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Pido una gracia, y temo que no se me conceda: la de que no se juzgue por una lectura rápida un trabajo de veinte años; la de que se apruebe o se condene el libro entero, no un pasaje cualquiera o algunas frases. Quien desee buscar el designio del autor, no lo descubrirá sino en el conjunto de la obra. No he deducido mis principios por mis prejuicios; los he sacado de la naturaleza de las cosas, me creería el más feliz de los hombres si pudiera conseguir que todos los hombres se curasen de sus preocupaciones. Llamo aquí preocupaciones, no a lo que hace que ignoremos ciertas cosas, sino a lo que hace que se ignore uno mismo. He comenzado varias veces y he abandonado otras tantas esta obra: mil veces he abandonado a los vientos las hojas que había escrito; perseguía mi objeto sin un plan; no conocía ni las reglas ni las excepciones; encontraba la verdad para perderla; pero cuando al cabo he descubierto mis principios, todo lo que yo buscaba me ha salido al encuentro, y en el curso de veinte años he visto empezar, crecer y terminar mi obra.

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Pido una gracia, y temo que no se me conceda: la de que no se juzgue por una lectura rápida un trabajo de veinte años; la de que se apruebe o se condene el libro entero, no un pasaje cualquiera o algunas frases. Quien desee buscar el designio del autor, no lo descubrirá sino en el conjunto de la obra. No he deducido mis principios por mis prejuicios; los he sacado de la naturaleza de las cosas, me creería el más feliz de los hombres si pudiera conseguir que todos los hombres se curasen de sus preocupaciones. Llamo aquí preocupaciones, no a lo que hace que ignoremos ciertas cosas, sino a lo que hace que se ignore uno mismo. He comenzado varias veces y he abandonado otras tantas esta obra: mil veces he abandonado a los vientos las hojas que había escrito; perseguía mi objeto sin un plan; no conocía ni las reglas ni las excepciones; encontraba la verdad para perderla; pero cuando al cabo he descubierto mis principios, todo lo que yo buscaba me ha salido al encuentro, y en el curso de veinte años he visto empezar, crecer y terminar mi obra.

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Barón De Montesquieu El Espíritu De Las Leyes

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS

FILOSOFÍA DEL ESTADO

“EL ESPIRITU DE LAS LEYES”

PROFESORA: NORMA ESTELA HERCOLANO

INTEGRANTES

ADAM OJEDA BLANCA RAMOS YENIFER BRITOS MAGALY GONZALEZ MIRTHA YBAÑEZ

AÑO: 2015

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Barón De Montesquieu El Espíritu De Las Leyes

INTRODUCCIÓN

El objeto del presente estudio consiste en poder identificar, resaltar y relacionar los aspectos más salientes de la obra cumbre de Montesquieu, “El Espíritu de las Leyes”.

En líneas generales realizamos el análisis de la Teoría Política y Social que el autor había propuesto para esa época y en la interpretación del concepto de Espíritu General.

En términos particulares, intentaremos rescatar de su pensamiento, las causas que dan origen e incentivan el progreso en las sociedades humanas.

Corresponde destacar que la obra de Montesquieu, no sólo se concentro en lo político sino también impactó en la filosofía, en las letras y en la historia. Su trabajo abrió todo un camino hacia el estudio comparativo de las instituciones humanas y sus causas.

Sin dudas “El Espíritu de las Leyes” ha realizado un aporte sin precedentes en el pensamiento político liberal de todos los tiempos.

En la presente investigación, vamos a estudiar la obra de Montesquieu siguiendo los lineamientos de la Teoría Política, Teoría Social y por último el desarrollo de la noción del Espíritu General de la Nación.

Esperando que este trabajo de investigación, sea del agrado de todos los que lo lean, les presentamos una ínfima parte de la magistral obra de todos los tiempos “EL ESPÍRITU DE LAS LEYES”

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Barón De Montesquieu El Espíritu De Las Leyes

BIOGRAFÍA:

CHARLES-LOUIS DE SECONDAT, más conocido como “MONTESQUIEU”, nació en 1689 en Bréde, Francia y falleció el 10 de febrero de 1.755 en París, es recordado por ser un gran observador y un aristócrata de finos modales, bajo el seudónimo Montesquieu esgrimió su talento con obras de vasta envergadura tales como “Lettres Persanes” (editado en 1721) y “Considerations sur les causes de la grandeur et de la decadence des Romains”, (impreso en 1738). Sin embargo ninguna de ellas reflejó su pensamiento de manera tan elocuente y vasta.

“D l´Esprit des Lois” en 1748, el cual se insumió a Montesquieu más de veinte años de su vida, la lógica del método de Montesquieu tiene por objeto hacer comprensible para la razón humana la diversidad histórica, explicar la realidad por medio de principios o categorías únicas.

“D l´Esprit des Lois” es un tratado que tiene un criterio sistemático en su forma de exposición.

La primera parte trata acerca de la Tipología de Gobierno (abarca los primeros trece libros)

La segunda parte incluye toda la explicación de las Causas Materiales o Físicas, que afectan las sociedades humanas (cubre los libros catorce a dieciocho).

La tercera parte expone un estudio acerca de como las Causas Sociales impactan cobre las costumbres, los usos y las leyes (tiene un alcance que va del libro veinte al veintiséis).

Por último el libro diecinueve es un capítulo aparte. Este se refiere al principio unificador del todo social, es decir, al “Espíritu de la Nación”.

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LIBRO I

De las leyes en general

De las leyes en sus relaciones con los diversos seres

Las leyes, en su significación más extensa, no son más que las relaciones naturales derivadas de la naturaleza de las cosas; y en este sentido, todos los seres tienen sus leyes: la divinidad tiene sus leyes, el mundo material tiene sus leyes, las inteligencias superiores al hombre tienen sus leyes, los animales tienen sus leyes, el hombre tiene sus leyes.

Los que han dicho que todo lo que vemos en el mundo lo ha producido una fatalidad ciega, han dicho un gran absurdo; porque ¿hay mayor absurdo que una fatalidad ciega produciendo seres inteligentes?

Hay, pues, una razón primitiva; y las leyes son las relaciones que existen entre ellas mismas y los diferentes seres, y las que median entre los seres diversos.

Dios tiene relación con el universo como creador y como conservador; las leyes según las cuales creó, son las mismas según las cuales conserva; obra según las reglas porque las conoce; las conoce porque él las hizo; las hizo porque están en relación con su sabiduría y poder.

Pero falta mucho para que, el mundo inteligente se halle tan bien gobernado como el mundo físico, pues aunque también aquél tenga leyes que por su naturaleza son invariables, no las sigue constantemente como el mundo físico sigue las suyas. La razón es que los seres particulares inteligentes son de inteligencia limitada y, por consiguiente, sujetos a error; por otra parte, está en su naturaleza que obren por si mismos: No siguen, pues, de una manera constante sus leyes primitivas; y las mismas que ellos se dan, tampoco las siguen siempre.

El hombre, como ser físico, es, como los demás cuerpos, gobernado por leyes invariables; como ser inteligente viola sin cesar las leyes que Dios ha establecido y cambia las que él mismo estableció. Es preciso que él se gobierne; y sin embargo es un ser limitado: está sujeto a la ignorancia y al error, como toda inteligencia finita. Los débiles conocimientos que tiene, los pierde. Como criatura sensible, es presa de mil pasiones. Un ser así, pudiera en cualquier instante olvidar a su creador: Dios lo retiene por las leyes de la religión; semejante ser pudiera en cualquier momento olvidarse de sí mismo: los filósofos lo previenen por las leyes de la moral; creado para vivir en sociedad, pudiera olvidarse de los demás hombres: los legisladores le llaman a sus deberes por medio de las leyes políticas y civiles.

De las leyes de la naturaleza

Antes que todas las leyes están las naturales, así llamadas porque se derivan únicamente de la constitución de nuestro ser. Para conocerlas bien, ha de considerarse al hombre antes de existir las sociedades. Las leyes que en tal estado rigieran para el hombre, esas son las leyes de la naturaleza, resulta que la paz es la primera de las leyes naturales, el sentimiento de sus necesidades,  la atracción recíproca de los sexos diferentes, que es una tercera ley y el deseo de vivir juntos es una cuarta ley natural

De las leyes positivas

Cada sociedad particular llega a comprender su fuerza; esto produce un estado de guerra de nación a nación. Los particulares, dentro de cada sociedad, también empiezan a sentir su

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fuerza y procuran aprovechar cada uno para sí las ventajas de la sociedad; esto engendra el estado de lucha entre los particulares.

El Derecho de gentes se funda naturalmente en el principio de que todas las naciones deben hacerse en la paz el mayor bien posible y en la guerra el menor mal posible, sin perjudicarse cada una en sus respectivos intereses. Sin un gobierno es imposible que subsista ninguna sociedad. El poder político comprende necesariamente la unión de varias familias. Es lo que intento hacer en esta obra. Examinaré todas esas relaciones, que forman en conjunto lo que yo llamo Espíritu de las leyes, considerado como viviendo en una sociedad que debe ser mantenida, tiene leyes en las relaciones que tienen los que gobiernan con los gobernados; y es el Derecho político. Las tienen también en las relaciones que todos los ciudadanos tienen entre sí; y es el Derecho civil. Una sociedad no podría subsistir sin un gobierno. La reunión de todas las fuerzas particulares forma lo que se llama un Estado político. 

Las fuerzas particulares no pueden reunirse sin que se reúnan todas las voluntades. La reunión de estas voluntades es lo que se llama estado civil.

LIBRO II

De las leyes que se derivan directamente de la naturaleza del gobierno

De la índole de los tres distintos gobiernos

Del gobierno republicano y de las leyes relativas a la democracia

De las leyes relativas a la índole de la aristocracia

De las leyes en sus relaciones con la índole del gobierno monárquico

De las leyes relativas a la naturaleza del Estado despótico

Tipología de Gobierno

Casi siempre que se menciona el nombre de Montesquieu se lo relaciona con su doctrina más famosa: La división de los Poderes.

En su teoría política no se limita a la separación de poderes sino que su pensamiento político es más amplio y profundo. En general intentará demostrar que cada tipo de gobierno surge a causa de la Naturaleza propia de su organización social, y que se fortalece en virtud del cumplimiento de sus respectivos principios de gobierno.

Y en particular, su libro demostrará al mundo que los hombres tienen a su disposición las herramientas políticas necesarias (creación de leyes positivas) como para poder generar mayor prosperidad individual y social con solo considerar los aspectos particulares y universales de cada organización social.

Desarrollando su teoría política, tomó la concepción clásica de tipos de gobierno (aristocracia, democracia y monarquía), adoptada, oportunamente por Aristóteles en su libro “Política” y se realizó unas diferenciaciones en su tipología.

Hay tres especies de gobiernos: el republicano, el monárquico y el despótico

Separó y clasificó a los gobiernos en tres clases: los republicanos (aristocracia y democracia), los monárquicos y los despositos. Así el criterio de clasificación de los tipos

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de gobierno se basó inicialmente en dos aspectos que definían la naturaleza de cada gobierno.

Por un lado quien detenta el poder, por el otro, como lo hace. En el caso del gobierno republicano, el pueblo o una parte conserva el poder soberano (ya sea democracia o aristocracia, respectivamente) y este es responsable de hacer las leyes. En el gobierno monárquico es el rey quien posee el poder y lo hace bajo una estructura de leyes fijas y establecidas. En cambio en el gobierno despótico existe una persona que detenta el poder y lo ejerce sin leyes fijas imponiendo sus caprichos personales.

LIBRO III

De los principios de los tres gobiernos

Montesquieu incorpora un criterio adicional para poder seguir con el esquema de tipos. Es lo que se llama los principios de gobierno. Mientras que la naturaleza, es la estructura particular de cada gobierno, es lo que le hace ser tal; los principios son las pasiones humanas que impulsan dichos gobiernos, es lo que le mueve a actuar como tal.

Con este razonamiento definió a la virtud política como el principio intimo de la república, al honor principio esencial de la monarquía y al temor principio vital para el despotismo.

Cada tipo de gobierno necesita actuar acorde a sus principios, para poder conservar su autoridad.

Montesquieu combinó estrechamente los tipos de gobierno con la estructura social (educación, tamaño, instituciones intermedias, igualdad de los ciudadanos). La virtud política, principio generador de la República, significa amor a la patria y a las leyes, consagración del individuo por la colectividad.

La Monarquía no proclama el renunciamiento personal ni promueve el sentimiento de igualdad, sino que todo lo contrario, el honor alienta la presencia de jerarquías, noblezas y distinciones. Así como la ambición es perniciosa en la República, no lo es en la Monarquía, pues es la diferenciación social igualitaria entre los miembros de la colectividad, la Monarquía se fundamenta en un tratamiento social desigual frente a la ley.

La República y la Monarquía tienen diferente esencia: uno se basa en la igualdad y el otro se apoya en la diferenciación, uno se funda en la virtud política y el otro en el honor.

En la República, el principio de la virtud, permitiría encaminar el interés particular al interés general, diferente es en la Monarquía, donde el principio del honor, falsa virtud, la sostiene al brindar a los ciudadanos la posibilidad de actuar acorde a sus propios intereses y no necesariamente al interés general. Ambos tienen un aspecto común: son moderados porque respetan la ley.

En cambio el Despótico es arbitrario porque no gobierna respetando la ley, el Despotismo se fundamenta en la igualdad pero basado en el temor, donde ninguno tiene participación del poder soberano. Solo la religión y las costumbres actúan como factor limitativo a esta forma absoluta de gobierno.

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Asimismo Montesquieu resaltó que hay una línea delgada entre el poder despótico y el monárquico. Citando su libro VIII capítulo XVII; “…..los ríos corren a perderse en el mar; las monarquías van a perderse en el despotismo”…

La filosofía de la historia desarrollada por Montesquieu tiende a demostrar cuando los estados y los gobiernos contravienen los principios que sostienen, ellos caen por si solos (Imperio Romano, República Ateniense). Es decir cuando un tipo de régimen moderado (República o Monarquía) no gobierna basado en sus principios se lo denomina generalmente un gobierno corrupto.

El equilibrio político: división de poderes.

En cada Estado hay tres clases de poderes: El legislativo, el de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y El ejecutivo, de las que pertenecen al civil.

Por el primero, el príncipe o magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares.

Este último se llamará Poder Judicial; y el otro simplemente poder ejecutivo del Estado.

La libertad política, en un ciudadano, es la tranquilidad de espíritu que proviene de la opinión que cada uno tiene de su seguridad; y para que se goce de ella, es preciso que sea tal el gobierno que ningún ciudadano tenga motivo de temer a otro.Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona entonces no hay libertad, porque es de temer que hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.En el estado en que un hombre solo o una corporación administrasen los tres poderes todo se perdería enteramente. El poder judicial no debe confiarse a un senado permanente y sí a personas elegidas entre el pueblo en determinadas épocas del año, de modo prescrito por las leyes, para formar un tribunal que dure solamente el tiempo que requiera la necesidad. De este modo el poder de juzgar, tan terrible en manos del hombre, no estando sujeto a una clase determinada, ni perteneciente exclusivamente a una profesión se hace, por decirlo así, nulo e invisible. Y como los jueces no están presentes de continuo, lo que se teme es la magistratura y no se teme a los magistrados.

Y es necesario también que en las grandes acusaciones el criminal, unido con la ley, pueda elegir sus jueces, o cuando menos recusar un número tan grande de ellos que los que resten se consideren elegidos por él. 

LIBRO IV

Las leyes de la educación deben ser relativas a los principios de gobierno

Las virtudes que la sociedad nos muestra no son tanto las que debemos a los demás como las que nos debemos a nosotros mismos; no son tanto las que nos asemejan a nuestros conciudadanos como las que de ellos nos distinguen. No se miran las acciones de los hombres por buenas sino por bellas;

no por justas, sino por grandes; no por razonables, sino por extraordinarias, los hombres nacidos para vivir juntos, han nacido también para agradarse;

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y el que no observara las conveniencias usuales entre las personas con quien vive, se desacreditaría completamente y se incapacitaría para alternar.

Primero, que podemos hacer caso de nuestra fortuna, pero no de nuestra vida.Segundo, que cuando hemos alcanzado una categoría, no debemos hacer nada que nos haga parecer inferiores a ella.Tercero, que las cosas prohibidas por el honor han de sernos más rigurosamente prohibidas cuando las leyes no concurren a la prohibición; como asimismo las que el honor exige son más obligatorias si no las pide la ley.La obediencia ciega supone crasa ignorancia, lo mismo en quien la admite que en el que la impone. El que exige una obediencia extremada no tiene que discurrir ni que dudar: le basta con querer.El temor en los gobiernos despóticos nace espontáneamente de las amenazas y los castigos; el honor en las monarquías lo favorecen las pasiones, que son a su vez por él favorecidas; pero la virtud política es la abnegación, el desinterés, lo más difícil que hay.

LIBERTAD ANTIGUA Y LIBERTAD MODERNA A partir del libro IX, Montesquieu incorpora a sus textos las vivencias experimentadas a lo largo de un viaje revelador por Inglaterra, descubre las nociones de libertad y representación política como elementos fundamentales al momento de celebrar una Constitución.

En este punto, el autor también exhorta la importancia de la separación de poderes como forma de atenuación y de salvaguarda de la libertad política. A fin de profundizar empecemos primero por desarrollar el concepto de Libertad Política.

Montesquieu indica que la noción de la libertad política no consiste en hacer lo que uno quiera en una sociedad donde hay leyes, la libertad consiste en poder hacer lo que se debe querer y en no estar obligado a hacer lo que no se debe querer. “…la libertad es el derecho de hacer todo lo que las leyes permiten, de modo que si un ciudadano pudieran hacer lo que las leyes prohíben, ya no habría libertad, pues los demás tendrían igualmente esta facultad.

Montesquieu sostiene que las Repúblicas no son estados libres por naturaleza porque pueden no tener moderación en el ejercicio de poder ni de ofrecer seguridad individual a sus ciudadanos. Para no tener que abusar del poder es preciso que el poder frene al poder.

Así encontramos que está el poder de ejecutar la ley centrado en la figura uninominal del rey.

El poder de legislar la ley organizada en dos cámaras que representan a la nobleza y al pueblo.

Y el poder de juzgar la ley, implica que las personas no tienen el poder, sino que la fuerza reside en la letra de la ley, la idea de libertad política no solo se traduce al derecho que tiene todo ciudadano de hacer cualquier cosa que la ley permita, sino también con la noción de seguridad que brinda el gobierno por la cual el ciudadano nada tiene que temer del otro.

Para la plena vigencia del concepto de libertad política Montesquieu se exige como condición la representación política en la creación de leyes y el equilibrio de poderes, podemos afirmar que mientras John Locke apuntó a limitar el poder real al demostrar que el verdadero origen de la soberanía reside en los ciudadanos, Montesquieu demando al

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equilibrio de poderes su preexistencia como condición sine qua non para el ejercicio de la Libertad Política.

En la visión política de Montesquieu, no solo porque representa un modelo para todos los países, sino porque permite recuperar, en el mecanismo constitucional de la monarquía, lo fundamentos de un estado moderado y libre, gracias al equilibrio entre clases sociales (división vertical del poder) y entre poderes políticos (división horizontal del poder).

LA TEORIA SOCIAL DE MONTESQUIEU En los libros que van del catorce al dieciocho y del veinte al veintiséis, Montesquieu busca comprender el dato histórico que se presenta en la diversidad de las costumbres, usos, leyes e instituciones al querer pasar del dato histórico incoherente a un orden inteligible de las causas. Se llega a dos consideraciones: primero, la posibilidad de organizar la diversidad de costumbres, usos e ideas en reducidos tipos. Y segundo, detrás de la sucesión aparentemente accidental de hechos, es necesario aprender las causas profundas que los explican.

Montesquieu discrimina entre las causas físicas (el clima, el suelo) y las causas sociales (el comercio, la moneda, el número de habitantes, la región).

CAUSAS FÍSICAS:

a) Clima: moldea el temperamento del hombre, condiciona su sensibilidad. Sostiene que las diferentes temperaturas han dado origen a diversos modos de vida y estos últimos, a su vez, han condicionado la variedad de leyes. En un pasaje afirma lo siguiente: “… ¡Dichoso el clima que da origen al candor de las costumbres y a la suavidad de la leyes”…(libro XIV capitulo XIV).

La idea expuesta indicará que hay climas (los fríos) que predispone al hombre a actuar con mayor moderación y respeto a las leyes. Un ejemplo es cuando involucra la idea de esclavitud. El enfatiza que la esclavitud es mala por naturaleza tanto para el amo como para el siervo pero, a la vez, interpreta que hay ciertos países (los más calurosos) donde se requiere de la esclavitud para poder realizar trabajos. En dichos lugares, sostiene, la esclavitud choca menos a la razón. Asimismo, un capítulo más adelante, reconoce que la esclavitud es fruto de malas leyes más que de la rigurosidad del clima.

b) Suelo: Montesquieu distingue al suelo fértil del infértil y destaca la influencia del relieve y su distribución. Considera que los países montañosos y los insulares tienden más a la libertad que las naciones fértiles y continentales. Ejemplo: comparando la gran libertad que gozaron los germanos, pueblo guerrero, poco amante al cultivo de la tierra o Inglaterra, país con características insulares.

CAUSAS SOCIALES:

a) El Comercio: Se deriva que el efecto natural del mismo es la paz y la coexistencia con costumbres apacibles.

b) La Religión: Actúa como un factor muy importante en la determinación de la naturaleza de las sociedades. Montesquieu hizo hincapié en la Religión Cristiana

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como ordenadora hacia mejores leyes políticas y civiles. Aclaró que la religión y la ley, tienen el compromiso de crear buenos ciudadanos y remarcó que cuando una de las dos se aparta de dicha causa, la otra debe tender hacia él con más fuerza. No debe estatuirse por medio de las leyes divinas lo que debe hacerse por medio de las leyes humanas, ni viceversa.

Las leyes de religión son inmutables, no cambian nunca y su fuerza resida en que se crean en ella; en cambio las leyes humanas varían a medida que cambia la voluntad de los legisladores y su poder reside en que se las tema. De esta forma Montesquieu pudo clasificar la diversidad infinita de costumbres y agruparlas en pequeños tipos de causas. Pero estas causas no son entendidas como causas determinantes sino como relaciones que inciden y afectan significativamente la naturaleza social.

En síntesis, Montesquieu permitió abrir camino hacia una nueva ciencia; las ciencias del hombre, a través del estudio de lo particular para alcanzar la regla general. La ley, en general, es la razón humana en cuanto gobierna a todos los pueblos de la tierra; las leyes políticas y civiles de cada nación no deben ser más que los casos particulares a los que se aplica la razón humana. Por ello, dichas leyes deben ser adecuadas al pueblo para el que fueron dictadas. Deben adaptarse a los caracteres físicos del país, al clima, a la calidad del terreno, a su situación, a su tamaño, al género de vida. Deben adaptarse al grado de libertad que permita la constitución, a la región, inclinaciones, riqueza, costumbres, maneras.

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EL ESPIRITU DE LA NACIÓN Y DE LAS LEYES En el libro XIX del “Espíritu de las Leyes”, Montesquieu enumera las causas

que gobiernan a los hombres. Estas causas se dividen en: Físicas (el clima, el suelo), Sociales (el comercio, la moneda, el número de habitantes, la religión) y Morales (leyes, usos y costumbres).

Todas estas variables conforman lo que se denomina el Espíritu General. Por ende, el espíritu general no es una causa parcial, comparable con las otras, sino una resultante del conjunto de todas las causas materiales, sociales y morales. Así a medida que una de las causas actúa con más fuerza, las otras ceden en proporción.

Este espíritu general, es el que tiñe el carácter de una nación, el que le brinda su originalidad y su uniformidad, el factor diferencial de unos respecto de otros.

Montesquieu lo detalla con las siguientes palabras: “… corresponde al legislador acomodarse al espíritu de la nación, siempre que no sea contrario a los principios del gobierno, pues nada hacemos mejor que aquello que hacemos libremente y dejándonos llevar por nuestro carácter natural…”.

Las leyes se dictan, las costumbres se inspiran; las leyes regulan los actos del ciudadano, las costumbres encuadran los actos del hombre. De aquí, se deduce que para cambiar costumbres y hábitos no se debe usar de las leyes, sino que vale más cambiarlas por otras costumbres y otros hábitos.

Montesquieu no escribe de las leyes, sino del Espíritu de las Leyes. Afirma que la ley positiva debe depender del espíritu general de la nación, debe investigar la conjunción de leyes casuales o particulares que la edifican.

La ley positiva debe encuadrarse dentro de las relaciones de justicia y equidad, que se fundan la igualdad natural de los hombres y las obligaciones de reciprocidad que se desprenden de dicha igualdad. El concepto de “Espíritu de las Leyes” se puede conjugar como el vínculo existente entre las relaciones casuales que hallamos en la historia y en la naturaleza (particularismo histórico) y las leyes universalmente válidas intrínsecamente vinculadas a la razón (universalismo).

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CONSIDERACIONES GENERALES Lo cierto, es que, a pesar de las críticas, el barón francés nunca se alejó de los principios del liberalismo. A través de sus escritos, dejó bien asentado determinados presupuestos.

Su amor al Constitucionalismo, su interés en conservar las libertades civiles, su inclinación por la moderación, la paz, la tolerancia, la existencia del derecho natural. También defendió el derecho a la asociación, el internacionalismo, el balance y división de poder, la igualdad sin que afecte la libertad política.

El descubrió que lo social no es una colección fortuita, ni una construcción artificial, sino una forma de desarrollo natural, como un organismo biológico, que se maneja por sus propias causas.

Este razonamiento indicaría que la tarea del legislador consiste en tener la virtud de dictar leyes en función de su Espíritu General, que sean la expresión de, por una parte, los cambiantes hábitos morales, creencias y actitudes generales de una sociedad particular en un tiempo determinado, y por el otro, las relaciones de equidad, justicia y propiedad necesarias para la libertad del hombre.

BIBLIOGRAFÍA: Libro “El Espíritu de Montesquieu en las leyes”, año 2002, serie A-Nº 2, autor Christian Balfhor.

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CONCLUSIÓNES.Las leyes tuvieron su origen en Roma con su fundación en el 753 A.C. y han sido compuestas por todas las cosas que rigen a nuestra sociedad que son las costumbres, la religión y la misma sociedad. Las leyes han ido evolucionando con los hombres ya que al igual que la sociedad las leyes también son cambiante solo que se desarrollan después de la sociedad y lo que debemos procurar es que la distancia entre estas no sea tan grande.Las leyes también se han visto influenciadas con la naturaleza y el clima porque de estos dependen en una buena parte los grandes cambios que la sociedad va obteniendo y esto influye a las leyes ya que las normas jurídicas surgen de los acontecimientos sociales para poder lograr regir una buena convivencia social. La teoría del clima procede de la medicina; tendencia materialista que liga los estados del alma como reflejo de los humores del cuerpo y su situación como resultado de la diversidad de climas y territorios. El clima se relaciona con diversas enfermedades, con el carácter activo o perezoso, valiente o cobarde. Influye sobre el suelo, condicionando el tipo de cultivo, extensión del terreno, organización del trabajo; influye sobre la cantidad de población que podría alimentar el terreno. Se pueden contrarrestar los efectos de clima y suelo mediante el trabajo y la invención. La abundancia o escasez de suelo y su explotación determinan el tipo de sociedad.La religión también ha sido un factor importante en el cambio social y jurídico ya que varias de las normas que rigen a nuestra sociedad se han basado en la religión predominante ya que es el elemento moral más importante en la acusación social. Es un fenómeno social que Montesquieu, estudia su lado convencional y humano pero ordenador de la sociedad a través de las creencias. Considera que es absurdo imponer la religión de una cultura a otra. La religión sirve de freno en los despotismos y sus leyes corrigen a veces los inconvenientes de la constitución política, por lo que cuenta más su utilidad que la verdad o no de sus dogmas. Toda persecución religiosa y todo proselitismo es por principio intolerante. Y el número de habitantes también ha afectado porque este es el que da la pauta de que tan efectivas son las normas que se están planteando o que tan erróneas están ya que al darse una sobre población se necesitaría de normas que ayuden a disminuir la tasa de natalidad sin que esta implique llegar a cometer delitos tales como el aborto. En los pueblos civilizados se altera favorable o desfavorablemente la relación del número de habitantes con el clima y el suelo mediante las leyes y la organización social.