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TITULO: “Que aporta la sociedad al derecho de la persona” NOMBRE: Harrison David Catón Guerrero INTRODUCCION: El siguiente artículo va orientado a dar a conocer el derecho una ciencia creada por y para el hombre con el fin de vivir pacíficamente en sociedad regulando su relación con los miembros de la sociedad. Este derecho, que es una expresión de la cultura de la sociedad, debe adecuarse a la naturaleza del hombre. El ser humano le otorga sentido al derecho, en cuanto a su dimensión social. Pero para regular la vida en sociedad y las relaciones entre sujetos es indispensable conocer y comprender la naturaleza del hombre para que se pueda determinar el tipo de regulación que brindará el derecho para su vida en coexistencia. DESARROLO: Persona, Sociedad y Derecho, tres términos tan imponentes y trascendentes que al juntarse, forman los pilares fundamentales responsables de iniciar y desplegar el desarrollo de este accionar humano, dando lugar a la vida como la conocemos. Tres palabras particulares, implícitas en la cotidianidad de nuestra existencia, con significaciones indudablemente profundas. Se podría decir que, dentro de una relación de pertenencia, el derecho es a la persona así como la persona es a la sociedad. De ahí que el derecho sea un elemento de carácter completamente social encargado de responder a las necesidades de personas como sujetos individuales y sociedades como colectivos. Entender esta relación será más fácil si es que partimos del significado y la esencia misma de la persona como tal, analizando su realidad comprendiendo la correspondencia que mantiene con el término sociedad, convirtiendo al derecho en un elemento común. Decía ya, hace unas cuantas décadas el médico neurólogo, fundador de psicoanálisis, Sigmund Freud, en uno de sus libros que la oposición entre psicología individual y psicología social o colectiva, a simple vista profunda, pierde gran sentido cuando lo sometemos a un determinado examen. Freud sostiene una tesis muy interesante donde explica como la psicología individual, encargada de estudiar los caminos que toma el hombre para alcanzar la satisfacción de sus instintos personales, no puede prescindir jamás de la psicología colectiva o social, pues el hombre como sujeto de estudio (a menos que sea bajo condiciones

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TITULO: Que aporta la sociedad al derecho de la personaNOMBRE: Harrison David Catn GuerreroINTRODUCCION:

El siguiente artculo va orientado a dar a conocer el derecho una ciencia creada por y para el hombre con el fin de vivir pacficamente ensociedadregulando su relacin con los miembros de la sociedad. Este derecho, que es una expresin de la cultura de la sociedad, debe adecuarse a la naturaleza del hombre.El ser humano le otorga sentido al derecho, en cuanto a su dimensin social. Pero para regular la vida en sociedad y las relaciones entre sujetos es indispensable conocer y comprender la naturaleza del hombre para que se pueda determinar el tipo de regulacin que brindar el derecho para su vida en coexistencia.

DESARROLO:

Persona, Sociedad y Derecho, tres trminos tan imponentes y trascendentes que al juntarse, forman los pilares fundamentales responsables de iniciar y desplegar el desarrollo de este accionar humano, dando lugar a la vida como la conocemos. Tres palabras particulares, implcitas en la cotidianidad de nuestra existencia, con significaciones indudablemente profundas. Se podra decir que, dentro de una relacin de pertenencia, el derecho es a la persona as como la persona es a la sociedad. De ah que el derecho sea un elemento de carcter completamente social encargado de responder a las necesidades de personas como sujetos individuales y sociedades como colectivos. Entender esta relacin ser ms fcil si es que partimos del significado y la esencia misma de la persona como tal, analizando su realidad comprendiendo la correspondencia que mantiene con el trmino sociedad, convirtiendo al derecho en un elemento comn.Deca ya, hace unas cuantas dcadas el mdico neurlogo, fundador de psicoanlisis, Sigmund Freud, en uno de sus libros que la oposicin entre psicologa individual y psicologa social o colectiva, a simple vista profunda, pierde gran sentido cuando lo sometemos a un determinado examen. Freud sostiene una tesis muy interesante donde explica como la psicologa individual, encargada de estudiar los caminos que toma el hombre para alcanzar la satisfaccin de sus instintos personales, no puede prescindir jams de la psicologa colectiva o social, pues el hombre como sujeto de estudio (a menos que sea bajo condiciones excepcionales) no podr prescindir jams de las relaciones personales con sus semejantes.

CONCLUSIONES: El hombre se diferencia del resto del reino animal por su inteligencia, su capacidad de raciocinio, su potencial intelectual, manual y creativo, etc. Se le concibe como un universo de naturaleza espiritual, dotado de voluntad y libre albedro. El hombre es un ser que, desde la unicidad que le es propia, se relaciona con los dems y con el mundo que lo rodea; de esta forma nace una red de relaciones que adquiere sentido y se proyecta hacia los dems y hacia el mundo. La capacidad de concebir racionalmente el mundo es el motor de la cultura en su sentido ms amplio. El hombre posee dos dimensiones fundamentales de su ser especfico: su limitacin connatural y una capacidad prcticamente ilimitada de aspiraciones; siendo un ser imperfecto, el hombre es perfectible; siendo un ser limitado, aspira hacia lo eterno; siendo un ser mortal, vive de la eternidad; y se siente trascender los lmites del tiempo. El ser humano existe siempre en relacin con otros seres humanos y en permanente interaccin entre ellos; de esta forma, la sociedad se nos presenta como el modo de vida normal del hombre. El hombre en sociedad, aspira a alcanzar los bienes y servicios necesarios para satisfacer todas sus necesidades y requerimientos, tales como la enseanza escolar, la seguridad, los medios para el cuidado de la salud, la alimentacin, el deporte y la recreacin, etc. Nuestros derechos como personas conforman un todo integral, relacionndose y complementndose unos con otros. Los derechos humanos son el conjunto de caractersticas y atributos propios del ser humano derivados de su dignidad, por lo que no pueden ser afectados o vulnerados. Toda persona tiene todos los derechos y libertades (...) sin distincin alguna de raza, color, sexo, idioma, religin, opinin poltica o de cualquiera ndole, origen nacional o social, posicin econmica, nacimiento o cualquier otra condicin. Reconocer los derechos humanos, declarar y manifestar su existencia y contenido. Respetarlos, sin infringir los derechos de las personas ya sea por accin directa o por omisin. Garantizarlos, crear las normas legales y condiciones materiales que permitan el ejercicio de los derechos de todas las personas. Armonizarlos, es decir, compatibilizar los derechos de unos y otros buscando el bien comn. Promoverlos, educar a la poblacin en torno a sus derechos. Crear condiciones y adoptar medidas que apunten al pleno ejercicio de los derechos humanos.

BIBLIOGRAFIA: http://www.monografias.com/trabajos13/deryper/deryper.shtml#ixzz3RGfBPUQv http://www.buenastareas.com/ensayos/Persona-Sociedad-y-Derecho/1884840.html http://www.profesorenlinea.cl/EdCivica/8BUnidad_401.htm. http://www.monografias.com/trabajos13/deryper/deryper.shtml#ixzz3RGfBPUQv http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_per_cod_civil.pdf http://www.un.org/es/documents/charter/chapter1.shtml

ANEXOS:

ANEXO 1CODIGO CIVIL

ANEXO 2

ANEXO 3

ANEXO 4