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TERMINOS DE REFERENCIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS PERSONAS JURIDICAS N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN
DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN DE GAS NATURAL GERENCIA DE SUPERVISIÓN DE ENERGÍA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
Osinergmin ORGANISMO SURERVINOIS DE LAL INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MENERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
ITEM N° 01 Supervisión de las actividades de Producción en los Lotes de Gas Natural (sísmica,
perforación y producción) y en Plantas de Procesamiento de Gas Natural, Líquido de Gas Natural y Gas Natural Licuado.
1. Antecedentes
El artículo 2 de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en
adelante Osinergmin), Ley N° 26734, establece que la misión del Osinergmin es regular,
supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y
minería.
Dentro de este contexto, la División de Supervisión de Gas Natural de Osinergmin (en adelante DSGN) realiza labores de supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción, operación,
mantenimiento y abandono de las instalaciones de las actividades de Producción y Procesamiento en los diferentes Lotes y Plantas de Gas Natural (en adelante GN), Líquidos
de Gas Natural (en adelante LGN) y Gas Natural Licuado (en adelante GNL), de acuerdo al marco normativo aplicable, por lo que la División de Supervisión de Gas Natural requiere
contratar los servicios de Empresas Supervisoras Técnicas (en adelante EST) para continuar con las labores de supervisión y fiscalización de dichas actividades. Entiéndase como
hidrocarburos a los hidrocarburos líquidos, gas natural seco, líquidos de gas natural, productos líquidos derivados de los líquidos del gas natural y gas natural licuado.
2. Objetivo
Seleccionar y contratar a una EST con personería jurídica, para brindar el servicio de supervisión y fiscalización de las actividades de Producción y Procesamiento en los
diferentes Lotes y Plantas de GN, LGN y GNL a la DSGN, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad en el diseño, construcción, operación,
mantenimiento y abandono, de acuerdo a lo establecido en el marco normativo aplicable.
3. Alcances
3.1 La EST deberá proponer la siguiente cantidad de supervisores postulantes, como
mínimo con la experiencia indicada en cada especialidad (expresada en años):
Perfil Cantidad Categoría
Supervisor Servicios Requeridos Profesional
Experiencia en
la Especialidad
1-01 01 lA Supervisor Técnico/Seguridad - Jefe de Proyecto Ingeniero 10
1-02 01 lA Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10
1-03 01 1A Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10
1-04 02 1B Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 07
1-05 01 lA Supervisor Legal - Sub Jefe Proyecto Abogado 10
1-06 01 3A Supervisor Legal Abogado 03
Total de Profesionales: 07
Pj" 01'4
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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIDN EN ENERGIA V MINERÍA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-Osinergmin
3.2 Los profesionales de la EST deberán cumplir con el perfil indicado en el numeral 7 del presente Ítem.
3.3 El servicio de supervisión y fiscalización requerido en el presente ítem, comprende la
verificación técnica/seguridad y legal del cumplimiento de las normas técnicas y de
seguridad sobre diseño, construcción, operación, mantenimiento y abandono de las
instalaciones, incluye la supervisión y fiscalización en campo y gabinete, en los diferentes Lotes y Plantas de GN, LGN y GNL, entre otras actividades de Producción y Procesamiento de competencia de la DSGN.
4. Actividades a Realizar por la EST
La EST contratada, sin ser limitativo, deberá realizar como mínimo las siguientes actividades:
4.1 Supervisiones regulares contempladas en el Programa Anual de Supervisión de la
DSGN; supervisiones especiales como en simulacros, investigación de accidentes, fugas y otros; supervisiones de emergencia como paradas parciales o totales de Planta y otros supuestos relacionados a las labores de supervisión de competencia de
la DSGN. La Supervisión legal comprende las actividades bajo la supervisión de
competencia de la DSGN, coordinadas con el Sub Jefe de Proyecto con Osinergmin. 4.2 Supervisiones regulares, especiales y de emergencia, pre operativa así como
operativa, sobre las instalaciones de las empresas supervisadas.
4.3 Coordinar con Osinergmin, por intermedio del Jefe de Proyecto, las acciones de supervisión y su cumplimiento oportuno y efectivo.
4.4 Las visitas de supervisión Operativas y Pre-Operativas deberán estar enfocadas
principalmente en los aspectos técnicos y de seguridad de las instalaciones que comprenda los Lotes y Plantas:
4.4.1 Pre-Operativas: a) Seguridad durante la construcción: Permisos de trabajo, procedimiento de
trabajo, etc. b) Plan de Contingencias durante la Construcción: Capacitación y Simulacros. c) Verificar la instalación de las recomendaciones derivadas del Estudio de
Riesgos. d) Verificar la instalación de las recomendaciones derivadas del HAZOP. e) Montaje de Equipos: Verificar ubicación según planos aprobados. f) Construcción Tanques y Sistemas de Tuberías en Campo. g) Sistema Contra Incendio: Agua, Espuma, Detectores, Extintores. h) Pre comisionado y Comisionado: Sistema Instrumentado de Seguridad,
Sistema Mecánico de Seguridad y Sistema Contra Incendios. i) Entrenamiento de Personal Operativo. j) Elaboración de Manuales de Operación. k) Plan de Contingencias para la Operación
I) Otros temas a supervisar relacionados con la actividad.
4.4.2 Operativas: I. Plantas
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Osinergmlin ORGANISMO SUPERVISOR DE USIINVENSDCD EN ENERGÍA DINEDIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
a) Seguridad durante la Operación: Permisos de trabajo, procedimiento de
trabajos, etc. b) Sistema de Protección Contra Incendio:
i. Red de Agua Contra Incendio: Sistema de diluvio, hidrantes/monitores,
gabinetes y mangueras contra incendios, etc.
ii. Extinción: Espuma, Agentes Extintores.
iii. Detectores: Gas, Humo, Fuego, Temperatura, entre otros. c) Plan de Contingencias para la Operación: Capacitación y Simulacros. d) Verificar la operación de las recomendaciones derivadas del Estudio de
Riesgos. e) Inspección, pruebas y mantenimiento del Sistema Instrumentado de
Seguridad. f) Inspección, pruebas y mantenimiento del Sistema Mecánico de Seguridad
(Válvulas de Seguridad, Válvulas de Alivio Térmico, etc.).
g) Verificación de las actividades relacionadas con los Planes y Reportes de Inspección en las diferentes Planta supervisadas.
h) Verificar integridad del Sistema de Transferencia de Propano, Butano,
Nafta y Diesel a Buques Tanque en Planta Pisco. i) Verificar la Integridad Mecánica de Equipos, Tanques, Tuberías, entre
otros. j) Otros temas a supervisar relacionados con las instalaciones, equipos y
otros comprendidos en la actividad.
II. Lotes a) Seguridad durante las actividades de Sísmica, Perforación y Producción:
Permisos de trabajo, procedimiento de trabajos, etc.
b) Plan de Contingencias durante las actividades de Sísmica, Perforación y
Producción: Capacitación y Simulacros.
c) Verificar la instalación y operación de las recomendaciones derivadas del
Estudio de Riesgos.
d) Inspección, pruebas y mantenimiento del BOP.
e) Sistema Contra Incendio: Agua, Espuma, Detectores, Extintores.
f) Entrenamiento al Personal de Perforación.
g) Pre comisionado y Comisionado: Sistema Instrumentado de Seguridad,
Sistema Mecánico de Seguridad.
h) Entrenamiento de Personal Operativo. i) Elaboración de Manuales de Operación.
j) Otros temas a supervisar relacionados con las instalaciones, equipos y
otros comprendidos en la actividad.
4.5 Verificación de las Declaraciones Juradas (PD1 -Procedimiento de Declaración Jurada) presentadas por las empresas supervisadas en los diferentes períodos durante el año
en curso. 4.6 Evaluación sobre aspectos supervisables de competencia de la DSGN en los Estudios
de Riesgo y Planes de Contingencia presentados por la Empresas Supervisadas, de
acuerdo con el marco normativo vigente.
4.7 Elaborar los Informes de Supervisión Operativos y Pre-Operativos de acuerdo a las
actividades asignadas por el área.
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ORGANISMO SUPERVISOR DE IA INVE1SION EN ENERGIA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-OsinergmIn
4.8 Elaborar y brindar los documentos e instrumentos relacionados con las actividades
de supervisión asignadas, de acuerdo a los procedimientos y formatos de la DSGN, de
ser el caso.
4.9 Brindar y/o elaborar información y/o documentos de supervisión técnico y/o legal requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen incumplimientos al marco normativo bajo supervisión.
4.10 Elaborar los Informes de Supervisión, sean técnicos y/o legales, solicitados por la
DSGN. 4.11 Brindar y/o elaborar informes técnicos y/o legales derivados de los informes de
supervisión y/o del análisis de los documentos que el Osinergmin proporcione y de acuerdo a lo requerido por la DSGN.
4.12 Elaborar y presentar un reporte mensual que contenga el seguimiento de hechos
observados. 4.13 Ejecución de medidas administrativas dictadas por la DSGN, de conformidad con los
lineamientos de Osinergmin.
4.14 Capacitar a todo su personal profesional del equipo de supervisión, al menos una vez al año, en temas relacionados con la supervisión de Producción de Gas Natural y/o
Procesamiento de GN y/o LGN y/o GNL. Estos temas deberán ser dictados por una institución o entidad especializada en el rubro. Cada curso de capacitación que se brinde no podrá ser menor de 40 horas lectivas. El costo total de las capacitaciones
debe ser cubierto por la EST. A la culminación de cada capacitación, deberá presentar a la DSGN, por Mesa de Partes del Osinergmin, copia simple de las constancias de
capacitación de cada uno de sus profesionales; además adjuntará un reporte actualizado del record de capacitaciones de cada profesional.
4.15 Los supervisores de la EST, a solicitud de Osinergmin, podrán realizar también supervisión Pre Operativas y contractuales de gas natural, de las actividades bajo competencia de la DSGN.
4.16 Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado, que Osinergmin le
solicite por escrito en los plazos que determine.
5. Documentos que la EST debe entregar sobre la supervisión de las Empresas Supervisadas
La EST contratada deberá presentar a Osinergmin, en los plazos establecidos, según los procedimientos y formatos proporcionados por el Osinergmin, todos los documentos
relacionados a las actividades de supervisión, entre otros, se cita los siguientes:
5.1 El Plan de Trabajo y Cronogranna Programado Anual de Supervisión de Campo. 5.2 El Plan de Trabajo Mensual de Supervisión de Campo.
5.3 El Plan de Trabajo y Cronograma Programado, a ejecutar por cada visita de supervisión de campo.
5.4 Un reporte diario de supervisión, por cada supervisor y por cada día de visita de campo; según su Plan de Trabajo.
5.5 Actas de la Visita y Carta de Visita de la Supervisión, así como cualquier otro
documento elaborado en la supervisión.
5.6 Un Informe detallado por medios magnéticos y escritos de cada visita que realizó durante el periodo programado.
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Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISOR DE EA INVENSiDN EN ENERO/1Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
5.7 Un informe de supervisión por cada visita asignada, según formatos proporcionados
por el Osinergmin.
5.8 Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado que Osinergmin le
solicite
5.9 Un Informe Mensual del Cumplimiento de la Supervisión Ejecutada, por cada
periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de Proyecto. De acuerdo a la
estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que
contenga, entre otros: 5.10 Un reporte mensual de los resultados del cumplimiento del plan de trabajo de los
supervisores contrastando lo programado versus lo ejecutado, incluyéndose el
cumplimiento de los lineamientos en porcentaje de avance.
5.11 Un Informe Mensual del Cumplimiento Normativo de las Empresas Supervisadas,
por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de Proyecto. De
acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la
DSGN/Osinergmin, que contenga, entre otros: 5.12 Cuadros y resúmenes de los resultados de la supervisión, sobre el aspecto
técnico/normativo, obtenidos de las supervisiones incluyendo: las observaciones (actualización y seguimiento), hallazgos (actualización y seguimiento), tendencias,
índices, oportunidades de mejora (de las Empresas y del Osinergmin), comentarios,
etc. 5.13 Una relación (en hoja de cálculo banco de datos) organizada, estandarizada y
actualizada, con la relación de los documentos que han sido entregados por las empresas supervisadas, indicando la ubicación en los sistemas de Osinergmin (SIGED, BPM, etc.). Debe incluir un cuadro resumen con los comentarios y/o conclusiones de
la evaluación de ese documento.
6. Requerimientos Mínimos Referidos a la EST
Los requisitos mínimos de experiencia serán:
6.1 Experiencia en la Actividad
6.1.1 Empresa con tres (03) años de experiencia brindando en servicios relacionados con actividades de supervisión en normas técnicas y de
seguridad en actividades de Producción y Procesamiento de Gas Natural.
6.1.2 Se acreditará con constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios con su conformidad o con comprobantes de pago debidamente cancelados, o cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la
experiencia del postor.
7. Perfil Mínimo del Personal de la EST
7.1 Perfil 1-01: Supervisor Técnico/Seguridad - Jefe de Proyecto - Supervisor lA
(Cantidad: 01)
7.1.1 Formación 7.1.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Química o
Petroquímica. 7.1.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil
para el ejercicio profesional.
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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y NIINDRA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
7.1.2 Experiencia en la Especialidad 7.1.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años, en actividades de diseño y/o
construcción y/o operación y/o seguridad y/o inspección y/o
mantenimiento y/o supervisión de Plantas de Procesamiento de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o Gas Natural).
7.1.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
Plantas de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural
7.2 Perfil 1-02: Supervisor Técnico/Seguridad — Supervisor 1A (Cantidad: 01) 7.2.1 Formación
7.2.1.1 Tftulo profesional de ingeniero en la especialidad de Petróleo.
7.2.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil
para el ejercicio profesional. 7.2.2 Experiencia en la Especialidad
7.2.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años, en actividades de diseño y/o
construcción y/o operación y/o seguridad y/o mantenimiento y/o supervisión de Pozos de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o
Gas Natural). 7.2.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cuatro (04) años en la
actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
exploración y explotación de Pozos de Gas Natural.
7.3 Perfil 1-03: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.3.1 Formación
7.3.1.1 Tftulo profesional de ingeniero en las especialidades de Química o
Petroquímica o Petróleo o Higiene y Seguridad Industrial. 7.3.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú, con registro hábil
para el ejercicio profesional. 7.3.2 Experiencia en la Especialidad
7.3.2.1 Experiencia mínima de 10 años, en el dise'ño y/o construcción y/o instalación y/o supervisión y/o operación de: sistemas de seguridad
y/o sistema contra incendio en actividades de exploración y/o explotación y/o procesamiento y/o almacenamiento de
hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o Gas Natural). 7.3.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la
actividad de operación y/o supervisión de Plantas de Procesamiento y/o Pozos de Gas Natural.
7.4 Perfil 1-04: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 1B (Cantidad: 02) 7.4.1 Formación
7.4.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Química o
Petroquímica o Industrial o Petróleo.
7.4.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.
7.4.2 Experiencia en la Especialidad
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tOIFJ OSINIergilt1111-11111 ORGANISMO SUPERVISOR DE Ok INVERSON EN ENERMA MAMA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
7.4.2.1 Experiencia mínima de siete (07) años, en actividades de diseño y/o construcción y/o supervisión y/o operación y/o seguridad y/o
calidad y/o mediciones y/o mantenimiento de: Plantas de
Procesamiento de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o Gas Natural) y/o Pozos de Hidrocarburos (Hidrocarburos Líquidos y/o
Gas Natural). 7.4.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cuatro (04) años en la
actividad de diseño, construcción, operación, mediciones, seguridad
y/o supervisión de Plantas de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural y/o pozos de Gas Natural.
7.5 Perfil 1-05: Supervisor Legal - Sub Jefe de Proyecto - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.5.1 Formación
7.5.1.1. Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.
7.5.1.2. Capacitación: Contar como mínimo con algunas de las siguientes: 7.5.1.2.1. Especialización en Derecho Administrativo: General o
Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera de
ellos). 7.5.1.2.2. Especialización en Derecho: Energía o Hidrocarburos (50
horas como mínimo en cualquiera de ellos).
7.5.2 Experiencia en la Especialidad 7.5.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en la Administración Pública
(en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería), en áreas: de supervisión y/o fiscalización
y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales
administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.
7.5.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en el sub sector gas natural.
7.6 Perfil 1-06: Supervisor Legal — Supervisor 3A (Cantidad: 01) 7.6.1 Formación
7.6.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de
Abogados correspondiente, en el Perú. 7.6.1.2 Capacitación: en regulación de los servicios públicos o en
hidrocarburos o en gestión pública o en gestión social o en derecho
(de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o administrativo o contencioso administrativo). Duración no menor
de cuarenta (40) horas en cualquiera de ellos.
7.6.2 Experiencia de la Especialidad
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ORGANISMO SUPERVISOR DE 1A INVERSIÓN OR ENERGÍA V MINERÍA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS P001-2016-DSGN-Osinergmin
7.6.2.1 Experiencia mínima de tres (03) años en la Administración Pública o
en el sector privado.
7.6.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en la Administración Pública, en áreas: de supervisión
y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación
previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de
otorgamiento de títulos habilitantes; y/o en áreas de defensa del
estado; y/o en áreas normativas).
8. Para todo el personal propuesto por la EST:
8.1 La experiencia profesional mínima debe ser posterior a la obtención del grado de
bachiller.
8.2 La formación se acredita con copia simple de los tftulos profesionales y/o grados
académicos, certificados, diplomas correspondientes. 8.3 La EST al momento de proponer a sus profesionales titulados, debe presentar copia
simple del correspondiente certificado de habilidad vigente del Colegio Profesional al
que pertenecen en el Perú. 8.4 Las horas de capacitación exigida en cada perfil se acredita con respecto a una sola
capacitación. No se sumará horas de 2 o más capacitaciones. No se asigna puntaje
por capacitación, solo se verifica para el cumplimiento de requisitos mínimos de cada
perfil.
8.5 La experiencia en la especialidad se acredita con copia simple de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad y/o (ii) constancias y/o (iii) certificados y/o (iv) documento que fehacientemente demuestre
la experiencia del profesional propuesto. 8.6 Durante la vigencia del contrato de la EST resultado del presente proceso de
selección, los profesionales de la EST contratada no podrán brindar servicios (directamente o a través de personas naturales o jurídicas) a otra área de
Osinergmin; así tampoco podrán brindar servicios a los agentes supervisados por Osinergmin. De verificarse alguna circunstancia de las descritas, se resolverá el
contrato con la EST, sin perjuicio de la ejecución de las garantías que pudieran
corresponder. 8.7 La falsedad comprobada de los datos sobre la formación académica o experiencia,
genera la resolución del contrato.
8.8 La EST debe prestar el servicio con los profesionales propuestos y evaluados por el
Comité de Selección conforme a su propuesta técnica. La EST no podrá reemplazar profesional alguno en el primer semestre de vigencia del contrato, lo que constituye
causal de resolución del contrato. Los reemplazos posteriores están sujetos a las
penalidades establecidas en la Directiva aprobada con la Resolución de Consejo
Directivo N° 037-2016-0S/CD. No constituyen supuestos de reemplazos el
fallecimiento o incapacidad sobrevenida acreditada.
8.9 La EST debe prestar el servicio con los profesionales con los cuales se ha consorciado
para efectos del presente proceso de selección.
Página Nº 9
ChSbler911111111 ORGANISMO SUPFRVISOii 1.1 INV1,15,0N EN EWRGiA Y MENIRIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N'01-2016-DSGN-Osinergmin
8.10 Los profesionales propuestos por la EST no podrán ser presentados para postular
simultáneamente a más de un Ítem del Proceso Selección N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN, así tampoco se admitirá la presentación de profesionales incluidos en
otros procesos de selección ante Osinergmin. 8.11 La EST deberá proponer la cantidad de profesionales requeridos en cada ítem del
presente proceso de selección.
8.12 Solo para efectos del presente proceso de selección, se considerará experiencia en la Administración Pública a cualquiera de los siguientes servicios prestados como: i) EST
(persona natural), ii) a través de una EST (persona jurídica), iii) CAS iv) CAP, v)
servicios no personales.
9. Equipamiento e infraestructura Mínimo de la EST
9.1 Oficina, Equipamiento e infraestructura 9.1.1 Dada la necesidad de tener coordinación continua entre Osinergmin y la EST
contratada, se requiere que tengan una oficina cercana a las inmediaciones
de la oficina de la División de Supervisión de Gas Natural (DSGN), ubicada en la Sede Central de Osinergmin (Calle Bernardo Monteagudo 222, distrito de
Magdalena del Mar); es decir en los distritos de Magdalena del Mar, San Isidro, San Miguel, Jesús María o Pueblo Libre.
9.1.2 La oficina de la EST debe contar como mínimo con: 9.1.2.1 Ambientes de trabajo y espacio para cada uno de sus profesionales,
brindando las facilidades, herramientas, materiales necesarios para la ejecución del servicio.
9.1.2.2 Servicio de telefonía fija multidestino. 9.1.2.3 Conexión permanente a internet de alta velocidad, banda ancha de
15 Mbps o superior con wifi y, como mínimo, con tres computadoras de escritorio (Desktop), con software original licenciado.
9.1.2.4 Una sala de reuniones con aforo mínimo para diez (10) personas,
equipado con proyector profesional con conexión HDMI, ecran, parlantes y pizarra acrílica.
9.1.2.5 Una (01) Impresora y Escáner, o Una (01) Impresora multifuncional.
9.2 La EST debe proveer a cada supervisor de lo siguiente: 9.2.1 Teléfono celular de alcance nacional, de la red telefónica que Osinergmin
disponga con características para recibir y enviar correos electrónicos mediante conexión WiFi y de Datos.
9.2.2 Computador portátil con las siguientes características: Procesador de 64 bits
con velocidad 2.66 GHZ o superior, Núcleos/Procesos 4/4, Memoria Cache
4GB, 4GB de memoria RAM o superior, Disco Duro 500GB o superior, Tarjeta
de red 10/100, WiFi IEEE 802.11 b/g/n y Bluetooth 4.0, tamaño de pantalla
de 13", Grabador / reproductor de DVD, Webcam, Micrófono y Parlantes
siempre operativos, Sistema operativo Windows 7 Professional (64-Bits) original licenciado o superior, Antivirus en todo momento actualizado y con
licencias, Microsoft Office 2010 licenciado, Internet Explorer Versión 9 o superior.
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PA II e IDY%
ORGANISMO SUPERVISOR PE LA INVEN9PN ENEAdA Y PAINENIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
9.2.3 Cámara fotográfica digital con fechador, resolución mínima de 12 MPx, GPS
integrado, estabilizador de imagen y capacidad de grabación de video en HD o Full HD.
9.2.4 Equipo navegador portátil con Sistema de Posicionamiento Global con
receptor GPS y GLONASS con conexión USB. 9.2.5 La EST contratada debe proporcionar a sus profesionales una cuenta de
correo electrónico con dominio propio, para las comunicaciones internas y
con el personal de Osinergmin, y que asegure confiabilidad, continuidad y confidencialidad de las comunicaciones electrónicas.
9.2.6 La EST proporcionará a sus profesionales todos los equipos, materiales,
vestimenta adecuada (EPP antiflama) y otros instrumentos que resulten necesarios para el desarrollo seguro del servicio. Estos deberán estar en
buenas condiciones de servicio y serán mantenidos en óptimas condiciones. En cualquier caso, la EST es responsable de cubrir los daños que se puedan
ocasionar a los equipos u otros instrumentos que requieran para el desarrollo normal de las actividades de supervisión, debiendo repararlos o sustituirlos, de forma tal que no se afecte la programación, realización y resultados de las
tareas encomendadas. El EPP antiflama deberá ser actualizado con una frecuencia semestral.
9.2.7 Asimismo, Osinergmin brindará los accesos a sus sistemas informáticos que
se requieran para el desempeño del servicio, previa coordinación con el personal de sistemas del área competente. La EST es responsable de guardar la confidencialidad de los accesos/claves y de los contenidos permitidos.
9.2.8 Las instalaciones, condiciones, equipos, la velocidad y capacidad de las comunicaciones electrónicas, los EPP y cualquier requerimiento solicitado para este proceso de selección serán verificados por el personal que designe
la DSGN durante la ejecución del contrato de manera inopinada. Las faltas a estos compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.
10.Forma de Pago
El pago se realizará de forma mensual y conforme la cantidad de supervisiones realizadas en el mes, por costos unitarios, de acuerdo al Plan de Supervisión.
El cronograma de visitas será comunicado por Osinergmin a la EST, en el Anexo A-01 se
muestra una referencia. El programa puede variar de acuerdo a la necesidad del servicio de supervisión.
Sólo para aquellos casos que las empresas supervisadas facturen por la estadía, transporte
u otros rubros relacionados con la supervisión de áreas de acceso exclusivo de la empresa,
donde el uso de las facilidades de la empresa concesionaria es inevitable, Osinergmin
realizara estos pagos asociados con la supervisión, conforme los procedimientos internos. Cabe señalar que estos pagos se refieren única y exclusivamente a los realizados por la
empresa concesionaria. No se reembolsará otros pagos asociados a la supervisión.
Página N9 11
7ss.
Osinergirnin ORGANISMO SURENVISOD DE EA INVERSION EN ENERGÍA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
11.Penalidades Osinergmin impone las siguientes penalidades a la Empresa Supervisora:
11.1 Penalidad por no entregar informes u otra documentación, no realizar las actividades asignadas o mora en la realización de actividades asignadas, entregar con defectos de
forma o fondo de informes o documentación elaborada por los profesionales de la EST. Esta penalidad se aplica automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10xM FxP
Donde: F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F=0.40. Para plazos mayores a 60
días: F= 0.25. M: Monto de la prestación materia de retraso. P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación.
11.2 Penalidad por reemplazo del personal presentado en la propuesta técnica. Esta
penalidad se aplica automáticamente y se inicia con tres (3) UIT para el primer reemplazo, cuatro (4) UIT para el segundo reemplazo, cinco (5) UIT para el tercer
reemplazo, y así sucesivamente.
11.3 Las penalidades se deducen de los pagos a efectuar a la empresa supervisora y, de ser el caso, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento o la garantía por el monto diferencial de propuesta.
12.Criterios de Evaluación Técnica
Punta e máximo: 100 puntos (Peso Ponderado 80%) Factor de
Evaluación
Criterio de Evaluación para Supervisión Rango de
Evaluación
Puntaje
Asignado
12.1 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA POSTORA EN LA ACTIVIDAD 40
Experiencia en
la Actividad
Se evaluará la experiencia en la actividad de la empresa señalada
en el numeral 6.1. Se califica considerado el monto facturado Más de 2 veces acumulado por el postor durante un periodo de hasta diez (10)
años a la fecha de presentación de propuestas. Se acredita
mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación
efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se
acredite documental y fehacientemente con un máximo de diez
el valor
referencial.
40
(10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer De 1 vez hasta 2 limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.
Si se trata de consorcio se considerará la experiencia de los
consorciados conforme a lo establecido en las bases.
veces el valor
referencial
32
12.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD 60
Perfil 1-01(1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad
indicada en el perfil (numeral 7.1.2.).
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),
para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se
considerará una vez el periodo traslapado.
Más de 12 años 10
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos u Más de 10 años órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con hasta 12 años
8
Página N2 12
Osinergmin ORGANISMO SUPERVISOR DE tAINVERSIDN EN ENERGÍA MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
cualquier otra docurnentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Perfil 1-02 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.2.2.1 del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),
para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con
cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el perfil.
Más de 12 años 9
Más de 10 años
hasta 12 años 7
Perfil 1-03 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.3.2.1 del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente
demuestre la experiencia. Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el perfil.
Más de 12 años 9
Más de 10 años hasta 12 años
7
Perfil 1-04 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.4.2.1 del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con
cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 9 años (8 puntos cada
uno) 16
Más de 7 años hasta 9 años
(6 puntos cada
uno)
12
Perfil 1-05 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.5.2.1 del Perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con
cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 12 años 12
Más de 11 años hasta 12 años
6
Más de 10 años
hasta 11 años 3
Página N2 13
01 de Osinergetain
ORGANISMO SUDERVISCD: DE In INDEDSÓN EN ENERGÍA INMERJA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N•01-2016-DSGN-Osinergmin
Perfil 1-06 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad
indicada en el numeral 7.7.2.1. del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),
para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se
considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación: Más de 3 años 4
Con copias simples de constancias, certificados, contratos u
órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con
cualquier otra documentación que, de manera fehaciente
demuestre la experiencia.
13.Criterios de Evaluación Económica
La evaluación económica recibe una ponderación de veinte por ciento (20%) para efectos del resultado final. La evaluación económica se lleva a cabo asignando un puntaje de 100 a
la propuesta de precio más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos precios. Fórmula aplicable para la evaluación económica:
Pi= Om* PMOE Oi
Donde: i= Propuesta Pi= Puntaje de la propuesta económica i Om= Propuesta económica de monto o precio más bajo. PMOE= Puntaje Máximo de la propuesta económica (100)
Oi= Propuesta económica i
Página N2 14
Perfil Cantidad Categoría
Supervisor Servicios Requeridos Profesional
Experiencia en la
Especialidad
Hidrocarburos Gas Natural
2-01 01 1A+
Supervisor Técnico/ Seguridad/
Geotecnia/ Especial - Jefe de
Provecto
Ingeniero 12 07
2-02 03 lA Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10 05
2-03 02 1I3 Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 07 03
2-04 01 lA Supervisor Geotecnia Ingeniero 10 05
2-05 01 18 Supervisor Geotecnia Ingeniero 07 03
2-06 01 113 Supervisor Técnico/Especial Sociólogo/ Agrónomo/ 07 03
P^"Ig
ORGANISMO SUPERVISOR OE INVENSION EN ENERGÍA Y MINERÍA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-0SÓN-OsInergmin
ITEM N° 02 Supervisión Operativa de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos (Ductos de Concesión, Ductos Principales, Ductos de Recolección e
Inyección, Ductos de Uso Propio y otros)
1. Antecedentes
El artículo 2 de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante Osinergmin), Ley N° 26734, establece que la misión del Osinergmin es regular,
supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y
técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería.
Dentro de este contexto, la División de Supervisión de Gas Natural de Osinergmin (en
adelante DSGN) realiza labores de supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción, operación,
mantenimiento y abandono de los ductos e instalaciones de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos, de acuerdo al marco normativo aplicable,
por lo que la DSGN requiere contratar los servicios de Empresas Supervisoras Técnicas (en adelante EST) para continuar con las labores de supervisión y fiscalización de dichas actividades en la etapa Operativa. Entiéndase como hidrocarburos a los hidrocarburos
líquidos, gas natural seco, líquidos de gas natural, productos líquidos derivados de los líquidos del gas natural y gas natural licuado.
2. Objetivo
Seleccionar y contratar a una EST con personería jurídica, para brindar a la DSGN el servicio
de supervisión y fiscalización de las actividades de los Sistemas de Transporte por Ductos de Gas Natural (en adelante STD- GN) y de Líquidos de Gas Natural (en adelante STD-LGN), con
la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad en el diseño,
construcción, operación, mantenimiento y abandono de los ductos e instalaciones, de acuerdo al marco normativo vigente y a los estándares internacionales.
3. Alcances
3.1. La EST deberá proponer la siguiente cantidad de supervisores postulantes, conno mínimo con la experiencia indicada en cada especialidad (expresada en años):
Página N9 15
Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISO-ti DE LA INVERS,ÓN EN ENERGÍA NINE:PDS
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
Perfil Cantidad Categetría Supervisor
Servicios Requeridos Profesional
Experiencia en la Especialidad
Hidrocarburos Gas Natural
Antropólogo
2-07 01 2 Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 05 02
2-08 01 2 Supervisor Geotecnia Ingeniero 05 02
2-09 02 38 Supervisor Técnico/Seguridad Bachiller en Ingeniería/
Ingeniero 01 00
Experiencia en la Especialidad
2-10 01 lA Supervisor Legal - Sub Jefe de
Proyecto Abogado 10
2-11 01 2 Supervisor Legal Abogado 04
2-12 01 2 Supervisor Legal Abogado 08
2-13 01 3A Supervisor Legal Abogado 03
2-14 02 3B Supervisor Legal Bachiller en Derecho/
Abogado 01
Total: 19 profesionales
3.2. Los profesionales de la EST deberán cumplir con el perfil indicado en el numeral 7 del
presente Ítem.
3.3. La supervisión y fiscalización, materia de este proceso de selección, para verificar el
cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción,
operación, mantenimiento y abandono de los ductos e instalaciones relacionadas,
incluye la supervisión y fiscalización en campo y gabinete, de los ductos de Gas
Natural (GN) y/o Líquidos de Gas Natural (LGN), entre otras, de las siguientes
instalaciones:
3.3.1. Sistema de Transporte de GN y LGN.
3.3.2. Ampliaciones, Ramales e instalaciones afines del Sistema de Transporte de
GN y LGN.
3.3.3. Ducto Principal y Ducto de Uso Propio.
3.3.4. Ductos de Recolección e Inyección.
3.3.5. Ampliaciones, Ramales e instalaciones afines de los ductos mencionados
anteriormente.
3.3.6. Otros ductos de transporte de hidrocarburos e instalaciones afines a
requerimiento de Osinergmin (incluye entre otros Ductos de Concesión,
Ductos Principales, Ductos de Recolección e Inyección y Ductos de Uso
Propio).
4. Actividades a Realizar por la EST
La EST contratada, sin ser limitativo, deberá realizar como mínimo las siguientes
actividades:
4.1. Supervisiones regulares contempladas en el Programa Anual de Supervisión de la
DSGN; supervisiones especiales como en simulacros, investigación de accidentes,
fugas y otros; supervisiones de emergencia como paradas parciales o totales; y otros
supuestos relacionados a las labores de supervisión de competencia de la DSGN. La
Supervisión legal comprende las actividades bajo la supervisión de competencia de la
DSGN, coordinadas con el Sub Jefe de Proyecto con Osinergmin.
4.2. Coordinar con Osinergmin, por intermedio del Jefe de Proyecto, las acciones de
supervisión y su cumplimiento oportuno y efectivo.
'\
Página N9 16
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENENGIN Y ININENLA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-OsInergmin
4.3. Coordinar la ejecución del Plan de Supervisión Mensual en base al Plan Anual
entregado por Osinergmin, con el Especialista asignado de la DSGN. El plan mensual
deberá contener los planes de trabajo y cronogramas de todos los supervisores para
sus visitas a campo así como los trabajos de gabinete, de ser necesario.
4.4. Verificación de las Declaraciones Juradas (PIM -Procedimiento de Declaración Jurada) presentadas por las empresas supervisadas en los diferentes períodos durante el año
en curso.
4.5. Efectuar las visitas de supervisión (Operativas, Técnicas, Especiales, Procedimiento de Declaración Jurada, Emergencia, etc.) a las instalaciones de los ductos de transporte
de GN y LGN, de las empresas supervisadas por la DSGN, planificadas y comunicadas
por el Osinergmin y todas aquellas que sin haber sido comunicadas con anticipación
sean consideradas necesarias, por su naturaleza de emergencia u otra similar.
4.6. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento del Trabajo de Supervisión Ejecutado, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de Proyecto
con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre otros:
4.6.1 Un reporte mensual de los resultados del cumplimiento del plan de trabajo de los supervisores contrastando lo programado versus lo ejecutado, incluyéndose el cumplimiento de los lineamientos en porcentaje de avance.
4.6.2 Un reporte de estado de Hallazgos y hechos observados.
4.7. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento Normativo de las Empresas
Supervisadas, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe de
Proyecto con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre
otros: 4.7.1 Cuadros y resúmenes de los resultados de la supervisión, sobre el aspecto
técnico/normativo, obtenidos de las supervisiones incluyendo: los hechos observados (actualización y seguimiento), hallazgos (actualización y
seguimiento), tendencias, índices, oportunidades de mejora (de las Empresas y del Osinergmin), comentarios, etc.; todo ello alineado a las competencias
de Osinergmin.
4.7.2 Una relación (en hoja de cálculo banco de datos) organizada, estandarizada y
actualizada, con la relación de los documentos que han sido entregados por las empresas supervisadas, indicando la ubicación en los sistemas de
Osinergmin (SIGED, BPM, etc.). Debe incluir un cuadro resumen con los comentarios y/o conclusiones de la evaluación de ese documento.
4.8. Elaborar y brindar los documentos e instrumentos relacionados con las actividades
de supervisión asignadas, de acuerdo a los procedimientos y formatos de la DSGN,
de ser el caso.
4.9. Brindar y/o elaborar información y/o documentos de supervisión técnico y/o legal
requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen
incumplimientos al marco normativo bajo supervisión.
4.10. Elaborar informes de supervisión (técnicos y/o legales), derivados de los informes
de supervisión y/o del análisis de los documentos que el Osinergmin proporcione y
de acuerdo a lo solicitado (de contenido y forma) por la División de Supervisión de
Gas Natural.
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Gkinergerem ORGANISMO SUR:TARGA {) INVERSION ENHGN1 Y ININRRIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
4.11. Elaborar los Informes Técnicos y/o Legales, y otros que recojan el análisis de
incumplimientos al marco normativo o contractual bajo supervisión. 4.12. Ejecución de medidas administrativas dictadas por la DSGN, de conformidad con los
lineamientos de Osinergmin.
4.13. Capacitar a todo su personal profesional del equipo de supervisión, al menos una vez al año, en dos temas: en Sistema de Transporte de GN y LGN, y en Geotecnia. Ambos dictados por una institución o entidad especializada en el rubro. Cada curso
de capacitación que se brinde no podrá ser menor de 40 horas lectivas. El costo
total de las capacitaciones debe ser cubierto por la EST. A la culminación de cada
capacitación, deberá presentar a la DSGN, por Mesa de Partes de Osinergmin, copia simple de las constancias de capacitación de cada uno de sus profesionales; además
adjuntará un reporte actualizado del record de capacitaciones de cada profesional. 4.14. Los supervisores de la EST, a solicitud de Osinergmin, podrán realizar también
supervisión Pre Operativas y de cumplimiento técnico/seguridad contractual de gas natural, de las actividades bajo competencia de la DSGN.
4.15. Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado, que Osinergmin le
solicite por escrito en los plazos que determine.
5. Documentos que la EST debe entregar sobre la supervisión de las Empresas
Supervisadas
La EST contratada deberá presentar a Osinergmin, en los plazos establecidos, según los procedimientos y formatos proporcionados por el Osinergmin, todos los documentos
relacionados a las actividades de supervisión, entre otros, se cita los siguientes: 5.1 El Plan de Trabajo y Cronograma Programado Anual de Supervisión. 5.2 El Plan de Trabajo Mensual de Supervisión. 5.3 El Plan de Trabajo y Cronograma Programado, a ejecutar por cada visita de
supervisión de campo. 5.4 Un reporte diario de supervisión, por cada supervisor y por cada día de visita de
campo; según su Plan de Trabajo. 5.5 Actas de la visita y Cartas de Visita de la Supervisión, así como cualquier otro
documento elaborado en la supervisión.
5.6 Los Informes de Supervisión con el resultado de cada visita de supen/isión, donde se incluya, entre otros, el cuadro de Evaluación de la Gestión de Integridad de la empresa supervisada.
6. Requerimientos Mínimos referidos a la EST
Los requisitos mínimos de experiencia serán:
6.1. Experiencia en la Actividad
6.1.1. Subsector Hidrocarburos: Empresa con ocho (08) años como mínimo de
experiencia como: supervisora y/o diseñadora y/o constructora y/o
operadora y/o mantenimiento y/o consultora en temas del Subsector de
Hidrocarburos. 6.1.2. De los cuales la EST debe contar con cinco (05) años como mínimo de
experiencia en STD de GN y/o STD de LGN, brindando servicios relacionados con actividades de: diseño y/o construcción y/o operación, mantenimiento
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Osilinergnin ORGANISMO SUPERVISOR DE tA INVERSIÓN EN ENE RG‘A Y MINERiA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
y/o supervisión y/o consultoría y/o fiscalización del cumplimiento normativo en aspectos técnicos y de seguridad.
7. Perfil Mínimo del Personal de la EST
7.1 Perfil 2-01: Supervisor Técnico/Seguridad/Geotecnia/Especial - Jefe de Proyecto - Supervisor 1A+ (Cantidad: 01)
7.1.1. Formación
7.1.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica,
Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Petróleo o Química o Metalúrgica.
7.1.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.
7.1.2. Experiencia en la Especialidad 7.1.2.1. Experiencia mínima de doce (12) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte por Ductos de GN y/o LGN.
7.1.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con siete (07) años en la actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o
supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.1.3. Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente: 7.1.3.1. Capacitación en Gestión de Proyectos (Mínimo 40 horas)
7.1.3.2. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: NACE, AGA, API, ANSI/ASME u OSHA. (40 horas en cualquiera de ellos).
7.2. Perfil 2-02: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 1A (Cantidad: 03) 7.2.1. Formación
7.2.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o
Metalúrgica. 7.2.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro
hábil para el ejercicio profesional. 7.2.2. Experiencia en la Especialidad
7.2.2.1. Experiencia nnínima de diez (10) años en el Subsector de Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.2.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la
actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.2.3. Capacitación
PAide Ord
Página N2 19
P Osinergmin ORGANISMO SUPERVISOR DE st. INVERSIÓN EN ENERDIA NIINERIR
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:
7.2.3.1. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas
de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: NACE,
AGA, API, ANSI/ ASME o OSHA. (40 horas en cualquiera de ellos).
7.3. Perfil 2-03: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 18 (Cantidad: 02) 7.3.1. Formación
7.3.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica
o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o
Metalúrgica. 7.3.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro
hábil para el ejercicio profesional. 7.3.2. Experiencia en la Especialidad
7.3.2.1 Experiencia mínima de siete (7) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.3.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con tres (03) años en la
actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.3.3. Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:
7.3.3.1. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas
de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: NACE, AGA, API, ANSI/ ASME o OSHA. (40 horas en cualquiera de ellos).
7.4 Perfil 2-04: Supervisor Geotécnico - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.4.1. Formación
7.4.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Civil o
Geología o Geofísica. 7.4.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro
hábil para el ejercicio profesional.
7.4.2. Experiencia en la Especialidad 7.4.2.1. Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.4.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la
actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o
supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos
de Gas Natural.
7.5 Perfil 2-05: Supervisor Geotécnico - Supervisor 1B (Cantidad: 01) 7.5.1. Formación
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Osinergmlin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-OsInergmln
7.5.1.1. Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Civil o Geología o Geofísica.
7.5.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú y contar con el certificado de habilidad vigente para el ejercicio profesional.
7.5.2. Experiencia en la Especialidad 7.5.2.1. Experiencia mínima de siete (07) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.5.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con tres (03) años en la
actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.6 Perfil 2-06: Supervisor Técnico/Especial - Supervisor 1B (Cantidad: 01) 7.6.1. Formación
7.6.1.1. Título profesional en Sociología o Antropología o Agronomía. 7.6.1.2. Estar inscrito en el Colegio Profesional, correspondiente, en el
Perú y contar con registro hábil para el ejercicio profesional. 7.6.2. Experiencia en la Especialidad
7.6.2.1. Experiencia mínima de siete (07) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.6.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con tres (03) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.7 Perfil 2-07: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 2 (Cantidad: 01) 7.7.1 Formación
7.7.1.1. Título profesional de ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o Metalúrgica.
7.7.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.
7.7.2 Experiencia en la Especialidad 7.7.2.1. Experiencia mínima de cinco (05) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.7.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con dos (02) años en la
actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
PAC Ord
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911 Osinergimin ORGANISMO SUPERVISOI INVERS:ON EN ENERGÍA"? MINIRIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
7.8 Perfil 2-08: Supervisor Geotécnico - Supervisor 2 (Cantidad: 01)
7.8.1. Formación
7.8.1.1 Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Civil o
Geología o Geofísica.
7.8.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.
7.8.2. Experiencia en la Especialidad
7.8.2.1. Experiencia mínima de cinco (05) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.8.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con dos (02) años en la
actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.9 Perfil 2-09: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 3B (Cantidad: 02)
7.9.1. Formación
7.9.1.1 Bachiller en ingeniería o Título profesional de Ingeniero, en las
especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o
Civil o Química o Petróleo o Metalúrgica.
7.9.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional, para el caso del Ingeniero
titulado.
7.9.2. Experiencia en la Especialidad
7.9.2.1. Experiencia mínima de un (01) año en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.10 Perfil 2-10: Supervisor Legal - Sub Jefe de Provecto - Supervisor 1A - (Cantidad: 01)
7.10.1 Formación
7.10.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de
Abogados correspondiente, en el Perú.
7.10.1.2 Capacitación:
Contar como mínimo con algunas de las siguientes:
7.10.1.2.1 Especialización en Derecho Administrativo: General o
Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera
de ellos).
7.10.1.2.2 Especialización en Derecho: Energía o Hidrocarburos
(50 horas como mínimo en cualquiera de ellos).
7.10.2 Experiencia en la Especialidad
7.10.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en la Administración Pública
(en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones
y/o ambiental y/o pesquería), en áreas: de supervisión y/o
fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa
Página N2 22
%le h."!IFEI
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIDD EN ENERGÍA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en
tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.
7.10.2.2 De los cuales como mínimo un (01) a'ño debe corresponder a experiencia en el sub sector gas natural.
7.11 Perfil 2-11: Supervisor Legal — Supervisor 2 (Cantidad: 01) 7.11.1 Formación
7.11.1.1 Tftulo profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de
Abogados correspondiente, en el Perú. 7.11.1.2 Capacitación:
Contar como mínimo con algunas de las siguientes:
7.11.1.2.1 Especialización en Derecho: Energía o Hidrocarburos (100 horas como mínimo en cualquiera).
7.11.2 Experiencia en la Especialidad 7.11.2.1 Experiencia mínima de cuatro (04) años en la Administración
Pública (en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería) en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia
administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.
7.11.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en el sub sector hidrocarburos.
7.12 Perfil 2-12: Supervisor Legal - Supervisor 2 (Cantidad: 01) 7.12.1 Formación
7.12.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.
7.12.1.2 Capacitación:
Contar como mínimo con algunas de las siguientes: 7.12.1.2.1 Especialización en Derecho Administrativo: General o
Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera de ellos).
7.12.2 Experiencia en la Especialidad 7.12.2.1 Experiencia mínima de ocho (08) años en la Administración
Pública (en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería).
7.12.2.2 De los cuales como mínimo cinco (05) años deben corresponder a
experiencia en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de
procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales
administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de
títulos habilitantes.
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Osinergrain ORGANISMO SUPERVISOR DE EA INVERSiGN EN ENERGM Y MINERM
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N•01-2016-DSGN-Osinergmin
7.13 Perfil 2-13: Supervisor Legal — Supervisor 3A (Cantidad: 01) 7.13.1 Formación
7.13.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de
Abogados correspondiente, en el Perú.
7.13.1.2 Capacitación en regulación de los servicios públicos o
hidrocarburos o gestión pública o gestión social o derecho (de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o
administrativo). Duración no menor de cuarenta (40) horas en
cualquiera de ellos.
7.13.2 Experiencia en la Especialidad 7.13.2.1 Experiencia mínima de tres (03) años en la Administración Pública
o en el sector privado.
7.13.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a
experiencia en la Administración Pública, en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia
administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de
sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes; y/o en áreas de defensa del
estado; y/o en áreas normativas.
7.14 Perfil 2-14: Supervisor Legal — Supervisor 3B (Cantidad: 02) 7.14.1 Formación
7.14.1.1 Bachiller en Derecho o Título profesional de Abogado con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente en el Perú.
7.14.1.2 Capacitación: en regulación de los servicios públicos o en hidrocarburos o en gestión pública o en gestión social o en
derecho (de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o administrativo o contencioso administrativo). Duración no menor de cuarenta (40) horas en cualquiera de ellos;
o haber llevado el Curso de Extensión Universitaria de Osinergmin.
7.14.2 Experiencia en la Especialidad 7.14.2.1 Experiencia mínima de un (01) año en la Administración Pública.
8. Para todo el personal propuesto por la EST:
8.1 La experiencia profesional mínima debe ser posterior a la obtención del grado de
bachiller.
8.2 La formación se acredita con copia simple de los títulos profesionales y/o grados
académicos, certificados, diplomas correspondientes.
8.3 La EST al momento de proponer a sus profesionales titulados, debe presentar copia simple del correspondiente certificado de habilidad vigente del Colegio Profesional
al que pertenecen en el Perú.
8.4 Las horas de capacitación exigida en cada perfil se acredita con respecto a una sola
capacitación. No se sumará horas de 2 o más capacitaciones. No se asigna puntaje
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Pide
ORGANISMO SUPERVISOR DE tA INVERSION EN ENERGM Y »NEMA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
por capacitación, solo se verifica para el cumplimiento de requisitos mínimos de
cada perfil.
8.5 La experiencia en la especialidad, en el Subsector de Hidrocarburos y en la Especialidad en los STD de GN y/o STD de LGN, se acredita con copia simple de los
siguientes documentos: (i) contratos y su respectiva conformidad y/o (ii) constancias y/o (iii) certificados y/o (iv) cualquier otro documento que
fehacientemente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
8.6 Durante la vigencia del contrato de la EST resultado del presente proceso de
selección, los profesionales de la EST contratada no podrán brindar servicios
(directamente o a través de personas naturales o jurídicas) a otra área de
Osinergmin; así tampoco podrán brindar servicios a los agentes supervisados por Osinergmin. De verificarse alguna circunstancia de las descritas, se resolverá el
contrato con la EST, sin perjuicio de la ejecución de las garantías que pudieran corresponder.
8.7 La falsedad comprobada de los datos sobre la formación académica o experiencia, genera la resolución del contrato.
8.8 La EST debe prestar el servicio con los profesionales propuestos y evaluados por el
Comité de Selección conforme a su propuesta técnica. La EST no podrá reemplazar profesional alguno en el primer semestre de vigencia del contrato, lo que
constituye causal de resolución del contrato. Los reemplazos posteriores están sujetos a las penalidades establecidas en la Directiva aprobada con la Resolución de
Consejo Directivo N° 037-2016-05/CD. No constituyen supuestos de reemplazos el fallecimiento o incapacidad sobrevenida acreditada.
8.9 La EST debe prestar el servicio con los profesionales con los cuales se ha
consorciado para efectos del presente proceso de selección. 8.10 Los profesionales propuestos por la EST no podrán ser presentados para postular
simultáneamente a más de un Ítem del Proceso Selección N° 01-2016-DSGN-
OSINERGMIN, así tampoco se admitirá la presentación de profesionales incluidos en
otros procesos de selección ante Osinergmin. 8.11 La EST deberá proponer la cantidad de profesionales requeridos en cada ítem del
presente proceso de selección. 8.12 Solo para efectos del presente proceso de selección, se considerará experiencia en
la Administración Pública a cualquiera de los siguientes servicios prestados como: i) EST (persona natural), ii) a través de una EST (persona jurídica), iii) CAS iv) CAP, v)
servicios no personales.
9. Equipamiento e infraestructura Mínimo de la EST
9.1 Oficina, Equipamiento e infraestructura 9.1.1 Dada la necesidad de tener coordinación continua entre Osinergmin y la
EST contratada, se requiere que tengan una oficina cercana a las inmediaciones de la oficina de la División de Supervisión de Gas Natural
(DSGN), ubicada en la Sede Central de Osinergmin (Calle Bernardo
Monteagudo 222, distrito de Magdalena del Mar); es decir en los distritos de Magdalena del Mar, San Isidro, San Miguel, Jesús María o Pueblo Libre.
9.1.2 La oficina de la EST debe contar como mínimo con:
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.
1
1
Pide Osilatergettin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSMN EN ENCIMA MINEMA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
9.1.2.1 Ambientes de trabajo y espacio para cada uno de sus profesionales,
brindando las facilidades, herramientas, materiales necesarios para
la ejecución del servicio. 9.1.2.2 Servicio de telefonía fija multidestino.
9.1.2.3 Conexión permanente a internet de alta velocidad, banda ancha de 15 Mbps o superior con wifi y, como mínimo, con tres
computadoras de escritorio (Desktop), con software original
licenciado.
9.1.2.4 Una sala de reuniones con aforo mínimo para diez (10) personas, equipado con proyector profesional con conexión HDMI, ecran,
parlantes y pizarra acrílica. 9.1.2.5 Una (01) Impresora y Escáner, o Una (01) Impresora multifuncional.
9.2 La EST debe proveer a cada supervisor de lo siguiente: 9.2.1 Teléfono celular de alcance nacional, de la red telefónica que Osinergmin
disponga con características para recibir y enviar correos electrónicos mediante conexión WiFi y de Datos.
9.2.2 Computador portátil con las siguientes características: Procesador de 64 bits con velocidad 2.66 GHZ o superior, Núcleos/Procesos 4/4, Memoria Cache 4GB, 4GB de memoria RAM o superior, Disco Duro 500GB o superior, Tarjeta
de red 10/100, WiFi IEEE 802.11 b/g/n, conector HDMI y Bluetooth 4.0, tamaño de pantalla de 13" o superior, Grabador / reproductor de CD/DVD,
Webcam, Micrófono y Parlantes siempre operativos, Sistema operativo Windows 7 Professional (64-Bits) original licenciado o superior, Antivirus en
todo momento actualizado y con licencia original, Microsoft Office 2010 o superior licenciado, Internet Explorer Versión 9 o superior.
9.2.3 Cámara fotográfica digital con fechador, resolución mínima de 12 MPx, GPS
integrado, estabilizador de imagen y capacidad de grabación de video en HD o Full HD.
9.2.4 Equipo navegador portátil con Sistema de Posicionamiento Global con
receptor GPS y GLONASS con conexión USB. 9.2.5 Tablet con las siguientes características mínimas: Pantalla de 9", velocidad
CPU 1.3 GHz, 2 GB de memoria RAM, memoria interna de 32 GB, cámara
principal de 8 MP y tecnología de localización GPS/GLONASS y sistema
operativo Android/i0S. 9.2.6 Teléfono satelital para zonas donde no haya comunicación por medio de
celular o de radio frecuencia; para mantener la comunicación con el
Supervisor, por su seguridad. 9.2.7 La EST contratada debe proporcionar a sus integrantes una cuenta de correo
electrónico para sus comunicaciones internas y con el Osinergmin, utilizando
un dominio propio para su correo; que asegure su confiabilidad, continuidad
y confidencialidad de las comunicaciones electrónicas. 9.2.8 La EST proporcionará a su personal todos los equipos, materiales, vestimenta
adecuada (EPP antiflama) y otros instrumentos que resulten necesarios para
el desarrollo seguro de su trabajo. Estos deberán estar en buenas condiciones de servicio y serán mantenidos en óptimas condiciones. En
cualquier caso, la EST es responsable de cubrir los daños que se puedan
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Osiliertpnlin ORGANISMO SUPERVISOR DE lA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-OsInergmin
ocasionar a los equipos u otros instrumentos que requieran para el desarrollo
normal de las actividades de supervisión, debiendo repararlos o sustituirlos,
de forma tal que no se afecte la programación, realización y resultados de las tareas encomendadas. El EPP antiflama deberá ser actualizado con una frecuencia semestral.
9.2.9 Osinergmin no reembolsará ningún gasto de viáticos, pasajes o de otra
índole, a la EST ni a su personal por separado. Los gastos están contemplados a ser cubiertos por la EST dentro del monto del contrato.
9.2.10Asimismo, Osinergmin brindará los accesos a sus sistemas informáticos que
se requieran, para el mejor desempeño del servicio; previa coordinación con el personal de sistemas del área competente. La EST es responsable de
guardar la confidencialidad de los accesos/claves y de los contenidos permitidos.
9.2.11Las instalaciones, condiciones, equipos, la velocidad y capacidad de las comunicaciones electrónicas, los EPP y cualquier requerimiento solicitado
para este proceso de selección serán verificados por el personal que designe la DSGN durante la ejecución del contrato de manera inopinada. Las faltas a
estos compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.
Pie 01F4
9.3 La EST debe contar con vehículos para el servicio de supervisión: 9.3.1 Para la prestación del servicio, la Empresa Supervisora debe contar con dos
(02) vehículos que cuenten con un dispositivo o equipo portátil con Sistema Global de Navegación por Satélite, comúnmente llamado "GPS", dicho
dispositivo debe permitir realizar el monitoreo a distancia del vehículo por parte de la EST, condición que la DSGN puede verificar de manera inopinada durante la ejecución del contrato. La falta a este compromiso, será tratada de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.
9.3.2 Los costos referidos al chofer, mantenimiento, seguros y combustible son responsabilidad de la Empresa Supervisora Técnica (EST).
9.3.3 El vehículo debe cumplir las siguientes características:
9.3.3.1 Camioneta con tracción 4x4: doble cabina (pick-up) o rural (todo terreno) cerrada.
9.3.3.2 Dirección Hidráulica.
9.3.3.3 Estructura anti-vuelcos interna y externa. 9.3.3.4 Mataperros delantero. 9.3.3.5 Winche de remolque delantero.
9.3.3.6 Plancha protectora del Motor (Pectoral).
9.3.3.7 Faros neblineros independientes de los faros incorporados.
9.3.3.8 Cajón para herramientas (Gata, llave de ruedas, Pico, Palas, Conos, Triángulos, Tacos de madera, etc.).
9.3.3.9 Caja en la tolva o carpa segura para protección de los equipajes.
9.3.3.10 Extintor Contra Incendio de acuerdo a norma. 9.3.3.11 Aire acondicionado.
9.3.3.12 Correas de Seguridad de tres puntos, para todos los asientos.
9.3.3.13 Llantas del tipo "todo terreno" en buen estado, de preferencia,
nuevas. Adicionalmente debe contar con dos llantas de repuesto
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Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISOR DE :A INVERSION EN ENERGIE. Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
del mismo tipo. Llantas altas para que el sistema de transmisión
esté levantado. 9.3.3.14 Antigüedad del vehículo no mayor a 1 año o equivalente a un
recorrido de 30 000 km. 9.3.3.15 Doble Cabina (para el tipo pick-up) cómodas con asientos
confortables para viajes largos. 9.3.3.16 Motor Petrolero Diesel de 2700 cc de capacidad como mínimo u
otro con mejores características. Con Intercooler o tecnología
equivalente. 9.3.3.17 Motor con Potencia mínima de 140 HP / 3400 rpm.
9.3.3.18 Motor con Torque mínimo de 32 kgm / 2000 rpm. 9.3.3.19 Respaldar de apoyo para la cabeza en todos los asientos.
9.3.3.20 Botiquín de primeros auxilios debidamente equipado. 9.3.3.21 Air Bag para chofer y copiloto, como mínimo. 9.3.3.22 Conexión habilitada para dispositivos eléctricos en DC (salida del
encendedor).
9.3.3.23 Luz de Salón. 9.3.3.24 GPS especializado, según lo requiera la empresa supervisada para el
ingreso de vehículos a su DdV. 9.3.3.25 Se estima un mínimo de 15 días de alquiler por mes calendario. El
pago es por día, previa autorización del viaje, por el especialista
(Ver forma de pago, numeral 9). 9.3.3.26 El chofer del vehículo debe contar con licencia de conducir vigente
y de la categoría correspondiente, conocimientos y experiencia comprobada en la conducción de vehículos en terrenos de baja adherencia como puede ser en barro, arena y/o nieve. Así como cumplir con todos los requisitos exigidos por las Empresas
Supervisadas, para el ingreso a sus instalaciones. La EST es la responsable de este cumplimiento. Las faltas a estos compromisos,
serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de
Osinergmin. .■■•••■
10. Forma de Pago y Conformidad El pago se realizará de forma mensual y conforme la cantidad de supervisiones realizadas
en el mes, por costos unitarios, de acuerdo al Plan de Supervisión.
El cronograma de visitas será comunicado por Osinergmin a la EST, en el Anexo A-02 se muestra una referencia. El programa puede variar de acuerdo a la necesidad del servicio
de supervisión.
Sólo para aquellos casos que las empresas supervisadas facturen por la estadía,
transporte u otros rubros relacionados con la supervisión de áreas de acceso exclusivo de la empresa, donde el uso de las facilidades de la empresa concesionaria es inevitable,
Osinergmin realizara estos pagos asociados con la supervisión, conforme los
procedimientos internos. Cabe señalar que estos pagos se refieren única y exclusivamente a los realizados por la empresa concesionaria. No se reembolsará otros pagos asociados a
la supervisión.
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\, )
()ADANISMO SUPERVISOR DE LA INVENSLDN EN ENENDLP Y ALMEIDA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
11. Penalidades Osinergmin impone las siguientes penalidades a la Empresa Supervisora:
a) Penalidad por mora ante el incumplimiento del plazo de realización en la realización
de actividades o entrega de informes u otra documentación. Esta penalidad se aplica automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = O 10xM
FxP
Donde: F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F=0.40. Para plazos mayores a 60
días: F= 0.25. M: Monto de la prestación materia de retraso.
P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación.
b) Penalidad por reemplazo del personal presentado en la propuesta técnica. Esta penalidad se aplica automáticamente y se inicia con 3 UIT para el primer reemplazo,
4 UIT para el segundo reemplazo, 5 UIT para el tercer reemplazo, y así sucesivamente.
Las penalidades se deducen de los pagos a efectuar a la empresa supervisora y, de ser el caso, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento
o la garantía por el monto diferencial de propuesta.
12. Criterios de Evaluación Técnica. Puntaje máximo: 100 puntos (Peso ponderado 80%)
Factor de Evaluación
Criterio de Evaluación para Supervisión Rango de Evaluación
Puntaje Asignado
12.1 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA POSTORA EN LA ACTIVIDAD 30
Experiencia en Se evaluará la experiencia en la actividad de la empresa
la Actividad señalada en el numeral 6.1. Se califica considerado el Más de 2 veces
monto facturado acumulado por el postor durante un
periodo de hasta diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas. Se acredita mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada o
mediante comprobantes de pago cuya cancelación se
el valor referencial
30
Más de 1.5 veces
acredite documental y fehacientemente con un máximo
de diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.
Si se trata de consorcio se considerará la experiencia de
los consorciados conforme a lo establecido en las bases.
hasta 2 veces el valor referencial
20
Más de 1 vez
hasta 1.5 veces
el valor
referencial
10
12.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD 70
Perfil 2-01 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1
especialidad indicada en el perfil. (7.1.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
Más de 14 años 10
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Osinergniin ORGANISMO SUPERVISOR DE 1.A. INVERMON EN ENVIDIA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 12 años
hasta 14 años 08
Experiencia en la Especialidad 2
(7.1.2.2)
Más de 10 años 08
Más de 7 años
hasta 10 años 04
Perfil 2-02 (3) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1
especialidad indicada en el perfil. (7.2.2.1)
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 12 años (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
(3 puntos cada uno)
9
Más de 10 años
hasta 12 años Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos (1 punto cada uno)
3
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el Experiencia en la Especialidad 2 comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de (7.2.2.2)
Más de 7 años manera fehaciente demuestre la experiencia. (2 puntos cada
uno)
6
Más de 5 años
hasta 7 años 3
(1 punto cada
uno)
Perfil 2-03 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1
especialidad indicada en el perfil. (7.3.2.1)
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 9 años (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
(2 puntos cada uno)
4
Más de 7 años
hasta 9 años Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos (1 punto cada uno)
2
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el Experiencia en la Especialidad 2 comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de (7.3.2.2)
Más de 5 años manera fehaciente demuestre la experiencia. (2 puntos cada
uno)
4
Más de 3 años
hasta 5 años 2
(1 punto cada
uno)
Perfil 2-04 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1
especialidad indicada en el perfil. (7.4.2.1)
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 12 años 3
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Más de 10 años
hasta 12 años 1
Experiencia en la Especialidad 2 Acreditación: (7.4.2.2) Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
Más de 7 años 2
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 5 años
hasta 7 años 1
Perfil 2-05 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1
especialidad indicada en el perfil. (7.5.2.1)
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 9 años 2
d FJ
Página N2 30
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 7 años hasta 94„ 1
Experiencia en la Especialidad 2
(7.5.2.2)
Más de 5 años 2
Más de 3 años
hasta 5 años 1
Perfil 2-06 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la Experiencia en la Especialidad 1
especialidad indicada en el perfil. (7.6.2.1)
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente Más de 9 años 2
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado. Más de 7 años hasta 9 años
1
Experiencia en la Especialidad 2 Acreditación: (7.6.2.2) Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
Más de 5 años 2
Más de 3 años
hasta 5 años 1
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Perfil 2-07 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.7.2.1 del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Más de 5 años 1 Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Perfil 2-08 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.8.2.1. del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Más de 5 años 1 Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Perfil 2-09 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.9.2.1. del perfil. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado. Más de 1 año
Acreditación: (1 punto cada
uno) 2
Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
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PA e 01 1'4
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIDIE EN ENERGÍA Y PAMEMA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-Osinergmin
Osinergrrein PIINADISNIC SUDERVJED ■t DE LA INVENS:CD EN ENERDEÍA V DENENDE
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N°01-2016-DSGN-Osinergmin
Perfil 2-10 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la
especialidad indicada en el numeral 7.10.2.1. del perfil. Más de 12 años 6
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado. Más de 11 años
hasta 12 años 3
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 10 años
hasta 11 años 2
Perfil 2-11 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la
especialidad indicada en el 7.11.2.1. del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Más de 4 años 1 Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
Perfil 2-12 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la
especialidad indicada en el numeral 7.12.2.1. del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente más de 10 años 2 (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 8 años
hasta 10 años 1
Perfil 2-13 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la
especialidad indicada en el numeral 7.13.2.1. del perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Más de 3 años 1 Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados, contratos
u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente
cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
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Osinersynibra ORGANISMO SuPERVISOR DE INVERSIDN EN ENERGÍA Y MiNERM
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
Perfil 2-14 (2) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad indicada en el numeral 7.14.2.1. del perfil. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Más de 1 arlo
(1 punto por 2 Acreditación: cada uno) Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el
comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de
manera fehaciente demuestre la experiencia.
13. Criterios de Evaluación Económica
La evaluación económica recibe una ponderación de veinte por ciento (20%) para efectos
del resultado final. La evaluación económica se lleva a cabo asignando un puntaje de 100
a la propuesta de precio más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios. Fórmula aplicable para la evaluación económica:
Pi= Om* PMOE Oi
Donde: i= Propuesta Pi= Puntaje de la propuesta económica i
Om= Propuesta económica de monto o precio más bajo. PMOE= Puntaje Máximo de la propuesta económica (100)
Oi= Propuesta económica i
PAde ;Oirá
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Osiewrgmin ORGANISMO SUPERVISOR INvERSION EN ENE FIGUE Y NIIN EP IA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
ITEM N° 03 Supervisión Pre Operativa de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y líquidos de Gas
Natural por Ductos (Ductos de Concesión, Ductos Principales, Ductos de Recolección e Inyección, Ductos de Uso Propio y otros)
1. Antecedentes
El artículo 2 de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante Osinergmin), Ley N° 26734, establece que la misión del Osinergmin es regular,
supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales
y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad,
hidrocarburos y minería.
Dentro de este contexto, la División de Supervisión de Gas Natural de Osinergmin (en adelante DSGN) realiza labores de supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas de seguridad sobre diseño, construcción, operación,
mantenimiento y abandono de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos, otros ductos e instalaciones relacionadas, de acuerdo al marco
normativo aplicable, por lo que la DSGN requiere contratar a Empresas Supervisoras Técnicas (en adelante EST) para continuar con las labores de supervisión y fiscalización de
dichas actividades e instalaciones en la etapa Pre Operativa. Entiéndase como hidrocarburos a los hidrocarburos líquidos, gas natural seco, líquidos de gas natural,
productos líquidos derivados de los líquidos del gas natural y gas natural licuado.
2. Objetivo
Seleccionar y contratar a una EST con personería jurídica, para brindar a la DSGN el
servicio de supervisión y fiscalización de las actividades de los Sistemas de Transporte por Ductos de Gas Natural (en adelante STD - GN) y de Líquidos de Gas Natural (en adelante STD - LGN), con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de
seguridad en el diseño y construcción de los ductos e instalaciones de acuerdo al marco normativo vigente y a los estándares internacionales, durante la etapa pre-operativa.
3. Alcances
3.1. La empresa deberá proponer la siguiente cantidad de supervisores postulantes, como mínimo con la experiencia indicada en cada especialidad (expresada en años):
Perfil Cantidad Categoría
Supervisor Servicios Requeridos Profesional
Experiencia en la Especialidad
Hidrocarburos Gas Natural
3-01 01 1A+
Supervisor Técnico/Seguridad
/Infraestructura/ Geotecnia / Especial - Jefe de Proyecto
Ingeniero 12 07
3-02 01 1A Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 10 05
3-03 01 lA Supervisor Geotecnia Ingeniero 10 05
3-04 01 lA Supervisor Técnico/Especial Sociólogo/Antropólogo 10 05
3-05 01 2 Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 05 00
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°silben:3min ORGANISMO SUPERVISOR DEUX INVERSIDN EN ENE DGD% ANNEDIP
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-OsInergmin
3-06 01 3B Supervisor Técnico/Seguridad Ingeniero 01
Perfil Cantided dos Experlenda en la Especialidad
3-07 01 1A Supervisor Legal - Sub Jefe de Proyecto
Abogado 10
3-08 01 3A Supervisor Legal Abogado 03
Total: 08 profesionales
3.2. Los postulantes de la EST deberán cumplir con el perfil indicado en el numeral 7 del presente ítem.
3.3. La supervisión y fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad sobre diseño, construcción en la etapa pre-operativa de los ductos e
instalaciones, de acuerdo al marco normativo vigente y a los estándares internacionales, incluye la supervisión y fiscalización en campo y gabinete, de los
ductos de Gas Natural (GN) y Líquidos de Gas Natural (LGN), entre otras, de las siguientes unidades:
3.3.1. Sistema de Transporte de GN y LGN.
3.3.2. Ampliaciones, Ramales e Instalaciones afines del Sistema de Transporte de GN y LGN.
3.3.3. Ducto Principal y Ducto de Uso Propio. 3.3.4. Ductos de Recolección e Inyección.
3.3.5. Ampliaciones, Ramales e instalaciones afines de los ductos mencionados anteriormente.
3.3.6. Otros ductos de transporte de hidrocarburos e instalaciones afines a requerimiento de Osinergmin (incluye entre otros a los Ductos de
Concesión, Ductos Principales, Ductos de Recolección e Inyección y Ductos de Uso Propio).
4. Actividades a Realizar por la EST La EST contratada, sin ser limitativo, deberá realizar como mínimo las siguientes actividades: 4.1. Supervisiones regulares contempladas en el Programa Anual de Supervisión de la
DSGN; supervisiones especiales como en simulacros, investigación de accidentes y
otros; supervisiones de emergencia; y otros supuestos relacionados a las labores de
supervisión de competencia de la DSGN. La Supervisión legal comprende las actividades bajo la supervisión de competencia de la DSGN, coordinadas con el Sub Jefe de Proyecto con Osinergmin.
4.2. Ejecutar las acciones del Programa de Supervisión de la DSGN. 4.3. Coordinar con Osinergmin, por intermedio del Jefe de Proyecto, las acciones del
Programa de Supervisión y su cumplimiento. 4.4. Coordinar la realización del Plan de Supervisión Mensual en base al Plan Anual
entregado por Osinergmin, con el Especialista asignado de la DSGN. El plan mensual
deberá contener los planes de trabajo y cronogramas de todos los supervisores para sus visitas a campo; así como los trabajos de gabinete de ser necesario.
4.5. Efectuar las visitas de supervisión (Pre-Operativas, Técnicas y Especiales) a las
instalaciones de los ductos de transporte de GN y LGN, de las empresas fiscalizadas
por la DSGN, planificadas y comunicadas por el Osinergmin y todas aquellas que sin
viN
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Osinergimin ORGANWO 5:1:71:RVISOR DE LA INVIRS:ON EN ENIllült, MINERIR
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
haber sido comunicadas con anticipación sean consideradas necesarias, por su
naturaleza de emergencia u otra similar.
4.6. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento del trabajo de Supervisión
Ejecutado, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe del
Proyecto con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre
otros: 4.6.1. Un reporte mensual de los resultados del cumplimiento del plan de trabajo
de los supervisores contrastando lo programado versus lo ejecutado,
incluyéndose el cumplimiento de los lineamientos en porcentaje de avance.
4.6.2. Un reporte de estado de los Hallazgos y Hechos Observados.
/
4.7. Presentar un Informe Mensual del Cumplimiento Normativo de las Empresas
Supervisadas, por cada periodo supervisado; revisado y firmado por el Jefe del Proyecto con visto de un supervisor abogado. De acuerdo a la estructura y modelo propuesto por la EST y aprobado por la DSGN/Osinergmin, que contenga, entre
otros: 4.7.1. Cuadros y resúmenes de los resultados de la supervisión, sobre el aspecto
técnico/normativo, obtenidos de las supervisiones incluyendo: los Hechos
Observados (actualización y seguimiento), hallazgos (actualización y
seguimiento), tendencias, índices, oportunidades de mejora (de las Empresas y del Osinergmin), comentarios, etc; todo ello alineado a las
competencias de Osinergmin.
4.7.2. Una relación (en hoja de cálculo banco de datos) organizada, estandarizada y actualizada, con la relación de los documentos que han sido entregados por las empresas supervisadas, indicando la ubicación en los sistemas de Osinergmin (SIGED, BPM, etc.). Debe incluir un cuadro resumen con los
comentarios y/o conclusiones de la evaluación de ese documento.
4.8. Elaborar y brindar los documentos e instrumentos relacionados con las actividades
de supervisión asignadas, de acuerdo a los procedimientos y formatos de la DSGN,
de ser el caso.
4.9. Brindar y/o elaborar información y/o documentos de supervisión técnico y/o legal requeridos para los procesos de fiscalización/sanción de la DSGN, que impliquen
incumplimientos al marco normativo o contractual bajo supervisión.
4.10. Elaborar informes de supervisión (técnicos y/o legales), derivados de los informes
de supervisión y/o del análisis de los documentos que el Osinergmin proporcione y de acuerdo a lo solicitado (de contenido y forma) por la División de Supervisión de
Gas Natural.
4.11. Elaborar los Informes Técnicos y/o Legales, y otros que recojan el análisis de
incumplimientos al marco normativo o contractual bajo supervisión.
4.12. Ejecución de medidas administrativas dictadas por la DSGN, de conformidad con los
lineamientos de Osinergmin.
4.13. Capacitar a todo su personal profesional del equipo de supervisión, al menos una
vez al año, en dos temas: en Sistemas de Transporte de GN y LGN, y en Geotecnia.
Ambos dictados por una institución o entidad especializada en el rubro. Cada curso
de capacitación que se brinde no podrá ser menor de 40 horas lectivas. El costo
total de las capacitaciones debe ser cubierto por la EST. A la culminación de cada
,
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Osinergimin ORGANISMO SUPERVISOR DE 1A INVERSION EN ENERGM Y MINERÍA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS P001-2016-DSGN-Osinergmin
capacitación, deberá presentar a la DSGN, por Mesa de Partes del Osinergmin,
copia simple de las constancias de capacitación de cada uno de sus profesionales;
además adjuntará un reporte actualizado del record de capacitaciones de cada
profesional.
4.14. Los supervisores de la EST, a solicitud de Osinergmin, podrán realizar también actividades de supervisión Operativa y de cumplimiento técnico/seguridad
contractual de gas natural, de las actividades bajo competencia de la DSGN.
4.15. Cualquier otra información relacionada con el servicio prestado, que Osinergmin le solicite por escrito en los plazos que determine.
5. Documentos que la EST debe entregar sobre la supervisión de las Empresas Supervisadas
La EST contratada deberá presentar a Osinergmin, en los plazos establecidos, según los procedimientos y formatos proporcionados, por el Osinergmin, todos los documentos que el Osinergmin usa y/o gestiona en las actividades de supervisión, entre otros, se cita los
siguientes: 5.1. El Plan de Trabajo y Cronograma Programado Anual de Supervisión.
5.2. El Plan de Trabajo Mensual de Supervisión.
5.3. El Plan de Trabajo y Cronograma Programado, a ejecutar por cada visita de supervisión de campo.
5.4. Un reporte diario de supervisión, por cada supervisor y por cada día de visita de campo; según su Plan de Trabajo.
5.5. Actas de la Visita y Carta de Visita de la Supervisión, así como cualquier otro documento elaborado en la supervisión.
5.6. Los Informes de Supervisión con el resultado de cada visita de supervisión; donde se incluya, entre otros, el cuadro de Evaluación de la Gestión de Integridad de la
empresa supervisada.
6. Requerimientos Mínimos referidos a la EST Los requisitos mínimos de experiencia serán:
6.1 Experiencia en la Actividad 6.1.1 Subsector de Hidrocarburos: Empresa con ocho (08) años como mínimo de
experiencia como: supervisora y/o diseñadora y/o constructora y/o operadora y/o mantenimiento y/o consultora y/o inspectora en temas del Subsector Hidrocarburos.
6.1.2 De los cuales la EST debe contar con cinco (05) años como mínimo de
experiencia en STD de GN y/o STD de LGN, brindando servicios relacionados con actividades de: diseño, construcción, operación, mantenimiento,
supervisión, consultoría y/o fiscalización del cumplimiento normativo en
aspectos técnicos y de seguridad.
7. Perfil Mínimo del Personal de la EST
7.1 Perfil 3-01: Supervisor Técnico/Seguridad/Infraestructura/Geotecnia/Especial - Jefe del Proyecto - Supervisor 1A+ (Cantidad: 01) 7.1.1. Formación
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Osinergimin ORGANISMO SUPERVISO,' DE 1), INVERSEON INERDIP Y MINIDIR
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
7.1.1.1. Título profesional de ingeniero en las especialidades de Mecánica
o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Petróleo o Química o
Petroquímica o Metalúrgica.
7.1.1.2. Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro
hábil para el ejercicio profesional. 7.1.2. Experiencia en la Especialidad
7.1.2.1. Experiencia mínima de doce (12) años en el Subsector de Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte por Ductos de GN y/o LGN.
7.1.2.2. De los cuales como mínimo debe contar con siete (07) años en la actividad de diseño, construcción, operación, mantenimiento y/o
supervisión de Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos
de Gas Natural. 7.1.3. Capacitación
Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:
7.1.3.1. Capacitación en Gestión de Proyectos (40 horas).
7.1.3.2. Capacitación en Normas internacionales relacionadas a sistemas de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural: API, ANSI/
ASME. (40 horas en cualquiera de ellos).
7.2 Perfil 3-02: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.2.1 Formación
7.2.1.1 Título profesional de Ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o
Metalúrgica. 7.2.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil
para el ejercicio profesional. 7.2.2 Experiencia en la Especialidad
7.2.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos. 7.2.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) a'ños en la
actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.2.3 Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente: 7.2.3.1 Certificado como Nivel II en inspección visual según la práctica
recomendada SNT-TC-1A de la Sociedad Americana de Ensayos No
Destructivos ASNT.
7.3 Perfil 3-03: Supervisor Geotécnico - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.3.1 Formación
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Osinergniin ONGANISNIO SUPERVISOR DE 11■ INVERSIDN EN ENERGÍA Y NDNEIDA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PEFtSONAS JURÍDICAS N'01-2016-DSGN-OsinergmIn
7.3.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Geología o
Geofísica o Civil. 7.3.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil
para el ejercicio profesional.
7.3.2 Experiencia en la Especialidad 7.3.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.3.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco (05) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.4 Perfil 3-04: Supervisor Técnico/Especial - Supervisor 1 (Cantidad: 01) 7.4.1 Formación
7.4.1.1 Título profesional en Sociología o Antropología. 7.4.1.2 Estar inscrito en el Colegio Profesional, correspondiente, en el Perú
y contar registro hábil para el ejercicio profesional.
7.4.2 Experiencia en la Especialidad 7.4.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.4.2.2 De los cuales como mínimo debe contar con cinco(05) años en la actividad de diseño, construcción, operación y/o supervisión de
Ductos de Transporte de Gas Natural y/o Líquidos de Gas Natural.
7.5 Perfil 3-05: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 2 (Cantidad: 01)
7.5.1 Formación 7.5.1.1 Título profesional en ingeniería en las especialidades de Mecánica o
Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o
Petroquímica o Metalúrgica o Geología o Geofísica.
7.5.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú y contar con el certificado de habilidad vigente para el ejercicio profesional.
7.5.2 Experiencia en la Especialidad 7.5.2.1 Experiencia mínima de cinco (05) años en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de
seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de
Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.5.3 Capacitación Contar como mínimo con capacitación en lo siguiente:
7.5.3.1 Certificado como Nivel II en inspección visual según la práctica recomendada SNT-TC-1A de la Sociedad Americana de Ensayos No
Destructivos ASNT.
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• Osittergenm ORGANISMO SURERVISEM MI INVIRSION ro:1-1((fo
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSG N-Osinergmin
7.6 Perfil 3-06: Supervisor Técnico/Seguridad - Supervisor 3B (Cantidad: 01) 7.6.1 Formación
7.6.1.1 Título profesional de ingeniero en las especialidades de Mecánica o Mecánica-Eléctrica o Industrial o Civil o Química o Petróleo o Metalúrgica o Geología o Geofísica.
7.6.1.2 Estar inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con registro hábil para el ejercicio profesional.
7.6.2 Experiencia en la Especialidad 7.6.2.1 Experiencia mínima de un (01) año en el Subsector de
Hidrocarburos y/o realizando actividades de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, normativas y/o contractuales, de la actividad de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
7.7 Perfil 3-07: Supervisor Legal - Sub Jefe de Proyecto - Supervisor lA (Cantidad: 01) 7.7.1 Formación
7.7.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.
7.7.1.2 Capacitación: Contar como mínimo con algunas de las siguientes: 7.7.1.2.1 Especialización en Derecho Administrativo: General o
Sancionador (100 horas como mínimo en cualquiera de ellos).
7.7.2 Experiencia en la Especialidad 7.7.2.1 Experiencia mínima de diez (10) años en la Administración Pública
(en los sectores energía y/o transporte y/o telecomunicaciones y/o ambiental y/o pesquería), en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de otorgamiento de títulos habilitantes.
7.7.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a experiencia en el sub sector hidrocarburos.
7.8 Perfil 3-08: Supervisor Legal — Supervisor 3A (Cantidad: 01) 7.8.1 Formación
7.8.1.1 Título profesional de Abogado, con registro hábil en el Colegio de Abogados correspondiente, en el Perú.
7.8.1.2 Capacitación en regulación de los servicios públicos o hidrocarburos o gestión pública o gestión social o derecho (de la energía o comercial o empresarial o constitucional o procesal o administrativo). Duración no menor de cuarenta (40) horas en cualquiera de ellos.
7.8.2 Experiencia en la Especialidad
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Osinenpnin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGIA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-OsInergmin
7.8.2.1 Experiencia mínima de tres (03) años en la Administración Pública o
en el sector privado. 7.8.2.2 De los cuales como mínimo un (01) año debe corresponder a
experiencia en la Administración Pública, en áreas: de supervisión y/o fiscalización y/o sanción; y/o de primera instancia
administrativa sancionadora o de procedimientos de evaluación previa; y/o en tribunales administrativos de segunda instancia de
sanciones o de procedimientos de evaluación previa; y/o de
otorgamiento de títulos habilitantes; y/o en áreas de defensa del estado; y/o en áreas normativas).
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8. Para todo el personal propuesto por la EST:
8.1 La experiencia profesional mínima debe ser posterior a la obtención del grado de
bachiller.
8.2 La formación se acredita con copia simple de los tftulos profesionales y/o grados académicos, certificados, diplomas correspondientes.
8.3 La EST al momento de proponer a sus profesionales titulados, debe presentar copia simple del correspondiente certificado de habilidad vigente del Colegio Profesional
al que pertenecen en el Perú. 8.4 Las horas de capacitación exigida en cada perfil se acredita con respecto a una sola
capacitación. No se sumará horas de 2 o más capacitaciones. No se asigna puntaje por capacitación, solo se verifica para el cumplimiento de requisitos mínimos de
cada perfil.
8.5 La experiencia en la especialidad, en el Subsector de Hidrocarburos y en la
Especialidad en los STD de GN y/o STD de LGN, se acredita con copia simple de los siguientes documentos: (i) contratos y su respectiva conformidad y/o (ii) constancias y/o (iii) certificados y/o (iv) cualquier otro documento que
fehacientemente demuestre la experiencia del profesional propuesto. 8.6 Durante la vigencia del contrato de la EST resultado del presente proceso de
selección, los profesionales de la EST contratada no podrán brindar servicios (directamente o a través de personas naturales o jurídicas) a otra área de
Osinergmin; así tampoco podrán brindar servicios a los agentes supervisados por Osinergmin. De verificarse alguna circunstancia de las descritas, se resolverá el
contrato con la EST, sin perjuicio de la ejecución de las garantías que pudieran
corresponder. 8.7 La falsedad comprobada de los datos sobre la formación académica o experiencia,
genera la resolución del contrato.
8.8 La EST debe prestar el servicio con los profesionales propuestos y evaluados por el Comité de Selección conforme a su propuesta técnica. La EST no podrá reemplazar
profesional alguno en el primer semestre de vigencia del contrato, lo que
constituye causal de resolución del contrato. Los reemplazos posteriores están
sujetos a las penalidades establecidas en la Directiva aprobada con la Resolución de
Consejo Directivo N° 037-2016-0S/CD. No constituyen supuestos de reemplazos el
fallecimiento o incapacidad sobrevenida acreditada.
8.9 La EST debe prestar el servicio con los profesionales con los cuales se ha consorciado para efectos del presente proceso de selección.
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Osinergettin ORGANISMO SU>tRVISOR INVERS,ON EN ENI,GIA ININU+IA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
8.10 Los profesionales propuestos por la EST no podrán ser presentados para postular simultáneamente a más de un Ítem del Proceso Selección N° 01-2016-DSGN-OSINERGMIN, así tampoco se admitirá la presentación de profesionales incluidos en otros procesos de selección ante Osinergmin.
8.11 La EST deberá proponer la cantidad de profesionales requeridos en cada ítem del presente proceso de selección.
8.12 Solo para efectos del presente proceso de selección, se considerará experiencia en la Administración Pública a cualquiera de los siguientes servicios prestados como: i) EST (persona natural), ii) a través de una EST (persona jurídica), iii) CAS iv) CAP, v) servicios no personales.
9. Equipamiento e infraestructura Mínimo de la EST
9.1 Oficina, Equipamiento e infraestructura 9.1.1 Dada la necesidad de tener coordinación continua entre Osinergmin y la
EST contratada, se requiere que tengan una oficina cercana a las inmediaciones de la sede central de la División de Supervisión de Gas Natural — DSGN, entiéndase los distritos de Magdalena del Mar, Miraflores, San Isidro, Lince, San Miguel, Pueblo Libre o Jesús María.
9.1.2 La oficina debe contar con servicio de telefonía fija multidestino. 9.1.3 La oficina debe contar con conexión permanente a internet de alta
velocidad, banda ancha de 15 Mbps o superior con wifi y, como mínimo, con 03 computadoras de escritorio (Desktop), con software original licenciado.
9.1.4 La oficina debe contar con una sala de reuniones para mínimo 10 personas equipado con proyector profesional con conexión HDMI, ecran, parlantes y pizarra acrílica.
9.1.5 La oficina debe contar con ambientes de trabajo para los supervisores. 9.1.6 Una (01) Impresora y un (01) Escáner o una Impresora Multifuncional
(impresora/escáner).
Pie Ord
9.2 Cada supervisor de la EST deberá contar con: 9.2.1 Teléfono celular de alcance nacional, de la red telefónica que Osinergmin
disponga con características para recibir y enviar correos electrónicos mediante conexión WiFi y de Datos.
9.2.2 Computador portátil con las siguientes características: Procesador de 64 bits con velocidad 2.66 GHZ o superior, Núcleos/Procesos 4/4, Memoria Cache 4GB, 4GB de memoria RAM o superior, Disco Duro 500GB o superior, Tarjeta de red 10/100, WiFi IEEE 802.11 b/g/n, conector HDMI y Bluetooth 4.0, tamaño de pantalla de 13" o superior, Grabador / reproductor de CD/DVD, Webcam, Micrófono y Parlantes siempre operativos, Sistema operativo Windows 7 Professional (64-Bits) original licenciado o superior, Antivirus en todo momento actualizado y con licencia original, Microsoft Office 2010 o superior licenciado, Internet Explorer Versión 9 o superior.
9.2.3 Cámara fotográfica digital con fechador, resolución mínima de 12 MPx, GPS integrado, estabilizador de imagen y capacidad de grabación de video en HD o Full HD.
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ORGANISMO SUPERVISOR DE 5.A INVENSIÓN EN ENERDN ■ Y NIINEDIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-OsInergmln
9.2.4 Equipo navegador portátil con Sistema de Posicionamiento Global con receptor GPS y GLONASS con conexión USB.
9.2.5 Tablet con las siguientes características mínimas: Pantalla de 9", velocidad
CPU 1.3 GHz, 2 GB de memoria RAM, memoria interna de 32 GB, cámara principal de 8 MP y tecnología de localización GPS/GLONASS y sistema
operativo Android/i0S. 9.2.6 Teléfono satelital para zonas donde no haya comunicación por medio de
celular o de radio frecuencia; para mantener la comunicación con el
Supervisor en el campo y velar por su seguridad.
9.2.7 La EST contratada debe proporcionar a sus integrantes una cuenta de
correo electrónico para sus comunicaciones internas y con el Osinergmin, utilizando un dominio propio para su correo; que asegure su confiabilidad, continuidad y confidencialidad de las comunicaciones electrónicas.
9.2.8 La EST proporcionará a su personal todos los equipos, materiales,
vestimenta adecuada (EPP antiflama) y otros instrumentos que resulten necesarios para el desarrollo seguro de su trabajo. Estos deberán estar en buenas condiciones de servicio y serán mantenidos en óptimas condiciones.
En cualquier caso, la EST es responsable de cubrir los daños que se puedan ocasionar a los equipos u otros instrumentos que requieran para el
desarrollo normal de las actividades de supervisión, debiendo repararlos o sustituirlos, de forma tal que no se afecte la programación, realización y resultados de las tareas encomendadas.
El EPP antiflama deberá ser actualizado con una frecuencia semestral. 9.2.9 Osinergmin no reembolsará ningún gasto de viáticos, pasajes o de otra
índole, a la EST ni a su personal por separado. Los gastos están contemplados a ser cubiertos por la EST dentro del monto del contrato.
9.2.10 Asimismo, Osinergmin brindará los accesos a sus sistemas informáticos que
se requieran, para el mejor desempeño del servicio; previa coordinación
con la Coordinación de Sistemas de la DSGN o área competente. La EST es responsable de guardar la confidencialidad de los accesos/claves y de los contenidos permitidos.
9.2.11 Las instalaciones, condiciones, equipos, la velocidad y capacidad de las comunicaciones electrónicas, los EPP y cualquier requerimiento solicitado
para este proceso de selección serán verificados por la División de Producción, Procesamiento y Transporte de Gas Natural durante la
ejecución del contrato de manera inopinada. Las faltas a esos compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.
9.3 Vehículos para la supervisión 9.3.1 Para la prestación del servicio, la Empresa Supervisora debe contar con dos
(02) vehículos que cuenten con un dispositivo o equipo portátil con Sistema
Global de Navegación por Satélite, comúnmente llamado "GPS", dicho
dispositivo debe permitir realizar el monitoreo a distancia del vehículo por parte de la EST, condición que la DSGN puede verificar de manera
inopinada durante la ejecución del contrato. La falta a este compromiso,
será tratada de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.
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Ple Osinergnilin ORGAN ■5100 SUPtqV150,1. 1A.INvEYS ON .:Y1ENERGiA Y NIINyllIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
9.3.2 Los costos referidos al chofer, mantenimiento, seguros y combustible son
responsabilidad de la Empresa Supervisora Técnica (EST).
9.3.3 El vehículo debe cumplir las siguientes características:
9.3.3.1 Camioneta con tracción 4x4: doble cabina (pick-up) o rural (todo
terreno) cerrada ,
9.3.3.2 Dirección Hidráulica
9.3.3.3 Estructura anti-vuelcos interna y externa.
9.3.3.4 Mataperros delantero
9.3.3.5 Winche de remolque delantero
9.3.3.6 Plancha protectora del Motor (Pectoral)
9.3.3.7 Faros neblineros independientes de los faros incorporados
9.3.3.8 Cajón para herramientas (Gata, llave de ruedas, Pico, Palas,
Conos, Triángulos, Tacos de madera, etc.)
9.3.3.9 Caja en la tolva o carpa segura para protección de los equipajes
9.3.3.10 Extintor Contra Incendio de acuerdo a norma 9.3.3.11 Aire acondicionado 9.3.3.12 Correas de Seguridad de tres puntos, para todos los asientos
9.3.3.13 Llantas del tipo "todo terreno" en buen estado, de preferencia, nuevas. Adicionalmente debe contar con dos llantas de repuesto
del mismo tipo. Llantas altas para que el sistema de transmisión esté levantado.
9.3.3.14 Antigüedad del vehículo no mayor a 1 año o equivalente a un recorrido de 30 000 km.
9.3.3.15 Doble Cabina (para el tipo pick-up) cómodas con asientos
confortables para viajes largos. 9.3.3.16 Motor Petrolero Diesel de 2700 cc de capacidad como mínimo u
otro con mejores características. Con Intercooler o tecnología
equivalente. 9.3.3.17 Motor con Potencia mínima de 140 HP / 3400 rpm 9.3.3.18 Motor con Torque mínimo de 32 kgm / 2000 rpm
9.3.3.19 Respaldar de apoyo para la cabeza en todos los asientos. 9.3.3.20 Botiquín de primeros auxilios debidamente equipado.
9.3.3.21 Air Bag para chofer y copiloto, como mínimo.
9.3.3.22 Conexión habilitada para dispositivos eléctricos en DC (salida del
encendedor).
9.3.3.23 Luz de Salón. 9.3.3.24 GPS especializado, según lo requiera la empresa supervisada
para el ingreso de vehículos a su DdV
9.3.3.25 Se estima un mínimo de 15 días de alquiler por mes calendario. El pago es por día, previa autorización del viaje, por el
especialista (Ver forma de pago, numeral 9)
9.3.3.26 El chofer del vehículo debe contar con licencia de conducir
vigente y de la categoría correspondiente, conocimientos y experiencia comprobada en la conducción de vehículos en
terrenos de baja adherencia como puede ser en barro, arena y/o nieve. Así como cumplir con todos los requisitos exigidos por las
Empresas Supervisadas, para el ingreso a sus instalaciones. La
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Osinerymin ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERS ■ON EN ENIRG(A Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N*01-2016-DSGN-Osinergmin
EST es la responsable de este cumplimiento. Las faltas a estos
compromisos, serán tratadas de acuerdo a los procedimientos internos de Osinergmin.
10. Forma de Pago y Conformidad
El pago se realizará de forma mensual y conforme la cantidad de supervisiones realizadas en el mes, por costos unitarios, de acuerdo al Plan de Supervisión.
El cronograma de visitas será comunicado por Osinergmin a la EST, en el Anexo A-03 se
muestra una referencia. El programa puede variar de acuerdo a la necesidad del servicio
de supervisión.
Sólo para aquellos casos que las empresas supervisadas facturen por la estadía,
transporte u otros rubros relacionados con la supervisión de áreas de acceso exclusivo de la empresa, donde el uso de las facilidades de la empresa concesionaria es inevitable,
Osinergmin realizara estos pagos asociados con la supervisión, conforme los procedimientos internos. Cabe señalar que estos pagos se refieren única y exclusivamente
a los realizados por la empresa concesionaria. No se reembolsará otros pagos asociados a la supervisión.
11. Penalidades
Osinergmin impone las siguientes penalidades a la Empresa Supervisora:
a) Penalidad por mora ante el incumplimiento del plazo de realización en la realización de actividades o entrega de informes u otra documentación. Esta penalidad se aplica automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10xM FxP
Donde: F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F=0.40. Para plazos mayores a 60
días: F= 0.25. M: Monto de la prestación materia de retraso.
P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación.
b) Penalidad por reemplazo del personal presentado en la propuesta técnica. Esta penalidad se aplica automáticamente y se inicia con 3 UIT para el primer reemplazo, 4
UIT para el segundo reemplazo, 5 UIT para el tercer reemplazo, y así sucesivamente.
Las penalidades se deducen de los pagos a efectuar a la empresa supervisora y, de ser el
caso, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento o la
garantía por el monto diferencial de propuesta.
12. Criterios de Evaluación Técnica. Puntaje máximo: 100 puntos (Peso ponderado 80%)
Factor de Evaluación Criterio de Evaluación para Supervisión Rango de Puntaje Evaluación Asignado
rÁ, ilLmr<1
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tiOn Osinergrnin ORGANISMO SUPERVISOR DE En INVERSIÓN EN EN ERGIA Y MINIRIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS he01-2016-DSGN-Osinergmin
12.1 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD 40
Experiencia en la Actividad Se evaluará la experiencia en la actividad de la
empresa señalada en el numeral 6.1. Se califica
considerado el monto facturado acumulado por el
postor durante un periodo de hasta diez (10) años a
la fecha de presentación de propuestas. Se acredita
mediante contratos y su respectiva conformidad por
la prestación efectuada o mediante comprobantes
de pago cuya cancelación se acredite documental y
fehacientemente con un máximo de diez (10)
servicios prestados a uno o más clientes, sin
establecer limitaciones por el monto o el tiempo del
servicio ejecutado.
Si se trata de consorcio se considerará la experiencia
de los consorciados conforme a lo establecido en las
bases.
Más de 2 veces
el valor
referencial
40
Más de 1.5 veces
hasta 2 veces el
valor referencial
25
Más de 1 vez
hasta 1.5 veces
el valor
referencial
10
12.2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD 60
Perfil 3-01 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad indicada en el perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados,
contratos u órdenes de servicios, sea con su
conformidad o con el comprobante de pago
respectivo debidamente cancelado, o con cualquier
otra documentación que, de manera fehaciente
demuestre la experiencia.
Experiencia en la Especialidad
(7.1.2.1)
Más de 14 años 12
Más de 12 años
hasta 14 años 08
Experiencia en la Especialidad
(7.1.2.2)
Más de 10 años 08
Más de 7 años
hasta 10 años 06
Perfil 3-02 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad indicada en el perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados,
contratos u órdenes de servicios, sea con su
conformidad o con el comprobante de pago
respectivo debidamente cancelado, o con cualquier
otra documentación que, de manera fehaciente
demuestre la experiencia.
Experiencia en la Especialidad
(7.2.2.1)
Más de 12 años 6
Más de 10 años
hasta 12 años 3
Experiencia en la Especialidad
(7.2.2.2)
Más de 7 años 2
Más de 5 años
hasta 7 años 1
Perfil 3-03 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad indicada en el perfil.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados,
contratos u órdenes de servicios, sea con su
conformidad o con el comprobante de pago
respectivo debidamente cancelado, o con cualquier
otra documentación que, de manera fehaciente
demuestre la experiencia.
Experiencia en la Especialidad
(7.3.2.1)
Más de 12 años 6
Más de 10 años
hasta 12 años 3
Experiencia en la Especialidad
(7.3.2.2)
Más de 7 años 2
. Mas de 5 años hasta .7 ams 1
Perfil 3-04 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad indicada en el perfil.
Experiencia en la Especialidad
(7.4.2.1)
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Osinergmbre ORGANISMO SUPERVISOR DE 1A INVERSIGN EN ENFRMA Y MINERÍA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS N°01-2016-DSGN-Osinergmin
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados,
Más de 12 años 6
Más de 10 años
hasta 12 años 3
Experiencia en la Especialidad (7.4.2.2)
contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier
Más de 7 años 2
Más de 5 años otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
hasta 7 años 1
Perfil 3-05 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.5.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago
respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de 5 años 3
Perfil 3-06 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.6.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación: Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago
respectivo debidamente cancelado, o con cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
Más de laño 1
Perfil 3-07 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.7.2.1) De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Ma's de 14 arios 10
Acreditación: Más de 12 años Con copias simples de constancias, certificados, contratos u órdenes de servicios, sea con su conformidad o con el comprobante de pago respectivo debidamente cancelado, o con cualquier
hasta 14 años 5
Más 10 años otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia.
hasta 12 años 2
Perfil 3-08 (1) Se evaluará en función al tiempo de experiencia en Experiencia en la Especialidad la especialidad indicada en el perfil. (7.8.2.1)
Página Nº 47
05111er 91111111.111 ORGANISMO MINEMEISOD DE SA INVESSION MERMA Y MINERIA
PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS TECNICAS - PERSONAS JURÍDICAS
N°01-2016-DSGN-Osinergmin
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente
(traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo
traslapado.
Acreditación:
Con copias simples de constancias, certificados,
contratos u órdenes de servicios, sea con su
conformidad o con el comprobante de pago
respectivo debidamente cancelado, o con cualquier
otra documentación que, de manera fehaciente
demuestre la experiencia.
Más de 3 años 2
13. Criterios de Evaluación Económica La evaluación económica recibe una ponderación de veinte por ciento (20%) para efectos
del resultado final. La evaluación económica se lleva a cabo asignando un puntaje de 100 a la propuesta de precio más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos precios. Fórmula aplicable para la evaluación
económica:
Pi= Om* PMOE
Oi
Donde: i= Propuesta Pi= Puntaje de la propuesta económica i Om= Propuesta económica de monto o precio más bajo. PMOE= Puntaje Máximo de la propuesta económica (100)
Oi= Propuesta económica i
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