de doña LauraMontserrat Saavedra Hidalgo contra la em-presa José Manuel Monteiro Conseisao(Bar La Parra), sobre ordinario, se ha dic-tado con fecha 11 de enero de 2002, autocuya parte dispositiva copiada a su tenor li-teral, dice:

Regístrese en los de su clase y se decre-ta la ejecución de sentencia recaída en es-tos Autos y en su virtud se haga embargoen los bienes propiedad de la parte deman-dada José Manuel Monteiro Conseisao(Bar La Parra) en cantidad bastante a cu-brir las sumas de 2.335,17 euros de princi-pal, más la de 175,14 euros para interesesy 233,51 euros que provisionalmente se es-timan necesarios para el pago de costas delprocedimiento; guardándose en la traba elorden legal establecido en el art. 592 de laLey de Enjuiciamiento Civil; delegandopara la práctica de estas diligencias en elAgente Judicial, asistido del Secretario opersona en quien delegue.

Frente a esta resolución procede recursode reposición ante este Juzgado, en el pla-zo de cinco días hábiles.

Así lo manda y firma S.Sª, firmado y ru-bricado don Tomás Maíllo Fernández. Doyfe firmado y rubricado Misael León Norie-ga.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a José Manuel Monteiro Consei-sa (Bar La Parra), en ignorado paradero,expido la presente para su, inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 11 de enero de 2002.� ElSecretario.� 732.

___ � ___

Don Misael León Noriega , Secretario Ju-dicial del Juzgado de lo Social númerodos de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimientoejecución 191/2001 de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción del Principadode Asturias contra la empresa J.I. Díaz Vi-lla, M. Lobeiras Sánchez CB, sobre ordi-nario se ha dictado con fecha 14 de enerode 2002, auto cuya parte dispositiva copia-da a su tenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al referi-do ejecutado J. I. Díaz Villa; M. LobeirasSánchez CB en situación de insolvencia le-gal con carácter provisional, por importede 76.266 pesetas. Insolvencia que se en-tenderá a todos los efectos como provisio-nal.

Procédase al archivo de las presentes ac-tuaciones previa anotación en el libro co-rrespondiente de este Juzgado, y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes del eje-cutado.

Frente a esta resolución procede recursode reposición ante este Juzgado, en el pla-zo de cinco días hábiles.

El Iltmo. Sr. don Tomás Maíllo Fernán-dez, Magistrado Juez del Juzgado de loSocial número dos de los de Oviedo, así lomandó y firma, firmado y rubricado donTomás Maíllo Fernández. Doy fe, firmadoy rubricado Misael León Noriega.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a J. I. Díaz Villa; M. LobeirasSánchez CB, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 14 de enero de 2002.� ElSecretario.� 733.

1536 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9-II-2002

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