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PROYECTO DE ORGANIZACIÓN DE TIEMPOS ESCOLARES (BORRADOR CONCERTADA) ENERO 2016 FETE-UGT ARAGÓN www.feteugtaragon.com ¡Buscanos en Facebbok y Twitter!

TIEMPOS ESCOLARES CONCERTADA

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Proyecto de Organización de Tiempos Escolares Aragón Concertada

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Page 1: TIEMPOS ESCOLARES CONCERTADA

PROYECTO DE

ORGANIZACIÓN DE

TIEMPOS ESCOLARES

(BORRADOR CONCERTADA)

ENERO

2016

FETE-UGT ARAGÓN www.feteugtaragon.com

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Page 2: TIEMPOS ESCOLARES CONCERTADA

BORRADOR DE LA Orden de … de … 2016, de la Consejera de Educación, Cultura

y Deporte, por la que se regula la implantación de Proyectos educativos de

organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria

y en centros de Educación Especial de Aragón, sostenidos con fondos públicos, y

se realiza su convocatoria para el curso 2016-17.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2. Horario de apertura

Artículo 3. Horario lectivo

Artículo 4. Servicio complementario de transporte escolar

Artículo 5. Servicio complementario de comedor escolar

Artículo 6. Otras actividades extraescolares

Artículo 7. Reuniones y sesiones de tutoría con familias

Artículo 8. Necesidad de recursos para la implantación del Proyecto

Artículo 9. Vigencia mínima

Artículo 10. Inicio del procedimiento

Artículo 11. Elaboración del Proyecto

Artículo 12. Visado de la Administración educativa

Artículo 13. Aprobación por el Claustro

Artículo 14. Aprobación por el Consejo Escolar

Artículo 15. Proceso de información a las familias

Artículo 16. Censo y calendario de votación por parte de las familias

Artículo 17. Votación por parte de las familias

Artículo 18. Aprobación del Proyecto por parte de las familias

Artículo 19. Remisión de la documentación

Artículo 20. Autorización para el desarrollo del Proyecto educativo de organización

tiempos escolares

Artículo 21. Evaluación del Proyecto por parte del centro educativo

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Artículo 22. Contenido del informe de evaluación

Artículo 23. Informe del tercer curso de implantación del Proyecto

Artículo 24. Evaluación y revisión del Proyecto por parte de la Administración

educativa

Artículo 25. Revocación de la autorización

Artículo 26. Autorización definitiva

Disposición adicional única. Referencia de género

Disposición final primera. Modificación de la ORDEN de 12 de junio de 2000

Disposición final segunda. Ejecución y aplicación

ANEXO I SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO DE

ORGANIZACIÓN DE TIEMPOS ESCOLARES

ANEXO II MODELO DE CERTIFICACIÓN DE INICIO DEL PROCESO POR EL

CONSEJO ESCOLAR

ANEXO III PROYECTO EDUCATIVO DE ORGANIZACIÓN DE TIEMPOS

ESCOLARES

ANEXO IV MODELO ACTA VOTACIÓN DEL CLAUSTRO

ANEXO V MODELO ACTA VOTACIÓN CONSEJO ESCOLAR

ANEXO VI MODELO PAPELETA DE LA CONSULTA A LAS FAMILIAS

ANEXO VII MODELO ACTA DE ESCRUTINIO DE LA CONSULTA A LAS FAMILIAS

ANEXO VIII CALENDARIO DEL PROCESO

ANEXO IX MODELOS PARA LA EVALUACIÓN DEL PROYECTO

1. RESULTADOS ACADÉMICOS DEL ALUMNADO 2. CUESTIONARIO PARA LAS FAMILIAS 3. CUESTIONARIO PARA EL PROFESORADO 4. CUESTIONARIO PARA EL AMPA

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PROCEDIMIENTO Y CONDICIONES

El proyecto deberá garantizar el número total de horas existente, que incluyen el

periodo lectivo obligatorio y el tiempo intersesiones del servicio de comedor.

El proyecto podrá tener dos modelos diferenciados de organización uno para

etapa Infantil y Primaria.

El horario de los alumnos será de 25 horas semanales incluidos recreos que

tendrán una duración máxima de 30 minutos en Primaria y Educación Especial y

de 45 en Infantil divididos en dos periodos.

El servicio de transporte deberá estar unificado sin perjuicio del alumnado.

Durante el periodo intercesiones se llevarán cabo dos tipos de actividades: unas

actividades de refuerzo educativo para las que será necesaria la presencia de un

docente que computará este tiempo como lectivo. Además se desarrollarán

actividades, programas educativos y tiempos para la realización de tareas

escolares, coordinadas por profesorado del centro. En estas actividades podrán

implicarse el AMPA, instituciones, Ayuntamientos, ONG, entidades culturales,

deportivas y personal de comedor.

El resto de actividades ofertadas en este momento (apertura anticipada y

actividades extraescolares voluntarias) se continuarán ofertando en las mismas

condiciones.

El Consejo Escolar, reuniones y tutorías con familias se realizarán después del

periodo de comedor.

La implantación del nuevo modelo no supondrá cambios ni en recursos, ni gastos

de funcionamiento ni tampoco en las condiciones laborales de los docentes. Su

vigencia mínima será de tres cursos consecutivos.

El procedimiento se iniciará con la aprobación por mayoría de 2/3 del Consejo

Escolar y el establecimiento del calendario de elaboración en la que participarán

todos los sectores de la Comunidad Educativa (Anexo III).

Elaborado el proyecto se remitirá al Departamento de Educación antes del día 29

de febrero de 2016 para su verificación cuyo resultado se remitirá al centro antes

del 7 de marzo validándolo o indicando las modificaciones necesarias. Una vez

visado, se presentará al Claustro que en sesión extraordinaria deberá aprobarlo

por una mayoría de 2/3 (Anexo IV). Aprobado por el Claustro deberá ser aprobado

por el Consejo Escolar en la misma proporción (Anexo V).

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El proceso de información a las familias se iniciará una vez aprobado por el

Consejo Escolar a través del Equipo Directivo y las AMPAS. La fecha límite para

las votaciones será el 22 de marzo.

Para la realización de las votaciones se constituirá una mesa integrada por el

director, el secretario, un representante del AMPA y un padre o una madre

representante del Consejo Escolar.

La aprobación del Proyecto requerirá el 55 % de votos favorables del censo de

familias o de representantes legales a los que se les asignará un voto por familia.

El voto será directo, secreto y no delegable y responderá al modelo del Anexo VI.

Del resultado del escrutinio se levantará acta según el modelo del Anexo VII.

Una vez finalizado el procedimiento de aprobación los centros deberán remitir a

los servicios provinciales correspondientes la siguiente documentación, tanto por

correo electrónico en formato PDF como en formato papel:

- Solicitud de autorización del Proyecto.

- Proyecto educativo de organización de tiempos escolares revisado por la Administración.

- Certificación del Secretario del Consejo Escolar en la que se acuerda la participación en

esta convocatoria y se establece la realización del Proyecto.

- Actas de las votaciones desarrolladas con indicación de sus resultados, de acuerdo con los

modelos recogidos en los Anexos IV, V y VII.

La Dirección General de Planificación y Formación Profesional y la Dirección

General de Innovación, Equidad y Participación, dictarán la resolución autorizando

los Proyectos educativos de organización de tiempos escolares presentados por

los centros educativos con anterioridad al proceso de escolarización del curso en el

que se vaya a implantar el Proyecto.

Los centros educativos incluirán en la memoria final de cada curso escolar un

informe de evaluación sobre el funcionamiento y resultados de la nueva

organización. El Informe será elaborado por una Comisión de Evaluación del

Proyecto que estará constituida por el Equipo directivo, un representante del

profesorado y un representante del AMPA.

En el informe de la Comisión de Evaluación del Proyecto educativo de organización

de tiempos escolares se considerarán al menos los siguientes aspectos

comparativos:

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a. Alumnado matriculado en el centro.

b. Rendimiento escolar del alumnado (de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo IX de

esta Orden).

c. Medidas de atención a la diversidad

d. Estado de la convivencia en el centro.

e. Participación de la comunidad educativa.

f. Actividades desarrolladas.

g. Evolución de los servicios complementarios de comedor y transporte si los hubiera.

h. Actividades fuera del período lectivo.

i. Nivel de satisfacción de la comunidad educativa (de acuerdo con los modelos de

cuestionario del Anexo IX de esta Orden).

En el tercer curso de implantación del Proyecto la Comisión elaborará un informe

global que remitirá a la Inspección en el mes de enero con el Visto Bueno del

Consejo Escolar.

La Administración educativa a través de la Inspección velará por el correcto

desarrollo del proyecto y al finalizar cada curso escolar analizará las memorias y el

informe de la Comisión del centro para emitir un informe que remitirá a la Dirección

General de Innovación, Equidad y Participación en el que serán evaluados, al

menos, los indicadores siguientes para realizar las modificaciones oportunas:

a. Nivel de satisfacción de la comunidad educativa

b. Variación de matrícula

c. Estabilidad del profesorado

d. Convivencia y clima escolar

e. Medidas de atención a la diversidad

f. Participación del centro en programas y proyectos institucionales, desarrollo de acciones

innovadoras.

g. Variaciones en los servicios complementarios

h. Variaciones en las actividades de tiempo de comedor y extraescolares

i. Resultados académicos y promoción.

La Administración educativa, previo informe de la Inspección podrá revocar la

autorización concedida a los centros si tras los informes recibidos se detecta un

incumplimiento reiterado de la normativa, las sugerencias o los requisitos que

garanticen la continuidad del vigente.

Tras la superación positiva con informe del centro y de la Inspección durante los

tres cursos de implantación, el proyecto se considerará autorizado

definitivamente.

Page 7: TIEMPOS ESCOLARES CONCERTADA

TITULARIDAD

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE

ORGANIZACIÓN DE TIEMPOS ESCOLARES

ELABORACIÓN DEL

PROYECTO

INFORMACIÓN A LAS

FAMILIAS

REMISIÓN DE LA

DOCUMENTACIÓN A LA

ADMINISTRACIÓN

55% CENSO FAMILIAS

DEL 19/02 AL 29/02

DEL 29/02 AL 07/03

DEL 10/03 AL 20/03

DEL 08/03 AL 10/03

21 y 22 DE MARZO

INFORMACIÓN DE LA

AUTORIZACIÓN A LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

AUTORIZACIÓN DEL

PROYECTO

2/3 CLAUSTRO SESIÓN

EXTRAORDINARIA

VISADO ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA

2/3 CONSEJO ESCOLAR

HASTA 23/03

Aprobación de participación

Aprobación

Aprobación

Aprobación

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