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Tomo 102, Colima, Col., Sábado 26 de Agosto del año 2017; Núm. 55 pág. 2262. DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN COMPLEJO DE BODEGAS TECOMÁN, UBICADO AL SURESTE DEL ÁREA URBANA FRENTE A LA CARRETERA A CERRO DE ORTEGA DE LA CIUDAD DE TECOMÁN, COLIMA. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.238/2017, fechado y recibido el 26 de julio de 2017, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas Tecomán, ubicado al sureste del área urbana frente a la carretera a Cerro de Ortega de la ciudad de Tecomán, Colima, promovido por MARÍA DE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA y FERNANDO RAMOS MENDOZA. SEGUNDO.- Que según se advierte de la certificación del punto de acuerdo del acta de Cabildo del H. Ayuntamiento de Tecomán Colima, expedida el 14 de julio de 2017, el Programa Parcial de Urbanización, objeto del presente acuerdo, comprende un polígono compuesto por dos terrenos del Rancho El Delirio, haciéndose la declaratoria de usos y destinos de la siguiente manera: N° de lotes USO/DESTINO SUPERFICIE EN M 2 % VENDIBLE 31 CR 58,945.69 167,098.56 55.06 24 S 108,152.87 DE CESIÓN 1 EI 5,704.66 17,520.63 5.77 1 EV 11,815.97 VIALIDADES 78,607.48 25.90 PLUVIAL 5,194.23 1.71 2 IN 718.14 0.24 1 polígono 34,348.05 11.32 59 303,487.09 100 TERCERO: Que el H. Cabildo Constitucional de Tecomán, Colima, en Sesión celebrada el día 02 de junio de 2017, aprobó el Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas Tecomán, ubicado al sureste del área urbana frente a la carretera a Cerro de Ortega de la ciudad de Tecomán, Colima, según Certificación del Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el día 14 de julio de 2017, por el Secretario del H. Ayuntamiento ya mencionado, cuyo original se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano.

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Tomo 102, Colima, Col., Sábado 26 de Agosto del año 2017; Núm. 55 pág. 2262.

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

ACUERDO

Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN COMPLEJO DE BODEGASTECOMÁN, UBICADO AL SURESTE DEL ÁREA URBANA FRENTE A LA CARRETERA A CERRO DEORTEGA DE LA CIUDAD DE TECOMÁN, COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, enejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local,y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.238/2017, fechado y recibido el 26 de julio de 2017, el Director Generalde Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivoa mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documentoque contiene el Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas Tecomán, ubicado al sureste del áreaurbana frente a la carretera a Cerro de Ortega de la ciudad de Tecomán, Colima, promovido por MARÍA DE JESÚSRODRÍGUEZ GARCÍA y FERNANDO RAMOS MENDOZA.

SEGUNDO.- Que según se advierte de la certificación del punto de acuerdo del acta de Cabildo del H. Ayuntamientode Tecomán Colima, expedida el 14 de julio de 2017, el Programa Parcial de Urbanización, objeto del presenteacuerdo, comprende un polígono compuesto por dos terrenos del Rancho El Delirio, haciéndose la declaratoria deusos y destinos de la siguiente manera:

N° de lotes USO/DESTINO SUPERFICIE EN M2 % VENDIBLE 31 CR 58,945.69 167,098.56 55.06

24 S 108,152.87 DE CESIÓN 1 EI 5,704.66 17,520.63 5.77

1 EV 11,815.97 VIALIDADES 78,607.48 25.90

PLUVIAL 5,194.23 1.71 2 IN 718.14 0.24 1 polígono 34,348.05 11.32 59 303,487.09 100

TERCERO: Que el H. Cabildo Constitucional de Tecomán, Colima, en Sesión celebrada el día 02 de junio de 2017,aprobó el Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas Tecomán, ubicado al sureste del áreaurbana frente a la carretera a Cerro de Ortega de la ciudad de Tecomán, Colima, según Certificación del Punto deAcuerdo del Acta de Cabildo expedida el día 14 de julio de 2017, por el Secretario del H. Ayuntamiento ya mencionado,cuyo original se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General deRegulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano.

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CUARTO.- Que informa el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que el Secretario de Infraestructuray Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X,de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de UrbanizaciónComplejo de Bodegas Tecomán, ubicado al sureste del área urbana frente a la carretera a Cerro de Ortega de laciudad de Tecomán, Colima, según consta en el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización delcual solicita su publicación.

QUINTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectoslegales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado deColima", el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas Tecomán,ubicado al sureste del área urbana frente a la carretera a Cerro de Ortega de la ciudad de Tecomán, Colima, conformese asienta en los Considerandos anteriores, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellosterrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en elartículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en elPeriódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el ProgramaParcial de Urbanización Complejo de Bodegas Tecomán, ubicado al sureste del área urbana frente a la carreteraa Cerro de Ortega de la ciudad de Tecomán, Colima, el cual fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el 02 dejunio de 2017, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándosebajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agrariaen vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del GobiernoConstitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno, con fecha 27 veintisiete de julio de 2017 dos mildiecisiete.

Atentamente. "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN". EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERALDE GOBIERNO, ARNOLDO OCHOA GONZÁLEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA YDESARROLLO URBANO, JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO. Rúbrica.

FASE DE ANTECEDENTES

INTRODUCCIÓN

Mediante Escritura pública número 7,221 expedida en la ciudad de Tecomán del Estado de Colima, el 30 de agostode 1991 por el LIC. SERGIO HUMBERTO SANTA ANA DE LA TORRE, Notario Público titular de la Notaría Públicanúmero 1 de la ciudad de Tecomán, se hace constar que la señora MARÍA DE JESÚS RODRÍGUEZ DE RAMOS, espropietaria del predio Rustico identificado con el nombre de "El Delirio" que es una fracción del lote 73 de los terrenosllamados "De Afuera" ubicado la cabecera municipal de Tecomán, con una extensión superficial de 24-00-00hectáreas, que al hacer la medición resulto una superficie de 25-50-00 hectáreas. Dicha escritura se encuentrainscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el Folio Real número 000221-Z de fecha del 09 de octubrede 1991.

Mediante Escritura pública número 1145 expedida en la ciudad de Tecomán del Estado de Colima, el 13 de marzode 1996 por el LIC. LEONEL RENE LLERENAS VIRGEN, Notario Público titular de la Notaría Pública número 4 de

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la ciudad de Tecomán, se hace constar que el señor FERNANDO RAMOS MENDOZA, es propietario del predioRustico identificado como lote 74 de los terrenos llamados "De Afuera" ubicado la cabecera municipal de Tecomán,con una extensión superficial de 5-00-00 hectáreas. Dicha escritura se encuentra inscrito en el Registro Públicode la Propiedad bajo el Folio Real número 035986 de fecha del 16 de mayo de 1996.

Los propietarios celebraron un CONVENIO DE PROMESA DE CESIÓN ANTICIPADA, con el H. Ayuntamiento deTecomán, en el cual se destina una superficie de 32,232.42m² a la vialidad correspondiente al Libramiento Arco Sur-Poniente

Con lo anteriormente descrito, la señora MARÍA DE JESÚS RODRÍGUEZ DE RAMOS y el Sr. FERNANDO RAMOSMENDOZA, someten a consideración del H. Ayuntamiento de Tecomán para su revisión y evaluación, el proyectode Programa Parcial de Urbanización denominado Complejo de Bodegas "TECOMÁN" el cual requerirá unasuperficie de área de aplicación de 269,139.04m².BASES JURÍDICASEl fundamento jurídico de la estrategia del Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas "TECOMÁN"parte de los preceptos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General deAsentamientos Humanos, la Constitución Política del Estado de Colima, la Ley de asentamientos Humanos para elEstado de Colima y el Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima que en materia de regulación del sueloestablecen lo siguiente:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 27, párrafo tercero; 73 fracción XXIX-C; y 115 fracciones II. III, V y VI; establece la participación de la nación en la ordenación y regulación de losasentamientos humanos dentro del territorio nacional, la concurrencia de los tres niveles de gobierno en la materia,la facultad de los estados para expedir leyes en materia de desarrollo urbano y la atribución de los ayuntamientosen cuanto a la regulación del uso del suelo así como la formulación y aplicación de Planes y Programas de DesarrolloUrbano.

La Ley General de Asentamientos Humanos, publicada en el Diario Oficial de le Federación el día 21 de Julio de1993, establece la concurrencia de la federación, de las entidades federativas y de los municipios para la ordenacióny regulación de los asentamientos humanos; fija las normas básicas para la planeación de los Centros de Población;define los principios para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios que regulen lapropiedad de los Centros de Población y estipula las bases para la participación social en materia de asentamientoshumanos.

La Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, publicada en el periódico oficial "EL ESTADO DECOLIMA" el 7 de mayo de 1994, presenta a los Programas Parciales como derivados de los programas básicos delos cuales emana y que se integran a un sistema estatal, así mismo, establece en el capítulo VI del título tercero ladefinición y lineamientos generales para la formulación de los Programas Parciales; y en el capítulo II del título octavo,lo propio para la autorización de los Programas Parciales de Urbanización; en el artículo 21 fracción I faculta a losayuntamientos para formular, aprobar, administrar, ejecutar, evaluar y revisar los programas del ámbito municipal yel artículo 59, señala que los programas parciales son aprobados, ejecutados, controlados y evaluados por elAyuntamiento.

El Reglamento de Zonificación del Estado de Colima, publicado en el periódico oficial "EL ESTADO DE COLIMA"el 23 de Agosto de 1997, precisa el conjunto de normas técnicas y los procedimientos para formular y administrarla planeación y el ordenamiento territorial de los Centros de Población en el Estado, a través de los Programas deDesarrollo Urbano; establece los tipos básicos de zonas, la clasificación de usos del suelo y la reglamentación deáreas y zonas, a las que se sujetarán aquellas que se precisen dentro de los Programas Parciales de Urbanización.

BASES DE PLANEACIÓN

El Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021,PRINCIPIOS DE SUSTENTABILIDAD DEL PLAN

El modelo de desarrollo que se propone para Colima es sustentable, salvaguarda la herenciade un entorno saludable y protege a las personas más vulnerables a los cambios climatológicos y desastresnaturales.

Por ello, una prioridad trasversal para este gobierno es articular la sustentabilidad como piedra angular dela economía, del desarrollo social y de la calidad de vida, con base en el siguiente principio:

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Planeación urbana sustentableHoy en día, los efectos de la crisis ambiental son visibles tanto en la esfera económica como social. Los efectosnocivos como la contaminación del aire, agua y suelos afectan la producción agrícola y pecuaria, la salud, el turismoy el bienestar de las comunidades. Además, Colima se caracteriza por la exposición y vulnerabilidad ante fenómenosnaturales, como los son los sismos, las erupciones volcánicas y los huracanes.

Sin embargo, la actividad humana es la principal amenaza a la biodiversidad del estado. Es necesario reconocer queel crecimiento urbano ha carecido de planeación y ha relegado el tema ambiental a segundo plano. Por ejemplo, eldesarrollo de unidades habitacionales no contempla áreas verdes y crea vacíos alrededor de las urbes, alejando lanaturaleza de la población. De igual manera, las urbes no visualizan alternativas de movilidad ni sistemas derecolección de agua pluvial.

Colima no ha enfrentado un desabasto de agua, pero lo sufrirá si se continúa con el derroche, las fugas y el desgastedel recurso. Además, el aumento de la temperatura, asociado al cambio climático, tendrá consecuencias en lahumedad del suelo, el escurrimiento y la disponibilidad del agua, por lo que es imperativo optimizar el manejo del aguaen el campo y en las zonas urbanas.

Por lo tanto, es necesario desarrollar un modelo de planeación urbana sustentable que busque reactivar los polos dedesarrollo del estado, al tiempo que revierta el deterioro de los ecosistemas.

Educación ambientalAdemás de los incentivos necesarios para mejorar la sustentabilidad del estado, es importante mejorar elconocimiento de la población sobre el cuidado del medio ambiente y su relación con el desarrollo y la calidad de vida.

En este sentido, la certificación de escuelas verdes atiende en parte este problema. Estas escuelas promueven laconservación de energía y el aprovechamiento sustentable de recursos naturales, fomentan el reciclaje, remuevenmaterial tóxico, cuidan y conservan el agua y promueven la preservación ambiental.

Además, la participación de la ciudadanía es clave para el desarrollo de una cultura de la sustentabilidad. Ejemplode ello es el Centro Ecológico de Cuyután El Tortugario, creado en 1992 y que, en conjunto con escuelas y laparticipación ciudadana, protege y libera aproximadamente 63,000 crías de tortugas marinas cada año.

Capacidad institucional y regulatoria

Hay diversos vacíos normativos e institucionales en el estado, en materia de protección ambiental. Por ejemplo, serequiere la actualización del Reglamento de zonificación y de la Ley de asentamientos humanos, de forma que ambosinstrumentos abarquen el tema ambiental.

El Programa de ordenamiento ecológico territorial (POET) es un instrumento esencial para asignar a cada municipiosus acciones prospectivas, equilibradas y participativas que regulen la actividad humana y protejan el medio ambiente.Sin embargo, solo algunos municipios cuentan con un ordenamiento ecológico, por lo que no existe un marcoinstitucional para la protección de ecosistemas. Por lo tanto, es clave que el gobierno estatal fortalezca lascapacidades institucionales de los municipios en el diseño y aplicación de sus acciones estratégicas desustentabilidad.

OBJETIVOS. ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN

Línea de política. Asegurar que las políticas de desarrollo económico y social del estado sean sustentables y quebrinden oportunidades a las comunidades más vulnerables.

Objetivo. Asegurar que la planeación del desarrollo del estado considere la interrelación entre las dimensionessociales, económicas y ecológicas.

Estrategia. Acompañar el proceso municipal de ordenamiento territorial, con planeación estratégica e uso deinformación actualizada.

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Líneas de acción:

Asegurar que el uso y el cambio de suelos estén basadas en estudios técnicos de impacto socio-ambientaly justificaciones jurídicas.

Hacer públicas las deliberaciones de cambio de uso de suelo. Asegurar que la planeación y nuevas inversiones se acaten a los ordenamientos ecológicos territoriales

establecidos. Estimular la participación de la sociedad en la planeación territorial. Crear mecanismos de seguimiento y evaluación ciudadana para monitorear el cumplimiento de lo estipulado

en el Plan Estatal de Desarrollo.

El Programa de Desarrollo Urbano del centro de población de Tecomán, está vigente desde el 12 de diciembrede 2015, ubica a los predios en dos áreas de reserva urbana con una política de ocupación de corto plazo (RU-CP-41, RU-CP-42).

Con zonificación de Habitacional densidad Alta (H4-26), Zonas de Servicios a la Industria y al Comercio (S-32) y zonasde Comercial y de Servicios Regional (CR-9 y CR-29). En cuanto a la estructura vial, el programa establece la Vialidadde Acceso Controlado (VAC-2) denominado con derecho de vía de 55.00m y la vialidad principal (VP-2) con un derechode vía de 40.00m.

Lo anterior de conformidad a los dictámenes de Vocación de Suelo, según los oficios número 1050/2016 y 1051/2016de fecha del 22 de agosto de 2016.

OBJETIVOS

OBJETIVOS GENERALES:

De conformidad a lo establecido en la Ley de Asentamientos Humanos vigente en el Estado, los Programas Parcialesobedecen a los siguientes objetivos, que son generales para todos:

Determinar la zonificación específica, precisando los usos y destinos, para un área en particular del Centrode Población; y

Regular y controlar la urbanización y edificación, y en general el aprovechamiento de los predios y fincas ensu área de aplicación.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Precisar el uso de suelo del área de aplicación, promoviendo la inducción en el corto plazo de usosmás intensivos del que tiene en la actualidad, aprovechando las oportunidades que ofrece laubicación del predio;

Realizar el presente programa parcial, con estricto apego a la estrategia establecida en el Programa deDesarrollo Urbano del Centro de Población de Tecomán;

Definir las normas de control de la intensidad de la edificación y las relacionadas con la ingeniería urbana,de acuerdo a la zonificación que se establezca en la estrategia.

Fungir como instrumento de planeación que apoye el ordenamiento urbano en una superficie de 269,139.04m²correspondiente a una superficie en la cual se desarrollará un fraccionamiento con lotes Comerciales de tipoRegional y lotes de Servicios a la Industria y al Comercio.

Dotar de 59 lotes urbanizados incluyendo los de áreas de cesión.

FASE DE DIAGNOSTICO

LOCALIZACIÓN

El predio que dan motivo al presente Programa Parcial de Urbanización se ubican al sureste de la ciudad de Tecomán,en la intersección del arco poniente con la carretera Manzanillo – Playa Azul.

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DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE APLICACIÓN

El presente proyecto lo conforman dos predios rústicos, el PREDIO 1 con una superficie según la escritura de255,000.00m², sin embargo, el levantamiento topográfico arrojo una superficie de 253,487.09m² y lo conforma unpolígono cerrado de 13 vértices. El PREDIO 2 cuenta con una superficie de 50,000.00m² y está formado por un polígonocerrado de 5 vértices.:

La sumatoria de las superficies de los predios 1 y 2 arrojan 303,487.09m², de dicha superficie corresponden269,139.04m² al área de aplicación, de los cuales se toman la totalidad del predio 2 y 216,139.04m² del predio 1, elresto es decir 34,348.05m² seguirán manteniendo su status de Rustico.El predio 1 tiene las siguientes medidas y colindancias:Al Noreste en 535m con la carretera Tecomán Cerro de Ortega.Al noroeste en 447m con el Instituto Autónomo de Tecomán.Al Suroeste en 546m con propiedad privada.Al Sur en 56m con propiedad privada, y alAl Sureste en 486m con Unión de Empacadores de Frutas y Legumbres de Tecomán.

El predio 2 tiene las siguientes medidas y colindancias:Al noreste en 106.91m con la Carretera Tecomán – Cerro de Ortega.Al Sur en 154.93m con propiedad privada.Al sureste en 388.40m con propiedad privadaAl noroeste en 507.70m con propiedad privada.

MEDIO FÍSICO NATURAL

En lo referente al medio físico natural se tiene lo siguiente:El predio presenta una Topografía casi plana teniendo una pendiente norte-sur, la cota de nivel más alta de 27.00 yla cota más baja de 24.00M lo que significa tener una pendiente de 0.4%.

Por lo que respecta a la flora existe dentro del área de aplicación, el predio cuenta con el siguiente tipo de vegetación:COBANO, GUASIMA, NEEM, GUAMÚCHIL, LIMÓN, FICUS, CIRUELO, ROSA MORADA, TABACHIN, CAMICHIN,CHICO, BUGAMBILIA, PALMITA, PALMA ARECA, PALMA PATA DE ELEFANTE, VÁSTAGO DE PLÁTANO YJAMAICA.

MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO

En lo referente a las condicionantes del medio físico transformado, el área presenta las siguientes particularidades:Infraestructura y Servicios:En el rubro de infraestructura y servicios, el predio presenta las siguientes características:

Agua Potable y Drenaje: Para el suministro de Agua Potable, la Comisión de Agua Potable y AlcantarilladoCOMAPAT, menciona que no existe factibilidad, para los "LOTE 73 Y LOTE 74 del predio rústico Los de Afuera"según los oficios no. 187/2016 y 188/2016, de fecha del 24 de agosto de 2016.

En ese sentido, el señor Fernando Ramos Mendoza cuenta con un pozo profundo cuyo Título de concesión es08COL106363/161MGE01 y en el cual se tienen concesionados 30,000.00 metros cúbicos anuales de aguasnacionales del subsuelo, de los cuales 29,700m³ son para uso agrícola y 300m³ para uso pecuario.

Cabe hacer mención que una vez obteniendo la autorización del Programa parcial de urbanización, se procederá alcambio de uso del agua ante la CONAGUA.

Y para el servicio de Alcantarillado, la COMAPAT, menciona que, no existe factibilidad, por lo que en el presentedesarrollo se proyectó un lote para la instalación de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales.

Dicha planta deberá cumplir con la NORMA Oficial Mexicana NOM-003-ECOL-1997, Que establece los límitesmáximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios al público. Eneste sentido el proyecto considera la reutilización de las aguas tratadas para el riego del área verde que se proyectó.

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Electrificación. Para suministrar el servicio de energía eléctrica, se informa que si tiene factibilidad para el prediorústico identificado como "LOTE 73 Y LOTE 74 del predio rústico Los de Afuera" según los oficios SAT. -069/16y SAT. -069/16, emitido por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) el 16 de Agosto de 2016.

VIALIDAD. El predio tiene acceso a través del Libramiento Arco Poniente establecida como Vialidad de AccesoControlado (VAC-2), así como también por la carretera federal Tecomán-Cerro de Ortega, que tiene jurisdicciónestatal en el tramo comprendido entre Tecomán y Cofradía de Morelos de acuerdo al oficio número 01.443/16 de fechadel 06 de diciembre de 2016, en el PDU la parte que está dentro del límite de área de aplicación está establecida comoVialidad Principal (VP-2).

ESTRATEGIA DE DESARROLLO

ZONIFICACIÓN Y COMPATIBILIDAD DE USOS DEL SUELO

El proyecto se ha zonificado siguiendo lo marcado en la estrategia del Programa de Desarrollo Urbano del centro dePoblación de Tecomán, se proyectaron lotes con uso de Servicios a la Industria y al Comercio, lotes con uso deComercio y de Servicios Regionales (CR), un lote con uso de Equipamiento Institucional (EI), un lote con uso deEspacios Verdes y Abiertos (EV), y dos lotes para instalaciones de Infraestructura (IN).

Las zonas mencionadas en el párrafo anterior se sujetarán a lo estipulado en el Reglamento de Zonificaciónpara el Estado de Colima, así como, a los usos y destinos asignados para estas zonas que se enuncian acontinuación:

ZONA CATEGORÍA GRUPOS PERMITIDOS

S SERVICIOS A LA INDUSTRIA Y AL COMERCIO

PREDOMINANTE ALMACENES, BODEGAS Y MAYOREOS PREDOMINANTE TALLERES DE SERVICIO Y VENTAS ESPECIALIZADAS COMPATIBLE COMERCIO Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS COMPATIBLE COMERCIAL Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS COMPATIBLE CENTROS DE DIVERSIÓN COMPATIBLE CENTROS COMERCIALES COMPATIBLE COMERCIO Y SERVICIOS DE IMPACTO MAYOR COMPATIBLE VENTA DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA COMPATIBLE ALOJAMIENTO TEMPORAL MIXTO COMPATIBLE OFICINAS DE PEQUEÑA ESCALA COMPATIBLE OFICINAS EN GENERAL COMPATIBLE MANUFACTURAS MENORES

COMPATIBLE INDUSTRIA DE BAJO IMPACTO, CUMPLIENDO LINEAMIENTOS DE RIESGO BAJO

COMPATIBLE RECREACIÓN EN ESPACIOS ABIERTOS COMPATIBLE INSTALACIONES DE INFRAESTRUCTURA

CR COMERCIO Y DE SERVICIOS REGIONALES

PREDOMINANTE CENTROS COMERCIALES PREDOMINANTE COMERCIOS Y SERVICIOS DE IMPACTO MAYOR PREDOMINANTE VENTA DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA COMPATIBLE COM. Y SERICIOS. ESPECIALIZADOS COMPATIBLE CENTROS DE DIVERSIÓN COMPATIBLE ALOJAMIENTO TEMPORAL MIXTO COMPATIBLE OFICINAS DE PEQUEÑA ESCALA COMPATIBLE OFICINAS EN GENERAL COMPATIBLE TALLERES DE SERVICIOS Y VENTA ESP. COMPATIBLE ALMACENES, BODEGAS Y MAYOREOS COMPATIBLE MANUFACTURAS MENORES COMPATIBLE EQUIPAMIENTO URBANO REGIONAL COMPATIBLE RECREACIÓN EN ESPACIOS ABIERTOS

EV ESPACIOS VERDES

PREDOMINANTE RECREACIÓN EN ESPACIOS ABIERTOS COMPATIBLE NINGUNO

EI EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL

PREDOMINANTE EQUIPAMIENTO URBANO BARRIAL PREDOMINANTE EQUIPAMIENTO URBANO GENERAL COMPATIBLE RECREACIÓN EN ESPACIOS ABIERTOS

IN EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA

PREDOMINANTE INSTALACIONES DE INFRAESTRUCTURA COMPATIBLE NINGUNO

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Uso o destino predominante: es el o los usos o destinos que caracterizan de manera principal una zona, siendoplenamente permitida su ubicación en la zona señalada.

Uso o destino compatible: es el o los usos que desarrollan funciones que pueden coexistir con los usospredominantes de las zonas, estando también plenamente permitida su ubicación en la zona señalada.

Uso o destino condicionado: es el o los usos que tienen funciones complementarias dentro de una zona, estandosujetos para su aprobación al cumplimiento de determinadas condiciones establecidas previamente, o bien a lapresentación de un estudio detallado que demuestre que no se causarán impactos negativos al entorno.

Las actividades o giros factibles de desarrollar dentro de los grupos permitidos, compatibles o condicionados, quese describen en cada zona, son las que en forma específica se detallan en el Cuadro 3 del artículo 29 del Reglamentode Zonificación denominado «Clasificación de Usos y Destinos» y como se enuncia en el artículo 28 del mismoReglamento, los usos que NO se encuentran clasificados en alguna de las tres categorías mencionadas, seconsideran usos prohibidos y no deberán permitirse en la zona señalada.

NORMAS DE CONTROL DE INTENSIDAD DE LA EDIFICACIÓN

ZONA SUP. MIN.

FRENTE MÍNIMO

ALTURA MÁXIMA

ÍNDICE DE EDIF

COS CUS ESTACIONAMIENTO

RESTRICCIONES F P L JARD. M.

EDIF. S 400 15.0 R - 0.8 8M³ S/T 5 3 - 20 Varia CR 400 20.00 R - 0.7 2.1 S/T 5 3 - 20 Varia EV S/N Varia R - 0.05 0.05 S/T - - - - Abierto EI S/N - S/N - S/N S/N S/T 5 - - - Varia IN Varia - R - 0.7 2.1 S/T 5 5 5 20 Abierto

LOTIFICACIÓN

MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO

El Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas "TECOMÁN" pretende urbanizar 59 lotes de los cuales24, corresponden al uso se Servicios a la Industria y al Comercio (S), 31 lotes con uso de Comercio y de ServiciosRegionales (CR), 1 lote con uso de Equipamiento Institucional (EI), 1 lote con uso de Espacios Verdes y Abiertos (EV),y 2 lotes con uso de Infraestructura (IN) uno para el pozo profundo que se encuentra dentro del predio y otro prediopara la instalación de una planta de tratamientos de aguas residuales.

El resumen de áreas queda de la siguiente manera:

RESUMEN GENERAL DE ÁREAS ÁREA VENDIBLE 167,098.56 55.06% ÁREA DE CESIÓN 17,520.63 5.77% ÁREA LOTE IN 718.14 0.24% ÁREA DREN PLUVIAL 5,194.23 1.71% ÁREA VIALIDAD EXISTENTE (ARCO PONIENTE) 32,232.42 10.62% ÁREA DE VIALIDAD DE PROYECTO 46,375.06 15.28% ÁREA RÚSTICA 34,348.05 11.32% TOTAL = 303,487.09 100.00%

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CÁLCULO DEL ÁREA DE CESIÓN.

Por lo que respecta a la cesión de destinos de equipamiento, a las zonas CR, les corresponde 15%, y a las zonasde Servicios a la Industria y al Comercio le corresponde ceder el 8% de la superficie vendible a desarrollar, loanterior de acuerdo al Art. 139 fracción IV del Reglamento de Zonificación Estatal.

Por lo que se refiere al área de cesión para destinos y en estricto apego al artículo 139 fracción IX del Reglamentode Zonificación el cual fue reformado y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 21 de septiembrede 2002, se menciona que las zonas de Servicios a la Industria y al Comercio tipo "S" comprenderá el ocho por cientode la superficie vendible a desarrollar.

El cálculo del área de cesión se determinó de la siguiente manera:

ZONA SUPERFICIE # LOTES

REQUERIMIENTO DE CESIÓN SEGÚN REGLAMENTO

A CEDER

CR 58,945.69 31 15% 8,841.85 S 108,152.87 24 8% 8,652.23 TOTAL = 17,494.08

Dentro del proyecto se contemplaron 1 lote para destinos de espacios verdes y abiertos y 1 lote para equipamientoinstitucional EI, dichos lotes suman 17,520.63m². Se proyectó además un lote para destinos de Infraestructura INdonde actualmente se encuentra el pozo profundo y se proyectó un lote para la instalación de una planta detratamiento, ya que no existe el servicio de drenaje. Es importante establecer que los lotes IN no son contabilizadoscomo parte de la cesión de destinos de equipamiento urbano tal como lo señala el Reglamento de Zonificación.

LOTES PARA DESTINOS USO LOTES SUPERFICIE EI 1 5,704.66 EV 1 11,815.97 17,520.63 IN 2 718.14

CESIÓN DE CALCULO CESIÓN DE PROYECTO SUPERÁVIT 17,494.08m² 17,520.63m² 26.55m²

BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA LAS ÁREAS DE CESIÓN PARA DESTINOS DE EQUIPAMIENTO URBANOSERÁN VENDIDAS de conformidad a lo señalado en el artículo 132 del Reglamento de Zonificación del Estado deColima, que dice "Las áreas de cesión para destinos, o cesiones, así como las vías públicas e instalaciones paraservicios públicos en todos los centro de población serán de dominio público, por lo que al término de todoaprovechamiento urbano que generó cualquier obra de urbanización para la expansión o la renovación urbana, deberáde consignarse el carácter de inalienables e imprescriptibles que dichos bienes tendrán en lo sucesivo".

EQUIPAMIENTO URBANO

Dado que el desarrollo no genera un núcleo poblacional, el proyecto considera un lote para un área verde en elcual y dada la ubicación se propone un área a reforestar en el entendido que un jardín vecinal no tendría sentidoal no tener un núcleo poblacional cercano. Además, se proyectó un lote para un destino de equipamientoinstitucional que se propone como un lote para la dirección de servicios públicos municipales.

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CRITERIOS DE INGENIERÍA VIAL

En lo referente a la Estructura Vial, al proyecto de Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas"Tecomán", le corresponde consolidar la Vialidad de Acceso Controlado VAC-2 con un derecho de vía de 55m, laVialidad Primaria VP-2 con un derecho de vía de 60.00m, así como todas las calles locales que propone el presenteprograma.

La VAC-1 Vialidad de Acceso Controlado que actualmente tiene una sección construida que consta de dos cuerposcentrales de circulación con dos carriles de 4.00m cada uno, ambos cuerpos de circulación están separados por uncamellón central de 3.00, cuenta con camellones laterales de sección de 1.00m y calles laterales de 7.00m. aunadoa la geometría el presente proyecto considera que se genere un tercer carril para estacionamiento en cada calle lateralde 3.50m cada uno y una acera de 6.50m de los cuales 2.50m serian de banqueta y 4.00m de área arbolada. Elpavimento para este tipo de vialidades será de concreto asfaltico.

VP-2 Vialidad Primaria, establecida en el PDU, con un derecho de vía de 40.00m, actualmente se encuentranconstruidos los cuerpos centrales, y completan la sección, camellones laterales de 3.00m cada uno, calles lateralesde 7.00m cada uno y aceras de 3.00m. El pavimento para esta vialidad será de concreto asfaltico. su geometría deberáser autorizada por la SCT.

Calle Local, se diseñó con una sección de 15.00m y comprende dos carriles de circulación de 3.00m cada uno, carrilde estacionamiento en vía pública de 2.50m y aceras de 2.00m. El pavimento para esta vialidad será concreto asfaltico.Se diseñó una vialidad como calle local a ambos lados del dren pluvial, la cual deberá operar como par vial, el derechode vía es de 13.00m a cada lado del dren. El diseño considera un área arbolada en torno al dren, dos carriles decirculación de 3.50m cada uno, estacionamiento en vía pública de 2.50m y acera de 2.00m. estos elementos seconsideraron para cada lado del dren. El pavimento de esta vialidad deberá ser en concreto asfaltico.

Por lo que respecta al puente sobre el dren pluvial, este se considera con una sección de 15.00m considerando doscarriles de circulación de 3.00m cada uno, área de estacionamiento de 2.50m y aceras de 2.00m. La estructura deberáde contar con una memoria de cálculo y el aval de un estructurista en los términos de la normatividad vigente la cualdeberá formar parte del proyecto ejecutivo de urbanización.

El proyecto de lotificación genera una calle colindante con el predio vecino (GlobalGas) la cual se propone en unasección de 16.60m correspondiendo aportar el 50% de la sección a cada propietario, dicha calle se genera con lafinalidad de que la circulación por la lateral proyectada de la carretera, puedan ingresar al desarrollo y dirigirse haciael libramiento sin necesidad de cruzar la carretera.

Finalmente se diseñaron vialidades locales con un derecho de vía de 12.00m considerando aceras de 2.00m y doscarriles de circulación de 4.00m cada uno.

ACCIONES URBANAS

Para llevar a cabo los objetivos del Programa Parcial de Urbanización Complejo de Bodegas "TECOMÁN", lasacciones necesarias para lograr la adecuación espacial del predio, son responsabilidad del promotor en este casoa los señores MARÍA DE JESÚS RODRÍGUEZ DE RAMOS y FERNANDO RAMOS MENDOZA quien está obligadode conformidad a lo dispuesto en el artículo 293 de la Ley de Asentamientos Humanos vigente en el Estado, a costearpor su cuenta todas las obras de urbanización que se definen conforme al presente Programa y al proyecto ejecutivoque la autoridad municipal autorice.

Además de las Acciones Urbanas señaladas en el presente estudio, los promotores deberán realizar las siguientes:

ADECUACIÓN GEOMÉTRICA DE LA VIALIDAD VP-2. ADECUACIÓN GEOMÉTRICA DE LA VAC-2 ASÍ COMO COMPLETAR LA SECCIÓN VIAL DE 55.00

CONFORME EL DISEÑO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE INSTRUMENTO. CONSTRUIR UN PUENTE SOBRE EL DREN PLUVIAL SEÑALADO EN EL PLANO DE LOTIFICACIÓN. CONSTRUIR UNA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y LA UTILIZACIÓN DEL AGUA

TRATADA PARA RIEGO DE LAS ÁREAS VERDES. EMBOVEDAR EL DREN PLUVIAL EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL DERECHO DE VÍA DE LA

CARRETERA FEDERAL TECOMÁN – CERRO DE ORTEGA.

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Toda obra de construcción, modificación, reconstrucción o demolición, pública o privada, requerirá la autorización delAyuntamiento de Tecomán, conforme a lo que establece las leyes y normatividad en materia de Desarrollo Urbano.

De igual manera y para dar cumplimiento al Art. 146 fracción I del Reglamento de Zonificación, las áreas de cesiónpara destinos se habilitarán para su inmediata utilización, las correspondientes a espacios abiertos o áreas verdescon juegos infantiles serán a costo total del urbanizador y a satisfacción de las autoridades municipales.

De conformidad con el artículo 337 de la ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima cuyo texto dice queMientras no reciba las obras el Ayuntamiento para su municipalización, el urbanizador o promotor estará obligadoa:

I. Prestar los servicios de vigilancia; II. Suministrar con normalidad y suficiencia los servicios de agua potable y alumbrado público; III. Mantener en condiciones de funcionalidad el sistema de alcantarillado; IV. Prestar con eficiencia el servicio de limpia y recolección de desechos sólidos; V. Mantener limpios y bardeados con barrera transparente los terrenos, y VI. Cuidar y conservar las áreas verdes.

El urbanizador podrá repercutir proporcionalmente entre los vecinos, el costo de prestación de los servicios a que seencuentra obligado mientras no municipalice las obras de urbanización. El Ayuntamiento respectivo controlará alurbanizador en la repercusión del costo de los servicios.

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