72
Impuesto General a las Ventas Tema : UNIVERSIDAD SAN ANDRES

Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

  • Upload
    others

  • View
    5

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Impuesto General a las VentasTema :

UNIVERSIDAD SAN ANDRES

Page 2: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

El Impuesto General a la Ventas (IGV), conocido Internacionalmente como impuesto al ValorAgregado (IVA), en las antiguas civilizaciones como la egipcia y ateniense existía un IMPUESTOA LAS VENTAS. Después de la primera guerra mundial apareció en la legislación de muchospaíses y se fue generalizando.

EGIPTO: El primer sistema de impuestos fue conocido en el antiguo Egipto. El faraón recaudaimpuestos 2 veces al año.

ATENAS-GRECIA: Para los ateniences en Grecia, la guerra era un estilo de vida. Losciudadanos pagaban impuestas para los gastos de guerra ese impuesto se llamaba "eisphora".

ROMA Y CESAR: El impuesto se llamaba "portoria“. César Augusto, que ahora se consideraun genio estratega de impuestos de su tiempo, dio a cada ciudad el trabajo de recaudación deimpuestos.

REVOLUCIÓN FRANCESA: Antes de la revolución Francesa, los disturbios civiles establecidos en gran medida de los hombros de altos impuestos para las clases bajas. Mientras que los nobles estaban exentos de impuestos.

En términos generales el IVA es un impuesto nacional a los consumos que tiene que serabonado por las personas en cada una de las etapas del proceso económico, enproporción al valor agregado del producto, así como sobre la realización de determinadasobras y locaciones, y la prestación de servicios.

Analizaremos:

Determinación del Impuesto; Comparación del 2006- 2013; Comparación de Ingresos; Caso de Evasión; IGV en las Importaciones

Conclusión.

Page 4: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Este impuesto es conocido en el mundo como IVA (Impuesto al Valor

Agregado). En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las

ventas de bienes en el país y sobre la prestación de servicios de carácter

no personal en el país.

El Impuesto General a las Ventas (IGV) es un impuesto que grava el valor

agregado en cada transacción realizada en las distintas etapas del ciclo

económico.

4

CICLO ECONOMICO: V.V. IGV P.V.

Productor: 10 + 1.8 = 11.80

Fabricante: 20 + 3.6 = 23.60

Mayorista: 40 + 7.2 = 47.20

Minorista: 60 + 9 = 69.00

Consumidor final

Page 5: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

5

Page 6: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

La tasa del impuesto es 16%. (IVA)

Se adiciona 2% por Impuesto de Promoción

Municipal (IPM).

Tasa aplicable 18%.*

• El aspecto mensurable, es aquel medio del cual se

señala la Base Imponible- Alícuota.

Estableciendo el porcentaje aplicable.

*Mediante Ley N° 29666 se establece la tasa del IGV en 18% a partir del 01 de Marzo del 2011

Page 7: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

7

Países Porcentaje (IVA)

Egipto 10%

Sudáfrica 14%

Canadá 7%

Nicaragua 15%

México 16%

Colombia 16%

Puerto Rico 7%

Venezuela 12%

Japón 5%

Países Porcentaje (IVA)

Georgia 18%

Israel 15.5%

Pakistán 16%

Tailandia 7%

Repúb. China 17%

Indonesia 10%

Irán 3%

Paraguay 10%

Ecuador 12%

Page 8: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

IVA en

America

Latina

16%

12%

16%

12%

13%

13%

15%

5%

12%

16%

12%

18% 20.48%

13%

19%

10%

22%

21%

10%Suriname

Page 9: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

9

CHILE ARGENTINA COLOMBIA MEXICO PERU VENEZUELA BOLICIA ECUADOR

19

21

1615

18

1213

12

IVA - IGV PAISES DE AMERICA LATINA ( % )

CHILE ARGENTINA COLOMBIA MEXICO PERU VENEZUELA BOLICIA ECUADOR

Page 10: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

En setiembre 2013,un grupo de congresistas de Perú Posible presentó un

proyecto de ley para reducir la tasa del Impuesto General a las Ventas

(IGV) del actual 18% a un 17% para el 2014, 16% para el 2015 y 15%

para el 2016. El planteamiento busca estimular el consumo de bienes y

servicios, contribuir con el crecimiento de la producción, propiciar la

formalización de la economía e inyectar recursos a los consumidores.

El proyecto de ley 2661/2013-CR se basa en que en el 2011, cuando se

debatía la reducción de la tasa del IGV de 19% a 18%, la entonces jefa de

la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Nahil

Hirsch, sostenía que la medida iba a implicar una disminución anual de

S/.3.000 millones en la recaudación. Sin embargo, esta se incrementó en

S/.5.000 millones.

Page 11: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Estudios Económicos de Cómex Perú, reducir la tasa del IGV daría a los

peruanos mayor disponibilidad de efectivo, con lo que se impulsaría el

consumo. En cambio, Hugo Perea, jefe de Estudios Económicos de BBVA

Research, dice que una propuesta para bajar la tasa del IGV en las actuales

circunstancias podría ser complicada. “Hay que recordar que la recaudación

fiscal se está viendo afectada por la desaceleración de la economía y por los

menores precios de las materias primas que afectan lo que capta el Impuesto

a la Renta. Se le estaría poniendo más presión a la caja fiscal, en una

circunstancia en que la coyuntura no es oportuna”, comenta Perea.

¿Cómo afectaría a la economía una potencial

reducción del IGV?

Page 12: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Una menor tasa del IGV implica que, si el comerciante traslada toda lareducción al precio final, las personas obtendrían un ahorro que podríandestinar a comprar otros bienes. Eso dinamiza la economía y aporta a lalarga a la recaudación del IGV.

Si es que la disminución del IGV (o parte de ella) se queda con elcomerciante, este tendría dinero extra que también gastaría en otrosbienes y también dinamizaría la economía. Si la tasa permanece comoestá, el dinero queda en manos del Estado, que también la destina algasto, pero tal vez con una deficiente administración y falta de ejecución.

Además, una disminución de las tasas impositivas trae como consecuenciauna menor evasión y, por ende, una tendencia hacia mayor recaudación.

“El efecto positivo en la caja fiscal de una menor tasa del IGV no esautomático, sino de largo plazo. Tomaría unos tres o cuatro años lograr unamenor evasión por la disminución de la tasa, pero se debe compensar enlo inmediato lo que se deja de recaudar”, señala el tributarista Luis Arias,ex jefe de la Sunat

No hay una tasa de equilibrio. Todo es por prueba y error”, señala Arias,quien agrega que seguramente una tasa más baja mejorará el bienestar dela población, por cuanto disminuirá sus gastos, pero empeorará subienestar por el hecho de que se reducirán algunos servicios que brinda elEstado

Page 13: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Una propuesta para reducir o aumentar la tasa del IGV no pasa solo por ese

impuesto, sino que debe ser parte de toda la estructura impositiva. Hugo

Perea explica que hay países como Estados Unidos o los europeos que

tienen una alta recaudación por el impuesto a la renta, y por ello su tasa del

impuesto al valor agregado (IGV en el Perú) puede ser baja, de niveles de

8% o menos.

“En el Perú la informalidad es alta, y una forma de hacer que los

informales tributen es a través del IGV, pues finalmente ellos también

comprarán bienes formales. Cada país tendrá una estructura tributaria

distinta, dependiendo de sus propias características”,

Es difícil determinar un nivel adecuado de los impuestos. Por ejemplo, si un

gobierno aplica un impuesto a la renta relativamente moderado, ello

incentivará mayor inversión.

Ese bajo impuesto se financia a costa de un menor consumo de las personas

a través de un IGV relativamente alto. “Es una decisión de política

macroeconómica, de posponer consumo hoy para poder financiar inversión,

de tal manera que podamos tener un ingreso por habitante más alto en el

futuro”,

13

Page 14: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

14

Tuvo su origen en España en el siglo XIV.

En el año 1342, el rey Alfonso XI implanto a nivel estatal un nuevo

tributo, sobre el volumen de ventas, con el fin de financiar el asedio

a la ciudad de Algeciras.

Gracias a los ingresos obtenidos por el IVA, el ejercito del reino

cristiano logro conquistar la ciudad en 1344.

Después de la primera guerra mundial apareció en la legislación de

muchos países y se fue generalizando.

Desde 1967 se impulso en las mayorías de los países por exigencia

de la Comunidad Económica Europea.

Page 15: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

La Evolución en lo que se refiere al impuesto general a las ventas, en el

Perú, fue de inicialmente modalidad plurifásica acumulativa sobre el valor

de total, con el impuesto de Timbres Fiscales hace el Impuesto sobre el

Valor Agregado.

El Impuesto de Timbre Fiscales nace mediante Ley 9923, un 25 de enero

de 1944 durante el Gobierno de Manuel Prado. El Timbre Fiscal es un

tributo y a su vez una renta que obtiene el tesoro público como

consecuencia de la ventas de sellos o estampillas como timbres (móviles y

fijos) y el papel (sellado y de aduanas); provenientes de la emisión, uso y

circulación de cierta clase de documentos, actos y contratos especificados

en la ley.

Estos sellos se pegaban en los documentos con la idea de realizar el pago

de los tributos ello implicaba que mientras más timbres se pegan mayor

sería el incremento de la base imponible del IGV, este fenómeno se derogó

en 1972, como consecuencia del elevado precio.

15

Page 16: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Es en 1973, a través del Decreto Ley 19620, que se establece el Impuesto a

los Bienes y SERVICIOS (IBS), el cual en una primera etapa era básicamente

un impuesto monofásico que gravaba la venta de bienes a nivel fabricante o

importador, como un crédito fiscal del 70% y que contaba con tasas

diferenciales.

En una segunda etapa, por modificaciones introducidas por el Decreto Ley

21070, a partir de 1975 el régimen impositivo va camino a convertirse en uno

estructurado bajo la técnica del valor agregado.

En el año 1982, Gobierno del Arq. Fernando Belaúnde Terry , (1980-1985),

mediante Decreto Legislativo 190, se comienza a implementar un impuesto

general al consumo con una tasa general del 16%, estructurado bajo la

técnica del valor agregado.

16

Page 17: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

17

Page 18: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

18

Page 19: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

El IGV tiene como objetivo incidir

económicamente en los consumidores finales de

bienes y servicios. Para tales fines, se les otorga

la condición de contribuyentes a los agentes de

producción y distribución de bienes y servicios.

19

Page 20: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

20

Los pilares en los que se basa el IGV para lograr los objetivos son:

- Traslación del Impuesto.- El crédito fiscal.- La devolución de impuestos a exportadores.

El gravamen debe efectuarse de manera neutral, esto es:

- Sin distorsionar los precios.

- Sin distorsionar la cadena de producción y distribución.

-Permitiendo identificar el componente tributario de los

precios.

Page 21: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

IGV - Tipo de Impuesto

Por sus características financieras

Impuestos directos o imposición directa es el impuesto que grava

directamente las fuentes de riqueza, la propiedad o la renta.

Ejemplos: impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el patrimonio, el

impuesto de sucesiones.

Impuesto indirecto o imposición indirecta es el

impuesto que grava el consumo de las personas y afecta

de manera indirecta sus ingresos o su capacidad

contributiva, ya que el impuesto recae sobre el valor de

venta de algún producto o servicio. Ejemplos: Imposición al

consumo: impuesto al valor agregado(IVA), Impuesto

selectivo al consumo (ISC).

Page 22: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

1. Es un impuesto indirecto, porque no consulta la capacidad

económica de las personas y se aplica sobre el consumo y las

importaciones.

2. Es un impuesto de Naturaleza Real, ya que grava los bienes y los

actos de las personas, sin considerar la situación personal del

sujeto pasivo.

3. Es un impuesto Proporcional, pues a mayor base mayor será el valor

del impuesto, teniendo presente que el porcentaje siempre será el

mismo.

4. Es un impuesto Regresivo, pues a medida que aumenta la capacidad

de pago del contribuyente, disminuye a la tarifa del impuesto a

pagar, en otra palabras es un impuestos regresivos porque son

aquellos que se cobran a todos por igual; es decir, sin importar la

capacidad económica de una persona (trátese de una persona

pobre o de una persona adinerada, ambas pagarán la misma

cantidad de dinero por el impuesto). Esto quiere decir que la

cantidad de plata que debe pagar el pobre por este impuesto es

mayor en proporción a su ingreso que la que debe pagar la personaadinerada y afectará más fuertemente su economía personal..

22

Page 23: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

5. Es un impuesto instantáneo, ya que nace en el momento

que ocurre el hecho generador.

6. En general es un Impuesto Plurifasico porque se cobra

en las diferentes etapas de la producción, decimos

generalmente porque cuenta con algunas excepciones

que son consideradas Impuesto Monofásico, estas son,

Cigarrillos, Licor, Cervezas , Gaseosas y la Gasolina

incluyendo los derivados del petróleo.

7. Es un impuesto de Orden Nacional, ya que lo recauda

la Nación

23

Page 24: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

24

Page 25: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

25

Page 26: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

26

Page 27: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

27

Page 28: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

28

Page 29: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

29

SEGÚN LA MANIFESTACIÓN DE CAPACIDAD

CONTRIBUTIVA QUE GRAVE

A LAS

RENTAS

AL

PATRIMONIO

AL

CONSUMO

Page 30: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

30

SEGÚN EL TIPO DE MANIFESTACIÓN

DE RIQUEZA QUE ALCANCE

DIRECTOSINDIRECTOS

Page 31: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

31

SEGÚN LA CANTIDAD DE

ETAPAS EN LA QUE RECAIGA

MONOFASICOSPLURIFASICOS

Page 32: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

32

SEGÚN LA FORMA DE DETERMINACIÓN

DE LA BASE IMPONIBLE

ACUMULATIVOSNO

ACUMULATIVOS

Page 33: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

1.- LA VENTA EN EL PAÍS DE BIENES MUEBLES

◦ Todo acto a título oneroso que conlleve la transmisión de propiedad de bienes,

independientemente de la denominación que le den las partes, tales como venta

propiamente dicha, permuta, dación en pago, expropiación, adjudicación por

disolución de sociedades, aportes sociales, adjudicación por remate o cualquier otro

acto que conduzca al mismo fin.

Inciso a) del Art. 2º del TUO del IGV

2.- PRESTACIÓN O UTILIZACIÓN DE SERVICIOS EN EL PAÍS.

◦ Los servicios prestados o utilizados en el país, independientemente del lugar en que

se pague o se perciba la contraprestación, y del lugar donde se celebre el contrato.

Inciso b), Artículo 2º del TUO del IGV

3.- CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN

Los contratos de construcción que se ejecuten en el territorio nacional, cualquiera sea

su denominación, sujeto que lo realice, lugar de celebración del contrato o de

percepción de los ingresos.

Inciso c), Artículo 2º del TUO del IGV

Page 34: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

4.- LA PRIMERA VENTA DE INMUEBLES QUE REALICEN LOS CONSTRUCTORESDE LOS MISMOS.

◦ Se considera primera venta y consecuentemente operación gravada, la que serealice con posterioridad a la resolución, rescisión, nulidad o anulación de la ventagravada.

◦ Tratándose de inmuebles en los que se efectúen trabajos de ampliación, la venta dela misma se encontrará gravada con el Impuesto, aún cuando se realiceconjuntamente con el inmueble del cual forma parte, por el valor de la ampliación. Seconsidera ampliación a toda área nueva construida

Inciso d), Artículo 2º del TUO del IGV

5.- IMPORTACION DE BIENES

Tratándose del caso de bienes intangibles provenientes del exterior, el Impuesto seaplicará de acuerdo a las reglas de utilización de servicios en el país. En caso que laSuperintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS hubiere efectuado la liquidación yel cobro del Impuesto, éste se considerará como anticipo del Impuesto que en definitivacorresponda

Inciso e), Artículo 2º del TUO del IGV

Page 35: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

ADJUDICACIÓN DE BIENES EN CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVEN

CONTABILIDAD INDEPENDIENTE

Lo dispuesto en el inciso m) del Artículo 2° del Decreto será aplicable a los contratos de colaboración empresarial que no

lleven contabilidad independiente cuyo objeto sea la obtención o producción común de bienes que serán repartidos entre

las partes, de acuerdo a lo que establezca el contrato.

Dicha norma no resultará de aplicación a aquellos contratos en los cuales las partes sólo intercambien prestaciones, como

es el caso de la permuta y otros similares.

ASIGNACIONES EN CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVEN CONTABILIDAD

INDEPENDIENTE

Lo dispuesto en el inciso n) del Artículo 2° del Decreto, será de aplicación a la asignación de recursos, bienes, servicios o

contratos de construcción que figuren como obligación expresa, para la realización del objeto del contrato de colaboración

empresarial.

ADQUISICIONES EN CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVEN CONTABILIDAD

INDEPENDIENTE

Lo dispuesto en el inciso o) del Artículo 2° del Decreto será de aplicación a la atribución que realice el operador del

contrato, respecto de las adquisiciones comunes. Para tal efecto, en el contrato de colaboración deberá constar

expresamente la proporción de los gastos que cada parte asumirá, o el pacto expreso mediante el cual las partes acuerden

que la atribución de las adquisiciones comunes y del respectivo Impuesto y gasto tributario se efectuará en función a la

participación de cada parte establecida en el contrato, debiendo ser puesto en conocimiento de la SUNAT al momento de la

comunicación o solicitud para no llevar contabilidad independiente. Si con posterioridad se modifica el contrato en la parte

relativa a la participación en los gastos que cada parte asumirá, se deberá comunicar a la SUNAT dentro de los cinco (5)

días hábiles siguientes de efectuada la modificación.

El operador que efectúe las adquisiciones atribuirá a los otros contratantes la proporción de los bienes, servicios o

contratos de construcción para la realización del objeto del contrato.

Page 36: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

ENTIDADES RELIGIOSAS

Las entidades religiosas enunciadas en el numeral 1 del inciso e) del Artículo 2° del

Decreto, son aquellas que cumplan los requisitos para estar exoneradas del Impuesto a la

Renta.

a) Tratándose de la Iglesia Católica, se considerará a la Conferencia Episcopal Peruana,

los Arzobispados, Obispados, Prelaturas, Vicariatos Apostólicos, Seminarios

Diocesanos, Parroquias y las misiones dependientes de ellas, Ordenes y Congregaciones

Religiosas, Institutos Seculares asentados en las respectivas Diócesis y otras

entidades dependientes de la Iglesia Católica reconocidas como tales por la autoridad

eclesiástica competente, que estén inscritos en el Registro de Entidades Exoneradas del

Impuesto a la Renta de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -

SUNAT.

b) Tratándose de entidades religiosas distintas a la católica se considerarán a las

Asociaciones o Fundaciones cuyos estatutos se hayan aprobado por la autoridad

representativa que corresponda y que se encuentren inscritas en los Registros Públicos y

en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta de la Superintendencia

Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

Page 37: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

a) Fecha de entrega de un bien: la fecha en que el bien queda a disposición del

adquirente.

b) Fecha de retiro de un bien: la del documento que acredite la salida o consumo del

bien.

c) Fecha en que se percibe un ingreso o retribución: la de pago o puesta a

disposición de la contraprestación pactada, o aquella en la que se haga efectivo un

documento de crédito; lo que ocurra primero.

d) Fecha en que se emita el comprobante de pago: la fecha en que, de acuerdo al

Reglamento de Comprobantes de Pago, éste debe ser emitido o se emita, lo que

ocurra primero.

Incisos a) b) c) y d) del Art. 3 del TUO del IGV

En la importación o admisión temporal de bienes, en la fecha en que se produzcacualquier hecho que convierta la importación o admisión temporal en definitiva

37

Page 38: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

38

Cesión en uso que no constituya renta empresarial.

Transferencia de bienes usados por personas naturales o jurídicas

que no se dedican a realizar actividad empresarial.

Servicios de Crédito.

La transferencias o importaciones y la prestación de servicios

realizadas por las instituciones educativas y para sus fines propios.

Transferencia de bienes como consecuencia de la reorganización

de empresas

Importación de bienes financiada con donaciones del exterior,

siempre que estén destinados a obras públicas.

Los servicios de las AFP y empresas de seguros a los trabajadores

afiliados.

La atribución de bienes como consecuencia de los contratos de

colaboración empresarial que no llevan contabilidad independiente.

Page 39: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

39

Page 40: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

40

14.116

16.203

18.302

21.517

25.258

31.587

29.520

35.536

40.424

44.042

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

30.000

35.000

40.000

45.000

50.000

Series1

2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Page 41: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de AdministraciónTributaria (Sunat) detectó que aproximadamente 62.000contribuyentes estarían generando una evasión deaproximadamente S/.1.000 millones entre Impuesto a la Renta eImpuestos General a las Ventas (IGV).

Las acciones de fiscalización realizadas por la autoridad tributariadetectaron que una de las modalidad más frecuente es el uso defacturas por gastos no deducibles.

De la muestra verificada durante las acciones de fiscalización sedeterminó que el 50% de los contribuyentes, que estarían utilizandoesta modalidad, pertenecen al sector de servicios.

El 26% de evasores están en la actividad industrial; el 18% encomercio; 5% en el rubro de construcción y 1% a otras actividades.

El estudio también revela que este comportamiento se presenta conmayor incidencia en gastos vinculados al consumo en restaurantes,audio y video, electrodomésticos, muebles y prendas de vestir,entre otros.

Page 42: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Para la Sunat estas cifras representan la existencia elevado e indebido decomprobantes de pago que otorgan derecho al crédito fiscal y a ladeducción de gastos.

Ese es el caso de la factura o ticket-factura, que debe respaldar lascompras que guarden correlación con el objetivo de obtener ingresos,debiendo limitarse a compras del giro del negocio y que seanpermitidos como deducibles para determinar la renta.

Con relación a esta información, se han iniciado acciones inductivas yde fiscalización a un determinado grupo de contribuyentes a nivelnacional.

De otro lado, se prevé realizar diversas acciones como campañasinformativas en los siguientes meses, a fin de promover la correctadeterminación y cumplimiento de las obligaciones tributarias y combatir laevasión mediante gastos personales o familiares no vinculados al giro delnegocio.

Cabe indicar que el uso de esta modalidad está penalizado con unasanción equivalente al 50% del tributo omitido que haya generado lainclusión de gastos no deducibles tributariamente.

Page 43: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

43

Page 44: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

44

Page 45: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

La recaudación por IGV total (interno e importado)

en el año 2013 alcanzó 47,819 millones de

nuevos soles, registrando un crecimiento de 5.6

por ciento en términos reales. (Sunat).

La recaudación del IGV Interno sumó 27,164

millones de soles, lo que implica un aumento de

7.6 por ciento, mientras que el IGV Importado

sumó 20,655 millones, es decir, un incremento de

tres por ciento.

45

Page 46: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Según información de la SUNAT, en diciembre, la recaudaciónde ingresos tributarios del Gobierno Central (GC) creció 10,0%,en términos reales, respecto de diciembre del 2012. Cabeseñalar que el desempeño de diciembre se explica,parcialmente, por pagos extraordinarios de IGV interno eimportado (S/.300 millones aproximadamente). Con el resultadodel mes de diciembre, la recaudación tributaria acumuló uncrecimiento de 3,3% en 2013 y mantuvo la presión tributaria ensu nivel máximo histórico de 16% del PBI, a pesar de lasignificativa caída de la recaudación proveniente del sectorminero (el IR 3era de la minería cayó 47,3% en 2013). Sinconsiderar el IR 3era minería (pagos a cuenta y regularización)la recaudación tributaria creció 13,6% en diciembre, acumulandoun crecimiento de 7,8% en todo el 2013.

Page 47: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas
Page 48: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

En diciembre, la recaudación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) creció 14,1% entérminos reales (IGV interno: 17,4% e IGVimportado: 9,2%). El resultado del mes se explicapor pagos extraordinarios (alrededor de S/. 250millones en IGV interno y S/. 50 millones en IGVimportado). Si se descuentan dichos pagos, elcrecimiento del IGV total alcanzaría uncrecimiento de 5,8% (IGV interno: 6,0% e IGVimportado: 5,5%), ambos en línea con el ritmo deexpansión de la demanda interna. En términosacumulados, el IGV creció 5,6% en 2013 (IGVinterno: 7,6% e IGV importado: 3,0%).

Page 49: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas
Page 50: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

El crecimiento de la recaudación del IGV

Importado está vinculado al incremento observado

en las importaciones durante el 2013.

Asimismo, la variación experimentada en el tipo

de cambio sirvió para acrecentar el resultado

anual, dado que aumentó de 2,567 soles por dólar

n diciembre del 2012 a 2.785 en diciembre del

2013.

50

Page 51: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Este mes de febrero nos dirigimos a un

prestigioso restaurante denominado el

“Señor Pescado”. Al terminar de degustar

los exquisitos platos, se pagan por el

servicio recibido S/. 118.

Pero el empleado encargado no les entrega

comprobante de pago.

¿Existe aquí algún incumplimiento?

51

Page 52: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Insumos S/. 60

Ganancia 40

Valor Venta S/. 100

IGV (18 %) 18

Precio de Venta S/. 118

Respuesta : Al no pedir C/P,

mi impuesto se queda con el comerciante

El restaurante

se lleva

Caso de Evasión

Page 53: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Caso de Evasión

El comerciante

- No emitió comprobante de pago.

- No declara la venta o ingreso obtenido.

- No paga impuestos: Renta e Impuesto General a las Ventas

(IGV).

• - Se apropia del IGV pagado por el comprador.

• Los Clientes

• Están obligados a solicitar comprobantes de pago por su consumo.

• En el caso de adquisición de bienes la Administración Tributaria

podría efectuar el comiso de los mismos.

Page 54: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

Nivel de informalidad, 2002

(magnitud de transacciones en el sector informal como % del PBI)

Fuente: Banco Mundial, Doing Business 2003, IPE

0.0

10.0

20.0

30.0

40.0

50.0

60.0

70.0

80.0

Can

ad

a

Au

stri

a

New

Zea

lan

d

Sin

gap

ore

Vie

tnam

Hon

g K

on

g,

Mon

goli

a

Slo

vak

Rep

ub

lic

Sw

eden

Jord

an

Isra

el

Ind

ia

Arg

enti

na

Italy

Kore

a,

Rep

.

Gre

ece

Lit

hu

an

ia

Tu

rkey

Bots

wan

a

Alg

eria

Uzb

ekis

tan

Rom

an

ia

Jam

aic

a

Bu

lgari

a

Nep

al

Mad

agasc

ar

Cote

d'I

voir

e

Mala

wi

Nig

er

Sen

egal

Mold

ova

Ru

ssia

n

Zam

bia

Gu

ate

mala

Nig

eria

Per

u

Boli

via

PERUQUINTA ECONOMIA

MAS INFORMAL

DEL MUNDO

...a mas detalle

Page 55: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

… alta economía Informal…

Informalidad por Regiones, 2000-2005

(% de PIB)

Fuente: "Tamaño del Sector Informal y su Potencial de Recaudación en México", Universidad Autónoma de Nuevo León, Facultad de Economía, 2004.

0.0

9.0

18.0

27.0

36.0

45.0

OCDE Asia En Transición América Latina África

Eco

no

mía

In

form

al

(% P

IB)

Page 56: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

56

Se considera exportador al productor de bienes que venda

sus productos a clientes del exterior a través de

comisionistas que operen únicamente como intermediarios

encargados de realizar los despachos de exportación, sin

agregar valor al bien; siempre que cumplan con las

disposiciones establecidas por ADUANAS sobre el

particular.

La exportación de bienes o servicios, así como los contratos

de construcción ejecutados en el exterior, no están afectos

al Impuesto General a las Ventas.

IGV EN LAS EXPORTACIONES

Page 57: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

57

El monto del Impuesto que hubiere sido consignado en

los comprobantes de pago correspondientes a las

adquisiciones de bienes, servicios, contratos de

construcción y las pólizas de importación, dará derecho a

un saldo a favor del exportador.

Dicho saldo a favor se deducirá del Impuesto Bruto, si lo

hubiere, de cargo del mismo sujeto. De no ser posible esa

deducción en el período por no existir operaciones

gravadas o ser éstas insuficientes para absorber dicho

saldo, el exportador podrá compensarlo automáticamente

con la deuda tributaria por pagos a cuenta y de

regularización del Impuesto a la Renta.

IGV EN LAS EXPORTACIONES

Page 58: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

58

¿Cuál es el ámbito de aplicación del Régimen de

Percepciones del IGV en la importación?

El Régimen de Percepciones se aplica a las operaciones

de importación definitiva de bienes gravadas con el

IGV.

IGV EN LAS EXPORTACIONES

Page 59: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

59

En las operaciones de importación definitiva:

Derivadas de regímenes de importación temporal para

reexportación en el mismo estado o de admisión temporal para

perfeccionamiento activo.

De muestras sin valor comercial y obsequios cuyo valor FOB no

exceda los mil dólares americanos (US $ 1,000.00) a que se

refieren los incisos a) y b) del artículo 78° del Reglamento de la

Ley General de Aduanas, de bienes considerados envíos postales

según el artículo 1° del Decreto Supremo N° 031-2001-EF o

ingresados al amparo del Reglamento de Equipaje y Menaje de

Casa, así como de bienes sujetos al tráfico fronterizo a que se

refiere el inciso a) del artículo 83° de la Ley General de Aduanas.

Realizada por agentes de retención del IGV designados por la

SUNAT.

¿En qué casos no se aplica el Régimen?

Page 60: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

60

Efectuada por el Sector Público Nacional a que se refiere el inciso

a) del artículo 18° del Texto Único Ordenado de la Ley del

Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-

EF y norma modificatoria.

De los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales del

Anexo N° 1 de la presente Resolución.

Realizada al amparo de la Ley N° 27037 – Ley de Promoción de la

Inversión en la Amazonía.

De mercancías consideradas envíos de socorro, de acuerdo con el

artículo 67° del Reglamento de la Ley General de Aduanas.

¿En qué casos no se aplica el Régimen?

Page 61: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

61

¿Cuál es el monto de la percepción?

será determinado aplicando un porcentaje sobre el importe de la

operación, el cual será establecido mediante Decreto supremo,

refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión

técnica de la SUNAT, los cuales deberán encontrarse dentro de un

rango de dos por ciento (2%) a cinco por ciento (5%).

Excepcionalmente, se aplicará el porcentaje del 10% cuando el

importador se encuentre, a la fecha en que se efectúa la numeración

de la DUA o Declaración Simplificada de Importación (DSI) en

alguno de los siguientes supuestos:

• Tenga la condición de domicilio fiscal no habido de acuerdo con

las normas vigentes.

Page 62: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

62

• La SUNAT le hubiera comunicado o notificado la baja de su

inscripción en el RUC y dicha condición figure en los registros

de la Administración Tributaria.

• Hubiera suspendido temporalmente sus actividades y dicha

condición figure en los registros de la Administración Tributaria.

• No cuente con número de RUC o teniéndolo no lo consigne en la

DUA o DSI.

• Realice por primera vez una operación y/o régimen aduanero.

• Estando inscrito en el RUC no se encuentre afecto al IGV.

Podrán aplicarse porcentajes diferenciados cuando el importador

nacionalice bienes usados o cuando no nacionalice estos bienes ni

se encuentre en el supuesto excepcional del párrafo anterior

Page 63: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

63

Sin embargo, hasta que se dicte el Decreto Supremo que establezca

el porcentaje, el monto de la percepción será, según sea el caso:

5%, cuando el importador nacionalice bienes usados.

3.5%, cuando el importador no nacionalice bienes usados ni se

encuentre en el supuesto excepcional antes referido.

Tratándose de la importación de bienes definidos en las normas

aduaneras como mercancías consideradas sensibles al fraude por

concepto de valoración, el monto de la percepción del IGV se

determinará considerando el mayor monto que resulte de comparar

el resultado obtenido de:

• Aplicar el porcentaje establecido en los párrafos anteriores según

corresponda, sobre el importe de la operación.

• Multiplicar un monto fijo, el cual deberá estar expresado en

moneda nacional, por el número de unidades del bien importado,

según sea la unidad de medida, consignado en la DUA.

Page 64: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

64

¿En qué momento se efectúa la Percepción?

La SUNAT efectúa la percepción del IGV con

anterioridad a la entrega de las mercancías a que

se refiere al artículo 24 de la Ley General de

Aduanas con prescindencia de la fecha de

nacimiento de la obligación tributaria en la

importación.

Page 65: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

65

¿Cómo se realiza el cobro de la Percepción?

SUNAT emitirá una Liquidación de Cobranza – Constancia de

Percepción por el monto de la percepción que corresponda,

expresada en moneda nacional, al momento de la numeración de la

DUA o DSI. De realizarse modificaciones al valor en Aduanas o DSI

según corresponda, se emitirá una liquidación adicional teniendo en

cuenta las modificaciones al valor en Aduanas para determinar el

importe de la operación y aplicando los métodos comprendidos en el

artículo 4° de la R.S N° 203-2003/SUNAT.

Las liquidaciones deben ser canceladas con anterioridad a la entrega

de las mercancías, en los bancos que han celebrado convenio de

recaudación con la SUNAT para el pago de los tributos aduaneros.

Dicha cancelación se podrá realizar en efectivo, débito en cuenta,

cheque certificado, cheque de gerencia o cheque simple del

mismo banco ante el cual se efectúa el pago.

Page 66: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

66

¿Cómo utilizará el importador las percepciones que le han

efectuado?

El importador podrá deducir del IGV a pagar las percepciones

que le hubieran efectuado hasta el último día del período al que

corresponda la declaración.

Si no hubiera operaciones gravadas o si éstas resultaran

insuficientes para absorber las percepciones que le hubieran

practicado, el exceso se podrá utilizar como deducción en los

meses siguientes hasta agotarlo.

El importador podrá solicitar la devolución de las percepciones

no utilizadas que consten en la declaración del IGV, siempre que

hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en

un plazo no menor a tres (3) períodos consecutivos.

Page 67: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

67

Vigencia

El Régimen de Percepciones del IGV se aplicará a

las operaciones de importación definitiva:

• Cuya DUA sea numerada a partir del 17 de

noviembre del 2003.

• Cuya DSI sea numerada a partir del 1 de

diciembre de 2005.

Page 68: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

68

Page 69: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

69

Page 70: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

70

Page 71: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que pretende

gravar la capacidad contributiva objetiva que se refleja a través del consumo de

bienes y servicios finales. Este, debido a su estructura, no permite personalizar

la aptitud del contribuyente de soportar tal carga tributaria según sus

condiciones personales y familiares (capacidad contributiva subjetiva).

El Impuesto General a las Ventas, grava la venta en el país de bienes

muebles, la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios, los

contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los

constructores de los mismos.

Este Impuesto grava únicamente el valor agregado en cada etapa de la

producción y circulación de bienes y servicios, permitiendo la deducción del

impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se denomina crédito fiscal.

El Impuesto se liquida mensualmente, siendo su tasa de 18%.

Entre las diversas operaciones no gravadas con dicho impuesto, podemos

mencionar la exportación de bienes y servicios y la transferencia de bienes con

motivo de la reorganización de empresas.

Page 72: Tema : Impuesto General a las Ventasrepositorio.usan.edu.pe/bitstream/usan/38/1/Sausa_Presentación_IG… · En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas

72

GRACIAS POR SU

ATENCIÓN