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GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LOMAS DEL NARANJO, DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA, UBICADO EN LA PARCELA NO. 23 Z-1 P1/1 DEL EJIDO EL NARANJO EN MANZANILLO, COLIMA. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.365/2017, fechado el 16 de noviembre de 2017 y recibido el 17 del citado mes y año, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, promovido por LUIS ALBERTO MENDOZA CARRAZCO. SEGUNDO.- Que el H. Cabildo Constitucional de Manzanillo, Colima, en Sesión celebrada el día 13 de septiembre de 2017, aprobó en los términos propuestos el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, según Certificación del Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el día de su fecha, por la Secretaría del H. Ayuntamiento ya mencionado, cuyo original se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano. TERCERO.- Que informa el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, según consta en el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del cual solicita su publicación. CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, conforme se asienta en los Considerandos anteriores, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia. En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente: A C U E R D O ÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, el cual fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el 13 de octubre de 2017, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia. T R A N S I T O R I O ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima". Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno, con fecha 21 veintiuno de noviembre de 2017 dos mil diecisiete. Tomo 102, Colima, Col., Sábado 16 de Diciembre del año 2017; Núm. 80 pág. 3249

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 16 de Diciembre del año ...Manzanillo para lograr la incorporación al área urbana de la ciudad. El 28 de agosto del 2014 el Registro Agrario Nacional

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GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

ACUERDO

Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN FRACCIONAMIENTORESIDENCIAL LOMAS DEL NARANJO, DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA, UBICADO EN LAPARCELA NO. 23 Z-1 P1/1 DEL EJIDO EL NARANJO EN MANZANILLO, COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, enejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local,y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 dela Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D OPRIMERO.- Que mediante oficio número 02.365/2017, fechado el 16 de noviembre de 2017 y recibido el 17 del citadomes y año, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y DesarrolloUrbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estadode Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento ResidencialLomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjoen Manzanillo, Colima, promovido por LUIS ALBERTO MENDOZA CARRAZCO.

SEGUNDO.- Que el H. Cabildo Constitucional de Manzanillo, Colima, en Sesión celebrada el día 13 de septiembre de2017, aprobó en los términos propuestos el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento ResidencialLomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjoen Manzanillo, Colima, según Certificación del Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el día de su fecha, porla Secretaría del H. Ayuntamiento ya mencionado, cuyo original se encuentra archivada en el expediente correspondienteque tiene a su cargo la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura yDesarrollo Urbano.

TERCERO.- Que informa el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que el Secretario de Infraestructuray Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, dela Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de UrbanizaciónFraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la ParcelaNo. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, según consta en el documento que contiene el ProgramaParcial de Urbanización del cual solicita su publicación.

CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legalescorrespondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", eldocumento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo,del municipio de Manzanillo, Colima, ubicado en la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo,Colima, conforme se asienta en los Considerandos anteriores, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectosen aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuestoen el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D OÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el PeriódicoOficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial deUrbanización Fraccionamiento Residencial Lomas del Naranjo, del municipio de Manzanillo, Colima, ubicadoen la Parcela No. 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo en Manzanillo, Colima, el cual fue aprobado en sesión de Cabildocelebrada el 13 de octubre de 2017, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que,encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de laLey Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I OÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del GobiernoConstitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno, con fecha 21 veintiuno de noviembre de 2017 dosmil diecisiete.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 16 de Diciembre del año 2017; Núm. 80 pág. 3249

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A t e n t a m e n t e"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN"

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DECOLIMA. Rúbrica.ARNOLDO OCHOA GONZÁLEZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO. Rúbrica.JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO. Rúbrica.

1. FASE DE ANTECEDENTESINTRODUCCIÓN. En el ejido del Naranjo se localiza la parcela Nº 23 Z-1 P1/1 con una superficie de 29,833.65 M² dela cual es propietario el C. Gonzalo Soto Castillo. Mediante el apoderado legal el C. Luis Alberto Mendoza Carrazcopretende desarrollar un fraccionamiento de 64 lotes mediante el presente Programa Parcial de Urbanización denominadoFraccionamiento "Residencial Lomas del Naranjo" y lo somete a la consideración del Honorable Ayuntamiento deManzanillo para lograr la incorporación al área urbana de la ciudad. El 28 de agosto del 2014 el Registro Agrario Nacionalexpide el Título de Propiedad Nº 2298 que ampara la parcela Nº 23 Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo perteneciente al municipiode Manzanillo, con una superficie de 29,833.65 M² a favor del C. Gonzalo Soto Castillo. Inscrito en la Dirección de Catastrocon la clave 07-04-92-004-023-000. Inscrito en el Registro Público de la Propiedad el día 12 de septiembre del 2014mediante folio N° 293770-1. El 26 de noviembre del 2015, compareció el señor Gonzalo Soto García para otorgar podergeneral para pleitos y cobranzas, actos administrativos y de representación ante las autoridades correspondientes a laparcela N° 23 Z-1 P1/1, del Ejido El Naranjo, municipio de Manzanillo, Colima en favor del C. Luis Alberto MendozaCarrazco.

2. BASES JURÍDICASLa Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima1 que se denominará como La Ley, fija la concurrenciaentre el Estado y los Municipios en materia de desarrollo urbano para la planeación, ordenación y regulación de los centrosde población. El Título Octavo establece los lineamientos del aprovechamiento urbano del suelo, con respecto a laurbanización se menciona que todo aprovechamiento urbano del suelo deberá proyectarse y realizarse de acuerdo conlos programas de Desarrollo Urbano y la zonificación mediante autorización por el Ayuntamiento, previa expedición delPrograma Parcial de Urbanización.

El Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima2, establece que los Programas Parciales de Urbanizaciónprecisarán la Zonificación secundaria, así como la lotificación y diseño de las vialidades, solamente dentro de los límitesdel predio objeto del programa. El Capítulo IX reglamenta las zonas habitacionales, el artículo 51 determina los gruposde usos y destinos permitidos en las zonas habitacionales, el artículo 52 especifica condiciones para las zonashabitacionales, el 56 habla de las características de la zonificación urbana H3-U. El artículo 73 establece los usos ydestinos permitidos en las zonas comerciales y de servicios. El artículo 79 reglamenta los lineamientos a los que estánsujetos los predios y edificaciones construidas en zonas de comercios y servicios regionales CR.

3. BASES DE PLANEACIÓNPrograma de Desarrollo Urbano del centro de población de Manzanillo, Colima1 Clasifica al área de aplicacióndel presente Programa Parcial como Reserva Urbana a Mediano Plazo (RU-MP-5), Área Rústica Agropecuaria (AR-AGR-1) y Área de Prevención Ecológica (AP-2). La zonificación del Programa, el predio que interesa a este instrumento estádeclarado como Habitacional densidad media (H3-1), Corredor Regional de comercio y servicios (CR-1), Agropecuario(AG-1) y Forestal (F-2). Con respecto a la estructura urbana deberá considerar la Vía de Acceso Controlado (VAC-1) alsur del área de aplicación. No se manifiesta centros vecinales o centros barriales en el área de estudio.

Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del centro de población Manzanillo Colima5 El HonorableCabildo Constitucional de Manzanillo, Colima en sesión celebrada el día 04 de octubre del 2016 aprobó la "Modificaciónal Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Manzanillo, Colima" en lo que respecta a la parcela N° 23Z-1 P1/1 del Ejido El Naranjo de la ciudad y puerto de Manzanillo, Colima. Teniendo la clasificación de áreas actual deRU-CP-4A, Área Rústica Agropecuaria (AR-AGR-1) y Área de Prevención Ecológica (AP-2). De acuerdo a los artículos275 y 276 de la Ley, el Programa se sustenta en el Dictamen de Vocación del Suelo, Uso y Destino emitido por laDependencia Municipal el día 14 de noviembre del 2016 mediante folio N° DVS/060/16, el cual contempla los criteriostécnicos descritos anteriormente.

4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

· Urbanizar el área, para generar suelo apto para uso habitacional mediante 64 lotes;

1 Publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 7 de mayo del año 1994, y reformada el 4 de octubre del año 1997 y el 24 de enero del año 2004.2 Publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 23 de agosto de 1997.3 Publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 21 de febrero del año 2015.5 Publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 29 de octubre del año 2016.

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· Habilitar y equipar los espacios verdes contemplados en el predio pues en las zonas contiguas no hay espaciosde este tipo.

· Generar continuidad con las calles colindantes.

· Respetar en lo máximo posible la arborización de la zona

5. DIAGNOSTICO URBANO

LOCALIZACIÓN, se localiza al noroeste del centro urbano de la ciudad de Manzanillo, sobre la carretera federal Manzanillo-Cihuatlán, al este dela zona urbana de El Naranjo, como se muestra a continuación en la Imagen Nº 1.

TOPOGRAFÍA, El predio presenta una configuración topográfica diversa, sensiblemente inclinada en la colindancia conla carretera federal Manzanillo-Cihuatlán, aumentando de nivel permitiendo la conexión con vialidades de la zona urbana.Al norte la configuración es accidentada. La vegetación existente en la mayor parte del área de aplicación es tipo arbustivade temporal, se localizan 48 árboles de dimensiones medianas y de diferentes especies, de los cuales 6 son barcinos,16 ciruelos, 2 almendros, 5 árboles, 14 palmeras, 1 limón, 3 árboles de mango, 1 árbol de yaca; los cuales se respetarándentro de lo posible. La superficie del polígono del levantamiento topográfico es de 29,833.65 M², dicho levantamiento serealizó mediante coordenadas UTM con referencia al datum WGS-84 y proyecciones al ITRF-92, levantamiento autorizadopor la autoridad catastral. Se localiza en el área de aplicación en la colindancia oeste una construcción utilizada comocasa habitación, la cual su estatus se considera como irregular. Por estar en una parte alta (cota 118) se accede a dichavivienda por el andador existente en la zona urbana del Naranjo. Es mediante el presente instrumento que se regularizarásu estado legal.

6. ESTRATEGIA URBANA

ZONIFICACIÓN URBANA, se contempla desarrollar 61 lotes (H3-U) Habitacional unifamiliar densidad media, 2 lotescon el uso (CR) Comercio y servicios regionales, 1 lote con el uso (EV) Espacio verde y abierto destinado paramodulo deportivo y juegos infantiles y una fracción rústica (AG y PN), como se encuentra señalado en el planoE1.

LOTIFICACIÓN, se urbanizará una superficie de 20,261.13 M² y se mantendrá en rústica una superficie de 9,572.52 M²que corresponde a los usos Agropecuario (AG-1) y Forestal (F-2), del área a urbanizar se desprende un total de 64 lotescomo se encuentra señalado en el plano E2 llamado Lotificación.

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CÁLCULO DEL ÁREA DE CESIÓN, es obligación del urbanizador ceder una superficie del área a desarrollar paradestinarlo para equipamiento. Por lo que el área de cesión se obtiene del siguiente calculo: Tabla E-1. Cálculo del Áreade Cesión.

ZONA LOTES ÁREA VENDIBLE REQUERIMIENTO CESIÓN H3-U CR

61 2

63

10,387.31 M² 1,427.95 M²

11,815.26 M²

20% 15%

Total

2,077.46 M² 214.19 M²

2,291.65 M²

PROPUESTA DE LA CESIÓN PARA DESTINOS, Por lo que para el presente desarrollo se propone 1 lote con el uso EVEspacios verdes y abiertos, destinado para modulo deportivo y juegos infantiles.

Tabla E-2. Resumen General de Área

Área vendible 11,815.26 M² 58.31%

Área vialidades 6,152.16 M² 30.37%

Área de cesión 2,293.71 M² 11.32%

Área a urbanizar

20,261.13 M² 100% (67.91%)

Área rústica 9,572.52 M² 32.09%

Área Total 29,833.65 M² 100%

*Se genera un superávit en el área de cesión de 2.06 m². La lotificación queda integrada en 7 manzanas y suscaracterísticas se precisan de la siguiente manera:

Tabla E-3. Lotificación

Estructura Vial, son 3 los tipos que contienen o se integran al predio y que se indican gráficamente en el plano E2denominado Lotificación del anexo gráfico, deben responder a las especificaciones que se señalan en el Reglamento.La calle local intensidad C denominada CL-5 Circuito Los Ciruelos con una sección de 11.40 metros, las calles localesintensidad C´ con una sección de 10 metros les corresponde el artículo 216.

NORMAS Y CRITERIOS TÉCNICOSTabla E-4. Compatibilidad de Usos de Suelo

H3-U PREDOMINANTE VIVIENDA UNIFAMILIAR

Habitacional unifamiliar densidad media COMPATIBLE ALOJAMIENTO TEMPORAL RESTRINGIDO

COMPATIBLE ESPACIOS ABIERTOS

CONDICIONADO COMERCIAL Y SERVICIOS BÁSICOS

CONDICIONADO OFICINAS EN PEQUEÑA ESCALA

CONDICIONADO MANUFACTURAS DOMICILIARIAS

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CR PREDOMINANTE CENTROS COMERCIALES

Comercio y servicios regionales PREDOMINANTE COMERCIO Y SERVICIOS DE IMPACTO MAYOR

PREDOMINANTE VENTA DE VEHICULOS Y MAQUINARIA

COMPATIBLE COMERCIO Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS

COMPATIBLE CENTROS DE DIVERSIÓN

COMPATIBLE ALOJAMIENTO TEMPORAL MIXTO

COMPATIBLE OFICINAS DE PEQUEÑA ESCALA

COMPATIBLE OFICINAS EN GENERAL

COMPATIBLE TALLERES DE SERVICIOS Y VENTAS ESPECIALIZADAS

COMPATIBLE MANUFACTURAS MENORES

COMPATIBLE EQUIPAMIENTO URBANO REGIONAL

COMPATIBLE RECREACION EN ESPACIOS ABIERTOS

EV PREDOMINANTE RECREACIÓN EN ESPACIOS ABIERTOS

Espacios verdes abiertos COMPATIBLE NINGUNO

Tabla E-5. Normas de Control de Intensidad de Edificación

ZONA DEN. MAX.

SUP. MIN.

FRENTE MÍNIMO

ÍNDICE EDIF.

COS CUS ALTURA MAXIMA

RESTRICCIONES

EST. F P % Jardín M. Edif.

CR - 400 20 - 0.7 2.1 R T 5 3 20 Variable

H3-U 220 140 8 140 0.7 1.4 R 1 3 3 30 Semicerrado

NORMAS DE INGENIERIA URBANARed de abastecimiento de agua potable con toma domiciliaria. Se construirá una línea de 3" de diámetro de PVChidráulico RD-26, la conexión de agua potable se hará 50 metros al oeste del predio paralelo a la carretera;

Red de alcantarillado sanitario con descargas domiciliarias. Se descargará al subcolector que se ubica 50 m aloeste paralelo a la carretera. Se deberán cumplir los requerimientos de la fracción II del artículo 174 del reglamento conrespecto a la construcción de la red. El colector deberá cumplir con los criterios técnicos que establece el mismoordenamiento en sus artículos 190 al 192. Dicho colector será de PVC sanitario RD 25;

Sistema de desalojo de aguas pluviales. Las aguas pluviales se conducirán hacia la carretera ya que la topografíapresenta facilidades para la conducción de las aguas pluviales;

Red de electrificación con servicio de media tensión, instalación aérea. La instalación de suministro eléctricodeberá ajustarse a la Norma Oficial Mexicana para instalaciones eléctricas NOM-001-SEMP-1994 y las normas deconstrucción y especificaciones de la Comisión Federal de Electricidad y de los artículos 193 al 195 del Reglamento;

Red de alumbrado público. Se utilizarán postes metálicos de 5 metros de longitud y se utilizarán luminarias de aditivosmetálicos con sistema integral de ahorro de energía. Las condiciones técnicas más específicas deberán ser avaladaspor la Dirección de Servicios Públicos Municipales;

Señalamiento. Se utilizarán placas para nomenclatura metálicas para los nombres de las calles;

Arborización. En común acuerdo con la Dirección de Servicios Públicos Municipales se utilizará arbolado que se estéutilizando en la zona, se respetará la totalidad de los árboles existentes mismos que no interfieren en la estructura delfraccionamiento;

Red telefónica con instalación oculta y acometidas domiciliarias. Si TELMEX decide introducir su redsimultáneamente a la urbanización, la licencia de urbanización cubrirá la totalidad de los trabajos, cuando ésta decidainiciarlos una vez recibida por el municipio, deberá tramitar ante el ayuntamiento la licencia respectiva y cubrir losderechos por la misma.

Vialidades. Las calles serán concreto hidráulico. Las banquetas, guarniciones y rampas para personas especialesserán de concreto hidráulico de 200 kg/cm² y de 250 kg/cm² en pavimentos.

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7. ACCIONES URBANASPara llevar a cabo los objetivos del Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento "Residencial Lomas del Naranjo"y las acciones que se requieran ejecutar para lograr la adecuación espacial del predio incluidas las pendientes del mismo,son responsabilidades del promotor, y en apego a lo que establece el artículo 293 de La Ley estará obligado a costearpor su cuenta todas las obras de urbanización que se establecen en el presente Programa Parcial y se establecerán enel Proyecto Ejecutivo. Cómo lo establece el Artículo 295 de la Ley, el urbanizador o promotor aportará mediante convenio,la construcción o mejoramiento de la vialidad, de la infraestructura, del equipamiento y de las instalaciones, que, estandolocalizadas fuera de la zona a urbanizar, en forma directa se requieran para su adecuado funcionamiento; conforme seprecise en el Programa Parcial de Urbanización y de acuerdo a las bases que se establezcan en la Ley de IngresosMunicipal y otras disposiciones aplicables. Se deberá aplicar lo correspondiente al artículo 146 fracción I del Reglamento.Toda obra de construcción, modificación, reconstrucción o demolición, pública o privada, requerirá la autorización del H.Ayuntamiento de Manzanillo por medio de la dependencia municipal, conforme a lo que establece las leyes y normasen materia de Desarrollo Urbano, previo a la autorización del Título Octavo de la Ley. La empresa promovente participarácon el H. Ayuntamiento en establecer los criterios técnicos específicos como lo establece la Ley en el mejoramiento de:

· Se deberá realizar estudio hidrológico, cuyos resultados técnicos deberán plasmarse en el proyecto de drenajepluvial, dicho proyecto deberá ser autorizado por el organismo operador y plasmarse en el Proyecto Ejecutivode Urbanización;

· Se dará continuidad a las calles existentes fuera del predio.

· Se equiparán las áreas verdes correspondientes al área de cesión.

· Se respetará al máximo posible la vegetación existente.

· Se deberá construir una barrera física del área a urbanizar con el área que queda rústica, esto es mediantearbolado o generando reforestación que delimite dichas áreas, esto con el fin de generar un limite físico con elárea a urbanizar.

· La autorización del proyecto geométrico por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes quepermitirá el acceso y salida del fraccionamiento, deberá ser parte integral del Proyecto Ejecutivo de Urbanizacióncon el fin de obtener la Licencia de Urbanización, así como obtención de la autorización para el desalojo de aguaspluviales.

· Actualmente el lote el lote 10 de la manzana 44 cuenta con acceso por andador sin nombre de la zona urbanade El Naranjo, así como los servicios básicos que permiten el funcionamiento de la casa habitación ya construidaen dicho lote. Sin embargo, el promovente se compromete a permitir todas las facilidades para el correctofuncionamiento e integración del lote con el presente fraccionamiento.

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