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TEMA 1-ORGANIZACION SANITARIA TEMA1: BLOQUE 1 ESTRUCTURA DEL SISTEMA SANITARIO PUBLICO EN ESPAÑA 1. El marco Institucional. El modelo sanitario Español se basa en el artículo 43.1 de la Constitución Española (1978) que “reconoce el derecho a la protección de la salud” y en el artículo 43.2 que establece que “compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de prestaciones y servicios necesarios”. La Ley General de Sanidad (1986) desarrollo el derecho Constitucional a la salud y universalizo la asistencia sanitaria, al declarar como titulares de este derecho a todos los españoles y extranjeros que tuvieran su residencia establecida en España. En la Ley General de Sanidad (LGS) se estructura el Sistema Nacional de Salud (SNS) que esta integrado por el Estado, los servicios de salud de las Comunidades Autónomas y el Consejo Interterritorial. Todas las administraciones publicas pueden establecer conciertos o convenios de colaboración con las instituciones sanitarias privadas para prestar asistencia sanitaria a la población. Antes de la promulgación de la Ley General de Sanidad la universalidad del derecho a la salud no estaba regulada ni existía una garantía real. Hasta entonces la protección de la salud estaba vinculada a la Seguridad Social y por tener esta un alto componente contributivo no se podía hablar de universalidad. 2. Objetivos del Sistema Sanitario público. Los objetivos generales del Sistema Sanitario los establece el artículo 3.1 de la Ley General de Sanidad, cuando dice que “los medios y actuaciones del sistema sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades”. En el artículo 6 se insta a las Administraciones Publicas a promocionar la salud, a promover el interés individual, familiar y social por la salud mediante la educación sanitaria de la población, a la prevención de enfermedades, a garantizar la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de salud, así como a la rehabilitación funcional y reinserción del paciente. El sistema sanitario público español contiene valores de universalidad, equidad y gratuidad que conforma un sistema solidario y de cohesión social. Los objetivos del Sistema Sanitario Español son: A) Universalización de la cobertura sanitaria. B) Equidad de la asistencia sanitaria. C) Promoción de la salud y prevención de enfermedades.

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Tema 1 asignatura Organización y gestión de la unidad de salud ambiental

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TEMA 1-ORGANIZACION SANITARIA

TEMA1: BLOQUE 1

ESTRUCTURA DEL SISTEMA SANITARIO PUBLICO EN ESPAÑA

1. El marco Institucional.

El modelo sanitario Español se basa en el artículo 43.1 de la Constitución Española (1978) que “reconoce el derecho a la protección de la salud” y en el artículo 43.2 que establece que “compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de prestaciones y servicios necesarios”.

La Ley General de Sanidad (1986) desarrollo el derecho Constitucional a la salud y universalizo la asistencia sanitaria, al declarar como titulares de este derecho a todos los españoles y extranjeros que tuvieran su residencia establecida en España.

En la Ley General de Sanidad (LGS) se estructura el Sistema Nacional de Salud (SNS) que esta integrado por el Estado, los servicios de salud de las Comunidades Autónomas y el Consejo Interterritorial. Todas las administraciones publicas pueden establecer conciertos o convenios de colaboración con las instituciones sanitarias privadas para prestar asistencia sanitaria a la población.

Antes de la promulgación de la Ley General de Sanidad la universalidad del derecho a la salud no estaba regulada ni existía una garantía real. Hasta entonces la protección de la salud estaba vinculada a la Seguridad Social y por tener esta un alto componente contributivo no se podía hablar de universalidad.

2. Objetivos del Sistema Sanitario público.

Los objetivos generales del Sistema Sanitario los establece el artículo 3.1 de la Ley General de Sanidad, cuando dice que “los medios y actuaciones del sistema sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades”. En el artículo 6 se insta a las Administraciones Publicas a promocionar la salud, a promover el interés individual, familiar y social por la salud mediante la educación sanitaria de la población, a la prevención de enfermedades, a garantizar la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de salud, así como a la rehabilitación funcional y reinserción del paciente.

El sistema sanitario público español contiene valores de universalidad, equidad y gratuidad que conforma un sistema solidario y de cohesión social.

Los objetivos del Sistema Sanitario Español son:

A) Universalización de la cobertura sanitaria.B) Equidad de la asistencia sanitaria.C) Promoción de la salud y prevención de enfermedades.

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2.1. Universalización de la cobertura.

La Ley General de Sanidad extendió la asistencia sanitaria a personas y colectivos que anteriormente no atendía la Seguridad Social. Amplió los titulares de los distintos regímenes sanitarios y acogió a los beneficiarios dependientes del titular de la asistencia sanitaria.

En el cuadro siguiente se expone la evolución del índice de la población protegida sanitariamente:

AÑO % DE POBLACIÓN PROTEGIDA

1945 22,06

1955 32,3

1965 51,3

1975 81,41

1985 95,4

1991 99,54

2.2. La equidad en la Asistencia Sanitaria.

La equidad en la Asistencia Sanitaria se basa en el derecho constitucional de toda la población al acceso en condiciones de igualdad a los recursos sanitarios. Este derecho no estará plenamente cumplido mientras existan las listas de espera, pues éstas obligan a algunos pacientes que tienen recursos propios a acudir al sector privado, al tiempo que las personas con menores recursos económicos son incluidas en dichas listas de espera, transcurriendo a veces mucho tiempo hasta que son atendidas.

La equidad sanitaria también se refiere a las desigualdades territoriales que aún persisten en España, como el hecho de que la zona norte del Estado tenga una tasa de hospitalización mayor que la zona sur o que algunas Comunidades Autónomas no dispongan de suficientes camas hospitalarias, manteniendo cifras inferiores a la media nacional.

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2.3. Promoción de la salud y prevención de enfermedades.

Por acuerdos internacionales se han elegido unos indicadores de salud que permiten evaluar las actuaciones sanitarias. Entre estos están la mortalidad perinatal, la mortalidad infantil y la esperanza de vida.

Las tasas de mortalidad perinatal e infantil están disminuyendo progresivamente debido al aumento de la calidad de vida y a la mayor tecnología y profusión de medios sanitarios.

AÑO MORTALIDAD PERINATAL MORTALIDAD INFANTIL NEONATAL

1960 36,64 41,91

1977 19,17 11,24

1980 14,69 8,64

1984 11,45 6,85

1990 7,71 5,08

2000 5,56 2,87

2010 4,17 2,14

La esperanza de vida al nacer ha aumentado significativamente a lo largo de la segunda mitad del S. XX como se puede ver en la siguiente tabla:

AÑO 1985 1996 2009 2012

Varones 74,2 74,44 78,8 79,5

Mujeres 79,2 81,63 84,6 85,5

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3. Antecedentes y conceptos generales del modelo sanitario español. El inicio del sistema socio-sanitario español se produjo el 30 de enero de 1900, al promulgarse la Ley de Accidentes de Trabajo. Desde esa fecha se pueden destacar cuatro grandes etapas:

1º. De la Ley de Accidentes de Trabajo a la II Republica Española (1900-1931).Es la fase del inicio de la protección social.

2º. De 1931 a 1963 en que se promulga la Ley de Bases de la Seguridad Social. Es la etapa del desarrollo de los seguros sociales, primero sectoriales y luego unificados.

3º. De 1963 a 1978 o periodo de desarrollo del sistema de Seguridad Social.

4º. Inicio de la reforma sanitaria e implantación del Sistema Nacional de Salud (desde 1978 a la actualidad)

En 1978, con la aprobación de la Constitución Española, se inicia un profundo proceso de reforma del sistema sanitario. La Constitución establece los referentes del Estado español y reconoce a las Comunidades Autónomas importantes competencias en materia de salud.

También en 1978, desaparece el Instituto Nacional de Previsiones (INP) y se crean tres organismos: El Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) que en 1997 cambio su denominación por la de Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).

La Ley General de Sanidad de 1986 integró el Sistema Asistencial de la Seguridad Social (INSALUD) y los sistemas existentes de Salud pública en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Para garantizar la cooperación y coordinación entre todas las Comunidades Autónomas, el Sistema Nacional de Salud estableció un Consejo Interterritorial, presidido por el Ministerio de Sanidad y con presencia del Estado y de todos los Servicios Autonómicos de Salud.

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Las funciones del CONSEJO INTERTERRITORIAL, INSS E IMSERSO quedan recogidas en el siguiete cuadro:

CONSEJO INTERTERRITORIAL

Ley 16/2003,de 28 de mayo

INSS

Real Decreto-Ley 36/1978,

de 16 de noviembre

IMSERSO

Real Decreto 140/1997,

de 3 de enero

- Garantizar la cooperación y coordinación entre las Comunidades Autonomas.

- Reconocimiento y control del derecho a las siguientes prestaciones económicas: jubilación e incapacidad permanente (en su nivel contributivo), muerte y superviviencia, incapacidad temporal y maternidad y la prestación economica por hijo a cargo en sus dos niveles de protección, conytibutivo y no contributivo.

- Reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria en los casos de maternidad, enfermedad y de accidentes.

- La gestión y funcionamiento del registro de prestaciones sociales públicas.

-La gestión del Fondo especial de mutualidades de funcionarios de la Seguridad Social.

- Promoción social de la migra-ción y programas para refugiados

- Plan gerontologico y programa para personas mayores.

- Planes de acción y progrmas para discapacitados.

El sistema sanitario, a partir del Decreto de Estructuras básicas de salud (1984) y de la LGS (1986) se estructuro en dos niveles de asistencia: primaria y especializada.

Se comenzó modificando la organización del primer nivel de asistencia y se crearon los Equipos de Atención Primaria (EAP). Estos atienden a la persona, la familia y la colectividad mediante programas, funciones de promoción de la salud, prevención, curación y rehabilitación. Con esto se oriento la asistencia sanitaria a través del médico de cabecera, que pasó a llamarse médico de familia.

El segundo nivel de asistencia sanitaria es el de la atención especializada que se realizara en los hospitales y en los centros de especialidades dependientes funcionalmente de aquellos. Se trata de una atención de mayor complejidad.

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La Ley General de Sanidad (LGS) no impide la existencia de un sector sanitario privado ni el ejercicio libre a los profesionales sanitarios, es más, faculta a las administraciones para poder establecer acuerdos, ya sea para atender episodios de hospitalización, efectuar intervenciones quirúrgicas, realizar pruebas exploratorias o llevar a cabo terapias de rehabilitación.

Los funcionarios de las administraciones central, autonómicas y locales tienen regímenes propios de Seguridad Social a partir de mutualidades de afiliación obligatoria que gestionan la asistencia sanitaria y la conciertan con aseguradoras privadas. Estas mutualidades son: MUFACE (funcionarios civiles), ISFAS (funcionarios militares) y MUGEJU (funcionarios judiciales).

Las características más importantes del Sistema Nacional de Salud son las siguientes:

A) Universaliza el derecho a la asistencia sanitaria.B) Su financiación es publica.C) Concibe la salud desde una perspectiva integral, pues considera fundamental

la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad.Esta visión lleva consigo implantar en la población una educación sanitaria elemental.

D) Está abierto a la incorporación de nuevas tecnologías sanitarias contrastadas y a la prescripción de los fármacos novedosos, una vez hayan sido autorizados.

E) Descentraliza los servicios de salud a favor de las Comunidades Autónomas.

4. Organización asistencial del Sistema Sanitario.

El eje fundamental de la organización asistencial del Sistema Sanitario es el área de salud, que es la estructura responsable de la gestión unitaria de las instituciones sanitarias en un territorio y de las prestaciones sanitarias y programas sanitarios a desarrollar por ellos.

Cada Comunidad Autónoma, al recibir transferencias sanitarias, debe formar un servicio de salud que integrará los servicios sanitarios de sus otras instituciones (corporaciones locales, diputación, etc) y formara las correspondientes áreas de salud.

4.1. El área de salud.

El área de salud (AS) es la unidad estructural básica donde el ciudadano tiene garantizada la asistencia sanitaria. En ella se ofrecen prestaciones de atención primaria y de atención especializada, incluyendo la hospitalización.

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Las actividades del área de salud se pueden concretar en la atención sanitaria a la persona, la familia y la comunidad; y en el desarrollo de programas de promoción, protección, curación y rehabilitación.

Las áreas de salud se delimitan teniendo en cuenta factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos y dotacionales. Al menos hay una área de salud por provincia y generalmente existe una zona por cada 200 000-250 000 habitantes.

Un área de salud se subdivide en zonas básicas de salud que son el marco territorial de la atención primaria de salud. En el área de salud ha de haber, al menos, un hospital. En el hospital se atienden las demandas de especialidades y la hospitalización.

SERVICIOS SANITARIOS

ATENCION PRIMARIA ATENCION ESPECIALIZADA

Responsable Equipo de atención primaria

Especialistas

Lugar Centro de salud Hospital Cupo de cada institución Varios centros (uno por

cada 5000-25000 habitantes).

Un hospital por cada 200-250 mil habitantes)

Ubicación Zona básica de salud Área de saludEl objetivo del área de salud es promocionar la salud y prevenir la enfermedad, prestando una atención

integral a la persona.En ella se globaliza la asistencia sanitaria.

4.2. Las zonas básicas de salud.

Cada área de salud se divide a su vez en zonas básicas de salud (ZBS), donde se ofrece la atención primaria y se sitúan los centros de salud, la puesta en marcha en los centros de salud implica la separación de la asistencia especializada de la primaria y el acercamiento de las prestaciones sanitarias a los usuarios.

4.3. La atención primaria.

La atención primaria es la puerta de entrada al sistema sanitario, por ser el primer nivel de contacto de los usuarios y que se desarrolla básicamente en los centros de salud.

En el centro de salud se ofertan servicios de Medicina, Pediatría y Enfermería. En función de planificación estratégica puede incluir otros servicios como:

1-) Extracción periférica de muestras biológicas.

2-) Fisioterapia.

3-) Psicoprofilaxis obstétrica.

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4-) Unidades de salud mental.

5-) Salud bucodental.

6-) urgencias de atención primaria.

En el centro de salud trabaja el equipo de atención primaria (EAP) que esta integrado por médicos de familia, pediatras y diplomados en enfermería. Cada equipo de atención primaria tiene un medico coordinador.

Las funciones de estos equipos de atención primaria son asistenciales, educativas, investigadoras y administrativas. De todas ellas la prestación asistencial es la fundamental.

Las características generales de la atención primaria son:

1-) Presta una atención integral al ser humano, actuando sobre el individuo, la familia, la comunidad y el medio ambiente.

2-) Se enmarca dentro de un área de salud y está coordinada con la atención especializada.

3-) Debe lograr que el individuo y la comunidad participen activamente en el cuidado de la salud.

4-) Detecta necesidades y problemas de salud individuales y colectivos.

ORGANIGRAMA DE ATENCIÓN PRIMARIA

Gerente de atención primaria

Director médico

Coordinador médico

Responsable de enfermeía

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5-) Elabora programas de salud con objetivos, actuaciones, recursos e instrumentos de evaluación.

6-) El trabajo se desarrollara en equipos interdisciplinarios.

7-) La atención primaria se realiza principalmente en la consulta, aunque también se efectúa en el domicilio del paciente.

8-) Se elabora una historia clínica que contempla a todos los miembros de la familia.

Los servicios ofertados en atención primaria son:

1- Diagnostico y seguimiento de enfermedades comunes.2- Prescripción de medicamentos y pruebas diagnosticas fundamentales.3- Vacunaciones.4- Cuidados de enfermería.5- Programas o actuaciones de promoción de la salud y prevención de

enfermedades: control de hipertensión arterial, control de colesterol, glucosa.......6- Planes y campañas con vocación educacional sobre la población: modificación

de hábitos, adquisición de otros nuevos, etc.7- Urgencias

En atención primaria se llevan a cabo programas de salud.Entre los programas de salud basados en circunstancias individuales, se hallan los de atención a la mujer, al lactante y al preescolar, al escolar, al adulto y al anciano.

Son programas de tipo general el de atención al medio ambiente y los de salud mental y laboral. Contempla aspectos parciales, los programas de vacunación, salud buco-dental, atención al hipertenso, al diabético, al drogodependiente y a personas con VIH entre otras.

4.4. La atención especializada.

Este nivel de asistencia se desarrolla en los hospitales y en los centros de especialidades. Supone un nivel de mayor complejidad y consumo de recursos.Las personas son remitidas desde los centros de salud de la atención primaria.

La Ley Hospitalaria de 21 de julio de 1962 definía los hospitales como establecimientos destinados a proporcionar una asistencia médico-clínica, sin perjuicio de que puedan realizarse funciones preventivas, rehabilitadoras, formativas y de investigación.

Las prestaciones de la atención especializada son:

1- Hospitalización.2- Asistencia médica hospitalaria.3- Cirugía mayor y menos.

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4- Servicio de hospital de día.5- Técnicas exploratorias y para el diagnostico ( biopsias y exploraciones

especiales, etc)6- Terapia rehabilitadora.7- Servicio de urgencias8- Tratamientos domiciliarios como hemodiálisis.9- Servicios de psiquiatría.10- Otros.

La atención especializada es llevada a cabo por dos tipos de profesionales:el personal sanitario y el personal no sanitario.

Dentro del personal sanitario se incluyen al personal sanitario licenciado (médicos, farmacéuticos, biólogos, etc), el personal sanitario titulado diplomado (diplomados en enfermería, matronas, fisioterapeutas, etc), los técnicos superiores de formación profesional en laboratorio de diagnostico clínico, en radioterapia, en anatomía patológica y citología, etc y los técnicos medios de formación profesional (auxiliar de enfermería y auxiliar de farmacia).

El personal no sanitario se clasifica en los siguientes grupos: personal técnico titulado universitario, superior o medio (ingenieros), personal de servicios especiales (auxiliares administrativos, recepcionistas, telefonistas, etc), personal de oficio (mecánicos, electricistas, etc), personal subalterno (celadores) y personal religioso.

(Organigrama general de un hospital)

5. Competencias en el sistema sanitario.

5.1. Competencias del Estado.

Son competencias del Estado, a través del Ministerio de Sanidad y Consumo, los siguientes aspectos:

1- La sanidad exterior y las relaciones y acuerdos internacionales.2- La vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados del

tránsito internacional de mercancías y el tráfico internacional de viajeros.3- Determinar, con carácter general, los métodos oficiales de análisis y medición

del control sanitario del medio ambiente.4- Establecer los requisitos sanitarios de las reglamentaciones técnico-sanitarias de

los alimentos y de los servicios y productos relacionados con el uso y consumo humano.

5- Llevar el registro general de alimentos e industrias alimentarias.6- Autorizar las listas de aditivos, los materiales de los envases y los desinfectantes

empleados por la industria alimentaria.7- Reglamentar, autorizar y homologar los medicamentos humanos y veterinarios.

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8- Registrar, autorizar y reglamentar sobre las industrias farmacéuticas y empresas fabricantes de productos y artículos sanitarios, así como sobre los empleados de las mismas.

9- Homologar los programas formativos de postgrado y especialización del personal sanitario y los puestos de trabajo de los servicios sanitarios.

10- La vigilancia epidemiológica nacional, los sistemas de información sanitaria y las estadísticas generales.

11- La coordinación y relación con las Comunidades Autónomas.

El Ministerio de Sanidad y Consumo ofrece el Plan Integrado de Salud con el fin de proteger la equidad en materia sanitaria entre las Comunidades Autónomas.

5.2. Competencias de las Comunidades Autónomas.

Cuando las Comunidades Autónomas reciben las competencias sanitarias, forman su Consejería de Sanidad (equivalentes en el Estado a los ministerios) que serán quienes gestionan los servicios sanitarios.

La Consejería de Sanidad a de trazar un Plan de Salud que tendrá como patrón el formulado por el Ministerio de Sanidad y Consumo para todas las Comunidades Autónomas. Además, el Consejo Interterritorial de Salud unifica la gestión entre los distintos territorios en materia de productos sanitarios y servicios contratados.

Bajo estas premisas, cada comunidad establece normativas y planifica y gestiona en materia sanitaria.

Las Corporaciones Locales, aunque dependientes de las normativas de sus respectivas Comunidades, tienen competencias en su ámbito geográfico sobre los siguientes aspectos:

1- Control sanitario del medio ambiente (contaminación atmosférica, abastecimiento de aguas, saneamiento de aguas residuales y residuos urbanos e industriales).

2- Control sanitario de industrias, actividades y servicios, transportes, ruidos y vibraciones.

3- Control sanitario de edificios y viviendas.4- Control sanitario de la distribución y suministros de los alimentos en el

municipio.5- Control sanitario de los cementerios y policía mortuoria sanitaria.