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TEMA 3. EL PLANEAMIENTO GENERAL A ESCALA MUNICIPAL

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Page 1: TEMA 3. EL PLANEAMIENTO GENERAL A ESCALA MUNICIPAL

TEMA 3. EL PLANEAMIENTO GENERAL A ESCALA MUNICIPAL

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Planeamiento General:

Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU)Plan de Ordenación IntermunicipalPlan de Sectorización (PS)

Planeamiento de desarrollo:

Planes Parciales de Ordenación/Planes Especiales (PP/PE)Estudios de Detalle (ED)

Catálogos.

Otros Instrumentos de la Ordenación Urbanística:

Normativas Directoras para la Ordenación UrbanísticaOrdenanzas Municipales de Edificación y Urbanización

Instrumentos de la Ordenación Urbanística

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Adecuación a los Planes de Ordenación del Territorio

Puesta en valor de la ciudad existente (conservación, cualificación, reequipamiento y remodelación)

Adecuada protección y mejora del centro histórico

Integración de los nuevos desarrollos con la ciudad existente, evitando la dispersión. Los crecimientos (industriales, turísticos u otros) que deban realizarse sin continuidad física con la ciudad se localizarán de forma coherente con la estructura general

Redes de infraestructuras funcionales, eficaces y económicas

Protección y tratamiento adecuado del litoral (en su caso)

Clasificación como suelos no urbanizables de los terrenos para la protección del dominio público natural, los definidos por los planes territoriales, los que tengan valores naturales, históricos, culturales, paisajísticos, etc., los que tengan riesgos naturales, los necesarios para la localización de infraestructuras y equipamientos

PGOU (I)CRITERIOS DE ORDENACIÓN (I)

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Mantener las tipologías edificatorias, edificabilidades y densidades en la ciudad consolidada

Atender a las necesidades de vivienda social

Garantizar la proporcionalidad entre usos lucrativos y las dotaciones y servicios públicos

Procurar una distribución equilibrada de las dotaciones y servicios públicos en las distintas zonas de la ciudad, como elemento de integración y cohesión social

Ordenar el sistema de transporte, dando preferencia a los medios públicos o colectivos

Evitar una especialización excesiva en los nuevos desarrollos urbanos

PGOU (II)CRITERIOS DE ORDENACIÓN (II)

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En todos los Municipios:

• Delimitación de clases y categorías del suelo• Reserva del 30% de la edificabilidad residencial para viviendas

protegidas• Reserva de terrenos para los sistemas generales. Como mínimo:

- Parques, jardines y espacios libres (5-10 m/hab)- Infraestructuras, servicios y dotaciones de carácter

supramunicipal.• Usos, densidades y edificabilidades globales del suelo urbano y suelo

urbanizable ordenado y sectorizado.• Delimitación y aprovechamiento medio de las áreas de reparto en el

suelo urbanizable• Definición de ámbitos de especial protección en centros históricos• Usos incompatibles para el suelo urbanizable no sectorizado• Normativas del suelo no urbanizable de especial protección• Normativas de protección del litoral. Zona de Influencia de 500 m.

PGOU (III)ORDENACION ESTRUCTURAL (I)

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En los Municipios con relevancia territorial (*)

• Red de tráfico y aparcamientos.• Previsión de sistemas generales de interés supramunicipal

(*) Son municipios con relevancia territorial (Decreto 150/2003, de 10 de junio):

o Los que sean litoraleso Los que su población sea superior a 20.000 habitanteso Los que formen parte de las aglomeraciones urbanas de las

principales ciudades andaluzas

PGOU (IV)ORDENACION ESTRUCTURAL (II)

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PGOU (V)ORDENACIÓN PORMENORIZADA

• De carácter preceptivo:- En suelo urbano consolidado: Ordenación detallada: trazado trama urbana,

espacios públicos y dotaciones comunitaria; con determinación de usos pormenorizados y ordenanzas de edificación.

- En suelo urbano no consolidado: Delimitación de áreas de reforma interior; usos, edificabilidades y densidades globales; delimitación de áreas de reparto y aprovechamientos medios.

- En suelo urbanizable sectorizado: Criterios de ordenación para los Planes Parciales de Ordenación.

- En suelo urbanizable no sectorizado y no urbanizable: Normativa de suelo que no sea de especial protección.

- Definición de elementos o espacios dignos de una menor protección (no relevantes ni singulares).

- Previsiones de programación de las determinaciones pormenorizadas.

• De carácter potestativo: Ordenación detallada del suelo urbano no consolidado o urbanizable.

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Memoria de Información

Memoria Justificativa

Normas Urbanísticas (y Ordenanzas)

Estudio de Impacto Ambiental

Catálogos de bienes y/o espacios protegidos

Planos de ordenación• Clasificación de suelo• Categorías o calificación de suelo• Sistemas Generales• …

PGOU (VI)Contenido de los planes

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TRAMITACIÓN DEL PGOU

ACUERDO DE FORMULACIÓN

Estudios previos

Avance de planeamiento

APROBACIÓN INICIAL

APROBACIÓN PROVISIONAL

Información pública

El acuerdo de formulación debe contener las medidas previstas para fomentar la participación pública y la coordinación administrativa. A partir de este momento se puede acordar la suspensión de licencias.

Alegaciones e informes son analizados para incorporar (según los casos) sus contenido al documento del PGOU

Tras la aprobación provisional, se le requiere a las Administraciones y Organismos que deban emitir informe con carácter vinculante para que muestren su conformidad al nuevo documento .

El Avance recoge criterios, objetivos, alternativas y propuestas generales

APROBACIÓN DEFINITIVA

Traslado del expediente a la Consejería competente

La aprobación definitiva tiene que producirse como máximo en cinco meses desde la entrada del expediente en la Consejería. Transcurrido el plazo, se entiende aprobado por silencio.

Informes requeridos a otras Administraciones

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PLAN DE ORDENACIÓN INTERMUNICIPAL

Establece la ordenación de un espacio que pertenece a dos o más municipios, porque sea necesario proceder a un actuación unitaria y su justificación puede encontrarse bien en los Planes generales, en el Plan de Ordenación del Territorio de la zona o desarrollarse la iniciativa de forma independiente.

Su aprobación conlleva la modificación de los respectivos PGOUs

Contiene las determinaciones propias de los Planes Generales

El Plan puede ser formulado bien por los Ayuntamiento afectados de común acuerdo o por la Consejería competente en materia de Urbanismo

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PLAN DE SECTORIZACIÓN

• Antecedente: Programas de Actuación Urbanística (PAU)

• Objeto: Cambio del suelo urbanizable no sectorizado a sectorizado u ordenado.

• Competencia para la formulación:• Municipio de oficio• Iniciativa particular

Contenido, similar a la de los Planes Generales: Delimitación del sector. Determinaciones de la ordenación estructural y pormenoriza propias de los Planes Generales Plazos, compromisos y garantías de su ejecución.

El transcurso de los plazos puede dar lugar bien a: Prórroga justificada de los plazos previstos para su ejecución Expropiación por parte del Municipios, para:

Restituir los terrenos a su estado (físico y jurídico) original) Sustituir al promotor en la actuación