Tasa de Interés Moratorio

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TASA DE INTERS MORATORIOEn el articulo 24 del CT detalla cuales son los componentes de la deuda tributaria(1),tributo,multas e intereses ; en lo que ha nosotros respecta comentaremos brevemente los intereses, que se pueden clasificar en moratorios y de aplazamiento o fraccionamiento.EL INTERES MORATORIO

El inters moratorio,tiene naturaleza indemnizatoria por la demora del pago,es resarcir al acreedor la mora en la falta de ingreso al fisco y el enriquecimiento injustificado por parte del deudor.

TASA DE INTERS MORATORIO (TIM)

Es el inters que se cmputa a partir del da siguiente al vencimiento de los plazos sealados en la Ley,reglamento o Resolucin de Superintendencia hasta el da de pago inclusive. ( articulo 29)El TIM fijado no podr exceder del 10% por encima de la tasa activa del mercado promedio mensual en moneda nacional (TANM) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros el ltimo da hbil del mes anterior.

El TIM vigente mensual es del 1.5 %, para obtener la tasa de inters moratorio diaria se divide el tim mensual entre 30 , es decir, 1.5%/30=0.05%

MODIFICATORIAS AL CLCULO DEL TIM

Hasta el 24 de diciembre del 2006, fecha de entrada de vigencia del Decreto Legislativo N 969 ,el clculo del TIM se realizaba por capitalizacin,en ese sentido, el tributo impago generaba inters hasta el 31 de diciembre de cada ao ,y a partir del ao siguiente la nueva base se multiplicaba por el TIM y se generaba un nuevo monto y as sucesivamente hasta el da del pago, inclusive.Por ello se generaba doble capitalizacin.A partir del 25 de diciembre del 2006,se deja de hacer por capitalizacin y se hace el clculo sobre el tributo omitido, aunque sin efectos retroactivos,es decir, las deudas anteriores al 25 diciembre del 2006 se harn con capitalizacin.Asi mismo a partir de la entrada de vigencia de la Segunda Disposicin Complementaria Final del Decreto Legislativo N 981 (16 marzo de 2007) ,especifica que la suma capitalizada al 31 de diciembre del 2005 ser la base para el clculo de interses a futuro.

en resumen podriamos hacer el siguiente esquema

Deudas antes del 24 diciembre 2006 _______________Se capitaliza

Deudas posteriores al 25 de diciembre_______________No capitalizacindel 2006 (D.L. N 969) sin efectosretroactivos.

Deudas posteriores al 16 marzo del 2007_______________Tributo omitido2.D.F. D.L N 981ms intereses al 31 dic 2005 se le aplicar el nuevo porcentaje encontrado

_________________1.el contribuyente que paga en el momento establecido en la Ley,reglamento o en la R.S extingue la obligacin tributaria, pero si paga vencidos los plazos extingue la deuda tributaria.

Casos Prcticos

CAPITALIZACIN

El contribuyente" X " no ha pagado oportunamente el IGV de setiembre de 2004fecha de vencimiento: 12 octubre de 2004fecha de pago: 24 diciembre de 2006Deuda:10000

*13 octubre de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004han transcurrido 80 das que ha generado:80 x 0.05% (TIM DIARIO) = una tasa de 4 %

en dinero significa la deuda por la tasa que se gener eso das:4%x 10000 = 400

la deuda al 31 de diciembre del 2004 es de 10000(deuda original) 400(intereses de 80 das) = 10400

* Del 1 enero de 2005 al 31 diciembre del 2005 hay 365 das365x0.05% =18.5% tasa que se origino en ese aopor capitalizacin la deuda sera 10400(deuda al 31 diciembre 2004 por la capitalizacin) x 18.5%(tasa que se genero en el ao 2005) = 1924

es decir, al 31 de diciembre del 2005 la deuda es 10400 1924 =12324

*del 1 enero al 24 diciembre de 2006 ha transcurrido 358 dasque gener una tasa de 358x 0.05% =17.9%en dinero sera 17.9% x 12324 = 2.205.996

es decir la deuda al 24 de diciembre de 2006 = 12324 2205.996=14529.996redondeando= 14,530

CAPITALIZACIN Y NO CAPITALIZACIN

El contribuyente "Y" no ha pagado oportunamente el IGV del mes de octubre del 2005fecha de vencimiento: 12 noviembre de 2005fecha de pago: 31 diciembre del 2006deuda:10000

se comienza a computar desde el da siguiente al vencimiento del plazo, hasta el da de pago inclusive.

*13 noviembre al 31 diciembre de 2005 ha transcurrido 49 dias49 x 0.05%= 2.45% (tasa que se origin )deuda al 31 diciembre del 2005 = 10000x2.45% = 245=10000 245 =10245

*1 enero 2006 al 24 diciembre de 2006trancurriendo 358 ,generando una tasa de 358x0.05% = 17.9%17.95 x 10245 =1833.855deuda al 24 diciembre de 2006 = 10245 1833.855= 12078.855

*25 diciembre al 31 diciembre de 2006 han transcurrido 7 das7 x 0.05%= 0.35%como ya no se hace el clculo por capitalizacinsino solo con el tributo impago el clculo es=0.35% x 10000 = 35

la deuda al 31 de diciembre de 2006 es de = 12078.855 35= 12113.855Redondeo= 12,114

_____________________________________________________________Respuesta a consultas...

las deudas originadas por ejemplo en el 2008 y que van a ser pagadas en el 2010, solo ser necesario multiplicar la deuda original por la tasa generada en el 2008 ,2009 ,2010 y sumar a la deuda orignal.

si la deuda es del 2005 pero por pagar en el 2010, tendran que hacer capitalizacin hasta el 24 diciembre del 2006 y a partir del 16 de marzo sumar la deuda original los intereses generados hasta el 31 de diciembre del 2005