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La República Corte Superior de Arequipa Lunes, 15 de abril del 2019 EDICTOS EDICTO Publicación de edictos art. 5069 en el proceso Civil N9 05732-2018-0-0401-JR-CI-08, seguido por TOMA- SA HONORATA PACHA CCASA DE TORRES y ERASMO SANTIAGO TORRES LLOSA sobre PRESCRIPCION AD- QUISITIVA, bajo la actuación del Especialista Legal JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS, el señor JUEZ DEL OCTAVO JUZGADO CIVIL Dr. OMAR ALEJANDRO DEL CARPIO MEDINA, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE DEMANDA. TOMA- SA HONORATA PACHA CCASA DE TORRES y ERASMO SANTIAGO TORRES LLOSA interpone demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE contra RODERICK BEDREGAL GOMEZ, a fin que se les nombre propietarios del BIEN INMUE- BLE ubicado en la ASENTAMIENTO POBLACIONAL ASOCIACIÓN PRO-VIVIENDA FRANCISCO GARCÍA CALDERÓN, Mz. A4, Lote 10 Zona IV, Distrito de Ce- rro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa. RESOLUCIÓN NRO.03.- Arequipa, dos mil diecinueve Marzo diecinueve.- (...), VISTOS: El Principal del escrito de demanda, escrito N°9074- 2019 de subsanación; Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: 1) ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda sobre PRES- CRIPCIÓN ADQUISITIVA del bien inscrito en la Partida N° P0603918 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° Xll-Sede Arequipa, interpuesta por (...) 2) DISPONE que un extracto de la presente sea publicada por tres veces, con un intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167, 168 y 506 del Código Procesal Civil. Se efectúa la presente pu- blicación para los fines consiguientes de ley.- Arequi- pa, 25 de marzo del 2019.- secretario Judicial Octavo Juzgado Especializado en lo Civil.- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA.- JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS SECRETARIA JUDICIAL.- (03-09-15 abril) B/E 031-13555.S/. 0.00 EDICTO Ante el NOVENO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE DE AREQUIPA, que despacha el Sr. Juez JOSE ANTONIO MEZA MIRANDA, especialista MARISOL GARCIA JU- RADO, expediente 03754-2016-0-0401-JR-CI-09, se ha emitido la resolución N° 01 del 29 de agosto de 2016 QUE RESUELVE: admitir a tramite la demanda de prescripción adquisitiva de dominio sobre el bien in- mueble ubicado en Asociación de Vivienda Las Flores Zona 8 manzana H lote 10 distrito de Cerro Colorado provincia y departamento de Arequipa inscrito en la Partida P06152624 de la Zona Registral N° XII SEDE AREQUIPA interpuesta por FLORA BEATRIZ PAUCAR YERBA en contra de JUAN FRANCISCO PORTILU\ LINA- RES, TEODORA GENOVEVA ESCOBEDO DE PORTILLA y PEDRO GERMAN PORTILLA ESCOBEDO; póngase en conocimiento a los colindantes SANTOS ERNESTINA CORDOVA GONZA, ELIZABETH MARTHA QUISPE CON- DORI, MAURO HUANCOLLO ROSAS, ELDA FARIDA FAL- CONI SALAZAR, debiendo sustanciarse en la VIA PRO- CEDIMENTAL DE PROCESO ABREVIADO, confiriendo traslado a los demandados por el plazo de diez días. MARISOL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL.- (03-09-15 abril) B/E 031-13556.S/. 0.00 EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz letrado del Módu- lo Básico de Justicia Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Expediente N° 03928- 2017, Jueza Dra. Mirtha Yadine Núñez Cueva, Especialista Legal Dra. Yandhira Myriam Cheneaux Bruna, por Resolución N°01 de fecha 15/10/2017, se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda sobre COBRO DE ALI- MENTOS en la vía del proceso ÚNICO presentada por MERCEDES SOTO NIETO en representación de su me- nor hija ESTEPHANIA MERCEDES RIVERA SOTO contra de ERNESTO ALBERTO RIVERA TEJADA, TRASLADO al demandado por el plazo de cinco días para que conteste. Por ofrecidos los medios probatorios. A sus antecedentes los anexos acompañados. 2) NOTIFI- CAR POR EDICTOS al demandado ERNESTO ALBERTO RIVERA TEJADA con el contenido de la presente Reso- lución, debiendo éste apersonarse al proceso dentro del término conferido por Ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, publicaciones que se harán de acuerdo al artículo 167 del C. P. C. sin perjuicio de ello, notifíquese, adicionalmente al de- mandado con copia del escrito de demanda, anexos y autoadmisorio, en su domicilio real consignado en la RENIEC - TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- YANDIRA M. CHENEAUX BRUNA SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO ESPECIALISTA LEGAL. (09-11-15 abril) B/E 031- 13583.S/. 0.00 EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Familia del Mó- dulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, Juez doctor Jorge Luis Pinto Flores, Especialista Legal Obed Vargas Gamarra, se tramita el proceso Nro. 00049-2019-0-0410-JR-FC-02, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho seguido por Celia Perales Condori en contra de la Sucesión de César Augusto Vilca, se expide la RESOLUCIÓN: 02-2019, expedida con fecha 27 de Marzo del 2019.- SE RESUELVE: Admitir a trámi- te en la vía de Proceso de CONOCIMIENTO, la deman- da de Unión de Hecho, interpuesta por Celia Perales Condori en contra de la Sucesión de César Augusto Vilca, a quién deberá de notificarse mediante edictos, para que dentro del plazo de Ley cualquier interesa- do con derecho pueda absolver el traslado dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de Nombrarse curador procesal con emplazamiento del Ministerio Público.- Por ofrecidos los medios de prueba.- A los antecedentes los anexos acompaña- dos. Tómese Razón y Hágase saber. OBED VARGAS GAMARRA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA MBJ MNO. MELGAR . (11-12-15 abril) B/E 031 - 13596 S/. 0.00. EDICTO-ALIMENTOS ANTE EL 1o JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE CE- RRO COLORAD, EXPEDIENTE 00073- 2007-0-0401-JP- FC-02, Especialista Arenas Puma Jorge Matías, SE TRAMITA el proceso de alimentos, que ha resuelto: 1. APROBAR LA PRIMERA liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al perio- do comprendido entre el 26-10-2007, al 31-03-2015 (Véase fojas 132 a 134), en la suma de S/ 18,281.49 (dieciocho mil doscientos ochenta y uno con 49/100 soles), que corresponde a las pensiones alimenticias comprendidas desde el 26-10-2007 al 31-03-2015. 2. REQUERIR al demandado Manuel Casco Angulo para que dentro del término de tres días de notifi- cado cumpla con cancelar el monto de S/ 18,281.49 (dieciocho mil doscientos ochenta y uno con 49/100 soles), que corresponde a las pensiones alimenticias comprendidas desde el 26-10-2007 al 31-03-2015. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Publico para que actué conforme a sus atribuciones y denuncie por el delito que corresponda. AREQUIPA, 09 DE ABRIL 2019.- RENATO ADUVIRE RODRIGUEZ ABOGA- DO C.A.A. 9938.- JORGE M. ARIAS PUMA SECRETA- RIO JUDICIAL.- (12-15-16 abril) B/E 031-13601. s/. 0.00 EDICTO Por ante el Primer Juzgado Civil de Arequipa, que despacha la Jueza Dra. SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, Especialista Legal Dra. NIKOLA MARISOL GON- ZALES RAMOS, Expediente N2 06134-2018-0-0401-JR- CI-01, ha emitido la Resolución N2 2- 2019, que RESUELVE: ADMITIR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por SAVINA LLUTAHUE LEAÑO, en contra de WILLY ELBER ZEGA- RRA DIAZ y BERTHA DOMINGA PINTO PERALTA, en la vía del proceso ABREVIADO, respecto del bien inmue- ble ubicado en la Manzana G, Lote 5, Zona Seis del Asentamiento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Las Flores, del Distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida P06152275 ante los Registros Públicos de Arequipa, por lo que se ha dispuesto realizar la publicación de ley. NIKOLA GONZALES RAMOS SECRETARIA JUDI- CIAL.- .- (15-22-26 abril) B/E 031-13600. S/. 0.00 EDICTO: Ante El 3o. Juzgado Civil de Arequipa ,con el Ex- pediente 00947-2019, Juez Zoilo Alcides Chávez Mamani,Especialista David Enrique Ito Flores se tramita la demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio del predio urbano signado como lote No. 3 manzana K Zona B del Asentamiento Humano Aso- ciación de Vivienda Villa Ecológica distrito de Alto Selva Alegre Prov. y Región Arequipa, e inscrito en el Registro de Predios en la Partida No. P06232803 de la SUNARP con una Area de 203.2200 m2. con sus res- pectivas colindancias y medidas perimétricas ; lo so- licita como demandante : Emilio Samo Lorenzo y en contra de la demandada : Luisa Ramos Borda Habién- dose emitido la Resolución Admisoria No.01-2019 de fecha 22 de Marzo 2019 SE RESUELVE: Admitir la presente demanda de Prescripción Adquisitiva de do- minio en la vía de Proceso abreviado interpuesta por Emilio Samo Lorenzo y en contra de la demandada Luisa Ramos Borda, con emplazamiento de Carmela Condori Ccallizana y los colindantes : Galadys Ame- lia Samo Condori, Wilson Prieto Toribio y Julia Ccuno Quispe; DISPONGO: Traslado a la demandada por 10 días para que absuelva , bajo apercibimiento de de- clararse su rebeldía , y se publique un extracto de la demanda conforme a Ley.-Citar a las partes procesa- les a una AUDIENCIA PRELIMINAR para el 21 de Mayo del 2019 a las catorce horas para realizar: Alegatos iniciales, Conciliación, Saneamiento Procesal »fija- ción hechos de probanza, Saneamiento probatorio, actuación de pruebas, alegatos finales y Sentencia; bajo apercibimiento disciplinario y responsabilidad.- REGISTRESE Y HAGASE SABER.- De Oficio : Adjuntar Tasas Judiciales, requerir la dirección de Carmela Condori Ccallizana y presentar 2 juegos de deman- da y anexos para notificación.- FRANCIS ZEGARRA CARDENAS ESPECIALISTA LEGAL. (15-23-29 abril) B/E 031-13608. S/ 0.00 NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor Procesal de Banco Santander Central Hispano Perú), en contra de SABINO SALAS SANCHEZ y ELSA CISNEROS PACHE- CO; el Señor Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Zoilo Alcides Chavez Mamani, con intervención de la Especialista Legal Karina Cecilia Ylla Velasquez, ha dispuesto se notifique por edictos a sucesores de FRANCISCA ELSA CISNEROS PACHECO de la siguien- te forma: RESOLUCIÓN 191-2018, Arequipa nueve de octubre del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: SUSPENDER el proceso por el plazo de treinta días a efecto de notificar a los sucesores de FRANCISCA ELSA CISNEROS PACHECO y cumplan estos con aper- sonarse a proceso con arreglo a ley; debiendo Oscar Nicolás Salas Cisneros proporcionar los nombres y domicilios de los posibles sucesores; en su defecto presente declaración jurada de desconocimiento del domicilio de los sucesores sin perjuicio de notificarse por edicto a los sucesores en el diario El Peruano y en otro de mayor circulación para que se apersonen a proceso dentro del plazo de treinta días ello a ges- tión de la parte demandante, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Juez: Dr. Zoilo Alcides Chavez Mamani, Especialista Legal Karina Cecilia Ylla Velasquez.- Arequipa, 19 de diciembre del 2018.- Ka- rina Cecilia Ylla Velasquez ESPECIALISTA LEGAL.- (12.15.16 abril) B/E 031-13604 S/. 0.00. NOTIFICACION POR EDICTOS Expediente 7055-2018-0-0401-JP-FC-01, sobre Alimentos seguido por GENOVEVA HUACHACA HUAÑAHUI en contra de WILIAM WUIZA CASTILLO, la señora Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cayma, Claudia Noelia Valdivia Ticona, con inter- vención del Especialista Legal Nelvar Homero Nuñez Tejada, por RESOLUCION N° 04, de fecha 19 de marzo del 2019 HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS al señor WILIAM WUIZA CASTILLO, a fin de notificar la RESOLUCION N° 1 CUYO EXTRACTO ES COMO SI- GUE: SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de ALIMENTOS interpuesta por GENOVEVA MACHACA HUAÑAHUI; en representación de sus menores hijos GEORG DENIZ HUISA HUACHACA y WISIN YANDEL HUISA HUACHACA, en contra de WILIAM WUIZA CAS- TILLO, adecuándose a la VIA DEL PROCESO UNICO, por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados 2) DIS- PONGO a) CORRER TRASLADO a la parte demandada, conforme a lo establecido en la ley por el plazo de 5 días, bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE, disponiendo las publicaciones por tres días hábiles en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales, para su apersonamiento bajo apercibimiento de nombrarse un curador procesal que lo represente. Registrese y comuníquese . Notifiquese y cúmplase Jueza Clau- dia Noelia Valdivia Ticona, Especialista Legal: Nel- var Homero Nuñez Tejada.- .- (12-15-16 abril) B/E 031-13599. MS/. 0.00 REMATES PRIMER REMATE En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dine- ro, Expediente 00243-2015-0-0401-JP-CI-02 seguido por Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANSUR Ltda. en contra de Jorgina Adalberta Gonzales Huarca y Francisco Paulino Condori Huarca, la Juez del Pri- mer Juzgado de Paz Letrado - Sede Cerro Colorado, Dra. Maritza Salomón Núñez, con intervención de la Especialista Legal, Paola Matilde Benavides Zúñiga han autorizado al Martillero Público Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del inmueble ubicado en el Asentamiento Poblacional Asociación Urbanizadora Ciudad de Dios, Manzana F, Lote 12, Sector B, Zona 4 del distrito de Yura, provin- cia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características cons- tan en la Partida P06071758 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: S/ 179 867.60 (ciento setenta y nueve mil ochocientos sesenta y siete y 60/100 soles). BASE DEL REMATE: S/ 119 911.73 (ciento diecinueve mil novecientos once y 73/100 soles). GRAVÁMENES: 1) Asiento 00004. Ins- cripción de Embargo. Por Resolución N° 01-2015 re- caída sobre el Expediente 243-2015-21-0401-JP-CI-02 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, Gricelda Márquez Mares Torres con intervención de la Especialista Legal Paola Matilde Benavides Zúñiga ha resuelto: Dictar Medida Cau- telar Fuera de Proceso en la Modalidad de Embargo en Forma de Inscripción la cual deberá recaer sobre los derechos de propiedad que le corresponden a los demandados Jorgina Adalberta Gonzales Huarca y Francisco Paulino Condori Huarca conformantes de la sociedad conyugal titular respecto del predio ins- crito en la presente partida hasta por la suma de S/ 6 000.00 a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANSUR Ltda. 2) Asiento 00005. Inscripción de Em- bargo. La Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, Gricelda Márquez Mares Torres ha resuelto trabar medida cautelar de embargo en for- ma de inscripción sobre los derechos espectaticios que en propiedad le correspondería sobre el predio inscrito en la presente partida registral a Jeorgina Adalberta Gonzales Huarca a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito CREDICOOP LA ISLA Ltda. hasta por la suma de S/ 16 800.00 nuevos soles. Así consta más ampliamente en la referida resolución (Expediente 314-2015-2-0401-JP-CI-02, Obligación de Dar Suma de Dinero, Demandante: Cooperativa de Ahorro y Crédito CREDICOOP LA ISLA Ltda. Demandada: Jorgi- na Adalberta Gonzales Huarca. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia a nombre del postor el 10% de la tasa- ción es decir S/ 17 986.76 (diecisiete mil novecientos ochenta y seis y 76/100 soles) además de arancel judi- cial respectivo consignando el juzgado, DNI del pos- tor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Lectura del Juzgado ubicada en la calle Túpac Amaru N° 464 del distrito de Cerro Colorado, provincia y de- partamento de Arequipa el 23 de abril del 2019 a las 8.30 horas. Honorarios del martillero público corren por cuenta del adjudicatario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 03 de abril del 2019. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO. PAOLA BENAVIDES ZUÑIGA SECRETARIA JUDICIAL. (08-09-10-11-12-15 abril) B/E 031-13576 S/. 0.00. PRIMER REMATE EN EL PROCESO sobre EJECUCION DE GARANTIAS Ex- pediente Nº 5985-2003-0-0401-JR-CI-04, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de AVÍCOLA SAN ANTONIO E.I.R.L., ALEJANDRO PERCY VALDIVIA MONTES DE OCA y OLGA YNES PINAZZO PINO DE VALDIVIA, PERCY EDUARDO PABLO VALDIVIA PINA- ZO sucesor procesal de ALEJANDRO PERCY VALDIVIA MONTES DE OCA, FERNAN VICENTE VALDIVIA PINAZO Y PERCY EDUARDO PABLO VALDIVIA PINAZO suce- sores procesales de OLGA YNES PINAZZO PINO DE VALDIVIA; El Señor Juez del Cuarto Juzgado Especiali- zado en lo Civil de Arequipa Dr. Justo Andres Quispe Apaza, con intervención de la Especialista Legal Dra. Regina Mendoza Marín, ha convocado al PRIMER REMATE del Inmueble ubicado en: Calle Paucarpata Nº 308-A, Urbanización La Perla, Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, y cuya área, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritos en la Partida Nº 01121462 del Registro de Predios de la Zona Regis- tral Nro. XII – Sede Arequipa; habiéndose designado al Martillero Público Armando Genaro Pérez Angulo para llevar a cabo el remate, quien con la facultad otorgada por el Juzgado ha señalado para la reali- zación del mismo, el día 28 de mayo del 2019, a las 11.15 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España, Cercado, Arequipa. DATOS DEL REMATE: TASACION: US$ 245,871.87 (DOSCIEN- TOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 87/100 DOLARES AMERICANOS); PRECIO BASE: US$ 163,914.58 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CATORCE Y 58/100 DOLARES AME- RICANOS); QUIEBRA: Depósito para ser postor US$ 24,587.19 (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 19/100 DOLARES AMERICANOS), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a nombre del postor. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Banco del Sur del Perú (hoy Banco de Crédito del Perú) hasta por US$ 58,668.00 Dólares Americanos. 2) Anotación de demanda constituido a favor de PERCY EDUARDO PA- BLO VALDIVIA PINAZO sucesor procesal de Alejandro Percy Valdivia Montes de Oca, derivado del expedien- te Nº 7821-2014-56-0401-JR-CI-02 sobre nulidad de acto jurídico. Para participar como postor deberá de pagarse la tasa judicial correspondiente. Los honora- rios del Martillero Público más el IGV, serán cancela- dos por el adjudicatario en forma inmediata conclui- do el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371) (Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18).- Armando G. Pérez Angulo - Martillero Público - Reg. Nº 175. Arequipa, 03 de abril del 2019. REGINA MENDOZA MARIN ESPECIALISTA LEGAL. (08-09-10- 11-12-15 abril) B/E 031-13574 S/. 0.00. PRIMER REMATE PÚBLICO.- En el expediente Nº 04395-2017-0-0412-JR-CI-01, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, contra GRUPO BELLSAN PERÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes , 15 de abril del 2019

La República

Corte Superior de Arequipa

Lunes, 15 de abril del 2019

EDICTOS EDICTO

Publicación de edictos art. 5069 en el proceso Civil N9 05732-2018-0-0401-JR-CI-08, seguido por TOMA-SA HONORATA PACHA CCASA DE TORRES y ERASMO SANTIAGO TORRES LLOSA sobre PRESCRIPCION AD-QUISITIVA, bajo la actuación del Especialista Legal JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS, el señor JUEZ DEL OCTAVO JUZGADO CIVIL Dr. OMAR ALEJANDRO DEL CARPIO MEDINA, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE DEMANDA. TOMA-SA HONORATA PACHA CCASA DE TORRES y ERASMO SANTIAGO TORRES LLOSA interpone demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE contra RODERICK BEDREGAL GOMEZ, a fin que se les nombre propietarios del BIEN INMUE-BLE ubicado en la ASENTAMIENTO POBLACIONAL ASOCIACIÓN PRO-VIVIENDA FRANCISCO GARCÍA CALDERÓN, Mz. A4, Lote 10 Zona IV, Distrito de Ce-rro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa. RESOLUCIÓN NRO.03.- Arequipa, dos mil diecinueve Marzo diecinueve.- (...), VISTOS: El Principal del escrito de demanda, escrito N°9074- 2019 de subsanación; Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: 1) ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA del bien inscrito en la Partida N° P0603918 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° Xll-Sede Arequipa, interpuesta por (...) 2) DISPONE que un extracto de la presente sea publicada por tres veces, con un intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167, 168 y 506 del Código Procesal Civil. Se efectúa la presente pu-blicación para los fines consiguientes de ley.- Arequi-pa, 25 de marzo del 2019.- secretario Judicial Octavo Juzgado Especializado en lo Civil.- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA.- JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS SECRETARIA JUDICIAL.- (03-09-15 abril) B/E 031-13555.S/. 0.00

EDICTO

Ante el NOVENO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE DE AREQUIPA, que despacha el Sr. Juez JOSE ANTONIO MEZA MIRANDA, especialista MARISOL GARCIA JU-RADO, expediente 03754-2016-0-0401-JR-CI-09, se ha emitido la resolución N° 01 del 29 de agosto de 2016 QUE RESUELVE: admitir a tramite la demanda de prescripción adquisitiva de dominio sobre el bien in-mueble ubicado en Asociación de Vivienda Las Flores Zona 8 manzana H lote 10 distrito de Cerro Colorado provincia y departamento de Arequipa inscrito en la Partida P06152624 de la Zona Registral N° XII SEDE AREQUIPA interpuesta por FLORA BEATRIZ PAUCAR YERBA en contra de JUAN FRANCISCO PORTILU\ LINA-RES, TEODORA GENOVEVA ESCOBEDO DE PORTILLA y PEDRO GERMAN PORTILLA ESCOBEDO; póngase en conocimiento a los colindantes SANTOS ERNESTINA CORDOVA GONZA, ELIZABETH MARTHA QUISPE CON-DORI, MAURO HUANCOLLO ROSAS, ELDA FARIDA FAL-CONI SALAZAR, debiendo sustanciarse en la VIA PRO-CEDIMENTAL DE PROCESO ABREVIADO, confiriendo traslado a los demandados por el plazo de diez días. MARISOL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL.- (03-09-15 abril) B/E 031-13556.S/. 0.00

EDICTO

Ante el Segundo Juzgado de Paz letrado del Módu-lo Básico de Justicia Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Expediente N° 03928- 2017, Jueza Dra. Mirtha Yadine Núñez Cueva, Especialista Legal Dra. Yandhira Myriam Cheneaux Bruna, por Resolución N°01 de fecha 15/10/2017, se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda sobre COBRO DE ALI-MENTOS en la vía del proceso ÚNICO presentada por MERCEDES SOTO NIETO en representación de su me-nor hija ESTEPHANIA MERCEDES RIVERA SOTO contra de ERNESTO ALBERTO RIVERA TEJADA, TRASLADO al demandado por el plazo de cinco días para que conteste. Por ofrecidos los medios probatorios. A sus antecedentes los anexos acompañados. 2) NOTIFI-

CAR POR EDICTOS al demandado ERNESTO ALBERTO RIVERA TEJADA con el contenido de la presente Reso-lución, debiendo éste apersonarse al proceso dentro del término conferido por Ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, publicaciones que se harán de acuerdo al artículo 167 del C. P. C. sin perjuicio de ello, notifíquese, adicionalmente al de-mandado con copia del escrito de demanda, anexos y autoadmisorio, en su domicilio real consignado en la RENIEC - TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- YANDIRA M. CHENEAUX BRUNA SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO ESPECIALISTA LEGAL. (09-11-15 abril) B/E 031- 13583.S/. 0.00

EDICTO

Por ante el Segundo Juzgado de Familia del Mó-dulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, Juez doctor Jorge Luis Pinto Flores, Especialista Legal Obed Vargas Gamarra, se tramita el proceso Nro. 00049-2019-0-0410-JR-FC-02, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho seguido por Celia Perales Condori en contra de la Sucesión de César Augusto Vilca, se expide la RESOLUCIÓN: 02-2019, expedida con fecha 27 de Marzo del 2019.- SE RESUELVE: Admitir a trámi-te en la vía de Proceso de CONOCIMIENTO, la deman-da de Unión de Hecho, interpuesta por Celia Perales Condori en contra de la Sucesión de César Augusto Vilca, a quién deberá de notificarse mediante edictos, para que dentro del plazo de Ley cualquier interesa-do con derecho pueda absolver el traslado dentro del plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de Nombrarse curador procesal con emplazamiento del Ministerio Público.- Por ofrecidos los medios de prueba.- A los antecedentes los anexos acompaña-dos. Tómese Razón y Hágase saber. OBED VARGAS GAMARRA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA MBJ MNO. MELGAR . (11-12-15 abril) B/E 031 - 13596 S/. 0.00.

EDICTO-ALIMENTOS

ANTE EL 1o JUZGADO DE PAZ LETRADO - SEDE CE-RRO COLORAD, EXPEDIENTE 00073- 2007-0-0401-JP-FC-02, Especialista Arenas Puma Jorge Matías, SE TRAMITA el proceso de alimentos, que ha resuelto: 1. APROBAR LA PRIMERA liquidación de pensiones alimenticias devengadas correspondiente al perio-do comprendido entre el 26-10-2007, al 31-03-2015 (Véase fojas 132 a 134), en la suma de S/ 18,281.49 (dieciocho mil doscientos ochenta y uno con 49/100 soles), que corresponde a las pensiones alimenticias comprendidas desde el 26-10-2007 al 31-03-2015. 2. REQUERIR al demandado Manuel Casco Angulo para que dentro del término de tres días de notifi-cado cumpla con cancelar el monto de S/ 18,281.49 (dieciocho mil doscientos ochenta y uno con 49/100 soles), que corresponde a las pensiones alimenticias comprendidas desde el 26-10-2007 al 31-03-2015. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Publico para que actué conforme a sus atribuciones y denuncie por el delito que corresponda. AREQUIPA, 09 DE ABRIL 2019.- RENATO ADUVIRE RODRIGUEZ ABOGA-DO C.A.A. 9938.- JORGE M. ARIAS PUMA SECRETA-RIO JUDICIAL.- (12-15-16 abril) B/E 031-13601. s/. 0.00

EDICTO

Por ante el Primer Juzgado Civil de Arequipa, que despacha la Jueza Dra. SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, Especialista Legal Dra. NIKOLA MARISOL GON-ZALES RAMOS, Expediente N2 06134-2018-0-0401-JR-CI-01, ha emitido la Resolución N2 2- 2019, que RESUELVE: ADMITIR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por SAVINA LLUTAHUE LEAÑO, en contra de WILLY ELBER ZEGA-RRA DIAZ y BERTHA DOMINGA PINTO PERALTA, en la vía del proceso ABREVIADO, respecto del bien inmue-ble ubicado en la Manzana G, Lote 5, Zona Seis del Asentamiento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Las Flores, del Distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida P06152275 ante los Registros Públicos de Arequipa,

por lo que se ha dispuesto realizar la publicación de ley. NIKOLA GONZALES RAMOS SECRETARIA JUDI-CIAL.- .- (15-22-26 abril) B/E 031-13600. S/. 0.00

EDICTO:

Ante El 3o. Juzgado Civil de Arequipa ,con el Ex-pediente 00947-2019, Juez Zoilo Alcides Chávez Mamani,Especialista David Enrique Ito Flores se tramita la demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio del predio urbano signado como lote No. 3 manzana K Zona B del Asentamiento Humano Aso-ciación de Vivienda Villa Ecológica distrito de Alto Selva Alegre Prov. y Región Arequipa, e inscrito en el Registro de Predios en la Partida No. P06232803 de la SUNARP con una Area de 203.2200 m2. con sus res-pectivas colindancias y medidas perimétricas ; lo so-licita como demandante : Emilio Samo Lorenzo y en contra de la demandada : Luisa Ramos Borda Habién-dose emitido la Resolución Admisoria No.01-2019 de fecha 22 de Marzo 2019 SE RESUELVE: Admitir la presente demanda de Prescripción Adquisitiva de do-minio en la vía de Proceso abreviado interpuesta por Emilio Samo Lorenzo y en contra de la demandada Luisa Ramos Borda, con emplazamiento de Carmela Condori Ccallizana y los colindantes : Galadys Ame-lia Samo Condori, Wilson Prieto Toribio y Julia Ccuno Quispe; DISPONGO: Traslado a la demandada por 10 días para que absuelva , bajo apercibimiento de de-clararse su rebeldía , y se publique un extracto de la demanda conforme a Ley.-Citar a las partes procesa-les a una AUDIENCIA PRELIMINAR para el 21 de Mayo del 2019 a las catorce horas para realizar: Alegatos iniciales, Conciliación, Saneamiento Procesal »fija-ción hechos de probanza, Saneamiento probatorio, actuación de pruebas, alegatos finales y Sentencia; bajo apercibimiento disciplinario y responsabilidad.- REGISTRESE Y HAGASE SABER.- De Oficio : Adjuntar Tasas Judiciales, requerir la dirección de Carmela Condori Ccallizana y presentar 2 juegos de deman-da y anexos para notificación.- FRANCIS ZEGARRA CARDENAS ESPECIALISTA LEGAL. (15-23-29 abril) B/E 031-13608. S/ 0.00

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTOS

En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor Procesal de Banco Santander Central Hispano Perú), en contra de SABINO SALAS SANCHEZ y ELSA CISNEROS PACHE-CO; el Señor Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Zoilo Alcides Chavez Mamani, con intervención de la Especialista Legal Karina Cecilia Ylla Velasquez, ha dispuesto se notifique por edictos a sucesores de FRANCISCA ELSA CISNEROS PACHECO de la siguien-te forma: RESOLUCIÓN 191-2018, Arequipa nueve de octubre del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: SUSPENDER el proceso por el plazo de treinta días a efecto de notificar a los sucesores de FRANCISCA ELSA CISNEROS PACHECO y cumplan estos con aper-sonarse a proceso con arreglo a ley; debiendo Oscar Nicolás Salas Cisneros proporcionar los nombres y domicilios de los posibles sucesores; en su defecto presente declaración jurada de desconocimiento del domicilio de los sucesores sin perjuicio de notificarse por edicto a los sucesores en el diario El Peruano y en otro de mayor circulación para que se apersonen a proceso dentro del plazo de treinta días ello a ges-tión de la parte demandante, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Juez: Dr. Zoilo Alcides Chavez Mamani, Especialista Legal Karina Cecilia Ylla Velasquez.- Arequipa, 19 de diciembre del 2018.- Ka-rina Cecilia Ylla Velasquez ESPECIALISTA LEGAL.- (12.15.16 abril) B/E 031-13604 S/. 0.00.

NOTIFICACION POR EDICTOS

Expediente N° 7055-2018-0-0401-JP-FC-01, sobre Alimentos seguido por GENOVEVA HUACHACA HUAÑAHUI en contra de WILIAM WUIZA CASTILLO,

la señora Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cayma, Claudia Noelia Valdivia Ticona, con inter-vención del Especialista Legal Nelvar Homero Nuñez Tejada, por RESOLUCION N° 04, de fecha 19 de marzo del 2019 HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS al señor WILIAM WUIZA CASTILLO, a fin de notificar la RESOLUCION N° 1 CUYO EXTRACTO ES COMO SI-GUE: SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de ALIMENTOS interpuesta por GENOVEVA MACHACA HUAÑAHUI; en representación de sus menores hijos GEORG DENIZ HUISA HUACHACA y WISIN YANDEL HUISA HUACHACA, en contra de WILIAM WUIZA CAS-TILLO, adecuándose a la VIA DEL PROCESO UNICO, por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados 2) DIS-PONGO a) CORRER TRASLADO a la parte demandada, conforme a lo establecido en la ley por el plazo de 5 días, bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE, disponiendo las publicaciones por tres días hábiles en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales, para su apersonamiento bajo apercibimiento de nombrarse un curador procesal que lo represente. Registrese y comuníquese . Notifiquese y cúmplase Jueza Clau-dia Noelia Valdivia Ticona, Especialista Legal: Nel-var Homero Nuñez Tejada.- .- (12-15-16 abril) B/E 031-13599. MS/. 0.00

REMATESPRIMER REMATE

En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dine-ro, Expediente 00243-2015-0-0401-JP-CI-02 seguido por Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANSUR Ltda. en contra de Jorgina Adalberta Gonzales Huarca y Francisco Paulino Condori Huarca, la Juez del Pri-mer Juzgado de Paz Letrado - Sede Cerro Colorado, Dra. Maritza Salomón Núñez, con intervención de la Especialista Legal, Paola Matilde Benavides Zúñiga han autorizado al Martillero Público Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del inmueble ubicado en el Asentamiento Poblacional Asociación Urbanizadora Ciudad de Dios, Manzana F, Lote 12, Sector B, Zona 4 del distrito de Yura, provin-cia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características cons-tan en la Partida P06071758 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: S/ 179 867.60 (ciento setenta y nueve mil ochocientos sesenta y siete y 60/100 soles). BASE DEL REMATE: S/ 119 911.73 (ciento diecinueve mil novecientos once y 73/100 soles). GRAVÁMENES: 1) Asiento 00004. Ins-cripción de Embargo. Por Resolución N° 01-2015 re-caída sobre el Expediente 243-2015-21-0401-JP-CI-02 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, Gricelda Márquez Mares Torres con intervención de la Especialista Legal Paola Matilde Benavides Zúñiga ha resuelto: Dictar Medida Cau-telar Fuera de Proceso en la Modalidad de Embargo en Forma de Inscripción la cual deberá recaer sobre los derechos de propiedad que le corresponden a los demandados Jorgina Adalberta Gonzales Huarca y Francisco Paulino Condori Huarca conformantes de la sociedad conyugal titular respecto del predio ins-crito en la presente partida hasta por la suma de S/ 6 000.00 a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANSUR Ltda. 2) Asiento 00005. Inscripción de Em-bargo. La Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, Gricelda Márquez Mares Torres ha resuelto trabar medida cautelar de embargo en for-ma de inscripción sobre los derechos espectaticios que en propiedad le correspondería sobre el predio inscrito en la presente partida registral a Jeorgina Adalberta Gonzales Huarca a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito CREDICOOP LA ISLA Ltda. hasta por la suma de S/ 16 800.00 nuevos soles. Así consta más ampliamente en la referida resolución (Expediente 314-2015-2-0401-JP-CI-02, Obligación de Dar Suma de Dinero, Demandante: Cooperativa de Ahorro y

Crédito CREDICOOP LA ISLA Ltda. Demandada: Jorgi-na Adalberta Gonzales Huarca. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia a nombre del postor el 10% de la tasa-ción es decir S/ 17 986.76 (diecisiete mil novecientos ochenta y seis y 76/100 soles) además de arancel judi-cial respectivo consignando el juzgado, DNI del pos-tor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Lectura del Juzgado ubicada en la calle Túpac Amaru N° 464 del distrito de Cerro Colorado, provincia y de-partamento de Arequipa el 23 de abril del 2019 a las 8.30 horas. Honorarios del martillero público corren por cuenta del adjudicatario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 03 de abril del 2019. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO. PAOLA BENAVIDES ZUÑIGA SECRETARIA JUDICIAL. (08-09-10-11-12-15 abril) B/E 031-13576 S/. 0.00.

PRIMER REMATE

EN EL PROCESO sobre EJECUCION DE GARANTIAS Ex-pediente Nº 5985-2003-0-0401-JR-CI-04, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de AVÍCOLA SAN ANTONIO E.I.R.L., ALEJANDRO PERCY VALDIVIA MONTES DE OCA y OLGA YNES PINAZZO PINO DE VALDIVIA, PERCY EDUARDO PABLO VALDIVIA PINA-ZO sucesor procesal de ALEJANDRO PERCY VALDIVIA MONTES DE OCA, FERNAN VICENTE VALDIVIA PINAZO Y PERCY EDUARDO PABLO VALDIVIA PINAZO suce-sores procesales de OLGA YNES PINAZZO PINO DE VALDIVIA; El Señor Juez del Cuarto Juzgado Especiali-zado en lo Civil de Arequipa Dr. Justo Andres Quispe Apaza, con intervención de la Especialista Legal Dra. Regina Mendoza Marín, ha convocado al PRIMER REMATE del Inmueble ubicado en: Calle Paucarpata Nº 308-A, Urbanización La Perla, Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, y cuya área, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritos en la Partida Nº 01121462 del Registro de Predios de la Zona Regis-tral Nro. XII – Sede Arequipa; habiéndose designado al Martillero Público Armando Genaro Pérez Angulo para llevar a cabo el remate, quien con la facultad otorgada por el Juzgado ha señalado para la reali-zación del mismo, el día 28 de mayo del 2019, a las 11.15 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España, Cercado, Arequipa. DATOS DEL REMATE: TASACION: US$ 245,871.87 (DOSCIEN-TOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 87/100 DOLARES AMERICANOS); PRECIO BASE: US$ 163,914.58 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CATORCE Y 58/100 DOLARES AME-RICANOS); QUIEBRA: Depósito para ser postor US$ 24,587.19 (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 19/100 DOLARES AMERICANOS), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a nombre del postor. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Banco del Sur del Perú (hoy Banco de Crédito del Perú) hasta por US$ 58,668.00 Dólares Americanos. 2) Anotación de demanda constituido a favor de PERCY EDUARDO PA-BLO VALDIVIA PINAZO sucesor procesal de Alejandro Percy Valdivia Montes de Oca, derivado del expedien-te Nº 7821-2014-56-0401-JR-CI-02 sobre nulidad de acto jurídico. Para participar como postor deberá de pagarse la tasa judicial correspondiente. Los honora-rios del Martillero Público más el IGV, serán cancela-dos por el adjudicatario en forma inmediata conclui-do el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371) (Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18).- Armando G. Pérez Angulo - Martillero Público - Reg. Nº 175. Arequipa, 03 de abril del 2019. REGINA MENDOZA MARIN ESPECIALISTA LEGAL. (08-09-10-11-12-15 abril) B/E 031-13574 S/. 0.00.

PRIMER REMATE PÚBLICO.-

En el expediente Nº 04395-2017-0-0412-JR-CI-01, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, contra GRUPO BELLSAN PERÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 15 de abril del 2019

CERRADA, ELBIS DINO BELLOTA SÁNCHEZ y TERESA ISABEL BELLOTA SÁNCHEZ, el Señor Juez del Primer Juzgado Civil de Paucarpata, LINO ZUÑIGA PORTOCA-RRERO con intervención del especialista ANA ROSA LUJAN ANTAYHUA ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO de los bienes Inmuebles siguientes: 1) Bien inmueble ubicado en: Sub lote 4 - A, Mz. 48, Zn. A, del Pueblo Joven Jorge Chávez, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos y demás características, corren inscritos en la Partida P06256060 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII-Sede Are-quipa. TASACIÓN CONVENCIONAL: US$. 87,265.00 (OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS)- BASE DE REMATE: US$. 58,176.67 (CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 67/100 DÓLARES AMERICANOS), que es equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.- AFECTACIONES: 1) Asiento 00003.- Inscripción de Hipoteca .- Constitui-da por su propietario garante a favor de Caja Munici-pal de Ahorro y Crédito de Arequipa debidamente representado hasta por la suma de US$ 87,265.00; Así consta más ampliamente de la escritura pública N° 3592 de fecha 09/08/2013 extendida ante Notario Público de Arequipa Elsa Holgado de Carpio. Y que es materia del presente proceso; 2) Bien inmueble ubi-cado en: Lote 15, Mz. G, Urb. Barrio Magisterial II Eta-pa, distrito de Cercado, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos y demás características, corren inscritos en la Partida 01088252 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII-Sede Are-quipa.TASACIÓN CONVENCIONAL: US$ 216,232.00 (DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS)- BASE DE REMATE: US$. 144,154.66 (CIENTO CUARENTA Y CUA-TRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS), que es equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.- AFECTA-CIONES: 1) Asiento D0003.- Inscripción de Hipoteca .- Constituida por su propietaria Teresa Isabel Bello-ta Sánchez en calidad de garante de Grupo Bellsan S.A.C. y Darby Israel Bellota Sánchez (parte prestata-ria), a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRE-DITO AREQUIPA, por el monto de US$. 216,232.00, a fin de garantizar el préstamo por la suma de S/. 495,000.00, por el plazo de 46 meses, según consta de la escritura pública de fecha 09 de agosto del 2013 otorgado ante Notario Dra. Elsa Holgado de Carpio en la ciudad de Arequipa.- Y que es materia del presente proceso; 2) Asiento D0004.- MEDIDA DE INHIBICION PARA ENAJENAR Y GRAVAR.-Que recae sobre este inmueble de propiedad de teresa Isabel Bellota Olivera. Se anota esta medida por mandato del juez del cuarto juzgado de investigación prepara-toria Víctor Zúñiga Urday, asistido por la especialista legal Mónica Espinoza Álvarez, según resolución N° 01 de fecha 20-11-2017, resolución N° 02 de fecha 22-12-2017 y resolución N° 03 de fecha 06-03-018. Exp. N° 8339-2017-25-0401-JP-PE-04 sobre el delito de lavado de activos, imputado Claudio Héctor Ed-mundo Coayla Cano en agravio del Estado. Así consta más ampliamente del parte judicial presentado y que acompaña al oficio N° 8339-2017 de fecha 12-03-2018.– DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE de los bienes inmuebles .- VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.) La que se realizará en la Sala de lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la Urbanización Guardia Civil III Etapa, Calle Alberto Labeau s/n con Calle T. Alcantara s/n, distrito de Pau-carpata, provincia y departamento de Arequipa.- DE LOS POSTORES: Los interesados para ser postores, POR CADA INMUEBLE deberán depositar en el acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; además se deberá ad-juntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble, pagado en Banco de la Nación, consignando número de expediente, juzga-do y número de DNI/RUC del postor. Tratándose de personas jurídicas deberán presentar además poder correspondiente, RUC, DNI.- EL SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.- FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Mar-tillero Publico Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro N° 266, celular 959779577.- Arequipa, Abril del 2019. ANA ROSA LUJAN A. ESPECIALISTA LEGAL. (09-10-11-12-15-16 abril) B/E 031- 13585. S/. 0.00

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el expediente Nº 03061-2017-0-0412-JR-CI-02, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, seguido por el CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ARE-QUIPA en contra de HUGO RUBEN SARABIA PANDIA, el Señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Paucar-

pata, CHRISTIAN OMAR TORREBLANCA GOMEZ con intervención del especialista LUJAN ANTAYHUA ANA ROSA, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien que se detalla a continua-ción: Inmueble ubicado en LOTE 30 MANZANA Q DE LA HABILITACION URBANA PROGRESIVA DE LA UR-BANIZACION LUZ Y ALEGRIA, III ETAPA, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ARE-QUIPA; inscrito en la Partida 01094415 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequi-pa. TASACIÓN = $ 85,730.00 (OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 DÓLARES) – BASE DEL REMATE = $ 57,153.33 (CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON 33/100 DOLARES) –OBLAJE = $ 5,715.33 (CINCO MIL SETECIENTOS QUIN-CE CON 33/100 DOLARES) – LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE = En la sala de lectura Juzgado Civil de Pau-carpata, el día 29 de Abril del 2019 a horas 9.00 a.m. AFECTACIONES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: A fa-vor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequi-pa, hasta por la suma de $ 85,730.00 (Ochenta y cinco mil setecientos treinta con 00/100 dólares), así consta inscrito en el Asiento D 00002; DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien (Art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmue-ble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder corres-pondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. La diligencia de remate estará a cargo de la Martillero Público Rubén Arias Gallegos.x-x== Arequipa, 25 de marzo del 2019.- CARMEN RUTH AVENDAÑO C. SE-GUNDO JUZGADO CIVIL. (09-10.11.12.15.16 abril) B/E 031- 13594 S/. 0.00

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDI-CIAL.- Expediente N°: 00244-2018-0-0402-JR-CI-01.- Por disposición del Juez del JUZGADO CIVIL – S. CASA DE JUSTICIA DE CAMANA - AREQUIPA, Dr. ZENON LUQUE CESPEDES, Especialista Legal: Dra. BERTY CARNERO TITO, en los seguidos sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS por LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A. con GREGORIO URBANO ARIZACA MONTALVO Y JUANA DE DIOS FELIZA CALA-CHUA DE ARIZACA, han dispuesto sacar a REMATE JU-DICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmue-ble ubicado en UBIC. RUR. VALLE CAMANA / SECTOR EL MEDIO / LA BOYA C.P. / PARC 8_7458155_00504 U. C. 00504/HH. CC. 8_7458155, DISTRITO DE SAMUEL PASTOR, PROVINCIA DE CAMANA, DEPARTAMEN-TO DE AREQUIPA, inscrito en la Partida Registral N° 04001143 del REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE CAMANA - ZONA RE-GISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA.- TASACIÓN: US$ 394,845.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 DO-LARES AMERICANOS). BASE DE REMATE (deducido conforme a Ley): US$ 263,230.00 (DOSCIENTOS SE-SENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS); AFECTACIONES: INSCRIP-CION DE HIPOTECA: A favor de LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A., hasta por la suma de US$ 50,000.00 inscrito en el asiento D00007; AMPLIACION DE HIPOTECA: Se amplía la Hipoteca inscrita en el asiento D00007, a favor de LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A., hasta por la suma de US$ 80,000.00, inscrita en el asiento D00008 FECHA Y HORA DEL REMATE: El día 24 de abril del 2019, a las 10.00 de la mañana.- LUGAR DE REMATE: En el local del JUZGADO CIVIL – S. CASA DE JUSTICIA DE CAMANA – AREQUIPA, sito en Urbaniza-ción Villa Salazar B-7- Cercado, Distrito y Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa.- POSTORES: Los postores oblarán (Garantía) el 10 % del valor de Tasa-ción, en efectivo o cheque de gerencia girado a nom-bre del postor y presentarán su arancel judicial res-pectivo (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artí-culo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.- Informes al 992724273.-SAÚL RODOLFO MAN-TILLA SANEZ- Martillero Publico- Registro Nacional N° 119.- BERTY CARNERO TITO ESPECIALISTA LEGAL . (10-11-12—15-16-17 abril) B/E 031-13586. S/. 0.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA SUBASTA

PÚBLICA

En el Expediente N°00514-2016-0-0405-JP-CI-01, seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa contra Emilia Clementina Gómez Carrasco

y Luis Antonio Carrasco Reyna sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, la Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado Pedregal Majes, que despacha la Docto-ra Aida Mamani Choquechambi y Especialista Legal Doctora Carol Viviana Apaza Chambi, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los Artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, con-cordante con el reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Público Fla-vio Alberto Villanelo Ninapaytán, con Registro N° 263, llevar a cabo la diligencia del primer remate. Identi-ficación del inmueble: El bien inmueble constituido por el terreno rústico ubicado en laPrimera Etapa del Proyecto Especial Majes - Siguas, Distrito de Majes, Provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa, signado como Parcela 018, Asentamiento 5, Sección D, con un área de 5 hectáreas y 4,800 m2; cuyo do-minio, linderos y demás características corren inscri-tas en la Partida Electrónica N° 11217451 de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. Oficina Registral Arequipa. 1.-CARGAS Y GRAVÁMENES: a)Embargo: Medida cautelar de embargo en forma de Inscripción fuera del proceso a favor de la Caja Municipal de Aho-rro y Crédito de Arequipa, en contra de los derechos de propiedad de los demandados Emilia Clementina Gómez Carrasco y Luis Antonio Carrasco Reyna so-bre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por la suma de S/. 20,000.00. Se anota la presente por ha-berlo dispuesto así la Juez de Paz Letrado Pedregal – Majes, mediante Resolución Judicial N° 01 de fecha 15/03/2016, en el Expediente N° 00514-2016-84-JP-CI-01. Inscrito en el Asiento D00002 de la Parti-daN°11217451 de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. Oficina Registral Arequipa. Fecha de Ins-cripción 24/05/2016. b)Embargo: Medida cautelar de embargo en forma de Inscripción fuera del proceso sobre el inmueble inscrito en esta partida de pro-piedad de Luis Carrasco Reyna y Emilia Clementina Gómez Carrasco a favor de la Caja Municipal de Aho-rro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de S/. 20,000.00. Se anota la presente por haberlo dispuesto así la Juez de Paz Letrado Pedregal – Majes, mediante Resolución Judicial N° 01 de fecha 15/03/2016, en el Expediente N° 00231-2016-48-0405-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. Inscrito en el Asiento D00003 de la Partida N° 11217451 de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. Oficina Registral Are-quipa. Fecha de Inscripción 27/05/2016. c) Embargo: Medida cautelar de embargo en forma de Inscripción sobre los derechos que le corresponden a Emilia Cle-mentina GómezCarrasco y Luis Antonio Carrasco Rey-na hasta por la suma de S/. 15,000.00 Nuevos Soles, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. Se anota la presente por haberlo dispuesto así la Juez de Paz Letrado Pedregal – Majes, mediante Resolución Judicial N° 01 de fecha 08/08/2016, en el Expediente N° 02537-2016-83-0405-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. Inscrito en el Asiento D00004 de la Partida N° 11217451 de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. Oficina Registral Arequipa. Fecha de Inscripción 02/12/2016. 2.- TASA-CION COMERCIAL: S/. 1’399,756.21 Soles (Un millón trescientos noventa y nueve mil setecientos cincuen-ta y seis y 21/100 Soles). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 933,170.81 Soles (Novecientos treinta y tres mil cien-to setenta y 81/100 Soles) equivalente a las dos terce-ras partes del valor de la tasación comercial. 4.- DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 23 de Abril del 2019 a horas 10:15 de la mañana. 5.- LUGAR DEL REMATE: En el Local del Juzgado de Paz Letrado Pedregal Majes, sito en la Calle Sabandia 3BB, Lote 1-4, Villa El Pedre-gal. 6.- LOS POSTORES: Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque de Gerencia, y presentarán la tasa judicial por dere-cho de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación N°07153, indicando N° de Expediente, documento de identidad y N° Juzgado. 7.- HONORARIOS: El adjudicatario pagará los Honora-rios del Martillero Público al finalizar la diligencia del remate de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, Abogado, Martillero Público, celular 999 003 423. FLAVIO VILLANELO NI-NAPAYTAN MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 263 CAROL APAZA CHAMBI SECRETARIA JUDICIAL. (10-11-12-15-16-17 abril) B/E 031- 13587. S/. 0.00

PRIMER REMATE PÚBLICO

En los seguidos por LUCÍA DEL PILAR FEBRES MAR-DINY con MARÍA ÁNGELA ZEA YAGUA sobre EJECU-CIÓN DE GARANTÍA, Expediente 03790-2018-0401 -JR-CI-02, el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Edgar Pi-neda Gamarra, Especialista Legal Dra. Alessandra Va-nessa Ampuero Villegas, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el Inmueble

ubicado en la sección 1, lote 1, manzana Y, zona B, del Pueblo Joven Ciudad Blanca, distrito de Paucar-pata, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida electrónica P06249903 del registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, zona Registral XII Sede Arequipa. AFECTACIONES: 1) Asiento 00008. HI-POTECA a favor de Hugo Hernando Herrera Portugal y Lucía del Pilar Febres Mardiny hasta por la suma de S/ 20,000.00 (veinte mil y 00/100 soles) así consta de la escritura pública N° 2057 de fecha 17.06.17. otor-gada ante Notario Público Doctor Fernando Begazo Delgado. TASACIÓN: US$ 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 33,333.33 Treinta y tres mil trescientos treinta y tres y 33/100 dólares americanos) equivalentes a las 2/3 del valor de tasación. DÍA Y HORA DEL REMATE: 29 de abril de 2019 a las 110.00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en el primer sótano de la esqui-na formada por la Plaza España con avenida Siglo XX, distrito, provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del mismo y copia de su D.N.I.) suscribiéndolo con sus generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al I.G.V. Arequi-pa, 29 de marzo de 2019.- Héctor Mauricio Ponce Val-divia Alessandra Ampuero Villegas Martillero Público Especialista Legal Reg. N°236Segundo Juzgado Civil.- Corte Superior de Justicia de Arequipa.- (11-12-15-16-17-18 abril) B/E 031-13598 S/.0.00

PRIMER REMATE

En el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. Nº 07472-2005-0-0401-JR-CI-07, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de JUAN ARCE INCA y ADRIANA CALCINA ARPITA, con intervención del tercero MOISES ARCE CALCINA, y notificación de los terceros, MOISES GONZALO ARCE HUAHUACHAMPI y EUSEBIO CALIXTO HUAMANÍ FARA, la señora Jue-za del Undécimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Dra. Maria Soledad Bellido Angulo, con intervención de la Especialista Legal Liliana Tito Za-malloa, ha convocado al PRIMER REMATE del inmue-ble urbano ubicado en el Pueblo Joven 15 de Agosto Manzana 11 Lote 27, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, y cuya área, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritos en la Partida Registral NºP06040937 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa, en donde se detallan sus demás características; habiendo de-signado al Martillero Público Renee Salomón Díaz Coaquira, para llevar a cabo el remate, quien con la facultad otorgada por el Juzgado ha señalado para la realización del mismo el día 30 de Abril del 2019, a las 14:00 horas, en la Sala de Remates de la Corte Su-perior de Justicia de Arequipa, sito en la plaza España S/N – Cercado - Arequipa. DATOS DEL REMATE: TA-SACION: S/. 148,770.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SO-LES); PRECIO BASE: S/. 99,180.00 (NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); QUIEBRA: Depósito para ser postor S/. 14,877.00 (CA-TORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CON 00/100 NUEVOS SOLES), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a fa-vor de Banco del Sur del Perú (Hoy Banco de Crédito del Perú) hasta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares Americanos que es materia de ejecución. 2) Hipoteca a favor de Eusebio Calixto Huamani Fara hasta por la suma de US$ 2,000.00 Dólares Americanos.- Para participar como postor deberá pagar la tasa judicial correspondiente. Honorarios de Martillero a cargo del postor favorecido.- Arequipa, 10 de abril de 2019. RENEE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO PUBLICO REG. 267. LILIANA TITO ZAMALLOA ESPECIALISTA LEGAL.- (12-15-16-17-22-23 abril) B/E 031-13605. S/. 0.00

AVISO DE REMATE EN SEGUNDA CONVOCATO-

RIA

Expediente Nº 1906-2013 En el proceso sobre EJE-CUCIÓN DE GARANTÍAS, que sigue la CAJA MU-NICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA en contra de MAMANI ZAPANA CESAR SEBASTIAN y VILCA NAYRA LUCILA FREDESVINDA, Expediente: N° 01906-2013-0-0410-JM-CI-01 y según lo ordenado por el Señor Juez del Juzgado Civil – Sede MBJ Ma-riano Melgar, Dr. Madariaga Condori Luis Eduardo, Especialista Legal, Gonzales Aroquipa Miltón Red, ha dispuesto sacar a remate en SEGUNDA CONVOCATO-RIA el siguiente inmueble: INMUEBLE: Ubicado en el Pueblo Joven EL PORVENIR MZ. 24 LOTE 17, ZONA A, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa de propiedad de Mamani Zapana Cesar Se-bastián y Vilca Nayra Lucila Fredesvinda, cuyos linde-

ros, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritos en la Partida Nº P06020344 de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. CARGAS y GRA-VAMENES: ----1.- Hipoteca. - Constituida a favor de la CAJA MUNICIPA DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA hasta por la suma de US$ 40,028.00 (CUARENTA MIL VEINTIOCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). Así consta inscrito en el Asiento 00006. -----2.- Embar-go en Forma de Inscripción. - Por Resolución N° 01 del 25/03/2013, en el proceso SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, que sigue CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DEL CUSCO S.A. en contra de los DEMANDADOS, emitida por el Quinto Juzgado Ci-vil Modulo Corporativo Civil, hasta por la suma de S/. 65,000.00 (SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100 SOLES) a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco. Así consta inscrito en el Asiento 00007. --3- Hipoteca. - Constituida por sus propietarios a favor de la CAJA MUNICIPA DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA, hasta por la suma de US$ 95,997.00 (NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). Así cons-ta inscrito en el Asiento 00008. ----4.-Embargo en Forma de Inscripción. - Por Resolución N° 01 – 2013 del 18/07/2013, Exp. 3879-2013-93, la Sra. Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado – Modulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, ha ordenado dictar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, sobre el in-mueble de propiedad de los demandados, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DEL CUSCO S.A., hasta por la suma de S/. 29,000.00 (VEINTINU-VE MIL CON 00/100 SOLES). Así consta inscrito en el Asiento 00009. -----5.-Embargo en Forma de Inscrip-ción. - Por Resolución Judicial N° 01 del 12/08/2013, Exp. 4156-2013 sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, la Sra. Juez del Primer Juzgado de Paz Letra-do – Modulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, ha resuelto constituir MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCCION, sobre los derechos de propiedad que les corresponden a los propietarios del inmueble inscrito en esta partida, a favor de MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., has-ta por la suma de S/. 36,000.00 (TREINTA Y SEIS MIL CON 00/100 SOLES). Así consta inscrito en el Asiento 00010. ----6.-Embargo en Forma de Inscripción. - Res-pecto a los derechos que tiene VILCA NAYRA LUCILA FREDESVINDA, sobre el inmueble inscrito en esta par-tida, a favor de CAJA MUNICIPAL DE CREDITO POPU-LAR DE LIMA S.A. hasta por la suma de S/. 20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 SOLES). Se anota esta medi-da por mandato del Juez del JPL, según Resolución N° 01 del 16/10/2014, Exp. 6837-2013 sobre OBLIGA-CION DE DAR SUMA DE DINERO. Así consta inscrito en el Asiento 000011. ------VALOR DE LA TASACIÓN: El inmueble materia de ejecución ha sido valorizado en la suma de US$ 50,035.24 (CINCUENTA MIL TREIN-TA Y CINCO CON 24/100 DOLARES AMERICANOS) ----PRECIO BASE: El precio asciende a US $ 28,353.31 (VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 31/100 DOLARES AMERICANOS) equivalente a los dos terceras partes de la Tasación menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria.-------- LUGAR DÍA Y HORA DEL REMATE: La diligencia de remate se llevará a cabo en el local de Juzgado Civil Sede MBJ Mariano Melgar el mismo que se encuentra ubicado en la Av. Simón Bolívar con Calle Junín S/N. Distrito Mariano Melgar, el día 23 DE ABRIL DEL 2019, A LAS 09:30 AM HORAS. --POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la ta-sación del bien (Art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y copias. -----------SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudi-catario deberá depositar el saldo de precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. ---FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: El remate será efectua-do por Norma Reveca Rojas Alania MARTILLERO PÚ-BLICO A NIVEL NACIONAL Reg. No.286. -----Arequipa, 01 de Marzo del 2019.- MILTON GONZALES AROQUI-PA ESPECIALISTA LEGAL. (11-12-15-16-17-18 abril) 031-13597 S/. 0.00.

EDICTO-PRIMER REMATE JUDICIAL.-

Exp. 00142-2012-0-0402-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra ELIZABETH SILVERIA BARRETO SUCAPUCA Y LUIS FERNANDO HUAMANI ALVAREZ, sobre OBLIGA-CION DE DAR SUME DE DINERO. El Juzgado de Paz Letrado de Camana que Despacha la Sra. Jueza Dra. Estela Rocío Benavente Valdivia, Especialista Legal Dra. Denisse Katherine Núñez Cervantes; ha dispues-to sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el si-guiente bien inmueble: --UBICACION: Asentamiento

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes , 15 de abril del 2019

Humano Villa Don Jorge, Manzana F, Lote 3, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camana, Departamen-to de Arequipa, con un Área de 150.00 M2., inscrito en la Partida Nº 12004986, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequi-pa, Oficina Registral de Arequipa. ------TASACIÓN: En la suma de US$. 10,680.44 (DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 44/100 DOLARES AMERICANOS). -----PRE-CIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras par-tes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 7,120.29 (SIETE MIL CIENTO VEINTE Y 29/100 DOLARES AMERICANOS).----DIA Y HORA DE REMATE: 26 de abril del 2019 a horas 12:00 del me-diodía LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado de Paz Letrado de Camana, sito en el Jirón Comercio N° 140, Ciudad de Camana. ---------CARGAS Y GRAVAMENES: EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D0003 de la Partida Nº 12004986). Por resolución N° 01, de fecha 18 de junio del 2012, suscrita por el Juez de Paz Letrado de Camana; se traba embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en la presente partida has-ta por la suma de S/. 30,000.00 Nuevos Soles a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. Titulo presentado el 20/08/2012.- ---POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Juzgado de Paz Letrado de Camana, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del martillero pú-blico César Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. CEL #947400080. Camana, 07 de febrero del 2019.- CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLICO RE-GISTRO N° 241.- DENISSE NUÑEZ CERVANTES SE-CRETARIO JUDICIAL.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13613 S/. 0.00

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el expediente Nº 05932-2016-0-0412-JP-CI-03 so-bre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero seguido por COMPARTAMOS FINANCIERA S.A. en contra de Rafael Euganio Salcedo Pèrez y Petrona Pèrez Chambi, la señora Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Dra. Marien Heidy Quispe Flores, con intervención del Especialis-ta Legal Dr. Ricardo Zamata Lima, han ordenado y dis-puesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO, con intervención del Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS con Registro Nº 265, del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE Manzana”G” Lote Nº 03 del Pueblo Joven Villa el Golf, Distrito de Soca-baya, Provincia y Departamento Arequipa; inscrito en la Partida Electrònica Nº. P06044393 de la Zona Re-gistral Nº XII, Sede Arequipa. GRAVAMENES: Asien-to 00003 - Hipoteca a favor de FONAVI, hasta por la suma de S/ 12,090.00 Asiento 00006 – Inscripciòn de Embargo – Por Resoluciòn Nº 01 de fecha 18/11/2016 del Expediente Nº 06314-2016-43-0412-JP-CI-01 el Dr. Eloy Guillermo Orosco Vega, Juez del Primer Juz-gado de Paz Letrado, del Mòdulo Bàsico de Justicia de Paucarpata, con intervención de la Especialista Legal Catalina Quispe Huaraya, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo, en forma de inscripciòn a favor de Compartamos Financiera S.A., sobre los derechos de propiedad, de Petrona Pèrez Chambi, del inmue-ble inscrito en esta Partida hasta por la suma de S/ 22,000.00 Nuevos Soles. Asiento 00007 – Inscrip-ciòn de Embargo – Se dicta Medida Cautelar fuera de proceso, en la modalidad de Embargo, en forma de Inscripciòn a favor de Compartamos Financiera S.A. hasta por la suma de S/ 25,000.00 sobre el bien inscrito en esta Partida, de propiedad de Petrona Pèrez Chambi, en mèrito a la Resoluciòn Nº 01 del 28/10/2016 del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Pau-carpata, expedida por la Jueza Silvana Ruth Pacheco Tejada, asistida por la Especialista Legal Jessica Malca Saavedra. Asiento 00008 – Inscripciòn de Embargo - Por Resoluciòn Nº 01/2017 de fecha 07/03/2017 en el Expediente Nº 01386-2017-72-0401-JR-CI-06 sobre Obligacion de Dar Suma de Dinero, La Juez Patricia Ruby Valdivia Franco, del Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, asistida por la Especialista Legal Coralia S. Ramos Coaguila, han resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en For-ma de Inscripciòn, sobre el inmueble inscrito en esta Partida, de propiedad de Petrona Pèrez Chambi, a favor de MIBANCO Banco de la Microempresa S.A., hasta por la suma de S/. 60,322.34 Soles. VALOR DE LA TASACION: S/ 171,432.25 ( Ciento Setenta y Un Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 25/100 Soles) BASE DEL REMATE: S/ 114,288.17 (Ciento Catorce Mil Doscientos Ochenta y Ocho con 17/100 Soles) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: el día 06 de MAYO

del 2019 a horas 10:00 a.m. en Frontis del Tercer Juz-gado de Paz Letrado de Justicia de Paucarpata, ubi-cado en la Sede de Centro Civico de 15 de Agosto, Urb. 15 de Agosto – Distrito Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa. DE LOS POSTORES: 1) Al momento del acto del remate deberán Oblar como garantía en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor: el 10% de la Tasación del Inmueble 2) Presentar arancel Judicial consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. 3) Presentar en original y copia el documen-to de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda.4) Los Honorarios del Martillero Publico, son por cuen-ta del Adjudicatario, a abonarse al firmarse el Acta, de acuerdo a la Ley 27728 -x-x-x- Arequipa, Abril 10, 2019.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLE-RO PUBLICO REG. N° 265. RICARDO ZAMATA LIMA ESPECIALISTA LEGAL.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13614. S/. 0.00

AVISO DE PRIMER REMATE.-

En el proceso sobre Ejecución de Garantía, expe-diente Nro. : 03576-2013-0-0401-JR-CI-01, que sigue FONDO DE DESARROLLO REGIONAL-FONDESURCO contra DERLY ALEXIS ROMERO GALLEGOS y MARIA CRISTINA APAZA OLANDA. El 11° avo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del Juez Doctora MARIA SOLEDAD BELLIDO ANGULO, con la intervención del Especialista Legal DANTE GONZALO CUADROS GALLEGOS, ha dispuesto CON-VOCAR A PRIMER REMATE del bien inmueble materia de ejecución ubicado en el Centro Poblado El Arenal, manzana K, lote 5, Zona C, distrito de Deán Valdivia, provincia de Islay y departamento de Arequipa cuya área, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscrito en la Partida N° P06181997 del Registro de la propiedad Inmueble de la zona Re-gistral XII – Sede Arequipa. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Publico Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro N° 266. DIA Y HORA DE REMA-TE.- Remate que se realizara el día TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, a las DIEZ HORAS (10.00 a.m.), en la Sala de Remates de la Corte Superior de Arequipa, ubicado en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Siglo XX s/n del distrito, provincia y departamento de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$/. 4,700.00 (CUATRO MIL SETECIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS).- PRECIO BASE: US$/. 3,133.33 (TRES MIL CIENTO TREIN-TA Y TRES CON 33/100 Dólares americanos). Que co-rresponde a las dos terceras partes de la tasación por tratarse de un remate en primera convocato-ria.- AFECTACIONES: 01) Asiento 00004.- Inscripción de hipoteca.- Constitución a favor de FONDESURCO por la suma de US$. 1,690.00 a fin de garantizar las obligaciones, presentes o futuras, determinadas o de-terminables que tengan contraídas o que contraigan frente FONDESURCO, María Cristina Apaza Olanda y Derly Alexis Romero Gallegos. La que es materia del presente remate y No se conocen otras afectaciones.- REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los interesados para ser postores, deberán depositar una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, presentar el recibo de pago del arancel judicial para participar en el remate judicial (indicando número de expediente, juzgado y su número de documento nacional de identidad) y D.N.I. (copia de DNI y tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, deter-minados según Ley N° 28371, Ley N° 27728 y su Re-glamento (D.S N° 008-2005-JUS). Arequipa, Marzo del 2019. PATRICIA CAYLLAHUA QUIROZ ESPECIALISTA LEGAL. RONALD CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 266.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13610. S/. 0.00

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos en el Exp.Nro.3312-2014, sobre OBLI-GACION DE DAR SUMA DE DINERO, que sigue COM-PARTAMOS FINANCIERA S.A., en contra de FLORES OQUENDO CARLOS ROMULO,SOTO MAMANI FAUSTA MARILU, El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar, Dr. TALA MAQUERA GABRIELA, con intervención de la Especialista Legal Dra. IDME HUARANCCA KATHERINE SHARON, ha dispuesto sacar a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA el si-guiente bien inmueble: Ubicado en el Asentamiento Humano de Vivienda el Mirador de Mariano Melgar , parte alta Mz. D, Lote 7,Zona B., Distrito de Maria-no Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan inscritas en la Partida Electrónica Nº P06229908, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. VALOR DE TASACION

DEL BIEN: Ha sido valorizado en S/. 38,630.00 (TREIN-TA Y OCHO MIL SEIS CIENTOS TREINTA CON 00/100 SOLES). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Las dos terceras partes del Valor de Tasación, que asciende a S/. 25,753.33 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CIN-CUENTA Y TRES CON 33/100 SOLES). AFECTACIO-NES: 1.- EMBARGO, por resolución Judicial Nro.01, de fecha 30/12/2014,Exp.3312-2014,se dicta medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida hasta por la suma de S/ 37,000.00 (Nue-vos Soles), a favor de Compartamos Financiera S.A FECHA Y HORA DE REMATE: El 06 de Mayo del 2019, a las 14:00 Pm. LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado de Paz Letrado del MBJ de Maria-no Melgar, sito en la Av. Simón Bolívar, y Calle Junín S/N– Mariano Melgar-Arequipa. POSTORES: Para ser postor se depositará en efectivo o cheque de geren-cia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el numero del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732º del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira- Martillero Publico Re-gistro Nro. 267, Cel. 958646334. Arequipa, 11 de Abril del 2019. RENEE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO PUBLICO REG.267. KATHERINE SHARON IDME H. ESPECIALISTA LEGAL.- (15-16-17-22-23-24 abril) B/E 031-13615. S/. 0.00

PRIMER REMATE

En el proceso sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente 04775-2016-0-0401-JR-CI-02 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDI-TO DE AREQUIPA S.A. CAJA AREQUIPA, en contra de JOSE MIGUEL FLORES CARLETTO Y FREDY REMIGIO LUPO CHOQUENAIRA, y como tercero no ejecutante BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK; el señor Juez del Segundo Juzgado Civil, Dr. Edgard Pineda Gamarra, Especialista Legal Dra. Rosmery Ur-sula Ccama Cerezo, ha autorizado a la suscrita Marti-llero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de los inmuebles: A).- PRIMER INMUEBLE: MZ. 14, LOTE 4, ASOC. DE VIV. CA-PITAN FAP JOSE ABELARDO QUIÑONES, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 01089667, DEL REGIS-TRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGIS-TRAL N° XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN (Comercial): S/182,000.00 (Ciento ochenta y dos mil 00/100 soles); PRECIO BASE: S/121,333.33 (Ciento veintiún mil tres-cientos treinta y tres con 33/100 soles); equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. – Caja Arequipa, hasta por la suma de S/35,000.00, inscrito en el asiento D00002, materia del ejecución; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: A favor de Banco Internacional del Peru – INTERBANK, hasta por la suma de S/25,000.00, inscrito en el asiento D00003; afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 01089667, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (S/18,200.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consig-nando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad; B).- SEGUNDO INMUEBLE: MZ. 15, LOTE 26, ASOC. DE VIV. CAPITAN FAP JOSE ABE-LARDO QUIÑONES, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 01089626, DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII – SEDE ARE-QUIPA; TASACIÓN (Comercial): S/68,250.00 (Sesenta y ocho mil dos cientos cincuenta 00/100 soles); PRECIO BASE: S/45,500.00 (Cuarenta y cinco mil quinientos 00/100 soles); equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FOR-MA DE INSCRIPCION: A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. – Caja Arequipa, hasta por la suma de S/25,000.00, inscrito en el asien-to D00002, materia del ejecución; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: A favor de Banco Interna-cional del Peru – INTERBANK, hasta por la suma de S/10,000.00, inscrito en el asiento D00003; afectacio-nes que se hallan inscritas en la partida N° 01089626, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Regis-tral N° XII – Sede Arequipa; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (S/6,825.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (ne-gociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando núme-ro de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad; DIA Y HORA DE REMATE: 29 DE ABRIL DEL

2019, A HORAS 15:00 (QUINCE) P.M.; LUGAR DEL RE-MATE: Se realizara en LA SALA DE REMATES, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con avenida Siglo XX S/N Cercado – Arequipa; El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del marti-llero Público Arequipa 2019, abril 13.- MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 318. ROSMERY U. CCAMA CEREZO ESPECIALIS-TA LEGAL.- (15-16-17-22-23 abril) B/E 031- 13611. S/. 0.00.

SEGUNDO REMATE PÚBLICO

En el Expediente N° 00587-2017-0-0401-JR-CI-09 so-bre EJECUCIÓN DE GARANTÍA seguido por CAJA MU-NICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. en contra de EDWIN CARHUAS PARIGUANA Y MARGARI-TA LIMACHE GONZALES, con citación del BANCO IN-TERBANK Y MI BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., el señor Juez del Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. José Antonio Meza Mi-randa, Especialista Legal Dra. Marisol García Jurado, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Pueblo Jo-ven José Santos Atahualpa, pasaje Tinta N° 106 (man-zana Y, lote 4) Zona A, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; cuyas áreas, linderos y demás características aparecen en la par-tida electrónica P06025574 del registro de propiedad inmueble de Arequipa. AFECTACIONES: AFECTACIO-NES: 1) Asiento 00006. HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por US$ 8,185.00 para garantizar las operaciones que más ampliamente se mencionan en la escritura pública N° 3355 del 23.04.04. otorgada ante Notario Público Dr. Víctor Tinageros Loza. Título inscrito el 05.05.04. 2) Asiento 00007. AMPLIACIÓN Y MODIFICACIÓN DE HIPOTECA hasta por la suma de US$ 37,166.00 asimis-mo se modifica para garantizar las operaciones que más ampliamente se detallan en la escritura pública N° 1391-2010 del 30.12.10. otorgada ante Notario Público Dr. Miguel Ángel Linares Riveros. Título ins-crito el 13.01.11. 3) Asiento 00010. AMPLIACIÓN Y MODIFICACIÓN DE HIPOTECA contenida en el asien-to 007 en su monto hasta US$ 77,446.00 así consta más ampliamente en la escritura pública N° 5030 del 27.12.12. otorgada ante Notario Público Dr. Víctor Tinageros Loza. Título inscrito el 15.01.13. 4) asiento 00011. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA contenida en los asientos 006, 007 y 010 hasta por US$ 102,094.63 así consta más ampliamente en la escritura pública N° 1286 del 26.03.15. otorgada ante Notaria Pública Dra. Elsa Holgado de Carpio. Título inscrito el 15.04.15. 5) Asiento 00012. EMBARGO. Por resolución N° 01 del 11.01.17. del Exp. N° 00181-2017-16-JR-CI-02 dictada por el Juez del Segundo Juzgado Civil de Arequipa Dr. Uriel Dueñas Triviños, Especialista Legal Dra. Pa-tricia Zapata Coaguila, se dicta embargo en forma de inscripción a favor del Banco Internacional del Perú hasta por S/ 116,000.00 en el proceso de obligación de dar suma de dinero en contra de los titulares de este predio. Título inscrito el 07.02.17. 6) Asiento 00013. EMBARGO. Por resolución N° 02 del 03.03.17. del Exp. N° 05329-2016-28-0401-JR-CI-04 dictada por el Juez del Cuarto Juzgado Civil de Arequipa Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, Especialista Legal Dra. Norma Hilda Fernández Huaquipaco, se dicta medida caute-lar fuera de proceso a favor de Mi Banco, Banco de la Microempresa S.A. hasta por S/ 47,966.77. en los seguidos en contra de los propietarios del inmueble. Título inscrito el 04.05.17.VALOR DE TASACIÓN: S/ 307,846.92 (trescientos siete mil ochocientos cua-renta y seis y 92/100 soles) BASE DEL REMATE: S/ 174,446.59 (ciento setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis y 59/100 soles) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación con una deduc-ción del 15%. DÍA Y HORA DEL REMATE: 29 de abril de 2019, a las 11.30 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en el primer sótano de la esquina formada por la Plaza España con avenida Siglo XX, distrito, provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTO-RES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre sin el sello de “no negociable” y presentarán su arancel judicial (con copia del mismo y copia de su D.N.I.) debidamente firmado. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al I.G.V. Arequipa, 29 de marzo de 2019.- MARISOL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL. HECTOR

PONCE VALDIVIA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 236.- (15-16-17- abril) B/E 031-13612.S/.0.00

TERCER REMATE

EN EL PROCESO SOBRE PAGO DE BENEFICIOS ECONO-MICOS, EXPEDIENTE Nº01749-2000-0-0401-JR-LA-01, SEGUIDO POR JUAN LARICO QQUEA, EN CONTRA DE EDITORIAL COROFFSET S.A., EDITORIAL EL PUEBLO S.A., Y COMO TERCEROS: GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN, MARIA ANA D’ORNELLAS REZOLA DE PAR-DO, JUANA LEGUIA GUTIERREZ DE PARDO, PERCY ROLANDO LINAREZ ALVAREZ, JOSE PARDO ESCAN-DON, JAIME ENRIQUE PARDO ESCANDON, Y PASTOR ARCE ROMAN, COMO APODERADO SERGIO FERNAN-DO TEJADA PEREZ; LA SEÑORA JUEZ DEL DECIMO JUZGADO DE TRABAJO DE AREQUIPA, DRA. MABEL LETICIA PACHECO CUELLAR, ESPECIALISTA LEGAL SILVIA HUACARPUMA GONZALES, QUIEN NOMBRO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CON-FERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL TERCER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 06 DE MAYO DEL 2019 A LAS 09:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN LAS INSTALACIONES DEL CDM DE LOS JUZGADOS LABORALES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, 2DO. PISO MODULO LABORAL. SOBRE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE VILLALBA NRO.211, 215, 217, 223 SUB LOTE 1, DISTRITO AREQUIPA, PROVINCIA Y REGIÓN DE AREQUIPA. AREA 690.84 M2, CUYAS MEDIDAS, CO-LINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA N°11003128 DEL REGISTRO DE PROPIE-DAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA SUNARP. TASACION TOTAL:S/ 1’908,445.50 SOLES; PRECIO BASE:S/ 919,234.58 SOLES, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMATE JUDICIAL. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO DE REMATE. AFEC-TACIONES: 1).- TRASLADO DE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 SOLES A FAVOR DE GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑA-LA EL ASIENTO D0002 DE LA PARTIDA N°11003128, 2).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 NUEVOS SOLES A FAVOR DE GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0003 DE LA PARTIDA N°11003128, 3).- VARIACION DE ME-DIDA CAUTELAR DONDE SE REDUCE EL MONTO DE AFECTACIÒN CONTEIDA EN EL ASIENTO 3 DEL RUBRO D, HASTA POR LA SUMA DE S/60,000.00 SOLES, POR DISPOSICION DE LA SALA ESPECIALIZADA EN LO LA-BORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0004 DE LA PARTIDA N°11003128, 4).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/65,00.00 SOLES A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA ORDENADA POR EL JUEZ DEL 4TO. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0005 DE LA PARTIDA N°11003128, 5).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE US$60,000.00 DOLARES AMERICA-NOS A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA ORDENADA POR EL JUEZ DEL 4TO. JUZGADO LABORAL, CONFOR-ME LO SEÑALA EL ASIENTO D0006 DE LA PARTIDA N°11003128, 6).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/55,00.00 SOLES A FAVOR DE PASTOR ARCE ROMAN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO DE TRA-BAJO TRANSITORIO LIQUIDADOR, CONFORME LO SE-ÑALA EL ASIENTO D0007 DE LA PARTIDA N°11003128, 7).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 SOLES, ORDENADA POR EL JUEZ DE TRABAJO LIQUI-DADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0008 DE LA PARTIDA N°11003128, 8).- RECTIFICACION DE OFICIO DONDE SE RECTIFICA EL ASIENTO D0008 Y SE SEÑALA QUE EL BENEFICIARIO ES A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA CONFORME LO SEÑALA EL ASIEN-TO D0009 DE LA PARTIDA N°11003128, 9).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/40,00.00 SOLES A FAVOR DE PERCY ROLANDO LINAREZ ALVAREZ ORDENA-DA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO LIQUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D00010 DE LA PARTIDA N°11003128, SE DESCONOCENB OTRAS AFCETACIONES. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263. AREQUI-PA, 2019-04-10.- SILVIA HUACARPUMA GONZALES

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 15 de abril del 2019

SECRETARIA JUDICIAL. (15-16-17 abril) B/E 031-13609.S/.0.00

PRESCRIPCIONES EDICTO JUDICIAL: PRESCRIPCION ADQUISITIVA

ANTE EL NOVENO JUZGADO CIVIL de Arequipa des-pachado por el Dr. MEZA MIRANDA JOSE ANTONIO en el expediente 1820-2018 bajo la actuación del secretario judicial Dra. GARCIA JURADO MARISOL, se ha emitido la resolución N°8 de fecha 19 de marzo del 2019 que resuelve admitir la demanda interpues-ta por BEATRIZ HUAMANI QUISPE sobre prescripción adquisitiva en contra de CESAR MARTINEZ CONCHA, MARLENI ROSA AGUISE MALAGA, BANCO DE MATE-RIALES EN LIQUIDACIÓN con emplazamiento de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y de los colindantes Jorge Isaac Roberto Arenas Santos, Vi-vían Rizueño Lozada y Bernardo Filiberto Ramos Pari; debiendo de sustanciarse en la vía procedimental de proceso abreviado y consecuencia se corra traslado de la demanda por el termino de diez días al deman-dado para su contestación; asimismo, dispongo se notifique con la demanda a los referidos colindantes. Arequipa, 08 de abril del 2019. MARISOL GARCIA JU-RADO SECRETARIA JUDICDIAL.- (15-23-29 abril) B/E 031-13606 S/. 0.00

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

Ante el Juzgado Especializado Civil de Islay - Are-quipa, en el Expediente Nro. 04756-2018-0-0407-JR-CI-01, a cargo de la Sra. Juez AYERBE MENDOZA DIANA EVELYN, Especialista Jenifer Chapilliquen Ta-son, ROSA ALEJANDRA ZUÑIGA QUIROZ, solicita la PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO respecto del predio rústico denominado “San Juan”, Lote 5-23 - Sub Lote 07-A Sector: Irrigación Mejía, distrito de Moliendo, Provincia de Islay - Arequipa, con un Área del terreno es de 3.2986 Has, con las siguientes colin-dancias: Por el Norte : Con terrenos de Propiedad de Elias Sánchez Valdivia UC 04833, en línea recta de 01 tramo de: 232.21 ml Por el Este : Con terrenos de Área de Granjas Avícolas, perteneciente a la EMPRESA “LOS RANCHOS” SAO, en línea quebrada de 07 tramos: 58.20, 41.82, 14.28, 9.77,11.77, 11.74 y 16.16 ml. Por el Sur : Con terrenos de Propiedad de Edith Maximi-liana Zúñiga Quiroz, en línea quebrada de 05 tramos: 32.79, 47.17, 38.20, 38.12 y 80.01 ml Por el Oeste : Con terrenos de Propiedad de Juan Fausto Zúñiga Sanz, en línea quebrada de 03 tramos: 92.34, 24.19 y 60.72 ml. Inmueble que se encuentra dentro del predio INSCRITO EN LA PARTIDA Registral N° 04001115, de la Zona Registral XIIo - Sede Arequipa, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN No. 02, Moliendo, tres de diciembre del año dos mil dieciocho.- VISTOS y CON-SIDERANDO ... SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Prescripción Adquisitiva, interpuesta por ROSA ALEJANDRA ZUÑIGA QUIROZ, en contra de EDITH MAXIMILIANA ZUÑIGA QUIROZ Y OTROS; debiendo emplazarse como colindantes a la sucesión hereditaria de Juan Fausto Zúñiga Sanz y Área de Granjas Avícolas, debiendo sustanciarse en la vía pro-cedimental correspondiente al proceso abreviado, por ofrecidos los medios probatorios que se indican, confiriendo traslado a los demandados por el plazo de diez días. SE DISPONE: la publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, conforme lo dispone el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil. AL PRIMER OTROSI: TÉNGASE presente. Tómese razón, y hágase saber- RESOLUCIÓN N° 03.- Moliendo, dos mil dieciocho, Diciembre tres, DE OFICIO; Estan-do a lo señalado por el demandante con respecto a la sucesión hereditaria de Juan Fausto Zúñiga NOTI-FIQUESE a la sucesión antes señalada con la resolu-ción dos mediante edictos.- STHEPHANIE J. CHAPI-LLIQUEN TASSON SECRETARIA JUDICIAL.- (15-23-29 abril) B/E 031-13607. S/. 0.00

INEFICACIA DE TITULO VALOR

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAYMA ARE-QUIPA, JUEZ CLAUDIA NOELIA VALDIVIA TICONA, ES-PECIALISTA LEGAL ZOILA AURORA MALAGA MONTO-YA SE TRAMITA EL PROCESO 7028-2019 SEGUIDO POR YOVANA MENDEZ OCHANTE, DNI 80389207, SOBRE INEFICACIA DE TITULO VALOR CON EMPLAZAMIENTO AL BANCO GNB PERU S.A., HABIENDOSE ADMITIDO LA DEMANDA DE INEFICACIA DE TITULO VALOR, VIA PROCESO SUMARISIMO, SE CORRE TRASLADO A LA PARTE DEMANDADA Y EMPLAZADA POR EL PLAZO DE CINCO DIAS PARA QUE SE APERSONE AL PROCESO Y CONTESTE LA DEMANDA, BAJO APERCIBIMIENTO DECLARARSE REBELDE Y CONTINUAR EL SIGUIENTE PROCESO. ZOILA A. MALAGA MONTOYA SECRETA-RIA JUDICIAL. (09-10-11 abril) B/E 031- 13584.S/. 0.00

EDICTOS PENALES

NOTIFICACION POR EDICTO

En el Exp. N° 00075-2018-0-0409-JR-PE, seguido en contra de PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO en agravio del menor L.E.CH.D. representada por Rita Filonela de la Rosa Ruiz, por el delito Omisión a la Asistencia Familiar. Se sigue en EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ACARÍ, JUEZ WILLIAM JAVIER VERA BEDREGAL, se ha dispuesto notificar por edicto al im-putado es decir, a la persona de PERCY LUIS CHUQUI-RAY OLIVO, con la Resolución Nro. 04 de fecha veinte de febrero del dos mil diecinueve que dispone fecha de Audiencia de Control de Acusación Directa para el día VEINTITRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUE-VE A LAS ONCE HORAS. NOTIFÍQUESE a PERCY LUIS CHUQUIRAY OLIVO en el diario “La República”, para lo cual debe cursarse los oficios respectivos. Especialis-ta Legal: Delcy Yvonne Retamozo Mamani; distrito de Acarí, 20 de febrero del 2019. (15-16-17 abril)

La señora Juez del Juzgado de Investigación Prepara-toria de Acora, Dra. Rusbi Yéssica Cuadros Anco, con intervención del Especialista Audiencias Alejandro Subia Zaira, en el Expediente Penal N° Exp. 078-2017- 90-2101-JR-PE-01, seguido contra de Flavio Saico Huayhua, por la presunta comisión del delito de Falsedad ideológica, en agravio de Tomas FHuallpa Quispe, ha expedido la siguiente resolución: Resolu-ción 9 “(...) que DISPONE REPROGRAMAR la presente audiencia para el día TRES DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Prepara-toria de Acora, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público y del Abogado Defensor del acusado, bajo apercibimientos de Ley (...); disponiéndose su notificación por edicto. (15-16-17 abril)

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE TAMBOPATA EXPE-DIENTE N° 01825-2016-78-2701 -JR-PE-01 MAGISTRA-DO: FRANCISCO JAVIER PALOMINO CARDENAS Espe-cialista Judicial de Causa: TAÑIA MARIELA PIZARRO MAMANI Se cita y emplaza a los acusados: SOLEDAD UBERLINA PUMACAYO MAQUI Identificado con D.N.I. N° 47281386, SOLEDAD PARHUAYO CARLO Identifica-do con D.N.I. N° 42634018 y FLOR MARIA CHANCA-YAURI LLAIQUE identificado con D.N.I. N° 41974718 a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, programada para el día 11 DE JUNIO DEL 2019 A HO-RAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegia-do de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz conforme corresponda, en caso de inconcurrencia injustificada, en cuyo caso se dispondrá su conducción compulsiva a través de la Policía Nacional del Perú; ello por haberse dispues-to así en el Proceso Penal N° 1825-2016-78-2701-JR-PE-01 seguido en contra Soledad Uberlina Pumacayo Maqui y otros por la comisión del delito de trata de personas en agravia vio de Pamela Betzabe Quispe Choque y otras Puerto Maldonado, 29 de Marzo del 2019. (15-16-17 abril)

EDICTO

ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE ORCOPAMPA. JUEZ: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ. SECRETARIA: MARIA ISABEL COA VARGAS, SE SIGUE EL PROCESO NRO. 089-2018-PE, SEGUIDO EN CONTRA DE ROBERT ALBERT APAZA QUISPE Y EN AGRAVIO DE CLAUDIA CALLE GIRE, SE HA EXPEDIDO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN, MANDADA A NOTIFICAR POR EDICTO AL INCULPADO ROBERT AL-BERT APAZA QUISPE, CUYO TENOR ES COMO SIGUE: RES. 01: ORCOPAMPA DOS MIL DIECIOCHO, AGOSTO, QUINCE.- AL REQUERIMIENTO ACUSATORIO DIRECTO PRESENTADO POR EL REPRESENTANTE DEL MINIS-TERIO PÚBLICO, DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CONDESUYOS.- AL PRINCIPAL.- VISTOS: EL PRESENTE REQUERIMIENTO PRESENTADO POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CONDESUYOS, SUS ANEXOS Y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO EL RE-PRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EFECTÚA REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA EN CON-TRA DEL IMPUTADO: ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, REQUERIMIENTO EFECTUADO CONFORME EL ARTÍ-CULO 349 DE LA NORMA PROCESAL PENAL; POR LO QUE CORRESPONDE PROCEDER DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 350 DEL MISMO CUERPO LEGAL ACOTADO. SEGUNDO.- CONFORME SE ADVIERTE DEL PRESENTE REQUERIMIENTO, EN CUANTO A LA ACUSACIÓN EN CONTRA DE. ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, SE ADVIERTE QUE ESTE ES POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE AGRESIONES EN

CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRU-PO FAMILIAR, PREVISTO EN EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 122-B DEL CÓDIGO PENAL, EN AGRAVIO DE: CLAUDIA CALLE GIRE Y EL MENOR ADERLIN JOHN APAZA CALLE, REPRESENTADO POR SU PROGENITO-RA CLAUDIA CALLE GIRE; POR LO QUE SE RESUELVE: (1) TENER PRESENTE EL REQUERIMIENTO DE ACUSA-CIÓN EN CONTRA DEL IMPUTADO ROBERT ALBERT APAZA QUISPE, EN CONSECUENCIA, A CONOCIMIEN-TO DE LAS PARTES PROCESALES POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS A EFECTO QUE SE PRONUNCIEN EN LO QUE ESTIMEN PERTINENTE, Y UNA VEZ QUE HAYA TRANS-CURRIDO EL PLAZO Y RETORNADO LAS RESPECTIVAS CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN, SEÑÁLESE FECHA PARA LA AUDIENCIA CORRESPONDIENTE, (2) SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE A LAS PARTES EN LOS DOMICILIOS SEÑALADOS EN EL PRE-SENTE REQUERIMIENTO. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSI.- TÉNGASE PRESENTE - FIRMADO: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ.-JUEZ. DRA. MARIA ISABEL COA VARGAS.-SECRETARIA. ORCOPAM-PA, 14 DE MARZO DEL 2018 - (09-10-11 abril)

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Curahuasi, en el Expediente Penal Nro.13-2019, seguido contra MAXI-MILIANO MENDOZA PTTY,sobre Faltas contra el Patri-monio-Daños,en agravio de JUAN BAUTISTA ZUÑIGA QUISPE, ha recaído lo siguiente: Resolución número 01 ( Auto de Archivo) , SE RESUELVE: I).-Archivar la presente investigación contra Maximiliano Mendoza Patty por faltas contra el Patrimonio en su modalidad de Daños, en agravio de Juan Bautista Zuñiga Quispe. II).- CONSENTIDA O EJECUTORIADA que sea la pre-sente resolución ARCHIVESE definitivamente donde corresponda. H.S. Curahuasi,14 de Marzo del 2019.- ABOG. JUVENAL FERNANDEZ VERGARA SECRETA-RIO JUDICIAL.- (09-10-11 abril)

El señor Magistrado de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Oscar Francis Calle Vera, en el Proceso Disciplinario Nro. 2018-0746-VO, ha dispues-to la notificación por edictos de don Carlos Benites Machuca, a efecto de notificarle la resolución N° 06 de fecha 27 de Marzo del año 2019, por la que: Res. 06: Al informe emitido por la señora coordinadora de Personal: Téngase presente y agréguese a sus antece-dentes. Y conforme al estado del proceso; póngase a despacho para emitir resolución y/o informe según sea el caso .- Arequipa veintisiete de Marzo del año dos mil diecinueve. OSCAR FRANCIS CALLE VERA MAGISTRADO SUSTANCIADOR ODECMA AREQUIPA.- (09-10-11 abril)

2o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE PAUCARPATA EX-PEDIENTE : 11138-2018-0-0412-JR-FT-02 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ : CALDERON BELTRAN JA-VIER EDMUDO ESPECIALISTA : MEJIA CACERES IDEL-MA ISABEL DEMANDADO : BELTRAN JIBAJA, JHORVIN OMAR DEMANDANTE: GONZALES GOMEZ, SANDRA MARIA Por ante el Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justicia del Paucarpata, que Despacha el señor doctor Javier Edmundo Calderón Beltrán, en el proceso Nro.: 11138- 2018-0-0412-JR-FT-02, se ha dispuesto poner en conocimiento de la demandan-te SANDRA MARIA GONZQLES GOMEZ, la resolución 04-2018 y res. 06-2019, en su parte pertinente: Res. 04-2018: RESUELVO: Conceder apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida de la resolu-ción número tres, de fecha dos de octubre del dos mil dieciocho, al demandado JHORVIN OMAR BELTRAN JIBAJA, debiendo formarse el cuaderno respectivo con copias certificadas de todo lo actuado, y hecho sea elevado al superior con el oficio respectivo, requi-riéndose al apelante para que en el término de tres días cumpla con proporcionar las copias indicadas, bajo apercibimiento de imponérsele multa en caso de incumplimiento. Tómese razón y hágase saber. Al escrito 33176-2018: Estando a la devolución de cédula de notificación de la demandante, recábese su ficha RENIEC, y notifíquese en la dirección que ahí aparece. Res. 06-2019: Por cumplido lo ordenado, fór-mese el cuaderno de apelación y hecho elévese con la debida nota de atención. Autoriza la secretaria ju-dicial abogada Idelma Mejia Cáceres. Arequipa 28 de marzo del 2019. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07590-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Gerardo Vilca Luque, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de GERAR-DO VILCA LUQUE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLO-

SAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el artí-culo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ALBERTO TORRES QUISPE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRIC-CIONES en contra de la parte imputada GERARDO VILCA LUQUE. 3) FIJAR fecha para la reali-zación de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que de-berán asistir: La parte imputada GERARDO VILCA LU-QUE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agravia-da constituida en querellante particular ALBERTO TO-RRES QUISPE deberá concurrir con abogado defensor. Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique de-bidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señala-miento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias. Tómese Razón y Hágase Saber.- JORGE LUIS VILLANUEVA RIVEROS JUEZ.- (09-10-11 abril)

EDICTO

ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE ORCOPAMPA. JUEZ: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ. SECRETARIA: MARIA ISA-BEL COA VARGAS, SE SIGUE EL PROCESO NRO. 088-2012-01-PE, SEGUIDO EN CONTRA DE JAIME GENA-RO CONDORI HUAMANI Y EN AGRAVIO DE A.L.Q.C. REPRESENTADO POR CELIA CONDORI HUAMANI, SE HA EXPEDIDO LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES MAN-DADAS A NOTIFICAR POR EDICTO AL INCULPADO JAIME GENARO CONDORI HUAMANI, CUYO TENOR ES COMO SIGUE EN SU PARTE PERTINENTE: RES. 01 (EXPEDIDA EN AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSA-CION): VISTOS Y CONSIDERANDO: UNICO: SIENDO EL ESTADO, SEGÚN SE VERIFICA DE AUTOS, RESPECTO A ÑA ATINGENCIA QUE HACE EL ABOGADO DE LA DEFENSA TECNICA DEL ACUSADO, CON RELACION A LA NOTIFICACION DE SU PATROCINADO CON LA RESOLUCION TRECE EN SU DOMICILIO REAL CITO EN LA AVENIDA AREQUIPA S/N DEL DISTRITO DE CA-YARANI DE LA PROVINCIA DE CONDESUYOS DE LA REGION DE AREQUIPA; ASIMISMO, EXISTIENDO EN AUTOS ABOGADOS DESIGNADOS POR SU ELECCION Y NO HABIENDO SIDO NOTIFICADO EL ACUSADO EN DICHOS DOMICILIOS PROCESALES Y A FIN DE NO RECORTAR EL DERECHO A LA DEFENSA DEL ACUSA-DO, ESTE DESPACHO DISPONE: DIFERIR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL PROXIMO DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE HORAS, QUEDANDO NOTIFICADOS LO SUJETOS PROCESA-LES INASISTENTES. FIRMADO: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ.-JUEZ. MARIA ISABEL COA VARGAS.- SECRE-TARIA. RES. 17 (EXPEDIDA EN EL ACTA DE CONTROL DE ACUSACION): ORCOPAMPA DOS MIL DIECINUEVE, ENERO, DIECISIETE.- VISTOS Y CONSIDERANDO: UNI-CO: POR LO EXPUESTO POR LA ESPECIALISTA LEGAL DE LA CAUSA, SE REPROGRAMA FECHA PARA LA AU-DIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE HORAS, EN EL LOCAL DE LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PAZ LE-TRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ORCO-PAMPA, DEBIENDO LA PARTE INPUTADA, CONCURRIR A LA AUDIENCIA CON SU ABOGADO DEFENSOR DE ELECCION, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE DEFENSOR PUBLICO. TOMESE RAZÓN, HÁGASE SA-BER.- FIRMADO: DR. RAFAEL FERNANDEZ RIOS.- JUEZ (S) DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACION PREPARATORIA DE ORCOPAMPA.- MARIA ISABEL COA VARGAS - SECRETARIA. RES. 18: ORCOPAMPA, DOS MIL DIECINUEVE, MARZO, CINCO.- PROVEYENDO EN LA FECHA POR VACACIONES DE LOS TRABAJADO-RES DEL PODER JUDICIAL. AL ESCRITO 2019-00038 Y 2019-00056: ESTANDO A LA MODIFICACIÓN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN EN CONTRA DE JAIME GENARO CONDORI HUAMANI, POR LA PRE-SUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, RESPECTO A LAS CIRCUNSTAN-CIAS PRECEDENTES, CONCOMITANTES Y POSTERIO-RES, COMO SE INDICA. A CONOCIMIENTO DE LAS PARTES PROCESALES POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS A

EFECTO QUE SE PRONUNCIEN EN LO QUE ESTIMEN PERTINENTE, Y SE SEÑALA PARA LA AUDIENCIA PRE-LIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION EL DÍA VEINTI-CINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE. A HORAS NUEVE, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ORCOPAMPA; LA QUE SE INSTALARÁ CON LA PRESENCIA OBLIGATORIA DEL FISCAL, BAJO APERCIBIMIENTO DE INFORMARSE A LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DEL MINISTE-RIO PÚBLICO, DEBIENDO CONCURRIR EL IMPUTADO CON SU ABOGADO DE PREFERENCIA Y EN CASO NO CONCURRIESE CON SU ABOGADO DE ELECCIÓN, SE LLEVARÁ A CABO CON EL ABOGADO DE OFICIO DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA QUE EJERCITA FUNCIONES EN ESTA LOCALIDAD EN MATERIA PENAL Y EN CASO DE INASISTENCIA DE ESTE ÚLTIMO, SE LLEVARÁ A CABO CON UN ABOGADO DE EJERCICIO LIBRE. DISPONGO: 1.- NOTIFICAR CON LA PRESENTE AL ABOGADO DE-FENSOR DE OFICIO DE LA DEFENSORIA PÚBLICA DEL DISTRITO DE ORCOPAMPA. 2.- NOTIFICAR CON LA PRESENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA PÚBLICA Y ACCESO A LA JUSTICIA DE AREQUIPA.- FIRMADO: DRA. LIDA BARRIOS SANCHEZ -JUEZ. DRA. MARIA ISABEL COA VARGAS -SECRETARIA. ORCOPAM-PA 15 DE MARZO DEL 2018.- (09-10-11 abril)

EDICTO

: 07581-2018-0-0401-JP-PE-01 : JANETH ROCIO MU-RILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Dionicia Luque Chura, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. DECI-SIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de DIONICIA LUQUE CHURA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte Imputada VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIEZ HORAS: enel local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte Imputada VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurren-cia: y la parte agraviada constituida en querellante particular DIONICIA LUQUE CHURA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dic-tar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de VALERIANA QUISPE OR-DÓÑEZ por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que por Se-cretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Tómese Razón y Hágase Saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE ESPECIALISTA EDICTO : 07267-2018-0-0401-JP-PE-01 : JANETH ROCIO MURI-LLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Are-quipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dis-puesto se notifique a Jhonny Javier Condori Román, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO FÍSICO, conforme a lo previsto el artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de PATRICIA MAMANI VILCA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECEN-

Page 5: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes , 15 de abril del 2019

CIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputa-da JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA DIECISÉIS DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberá asistir: La parte imputada JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurren-cia; y la parte agraviada constituida en querellante particular PATRICIA MAMANI VILCA, deberá concurrir con abogado defensor bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia . Precisando que el apercibimiento efectuado es apli-cable únicamente a las partes del proceso mas no a sus defensas técnicas. Además, las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que por Se-cretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Tómese Razón y Hágase Saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 06955-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO, con la siguientes resoluciones N° 01 y N° 02. Resolución N° 01. Parte resolutiva. RESUELVO: 1)CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de EDGAR YVAN ARAUCO GA-MERO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSO-NA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO, conforme a lo previsto en el artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de ALEJANDRA PATRI-CIA YANQUI DAVID . 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO.3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNI-CA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 25 DE ENERO DEL 2019 A LAS 10:00 A.M.; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Tumo A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que debe-rán asistir: La parte imputada EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO con su abogado defensor, bajo apercibi-miento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular ALEJANDRA PATRICIA YANQUI DAVID, deberá concu-rrir con abogado defensor en este proceso de faltas, bajo apercibimiento de dictar desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimiento son para las partes más no para sus abogados. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los aboga-dos deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportuni-dad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Ju2gado se notifique debida-mente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal q soporta este juagado y a las diligencias programadas en el libro de audien-cias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los proce-sos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE. Resolución N° 02. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 03 DE MAYO DE 2019 A LAS 10:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubica-do en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a

la que deberán concurrir la parte imputada: EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcu-rrencia: Y la parte agraviada: ALEJANDRA PATRICIA YANQUI DAVID, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en este proceso por faltas. Haciendo presente que los apercibimientos señala-dos son únicamente aplicables a las partes procesa-les. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán con-currir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conve-niente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que preten-dan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juz-gado notifique debidamente a las partes en los domi-cilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juagado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar au-diencias en tiempos más próximos. Regístrese y co-muniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 06737-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisa-rías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi-que a Luis Miguel Gómez Sánchez, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. RESUELVE: 1) CITAR AJUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Luis Miguel Gómez Sánchez; por la comisión de FAL-TAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LE-SIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Alberto Criollo Ichuhua-yta. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECEN-CIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputa-da Luis Miguel Gómez Sánchez. 3)FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA en la que se rea-lizará el juicio oral para el DÍA 29 DE MAYO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Tumo A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte im-putada Luis Miguel Gómez Sánchez, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su compa-recencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular Alberto Criollo Ichuhuayta, deberá concurrir con abogado defensor, bajo aper-cibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Alberto Criollo Ichuhua-yta por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la car-ga procesal que soporta este Juagado y a las diligen-cias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas de-rivados de violencia familiar remitidos por el Minis-terio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 05991 -2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Dany Amado Carbajal, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Ruth Noemí Ortiz Chambi; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DO-LOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código

Penal, en agravio de Dany Amado Carbajal. 2) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a la per-sona de Dany Amado Carbajal; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el pri-mer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Ruth Noemí Ortiz Chambi. 3) SE DICTA MANDATO DE COMPARECEN-CIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados Ruth Noemí Ortiz Chambi y Dany Amado Carbajal. 4) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 22 DE MAYO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados Ruth Noemí Ortiz Chambi y Dany Amado Carbajal, con su aboga-do defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, Ruth Noemí Ortiz Chambi y Dany Amado Carbajal en su calidad de querellantes par-ticulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de apli-carse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artícu-lo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son úni-camente aplicables a las partes procesales. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen’ conve-niente; teniendo en cuenta los criterios de pertinen-cia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). 5) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Dany Amado Carbajal por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en contra de personas sin identi-ficar, conforme a lo indicado en el punto noveno. 6) DISPONGO: Se notifique debidamente con la presen-te a las partes. Se hace saber a las partes, que el se-ñalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho cono-cimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Públi-co; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 05945-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Mabel Luque Jiménez y Harry Vásquez Quispe, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de HARRY VASQUEZ QUISPE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocien-tos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MABEL LUQUE JIMENEZ. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parle imputada HARRY VASQUEZ QUISPE. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 23 DE MAYO DE 2019 A LAS 11:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada HARRY VASQUEZ QUISPE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constitui-da en querellante particular MABEL LUQUE JIMENEZ, deberá concurrir con abogado defensor, bajo aper-cibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Haciendo presente que los aper-cibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DECLARAR NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, ello en torno a la denuncia formulada por Mabel Lu-que Jiménez, dejando a salvo su derecho de hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia

se dispone el archivo de las actuaciones en este ex-tremo, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señala-miento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho cono-cimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Públi-co; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 04662-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Ana María Callata Ticona, con la siguiente resolu-ción N° 04. Parte resolutiva. SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada ANA MARIA CALLATA TICONA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones do-losas seguido en contra de Cesar Hermenegildo Ma-quera Peñaloza; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones, debiendo notificarse mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Regístrese y notifíquese.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 06431-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a MARIA ISABEL JUAREZ URQUIZO, con las resoluciones N° 02 y 03 Resolución N° 02 Parte resolutiva. RESUEL-VO: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de MARIA ISABEL JUAREZ URQUIZO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MO-DALIDAD DE MALTRATO, conforme a lo previsto en el artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de MARIA MERCEDES JUANA FRIDA JAHNSEN DE SIMONS. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada MARIA ISABEL JUAREZ URQUIZO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNI-CA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE MARZO DE 2019 A LAS 15:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Tumo A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequi-pa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada MARIA ISABEL JUAREZ URQUIZO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante par-ticular MARIA MERCEDES JUANA FRIDA JAHNSEN DE SIMONS, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrcncia. Además, las partes proce-sales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postula-ción probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señala-miento de audiencia se hace conforme a la carpa procesal que soporta este Juagado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho cono-cimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Públi-co; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. Resolución N° 03 Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fe-cha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 17 DE MAYO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: MARIA ISABEL JUAREZ URQUIZO, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agra-viada: MARIA MERCEDES JUANA FRIDA JAHNSEN DE SIMONS, con su respectivo abogado, bajo apercibi-miento de dictar su desistimiento tácito en caso de

inconcurrencia: en este proceso por faltas. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son úni-camente aplicables a las partes procesales. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acom-pañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la car-ga procesal que soporta este Juzgado y a las diligen-cias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas de-rivados de violencia familiar remitidlos por el Minis-terio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 046559-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Soledad Nataly Quispe Neira, con la siguiente reso-lución N° 04. Parte resolutiva. SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada Soledad Nataly Quispe Neira; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolo-sas seguido en contra de Dayana Fiorella Flores Ser-naque, Milagros Alisson Fernandez Mamani y Gabrie-la Edith Chura Castro; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones, debiendo notificarse mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Re-gístrese y notifíquese.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 01285-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaria de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Kenyo Surco Cahuantico, con la siguiente resolu-ción N° 06. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por DESISTIDA TACITAMENTE a la parte agraviada FLO-RENTINO SUCAPUCA MAMANI del presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de le-siones dolosas, seguido en contra de KENYO SURCO CAHUANTICO; en consecuencia: SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones, asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifí-quese.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07606-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Carmencita Yasmin Linares Cuba, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Te-ner por DESISTIDA a la parte agraviada CARMENCITA YASMIN LINARES CUBA del presente proceso por Fal-tas Contra el Patrimonio en la modalidad de hurto; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tó-mese razón y hágase saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 7156-2016-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Luis Pedro Martínez Humpire, con la si-guiente resolución N° 05. Parte resolutiva. RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIONALMENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de LUIS PEDRO MARTINEZ HUMPIRE, en agravio de ALEJANDRO GA-BRIEL BEJAR CAHUANA; por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones por violencia familiar; dejan OLGA HAYDEE LAZARO DELGADO do a salvo el derecho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y necesario (conforme lo señalado al segundo conside-rando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PRO-TECCION emitidas por el Tercer Juzgado de Familia (conforme lo señalado al Segundo considerando), debiendo notificarse mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. TÓMESE RAZÓN Y HÁ-GASE SABER.- (09-10-11 abril)

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 15 de abril del 2019

EXPEDIENTE : 07590-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Gerardo Vilca Luque, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de GERAR-DO VILCA LUQUE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLO-SAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el artí-culo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ALBERTO TORRES QUISPE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRIC-CIONES en contra de la parte imputada GERARDO VILCA LUQUE. 3) FIJAR fecha para la reali-zación de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que de-berán asistir: La parte imputada GERARDO VILCA LU-QUE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agravia-da constituida en querellante particular ALBERTO TO-RRES QUISPE deberá concurrir con abogado defensor. Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique de-bidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias progra-madas en el libro de audiencias. Tómese Razón y Há-gase Saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07581 -2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Dionicia Luque Chura, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocien-tos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de DIONICIA LUQUE CHURA. 2) D I C T A R MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio ora! para el DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CINUEVE A LAS DIEZ HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de orde-nar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada cons-tituida en querellante particular DIONICIA LUQUE CHURA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Siendo aplicable los aperci-bimientos únicamente a las partes del proceso. Ade-más, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán con-currir preparados para presentar sus alegatos oral-mente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuacio-nes respecto de las lesiones denunciadas en agravio de VALERIANA QUISPE ORDÓÑEZ por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, con-forme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que por Secretarla de Juzgado se no-tifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar

audiencias en tiempos más próximos. Tómese Razón y Hágase Saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 06955-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO, con la siguientes resoluciones N° 01 y N° 02. Resolución N° 01. Parte resolutiva. RESUELVO: 1) CITAR A JUICIO, en proce-so por faltas, a la persona de EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PER-SONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO, conforme a lo previsto en el articulo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de ALEJANDRA PATRICIA YANQUI DAVID . 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO.3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 25 DE ENERO DEL 2019 A LAS 10:00 A.M.; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Tumo A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante par-ticular ALEJANDRA PATRICIA YANQUI DAVID, deberá concurrir con abogado defensor en este proceso de faltas, bajo apercibimiento de dictar desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimiento son para las partes más no para sus abogados. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postula-ción probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer va-ler. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juagado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incremen-tado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de vio-lencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGÍSTRESE Y COMUNIQUESE. Resolución N° 02. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fe-cha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 03 DE MAYO DE 2019 A LAS 10:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: EDGAR YVAN ARAUCO GAMERO, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agra-viada: ALEJANDRA PATRICIA YANQUI DAVID, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en este proceso por faltas. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplica-bles a las partes procesales. Además las partes pro-cesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha úni-ca oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notiñque debidamente a las partes en los domicilios señala-dos en autos. Se hace saber a las partes, que el se-ñalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juagado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho cono-cimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Públi-co; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07269-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-

misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Dina Daniela Salas Rossi, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las ac-tuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de DINA DANIELA SALAS ROSSI, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. Tómese Razón y Hágase Saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 08018-2018-0-0401 -J P-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Soledad Quispe Huarachi , con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denun-cia de SOLEDAD QUISPE HUARACHI, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra perso-na no identificada, dejando a salvo su derecho de ini-ciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 05991 -2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Dany Amado Carbajal, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Ruth Noemí Ortiz Chambi; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DO-LOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Dany Amado Carbajal. 2) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a la per-sona de Dany Amado Carbajal; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el pri-mer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Ruth Noemí Ortiz Chambi. 3) SE DICTA MANDATO DE COMPARECEN-CIA SIN RESTRICCIONES en contra de losimputados Ruth Noemí Ortiz Chambi y Dany Amado Carbajal. 4) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 22 DE MAYO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados Ruth Noemí Ortiz Chambi y Dany Amado Carbajal, con su aboga-do defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, Ruth Noemí Ortiz Chambi y Dany Amado Carbajal en su calidad de querellantes par-ticulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de apli-carse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artícu-lo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son úni-camente aplicables a las partes procesales. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conve-niente; teniendo en cuenta los criterios de pertinen-cia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). 5) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Dany Amado Carbajal por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en contra de personas sin iden-tificar, conforme a lo indicado en el punto noveno. 6)DISPONGO: Se notifique debidamente con la presen-te a las partes. Se hace saber a las partes, que el se-ñalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho cono-cimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Públi-co; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07267-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a

Jhonny Javier Condori Román, con la siguiente reso-lución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO FÍSICO, conforme a lo previsto el artí-culo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de PATRICIA MAMANI VILCA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RES-TRICCIONES en contra de la parte imputada JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA DIECISÉIS DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberá asistir: La parte imputada JHONNY JAVIER CONDORI ROMÁN, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurren-cia: y la parte agraviada constituida en querellante particular PATRICIA MAMANI VILCA, deberá concurrir con abogado defensor bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia.. Precisando que el apercibimiento efectuado es apli-cable únicamente a las partes del proceso mas no a sus defensas técnicas. Además, las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. . 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de JHONNY JA-VIER CONDORI ROMÁN por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5)DISPONGO: Que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Tómese Razón y Hágase Saber.- (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE: 06737-2018-0-0401 -JP-PE-01, ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisa-rías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi-que a Luis Miguel Gómez Sánchez, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Luis Miguel Gómez Sánchez; por la comisión de FAL-TAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LE-SIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Alberto Criollo Ichuhua-yta. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECEN-CIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputa-da Luis Miguel Gómez Sánchez. 3)FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA en la que se rea-lizará el juicio oral para el DÍA 29 DE MAYO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Tumo A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa — Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte im-putada Luis Miguel Gómez Sánchez, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su compa-recencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular Alberto Criollo Ichuhuayta, deberá concurrir con abogado defensor, bajo aper-cibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Alberto Criollo Ichuhua-yta por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la car-ga procesal que soporta este Juagado y a las diligen-cias programadas en el libro de audiencias, las que se ñan incrementado al haber asumido este despacho

conocimiento respecto de los procesos de faltas de-rivados de violencia familiar remitidos por el Minis-terio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 05945-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaria de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Mabel Luque Jiménez y Harry Vásquez Quispe, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de HARRY VASQUEZ QUISPE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocien-tos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MABEL LUQUE JIMENEZ. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada HARRY VASQUEZ QUISPE. 3)FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 23 DE MAYO DE 2019 A LAS 11:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada HARRY VASQUEZ QUISPE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constitui-da en querellante particular MABEL LUQUE JIMENEZ, deberá concurrir con abogado defensor, bajo aper-cibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los aper-cibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DECLARAR NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, ello en torno a la denuncia formulada por Mabel Lu-que Jiménez, dejando a salvo su derecho de hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia se dispone el archivo de las actuaciones en este ex-tremo, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la car-ga procesal que soporta este Juzgado y a las diligen-cias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas de-rivados de violencia familiar remitidos por el Minis-terio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07625-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Alondra Carbajal Apaza, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por DESIS-TIDA a la parte agraviada ALONDRA CAROLINA CAR-BAJAL APAZA del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio en la modalidad de hurto; en conse-cuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber - (09-10-11 abril)

EXPEDIENTE : 07491-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Co-misaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Diego Joel Flores Camargo, con la siguiente resolu-ción N° 01. Parte resolutiva. RESUELVE: SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso ini-ciado por denuncia de DIEGO JOEL FLORES CAMAR-GO, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTI-FÍQUESE.- (09-10-11 abril)

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes , 15 de abril del 2019

CRONICAS JUDICIALES

CRONICA JUIDICIAL DE LA SEGUNDA SALA PE-

NAL APELACIONES

03 DE DICIEMBRE 2018

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTA

AV 247-2018

LL

08549-2016-79: SE RESUELVE: AUTO CON CARÁC-TER DE RESERVADO.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTO DE VISTA

AV 248-2018

LL

03724-2015-97: SE RESUELVE: DECLARARON FUN-DADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del sentenciado Nestor Ysrael Huaman Cosi. DECLARARON NULA la Resolución N° 05-2018 de fecha diecisiete de agosto de dos mil dieciocho que RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el requerimiento de suspensión de la pena solicitado por el Ministerio Público. REVOCA la suspensión de la pena impuesta al sentenciado Nestor Ysrael Huaman Cosi. DISPONE que el sentenciado cumpla de manera efectiva la pena impuesta de dos años y seis meses de pena privativa de libertad, una vez que quede firme o consentida la resolución. OR-DENARON que se remita el presente expediente a otro órgano jurisdiccional llamado por ley para que emita una nueva resolución con arreglo a ley, debiendo observarse lo dispuesto en la parte con-siderativa de la presente resolución. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTOS DE TRÁMITE

AD

01249-2017-23: SE RESUELVE: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el TRECE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias núme-ro ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el impu-tado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-

ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIO-NAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

MB

00772-2015-73: SE RESUELVE: DECLARAR IMPRO-CEDENTE el recurso de casación interpuesto por la defensa de los procesados Terry Pillon Goechele y Laura Mónica Glave Berrios de Pillon, en contra de la Sentencia de Vista Nro.128-2018 de fecha vein-tiséis de octubre de dos mil dieciocho. Al otrosi; Estese a lo previsto en el artículo 430.3 del Código Procesal Penal.

SE EXPIDIERON: 06 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

04 DE DICIEMBRE 2018

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 148-2018

AD02020-2017-83: SE RESUELVE: DECLARA-MOS INFUNDADO el recurso de apelación formu-lado por la defensa técnica del imputado. En con-secuencia CONFIRMAMOS la Sentencia expedida el veinticinco de julio de dos mil dieciocho por el Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa en el extremo que decla-ró a Edwin Miguel Charca García, autor del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo, ilícito previsto y penado por el artículo 111, primer y último párrafo, del Código Penal en agravio de quien en vida fuera Manuel Chuquitucto Narro, representado por su sucesión procesal; teniéndose como tercero civil responsable a la empresa Rico Pollo representada por su apoderado Manuel Ignasio Díaz Mamani, imponiéndole cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de dos años y seis meses, y sujeto al cumplimiento de reglas de conducta; y se le inhabilita para que conduzca cualquier tipo de vehículos, suspendién-dosele la licencia de conducir por el plazo de dos años y seis meses. DE OFICIO, DECLARAMOS NULA

la Sentencia expedida el veinticinco de julio de dos mil dieciocho por el Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, única-mente en el extremo del pronunciamiento sobre la pretensión civil. DISPONEMOS se realice audiencia especial y se emita decisión sobre la pretensión ci-vil postulada por el Ministerio Público. SIN COSTAS de la instancia. Y lo devolvemos.

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 149-2018

MB08509-2016-77: SE RESUELVE: DECLARA-MOS INFUNDADO el recurso de apelación inter-puesto por la defensa técnica del imputado Richar Dony Mamani Quina. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Jhon Jeyson Cueva Ancco. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Juan Antonio Anampa Ccahua. CONFIRMAMOS LA SENTENCIA N° 115-2018-JPCSP de fecha 10 de agosto de 2018, que obra en el folio 288 a 303, únicamente en el extremo que resolvió: Imponerle al señor JHON JEYSON CUEVA ANCCO y a RICHAR DONY MAMANI QUINA, doce años y seis meses de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva; e imponerle a JUAN ANTONIO ANAMPA CCAHUA, once años y seis meses de pena privativa de libertad. DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Eduardo Manuel Balcón Saico. DISPONE-MOS INAPLICAR vía control difuso, las exclusiones contenidas en el artículo 22° del Código Penal, en su texto vigente. REVOCAMOS la precitada Senten-cia N° 115-2018-JPCSP, en el extremo que resolvió imponerle al señor Eduardo Manuel Balcón Saico, once años de pena privativa de libertad con el ca-rácter efectiva; REFORMÁNDOLA, le IMPONEMOS a EDUARDO MANUEL BALCÓN SAICO la pena de SIETE AÑOS y CUATRO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA. DISPONEMOS aplicar los efectos extensivos del recurso interpuesto por Eduardo Manuel Balcón Saico, al caso del imputa-do no apelante Fernando Quispe Aima, conforme a lo previsto en el artículo 408.1 del Código Procesal Penal; y en consecuencia, REVOCAMOS la precitada Sentencia N° 115-2018-JPCSP, en el extremo que resolvió imponerle al señor Fernando Quispe Aima la pena de once años de pena privativa de liber-tad efectiva, y, REFORMÁNDOLA, le IMPONEMOS a FERNANDO QUISPE AIMA la pena de SIETE AÑOS y CUATRO MESES de pena privativa de libertad efec-tiva. DISPONEMOS Elevar en consulta la presente sentencia de vista a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema, conforme a lo dispuesto en el octavo considerando de la presente resolución. ORDENAMOS: la devolución del presente cuaderno al juzgado de origen. Sin costas de la instancia. RE-GÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTOS DE TRÁMITE

MB05398-2014-43: SE RESUELVE: DECLARAMOS IN-FUNDADO el recurso de reposición planteado por el abogado defensor Luis Alberto Ibáñez Barreda.

LL00772-2015-73: SE RESUELVE: DECLARAR IMPROCE-DENTE el recurso de casación interpuesto por la de-fensa del procesado Carlos Montes de Oca Velarde, en contra de la Sentencia de Vista Nro.128-2018 de fecha veintiséis de octubre de dos mil dieciocho.

SE EXPIDIERON: 07 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

05 DE DICIEMBRE 2018

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y OCHOA CAHUANA.

AUTO DE VISTA

AV 249-2018

MB04537-2013-75: SE RESUELVE: DECLARAMOS FUN-DADOS LOS RECURSOS DE APELACIÓN interpues-tos por los sentenciados Esperanza Regina Núñez Bejarano y Santos Daguer Pacheco Talavera. DE-CLARAMOS NULA LA RESOLUCIÓN NÚMERO 39, de fecha seis de septiembre de dos mil dieciocho, que resolvió declarar improcedente la solicitud de rehabilitación efectuada por los sentenciados San-tos Daguer Pacheco Talavera y Esperanza Regina Núñez Bejarano. DISPONEMOS LA EXPEDICIÓN DE UNA NUEVA DECISIÓN JUDICIAL, por el Juez lla-mado por ley, cuidando de efectuar una adecuada motivación de la misma con arreglo a derecho. Re-gístrese y Comuníquese.-

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y OCHOA CAHUANA.

AUTO DE TRÁMITE

LL

00155-2018-75: SE RESUELVE: REMITIR el presente incidente a la Sala Penal Especial competente, esto es, la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a fin de que actué conforme corresponda.-

MB

00658-2017-15: SE RESUELVE: SE CONCEDE al re-presentante del Ministerio Público, el plazo de dos días, de notificada la presente decisión, para que subsane las omisiones antes anotadas, bajo aper-cibimiento de declararse inadmisible el recurso propuesto.

OC

07856-2016-84: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE MARZO

DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias núme-ro ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el impu-tado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIO-NAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

MB

05713-2017-0: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO decretado mediante resolución Nro. 19 de fecha 21 de noviembre del año en curso, y tener por no presentados los documentos que ofrece como nuevos medios probatorios en esta instancia el querellante José Antonio Aza Chambi contenido en su escrito de fecha 19 de noviembre del año en curso que obra a fojas 233 y siguientes. ORDENAMOS continuar con el trámite del presente proceso.

SE EXPIDIERON: 04 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

06 DE DICIEMBRE 2018

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 150-2018

LL

02749-2013-63: SE RESUELVE: DECLARA-RON INFUNDADO el recurso de apelación inter-puesto por el representante del Ministerio Público. DECLARARON FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del actor civil Francisca Javiera Burgos de Colque. DECLARARON INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada defensora del actor ci-vil Oficinal de Normalización Previsional.

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 15 de abril del 2019

CONFIRMARON la Sentencia N° 162-2018 de fecha dieciocho de julio de dos mil dieciocho, dictada por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal – Sede Paucarpata, en los extremos que RESUELVE: ABSOL-VER a Carmen Coaguila Cruz de la comisión del de-lito de Uso De Documento Público Falso, previsto en el artículo 427 segundo párrafo del Código Pe-nal, en agravio de Francisca Javiera Burgos de Col-que, Oficina de Normalización Previsional y la Mu-nicipalidad Distrital de Characato. DECLARA que no corresponde fijar monto alguno por concepto de Reparación Civil, ni a favor de la agraviada Francis-ca Javiera Burgos de Colque, ni a favor de la Oficina de Normalización Previsional, ni a favor de la Mu-nicipalidad Distrital de Characato. REVOCARON la Sentencia N° 162-2018 de fecha dieciocho de julio de dos mil dieciocho, en el extremo que IMPONE COSTAS que pagará la Actora Civil Francisca Javie-ra Burgos de Colque a favor de Carmen Coaguila Cruz; y REFORMÁNDOLA, DISPUSIERON que no corresponde fijar costas del proceso al Actor Civil Francisca Javiera Burgos de Colque. Dejaron sub-sistentes los demás extremos de la sentencia que no han sido impugnados. ORDENARON que con-sentida sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes Sin costas de la instancia. REGÍSTRESE y NOTIFÍ-QUESE.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTA

AV 250-2018

MB

11376-2018-57: SE RESUELVE: CORREGIMOS la Resolución N° 2-2018, dictada en audiencia de fecha primero de noviembre del 2018, que obra en el folio 154 y siguientes, en el punto que con-signó la ley 30,868, debiendo ser la ley 30862. DE-CLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación formulado por la defensa técnica del investigado MANUEL HUMBERTO SANTAMARIA VALDERA. CON-FIRMAMOS la Resolución N° 2-2018, dictada en au-diencia de fecha primero de noviembre del 2018, que obra en el folio 154 y siguientes, que resolvió: “DECLARO FUNDADO EL PEDIDO DE PRISION PRE-VENTIVA POSTULADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO LA PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPO-RATIVA DE PAUCARPATA ELLO EN CONTRA DE MA-NUEL HUMBERTO SANTAMARIA VALDERA con dni: 16470386, por la presunta comisión de los delitos Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Leves Agresiones en contra de Mujeres o integrantes del Grupo Familiar ilícito previsto y sancionado en el artículo 122-B del Código Penal y en concurso ideal por el delito Contra la Adminis-tración Pública en la modalidad de Desobediencia a la autoridad previsto y sancionado en el artículo 368 del Código Penal modificado por la ley 30862 en agravio del Estado representado por el Procura-dor Público del Poder Judicial, como tal en conse-cuencia ORDENO: LA PRISION PREVENTIVA DE MA-NUEL HUMBERTO SANTAMARIA VALDERA con dni: 16470386, nacido EL 12 de mayo de 1963 en Chi-clayo-Lambayeque, Policía, casado sus padres Juan y Mercedes, ELLO POR EL PLAZO DE CUATRO MESES EN EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE VARO-NES DE SOCABAYA O EL ESTABLECIMIENTO PENI-TENCIARIO QUE DESIGNE EL INPE, plazo que deberá de computarse desde el día de su detención esto es el 28 de Octubre de 2018 y que vencerá el 27 de Fe-brero del año 2019. DISPONIENDO: EL INMEDIATO CUMPLIMIENTO DE ESTA ORDEN JUDICIAL.” (Sic). Y TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE. ORDENAMOS la devolución del presente proceso al juzgado de ori-gen. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTO DE VISTA

AV 251-2018

MB07939-2017-50: SE RESUELVE: DECLARAMOS: IN-FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del procesado Wilfredo Flavio Pérez Guzmán. CONFIRMAMOS la Resolución N°

01-2017, de fecha 24 de octubre del 2017, que obra en el folio 183 y siguientes, que resolvió: “1) DE-CLARAR FUNDADO el requerimiento fiscal formu-lado por la Fiscal Provincial Dra. Carol Cuba Peralta, relativo al Levantamiento del Secreto Bancario del investigado: WILFREDO FLAVIO PÉREZ GUZMÁN. 2) ORDENAR que la SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP a través de las entidades sujetas a su supervisión remitan a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, a cargo de la seño-rita Fiscal Carol Cuba Peralta. En consecuencia, 3) DISPONER que el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, INFORME en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2012 al 28 de febrero de 2017: 3.1. Si el investigado WILFREDO FLAVIO PÉREZ GUZMÁN registra cuentas bancarias de cualquier tipo en dicha entidad, debiendo precisar fecha de aper-tura y fecha de cierre. Asimismo, deberá informar respecto de las diferentes cuentas que pudiera registrar: Transferencias interbancarias (debiendo precisar quién es el ordenante). Depósitos en efec-tivo (debe indicar el nombre de los depositantes). Transferencias de terceros (debiendo precisar el nombre del tercero). Depósitos en cheques (debe remitir copia de los mismos). 3.2. Deberá remitir copia de los cheques, cuyos montos dinerarios ha-yan sido depositados en la cuenta del investigado Wilfredo Flavio Pérez Guzmán. 3.3. Deberá remitir también copia de los cheques que haya emitido el investigado Wilfredo Flavio Pérez Guzmán. 3.4. La entidad bancaria deberá además informar si el investigado Wilfredo Flavio Pérez Guzmán, figura como tarjeta habiente de alguna tarjeta de crédito y el monto de la línea de crédito. 3.5. Si registra caja fuerte en la entidad bancaria. 3.6. Si registra prés-tamos bancarios, porqué monto, garantía otorgada para obtenerlo y forma de pago, debiendo remitir el cronograma respectivo. DISPONER se notifique a la Fiscalía recurrente, remitiéndose el presente cuaderno para la ejecución de lo decidido favora-blemente por este Despacho Penal.” (SIC) Y TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE. ORDENAMOS la devo-lución del presente proceso al juzgado de origen. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE TRÁMITE

LL

03270-2017-59: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el DIECINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias núme-ro ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el impu-tado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIO-NAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AD

08085-2017-40: SE RESUELVE: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias núme-ro ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante,

bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el impu-tado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIO-NAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

SE EXPIDIERON: 06 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

07 DE DICIEMBRE 2018

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 151-2018

MB05312-2017-14: SE RESUELVE: DECLARA-MOS INFUNDADO el recurso de apelación inter-puesto por la defensa técnica del imputado Ren-zo Reynaldo Guevara Fuentes. CONFIRMAMOS LA SENTENCIA N° 119-2018-2JPCSPA, de fecha 22 de agosto de 2018, obrante a folios 191 a 222, en el extremo que resolvió: Declarar a Renzo Reynaldo Guevara Fuentes coautor del delito de tráfico ilícito de drogas, en la modalidad de favorecimiento al consumo ilegal de drogas mediante tráfico agrava-do, previsto por el artículo 296°, primer párrafo, del Código Penal en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio del Inte-rior relativo al tráfico ilícito de drogas; le impuso quince años de pena privativa de libertad efecti-va; le impuso la co-penalidad de 360 días - multa (calculado en base al 25% del ingreso diario sobre S/ 850.00), ascendente a S/ 2 550.00 a favor del Es-tado; le impuso inhabilitación conforme al artículo 36 numerales 2, 4 y 9; y, se le fijó por concepto de reparación civil, de forma mancomunada para cada uno de los sentenciados, en consecuencia Ren-zo Reynaldo Guevara Fuentes pagará S/ 1 666.50, dejando constancia que dicho procesado no hizo pago alguno. Y TODO LO QUE ADEMÁS CONTIENE EN EL EXTREMO IMPUGNADO. O R D E N A -MOS: la devolución del presente cuaderno al juz-gado de origen. Sin costas de la instancia. REGÍS-TRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y OCHOA CAHUANA.

AUTO DE TRÁMITE

MB06240-2016-102: SE RESUELVE: DECLARAMOS IN-FUNDADO el recurso de reposición planteado por el abogado Julio Filiberto Vega Sarmiento.

OC05713-2017-0: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el DOCE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho

(quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obliga-toria concurrencia de la parte apelante, bajo aper-cibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcu-rrencia ; asimismo, deben tener presente los seño-res abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las par-tes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la con-currencia de las partes procesales deberá procu-rarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia con-vocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascen-dente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coac-tiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONA-DOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

OC03882-2015-60: SE RESUELVE: DECLARAR IMPRO-CEDENTE Los recursos de casación interpuesto por Corina Pinto Gallegos y y Juan Bautista Ancco Pa-dilla, en contra de la Sentencia de Vista de fecha veinticinco de octubre de dos mil dieciocho.

SE EXPIDIERON: 05 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

10 DE DICIEMBRE 2018

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 152-2018

MB05242-2016-32: SE RESUELVE: DECLARAMOS IN-FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de la empresa CHAPURIS CARGO S.A.C, representada por su gerente general Tito Carlos Meza Puris. CONFIRMAMOS LA SENTENCIA SIN NÚMERO de fecha 17 de agosto de 2018, que obra en el folio 221 a 236, que resolvió: “(…) 1) DECLARANDO FUNDADA la demanda de PÉRDIDA DE DOMINIO formulada por la señora Fiscal, doc-tora Carol Rosa Cuba Peralta, Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio de Arequipa, dirigida en contra de la empresa CHAPURIS CARGO S.A.C. representada por su gerente general Tito Carlos Meza Puris. 2) DECLARO la PÉRDIDA DE DOMINIO Y LA EXTINCIÓN DE LOS DERECHOS O CUALQUIER TITULARIDAD PATRIMONIAL que pueda tener EMI-LIO MEZA CORDOVA o TITO CARLOS MEZA PURIS u otro y la empresa CHAPURIS CARGO S.A.C. sobre el vehículo de placa de rodaje XH-4146, placa actual V5G-812, vehículo usado, clase Remolcador, marca Volvo, modelo FH-12, carrocería: Remolcador, año de fabricación 1994, color: blanco verde, serie N° YV2A4B3C3RA226464, motor N° D12-1677128, origen de fabricación “importado”, inscrito en la Partida Registral N° 60084831. 3) DISPONGO la Transferencia y/o Titularidad del vehículo de placa de rodaje XH-4146, placa actual V5G-812, vehícu-lo usado, clase remolcador, marca Volvo, modelo FH-12, carrocería: Remolcador, año de fabrica-ción 1994, color: blanco verde, serie N° YV2A4B-3C3RA226464, motor N° D12-1677128, origen de fabricación “importado”, inscrito en la Partida Re-gistral N° 6008483, en favor del Estado Peruano. 4) ORDENO la inscripción de la presente resolución en la Partida Registral N° 60084831, del Registro de Propiedad Vehicular, Zona Registral N° XII, sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los

Registros Públicos. 5) DISPONGO la comunicación de lo resuelto en la presente resolución al Progra-ma Nacional de Bienes Incautados – PRONABI. (…)” (Sic.). Y TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE. ORDENA-MOS: la devolución del presente cuaderno al juzga-do de origen. Sin costas de la instancia.- REGÍSTRE-SE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 153-2018

LL06473-2015-51: SE RESUELVE: DECLARARON IN-FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público. CONFIRMARON la Sentencia de fecha trece de julio dos mil dieciocho, dictada por el Primer Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central, en el extremo que RESUELVE: DECLARAR a Eddy Tyrone Velarde Cabrera, ABSUELTO de los cargos imputados por el presunto delito de Falsa Declaración en Proce-dimiento Administrativo, ilícito previsto y penado por el artículo 411 del Código Penal en concurso ideal por delito de Falsedad Ideológica previsto por el artículo 428, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de Julio Herbert Moscoso Álvarez y Empe-ratriz Duran Patiño y el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judicia-les del Ministerio Público; y por el delito de Aten-tado Contra Documentos que sirven de Prueba en el Proceso, ilícito previsto por el artículo 372 del Código Penal en agravio del Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial. Dejaron subsistentes los demás extremos de la sentencia que no han sido impugnados. ORDENARON que consentida sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes Sin costas de la instancia. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTA

AV 252-2018

LL03930-2014-80: SE RESUELVE: DECLARAR INADMI-SIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN formulado por la defensa técnica del sentenciado CARLOS ADRIÁN PINEDA LOAYZA, en contra de la sentencia de fe-cha veintiséis de junio del dos mil dieciocho, en la parte apelada que declara la Carlos Adrián Pineda Loayza autor del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Uso de Documento Falso (respecto de la legalización de firmas) previsto y penado en el segundo párrafo del artículo 427 del Código Penal, en agravio de Cesar Augusto Fernández Dá-vila Barreda, con todo lo demás que contiene ella. DEBIENDO notificarse a las partes que no han con-currido en la forma y estilo de ley, y devolverse el presente actuado a primera instancia.AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTA

AV 253-2018

MB02388-2016-19: SE RESUELVE: CORREGIMOS la par-te resolutiva de la resolución N° 14-2018, del punto UNO, que señala:“(…) expediente 2328-2016-4 por el delito de lesiones en agravio de Verónica Mendo-za Condori (…)”. Debiendo ser lo correcto: “(…) ex-pediente 2388-2016-4 por el delito de lesiones en agravio de Verónica Mendoza Condori (…)”. DECLA-RAMOS INFUNDADO el recurso de apelación inter-puesto por la abogada defensora del sentenciado Jaime Quispe Herrera. CONFIRMAMOS la Resolu-ción N° 14-2018 y Resolución N° 15-2018, de fecha 17 de setiembre del 2018, que obra en el folio 100 y siguientes, que resolvieron: “UNO: DECLARAR FUN-DADO EL REQUERIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA PENA CONVERTIDA DE VEINTINUEVE JORNADAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, en consecuencia SE DISPONE QUE DON JAIME QUISPE HERRERA, identificado con DNI 44770085, nacido el

Page 9: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso N° 65-1999-0-040l-JR-CI-01 que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU (Sucesor

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes , 15 de abril del 2019

10 de agosto de 1980, natural del Cusco, CUMPLA CON LA PENA DE SEIS MESES Y VEINTISÉIS DÍAS en el penal de varones de Socabaya o el que designe el Instituto Nacional Penitenciario” DOS: DISPONER SE COMUNIQUE AL INSTITUTO NACIONAL PENITEN-CIARIO O DIRECCIÓN DEL PENAL DE VARONES DE SOCABAYA para que ejecute esta nueva condena”. “UNO: INTEGRAR LA RESOLUCIÓN 14-2018 EMITIDA EL DÍA DE LA FECHA QUE DISPUSO REVOCAR LA CONVERSIÓN DE PENA IMPUESTA A JAIME QUISPE HERRERA. (…)”. PRECISAMOS LO SIGUIENTE: reali-zando el cómputo desde el 23 de noviembre del 2017, la primera condena de seis meses y veintiséis días –que deriva de la revocatoria de la conversión de la pena que corresponde a la primera sentencia del expediente 2388-2016-4 por el delito de lesio-nes en agravio de Verónica Mendoza Condori - ven-ce el 19 de junio del 2018; y, la segunda condena de dos años y seis meses –que deriva de la pena impuesta por el nuevo delito, expediente 9154-2017- desde dicha fecha, vence el 19 de diciembre del 2020. DISPONEMOS se comunique esta deci-sión al juzgado a cargo del expediente 9154-2017 por el delito de Hurto Agravado. DISPONEMOS la devolución del presente expediente al Juzgado de procedencia. REGISTRESE y COMUNIQUESE.

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTA

AV 254-2018

AD11579-2018-13: SE RESUELVE: DECLARAMOS IN-FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la defensa del investigado CARLOS ALBERTO AGUILAR. CONFIRMAMOS la resolución número 02-2018 dictada en audiencia de fecha catorce de no-viembre de dos mil dieciocho, y en mérito al con-siderando cuarto de esta resolución integramos la parte resolutiva, debiendo aparecer en adelante que declaró FUNDADO el requerimiento de prisión preventiva postulado por el Ministerio Público y dictó prisión preventiva en contra del investigado CARLOS ALBERTO AGUILAR por el plazo de nueve meses. ORDENAMOS se notifique la presente reso-lución en forma personal al investigado CARLOS ALBERTO AGUILAR. ORDENAMOS se devuelva el presente cuaderno al Juzgado de origen. REGÍS-TRESE Y NOTIFÍQUESE.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE TRÁMITE

LL03882-2015-60: SE RESUELVE: DECLARAR IMPRO-CEDENTE el recurso de casación interpuesto por el sentenciado Abraham Benito Paredes contra la Sentencia de Vista N° 127-2018 de fecha veinticin-co de octubre de dos mil dieciocho de fojas cua-trocientos veintidós y siguientes; y, DISPONER la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen, con la debida nota de atención.

MB08189-2016-47: SE RESUELVE: DECLARAR IMPRO-CEDENTE el recurso de casación interpuesto por el sentenciado Sean Pool Zamata Choquehuanca contra la sentencia de vista de fecha veinte de noviembre del presente año de folios cuatrocien-tos sesenta a cuatrocientos setenta. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.

LL03841-2017-60: SE RESUELVE: CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA número ciento treinta y cua-tro guion dos mil dieciocho, emitida con fecha treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho. Y te-niendo la calidad de firme DISPONEMOS se remitan los actuados al juzgado de origen.SE EXPIDIERON: 04 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

11 DE DICIEMBRE 2018

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y COAGUILA VALDIVIA.

AUTO DE VISTA

AV 255-2018

LL04593-2014-57: SE RESUELVE: DECLARARON IN-FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Carlos Isaac Serafín Huajardo Perez, en contra de la Resolución N° 18-2018. CONFIRMARON la Resolu-ción N° 18-2018 que DECLARA IMPROCEDENTE el pedido de Prescripción de la Acción Penal formula-do por el investigado Carlos Isaac Serafín Huajardo Perez. DISPUSIERON que consentida sea la presen-te resolución, se remita el presente cuaderno al Juzgado de procedencia. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUE-SE y DEVUÉLVASE.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y ABRIL MENDOZA BANDA.

AUTOS DE TRÁMITE

AD02892-2017-76: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias núme-ro ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el impu-tado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIO-NAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

SE EXPIDIERON: 08 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

12 DE DICIEMBRE 2018

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTAAV 256-2018

AD06765-2018-45: SE RESUELVE: DECLARAMOS IN-FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el la defensa técnica del imputado Jonny Walter Rodriguez Cornejo. CONFIRMAMOS las resolucio-nes de fecha trece de setiembre del dos mil die-ciocho emitidas durante la Audiencia de Control

de Acusación, por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Islay que declararon infundados el pedido de cuestión previa y la excepción de impro-cedencia de acción, deducidas por el abogado de-fensor del imputado. ORDENAMOS se devuelva el presente cuaderno al Juzgado de origen. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE VISTA

AV 257-2018

LL11759-2018-85: SE RESUELVE: DECLARARON IN-FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del investigado Fidel Quintín Aragón Castelo. CONFIRMARON la Resolución Nº 02 de fecha veinte de noviembre dos mil dieciocho, emitida por el Juzgado de Investigación Prepara-toria – Sede Chivay, y en mérito al considerando cuarto de esta resolución, integramos la parte reso-lutiva, debiendo aparecer en adelante que declaró FUNDADO el requerimiento de prisión preventiva postulado por el Ministerio Público y dictó prisión preventiva en contra del investigado QUINTN FIDEL ARAGON CASTELO por la presunta comisión del de-lito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 188 del Código Penal concordado con el primer párrafo del artículo 189 numerales 1 (en in-mueble habitado), 3 ( a mano armada) y 4 ( con el concurso de dos o más personas) del mismo cuer-po normativo, en agravio de Krystian Josef Kubera; y dispone que el procesado cumpla su INTERNA-MIENTO en el Penal de Varones de Socabaya por el plazo de nueve meses. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y OCHOA CAHUANA.

AUTO DE VISTA

AV 258-2018

LL11095-2018-0: SE RESUELVE: DECLARARON INFUN-DADO el recurso de apelación interpuesto por el beneficiario Humberto Huayna Pereira. CON-FIRMARON la Resolución N° 02 de fecha ocho de noviembre de dos mil dieciocho que RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE liminarmente la demanda de hábeas corpus interpuesto por Huberto Huayna Pereira, en contra de los señores magistrados Fer-nández Ceballos, Barrera Benavides, y Lazo De La Vega Velarde, en su actuación como magistrados de la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE, NO-TIFÍQUESE y DEVUÉLVASE.

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

AUTO DE TRÁMITE

MB

07575-2018-0: SE RESUELVE: CONSENTIDO EL AUTO DE VISTA número doscientos treinta y tres guion dos mil dieciocho, emitida con fecha diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho. Y teniendo la cali-dad de firme DISPONEMOS se remitan los actuados al juzgado de origen.

LL

03936-2016-59: SE RESUELVE: CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA número ciento cuarenta y dos guion dos mil dieciocho, emitida con fecha veinti-dós de noviembre de dos mil dieciocho. Y teniendo la calidad de firme DISPONEMOS se remitan los ac-tuados al juzgado de origen.

MB

05584-2017-0: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-

tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concu-rrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presente los señores abo-gados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la dis-posición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurren-cia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el con-siderando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL RE-GISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

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02426-2017-64: SE RESUELVE: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOCE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias núme-ro ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el impu-tado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia ; asimismo, deben tener presen-te los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIO-NAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

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03924-2015-92: SE RESUELVE: CONVOCAR a las par-tes procesales a la audiencia de apelación de sen-tencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concu-rrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia; asimismo, deben tener presente los señores abo-gados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la dis-posición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurren-cia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el con-siderando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva

de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y será COMUNICADA DICHA SANCIÓN DE MULTA AL RE-GISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL creado por el Decreto Legislativo Nro. 1265, ello al amparo de lo previsto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nro. 002-2017-JUS. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.

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00772-2015-65: SE RESUELVE: SE CONCEDE a la defensa técnica de los procesados Terry Pillón Goechele y Laura Berrios de Pillón, el plazo de tres días, de notificada la presente decisión, para que subsane las omisiones antes anotadas, bajo aperci-bimiento, de elevarse el cuaderno a la Corte Supre-ma, en el estado en que se encuentra.

SE EXPIDIERON: 04 DECRETOS

CARLOS MENDOZA BANDA CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR COOR-DINADORA SEGUNDA SALA SUPERIOR PENAL SE-GUNDA SALA SUPERIOR PENAL

13 DE DICIEMBRE 2018

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y BENAVIDES DEL CARPIO.

SENTENCIA DE VISTA

SV 154-2018

AD02898-2011-13: SE RESUELVE: DECLARA-MOS FUNDADO el recurso de apelación formulado por el Ministerio Público y la Procuraduría Pública de SUNAT. DECLARAMOS NULA la Sentencia N° 038-2018-1JPCSPA expedida el veintiséis de fe-brero de dos mil dieciocho por el Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Arequipa _fojas 67 a 75 del cuaderno de debate_ que absuelve a SERGIO ALEJANDRO CORNEJO PIN-TO, BETSABETH ANGELA PALOMINO RAMOS, MIL-TON GENARO MENDOZA AVALOS, JOSÉ ANTONIO BARREDA DELGADO Y VICENTE JUAN ZAMBRANO LIMAS, del delito contra la Hacienda Pública en la modalidad de DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, previs-to en el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 813, concordante con el inciso a) del artículo 4° del mis-mo cuerpo normativo, en agravio del Estado, de-bidamente representado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Asimismo declara Infundada la pretensión civil postulada por el actor civil; en consecuencia, DISPONEMOS se dicte nueva sentencia con arreglo a Ley previa realización de nuevo juicio oral por otro Juzgador. SE PREVIENE a los señores Jueces, el respeto y aca-tamiento de las decisiones del órgano superior al interior del proceso, y no incurrir en irregularidad al pretender nuevamente poner en debate temas, desconociendo resoluciones de la Sala Superior que tienen calidad de firmes. SIN COSTAS de la ins-tancia. Y lo devolvemos.AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA.

SENTENCIA DE VISTA

SV 155-2018

MB01549-2015-33: SE RESUELVE: DECLARA-MOS: FUNDADO el recurso de apelación interpues-to por el representante del Ministerio Público. DECLARAMOS: NULA LA SENTENCIA N° 146-2018/FD-2JPU, de fecha 06 de junio de 2018, obrante a folios 84 a 120, que resolvió: Absolver a Víctor Hugo Núñez Herrera y Carolina Pamela Camargo Dueñas, como autores del delito de utilización in-debida de tierras agrícolas previsto en el artículo 311 primer párrafo del Código Penal, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público Especializado en delitos ambientales, únicamente en los extremos fácticos en los que se refiere a la edificación tipo departamento que consta de un área aproximada de 62 m2; y dispuso declarar fun-dada en parte la pretensión civil planteada por el

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