TITULACIONES AERONAUTICAS - BOE

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/25/2019 TITULACIONES AERONAUTICAS - BOE

    1/2

    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 18 Jueves 21 de enero de 2016 Sec. I. Pg. 5175

    I. DISPOSICIONES GENERALES

    MINISTERIO DE FOMENTO

    522 Resolucin de 21 de diciembre de 2015, de la Direccin de la Agencia Estatalde Seguridad Area, por la que se aprueba el mdulo de formacin terica

    complementaria destinado a los pilotos militares de helicptero en virtud de la

    Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio.

    El procedimiento y las condiciones para la obtencin, por pilotos de helicpteros alservicio de las Fuerzas armadas espaolas y de la Guardia Civil, de los ttulos, licencias ydeterminadas habilitaciones requeridos a los pilotos de helicpteros civiles, han sidoestablecidos por la Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio, que regula la valoracin de la

    formacin terica y prctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de lasFuerzas Armadas espaolas o de la Guardia Civil, para la obtencin de los ttulos ylicencias requeridos a los pilotos de helicpteros civiles.

    Como desarrollo de la citada Orden, se public la Instruccin 450/14803/2013, de 8de abril de 2013, del Director General de Reclutamiento y Enseanza Militar delMinisterio de Defensa, por la que se dictan las normas y procedimientos para la obtencinde los ttulos, licencias y determinadas habilitaciones requeridas a los pilotos dehelicpteros civiles, por personal militar y de la Guardia Civil con experiencia adquiridacomo piloto de helicptero militar.

    Reunida el 20 de octubre de 2015 la Comisin Asesora de acreditacin y valoracinregulada en el captulo III de la citada Orden PRE 2059/2011, concluy que el Ministerio deDefensa propondra un procedimiento para la implantacin de un Mdulo de Formacin

    Terica Complementaria, necesario para que los pilotos militares de helicpteros puedancompletar los requisitos tericos establecido en el Anexo III de la cita Orden PRE 2059/2011.El Ministerio de Defensa envi el citado protocolo el pasado 20/11/2015.

    En razn de lo anteriormente expuesto, resuelvo:

    Primero.

    Aprobar el Mdulo de Formacin Terica Complementaria, necesario para que lospilotos militares de helicpteros puedan completar los requisitos tericos establecidos enel Anexo III de la Orden PRE 2059/2011, de acuerdo con el procedimiento establecido enesta Resolucin y que se incluye como Anexo a la misma.

    Segundo.

    La presente resolucin entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en elBoletn Oficial del Estado.

    Madrid, 21 de diciembre de 2015.La Directora de la Agencia Estatal de SeguridadArea, Isabel Maestre Moreno.

    cve:

    BOE-A-2

    016-5

    22

    Veri

    fica

    blee

    nhttp:/

    /www.b

    oe.e

    s

  • 7/25/2019 TITULACIONES AERONAUTICAS - BOE

    2/2

    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 18 Jueves 21 de enero de 2016 Sec. I. Pg. 5176

    ANEXO

    Modulo de formacin terica complementaria destinado a los pilotos militares

    de helicptero en virtud de la Orden PRE 2059/2011

    1. Descripcin del curso de formacin terica complementaria

    Conforme establece la Instruccin 450/14803/2013, de 8 de abril de 2013 del DirectorGeneral de Reclutamiento y Enseanza Militar, el personal en activo al servicio de lasFuerzas Armadas espaolas o de la Guardia Civil podr completar la formacin tericacomplementaria precisa para la obtencin de los ttulos, licencias y habilitaciones reguladasen esta Orden mediante la superacin de cursos tericos complementarios impartidos porel Ala de Enseanza 78 (Escuela de Helicpteros) del Ejrcito del Aire.

    A tal efecto se ha desarrollado con EasyProf (herramienta de autora oficial para lacreacin de cursos y acciones formativas en el Campo Virtual Corporativo de Defensa,CVCDEF) un Mdulo de Formacin Terica Complementaria (FTC) para helicpteros que

    permite acreditar a determinados pilotos, segn su formacin, el resto de los conocimientostericos necesarios para la obtencin de la titulacin CPL/IR (H), conforme a la normaPART-FCL.

    El citado Mdulo se realiza en la modalidad on-line dentro del CVCDEF, siendotutorizado por la Jefatura de Estudios del Ala a travs de la Seccin o Punto de Enseanzaa Distancia, conforme a los requisitos pedaggicos establecidos para el desarrollo deacciones formativas virtuales, segn el Diseo Instructivo del Sistema de Enseanza aDistancia del CVCDEF, as como a todas las especificaciones y requisitos tcnicosestipulados para implantar acciones formativas en el CVCDEF, quedando estructurado entres reas:

    a. Legislacin Area.b. Factores Humanos.c. Procedimientos Operacionales.

    Cada rea est compuesta por Unidades Didcticas y, a su vez, cada Unidad Didcticapor Unidades de Aprendizaje. En cada Unidad de Aprendizaje se encuentran los contenidosobjeto de estudio y una autoevaluacin al respecto. El alumno debe aprobar laautoevaluacin de cada Unidad de Aprendizaje segn la nota de corte estipulada (75%)para poder proseguir con la Unidad de Aprendizaje siguiente y as sucesivamente.

    2. Implantacin del mdulo

    El Mdulo FTC PART -FCL tiene una duracin de tres meses. A tal efecto, conforme ala Instruccin 450/14803/2013, de 8 de abril de 2013 del Director General de Reclutamiento

    y Enseanza Militar, la Direccin de Enseanza del Ejrcito del Aire coordinar lasrespectivas convocatorias con el resto de los rganos Gestores.Durante la realizacin del Mdulo, el alumno dispondr de un tutor on-line para cada

    una de las reas que lo componen. La comunicacin con el tutor, as como con el resto decompaeros matriculados, se realizar a travs de las Herramientas de Comunicacindel CVCDEF.

    Tras la realizacin del curso on-line el alumno tendr que superar un examenpresencial en el Ala 78 (Base Area de Armilla). Los resultados sern remitidos a laDireccin de Enseanza por la Jefatura del Ala.

    El Director de Enseanza del Ejrcito del Aire, una vez recibidos los resultados delcurso, remitir los correspondientes certificados de superacin del mismo a los rganosGestores para su entrega a los interesados.

    cve:

    BOE-A-2

    016-5

    22

    Veri

    fica

    blee

    nhttp:/

    /www.b

    oe.e

    s

    http://www.boe.es BOLETN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X