Tesis Rondas Campesinas

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    LAS FACULTADES DE LAS RONDAS CAMPESINAS CUANDOADMINISTRAN JUSTICIA, CASO DE PORCÓN BAJO.

    CAPITULO IINTRODUCCIÓN

    La presente tesis tuvo como antecedente de investigación el trabajo monográfico

     para optar el título profesional de abogado de Luis Fernando Cacho Roncal “Las

    Rondas Campesinas, Urbanas la !urisdicción "special# $ Facultad de %erecho

    Ciencias &olíticas $ Universidad &rivada del 'orte( Cajamarca, )**+ "n dicho

    trabajo se hace mención a las Rondas Campesinas Urbanas de Cajamarca, su

    situación actual, las lees normativa para el ejercicio de sus funciones

    Como planteamiento de problema diremos -ue son Rondas Campesinas, las

    organi.aciones sociales integradas por pobladores rurales, así como, las integradas

     por miembros de las comunidades campesinas dentro del ámbito rural /0rtículo

    )1 del %ecreto 2upremo '1 *)34)**54!U26

    Las Rondas campesinas, como órganos de justicia de las comunidades

    campesinas, están amparados por la Constitución &olítica del &er7 4 C&&, en el

    0rtículo 89:;, -ue suscribe< Las autoridades de las Comunidades Campesinas

     'ativas 4 CC', con el apoo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las

    funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el

    derecho constitucional, siempre -ue no violen los derechos fundamentales de la

     persona La le establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción

    especial con los !u.gados de pa. con las demás instancias del &oder !udicial

    /=uti>rre., )**3, pág ?)36

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    "n &orcón @ajo $ Cajamarca, amparadas en la Le las normas legales -ue les

    confieren a las Rondas Campesinas, se constitueron para solucionar 

    controversias menores o conflictos primarios reali.ados dentro de una

    determinada comunidad, siempre -ue las fuer.as del orden p7blico< &olicía

     'acional del &er7 el &oder !udicial( tengan conocimiento de los hechos,

    determinen el procedimiento justo en beneficio de los autores, para llegar a la

    solución armoniosa del conflicto conseguir la pa. social

    Las rondas campesinas responden al modelo social planteado por 2idne arroD(

     puesto -ue, luego de la estructura de oportunidades surgida hace aEos, pueden

    mantenerse en el tiempo &uesto -ue se movili.an a trav>s de un repertorio de

    acciones colectivas tradicionales bajo supuestos culturales /C0G0' 20L02 H

    "'CI'02 J"K0LL2, )**:6

    "n este punto, es preciso recalcar -ue son los mismos pobladores del caserío

    -uienes constituen la ronda campesina, teniendo la posibilidad de elegir, entre

    ellos, a sus representantes “odos somos obedientes de la directiva, nunca hemos

    tenido problemas con la directiva la hemos nombrado con mucha alegría#8

    /C0G0' 20L02 H "'CI'02 J"K0LL2, )**:6

    Las Rondas campesinas ejercen facultades como es la forma autónoma

    democrática de organi.ación criminal, apoan el ejercicio de funciones

    1 "ntrevista a Ganuel Fernánde. 4 Rondero

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    !urisdiccionales de las comunidades de su ámbito territorial, colaboran en la

    solución de conflictos reali.an funciones de conciliación eMtrajudicial conforme

    a la Constitución la Le así como anali.ar la controversia -ue eMiste referente sí

    las Rondas Campesinas cometen delito de secuestro, usurpación de funciones,

    abuso de autoridad violación de derechos fundamentales en la administración de

     justicia de acuerdo al derecho consuetudinario a -ue en la actualidad se ve -ue

    las rondas campesinas haciendo uso de sus atribuciones costumbristas infringen

    lees constitucionales los cuales no son de su competencia( como es capturar 

    gente tanto dentro como fuera de su jurisdicción hacer justicia por su propia

    mano causarles daEos tanto físicos como psicológicos por ende hasta la

    muerte

    "s por ello -ue al notar estas malas actitudes por parte de los ronderos hacia las

     personas es -ue sería necesario darles algunas orientaciones o charlas relacionadas

    a su incompetencia de funciones e indicándoles las sanciones -ue recaerán en sus

     personas por el mal uso de sus funciones a las cuales han sido encomendados

    "n este sentido la presente tesis de investigación formuló la siguiente interrogante<

    ¿Cuáles son las facultades legales que ejercitan en la administración de justicia

    el comité de Rondas Campesinas Comunales de Porcón Bajo?

    2u justificación se encuentra en -ue es necesario establecer -ue la presente tesis

    encuentra los siguientes motivos, el cual servirá para determinar las facultades

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    legales -ue se ejercitan en la administración de justicia del comit> de Ronda

    Campesina Comunal en &orcón @ajo de Cajamarca

    %e esta manera, deberá de proponerse a las autoridades jurisdicciones estatales

    algunas acciones de coordinación, además de plantear medidas de coordinación

    entre las autoridades del &oder !udicial hacia las Rondas Campesinas, para el buen

    ejercicio de la administración de justicia

    2e ha visto -ue la Ronda Campesina de &orcón @ajo muchas veces *utili.a

    violencia física o diversas maneras de tratar a las personas -ue cometen un delito,

    vulnerando los derechos de estas personas 2e debe de poner en conocimiento a la

    sociedad Cajamar-uina principales autoridades relacionadas con la

    administración de !usticia, la crisis la actual situación de la función

     jurisdiccional de la Ronda Campesina de &orcón @ajo

    La presente tesis en el futuro será de mucha utilidad a instituciones como la

    %efensoría del &ueblo $ %&, Ginisterio de !usticia $ G!, &olicía 'acional del

    &er7 $ &'&, Ginisterio &7blico $ G&, &oder !udicial $ &!, rgani.aciones 'o

    =ubernamentales $ '=s, Facultades de %erecho de la ciudad de Cajamarca a finde -ue se brinden una mejor capacitación eMista un inter>s por parte del &oder 

    !udicial hacia la Ronda Campesina de &orcón @ajo de la ciudad de Cajamarca "n

    este sentido, la investigación trata de aportar, una coordinación un inter>s por 

     parte del &oder !udicial hacia la Ronda Campesina de &orcón @ajo en la

    administración de justicia

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    "l objetivo general de la tesis de investigación es determinar las facultades legales

    -ue ejercitan en la administración de justicia el comit> de Ronda Campesina

    Comunal de &orcón @ajo como objetivos específicos identificar las

    competencias procesales -ue ejerce la rondas campesina de &orcón @ajo( anali.ar 

    las conductas -ue vulneran derechos fundamentales en el desarrollo de las

    actividades de administración de justicia del comit> de Ronda Campesina de

    &orcón @ajo establecer los efectos -ue trae consigo la descoordinación por parte

    de las autoridades competentes hacia la Ronda Campesina de &orcón bajo

    2eguidamente la hipótesis del problema de investigación planteado es -ue las

    facultades legales -ue ejercitan en la administración de justicia el comit> de

    Ronda Campesina de &orcón @ajo son las funciones jurisdiccionales dentro de su

    ámbito territorial de conformidad con el %erecho Consuetudinario, siempre -ue

    no violen los derechos fundamentales de las personas

    "sta tesis tuvo como delimitación< temática, anali.ar las facultades legales -ue

    ejercitan el comit> de Ronda Campesina Comunal de &orcón @ajo en la

    administración de justicia Temporal, la presente investigación, abarcó su estudioen el espacio temporal del aEo )*89  Espacial o Geográfica, la presente

    investigación se ubica en el centro poblado de &orcón @ajo 4 Cajamarca Teórica

    o de Perspectiva, la presente investigación utili.o una perspectiva del derecho

    constitucional, consuetudinario el derecho penal Las limitaciones -ue se han

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     presentado son< la falta de disponibilidad de tiempo por parte de los dirigentes de

    la Ronda Campesina Comunal de &orcón @ajo

    La presente investigación se encuentra estructurada en capítulos< "l C0&NUL I

    abarca la realidad problemática, formulación justificación del problema(

    seguidamente está el procedimiento general de investigación, -ue comprende los

    objetivos generales específicos, hipótesis, la delimitación limitaciones

    finalmente esta la guía de lectura de los K capítulos -ue se van a desarrollar

    "n el C0&IUL II está dividido en cinco partes< la teoría de las rondas

    campesinas( las rondas campesinas sus funciones( la ronda la justicia( tipos de

    rondas campesinas finalmente el pluralismo jurídico justicia comunal

    "l C0&IUL III trata sobre la contratación de la hipótesis, en donde se

    demostró las facultades legales -ue ejercita el comit> de Ronda Campesina de

    &orcón @ajo en la administración de justicia

    "n el C0&NUL IK, se detalla los resultados la discusión, afirmando

    decisivamente -ue las facultades legales -ue ejercitan en la administración de justicia el comit> de Ronda Campesina de &orcón @ajo son las funciones

     jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el %erecho

    Consuetudinario, siempre -ue no violen los derechos fundamentales de las

     personas

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    &or 7ltimo en el C0&NUL K, se presenta las conclusiones recomendaciones,

    -ue son el resultado del análisis reali.ado en la presente tesis de investigación

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    CAPITULO II

    MARCO TEÓRICO

    1. TEORÍA DE LAS RONDAS CAMPESINAS.

    La 2ociología !urídica la denominada 0ntropología !urídica son dos ciencias

    sociales -ue se han empaEado en mostrar al %erecho como un producto social

    cultural, -ue no se limita al simple sistema de normas impuestas respaldadas por 

    la coerción estatal, como propugnaba el positivismo Pelseniano /0liaga %ía.,

    )**+, pág )6

    Como parte de tal intento, diversas corrientes sociológicas antropológicas nos

    han demostrado, asimismo, -ue no eMiste un solo tipo o modelo de derecho, pues

    >ste, como pensaba -uería 20KI='Q, surge vive en la conciencia de cada

     pueblo 2in -ue ning7n modelo, mientras atienda correctamente las necesidades

    de cada sociedad, pueda ser calificado como mejor o peor /0liaga %ía., )**+,

     pág )6

    2iguiendo esta idea, desde los trabajos pioneros de =URKIC, ho podemos

    entender -ue incluso dentro de un mismo "stado, junto al sistema jurídico estatal,

    es posible encontrar distintos sub sistemas jurídicos &or lo -ue nadie se

    escandali.a cuando se habla de &LUR0LI2G !URN%IC, pues la vieja idea de

    un "stado con una sola manera de resolver conflictos, es una idea devaluada

    /0liaga %ía., )**+, pág 56

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    0l respecto, debemos tener en cuenta -ue el &LUR0LI2G !URN%IC es

    a-uella situación en la -ue dos o más sistemas jurídicos coeMisten en el mismo

    espacio social &roblema derivado, a su ve., de un pluralismo cultural, a -ue,

    como lo reconoce %" R0J"='I"2, de alguna manera cada cultura tiende a

    eMpresarse a trav>s de su propio sistema jurídico /0liaga %ía., )**+, pág 56

    Los castigos han eMistido desde la >poca Incaica, era una manera de aplicar la le

    del Inca, ante los ladrones del imperio incaico “Gandamos -ue no haa ladrones

    en este reino, ni -ue haa salteadores 2uua poma ranra Q -ue por la primera

    fuesen castigados con -uinientos a.otes# /U0G', )**?, pág 96

    Cabe mencionar, asimismo, -ue en los 7ltimos aEos, sigue presente los castigos

    físicos -ue caracteri.an su accionar 2in -ue ello signifi-ue, un abandono de una

     buena administración de fuer.a $ coacción

    "ste sistema de resolución de conflictos, puede entenderse, siguiendo a B"@"R,

    como un 2I2"G0 IRR0CI'0L 2U20'IK, por la predominancia de

    factores principios >ticos, políticos o de conveniencia comunal en la evaluación solución de los casos concretos 0un cuando, poco a poco, por la

    sistemati.ación de sus eMperiencias, van formando reglas generales, -ue

    garanti.an cierta predictibilidad de sus decisiones, lo cual lo acercaría a un

    2I2"G0 R0CI'0L 2U20'IK /0liaga %ía., )**+, pág 56

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    Los ronderos del &er7, organi.ados en la Central Snica 'acional de Rondas

    Campesinas del &er7 4 CU'0RC, mencionan -ue son fieles a los principios de

    autonomía, democracia participativa autoprotección frente a cual-uier agresión,

    así como la práctica de valores como son< honrade., trabajo, unión, respeto,

    solidaridad, reciprocidad, entre otros 0demás, debido al trabajo permanente

    colectivo de las bases ronderas sus dirigentes, en la actualidad las Rondas

    Campesinas Urbanas son el sector más dinámico del movimiento campesino e

    indígena del &er7 'o son ajenos a la eMigencia compromiso de contribuir al

     proceso de transformación social /Idrogo @enavides, )**:, pág 896

    2. LA RONDA CAMPESINA Y SUS FUNCIONES

    2.1. Definición e R!n" C"#$e%in".

    La Ronda Campesina, son organi.aciones sociales integradas por 

     pobladores rurales, así como las integradas por miembros de las

    comunidades campesinas, dentro del ámbito rural /0rtículo )1 del

    %ecreto 2upremo '1 *)34)**54!U26

    La C&& en su artículo 89:1 menciona -ue las autoridades de las CC', con

    el apoo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones

     jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el

    derecho consuetudinario, siempre -ue no violen los derechos

    fundamentales de la &ersona La le establece las formas de coordinación

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    de dicha jurisdicción especial con los !u.gados de &a. con las demás

    instancias del &oder !udicialT /=uti>rre., )**3, pág ?)36

    Las Rondas Campesinas, a las -ue tambi>n se refiere la norma, tienen un

    origen bastante reciente /8,:OO aproMimadamente6 nacen para la

    autoprotección comunal, sus tareas -ue se han ido ampliando con el

    transcurso del tiempo, están referidas a diversos aspectos del desarrollo

    local, entre ellos administrar justicia, resolviendo casos sobre abigeato

     pero tambi>n otro tipos de problemas entre los pobladores /familia,

    tierras, incumplimiento de contratos, etc6, go.ando de una maor 

    autoridad respeto -ue las autoridades estatales "l derecho -ue aplican

    se basa en las normas locales, la tradición, etc /=uti>rre., )**3, pág ?)36

    "n noviembre de 8:+O, el gobierno promulgó la Le de Rondas

    Campesinas 4 Le '; )93O8, norma cua constitucionalidad de sus

    disposiciones fue cuestionada en su momento por considerarse contraria

    a la libertad de asociación por facultar a los ronderos a efectuar 

    detenciones /=uti>rre., )**3, págs ?)34?)O6

    Las Rondas Campesinas actualmente se rigen por la Le '; )O:*+, Le

    =eneral de Rondas Campesinas, en la -ue se seEalan importantes avances

    con respecto al tema, tales como el reconocimiento de su personalidad

     jurídica su inscripción en los Registros &7blicos el derecho a la no

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    discriminación en el ejercicio de sus derechos colectivos /0liaga %ía.,

    )**+, pág ?6

    La Ronda Campesina tambi>n es la organi.ación superior en el

    campesinado del %istrito de Cajamarca Comunidad de &orcón bajo,

    formada con el fin de facilitar la obtención de una serie de objetivos o

    metas /%anit.a, Carmen, H tros, 8::*6

    Las familias campesinas entienden -ue la organi.ación de Rondas

    Campesinas es la eMpresión viva esperan.a de los &ueblos Rurales del

    &er7 &rofundo /%anit.a, Carmen, H tros, 8::*6

    Las Rondas campesinas entienden -ue< “Implica tratar a todos por igual,

    dando a cada -uien lo -ue le corresponde en todas las aspiraciones como

    ser personal /%anit.a, Carmen, H tros, 8::*6

    2.2. A#ini%&'"ción e ()%&ici" c"#$e%in".

    Consiste en atender denuncias sobre robos, violencia familiar, asistenciafamiliar, incumplimientos de contrato, adulterio, deudas, entre otros

    La administración de justicia se basa en la aplicación del derecho

    consuetudinario la cual seEala -ue< “Las autoridades de la comunidades

    campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 8)

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    ámbito territorial aplicando el derecho consuetudinario, siempre -ue no

    violen los derechos fundamentales de las personas /=uti>rre., )**3, pág

    ?)O6

    2.*. J)'i%icción R!ne'".

    2.*.1. Definición+ "s el &oder $ %eber -ue tiene el "stado a trav>s de una

    autoridad, dotada de ciertas atribuciones para administrar justicia de

    manera independiente e imparcial /guila, )**O6 T"s la función

     p7blica de administrar justicia, emanada de la soberanía del "stado

    ejercida por un órgano especial# /"chandía, pág O56 "l "stado

    otorga esta potestad en el 0rt 85+1 de la Constitución /2ánche.

    Kelarde, Ganual de %erecho procesal penal, )**96

    2.*.2. C"'"c&e'%&ic"% e -" ()'i%icción+  La jurisdicción presenta

    características mu particulares -ue brevemente anali.amos /Catena,

     pág 956

    -  Autónoma, desarrolla las garantías -ue las regula con el carácter de autónomas( si estas garantías son sustantivas por acomodarse a

    la realidad constitucional de a-uí ahora

    -  Exclusiva, de los órganos a los cuales el "stado otorga tal

     potestad< !ueces Kocales "s decir eMclue la atribución de

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 85

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    competencias judiciales al &oder "jecutivo o a las comisiones

     parlamentarias

    -  Independiente, en la actuación de los magistrados, independencia

    -ue debe manifestarse frente a la sociedad a los otros poderes

    del "stado

    - Única, sólo eMiste una jurisdicción delegada por el "stado

    2.*.*. P!e'e% )e e#"n"n e -" ()'i%icción.

    -  Poder de decisión, tiene fuer.a obligatoria sobre controversia, es

    la resolución sobre la situación jurídica de un procesado, delito o

    la responsabilidad del acusado

    -  Poder de Coerción, al órgano jurisdiccional se le faculta hacer 

    uso de medidas coercitivas

    -  Poder de documentación o investigación, el órgano jurisdiccional

     practica o autori.a la eMhibición de documentos a las personas

    naturales o jurídicas o cuando reali.a investigaciones emanadas

    de su despacho

    -  Poder de ejecución, cuando el órgano jurisdiccional impone elcumplimiento de un mandato claro eMpreso

    -  Poder disciplinario,  se manifiesta con la facultad -ue tiene el

    !ue., como director del proceso /2ánche. Kelarde, Ganual de

    %erecho procesal penal, )**96

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    2.*./. L#i&e% e -" ()'i%icción Pen"-.

    - !jetivos, en el enjuiciamiento de las conductas calificadas como

    hecho punibles o faltas por la le penal sustantiva- Territoriales,   todo hecho punible reali.ado dentro de nuestro

    territorio debe ser objeto de ju.gamiento en el &aís- "u!jetivos,  tanto nacionales como eMtranjeros se encuentran

    sometidos a la jurisdicción penal

    2./. F)nci!ne% e -" '!n" c"#$e%in".

    Las 9 primeras funciones de la Ronda Campesina<

    a6 Contribuir a la defensa de la integridad física, moral cultural de los

    miembros de la Comunidad Campesina, de la Comunidad 'ativa, del

    Caserío u otro Centro &oblado, para mantener la pa. seguridad de la

     población, así como contribuir con el progreso de su pueblo /%ecreto

    2upremo '1 *)34)**54!U2, 0rtículo 8)16

     b6 Contribuir a garanti.ar el ejercicio de los derechos el cumplimiento

    de los deberes de los miembros de la Comunidad Campesina, de laComunidad 'ativa, del Caserío u otro centro poblado al -ue

     pertenecen, de conformidad con la Constitución las lees /%ecreto

    2upremo '1 *)34)**54!U2, 0rtículo 8)16

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    c6 Coordinar con las autoridades comunales en el ejercicio de las

    funciones -ue ejercen en uso de sus costumbres, respetando los

    derechos consagrados en la %eclaración Universal de los %erechos

    umanos, el Convenio I 8?:1, la Constitución las lees /%ecreto

    2upremo '1 *)34)**54!U2, 0rtículo 8)16

    d6 Intervenir en la solución pacífica de los conflictos -ue se susciten entre

    los miembros de la comunidad otros eMternos, siempre cuando la

    controversia se origine en hechos ocurridos dentro de su ámbito

    comunal /%ecreto 2upremo '1 *)34)**54!U2, 0rtículo 8)16

    *. LA RONDA Y LA JUSTICIA

    *.1. R!n"n! -" J)%&ici".

    La protección de los derechos fundamentales de la población rural es un

    servicio -ue el "stado no ha conseguido atender adecuadamente "n las

    comunidades andinas, la urgencia colectiva por alcan.ar justicia encuentra

    respuestas en sistemas organi.ados por la propia comunidad / &rograma

    &R!UR, )**O, pág 836“La comunidad aplica sus propios mecanismos de solución, sobre la base de

    valores normas, pero tambi>n a partir de las costumbres del colectivo La

     justicia comunales por tanto, un legado ancestral 0limentándose de esta

    tradición surgen las Rondas Campesinas las Rondas Urbanas como

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 8?

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    eMpresión organi.ada con rasgos propios de la justicia comunal# / &rograma

    &R!UR, )**O, pág 836

    Las primeras de estas Rondas Campesinas se formaron en las provincias

    cajamar-uinas de Chota @ambamarca en la d>cada de 8:O* "n esencia, la

    ronda es una organi.ación -ue cumple con el cuidado de bienes comunales

    el control del abigeato, ante la ausencia del "stado la autoridad relativa de

    -uienes lo representan / &rograma &R!UR, )**O, pág 5)6

    La C&& aprobada en 8::5 hi.o eMplicito el reconocimiento a la facultad de la

    ronda de administrar justicia en su jurisdicción / &rograma &R!UR, )**O,

     pág 5)6

    *.2. R!n"% 0 J)%&ici" A-&e'n"&i".

    La ronda)  no aplica lees seg7n el procedimiento del sistema de justicia

    clásico, sino -ue recurre a un debate en -ue las normas son solo el principio

    "n el comit> de ronda, la discusión no se limita al análisis de los hechos, por 

    el contrario va a las causas del problema / &rograma &R!UR, )**O, pág

    596

    La C&& reconoce un conjunto de derechos fundamentales para todos los

    ciudadanos 2in embargo cerca de un tercio de la población, sobre todocampesina, enfrenta una serie de barreras para acceder a la justicia Frente a

    esta carencia, las rondas funcionan como instrumento para el ejercicio de

    derechos como aliadas del estado sobre todo del sistema de justicia

    / &rograma &R!UR, )**O, pág 596

    2 Cuando se habla de “Ronda”, se refiere a las Rondas Campesinas y a las Rondas Urbanas,

    para el estudio de la presente tesis.

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 8O

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    %esde 8:+?, con la Le '; )93O8, el "stado reconoce en forma eMpresa la

    eMistencia de estas organi.aciones, pertene.can o no a una comunidad

    campesina urbana, como grupos autónomos de defensa, sin fines políticos,

    -ue están al servicio de la población / &rograma &R!UR, )**O, págs 594

    536

    Con la promulgación de la Le '; )O:*+ en enero del )**5, se logró una

    mejora sustancial en la normativa -ue regula la labor de las rondas,

    especialmente por-ue se mejoró el reconocimiento de sus derechos

    facultades, de su personalidad jurídica otros derechos a las organi.aciones

    ronderas / &rograma &R!UR, )**O, págs 594536

    *.*. C!#! T'""(" -" R!n".

    0l capturar un delincuente, este es entregado a la directiva de la ronda, junto

    a un acta de la ocurrencia los bienes involucrados en el caso %ependiendo

    de la falta o conflicto, la dirigencia cita a las partes en forma inmediata para

     buscar soluciones, las cuales no eMimen de sanciones reparación social a

    trav>s del servicio comunal o ejercicios físicos "n caso de problemas

    maores o resistencia de las partes, la dirigencia convoca al conjunto de

    miembros de la comunidad o a la asamblea comunal para solucionar el

     problema 2i llegaran a producirse muertes o daEos físicos, los autores del

    delito son remitidos al &uesto &olicial o a la Fiscalía con un acta elaborada

     por la ronda "l mencionado proceso se reali.a siempre respetando las

    tradiciones costumbres con los -ue cada poblado caserío convive

    / &rograma &R!UR, )**O, pág 536

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 8+

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    *./. P'!ce%! $"'" -" S!-)ción e C!nf-ic&!% en -"% R!n"% C"#$e%in"%.

    a6 2e presenta la -ueja< 0nte la ronda a trav>s del comit> b6 Comit> inicia investigación< "Mamina la evidencia, interroga a los testigos,

    detiene e interroga a los sospechosos, reali.a b7s-uedas por casas, etcc6 2e efect7a la 0samblea< "n caso de -ue no se llegue a una solución "n

    esta se presentan los hechos investigadosd6 "l veredicto lo da la comunidad< %ictamina si el sospechoso es culpable o

    inocente seEala -ue castigo debe impon>rselee6 Caso -ueda en actas< 2e registra en el libro de actas de la Ronda

    Campesina / &rograma &R!UR, )**O, pág 536

    /. TIPOS DE RONDAS CAMPESINAS.

    /.1. R!n"% C"#$e%in"% n! c!#)n"-e%.

    "stas Rondas no forman parte de una estructura de comunidad campesina

    Los campesinos de diversos caseríos tratan de agruparse en rondas, -ue luego

     pasan a convertirse en una organi.ación social campesina La ronda es una

    agrupación de personas -ue administra justicia en un determinado territorio"stas dos organi.aciones antes mencionadas van a dedicarse a reali.ar las

    labores de vigilancia seguridad a su comunidad /%ecreto 2upremo '1 *)34

    )**54!U2, 0rtículo 8)16

    /.2. R!n"% C"#$e%in"% C!#)n"-e%.

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 8:

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    2on a-uellas rondas -ue son fundadas por una comunidad campesina

    forman parte de una estructura organi.ativa /2erpa 0rana H Kelarde @a.án,

    )**?, pág 956

    2us actos funciones son fiscali.ados por la !unta %irectiva la 0samblea

    Comunal, o instancias supra comunales /2erpa 0rana H Kelarde @a.án,

    )**?, pág 956

    3. PLURALISMO JURÍDICO Y JUSTICIA COMUNAL

    2all "ngle Gerr, presenta una sistemati.ación de lo -ue diversos especialistas

    entienden por pluralismo jurídico, entendi>ndose -ue dentro de la demarcación

    territorial estatal pueden convivir varios sistemas jurídicos, o inclusive, sin

    necesidad de una demarcación territorial, a nivel de propias organi.aciones

    sociales pueden coeMistir esos sistemas jurídicos "sta definición nos acerca a una

    clasificación, -ue es propuesta por la misma autora /&eEa !umpa, 8:+:, pág )6

    "Misten dos tipos de pluralismo jurídico< el clásico el denominado nuevo

     pluralismo jurídico

     El Pluralismo #ur$dico Clásico está en referencia a la coeMistencia de uno o más

    %erechos T'ativosT al lado del %erecho "uropeo o TGodernoT dentro de un

    mismo espacio social al es el caso de la convivencia del %erecho ind7 al lado

    del %erecho 0nglosajón en la India, o del %erecho Gusulmán al lado del %erecho

    ccidental en los países árabes &ara el caso peruano, este fenómeno puede

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )*

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    apreciarse a nivel de los -uechuas, amaras, shipibos, aguarunas, ashánincas,

    campas, de las propias rondas campesinas, al lado del %erecho ccidental o

    Goderno -ue impera desde la ciudad capital

     El %uevo Pluralismo #ur$dico está referido a la coeMistencia de varias formas de

    %erecho o 2istemas !urídicos al lado del %erecho "uropeo o Goderno, dentro del

    espacio social propiamente de >ste al es el caso de la presencia de los Consejos

    de rgani.aciones Industriales, 2indicatos o Cooperativas 0grícolas, Colegios

    &rofesionales, etc dentro de sociedades modernas como la norteamericana

    %ichas organi.aciones act7an como =obiernos &rivados u rdenes 2emi4

    0utónomos en la producción administración de su %erecho, a pesar de

    encontrarse dentro del propio espacio de regulación del %erecho "uropeo o

    Goderno &ara el caso de nuestro país, además de las organi.aciones seEaladas,

     podemos incluir el caso de los &ueblos !óvenes o 0sentamientos umanos, en los

    -ue tambi>n es posible apreciar las características de un orden 2emi $ 0utónomo

    -ue lo regula

    "l artículo 89:; de la nuestra Constitución, el tipo de &luralismo !urídico -ue nos

    corresponde tratar es el denominado &luralismo !urídico Clásico "n tal sentido, elderecho -ue identifica a los diferentes grupos >tnicos sociales de nuestro país

    vendría a ser el derecho nativo o comunal

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )8

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    "n el &er7, es posible encontrar, como se ha seEalado, una diversidad de grupos

    sociales o >tnicos -ue identifican una multiculturalidad nacional un &luralismo

    !urídico

    La presencia en nuestra serranía de dos grupos >tnicos importantes como los

    uechuas 0maras, organi.ados a trav>s de Comunidades Campesinas o

     parcialidades, son un ejemplo permanente de esa diversidad 2eg7n el 7ltimo

    registro de Comunidades Campesinas, al aEo de 8::) se encontraban reconocidas

    9,O:? Comunidades Campesinas, -ue representaban un total de cinco millones de

    habitantes aproMimadamente, en la -ue no se incluían a las parcialidades a las

    comunidades no reconocidas 0 ellos, en la misma serranía, se ha sumado la

     presencia de las Rondas Campesinas, -ue si bien no pueden ser identificados

    como un grupo >tnico, constitue una organi.ación social con elementos de

    autonomía -ue nos llevan a sostener su similitud en t>rminos de un ordenamiento

     jurídico diferente /&eEa !umpa, 8:+:, pág )6

    &ara el caso de las Comunidades Campesinas, la presencia de una organi.ación

    familiar una organi.ación comunal define a sus órganos de resolución 2eg7n la

    eMperiencia de los 0maras del %epartamento de &uno, es posible apreciar a los padres o padrinos, a los ancianos o a las propias partes dentro de un proceso de

    conciliación para agotar a-uellos conflictos -ue identifican como familiar -ue

    familiarmente tambi>n debe ser superado Un conflicto de pareja, por ejemplo, es

    típicamente de competencia del padrino, si es -ue la pareja es casada, o de los

     padres testigos, si es -ue la pareja es conviviente

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina ))

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    &or otro lado las Rondas campesinas tienen sus órganos de resolución legitimados

    a partir de su organi.ación rondera, en el caso de Cajamarca por ejemplo, es

     posible identificar notoriamente a una !unta %irectiva Rondera a una 0samblea

    de Ronderos, como instancias de Resolución de Conflictos de sus caseríos,

    estancias o sectores La base de tal organi.ación se puede encontrar en el =rupo

    de Ronda, -ue constitue la c>lula -ue puede integrar a cinco u ocho miembros

    /&eEa !umpa, 8:+:, pág 56

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )5

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    CAPÍTULO III

    DISE4O DE CONTRASTACIÓN DE 5IPÓTESIS

    *.1. DEFINICIÓN OPERACIONAL DE 6ARIABLES E INDICADORES.

    Variable  Defnición

    operacional  Indicadores

      Técnica/instrumento

    Facultades legalesde administraciónde justicia. (VD)

    Es la potestad jurídica de aplicar justicia para lasolución de unconficto.

    •Personalidad jurídica.

    •Existencia de ondas al interior de la comunidadcampesina.

    •Derec!os " de#eres de los miem#ros de las rondascampesinas.

    •Derec!o de no discriminación.

    •$nscripción de las rondas.

    •Derec!o de participación% control " &scali'ación.

    •ctiidades en #ene&cio de la pa' comunal.

    •*oordinación con autoridades " organi'acionessociales.

    •*oordinación " apo"o con autoridades jurisdiccionales.

    n+lisisdocumental,-e" derondas campesinas2/0

    Funciones jurisdiccionales dentro desu ámbito territorial deconformidad con elDerechoConsuetudinario. !"#

    $s el poder deadministrar justicia deacuerdo al uso ycostumbre de cadapoblaci%n.

    Nivel de conocimiento:•*onstitución Política del Per.

    •*ódigo Penal.

    •3orma 4urídica Penal.

    Encuesta,5ateríade preguntas

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )9

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    •onderos cometen a#uso de autoridad.

    •6i el a#uso de autoridad es un delito.

    •-as rondas campesinas sancionan el delito dea#igeato.

    •La pena para los -ue cometen abuso de autoridadNivel de percepción:

    La disminución de los maltratos físicos en su comunidad•-as rondas campesinas tienen conocimiento de lasle"es.

    •-as autoridades de tu comunidad cumplen con susnormas% para controlar el a#u'o de autoridad

    •Pre7erencia por conocer las lees para defenderte antecual-uier delito

    •-as le"es son justas.

    •-as autoridades cumplen con las le"es.

    •Pre7erencias por conocer las lees para defenderte antecual-uier delito

    •Los ronderos tienen autonomía dentro de su jurisdicción•Los ronderos campesinos violan los derechos

    fundamentales de las personas al momento deadministrar justicia

    Las rondas campesinas solucionan problemas de sucomunidad de forma pacífica conciliadora•Las rondas campesinas hacen uso de la violencia para

    solucionar problemas de su comunidad•Los ronderos vulneran derechos fundamentales de la

     persona al momento -ue administran justicia

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )3

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    1. UNIDAD DE AN7LISIS, UNI6ERSO Y MUESTRA.

    1.1. Uni" e "n8-i%i%+

    La unidad de análisis es el &oblador  del Centro &oblado de &orcón @ajo

     pertenecientes al %istrito, &rovincia %epartamento de Cajamarca

    1.2. Unie'%!+

    8** pobladores  del Centro &oblado de &orcón @ajo perteneciente al

    %istrito, &rovincia %epartamento de Cajamarca en el periodo )*89

    1.*. M)e%&'"+

    "l tipo de muestra fue pro!a!il$stico aleatorio cuantitativa, en este caso

    se trabajó con veinte /)*6 pobladores entre las edades de 8+ a 53 aEos, de

    ambos seMos para aplicar nuestra encuesta verificar nuestra hipótesis

    2. TIPOLO9ÍA DE LA IN6ESTI9ACIÓN.

    La ipología de la presente investigación es eminentemente "ocio & #ur$dico,

     por-ue la presente tesis va a describir la realidad de la Ronda Campesina del

    Centro &oblado de &orcón @ajo

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )?

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    *. ENFO:UE DE LA IN6ESTI9ACIÓN.

    "l enfo-ue utili.ado es el m>todo miMto<

    ' Cualitativo,  determinó las facultades legales -ue ejercitan en la

    administración de justicia el comit> de Ronda Campesina de &orcón @ajo

    ' Cuantitativo, por-ue se utili.aron encuestas dirigidos a los pobladores del

    Centro &oblado de &orcón @ajo

    /. ALCANCE DE LA IN6ESTI9ACIÓN.

    2u alcance de tipo explicativo, determinara -ue las facultades legales -ue

    ejercitan en la administración de justicia el comit> de Ronda Campesina de

    &orcón @ajo son las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial

    de conformidad con el %erecho Consuetudinario, siempre -ue no violen los

    derechos fundamentales de las personas

    3. TIPO Y DESCRIPCIÓN DE LA CONTRASTACIÓN DE 5IPÓTESIS.

    3.1. Ti$! 0 e%c'i$ción e -" ;i$ó&e%i%+

    &ara contrastar la hipótesis de la presente tesis, se revisó trabajos de

    estudios anteriores /los cuales están mencionados en los antecedentes de

    investigación6, relacionados a las Rondas Campesinas

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )O

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    Luego visit> eventualmente a la Ronda Campesina de &orcón @ajo $ 

    Cajamarca, para observar su forma de administrar justicia

    Q finalmente realice algunas encuestas a /)*6 pobladores  del Centro

    &oblado de &orcón

    s del instrumento, el cual consistió en bitácoras,

     jurisprudencia, doctrina, legislación archivos Debs( se utili.ó tambi>n la

    t(cnica de recopilación despu>s de haber obtenido la información necesaria a

    trav>s del instrumento, el cual consistió en encuestas  dirigidas a los /)*6

     pobladores del Centro &oblado de &orcón @ajo $ Cajamarca, midi>ndose de

    esta manera el conocimiento de las normas -ue deben de tener las RondasCampesinas, respecto a su función jurisdiccional -ue ejercen( esta recolección

    de información fueron codificadas mediante un registro sistemático de datos,

    midi>ndose así las facultades legales -ue ejercitan en la administración de

     justicia el comit> de Ronda Campesina de &orcón @ajo

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina )+

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    CAPÍTULO I6

    DISCUSIÓN Y RESULTADOS

    1. AN7LISIS JURÍDICO NORMATI6O DE LAS FACULTADES

    LE9ALES :UE EJERCITAN EL COMIT= DE RONDA CAMPESINA

    COMUNAL DE PORCÓN BAJO > CAJAMARCA.

    1.1. L" C!n%&i&)ción P!-&ic" e- Pe'? e 1@@*.

    )Art$culo *+-. /as autoridades de los pue!los ind$genas, comunidades

    campesinas, nativas, 0 rondas campesinas, pueden ejercer las funciones

     jurisdiccionales dentro de su ám!ito territorial de conformidad con el 

    derec1o consuetudinario, siempre 2ue no violen los derec1os

     fundamentales de la persona3 /a le0 esta!lece las formas de coordinación

    de dic1a jurisdicción especial con los ju4gados de pa4 0 las demás

    instancias del Poder #udicial35

    "s importante tener en cuenta -ue el reconocimiento de esta jurisdicción

    implica reconocer la eMistencia de un "stado multicultural diverso, con

    manifestaciones culturales diversas -ue deben ser tenidas en cuenta

    dentro del marco judicial como elementos complementarios a la

    administración de justicia, dejando atrás ese mito generali.ado del -ue

    habla 0ntonio &eEa !umpa, de pensar -ue el "stado es el ente

    suficientemente neutral -ue puede asimilar todas las demandas -ue

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina ):

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    identifica a una sociedad determinada -ue la forma centrali.ada de la

    estructura del "stado, desde donde emanan las normas, se declare el

    derecho se aplican normas dictadas derechos aplicados, constitue la

    7nica alternativa de organi.ación de nuestra sociedad /I&R"CG, págs

    5496 Convirti>ndose el "stado en 7nico ente -ue produce %erecho -ue

    administra tal %erecho a trav>s de sus &oderes Legislativo, "jecutivo

    !udicial, sin admitir -ue a-uello -ue hacen los -uechuas, amaras,

    shipibos, aguarunas o ashánincas, o los ronderos campesinos, a trav>s de

    sus organi.aciones comunales o familiares, es lo mismo( es decir, -ue

    >stos tambi>n producen administran %erecho

    o en día la justicia comunal está formando parte de la justicia

    ordinaria, muestra de ello son los diversos sustentos nacionales e

    internacionales -ue buscan dar reconocimiento a la diversidad de grupos

    >tnicos sociales aceptando la eMistencia de un pluralismo jurídico

    "n el marco de los diversos procesos de reforma de la administración de

     justicia desarrollados en nuestro país, adicionalmente a lo trabajado por la

    C"RI0!U2, uno de los puntos materia de revisión propuesta, ha sido elcapítulo referido al &oder !udicial de la Constitución &olítica de 8::5

    %iferentes han sido las propuestas planteadas en torno al &oder !udicial

    "n todas ellas eMiste una referencia a la justicia comunal, en reempla.o

    del actual articulado

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 5*

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    "l teMto presentado por la Comisión de Estudio de 6ases de la 7eforma

    Constitucional del Per8 /Comisión de "studio @ases de la Reforma

    Constitucional del &er7, )**86, nombrada por el past &residente Kalentín

    &aniagua "ste estudio reconoce funciones jurisdiccionales a las

    autoridades comunales a las rondas campesinas Cabe destacar -ue en la

    elaboración de esta propuesta, participaron preclaros representantes del

     pensamiento constitucional nacional

    )I9 "ervicio de #usticia :unciones jurisdiccionales de las autoridades

    comunales3 Comunidades Campesinas, nativas 0 en su caso rondas

    campesinas3 "e considera oportuno consignar un ám!ito de acción de la

    impartición de justicia a nivel de las comunidades campesinas 0 nativas,

     0 en su caso, las rondas campesinas, 2ue en principio reiteren los

    criterios expresados en el art$culo *+; de la carta de *n tenemos la propuesta de reforma constitucional elaborada por la

    0sociación de !ueces por la !usticia la %emocracia /!U2%"G6

    /Comisión de "studio @ases de la Reforma Constitucional del &er7,

    )**86, en la cual eMiste una referencia a la justicia ronderil %icha propuesta es interesante anali.ar, por-ue eMpresa la percepción de un

    grupo de magistrados en actividad, con cierta concepción democrática

    sobre la judicatura "n ella, se reconoce la justicia indígena la

    administración de justicia de las rondas campesinas

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 58

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    LAS FACULTADES DE LAS RONDAS CAMPESINAS CUANDOADMINISTRAN JUSTICIA, CASO DE PORCÓN BAJO.

    )Art$culo ==>3' 7econocimiento de la justicia ind$gena. /as autoridades

    de los pue!los ind$genas, 0 de las comunidades campesinas 0 nativas,

     podrán aplicar su derec1o consuetudinario para resolver conflictos o

     sancionar a2uellos actos considerados delitos conforme a dic1o derec1o,

    dentro de su ám!ito territorial, siempre 2ue no afecten los derec1os

     fundamentales de las personas3 /as rondas campesinas tendrán similares

    atri!uciones conforme a ella53

    0sí, otros derechos fundamentales como el de la dignidad de la persona,

    eMiste un vínculo indisoluble entre “dignidad de la persona humana#5 

    los derechos fundamentales, pues estos derechos en calidad de esenciales

    son inherentes a la dignidad, es decir cada uno de los derechos

    fundamentales manifiesta un n7cleo de eMistencia humana -ue se deriva

    de la dignidad -ue tiene ínsita la persona, por ello la dignidad se convierte

    en una fuente de todos los derechos de la cual dimanan todos cada uno

    de los derechos de la persona &or ende los derechos fundamentales

    operan como el fundamento 7ltimo de toda comunidad humana, pues sin

    el reconocimiento de tales derechos -uedaría conculcado el valor supremo

    de la dignidad humana de la persona

    8 -3D% *esar% 9-a Dignidad de la Persona :umana;% *uestiones *onstitucionales%nm. % julio < diciem#re 2002% =>xico% ?niersidad 3acional utónoma de =>xico% p.128% nos dice respecto la dignidad !umana@ 9(A) es un principio rector de la políticaconstitucional (A) en la medida Bue dirige " orienta positiamente la acción legislatia%

     jurisprudencial " gu#ernamental del Estado. Positiamente% en la medida Bue todos lospoderes " organismos p#licos de#en asegurar el desarrollo de la dignidad !umana enlos +m#itos del proceso legislatio% judicial " administratio. 3egatiamente% en cuantode#en eitar a7ectar la dignidad !umana a tra>s de las le"es% resoluciones " actosadministratios Bue emitanC a Bue todos los poderes p#licos est+n inculados

    directamente a la *onstitución en un sentido 7ormal " material;.

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 5)

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    LAS FACULTADES DE LAS RONDAS CAMPESINAS CUANDOADMINISTRAN JUSTICIA, CASO DE PORCÓN BAJO.

    1.2. E- "-!' $!%i&i! 0 "i!-óic! e -!% e'ec;!% f)n"#en&"-e%

    “/W6 el reconocimiento de los derechos fundamentales /com7nmente en

    la norma fundamental de un ordenamiento6 es presupuesto de su

    eMigibilidad como límite al accionar del "stado de los propios

     particulares, tambi>n lo es su connotación >tica aMiológica, en tanto

    manifiestas concreciones positivas del principio4derecho de dignidad

    humana, preeMistente al orden estatal proectado como el fin supremo

    de la sociedad del "stado, artículo 8 de la Constitución# /0lan Castillo,

    )**O6

    "l reconocimiento de los derechos fundamentales de la persona, en el

    rden Constitucional comprenden dos aspectos< la primera, "  "l valor 

     positivo de los derechos fundamentales< Consiste en el reconocimiento

     positivo de los derechos fundamentales de la persona por la Constitución,

    tales derechos son presupuestos de eMigibilidad -ue van a limitar la

    actuación del "stado de los particulares( mientras la segunda,   "l

    valor >tico aMiológico de los derechos fundamentales< &arte por 

    reconocer “la dignidad de la persona humana#, como valor materialcentral de la norma fundamental del cual derivan un amplísimo

    reconocimiento de derechos fundamentales de la persona una

    multiplicidad de garantías, dignidad humana -ue es preeMistente al orden

    estatal se proecta como el fin supremo de la sociedad del "stado

    /seg7n lo establecido en el artículo 8 de la C&&6 /=uti>rre., )**3, pág

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 55

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    536 &or tanto la dignidad de la persona humana, es la fuente directa de la

    -ue la dimanan todos cada uno de los derechos de la persona, además

    no solo representa el valor supremo -ue justifica la eMistencia del estado

    sus objetivos, sino -ue constitue el fundamento esencial de todos los

    derechos -ue con calidad de fundamentales habilita el ordenamiento, sin

    el cual el estado adolecería de legitimidad los derechos carecerían de un

    adecuado soporte direccional

    1.3. E- e'ec;! c!n%)e&)in"'i! 0 -" ()%&ici" e%$eci"-.

    Las rondas como administradores de justicia comunal son productores de

    derecho consuetudinario, deben reconocerse sus instancias mecanismos

    de resolución sanción "stas deben establecer niveles de coordinación

    cuando eMistan conflictos entre diversas instancias de justicia estatal o

    comunal %ebe haber un reconocimiento validación de los actos de la

     justicia comunal en sede jurisdiccional, se debe respetar sus autoridades,

    sus competencias facultades

    Las Rondas Campesinas, -ue despu>s de die. aEos, fueron reconocidas por la Le '; )93O8 como organi.aciones pacíficas, democráticas

    autónomas, sin duda han ampliado sus funciones su demanda de

    reconocimiento desde la perspectiva del pluralismo cultural jurídico

    implicaba -ue sean reconocidas por el "stado como organi.aciones

    autónomas productoras de derecho promotoras del desarrollo comunal

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 59

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    Lamentablemente, en la Le '1 )O:*+ su Reglamento eMisten vacíos

    contradicciones( pero ello no niega su personería jurídica, tampoco la

    aplicación del Convenio 8?: de la rgani.ación Internacional del rabajo

    /I6 "n consecuencia, las Rondas Campesinas están amparadas por el

    %erecho "statal, específicamente por los artículos< );, inciso 8:6, 89:;

    de la Constitución &olítica del &er7( la Le '; )O:*+ su Reglamento( la

    %irectiva '1 **54)**942U'0R&A2', el artículo 83; del Código &enal

    /I%R= @"'0KI%"2, %aniel, &ag96 "s evidente -ue la justicia

    comunal es un mecanismo valido de acceso a la justicia en las

    comunidades rurales en un conteMto plural como el nuestro se tiene -ue

    regular esta instancia de justicia Como acertadamente seEala Golina

    Rivero< “ el t>rmino de justicia comunitaria tiene la ventaja de remitir no

    solo a las instituciones prácticas de resolución de conflictos sino

    tambi>n a los conteMtos socio culturales -ue los definen, haciendo

    referencia fundamentalmente a la especificidad de la organi.ación socio

     política comunitaria#

    "sto demuestra -ue la maor legitimidad social proviene de la recreación

    del %erecho Consuetudinario la práctica de la justicia rondera( pues losconflictos internos se solucionan en el lugar de los hechos, con

     participación de la comunidad, reparando los daEos causados o

    devolviendo lo robado, readaptando a -uienes han cometido delito

    mediante el servicio rondero su participación en obras comunales(

    respetando su condición humana al brindarles alimentación, hospedaje

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 53

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    visita de sus familiares &or eso, está demostrado -ue los ronderos en el

    ejercicio de sus derechos cumplimiento de sus deberes no cometen

    delito de secuestro u otros -ue se repiten en los procesos judiciales

    /Idrogo @enavides, )**:, pág 96

    %ebe resaltarse -ue se trata de un derecho d7ctil, por tanto, más efectivo

     para la regulación de ciertas situaciones sociales, en la medida en -ue est>

    respaldado por una fuerte institucionalidad comunal /%efensoría del

    &ueblo, )**96

    La violación de los derechos humanos presenta dos situaciones, sea -ue

    >sta se deba a lo previsto en las mismas reglas consuetudinarias o a los

    abusos -ue cometen las autoridades de las Rondas Campesinas por no

    respetar el derecho consuetudinario /urtado &o.o H %u &uit, )**O,

     págs )534)5?6 Corresponderá a la justicia penal ordinaria determinar, en

    vía de control eMterno de la actuación conforme a los derechos humanos

    de las autoridades comunales si, en efecto, tal situación de ilicitud en el

    control penal comunal rondero se ha producido , en su caso, aplicar /si

    corresponde6 la le penal a los imputados

    2erá de rigor considerar como conductas -ue atentan contra el contenido

    esencial de los derechos fundamentales , por tanto, antijurídicas al

    margen de la aceptabilidad del derecho consuetudinario<

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 5?

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    - Las privaciones de libertad sin causa motivo ra.onable plenamente

    arbitrarias al margen del control típicamente ronderil

    - Las agresiones irra.onables o injustificadas a las personas cuando son

    intervenidas o detenidas por los ronderos

    - La violencia, amena.as o humillaciones para -ue declaren en uno u

    otro sentido

    - Los ju.gamientos sin un mínimo de posibilidades para ejercer la

    defensa, lo -ue e-uivale, prácticamente, a un linchamiento

    - La aplicación de sanciones no conminadas por el derecho

    consuetudinario

    - Las penas de violencia física eMtrema tales como lesiones graves,

    mutilaciones entre otras

    "l derecho a la identidad cultural al ejercicio de funciones

     jurisdiccionales conforme al derecho consuetudinario está, pues, limitado a

    las reservas -ue dimanan del propio teMto constitucional de su

    interrelación con los demás derechos, bienes e intereses

    constitucionalmente protegidos

    1./. L!% De'ec;!% 5)#"n!%.

    Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres

    humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, seMo,

    origen nacional o >tnico, color, religión, lengua, o cual-uier otra

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 5O

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    condición odos tenemos los mismos derechos humanos, sin

    discriminación alguna "stos derechos son interrelacionados,

    interdependientes e indivisibles

    Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la

    le garanti.ados por ella, a trav>s de los tratados, el derecho

    internacional consuetudinario, los principios generales otras fuentes del

    derecho internacional "l derecho internacional de los derechos humanos

    establece las obligaciones -ue tienen los gobiernos de tomar medidas en

    determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma

    en otras, a fin de promover proteger los derechos humanos las

    libertades fundamentales de los individuos o grupos

    "n casos de presunto conflicto entre la !urisdicción "special los

    derechos humanos no eMiste ninguna disposición legal -ue obligue -ue

    todo caso deba pasar a la jurisdicción ordinaria "l convenio 8?: de la

    I seEala -ue deberán establecerse procedimientos adecuados para

    resolver posibles conflictos entre derecho consuetudinario derechos

    humanos /0rt +,)6 "stos procedimientos a7n no eMisten, deben crearseen consulta con los pueblos indígenas /0rt ? del Convenio6, garanti.ar 

    la interpretación intercultural de los hechos el derecho mismo, para

    honrar el reconocimiento constitucional del derecho a la diversidad /0rt

    ),8: de la Carta6

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 5+

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     7espeto de los derec1os 1umanos. "l 0rt 89: de la constitución el 0rt

    +,) del Convenio sólo establecen como límite de la !urisdicción "special

    la no violación de derechos fundamentales ni humanos %e este modo,

    -uienes pretenden decir -ue la jurisdicción especial debe estar 

    subordinada a la jurisdicción ordinaria, o -ue no puede interferir con ella,

    o -ue debe estar controlada o reducida, están haciendo una interpretación

    -ue no se condice con el teMto ni el espíritu del Convenio 8?:, la

    Constitución, ni los principios de interpretación sistemática, teleológica

     progresiva

    eniendo en cuenta -ue el "stado reconoce constitucionalmente el

    carácter pluricultural de la 'ación con el correspondiente derecho a la

    diversidad cultural /0rt ) inc 8:6 , además, el pluralismo legal /0rt

    89:6 con el correspondiente derecho a la jurisdicción especial, la

    definición e interpretación de los derechos humanos no puede -uedar en

    manos de una sola orientación cultural ni un solo aparato institucional, sin

     peligro de violentar el derecho a la diversidad el reconocimiento del

     pluralismo

    Los %erechos umanos deben ser definidos e interpretados con base en el

    diálogo intercultural "n primera instancia cual-uier presunta vulneración

    de los mismos debe ser tratada al interior de la !urisdicción "special

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 5:

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    "n ning7n caso puede considerarse -ue el mero ejercicio de la

     jurisdicción especial, cuando ella corresponda, constitue una violación

    de %erechos umanos dado -ue su ejercicio constitue un derecho

    constitucional

    1.3. C!neni! 1poca de la con-uista o la coloni.ación o del

    establecimiento de las actuales fronteras estatales -ue, cual-uiera -ue

    sea su situación jurídica, conservan todas sus propias institucionessociales, económicas, culturales políticas, o parte de ellas#

      Dic!o instrumento 7ue &rmado en ine#ra el 2 de junio de 1//% siendo suDepositario el Director eneral de la .$.G. Dic!o instrumento 7ue apro#ado e integradoa la legislación nacional a tra>s de la esolución -egislatia 3H 2I2J8% promulgada "pu#licada el 2 de diciem#re del 1//8. El instrumento de rati&cación es de 7ec!a 1 deenero de 1// " 7ue depositado el 2 de 7e#rero de 1//. -a 7ec!a de entrada en

    igencia para el Estado Peruano es el día 2 de 7e#rero de 1//J.

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 9*

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    0-uí habría -ue mencionar, -ue estamos ante comunidades campesinas

    con un pasado com7n cuas condiciones sociales, culturales

    económicas los distinguen del resto de la colectividad nacional 2obre

    este mismo punto, el numeral )6 del artículo 81 del Convenio 8?:1 recoge

    la conciencia de un pueblo sobre sí mismo, como criterio para aplicar el

    Convenio en cuestión, )/a conciencia de su identidad ind$gena o tri!al 

    de!erá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos

    a los 2ue se aplican las disposiciones del presente Convenio53

    "l derecho a la participación se encuentra tambi>n recogida en el artículo

    31 letra c6 del Convenio '1 8?: de la I, el -ue seEala -ue “deberán

    adoptarse, con la participación cooperación de los pueblos interesados,

    medidas encaminadas a allanar las dificultades -ue eMperimenten dichos

     pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida de trabajo#

    "n este mismo artículo, la idea de reconocimiento protección de la

    identidad cultural, está literalmente recogida en el literal a6 del Convenio,

    donde se seEala -ue “0l aplicar las disposiciones del presente Convenio<

    a deberán reconocerse protegerse los valores prácticas sociales,culturales, religiosos espirituales propios de dichos pueblos deberá

    tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas -ue se

    les plantean tanto colectivamente como individualmente# "n esa misma

    línea, el literal b6 del mencionado artículo establece -ue “b deberá

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 98

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    respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos

     pueblos#

    La idea de protección está presente tambi>n el artículo )1 numeral 86 del

    Convenio '1 8?: de la I "n dicha norma se dice -ue “Los gobiernos

    deberán asumir la responsabilidad, de desarrollar con la participación de

    los pueblos interesados, una acción coordinada sistemática con miras a

     proteger los derechos de esos pueblos a garanti.ar el respeto de su

    integridad#

    "l artículo no se detienen ahí sino -ue, en el numeral )6 del mismo

    artículo )1 va más allá propone sugiere una serie de medidas de

     protección< “) "sta acción deberá incluir medidas< a6 -ue aseguren a los

    miembros de dichos pueblos go.ar, en pie de igualdad, de los derechos

    oportunidades -ue la legislación nacional otorga a los demás miembros de

    la población( b6 -ue promuevan la plena efectividad de los derechos

    sociales, económicos culturales de esos pueblos, respetando su

    identidad social cultural, sus costumbres tradiciones, sus

    instituciones( c6 -ue auden a los miembros de los pueblos interesados aeliminar las diferencias socioeconómicas -ue puedan eMistir entre los

    miembros indígenas los demás miembros de la comunidad nacional, de

    una manera compatible con sus aspiraciones formas de vida#

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 9)

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    con fines pacíficos /vigencia de derechos6, es una forma de ejercer el

    derecho a la participación ciudadana en asuntos p7blicos /la seguridad

    ciudadana6( para ello recurren a ciertos mecanismos -ue les permita

    ejercer la ciudadanía como aliado del "stado sobre todo del sistema

    de administración de justicia

    "n nuestro país, a pesar de haber transcurrido más de 8* aEos de la

    entrada en vigencia de la Constitución de 8::5, a7n no se ha elaborado

    la Le de Coordinación entre la !urisdicción especial la rdinaria

    "sto debido, principalmente, a la falta de inter>s del "stado para

    otorgar autonomía jurídica a las comunidades campesinas nativas

    /0randa "scalante, pág )36

    0dicionalmente el artículo +; de la Le de Rondas Campesinas

    establece -ue, para el ejercicio de sus funciones las RC coordinan en el

    marco de la legislación nacional con las autoridades políticas,

     policiales, municipales, representantes de la %efensoría del &ueblo

    otras de la 0dministración &7blica 0simismo, pueden establecer 

    coordinaciones con las organi.aciones sociales rurales entidades privadas dentro de su ámbito local, regional o nacional

    Mec"ni%#!% e C!!'in"ción A#ini%&'"&i"+ "l ? de "nero de

    )**5 en el centro poblado menor de Cuumalca, distrito provincia

    de Chota, Región de Cajamarca, se promulgó la Le '; )O:*+, Le de

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 99

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    Rondas Campesinas, -ue luego de )? aEos reconoce oficialmente a

    estas instituciones rurales sus competencias %espu>s de casi un aEo

    de trabajo coordinaciones permanentes con el &oder "jecutivo,

    mediante el %2 *)34)**54!U2 se reglamenta la Le encarga a la

    2uperintendencia 'acional de Registro &7blico 4 2U'0R& 4 la

    implementación funcionamiento del libro de rondas campesinas &or 

    lo -ue >l )+ de febrero del )**9 se dicta la resolución *O)4)**94

    2U'0R&A2' -ue apruebe la directiva -ue establece los criterios para

    la inscripción de las Rondas Campesinas Comunales /Ganual para

    la inscripción de Rondas Campesinas, )**96

    La directiva de la 2U'0R& hace una clasificación de rondas

    campesinas de la siguiente manera, solo con fines regístrales<

    - R!n"% %)!'in""%+ las rondas -ue se hallan al interior de

    las comunidades campesinas

    - R!n"% ine$enien&e+ las -ue se forman en caseríos, centros

     poblados, parcialidades

    - R!n"% c!#)n"-e%+ las -ue se forman al interior de lascomunidades nativas

    "stas tres formas en su origen son definidas en el reglamento de dos

    maneras<

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 93

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    - Las rondas -ue se forman en comunidades campesinas las -ue

    no se forman al interior de estas organi.aciones, -ue reglamento

    llama rondas campesinas.

    - Las rondas formadas al interior de las comunidades nativas, -ue

    el reglamento llama rondas comunales.

    c Mec"ni%#!% e c!!'in"ción ()'i%icci!n"-+ La Le de Rondas

    Campesinas, en el artículo :; establece -ue, Las autoridades de la

     jurisdicción ordinaria establecerán relaciones de coordinación con los

    dirigentes de las Rondas Campesinas respetando las autonomías

    institucionales propias Los dirigentes de las Rondas pueden solicitar el

    apoo de la fuer.a p7blica demás autoridades del "stado

    2iguiendo este postulado normativo, encontramos -ue el

    establecimiento de los mecanismos de coordinación deberán ser 

     promovidos e implementados por los actores de la jurisdicción

    ordinaria( sin embargo, actualmente los mecanismos de coordinación

    establecidos entre la jurisdicción ordinaria la especial son de apoo

    muchas veces de conflicto debido al desconocimiento de lasautoridades oficiales con respecto a las decisiones de la justicia

    comunal

    "n el %istrito judicial de Cajamarca las Rondas Campesinas han

    venido administrando su propia justicia mucho antes del

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 9?

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    reconocimiento constitucional de la !urisdicción "special, justicia -ue

    se ha materiali.ado de distintas maneras siendo la más desarrollada la

    efectuada por la organi.ación de Rondas Campesinas a trav>s de sus

    0sambleas

    La justicia campesina es para los campesinos mucho más rápida, pues

    se reali.a en su propia comunidad se reali.a en menor tiempo -ue los

     procesos judiciales, además de ser mu efectiva, al ser las sanciones

    discutidas aprobadas tomadas de forma democrática, por la

    eMistencia de la presión social contra los sancionados, se asegura un

    alto nivel de cumplimiento de las decisiones( además esta justicia es

    mucho más económica para los comuneros, a -ue les evita los altos

    costos -ue supone para ellos despla.arse hasta la ciudad /dejando de

    lado sus labores agrícolas6, contratar abogados para seguir un juicio

    La justicia -ue reali.an las comunidades forma parte de un sistema

     jurídico, -ue como tal no puede ser subordinado al sistema oficial

    0demás las normas constitucionales vigentes, así como los tratados

    internacionales como el Convenio 8?: de la I obligan al "stado peruano a respetar los derechos a la identidad >tnica de las

    comunidades a sus propias formas de administración de justicia,

    siendo la 7nica manera de hacer efectivos los derechos a la identidad

    de los comuneros el reconocimiento de la eMistencia valide. de su

    sistema jurídico "n este sentido &eEa afirma< “La resolución de

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 9O

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    conflictos en Calahuo nos lleva a aceptar más bien la eMistencia de un

    sistema judicial comunal paralelo al oficial, para conflictos del mismo

    grupo social 0nte ello, lo más importante, sin duda, es la legitimidad

    -ue brota del colectivo por hacerse cargo Xa partir de su conteMto de

    la resolución de sus propios conflictos /&eEa !umpa, 8:+:, págs 55*4

    5586

    Como a se ha seEalado al inicio, eMisten hasta 5 tipos de rondas, /las

    formadas al interior de las comunidades campesinas, de las

    comunidades nativa las -ue se constituen de manera independiente

    en caseríos6 "n el caso de las dos primeras los integrantes de las rondas

    tiene una doble característica, la de rondero la de comunero,

    conforme a la constitución política estas rondas apoan a la función

     jurisdiccional de las comunidades campesinas

    1.. E- De'ec;! P'!ce%"- 0 -" J)'i%icción Pen"-.

    "l derecho procesal penal en el desarrollo de la doctrina nacional e

    internacional ha tenido variadas definiciones

    Carnelutti enseEaba -ue el derecho procesal penal era un derecho

    instrumental pues no era fin en sí mismo sino un medio para la reali.ación

    del derecho penal "ntre nosotros, =arcía Rada, afirmaba -ue se trata de

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 9+

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    un medio legal para la aplicación de la le penal /2ánche. Kelarde, "l

     'uevo &roceso &enal, )**:, págs 5?45O6

     'o obstante lo citado, el %octor &ablo 2ánche. Kelarde establece -ue el

    concepto de derecho procesal penal no se reduce al proceso como

    instrumento o medio, sino como una disciplina jurídica de suma

    importancia en el -uehacer jurisdiccional /2ánche. Kelarde, "l 'uevo

    &roceso &enal, )**:, págs 5?45O6

    "n la misma dirección, el &rofesor 0rgentino !orge Goras Gon, define al

    derecho procesal penal como, la rama del derecho p7blico -ue establece

    los principios regulación tanto de los órganos jurisdiccionales del

    "stado para la administración de justicia, como del proceso como medio

     para la concreción del derecho concluir jurídico4penalmente "llo es lo

    -ue se hace por medio del proceso, con intervención de las partes, ante un

    órgano jurisdiccional Ysta es la materia -ue es objeto del derecho

     procesal penal, >sta, tambi>n, su parte en la función penal del "stado

    /Goras Gon, pág 896

    %entro de >sta definición lata, desde nuestra concepción, el proceso

     penal viene a definirse como el mecanismo para conocer la verdad real

    sobre la eMistencia del hecho, delito "s el modo jurídico e

    institucionalmente regulado de reali.ación de la administración de

     justicia, se encuentra constituido por un conjunto de actos -ue se

    @elsarima 'ovoa Rabanal A Bilfredo 2ala.ar 2ala.ar &ágina 9:

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    caracteri.an por su tendencia hacia la sentencia a su ejecución

    definitiva

    "s con >sta finalidad, la reali.ación del derecho penal material, el proceso

     penal brinda la posibilidad jurídica de -ue la pretensión punitiva se

    transforme en derecho subjetivo del "stado, toda ve. -ue por la sentencia

    se declare el derecho de "ste de someter al condenado al cumplimiento de

    la pena Consideramos a su ve. -ue es atinado precisar -ue la finalidad

    del proceso es -ue, actuando la le penal de fondo, la sentencia condene(

    siempre -ue se d> por acreditado el hecho la consecuente

    responsabilidad del sujeto  activo( , -ue cuando ello no ocurra, la

    sentencia será absolutoria, la le penal no actuará se habrá liberado a un

    inocente

    &ara -ue el proceso penal cumpla con su finalidad, es necesario -ue se

    efect7en dos presupuestos o re-uisitos necesarios( el objeto procesal un

    órgano jurisdiccional penal legítimamente acreditado

    "l primer presupuesto, el objeto procesal, viene a ser la materia misma del proceso Consiste en un hecho humano voluntario( es decir, una

    modificación del estado de cosas en el mundo eMterior, causado por 

    acción de una persona( acción relevante para el derecho penal

    susceptible de sanción Respecto a ella, se va a centrar toda la actividad

    en el proceso tendiente a acreditar con carácter de verdad real ,

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    subsumi>ndose todo lo actuado en el juicio valorativo -ue dará lugar a la

    sentencia, sea >sta condenatoria o absolutoria

    "l órgano jurisdiccional penal, legítimamente constituido( es el ente a

    cargo del cual, estará toda la actividad instructoria la de orden

     pronunciamiento en el juicio4debate deliberación4sentencia, de acuerdo a

    las etapas preestablecidas jurídicamente

    %entro de >ste marco conceptual sobre la jurisdicción el proceso penal,

    arribamos a la definición de !urisdicción &enal( respecto a la misma,

    Claria lmedo establece -ue, La jurisdicción es una función soberana del

    "stado -ue se desenvuelve unitariamente frente a todo el derecho

    actuable( pero es lógico -ue podamos proectarla en su referencia al

    derecho penal subsidiariamente al derecho civil en cuanto deban tenerse

    en cuenta las consecuencias civiles del delito 'ada impide, asimismo,

    -ue se actu> jurisdiccionalmente el propio derecho reali.ador como

    camino para obtener un pronunciamiento válido sobre el m>rito /Claría

    lmedo, 8::+, pág 8336

    "l profesor =iovani Leone entiende la !urisdicción penal como la

     potestad de resolver el conflicto entre el derecho de castigar del "stado

    el derecho de libertad del imputado de conformidad con la norma penal

    "n efecto, el "stado es el titular del #us Puniendi  como tal organi.a

    estructura la ma-uinaria judicial a trav>s de los órganos jerar-ui.ados, a

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    la par por el marco jurídico, -ue van a permitir la aplicación de la sanción

    correspondiente a -uien ha transgredido la norma penal

    La !urisdicción &enal, podríamos concluir -ue es a-uella facultad estatal

    -ue es ejercida por un órgano embestido de tales potestades conforme a

    un procedimiento preestablecido regulado por la normatividad penal

    La Constitución &olítica de nuestro país, pilar básico de respeto al

     principio de legalidad, establece en el primer párrafo del artículo 85+;

    -ue< TLa potestad de administrar justicia emana del pueblo se ejerce en

    el &oder !udicial a trav>s de sus órganos jerár-uicos con arreglo a la

    Constitución a la leesT( a continuación de ello, en el artículo 85:;

    establece -ue< T2on principios derechos de la función jurisdiccional< 86

    La unidad eMclusividad de la función jurisdiccional 'o eMiste ni puede

    establecerse jurisdicción alguna independiente con eMcepción de la militar 

    la arbitral 'o ha proceso judicial por comisión o delegación )6 La

    independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional 'inguna

    autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano

     jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones

    Los artículos referidos al &oder !udicial a sus potestades, contenidos en

    nuestra carta constitucional, artículos 85+; al 89:;, consagran una serie de

     principios relativos a su organi.ación funcionamiento( así, el primer 

     párrafo del citado artículo 85+; nos evidencia una estructura jerár-uica,

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    dispositivo normativo -ue debe ser concordado con los artículos 895;

    899;, -ue establecen como máMimo órgano jurisdiccional a la Corte

    2uprema de !usticia, integrada por los vocales supremos -ue reunidos en

    2ala &lena, constituen el órgano máMimo de deliberación del &oder 

    !udicial Los jueces de todos los niveles, seg7n el artículo 89?;, solo están

    sometidos a la Constitución la le

    0dicionalmente a lo prescrito, el eMto Snico rdenado de la Le

    rgánica del &oder !udicial en su artículo 8; establece -ue< TLa potestad

    de administrar justicia emana del pueblo se ejerce por el &oder !udicial

    a trav>s de sus órganos jerár-uicos con sujeción a la Constitución a las

    lees 'o eMiste ni puede instituirse jurisdicción alguna independiente del

    &oder !udicial, con eMcepción de la arbitral militar#

    La unidad eMclusividad de la jurisdicción se entiende, entonces, como la

    estructura orgánica jerar-ui.ada del &oder !udicial, en cuo v>rtice se

    ubica la Corte 2uprema de !usticia con competencia sobre todo el

    territorio de la Rep7blica, las Cortes 2uperiores de !usticia en el ámbito

    territorial de los respectivos %istritos !udiciales, los !u.gados de &rimeraInstancia, cual-uiera -ue sea su competencia por ra.ón de la materia, en

    las capitales de las provincias, los !u.gados de &a. Letrados con

    competencia en los distritos municipales "sta estructura no comprende a

    los !u.gados de &a. 'o Letrados, -ue tienen la competencia -ue les

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    atribue la le pero -ue no forman parte del &oder !udicial /Kidal

    Ramíre., pág 9+56

    0dicionalmente a lo consignado, nuestro nuevo ordenamiento jurídico

     procesal penal, 'uevo Código &rocesal &enal, en el artículo 8?;, refiere

    -ue la !urisdicción &enal viene a estar constituida por a-uella potestad en

    materia penal -ue es ejercida por la sala penal de la corte suprema, las

    salas penales de las cortes superiores, los ju.gados penales /unipersonales

    colegiados6, los ju.gados de investigación preparatoria los ju.gados

    de pa. en el caso de faltas

    1.. L#i&e% " -" ()'i%icción $en"-.

    "l artículo 85:; de la Constitución reafirmando el principio de

    eMclusividad de la administración de justicia por parte del &oder !udicial,

    le establece limitaciones a la jurisdicción, consignando taMativamente en

    el segundo párrafo del numeral 8; del artículo en referencia, 'o eMiste ni

     puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con eMcepción de la

    militar la arbitral

    La jurisdicción militar comprende el ju.gamiento de infracciones de las

     personas -ue integran la organi.ación de las fuer.as militares policiales,

    integrantes del "j>rcito, la Fuer.a 0>rea, la Garina de =uerra, la &olicía

     'acional( pero se limita a los delitos directamente vinculados con las

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    funciones militares o policiales, en cuanto afecten bienes jurídicos

    castrenses Gandato contenido el artículo 8O5; de la Constitución, donde

    se prescribe -ue< T"n caso de delito de función, los miembros de las

    Fueras 0rmadas de la &olicía 'acional están sometidos al fuero

    respectivo al Código de !usticia Gilitar Las disposiciones de >ste no

    son aplicables a las civiles, salvo en el caso de los delitos de traición a la

     patria de terrorismo -ue la le determina

    "n cuanto al fuero arbitral( seg7n el &rofesor Lohmann Luca de ena el

    arbitraje es una institución jurídica -ue, seg7n las partes implicadas las

    materias, act7a en el marco del %erecho &7blico o del %erecho &rivado

    internacional o interno Regula el acuerdo de voluntades por el cual dos o

    más partes deciden someter a uno o más terceros, -ue aceptan el encargo,

    la solución de un cierto conflicto de %erecho &rivado respecto del cual di4

    chas partes tienen capacidad de disposición obligándose previamente a no

    llevar la controversia a los tribunales ordinarios sin el previo fallo arbitral,

    el cual deberá eMpedirse con arreglo a ciertas formalidades /Rosas

    Qataco, págs )584)5345)O6

    0 estos dos tipos de eMcepciones a la jurisdicción, se a7nan la jurisdicción

    electoral la jurisdicción constitucional "n cuanto a la jurisdicción

    electoral, el inciso 9 del artículo 8O+; de la Constitución establece como

    atribución del !urado 'acional de "lecciones la administración de justicia

    en materia electoral, en tanto -ue el artículo 8+8; segundo tercer párrafo

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    consignan -ue, en materias electorales, de refer>ndum o de otro tipo de

    consultas populares, sus resoluciones son dictadas en instancia final,

    definitiva, no son revisables Contra ellas no procede recurso alguno

    "n cuanto a la jurisdicción constitucional, en el artículo )*8;, primer 

     párrafo, d