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MINERIA Página 1 1. ACTIVIDADES MINERAS Son actividades de la industria minera, las siguientes: CATEO Y PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN, EXPLOTACION, LIXIVACIÓN y CONCENTRACIÓN, FUNDICION Y REFINERIA, Y COMERCIALIZACIÓN. La clasificación de las actividades mineras corresponde al estado. El ejercicio de las actividades excepto el cateo, prospección y la comercialización, se realiza exclusivamente bajo el sistema de concesiones, al que se excede bajo procedimientos que son orden público. 1.1. CATEO Y PROSPECCION En esta etapa se buscan zonas en las que se presume existe un yacimiento minero, vale decir, zonas geológicas susceptibles de ser explotadas (vetas, diseminados, lavaderos). Durante el cateo se recogen rocas del suelo o se cavan zanjas para obtener muestra y analizarlas físicamente (ver color, dureza, etc.); mientras que en la prospección, se aplican análisis químicos y estudios geofísicos. 1.1.1. IMPORTANTE Las actividades de cateo y prospección en áreas libres no requieren de permiso o autorización previa. Sin embargo, si quiere realizar dichas actividades que no son libres, debe tener en cuenta que:  En áreas donde exista concesion es mineras, áreas de no admisión, de denuncios y terrenos cerrados y cultivados, no se podrá ejecutar el cateo y prospección, salvo permiso previo de su titular o propietario.  En zonas urbanas o de ex pansión urbana, zonas reservadas para la defensa nacional, zonas arqueológicas o sobre bienes de uso público esta prohibió el cateo y prospección, salvo autorización previa de la autoridad competente. 1.2. EXPLORACION

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    1. ACTIVIDADES MINERAS

    Son actividades de la industria minera, las siguientes: CATEO Y

    PROSPECCIN, EXPLORACIN, EXPLOTACION, LIXIVACIN y

    CONCENTRACIN, FUNDICION Y REFINERIA, Y COMERCIALIZACIN.

    La clasificacin de las actividades mineras corresponde al estado. El ejercicio

    de las actividades excepto el cateo, prospeccin y la comercializacin, se

    realiza exclusivamente bajo el sistema de concesiones, al que se excede bajo

    procedimientos que son orden pblico.

    1.1. CATEO Y PROSPECCION

    En esta etapa se buscan zonas en las que se presume existe un yacimiento

    minero, vale decir, zonas geolgicas susceptibles de ser explotadas (vetas,

    diseminados, lavaderos). Durante el cateo se recogen rocas del suelo o se

    cavan zanjas para obtener muestra y analizarlas fsicamente (ver color, dureza,

    etc.); mientras que en la prospeccin, se aplican anlisis qumicos y estudios

    geofsicos.

    1.1.1. IMPORTANTE

    Las actividades de cateo y prospeccin en reas libres no requieren de permiso

    o autorizacin previa.

    Sin embargo, si quiere realizar dichas actividades que no son libres, debe tener

    en cuenta que:

    En reas donde exista concesiones mineras, reas de no admisin, de

    denuncios y terrenos cerrados y cultivados, no se podr ejecutar el cateoy prospeccin, salvo permiso previo de su titular o propietario.

    En zonas urbanas o de expansin urbana, zonas reservadas para la

    defensa nacional, zonas arqueolgicas o sobre bienes de uso pblico

    esta prohibi el cateo y prospeccin, salvo autorizacin previa de la

    autoridad competente.

    1.2. EXPLORACION

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    Se realiza con el fin de demostrar las dimensiones, posiciones, caractersticas

    mineras, reservas y valores de los yacimientos mineros.

    Para ello se realiza un estudio ms detallado, incluyendo perforaciones,

    muestreo, anlisis del contenido y tipo de mineral; buscando definir si el minerales o no recuperable.

    CARACTERISTICAS CLAVES DE LA EXPLORACION

    Es una actividad que se realiza de forma continua, tanto en los trabajos

    de un proyecto nuevo o sobre yacimientos que estn en produccin.

    Es el mecanismo mediante el cual el minero busca incrementar su nivel

    de reservas probadas y reservas probables. en base a este incrementolograra extender la vida til de la mina.

    De acuerdo al impacto previsto de la actividad de exploracin, el titular

    minero deber presentar una declaracin jurada o una evaluacin

    ambiental, donde seale los impactos y controles a ejecutar por efectos

    de su presencia.

    1.3. EXPLOTACION

    Etapa en la que se extraen los minerales contenidos en un yacimiento.

    En el caso de la minera subterrnea, es comn la perforacin, voladura,

    acarreo y trasporte fuera de la mina (rieles o ruedas). Cuando se trata de minas

    superficiales, el proceso comprende la perforacin, voladura, carguo y

    transporte.

    1.3.1. TIPOS DE EXPLOTACION

    a. SUBTERRANEA

    Se realiza mediante galeras horizontales y piques verticales. Predominante en

    la minera tradicional, hoy es poco frecuente salvo en minas muy profundas o si

    el mineral se concentra en vetas.

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    b. A CIELO ABIERTO

    Es la tcnica ms utilizada actualmente, dado el progresivo agotamiento

    mundial de los metales en ventas de alta ley. Consigue rentabilizar depsito

    diseminado de mineral, de ley mucho menor. Se remueven grandes volmenesde roca, incluyendo alta proporcin de estriles en la minera metalfera,

    formando escalones, excavaciones, rajos de gran tamao, los estriles suelen

    quedar depositados en escombreras, y el mineral tratado en colas o relaves.

    Incluye tambin canteras para extraccin de aridos, calizas, rocas

    ornamentales, etc.

    c. POR DISOLUCION

    Atreves de una batera de pozos se inyectan grandes volmenes de agua

    calentada a alta temperatura, con fuerte consumo de gas, para disolver el

    mineral soluble que se halla en las profundidades, para bombearlo disuelto a

    travs de otros pozos. El impacto de la extraccin sobre la superficie es mucho

    menor que en la minera a cielo abierto, pero puede producir subsidencia del

    terreno, y segn el mineral y el manejo que se haga de l, dejar grandes

    volmenes de sal residual depositado en superficie.

    1.4. LIXIVIACION Y CONCENTRACION

    Una vez extrados los minerales de los yacimientos, es necesario procesarlos

    con la finalidad de separar los metales valiosos de las rocas que los contienen.

    Para ello, se realizan procesos de LIXIVACIN y CONCENTRACIN.

    A travs de los procesos de lixiviacin, el mineral se coloca sobre depsitos

    especialmente aislados del suelo, y se disuelven mediante productos qumicos

    que separan los metales valiosos de las rocas que los contienen.

    En el caso de los procesos de concentracin, este se lleva a cabo a travs de

    plantas concentradoras, en las cuales los minerales son pulverizados y luego

    son mezclados con materiales qumicos hasta obtener concentrados

    minerales.

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    1.5. FUNDICION Y REFINERIA

    Procesos de purificacin de minerales y eliminacin de contenidos no valiosos.

    A travs de los procesos de FUNDICIN, los concentrados minerales son

    sometidos a la accin del calor en hornos, aplicando altas temperaturas hasta

    obtener metales con impurezas.

    Para lograr el estado de pureza comercial, los metales impuros atraviesan un

    proceso de ELECTROREFINACIN.

    1.6. COMERCIALIZACION

    Consiste en la venta de minerales. El ejercicio de esta actividad es libre, pararealizar no se requiere del otorgamiento de una concesin. No obstante, en las

    transacciones o contratos de compra y venta de productos mineros, tanto como

    comprador como vendedor estn obligados, bajo la responsabilidad al precisar

    la procedencia de los productos, esto es, debe identificar el derecho minero del

    cual ha sido extrado y/o especificar en el caso de productos metalrgicos de

    planta de beneficio.

    2. CONCESION MINERA

    La doctrina coincide en definir la concesin minera como un acto jurdico

    administrativo por el cual el Estado, dueo originario de las minas, autoriza a

    los particulares, al propio Estado o a organismos vinculados a este, a realizar

    actividades de exploracin, explotacin, beneficio, labor general o transporte en

    un rea del patrimonio minero a cambio del cumplimiento por parte de estos de

    las condiciones establecidas legalmente.

    La concesin minera en el territorio nacional genera obligaciones para el

    particular que le concedan dicha concesin, el cual tambin tiene beneficios

    exclusivos los cuales son el derecho a la exploracin y explotacin de la

    sustancias minerales que se encuentren dentro del mbito espacial concedido

    por el ejecutivo nacional

    La concesin en derecho pblico se refiere a permiso, autorizacin del

    Ejecutivo Nacional a particulares o Empresas privadas determinados derechos

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    o privilegios para realizar una obra pblica, un servicio pblico y por ltimo

    utilizan la expresin Concesin para autorizar a particulares en la explotacin

    de un dominio pblico ( aguas, minas, etc.); previa una oferta privada o por

    ofrecimiento pblico para su otorgamiento o el pago de un canon por parte del

    concesionario, esta opinin es ratificada por Gonzlez Berti al expresar que la

    palabra Concesin es " Tomada del derecho administrativo por la legislacin de

    minas para denominar el otorgamiento que realiza el Ejecutivo Nacional a los

    particulares. "

    2.1. TIPOS DE CONCESION

    2.1.1. EXPLORACION Y EXPLOTACION

    La concesin minera otorga a su titular el derecho a la exploracin y

    explotacin de los recursos minerales concedidos, que se encuentran dentro

    de un slido de profundidad indefinida, limitado por plano verticales

    correspondientes a los lados de un cuadrado, rectngulo o poligonal cerrada.

    En el caso de la exploracin, se refiere el acuerdo previo con el propietario del

    terreno superficial o la culminacin del proceso de servidumbre.

    La explotacin es la actividad de extraccin de los minerales contenidos en un

    yacimiento.

    2.1.2. CONCESIONES DE BENEFICIO

    Es el conjunto de proceso fsico, qumicos que se realiza para extraer las

    partes valiosas de un agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar

    metales

    Comprende las siguientes etapas:

    a. PREPARACION MECANICA: proceso por el cual se reduce de tamao,

    se clasifica y/o lava un mineral.

    b. METALURGIA: conjunto de procesos fsicos, qumicos que se realizan

    para concentrar y/o extraer las sustancias valiosas de los minerales.

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    c. REFINACION: proceso para purificar los metales de los productos

    obtenidos de los procedimientos metalrgicos anteriores.

    2.1.3. CONCESIONES DE LABOR GENERAL

    La concesin de labor general otorga a su titular el derecho a prestar servicios

    auxiliares (ventilacin, desage, izaje o extraccin) a dos o ms concesiones

    mineras.

    Esta concesin da lugar a un contrato de servicios entre el concesionario de

    labor general y aquellos concesionarios que se beneficien con la obra auxiliar.

    El contrato especificar las causales de resolucin del contrato y la tarifapactada entre las partes.

    La concesin de labor general no confiere un derecho real sobre los minerales

    objeto del servicio. No obstante, cuando se alumbren aguas que contengan

    sustancias minerales, el concesionario puede aprovechar estas sustancias

    minerales, salvo pacto en contrato. Es una concesin de plazo indefinido.

    2.1.4. CONCESION DE TRANSPORTE MINERO

    Confiere a su titular el derecho de instalar y operar un sistema de transporte

    masivo continuo de producto minero.

    La concesin de transporte minero da lugar al transporte masivo y continuo de

    productos de minera entre uno o ms centros mineros y un puerto, una planta

    de beneficio o una refinera, o en uno o ms tramos de estos trayectos. Estaconcesin da lugar a un contrato de servicios entre el concesionario de

    transporte minero y los concesionarios que se benefician con el transporte de

    minerales y no confiere ningn derecho real sobre los productos objeto de

    transporte. Es una concesin de plazo indefinido.

    REQUISITOS

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    Solicitud de acuerdo a formato

    Informacin tcnica

    Copia del cargo de la presentacin del EIA a la direccin general de

    asuntos ambientales

    Documento que acredite que el solicitante esta autorizado a utilizar el

    terreno en el que se construir, en el caso que dicho terreno sea de

    propiedad privada

    Memoria descriptiva que indicara la longitud de la labor general, rea de

    influencia, plazo y calendario de ejecucin de la obra, el o los servicios a

    prestar, condiciones de aprovechamiento de los minerales en las

    concesiones que atraviesa, relacin ente el concesionario y los de la

    zona de influencia, rgimen de mantenimiento, rgimen de utilizacin de

    la labor por el y/o los distintos concesionarios, disposicin de las

    sustancias minerales en las aguas que se alumbran, limpieza de

    desmonte, sistema de ventilacin, desage, iluminacin y forma como se

    almacena el desmonte en la superficie

    Acreditar haber pagado el derecho de vigencia

    Pago por derecho de tramite: segn TUPA

    2.2. OBJETIVOS DE LAS CONCESIONES MINERAS

    a. Actualizar y precisar facultades de las instancias que intervienen en la

    autorizacin de trmites, formatos y actividades.

    b. Aplicar criterios de simplificacin administrativa desregulando tramites y

    disminuyendo plazos para una resolucin expedita de los asuntosmineros.

    c. Otorgar las caractersticas del trmite mediante el cual la Secretaria de

    Economa confiere a los particulares el derecho a explorar y extraer

    minerales, con excepcin de los radioactivos.

    d. Informar conforme a los artculos ms importantes de la legislacin

    minera, las garantas y obligaciones que adquieren las sociedades del

    ramo que solicitan una concesin minera.