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TEORIAS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOExamen DIP 2013- María Fernanda Castro Ferrada
Escuela del D° Natural Positivismo JurídicoMétodo: empírico-
Prescriptivo.
New HavenMétodo: empírico-
Prescriptivo.
Jurisprudencia Internacional
Método: crítico-explicativo
FeminismoMétodo: crítico y
prescriptivo
Antecede al D°I es el Estoicismo el que genera esta creencia
Reglas del D°I obligan sólo si están basadas en el consentimiento Estatal
Propósito: desarrollar marco prescriptivo para ejecución racionalmente óptima del proceso decisional.
Es autorreferente, busca conocimiento crítico mediante reflexión
Busca exponer el perjuicio de género que subyace a normas presuntamente neutrales
Siglo III a.c noción del D° de los pueblos o “ius Gentium”
Rechazan la idea naturalista que el D° puede deducirse de una fuente metafísica
Origen: realismo jurídico Origen: teoría legal crítica y escuela New Haven
Origen: teoría legal crítica.
Edad media por Sto. Tomás: analogía ius Gentium y jus naturale es la base naturalista del D°I moderno tras Paz de Westfalia
Buscan determinar cuál es el derecho
Pretende descubrir el contenido del D°I a través de la observación empírica
Buscar unir la teoría y la práctica del Derecho Internacional para reestructurar la vida social internacional.
Intentan ver detrás de las normas abstractas el impacto real de las normas sobre las mujeres en los Estados.
Vitoria y Suárez: D°I es diferente al D° doméstico
Procesos de codificación del D°I
Fundamental: comportamiento legal de los Estados
Ve al derecho como reflejo de la ideología
Enfoque en el contenido del D°I y políticas reales.
Vitoria: principios derivados del D°natural obligan a los estados en relaciones exteriores. Además señala que deberes forzaban a la Corona Española y los Indígenas en las relaciones mutuas
Moser: D°I es comportamiento de los Estados.Vattel: igualdad e independencia de los Estados.
Incluye: factores y elementos considerados extraños al derecho, entre ellos:*Prudencia política*Valores, intereses, metas y factores que condicionan el proceso autoritativo de adopción de decisiones (son considerados cuando se evalúa contexto decisional)
La clave está en la estructura de los argumentos doctrinales y teóricos legales, porque, al estudiarlos se evidencian las contradicciones, dicotomías, antinomias y naturaleza esencialmente oportunista del D°I.
Fuerza teórica deriva de la experiencia inmediata y sobre el papel del sistema legal en crear y perpetuar la posición desigual de la mujer.
Suárez: fuente primaria de las reglas que gobiernan el comportamiento de los
Austin: D°I no es derecho porque no procede de un soberano. Así, no es más que una
Laswell y Mcdougal:
Se enfocan en el proceso por el cual las decisiones
David Kennedy: Debe concentrarse en el discurso y lo que está oculto en él (valores,
Charlesworth, Chinkin, Wright dicen que las mujeres han sido sistemáticamente
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TEORIAS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOExamen DIP 2013- María Fernanda Castro Ferrada
E°s es la razón natural sumado a la costumbre establecida por la naciones
forma de moralidad positiva
autoritativas se adoptan ideología, actitudes y estructura)
excluidas del proceso legal internacional.
Grotius: derecho de las naciones constituye la mayor parte del D° que gobierna la conducta de los E°s.
Kelsen: D°I constituye un derecho auténtico pero en forma primitiva y coerción de un Estado a otro es ilegal a menos que sea en respuesta a un acto ilegal emprendido por ese otro Estado. Añade que el D°I está en la cúspide de la jerarquía del sistema jurídico, por lo tanto, D° doméstico constituye delegación del D°I.
Estudio normas internacionales:
*Deja de ser irrelevante y meramente formal.
*Ve principios en contexto social amplio.
*Utiliza estructura analítica con conceptos definidos precisamente.
D°I : tiene estructura oposicional al descansar en la contradicción fundamental de la Soberanía, pues ésta, constriñe la autoridad estatal.La soberanía: provee identidad de los E°s pero amenaza su existencia y de ello resulta la estructura transformacional y binaria del D°I
Unión de la teoría legal internacional: enfoque sobre las experiencias comunes que las mujeres tienen del D°I.
Lo anterior, porque, el D°I transcribe la dominación masculina y patriarcal.
Renace en siglo XX: DD.HH, teoría normativa de las rr.ii.
Hart: D°I carece de normas secundarias con las cuales evaluar la validez de sus normas sustantivas o primarias.
D°I: sirve propósitos sociales y debe ser interpretado para dar efecto a las metas fundamentales de la comunidad a que sirve, por lo tanto, los propósitos son más altos que los fines individuales.Valor esencial: la Dignidad Humana- implica consideración explícita de valores.
Antimonia de la soberanía: *A nivel doctrinal: inmunidad soberana e igualdad soberana.*A nivel teórico: D° separado del comportamiento del E° ó basado y fundido en comportamiento estatal.Normas internacionales no controlan el comportamiento estatal, son Indeterminadas.
Estructura D°I : *La mujer, no es parte de las estructuras de P° (E°s y org. Internacionales)*Prejuicio de género, el D°I busca regular la esfera pública que corresponde a lo masculino, prohibiendo en ella la tortura, pero no atiende la violencia doméstica.
Importante: Juicio de Nuremberg
D°I no es un sistema legal sino que es una mera colección de normas.
D° es el que surge de la legitimidad de la autoridad y que tiene efectos en el comportamiento. Mayor impacto: Corrientes
D°I es incapaz de jugar el papel neutral que las corrientes tradicionales dicen que debe jugar, por tanto, no soluciona problema alguno.
Teóricos legales feministas analizan: uso de la fuerza, derecho al desarrollo, inversión extranjera y los derechos humanos.
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TEORIAS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOExamen DIP 2013- María Fernanda Castro Ferrada
Institucionalistas de rr.ii – regímenes- y Corriente de la Jurisprudencia Internacional.