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TERMINOS DE REFERENCIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS PERSONAS JURIDICAS N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN DE GAS NATURAL GERENCIA DE SUPERVISIÓN DE ENERGÍA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

TERMINOS DE REFERENCIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE ... · requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen incumplimientos al marco normativo bajo

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TERMINOS DE REFERENCIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS PERSONAS JURIDICAS N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN

DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN DE GAS NATURAL GERENCIA DE SUPERVISIÓN DE ENERGÍA

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

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Osinergmin ORGANISMO SURERVINOIS DE LAL INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MENERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

ITEM N° 01 Supervisión de las actividades de Producción en los Lotes de Gas Natural (sísmica,

perforación y producción) y en Plantas de Procesamiento de Gas Natural, Líquido de Gas Natural y Gas Natural Licuado.

1. Antecedentes

El artículo 2 de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en

adelante Osinergmin), Ley N° 26734, establece que la misión del Osinergmin es regular,

supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y

minería.

Dentro de este contexto, la División de Supervisión de Gas Natural de Osinergmin (en adelante DSGN) realiza labores de supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción, operación,

mantenimiento y abandono de las instalaciones de las actividades de Producción y Procesamiento en los diferentes Lotes y Plantas de Gas Natural (en adelante GN), Líquidos

de Gas Natural (en adelante LGN) y Gas Natural Licuado (en adelante GNL), de acuerdo al marco normativo aplicable, por lo que la División de Supervisión de Gas Natural requiere

contratar los servicios de Empresas Supervisoras Técnicas (en adelante EST) para continuar con las labores de supervisión y fiscalización de dichas actividades. Entiéndase como

hidrocarburos a los hidrocarburos líquidos, gas natural seco, líquidos de gas natural, productos líquidos derivados de los líquidos del gas natural y gas natural licuado.

2. Objetivo

Seleccionar y contratar a una EST con personería jurídica, para brindar el servicio de supervisión y fiscalización de las actividades de Producción y Procesamiento en los

diferentes Lotes y Plantas de GN, LGN y GNL a la DSGN, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad en el diseño, construcción, operación,

mantenimiento y abandono, de acuerdo a lo establecido en el marco normativo aplicable.

3. Alcances

3.1 La EST deberá proponer la siguiente cantidad de supervisores postulantes, como

mínimo con la experiencia indicada en cada especialidad (expresada en años):

Perfil Cantidad Categoría

Supervisor Servicios Requeridos Profesional

Experiencia en

la Especialidad

1-01 01 lA Supervisor Técnico/Seguridad - Jefe de Proyecto Ingeniero 10

1-02 01 lA Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10

1-03 01 1A Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10

1-04 02 1B Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 07

1-05 01 lA Supervisor Legal - Sub Jefe Proyecto Abogado 10

1-06 01 3A Supervisor Legal Abogado 03

Total de Profesionales: 07

Pj" 01'4

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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIDN EN ENERGIA V MINERÍA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-Osinergmin

3.2 Los profesionales de la EST deberán cumplir con el perfil indicado en el numeral 7 del presente Ítem.

3.3 El servicio de supervisión y fiscalización requerido en el presente ítem, comprende la

verificación técnica/seguridad y legal del cumplimiento de las normas técnicas y de

seguridad sobre diseño, construcción, operación, mantenimiento y abandono de las

instalaciones, incluye la supervisión y fiscalización en campo y gabinete, en los diferentes Lotes y Plantas de GN, LGN y GNL, entre otras actividades de Producción y Procesamiento de competencia de la DSGN.

4. Actividades a Realizar por la EST

La EST contratada, sin ser limitativo, deberá realizar como mínimo las siguientes actividades:

4.1 Supervisiones regulares contempladas en el Programa Anual de Supervisión de la

DSGN; supervisiones especiales como en simulacros, investigación de accidentes, fugas y otros; supervisiones de emergencia como paradas parciales o totales de Planta y otros supuestos relacionados a las labores de supervisión de competencia de

la DSGN. La Supervisión legal comprende las actividades bajo la supervisión de

competencia de la DSGN, coordinadas con el Sub Jefe de Proyecto con Osinergmin. 4.2 Supervisiones regulares, especiales y de emergencia, pre operativa así como

operativa, sobre las instalaciones de las empresas supervisadas.

4.3 Coordinar con Osinergmin, por intermedio del Jefe de Proyecto, las acciones de supervisión y su cumplimiento oportuno y efectivo.

4.4 Las visitas de supervisión Operativas y Pre-Operativas deberán estar enfocadas

principalmente en los aspectos técnicos y de seguridad de las instalaciones que comprenda los Lotes y Plantas:

4.4.1 Pre-Operativas: a) Seguridad durante la construcción: Permisos de trabajo, procedimiento de

trabajo, etc. b) Plan de Contingencias durante la Construcción: Capacitación y Simulacros. c) Verificar la instalación de las recomendaciones derivadas del Estudio de

Riesgos. d) Verificar la instalación de las recomendaciones derivadas del HAZOP. e) Montaje de Equipos: Verificar ubicación según planos aprobados. f) Construcción Tanques y Sistemas de Tuberías en Campo. g) Sistema Contra Incendio: Agua, Espuma, Detectores, Extintores. h) Pre comisionado y Comisionado: Sistema Instrumentado de Seguridad,

Sistema Mecánico de Seguridad y Sistema Contra Incendios. i) Entrenamiento de Personal Operativo. j) Elaboración de Manuales de Operación. k) Plan de Contingencias para la Operación

I) Otros temas a supervisar relacionados con la actividad.

4.4.2 Operativas: I. Plantas

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Osinergmlin ORGANISMO SUPERVISOR DE USIINVENSDCD EN ENERGÍA DINEDIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

a) Seguridad durante la Operación: Permisos de trabajo, procedimiento de

trabajos, etc. b) Sistema de Protección Contra Incendio:

i. Red de Agua Contra Incendio: Sistema de diluvio, hidrantes/monitores,

gabinetes y mangueras contra incendios, etc.

ii. Extinción: Espuma, Agentes Extintores.

iii. Detectores: Gas, Humo, Fuego, Temperatura, entre otros. c) Plan de Contingencias para la Operación: Capacitación y Simulacros. d) Verificar la operación de las recomendaciones derivadas del Estudio de

Riesgos. e) Inspección, pruebas y mantenimiento del Sistema Instrumentado de

Seguridad. f) Inspección, pruebas y mantenimiento del Sistema Mecánico de Seguridad

(Válvulas de Seguridad, Válvulas de Alivio Térmico, etc.).

g) Verificación de las actividades relacionadas con los Planes y Reportes de Inspección en las diferentes Planta supervisadas.

h) Verificar integridad del Sistema de Transferencia de Propano, Butano,

Nafta y Diesel a Buques Tanque en Planta Pisco. i) Verificar la Integridad Mecánica de Equipos, Tanques, Tuberías, entre

otros. j) Otros temas a supervisar relacionados con las instalaciones, equipos y

otros comprendidos en la actividad.

II. Lotes a) Seguridad durante las actividades de Sísmica, Perforación y Producción:

Permisos de trabajo, procedimiento de trabajos, etc.

b) Plan de Contingencias durante las actividades de Sísmica, Perforación y

Producción: Capacitación y Simulacros.

c) Verificar la instalación y operación de las recomendaciones derivadas del

Estudio de Riesgos.

d) Inspección, pruebas y mantenimiento del BOP.

e) Sistema Contra Incendio: Agua, Espuma, Detectores, Extintores.

f) Entrenamiento al Personal de Perforación.

g) Pre comisionado y Comisionado: Sistema Instrumentado de Seguridad,

Sistema Mecánico de Seguridad.

h) Entrenamiento de Personal Operativo. i) Elaboración de Manuales de Operación.

j) Otros temas a supervisar relacionados con las instalaciones, equipos y

otros comprendidos en la actividad.

4.5 Verificación de las Declaraciones Juradas (PD1 -Procedimiento de Declaración Jurada) presentadas por las empresas supervisadas en los diferentes períodos durante el año

en curso. 4.6 Evaluación sobre aspectos supervisables de competencia de la DSGN en los Estudios

de Riesgo y Planes de Contingencia presentados por la Empresas Supervisadas, de

acuerdo con el marco normativo vigente.

4.7 Elaborar los Informes de Supervisión Operativos y Pre-Operativos de acuerdo a las

actividades asignadas por el área.

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ORGANISMO SUPERVISOR DE IA INVE1SION EN ENERGIA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-OsinergmIn

4.8 Elaborar y brindar los documentos e instrumentos relacionados con las actividades

de supervisión asignadas, de acuerdo a los procedimientos y formatos de la DSGN, de

ser el caso.

4.9 Brindar y/o elaborar información y/o documentos de supervisión técnico y/o legal requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen incumplimientos al marco normativo bajo supervisión.

4.10 Elaborar los Informes de Supervisión, sean técnicos y/o legales, solicitados por la

DSGN. 4.11 Brindar y/o elaborar informes técnicos y/o legales derivados de los informes de

supervisión y/o del análisis de los documentos que el Osinergmin proporcione y de acuerdo a lo requerido por la DSGN.

4.12 Elaborar y presentar un reporte mensual que contenga el seguimiento de hechos

observados. 4.13 Ejecución de medidas administrativas dictadas por la DSGN, de conformidad con los

lineamientos de Osinergmin.

4.14 Capacitar a todo su personal profesional del equipo de supervisión, al menos una vez al año, en temas relacionados con la supervisión de Producción de Gas Natural y/o

Procesamiento de GN y/o LGN y/o GNL. Estos temas deberán ser dictados por una institución o entidad especializada en el rubro. Cada curso de capacitación que se brinde no podrá ser menor de 40 horas lectivas. El costo total de las capacitaciones

debe ser cubierto por la EST. A la culminación de cada capacitación, deberá presentar a la DSGN, por Mesa de Partes del Osinergmin, copia simple de las constancias de

capacitación de cada uno de sus profesionales; además adjuntará un reporte actualizado del record de capacitaciones de cada profesional.

4.15 Los supervisores de la EST, a solicitud de Osinergmin, podrán realizar también supervisión Pre Operativas y contractuales de gas natural, de las actividades bajo competencia de la DSGN.

4.16 Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado, que Osinergmin le

solicite por escrito en los plazos que determine.

5. Documentos que la EST debe entregar sobre la supervisión de las Empresas Supervisadas

La EST contratada deberá presentar a Osinergmin, en los plazos establecidos, según los procedimientos y formatos proporcionados por el Osinergmin, todos los documentos

relacionados a las actividades de supervisión, entre otros, se cita los siguientes:

5.1 El Plan de Trabajo y Cronogranna Programado Anual de Supervisión de Campo. 5.2 El Plan de Trabajo Mensual de Supervisión de Campo.

5.3 El Plan de Trabajo y Cronograma Programado, a ejecutar por cada visita de supervisión de campo.

5.4 Un reporte diario de supervisión, por cada supervisor y por cada día de visita de campo; según su Plan de Trabajo.

5.5 Actas de la Visita y Carta de Visita de la Supervisión, así como cualquier otro

documento elaborado en la supervisión.

5.6 Un Informe detallado por medios magnéticos y escritos de cada visita que realizó durante el periodo programado.

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Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISOR DE EA INVENSiDN EN ENERO/1Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

5.7 Un informe de supervisión por cada visita asignada, según formatos proporcionados

por el Osinergmin.

5.8 Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado que Osinergmin le

solicite

5.9 Un Informe Mensual del Cumplimiento de la Supervisión Ejecutada, por cada

periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de Proyecto. De acuerdo a la

estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que

contenga, entre otros: 5.10 Un reporte mensual de los resultados del cumplimiento del plan de trabajo de los

supervisores contrastando lo programado versus lo ejecutado, incluyéndose el

cumplimiento de los lineamientos en porcentaje de avance.

5.11 Un Informe Mensual del Cumplimiento Normativo de las Empresas Supervisadas,

por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de Proyecto. De

acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la

DSGN/Osinergmin, que contenga, entre otros: 5.12 Cuadros y resúmenes de los resultados de la supervisión, sobre el aspecto

técnico/normativo, obtenidos de las supervisiones incluyendo: las observaciones (actualización y seguimiento), hallazgos (actualización y seguimiento), tendencias,

índices, oportunidades de mejora (de las Empresas y del Osinergmin), comentarios,

etc. 5.13 Una relación (en hoja de cálculo banco de datos) organizada, estandarizada y

actualizada, con la relación de los documentos que han sido entregados por las empresas supervisadas, indicando la ubicación en los sistemas de Osinergmin (SIGED, BPM, etc.). Debe incluir un cuadro resumen con los comentarios y/o conclusiones de

la evaluación de ese documento.

6. Requerimientos Mínimos Referidos a la EST

Los requisitos mínimos de experiencia serán:

6.1 Experiencia en la Actividad

6.1.1 Empresa con tres (03) años de experiencia brindando en servicios relacionados con actividades de supervisión en normas técnicas y de

seguridad en actividades de Producción y Procesamiento de Gas Natural.

6.1.2 Se acreditará con constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios con su conformidad o con comprobantes de pago debidamente cancelados, o cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la

experiencia del postor.

7. Perfil Mínimo del Personal de la EST

7.1 Perfil 1-01: Supervisor Técnico/Seguridad - Jefe de Proyecto - Supervisor lA

(Cantidad: 01)

7.1.1 Formación 7.1.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Química o

Petroquímica. 7.1.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil

para el ejercicio profesional.

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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y NIINDRA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

7.1.2 Experiencia en la Especialidad 7.1.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años, en actividades de diseño y/o

construcción y/o operación y/o seguridad y/o inspección y/o

mantenimiento y/o supervisión de Plantas de Procesamiento de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o Gas Natural).

7.1.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

Plantas de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural

7.2 Perfil 1-02: Supervisor Técnico/Seguridad — Supervisor 1A (Cantidad: 01) 7.2.1 Formación

7.2.1.1 Tftulo profesional de ingeniero en la especialidad de Petróleo.

7.2.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil

para el ejercicio profesional. 7.2.2 Experiencia en la Especialidad

7.2.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años, en actividades de diseño y/o

construcción y/o operación y/o seguridad y/o mantenimiento y/o supervisión de Pozos de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o

Gas Natural). 7.2.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cuatro (04) años en la

actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

exploración y explotación de Pozos de Gas Natural.

7.3 Perfil 1-03: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.3.1 Formación

7.3.1.1 Tftulo profesional de ingeniero en las especialidades de Química o

Petroquímica o Petróleo o Higiene y Seguridad Industrial. 7.3.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú, con registro hábil

para el ejercicio profesional. 7.3.2 Experiencia en la Especialidad

7.3.2.1 Experiencia mínima de 10 años, en el dise'ño y/o construcción y/o instalación y/o supervisión y/o operación de: sistemas de seguridad

y/o sistema contra incendio en actividades de exploración y/o explotación y/o procesamiento y/o almacenamiento de

hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o Gas Natural). 7.3.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la

actividad de operación y/o supervisión de Plantas de Procesamiento y/o Pozos de Gas Natural.

7.4 Perfil 1-04: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 1B (Cantidad: 02) 7.4.1 Formación

7.4.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Química o

Petroquímica o Industrial o Petróleo.

7.4.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.

7.4.2 Experiencia en la Especialidad

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tOIFJ OSINIergilt1111-11111 ORGANISMO SUPERVISOR DE Ok INVERSON EN ENERMA MAMA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

7.4.2.1 Experiencia mínima de siete (07) años, en actividades de diseño y/o construcción y/o supervisión y/o operación y/o seguridad y/o

calidad y/o mediciones y/o mantenimiento de: Plantas de

Procesamiento de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o Gas Natural) y/o Pozos de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o

Gas Natural). 7.4.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cuatro (04) años en la

actividad de diseño, construcción, operación, mediciones, seguridad

y/o supervisión de Plantas de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural y/o pozos de Gas Natural.

7.5 Perfil 1-05: Supervisor Legal - Sub Jefe de Proyecto - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.5.1 Formación

7.5.1.1. Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.

7.5.1.2. Capacitación: Contar como mínimo con algunas de las siguientes: 7.5.1.2.1. Especialización en Derecho Administrativo: General o

Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera de

ellos). 7.5.1.2.2. Especialización en Derecho: Energía o Hidrocarburos (50

horas como mínimo en cualquiera de ellos).

7.5.2 Experiencia en la Especialidad 7.5.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en la Administración Pública

(en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería), en áreas: de supervisión y/o fiscalización

y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales

administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.

7.5.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en el sub sector gas natural.

7.6 Perfil 1-06: Supervisor Legal — Supervisor 3A (Cantidad: 01) 7.6.1 Formación

7.6.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de

Abogados correspondiente, en el Perú. 7.6.1.2 Capacitación: en regulación de los servicios públicos o en

hidrocarburos o en gestión pública o en gestión social o en derecho

(de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o administrativo o contencioso administrativo). Duración no menor

de cuarenta (40) horas en cualquiera de ellos.

7.6.2 Experiencia de la Especialidad

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ORGANISMO SUPERVISOR DE 1A INVERSIÓN OR ENERGÍA V MINERÍA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS P001-2016-DSGN-Osinergmin

7.6.2.1 Experiencia mínima de tres (03) años en la Administración Pública o

en el sector privado.

7.6.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en la Administración Pública, en áreas: de supervisión

y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación

previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de

otorgamiento de títulos habilitantes; y/o en áreas de defensa del

estado; y/o en áreas normativas).

8. Para todo el personal propuesto por la EST:

8.1 La experiencia profesional mínima debe ser posterior a la obtención del grado de

bachiller.

8.2 La formación se acredita con copia simple de los tftulos profesionales y/o grados

académicos, certificados, diplomas correspondientes. 8.3 La EST al momento de proponer a sus profesionales titulados, debe presentar copia

simple del correspondiente certificado de habilidad vigente del Colegio Profesional al

que pertenecen en el Perú. 8.4 Las horas de capacitación exigida en cada perfil se acredita con respecto a una sola

capacitación. No se sumará horas de 2 o más capacitaciones. No se asigna puntaje

por capacitación, solo se verifica para el cumplimiento de requisitos mínimos de cada

perfil.

8.5 La experiencia en la especialidad se acredita con copia simple de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad y/o (ii) constancias y/o (iii) certificados y/o (iv) documento que fehacientemente demuestre

la experiencia del profesional propuesto. 8.6 Durante la vigencia del contrato de la EST resultado del presente proceso de

selección, los profesionales de la EST contratada no podrán brindar servicios (directamente o a través de personas naturales o jurídicas) a otra área de

Osinergmin; así tampoco podrán brindar servicios a los agentes supervisados por Osinergmin. De verificarse alguna circunstancia de las descritas, se resolverá el

contrato con la EST, sin perjuicio de la ejecución de las garantías que pudieran

corresponder. 8.7 La falsedad comprobada de los datos sobre la formación académica o experiencia,

genera la resolución del contrato.

8.8 La EST debe prestar el servicio con los profesionales propuestos y evaluados por el

Comité de Selección conforme a su propuesta técnica. La EST no podrá reemplazar profesional alguno en el primer semestre de vigencia del contrato, lo que constituye

causal de resolución del contrato. Los reemplazos posteriores están sujetos a las

penalidades establecidas en la Directiva aprobada con la Resolución de Consejo

Directivo N° 037-2016-0S/CD. No constituyen supuestos de reemplazos el

fallecimiento o incapacidad sobrevenida acreditada.

8.9 La EST debe prestar el servicio con los profesionales con los cuales se ha consorciado

para efectos del presente proceso de selección.

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ChSbler911111111 ORGANISMO SUPFRVISOii 1.1 INV1,15,0N EN EWRGiA Y MENIRIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N'01-2016-DSGN-Osinergmin

8.10 Los profesionales propuestos por la EST no podrán ser presentados para postular

simultáneamente a más de un Ítem del Proceso Selección N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN, así tampoco se admitirá la presentación de profesionales incluidos en

otros procesos de selección ante Osinergmin. 8.11 La EST deberá proponer la cantidad de profesionales requeridos en cada ítem del

presente proceso de selección.

8.12 Solo para efectos del presente proceso de selección, se considerará experiencia en la Administración Pública a cualquiera de los siguientes servicios prestados como: i) EST

(persona natural), ii) a través de una EST (persona jurídica), iii) CAS iv) CAP, v)

servicios no personales.

9. Equipamiento e infraestructura Mínimo de la EST

9.1 Oficina, Equipamiento e infraestructura 9.1.1 Dada la necesidad de tener coordinación continua entre Osinergmin y la EST

contratada, se requiere que tengan una oficina cercana a las inmediaciones

de la oficina de la División de Supervisión de Gas Natural (DSGN), ubicada en la Sede Central de Osinergmin (Calle Bernardo Monteagudo 222, distrito de

Magdalena del Mar); es decir en los distritos de Magdalena del Mar, San Isidro, San Miguel, Jesús María o Pueblo Libre.

9.1.2 La oficina de la EST debe contar como mínimo con: 9.1.2.1 Ambientes de trabajo y espacio para cada uno de sus profesionales,

brindando las facilidades, herramientas, materiales necesarios para la ejecución del servicio.

9.1.2.2 Servicio de telefonía fija multidestino. 9.1.2.3 Conexión permanente a internet de alta velocidad, banda ancha de

15 Mbps o superior con wifi y, como mínimo, con tres computadoras de escritorio (Desktop), con software original licenciado.

9.1.2.4 Una sala de reuniones con aforo mínimo para diez (10) personas,

equipado con proyector profesional con conexión HDMI, ecran, parlantes y pizarra acrílica.

9.1.2.5 Una (01) Impresora y Escáner, o Una (01) Impresora multifuncional.

9.2 La EST debe proveer a cada supervisor de lo siguiente: 9.2.1 Teléfono celular de alcance nacional, de la red telefónica que Osinergmin

disponga con características para recibir y enviar correos electrónicos mediante conexión WiFi y de Datos.

9.2.2 Computador portátil con las siguientes características: Procesador de 64 bits

con velocidad 2.66 GHZ o superior, Núcleos/Procesos 4/4, Memoria Cache

4GB, 4GB de memoria RAM o superior, Disco Duro 500GB o superior, Tarjeta

de red 10/100, WiFi IEEE 802.11 b/g/n y Bluetooth 4.0, tamaño de pantalla

de 13", Grabador / reproductor de DVD, Webcam, Micrófono y Parlantes

siempre operativos, Sistema operativo Windows 7 Professional (64-Bits) original licenciado o superior, Antivirus en todo momento actualizado y con

licencias, Microsoft Office 2010 licenciado, Internet Explorer Versión 9 o superior.

Página N2 10

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PA II e IDY%

ORGANISMO SUPERVISOR PE LA INVEN9PN ENEAdA Y PAINENIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

9.2.3 Cámara fotográfica digital con fechador, resolución mínima de 12 MPx, GPS

integrado, estabilizador de imagen y capacidad de grabación de video en HD o Full HD.

9.2.4 Equipo navegador portátil con Sistema de Posicionamiento Global con

receptor GPS y GLONASS con conexión USB. 9.2.5 La EST contratada debe proporcionar a sus profesionales una cuenta de

correo electrónico con dominio propio, para las comunicaciones internas y

con el personal de Osinergmin, y que asegure confiabilidad, continuidad y confidencialidad de las comunicaciones electrónicas.

9.2.6 La EST proporcionará a sus profesionales todos los equipos, materiales,

vestimenta adecuada (EPP antiflama) y otros instrumentos que resulten necesarios para el desarrollo seguro del servicio. Estos deberán estar en

buenas condiciones de servicio y serán mantenidos en óptimas condiciones. En cualquier caso, la EST es responsable de cubrir los daños que se puedan

ocasionar a los equipos u otros instrumentos que requieran para el desarrollo normal de las actividades de supervisión, debiendo repararlos o sustituirlos, de forma tal que no se afecte la programación, realización y resultados de las

tareas encomendadas. El EPP antiflama deberá ser actualizado con una frecuencia semestral.

9.2.7 Asimismo, Osinergmin brindará los accesos a sus sistemas informáticos que

se requieran para el desempeño del servicio, previa coordinación con el personal de sistemas del área competente. La EST es responsable de guardar la confidencialidad de los accesos/claves y de los contenidos permitidos.

9.2.8 Las instalaciones, condiciones, equipos, la velocidad y capacidad de las comunicaciones electrónicas, los EPP y cualquier requerimiento solicitado para este proceso de selección serán verificados por el personal que designe

la DSGN durante la ejecución del contrato de manera inopinada. Las faltas a estos compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.

10.Forma de Pago

El pago se realizará de forma mensual y conforme la cantidad de supervisiones realizadas en el mes, por costos unitarios, de acuerdo al Plan de Supervisión.

El cronograma de visitas será comunicado por Osinergmin a la EST, en el Anexo A-01 se

muestra una referencia. El programa puede variar de acuerdo a la necesidad del servicio de supervisión.

Sólo para aquellos casos que las empresas supervisadas facturen por la estadía, transporte

u otros rubros relacionados con la supervisión de áreas de acceso exclusivo de la empresa,

donde el uso de las facilidades de la empresa concesionaria es inevitable, Osinergmin

realizara estos pagos asociados con la supervisión, conforme los procedimientos internos. Cabe señalar que estos pagos se refieren única y exclusivamente a los realizados por la

empresa concesionaria. No se reembolsará otros pagos asociados a la supervisión.

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7ss.

Osinergirnin ORGANISMO SURENVISOD DE EA INVERSION EN ENERGÍA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

11.Penalidades Osinergmin impone las siguientes penalidades a la Empresa Supervisora:

11.1 Penalidad por no entregar informes u otra documentación, no realizar las actividades asignadas o mora en la realización de actividades asignadas, entregar con defectos de

forma o fondo de informes o documentación elaborada por los profesionales de la EST. Esta penalidad se aplica automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = 0.10xM FxP

Donde: F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F=0.40. Para plazos mayores a 60

días: F= 0.25. M: Monto de la prestación materia de retraso. P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación.

11.2 Penalidad por reemplazo del personal presentado en la propuesta técnica. Esta

penalidad se aplica automáticamente y se inicia con tres (3) UIT para el primer reemplazo, cuatro (4) UIT para el segundo reemplazo, cinco (5) UIT para el tercer

reemplazo, y así sucesivamente.

11.3 Las penalidades se deducen de los pagos a efectuar a la empresa supervisora y, de ser el caso, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento o la garantía por el monto diferencial de propuesta.

12.Criterios de Evaluación Técnica

Punta e máximo: 100 puntos (Peso Ponderado 80%) Factor de

Evaluación

Criterio de Evaluación para Supervisión Rango de

Evaluación

Puntaje

Asignado

12.1 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA POSTORA EN LA ACTIVIDAD 40

Experiencia en

la Actividad

Se evaluará la experiencia en la actividad de la empresa señalada

en el numeral 6.1. Se califica considerado el monto facturado Más de 2 veces acumulado por el postor durante un periodo de hasta diez (10)

años a la fecha de presentación de propuestas. Se acredita

mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación

efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se

acredite documental y fehacientemente con un máximo de diez

el valor

referencial.

40

(10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer De 1 vez hasta 2 limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.

Si se trata de consorcio se considerará la experiencia de los

consorciados conforme a lo establecido en las bases.

veces el valor

referencial

32

12.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD 60

Perfil 1-01(1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad

indicada en el perfil (numeral 7.1.2.).

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),

para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se

considerará una vez el periodo traslapado.

Más de 12 años 10

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos u Más de 10 años órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con hasta 12 años

8

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Osinergmin ORGANISMO SUPERVISOR DE tAINVERSIDN EN ENERGÍA MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

cualquier otra docurnentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Perfil 1-02 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.2.2.1 del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),

para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con

cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el perfil.

Más de 12 años 9

Más de 10 años

hasta 12 años 7

Perfil 1-03 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.3.2.1 del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente

demuestre la experiencia. Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el perfil.

Más de 12 años 9

Más de 10 años hasta 12 años

7

Perfil 1-04 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.4.2.1 del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con

cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 9 años (8 puntos cada

uno) 16

Más de 7 años hasta 9 años

(6 puntos cada

uno)

12

Perfil 1-05 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.5.2.1 del Perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con

cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 12 años 12

Más de 11 años hasta 12 años

6

Más de 10 años

hasta 11 años 3

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01 de Osinergetain

ORGANISMO SUDERVISCD: DE In INDEDSÓN EN ENERGÍA INMERJA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N•01-2016-DSGN-Osinergmin

Perfil 1-06 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad

indicada en el numeral 7.7.2.1. del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),

para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se

considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación: Más de 3 años 4

Con copias simples de constancias, certificados, contratos u

órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con

cualquier otra documentación que, de manera fehaciente

demuestre la experiencia.

13.Criterios de Evaluación Económica

La evaluación económica recibe una ponderación de veinte por ciento (20%) para efectos del resultado final. La evaluación económica se lleva a cabo asignando un puntaje de 100 a

la propuesta de precio más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes inversamente

proporcionales a sus respectivos precios. Fórmula aplicable para la evaluación económica:

Pi= Om* PMOE Oi

Donde: i= Propuesta Pi= Puntaje de la propuesta económica i Om= Propuesta económica de monto o precio más bajo. PMOE= Puntaje Máximo de la propuesta económica (100)

Oi= Propuesta económica i

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Perfil Cantidad Categoría

Supervisor Servicios Requeridos Profesional

Experiencia en la

Especialidad

Hidrocarburos Gas Natural

2-01 01 1A+

Supervisor Técnico/ Seguridad/

Geotecnia/ Especial - Jefe de

Provecto

Ingeniero 12 07

2-02 03 lA Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10 05

2-03 02 1I3 Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 07 03

2-04 01 lA Supervisor Geotecnia Ingeniero 10 05

2-05 01 18 Supervisor Geotecnia Ingeniero 07 03

2-06 01 113 Supervisor Técnico/Especial Sociólogo/ Agrónomo/ 07 03

P^"Ig

ORGANISMO SUPERVISOR OE INVENSION EN ENERGÍA Y MINERÍA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-0SÓN-OsInergmin

ITEM N° 02 Supervisión Operativa de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos (Ductos de Concesión, Ductos Principales, Ductos de Recolección e

Inyección, Ductos de Uso Propio y otros)

1. Antecedentes

El artículo 2 de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante Osinergmin), Ley N° 26734, establece que la misión del Osinergmin es regular,

supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y

técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería.

Dentro de este contexto, la División de Supervisión de Gas Natural de Osinergmin (en

adelante DSGN) realiza labores de supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción, operación,

mantenimiento y abandono de los ductos e instalaciones de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos, de acuerdo al marco normativo aplicable,

por lo que la DSGN requiere contratar los servicios de Empresas Supervisoras Técnicas (en adelante EST) para continuar con las labores de supervisión y fiscalización de dichas actividades en la etapa Operativa. Entiéndase como hidrocarburos a los hidrocarburos

líquidos, gas natural seco, líquidos de gas natural, productos líquidos derivados de los líquidos del gas natural y gas natural licuado.

2. Objetivo

Seleccionar y contratar a una EST con personería jurídica, para brindar a la DSGN el servicio

de supervisión y fiscalización de las actividades de los Sistemas de Transporte por Ductos de Gas Natural (en adelante STD- GN) y de Líquidos de Gas Natural (en adelante STD-LGN), con

la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad en el diseño,

construcción, operación, mantenimiento y abandono de los ductos e instalaciones, de acuerdo al marco normativo vigente y a los estándares internacionales.

3. Alcances

3.1. La EST deberá proponer la siguiente cantidad de supervisores postulantes, conno mínimo con la experiencia indicada en cada especialidad (expresada en años):

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Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISO-ti DE LA INVERS,ÓN EN ENERGÍA NINE:PDS

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

Perfil Cantidad Categetría Supervisor

Servicios Requeridos Profesional

Experiencia en la Especialidad

Hidrocarburos Gas Natural

Antropólogo

2-07 01 2 Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 05 02

2-08 01 2 Supervisor Geotecnia Ingeniero 05 02

2-09 02 38 Supervisor Técnico/Seguridad Bachiller en Ingeniería/

Ingeniero 01 00

Experiencia en la Especialidad

2-10 01 lA Supervisor Legal - Sub Jefe de

Proyecto Abogado 10

2-11 01 2 Supervisor Legal Abogado 04

2-12 01 2 Supervisor Legal Abogado 08

2-13 01 3A Supervisor Legal Abogado 03

2-14 02 3B Supervisor Legal Bachiller en Derecho/

Abogado 01

Total: 19 profesionales

3.2. Los profesionales de la EST deberán cumplir con el perfil indicado en el numeral 7 del

presente Ítem.

3.3. La supervisión y fiscalización, materia de este proceso de selección, para verificar el

cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción,

operación, mantenimiento y abandono de los ductos e instalaciones relacionadas,

incluye la supervisión y fiscalización en campo y gabinete, de los ductos de Gas

Natural (GN) y/o Líquidos de Gas Natural (LGN), entre otras, de las siguientes

instalaciones:

3.3.1. Sistema de Transporte de GN y LGN.

3.3.2. Ampliaciones, Ramales e instalaciones afines del Sistema de Transporte de

GN y LGN.

3.3.3. Ducto Principal y Ducto de Uso Propio.

3.3.4. Ductos de Recolección e Inyección.

3.3.5. Ampliaciones, Ramales e instalaciones afines de los ductos mencionados

anteriormente.

3.3.6. Otros ductos de transporte de hidrocarburos e instalaciones afines a

requerimiento de Osinergmin (incluye entre otros Ductos de Concesión,

Ductos Principales, Ductos de Recolección e Inyección y Ductos de Uso

Propio).

4. Actividades a Realizar por la EST

La EST contratada, sin ser limitativo, deberá realizar como mínimo las siguientes

actividades:

4.1. Supervisiones regulares contempladas en el Programa Anual de Supervisión de la

DSGN; supervisiones especiales como en simulacros, investigación de accidentes,

fugas y otros; supervisiones de emergencia como paradas parciales o totales; y otros

supuestos relacionados a las labores de supervisión de competencia de la DSGN. La

Supervisión legal comprende las actividades bajo la supervisión de competencia de la

DSGN, coordinadas con el Sub Jefe de Proyecto con Osinergmin.

4.2. Coordinar con Osinergmin, por intermedio del Jefe de Proyecto, las acciones de

supervisión y su cumplimiento oportuno y efectivo.

'\

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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENENGIN Y ININENLA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-OsInergmin

4.3. Coordinar la ejecución del Plan de Supervisión Mensual en base al Plan Anual

entregado por Osinergmin, con el Especialista asignado de la DSGN. El plan mensual

deberá contener los planes de trabajo y cronogramas de todos los supervisores para

sus visitas a campo así como los trabajos de gabinete, de ser necesario.

4.4. Verificación de las Declaraciones Juradas (PIM -Procedimiento de Declaración Jurada) presentadas por las empresas supervisadas en los diferentes períodos durante el año

en curso.

4.5. Efectuar las visitas de supervisión (Operativas, Técnicas, Especiales, Procedimiento de Declaración Jurada, Emergencia, etc.) a las instalaciones de los ductos de transporte

de GN y LGN, de las empresas supervisadas por la DSGN, planificadas y comunicadas

por el Osinergmin y todas aquellas que sin haber sido comunicadas con anticipación

sean consideradas necesarias, por su naturaleza de emergencia u otra similar.

4.6. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento del Trabajo de Supervisión Ejecutado, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de Proyecto

con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre otros:

4.6.1 Un reporte mensual de los resultados del cumplimiento del plan de trabajo de los supervisores contrastando lo programado versus lo ejecutado, incluyéndose el cumplimiento de los lineamientos en porcentaje de avance.

4.6.2 Un reporte de estado de Hallazgos y hechos observados.

4.7. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento Normativo de las Empresas

Supervisadas, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de

Proyecto con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre

otros: 4.7.1 Cuadros y resúmenes de los resultados de la supervisión, sobre el aspecto

técnico/normativo, obtenidos de las supervisiones incluyendo: los hechos observados (actualización y seguimiento), hallazgos (actualización y

seguimiento), tendencias, índices, oportunidades de mejora (de las Empresas y del Osinergmin), comentarios, etc.; todo ello alineado a las competencias

de Osinergmin.

4.7.2 Una relación (en hoja de cálculo banco de datos) organizada, estandarizada y

actualizada, con la relación de los documentos que han sido entregados por las empresas supervisadas, indicando la ubicación en los sistemas de

Osinergmin (SIGED, BPM, etc.). Debe incluir un cuadro resumen con los comentarios y/o conclusiones de la evaluación de ese documento.

4.8. Elaborar y brindar los documentos e instrumentos relacionados con las actividades

de supervisión asignadas, de acuerdo a los procedimientos y formatos de la DSGN,

de ser el caso.

4.9. Brindar y/o elaborar información y/o documentos de supervisión técnico y/o legal

requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen

incumplimientos al marco normativo bajo supervisión.

4.10. Elaborar informes de supervisión (técnicos y/o legales), derivados de los informes

de supervisión y/o del análisis de los documentos que el Osinergmin proporcione y

de acuerdo a lo solicitado (de contenido y forma) por la División de Supervisión de

Gas Natural.

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Gkinergerem ORGANISMO SUR:TARGA {) INVERSION ENHGN1 Y ININRRIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

4.11. Elaborar los Informes Técnicos y/o Legales, y otros que recojan el análisis de

incumplimientos al marco normativo o contractual bajo supervisión. 4.12. Ejecución de medidas administrativas dictadas por la DSGN, de conformidad con los

lineamientos de Osinergmin.

4.13. Capacitar a todo su personal profesional del equipo de supervisión, al menos una vez al año, en dos temas: en Sistema de Transporte de GN y LGN, y en Geotecnia. Ambos dictados por una institución o entidad especializada en el rubro. Cada curso

de capacitación que se brinde no podrá ser menor de 40 horas lectivas. El costo

total de las capacitaciones debe ser cubierto por la EST. A la culminación de cada

capacitación, deberá presentar a la DSGN, por Mesa de Partes de Osinergmin, copia simple de las constancias de capacitación de cada uno de sus profesionales; además

adjuntará un reporte actualizado del record de capacitaciones de cada profesional. 4.14. Los supervisores de la EST, a solicitud de Osinergmin, podrán realizar también

supervisión Pre Operativas y de cumplimiento técnico/seguridad contractual de gas natural, de las actividades bajo competencia de la DSGN.

4.15. Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado, que Osinergmin le

solicite por escrito en los plazos que determine.

5. Documentos que la EST debe entregar sobre la supervisión de las Empresas

Supervisadas

La EST contratada deberá presentar a Osinergmin, en los plazos establecidos, según los procedimientos y formatos proporcionados por el Osinergmin, todos los documentos

relacionados a las actividades de supervisión, entre otros, se cita los siguientes: 5.1 El Plan de Trabajo y Cronograma Programado Anual de Supervisión. 5.2 El Plan de Trabajo Mensual de Supervisión. 5.3 El Plan de Trabajo y Cronograma Programado, a ejecutar por cada visita de

supervisión de campo. 5.4 Un reporte diario de supervisión, por cada supervisor y por cada día de visita de

campo; según su Plan de Trabajo. 5.5 Actas de la visita y Cartas de Visita de la Supervisión, así como cualquier otro

documento elaborado en la supervisión.

5.6 Los Informes de Supervisión con el resultado de cada visita de supen/isión, donde se incluya, entre otros, el cuadro de Evaluación de la Gestión de Integridad de la empresa supervisada.

6. Requerimientos Mínimos referidos a la EST

Los requisitos mínimos de experiencia serán:

6.1. Experiencia en la Actividad

6.1.1. Subsector Hidrocarburos: Empresa con ocho (08) años como mínimo de

experiencia como: supervisora y/o diseñadora y/o constructora y/o

operadora y/o mantenimiento y/o consultora en temas del Subsector de

Hidrocarburos. 6.1.2. De los cuales la EST debe contar con cinco (05) años como mínimo de

experiencia en STD de GN y/o STD de LGN, brindando servicios relacionados con actividades de: diseño y/o construcción y/o operación, mantenimiento

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Osilinergnin ORGANISMO SUPERVISOR DE tA INVERSIÓN EN ENE RG‘A Y MINERiA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

y/o supervisión y/o consultoría y/o fiscalización del cumplimiento normativo en aspectos técnicos y de seguridad.

7. Perfil Mínimo del Personal de la EST

7.1 Perfil 2-01: Supervisor Técnico/Seguridad/Geotecnia/Especial - Jefe de Proyecto - Supervisor 1A+ (Cantidad: 01)

7.1.1. Formación

7.1.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica,

Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Petróleo o Química o Metalúrgica.

7.1.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.

7.1.2. Experiencia en la Especialidad 7.1.2.1. Experiencia mínima de doce (12) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte por Ductos de GN y/o LGN.

7.1.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con siete (07) años en la actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o

supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.1.3. Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente: 7.1.3.1. Capacitación en Gestión de Proyectos (Mínimo 40 horas)

7.1.3.2. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: NACE, AGA, API, ANSI/ASME u OSHA. (40 horas en cualquiera de ellos).

7.2. Perfil 2-02: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 1A (Cantidad: 03) 7.2.1. Formación

7.2.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o

Metalúrgica. 7.2.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro

hábil para el ejercicio profesional. 7.2.2. Experiencia en la Especialidad

7.2.2.1. Experiencia nnínima de diez (10) años en el Subsector de Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.2.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la

actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.2.3. Capacitación

PAide Ord

Página N2 19

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P Osinergmin ORGANISMO SUPERVISOR DE st. INVERSIÓN EN ENERDIA NIINERIR

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:

7.2.3.1. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas

de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: NACE,

AGA, API, ANSI/ ASME o OSHA. (40 horas en cualquiera de ellos).

7.3. Perfil 2-03: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 18 (Cantidad: 02) 7.3.1. Formación

7.3.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica

o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o

Metalúrgica. 7.3.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro

hábil para el ejercicio profesional. 7.3.2. Experiencia en la Especialidad

7.3.2.1 Experiencia mínima de siete (7) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.3.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con tres (03) años en la

actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.3.3. Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:

7.3.3.1. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas

de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: NACE, AGA, API, ANSI/ ASME o OSHA. (40 horas en cualquiera de ellos).

7.4 Perfil 2-04: Supervisor Geotécnico - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.4.1. Formación

7.4.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Civil o

Geología o Geofísica. 7.4.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro

hábil para el ejercicio profesional.

7.4.2. Experiencia en la Especialidad 7.4.2.1. Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.4.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la

actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o

supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos

de Gas Natural.

7.5 Perfil 2-05: Supervisor Geotécnico - Supervisor 1B (Cantidad: 01) 7.5.1. Formación

Página Ne 20

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Osinergmlin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-OsInergmln

7.5.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Civil o Geología o Geofísica.

7.5.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú y contar con el certificado de habilidad vigente para el ejercicio profesional.

7.5.2. Experiencia en la Especialidad 7.5.2.1. Experiencia mínima de siete (07) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.5.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con tres (03) años en la

actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.6 Perfil 2-06: Supervisor Técnico/Especial - Supervisor 1B (Cantidad: 01) 7.6.1. Formación

7.6.1.1. Título profesional en Sociología o Antropología o Agronomía. 7.6.1.2. Estar inscrito en el Colegio Profesional, correspondiente, en el

Perú y contar con registro hábil para el ejercicio profesional. 7.6.2. Experiencia en la Especialidad

7.6.2.1. Experiencia mínima de siete (07) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.6.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con tres (03) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.7 Perfil 2-07: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 2 (Cantidad: 01) 7.7.1 Formación

7.7.1.1. Título profesional de ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o Metalúrgica.

7.7.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.

7.7.2 Experiencia en la Especialidad 7.7.2.1. Experiencia mínima de cinco (05) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.7.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con dos (02) años en la

actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

PAC Ord

Página N9 21

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911 Osinergimin ORGANISMO SUPERVISOI INVERS:ON EN ENERGÍA"? MINIRIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

7.8 Perfil 2-08: Supervisor Geotécnico - Supervisor 2 (Cantidad: 01)

7.8.1. Formación

7.8.1.1 Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Civil o

Geología o Geofísica.

7.8.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.

7.8.2. Experiencia en la Especialidad

7.8.2.1. Experiencia mínima de cinco (05) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.8.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con dos (02) años en la

actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.9 Perfil 2-09: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 3B (Cantidad: 02)

7.9.1. Formación

7.9.1.1 Bachiller en ingeniería o Título profesional de Ingeniero, en las

especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o

Civil o Química o Petróleo o Metalúrgica.

7.9.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional, para el caso del Ingeniero

titulado.

7.9.2. Experiencia en la Especialidad

7.9.2.1. Experiencia mínima de un (01) año en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.10 Perfil 2-10: Supervisor Legal - Sub Jefe de Provecto - Supervisor 1A - (Cantidad: 01)

7.10.1 Formación

7.10.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de

Abogados correspondiente, en el Perú.

7.10.1.2 Capacitación:

Contar como mínimo con algunas de las siguientes:

7.10.1.2.1 Especialización en Derecho Administrativo: General o

Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera

de ellos).

7.10.1.2.2 Especialización en Derecho: Energía o Hidrocarburos

(50 horas como mínimo en cualquiera de ellos).

7.10.2 Experiencia en la Especialidad

7.10.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en la Administración Pública

(en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones

y/o ambiental y/o pesquería), en áreas: de supervisión y/o

fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa

Página N2 22

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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIDD EN ENERGÍA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en

tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.

7.10.2.2 De los cuales como mínimo un (01) a'ño debe corresponder a experiencia en el sub sector gas natural.

7.11 Perfil 2-11: Supervisor Legal — Supervisor 2 (Cantidad: 01) 7.11.1 Formación

7.11.1.1 Tftulo profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de

Abogados correspondiente, en el Perú. 7.11.1.2 Capacitación:

Contar como mínimo con algunas de las siguientes:

7.11.1.2.1 Especialización en Derecho: Energía o Hidrocarburos (100 horas como mínimo en cualquiera).

7.11.2 Experiencia en la Especialidad 7.11.2.1 Experiencia mínima de cuatro (04) años en la Administración

Pública (en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería) en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia

administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.

7.11.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en el sub sector hidrocarburos.

7.12 Perfil 2-12: Supervisor Legal - Supervisor 2 (Cantidad: 01) 7.12.1 Formación

7.12.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.

7.12.1.2 Capacitación:

Contar como mínimo con algunas de las siguientes: 7.12.1.2.1 Especialización en Derecho Administrativo: General o

Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera de ellos).

7.12.2 Experiencia en la Especialidad 7.12.2.1 Experiencia mínima de ocho (08) años en la Administración

Pública (en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería).

7.12.2.2 De los cuales como mínimo cinco (05) años deben corresponder a

experiencia en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de

procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales

administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de

títulos habilitantes.

Página Ne 23

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Osinergrain ORGANISMO SUPERVISOR DE EA INVERSiGN EN ENERGM Y MINERM

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N•01-2016-DSGN-Osinergmin

7.13 Perfil 2-13: Supervisor Legal — Supervisor 3A (Cantidad: 01) 7.13.1 Formación

7.13.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de

Abogados correspondiente, en el Perú.

7.13.1.2 Capacitación en regulación de los servicios públicos o

hidrocarburos o gestión pública o gestión social o derecho (de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o

administrativo). Duración no menor de cuarenta (40) horas en

cualquiera de ellos.

7.13.2 Experiencia en la Especialidad 7.13.2.1 Experiencia mínima de tres (03) años en la Administración Pública

o en el sector privado.

7.13.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a

experiencia en la Administración Pública, en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia

administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de

sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes; y/o en áreas de defensa del

estado; y/o en áreas normativas.

7.14 Perfil 2-14: Supervisor Legal — Supervisor 3B (Cantidad: 02) 7.14.1 Formación

7.14.1.1 Bachiller en Derecho o Título profesional de Abogado con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente en el Perú.

7.14.1.2 Capacitación: en regulación de los servicios públicos o en hidrocarburos o en gestión pública o en gestión social o en

derecho (de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o administrativo o contencioso administrativo). Duración no menor de cuarenta (40) horas en cualquiera de ellos;

o haber llevado el Curso de Extensión Universitaria de Osinergmin.

7.14.2 Experiencia en la Especialidad 7.14.2.1 Experiencia mínima de un (01) año en la Administración Pública.

8. Para todo el personal propuesto por la EST:

8.1 La experiencia profesional mínima debe ser posterior a la obtención del grado de

bachiller.

8.2 La formación se acredita con copia simple de los títulos profesionales y/o grados

académicos, certificados, diplomas correspondientes.

8.3 La EST al momento de proponer a sus profesionales titulados, debe presentar copia simple del correspondiente certificado de habilidad vigente del Colegio Profesional

al que pertenecen en el Perú.

8.4 Las horas de capacitación exigida en cada perfil se acredita con respecto a una sola

capacitación. No se sumará horas de 2 o más capacitaciones. No se asigna puntaje

Página N2 24

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Pide

ORGANISMO SUPERVISOR DE tA INVERSION EN ENERGM Y »NEMA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

por capacitación, solo se verifica para el cumplimiento de requisitos mínimos de

cada perfil.

8.5 La experiencia en la especialidad, en el Subsector de Hidrocarburos y en la Especialidad en los STD de GN y/o STD de LGN, se acredita con copia simple de los

siguientes documentos: (i) contratos y su respectiva conformidad y/o (ii) constancias y/o (iii) certificados y/o (iv) cualquier otro documento que

fehacientemente demuestre la experiencia del profesional propuesto.

8.6 Durante la vigencia del contrato de la EST resultado del presente proceso de

selección, los profesionales de la EST contratada no podrán brindar servicios

(directamente o a través de personas naturales o jurídicas) a otra área de

Osinergmin; así tampoco podrán brindar servicios a los agentes supervisados por Osinergmin. De verificarse alguna circunstancia de las descritas, se resolverá el

contrato con la EST, sin perjuicio de la ejecución de las garantías que pudieran corresponder.

8.7 La falsedad comprobada de los datos sobre la formación académica o experiencia, genera la resolución del contrato.

8.8 La EST debe prestar el servicio con los profesionales propuestos y evaluados por el

Comité de Selección conforme a su propuesta técnica. La EST no podrá reemplazar profesional alguno en el primer semestre de vigencia del contrato, lo que

constituye causal de resolución del contrato. Los reemplazos posteriores están sujetos a las penalidades establecidas en la Directiva aprobada con la Resolución de

Consejo Directivo N° 037-2016-05/CD. No constituyen supuestos de reemplazos el fallecimiento o incapacidad sobrevenida acreditada.

8.9 La EST debe prestar el servicio con los profesionales con los cuales se ha

consorciado para efectos del presente proceso de selección. 8.10 Los profesionales propuestos por la EST no podrán ser presentados para postular

simultáneamente a más de un Ítem del Proceso Selección N° 01-2016-DSGN-

OSINERGMIN, así tampoco se admitirá la presentación de profesionales incluidos en

otros procesos de selección ante Osinergmin. 8.11 La EST deberá proponer la cantidad de profesionales requeridos en cada ítem del

presente proceso de selección. 8.12 Solo para efectos del presente proceso de selección, se considerará experiencia en

la Administración Pública a cualquiera de los siguientes servicios prestados como: i) EST (persona natural), ii) a través de una EST (persona jurídica), iii) CAS iv) CAP, v)

servicios no personales.

9. Equipamiento e infraestructura Mínimo de la EST

9.1 Oficina, Equipamiento e infraestructura 9.1.1 Dada la necesidad de tener coordinación continua entre Osinergmin y la

EST contratada, se requiere que tengan una oficina cercana a las inmediaciones de la oficina de la División de Supervisión de Gas Natural

(DSGN), ubicada en la Sede Central de Osinergmin (Calle Bernardo

Monteagudo 222, distrito de Magdalena del Mar); es decir en los distritos de Magdalena del Mar, San Isidro, San Miguel, Jesús María o Pueblo Libre.

9.1.2 La oficina de la EST debe contar como mínimo con:

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.

1

1

Pide Osilatergettin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSMN EN ENCIMA MINEMA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

9.1.2.1 Ambientes de trabajo y espacio para cada uno de sus profesionales,

brindando las facilidades, herramientas, materiales necesarios para

la ejecución del servicio. 9.1.2.2 Servicio de telefonía fija multidestino.

9.1.2.3 Conexión permanente a internet de alta velocidad, banda ancha de 15 Mbps o superior con wifi y, como mínimo, con tres

computadoras de escritorio (Desktop), con software original

licenciado.

9.1.2.4 Una sala de reuniones con aforo mínimo para diez (10) personas, equipado con proyector profesional con conexión HDMI, ecran,

parlantes y pizarra acrílica. 9.1.2.5 Una (01) Impresora y Escáner, o Una (01) Impresora multifuncional.

9.2 La EST debe proveer a cada supervisor de lo siguiente: 9.2.1 Teléfono celular de alcance nacional, de la red telefónica que Osinergmin

disponga con características para recibir y enviar correos electrónicos mediante conexión WiFi y de Datos.

9.2.2 Computador portátil con las siguientes características: Procesador de 64 bits con velocidad 2.66 GHZ o superior, Núcleos/Procesos 4/4, Memoria Cache 4GB, 4GB de memoria RAM o superior, Disco Duro 500GB o superior, Tarjeta

de red 10/100, WiFi IEEE 802.11 b/g/n, conector HDMI y Bluetooth 4.0, tamaño de pantalla de 13" o superior, Grabador / reproductor de CD/DVD,

Webcam, Micrófono y Parlantes siempre operativos, Sistema operativo Windows 7 Professional (64-Bits) original licenciado o superior, Antivirus en

todo momento actualizado y con licencia original, Microsoft Office 2010 o superior licenciado, Internet Explorer Versión 9 o superior.

9.2.3 Cámara fotográfica digital con fechador, resolución mínima de 12 MPx, GPS

integrado, estabilizador de imagen y capacidad de grabación de video en HD o Full HD.

9.2.4 Equipo navegador portátil con Sistema de Posicionamiento Global con

receptor GPS y GLONASS con conexión USB. 9.2.5 Tablet con las siguientes características mínimas: Pantalla de 9", velocidad

CPU 1.3 GHz, 2 GB de memoria RAM, memoria interna de 32 GB, cámara

principal de 8 MP y tecnología de localización GPS/GLONASS y sistema

operativo Android/i0S. 9.2.6 Teléfono satelital para zonas donde no haya comunicación por medio de

celular o de radio frecuencia; para mantener la comunicación con el

Supervisor, por su seguridad. 9.2.7 La EST contratada debe proporcionar a sus integrantes una cuenta de correo

electrónico para sus comunicaciones internas y con el Osinergmin, utilizando

un dominio propio para su correo; que asegure su confiabilidad, continuidad

y confidencialidad de las comunicaciones electrónicas. 9.2.8 La EST proporcionará a su personal todos los equipos, materiales, vestimenta

adecuada (EPP antiflama) y otros instrumentos que resulten necesarios para

el desarrollo seguro de su trabajo. Estos deberán estar en buenas condiciones de servicio y serán mantenidos en óptimas condiciones. En

cualquier caso, la EST es responsable de cubrir los daños que se puedan

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Osiliertpnlin ORGANISMO SUPERVISOR DE lA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-OsInergmin

ocasionar a los equipos u otros instrumentos que requieran para el desarrollo

normal de las actividades de supervisión, debiendo repararlos o sustituirlos,

de forma tal que no se afecte la programación, realización y resultados de las tareas encomendadas. El EPP antiflama deberá ser actualizado con una frecuencia semestral.

9.2.9 Osinergmin no reembolsará ningún gasto de viáticos, pasajes o de otra

índole, a la EST ni a su personal por separado. Los gastos están contemplados a ser cubiertos por la EST dentro del monto del contrato.

9.2.10Asimismo, Osinergmin brindará los accesos a sus sistemas informáticos que

se requieran, para el mejor desempeño del servicio; previa coordinación con el personal de sistemas del área competente. La EST es responsable de

guardar la confidencialidad de los accesos/claves y de los contenidos permitidos.

9.2.11Las instalaciones, condiciones, equipos, la velocidad y capacidad de las comunicaciones electrónicas, los EPP y cualquier requerimiento solicitado

para este proceso de selección serán verificados por el personal que designe la DSGN durante la ejecución del contrato de manera inopinada. Las faltas a

estos compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.

Pie 01F4

9.3 La EST debe contar con vehículos para el servicio de supervisión: 9.3.1 Para la prestación del servicio, la Empresa Supervisora debe contar con dos

(02) vehículos que cuenten con un dispositivo o equipo portátil con Sistema Global de Navegación por Satélite, comúnmente llamado "GPS", dicho

dispositivo debe permitir realizar el monitoreo a distancia del vehículo por parte de la EST, condición que la DSGN puede verificar de manera inopinada durante la ejecución del contrato. La falta a este compromiso, será tratada de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.

9.3.2 Los costos referidos al chofer, mantenimiento, seguros y combustible son responsabilidad de la Empresa Supervisora Técnica (EST).

9.3.3 El vehículo debe cumplir las siguientes características:

9.3.3.1 Camioneta con tracción 4x4: doble cabina (pick-up) o rural (todo terreno) cerrada.

9.3.3.2 Dirección Hidráulica.

9.3.3.3 Estructura anti-vuelcos interna y externa. 9.3.3.4 Mataperros delantero. 9.3.3.5 Winche de remolque delantero.

9.3.3.6 Plancha protectora del Motor (Pectoral).

9.3.3.7 Faros neblineros independientes de los faros incorporados.

9.3.3.8 Cajón para herramientas (Gata, llave de ruedas, Pico, Palas, Conos, Triángulos, Tacos de madera, etc.).

9.3.3.9 Caja en la tolva o carpa segura para protección de los equipajes.

9.3.3.10 Extintor Contra Incendio de acuerdo a norma. 9.3.3.11 Aire acondicionado.

9.3.3.12 Correas de Seguridad de tres puntos, para todos los asientos.

9.3.3.13 Llantas del tipo "todo terreno" en buen estado, de preferencia,

nuevas. Adicionalmente debe contar con dos llantas de repuesto

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Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISOR DE :A INVERSION EN ENERGIE. Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

del mismo tipo. Llantas altas para que el sistema de transmisión

esté levantado. 9.3.3.14 Antigüedad del vehículo no mayor a 1 año o equivalente a un

recorrido de 30 000 km. 9.3.3.15 Doble Cabina (para el tipo pick-up) cómodas con asientos

confortables para viajes largos. 9.3.3.16 Motor Petrolero Diesel de 2700 cc de capacidad como mínimo u

otro con mejores características. Con Intercooler o tecnología

equivalente. 9.3.3.17 Motor con Potencia mínima de 140 HP / 3400 rpm.

9.3.3.18 Motor con Torque mínimo de 32 kgm / 2000 rpm. 9.3.3.19 Respaldar de apoyo para la cabeza en todos los asientos.

9.3.3.20 Botiquín de primeros auxilios debidamente equipado. 9.3.3.21 Air Bag para chofer y copiloto, como mínimo. 9.3.3.22 Conexión habilitada para dispositivos eléctricos en DC (salida del

encendedor).

9.3.3.23 Luz de Salón. 9.3.3.24 GPS especializado, según lo requiera la empresa supervisada para el

ingreso de vehículos a su DdV. 9.3.3.25 Se estima un mínimo de 15 días de alquiler por mes calendario. El

pago es por día, previa autorización del viaje, por el especialista

(Ver forma de pago, numeral 9). 9.3.3.26 El chofer del vehículo debe contar con licencia de conducir vigente

y de la categoría correspondiente, conocimientos y experiencia comprobada en la conducción de vehículos en terrenos de baja adherencia como puede ser en barro, arena y/o nieve. Así como cumplir con todos los requisitos exigidos por las Empresas

Supervisadas, para el ingreso a sus instalaciones. La EST es la responsable de este cumplimiento. Las faltas a estos compromisos,

serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de

Osinergmin. .■■•••■

10. Forma de Pago y Conformidad El pago se realizará de forma mensual y conforme la cantidad de supervisiones realizadas

en el mes, por costos unitarios, de acuerdo al Plan de Supervisión.

El cronograma de visitas será comunicado por Osinergmin a la EST, en el Anexo A-02 se muestra una referencia. El programa puede variar de acuerdo a la necesidad del servicio

de supervisión.

Sólo para aquellos casos que las empresas supervisadas facturen por la estadía,

transporte u otros rubros relacionados con la supervisión de áreas de acceso exclusivo de la empresa, donde el uso de las facilidades de la empresa concesionaria es inevitable,

Osinergmin realizara estos pagos asociados con la supervisión, conforme los

procedimientos internos. Cabe señalar que estos pagos se refieren única y exclusivamente a los realizados por la empresa concesionaria. No se reembolsará otros pagos asociados a

la supervisión.

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\, )

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()ADANISMO SUPERVISOR DE LA INVENSLDN EN ENENDLP Y ALMEIDA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

11. Penalidades Osinergmin impone las siguientes penalidades a la Empresa Supervisora:

a) Penalidad por mora ante el incumplimiento del plazo de realización en la realización

de actividades o entrega de informes u otra documentación. Esta penalidad se aplica automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = O 10xM

FxP

Donde: F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F=0.40. Para plazos mayores a 60

días: F= 0.25. M: Monto de la prestación materia de retraso.

P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación.

b) Penalidad por reemplazo del personal presentado en la propuesta técnica. Esta penalidad se aplica automáticamente y se inicia con 3 UIT para el primer reemplazo,

4 UIT para el segundo reemplazo, 5 UIT para el tercer reemplazo, y así sucesivamente.

Las penalidades se deducen de los pagos a efectuar a la empresa supervisora y, de ser el caso, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento

o la garantía por el monto diferencial de propuesta.

12. Criterios de Evaluación Técnica. Puntaje máximo: 100 puntos (Peso ponderado 80%)

Factor de Evaluación

Criterio de Evaluación para Supervisión Rango de Evaluación

Puntaje Asignado

12.1 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA POSTORA EN LA ACTIVIDAD 30

Experiencia en Se evaluará la experiencia en la actividad de la empresa

la Actividad señalada en el numeral 6.1. Se califica considerado el Más de 2 veces

monto facturado acumulado por el postor durante un

periodo de hasta diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas. Se acredita mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada o

mediante comprobantes de pago cuya cancelación se

el valor referencial

30

Más de 1.5 veces

acredite documental y fehacientemente con un máximo

de diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.

Si se trata de consorcio se considerará la experiencia de

los consorciados conforme a lo establecido en las bases.

hasta 2 veces el valor referencial

20

Más de 1 vez

hasta 1.5 veces

el valor

referencial

10

12.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD 70

Perfil 2-01 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1

especialidad indicada en el perfil. (7.1.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

Más de 14 años 10

Página Nº 29

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Osinergniin ORGANISMO SUPERVISOR DE 1.A. INVERMON EN ENVIDIA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 12 años

hasta 14 años 08

Experiencia en la Especialidad 2

(7.1.2.2)

Más de 10 años 08

Más de 7 años

hasta 10 años 04

Perfil 2-02 (3) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1

especialidad indicada en el perfil. (7.2.2.1)

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 12 años (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

(3 puntos cada uno)

9

Más de 10 años

hasta 12 años Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos (1 punto cada uno)

3

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el Experiencia en la Especialidad 2 comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de (7.2.2.2)

Más de 7 años manera fehaciente demuestre la experiencia. (2 puntos cada

uno)

6

Más de 5 años

hasta 7 años 3

(1 punto cada

uno)

Perfil 2-03 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1

especialidad indicada en el perfil. (7.3.2.1)

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 9 años (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

(2 puntos cada uno)

4

Más de 7 años

hasta 9 años Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos (1 punto cada uno)

2

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el Experiencia en la Especialidad 2 comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de (7.3.2.2)

Más de 5 años manera fehaciente demuestre la experiencia. (2 puntos cada

uno)

4

Más de 3 años

hasta 5 años 2

(1 punto cada

uno)

Perfil 2-04 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1

especialidad indicada en el perfil. (7.4.2.1)

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 12 años 3

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Más de 10 años

hasta 12 años 1

Experiencia en la Especialidad 2 Acreditación: (7.4.2.2) Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

Más de 7 años 2

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 5 años

hasta 7 años 1

Perfil 2-05 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1

especialidad indicada en el perfil. (7.5.2.1)

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 9 años 2

d FJ

Página N2 30

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(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 7 años hasta 94„ 1

Experiencia en la Especialidad 2

(7.5.2.2)

Más de 5 años 2

Más de 3 años

hasta 5 años 1

Perfil 2-06 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1

especialidad indicada en el perfil. (7.6.2.1)

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 9 años 2

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado. Más de 7 años hasta 9 años

1

Experiencia en la Especialidad 2 Acreditación: (7.6.2.2) Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

Más de 5 años 2

Más de 3 años

hasta 5 años 1

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Perfil 2-07 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.7.2.1 del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Más de 5 años 1 Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Perfil 2-08 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.8.2.1. del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Más de 5 años 1 Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Perfil 2-09 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.9.2.1. del perfil. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado. Más de 1 año

Acreditación: (1 punto cada

uno) 2

Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Página N2 31

PA e 01 1'4

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIDIE EN ENERGÍA Y PAMEMA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-Osinergmin

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Osinergrrein PIINADISNIC SUDERVJED ■t DE LA INVENS:CD EN ENERDEÍA V DENENDE

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

Perfil 2-10 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la

especialidad indicada en el numeral 7.10.2.1. del perfil. Más de 12 años 6

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado. Más de 11 años

hasta 12 años 3

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 10 años

hasta 11 años 2

Perfil 2-11 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la

especialidad indicada en el 7.11.2.1. del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Más de 4 años 1 Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

Perfil 2-12 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la

especialidad indicada en el numeral 7.12.2.1. del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente más de 10 años 2 (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 8 años

hasta 10 años 1

Perfil 2-13 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la

especialidad indicada en el numeral 7.13.2.1. del perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Más de 3 años 1 Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados, contratos

u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente

cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

id e r4

Página Ale 32

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Osinersynibra ORGANISMO SuPERVISOR DE INVERSIDN EN ENERGÍA Y MiNERM

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

Perfil 2-14 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.14.2.1. del perfil. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Más de 1 arlo

(1 punto por 2 Acreditación: cada uno) Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el

comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de

manera fehaciente demuestre la experiencia.

13. Criterios de Evaluación Económica

La evaluación económica recibe una ponderación de veinte por ciento (20%) para efectos

del resultado final. La evaluación económica se lleva a cabo asignando un puntaje de 100

a la propuesta de precio más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios. Fórmula aplicable para la evaluación económica:

Pi= Om* PMOE Oi

Donde: i= Propuesta Pi= Puntaje de la propuesta económica i

Om= Propuesta económica de monto o precio más bajo. PMOE= Puntaje Máximo de la propuesta económica (100)

Oi= Propuesta económica i

PAde ;Oirá

Página Nº 33

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Osiewrgmin ORGANISMO SUPERVISOR INvERSION EN ENE FIGUE Y NIIN EP IA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

ITEM N° 03 Supervisión Pre Operativa de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y líquidos de Gas

Natural por Ductos (Ductos de Concesión, Ductos Principales, Ductos de Recolección e Inyección, Ductos de Uso Propio y otros)

1. Antecedentes

El artículo 2 de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante Osinergmin), Ley N° 26734, establece que la misión del Osinergmin es regular,

supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales

y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad,

hidrocarburos y minería.

Dentro de este contexto, la División de Supervisión de Gas Natural de Osinergmin (en adelante DSGN) realiza labores de supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas de seguridad sobre diseño, construcción, operación,

mantenimiento y abandono de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos, otros ductos e instalaciones relacionadas, de acuerdo al marco

normativo aplicable, por lo que la DSGN requiere contratar a Empresas Supervisoras Técnicas (en adelante EST) para continuar con las labores de supervisión y fiscalización de

dichas actividades e instalaciones en la etapa Pre Operativa. Entiéndase como hidrocarburos a los hidrocarburos líquidos, gas natural seco, líquidos de gas natural,

productos líquidos derivados de los líquidos del gas natural y gas natural licuado.

2. Objetivo

Seleccionar y contratar a una EST con personería jurídica, para brindar a la DSGN el

servicio de supervisión y fiscalización de las actividades de los Sistemas de Transporte por Ductos de Gas Natural (en adelante STD - GN) y de Líquidos de Gas Natural (en adelante STD - LGN), con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de

seguridad en el diseño y construcción de los ductos e instalaciones de acuerdo al marco normativo vigente y a los estándares internacionales, durante la etapa pre-operativa.

3. Alcances

3.1. La empresa deberá proponer la siguiente cantidad de supervisores postulantes, como mínimo con la experiencia indicada en cada especialidad (expresada en años):

Perfil Cantidad Categoría

Supervisor Servicios Requeridos Profesional

Experiencia en la Especialidad

Hidrocarburos Gas Natural

3-01 01 1A+

Supervisor Técnico/Seguridad

/Infraestructura/ Geotecnia / Especial - Jefe de Proyecto

Ingeniero 12 07

3-02 01 1A Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10 05

3-03 01 lA Supervisor Geotecnia Ingeniero 10 05

3-04 01 lA Supervisor Técnico/Especial Sociólogo/Antropólogo 10 05

3-05 01 2 Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 05 00

rde 1:11F11

Página N2 34

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°silben:3min ORGANISMO SUPERVISOR DEUX INVERSIDN EN ENE DGD% ANNEDIP

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-OsInergmin

3-06 01 3B Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 01

Perfil Cantided dos Experlenda en la Especialidad

3-07 01 1A Supervisor Legal - Sub Jefe de Proyecto

Abogado 10

3-08 01 3A Supervisor Legal Abogado 03

Total: 08 profesionales

3.2. Los postulantes de la EST deberán cumplir con el perfil indicado en el numeral 7 del presente ítem.

3.3. La supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción en la etapa pre-operativa de los ductos e

instalaciones, de acuerdo al marco normativo vigente y a los estándares internacionales, incluye la supervisión y fiscalización en campo y gabinete, de los

ductos de Gas Natural (GN) y Líquidos de Gas Natural (LGN), entre otras, de las siguientes unidades:

3.3.1. Sistema de Transporte de GN y LGN.

3.3.2. Ampliaciones, Ramales e Instalaciones afines del Sistema de Transporte de GN y LGN.

3.3.3. Ducto Principal y Ducto de Uso Propio. 3.3.4. Ductos de Recolección e Inyección.

3.3.5. Ampliaciones, Ramales e instalaciones afines de los ductos mencionados anteriormente.

3.3.6. Otros ductos de transporte de hidrocarburos e instalaciones afines a requerimiento de Osinergmin (incluye entre otros a los Ductos de

Concesión, Ductos Principales, Ductos de Recolección e Inyección y Ductos de Uso Propio).

4. Actividades a Realizar por la EST La EST contratada, sin ser limitativo, deberá realizar como mínimo las siguientes actividades: 4.1. Supervisiones regulares contempladas en el Programa Anual de Supervisión de la

DSGN; supervisiones especiales como en simulacros, investigación de accidentes y

otros; supervisiones de emergencia; y otros supuestos relacionados a las labores de

supervisión de competencia de la DSGN. La Supervisión legal comprende las actividades bajo la supervisión de competencia de la DSGN, coordinadas con el Sub Jefe de Proyecto con Osinergmin.

4.2. Ejecutar las acciones del Programa de Supervisión de la DSGN. 4.3. Coordinar con Osinergmin, por intermedio del Jefe de Proyecto, las acciones del

Programa de Supervisión y su cumplimiento. 4.4. Coordinar la realización del Plan de Supervisión Mensual en base al Plan Anual

entregado por Osinergmin, con el Especialista asignado de la DSGN. El plan mensual

deberá contener los planes de trabajo y cronogramas de todos los supervisores para sus visitas a campo; así como los trabajos de gabinete de ser necesario.

4.5. Efectuar las visitas de supervisión (Pre-Operativas, Técnicas y Especiales) a las

instalaciones de los ductos de transporte de GN y LGN, de las empresas fiscalizadas

por la DSGN, planificadas y comunicadas por el Osinergmin y todas aquellas que sin

viN

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Osinergimin ORGANWO 5:1:71:RVISOR DE LA INVIRS:ON EN ENIllült, MINERIR

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

haber sido comunicadas con anticipación sean consideradas necesarias, por su

naturaleza de emergencia u otra similar.

4.6. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento del trabajo de Supervisión

Ejecutado, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe del

Proyecto con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre

otros: 4.6.1. Un reporte mensual de los resultados del cumplimiento del plan de trabajo

de los supervisores contrastando lo programado versus lo ejecutado,

incluyéndose el cumplimiento de los lineamientos en porcentaje de avance.

4.6.2. Un reporte de estado de los Hallazgos y Hechos Observados.

/

4.7. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento Normativo de las Empresas

Supervisadas, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe del Proyecto con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre

otros: 4.7.1. Cuadros y resúmenes de los resultados de la supervisión, sobre el aspecto

técnico/normativo, obtenidos de las supervisiones incluyendo: los Hechos

Observados (actualización y seguimiento), hallazgos (actualización y

seguimiento), tendencias, índices, oportunidades de mejora (de las Empresas y del Osinergmin), comentarios, etc; todo ello alineado a las

competencias de Osinergmin.

4.7.2. Una relación (en hoja de cálculo banco de datos) organizada, estandarizada y actualizada, con la relación de los documentos que han sido entregados por las empresas supervisadas, indicando la ubicación en los sistemas de Osinergmin (SIGED, BPM, etc.). Debe incluir un cuadro resumen con los

comentarios y/o conclusiones de la evaluación de ese documento.

4.8. Elaborar y brindar los documentos e instrumentos relacionados con las actividades

de supervisión asignadas, de acuerdo a los procedimientos y formatos de la DSGN,

de ser el caso.

4.9. Brindar y/o elaborar información y/o documentos de supervisión técnico y/o legal requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen

incumplimientos al marco normativo o contractual bajo supervisión.

4.10. Elaborar informes de supervisión (técnicos y/o legales), derivados de los informes

de supervisión y/o del análisis de los documentos que el Osinergmin proporcione y de acuerdo a lo solicitado (de contenido y forma) por la División de Supervisión de

Gas Natural.

4.11. Elaborar los Informes Técnicos y/o Legales, y otros que recojan el análisis de

incumplimientos al marco normativo o contractual bajo supervisión.

4.12. Ejecución de medidas administrativas dictadas por la DSGN, de conformidad con los

lineamientos de Osinergmin.

4.13. Capacitar a todo su personal profesional del equipo de supervisión, al menos una

vez al año, en dos temas: en Sistemas de Transporte de GN y LGN, y en Geotecnia.

Ambos dictados por una institución o entidad especializada en el rubro. Cada curso

de capacitación que se brinde no podrá ser menor de 40 horas lectivas. El costo

total de las capacitaciones debe ser cubierto por la EST. A la culminación de cada

,

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Osinergimin ORGANISMO SUPERVISOR DE 1A INVERSION EN ENERGM Y MINERÍA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS P001-2016-DSGN-Osinergmin

capacitación, deberá presentar a la DSGN, por Mesa de Partes del Osinergmin,

copia simple de las constancias de capacitación de cada uno de sus profesionales;

además adjuntará un reporte actualizado del record de capacitaciones de cada

profesional.

4.14. Los supervisores de la EST, a solicitud de Osinergmin, podrán realizar también actividades de supervisión Operativa y de cumplimiento técnico/seguridad

contractual de gas natural, de las actividades bajo competencia de la DSGN.

4.15. Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado, que Osinergmin le solicite por escrito en los plazos que determine.

5. Documentos que la EST debe entregar sobre la supervisión de las Empresas Supervisadas

La EST contratada deberá presentar a Osinergmin, en los plazos establecidos, según los procedimientos y formatos proporcionados, por el Osinergmin, todos los documentos que el Osinergmin usa y/o gestiona en las actividades de supervisión, entre otros, se cita los

siguientes: 5.1. El Plan de Trabajo y Cronograma Programado Anual de Supervisión.

5.2. El Plan de Trabajo Mensual de Supervisión.

5.3. El Plan de Trabajo y Cronograma Programado, a ejecutar por cada visita de supervisión de campo.

5.4. Un reporte diario de supervisión, por cada supervisor y por cada día de visita de campo; según su Plan de Trabajo.

5.5. Actas de la Visita y Carta de Visita de la Supervisión, así como cualquier otro documento elaborado en la supervisión.

5.6. Los Informes de Supervisión con el resultado de cada visita de supervisión; donde se incluya, entre otros, el cuadro de Evaluación de la Gestión de Integridad de la

empresa supervisada.

6. Requerimientos Mínimos referidos a la EST Los requisitos mínimos de experiencia serán:

6.1 Experiencia en la Actividad 6.1.1 Subsector de Hidrocarburos: Empresa con ocho (08) años como mínimo de

experiencia como: supervisora y/o diseñadora y/o constructora y/o operadora y/o mantenimiento y/o consultora y/o inspectora en temas del Subsector Hidrocarburos.

6.1.2 De los cuales la EST debe contar con cinco (05) años como mínimo de

experiencia en STD de GN y/o STD de LGN, brindando servicios relacionados con actividades de: diseño, construcción, operación, mantenimiento,

supervisión, consultoría y/o fiscalización del cumplimiento normativo en

aspectos técnicos y de seguridad.

7. Perfil Mínimo del Personal de la EST

7.1 Perfil 3-01: Supervisor Técnico/Seguridad/Infraestructura/Geotecnia/Especial - Jefe del Proyecto - Supervisor 1A+ (Cantidad: 01) 7.1.1. Formación

PAie 01%

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Osinergimin ORGANISMO SUPERVISO,' DE 1), INVERSEON INERDIP Y MINIDIR

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

7.1.1.1. Título profesional de ingeniero en las especialidades de Mecánica

o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Petróleo o Química o

Petroquímica o Metalúrgica.

7.1.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro

hábil para el ejercicio profesional. 7.1.2. Experiencia en la Especialidad

7.1.2.1. Experiencia mínima de doce (12) años en el Subsector de Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte por Ductos de GN y/o LGN.

7.1.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con siete (07) años en la actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o

supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos

de Gas Natural. 7.1.3. Capacitación

Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:

7.1.3.1. Capacitación en Gestión de Proyectos (40 horas).

7.1.3.2. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: API, ANSI/

ASME. (40 horas en cualquiera de ellos).

7.2 Perfil 3-02: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.2.1 Formación

7.2.1.1 Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o

Metalúrgica. 7.2.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil

para el ejercicio profesional. 7.2.2 Experiencia en la Especialidad

7.2.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.2.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) a'ños en la

actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.2.3 Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente: 7.2.3.1 Certificado como Nivel II en inspección visual según la práctica

recomendada SNT-TC-1A de la Sociedad Americana de Ensayos No

Destructivos ASNT.

7.3 Perfil 3-03: Supervisor Geotécnico - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.3.1 Formación

PA e I I% á

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Osinergniin ONGANISNIO SUPERVISOR DE 11■ INVERSIDN EN ENERGÍA Y NDNEIDA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-OsinergmIn

7.3.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Geología o

Geofísica o Civil. 7.3.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil

para el ejercicio profesional.

7.3.2 Experiencia en la Especialidad 7.3.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y

fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.3.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.4 Perfil 3-04: Supervisor Técnico/Especial - Supervisor 1 (Cantidad: 01) 7.4.1 Formación

7.4.1.1 Título profesional en Sociología o Antropología. 7.4.1.2 Estar inscrito en el Colegio Profesional, correspondiente, en el Perú

y contar registro hábil para el ejercicio profesional.

7.4.2 Experiencia en la Especialidad 7.4.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.4.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco(05) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de

Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.

7.5 Perfil 3-05: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 2 (Cantidad: 01)

7.5.1 Formación 7.5.1.1 Título profesional en ingeniería en las especialidades de Mecánica o

Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o

Petroquímica o Metalúrgica o Geología o Geofísica.

7.5.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú y contar con el certificado de habilidad vigente para el ejercicio profesional.

7.5.2 Experiencia en la Especialidad 7.5.2.1 Experiencia mínima de cinco (05) años en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de

seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de

Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.5.3 Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:

7.5.3.1 Certificado como Nivel II en inspección visual según la práctica recomendada SNT-TC-1A de la Sociedad Americana de Ensayos No

Destructivos ASNT.

MAC Ora

Página Nº 39

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• Osittergenm ORGANISMO SURERVISEM MI INVIRSION ro:1-1((fo

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSG N-Osinergmin

7.6 Perfil 3-06: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 3B (Cantidad: 01) 7.6.1 Formación

7.6.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o Metalúrgica o Geología o Geofísica.

7.6.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.

7.6.2 Experiencia en la Especialidad 7.6.2.1 Experiencia mínima de un (01) año en el Subsector de

Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

7.7 Perfil 3-07: Supervisor Legal - Sub Jefe de Proyecto - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.7.1 Formación

7.7.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.

7.7.1.2 Capacitación: Contar como mínimo con algunas de las siguientes: 7.7.1.2.1 Especialización en Derecho Administrativo: General o

Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera de ellos).

7.7.2 Experiencia en la Especialidad 7.7.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en la Administración Pública

(en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería), en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.

7.7.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en el sub sector hidrocarburos.

7.8 Perfil 3-08: Supervisor Legal — Supervisor 3A (Cantidad: 01) 7.8.1 Formación

7.8.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.

7.8.1.2 Capacitación en regulación de los servicios públicos o hidrocarburos o gestión pública o gestión social o derecho (de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o administrativo). Duración no menor de cuarenta (40) horas en cualquiera de ellos.

7.8.2 Experiencia en la Especialidad

01F41

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Osinenpnin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGIA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-OsInergmin

7.8.2.1 Experiencia mínima de tres (03) años en la Administración Pública o

en el sector privado. 7.8.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a

experiencia en la Administración Pública, en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia

administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de

sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de

otorgamiento de títulos habilitantes; y/o en áreas de defensa del estado; y/o en áreas normativas).

%KIR byY1F4

8. Para todo el personal propuesto por la EST:

8.1 La experiencia profesional mínima debe ser posterior a la obtención del grado de

bachiller.

8.2 La formación se acredita con copia simple de los tftulos profesionales y/o grados académicos, certificados, diplomas correspondientes.

8.3 La EST al momento de proponer a sus profesionales titulados, debe presentar copia simple del correspondiente certificado de habilidad vigente del Colegio Profesional

al que pertenecen en el Perú. 8.4 Las horas de capacitación exigida en cada perfil se acredita con respecto a una sola

capacitación. No se sumará horas de 2 o más capacitaciones. No se asigna puntaje por capacitación, solo se verifica para el cumplimiento de requisitos mínimos de

cada perfil.

8.5 La experiencia en la especialidad, en el Subsector de Hidrocarburos y en la

Especialidad en los STD de GN y/o STD de LGN, se acredita con copia simple de los siguientes documentos: (i) contratos y su respectiva conformidad y/o (ii) constancias y/o (iii) certificados y/o (iv) cualquier otro documento que

fehacientemente demuestre la experiencia del profesional propuesto. 8.6 Durante la vigencia del contrato de la EST resultado del presente proceso de

selección, los profesionales de la EST contratada no podrán brindar servicios (directamente o a través de personas naturales o jurídicas) a otra área de

Osinergmin; así tampoco podrán brindar servicios a los agentes supervisados por Osinergmin. De verificarse alguna circunstancia de las descritas, se resolverá el

contrato con la EST, sin perjuicio de la ejecución de las garantías que pudieran

corresponder. 8.7 La falsedad comprobada de los datos sobre la formación académica o experiencia,

genera la resolución del contrato.

8.8 La EST debe prestar el servicio con los profesionales propuestos y evaluados por el Comité de Selección conforme a su propuesta técnica. La EST no podrá reemplazar

profesional alguno en el primer semestre de vigencia del contrato, lo que

constituye causal de resolución del contrato. Los reemplazos posteriores están

sujetos a las penalidades establecidas en la Directiva aprobada con la Resolución de

Consejo Directivo N° 037-2016-0S/CD. No constituyen supuestos de reemplazos el

fallecimiento o incapacidad sobrevenida acreditada.

8.9 La EST debe prestar el servicio con los profesionales con los cuales se ha consorciado para efectos del presente proceso de selección.

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Osinergettin ORGANISMO SU>tRVISOR INVERS,ON EN ENI,GIA ININU+IA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

8.10 Los profesionales propuestos por la EST no podrán ser presentados para postular simultáneamente a más de un Ítem del Proceso Selección N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN, así tampoco se admitirá la presentación de profesionales incluidos en otros procesos de selección ante Osinergmin.

8.11 La EST deberá proponer la cantidad de profesionales requeridos en cada ítem del presente proceso de selección.

8.12 Solo para efectos del presente proceso de selección, se considerará experiencia en la Administración Pública a cualquiera de los siguientes servicios prestados como: i) EST (persona natural), ii) a través de una EST (persona jurídica), iii) CAS iv) CAP, v) servicios no personales.

9. Equipamiento e infraestructura Mínimo de la EST

9.1 Oficina, Equipamiento e infraestructura 9.1.1 Dada la necesidad de tener coordinación continua entre Osinergmin y la

EST contratada, se requiere que tengan una oficina cercana a las inmediaciones de la sede central de la División de Supervisión de Gas Natural — DSGN, entiéndase los distritos de Magdalena del Mar, Miraflores, San Isidro, Lince, San Miguel, Pueblo Libre o Jesús María.

9.1.2 La oficina debe contar con servicio de telefonía fija multidestino. 9.1.3 La oficina debe contar con conexión permanente a internet de alta

velocidad, banda ancha de 15 Mbps o superior con wifi y, como mínimo, con 03 computadoras de escritorio (Desktop), con software original licenciado.

9.1.4 La oficina debe contar con una sala de reuniones para mínimo 10 personas equipado con proyector profesional con conexión HDMI, ecran, parlantes y pizarra acrílica.

9.1.5 La oficina debe contar con ambientes de trabajo para los supervisores. 9.1.6 Una (01) Impresora y un (01) Escáner o una Impresora Multifuncional

(impresora/escáner).

Pie Ord

9.2 Cada supervisor de la EST deberá contar con: 9.2.1 Teléfono celular de alcance nacional, de la red telefónica que Osinergmin

disponga con características para recibir y enviar correos electrónicos mediante conexión WiFi y de Datos.

9.2.2 Computador portátil con las siguientes características: Procesador de 64 bits con velocidad 2.66 GHZ o superior, Núcleos/Procesos 4/4, Memoria Cache 4GB, 4GB de memoria RAM o superior, Disco Duro 500GB o superior, Tarjeta de red 10/100, WiFi IEEE 802.11 b/g/n, conector HDMI y Bluetooth 4.0, tamaño de pantalla de 13" o superior, Grabador / reproductor de CD/DVD, Webcam, Micrófono y Parlantes siempre operativos, Sistema operativo Windows 7 Professional (64-Bits) original licenciado o superior, Antivirus en todo momento actualizado y con licencia original, Microsoft Office 2010 o superior licenciado, Internet Explorer Versión 9 o superior.

9.2.3 Cámara fotográfica digital con fechador, resolución mínima de 12 MPx, GPS integrado, estabilizador de imagen y capacidad de grabación de video en HD o Full HD.

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ORGANISMO SUPERVISOR DE 5.A INVENSIÓN EN ENERDN ■ Y NIINEDIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-OsInergmln

9.2.4 Equipo navegador portátil con Sistema de Posicionamiento Global con receptor GPS y GLONASS con conexión USB.

9.2.5 Tablet con las siguientes características mínimas: Pantalla de 9", velocidad

CPU 1.3 GHz, 2 GB de memoria RAM, memoria interna de 32 GB, cámara principal de 8 MP y tecnología de localización GPS/GLONASS y sistema

operativo Android/i0S. 9.2.6 Teléfono satelital para zonas donde no haya comunicación por medio de

celular o de radio frecuencia; para mantener la comunicación con el

Supervisor en el campo y velar por su seguridad.

9.2.7 La EST contratada debe proporcionar a sus integrantes una cuenta de

correo electrónico para sus comunicaciones internas y con el Osinergmin, utilizando un dominio propio para su correo; que asegure su confiabilidad, continuidad y confidencialidad de las comunicaciones electrónicas.

9.2.8 La EST proporcionará a su personal todos los equipos, materiales,

vestimenta adecuada (EPP antiflama) y otros instrumentos que resulten necesarios para el desarrollo seguro de su trabajo. Estos deberán estar en buenas condiciones de servicio y serán mantenidos en óptimas condiciones.

En cualquier caso, la EST es responsable de cubrir los daños que se puedan ocasionar a los equipos u otros instrumentos que requieran para el

desarrollo normal de las actividades de supervisión, debiendo repararlos o sustituirlos, de forma tal que no se afecte la programación, realización y resultados de las tareas encomendadas.

El EPP antiflama deberá ser actualizado con una frecuencia semestral. 9.2.9 Osinergmin no reembolsará ningún gasto de viáticos, pasajes o de otra

índole, a la EST ni a su personal por separado. Los gastos están contemplados a ser cubiertos por la EST dentro del monto del contrato.

9.2.10 Asimismo, Osinergmin brindará los accesos a sus sistemas informáticos que

se requieran, para el mejor desempeño del servicio; previa coordinación

con la Coordinación de Sistemas de la DSGN o área competente. La EST es responsable de guardar la confidencialidad de los accesos/claves y de los contenidos permitidos.

9.2.11 Las instalaciones, condiciones, equipos, la velocidad y capacidad de las comunicaciones electrónicas, los EPP y cualquier requerimiento solicitado

para este proceso de selección serán verificados por la División de Producción, Procesamiento y Transporte de Gas Natural durante la

ejecución del contrato de manera inopinada. Las faltas a esos compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.

9.3 Vehículos para la supervisión 9.3.1 Para la prestación del servicio, la Empresa Supervisora debe contar con dos

(02) vehículos que cuenten con un dispositivo o equipo portátil con Sistema

Global de Navegación por Satélite, comúnmente llamado "GPS", dicho

dispositivo debe permitir realizar el monitoreo a distancia del vehículo por parte de la EST, condición que la DSGN puede verificar de manera

inopinada durante la ejecución del contrato. La falta a este compromiso,

será tratada de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.

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Ple Osinergnilin ORGAN ■5100 SUPtqV150,1. 1A.INvEYS ON .:Y1ENERGiA Y NIINyllIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

9.3.2 Los costos referidos al chofer, mantenimiento, seguros y combustible son

responsabilidad de la Empresa Supervisora Técnica (EST).

9.3.3 El vehículo debe cumplir las siguientes características:

9.3.3.1 Camioneta con tracción 4x4: doble cabina (pick-up) o rural (todo

terreno) cerrada ,

9.3.3.2 Dirección Hidráulica

9.3.3.3 Estructura anti-vuelcos interna y externa.

9.3.3.4 Mataperros delantero

9.3.3.5 Winche de remolque delantero

9.3.3.6 Plancha protectora del Motor (Pectoral)

9.3.3.7 Faros neblineros independientes de los faros incorporados

9.3.3.8 Cajón para herramientas (Gata, llave de ruedas, Pico, Palas,

Conos, Triángulos, Tacos de madera, etc.)

9.3.3.9 Caja en la tolva o carpa segura para protección de los equipajes

9.3.3.10 Extintor Contra Incendio de acuerdo a norma 9.3.3.11 Aire acondicionado 9.3.3.12 Correas de Seguridad de tres puntos, para todos los asientos

9.3.3.13 Llantas del tipo "todo terreno" en buen estado, de preferencia, nuevas. Adicionalmente debe contar con dos llantas de repuesto

del mismo tipo. Llantas altas para que el sistema de transmisión esté levantado.

9.3.3.14 Antigüedad del vehículo no mayor a 1 año o equivalente a un recorrido de 30 000 km.

9.3.3.15 Doble Cabina (para el tipo pick-up) cómodas con asientos

confortables para viajes largos. 9.3.3.16 Motor Petrolero Diesel de 2700 cc de capacidad como mínimo u

otro con mejores características. Con Intercooler o tecnología

equivalente. 9.3.3.17 Motor con Potencia mínima de 140 HP / 3400 rpm 9.3.3.18 Motor con Torque mínimo de 32 kgm / 2000 rpm

9.3.3.19 Respaldar de apoyo para la cabeza en todos los asientos. 9.3.3.20 Botiquín de primeros auxilios debidamente equipado.

9.3.3.21 Air Bag para chofer y copiloto, como mínimo.

9.3.3.22 Conexión habilitada para dispositivos eléctricos en DC (salida del

encendedor).

9.3.3.23 Luz de Salón. 9.3.3.24 GPS especializado, según lo requiera la empresa supervisada

para el ingreso de vehículos a su DdV

9.3.3.25 Se estima un mínimo de 15 días de alquiler por mes calendario. El pago es por día, previa autorización del viaje, por el

especialista (Ver forma de pago, numeral 9)

9.3.3.26 El chofer del vehículo debe contar con licencia de conducir

vigente y de la categoría correspondiente, conocimientos y experiencia comprobada en la conducción de vehículos en

terrenos de baja adherencia como puede ser en barro, arena y/o nieve. Así como cumplir con todos los requisitos exigidos por las

Empresas Supervisadas, para el ingreso a sus instalaciones. La

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Osinerymin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERS ■ON EN ENIRG(A Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin

EST es la responsable de este cumplimiento. Las faltas a estos

compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.

10. Forma de Pago y Conformidad

El pago se realizará de forma mensual y conforme la cantidad de supervisiones realizadas en el mes, por costos unitarios, de acuerdo al Plan de Supervisión.

El cronograma de visitas será comunicado por Osinergmin a la EST, en el Anexo A-03 se

muestra una referencia. El programa puede variar de acuerdo a la necesidad del servicio

de supervisión.

Sólo para aquellos casos que las empresas supervisadas facturen por la estadía,

transporte u otros rubros relacionados con la supervisión de áreas de acceso exclusivo de la empresa, donde el uso de las facilidades de la empresa concesionaria es inevitable,

Osinergmin realizara estos pagos asociados con la supervisión, conforme los procedimientos internos. Cabe señalar que estos pagos se refieren única y exclusivamente

a los realizados por la empresa concesionaria. No se reembolsará otros pagos asociados a la supervisión.

11. Penalidades

Osinergmin impone las siguientes penalidades a la Empresa Supervisora:

a) Penalidad por mora ante el incumplimiento del plazo de realización en la realización de actividades o entrega de informes u otra documentación. Esta penalidad se aplica automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = 0.10xM FxP

Donde: F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F=0.40. Para plazos mayores a 60

días: F= 0.25. M: Monto de la prestación materia de retraso.

P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación.

b) Penalidad por reemplazo del personal presentado en la propuesta técnica. Esta penalidad se aplica automáticamente y se inicia con 3 UIT para el primer reemplazo, 4

UIT para el segundo reemplazo, 5 UIT para el tercer reemplazo, y así sucesivamente.

Las penalidades se deducen de los pagos a efectuar a la empresa supervisora y, de ser el

caso, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento o la

garantía por el monto diferencial de propuesta.

12. Criterios de Evaluación Técnica. Puntaje máximo: 100 puntos (Peso ponderado 80%)

Factor de Evaluación Criterio de Evaluación para Supervisión Rango de Puntaje Evaluación Asignado

rÁ, ilLmr<1

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tiOn Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISOR DE En INVERSIÓN EN EN ERGIA Y MINIRIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS he01-2016-DSGN-Osinergmin

12.1 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD 40

Experiencia en la Actividad Se evaluará la experiencia en la actividad de la

empresa señalada en el numeral 6.1. Se califica

considerado el monto facturado acumulado por el

postor durante un periodo de hasta diez (10) años a

la fecha de presentación de propuestas. Se acredita

mediante contratos y su respectiva conformidad por

la prestación efectuada o mediante comprobantes

de pago cuya cancelación se acredite documental y

fehacientemente con un máximo de diez (10)

servicios prestados a uno o más clientes, sin

establecer limitaciones por el monto o el tiempo del

servicio ejecutado.

Si se trata de consorcio se considerará la experiencia

de los consorciados conforme a lo establecido en las

bases.

Más de 2 veces

el valor

referencial

40

Más de 1.5 veces

hasta 2 veces el

valor referencial

25

Más de 1 vez

hasta 1.5 veces

el valor

referencial

10

12.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD 60

Perfil 3-01 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en

la especialidad indicada en el perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados,

contratos u órdenes de servicios, sea con su

conformidad o con el comprobante de pago

respectivo debidamente cancelado, o con cualquier

otra documentación que, de manera fehaciente

demuestre la experiencia.

Experiencia en la Especialidad

(7.1.2.1)

Más de 14 años 12

Más de 12 años

hasta 14 años 08

Experiencia en la Especialidad

(7.1.2.2)

Más de 10 años 08

Más de 7 años

hasta 10 años 06

Perfil 3-02 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en

la especialidad indicada en el perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados,

contratos u órdenes de servicios, sea con su

conformidad o con el comprobante de pago

respectivo debidamente cancelado, o con cualquier

otra documentación que, de manera fehaciente

demuestre la experiencia.

Experiencia en la Especialidad

(7.2.2.1)

Más de 12 años 6

Más de 10 años

hasta 12 años 3

Experiencia en la Especialidad

(7.2.2.2)

Más de 7 años 2

Más de 5 años

hasta 7 años 1

Perfil 3-03 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en

la especialidad indicada en el perfil.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados,

contratos u órdenes de servicios, sea con su

conformidad o con el comprobante de pago

respectivo debidamente cancelado, o con cualquier

otra documentación que, de manera fehaciente

demuestre la experiencia.

Experiencia en la Especialidad

(7.3.2.1)

Más de 12 años 6

Más de 10 años

hasta 12 años 3

Experiencia en la Especialidad

(7.3.2.2)

Más de 7 años 2

. Mas de 5 años hasta .7 ams 1

Perfil 3-04 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en

la especialidad indicada en el perfil.

Experiencia en la Especialidad

(7.4.2.1)

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Osinergmbre ORGANISMO SUPERVISOR DE 1A INVERSIGN EN ENFRMA Y MINERÍA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados,

Más de 12 años 6

Más de 10 años

hasta 12 años 3

Experiencia en la Especialidad (7.4.2.2)

contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier

Más de 7 años 2

Más de 5 años otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

hasta 7 años 1

Perfil 3-05 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.5.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago

respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de 5 años 3

Perfil 3-06 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.6.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago

respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

Más de laño 1

Perfil 3-07 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.7.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Ma's de 14 arios 10

Acreditación: Más de 12 años Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier

hasta 14 años 5

Más 10 años otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.

hasta 12 años 2

Perfil 3-08 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.8.2.1)

Página Nº 47

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05111er 91111111.111 ORGANISMO MINEMEISOD DE SA INVESSION MERMA Y MINERIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS

N°01-2016-DSGN-Osinergmin

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha

experiencia sólo se considerará una vez el periodo

traslapado.

Acreditación:

Con copias simples de constancias, certificados,

contratos u órdenes de servicios, sea con su

conformidad o con el comprobante de pago

respectivo debidamente cancelado, o con cualquier

otra documentación que, de manera fehaciente

demuestre la experiencia.

Más de 3 años 2

13. Criterios de Evaluación Económica La evaluación económica recibe una ponderación de veinte por ciento (20%) para efectos

del resultado final. La evaluación económica se lleva a cabo asignando un puntaje de 100 a la propuesta de precio más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes inversamente

proporcionales a sus respectivos precios. Fórmula aplicable para la evaluación

económica:

Pi= Om* PMOE

Oi

Donde: i= Propuesta Pi= Puntaje de la propuesta económica i Om= Propuesta económica de monto o precio más bajo. PMOE= Puntaje Máximo de la propuesta económica (100)

Oi= Propuesta económica i

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