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^tPÚBLICA DEL RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA 00^ -2019-SUTRAN/01.2 O5 FEB. 2019 VISTOS: El Informe 013-2019-SUTRAN/04.2 de fecha 01 de febrero de 2019 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 025-2019-SUTRAN/04-1 de fecha 04 de febrero de 2019 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 066-2018-SUTRAN/01.2 de fecha 28 de diciembre 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, por un monto de Sesenta y Seis Millones Doscientos Diecinueve Mil Quinientos Cincuenta y Tres con 00/100 Soles (S/. 66 219 553), de conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, según lo establecido en el artículo r de! Decreto Supremo N° 031-2019-EF publicado el 31 de enero de 2019 en el Diario Oficial"El Peruano, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019 a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías", hasta por la suma de S/ 4 020 950,00 (Cuatro Millones Veinte Mil Novecientos Cincuenta y 00/100 Soles), a favor del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, para financiar la continuidad de tres (03) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (lOARR), del Plan de Modernización y Gestión de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías. Que, el artículo 3° del Decreto Supremo señalado en el párrafo precedente dispone que los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1° no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados; Que, asimismo en el numeral 46.1 del artículo 46" del Decreto Supremo 1440 - Decreto Supremo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que constituyen modificaciones presupuestarias en el nivel institucional: los créditos suplementarios y las transferencias de partidas, los que son aprobados mediante Ley; Que, de igual forma el numeral 19.1 del artículo 19° de la Directiva 001-2019- EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral 003-2019-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestarias que se aprueben en el nivel institucional, conllevan (...) a lacreación de nuevas metas presupuestarias;

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^tPÚBLICA DEL

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA

N° 00^ -2019-SUTRAN/01.2

O5 FEB. 2019

VISTOS: El Informe N° 013-2019-SUTRAN/04.2 de fecha 01 de febrero de 2019 de la

Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 025-2019-SUTRAN/04-1 de fecha 04 defebrero de 2019 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 066-2018-SUTRAN/01.2 de fecha28 de diciembre 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastocorrespondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de

Personas, Carga y Mercancías, por un monto de Sesenta y Seis Millones Doscientos DiecinueveMil Quinientos Cincuenta y Tres con 00/100 Soles (S/. 66 219 553), de conformidad con la LeyN° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

Que, según lo establecido en el artículo r de! Decreto Supremo N° 031-2019-EFpublicado el 31 de enero de 2019 en el Diario Oficial"El Peruano, se autorizó la incorporación derecursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías", hastapor la suma de S/ 4 020 950,00 (Cuatro Millones Veinte Mil Novecientos Cincuenta y 00/100Soles), a favor del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga yMercancías, para financiar la continuidad de tres (03) Inversiones de Optimización, de AmpliaciónMarginal, de Reposición y de Rehabilitación (lOARR), del Plan de Modernización y Gestión de laSuperintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías.

Que, el artículo 3° del Decreto Supremo señalado en el párrafo precedente disponeque los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1° no pueden serdestinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados;

Que, asimismo en el numeral 46.1 del artículo 46" del Decreto Supremo N° 1440 -Decreto Supremo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que constituyenmodificaciones presupuestarias en el nivel institucional: los créditos suplementarios y lastransferencias de partidas, los que son aprobados mediante Ley;

Que, de igual forma el numeral 19.1 del artículo 19° de la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N®003-2019-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestarias que se aprueben en elnivel institucional, conllevan (...) a la creación de nuevas metas presupuestarias;

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Que, el artículo 8° del Decreto Supremo N° 1440 - Decreto Legislativo del SistemaNacional de Presupuesto Público, señala que la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veceses responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a lasdisposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto,organiza, consolida, verifica ypresenta la información quese genereen sus respectivas unidadesejecutoras yen sus centros de costos, así como coordina ycontrola la información de ejecuciónde ingresos y gastosautorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyenel marco límite de los créditos presupuestarios aprobados;

Que, asimismo, el Artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones de laSUTRAN, aprobado por Decreto Supremo N 006-2015-MTC, señala que la Oficina dePlaneamiento y Presupuesto es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección y demásdependencias de la entidad en la formulación yevaluación de la política institucional; formula yevalúa los planes ypresupuesto, lasacciones de modernización de la gestión pública ydesarrolloinstitucional.

Que, en ese contexto mediante Informe N° 013-2019-SUTRAN/04.2 de fecha 01 defebrero de 2019, la Oficina de Planeamientoy Presupuesto emite opinión favorable y propone laModificación Presupuestaria a Nivel Institucional Tipo 2: Créditos Suplementario, a fin que seautorice la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2019, para el financiamiento de la continuidad de las Inversiones deOptimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (lOARR) del Plan deModernización y Gestión de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga yMercancías, hasta por el importe de Cuatro Millones Veinte Mil Novecientos Cincuenta y 00/100Soles (S/.4 020 950, 00);

Que, de igual modo mediante Informe N° 025-2019-SUTRAN/04.1 de fecha 04 defebrero de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica considera viable que se apruebe ladesagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 031-2019-EF,correspondiendo a la Superintendencia la emisión del acto resolutivo para su aprobación.

Que, con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidadde Presupuesto, de laOficina de Asesoría Jurídica yde la Gerencia General;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440 - DecretoLegislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879 - Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Supremo N° 006-2015-MTC que aprueba elReglamento de Organización yFunciones de la SUTRAN; yla Directiva N° 001-2019-EF/50.01 -Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N" 003-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE

ARTÍCULO 1.- DESAGREGACIÓN DE RECURSOSAPRUÉBESE la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 031-2019-EF por un monto de SI 4020 950,00 (CUATRO MILLONES VEINTE MIL NOVECIENTOSCINCUENTA Y00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios,de acuerdo al siguiente detalle;

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EGRESOS

SECCIÓN PRIMERA

PLIEGO

UNIDAD EJECUTORA

En soles

GOBIERNO CENTRAL

CATEGORIA PRESUPUESTARIA

202 : Superintendencia de Transporte Terrestre dePersonas, Carga y Mercancías

001 : SUTRAN - Gestión y Administración General

0138 : Reducción del Costo. Tiempo e Inseguridaden el Sistema de Transporte

PRODUCTO/PROYECTO 2432848 : Adquisición de monitores de video, sistemasininterrumpidas de energía (ups), sistemasde seguridad perimetral (firewails), equiposde respaldos para arciiivos y sistemas deprocesamiento y almacenamiento(servidores, storage, librerías de respaldo,cloudbridge); en el(ía) centro de gestión ymonitoreo en la localidad Jesús maria,distrito de Jesús María, provincia lima,departamento lima.

1 : Recursos OrdinariosFUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 942 370,00

PRODUCTO/PROYECTO 2432858: Adquisición de Cámaras de Inspección,Conmutadores, Camioneta, Equipos deIngeniería para Supervisión y Control,Alcoholímetro, Computadores de Tableta ySistemas de Procesamiento yAlmacenamiento (Servidores, Storage,Librerías de Respaldo, Cloudbridge); enei(la) Puntos de Control distrito de - Todos -,Provincia - Todos Departamento - Muí.Departamental

1 : Recursos OrdinariosFUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 728 580,00

PRODUCTO/PROYECTO 2435730 ; Adquisición de equipo de sistema de controlaleatorio, basculas de camión o riel, sistemade pararrayos para protección eléctrica,grupo electrógeno y cinemómetro; en el(Ia)unidades desconcentradas distrito de -

todos -, provincia - todos -, departamento

1 : Recursos OrdinariosFUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

TOTAL UNIDAD EJECUTORA

TOTAL PLIEGO

1 350 000.00

4 020 950,00

4 020 950,00

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ARTÍCULO 2. NOTAS PARA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIAENCARGAR a la Oficina de Planeamiento yPresupuestoparaque elaboren las correspondientes"Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuestoen la presente norma.

ARTÍCULO 3. REMISIÓNREMITIR una copia del presente dispositivo a los organismos señalados en el numeral 31.4 delartículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional dePresupuesto Público.

ARTÍCULO 4°.- PUBLICACIÓNDISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal institucional de laSuperintendencia de Transporte Terrestre, Carga yMercancías-SUTRAN (www.sutran.gob.pe).

Regístrese y comuniqúese

a Meza, SupcrintendenicSuperinicndcncia de Transpone Terrestre

dePersonas, Carga y Mercancus