30
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA Andrés Forero. Jefferson Montoya. Catherine Gómez. Jhon Vallejo.

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Embed Size (px)

Citation preview

  • SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y

    SEGURIDAD PRIVADA Andrs Forero.

    Jefferson Montoya.

    Catherine Gmez.

    Jhon Vallejo.

  • Estructura

    La Superintendencia.

    Marco Normativo.

    Sector e Indicadores de Gestin.

    Convergencia NIC/NIIF.

  • La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

  • Quines Son?

    La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del orden nacional, de carcter tcnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con autonoma administrativa y financiera.

    Le corresponde ejercer el control, inspeccin y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada.

  • Misin

    Ejercer el control, inspeccin y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada en Colombia, asegurando la confianza pblica en los mismos con un adecuado nivel tcnico y profesional en la prestacin de estos, combatiendo la ilegalidad y contribuyendo con las autoridades en la prevencin del delito.

  • Organigrama

  • Competencia

    La inspeccin, vigilancia y control de los siguientes servicios:

    1. De vigilancia y seguridad en todas sus modalidades.

    2. De transporte de valores. 3. De blindajes para vigilancia y seguridad privada.

    4. Comunitarios y especiales de vigilancia y seguridad privada.

    5. De capacitacin y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada.

  • Plan Estratgico 2011 2014.

    1. Fortalecer la confianza de nuestros vigilados y de la ciudadana en general en la SUPERVIGILANCIA, atravs del adecuado cumplimiento de sus objetivos institucionales.

    2. Ejercer control, inspeccin y vigilancia sobre el sector de la vigilancia y la seguridad privada, promoviendo la cultura de la legalidad.

    3. Divulgar las polticas y las normas que rigen el sector de Vigilancia y Seguridad Privada.

    4. Orientar las buenas prcticas comerciales y la sana competencia de los actores del mercado en el sector de Vigilancia y Seguridad Privada.

    5. Optimizar los tiempos de respuesta y la atencin al vigilado y al usuario del sector de Vigilancia y Seguridad Privada.

    6. Fortalecer los procesos de apoyo interinstitucional con el fin de facilitar el adecuado cumplimiento de nuestras funciones y objetivos asignados.

    7. Promover la especializacin, la competencia y la formacin permanente del recurso humano de la Supervigilancia.

  • Casos

    1. Cooperativas Servicios Comunitarios de Seguridad. 1994

    2. Controversia rodea millonario contrato de seguridad en Emcali. 2013.

  • Marco Normativo

    Ley 62 de 1993 - Normas sobre la Polica Nacional y Creacin de la SuperVigilancia.

    Decreto Ley 356 de 1994 - Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada

  • Marco Normativo

    Ley 62 de 1993 - Normas sobre la Polica Nacional y Creacin de la SuperVigilancia

    Se contemplan la particularidad de la Policia Nacional su funcin y estructura a nivel nacional.

    Se crean los mecanismos de control:

    Comicionado Nacional de la Policia (Disciplinario operacional y veedor).

    Sera un no uniformado que cumpla requicitos para ser magistrado, delegado por el presidente de la republica

    Sistema general de participacin ciudadana (comunicacion entre el pueblo y sus necesidades frente al servicio que presta la Polica Nacional).

    Conformado por un miembro de diferentes representaciones sociales (univercidades, mujeres, educadores ETC).

    Superntendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ( Ministerio de Defensa)

    Gastos de mantenimineto: los cuales se pagaran en dos fechas 01-02 y 01-02 por todos los vigilados y consignados al tesoro.

    Esta tendra realacion con Activos

    Utilidades

    Numero de puestos vigilados

    Costos de la vigilancia

  • Marco Normativo

    Decreto Ley 356 de 1994 - Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada. (Reglamenta prestacin de servicios de vigilancia y seguridad privada

    Que es seguridad y vigilancia privada? Actividades previenen o detienen la seguridad y tranquilidad de terceros, de forma remunerada y ejecutadas por terceros, personas naturales o jurdicas mediante diferentes mecanismos (transportes, equipos, personas ETC) .

    Quienes pueden ejercerla? Solo los que tengan licencia brindada por la SVSP quien teien la faculda de renobarla revocarla o cancelarla.

  • Marco Normativo A quienes aplica?

    Servicios de segurida y vigilancia con intervencion humana, armas animales, materiales o tecnologicos.

    Trasporte de Valores. Vigilancia Empresarial. Capacitacion y entrenamiento en SV. Fabrincacion, comercializacion intalacion de equipos de SV. Blindajes de SV.

    EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

    Que modalidades se utlizan para los servicios de SV? Vigilancia Fija: Vigilantes u otro medio en un lugar determinado Vigilancia Movil: Vigilantes u otro medio en un area o sector. Escolta: Proteccion de personas o bienes en desplazamiento. Transporte Valores: SV al transporte de valores y actividaes

    relacionadas.

  • Marco Normativo

    Qu es una empresa de SVP Sociedad de responsabilidad limitada (objeto pretar los servicios bajo

    las modalidades indicadas) o servicios conexos (asesoria, consultaria o investigacin de seguridad).

    Constitucin, bajo el aval de la SVSP informando socios y representantes legales, adjuntar hojas de vida, certificaciones academicas, fotocopias de la cedula certificado judicial.

    Capital minimo de constitucin 600 SMLV. Gobierno establecera el monto mnimo de patrimonio.

    Particularidades de funcionamiento Extrictos controles para expedicin de licencia. Socios deben ser nacionales . Para crear agencias deben indicar todo el personal y los tramites y

    permisos de funcionamiento de la region donde se establecen. Las intalaciones deben ser adecuadas para la seguridad, protocoles

    estrictos de seguridad interna.

  • Marco Normativo

    DEPARTAMENTOS DE SEGURIDAD

    Que es DS? :Departamento interno de una empresa u organizacin que presta servicios de SV o personas naturales

    que presten SV con armas en pro de su proteccin.

    Estos DS solo no pueden brindar servicios de SV a externos.

    Deben establecer polizas por mnimo 400 SMLVM.

    Licencia de funcionamiento.

    Los mismos servicios.

  • Marco Normativo

    COOPERATIVAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

    Que es CVSP?: asociacin de trabajadores, gestores y socios para la empresa y prestan los servicios de SV.

    Requisitos: los mismos de las empresas de SVP.

    Capital: minimo de contitucion 500 SMLVM.

    Socios nacionales

  • Marco Normativo

    TRANSPORTE DE VALORES

    Que es TV?: Empresas de servicios de tranporte, responsabilidad limitada, manejo, custodia, y actividades

    conexas.

    Requisitos los mismos de las empresas de SVP.

    Licencia de funcionamieto

    Capital mnimo de contitucin 2000 SMLVM.

    Deben establecer polizas por mnimo 2000 SMLVM.

    Socios pueden ser extrangeros.

    Intalaciones especiales para la custodia almacenamiento y distribucion de valores.

  • Marco Normativo

    SERVICIOS ESPECIASLES DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

    Que es SEVSP?: Actividades explicitas indicadas por la Superintendencia, en actividades de alto riesgo que requieren tratamiento especial.

    SERVICIO COMUNITARIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

    Que es SCVSP?: Agrupacin particular que con la junta de accin comunal se une para brindar servicios de SV a un temas particulares de una comunidad y solo a esta pueden prestar los servicios Socios: solo los residentes de la comunidad. Deben tener licencia. Tipo de servicio Vigilancia fija y movil solo a la comunidad de su

    composicion

  • Marco Normativo

    EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD SIN ARMAS

    Que es ECSPS?: Empresas legales que prestan servicios con personal humano animal tecnologico

    (centrales de monitoreo, circuitos cerrados,

    perimetricos etc).

    Socios, solo personas naturales.

    Deben tener licencia

    Capital minimo de contitucion 500 SMLVM.

    Deben establecer polizas por minimo 400 SMLVM.

  • Funciones de la Supervigilancia

    Funciones de reglamentacin y autorizacin

    Funciones de asesora y coordinacin

    Funciones de informacin

    Funciones de instruccin

    Funciones de vigilancia e inspeccin

    Funciones de investigacin

    Funciones de sancin

    Funciones de trmites

  • Entidades que vigila la Supervigilancia

    Le corresponde la inspeccin, vigilancia y control de los siguientes servicios:

    De vigilancia y seguridad en todas sus modalidades

    De transporte de valores

    De blindajes para vigilancia y seguridad privada

    Comunitarios y especiales de vigilancia y seguridad privada.

    De capacitacin y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada

  • Entidades que Vigilan a la

    SuperVigilancia: Departamento administrativo de funcin pblica

    Contralora general de la repblica

    Ministerio de defensa nacional

    Contadura general de la repblica

    Ministerio de hacienda

    Oficina de anticorrupcin de la presidencia de la repblica

    Direccin nacional de derechos de autor

  • Convergencia NIC/NIIF

    La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en atencin a la Ley 1314 de 2009, la cual dispone la convergencia hacia las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF) y aseguramiento de informacin, expidi a travs de la Circular Externa No. 055 de 2013, los lineamientos para adelantar este proceso en el sector.

  • Plan de Implementacin 24 de enero de 2013 El artculo 10 de la Ley 1314 de 2009 dispone que las autoridades

    de supervisin como lo es la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en desarrollo de las funciones de inspeccin, control o vigilancia, asegure que los entes econmicos cumplan con las normas en materia de contabilidad y de informacin financiera y aseguramiento de la informacin, as como expedir normas tcnicas especiales, interpretaciones, y guas en esta materia dentro de los parmetros legales establecidos.

    La SuperVigilancia es consciente de la responsabilidad que le asiste de apoyar la transicin de normas nacionales a estndares internacionales, por lo que ha adelantado varias actividades que permitan servir de apoyo a las distintas Entidades que tienen la responsabilidad de llevar a cabo el proceso de convergencia a normas internacionales de contabilidad.

    Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 2784 de 2012 la Entidad ha emitido la Circular Externa N de 2013 mediante la cual se requiere informacin financiera a los entes econmicos que se clasifiquen en el Grupo 1.

  • Normatividad

    Decreto 2784 del 2012 Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco tcnico normativo para los preparadores de informacin financiera que conforman el Grupo 1. mbito de aplicacin. El presente decreto ser aplicable a los preparadores de informacin financiera que conforman el Grupo 1

  • Decreto 2706 del 2012 Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco tcnico normativo de informacin financiera para las microempresas. Marco tcnico normativo de Informacin Financiera para las microempresas. Se establece un rgimen simplificado de contabilidad de causacin para las microempresas, conforme al marco regulatorio. Dicho marco regulatorio establece, adems, los requerimientos de reconocimiento, medicin, presentacin e informacin a revelar de las transacciones y otros hechos y condiciones de los estados financieros con propsito de informacin general, que son aquellos que estn dirigidos a atender las necesidades generales de informacin financiera de un amplio espectro de usuarios que no estn en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades especficas de informacin.

  • Decreto 4946 del 2011 Por el cual se dictan disposiciones en materia del ejercicio de aplicacin voluntaria de las normas internacionales de contabilidad e informacin financiera. Condiciones para la aplicacin voluntaria a NIIF.
  • Decreto 3048 de 2010 Por el cual se crea la Comisin Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Informacin Financiera y de Aseguramiento de la Informacin. Comisin Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Informacin Financiera y de Aseguramiento de la Informacin. Crase la Comisin Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Informacin Financiera y de Aseguramiento de la Informacin, que en adelante se denominare la Comisin esta tendr por objeto coordinar las entidades pblicas con competencia sobre entes pblicos o privados y autoridades pblicas de supervisin, para que las normas de contabilidad, de informacin financiera y de aseguramiento de la informacin de quienes participan en un mismo sector econmico sean homogneas, consistentes y comparables.

  • Circular 055 del 2013 Cronograma de aplicacin para el grupo 1 Periodo de preparacin obligatoria desde 1 de enero al 31 de diciembre del ao 2013 Fecha de transicin el 1 de enero del 2014 Estado de situacin financiera de apertura( la fecha de transicin 1 d enero del 2014) Periodo de transicin desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2014 ltimos EF conforme a los decretos 2649 y 2650 31 de diciembre 2014 Fecha de aplicacin 1 de enero del 2015 Primer periodo de aplicacin desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2015 Fecha de reporte 31 de diciembre del 2015

  • Gua proceso de implementacin Normas de Informacin Financiera - NIF La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en atencin a sus facultades de inspeccin, vigilancia y control otorgadas, emiti una serie de orientaciones relacionadas con el proceso de convergencia a los estndares de informacin financiera, definido por el Congreso de la Repblica en el Artculo 1 de la Ley 1314 de 2009. El documento - gua, elaborado de forma dinmica y de fcil interpretacin para los servicios vigilados y ciudadana en general, incluye los principales aspectos de la mencionada Ley partiendo desde sus objetivos, a quines aplica, las autoridades que regulan el cumplimiento de la ley, tipos de normas, estndares a aplicar y grupos de referencia y cronograma de proceso de convergencia.