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TRAMITES LEGALES UNIDAD 4 INGENIERIA EN GESTION EMPRESARIAL 709 INVESTIGACION TIPOS DE RÉGIMEN QUE EXISTEN EN EL SEGURO SOCIAL, PENSIÓN EN MÉXICO Y LAS COTIZACIONES INTEGRANTES: JOKSAN ESTUDILLO LANDA GUADALUPE ITZEL HERNANDEZ PEÑA RAQUEL QUIROZ DE LA TRINIDAD CYNTHIA ARELY VAZQUEZ IBARRA INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE MISANTLA

Tipos de Régimen Que Existen en El Seguro Social

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INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE MISANTLA

TRAMITES LEGALESUNIDAD 4

INGENIERIA EN GESTION EMPRESARIAL 709

INVESTIGACION TIPOS DE RGIMEN QUE EXISTEN EN EL SEGURO SOCIAL, PENSIN EN MXICO Y LAS COTIZACIONES

INTEGRANTES:

JOKSAN ESTUDILLO LANDAGUADALUPE ITZEL HERNANDEZ PEARAQUEL QUIROZ DE LA TRINIDADCYNTHIA ARELY VAZQUEZ IBARRA

MISANTLA, VER. A 1O DE NOVIEMBRE DEL 2014

Tipos de rgimen que existen en el seguro socialSeguro Social en MxicoQu es el seguro social?El Seguro Social es el instrumento bsico de la seguridad social, establecido como un servicio pblico de carcter nacional en los trminos de la Ley de Seguro Social, sin perjuicio de los sistemas instituidos por otros ordenamientos.Cul es la finalidad de la seguridad social?La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia mdica, la proteccin de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, as como el otorgamiento de una pensin que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, ser garantizada por el Estado.Quin est a cargo de la seguridad social?La realizacin de la seguridad social est a cargo de entidades o dependencias pblicas, federales o locales y de organismos descentralizados, conforme a lo dispuesto por La Ley del Seguro Social.Qu organizacin est a cargo del seguro social?La organizacin y administracin del Seguro Social estn a cargo del organismo pblico descentralizado con personalidad jurdica y patrimonio propios, de integracin operativa tripartita, en razn de que a la misma concurren los sectores pblico, social y privado, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual tiene tambin el carcter de organismo fiscal autnomo.Cuntos tipos de regmenes existen del seguro social?El Seguro Social comprende:I. El rgimen obligatorio: El obligatorio es aquel al que tienen derecho los trabajadores u otros sujetos que deben ser afiliados de manera forzosa atendiendo a alguna disposicin legal (por ejemplo los socios de las sociedades cooperativas).II. El rgimen voluntario: este corresponde a personas con una relacin laboral pero sin ser obligatoria su afiliacin (servicio domstico, trabajadores de ayuntamientos) adems de las familias o personas sin una relacin de trabajo. En este caso estas personas celebran un convenio con el Instituto pagando una cuota con la finalidad de obtener los servicios que sta brinda.Quines se pueden afiliar en el rgimen obligatorio?Las personas que tengan una relacin de trabajo en forma permanente o eventual, un servicio remunerado, personal y subordinado a otras fsicas o morales. Excepto aquellas que aunque teniendo una relacin laboral, el patrn no est obligado a realizar aportaciones al IMSS para estos trabajadores (trabajadoras domsticas, ejidatarios, comuneros, pequeos propietarios, patrones personas fsicas con trabajadores asegurados a su servicio).Los socios de sociedades cooperativas.Las personas que determine el Ejecutivo Federal.Qu seguros comprende el rgimen obligatorio?El rgimen obligatorio comprende los seguros de:I. Riesgos de trabajo;II. Enfermedades y maternidad;III. Invalidez y vida;IV. Retiro, cesanta en edad avanzada y vejez, yV. Guarderas y prestaciones sociales.Quines se pueden afiliar en el rgimen voluntario? Los trabajadores de industrias familiares, los trabajadores independientes como profesionales, comerciantes, artesanos y dems trabajadores no asalariados. Los trabajadores domsticos. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeos propietarios. Los patrones personas fsicas con trabajadores asegurados a su servicio. Los trabajadores al servicio de las administraciones pblicas de la Federacin, entidades federativas y municipios que estn excluidos en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.Qu obligaciones tiene el patrn?Realizar el trmite de alta patronal ante el IMSS en los casos en que deba dar de alta en el rgimen obligatorio a sus trabajadores.Comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los dems datos.Llevar registros, tales como nminas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el nmero de das trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores.Informarse de las cuotas obrero-patronales a su cargo. Proporcionar al Instituto los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y valor de las obligaciones a su cargo.Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto.Tratndose de patrones que se dediquen en forma permanente o espordica a la actividad de la construccin, debern expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del nmero de das trabajados y del salario percibido.Cumplir con las obligaciones del seguro de retiro, cesanta en edad avanzada y vejez.Expedir y entregar a los trabajadores eventuales una constancia de los das laborados.

Qu documentos necesito para realizar mi registro patronal ante el IMSS?Para darse de alta, elegir si lo har como persona moral o fsica: REGISTRO Federal de Contribuyentes Comprobante del domicilio del centro de trabajo. Escritura pblica o acta constitutiva. Poder notarial para actos de administracin del representante legal. Identificacin oficial del representante legal. Registro Federal de Contribuyentes del representante legal. Clave nica de Registro de Poblacin del representante legal. En el caso de persona fsica, si tiene algn mandatario o representante deber anexar poder notarial para actos de administracin, identificacin oficial, Registro Federal de Contribuyentes y Clave nica de Registro de Poblacin.Cmo puedo registrarme en el IMSS?Ingresando a su pginahttp://www.imss.gob.mx/imssdigital/Pages/tramites.aspx

Pensin en MxicoQu es una pensin?La pensin es una Prestacin Econmica que se te otorgar como trabajador asegurado o a tus beneficiarios cuando cumplas las condiciones para solicitarla, descritas en la Ley del Seguro SocialCada cundo y por qu se me otorga?Tener una pensin es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral como trabajador, contar con ella ofrece tranquilidad y seguridad para poder disponer mensualmente de una pensin que te permitir vivir con dignidad a ti o a tu familia en caso que t faltes.Cmo puedo obtener una pensin?La pensin la podrs obtener por: Incapacidad Permanente Invalidez Cesanta en edad avanzada o vejez Retiro Viudez Orfandad AscendientesQu necesito para el pago de mi pensin?Para el pago de la pensin es necesario solicitar la apertura de una cuenta bancaria. El acreditamiento en cuenta es una obligacin que tienes como pensionado para el depsito mensual de la pensin pago IMSS.Qu es la pensin por incapacidad permanente?La pensin por Incapacidad Permanente Total se otorga al asegurado que sufre un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo y esto le ocasiona la prdida de sus facultades, aptitudes o disminucin permanente parcial o total en su capacidad fsica o mental para realizar su trabajo.Qu requisitos debo tener?Que los Servicios Mdicos de Salud en el Trabajo del Instituto califiquen el accidente de trabajo en el formato "ST-3" (dictamen de incapacidad permanente o defuncin por riesgo de trabajo), trmite que deber iniciar en la Unidad de Medicina Familiar que al asegurado le corresponda.Que los Servicios de Prestaciones Econmicas cuenten con el formato "ST-3" (dictamen de incapacidad permanente o defuncin por riesgo de trabajo).El asegurado se encuentre vigente en sus derechos.Qu es la pensin por invalidez?Se otorga cuando el trabajador asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual al que vena desarrollando.Se solicita cuando el Instituto, a travs de sus servicios mdicos, determine que se encuentra en estado de invalidez.Cules son los requisitos?Que el asegurado se encuentre vigente o dentro del periodo de conservacin de derechos, al declararse el estado de invalidez.En rgimen 1997, que el asegurado tenga reconocidas un mnimo de 250 cotizaciones semanales a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuacin de 75% o ms, slo se requiere que tenga acreditadas 150 semanas de cotizacin.En rgimen 1973, se requiere que al declararse la invalidez, el asegurado tenga acreditado el pago de 150 cotizaciones a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez.Que los Servicios Mdicos de Salud en el Trabajo, dictaminen el estado de invalidez del asegurado.Que los Servicios de Prestaciones Econmicas cuenten con el formato ST-4 dictamen de invalidez.Qu es la pensin por de cesanta en edad avanzada o vejez?El derecho al goce de la pensin de cesanta en edad avanzada se da cuando el asegurado quede privado de trabajo remunerado a partir de los 60 aos de edad.Tratndose de la pensin de vejez cuando el asegurado haya cumplido sesenta y cinco aos de edad.Cules son los requisitos para la pensin por edad avanzada?Existe cesanta en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta aos de edad. Para gozar de las prestaciones de este ramo se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mnimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.Cules son los requisitos para la pensin por vejez?Para tener derecho al goce de las prestaciones del seguro de vejez, se requiere que el asegurado haya cumplido sesenta y cinco aos de edad y tenga reconocidas por el Instituto un mnimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.Qu es la pensin de retiro anticipado?El Asegurado podr pensionarse antes de cumplir las edades establecidas por la Ley del Seguro Social, siempre y cuando la pensin que estar obligada la aseguradora a otorgar de por vida al pensionado, sea mayor al 30% de aquella que el Estado garantiza una vez cubierto el seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.Cules son los requisitos?Los requisitos para que se le otorgue la pensin por retiro anticipado al asegurado, de acuerdo a la Ley del Seguro Social en su rgimen de 1997 y dems normas aplicables en la materia son: Ser menor de 60 aos. Que la pensin que se calcule en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en ms de 30 por ciento de la pensin garantizada. Quedar privado de Trabajo Remunerado. Tener un mnimo de 1,250 semanas cotizadas y reunir en su cuenta individual los recursos antes sealados para poder financiar su pensin y el seguro de sobrevivencia para sus familiares. Son dos requisitos.Qu es la pensin por viudez?Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por un riesgo de trabajo, invalidez, retiro, cesanta en edad avanzada o vejez, el Instituto otorgar a la esposa(o) o concubina(rio), una pensin por viudez.Cules son los requisitos? No haber contrado matrimonio o haber entrado en concubinato con persona diferente al asegurado o pensionado fallecido. Que la (el) esposa(o) compruebe el matrimonio civil con el(la) extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a). Que la compaera(o) acredite el concubinato con el extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a). Que el esposo o concubinario acredite la dependencia econmica con la extinta asegurada o pensionada.Qu es la pensin por orfandad?Es la prestacin econmica y mdica que recibirn cada uno de los hijos menores de 16 aos y hasta 25 aos si se encuentran estudiando en planteles del sistema educativo nacional, cuando muera el padre la madre, si ellos eran asegurados o pensionados. Podrn solicitar la pensin de orfandad en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde por su domicilio.Cules son los requisitos?Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocidas un mnimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales al Instituto y estar en la conservacin de derechos, o bien, que se encontrare disfrutando de una pensin de invalidez, cesanta en edad avanzada o vejez.Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez, cesanta en edad avanzada o vejez no se deba a un riesgo de trabajo.Qu es la pensin de ascendientes?La pensin de ascendientes se otorga a cada uno de los padres que dependan econmicamente del asegurado(a) o pensionado(a) fallecido (a), cuando no exista esposa(o), concubina (rio) o hijos con derecho a recibir la pensin.Cules son los requisitos?Que no exista viuda, hurfanos ni concubina con derecho a pensin.Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocidas un mnimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales y estar dentro de la conservacin de derechos, o bien que se encontrare disfrutando de una pensin de invalidez, cesanta en edad avanzada o vejez.Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez, cesanta en edad avanzada o vejez, no se deba a un riesgo de trabajo.Dnde puedo acudir si tengo quejas?Puedes dirigirte al: Telfono: 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la repblica.

Determinacin del salario base de cotizacinLa Ley del Seguro Social, especficamente el Artculo 27 de dicho ordenamiento, establece que el Salario Base de Cotizacin se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentacin, habitacin, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestacin que se entregue al trabajador por su trabajo; sin embargo, existen conceptos que por su naturaleza no se consideran para su integracin o bien, solo se consideran parcialmente.Para determinar el Salario Base de Cotizacin se deben atender las siguientes reglas: El lmite inferior ser el salario mnimo general del rea geogrfica del trabajador. El lmite mximo ser el equivalente a 25 veces el salario mnimo general del Distrito Federal. Para determinar la cuota diaria del salario, este se dividir entre siete si se fija por semana, entre 15 si se fija por quincena y entre 30 si se fija por mes. Anlogo procedimiento ser empleado si el salario se fija por periodos distintos a los sealados; es decir, si el salario se fija por catorcena, se dividir entre 14, entre 10 si se fija por decena, etc. Las percepciones de cuanta previamente conocida se considerarn fijas y se adicionarn al salario diario del trabajador. Las percepciones de cuanta previamente desconocida, se considerarn variables, y para determinar la cuota diaria se sumarn los ingresos de los dos meses anteriores y se dividirn entre el nmero de das de salario devengado. Si las percepciones son fijas y variables, el salario se considerara mixto y se atender particularmente a la cuanta de las percepciones.

PercepcinObservacinFundamento Legal

SueldoIntegra en su totalidad como percepcin fijaArtculo 27 LSS

AguinaldoIntegra en su totalidad como percepcin fijaArtculo 27 LSS

Prima vacacionalIntegra en su totalidad como percepcin fijaArtculo 27 LSS

Fondo de ahorroNo integra siempre que el trabajador no realice ms de dos retiros al ao y que la aportacin del trabajador y el patrn sea la misma, o la aportacin del trabajador sea mayor. Si la aportacin del patrn fuese mayor a la del trabajador, integra solo la diferenciaArtculo 27 LSSAcuerdo 494/93 (Consejo Tcnico del IMSS)

DespensaNo integra siempre que esta no exceda el 40% del SMGDF, el excedente integraArtculo 27 LSSAcuerdo 495/93 (Consejo Tcnico del IMSS)

ComisionesIntegra en su totalidad como percepcin variableArtculo 27 LSS

BonosIntegra en su totalidad como percepcin variableArtculo 27 LSSAcuerdo 77/94 (Consejo Tcnico del IMSS)

Horas extraNo integra siempre que no se rebase el lmite que seala la Ley Federal del Trabajo, el excedente integraArtculo 27 LSSAcuerdo 497/93 (Consejo Tcnico del IMSS)

PTUNo integra la participacin de los trabajadores en las utilidadesArtculo 27 LSS

Servicio de comedorNo integra siempre que el trabajador pague por este como mnimo el 20% del SMGDF; de lo contrario integrara considerndose aumentado el salario un 8.33%Artculo 27 LSSAcuerdo 77/94 (Consejo Tcnico del IMSS)

Premios de puntualidad y asistenciaNo integran siempre que el importe no rebase el 10% del Salario Base de Cotizacin, el excedente integraArtculo 27 LSSAcuerdo 496/93 (Consejo Tcnico del IMSS)

Previsin socialNo integra ya que no remunera un servicio personal subordinadoArtculo 27 LSSAcuerdo 77/94 (Consejo Tcnico del IMSS)

Casos prcticos:1.- Determinar el Salario Base de Cotizacin con los siguientes datos:Sueldo mensual6,000

Aguinaldo15 das

Vacaciones6 das

Prima vacacional25%

Vales de despensa10% sobre sueldo

Fondo de ahorroAportacin del patrn y del trabajador del 13% sobre el sueldo

SBC

Sueldo6,000.0030200.00

Aguinaldo15 das(15*200)(3000/365)8.22

Prima vacacional25% sobre 6 das(6*200*25%)(300/365)0.82

Despensa110 % sobre sueldo(200*10%)(2024.93)41.74

Fondo de ahorro27% - 6% = 1%(666.67*1%)6.67

Comedor3(0