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1 TEMA 2. EL ESTATUTO JURÍDICO DEL ESTADO (Lección 2 del Manual)

Tema 2. El Estatuto Jurídico Del Estado

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    TEMA 2.

    EL ESTATUTO JURDICO DEL ESTADO

    (Leccin 2 del Manual)

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    TEMA 2. EL ESTATUTO JURDICO DEL ESTADO

    I. Introduccin: los sujetos del Derecho internacional II. Los elementos del EstadoIII. El nacimiento de Estados y la libre determinacin de los pueblosIV. El reconocimiento de Estados y de GobiernosV. La problemtica de las transformaciones estatales:

    La continuidad en la identidad del Estado

    La sucesin de Estados

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    I. INTRODUCCIN: LOS SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL

    DI moderno: Estados y OIs con personalidad jurdica internacional

    Estado subjetividad primaria

    OIs subjetividad secundaria

    Tratado constitutivo como instrumento polivalente (v.g. Carta de San Francisco de la ONU):

    Acuerdo de voluntades entre Estados

    Regla bsica entre los Estados Miembros

    OIs como entidades de coordinacin y nunca de subordinacin

    Organizaciones internacionales supranacionales o de integracin

    Quedan excluidas las ONGs: asociaciones conformadas por personas fsicas (v.g. Amnista Internacional)

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    I. INTRODUCCIN: LOS SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL

    El Estado como sujeto principal del DI

    Subjetividad internacional plena:

    1. Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones jurdicas internacionales

    2. Capacidad nomogentica (art. 6 CVDT de 1969)

    3. Responsabilidad internacional activa (art. 34 ECIJ)

    4. Responsabilidad internacional pasiva (art. 2 Proyecto RIE)

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    II. LOS ELEMENTOS DEL ESTADO

    La existencia o desaparicin de un Estado es una cuestin de hecho Qu es un Estado? Perspectiva socio-poltica:

    Colectividad humana asentada sobre un territorio determinado y polticamente organizada

    Tres elementos constitutivos:

    Territorial

    Demogrfico

    Poltico

    Se exige la necesaria concurrencia de los tres (v.g. Sahara, Palestina)

    Elemento territorial: mbito geogrfico preciso para el ejercicio de las competencias estatales

    Tres tipos de espacios (terrestre, martimo, areo)

    Territorio delimitado (funcin DI clsico)

    Lmites establecidos por fronteras

    Controversias territoriales y territorios sin delimitar totalmente

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    II. LOS ELEMENTOS DEL ESTADO

    Elemento demogrfico: soporte humano necesario para sostener la presencia de una estructura estatal en un territorio

    Poblacin integrada por nacionales: personas que ostentan la nacionalidad de un Estado (Derecho interno Art. 11.1 CE 17 y ss CC)

    Derecho a ostentar una nacionalidad como un derecho fundamental de la persona humana

    Derecho interno doble nacionalidad y aptridas

    Individuos que se encuentran en el territorio de un Estado y NO son nacionales: extranjeros (residentes y no residentes) y refugiados o asilados (distincin con los desplazados internos)

    Elemento poltico: Gobierno capaz de controlar el territorio y la poblacin de un modo efectivo y responsable

    No existe un principio democrtico entre los principios del DIP

    mbito convencional y regional (v.g. UE)

    Contrario al principio de la libre determinacin de los pueblos (RES 1514 y 2625)

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Qu se entiende por colonizacin?

    Dominacin /metrpoli /colonia

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Qu es la libre determinacin de los pueblos, autodeterminacin o derecho a decidir?

    Principio que se predica de los pueblos coloniales y de los pueblos no constituidos en Estados consistente en:

    Determinar libremente su condicin poltica y

    A elegir libremente su sistema econmico, social y cultural

    Siempre y cuando se respeten los derechos ms esenciales de la persona humana

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Orgenes del principio

    Primera formulacin: principio de las nacionalidades (v.g. Italia y Alemania)

    Los Catorce puntos de W. Wilson: concepto de autodeterminacin

    Pacto de la Sociedad de Naciones:

    Ausencia de EEUU y URSS: no mencin expresa

    Rgimen de mandatos (art. 22 Pacto S de N)

    A qu territorios se aplicaba? Antiguas colonias de los pases vencidos / no capaces de dirigirse por s mismos

    En qu consista? Encomendar la tutela a una nacin desarrollada para ejercerla en nombre de la S de N

    Cmo? Tres tipos de mandatos de distinta intensidad: A B C

    Postulado poltico NO jurdico (Comisin de Juristas de la Sociedad de Naciones sobre las Islas Aland)

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Formulacin del principio en la Carta de las Naciones Unidas

    La cuestin colonial tras la Segunda Guerra Mundial

    La postura de las superpotencias

    La postura de los grandes imperios coloniales

    La solucin de compromiso:

    Afirmacin del principio (arts. 1.2 y 55 CONU)

    Doble rgimen para alcanzar el autogobierno: administracin fiduciaria y territorios no autnomos

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    El rgimen de administracin fiduciaria (Cap. XII CONU)

    Aplicable a los antiguos mandatos (colonias de las potencias vencidas)

    Consistente en encomendar la administracin a un Estado desarrollado en virtud de un acuerdo entre ste y la ONU

    Objetivo: Promover el adelanto del pueblo y su desarrollo progresivo hacia el gobierno propio o independencia (art. 76. b) CONU)

    rgano de control: Consejo de Administracin Fiduciaria (Cap. XIII CONU)

    Todos los territorios en fideicomiso han alcanzado el gobierno propio o la independencia (11 territorios)

    Ghana 1957 Isla Palau 1994

    Somalia, Togo, Camern, Tanzania, Ruanda, Burundi y algunas Islas del Pacfico

    El CAF no funciona desde 1994

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    El rgimen de los territorios no autnomos (Cap. XI CONU)

    Aplicable a las colonias de las potencias vencedoras -Reino Unido, Blgica, Francia, Pases Bajos-

    Mantenimiento del status quo colonias administradas por sus metrpolis

    Afirmacin de la existencia de lmites:

    Obligacin de promover el adelanto econmico, social, educativo y desarrollar el gobierno propio -NO se habla de independencia-

    Control: informacin estadstica y de naturaleza tcnica al SG de la ONU sobre la situacin econmica, social y educativa (art. 73 e) CONU)

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Ruptura de la solucin de compromiso: RES 1514 y 1541 de 1960

    Norma internacional obligatoria (ius cogens) como consecuencia de:

    Acontecimientos de la poca -guerras de liberacin de Asia y frica-

    Dinmica anticolonialista de la ONU -nuevos Estados-

    Resolucin 1514 de la AG en la que se contiene la Declaracin sobre la concesin de la independencia a los pases y a los pueblos coloniales

    Considerada la Carta Magna de la Descolonizacin -9 abstenciones de las potencias europeas-

    Condena formal y general del colonialismo

    Proclama que todos los pueblos tienen el DERECHO de libre determinacin

    La falta de preparacin no es pretexto para retrasar

    Ejercicio a travs de la consulta a la poblacin mediante REFERNDUM

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    - Las cuestiones pendientes (RES 1541 de la AG)

    A qu pueblos se refiere la RES 1514?

    El pueblo colonial se caracteriza por dos elementos (Principio IV)

    Discontinuidad geogrfica

    Distinto en sus aspectos tnicos o culturales

    Presuncin iuris tantum que se corrobora con otros elementos (Principio V)

    Administrativo, poltico, econmico e histrico (situacin de subordinacin)

    Cundo debe considerarse ejercido?

    Tres modalidades de ejercicio del derecho (Principio VI)

    Independencia, asociacin o integracin

    Resultado de la libre voluntad del pueblo colonial

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Dcada de 1960 auge del proceso descolonizador

    Tensiones: potencias coloniales y pases del tercer mundo

    Ruptura de la solucin de compromiso: desaparecen los imperios coloniales europeos

    Proceso casi finalizado:

    Lista de territorios no autnomos de la Comisin sobre la Poltica Especial y de Descolonizacin

    16 territorios (Islas del Caribe, Pacfico e ndico, Sahara, Gibraltar)

    La cuestin palestina

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    El principio de la libre determinacin en el contexto post-colonial

    Principio vlido y vigente:

    Artculo 1 comn a los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1966 (PIDCP y PIDESC)

    Resolucin 2625 de la AG de 1970

    Aplicacin del principio a los pueblos oprimidos por una minora dentro de su Estado

    Condena del rgimen de apartheid en Sudfrica

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    III. EL NACIMIENTO DE ESTADOS Y LA LIBRE DETERMINACIN DE LOS PUEBLOS

    Un derecho a la secesin de las minoras?

    Resolucin 2625: integridad territorial como lmite

    Clusula de salvaguardia a favor de la unidad nacional e integridad territorial

    Todo Estado se abstendr de cualquier accin dirigida al quebrantamiento parcial o total de la unidad nacional e integridad territorial de cualquier otro Estado o pas

    nica salvedad: gobierno no representativo o que introduzca distinciones por motivos de raza, credo o color

    Dictamen de la CIJ sobre la declaracin de independencia de Kosovo (Dictamen CIJ 22-VII-2010)

    La declaracin de independencia NO es un hecho que en s mismo constituya una violacin del DI

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    Planteamiento: el reconocimiento como acto unilateral del Estado

    Manifestacin de voluntad por la que se reconoce como vlida una determinada situacin

    Se admite como legtima una modificacin o pretensin de modificacin del orden internacional preexistente

    Institucin referida a cualquier mbito de las relaciones internacionales

    Especial relevancia en dos supuestos:

    Reconocimiento de Estados

    Reconocimiento de Gobiernos

    Acto de naturaleza poltica con consecuencias jurdicas

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    El reconocimiento de Estados

    Estado como realidad dinmica: un Estado puede surgir en la sociedad internacional de diversas maneras (v.g. divisin de Alemania tras la 2 Guerra Mundial)

    Actualidad de la institucin:

    Nuevos Estados procedentes de la Unin Sovitica y la antigua Yugoslavia

    Nacimiento de un Estado: cuestin de hecho NO de derecho

    Reaccin del resto de Estados: reconocer o desestimar la pretensin

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    Definicin: acto unilateral de voluntad en virtud del cual un Estado proclama y acepta que una determinada entidad poltica sea un Estado

    Compromiso de reconocer los derechos propios de la estatalidad

    Carcter poltico: acto libre y discrecional sin perjuicio de que produzca ciertos efectos jurdicos

    El DI no impone la obligacin de reconocer

    Atenuacin de la discrecionalidad obligacin de no reconocer por exigencia de normas imperativas o ius cogens- de DI:

    Derivadas de violaciones del principio de la libre determinacin de los pueblos (v.g. ocupacin marroqu del Sahara)

    Resultantes de un uso ilegal de la fuerza armada (v.g. territorios ocupados por Israel)

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    Reconocimiento condicionado: Posibilidad de ser sometido al cumplimiento de condiciones

    Declaracin de los Doce de 1991

    Instrumentos para aunar polticas (no reconocimiento concertado)

    Independencia de Kosovo en 2008

    Libertad de forma: doble modalidad

    Expreso: a travs de un acto por el que se reconoce al Estado

    V.g. Declaracin conjunta hispano-marroqu de 7 de abril de 1956

    Tcito: el reconocimiento se deduce de dos tipos de actos

    i) Establecimiento de relaciones diplomticas -NO consulares o comerciales-

    ii) Voto favorable en una OI de su admisin como miembro -NO ser miembro de una OI que acepta la admisin-

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    Naturaleza declarativa: Tradicionalmente existan dos grandes teoras

    Tesis declarativa: la existencia de un Estado no depende de su reconocimiento por otros Estados

    El reconocimiento DECLARA una situacin preexistente

    Respeto soberana y derechos con independencia del reconocimiento

    Tesis constitutiva: la existencia de un Estado depende de su reconocimiento por otros Estados

    El Estado EXISTE como consecuencia de su reconocimiento

    Condicin de Estado EXCLUSIVAMENTE para aqullos que lo reconozcan

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    Dictamen n 1 de la Comisin de Arbitraje para la antigua Yugoslavia de 24 de noviembre de 1991

    Tesis declarativa

    Por qu entonces los Estados reclaman el reconocimiento? Sahara o Palestina

    Tesis constitutiva

    Efectos jurdicos: para el Estado que lo realiza

    Doctrina de los actos propios = estoppel

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    IV. EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y DE GOBIERNOS

    El reconocimiento de Gobiernos

    Acto unilateral de voluntad por el que un Estado acepta que unas determinadas personas constituyan el Gobierno de un Estado

    Cundo se plantea?

    Cambios traumticos de poder (v.g. golpe de Estado)

    Reaccin del resto de Estados: aceptar o no al nuevo Gobierno que accede por la fuerza

    Bsicamente dos teoras:

    Criterio de legitimidad slo se debe reconocer a los gobiernos que han accedido al poder respetando determinados principios de legitimidad

    Dinstica / democrtica

    Doctrina Tovar -no reconocer gobiernos de facto y aislamiento econmico-

    Criterio de efectividad reconocer al Gobierno que ostente el control efectivo de la poblacin y del territorio de un Estado

    Relaciones entre Estados / no utilizacin del reconocimiento de Gobiernos

    Doctrina Estrada -no reconocer expresamente pues supone injerencia-

    Importancia del reconocimiento de Gobiernos (v.g. bienes, inmunidad)

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Planteamiento

    Realidad dinmica del Estado cambios en sus elementos constitutivos

    Interrogantes: Estado A se convierte en Estado X y Estado Z

    Las normas internacionales del Estado originario siguen siendo aplicables a los dos Estados resultantes?

    Qu sucede con el patrimonio del Estado originario?

    Cul es la nacionalidad de los habitantes del territorio afectado?

    Seran responsables internacionalmente los Estados resultantes por los hechos ilcitos cometidos por el Estado originario?

    Aspiracin del DI: mxima estabilidad en las relaciones internacionales

    Principio de continuidad en la identidad y normas aplicables en la sucesin de Estados

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    La continuidad en la identidad del Estado

    Principio por el que se presume que un Estado sigue existiendo a pesar de los cambios sufridos

    Tipos de cambios (v.g. RDC):

    Elemento demogrfico, no afectacin (hiptesis de laboratorio)

    Elemento poltico, consenso sobre la no afectacin (v.g. forma de gobierno, partido, denominacin)

    Elemento territorial

    Supuestos en los que pacficamente se admite la continuidad -no afectacin-

    V.g. Prdida del territorio por causas naturales o cesin territorial por TI

    Supuestos problemticos -criterios a valorar en la prctica reciente-

    1. Checoslovaquia 2. Unin Sovitica 3. Yugoslavia 4. Alemania

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Checoslovaquia: no continuidad
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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Unin Sovitica: continuidad Rusia
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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Yugoslavia: no continuidad
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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Alemania: continuidad RFA
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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Inexistencia de normas claras y precisas

    Criterios a valorar para decidir si existe o no continuidad en la identidad

    1. Presencia o ausencia de pretensin de continuidad en la identidad

    2. La actitud de los Estados involucrados

    3. La actuacin de terceros Estados -comunidad internacional-

    Importancia de la forma de transformacin -pacfica o traumtica-

    Indicadores:

    Continuidad del status como miembros de OIs

    Mantenimiento de la vigencia de acuerdos internacionales

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    La sucesin de Estados

    Qu se entiende por sucesin de Estados?

    Sustitucin de un Estado por otro en un determinado territorio

    Estado predecesor y Estado sucesor

    Principales interrogantes: tratados, patrimonio jurdico, nacionalidad y responsabilidad internacional

    Convenciones de Viena sobre sucesin de Estados:

    Convenio de Viena de 1978 sobre sucesin de Estados en materia de tratados internacionales -en vigor para 22 Estados-

    Convenio de Viena de 1983 sobre sucesin de Estados en materia de bienes, archivos y deudas -NO est en vigor-

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Tipologa sucesoria:

    1. Unificacin de Estados (v.g. Tanzania y Yemen)

    2. Absorcin de un Estado por otro (v.g. Alemania)

    3. Transferencia territorial (v.g. Alaska)

    4. Estados de reciente independencia (v.g. Timor Oriental)

    5. Nacimiento de nuevos Estados en el territorio donde antes ejerca sus competencias uno slo

    Convenio de Viena de 1983: separacin y disolucin

    Prctica: disolucin y desmembramiento

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Sucesin de Estados en materia de tratados internacionales

    Las reglas extremas: continuidad y tabla rasa

    Continuidad vinculatoriedad para sucesor/es

    Limitaciones:

    Tratados cerrados o de participacin restringida

    Tratados aplicables respecto a una parte del territorio del Estado predecesor (v.g. Tratado entre Checoslovaquia y Hungra)

    Tabla rasa no vinculatoriedad para sucesor/es

    Limitaciones:

    No obligacin, pero s derecho (tabla rasa matizada)

    Tratados localizados: fronteras o regmenes territoriales objetivos (arts. 11 y 12 CVSEMT)

    No son tratados localizados los que establecen bases militares

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    1. Unificacin de Estados (art. 31 CVSEMT)

    Regla de la continuidad -matizada- confirmada en Yemen

    2. Absorcin de un Estado por otro

    El caso de Alemania

    Segn el CVSEMT supuesto de unificacin y por tanto regla de la continuidad

    Cul fue la regla aplicable?

    Continuidad -matizada- respecto de los tratados de Alemania occidental

    Tabla rasa -matizada- respecto de los tratados de Alemania oriental

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    3. Transferencia territorial (art. 15 CVSEMT)

    Regla de la movilidad geogrfica del mbito de aplicacin de los tratados

    No afecta a los tratados localizados

    Confirmada en la prctica de los Estados

    4. Estados de reciente independencia (arts. 16, 17 y 24 CVSEMT)

    Tabla rasa -matizada- derecho de opcin salvo tratados localizados

    Confirmada en la prctica descolonizadora

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    5. Nacimiento de nuevos Estados en el territorio donde antes ejerca sus competencias uno slo

    CVSEMT: Separacin y disolucin -subsistencia o no del predecesor-

    Regla de la continuidad -matizada-

    Prctica: Disolucin y desmembramiento -forma o modo de producirse la sucesin-

    Disolucin o separacin pacfica: continuidad -matizada- (Checoslovaquia)

    Desmembramiento o separacin traumtica: tabla rasa -matizada- derecho de opcin salvo tratados localizados (Unin Sovitica y Yugoslavia)

    Y en relacin con el Derecho consuetudinario?

    Consenso respuesta afirmativa (v.g. Prohibicin del uso de la fuerza)

    Dudas respecto a determinadas normas cuando existe oposicin de un grupo significativo

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Sucesin de Estados en materia de bienes, archivos y deudas

    1. Unificacin de Estados

    CVSEBAD: todo pasa al Estado sucesor

    Prctica: no slo en caso de unificacin, tambin en los casos de absorcin (v.g. Yemen y Alemania)

    2. Estados de reciente independencia

    CVSEBAD: rgimen favorable a las antiguas colonias

    Regla locus in quo traspaso sin compensacin de los bienes situados en su territorio

    Las deudas del Estado predecesor no se transmiten al Estado sucesor, salvo acuerdo por existir estrecha vinculacin

    Prctica: respeto en lneas generales

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    3. Transferencia territorial y nacimiento de nuevos Estados en el territorio donde antes ejerca sus competencias uno slo

    CVSEBAD: acuerdo y en su defecto reglas subsidiarias basadas en tres principios

    Locus in quo

    Reparto equitativo del resto de bienes

    Reparto de las deudas en funcin de los bienes adquiridos

    Prctica: necesidad de acuerdo no aplicacin reglas subsidiarias

    Transferencia territorial: acuerdo -Alaska-

    Disolucin o separacin pacfica: acuerdo -Checoslovaquia-

    Desmembramiento o separacin traumtica: congelacin y posterior acuerdo -Yugoslavia-

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    V. LA PROBLEMTICA DE LAS TRANSFORMACIONES ESTATALES

    Sucesin de Estados en materia de nacionalidad

    Ausencia de Convenio: cdigo de conducta de la CDI en forma de Declaracin de la AG

    Evitar discriminaciones y aptridas / Normas sobre nacionalidad: derecho interno

    Prctica:

    Unificacin y absorcin de Estados

    Nacionalidad del nuevo Estado -sucesor-

    Transferencias territoriales y aparicin de nuevos Estados

    Posibles soluciones: Adquisicin automtica nacionalidad del sucesor o derecho de opcin -predecesor o resto de Estados-

    Sucesin de Estados y responsabilidad internacional

    La responsabilidad internacional por actos ilcitos NO se transmite = responsabilidad penal en el Derecho interno

    Ausencia de obligacin de reparar los daos causados por el Estado predecesor