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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDESFacultad de Ciencias Administrativas y Contables -
Educación a Distancia
Carrera Profesional de Contabilidad y finanzas
RESOLUCION DE MULTA, RESOLUCION DE DETERMINACION Y ORDENES DE PAGO
PRESENTADO A LA CATEDRA AUDITORIA TRIBUTARIA
SEMESTRE : 2015- IICATEDRATICO : CPC. PEDRO EMIL TORRES QUILLATUPA ALIMNA : JESSICA VILCAPOMA ROJASCODIGO : F04347H
HUANCAYO - PERU 2015
RESOLUCIÓN DE MULTA
Es aquella resolución mediante la cual se impone una sanción pecuniaria al deudor por haber cometido una infracción tributaria.
Las resoluciones de multa es un documento que sunat emite a un deudor tributario cuando ha cometido una infracción tributaria.
Por ejemplo si tú declaras fuera de fecha tu impuesto mensual PDT 621, estas cometiendo una infracción numeral 1 del artículo 176 del código tributario
Efectos de la Notificación
Cuando Sunat te notifica (en el caso de resoluciones de multa) esta surge efecto al día siguiente de su recepción, lo que significa que el día que recibes la notificación es como un día de gracia (estas dentro del tiempo voluntario). Lo antes mencionado tiene como base el artículo 176 del Código Tributario menciona:
Las notificaciones surtirán efectos desde el día hábil siguiente al de su recepción, entrega o depósito, según sea el caso.
Analizamos el caso
La multa es correcta y ya te la ganaste por no declara tu impuesto dentro del plazo establecido. El detalle es ¿Cuánto es la gradualidad? ¿Sera 90% o 60%?
Quizás tú digas bueno ya no es voluntario, porque ya me notifico Sunat, por ende es inducido. Lo que tienes que recordar es que las notificaciones como una resolución de multa surge efecto al día siguiente de haberla recibido.
Por ende el mismo día que recibiste la notificación, Miguel puede presentar su PDT 621 y pagar su multa con la gradualidad del 90%.
Si Miguel subsana al día siguiente de recibir la notificación ya la gradualidad seria del 60%. Y en el peor de los casos si Miguel no subsana dentro del plazo de los 3 días hábiles ya no hay gradualidad, la multa es 1 UIT.
LA ORDEN DE PAGO
Es el documento en virtud del cual la Administración exige la cancelación de la deuda tributaria originada al constatarse que una obligación se ha hecho exigible. Sólo procede emitir órdenes de pago en los casos establecidos en el Artículo 78° del Código Tributario.
1. Número de Valor : Indica el código del área o dependencia que emitió el valor, seguido del código que identifica al tipo de valor y un número de orden al final.
2. Tipo de Valor:
Siglas que corresponden a Orden de Pago(01), Multa(02), Resolución de Determinación(03).
También se incluye Resoluciones de Intendencia (04) y Resoluciones del Tribunal Fiscal.
3. Tributo: Código del tributo o multa que adeuda el contribuyente.4. Periodo: Año y mes del tributo que adeuda el contribuyente.5. Monto emitido: Cantidad en soles relacionada con el tributo o multa, la cual
incluye intereses a la fecha del valor.6. Monto deuda pagada: Cantidad cancelada parcial o totalmente por parte del
deudor tributario.
7. Importe reclamado o apelado por el deudor tributario debido a que no le corresponde la deuda o valor o por diferencias entre el monto emitido en el valor y el monto cancelado de la deuda.
8. Saldo de deuda: Muestra la diferencia o el total adeudado en soles relacionado con el tributo o multa, la cual incluye intereses calculados hasta la fecha en que se emite el reporte del estado de adeudo tributario.
9. Etapa: Estado en que se encuentra el valor. Puede ser Emitido, Notificado, En Reclamación, En Apelación o En Coactiva.
10. Fecha Etapa: Es la fecha correspondiente a la etapa en que se encuentra el Valor, Resolución de Intendencia o Resolución del Tribunal Fiscal.
11. Expediente Etapa: Cifra cargada en el sistema por el área emisora y/o acotadora, que corresponde al Expediente en etapa de reclamo, en apelación, con Resolución de Ejecución Coactiva o con Resolución del Tribunal Fiscal.
Es importante señalar que la deuda incluida sólo se refiere a los valores emitidos. Asimismo, la SUNAT se reserva la facultad de realizar la verificación o fiscalización correspondiente.
Resolución de Determinación
Es el documento que emplea la Administración para hacer de conocimiento del deudor la existencia de una deuda tributaria a su cargo o de un saldo a su favor, como resultado de un proceso de fiscalización.