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Tipos de Planilla Planilla empleados empresas: debe marcarse siempre que los aportantes se clasifiquen como A (con 200 ó más cotizantes) o B (con menos de 200 cotizantes) en el campo 7 (clase de aportante definido en el Artículo 3) y pague los aportes de los cotizantes que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) no sean clasificados como 2 (servicio doméstico), 3 (independiente), 16 (independiente agremiado o asociado) o 33 (beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional). Este tipo de planilla es considerada como la planilla principal y es indispensable la presentación y pago de este tipo de planilla, para que el aportante pueda presentar y pagar en el mismo periodo una planilla tipo A (planilla empleados adicionales). Planilla para el pago de empresa liquidada: Este tipo de planilla es utilizada para empresas que han concluido su proceso de liquidación y requieren girar aportes al Sistema Integral de Seguridad Social, los cuales no alcanzan a cubrir la totalidad de la tarifa obligatoria. El liquidador deberá registrar los cotizantes con el respectivo valor aportado. Planilla independientes empresas: puede ser utilizado por los aportantes que se clasifiquen como A (con 200 ó más cotizantes)o B (con menos de 200 cotizantes) en el campo 7 (clase de aportante definido en el Artículo 3), solo en el caso que el aportante, además de las cotizaciones de sus empleados esté pagando las de trabajadores independientes con los que tenga contrato de prestación de servicios o sean los cotizantes vinculados a la empresa como agremiado o asociado. Para este último caso, el campo 30 (tipo de aportante definido en el Artículo 3) debe ser 4 (agremiaciones o asociaciones).

Tipos de Planilla y Taquigrafia

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Tipos de Planilla

Planilla empleados empresas: debe marcarse siempre que los aportantes se clasifiquen como A (con 200 ó más cotizantes) o B (con menos de 200 cotizantes) en el campo 7 (clase de aportante definido en el Artículo 3) y pague los aportes de los cotizantes que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) no sean clasificados como 2 (servicio doméstico), 3 (independiente), 16 (independiente agremiado o asociado) o 33 (beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional).

Este tipo de planilla es considerada como la planilla principal y es indispensable la presentación y pago de este tipo de planilla, para que el aportante pueda presentar y pagar en el mismo periodo una planilla tipo A (planilla empleados adicionales).

Planilla para el pago de empresa liquidada: Este tipo de planilla es utilizada para empresas que han concluido su proceso de liquidación y requieren girar aportes al Sistema Integral de Seguridad Social, los cuales no alcanzan a cubrir la totalidad de la tarifa obligatoria. El liquidador deberá registrar los cotizantes con el respectivo valor aportado.

Planilla independientes empresas: puede ser utilizado por los aportantes que se clasifiquen como A (con 200 ó más cotizantes)o B (con menos de 200 cotizantes) en el campo 7 (clase de aportante definido en el Artículo 3), solo en el caso que el aportante, además de las cotizaciones de sus empleados esté pagando las de trabajadores independientes con los que tenga contrato de prestación de servicios o sean los cotizantes vinculados a la empresa como agremiado o asociado. Para este último caso, el campo 30 (tipo de aportante definido en el Artículo 3) debe ser 4 (agremiaciones o asociaciones).

Los registros contenidos en este tipo de planilla solo pueden ser los que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) sean clasificados como 3 (independiente) o 16 (independiente agremiado o asociado).

El aportante podrá presentar máximo una planilla tipo Y por cada periodo y ésta será recibida por el operador de información, previa verificación del pago de la planilla tipo E para el mismo periodo, si es que el aportante está obligado a presentar este tipo de planilla.

Planilla empleados adicionales: este valor puede ser utilizado por los aportantes que se clasifiquen como A (con 200 ó más cotizantes) o B (con menos de 200 cotizantes) en el campo 7 (clase de aportante definido en el Artículo 3), y que por razones operativas no hayan incluido en su planilla tipo E los cotizantes que ingresaron a su nómina en los últimos 7 días comunes del mes calendario anterior al que se está realizando el pago.

Los cotizantes que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) no pueden ser clasificados como 2 (servicio doméstico), 3 (independiente), 16 (independiente agremiado o asociado) o 33 (beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional), y deben registrar la novedad de ingreso en el campo 15 (definido en el Artículo 10), así como el

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número de días cotizados de los campos 36, 37, 38 y 39 (definido en el Artículo 10) no puede ser mayor de 7.

La planilla tipo A solo podrá ser presentada al mismo operador de información ante el que se realizó la planilla tipo E para el mismo período. Siempre que se le presente una planilla tipo A al operador, éste debe validar que efectivamente se haya pagado la planilla tipo E. El aportante podrá presentar máximo una (1) planilla tipo A por cada periodo y ésta solo será recibida por el operador de información hasta el 5º día hábil del mes presente, siempre y cuando el aportante ya haya pagado la planilla tipo E para el mismo periodo.

Planilla independientes: debe ser utilizada por los aportantes que en el campo 7 (clase de aportante definido en el Artículo 3) hayan registrado I (independiente) y paguen los aportes de los cotizantes que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) sean 3 (independiente).

Planilla empleados de independientes: debe ser utilizada por los aportantes que en el campo (clase de aportante definido en el Artículo 3) hayan registrado I y que tengan a su cargo trabajadores, es decir personal de servicio doméstico o empleados dependientes.

El aportante solo podrá presentar máximo una (1) planilla tipo S por cada periodo.

Los registros contenidos en este tipo de planilla solo pueden ser de los cotizantes que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) sean 1 ó 2.

Adicionalmente, los cotizantes que en el campo 5 (tipo de cotizante definido en el Artículo 10) sean 1, están obligados al pago de aportes parafiscales a cajas de compensación, Sena e Icbf.

Planilla mora: solo puede ser utilizada para el pago de periodos para los que no se realizó ningún tipo de pago para el o los sistemas que se están cancelando. No podrá incluirse en este tipo de planilla otro sistema diferente al que está siendo corregido para incrementar un valor, aunque corresponda a la misma persona. Ese tipo de corrección debe hacerse mediante la planilla tipo N.

Este tipo de planilla solo puede ser utilizada para el pago de periodos ya vencidos. Es decir, solo podrá referirse al(los) mes(es) anterior(es) a la fecha en la que se liquida y se realiza el pago, de acuerdo con el tipo de cotizante del que se trate.

El operador de información le debe hacer saber al aportante que el uso y pago de los aportes para alguno de los sistemas no lo exime del pago de los aportes de todos los sistemas, que de acuerdo con el tipo de cotizante y el subtipo de cotizante está obligado a hacer, y que este tipo de planilla no puede ser usado como un mecanismo para la evasión de sus obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social.

La planilla tipo M debe ser provista por el mismo operador de información a través del que se realizan los pagos a la fecha del pago de los períodos en mora absoluta.

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El operador de información debe validar que los topes mínimos y máximos de los pagos efectuados mediante este tipo de planilla correspondan a los vigentes para la fecha del periodo que se está liquidando y pagando.

El operador de información debe crear en su página Web (para acceso electrónico) o en su línea de servicio al cliente (cuando se utilice este mecanismo) o en los otros esquemas de asistencia que existen, un filtro previo al acceso a este tipo de planilla, en el que el aportante debe señalar expresamente que se trata de una mora absoluta referida a uno(s) sistema(s), y que los otros sistemas respecto de los cuales no hace los pagos, ya se encuentran cancelados al día.

Los valores así liquidados incluirán los intereses de mora correspondientes de acuerdo con los periodos de que se trate.

El aportante debe diligenciar una planilla de este tipo por cada periodo que esté pagando y podrá incluir todos los sistemas que deba pagar.

Para este tipo de planilla, el valor que se incluye en el IBC será el correspondiente a aquel que tenía la persona para el periodo de que se trate y lo debe diligenciar el aportante.

Planilla correcciones: solo puede ser utilizada para el pago de periodos para los que se realizó un pago para el o los sistemas que se están corrigiendo, pero éste es inferior al verdadero valor que debió aportarse. No se puede utilizar para correcciones que impliquen devolución de valores pagados en exceso.

No podrá incluirse en este tipo de planilla otro sistema diferente al que está siendo corregido para incrementar un valor, aunque corresponda a la misma persona. Ese tipo de corrección debe hacerse mediante la planilla tipo M.

Este tipo de planilla puede ser utilizado para el pago de periodos ya vencidos o para el mismo periodo correspondiente a la fecha en la que se liquida y se realiza el pago. Esto último cuando el pago ya realizado deba ser incrementado.

Solamente el operador de información a través del que se haya realizado el pago que se pretende ajustar podrá permitir el uso de este tipo de planilla. Cuando el pago que se desee ajustar no se haya hecho a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), debe realizarse el ajuste a través del operador que actualmente esté prestando el servicio al aportante.

El operador de información debe validar que los topes mínimos y máximos de los pagos efectuados mediante este tipo de planilla correspondan a los vigentes para la fecha del periodo que se está liquidando y pagando.

El operador de información debe crear en su página Web (para acceso electrónico) o en su línea de servicio al cliente (cuando se utilice este mecanismo) o en los otros esquemas de asistencia que existen, un filtro previo al acceso a este tipo de planilla, en el que el aportante debe señalar expresamente que se trata de una mora parcial referida a uno o

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varios sistemas, y que los otros sistemas respecto de los cuales no hace correcciones, ya se encuentran cancelados al día.

El operador de información debe validar que se diligencien los campos correspondientes a los otros sistemas diferentes a aquellos que se están liquidando y pagando, en cuanto a los códigos de las administradoras a las que ya se les pagó, de acuerdo con lo señalado en el punto anterior.

Los valores así liquidados incluirán los intereses de mora correspondientes, de acuerdo con los periodos de que se trate. Salvo que el aportante le certifique al operador de información que las correcciones que está haciendo corresponden a ajustes por retroactivos de aportantes del sector público, y que a la fecha en la que se está realizando el pago no está obligado a pagar intereses de mora de acuerdo a norma legal vigente, la cual debe ser invocada en esta certificación.

El aportante debe diligenciar una planilla de este tipo por cada periodo que esté pagando, en la que puede incluir todos los sistemas que deba pagar.

Para efectos de tramitar y liquidar los ajustes, cuando estos se deban a correcciones en los factores de cotización, en el IBC o en el número de días cotizados, se tomará en cuenta lo definido en la aclaración al campo 22 (correcciones descritas en el Artículo 11).

Planilla empleados entidad beneficiaria del Sistema General de Participación: solo puede ser utilizada por las entidades empleadoras entendidas como instituciones de prestación de servicios de salud de la red pública y direcciones y/o secretarías departamentales, distritales y municipales de salud, que tengan a su cargo empleados públicos y trabajadores oficiales que se dedican a la prestación de los servicios de salud. Mediante esta planilla solo se deben registrar los cotizantes tipo 47, definidos en el Artículo 3 de la Resolución 610 de 2012.

Planilla pago aporte patronal faltante, de una entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones: se utiliza para el tipo de cotizante 47 cuando, con posterioridad a la realización del proceso de conciliación entre los aportes pagados por la entidad mediante la planilla tipo T y los recursos girados a las administradoras por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se encuentra que los recursos girados no son suficientes para complementar el valor total de los aportes. En este caso, la administradora informará a la entidad de los cotizantes y los periodos no cubiertos, para que la entidad realice el pago de la proporción patronal faltante.

Planilla para pago de seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial: solo puede ser utilizada para dar cumplimiento a los pagos de la seguridad social, producto de lo ordenado en sentencia judicial. El aportante será responsable de suministrar la información del valor correspondiente a la liquidación de intereses por mora, de acuerdo con lo establecido en la sentencia judicial.

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Que es Planilla

Se designa con el término de Planilla a aquel formulario o impreso que cuenta con espacios en blanco destinados a ser completados conforme por cualquier individuo, generalmente, se pide que a los mencionados espacios en blanco se los llene con los datos personales de filiación, de domicilio, actividad, estudios realizados, u otros datos requeridos por quien emite la planilla, como ser la administración pública en algunas de sus tantas dependencias y oficinas en las cuales la gente realiza trámites que requieren de un tipo de información específica y organizada para luego poder ser resueltos satisfactoriamente.

Aunque claro, los detalles de datos que se pueden consignar y contener en una planilla pueden ser de la más diversa naturaleza.Existe una enorme variedad de planillas, de remuneraciones, en la cual se consignan los haberes de los empleados de una empresa con sus respectivos premios por asistencia, aportes previsionales correspondientes, entre otras cuestiones, planilla de detalle de materiales, de precios de mercadería de un comercio, de la dotación de una planta, de los vuelos que parten y arriban en un aeropuerto, en los deportes, como ser el vóley o el baloncesto, también se utilizan las planillas para consignar resultados, jugadores, entre otras cuestiones.Por otra parte, con la palabra planilla también se designa al esquema o sistema de planificación que se utiliza para la paginación de un periódico. Es un documento interno que se utilizará dentro del diario en el cual se dibujará de manera esquemática las páginas de la edición que corresponda y en el cual además se podrá ver reflejado todo el proceso de elaboración del mismo.En tanto, otro de los tipos de planillas muy difundidos es la planilla de cálculo, la cual es un tipo de aplicación muy utilizada para un tipo especial de documentos, las hojas de cálculo, en las cuales se pueden almacenar números, realizar operaciones matemáticas básicas o más complejas. Algunos de los programas que utilizan este tipo de planilla son: MS Excel, Lotus 123, Quattro Pro.

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La Escritura Taquigráfica

La taquigrafía es todo aquel sistema de escritura rápido y conciso que permite transcribir un discurso a la misma velocidad a la que se habla. Para ello se suelen emplear trazos breves, abreviaturas y caracteres especiales para representar letras, palabras e incluso frases.Generalmente la escritura taquigráfica omite partes de los textos, y un texto recogido por un taquígrafo no puede ser entendido fácilmente

por otro que no haya escuchado previamente el texto original. Por tanto, los taquígrafos deben escribir posteriormente el texto taquigráfico en la escritura habitual.El aprendizaje de la taquigrafía es relativamente fácil, pero su uso rápido requiere mucha práctica.

La taquigrafía es empleada comúnmente en los juicios, en cuyo caso se hace uso de taquígrafos o estenógrafos para plasmar por escrito lo hablado. También es utilizado por secretarias y ayudantes de administración para apuntar las notas, cartas, recados y pedidos que reciben. Asimismo su uso es común para registrar los debates parlamentarios, y para la transmisión en directo de programas de televisión que requieren subtitulaje, por ejemplo, con el sistema Closed Caption (CC). Aunque teóricamente es una herramienta muy útil para un estudiante cuando se asiste a clases para tomar apuntes, no lo suelen utilizar.[editar]Taquigrafía Garriga

En 1864 el sacerdote y filósofo catalán Pere Garriga i Marill publicó su obra La taquigrafía sistemática en la que detallaba el, posteriormente conocido como, Sistema de Taquigrafía Garriga. Este sistema junto con el desarrollado por Francisco Martí (Sistema de Taquigrafía Martí) fueron los más utilizados en España dado el apoyo institucional que ambos recibieron y a su especial adaptación a la lengua castellana.En 1872 se funda en Barcelona la primera sociedad taquigráfica española, la Corporación Taquigráfica del Sistema Garriga, formada por el propio Garriga, el catedrático Josep Balari i Jovany y otros seguidores del sistema con el fin de fomentar y expandir su uso en España.

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Inventor de la Escritura Taquigráfica Jenofonte

Nació en las cercanías de Atenas, en la región de Ática, durante la segunda mitad del siglo V a. C., en el seno de una familia acomodada. Su infancia y juventud transcurrieron durante la Guerra del Peloponeso (431-404 a. C.), en la que participó formando parte de las fuerzas ecuestres.

Recorrido de Jenofonte y la Expedición de los Diez Mil.Fue discípulo de Sócrates y escribió diálogos inspirados en su persona. Durante el gobierno de los Treinta Tiranos, Jenofonte se unió a una expedición de mercenarios griegos a Persia conocida como la Expedición de los Diez Mil, contratados por el príncipe persa Ciro el Joven (con quien trabó amistad), que se enfrentaba con su hermano mayor Artajerjes II, el rey de Persia. A la muerte de Ciro en la batalla de Cunaxa, la expedición quedó abandonada a su suerte, por lo que se tuvo que abrir paso a través de 1.500 km de territorio hostil hasta conseguir volver a Grecia.El relato de Jenofonte sobre esta expedición lleva por nombre Anábasis y es su obra más conocida. Alejandro Magno consultó durante su invasión al Imperio aqueménida este excelente escrito, que lo ayudó incluso a tomar serias decisiones en el ataque y asedio a diferentes ciudades y fortificaciones.Tras regresar a Grecia, Jenofonte entra al servicio del rey espartano Agesilao II, que comandaba un cuerpo expedicionario griego para proteger las ciudades griegas de Asia Menor de los persas (396 a. C.).Sin embargo, la alianza griega pronto se rompió y en el 394 a. C. tuvo lugar la batalla de Coronea, en la que Esparta se enfrentó a una coalición de ciudades griegas de la que formaba parte Atenas. Jenofonte tomó parte en la batalla, al servicio de Agesilao, por lo que fue desterrado de su patria. En cualquier caso, los espartanos le distinguieron primero con la proxenía (honores concedidos a un huésped extranjero) y más tarde con una finca en territorio eleo, en Escilunte, cerca de Olimpia, en la que comenzó a escribir parte de su prolífica obra. Aquí se le unieron su esposa, Filesia, y sus hijos, los cuales fueron educados en Esparta.En el 371 a. C. se libró la batalla de Leuctra, tras la cual los eleos recuperaron los territorios que les habían sido arrebatados previamente por Esparta, y Jenofonte tuvo que trasladarse a Corinto. Al tiempo, el poder emergente de Tebas originó una nueva alianza espartano-ateniense contra Tebas, por lo que le fue levantada la prohibición de volver a su patria. Sin embargo, no hay evidencia de que Jenofonte retornara a Atenas.Jenofonte es considerado por algunos autores, entre ellos Jacob Burckhardt, como partícipe de la idea del panhelenismo, ya que, a pesar de su simpatía por Esparta en detrimento de Atenas, apoyó la idea de unir políticamente todas las polis griegas.