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Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombia SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE SECRETARIA GENERAL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA No. lp022012 OBJETO: “Adquisición, instalación, parametrizacion y adaptación de un software especializado que permitan acoplarlo a las necesidades de la Supertransporte, migración de las bases de datos que se manejan actualmente en la entidad, capacitación y mantenimiento de un software especializado que integre los módulos de: cartera, tasa de vigilancia, cobro por jurisdicción coactiva, defensa judicial y control interno disciplinario. Así como la implementación de la plataforma de recaudo a través de internet para el caso del módulo de cartera. Dicho sistema debe estar acompañado de un modulo de gestión, administración de usuarios y roles, para cada uno de los módulos ya relacionados”. BOGOTÁ D.C, JULIO DE 2012

Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombiadis.unal.edu.co/~icasta/ggs/Documentos/Ejemplos_licitaciones/PTO... · – beneficio para la entidad”, para lo cual

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Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombia

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE SECRETARIA GENERAL

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA No. lp022012

OBJETO:

“Adquisición, instalación, parametrizacion y adaptación de un software especializado que

permitan acoplarlo a las necesidades de la Supertransporte, migración de las bases de

datos que se manejan actualmente en la entidad, capacitación y mantenimiento de un

software especializado que integre los módulos de: cartera, tasa de vigilancia, cobro por

jurisdicción coactiva, defensa judicial y control interno disciplinario. Así como la

implementación de la plataforma de recaudo a través de internet para el caso del módulo

de cartera. Dicho sistema debe estar acompañado de un modulo de gestión,

administración de usuarios y roles, para cada uno de los módulos ya relacionados”.

BOGOTÁ D.C, JULIO DE 2012

Superintendencia de Puertos y Transporte República de Colombia

NOTAS A TENER EN CUENTA

El presente proceso lo desarrolla LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE en cumplimiento de lo establecido en las normas pertinentes. Este pliego de condiciones ha sido elaborado con base en los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, en la Ley 1150 de 2007 y en el Decreto 734 de 2012 y demás normas que la complementan, adicionan y reglamentan; así mismo, está soportado por el estudio previo elaborado por la Superintendencia de Puertos y Transporte. En caso que usted necesite mayor información, aclaración o explicación acerca de uno o más de los puntos establecidos en el presente pliego de condiciones, podrá hacerlo a través del correo electrónico [email protected]. Solicitamos observar la metodología de elaboración de la propuesta señalada en este pliego, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan la escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta del proceso. Se recuerda a los proponentes que de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines, y por lo tanto cumplen una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma ley le otorga. Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos. Así mismo, dentro de elementales criterios de transparencia e integridad pública, se recuerda la lealtad que ha de presidir la relación entre Administración y Administrados. Se entiende igualmente que el proponente se compromete a no realizar ninguna práctica de fraude o violatoria del Estatuto Anticorrupción. En el caso de que se comprobaren hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato. Por lo anteriormente expuesto, señor proponente aspirante a participar en este proceso: LO INVITAMOS A LEER DETENIDAMENTE EL PRESENTE DOCUMENTO Y

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AJUSTARSE A LOS REQUERIMIENTOS Y TÉRMINOS PREVISTOS A FIN DE VERIFICAR CON ANTICIPACIÓN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE PARTICIPACIÓN, PARA EVITAR, DILACIONES EN EL PROCESO.

CAPÍTULO I.

INFORMACIÓN GENERAL, COMPROMISOS, CRITERIOS Y CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL PLIEGO DE CONDICIONES.

MISIÓN DE LA ENTIDAD En el marco de la política económica, de la estrategia de la globalización e internacionalización de los mercados, y de los objetivos de crecimiento económico, desarrollo y prosperidad para todos los habitantes del territorio nacional, esta Superintendencia esta llamada a ejercer la inspección, vigilancia y control del transporte de forma que se garantice la eficiencia, y racionalidad en la prestación de todas las modalidades del servicio de transporte, en condiciones de calidad, competitividad y equidad para todos los usuarios. Lo anterior, teniendo en cuenta que la Superintendencia de Puertos y Transporte, es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª de 1991, con autonomía administrativa y presupuestal, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte; la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa, en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura en todo sus modos, sin dejar de mencionar además las señaladas particularmente en aquella ley y demás disposiciones legales pertinentes sobre el tema de puertos. Por ello, al pertenecer a la naturaleza pública, esta Superintendencia está sometida a los principios de la función administrativa y, como consecuencia de ello, en el desarrollo del norte institucional que se indicó, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, cumpliendo a satisfacción la prestación del servicio de inspección, vigilancia y control que se le ha encomendado.

INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES

La Superintendencia de Puertos y Transporte, quien en adelante se denominará LA

SUPERINTENDENCIA, escogerá mediante el procedimiento de Licitación pública,

establecido en la Ley 1150 de 2007 y Decreto 734 de 2012, la propuesta que le sea más

favorable, teniendo en cuenta las condiciones jurídicas, técnicas, económicas y

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financieras, descritas en los presentes pliegos de condiciones, para proceder a contratar

la adquisición, instalación, parametrizacion y adaptación de un software especializado que

permitan acoplarlo a las necesidades de la Supertransporte, migración de las bases de

datos que se manejan actualmente en la entidad, capacitación y mantenimiento de un

software especializado que integre los módulos de: cartera, tasa de vigilancia, cobro por

jurisdicción coactiva, defensa judicial y control interno disciplinario. Así como la

implementación de la plataforma de recaudo a través de internet para el caso del módulo

de cartera. Dicho sistema debe estar acompañado de un modulo de gestión,

administración de usuarios y roles, para cada uno de los módulos ya relacionados.

Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el Pliego de Condiciones y todos los documentos de la Licitación Pública, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además, se acoge a los dictados del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública - Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y demás normas que las reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan. Todos los documentos de la Licitación Pública se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en el Pliego de Condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho de que el proponente no se informe o documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente Licitación Pública, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones. Por lo anterior se recomienda a los oferentes interesados que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente: 1 Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para proponer y contratar. 2 Examinar rigurosamente el contenido de los pliegos de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la Contratación Administrativa con Entidades del Estado (ley 80 de 1993, normas reglamentarias y complementarias).

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3 Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la ley y en el presente pliego de condiciones. 4 Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en el pliego de condiciones. 5 Suministrar toda la información requerida a través de estos pliegos de condiciones. 6 Analizar en su integridad, detenidamente, el contenido de los pliegos de condiciones, antes de la fecha de celebración de la audiencia prevista para precisar el contenido y alcance del mismo, a fin de que en ella se formulen de manera clara y precisa las aclaraciones o precisiones que requiera este documento. 7 Revisar los anexos y diligenciar totalmente los formatos contenidos en el Pliego de Condiciones. 8 Presentar sus ofertas debidamente foliadas. 9 Presentar los documentos financieros con el lleno de los requisitos legales. 10 Tenga en cuenta que exceder el presupuesto oficial total establecido para este proceso de selección es causal de rechazo. 11 Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del proceso de selección, y en general el cronograma del proceso; en ningún caso se recibirán propuestas radicadas o entregadas fuera del término previsto. El proponente deberá contemplar los tiempos que requiere para el ingreso a la SUPERTRANSPORTE y las medidas de seguridad para ello. Toda consulta debe formularse por escrito y radicarse en el centro de documentación de la SUPERTRANSPORTE y dirigirse al Grupo de Contratación de la SUPERTRANSPORTE, ubicada en la Calle 63 No. 9ª-45 Piso 3 y a través del correo electrónico [email protected]. 13 Serán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta. 1.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. Tomando en consideración la cuantía por la cual se va a adelantar la contratación, así como el presupuesto de la Entidad para la vigencia 2012, en el presente proceso es aplicable la modalidad de Licitación Pública, de conformidad con el numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007. Para la escogencia del ofrecimiento más favorable, la SUPERINTENDENCIA DE

PUERTOS Y TRANSPORTE, dará aplicación a lo establecido en el numeral II literal b)

numeral 3 del artículo 2.2.9 del Decreto 734 de 2012 concordado con el artículo 88 de la

Ley 1474 de 2011, en donde la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar “La

ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación costo

– beneficio para la entidad”, para lo cual se establecerán en el pliego de condiciones “las

condiciones técnicas adicionales que para la entidad representen ventajas de calidad o de

funcionamiento”

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1.2. JUSTIFICACIÓN La Superintendencia de Puertos y Transporte, es un organismo de naturaleza pública

creada por la Ley 1ª de 1991, con autonomía administrativa y presupuestal, de

conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República mediante

Decretos 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al

Ministerio de Transporte; la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y

control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad

Administrativa, en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura en todos sus

modos.

En el año 2000 le fueron adicionadas a la Superintendencia General de Puertos, las funciones de Supervisión de los demás modos de transporte, (como Superpuertos se supervisaban alrededor de 1000 usuarios; como Supertransporte, y a partir del año 2000, se supervisan alrededor de 7.000 vigilados.), sin aumento en su planta de personal y sin asignación de recursos adicionales para la ampliación o mejoramiento de su infraestructura tecnológica. Por lo anterior, en el marco del Plan de Desarrollo y de la política económica, esta

Superintendencia está llamada a ejercer la vigilancia, inspección y control del transporte,

con el objeto de promover la eficiencia y racionalidad de la prestación del servicio en

todas sus modalidades, en condiciones de calidad, competitividad y equidad para todos

los usuarios.

Para realizar la función encomendada la SPT requeriría un significativo número de

funcionarios como también mayores recursos presupuestales que permitan dar

cumplimiento oportuno a su misión. No obstante las restricciones presupuestales y las

políticas de austeridad han limitado el acceso a dichos recursos, razón suficiente para

pretender adquirir y desarrollar tecnológicamente proyectos que permitan facilitar la labor

encomendada optimizando al máximo los recursos presupuestales asignados.

Dentro del organigrama de la estructura de la Superintendencia, se ubica la Oficina de

Planeación como la oficina encargad de: “Diseñar, implementar y administrar los sistemas

informáticos de la Superintendencia de Puertos y Transporte, adelantar las acciones

necesarias para su permanente actualización, mantenimiento y seguridad, y diseñar y,

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ejecutar los programas de capacitación que en esta materia requieran los funcionarios de

la entidad. “ (Articulo 9 Numeral 8 del Decreto 1016 de 2000).

Según el acta del 16 de diciembre de 2011, del Comité de contratación, en la cual se

especifico en el numero 2.1 - SOFTWARE DE CARTERA “La necesidad debe ser

expresada por el área correspondiente (Grupo Financiero y cobro Tasa de Vigilancia) y

tendrá la verificación técnica del Grupo de Informática y Estadística”… “Los estudios

previos para este fin deben ser elaborados por el Grupo Financiero y Cobro Tasa de

Vigilancia, posteriormente serán revisados técnicamente por el Grupo de Informática y

Estadística en primera medida y posteriormente por la Oficina Jurídica y finalmente se

llevaran para la firma del Superintendente de Puertos y Transporte””

A razón de lo anterior la Oficina de Planeación ha recibido requerimientos de la necesidad

de adquisición de software, que supla las necesidades de control y gestión de las

funciones propias de cada uno de las siguientes áreas, determinadas en el organigrama

de la Superintendencia: Oficina Asesora Jurídica, Grupo de Cobro Persuasivo y

Jurisdicción Coactiva, Grupo Financiero y Cobro de Tasa de Vigilancia, Grupo de Control

Interno Disciplinario y la Secretaria General.

Adicional a los requerimientos realizados por las áreas anteriormente descritas, los cuales

se encuentran en la descripción de la necesidad de cada uno de lo módulos a adquirir, se

cuenta con los hallazgos de la visita de la Contraloría General de la Republica,

relacionados con la necesidad de contar con un software de apoyo en las funciones

propias de la misión de la Superintendencia, dichos hallazgos se relacionan y describen a

continuación:

Hallazgo 1801100 – “La entidad posee tres aplicativos que alimentan el proceso contable como son: área de talento humano, grupo de jurisdicción coactiva y almacén, estos aplicativos tienen como objeto ser integrados al aplicativo SIIF del Ministerio de Hacienda sin embargo a la fecha estos no se encuentran aptos para hacer interface por lo tanto dicha información no está disponible en línea ni de manera automática”

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En la actualidad el único aplicativo actualizado con el que cuenta la

Superintendencia de Puertos y Transporte es el sistema de información misional

VIGIA, los demás aplicativos que se manera como bien lo indica el hallazgo no se

encuentran actualizados para la integración con las plataformas tecnológicas de

otras entidades del Gobierno Nacional como lo es el Ministerio de Hacienda, razón

por la se contempla la adquisición de un software que integre los módulos de

cartera, tasa de vigilancia, cobro por jurisdicción coactiva (que son los

relacionados dentro del presente hallazgo), control interno disciplinario y Defensa

Judicial.

Dentro de las condiciones técnicas, determinadas en el presente documento, se

establece la necesidad de contar con el desarrollo de los webServices necesarios

para la realizar la interconexión con las diferentes entidades del estado que sean

necesarias, dentro de la cual se encuentra el Ministerio de Hacienda.

Hallazgo 1907001: este hallazgo se divide en dos observaciones, las cuales se describen a continuación:

o “La base de datos que posee la entidad no está integrada con las diferentes dependencias que ofrezcan la confiabilidad necesaria para el manejo de la información, tanto en las áreas misionales como de apoyo”

El presente proceso contempla la necesidad de adquisición de software que

integre lo módulos de cartera, tasa de vigilancia, control interno disciplinado,

defensa judicial y cobro persuasivo y jurisdicción coactiva, de manera que

manera una única base de datos entre ellos, adicional a lo anterior se

especifica la necesidad de contar con la integración al Sistema Misional de la

Superintendencia de Puertos y Transporte - VIGIA

o “los controles que posee la entidad para la utilización de programas de computador y/o archivos de datos, presentan debilidades, toda vez que se manejan hojas en Excel para el desarrollo de sus diferentes procesos los cuales son susceptibles de modificaciones”

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Como lo evidencia el hallazgo de la contraloría, en las áreas de control interno

disciplinado, costos, cartera, cobro por jurisdicción coactiva y defensa judicial

se lleva todo el control, manejo de estadificas y procesos, por medio de hojas

de Excel lo cual es un riesgo alto para la entidad, razón que fundamenta la

necesidad de con un software que facilite el manejo de la información y de la

misma manera se lleve el control de las modificaciones realizadas y el manejo

de roles de usuario de manera que si bien existe la consulta de la información

solo las personas designadas puedan realizar modificaciones a la misma.

Hallazgo 1905001 este hallazgo se divide en dos observaciones, las cuales se describen a continuación

o “Pese a los adelantos tecnológicos implementados por la entidad en su pagina Web, en la que se muestra toda la información relacionada, y teniendo en cuenta la misión de la superintendencia, se evidencia que carece de información actualizada para que cumpla su cometido, lo que limita la información con los entes externos (vigilados y ciudadanía), situación que se refleja en la falta de publicación de la información inherentes a las funciones y demás actividades desarrolladas por este, con el fin de impulsar la efectiva participación ciudadana en los procesos”

La necesidad de generación de informes, según los requerimientos de

información de la Superintendencia, los debe generar el software, de manera

que se cuente con información actualizada y en tiempos cortos para la

presentación o publicación de dicha información en la página Web.

Hallazgo 2202001: este hallazgo se divide en dos observaciones, las cuales se describen a continuación

o “La entidad no dispone de un software financiero y contable o una herramienta que permita determinar la situación de los supervisados”

Como se evidencia en el hallazgo anterior, se adelanta el presente estudio con

el fin de contar con un software de cartera y tasa de vigilancia lo cual va a

permitir determinar la situación de los supervisados.

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o “No es posible que aun se manejen información en hojas de Excel, con los riesgos que ello implica por la carencia absoluta de herramientas adecuadas para estos fines”

En vista del hallazgo anterior con respecto al manejo de hojas de Excel, de la

información del vigilado, con la adquisición del software de: cartera, tasa de

vigilancia, cobro por jurisdicción coactivo, defensa judicial y control interno

disciplinario. Con el presente estudio previo se subsanaría este hallazgo ya

que la información de las dependencias anteriormente mencionadas se

subsanaría, evidenciando un mejor control en los procesos.

o “La superintendencia no cuenta con una base de datos integrada que ofrezca la confiablidad necesaria para el manejo de la información, tanto en las aéreas misionales como de apoyo”

Al plantear la necesidad de adquisición de un software que integre los módulos

de: cartera, tasa de vigilancia, control interno disciplinario, defensa judicial y

cobro por jurisdicción coactiva, se tendría una base de datos integrada y

confiable para el manejo de la información de dichas dependencias. Al contar

con la interconexión con el sistema VIGIA se tendría el intercambio de

información entre las dos bases de datos lo cual daría confiabilidad e

integración total entre estos dos sistemas de la Superintendencia.

1.3. CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO. En el presente documento se describen las bases económicas, técnicas y legales, que el PROPONENTE debe tener en cuenta para elaborar y presentar la propuesta. La presentación de la oferta por parte del PROPONENTE constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones que se le entregaron; que recibió de la Superintendencia de Puertos y Transporte las aclaraciones necesarias a sus inquietudes y dudas; que está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar, y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar precios, plazos y demás aspectos de su propuesta. Ninguna información contenida en este Pliego de Condiciones constituye una promesa de celebración de contrato alguno. Todas las interpretaciones, conclusiones o análisis que efectúe el proponente son de su exclusivo cargo y no comprometen ni vinculan en modo alguno a la Superintendencia.

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La información contenida en este documento o proporcionada con el mismo, comunicada verbalmente o en forma escrita por la Superintendencia, no constituye asesoría a los proponentes para la presentación de la propuesta. Será obligación de los interesados en participar en el presente proceso, obtener su propia asesoría Independiente, para todos los efectos que guarden relación con la presentación de la propuesta y con la ejecución del contrato resultante del presente proceso Licitación Pública. La Superintendencia, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente allegue al presente proceso de selección es veraz y corresponde a la realidad. La Superintendencia podrá verificar o corroborar la información allegada, lo cual acepta y autoriza expresamente el proponente con la presentación de su propuesta. Igualmente, el proponente conviene y autoriza que La Superintendencia de Puertos y Transporte designe, si ésta lo estima conducente, funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes del proponente con el fin de verificar la información consignada en su propuesta y para obtener por cualquier medio idóneo la información necesaria para verificar la incorporada a la misma. La numeración de este Pliego de Condiciones no indica un grado de prelación en los asuntos. Los títulos de los capítulos y disposiciones utilizadas, sirven como referencia y no afectan la interpretación del texto de las respectivas disposiciones. Para efectos del desarrollo del presente proceso de selección, se entiende por día(s) hábil(es) cualquier día de lunes a viernes, excluyendo los días festivos en la República de Colombia. En caso de que el último día de un período cualquiera establecido en este Pliego de Condiciones fuese un día considerado no hábil, aquel se correrá al día hábil siguiente al referido en el calendario. Cuando se pretenda hacer referencia a día(s) calendario, así se consignará expresamente. 1.4. DEFINICIONES. Para todos los efectos del presente proceso de Licitación Pública y del entendimiento sucesivo de los términos utilizados en este Pliego de Condiciones, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones, entendimiento de términos o denominaciones. Adjudicatario: Proponente al que se le adjudique el proceso de Licitación Pública por ser seleccionado en primer orden de elegibilidad y quien deberá celebrar el contrato resultante de la presente proceso. Contratante: Es la Superintendencia de Puertos y Transporte

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Contratista: Quien tiene la calidad de adjudicatario dentro del presente Proceso de Licitación Pública y suscriba el correspondiente contrato con la Superintendencia de Puertos y Transporte Contrato: El que celebre la Superintendencia de Puertos y Transporte y el proponente Adjudicatario, para el desarrollo del objeto contractual derivado del presente Proceso de Licitación Pública. Error aritmético: Es aquél que se presenta cuando en cualquier documento de la propuesta existe un error en el resultado de una operación de suma, resta, multiplicación o división. Plazo de esta Licitación Pública: Tiempo que transcurre entre la fecha de apertura del Proceso de Selección y la fecha de su cierre. Pliego de Condiciones: Este documento, sus adendas y anexos. Proponente: Persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal, que presente propuesta dentro del plazo de este proceso de Licitación Pública. Propuestas habilitadas: Propuestas que una vez revisadas, cumplen con los requisitos para participar y con la totalidad de documentos, indicadores y demás requisitos mínimos solicitados y por lo tanto pasan a ser materia de calificación. Solicitud de documentos: Posibilidad que se otorga al proponente para que adjunte documentos no allegados con la propuesta inicial que no afecten la asignación de puntaje, lo cual deberá hacer dentro del plazo fijado en este Pliego de Condiciones. 1.5. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN. El proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y de la Superintendencia de Puertos y Transporte para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir explícitamente los siguientes compromisos, sin perjuicio de su obligación de cumplir la ley colombiana:

1. El proponente se compromete a no ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago o dádiva a funcionario público alguno en relación con su propuesta, con el proceso de contratación ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.

2. El proponente se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado suyo o un agente comisionista independiente lo haga en su nombre.

3. El proponente se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados y agentes y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de

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Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de contratación y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá la obligación de no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los funcionarios de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ni a cualquier otro funcionario público que pueda influir en la adjudicación del contrato, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la adjudicación, ni de ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de la Superintendencia, durante el desarrollo del contrato que se suscribiría de ser elegida su propuesta.

4. El proponente se compromete formalmente a no celebrar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en el proceso, o como efecto la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es materia del presente proceso, o la fijación de los términos de la propuesta.

En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha Contra la Corrupción” a través de alguno de los siguientes medios: los números telefónicos (1) 560 1095, (1) 565 76 49, (1) 562 41 28; vía fax al número (1) 565 86 71; la Línea Transparente del Programa, a los números: 9800913 040 o (1) 286 48 10; correo electrónico, en la dirección: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del Programa, en la página web www.anticorrupción.gov.co; correspondencia o personalmente, en la dirección Carrera 8 No. 727, Bogotá, D.C. También puede reportar el hecho a la Oficina de Control Interno de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Lo anterior, sin perjuicio de denunciar el hecho ante las autoridades competentes. Si durante el proceso de contratación se comprobare el incumplimiento del proponente, sus representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, procederá el rechazo de la propuesta presentada. En caso que la Superintendencia de Puertos y Transporte advierta hechos constitutivos de corrupción de parte del proponente durante el proceso de selección, tales hechos se pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, a fin de que se inicien las acciones legales a que hubiere lugar. Si se comprobare el incumplimiento de dichos compromisos con posterioridad a la adjudicación del proceso o con posterioridad a la suscripción del contrato, ello será suficiente para declarar la caducidad del contrato, de acuerdo con lo previsto en el numeral 5 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993, y se harán exigibles las sanciones previstas en el contrato. 1.6. PARTICIPACIÓN CIUDADANA. De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, el artículo 9 del Decreto 2170 de 2002 y la Ley 850 de 2003, se convoca a las diferentes asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de contratación.

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CAPÍTULO II.

GENERALIDADES Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.

2.1. OBJETO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN. Adquisición, instalación, parametrizacion y adaptación de un software especializado que

permitan acoplarlo a las necesidades de la Supertransporte, migración de las bases de

datos que se manejan actualmente en la entidad, capacitación y mantenimiento de un

software especializado que integre los módulos de: cartera, tasa de vigilancia, cobro por

jurisdicción coactiva, defensa judicial y control interno disciplinario. Así como la

implementación de la plataforma de recaudo a través de internet para el caso del módulo

de cartera. Dicho sistema debe estar acompañado de un modulo de gestión,

administración de usuarios y roles, para cada uno de los módulos ya relacionados.

2.2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL PROCESO. La contratación que se analiza en el presente tiene como soporte legal lo señalado en

Ley 80 de 1993, artículo 3º, Ley 1150 de 2007, artículo 2º numeral 1º, y Decreto 0734

de 2012 artículos 2.1.1, 2.2.9, 3.1.1 No 1

Ley 80 de 1993, artículo 3º:

ARTÍCULO 3o. DE LOS FINES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL. Los servidores públicos tendrán en

consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de

los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e

intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.

Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que,

colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones.

Ley 1150 de 2007, artículo 2º numeral 2º, literal b)

ARTÍCULO 2o. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo

a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación

directa, con base en las siguientes reglas:

1. Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con

las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo.

Cuando la entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total

o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento.

Decreto 0734 de 2012 artículos 2.1.1, 2.2.9, 3.2.2.1.

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Artículo 2.1.1°. Estudios y documentos previos. En desarrollo de lo señalado en el numeral 12 del artículo 25 de

la Ley 80 de 1993, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que

sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones o del contrato, de manera que los

proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido

por la entidad así como la distribución de riesgos que la misma propone.

Los estudios y documentos previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el

proyecto de pliego de condiciones y deberán contener, como mínimo, los siguientes elementos:

1. La descripción de la necesidad que la entidad estatal pretende satisfacer con la contratación.

2. El objeto a contratar, con sus especificaciones y la identificación del contrato a celebrar.

3. La modalidad de selección del contratista, incluyendo los fundamentos jurídicos que soportan su elección.

4. El valor estimado del contrato, indicando las variables utilizadas para calcular el presupuesto de la contratación y

los rubros que lo componen. Cuando el valor del contrato sea determinado por precios unitarios, la entidad

contratante deberá incluir la forma como los calculó para establecer el presupuesto y soportar sus cálculos de

presupuesto en la estimación de aquellos. En el caso del concurso de méritos, la entidad contratante no publicará

las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato y en el caso de las concesiones, la entidad

contratante no publicará el modelo financiero utilizado en su estructuración.

5. La justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable, de conformidad con el

artículo 2.2.9 del presente decreto.

6. El soporte que permita la tipificación, estimación, y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el

equilibrio económico del contrato.

7. El análisis que sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los perjuicios de naturaleza contractual o

extracontractual, derivados del incumplimiento del ofrecimiento o del contrato según el caso, así como la

pertinencia de la división de aquellas, de acuerdo con la reglamentación sobre el particular.

8. La indicación de si la contratación respectiva está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre

Comercio vigente para el Estado Colombiano en los términos del artículo 8.1.17 del presente Decreto.

Parágrafo 1°. Los elementos mínimos previstos en el presente artículo se complementarán con los exigidos de

manera puntual en las diversas modalidades de selección.

Parágrafo 2°. El contenido de los estudios y documentos previos podrá ser ajustado por la entidad con

posterioridad a la apertura del proceso de selección. En caso que la modificación de los elementos mínimos

señalados en el presente artículo implique cambios fundamentales en los mismos, la entidad, con fundamento en el

numeral 2 del artículo 69 del Código Contencioso Administrativo, o norma legal que lo modifique, adicione o

sustituya, y en aras de proteger el interés público o social, podrá revocar el acto administrativo de apertura.

Parágrafo 3°. Para los efectos del presente artículo, se entiende que los estudios y documentos previos son los

definitivos al momento de la elaboración y publicación del proyecto de pliego de condiciones o de la suscripción del

contrato, según el caso, sin perjuicio de los ajustes que puedan darse en el curso del proceso de selección, los que

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se harán públicos por la entidad, en los procesos por convocatoria pública, mediante su publicación en el Sistema

Electrónico para la Contratación Pública (Secop) destacando de manera clara las modificaciones introducidas. En

todo caso, permanecerán a disposición del público por lo menos durante el desarrollo del proceso de selección.

Parágrafo 4°. Cuando el objeto de la contratación involucre diseño y construcción, la entidad deberá poner a

disposición de los oferentes además de los elementos mínimos a los que hace referencia el presente artículo, todos

los documentos técnicos disponibles para el desarrollo del proyecto. Lo anterior sin perjuicio, de lo establecido en el

numeral 4 anterior para el concurso de méritos y el contrato.

Parágrafo 5°. El presente artículo no será aplicable para la mínima cuantía cuya regulación se encuentra en el

Capítulo V del Título III del presente Decreto.

Artículo 2.2.9° Ofrecimiento más favorable a la entidad. El ofrecimiento más favorable para la entidad a que se

refiere el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, se determinará de

la siguiente manera:

1. En los procesos de selección por licitación, de selección abreviada para la contratación de menor cuantía, y para

los demás que se realicen aplicando este último procedimiento, la oferta más ventajosa será la que resulte de

aplicar alguna de las siguientes alternativas: a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados

en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones; b) La ponderación de los elementos de calidad y

precio que representen la mejor relación de costo-beneficio para la entidad, para lo cual el pliego de condiciones

establecerá:

Artículo 3.1.1°. Modalidades de selección. De conformidad con el artículo 2

0

de la Ley 1150 de 2007 modificado por

el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, las entidades seleccionarán a los contratistas a través de las siguientes

modalidades:

1. Licitación pública;

El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive están sujetos a

la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración

Pública, contenido en las Leyes 80/93, 1150/07 y el decreto 0734 de 2012, y al pliego de

condiciones. El procedimiento de contratación será la licitación pública.

2.3. COMUNICACIÓN INTERACTIVA. En cumplimiento de lo señalado en el Decreto 734 de 2012, y con el fin de facilitar y agilizar la comunicación interactiva con los proponentes durante el proceso de selección, la Superintendencia de Puertos y Transporte publica toda la información relativa al mismo en la página www.contratos.gov.co. En este sitio se podrá consultar los documentos y demás actuaciones que se generen durante el proceso. Los proponentes podrán formular consultas, aclaraciones, sugerencias, observaciones, etc. al Pliego de Condiciones a través de la siguiente dirección: correo electrónico [email protected].

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2.4. PLAZO DEL CONTRATO El plazo de ejecución será de 3 meses, contados desde la suscripción del acta de inicio,

previo perfeccionamiento y legalización (cumplimiento requisitos de ejecución) del

contrato. En todo caso la ejecución no podrá superar el 31 de Diciembre del 2012

2.5. FORMA DE PAGO Los pagos se realizaran así:

20% al inicio del contrato, posterior instalación del software y entrega de las licencias a perpetuidad a nombre de la Superintendencia de Puertos y Transporte, una vez validado y aprobado por parte del Supervisor.

30% al realizar la parametrización del software y entrega de manual de instalación y funcionamiento de cada uno de los módulos, una vez validado y aprobado por parte del Supervisor.

40% al realizar la migración de datos y ajustes requeridos en desarrollo para el adecuado funcionamiento del sistema, una vez validado y aprobado por parte del Supervisor.

10% al recibo del aplicativo con total funcionalidad y parametrizacion según las necesidades de la Superintendencia de Puertos y Transporte, capacitación de los funcionarios de la entidad y la verificación de la conectividad con los diferentes aplicativos que maneja internamente la entidad y verificación de los reportes, alertas y estadísticas que el aplicativo debe generar tanto internos (SPT) como externos (SIIF, CHIP, entre otros), una vez validado y aprobado por parte del Supervisor.

Para cada uno de los pagos a ser efectuados, se deberá presentar los siguientes

documentos:

Informe de actividades realizado por el proponente del periodo estipulado.

Recibo a satisfacción por parte del Interventor.

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Informe de Supervisión

Comprobantes de pago en donde se demuestre el cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF)

Factura.

El valor del pago de los aportes en seguridad social de salud y pensión, deberá realizarse

de conformidad con lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la certificación

será expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal, según el caso, en la cual

conste el cumplimiento de estos pagos.

Todos los anteriores documentos deberán contar con la aprobación de la

SUPERTRANSPORTE y se deberán adjuntar a la respectiva factura o cuenta de cobro.

Sin el cumplimiento de tales requisitos, la factura o cuenta de cobro se tendrá como no

presentada.

Los pagos están sujetos a la cuantía de los montos aprobados en el Programa Anual

Mensual de Caja (PAC).

2.6. PRESUPUESTO OFICIAL La Superintendencia de Puertos y Transporte ha estimado como presupuesto oficial de la presente contratación la suma de QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($516.896.000) incluidos los tributos, costos y gastos que se generen en la ejecución del contrato. Los recursos para atender el objeto de esta contratación provienen del presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, correspondientes a la vigencia fiscal de 2012 de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 27112 de 10 de Julio de 2012. 2.7. CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES. El Pliego de Condiciones podrá ser consultado en el Portal Único de Contratación (www.contratos.gov.co), o en las oficinas de la Secretaria General en la Superintendencia, ubicada en la Calle 63 No. 9ª-45 Tercer Piso, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m.

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2.8. LUGAR DE EJECUCIÓN Para todos los efectos legales, se tendrá como lugar de ejecución la ciudad de Bogotá

D.C, en las instalaciones del contratista.

2.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Obligaciones Generales:

Asegurar la vigencia de la garantía única.

Cumplir con todos los requisitos necesarios para la legalización del contrato.

Acatar la Constitución, la ley y demás normas pertinentes.

Cumplir con las condiciones jurídicas, técnicas y económicas presentadas en la propuesta.

Acatar las instrucciones que, durante el desarrollo del Contrato, le imparta la Superintendencia de Puertos y Transporte, por conducto del funcionario que ejercerá la supervisión del Contrato.

Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en el Contrato y por ningún motivo suspender o abandonar el cumplimiento del objeto contratado.

Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales evitando dilaciones y en trabamientos.

No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.

Responder ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Administración o a terceros.

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Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con las actividades establecidas en el presente documento, dentro del plazo pactado, especialmente las que le sean asignadas por la Superintendencia.

Las demás obligaciones que se deriven de los presentes estudios previos y de la naturaleza del contrato.

Obligaciones Específicas:

Entrega a la Supertransporte de las licencias de uso de software a perpetuidad.

Entregar a la Supertransporte los manuales detallados de instalación, y de usuario de cada uno de los módulos adquiridos.

Programar y realizar la capacitación de los funcionarios usuarios de cada uno de los módulos.

El contratista debe realizar la instalación el aplicativo y realización de parametrizacion y adaptación a las necesidades de la SPT, en los servidores de la entidad, así como garantizar el adecuado funcionamiento del mismo.

Informar (al supervisor del contrato) con Mínimo 24 horas de antelación, cualquier tipo de ventana de mantenimiento que el contratista requiera para el correcto funcionamiento de los aplicativos implementados para la entidad.

Proporcionar cualquier tipo de información requerida por el supervisor en cuanto al uso de los aplicativos.

Realizar la validación de cada proceso en el aplicativo así como la migración de datos con los funcionarios directamente implicados de las áreas usuarias, con apoyo del supervisor.

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Entregar al supervisor los informes de las validaciones realizadas con los funcionarios de las áreas usuarias, debidamente firmado y aprobado por los funcionarios de cada modulo.

Soporte telefónico en las horas laborales de la Superintendencia de Puertos y

Transporte, para la solución ofrecida.

Mantener indemne a la entidad de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista.

Todas las demás que dentro del objeto del contrato se requieran para el cabal cumplimiento del mismo y que le sean asignadas por la entidad.

El contratista se compromete a mantener con carácter confidencial toda la información de propiedad de la Superintendencia a la que tenga acceso en desarrollo del objeto del contrato y no podrá divulgarla a terceras personas. En caso de incumplimiento de lo aquí pactado por parte del contratista, la Superintendencia ejercerá las acciones legales que sean del caso.

Realizar un plan de trabajo en conjunto con el Grupo de Informática y Estadística, y el funcionario asignado para la supervisión del contrato.

Coordinar con el grupo de Informática y Estadística, un plan de gestión de riesgo, el plan debe contener los pasos a seguir en caso de fallas, tanto en el sistema, como en los servicios adquiridos por la Entidad como son los enlaces a la Red, y demás situaciones de riesgo que se puedan presentar durante el proceso de implantación del sistema.

Mantener una bitácora de proyecto con todos los sucesos relativos al proyecto emitidos por parte de la empresa, ahí deberá mantener los documentos necesarios que permitan a la entidad auditar el proyecto cuando lo requiera; este documento será propiedad de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

Brindar el soporte y mantenimiento del aplicativo desarrollado, por un período de tiempo no inferior a un año, después de la entrega y puesta en funcionamiento del mismo.

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Coordinar con la Superintendencia de Puertos y Transporte el espacio físico necesario para el desarrollo del proyecto; el acceso y utilización de las instalaciones físicas, la infraestructura o equipo de cómputo de la entidad, en días no hábiles, fuera del horario normal o recesos establecido, quedará a criterio exclusivo del Interventor del contrato.

Por lo anterior, el contratista deberá contemplar esta situación en la programación de sus actividades y sobre todo en el tiempo estimado para la entrega de cada uno de los productos parciales y/o finales.

El contratista se compromete a suplir las estaciones de trabajo necesarias para el desarrollo del proyecto por parte de su personal.

Proporcionar al administrador de base de datos de la entidad, la información necesaria sobre las condiciones que debe satisfacer la información para que pueda ser considerada como correcta.

Elaboración de manuales conceptual, lógico, físico y de usuario, ajustados al manejo del aplicación objeto de este contrato, según las necesidades de la entidad, entregando la documentación impresa y en medios magnéticos de las últimas versiones de los programas fuentes, ejecutables, utilitarios, librerías originales y demás objetos.

Presentar los informes mensuales en original y una (1) copia, al supervisor del contrato; y los demás informes que le sean requeridos para la realización de los pagos.

La Superintendencia de Puertos y Transporte, entregará copia de levantamiento (caso de uso) de información del módulo respectivo, al oferente elegido para tener como base de desarrollo las necesidades plasmadas en dicho documento.

El contratista deberá efectuar en coordinación con el supervisor las reuniones que el supervisor considere necesarias con las áreas usuarias, con el fin de verificar las actividades de: instalación, capacitación, parametrizacion, migración de datos, adaptación a las necesidades de la Supertransporte, y las demás que el supervisor considere necesarias.

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El contratista se debe comprometer a subsanar todas las fallas y falencias que pueda llegar a presentar el software en la etapa de Mantenimiento

Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato en este aspecto.

2.10. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.

CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO

CUANDO HAY PLURALIDAD DE OFERENTES

ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR

Aviso de Convocatoria,

Convocatoria a

MIPYIMES, Proyecto

de Pliego de

Condiciones, Estudios

Previos

19 de Julio de 2012

al 2 de Agosto de

2012

SECOP - Portal Único de

Contratación.

Observaciones al

Proyecto de Pliego

de Condiciones y

Estudios Previos

19 de Julio de 2012

al 2 de Agosto de

2012

Se podrán presentar observaciones al

proyecto de Pliego de Condiciones a

través del correo electrónico

[email protected] o

mediante escrito entregado en la oficina

de Contratación de la Superintendencia

de Puertos y Transporte, ubicada en el

Calle 63 No. 9ª-45 tercer piso.

Respuestas a las

observaciones,

adopción definitiva de

pliegos y cronogramas

6 de Agosto de 2012 SECOP - Portal Único de Contratación.

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CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO

CUANDO HAY PLURALIDAD DE OFERENTES

ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR

PROCESO DE SELECCIÓN

Publicación del acto administrativo que ordena la apertura y publicación del Pliego de Condiciones definitivo.

6 de Agosto de 2012 SECOP – Portal Único de Contratación.

Audiencia de Riesgos y audiencia de precisión y alcance de los pliegos.

10 de Agosto de

2012

PáginaWeb: www.contratos.gov.co,

SECOP – Portal Único de

Contratación.

Observaciones al

Pliego de

Condiciones Definitivo.

Hasta el 13 de

Agosto de 2012

Página Web; www.contratos.gov.co, o a

través del correo electrónico

[email protected]

Publicación de las

respuestas a las

observaciones

presentadas al Pliego

de Condiciones

Definitivo

15 de Agosto de

2012

Página Web: www.contratos.gov.co,

SECOP – Portal Único de contratación.

Cierre del Proceso.

Lugar y fecha límite de

radicación de las

propuestas. Audiencia

de entrega de

propuestas verificación

de documentos.

16 de Agosto de de 2012 Hasta las 2:00

P.M

Despacho de la Secretaria General,

ubicado en la Calle 63 No.9ª-45 Tercer

piso.

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CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO

CUANDO HAY PLURALIDAD DE OFERENTES

ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR

VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES

Etapa de Evaluación.

Hasta el 23 de

Agosto de 2012

Página Web: www.contratos.gov.co,

SECOP – Portal Único de contratación.

Publicación del Informe de Evaluación y término para presentar observaciones

23 de Agosto de

2012 Página Web: www.contratos.gov.co

Traslado del Informe de Evaluación y Plazo para subsanar

27 de Agosto de

2012 Página Web: www.contratos.gov.co

Publicación de las

respuestas a las

observaciones

realizadas al informe

de evaluación

28 de Agosto de

2012

Página Web: www.contratos.gov.co,

SECOP – Portal Único de Contratación.

Audiencia de Adjudicación

29 de Agosto 2012

a las 4:00 P.M.

Despacho de la Secretaria General ubicado en la sede de la Superintendencia de Puertos y Transporte

SUSCRIPCION Y

LEGALIZACION

DEL CONTRATO

Suscripción y Legalización del Contrato.

Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la entrega formal de la minuta del contrato.

El contrato se entregará para la suscripción en el Despacho de la Secretaria General ubicado en la sede de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

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La presente contratación pública, esta cobijada por los siguientes acuerdos

internacionales:

TLC Colombia- Chile

TLC Colombia- El salvador, Guatemala- Honduras

TLC Colombia- México

TLC Colombia- Estados AELC (EFTA)

TLC Colombia- Canadá

TLC Colombia- Estados Unidos

Lo anterior de conformidad con el listado de entidades cubiertas, relacionadas en la

sección 1.2.1 del manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los

acuerdos comerciales negociados por Colombia.

Además, el proceso de contratación a realizar supera los montos mínimos (umbrales) en

cada uno de los Acuerdos y no se encuentra excluida de aplicación o excepción.

IMPORTANTE. Cualquier modificación a las fechas contenidas en esta cronología se

efectuará y comunicará a los oferentes, mediante adendas, las cuales se publicarán

oportunamente en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública

www.contratos.gov.co.

NOTA: Es necesario tener en cuenta que cuando se realicen las actuaciones descritas, estas deben consultarse previamente por su dirección, en la Calle 63 No 9ª – 45. 2.11. ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES La Superintendencia efectuará las aclaraciones o modificaciones al Pliego de Condiciones que considere necesarias, a través de ADENDAS, en cuyo caso informará a los interesados a través del Portal Único de Contratación: www.contratos.gov.co. Todas las adendas y avisos que publique La Superintendencia con relación al Pliego de Condiciones pasarán a formar parte integrante del mismo y serán de obligatorio cumplimiento por parte de los proponentes. 2.12. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL PROCESO DE LICITACIÓN. Cuando lo estime conveniente La Superintendencia, el término para el cierre del Proceso de Licitación Pública, se podrá prorrogar antes de su vencimiento. 2.13. CIERRE DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA

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El cierre del proceso de Licitación Pública se realizará en la fecha indicada en el cronograma. Las propuestas deberán ser entregadas en la SECRETARIA GENERAL ubicada en la Calle 63 No.9ª-45 Tercer piso. Acto seguido se realizará la apertura de las propuestas en la misma dependencia. Para efectos de verificar la hora para la diligencia del cierre, se tendrá en cuenta la hora legal de la República de Colombia, señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio, registrada en los siguientes sitios de internet: www.sic.gov.co. La apertura de las propuestas recibidas se efectuará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre de la Licitación Pública. De lo anterior se levantará un acta haciendo constar específicamente el nombre de los proponentes y el número de folios de su propuesta. LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones al Pliego de Condiciones, con posterioridad al cierre del Proceso de Licitación Pública. Las propuestas que llegaren después de la hora aquí prevista para el cierre, no participarán y serán devueltas sin abrir. 2.14. COMITÉ ASESOR La Superintendencia designará un comité asesor quien realizará la evaluación jurídica, técnica, y económica de las propuestas presentadas dentro del proceso de contratación, de acuerdo con lo previsto en este Pliego de Condiciones. 2.16. TÉRMINO DE EVALUACIÓN.

El comité asesor y evaluador presentará un informe preliminar. En los términos señalados en el cronograma del proceso. La entidad podrá prorrogar el plazo para verificación de propuestas hasta por un término igual al inicialmente señalado. La Superintendencia podrá solicitar hasta el momento de la adjudicación, por escrito o vía fax o mediante correo electrónico, las aclaraciones y explicaciones a que hubiere lugar, y si es del caso, que se alleguen los documentos necesarios para tal fin, sin que por ello los proponentes puedan completar, adicionar, modificar o mejorar las propuestas. 2.17. TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN. El informe de evaluación permanecerá a disposición de los oferentes en la Secretaria General de la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y en la dirección electrónica www.contratos.gov.co durante el lapso indicado en la Ley (ver cronograma),

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para que los proponentes presenten las observaciones, las cuales serán resueltas en el acto de adjudicación. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. La Superintendencia sólo tomará en cuenta las observaciones que lleguen por escrito, vía fax o vía email dentro del término establecido. 2.18. ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará mediante acto administrativo motivado al oferente que haya presentado la oferta más favorable para la entidad, en la audiencia indicada en el cronograma. El acto de adjudicación se publicará en el SECOP www.contratos.gov.co. La adjudicación es irrevocable y obliga a LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y al oferente seleccionado. Si el adjudicatario no expide la póliza que contiene el contrato dentro del término citado, quedará a favor de La Superintendencia, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por la garantía. 2.18. DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE LICITACIÓN. Durante el término previsto para la adjudicación del presente proceso, LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE podrá declararlo desierto en los siguientes casos: - Cuando no se hubiera presentado propuesta alguna con motivo del presente proceso de selección. - Cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable. - Cuando ninguna de las propuestas cumpla con los criterios de elegibilidad establecidos en el Pliego de Condiciones. La declaratoria de desierta se formalizará mediante acto administrativo, en el que se señalarán en forma expresa, todas las razones en las que se basa dicha decisión y será notificada a los proponentes y publicada en el SECOP www.contratos.gov.co.

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CAPÍTULO III.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Las personas jurídicas que deseen participar en el presente proceso de selección individualmente, en Consorcio o Unión Temporal, deben cumplir los siguientes requisitos: 3.1.1. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERÉS. El proponente individual y cada uno de los miembros integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deberán manifestar no encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en conflictos de interés para contratar a que se refieren la Constitución Política, los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, artículo 60 de la Ley 610 de 2000, y demás normas concordantes. Igualmente, los proponentes y sus integrantes deberán declarar que no se encuentran reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. Los proponentes y sus integrantes deberán tener en cuenta el contenido del artículo 5 de la Ley 828 de 2003 según el cual, “el no pago de las multas aquí señaladas, inhabilitará a la persona natural o jurídica para contratar con el Estado mientras persista tal deuda, salvo que se trate de procesos concursales y existan acuerdos de pago según la Ley 550 de 1999”. Esta manifestación deberá hacerse en la Carta de Presentación de la propuesta. Además de los casos previstos en este pliego de condiciones, no podrán participar en el proceso de selección: 1. Las personas naturales y jurídicas que de acuerdo con la ley están sometidas a la vigilancia, inspección y control por parte de la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE. 2. Las personas jurídicas que tengan participación accionaria mayor al 10% en personas jurídicas que de acuerdo a la ley están sometidas a la vigilancia, inspección y control por parte de LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y las personas naturales que ocupen cargos directivos en las personas jurídicas que de acuerdo a la ley están sometidas a la vigilancia, inspección y control por parte de LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE. 3. Las personas jurídicas cuyos socios, directivos o equipo humano propuesto para la actividad materia de este concurso se encuentren incursos en forma personal en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición para contratar previstas en la ley 80 de 1993, 734 de 2002 o en cualquier otra ley vigente, o que las mismas personas antes

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señaladas puedan tener conflictos de interés respecto de las actividades que serán objeto de contratación a través de este proceso de selección. Consecuentemente, con la presentación de su propuesta declara no estar incurso tanto el proponente, como cualquiera sus socios, personal directivo o equipo humano ofrecido, en alguna de las restricciones de participación antes señaladas. 3.1.2. CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Los proponentes deberán acreditar que su constitución es superior a un (1) año al momento de presentar su propuesta y su duración no es inferior al plazo de la vigencia del contrato (plazo de ejecución) y por lo menos tres (3) años más, contados a partir del cierre de éste proceso. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán ser conformados antes de presentar la propuesta y el término de duración de cada uno de los integrantes no será inferior al plazo de la vigencia del contrato (plazo de ejecución) y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de cierre de este proceso. NOTA: No se aceptará la participación bajo esquema de coaseguro, entendiéndose este como la presentación de un proponente en coaseguro (participación) de una o varias compañía(s). 3.1.3. REGISTRO UNICO DE PROPONENTES R.U.P. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Articulo 6.1.2.2 del Decreto 734 de 2012, todas las personas naturales o jurídicas nacionales que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. Para tal efecto, el interesado deberá presentar con su expresión de interés el documento correspondiente expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con fecha de expedición no mayor a dos (2) meses de anterioridad respecto de la fecha límite de recepción de las expresiones de interés, en el cual conste su clasificación y calificación en los códigos CIIU K720000 según resolución 432 de la DIAN No obstante lo anterior, de conformidad con el artículo 6.4.6 del Decreto 734 de 2012, los proponentes podrán presentar el certificado RUP expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, en atención a la información verificada con los requisitos del Decreto 1464 de 2010, hasta tanto el respectivo oferente actualice o ajuste la información requerida por el mencionado Decreto. De esta manera, en el certificado expedido en tales condiciones debe constar su clasificación y calificación como Proveedor en la especialidad 23, grupos 20, 21 y 29.

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Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, todos sus integrantes deberán estar inscritos, clasificados y calificados en la especialidad y grupo descritos en el inciso anterior. Si alguno de los proponentes no tiene la inscripción, clasificación y calificación exigida, la propuesta se rechazará. Nota 1: La inscripción, clasificación y calificación del oferente en el RUP, debe ser anterior a la fecha de presentación de la propuesta, y debe encontrarse vigente a la fecha de adjudicación del contrato. En todo caso, si el proponente no se encuentra inscrito, clasificado, y calificado de conformidad con lo exigido en este numeral, la propuesta será rechazada. Nota 2. La fecha de expedición de la certificación puede ser anterior o posterior al cierre del plazo para presentar ofertas, por cuanto se trata de un acto declarativo que simplemente deja constancia de una situación jurídica existente al momento de la presentación de la oferta. A los proponentes que cumplan con este requisito se les asignará la calificación de Habilitado, a los demás se les asignará la calificación de No habilitado. 3.2. VERIFICACIÓN FINANCIERA LOS DOCUMENTOS QUE CONFORMAN ESTE NUMERAL SON VERIFICABLES Y

COMO TAL SE CONSTITUYEN EN UN REQUISITO HABILITANTE PARA LA

PARTICIPACIÓN EN ESTE PROCESO DE SELECCIÓN

Teniendo en cuenta que el Registro Único de Proponentes se encuentra en proceso de

adecuación a lo dispuesto en el Decreto 734 de 2012, para la verificación de las

condiciones financieras que no se encuentren contenidas en dicho registro, todos los

proponentes deberán adjuntar los siguientes documentos:

Para la verificación del cumplimiento de la capacidad financiera el proponente deberá:

BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS

El proponente deberá anexar copia simple y legible del balance general y del estado de

resultados a 31 de diciembre 2011 en forma comparativa con los estados financieros a 31

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de diciembre de 2010, debidamente certificados y dictaminados de conformidad con lo

previsto en los artículos 37 y 38 de ley 222 de 1995[1].

Notas a los estados financieros. El proponente debe presentar con sus propuestas LAS

NOTAS a los estados financieros (Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias

correspondiente al año 2011 comparativo 2010).

Si el(los) proponente(s) es (son) persona(s) jurídica(s), que ha(n) sido constituida(s) hace

menos de un (1) año, deberá(n) presentar balance parcial correspondiente al corte del

mes anterior a la fecha de presentación de la propuesta.

El balance general y el estado de resultados deberán presentarse en moneda legal

colombiana.

En caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar

los documentos anteriormente solicitados.

DECLARACIÓN DE RENTA

El oferente debe allegar declaración Tributaria del Impuesto de Renta y Complementarios

de 2011 en el evento de que a la fecha de presentación de la propuesta no se haya

vencido el plazo de presentación de declaración por el año 2012.

En el caso de personas no obligadas a presentar declaración de renta y complementarios,

deberán presentar si fuere el caso, declaración de Ingresos y Patrimonio para el mismo

año, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 599 y 620 del Estatuto Tributario.

La SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE cotejará la información de la

declaración tributaria del impuesto de renta y complementarios, con la información de los

Estados Financieros a 31 de Diciembre de 2011 y, en caso de ser necesario, efectuará los

cruces con la Administración Tributaria a efecto de verificar la información suministrada

por el proponente.

[1] ARTICULO 37. ESTADOS FINANCIEROS CERTIFICADOS. El representante legal y el contador público bajo cuya

responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de

los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones

contenidas en ellos y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.

ARTICULO 38. ESTADOS FINANCIEROS DICTAMINADOS. Son dictaminados aquellos estados financieros certificados

que se acompañen de la opinión profesional del revisor fiscal o, a falta de éste, del contador público independiente que los

hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas.

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En caso de ser necesario, la entidad solicitará a los oferentes cualquier aclaración,

información o documento adicional a la Declaración Tributaria y podrá hacer cruce de

información con las entidades que ejerzan supervisión y vigilancia sobre los oferentes.

En ofertas conjuntas (consorcio o unión temporal), cada uno de sus integrantes debe

aportar la declaración tributaria de impuesto de renta y complementarios, o en su defecto,

la declaración de ingresos y patrimonio del período indicado.

REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO

El proponente deberá anexar copia del documento que acredite el régimen tributario al

que pertenece (R.U.T.) En caso de ser autorretenedores, deberán indicarlo y anexar copia

del documento que acredite tal condición (Resolución); expedido por la Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Si el contrato se suscribe con un consorcio o una unión temporal, el contratista deberá

tramitar y obtener el número de identificación tributaria.

Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de

selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a

continuación:

3.2.1. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA

El objeto de la verificación financiera es validar si los proponentes cuentan con la

capacidad financiera exigida en el pliego de condiciones.

Los proponentes deberán aportar el Certificado de Registro Único de Proponentes

vigente. Si este certificado contiene los indicadores de capacidad financiera solicitados en

el cuadro de INDICADORES PARA VERIFICACION DE LA CAPACIDAD FINANCIERA

con corte a Diciembre 31 de 2011, y si esta información está en firme, bastará con su

presentación.

En aquellos casos en que en el RUP no conste la información del año 2011, o que se

encuentre dentro del proceso de transición, según lo preceptuado en el artículo 6.4.6 del

Decreto 0734 de 2012, los proponentes deberán allegar el cálculo de los indicadores

requeridos y se debe presentar certificación del revisor fiscal o contador público, según

corresponda, en la cual certifique y especifique el procedimiento y cifras utilizadas para el

cálculo de los indicadores previstos en el cuadro Nº 01

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El Contador Público y/o Revisor Fiscal que certifiquen los indicadores, deben indicar en

forma clara el nombre y número de Tarjeta Profesional, quienes deberán anexar

certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores.

Este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no

mayor a TRES (3) meses de expedición) y fotocopias de las tarjetas profesionales.

Este aspecto habilita las propuestas cuando de acuerdo con la información certificada, los indicadores financieros mencionados cumplen con las siguientes condiciones:

Cuadro Nº 01 INDICADORES DE VERIFICACION PARA LA CAPACIDAD FINANCIERA

ÍNDICADOR FORMULA MARGEN

Capital real del proponente Capital social efectivamente

pagado + las reservas

constituidas + las utilidades

retenidas + las utilidades

del ejercicio

Mayor o igual al valor del

presupuesto oficial de

contratación para este

proceso expresado en

SMMLV.

Liquidez Activo corriente sobre

pasivo corriente

Mayor o igual a 1.2

Nivel de Endeudamiento Pasivo total sobre activo

Total

Desde 0% hasta 70%

Capital de Trabajo Activo corriente menos

pasivo corriente

Mayor o igual al valor del

presupuesto oficial de

contratación para este

proceso expresado en

SMMLV

Indicador de riesgo Activos fijos sobre el

patrimonio neto

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Indicador EBITDA (Utilidad antes de intereses,

impuestos, depreciaciones

y amortizaciones): Utilidad

operacional mas

depreciaciones y

amortizaciones

Mayor o igual al 50% valor

del presupuesto oficial de

contratación para este

proceso expresado en

SMMLV

Indicador de crecimiento

EBITDA

EBITDA del último año

sobre el EBITDA del año

inmediatamente anterior.

(No aplica para los que

tienen menos de un año

fiscal.)

Mayor o igual al 0.5% del

valor del presupuesto

oficial de contratación

expresado en SMMLV.

Rotación de inventario Costos de ventas sobre

inventario

No aplica

NOTA: Para el caso de las propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales,

los indicadores financieros se verificarán o determinarán, según corresponda, para cada

uno de los integrantes por separado, luego aplicando el porcentaje de participación en el

consorcio o unión temporal para finalmente sumados como subtotales, obtener el índice

de referencia.

3.2.2. VERIFICACIÓN FINANCIERA DE PROPUESTAS CONJUNTAS

La verificación financiera de los consorcios y uniones temporales se aplicará a los valores

consolidados de los participantes.

Los requisitos del numeral 3.2. se analizaran así:

CUMPLEN: Si el resultado del indicador del Proponente certificado en el RUP y

certificado por el contador público o revisor fiscal, se encuentra dentro del intervalo

establecido para todos los indicadores financieros requeridos .

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NO CUMPLEN: Si el resultado del indicador del Proponente certificado en el RUP y

certificado por el contador público o revisor fiscal, no se encuentra dentro del intervalo

establecido para alguno de los indicadores financieros requeridos .

3.3. VERIFICACION TECNICA El proponente para acreditar capacidad técnica deberá allegar la siguiente documentación: Experiencia certificada del proponente El oferente deberá presentar mínimo tres (03) certificaciones expedidas por el representante legal o funcionario competente de Entidades públicas, a las que se les prestó el servicio, cuyo objeto sea similar al del presente proceso licitatorio, en las que se indique que ha sido contratado en los últimos cinco (5) años contados a partir de la fecha de cierre del proceso y que ha cumplido a satisfacción. Las certificaciones o contratos indicarán entre otros los siguientes datos: 1). Nombre o razón social de la firma contratante. 2). Objeto. 3). Fecha de inicio y terminación del contrato. 4). Valor total del contrato y/o valor discriminado si es un objeto global. 5). Fecha de expedición de la certificación. 6). Nombre del funcionario que expide la certificación. 7). Teléfonos y dirección de la entidad contratante. Cuando el oferente presente certificaciones de experiencia, o contratos en los cuales conste que participó en la ejecución bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, estas deberán expresar su porcentaje de participación en dicho Consorcio o Unión Temporal el cual será tenido en cuenta para la determinación de la experiencia en este proceso de contratación. En caso de que no cumpla con las exigencias contempladas en el pliego de condiciones, la experiencia certificada de esta forma no será tenida en cuenta como experiencia mínima del proponente. Una vez que se haya verificado la presentación y acreditación de todo el componente de experiencia por parte del proponente, se considerará habilitado por experiencia. La no subsanación en la acreditación de la experiencia no permitirá habilitar por experiencia la propuesta. Si el contrato se ejecutó en consorcio o unión temporal los documentos anteriores deberán informar los integrantes y el porcentaje (%) de participación.

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Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. El no cumplimiento de esta experiencia específica, se calificará como NO HABILITADO. 3.3.1. VERIFICACIÓN JURÍDICA. El informe jurídico no tiene ponderación alguna. Se trata del estudio que debe realizar LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos de la Ley y a los aspectos jurídicos señalados en el Pliego de Condiciones, estableciendo si CUMPLE o NO CUMPLE con los requisitos exigidos. En el evento de no allegar esta documentación o al presentarse incompleta, La Superintendencia lo requerirá para que la presente en debida forma. DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURIDICO Carta De Presentación De La Propuesta: Elaborada en su totalidad de conformidad con el Anexo No. 01, debidamente firmada por el proponente si es Persona natural, o su presentante legal si es persona jurídica o forma asociativa, o quien acredite estar debidamente autorizado. Fotocopia de la cédula de ciudadanía, Certificado expedido por la Contraloría

General de la República, sobre responsables fiscales y Certificado de antecedentes

disciplinarios expedido Procuraduría General de la Nación. Estos documentos

deberán presentarlos los proponentes, el representante legal y cada uno de los

integrantes del consorcio o unión temporal y encontrarse vigentes al momento de

presentación de la propuesta.

Nota: cuando la propuesta sea presentada en consorcio o en unión temporal, deberá anexarse toda la documentación solicitada correspondiente a cada uno de sus miembros. Certificado de existencia y representación legal. Las personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad competente, con una fecha no superior a treinta (30) días antes de la fecha del cierre de la convocatoria, en el cual demuestre un objeto social acorde con el objeto de la presente contratación, que la sociedad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia, las facultades del representante legal. Igualmente

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deberán acreditar que la vigencia es igual al plazo para la ejecución del contrato y un (1) año más. Cuando el representante legal de la firma proponente tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de AUTORIZACIÓN EXPRESA DEL ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE, debidamente suscrita, en el cual conste que está plenamente facultado para presentar la propuesta y para firmar el contrato hasta por el valor de la propuesta. Así mismo, deben demostrar que tienen una actividad acorde con el objeto del presente proceso. Para el caso de personas jurídicas extranjeras deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en

el numeral 4º del artículo 22 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 259 y 260 del Código

de Procedimiento Civil y en el artículo 480 del Código de Comercio.

Propuestas conjuntas. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos que para cada uno de los integrantes expida la Cámara de Comercio y en general, todos los documentos que se exijan en este pliego de condiciones ya sean personas Naturales o Jurídicas. Para participar, éstos deben tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993 y presentar un documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal firmado por los integrantes. Este documento de constitución debe indicar como mínimo lo siguiente: a) Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán señalar la extensión de la participación en la propuesta, la cual no podrá ser modificada sin el consentimiento previo de la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

b) La persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, debiendo tener facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal, señalando además, las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.

c) El tiempo del Consorcio o la Unión Temporal debe corresponder para la propuesta, la ejecución y tres (3) años más.

d) No se aceptan propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.

e) Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o de lo contrario se entenderá que se presentan a título de consorcio.

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Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un

Consorcio o Unión Temporal, aportarán a la propuesta los estatutos de cada una de las

personas jurídicas que conforman el Consorcio o la Unión Temporal y la autorización o

poder del órgano de dirección competente que los faculte para ofrecer, contratar y

conformar Consorcios o Uniones Temporales.

Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y ejecución. No podrá haber cesión entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal. La duración de las personas jurídicas que se constituyan como Consorcio o Unión Temporal, deberá ser por lo menos la misma del plazo del contrato y tres (3) años más. No obstante lo anterior, es importante señalar que el documento para evaluar el

componente de carácter financiero será el Registro Único de Proponentes RUP mediante

el cual se hará la verificación a los indicadores solicitados.

3.4. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS Y HABILITACIÓN DE PROPUESTAS. Una vez efectuada la apertura de las propuestas, LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE con base en los documentos que integran la propuesta procederá a realizar el análisis jurídico, y de experiencia de los documentos que la integran, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos para participar. La Superintendencia verificará la exactitud de la información consignada en cada propuesta y podrá solicitar las aclaraciones que considere pertinentes. Las aclaraciones y demás solicitudes que para efecto de la evaluación realice La Superintendencia, deberán ser resueltas por el proponente dentro del término que para el efecto le determine la Entidad. Efectuada esta verificación la propuesta será clasificada como habilitada o no habilitada. La propuesta no habilitada no será objeto de calificación. Las propuestas habilitadas serán calificadas.

CAPITULO IV

PREPARACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA. 4.1. Aspectos Generales de la Propuesta. Cada proponente deberá presentar solamente una propuesta ya sea por sí solo o como integrante de un Consorcio o Unión Temporal. Las propuestas se presentarán en original y una (1) copia, cada una de las cuales debe estar legajada y debidamente foliada, escrita en cualquier medio mecánico, en idioma castellano.

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Todas las páginas de la propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la firma, al pie de las mismas, de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrario se tendrán por no escritas. Todos los documentos que conforman la propuesta se incluirán en el original y en la copia de la propuesta. En caso de discrepancia entre la copia y el original, primará este último sobre aquéllas. No se aceptarán propuestas remitidas por fax o correo electrónico. No se admitirán ofertas complementarias o propuestas de modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre del proceso. Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE para constatar y verificar toda la información que se suministre. Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y La Superintendencia en ningún caso será responsable de los mismos. La propuesta deberá establecer todos los impuestos, derechos y costos de legalización que se deriven del contrato, y por lo tanto, su omisión será de absoluta responsabilidad del proponente. La propuesta deberá ser presentada oportunamente y deberá tener una validez mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de entrega de las propuestas o del vencimiento de su prórroga, si la hay. Por solicitud de La Superintendencia, el proponente prorrogará el término de validez de su propuesta. 4.2. Identificación y entrega de las propuestas. En la propuesta se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se dirigirá en la siguiente forma: SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE Licitación Pública LP012012 Secretaría General Dirección_____________ Teléfonos: Bogotá D.C. 4.3. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA. La propuesta deberá conformarse con los documentos que se relacionan a continuación: 4.3.1. Carta de Presentación de la Propuesta.

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La propuesta deberá acompañarse de una carta de presentación firmada por el representante legal o por el apoderado constituido para tal efecto, la cual deberá diligenciarse según formato establecido en el Anexo Nº 1. En caso que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la carta de presentación debe ser suscrita por la persona que represente el Consorcio o la Unión Temporal. En todo caso, a la oferta deberá anexarse el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Con la firma de dicho documento, el oferente declara bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en alguna causal de incompatibilidad e inhabilidad para presentar la oferta y acepta y conviene expresamente en los procedimientos, contenidos y obligaciones recíprocos derivados de este Pliego de Condiciones. 4.3.2 Documento de conformación de Consorcios o Uniones Temporales. Cuando la propuesta se presente en cualquiera de estas modalidades de asociación, el proponente deberá presentar el documento idóneo, ajustado a las exigencias del artículo 7 de la ley 80 de 1993, a saber: 1. Expresar si la participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE. La omisión de este señalamiento hará que La Superintendencia tome la propuesta como presentada por un Consorcio para todos los efectos. 2. Los miembros del Consorcio o la Unión Temporal deberán acreditar la autorización de los órganos de las sociedades que lo conforman para consorciarse y designar la persona que representará al Consorcio o Unión Temporal y adjuntar copia del documento que regula su relación. 3. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, estableciendo el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y hacer la designación de la persona que tendrá la representación legal. 4. Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de la vigencia del contrato (plazo de ejecución) y tres (3) años más. 4.3.3. Poder Debidamente Constituido. En el evento que la oferta se presente a través de apoderado, éste debe encontrarse debidamente facultado para participar en el proceso de contratación y suscribir el contrato que se derive de éste.

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En el evento que el proponente no allegue el poder debidamente constituido por falta de capacidad (presentar la propuesta o celebrar el contrato o ejecutarlo o liquidarlo o representarla judicial y extrajudicialmente) la propuesta será rechazada. 4.3.4. Certificado de Existencia y Representación Legal. Deberá presentarse certificado expedido, dentro de los 30 días calendarios anteriores al cierre de este proceso de selección, por la Cámara de Comercio o autoridad competente. Consorcios / Uniones Temporales. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada firma integrante debe comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio en las mismas condiciones establecidas en este numeral. En el evento que el proponente no allegue con su propuesta los certificados solicitados o sean allegados con fecha de expedición anterior a la exigida, LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE lo requerirá para que los aporte en debida forma. 4.3.5. Autorización para presentar la propuesta y suscribir el contrato. Si el representante legal de la persona jurídica tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual se le faculte para conformar el Consorcio o Unión Temporal, presentar la propuesta y para celebrar el contrato, en caso de ser favorecido con la adjudicación, o en su defecto certificación del Secretario de la Junta donde conste tal autorización. En el evento que el representante legal se encuentre limitado en sus facultades para presentar propuestas y para suscribir el contrato y no presente autorización del órgano directivo correspondiente, LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE lo requerirá para que los aporte en debida forma. La fecha de la autorización a que hace relación este numeral deberá ser igual o anterior a la fecha de presentación de la propuesta so pena de rechazo de la misma. 4.3.6. Seriedad de la Propuesta. Con el fin de garantizar la irrevocabilidad de la oferta durante todo el tiempo que dure el proceso de selección, y de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, la propuesta deberá acompañarse de una garantía bancaria o póliza de seguros expedida por Aseguradora (diferente a la proponente), o garantía bancaria a primer requerimiento o endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía, lo anterior de conformidad con el Decreto 4828 de 2008. La seriedad de la propuesta, deberá contemplar:

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Asegurado/Beneficiario: Superintendencia de Puertos y Transporte Nit.800.170.433-6 Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial. Vigencia: Noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección. Tomador/Afianzado: si el proponente es una persona jurídica, la garantía deberá constituirse con el nombre o razón social que figura en el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en Consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá constituirse a nombre de todos sus integrantes. En el evento que el oferente presente como garantía póliza de seguros o garantía bancaria deberá anexar el original del comprobante de pago, salvo que en la misma se especifique tal pago. En caso de presentarse garantía bancaria esta debe contener la siguiente leyenda: “la presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en la cual queda ejecutoriado el acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”. En el evento que el proponente no allegue con su propuesta la garantía de seriedad, la propuesta será RECHAZADA. 4.3.7. Certificado Artículo 50 Ley 789 de 2002 Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de diciembre 27 de 2002, cuando se trate de personas jurídicas se hace necesario que acrediten el cumplimiento oportuno de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales, en los últimos seis (6) meses, expedida dentro del término establecido en este Pliego de Condiciones para presentar la propuesta por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o el representante legal, según el caso. En caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus miembros deberá presentar la certificación correspondiente. En el evento de no allegar este documento o allegarlo incompleto, La Superintendencia lo requerirá para que los aporte en debida forma.

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4.3.8. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Autenticación y autorización

Con el fin de contar con un sistema confiable, que garantice la integridad de la

información así como el acceso de manera segura al sistema el software por medio de la

Web, se debe garantizar:

Permitir creación de usuarios con roles determinados, según el perfil del mismo.

Validar la identidad de los usuarios, para lo cual debe tener implementados medios de autenticación que garanticen la seguridad del acceso a las aplicaciones y a la Base de Datos.

Contar con niveles de autorización, personalizables, para determinar el acceso que cada tipo de usuario o rol identificado, puede tener en cuanto a la funcionalidad del software y en cuanto a los datos de la Base de Datos.

El sistema debe tener, un esquema de seguridad definido y permitirá la gestión de usuarios para el control de ingreso, acceso a información, y realización de procesos, los usuarios deberán ser identificados y autenticados contra una Base de Datos, en la que se consolidarán todos los usuarios, perfiles y roles asignados.

Debe contar con un usuario como superadmisnitrador, el cual debe poder realizar creación de usuarios de administración, así como acceso a parametrización y el log de auditoría que debe tener el sistema.

Debe contar con un usuario de administración para cada uno de los módulos, al cual se le deben poder asignar permisos según los requerimientos del área, por lo cual la creación de usuarios debe ser totalmente parametrizable.

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Auditoría

El software a adquirir debe contar con las herramientas, mecanismos y procesos que

permitan realizar una adecuada gestión de Auditoría de Sistemas, mediante la cual se

garantice la identificación de las manipulaciones o cambios realizados a la información

(creación, inserción, eliminación, entre otras) de las tablas contenidas dentro del sistema.

Interoperabilidad

El sistema debe tener la capacidad de interacción con otros sistemas desarrollados, bajo

la estrategia de Web Services e integración a través de interfaces con otros sistemas,

especialmente con el sistema misional e la Superintendencia – VIGIA y con otras

aplicaciones del Gobierno con las que la entidad deba interactuar.

Esta interoperabilidad es a nivel de consulta y manipulación de datos, tanto para obtener

datos almacenadas en las bases de datos de los sistemas relacionados, como para

modificar o producir datos en ellos. Con los sistemas de información en los cuales tenga

injerencia la Superintendencia, de forma que pueda realizar modificaciones a los mismos,

tales como el Sistema de Información Misional. Las interfaces deben ser naturales, es

decir, no se debe requerir exportación o importación de archivos planos ni la intervención

de un usuario. No obstante, en los sistemas de información en los cuales la

Superintendencia no tenga injerencia, debe ser posible generar archivos planos para el

intercambio de información e integración con otros sistemas.

Se establecerán las características técnicas de los WebServices en mesas de trabajo

conjuntas con la SPT y el contratista, más estas deben estar contempladas dentro de la

propuesta a presentar.

Gestión

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El software debe brindar facilidades de gestión del mismo dentro de las cuales se

encuentran:

Generación de reportes dinámicos, con la información almacenada en la base de datos del aplicativo, con el fin de ser consultados en cualquier momento por directivos, coordinadores y funcionarios de la entidad.

Generación de alertas tempranas y tardías de los procesos que se llevan en al Superintendencia, esta alertas deben ser parametrizables de acuerdo a los requerimientos de cada una de las áreas. Estas alertas deben ser informadas a los funcionarios que tienen a cargo del proceso y los coordinadores respectivos por medio del envió de un correo electrónico al correo institucional, el cual debe ser registrado en el momento de creación del usuario.

Generación de estadísticas que permitan evidenciar el comportamiento de las diferentes áreas dentro de la gestión de la superintendencia.

El sistema debe ser parametrizable, tanto en los tiempos de generación de alertas, mensajes, asignación de perfiles para los funcionarios, así como para facilitar los cambios requeridos en el sistema a medida que se expida una nueva normatividad en cuanto a las labores o procesos llevados a cabo dentro de las áreas a impactar.

Generalidades

El sistema de información a debe ser un sistema Web, seguro, confiable y consistente.

El diseño debe contemplar el uso óptimo de recursos tales como conexiones a la base de datos.

Debe contemplar requerimientos de crecimiento para usuarios.

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El sistema debe ser construido e implantado de tal manera que sea parametrizable.

La aplicación debe ofrecer un buen desempeño del sistema.

Se debe contemplar los requerimientos de migración de información de los archivos con los que actualmente se maneja la información dentro de la Superintendencia. Es necesario tener en cuanta que estos archivos deben ser revisados y ajustados por el contratista según la organización de la base de datos del software, de ser requerido alguna modificación al archivo por parte del contratista de estructura mas no de información, será validada por el funcionario responsable del manejo de la misma antes de la migración final al software.

El proponente ofrecerá todo el recurso humano necesario para ejecutar las tareas de

instalación de cada uno de los módulos, capacitación y parametrizacion y ajustes

necesarios según los requerimientos de la Supertransporte, en los tiempos estipulados en

el presente documento. Adicionalmente deberá configurar los sistemas de información y

las bases de datos necesarias, montar las estructuras de navegación, el diseño de la

Página de Navegación, así como sus niveles internos, las aplicaciones Web necesarias

para operar mediante una interface amigable todos los productos de software que ofrezca.

Características del Sistema.

Se definen como características obligatorias de cumplimiento lo siguiente:

Seguridad: Debe estar alineada con la autenticación de usuarios por el sistema Ldap

Aseguramiento de Calidad: Se debe garantizar altos nivel de calidad, con la realización del plan de pruebas

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Flexibilidad: Cambios en la normatividad no deben afectar los componentes del software

Parametrización: Se debe garantizar que el software a implementar sea totalmente parametrizable

Alto desempeño: Se debe garantizar que los tiempos de consulta de información en la base de datos/Aplicación sean óptimos y eficientes

Usabilidad: Las pantallas/páginas del software a implementar deben contar con una interfaz amigable, intuitiva y debe disponer de ayuda en línea

Características técnicas del Software.

Las características técnicas que deben ser cumplidas por el sistema, son las que en la

actualidad existen en la Superintendencia de Puertos y Transporte.

La solución a entregar debe estar desarrollada utilizando como motor de base de datos Oracle 11G.

El sistema operativo a utilizar será hp-ux.

El servidor de aplicaciones será Web-Logic , de lo contrario debe garantizar la absoluta compatibilidad con el servidor de aplicaciones con el que cuenta la entidad en el momento.

Características Funcionales del Software.

En cualquier caso, en el proceso de implementación, capacitación, migración de datos se debe interactuar con los funcionarios responsables de cada una de las unidades, así como con los ingenieros del Grupo de Sistemas de la Supertransporte. Se debe garantizar el uso las mejores prácticas de Ingeniera de Software en construcción de aplicaciones.

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El proponente instalará las soluciones y deberá hacerlo en conjunto con el personal que la Supertransporte designe, se debe entregar un instructivo o manual técnico de la Instalación, que permita a los funcionarios de la Entidad realizar instalaciones posteriores.

Se deben ofrecer los servicios de capacitación necesarios, para los administradores del sistema, usuarios líderes de cada módulo y los usuarios finales, que garantice una adecuada administración y funcionamiento de los productos ofrecidos.

En la propuesta debe incluir el compromiso de realizar los ajustes necesarios, para cumplir con los requerimientos que las disposiciones legales exigen para el intercambio de información con otras entidades y otras aplicaciones instaladas dentro de la Supertransporte

Se debe garantizar la compatibilidad Tecnológica y de funcionamiento, con las últimas versiones (o existentes en el Departamento) del motor de base de datos y sistema operativo sobre el cual funcione la aplicación.

Se debe garantizar la generación de informes en medios magnéticos (archivos planos, imágenes, etc.) e impresos solicitados por cualquier entidad oficial o privada y cualquier dependencia interna.

Se deben implementar las interfaces de software necesarias para intercambiar información con otras aplicaciones existentes actualmente en la Superintendencia y entidades externas a la Supertransporte, utilizando para ello servicios Web, archivos por lotes o cualquier otro mecanismo.

La realización de los ajustes que se debe garantizar dentro de la propuesta la realización de los mismos en cuanto a la adición o eliminación de campos o bien creación de formularios adicional a los que actualmente maneja el software a adquirir se puede realizar en las instalaciones del contratista, ubicadas en la ciudad de Bogotá en su sede principal.

El contratista debe analizar, dar soporte y asesoría a los usuarios finales de los productos instalados, cuando se presenten requerimientos de las áreas usuarias, en especial a aquellas solicitudes que sean causadas o producto de cambio o

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exigencias legales provenientes de los organismos de vigilancia y control. Para el cumplimiento de este requerimiento la Supertransporte designará funcionarios responsables de los módulos de los sistemas, quienes serán los encargados de filtrar los requerimientos de los usuarios finales y recibir al mismo tiempo los cambios o correcciones entregadas por el proponente.

Para efecto de comunicaciones se utilizará la plataforma tecnológica de RED LAN y WAN que la Supertransporte posee actualmente.

La Supertransporte podrá al finalizar la Etapa de instalación de algún módulo, suspender la continuidad del proyecto si los trabajos encomendados al contratista no alcanzan un nivel adecuado de calidad o no se da cabalmente el cumplimiento en los entregables acorde al cronograma de trabajo definido.

El proveedor deberá comprometerse a firmar un documento donde se garantice la reserva y confidencialidad de la información.

El software se debe adquirir por una sola vez, sin causar costos futuros por licenciamiento. Además se debe otorgar licenciamiento ilimitado de uso: por servidor, por procesador y/o por número de usuarios.

Metodología.

El proponente deberá presentar en su propuesta y aplicar la metodología que mejor se

adapte a las necesidades de Supertransporte, en todo caso, dicha metodología debe

considerar la Ingeniería de Software, las buenas prácticas y la gerencia de proyecto,

como parte esencial del desarrollo del Proyecto. Se requiere además que involucre como

mínimo:

Alcance del Proyecto.

Administración de requerimientos de ajustes adicionales para acoplarlo a las necesidades de la Supertransporte.

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Plan de Pruebas (pruebas con los funcionarios para el adecuado manejo del software).

Administración de Control de Cambios de las versiones que se desplieguen.

Administración de proyectos.

Plan y control de Riesgos

Documentación técnica (Manual de usuario, Manual técnico del sistema, Manual de Instalación del Sistema, Despliegue y puesta en marcha de la solución en el ambiente de producción).

Planes de Migración y carga de datos, y su ejecución

Implementación.

Planes de Capacitación y trasferencia de tecnología.

MANTENIMIENTO DEL SISTEMA

Es necesario contar con el mantenimiento del sistema por un periodo no inferior a 1 año,

contados desde el recibo a satisfacción del producto, se deben contemplar las siguientes

actividades:

Visitas técnicas de revisión del software y evaluación del comportamiento del mismo, del cual deben entregar un informe con el resultado y posibles mejoras que se consideren necesarias realizar, tanto de software como de hardware si es necesario.

Soporte técnico mínimo en las horas laborales de la Supertransporte de 7 am a 6 pm de lunes a viernes.

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Se establecerán las ANS (Acuerdos de Niveles de Servicio) en conjunto con el supervisor.

Se debe subsanar en este periodo todas las fallas de software que se lleguen a presentar.

El servicio de Soporte Técnico, debe garantizar una adecuada operación de los productos ofrecidos, de conformidad con las especificaciones técnicas establecidas.

El Contratista deberá tener en cuenta las siguientes regias de Prioridad para suministrar el

Soporte Técnico:

Baja: Se aplicará cuando la prioridad del requerimiento pueda tolerar un tiempo de ejecución dependiendo de la solicitud que haya realizado la Supertransporte, la cual haya generado el despliegue de una nueva versión de Software.

Media: Este se aplica cuando la prioridad del requerimiento puede tolerar un tiempo de espera de seis (6) horas para su solución.

Alta: Este se aplica cuando la prioridad del requerimiento no puede tolerar un tiempo de espera mayor de tres (3) horas para su solución.

En todo caso el contratista dentro de la etapa de mantenimiento debe ofrecer una bolsa

de horas (mínimo 500 horas), con el fin de realizar actividades necesarias en el software

que surjan en la etapa de mantenimiento y no se contemplaron dentro de la fase de

implementación del mismo.

4.4. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS. Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se halle ajustada al Pliego de Condiciones. LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE rechazará aquellas propuestas que no se ajusten a las exigencias de este Pliego de Condiciones, a menos que hubiere posibilidad de subsanarla, conforme a lo previsto en éstos y en la ley. La Superintendencia podrá rechazar cualquiera o todas las propuestas, antes de la adjudicación del contrato, en los siguientes casos:

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1. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés para contratar establecidas en la Constitución o en la ley. 2. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de este Pliego de Condiciones. 3. Cuando la propuesta sea presentada en forma extemporánea, en forma parcial o esté condicionada. 4. Cuando el objeto social del proponente no permita desarrollar el objeto a contratar. 5. Cuando el valor de la propuesta exceda el presupuesto oficial indicado en este Pliego de Condiciones. 6. Cuando para esta misma convocatoria se presenten varias propuestas por el proponente, por sí o por interpuesta persona, en Consorcio, Unión Temporal o individualmente. 7. Cuando el representante o representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otro u otras firmas diferentes, que también estén participando en el presente proceso de licitación. 8. Cuando algún proponente tenga intereses patrimoniales en una persona jurídica participante en este proceso de selección, es decir, cuando se trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas. 9. Cuando La Superintendencia encuentre que la propuesta contiene información o documentos que no se ajusten a la verdad o que el contenido de los documentos ha sido alterado, según lo previsto en el numeral 7 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993. 10. Cuando la propuesta no incluya algún documento necesario para la comparación objetiva de las propuestas. 11. Cuando el proponente no presente la garantía de seriedad de la oferta. 12. Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona natural proponente o por el Representante Legal de la Sociedad, Consorcio o Unión Temporal proponente, o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta y suscribir el contrato de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de integración del Consorcio o Unión Temporal. 13. Cuando contradiga modifique o condicione de alguna manera el alcance del contenido de la oferta. 14. En los demás casos expresamente establecidos en el presente Pliego de Condiciones. 4.5. RETIRO DE PROPUESTAS. Los proponentes podrán solicitar a LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, por escrito, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección, la cual será devuelta sin abrir en el acto de apertura de las mismas al proponente o a la persona autorizada por éste.

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CAPÍTULO V

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.

5.1. CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO DE EVALUACIÓN. La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los proponentes ni a otra persona que no participe en dicho proceso, hasta tanto el informe de evaluación sea publicado. 5.2. SOLICITUD DE DOCUMENTOS Y ACLARACIONES. Durante el término para efectuar la evaluación de las propuestas, en ejercicio de sus facultades legales, La Superintendencia podrá solicitar a cualquiera de los proponentes que allegue los documentos faltantes, salvo que se trate de aquellos cuya no presentación o no diligenciamiento dan lugar al rechazo de la propuesta o afecten la asignación de puntaje. Igualmente podrá solicitar las aclaraciones que considere necesarias a efectos de realizar una adecuada comparación de las propuestas. El proponente destinatario de las solicitudes de documentos o aclaración contará con el plazo establecido por La Superintendencia para dar respuesta o atender el requerimiento, contado a partir del envío de la comunicación de esta, vía correo electrónico, vía fax o cualquier medio idóneo. 5.3. FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACION Una vez revisado el cumplimiento de aspectos mínimos habilitantes, se procederá a

revisar los aspectos susceptibles de puntuación y así asignar los puntajes conforme a lo

solicitado en el pliego de condiciones.

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CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

FACTOR NATURALEZA PUNTAJE

Precio- Valor de la

Propuesta

Evaluación 300

Experiencia de la firma

contratante

Evaluación 300

Apoyo a la industria

Nacional

Evaluación 100

Soporte técnico adicional Evaluación 300

TOTAL PUNTAJE 1000

Precio- Valor de la Propuesta (300 puntos): Se evaluará la propuesta económica

presentada por cada proponente admisible y se establecerá el orden de elegibilidad para

la presente contratación, asignando el mayor puntaje al oferente que ofrezca el menor

precio por el objeto de contrato y los demás de manera proporcional, siempre y cuando

diligencia en forma completa el Formato N° 2 “Propuesta Económica- Requerimientos

técnicos.

Experiencia de la Firma proponente (300 puntos): Se asignará el mayor puntaje a la

firma que acredite mayor valor en la sumatoria de las certificaciones de experiencia que le

hayan sido tenidas en cuenta como requisito habilitante. A los demás proponentes se les

asignará puntaje en forma proporcional.

Apoyo a la industria nacional (100 Puntos): Este factor se evaluará con el fin de

garantizar la reciprocidad y apoyar la industria nacional con fundamento en la

documentación aportada por el oferente sobre el particular, así (Ver Decreto 2473 de

2010 y Ley 816 de 2003):

- Cuando el proponente ofrezca servicios con personal nacional para la presente contratación, se le asignarán 100 puntos.

- Cien (100) puntos obtendrá el proponente extranjero que ofrezca servicios con personal colombiano.

- Cuando el proponente ofrezca servicios con personal nacional y extranjero para la presente contratación, se le asignarán 50 puntos.

En el caso de consorcios o uniones temporales, el puntaje se asignará de acuerdo con

el componente nacional o extranjero ofrecido conforme a lo indicado en este numeral.

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Soporte técnico adicional (300 Puntos): Dentro de los pliegos de condiciones se

establece en el alcance del objeto que el contratista deberá brindar dentro de la etapa

de mantenimiento una bolsa de horas (mínimo 500 horas), con el fin de realizar

actividades necesarias en el software que surjan en la etapa de mantenimiento y no se

contemplaron dentro de la fase de implementación del mismo.

El oferente que haya cumplido con los requisitos habilitantes en su propuesta y

adicionalmente ofrezca por un mismo precio, mínimo cien (100) horas más dentro de

la bolsa de horas, se le otorgará un máximo de 300 puntos. Los demás proponentes

recibirán un porcentaje proporcional, calculado por regla de tres.

En síntesis:

- Capacidad Jurídica: CUMPLE NO CUMPLE - Capacidad Financiera: CUMPLE NO CUMPLE - Verificación Técnica: CUMPLE /NO CUMPLE (Incluye Cumplimiento de contratos

anteriores) 5.4. CRITERIOS DE DESEMPATE. Si realizada la sumatoria de la totalidad de los puntajes obtenidos en la evaluación, se presenta un empate entre dos (2) o más OFERENTES, LA SUPERINTENDENCIA procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate, los cuales se harán en estricto orden, en forma excluyente:

1. Se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el factor de experiencia de la empresa, ofrecido.

2. En caso de existir empate se adjudicará el contrato al que presentó la menor propuesta económica.

3. Si persiste el empate y en caso de que una vez efectuada la calificación

correspondiente, la oferta de un proponente extranjero se encuentra en igualdad de condiciones con la de un proponente nacional, se adjudicará al nacional.

4. Si persiste el empate, se adjudicará al proponente que de acuerdo con las normas vigentes sea una Mipymes Nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes Nacionales.

5. Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, este se preferirá.

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Si el empate persiste se procederá a realizar sorteo mediante el sistema de papeletas, a través de acto público y por medio del siguiente procedimiento: Se introducirá en una bolsa un número de papeletas igual al número de oferentes empatados mas una, marcadas una de ellas con una equis (X) y las demás con un círculo (O). Se comenzará a sacar de una (1) en una (1) y se preferirá a quien corresponda la ficha o papeleta marcada con equis (X). El procedimiento se repetirá cuantas veces sea necesario hasta que resulte un ganador.

CAPÍTULO VI 6.1 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La adjudicación del contrato se efectuará dentro del plazo señalado en la cronología del proceso contractual el cual podrá ser ampliado, si resulta ser necesario para la Superintendencia para resolver las observaciones presentadas por los proponentes, al informe de evaluación de las propuestas. La adjudicación del contrato la realizará La Superintendencia mediante audiencia y acto administrativo motivado, el cual se notificará personalmente al proponente seleccionado y se comunicará a los demás proponentes. Efectuada la adjudicación, ésta es irrevocable y obliga por lo mismo, a la Superintendencia y al adjudicatario. En caso de ser adjudicado el presente contrato a un oferente que presente precios que no obedezcan a las referencia del mercado y que tal situación no logre ser detectada durante el proceso del proceso, El Contratista deberá asumir toda la responsabilidad y los riesgos que se deriven de tal hecho, y la Superintendencia no aceptará ningún reclamo en relación con ello. 6.2. SUSCRIPCIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO La Superintendencia le indicará al proponente seleccionado, los documentos necesarios para legalizar y ejecutar el contrato, los cuales deberán entregarse en la Oficina de Contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte dentro del plazo indicado en el cronograma. Los costos del contrato, pólizas de Garantía que exige la Ley, impuestos y gravámenes, registros, derechos de publicación y demás obligaciones que se causen, serán de cargo del Contratista. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume el Contratista por medio del contrato, éste se obliga a constituir a favor del Superintendencia de Puertos y

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Transporte, en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia, cuyas pólizas matrices se encuentren aprobadas por la Superintendencia Bancaria, las garantías estipuladas en el Decreto 4828 de 2008, y la Ley 1150 de 2007, y demás normas concordantes vigentes. Si el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término señalado, la Superintendencia procederá a hacer efectivo el valor de la Garantía de Seriedad de la Propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados, que la Superintendencia estime no cubiertos por la mencionada garantía. En este caso, la Superintendencia mediante Acto Administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días calendarios siguientes, al Proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su Propuesta sea igualmente favorable para La Superintendencia. En todos los casos en que los Proponentes a quienes se les adjudique el contrato, se nieguen a suscribirlo, La Superintendencia hará efectivo el valor de la Garantía de Seriedad de la Propuesta. 6.3. INICIO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Una vez perfeccionado el contrato y cumplidos los requisitos de ejecución, se deberá suscribir el acta de inicio del plazo de ejecución. Dicha acta la suscribirán el funcionario supervisor y el Contratista. La Superintendencia, a su conveniencia, podrá prorrogar este término, sin que ello implique modificación al plazo contractual. Para la iniciación del contrato se requiere el cumplimiento de:

- Perfeccionamiento del Contrato (firma y Certificado de Registro Presupuestal) Pago del Impuesto de Timbre y de los Derechos de Publicación, cuando a ello hubiere lugar.

- Aprobación de la Garantía Única.

6.4. ESTIMACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDEN AFECTAR EL LA ECUACIÓN DEL EQULIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, se establece la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la presente contratación, así:

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TIPIFICACIÓN A CARGO DE ESTIMACIÓN

Se considera conveniente tener en cuenta, como variables de riesgo las señaladas en el

siguiente cuadro, según los antecedentes de contrataciones pasadas con objeto similar:

1 Retardo Injustificado en el Pago

Este riesgo puede presentarse cuando el supervisor del contrato no programe el respectivo pago en la Programación Anual de Caja (PAC), lo cual conlleva demora en el pago al contratista.

El pago al contratista se efectúa siempre y cuando haya sido incluido en el PAC, dentro de los términos señalados por el área Financiera, lo anterior con el fin de atender el compromiso. Por consiguiente, en caso de que no se haya tomado la previsión a que se ha hecho alusión y esta circunstancia afecte el equilibrio económico del contrato, el riesgo así descrito será asumido por la Superintendencia en un ciento por ciento (100%).

2 RIESGO POLÍTICO

Se refiere a diferentes eventos de cambio de ley, de situación política o de condiciones macroeconómicas que tengan impacto negativo.

Este riesgo debe ser asumido por la Entidad. Por tanto, al presentarse este riesgo, la asignación debe asumirla el contratista en un ciento por ciento (100%).

3 RIESGO REGULATORIO

Se refiere a cambios regulatorios, administrativos y legales, diferentes a los tarifarios.

Por tanto, al presentarse este riesgo, la asignación debe asumirla el contratista en un ciento por ciento (100%).

4 INTRÍNSECOS AL PROYECTO

Se refiere a los riesgos comerciales, de operación.

Por tanto, al presentarse este riesgo, la asignación debe asumirla el contratista en un ciento por ciento (100%).

5 RIESGO CAMBIARIO

Se refiere a la eventual variación de flujos, debido a que los ingresos y egresos

Por tanto, al presentarse este riesgo, la asignación debe asumirla el contratista en un ciento por ciento (100%).

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están denominados o dependen del comportamiento de la tasa de cambio frente a monedas distintas.

6.5. ANALISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LAS GARANTIAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del proceso de

selección que se describe, el Contratista se obliga a constituir a favor de LA

SUPERTRANSPORTE una póliza de garantía única expedida por una Compañía de

Seguros o Entidad Bancaria legalmente autorizada, domiciliada en el país, que ampare:

El cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. El amparo de

cumplimiento del contrato cubrirá a la Supertransporte de los perjuicios directos derivados

del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su

cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al

contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el

pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el

contrato garantizado.

Su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, vigente desde la suscripción del contrato, incluyendo su plazo de ejecución y vigencia y cuatro (4) meses más.

La calidad del servicio. El amparo de calidad del servicio cubre a la Supertransporte de

los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la

terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado,

teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato.

Su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, vigente

desde la suscripción del contrato, incluyendo su plazo de ejecución y vigencia y cuatro

(4) meses más.

El pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales:

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El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá

a la Supertransporte de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del

incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista

garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del

contrato amparado.

Su cuantía será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, vigentes desde

la fecha de suscripción, incluyendo su plazo de ejecución y vigencia, y tres (3) años más.

El Contratista deberá reponer las garantías antes mencionadas, cuando en razón de las

sanciones impuestas o de otros hechos se disminuyere o agotare su valor y cuando el

valor de las mismas se vea afectado por razón de siniestros, durante el término de

ejecución del contrato, según el caso.

6.6. SUPERVISIÓN - CONTROL DE LA EJECUCIÓN La supervisión del contrato que se suscriba estará a cargo del Coordinador del grupo de Informática y Estadística de la Oficina de Planeación, según lo señalado en la resolución 010992 de 2009 por la cual se expide el Manual de contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Articulo 31, numeral 3. Aspecto de la supervisión, en el cual: “La supervisión será delegada por el ordenador del Gasto en los Delegados, Jefes de área y Coordinadores, quienes para ejercerla podrán apoyarse en profesionales idóneos que tenga a su cargo”. Son funciones del supervisor, además de las que determine la ley y los respectivos reglamentos las siguientes: a) Supervisar y vigilar el cumplimiento del contrato a ejecutarse, prestando la colaboración que requiera el Contratista. b) Elaborar las actas de recibo y producir los informes requeridos para soportar los pagos que deba efectuar La SUPERTRANSPORTE. c) Exigir al Contratista la ejecución idónea y oportuna del contrato. 6.7. DEVOLUCIÓN DE OFERTAS Una vez finalizado el proceso de selección, los oferentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia de su propuesta, en la Secretaria General de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la Calle 63 No 9ª-45 Piso 3; dentro de los quince (15)

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días siguientes a la fecha de suscripción del contrato, de lo contrario, la Superintendencia procederá al archivo de la oferta original y a la destrucción de su copia.

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ANEXO N° 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Bogotá, D.C. y fecha Señores SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE Bogotá. D.C. Asunto: Proceso de Licitación Pública No.________ de 2012 Nosotros los suscritos: ______________________ de acuerdo con el Pliego de Condiciones, hacemos la siguiente propuesta para el Proceso de Licitación Pública No.____ de 2012. En caso de que sea aceptada por la Superintendencia, nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente. Declaramos así mismo: a) Que conocemos la información general y el Pliego de Condiciones con sus anexos y adendas y aceptamos los requisitos en él contenidos. Así mismo manifestamos que cumplimos con los requisitos del Pliego de Condiciones. b) Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a expedir las pólizas en el plazo y términos establecidas en el Pliego de Condiciones. c) Que la presente propuesta consta de _________ (__) folios debidamente numerados. d) Que el valor de las primas, de los descuentos, de los deducibles y el valor total de la oferta son los que se indican en el cuadro de resumen económico de la oferta Así mismo, declaramos bajo la gravedad del juramento, sujeto a las sanciones establecidas en el Art. 442 del Código Penal (Ley 599/00): 1. Que la información contenida en la propuesta es verídica y que asumimos total responsabilidad frente a LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes. 2. Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses de las señaladas en la Constitución y en la Ley y no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar. En especial, manifestamos que no nos hallamos reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002 (C.D.U.) en concordancia con el art. 60 de la Ley 610 de 2000. (NOTA: Se recuerda al proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, no puede participar en el proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular propuesta). 3. Que los servicios prestados son realizados por personal colombiano SI [ ] NO [ Atentamente,

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Nombre o Razón Social del Proponente: NIT Nombre del Representante Legal: C.C. No. Dirección Teléfonos Fax Ciudad Dirección electrónica FIRMA: _________________________________________________________

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ANEXO N° 2

EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE RELACION DE EXPERIENCIA El SUSCRITO REPRESENTANTE LEGAL DE ________________________________ CERTIFICA QUE: Durante el periodo comprendido entre los años_______, la (compañía) realizó los siguientes contratos (_), por valor de___________ ($_____________________).

MODELO CERTIFICACION DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

PROPONENTE QUE SOLICITA LA CERTIFICACIÓN

Nombre o Razón Social Nit:

EMPRESA QUE EXPIDE LA CERTIFICACIÓN

Nombre o Razón Social :

NIT :

Dirección :

Ciudad :

Teléfono :

PERSONA QUE EXPIDE LA CERTIFICACIÓN

Nombre Cargo Teléfono

DATOS DEL CONTRATO

Número Del Contrato Fecha de Inicio Fecha de

Terminación

aa/mm/dd aa/mm/dd

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Objeto del Contrato

Valor del Contrato Col$

Ciudad y Fecha de Expedición de la Certificación

Firma de quien Expide la

Certificación

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ANEXO Nº 3

CUADRO DE INFORMACIÓN GENERAL DEL PROPONENTE

Razón Social:

Nit :

Dirección

Teléfono

Fax

Representante Legal

Capital

Autorizado

sucrito

Pagado

Escritura de Constitución

Lugar y fecha de expedición

Fecha de finalización

Número de Matricula Mercantil

Persona responsable de Licitación

Nombre

Cargo

Teléfono

Dirección

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ANEXO No 4

MODELO DE CARTA DE CONFORMACION DE UNIONES TEMPORALES

Bogotá, __ de ___ de 2012 Doctora: SECRETARIA GENERAL Superintendencia De Puertos y Transporte Calle 63 No. 9ª-45 Piso 3 Ciudad REF: LICITACIÓN PÚBLICA No. _____ DE 2012 Los suscritos, _________ y _____________, debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de ______ y ____________respectivamente, manifestamos mediante este escrito que hemos convenido constituirnos en Unión Temporal para participar en la licitación No. __________, cuyo objeto es ------------------------, según las especificaciones y condiciones técnicas señaladas en la invitación y por lo tanto expresamos lo siguiente: 1. La duración de esta unión temporal será igual a la del término de la ejecución y liquidación del contrato. 2. Esta unión temporal está integrada por: NOMBRE, TÉRMINOS Y EXTENSIÓN DE PARTICIPACIÓN EN LA PROPUESTA Y SU EJECUCIÓN (*), %. A. _____________ B. _________ C.______________ 3. La responsabilidad de los integrantes de la unión temporal es solidaria e ilimitada. 4. El nombre de la Unión Temporal es ____________ 5. El representante legal de la unión temporal es ________, quien se identifica con la C.C. No. ____________________, expedida en __________, expresamente facultado para firmar, Presentar la propuesta y, en caso de resultar favorecidos con la adjudicación del contrato, firmar el respectivo contrato y adoptar todas las decisiones que fueran necesarias respecto a la ejecución y liquidación del contrato. 6. La sede de la unión temporal es: DIRECCION ______________________________ NUMERO TELEFONICO ______________________________ NUMERO DE FAX ______________________________ CIUDAD ______________________________

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En consecuencia firman en ________ a los ____ días del mes de ______ de 2012 Nombre Firma C.C. Nombre y firma del representante de la Unión Temporal

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ANEXO No. 5

CERTIFICACIÓN QUE ACREDITA LA CAPACIDAD RESIDUAL De conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones certifico que a la fecha de la propuesta presentada por (nombre del proponente)_____________en la el Proceso de LICITACIÓN PÚBLICA Nº ____________________________ cuyo objeto es Mantenimiento preventivo y correctivo con suministro de repuestos nuevos y originales e insumos a todo costo para las diferentes marcas, tipos y modelos de los vehículos que conforman el parque automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte. La sociedad o el señor____________________________________(persona natural, persona jurídica o integrante del consorcio o unión temporal) tiene $______________________________pesos colombianos de capacidad residual como _________________________________ A continuación relaciono los contratos en ejecución:

ENTIDAD CONTRATANTE

OBJETO

FECHA DE SUSCRIPCION

PLAZO DE EJECUCION

VALOR DEL CONTRATO

VALOR POR EJECUTAR

__________________________ NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA (SEGÚN LO INDICADO AL RESPECTO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES representante legal y revisor Fiscal o contador público según fuere el caso) Se firma a los________________________”.