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TEMA 6. EVALUACIÓN EN PSICOLOGÍA FORENSE APARTADO 2. CONCEPTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE Entendemos por forense a la actividad profesional específica, dentro del campo más amplio de judicial (referido a diferentes ámbitos profesionales relacionados con la policía, delincuencia juvenil…), cuya orientación es fundamentalmente clínica, es decir, una actividad que es desarrollada por psicólogos clínicos, o con experiencia clínica, que desempeñan su trabajo en o para la Administración de Justicia. Destacamos las siguientes actividades profesionales en la Evaluación forense: Evaluación y emisión de informes psicológicos periciales en la Administración de Justicia. Evaluación del testimonio en menores víctimas de abusos sexuales. Evaluación de víctimas que han sufrido cualquier tipo de daño físico o psicológico. Evaluación penitenciaría para la modificación de grado, permisos de salida y libertad condicional. Evaluación y asesoría a los diferentes órganos y servicios jurídicos. Investigación y docencia. Desarrollo de intervenciones y tratamientos especializados en personal cuyos trastornos psicológicos han tenido alguna repercusión en el ámbito judicial (agresiones sexuales, terrorismo, accidentes de tráfico…). Métodos utilizados por estos profesionales son incluso muy familiares al resto de psicólogos que trabajan en otras áreas aplicadas de la psicología clínica: entrevistas semi-estructuradas, tests para la evaluación de la inteligencia, cuestionarios de personalidad, técnicas proyectivas, instrumentos neuropsicológicos, o evaluación psicofisiológica. APARTADO 3. METODOLOGÍA DEL PERITAJE PSICOLÓGICO El informe en psicología forense, que suele denominarse también como informe pericial o peritaje psicológico, cobra máxima importancia desde muy distintos puntos de vista, al culminar no sólo el proceso psicodiagnóstico, sino al ser la expresión palpable de la Evaluación psicológica. Podemos definir el informe pericial (o dictamen) como el documento escrito, firmado y fechado en el que el perito psicológico expone sus consideraciones y conclusiones sobre los hechos que han sido objeto de evaluación.

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TEMA 6. EVALUACIÓN EN PSICOLOGÍA FORENSE

APARTADO 2. CONCEPTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE

Entendemos por forense a la actividad profesional específica, dentro del campo más amplio de judicial (referido a diferentes ámbitos profesionales relacionados con la policía, delincuencia juvenil…) , cuya orientación es fundamentalmente clínica, es decir, una actividad que es desarrollada por psicólogos clínicos, o con experiencia clínica, que desempeñan su trabajo en o para la Administración de Justicia.Destacamos las siguientes actividades profesionales en la Evaluación forense:

Evaluación y emisión de informes psicológicos periciales en la Administración de Justicia. Evaluación del testimonio en menores víctimas de abusos sexuales. Evaluación de víctimas que han sufrido cualquier tipo de daño físico o psicológico. Evaluación penitenciaría para la modificación de grado, permisos de salida y libertad

condicional. Evaluación y asesoría a los diferentes órganos y servicios jurídicos. Investigación y docencia. Desarrollo de intervenciones y tratamientos especializados en personal cuyos trastornos

psicológicos han tenido alguna repercusión en el ámbito judicial (agresiones sexuales, terrorismo, accidentes de tráfico…).

Métodos utilizados por estos profesionales son incluso muy familiares al resto de psicólogos que trabajan en otras áreas aplicadas de la psicología clínica: entrevistas semi-estructuradas, tests para la evaluación de la inteligencia, cuestionarios de personalidad, técnicas proyectivas, instrumentos neuropsicológicos, o evaluación psicofisiológica.

APARTADO 3. METODOLOGÍA DEL PERITAJE PSICOLÓGICO

El informe en psicología forense, que suele denominarse también como informe pericial o peritaje psicológico, cobra máxima importancia desde muy distintos puntos de vista, al culminar no sólo el proceso psicodiagnóstico, sino al ser la expresión palpable de la Evaluación psicológica.Podemos definir el informe pericial (o dictamen) como el documento escrito, firmado y fechado en el que el perito psicológico expone sus consideraciones y conclusiones sobre los hechos que han sido objeto de evaluación.

1. ELABORACIÓN DE UN INFORME PERICIAL: debe dar respuesta precisa a lo que judicialmente se demanda; el perito debe explicar de forma clara, concisa y concreta a las preguntas formuladas por el Juez o el Tribunal; debe contener evidencia contrastable y defendible, sin contener demasiados tecnicismos psicológicos o científicos.

2. CARACTERÍSTICAS DE UN INFORME PERICIAL: Es un dictamen archivable y duradero Es un documento legal, y, por tanto, constituye una de las bases para la toma de

decisiones judiciales. Es una evaluación transversal (situación o momento en concreto), a no ser que se

requiera una evaluación de seguimiento longitudinal. Es una culminación y cierre del proceso diagnóstico en donde se comunican los

resultados, las orientaciones y las valoraciones requeridas judicialmente. Es un documento científico-técnico de naturaleza psicológica.

3. CONTENIDO DE UN INFORME PERICIAL: a) descripción de la persona o cosa objeto del mismo, en el estado o en el modo en que se halle; b) relación detallada de todas las operaciones practicadas y de su resultado; c) las conclusiones de los peritos, conforme a los principios de su

ciencia o arte.

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4. VARIABLES A CONTROLAR EN LA REDACCIÓN DEL INFORME: Evitar nombrar un constructo psicológico, psicopatológico o diagnóstico de formas

diferentes. Frases muy largas, complejas o muy elaboradas conceptualmente son difíciles de

entender. El perito debe esmerarse en utilizar un lenguaje claro y sencillo, tanto en el informe

escrito como en el Juicio Oral. La confidencialidad e inviolabilidad de los resultados o de la información obtenida,

no es, en principio, planteable, si tenemos en cuenta que los resultados, desde un principio, son obtenidos para informar a los Tribunales.

Las etiquetas diagnósticas por sí solas no sirven a efectos periciales, lo que se considera es si la conducta que se enjuicia deriva, es fruto o está relacionada con el estado mental del sujeto.

Importante no dictaminar cobre la imputabilidad, no se debe confundir en ningún momento la labor pericial con la policial o judicial.

5. ESTRUCTURA DE UN INFORME PERICIAL: (pag.231 cuadro 6.3) ENCABEZAMIENTO: datos identificativos del/los peritos; autoridad o persona que

lo solicita. METODOLOGÍA: entrevistas, tests, registros, observaciones, etc. ANTECEDENTES SUMARIALES: datos de la familia, dinámica del delito y hechos

laborales. EXPLORACIÓN: del sistema familiar, del entorno y de la persona (análisis histórico-

biográfico o anamnesis). DISCUSIÓN PSICOLEGAL: apartado más importante en donde el perito debe

justificar y razonar fundadamente sus descubrimientos; se deben integrar en este apartado los fundamentos científicos; se va estableciendo un puente entre la propia evaluación psicológica y la problemática judicial que se plantea en el proceso (imputabilidad, incapacidad, etc.); se debe procurar hacer la mínima mención de términos jurídicos y utilizar un lenguaje lo más inteligible para el profano.

CONCLUSIONES: resumen escueto de los fundamentos científicos explicados en el apartado anterior; han de estar enumeradas, han de ser muy escuetas y estar redactadas con un lenguaje claro e inteligible para el profano; deben recoger los aspectos más relevantes comentados en la discusión.

FÓRMULA FINAL FECHA Y FIRMA

*Pueden haber diferencias entre autores, por ejemplo destacamos a Graña y Esbec proponen un Modelo a seguir para el desarrollo de un informe pericial psicológico (2001) (pag.233), cuya novedad fue la aplicación del Análisis Funcional de la Conducta en la pericia psicológica, con objeto de: a) integrar toda la información disponible obtenida en las entrevistas, exploraciones psicopatológicas y pruebas complementarias; b) elaborar las hipótesis de origen y mantenimiento del problema o de la conducta de interés psico-jurídico; y c) plantear un modelo explicativo de cuándo, cómo y por qué el peritazo o examinado desarrolló y mantuvo la conducta objeto de pericia, enfatizando tanto los factores antecedentes y consecuentes, como de predisposición o vulnerabilidad.

APARTADO 4. PRINCIPALES ÁREAS APLICADAS DE EVALUACIÓN FORENSEDaremos a conocer las tareas y competencias del psicólogo forense a continuación, pero sólo las más comunes, faltarán otras también importantes (evaluación psicológica de las psicopatías, de los agresores sexuales, etc):

Apartado 4.1 (Evaluación de la credibilidad de los menores víctimas de delitos sexuales)Los testimonios del menor suelen ser la principal prueba que se complementa frecuentemente con diversas evaluaciones psicológicas tanto del menor víctima de las agresiones como del supuesto agresor. Ahora bien, dichas evaluaciones no parecen aportar mucha información, por esta razón en los años 50 surge en Alemania el Análisis de la credibilidad de las Declaraciones (Undeutsch).Fue Arne Trankel quien definió los dos criterios sobre los que se debería basar la discriminación entre las declaraciones verdaderas y falsas:

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1. el criterio de realidad: las declaraciones que tienen su origen en percepciones reales se caracterizan por contener un mayor nº de detalles periféricos que las declaraciones falsas.

2. el criterio de secuencia: en una secuencia de declaraciones verdaderas son de esperar modificaciones en los aspectos periféricos como el momento del día, la duración del incidente, o del episodio sobre el que se declara.

Posteriormente, Undeutsch a partir de estos dos criterios desarrolló el primero de los distintos procedimientos de análisis de la credibilidad de que disponemos en la actualidad:

Análisis de la Realidad de las Declaraciones (SRA):

El punto de partida es que las declaraciones basadas en hechos reales (vivenciados) son cualitativamente diferentes de las declaraciones que no se basan en la realidad y son mero producto de la fantasía. Los criterios de realidad reflejan los aspectos en los que difieren específicamente los testimonios reales de los ficticios.Dos tipos de datos, los primeros se obtienen de la declaración del niño obtenida por el encargado de evaluar la credibilidad de su testimonio, y el segundo tipo de datos se obtiene de las declaraciones previas realizadas por el menor ante las distintas instancias legales.Definió 16 criterios (14 presentes en la declaración del menor y 2 que consideran esta declaración en relación con las previamente realizadas por el menor a lo largo del proceso). Estos a su vez los agrupó en 3 grandes sub-categorías: criterio fundamentales (por. ej. concreción), manifestaciones especiales de estos criterios (por. ej. detalles que exceden la capacidad del niño), y criterios negativos o de control (por. ej. falta de consistencia). Son estos últimos los que afectan negativamente a la credibilidad de la declaración. Los criterios a considerar en la declaración analizada en el contexto de las declaraciones previas se centran precisamente en el grado de falta de persistencia.

Además de la mera presencia/ausencia de cada uno de estos criterios, Undeutsch señaló que la evaluación final de la declaración del niño debe considerar los siguientes aspectos, para valorarlo después como creíble, probablemente creíble, indeterminada, probablemente increíble o increíble:

La intensidad con que ha sido pronunciado cada uno de los criteriosEl nº de detalles que aparecen en la declaraciónLa capacidad de la persona que declaraLas características del suceso

Este procedimiento ha ido dando lugar progresivamente a diferentes métodos semi-estructurados de análisis de la credibilidad de las declaraciones, como el denominado CBCA (Criterios de Contenido para el Análisis de las Declaraciones), en el que se añaden 3 criterios más y se reorganizaron en 5 bloques en función si los contenidos hacen referencia a: (mirar cuadro 6.5, pag. 237)

Características generales del suceso (evaluación de la coherencia de la declaración) Son contenidos específicos (análisis de la validez y de cómo refleja cognitivamente lo que experimentó a nivel cuantitativo, de modo que si no lo experimentó no podría describirlo cognitivamente así)Peculiaridades del contenido (análisis de validez y de cómo refleja cognitivamente lo que experimentó a nivel cualitativo) Contenidos referentes a la motivación (motivos para una falsa acusación) Elementos específicos de la ofensa (ajuste a criterios criminológicos y psicológicos)

A los 19 criterio se les ha sometido a estudios de fiabilidad inter-jueces, los que presentaron una menor fiabilidad fueron los de la admisión de falta de memoria (criterio 15), detalles superfluos (criterio9) y correcciones espontáneas (criterio 14).

Apartado 4.2 (Evaluación de la personalidad en el contexto jurídico)El examen de la personalidad aparece en muchos tipos de litigios, complementando en algunos casos la evaluación del psiquiatra forense, y siendo, en otros, decisivo. Constituye por lo tanto una necesidad psico-jurídica, la vemos reflejada sobretodo en los procesos civiles de incapacitación, en los cuales se plantea una valoración meticulosa, exhaustiva y específica de autogobierno (poner de manifiesto las potencialidades reales del individuo, sus capacidades restantes y las que quedan disponibles).

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El examen de la personalidad en el contexto jurídico consiste:

evaluación psicológica referida al estudio del individuo íntegramente (aspectos positivos y negativos), así como una valoración psicológica, que implique una clara toma de posición acerca de las cuestiones planteadas por el juez o las partes.análisis histórico-biográfico, la exploración de los ámbitos personal, familiar y social, conjuntamente a una serie de pruebas complementarias (tests, escalas y cuestionarios de personalidad).desde un punto de vista clínico y psicojurídico, se justifica la evaluación de la personalidad, en base a las relaciones determinantes entre psicopatología y personalidad. La influencia de la psicología cognitiva ha sido relevante para determinar 4 posibles vinculaciones: a) modelo de la vulnerabilidad (el curso); b) modelo de la cicatriz o de la complicación; c) modelo de la patoplastía (inicio) y d) modelo de la continuidad o del espectro. (cuadro 6.6, pag.240)en la actualidad, los sistemas teóricos se personalidad que tienen mayor aplicación en el ámbito forense se basan en el análisis factorial de rasgos, por lo que tratan de extraer estructuras fiables, válida y universales de personalidad (concepción estática o factorial de la personalidad). Destacamos los 3 siguientes sistemas más utilizados: a) Modelo P-E-N de Eysenck: Cuestionario de Personalidad de Eysenck (neuroticismo, extraversión y psicoticismo como rasgos estables de comportamiento); b) Modelo de los 16 Factores de Personalidad de Cattell: prueba 16 PF-5 (cinco grandes factores similares a los “big five”: extraversión, ansiedad, dureza, independencia y auto-control, también patrones estables, consistentes y coherentes de comportamiento); c) Modelo de los <<Cinco Grandes>> o Big-Five, de Costa y McCrae: neuroticismo, extraversión, apertura mental, amabilidad y responsabilidad; estabilidad y transculturalidad de la estructura de la personalidad; su diferencia con los otros es la interpretación de los rasgos no sólo como algo constitucional, sino como esquemas cognitivos.si nos ceñimos al ámbito penal, tenemos que hacer referencia a la imputabilidad penal, el perito no debe pronunciarse sobre el “animus” (voluntad de matar o dañar) que ha de ser deducido por el Tribunal, pero sÍ se le solicita una valoración de la afectación cognitiva y volitiva (cuantificar la capacidad de culpabilidad). El perito evaluará y valorará los fundamentos psicológicos que relacionan la personalidad con la conducta (instrumentos: Escalas de Rogers –RCRAS).

Apartado 4.3 (Evaluación de la guarda y custodia en procesos de separación y divorcio)Temas de intervención psicológica más frecuentes en la actividad del psicólogo adscrito en los Juzgados de Familia:

Determinación de la guarda y custodia del menor en procesos de separación y divorcioConveniencia y regulación de los planes de comunicación de los menores con el progenitor no custodio.Acogimientos, adopciones y tutelas.Valorar la conveniencia de privación de la patria potestad o del ejercicio exclusivo de determinadas funciones por uno de los progenitores.Valoración de algunas causas de separación: alcoholismo, toxicomanías, trastornos mentales.Análisis de algunos supuestos de nulidad matrimonial.

Los peritajes psicológicos cumplen al menos 3 objetivos:

Valoración conflictos familiares (vínculos emocionales, comunicaciones y roles familiares9.Facilitar las decisiones judiciales (asesorar al Juez )Maximizar los recursos de la familia dividida y disminuir los riesgos no deseados para los menores implicados.

Modalidades de custodia existentes en la actualidad:

Atribución a uno solo o custodia exclusivaAtribución alternativa (los padres se alternan periódicamente en la guarda y custodia de sus hijos).Guarda y custodia repartida (unos hijos con el padre y otros con la madre).Guarda y custodia conjunta (la más apta).Guarda y custodia comunitaria (ninguno de los cónyuges es idóneo)

Principales instrumentos de evaluación se centran en:

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Métodos de observación (directa o indirecta).Entrevistas semiestructuradas para la recogida de datos.En el caso de los hijos: instrumentos de evaluación de características de personalidad y ajuste psico-social, de ajuste post-separación, de desarrollo cognitivo y social.En el caso de los padres: instrumentos de evaluación de la personalidad, de ajuste psico-social y de habilidades parentales.En resumen: técnicas de auto-informe, de entrevistas y exploraciones, aplicación tanto de pruebas psicométricas como expresivas, sobre todo, en el caso de los hijos menores de edad.

Apartado 4.4 (Evaluación psicológica del delincuente)Se pone mayor interés en aquellos factores psicológicos de tipo cognitivo, afectivos y de personalidad. Ahora bien, no hay que olvidar que el individuo forma un todo a la hora de determinar su perfil psicológico, tendremos en cuenta los siguientes factores psicológicos:

Factores cognitivos: disfunciones cognitivasMenor rendimiento de los delincuentes en medidas psicométricas: puntuaciones más bajas en tests de inteligencia (en rendimiento verbal, viso-espacial e integración viso-motora)En rasgos de personalidad: Búsqueda de Sensaciones (necesidad de hallar niveles de excitación satisfactorios); Extraversión (sociabilidad, optimismo e impulsividad) y el Psicoticismo (hostilidad, crueldad, insensibilidad) que implican un claro componente de la necesidad de estimulación; Impulsividad o escaso auto-control.Locus de control: delincuentes altos en locus de control externo (búsqueda de refuerzos a largo plazo, y muchas veces sin coincidir con la norma social.La peligrosidad criminal o probabilidad de comisión de atos delictivos futuros: el psicólogo forense emite informes sobre el pronóstico del delincuente en los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y la Audencia Provincial. Su valoración es trascendental para el Juez o Tribunal.Heilbrum (1979): Índice de Peligrosidad CriminalImportante el MMPI por su validación empírica, y sobre todo la escala 4- del MMPI (desviación psicopática), por su poder discriminativo para diferenciar a los delincuentes violentos de los no violentos.

Apartado 4.5 (Evaluación de la discapacidad de los trastornos mentales)Para determinar la discapacidad o grado de minusvalía se utilizan los Baremos de Calificaciones de Minusvalía (OM), conjuntamente con la Ley 13/1982 que recoge claramente las Calificaciones y Valoraciones de las Minusvalías, que han de ser realizadas por los Equipos Multidisciplinares.El psicólogo es el encargado de valorar los Trastornos Mentales, para valorar e porcentaje de minusvalía se utilizan las denominadas Tablas AMA, aunque establece una clara separación entre Deficiencia Mental y Enfermedad Mental, se dan valores porcentuales parciales, que se combinan cuando existe más de un trastorno, con el fin de obtener el Menoscabo Global de La Persona, expresado en porcentaje.Dentro de esta actividad pericial, una de las actividades más importantes es la valoración de la conducta adaptativa (autonomía personal), para determinar el grado de las limitaciones que tiene el sujeto para resolver las situaciones de la vida diaria o cotidiana.Otra área estudiada es la simulación y el engaño de los trastornos postraumáticos, cuadros psicóticos, demencias, trastornos neuro-cognoscitivos, trastornos disociativos y retraso mental. Lo que más ayuda a la detección de estos aspectos es la experiencia clínica.

PREGUNTAS OBJETIVAS DE AUTOEXAMEN:1. El análisis funcional del comportamiento, o formulación funcional del caso, no tiene utilidad en

la pericial psicológica (falsa).2. La psicología forense no se distingue de la jurídica en cuanto a que sus planteamientos son

fundamentalmente clínicos (falsa).3. El análisis de la declaración presenta una baja consistencia Inter.-jueces en el criterio referido a

la consistencia lógica de relato (falsa).4. Ley 13/1982 recoge claramente las Calificaciones y Valoraciones de las distintas Minusvalías

(verdadera)5. El perito psicólogo forense se debe pronunciar sobre el grado de imputabilidad o responsabilidad

ante el Tribunal (verdadera).