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I.S.F.D. Nº 34 "Prof. Héctor J. Médici"4ta.Cohorte TP SUJETOS y ENSEÑANZA PROF. SUSANA FRAGA - PSICOLOGÍA 1 ALUMNO: MIGUEL A.VELÁZQUEZ Como profesor de escuelas técnicas según las leyes de Educación Nacional, de Educación Provincial, de Educación Técnico Profesional y el Decreto Nº 144/08, la participación directa del educador, es obligatoria cuando solicitada, y conceptualmente necesaria para la elaboración del curriculum de las asignaturas. La ley de educación nacional dice sobre el curriculum:” Es un instrumento de intervención del estado sobre el espa- cio público que es la Escuela.” Las estrategias formativas constantes de la propuesta curricular deben ser pensadas para que el estudiante consolide, incorpore y amplíe sus capacidades en relación a un determinado campo del conocimiento. “La Ley de Educación Técnico Profesional, como las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 261/06, 13/07, 15/07, 19/07, 47/08 y 77/09 conforman el marco normativo que establece con claridad pautas sobre las cuales se establecen los diseños curriculares jurisdiccionales.” La intención del curriculum debe ser: incorporar saberes actualizados, pues “el diseño curricular en su complejidad trasciende el listado de materias y módulos, los contenidos y las cargas horarias que en ellas se incluyen” Atento a este último párrafo se podría decir que: la verdadera especificidad mencionada en las normas y leyes de educación, en relación al sujeto pedagógico, está propiciada por el estado, que obligatoriamente debe procurar hacerse regulador presente y activo en la relación educador-educando, auxiliando y disponiendo los medios adecuados necesarios para una formación completa, actualizada, profesionalmente dirigida y con la libertad propia que debe rodear el ejercicio pleno del derecho al estudio y al progreso personal que tiene cada ciudadano.

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I.S.F.D. Nº 34 "Prof. Héctor J. Médici"4ta.Cohorte

TP SUJETOS y ENSEÑANZA PROF. SUSANA FRAGA - PSICOLOGÍA 1

ALUMNO: MIGUEL A.VELÁZQUEZ

Como profesor de escuelas técnicas según las leyes de Educación Nacional, de Educación Provincial, de Educación Técnico Profesional y el Decreto Nº 144/08, la participación directa del educador, es obligatoria cuando solicitada, y conceptualmente necesaria para la elaboración del curriculum de las asignaturas. La ley de educación nacional dice sobre el curriculum:” Es un instrumento de intervención del estado sobre el espa- cio público que es la Escuela.” Las estrategias formativas constantes de la propuesta curricular deben ser pensadas para que el estudiante consolide, incorpore y amplíe sus capacidades en relación a un determinado campo del conocimiento. “La Ley de Educación Técnico Profesional, como las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 261/06, 13/07, 15/07, 19/07, 47/08 y 77/09 conforman el marco normativo que establece con claridad pautas sobre las cuales se establecen los diseños curriculares jurisdiccionales.”La intención del curriculum debe ser: incorporar saberes actualizados, pues “el diseño curricular en su complejidad trasciende el listado de materias y módulos, los contenidos y las cargas horarias que en ellas se incluyen”Atento a este último párrafo se podría decir que: la verdadera especificidad mencionada en las normas y leyes de educación, en relación al sujeto pedagógico, está propiciada por el estado, que obligatoriamente debe procurar hacerse regulador presente y activo en la relación educador-educando, auxiliando y disponiendo los medios adecuados necesarios para una formación completa, actualizada, profesionalmente dirigida y con la libertad propia que debe rodear el ejercicio pleno del derecho al estudio y al progreso personal que tiene cada ciudadano.Su organización deberá ser realizada en todos los casos sin excepción, contemplando el perfil profesional socio productivo que el estado ofrece a los ciudadanos. En busca de resultados de alta calidad en formación secundaria debemos pensar en la inclusión de los temas con los parámetros necesarios a la incorporación del conocimiento, donde además de considerar la carga horaria por materia, el enfoque de los temas debe estar claramente posicionado frente al aprendizaje concreto y necesario a la resolución de los problemas que existen hoy en las diversas ramas de la técnica.Otro punto a considerar es la enseñanza de temas estratégicos entendiendose por esto la apoyatura técnica para desenvolver los métodos y saberes que se avizoran como necesarios en el futuro próximo. (ej.la enseñanza de informática).La currícula programática no solo debe atender a los fines de su ejecución, sino a una reelaboración creativa, que conduzca al alumno hacia el saber através del aprendizaje, de forma tal que el conocimiento resultante no sea la simple incorporación de la materia a su acervo cultural en la forma en que le llegó, sino, un producto nuevo que con base en lo que era, esté imbuido de un espíritu renovado que posea nuevas utilidades y funciones. Cabe al docente aplicar estos principios por medio de una didáctica entendible y asimilable al presente.

Además de los alcances y los objetivos del diseño curricular, debemos tener presente la posibilidad de reorganización de los contenidos para facilitar la exposición desde una didáctica adecuada al grupo con el que se trabaja; de esta forma el docente podría elegir el método de enseñanza a aplicar. Se podría lograr esto con una división bien pensada de los títulos de los temas.El avance de la ciencia es tan veloz que lo que hace seis meses entendíamos como nuevo, al día de hoy podría haber quedado obsoleto, es por eso que debe enfatizarse la necesidad de ver un poco más allá en el tiempo cuando de diseñar un curriculum de estudio se trata. Es vital que el docente en su día a día incorpore

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una temática basada en sólidos conocimientos sobre tecnologías, y procesos tácitamente aceptados por la industria y practicados como buena técnica, que puedan ser incluidos en la temática curricular pues es menester que se enseñe lo nuevo en cada área para estar acorde a la dinámica de los tiempos actuales.

A lo largo de la historia de nuestro país, el espacio temporal necesario para construir subjetividad fué distraído algunas veces con tareas que la escuela como institución debió afrontar, no por ser ese su fin y sí por ser el último refugio que las grandes crisis dejaron a los sectores sociales de bajos recursos, arrinconados por la necesidad. La escuela alimentó primero a los niños y después a sus familias. (“el sujeto pedagógico y la enseñanza”). “Algunos discursos reclamaron liberar a los docentes de estas tareas que los distrajeron de su especificidad. Sin embargo, las escuelas pueden y deben articular su actividad específica, la enseñanza, con la considera-ción completa de las vidas de sus alumnos, es decir atender, amparar, ofrecer filiación y políticas de cuidado que en todas las épocas las escuelas brindaron. La enseñanza no se contrapone al cuidado, lo incluye. El reconocimiento del alumno en sus características personales, familiares, culturales, sociales, de género permite ofrecerle el amparo, siendo éste, una de las condiciones para que el aprendizaje sea posible.Esta concepción de enseñanza requiere múltiples vínculos entre sujetos y de ellos con la sociedad y las instituciones. Entre todas las articulaciones, la relación pedagógica docente alumnos resulta de fundamental importancia.”

La adquisición de capacidades relacionadas con el campo técnico, sólo puede concretarse si se generan los procesos educativos y actividades formativas de acción y reflexión sobre situaciones problemáticas relevantes para los alumnos, que promuevan la construcción del conocimiento, a la vez que representen problemas característicos de la práctica tecnológica. La formación específica de la educación técnico profesional, se debe organizar a través de módulos, entendidos como una unidad curricular con sentido propio, que oriente el proceso de enseñanza, en función de las expectativas de logro y contenidos definidos en torno a problemas de la práctica y a las capacidades de desarrollo individual.

Bibliografía - Direccion gral.de cultura y educación de la provincia de Bs. As. “Marco general de política curricular”, en Bs. As., 2007. - Congreso de la Nación, “Ley 26058 de Educación Técnica”, en Bs.As, 2007. - Direccion gral.de cultura y educación de la provincia de Bs. As “Marco regulatorio leyes 26206 y 13688” En Bs.As., 2007. - Direccion gral.de cultura y educación de la provincia de Bs. As “Ley de Educación Provincial N° 13.688 y el Expediente N° 5802-2.648.638/07” - Ministerio de Educación de la Nación, “Ley de Educación Nacional N° 26.206”, Bs. As. , 2006. - Direccion gral.de cultura y educación de la provincia de Bs. As, “Ley de Educación Provincial N° 13.688” Bs. As., 2006.