17
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA TALLER INDUCCION 2011-1 Grupo 163 Luz Myriam Camacho (6001110648), Martha Cuestas(6001112046) María Camila Daza Leguizamón (6001110804) 21/02/2011

Trabajo introduccion al derecho

Embed Size (px)

DESCRIPTION

 

Citation preview

Page 1: Trabajo introduccion al derecho

UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA

TALLER INDUCCION 2011-1

Grupo 163

Luz Myriam Camacho (6001110648), Martha Cuestas(6001112046) María Camila Daza Leguizamón (6001110804)

21/02/2011

Page 2: Trabajo introduccion al derecho

TALLER DE INCUCCION 2011-1

1 ¿Qué se entiende por norma jurídica?

Es la formulación teórica de un esquema construido con forme a una valoración de justicia dado por el legislador a un problema histórico concreto, es decir, que en toda norma jurídica ay un dato jurídico, una valoración de justicia y una construcción de una solución formulada técnicamente. Una norma jurídica tiene ámbitos de valides material, espacial, temporal y personal, y es el objeto de la ciencia del derecho.

La función de la norma jurídica es regular la conducta humana y por esto los juicios se denominan normativos, atributivos o imputativos.

Las normas jurídicas según Abelardo torre encaran la conducta humana como un debe ser, o en tanto que es libertad.

Porque - el hombre único ser racional y libre – tiene la facultad de auto determinarse en su conducta y las normas encaran en esa dimensión ontológica de libertad.

2 ¿Cuál es la estructura de la norma jurídica?

La norma jurídica no es en sí un juicio y, como tal, un objeto ideal; la norma puede ser reducida a un juicio, que es la representación de su estructura lógica y que ha sido denominada regla de derecho o proposición normativa. Aclarando que las normas jurídicas tienen un objeto cultural.

Los juicios pueden ser:

a. juicios del ser: son aquellos que expresan algo que es, ha sido, o será de cierta manera. Estos juicios enuncian algo, aseveran algo, y por esto se denominan enunciativos.

Las leyes naturales, una de las especies del juicio del ser, enuncian relaciones constantes entre fenómenos que constan de un supuesto y una consecuencia jurídica, pero unidos casualmente.

b. juicios del deber ser: son aquellos que expresan algo que debe ser de cierto modo (o que debió ser o deberá ser), sin prejuicio de que ello no ocurra en la realidad de la vida. En estos juicios ay un supuesto, pero enlazado imputativamente a una consecuencia.

Page 3: Trabajo introduccion al derecho

La norma jurídica pertenece a la categoría de los juicios del deber ser porque señala una consecuencia, pero no como algo que ocurrirá inevitablemente, sino como algo que debe ser.

MAPA CONCEPTUAL

3. Explique la teoría de Hans Kelsen.

Para Kensel, la norma jurídica es una proposición jurídica compuesta por:

a. Norma primaria: dada una cierta conducta de un hombre, debe ser un acto coactivo (S, sanción), por otra parte de un órgano del estado (pena o ejecución forzada). Si no se comporta así, entonces otra persona (órgano del estado) debe realizar contra ella un acto coactivo determinado.

b. norma secundaria: estatuye, el deber jurídico o prestación (P, es decir, la conducta que evita la consecuencia coactiva, ósea, bajo ciertas condiciones una persona debe conducirse de un modo determinado.

Kelsen enuncio la distinción entre el mundo de ser regido por reyes de casualidad y el mundo del deber ser que se formula por medio de normas o “leyes de libertad”. La conducta se concibe como debe ser y no como ser, por lo cual las normas son la conceptualización de la conducta en su libertad

4. ¿Cómo se clasifican las normas jurídicas? Explique

Según el autor GarcíaMáynez, las podemos clasificar así:

División Clasificación Análisis

Desde el punto de vista al sistema a que pertenecen

Nacionales Extranjeras De Derecho Uniforme

Se utilizan cuando hay conflicto entre las Naciones

Desde el punto de vista de su fuente

Legislativas Consuetudinarias Jurisprudenciales

Poder Legislativo Conciencia de

Obligatoriedad Tribunales (Corte

Suprema de Justicia en Colombia)

Según Kelsen. Hay cuatro puntos de vista desde el ámbito de su validez:Espacial (Espacio- Territorio)Temporal (Tiempo- VigenciaMaterial (Materia que regula)Personal (Sujetos a los que obliga)

Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez

Generales (Federales) de los Estados

Locales

En Colombia se dice que: Nacionales (leyes) Departamental

Page 4: Trabajo introduccion al derecho

de los municipios (Ordenanzas) Municipales

(Acuerdos)Desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez

De vigencia Indeterminada (Permanentes – no tienen plazo de duración, hasta ser derogadas por otra norma)

De vigencia Determinada (Tienen plazo en el tiempo)

Se refieren al tiempo o periodos de vigencia de las normas

Desde el punto de vista de su ámbito material de validez

De derecho públicoConstitucionalesAdministrativasPenalesProcesalesInternacionalesIndustrialesAgrarias

De derecho privadoCivilesMercantiles

Está basada en la división del derecho

Desde el punto de vista de su ámbito personal de validez

Genéricas (Todo un conjunto, número indefinido de personas, concepto-sujeto)

Individualizados Privadas (Contratos- Testamentos)Públicas (Sentencias – Concesiones)

En algunas normas individualizadas se pueden aplicar las normas genéricas

Desde el punto de vista jerarquía

Constitucionales Ordinarias

Orgánicas Privadas Públicas

De comportamientoMixtas

Reglamentarias Individualizadas

Según el acto de aplicación toda norma depende del acto que lo constituye, analizamos que todo el orden jurídico pertenecen a una jerarquía de preceptos

Desde el punto de vista de sanciones

Leges perfectas (inexistencia o nulidad de los actos que la vulneran)

Leges plus quam perfectas (violación de modo irreparable, impone un castigo y exige una reparación- homicidio)

Leges minus quam perfectas (violación no impide que el acto violatorio produzca efectos jurídicos

Según su naturaleza se merece la sanción

Page 5: Trabajo introduccion al derecho

acreedor a un castigo Leges imperfectae (carecen de

sanción derecho internacional, diferencias de los estados)

Desde el punto de vista de su cualidad

Positivas o permisivas (aceptación de cierta conducta, atribuye una facultad)

Prohibitivas o negativas (No acepta cierto comportamiento, niega la facultad)

Desde el punto de vista de sus relaciones de complementación

Primarias Secundarias

De iniciación de la vigencia

De duración de la vigencia

De extinción de la vigencia

Declarativas o explicativas

Permisivas Interpretativas SancionadorasUna regla complementa otra

Desde el punto de vista de sus relaciones con la voluntad de los particulares

Taxativas (Orden público Dispositivas (no existe una voluntad

de las partes)Interpretativas (Voluntad de las personas) Supletivas (Ausencia de una regulación especial)

5. Explique el concepto de norma jurídica en:

AUTOR CONCEPTORonald Myles DworkinWorcester – Massachusetts- EE.UU. (1931- )Filosofo del Derecho. Sucedió a Hart en la universidad de Oxford, actualmente catedrático de la universidad de Nueva York.

“El criterio de la regla del reconocimiento deja por fuera de la interpretación jurídica los principios y los valores, los cuales son elementos importantes del derecho” – los casos difíciles no serán resueltos de manera consistente empleando el esquema de reconocimiento de Hart.

Para Dworkin los principios son distintos que las normas porque existen diferencias lógicas

Para Dworkin las normas son “el producto de un acto deliberado de creación jurídica”

Page 6: Trabajo introduccion al derecho

Y los principios no se basan en una decisión particular de ningún tribunal u órgano legislativo, sino en un sentido de convivencia u oportunidad, que en la sociedad se desarrollan con el tiempo.

Herbert Lionel Adolphus HartIngles (1907-1992)Fue el filósofo del derecho más importante del siglo XX

Según su propuesta, hay dos condiciones necesarias y suficientes mínimas para la existencia de un sistema jurídico, por un lado las reglas de conducta válida generalmente obedecida y por otro lado las reglas de reconocimiento criterios de validez jurídica.

Para Hart las normas se distinguen entre reglas primarias (imponen obligaciones) y reglas secundarias (confieren potestades).Las reglas secundarias se clasifican así:

a. Reglas de reconocimiento: Sirve para identificar que normas pertenecen al sistema jurídico(el criterio de identificación sería el origen)

b. Reglas de Cambio: Indican un procedimiento para las reglas primarias cambien el sistema y así dinamizar el ordenamiento jurídico.

c. Reglas de Adjudicación: Dan competencia a individuos para que establezcan si se infringió o no una regla.

Norberto BobbioTurín (1909-2004)Ensayista profesor y teórico del pensamiento político

Para Bobbio el derecho tiene naturaleza normativa, considera, entre otros, el problema de la justicia, validez y eficacia tomadas en cuenta del derecho natural, el positivismo jurídico, realismo jurídico.

Sostiene que la norma puede ser válida y sin embargo puede ser injusta o reprochable desde el punto de vista moral.

Si la norma jurídica es un mandato imperativo y por imperativo se entiende una proposición cuya función es la de determinar el comportamiento de los demás no hay duda de que la misma norma jurídica va dirigida para alguien.

Gustavo RadbruchLubeck Alemania (1878-1950)

En su obra introducción a la filosofía del derecho destaca el tema del derecho supralegal.

La fórmula Radbruch dice que: El derecho extremadamente injusto no es derecho. La idea del derecho no puede ser otra que la justicia.

Page 7: Trabajo introduccion al derecho

El deber moral difiere del jurídico, el primero no puede ser exigido el segundo si, la obligación moral es deber la jurídica no es solo deber sino deuda.

Frente a lo obligado por la norma moral no hay persona que pueda exigirle el cumplimiento frente a la norma jurídica.

Las normas jurídicas producen determinadas consecuencias de derecho, las cuales pueden consistir en el nacimiento, transmisión, modificación, o extinción de facultades y deberes.

No es posible concebir ninguna justificación para la validez del derecho notoriamente injusto.

6. ¿Qué se entiende por Ordenamiento Jurídico?

Conceptos:

Rafael Díaz Roca: Conjunto sistemático de reglas o directrices a través de las cuales se prefigura la organización de un grupo social, partiendo de los cuales, se realiza dentro de un grupo social una función de pacificación y satisfacción de conflictos pretensiones e intereses inter subjetivos.

Norberto Bobiio: Las normas jurídicas asiladas no existen, la norma jurídica sola simplemente no se entiende, no tiene sentido, la norma jurídica existe solo dentro de un conjunto al cual podemos denominar ordenamiento jurídico, solo así ella adquiere sentido.

En la actualidad, la expresión Ordenamiento Jurídico, para hacer referencia al conjunto de normas que regulan la convivencia en una determinada sociedad.

Características:

Carlos Santiago Nino:

Normativos, Coactivos e institucionalizados

Norberto Bobbio:

Page 8: Trabajo introduccion al derecho

La Unidad, La Coherencia, La plenitud y su relación con otros

Normatividad y Coactividad: Las normas deben ser coactivas para que adquieran su sentido y puedan cumplirse con la finalidad y funciones que le son propias.

La Unidad: Solo un gobierno jurídico. Las normas que regulan la vida social de ese Estado conforman una unidad. En cada Estado soberano el Ordenamiento Jurídico que en él rige es uno solo y no varios.

La Coherencia: No deben contradecirse entre sí, las normas jurídicas no pueden ser contradictorias.

La Institucionalidad. Los órganos primarios: Las normas establecen autoridades u órganos para operar, en todo ordenamiento hay ciertos órganos encargados de crear normas jurídicas y de aplicarlas.

La Integridad: Kelsen: Conforme a todo hermético, en el mismo no existen vacíos o lagunas, sino que todo caso que se suscite en la vida social se encuentra de alguna manera regulado en él. (Plenitud del Ordenamiento Jurídico)

La Jerarquía: Tiene una estructura jerárquica hay normas de rango superior y normas de rango inferior, estas deben sujetarse a las de rango superior.

Límites: Límite Temporal (norma vigente en un momento dado) Límite Social (se predica a un grupo social dado) Límite Material (su contenido se expresa como normas jurídicas)

Concepciones: Normativas: Conjunto de normas de un Estado, también se entiende al

conjunto normativo que se vive de acuerdo a una serie de juicios de valor, creencias y convicciones imperantes dentro de una comunidad.

Institucionalistas: El Ordenamiento se compone de una sociedad, un orden social, una serie de instituciones, normas concretas y criterios de aplicación.

Origen: Racionalista: Construcción racional conforme a su naturaleza Historicista: Emancipación del espíritu de un pueblo y por ello

determinado por él.

Page 9: Trabajo introduccion al derecho

Ecléctica: Une las dos teorías, como factor de cambio social.

Principios: Jerarquía Normativa Temporalidad o de sucesión de normas(La ley posterior deroga la ley

anterior) Especialidad: La norma especial prevalece sobre la general Competencia Aplicación Analógica Supremacía de la Constitución Sujeción al sistema de fuentes Publicidad Normativa Estabilidad de las normas Generalidad y Permanencia Imperatividad

7. ¿Que se entiende por lagunas jurídicas? Explique ampliamente el concepto

Se comenzó ha hablar de laguna jurídica o legal a partir de siglo XIX debido a varios avancen en lo referente al pensamiento jurídico. Las varias ligaduras dogmaticas, jurídicas y sancionatorias recaían en el juez para que este se limitara a seguir los parámetros expresados en los textos jurídicos perro esto al ser comparado con la realidad de la aplicación del derecho no funciono pues hubo problemas que no se podían solucionar por que la ley no los había ordenado y estas lagunas debían solucionarse según las leyes señaladas.

Cabe resaltar que la laguna legal es un hecho indeseable y anormal en la dinámica jurídica la cual estaba fundamentada teóricamente en el dogma de la soberanía del parlamento, voluntad general representada en la ley y en el consecuente legiscentrismo. La ley era casi la única y máxima fuente del derecho por lo cual la producción de la leyes era regulada por el Estado haciendo la diferencia respecto a la edad media la cual tenia fuentes de origen social.

Con el desarrollo de las ideas políticas y judiciales, agregando las necesidades de la administración de la justicia, llevan a un aumente del uso del concepto de laguna de la ley.

8. ¿Cuáles son las fuentes del derecho? Explique cada una.

Ley. Son todas las normas jurídicas.

Page 10: Trabajo introduccion al derecho

Costumbre. Son hábitos adquiridos por la repetición o practica muy usadas y recibidas que han adquirido fuerza y deben ser aceptadas por el estado que los convierte en normas jurídicas aplicables en los casos en los que la ley especifique muy bien el procedimiento.

Pero no todas las costumbres pueden ser normas jurídicas. Estas deben responder a ciertos principios como no ir en contra de la moral cristiana, tener pluralidad e practicas, uniformidad y continuidad de las mismas y desde luego debe tener una generalidad de usos si son racionales, tampoco deben ser motivo de escándalo y no pueden contradecir el derecho natural t el positivo.

Jurisprudencia. Es la mejor interpretación hecha por los jueces. También es un conjunto de sentencias que pueden determinar un criterio acerca de un problema jurídico que no esta incluido en el derecho positivo o en las demás fuentes.

Doctrina. Se llama doctrina a un grupo de estudios de carácter científico, elaborado por escritores sobre los códigos, cuestiones jurídicas en general y textos legales, o sea, acerca del derecho. La doctrina facilita la interpretación del las normas para su debida aplicación.

9. ¿en qué consiste el problema entre moral y derecho? Explique las relaciones y diferencias.

este es un gran problema a tratar pues es muy difícil separar la moral del derecho pues es necesario para la vida y los juicios tener una visión mas amplia.

Hubo dos posiciones respecto a esto:

PENSAMIENTOSPOSITIVISMO NATURALISMO

HANS KELSENSolo se debe entender por derecho un conjunto de leyes y preceptos dados por el soberano y por lo tanto al moral esta totalmente separa del derecho

El derecho carece de sentido si no hay un vínculo con la moral la cual ayuda a determinar mejor el concepto de justicia. Se rechazan las leyes injustas (incumplimiento de estas).

En problema en cuestión radica principalmente en la justicia pies para el positivismos de Kelsen se debía atender solamente a las normas de una forma lógica y razonable pero esto no puede pensarse asi pues no todas las leyes vana a ser efectivas del mismo modo porque no todos los conflictos jurídicos son iguales y también sus condiciones.

De acuerdo a lo anterior, la JUSTICIA no se puede pensar solo como un conjunto de leyes que recita un juez pues para la verdadera búsqueda de la justicia se debe

Page 11: Trabajo introduccion al derecho

ser sensible y atender a la moral de igual forma que con la ley ya que estas se complementan dándole un sentido mas humano a los juicios y no “AUTOMATA” como pretendía Kelsen en su teoría pura.

Relaciones: normas de conducta humana

DIFERENCIASMORAL DERECHOEstudios del aspecto intimo del sujeto

Estudios del el área externa del sujeto

Se centra en el mejoramiento de la persona

Se ocupa de la convivencia social

Significación de la persona y su interior

Se estudia la conducta en un punto mas relativo

10. explique cada una de las ramas que se divide el derecho

a) Derecho objetivo. Es el conjunto de normas que gobiernan la conducta de los hombres en sociedad (carácter obligatorio, referente al decho positivo el cual fue creado por el hombre)Derecho subjetivo. Capacidad de obrara que implica el poder de las personas para satisfacer sus necesidades.

b) Derecho privado. Es el conjunto de normas jurídicas de conducta que regulan las relaciones de particulares entre si. Sus normas jurídicas se dividen en varias ramas según su función:

El derecho civil señala los hechos de los particulares. El derecho agrario regula la tenencia, posesión y propiedad de los

inmuebles rurales y el aprovechamiento de estos. El derecho comercia reglamenta el acto de comercio, quien lo ejerce

y como lo ejerce. El derecho ecológico regula las relaciones de los grupos humanos

con el medio ambiente que los rodea. El derecho minero reglamenta la explotación, exploración,

transformación y mercadeo de los minerales.

Derecho publico. Es el conjunto de normas jurídicas sobre la constitución y organización del estado y este mismo con los demás estados. Se subdivide en:

Interno

Page 12: Trabajo introduccion al derecho

El Derecho constitucional determina como se constituye, ejerce y como se transmite la autoridad política.

El Derecho administrativo se encarga de cumplir con las múltiples intervenciones del estado y prestar los servicios que el estado atiende

El Derecho penal prohíbe determinados comportamientos humanos El Derecho procesal regula el ejercicio de la función jurisdiccional del

estado, abarcando las relativas a la composición y funcionamiento del respectivo órgano.

El Derecho laboral regula la actividad intelectual o material ejercida por alguien recibiendo por remuneración un salario.

El Derecho financiero regula la adquisición, inversión, y distribución del patrimonio de los órganos del estado.

Externo

El Internacional privado regula la influencia del elemento extranjero en las relaciones jurídicas del estado.

El Internacional publico regula las relaciones con la comunidad jurídica internacional.