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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional 1 TEMA 1: CONTEXTO Y CONCEPTOS CLAVE EN TORNO A LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL

TEMA 1: CONTEXTO Y CONCEPTOS CLAVE EN TORNO A LA ... · Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional 3 Centrándonos en la procedencia de las personas

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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TEMA 1: CONTEXTO Y CONCEPTOS

CLAVE EN TORNO A LA PROTECCIÓN

INTERNACIONAL

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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En este primer capítulo hablaremos sobre migraciones desde un punto de vista global,

con especial atención a la situación de las y los refugiados en el mundo. Desde una

mirada general, iremos enfocando la situación en Europa y España. Veremos algunos

datos, entre los que podremos encontrar las principales procedencias de las personas

refugiadas y, por último, nos acercaremos al procedimiento de solicitud de Protección

Internacional en España.

1. Una visión global: datos y cifras

Aproximarse a la situación del asilo en España supone ampliar la mirada a la situación

que se vive en Europa y en el mundo. El número de personas migrantes a nivel

global aumentó un 41% en los últimos quince años, alcanzando a principios de 2016 los

244 millones de personas según cifras de Naciones Unidas (ONU).

En 2015 se produjo la “crisis” más grave de refugiados/as desde la II Guerra Mundial: a

partir de la guerra de Siria, más de un millón de personas cruzaron el Mediterráneo

como refugiados/as o migrantes y más de 60 millones de refugiados/as y

desplazados/as internos/as se han contabilizado en todo el mundo1.

El informe anual de ACNUR2 Tendencias Globales (2017)3 remarcó que en el 2016 un

promedio de 24 personas por minuto se vieron obligadas a huir de sus hogares

buscando protección en otro lugar, ya sea dentro de las fronteras de su país o en

otros países. De los 65,6 millones de personas desplazadas forzadamente, 22,5

millones eran refugiados/as (17,2 millones según ACNUR y 5,3 millones registrados

por el UNRWA), 40,3 millones desplazados/as internos/as y 2,8 millones solicitantes

de asilo. Además, ACNUR calcula que al menos 10 millones de personas eran

apátridas a finales de 2016.

1La revista 20Minutos nos acerca a la crisis de los/as refugiados/as a través de un reportaje en el que

muestran las cifras reales de unos de los fenómenos sociales más cruentos del siglo XXI: https://microsite.20minutos.es/refugiados/#section-3 2 El Alto Comisionado de las Naciones Unidas es una agencia especializada, creada en 1950, con el

mandato principal de brindar protección a las personas refugiadas y garantizar sus derechos y su

bienestar. Además, puede asistir a gobiernos y organizaciones privadas en la interpretación y aplicación

de la normativa internacional relativa al derecho de asilo y en la búsqueda de soluciones duraderas a la

situación de las personas refugiadas. Según el estatuto de ACNUR, su labor tendrá “carácter

enteramente apolítico; será humanitaria y social y, por regla general, estará relacionada con grupos y

categorías de refugiados” (CEAR) http://diccionario.cear-euskadi.org/alto-comisionado-de-las-naciones-

unidas-para-los-refugiados-acnur/ 3 http://www.acnur.org/recursos/estadisticas/

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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Centrándonos en la procedencia de las personas refugiadas, se estimó que el 55% de la

población refugiada del mundo proviene de Siria, Afganistán y Sudán del Sur. Estas

cifras suponen más de la mitad de los refugiados/as que, a nivel mundial, se encuentran

bajo el mandato de ACNUR. Por otro lado, Colombia, Siria e Irak, con 3,6 millones,

son los que tienen las mayores poblaciones de desplazados/as internos/as.

En 2016, el 84% de las personas refugiadas provenían de países de ingresos

medios/bajos y se encontraban muy próximos a situaciones de conflicto. De los países

receptores de población migrante y refugiada Turquía es, a nivel mundial, el mayor país

de acogida (2,9 millones de refugiados/as en total), con alrededor de un refugiado por

cada seis ciudadanos; a continuación encontramos a Pakistán con 1,4 millones y Líbano

con 1 millón de refugiados.

En definitiva, según el informe de Tendencias Globales de ACNUR son los países con

menos estructura y recursos los que se hacen cargo del 86% de la población refugiada

mundial (ACNUR, 2017).

Entre este conjunto de personas que migran es importante tener en cuenta los

diversos perfiles cuando miramos detenidamente la situación de cada una. Esto es

fundamental ya que cada caso necesita un nivel o tipo de protección diferente y

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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Una mirada a los datos de la infancia refugiada:

- 70% de todos los menores refugiados han solicitado

asilo en territorio europeo en su huida de las guerras

de Siria, Irak, Afganistán y Yemen, principalmente.

- 1 de cada 200 niños en todo el mundo son

refugiados.

- 51%: El total de refugiados registrados en 2015 que

son menores frente a un 46% que se sitúan entre los

18 a 60 años.

- 100.000: Los niños que han pedido asilo sin

compañía en 2015 triplican el registro de 2014. Uno

de cada tres de los migrantes procedentes de Áfri ca

tiene menos de 18 años.

- Estos menores que viajan sin estar acompañados de

nadie están muy expuestos a sufrir explotación y

abusos de las redes de tráfico y trata de seres

humanos.

'Desarraigados: una crisis creciente para los niños refugiados

y migrantes' (UNICEF, 2016)

adecuado a sus circunstancias. En líneas generales, podemos destacar: migrantes por

razones económicas, infancia migrante, víctimas de trata y personas que huyen por ser

perseguidas. A su vez, es necesario incorporar un enfoque de infancia, género y de

Derechos Humanos (DD.HH) cuando analizamos o nos acercamos a esta realidad y

cuando acompañemos desde nuestro voluntariado a personas refugiadas.

1.1 Visión global de la infancia refugiada

Es evidente que no toda la infancia migrante

es refugiada, pero no por ello hay que

perder la perspectiva en la identificación de

situaciones en los que la infancia migrante y,

específicamente, los/as menores no

acompañados/as pueden ser susceptibles de

protección internacional (asilo o

protección subsidiaria).

Se estima que más de la mitad de los

refugiados en el mundo son niños y niñas. El

informe 'Desarraigados: una crisis creciente

para los niños refugiados y migrantes' de

Unicef (2016) detalla la situación de 50

millones de menores que se encuentran

desplazados en el mundo. Estamos ante

niños y niñas que han tenido que abandonar

sus hogares y, entre ellos, hay 28 millones

que lo han hecho para huir de la violencia y de las

guerras. Entre los años 2005 y 2015 el número de menores refugiados se ha

duplicado, y el de los menores migrantes ha aumentado en un 21%. Éstas son las

principales cifras que muestran las circunstancias de una población infantil mayor

que la población total de toda España.

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

5 Si queréis profundizar sobre el asilo

en la historia:

http://www.acnur.org/el-

acnur/historia-del-acnur/el-asilo-en-

la-historia/

2. ¿Qué es el derecho al asilo?

Antes de adentrarnos en la situación de Europa y España, vamos a aproximarnos al

derecho de asilo. El Derecho de Asilo tiene una larga tradición histórica, estando ya

presente en la Edad Media con ciertas connotaciones religiosas; se pedía asilo en las

iglesias y estaba destinado a delincuentes comunes. Con el paso de los años, el

derecho de asilo va evolucionando y pasa a amparar persecuciones que no son

necesariamente de carácter criminal.

El derecho de Asilo se encuentra muy

vinculado a la Convención del Estatuto de los

Refugiados, creada después de la Segunda

Guerra Mundial para responder a las

consecuencias de ésta, ofreciendo protección y

asistencia a las víctimas de guerra. Durante la Segunda Guerra Mundial y los años de

posguerra se registró un desplazamiento poblacional entre 40 y 60 millones de

población refugiada, deportada o dispersa sobre todo en Alemania, Polonia y

Checoslovaquia.

A este respecto, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados

(ACNUR), creado tras la II Guerra Mundial con el objetivo de dar respuesta al

problema de 1,2 millones de europeos y europeas sin hogar, debía tres años. Sin

embargo, en la actualidad ACNUR sigue en activo y sus informes alertan de que nos

encontramos ante la mayor crisis de refugiados/as desde su creación: 65,3 millones de

personas se han visto obligadas a huir y las cifras siguen creciendo.

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, hecha en Ginebra

el 28 de julio, constituye el origen de la fundación de los principios que rigen la

condición de persona refugiada, así como los dictámenes que regulan la protección

internacional de la misma. Además de definir quién es un/a refugiado/a, establece una

serie de derechos y obligaciones de los/as refugiados/as a las que los Estados han de

someterse.

Según la Convención, un refugiado es aquel que…

“…debido a fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad,

pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país

de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la

protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales

acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a

causa de dichos temores no quiera regresar a él". Convención de Ginebra sobre el

Estatuto de los Refugiados de 1951.

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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Como la Convención sólo se aplicaba a situaciones anteriores a 1951, se hizo

necesario añadir un protocolo adicional. El Protocolo de Nueva York de 1967

extendió la protección a personas en situaciones temporales ocurridas después de

dicha fecha.

Los elementos clave en la definición de persona refugiada de la Convención son:

Los/as refugiados/as son personas que se encuentran fuera de su país de origen, o

de residencia habitual en el caso de los apátridas. Esta definición lleva aparejada la

idea de cruce de fronteras.

Los/as refugiados/as no pueden retornar a su país de origen o de residencia

habitual porque existe una probabilidad razonable de sufrir persecución por

motivos de raza, religión, nacionalidad, género, orientación sexual, pertenencia a un

grupo social u opiniones políticas.

La persona ha de tener fundados temores de sufrir persecución, no siendo

necesario que haya sufrido una persecución personal y concreta antes de haber

salido del país de origen; la Convención sólo establece que exista un temor

fundado a sufrir persecución en caso de retorno.

La Convención de Ginebra no define la noción de persecución. A efectos de la

Convención de Ginebra, el término “persecución” conlleva una grave violación de

los derechos humanos, incluyendo las amenazas contra la vida o la libertad, así

como otros tipos de daños graves o de situaciones intolerables.

La persecución puede provenir de las propias autoridades, o bien de agentes

terceros no estatales (desde grupos armados a miembros de la propia familia,

tratantes o redes criminales, etc.). Cuando la persecución emana de agentes

terceros no estatales -como ocurre en los casos de víctimas de trata, violencia

doméstica, matrimonios forzosos, etc.- se requiere que las autoridades no puedan

o no quieran proteger a la víctima de estas situaciones.

Podéis descargar el documento de la Convención en el siguiente enlace:

https://eacnur.org/files/convencion_de_ginebra_de_1951_sobre_el_estatuto_de_los_refugi

ados.pdf

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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El Principio de No Devolución es la

prohibición impuesta a los estados por

el Derecho Internacional de expulsar o

devolver a una persona al territorio de

cualquier país en el que su vida o su

libertad se encuentran amenazadas o en

el que pueda sufrir tortura, tratos

inhumanos o vulneración de sus

derechos humanos fundamentales.

2.1 Principio de No Devolución

La clave del sistema de protección del

Derecho de Asilo está en el llamado

principio de no devolución (no

refoulment) previsto en el Art. 33 de la

Convención sobre el Estatuto de

Refugiado. Si la persona está en grave

riesgo por persecución, la primera y

básica garantía es la de no devolución al

territorio del estado donde sufre

persecución.

El principio de no devolución no es absoluto; la persona no podrá ser devuelta a un

país donde sufra o corra el riesgo de sufrir persecución, pero sí podrá ser reubicada o

transferida a otros territorios “seguros”. Esto abre todo un debate no sólo sobre las

causas que dan lugar al asilo, sino sobre los lugares donde puede o no puede ser

devuelto/a, reubicado/a o transferido/a una persona solicitante de asilo.

En resumen, la Convención de Ginebra de 1951:

• Define quién es un refugiado

• Determina que un refugiado no debe ser devuelto al país donde teme ser

perseguido. Principio de No devolución

• Explica los derechos humanos fundamentales de los refugiados

• Libertad de religión y de movimiento.

• Derecho a la educación.

• Posibilidad de trabajar.

• Reconoce el alcance internacional del problema, y la necesidad de la

cooperación internacional para solucionarlo.

• Destaca la importancia de compartir la responsabilidad entre los distintos

Estados.

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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El concepto de "país de origen seguro" (SCO en su acrónimo en inglés)4 se utiliza

en la gestión de la migración para definir los países que tienen un sistema democrático

estable y que cumplen con los tratados internacionales de derechos humanos y, por

tanto, se presumen seguros para vivir.

Este concepto no debe confundirse con el de “tercer país seguro”. El primero se

aplica a un país cuyos/as ciudadanos y ciudadanas de origen no se sienten

perseguidos/as, mientras que el segundo se refiere a un país de tránsito que se puede

considerar seguro para brindar protección internacional.

Este concepto está en la base del acuerdo de la Unión Europea con Turquía para la

devolución desde Grecia de población refugiada de origen sirio. Como política de

gestión este acuerdo es muy cuestionable, como dudoso es la consideración de

Turquía como tercer país seguro5. No obstante, resulta funcional como respuesta

europea a la crisis de las personas refugiadas, lo que vuelve a fortalecer, para una parte

importante de la ciudadanía, la visión de la Europa fortaleza.

3. La situación de Europa: contexto, datos y cifras

En 2015, cuando comienza la llamada “crisis” de refugiados/as, un elevado número de

personas se vieron obligadas a huir de sus hogares y buscar refugio en Europa para

escapar de la violencia. Esto puso a prueba a la Unión Europea, enfrentando la imagen

de una Europa solidaria y de acogida a la de una Europa fortaleza. Todas estas personas

huyen de la persecución deseando dejar atrás un mundo de violencia y acaban

retenidas a las puertas de la Unión Europa en reasentamientos obligatorios* sin

esperanza de lograr entrar. La inacción de la UE no sólo se recrimina desde un punto

de vista ético, sino de obligatoriedad legal, ya que se trata de hacer frente a las

obligaciones y responsabilidades jurídicas contraídas como comunidad internacional,

desde la Declaración de Derechos Humanos hasta la Convención de Ginebra.

La dificultad en la capacidad de absorción de población refugiada de países que se

encuentran en las zonas limítrofes de los conflictos (Turquía, Líbano o Jordania) fue

uno de los factores de empuje hacia Europa: Italia, Grecia y los Balcanes se convierten

en las principales rutas en esa llegada. Aproximándonos a las cifras, este sigue siendo

4 Según la Comisión Europea, esta es su lista de países de origen seguros: https://ec.europa.eu/home-

affairs/sites/homeaffairs/files/what-we-do/policies/european-agenda-migration/background-information/docs/2_eu_safe_countries_of_origin_es.pdf

5 Por ejemplo, Amnistía Internacional ha solicitado la no consideración de Turquía como tercer país

seguro: https://www.es.amnesty.org/actua/acciones/europa-asilo-mar16/

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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*¿Qué es la reubicación y el reasentamiento?

*Reubicación

La reubicación es el traslado de personas que

necesitan protección internacional de un Estado

miembro de la UE a otro.

*Reasentamiento

Es un mecanismo cuyo fin es buscar una solución

permanente para la persona migrante. Implica

ofrecer vías seguras y legales a los/as refugiados/as

que huyen de su país de origen a un país vecino.

Así, un tercer país acoge voluntariamente a los

refugiados más vulnerables según los criterios de

ACNUR. España es uno de los 15 países de la UE

que ofrecen programas de este tipo, aunque con

una incidencia casi anecdótica.

un porcentaje muy pequeño frente al drama del desplazamiento. En 2016, 1.259.265

personas trataron de encontrar refugio en Europa solicitando protección internacional,

de las cuales solo 15.755 lo hicieron en España. Esta cifra representa el 1,2% del

total de solicitudes en territorio europeo, una de las más bajas de la UE.

A la hora de garantizar la dignidad de las personas y el valor de los Derechos

Humanos, “la Unión Europea, aunque siempre con limitaciones, ha tenido que diseñar

una política para recibir a cientos de miles de personas desplazadas por la guerra y la

persecución…pero no estaba preparada” (Defensor del Pueblo, 2016).

En este contexto, en 2015, y a partir de

una propuesta de la Comisión Europea, los

Estados miembros se pusieron de acuerdo

para reubicar a 160.000 solicitantes de asilo

procedentes de Grecia e Italia en otros

países de la UE antes de septiembre de

2017. Sin embargo, hasta julio de 2016

solamente se había reubicado a 3.000

solicitantes de asilo. El 26 de septiembre de

2017, cuando se agotó el plazo que se dio

la propia Unión Europea, se logró trasladar

a unas 46.500 personas; es decir, el 25%

del compromiso comunitario (Jiménez,

2017)

En lo que respecta al reasentamiento

(compromiso de acoger a personas

refugiadas que se encuentran en terceros países), los Estados miembro reasentaron a

un total de 22.504 personas ubicadas principalmente de Oriente Medio, Cuerno de

África y Norte de África. Entidades como CEAR alertan del bajo índice de

reasentamiento en comparación con países más empobrecidos como Líbano, que

acoge a más de un millón de personas (CEAR, 2016).

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6 Fuente: Público. Enlace http://www.publico.es/sociedad/refugiados-refugiados-fracaso-europa.html

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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En su exposición “Tráfico de esperanzas:

los caminos de la migración en el norte

de África” Cruz Roja muestra que estas

vías inseguras están llenas de redes de

tráfico y trata de seres humanos; de

asaltos, robos, hambre, sed, abusos…en

definitiva, supone hacer frente a todo tipo

de riesgos y a la vulneración sistemática

de derechos humanos. Os animamos a

que vayáis a ver su trabajo en el Museo

Nacional de Antropología.

Esta idea de una Europa fortaleza se hace más fuerte desde la decisión de cerrar sus

fronteras de acceso, convirtiendo al mar Mediterráneo en una de las principales vías

migratorias, pese a ser altamente insegura y peligrosa. En los últimos 17 años, 35.000

personas han perdido la vida en sus aguas, y sólo desde 2016 lo han hecho casi 7.000,

entre las que se encuentran niñas y niños que se han quedado sin futuro a falta de vías

legales y seguras para obtener protección.

Son muchos los peligros a los que se enfrentan las personas que toman las diferentes

rutas migratorias7. Acercarnos a estas nos ayudará también a entender la realidad de

las personas a las que vamos a acompañar.

En estos caminos los niños y niñas se

enfrentan a una situación de especial

riesgo y vulnerabilidad: desde la

explotación, el abuso y la violencia

institucional a la ausencia de educación

o de cuidado. Sin embargo, el mayor

de todos ellos es el olvido y la

invisibilidad. Olvidamos que se trata de

menores y sólo vemos migrantes que

saltan vallas y cruzan fronteras, a pesar

de que la Convención de los Derechos

del Niño y la legislación nacional

determinan que el interés superior del

menor es prioridad sobre cualquier otra consideración.

3.1 Infancia refugiada

Según datos de la Oficina Estadística de la Unión Europea (EUROSTAT) en 2015 había

unos 90.000 menores no acompañados/as entre las peticiones de asilo que se estaban

tramitando en Europa (Save the Children, 2016). No es un fenómeno nuevo (entre

2008 y 2013 la cifra de demandantes de asilo variaba entre 11.000 y 13.000 personas),

pero el incremento en 2014 y 2015 ha sido notable.

7 Noticia del Huffington Post sobre la venta de esclavos en Libia:

http://www.huffingtonpost.es/2017/11/28/libia-el-infierno-donde-se-venden-esclavos-a-400-euros_a_23290666/

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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En 2015, un 91% de las y los menores que pidieron asilo eran chicos, un 57% tenían 16

ó 17 años, y un 29% 14 ó 15 años. Un poco más de la mitad procedían de Afganistán y

un 75% de estos menores estaban siendo acogidos en cuatro países (Suecia, Alemania,

Hungría y Austria).

3.2 Sistema común de asilo europeo

La Unión Europea, a través de su legislación, busca armonizar una política común de

Asilo, aunque con moderado éxito. El nuevo marco normativo publicado en el Diario

Oficial de la Unión Europea el 29 de junio de 2013 (Europea, 2013) integra los textos

refundidos referidos a la Directiva sobre Condiciones de Acogida, la Directiva de

Procedimiento, el Reglamento de

Dublín y el Reglamento EURODAC,

todo ello como ejemplo de

armonización.

Pero pese al deseo de Europa de

querer presentarse como un frente

unido en la lucha contra la crisis de

los/as refugiados/as, sus directivas

relativas a las condiciones de

acogida y Asilo son de limitado

alcance, ya que no todos los estados

de la Unión Europea están obligados

a incorporar las disposiciones de

estas directivas a su legislación

nacional.

Se ve, por tanto, cómo este intento

de armonización es muy limitado. A

pesar de la creación de la Oficina

Europea de Apoyo al Asilo (EASO),

las divergencias acerca de los

porcentajes de reconocimiento, las

condiciones de acogida y las cuestiones procedimentales siguen siendo muy grandes,

impidiendo, en consecuencia, la creación de un marco de derechos claro y proactivo

en la protección de los/as solicitantes de asilo.

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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4. Contexto español: datos y cifras

Aunque España se comprometió a reubicar y reasentar a un total de 17.337 personas,

el 26 de septiembre de 2015, tras 2 años, terminó el plazo del programa de

reubicación europeo, aunque no así sus obligaciones internacionales. A esa fecha

España ha acogido solo a 1.983 personas, poco más de un 11% de las 17.337 asignadas

en su cuota, colocándonos en el séptimo lugar en materia de cumplimiento de

compromisos de reubicación.

A diario miles de personas se ven obligadas a desplazarse para intentar salvar sus vidas

buscando seguridad y protección. Tal y como afirma ACNUR “la falta de mecanismos

legales de entrada en los países empuja a muchas de ellas a buscar alternativas

arriesgadas para llegar a lugares seguros, en ocasiones perdiendo la vida en el intento”

(2014). Desde septiembre de 2015 a diciembre de 2016 se estima que las personas

fallecidas y desaparecidas en nuestra frontera sur fueron 388, de los cuales 122 eran

niños/as. De enero a octubre de 2017, 112 personas han muerto tratando de llegar a

nuestro país y 99 han desaparecido (Maleno, 2017).

8

9 10

8 Fuente: Informe Tras la frontera (Caminando fronteras, 2017). Enlace:

https://caminandofronteras.files.wordpress.com/2017/05/ccf-itlf-arte-final-cuerpo.pdf 9 Fuente El País. Enlace: https://elpais.com/ccaa/2017/02/23/andalucia/1487861497_848914.html

10 Fuente El País. Enlace: https://elpais.com/elpais/2017/02/01/opinion/1485969688_808456.html

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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Los datos que aporta ACCEM, basados en los informes de EUROSTAT, nos muestran

que en el primer trimestre de 2017 las solicitudes de protección internacional en

España se incrementaron en un 130%, pasando de las 2.930 registradas en 2016 a las

6.865 de 2017 (ACCEM, 2017)11. En cambio, en la Unión Europea se redujeron

sensiblemente con respecto al año anterior en el mismo periodo de tiempo. En los

primeros meses de 2017 se registraron 180.190 solicitudes, con respecto a las 321.620

de 2016, un descenso del 44%.

Por nacionalidades, en España predominan las personas solicitantes de Venezuela,

Ucrania y Siria. En el conjunto de la UE, son Siria, Afganistán y Nigeria los principales

países de origen.

Entre los diez primeros países de origen se sitúan hasta cuatro países latinoamericanos.

Junto a Venezuela aparecen Colombia, El Salvador y Honduras. En los últimos años se

han incrementado de forma clara los solicitantes de protección de estas cuatro

nacionalidades. También hay que mencionar que aparecen dos países que pertenecen

geográficamente al África Subsahariana: Gambia y Guinea Conakry.

Si cruzamos los datos de España y la UE, observamos cómo únicamente dos países

coinciden entre las diez primeras nacionalidades de origen de los solicitantes de

protección internacional: Siria y Guinea Conakry.

11

Enlace informe ACCEM: http://www.accem.es/tag/proteccion-internacional/

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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Principales países de personas solicitantes de P.I. en España: Principales nacionalidades de personas solici- comparativa primer trimestre 2017-2015 tantes de P.I en la UE

Esta variable –el aumento de solicitudes de protección de ciudadanos/as

latinoamericanos/as– es una de

las explicaciones del aumento

de las demandas de protección

en España, mientras se reducen

en el conjunto de la UE.

Países de acogida de personas solicitantes

de protección internacional en la UE

Fuente EUROSTAT. Elaboración: Accem

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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4.1 España: contexto jurídico de la Protección Internacional

Cuando tratamos la Convención de Ginebra señalamos la importancia de la definición

de refugiado/a, pues sólo las personas que reúnan los requisitos previstos en la misma

son susceptibles de solicitar asilo según la legislación española.

En España, y por mandato constitucional (art. 13), se desarrolla la Ley 12/2009, de 30

de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria que en su

art. 2 establece que:

“El derecho de asilo es la protección dispensada a los nacionales no comunitarios o a los

apátridas a quienes se reconozca la condición de refugiado en los términos definidos en el

artículo 3 de esta Ley y en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en

Ginebra el 28 de julio de 1951, y su Protocolo, suscrito en Nueva York el 31 de enero de

1967. Ley de asilo española y protección subsidiaria”

Lo que es novedoso respecto a legislaciones anteriores es la definición del sistema de

protección subsidiaria que en el art. 4 queda definida de la siguiente manera:

“…El derecho a la protección subsidiaria es el dispensado a las personas de otros países y a

los apátridas que, sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidas como

refugiadas, pero respecto de las cuales se den motivos fundados para creer que si regresasen

a su país de origen en el caso de los nacionales o, al de su anterior residencia habitual en el

caso de los apátridas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves

previstos en el artículo 10 de esta Ley, y que no pueden o a causa de dicho riesgo, no quieren,

acogerse a la protección del país de que se trate…” Ley 12/2009 reguladora del

derecho de asilo y de la protección subsidiaria (BOE, 2009).

La figura de “protección subsidiaria” es de gran relevancia debido a que abre otro

camino a personas que, no reuniendo las características de “refugiado/a”, pueden llegar

a ser susceptibles de algún nivel de protección por parte del estado. Es, por tanto, una

categoría con un menor nivel de exigencia en cuanto a requisitos, pero que conserva el

núcleo duro de protección que es el de “no devolución”.

Dentro de la legislación española, la Ley de Derecho de Asilo de 2009 no tiene

desarrollo reglamentario. El desarrollo reglamentario es lo que fija las condiciones para

que una ley sea efectiva pero, si no hay reglamento, gran parte de la norma no se

cumple en la práctica pues la propia ley hace referencia a un reglamento que continua

sin existir. Por ejemplo: la ley en su artículo 7 establece que las personas que teman

por su vida y acudan a la embajada o consulados españoles en su propio país, podrán

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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pedir al embajador que valore su situación para que España se haga cargo del traslado.

Pero lo que dice la ley es que las condiciones del traslado serán objeto de desarrollo

reglamentario. La ley española es una de las más garantistas en este sentido, pues

España es de los pocos países europeos que tienen esa posibilidad en la ley, aunque

ésta quede en papel mojado, lo que cierra la posibilidad de establecer vías seguras.

4.2 Sistema de Protección Internacional (P.I) dentro de España

Os acercamos los puntos clave de cómo se solicita asilo en España:

¿A quién concede España Protección Internacional?

o A los/as refugiados/as: personas que tengan un temor fundado a ser

perseguidos/as en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad,

opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u

orientación sexual. A los refugiados se les concede el derecho de asilo.

o A los/as extranjeros/as que no son refugiados/as pero que no pueden

regresar a su país de origen por existir motivos fundados de sufrir alguno

de estos daños: condena a pena de muerte, tortura o tratos inhumanos o

degradantes, amenazas contra la vida o la integridad como consecuencia de

situaciones de violencia indiscriminada. Estas personas reciben protección

subsidiaria.

¿Dónde se solicita?

o Si llega a España y no puede entrar en territorio español se solicita en el

puesto fronterizo.

o Si ya está en España se puede solicitar en la Oficina de Asilo y Refugio

(OAR), en cualquier Oficina de Extranjeros, en Comisarías de

Policía autorizadas y en Centros de Internamiento de Extranjeros.

¿Cuándo?

Tienen de plazo un mes desde la entrada en España o desde que se

produzcan los acontecimientos en que se justifique la solicitud.

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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¿Cómo?

La solicitud se presenta personalmente. Es posible autorizar a una tercera

persona en caso de incapacidad física o legal. El procedimiento consiste en una

entrevista donde el/la solicitante deberá aportar datos personales, explicar las

causas que le llevan a pedir protección internacional y cómo llegó a España.

¿Qué derechos acarrea solicitar Protección Internacional?

o Permanecer en España hasta que se resuelva la solicitud, salvo

reclamación de otro país de la UE o de un Tribunal Penal Internacional.

o A ser asistido por un abogado, de forma gratuita si no puede pagarlo.

o Asistencia de un intérprete.

o A que su solicitud sea comunicada al Alto Comisionado de las

Naciones Unidas para los Refugiados en España.

o A conocer el contenido del expediente en cualquier momento.

o A ser documentado como solicitante de P.I

o A recibir prestaciones sanitarias.

¿Cuáles son los deberes del solicitante?

o Colaborar con las autoridades españolas no mintiendo sobre su

identidad a través de la presentación de los documentos requeridos que

acrediten su identidad (o justificando la falta de los mismos) así como

explicar de forma detallada los motivos por los que solicita P.I.

o Presentar, lo antes posible, todos los documentos en los que se apoye la

solicitud.

o Informar o compadecer antes las autoridades cuando le sea

requerido en relación con su solicitud, renovación de documentos, etc.

o Informar sobre cambio de domicilio.

o Proporciona impresiones dactilares.

¿Quién decide sobre las solicitudes de P.I?

o Todas las solicitudes son estudiadas por la Oficina de Asilo y Refugio.

o Las decisiones son tomadas por el Ministerio de Interior.

o Las decisiones sobre solicitudes admitidas a trámite el Ministerio de Interior

decide a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio

(CIAR)

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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¿Qué derechos se obtienen con la P.I?

o No ser devuelto al país de origen.

o Autorización de residencia y trabajo.

o Obtener documento de identidad.

o Reagrupación de familiares directos.

o Acceso a servicios públicos de empleo, educación, asistencia sanitaria,

vivienda, asistencia y servicios sociales, a programas de atención a personas

víctimas de violencia de género, a la seguridad social, a programas de

integración, a la formación continuada y trabajo en prácticas, al

procedimiento de reconocimiento de títulos académicos y profesionales.

o Acceso a programas de integración específicos y de retorno

voluntario que se establezcan.

o Reducción en los plazos de acceso a la nacionalidad española para los

refugiados.

La siguiente infografía muestra de manera general el procedimiento. Para ampliar

información podéis consultar este enlace: http://www.accem.es/proteccion-

internacional/.

*Tened en cuenta que este

procedimiento es diferente cuando

se trata de menores no

acompañados solicitantes de PI

como veremos en el tema 2.

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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5. Expresiones ciudadanas de apoyo

Como hemos ido desarrollando a lo largo de este tema, este último año se han

contado 65,3 millones de desplazados/as

forzados en el mundo. No podemos dejar

que nos nublen las cifras o visibilizar esta

realidad únicamente a través de los

números, porque detrás de cada cifra y de

cada número está la historia de una

persona.

Como veíamos anteriormente, Europa ha

sufrido lo que ha considerado una “crisis”

que, más allá del número de llegadas, lo

que ha puesto en manifiesto es una crisis en la respuesta y en las medidas en el ámbito

institucional europeo. Pero ante esto, ¿cuál ha sido la respuesta desde la sociedad civil?

Gobiernos, medios de comunicación y parte de la ciudadanía han culpado a las

personas refugiadas y migrantes de sus problemas económicos y sociales en vez de

combatir y condenar la xenofobia y la discriminación racial, fomentando las

tensiones, el miedo, la integración y la convivencia en la diversidad. Esto se ha visto

reflejado en la subida, preocupante en algunos casos, de partidos políticos que

promueven políticas restrictivas respecto a la población migrante y refugiada, y

programas electorales con medidas discriminatorias y racistas (Müller, 2017).

12

Pero no podemos olvidar la respuesta de la mayoría de la sociedad exigiendo políticas

de acogida; desde Administraciones e Instituciones que se han ofrecido a articular

planes de integración, inclusión y apoyo, a experiencias ciudadanas de participación y

voluntariado en Grecia, Serbia o España; la acción de activistas en las fronteras, y en

iniciativas de salvamento en el Egeo y el mar Mediterráneo asistiendo a personas

12

Fuente El País. Enlace: https://elpais.com/internacional/2017/09/23/actualidad/1506182470_589513.html

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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extorsionadas por las redes de tráfico y trata de seres humanos puestas en sus manos

por las políticas de control de fronteras.

Son muchos los ejemplos que muestran el deseo y los valores de una ciudadanía que

plantea la acogida como respuesta. Buena parte de la ciudadanía europea se ha volcado

en estos últimos años en reclamar y dar una acogida digna a los miles de refugiados/as

que llegan a Europa, ya sea desde intervenciones y acciones realizadas por entidades

sociales, colectivos artísticos o iniciativa individual y colectiva, hasta decisiones políticas

emprendidas desde ayuntamientos de distintas ciudades europeas que se levantan

contra las decisiones estatales y europeas.

13

Para los que somos ciudadanos y ciudadanas de un país que vivió la experiencia

dramática del exilio en tiempos no tan lejanos, esta situación se convierte en una

llamada de atención que nos exige al menos tensar los resortes de la memoria y no

dejar que una circunstancia dolorosa que viven millones de personas en el mundo nos

sea indiferente. José Saramago acertaba cuando dijo que “se puede comprender que

alguien se disculpe alegando „‟no sabía‟‟, pero es inaceptable que digamos „„prefiero no

saber‟‟.

13

Fuente Contexto y Acción. Enlace: http://ctxt.es/es/20161109/Politica/9472/refugiados-Solidarity-Cities-

gobiernos-municipales-Europa.htm

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

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El compromiso de la ciudadanía en la construcción de alternativas hace posible la

creación de una sociedad más abierta e inclusiva. Es por ello que el voluntariado se

convierte en una de las figuras más importantes de las que dispone la ciudadanía para

enfrentar todas aquellas situaciones de injusticia y de desigualdad. Actualmente, cientos

de personas han dejado de sentirse ajenas a la realidad que se está viviendo en las

fronteras europeas, y en nuestros municipios, pueblos y ciudades… y no se conforman

con hacer un comentario o sufrir un nudo en la garganta pasajero.

14 15

16

14

Página de la ONG Proactiva Open Arms: https://www.proactivaopenarms.org/es 15

Proyecto Holes in the Borders: http://holesintheborders.wixsite.com/atenas 16

Fuente Contexto y Acción. Enlace: http://ctxt.es/es/20151014/Politica/2599/refugiados-activismo-arte-UE-Alemania-puente.htm

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Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

22

Bibliografía 20 Minutos. (2017). Refugiados. Madrid, Madrid, España.

ACCEM. (2017). ¿Cómo se accede en España a la protección internacional? Obtenido de

ACCEM: http://www.accem.es/proteccion-internacional/

ACCEM. (8 de Septiembre de 2017). Refugiados 2017: crecen las solicitudes de protección en

España mientras disminuyen en la UE. Recuperado el 10 de Enero de 2018, de ACCEM:

http://www.accem.es/tag/proteccion-internacional/

ACNUR. (2014). Los medios de comunicación y las personas refugiadas. Madrid: Agencia de la

ONU para los refugiados.

ACNUR. (2017). Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2016. Geneva: Alto

Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

Alzola Kirschgens, Laura. (2015). Artistas y activistas alemanes construyen la base Aylan 1.

Contexto y Acción.

BOE. (2009). Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección

subsidiaria. Madrid: Boletín Oficial del Estado.

CEAR. (2016). ¿Reubicados?¿Reasentados? Las claves para hablar sobre la situación de los

refugiados en España y Europa. Comisión Española de Ayuda al Refugiado.

CEAR. (s.f.). Diccionario de Asilo CEAR. Obtenido de Comisión de Ayuda al Refugiado en

Euskadi: http://diccionario.cear-euskadi.org/alto-comisionado-de-las-naciones-unidas-para-

los-refugiados-acnur/

Europea, C. (2016). La lista común a la UE de países de origen seguros. Bruselas: Comisión

Europea.

Europea, U. (2013). Diario Oficial de la Unión Europea, L 180, 29 de junio de 2013. Bruselas:

Unión Europea.

Jiménez, Iván Ruiz (2017). Denuncian el “gran fraude” de la UE por incumplir su compromiso en

la acogida de refugiados. El Mundo.

Kirschgens, L. A. (15 de Noviembre de 2016). Las ciudades europeas se rebelan ante la inacción

de los Estados. Contexto y Acción .

Lucas, Á. (23 de Febrero de 2017). Los inmigrantes fallecidos al acceder a España se duplican

en dos años. El País .

Maleno, H. (2017). Tras la frontera. España: Caminando Fronteras.

Page 23: TEMA 1: CONTEXTO Y CONCEPTOS CLAVE EN TORNO A LA ... · Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional 3 Centrándonos en la procedencia de las personas

Tema 1: Contexto y conceptos clave en torno a la Protección Internacional

23

Müller, E. (24 de Septiembre de 2017). Los xenófobos y neonazis llaman a la puerta del

Bundestag. El País .

Prieto, J. (2 de Febrero de 2017). Todos fuimos Aylan. Muy pocos quieren ser Samuel. El País .

Pueblo, D. d. (2016). Estudio sobre el asilo en España: la Protección Internacional y los recursos

del sistema de acogida. Madrid: Defensor del Pueblo.

Rengel, C. (3 de Diciembre de 2017). Libia, el infierno donde se venden esclavos a 400 euros.

Huffington Post .

Save the Children. (2016). Infancias invisibles: menores extranjeros no acompañados, víctimas

de trata y refugiados en España. Madrid: Save the Children España.

UNICEF. (2016). Desarraigados: una crisis creciente para los niños refugiados y migrantes.

Nueva York: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

Unidas, N. (1951). Convención sobre el estatuto de los refugiados. Ginebra: Naciones Unidas.

Vargas, J. (26 de Septiembre de 2017). Refugiados, el últimos fracaso de Europa. Público

Villalpando, W. (2001). El asilo en la historia. Recuperado el 16 de Enero de 2018, de La

Agencia de la ONU para los Refugiados: http://www.acnur.org/el-acnur/historia-del-acnur/el-

asilo-en-la-historia/