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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Facultad de Ciencias Económicas Departamento de Contabilidad “Seminario de integración y aplicación” Profesor Titular regular: Mario Wainstein Profesor Asistente regular: Juan Carlos Mariotti Alumno: María Julieta Bayo Registro: 400351 Código de materia: 361 Curso: 23

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Facultad de Ciencias Económicas

Departamento de Contabilidad

“Seminario de integración y aplicación”

Profesor Titular regular: Mario Wainstein

Profesor Asistente regular: Juan Carlos Mariotti

Alumno: María Julieta Bayo

Registro: 400351

Código de materia: 361

Curso: 23

Tema: Estados Contables Consolidados: Diferentes Alternativas

1er. cuatrimestre de 2001

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------

IndiceCapítulo 1

Página.1.1 Introducción 1 1.2 Grupos de sociedades 31.3 Concepto de dominio 4 1.3.1 Legislación Española 4 1.3.2 Legislación Argentina 51.4-Distintos tipos de relaciones de dominio 51.5- Diferentes conceptos importantes referidos a negocios conjuntos 5

Capítulo 2

2.1-Concepto de Consolidación 72.2-Métodos de Consolidación 72.3- Valuación y exposición de las participaciones en negocios conjuntos según RT 14 82.4-Breve descripción de los métodos de consolidación 92.5-Fases del proceso de Consolidación 9 2.5.1-Descripción de las fases 10

Capítulo 3

3.1 Los estados contables consolidados. Concepto 113.2 La necesidad de los estados contables consolidados 113.3-Legislación española 12 3.3.1 Normas para la formulación de cuentas consolidadas 12

Capítulo 4

4.1 La consolidación total 14 4.1.1 Descripción del método 14 4.1.2 Fases del método de consolidación 15

4.1.2.1 Homogeneización 16 4.1.2.2 Agregación 17

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 4.1.2.3 Eliminación 174.2 Otras consideraciones importantes 23 4.2.1 Perdida de control 23 4.2.2 Participaciones indirectas 23 4.2.3 Sociedades consolidadas de actividad no homogénea 24 4.2.4 Cambios en el conjunto económico 24 4.2.5 Control no efectivo 24 4.2.6 Transcripción de estados contables consolidados en libros contables 25 4.2.7 Salvedad en la aplicación del método 25

Capítulo 5 5.1 La consolidación proporcional 26 5.1.1 Contratos de colaboración empresaria. Descripción y objetivos perseguidos 26 5.1.2 Diferencias entre UTE y ACE 28 5.1.3 RT 14 285.2 Descripción del método 28

Capítulo 6

6.1 La comparación de los distintos métodos 32 6.1.1 Consolidación total VS Consolidación Proporcional. 32 6.1.2 Consolidación total VS Valor Patrimonial Proporcional 336.2 Nueva Propuesta 34 6.2.1 La consolidación estructurada. Definición. 346.3 Desarrollo del tema en otros países 356.4 Empresas de intermediación financiera. Legislación Uruguaya 36

Capítulo 7

7.1 Caso práctico del método de Consolidación Total 377.2 Caso práctico de método de Consolidación Proporcional 46

Capítulo 8

8.1 Conclusión

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1.1. Introducción

En los países del entorno capitalista desde fines del siglo XIX se han venido originando una serie de acontecimientos que han modificado la estructura y las características de las unidades económicas operantes en el sistema. Entre ellos podemos mencionar los siguientes:

• El incremento de los procesos de diversificación empresarial.• El aumento de las agrupaciones de empresas• La aparición de nuevos tipos de sociedades, en un principio de tipo personalistas, luego por

acciones y en la actualidad de tipo laborales• La creciente globalización.

Todas estas y muchas otras han contribuido a que se produzca una profunda modificación de la dimensión empresarial. Esto a su vez ha generado la CONCENTRACION DE UNIDADES ECONOMICAS dentro del sistema.Una de las razones que justifican este cambio de las dimensiones empresariales, puede encontrarse en la separación que se ha producido entre propiedad y dirección de la unidad económica. Esto es así, porque en la mayoría de los casos las personas que asumen la conducción y la dirección de las empresas son personas distintas de los propietarios de las mismas, encargadas de matizar el objetivo de maximizar la rentabilidad de la unidad, haciendo que esta sea lo más atractiva posible para los inversores, persiguiendo el constante objetivo de lograr el crecimiento de la empresa ya que al conseguirlo podrán mejorar tanto su estatus personal como el profesional.Por esto resulta posible afirmar que el crecimiento empresario se ha convertido en una nueva variable dinamizadora de la actividad económica que debe tenerse en cuenta para su análisis.

Existen diferentes formas de organización empresarial que terminan llegando a una concepción del modelo de EMPRESA GERENCIAL, definiendo este concepto como un grupo de unidades económicas productivas que operan en industrias relacionadas y que son administradas por una oficina central.Estos modelos de organización empresaria han evolucionado con el transcurso del tiempo apareciendo otros como:

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• Conglomerado:

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En los que la estrategia de crecimiento no tiene en cuenta la actividad del conjunto, sino que la variable estratégica del crecimiento se basa primordialmente en la diversificación.

• Holdings:

Son formas de organización empresaria que aparecen a partir de la financiación otorgada por el banco a la industria constituyendo grupos de empresas dirigidos por otra, llamada Holding, que suele poseer mayoría minoritaria, la que le permite detentar el control de la corporación.

• Uniones transitorias de empresas:

• Agrupaciones de colaboración empresaria

Estos dos últimos conceptos serán desarrollados con detalle en los próximos capítulos.

Particularmente hay otras formas que han sido adoptadas por la economía japonesa en la que la concentración se lleva a cabo en Keiretsus, del tipo A, los cuales son grupos de empresas autónomas entre si, encabezados por un banco, que las coordina funcionalmente o las del tipo B, en las que los procesos de decisión se encuentran localizados en una de las sociedades, llamada matriz, que controla al resto de las del grupo, las cuales son escasamente autónomas, fuera de la comercialización o fabricación.

Todas estas nuevas formas organizativas también se han visto favorecidas por otras variables:

• Del entorno económico-social en el cual se desenvuelven las empresas, a modo de ejemplo se podrían mencionar,

• El aumento de las sociedades por acciones, que han simplificado notablemente el proceso de intercambio de la propiedad de las unidades económicas.

• La expansión de las limites físicos de los mercados en los que se desenvuelven las empresas.

• El creciente proceso de internacionalización del capital.• El gran desarrollo tecnológico, prácticamente obligó a las empresas a realizar fuertes

inversiones si no querían perder la competitividad en los mercados en los que operaban.

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• De la estructura interna de la empresa, entre ellas:

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• La disminución del riesgo, ya sea porque la concentración empresaria genera una disminución de la competencia, por que con ella se consigue diversificar, al disminuir la excesiva dependencia de las mercado y/o de los productos o servicios.

• El incremento de la eficacia y de la eficiencia, al poder racionalizar la producción y la distribución de los productos.

• El aumento del poder sobre el mercado.La mejora en las expectativas de financiación, ya que la solvencia y la garantía patrimonial ofrecida por el grupo económico es mayor, en la generalidad de los casos, que la que podría ser ofrecida solo por uno de los integrantes del mismo.

1.2. Grupo de Sociedades

Una empresa puede estar jurídicamente articulada a través de un número de sociedades relacionadas entre sí por vínculos de dominio o influencia de una o unas sobre las restantes.Por ejemplo, la sociedad A puede ser el único socio de las sociedades B y C, por ello detenta sobre ambas una participación del 100%.

Así, se puede pensar que B y C son unidades de explotación que producen bienes y servicios para el mercado o que la sociedad A es un holding que se limita a ostentar las participaciones de las dependientes.No debemos pensar que B y C son empresas diferentes, debido a que estaríamos aceptando una concepción muy poco operativa de lo que es la empresa desde el punto de vista económico y no llegaríamos a descubrir que existen decisiones adoptadas que afectan al conjunto formado por las 3 empresas. El mejor ejemplo de esta situación es el siguiente:

Podemos suponer que la empresa B tiene una actividad rentable, pero se decide cesar en la explotación de la misma. Si pensáramos en esta decisión de un modo aislado y consideráramos que solo afecta a B no podríamos comprender esta decisión si definimos a B como una empresa rentable.

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Ahora bien, si al ejemplo añadimos la situación de que la empresa C posee una

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Así podemos comprender que los elementos utilizados en una y otra empresa están sometidos a un poder de decisión común que es el que representan los órganos de administración de la sociedad A.El grupo de sociedades existe desde el momento en que una llamada DOMINANTE ejerce el dominio sobre la otra u otras llamadas DEPENDIENTES.

1.3. Concepto de Dominio.

Así una sociedad tiene el dominio o poder de decisión respecto de la otra u otras en los siguientes supuestos:

1.3.1 Aplicando la legislación española:

La dominante,• Posee la mayoría de la derechos de votos sobre la dependiente o puede disponer de ellos en

virtud de los acuerdos celebrados con sus socios.• Posee la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de

administración de la dependiente.• Nombro en forma exclusiva con sus votos, a la mayoría de los miembros del órganos de

administración de la dependiente que desempeñen su cargo en el momento en que deban elaborarse los estados contables consolidados y durante los dos ejercicios inmediatos anteriores.

Este último caso no sería eficaz en el supuesto de que la sociedad cuyos administradores son nombrados por la dominante se encontrara vincula a otra por alguno de los dos primeros supuestos.Ahora bien, dentro del concepto de grupo no podemos dejar de mencionar la vigencia de la propiedad Transitiva:Si la sociedad A domina a la sociedad B, y B a su vez domina a la sociedad C, podemos afirmar que la sociedad A domina también a la sociedad C.

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1.3.2 Aplicando la legislación argentina:

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Una sociedad es controlante de otra cuando posee participación por cualquier titulo que le otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas ordinarias.Contar con los votos necesarios para formar la voluntad social implica poseer más del 50% de los votos posibles, en forma directa o indirecta, a la fecha de cierre del ejercicio de la sociedad controlante.

1.4. Distintos tipos de relaciones de dominio:

Las relaciones de dominio en las que la dominante no participa directamente sobre la dependiente de llaman “relaciones de dominio indirecto”, por oposición a las “de dominio directo”.La legislación española dispone que en el caso de una relación de dominio basada en la posesión de los derechos de voto, para determinar los derechos de voto de una sociedad sobre la otra se deben sumar a los de la primera los que posee sobre la segunda, los que cualquier otra sociedad dominada por la primera tiene sobre la segunda. Esto es lo que podemos denominar “relaciones de dominio triangular”.

Ejemplo:

La sociedad J posee el 60% de los derechos de voto de la sociedad X, por lo tanto concluimos en que ejerce el dominio sobre ella. La sociedad J posee el 45% de los derechos de voto de la sociedad Y, por lo tanto su participación directa no le otorga la mayoría de los derechos de voto.Pero si agregamos la circunstancia de que la sociedad X (dominada por J) posee sobre Y el 10% de los derechos de voto, entonces la suma de ambos porcentajes (45% +10%= 55%) le otorga a J un porcentaje de participación mayoritario, pudiendo afirmar que J ejerce un dominio triangular sobre Y a través de la sociedad X sobre la que tiene un dominio directo.

1.5. Diferentes definiciones importantes (1)

Negocio conjunto:

Es un acuerdo contractual que no otorga responsabilidad jurídica, en virtud del cual dos o más partes desarrollan una actividad económica.Deberán presentarse estados contables del negocio conjunto. La justificación de tal presentación la encontramos en que a pesar de que el negocio conjunto no es un sujeto de derecho y por este motivo no puede adquirir derechos ni contraer obligaciones, resulta útil confeccionar estados contables que muestren el patrimonio en condominio de los

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participantes y los resultados del negocio conjunto, de forma tal que cada uno de los

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------participantes pueda utilizarlos como base para reflejar en su propios estados contables su participación en ellos.

Control:

Es la capacidad de dirección de las políticas financieras y operativas de una actividad económica, para poder de este modo obtener ganancias. Es este supuesto la participación deberá valuarse utilizando el método de consolidación global.

Participante:

Es el integrante de un negocio conjunto que tiene el control individual o colectivo.

Operador o director:

El contrato constitutivo puede identificar a uno de los participantes como directos u operador del negocio conjunto. Su función no debe confundirse con el control del negocio conjunto sino que solo actúa en virtud de poderes que le han sido delegados. Si se diera el caso de que este operador o director tuviera, por si solo, la capacidad para establecer las políticas operativas y financieras del negocio conjunto, estaríamos frente a la situación de control por parte de un participante.

6____________________(1)Definiciones basadas en la Resolución Técnica N° 14

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2.1. Concepto de Consolidación:

La consolidación es “una técnica contable que se utiliza para agrupar los estados contables individuales de las empresas que componen el PERIMETRO DE CONSOLIDACION, utilizando para ello un método cuya elección dependerá del tipo de empresa integrado”.(2)

2.2. Métodos de consolidación:

Los estados contables a integrar en la información consolidada son los estados patrimoniales y los estados de resultados presentados individualmente por cada una de las empresas de conforman el perímetro de consolidación. Sin embargo no hay que olvidarse de incluir en dicha información, una memoria consolidada, que servirá para explicar los estados contables consolidados obtenidos en períodos anteriores.

Para consolidar los estados contables de las empresas que integran el perímetro se debe tomar en consideración:

1) El tipo de vinculación existente.

2) Los posibles motivos que puedan llevar a cambiar los criterios que generalmente se deben utilizar.

Por lo tanto:

• Las empresas calificadas de DEPENDIENTES, se incluirán por el método de INTEGRACION GLOBAL.

• Las empresas MULTIGRUPO, se incluirán por el método de INTEGRACION PROPORCIONAL, o en su defecto por el método de PUESTA EN EQUIVALENCIA.

• Las empresas ASOCIADAS, se integraran por el método de PUESTA EN EQUIVALENCIA.

7 ____________________(2)López García Antonio, “La elaboración de la información consolidada” Universidad de Zaragoza. Articulo extraído de la página: “ciberconta.unizar.es/Biblioteca/00”

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Todos estos métodos de consolidación constituyen “conjuntos de normas diferenciadas que indican las modificaciones a realizar en las cuentas de la empresa dominante con el propósito de recoger la información relevante y que concierne a las empresas del conjunto de consolidación”.

2.3. Valuación y exposición de las participaciones en negocios conjuntosSegún RT 14

Tratamiento contable:

Para definir que tratamiento contable debemos aplicar debemos ver en primer lugar en cual de las tres posibles situaciones nos encontramos:

• Control conjunto: situación normal y común de encontrar tanto el las UTE como en las ACE, que implica que la toma de decisiones es compartida entre todos sus participantes. Debemos destacar que el caso de las UTE las decisiones se toman por unanimidad y en las ACE por mayoría salvo disposición en contraria. Un integrante o miembro de un negocio conjunto tiene el control conjunto, con otro y otros, cuando las decisiones relativas a las políticas financieras y operativas de la entidad requieran su acuerdo, o por lo menos, no existiendo control por parte de un participante su participación pueda servir para formar la mayoría. En este caso la participación en el negocio conjunto deberá valuarse mediante la aplicación del método de consolidación proporcional.( SEGUN RT)

• Control por parte de un participante: en este caso unos de los integrantes tiene el control. En este supuesto aplicamos consolidación total según RT 4. Consiste en el ejercicio del control, en forma unilateral, por parte de uno de los integrantes del negocio conjunto. Si el negocio conjunto se desarrolla a través de una ACE o una UTE, este tipo de control debe surgir de una disposición expresa de contrato constitutivo.(Ley 19950).

• Inversor pasivo: En este caso aplicaríamos lo que en la legislación española se denomina como puesta en equivalencia y que consiste en el calculo y exposición de VPP en una sola línea según RT 5. Loa inversores pasivos deben valuar su participación en el negocio conjunto utilizando el método de valuación patrimonial proporcional (VPP). Es un integrante de un negocio conjunto que no tiene ni el control individual ni el control conjunto.

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2.4. Breve descripción de los métodos de consolidación:

Integración Global:

La Integración Global de las empresas dependientes busca la incorporación de las cifras representativas de su evolución y situación financiera por ser, básicamente, patrimonio dominado por completo y sumido en la dirección única ejercida por la matriz.Podemos definirlo como el método más genuino de consolidación puesto que se aplica a las empresas entre las que existe una dirección única.

Integración Proporcional:

La Integración Proporcional logra lo mismo que la Integración Global pero respecto de las sociedades multigrupo. Sin embargo se debe tener en cuenta que en este caso se hace en función de la participación del grupo. Para aplicar este método son validas las reglas de la integración global, pero con la distinción de que la integración se debe hacer en función del porcentaje de participación, motivo por el cual en el balance consolidado no encontraremos una partida que represente la participación que corresponde a los socios externos.

Puesta en Equivalencia:

Con la Puesta en Equivalencia se logra obtener una imagen reducida, en la misma escala que el tanto minoritario de participación. Con este método se busca sustituir en las cuentas consolidadas el valor de la participación recogido en el balance de la empresa inversora por un valor ajustado en función de la situación de patrimonio neto de la sociedad a la que se le aplica el método, en la fecha en que se realiza la consolidación.

2.5. Fases del proceso de Consolidación:

La elaboración de los estados contables consolidados por parte de la Sociedad que se encuentra a la cabeza del grupo económico, le plantea como requisito indispensable la realización de un riguroso inventario, tanto de las relaciones financieras y de control mantenidas con las que lo componen, como con otras sobre las que se proyecta una influencia significativa.Este inventario, luego de analizar la situación concreta de cada una de estas relaciones y comprobar si es posible incluirla o no en la información conjunta, será utilizado por la SOCIEDAD DOMINANTE para determinar la técnica a utilizar en la inclusión de cada una de estas empresas.

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Page 13: Trabajo Seminario

Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Estas técnicas son conocidas en la doctrina como “METODOS DE CONSOLIDACION”

Los resultados de este trabajo de análisis e inventario determinará lo que se puede denominar como “EL PERIMETRO DE CONSOLIDACION”Para la elaboración de cada una de las cuentas consolidadas se deberán desarrollar las siguientes fases:

• Homogeneización• Agregación• Eliminación

2.5.1. Analizaremos cada una de estas fases:

Cuando hablamos de homogeneización lo que debemos hacer es poner en paridad a toda la información recibida de cada sociedad. La finalidad que persigue esta fase es que la información que se refleja en los estados contables consolidados obedezca a los criterios utilizados por la sociedad dominante en la confección de sus estados contables individuales.

Al mencionar la fase de agregación, nos referimos a la incorporación de la información de cada una de las entidades que vamos a consolidar. En este caso tenemos las siguientes posibilidades:

1) Podemos sumar línea a línea las diferentes partidas de los estados contables todas y cada una de las sociedades dependientes o sobre las que se ejerza influencia significativa o,

2) Hacerlo en proporción a la participación poseída en las sociedades multigrupo.

La fase de la eliminación, implica la supresión de las partidas interrelacionadas, y de la totalidad, o una parte de ellos, de los resultados generados por operaciones realizados entre las compañías integrantes del grupo que no hubieran trascendido a terceros. El mismo procedimiento debe aplicarse para anular la parte proporcional de los resultados no realizados correspondientes a operaciones con empresas que se consoliden por medio del método de la puesta en equivalencia.

Todos los datos obtenidos en el desarrollo de las mencionadas fases los podríamos volcar en papeles de trabajo que nos faciliten la obtención tanto del estados de situación patrimonial como del estado de resultados consolidado.

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3.1. Estados contables consolidados

Son los estados contables de un grupo económico constituido, en razón de la existencia de un control común, por la sociedad controlante y las sociedades controladas por ella, dando de este modo adecuada consideración a los intereses de terceros ajenos a los propietarios de la sociedad controlante.Los estados contables de la sociedad controlante deben incorporar como información complementaria de los mismos los estados contables consolidados a la misma fecha, confeccionados según las normas vigentes.

Aclaración: “ Actividades no homogéneas”:Como regla general, los estados contables de todas las sociedades integrantes del conjunto económico deben ser incluidos en el proceso de consolidación. La circunstancia de que algunas de las sociedades miembro desarrolle actividades no homogéneas no es suficiente razón para excluirlas de la consolidación. Sin embargo, se plantea la necesidad de incluir en una sola línea de los estados contables consolidados la inversión poseída en sociedades que desarrollen actividades muy heterogéneas, cuando al hacerlo se brinda a los usuarios de los estados contables consolidados una información mucho más útil y clara. En este caso la inversión deberá valuarse aplicando el método de valuación patrimonial proporcional y brindarse información complementaria.

3.2. La necesidad de los estados contables consolidados

“Los grupos económicos se caracterizan tanto por la independencia jurídica de las distintas unidades que los componen, como por la dependencia económica que otorga la unidad en la dirección.Son estos tipos de vínculos los que generan la insuficiencia de la información contable suministrada a nivel individual por la unidades económicas que compones el grupo, dado que el usuario de este tipo de información solo en pocas ocasiones podrá disponer de todos los estados contables pertenecientes a las mismas y aunque lograra este objetivo, difícilmente se podría llegar a formar una IMAGEN FIEL de la situación económica, patrimonial y financiera de TODO el grupo, esto debido a las posibles múltiples interrelaciones por operaciones realizadas, que pueden existir entre las distintas compañías que lo componen”.(3)

11 ____________________(3) López García Antonio, “La elaboración de la información consolidada” Universidad de Zaragoza.Información extraída de la página:“ciberconta.unizar.es/Biblioteca/00”.

Adicionalmente, y sobre todo con el fin de proteger los derechos y los intereses de los

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------socios minoritarios de las sociedades dependientes y de los terceros en general, es que el ordenamiento jurídico obliga a ciertos tipos de grupos de sociedades a informar de su existencia y se su situación patrimonial, económica y financiera.Producto de todo esto se desprende la necesidad de proporcionar a los usuarios interesados una INFORMACION QUE SE REFIERA AL CONJUNTO DE EMPRESAS que constituyen el grupo, siendo este uno de los objetivos fundamentales que se persiguen al armar un estado contable consolidado.

3.3. Legislación española

Desde la incorporación de España a la Unión Europea, ha quedado comprometida a adaptar su legislación a las diferentes Directivas del Consejo.Entre ellas se encuentra la Séptima, en la que se fija el marco conceptual para la elaboración de la información consolidada.Este compromiso se ha concretado en lo que se ha dado llamar “Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas”.La comunidad económica europea viene realizando, al amparo del tratado de roma, desde su constitución un decidido proceso armonización de derechos de sus países miembros mediante la elaboración de normas comunes de cumplimiento obligatorio aplicables a todo el territorio de la comunidad, en otras situaciones se limita a establecer un marco conceptual , muy flexible, en el que se pueden mover las legislaciones de las estado miembros de la CEE.

3.3.1. Normas para la formulación de las cuentas contables consolidadas

Las NFCAC fueron aprobadas por el DR 1815/1991, del 20 de diciembre, para regular todo lo relativo a la preparación y presentación de la información conjunta.Las NFCAC no han definido a los grupos de empresas sino que se limitan a expresar lo siguiente: “el grupo de sociedades lo forman la sociedad dominante y una o varias sociedades dependientes”. Se plantea la obligación de preparar cuentas contables consolidadas a las sociedades mercantiles que siendo socio de otra sociedad, se encuentre con relación a esta en alguna de los casos siguientes:

• Posea la mayoría de los derechos de voto.-• Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de

dirección y/o administración.

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• Pueda disponer, como resultado de los acuerdos celebrados con otros socios, de la mayoría

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------de los derechos de voto.

• Haya nombrado, solo con sus votos, a la mayoría de los miembros de los órganos de administración, que se encuentren desempeñando su cargo en el momento en que deben formularse las cuentas consolidadas o los hayan ocupado en los dos ejercicios inmediatos anteriores.

Las NFCAC establecen que las sociedades que sean dependientes pero que a su vez sean dominantes, tienen la obligación de formular información consolidada, indicando claramente que elaborar el tipo de infamación de conjunto no exime las sociedades integrantes del grupo económico de la obligación de formular sus cuentas anuales de forma individual.

Asimismo las NFCAC propones la posibilidad de que las sociedades dominantes obligadas a presentar información consolidada, que se encuentren comprendidas en alguna de las situaciones que se detallan a continuación, pueda quedar dispensada de presentarla, siempre y cuando ninguna de las sociedades que conformen el grupo, haya emitido valores que se encuentren admitidos para su negociación en un mercado bursátil.

Las situaciones a las que hago referencia son:

Las relacionadas con el tamaño de grupo o subgrupoLa legislación española establece la obligación de preparar información consolidada solo a las sociedades mercantiles, es decir, Sociedad Colectivas, Sociedades Comanditarias, simples o por acciones, Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Anónimas.

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4.1. Método de consolidación total

4.1.1. Descripción del método

• Cuando procede su aplicación?

Cuando los aportes realizado son de una magnitud tal que otorguen al aportante el control jurídico de la sociedad emisora, corresponde aplicar el método de consolidación total de los estados contables de la sociedad emisora con los de la tenedora, ello sin perjuicio de que la contabilización de la inversión en los libros de la tenedora se realizará por el método de valor patrimonial proporcional. Es decir que se contabilizará la inversión al valor patrimonial proporcional y además, deberán consolidarse los estados contables de ambas empresas, que figuraran con el carácter de información complementaria de los estados contables básicos de la tenedora.

• Requisitos para la aplicación del método:

Es necesario que los estados contables de todas las sociedades integrantes del ente consolidado estén preparados a la fecha de los estados contables consolidados y abarcando el mismo período de tiempo. No es imprescindible que se trate de estados contables de cierre de ejercicio, puesto que se admite la preparación de estados contables especiales a los efectos de la consolidación.

Excepcionalmente, en el caso de que el ejercicio económico de la entidad tenga una fecha de cierre distinta a la fecha de cierre del participante, y siempre el desfasaje temporal entre ambas fechas de cierre no exceda de los 3 meses y durante dicho lapso no hubieran ocurrido hechos conocidos que hubiesen modificado en forma significativa la situación patrimonial y financiera y los resultados de la entidad, podrán emplearse los estados contables de las sociedades a consolidar referidos a una fecha anterior, sin necesidad de confeccionar estados contables especiales.

• Método de consolidación:

Se utiliza par la obtención de los estados financieros consolidados correspondientes a las sociedades del grupo.

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Consiste en incluir el importe total de las partidas del activo, pasivo y cuentas de resultados de los estados financieros individuales, que son agregados y sobre los cuales se deben realizar ajustes y eliminaciones a fin de obtener los estados consolidados.

Estado de situación patrimonial:

Las inversiones en las sociedades controladas son sustituidas por los activos y pasivos de las mismas los que se agrupan con los de la sociedad controlante.

Además debe agregarse la porción del PN total perteneciente a los otros propietarios (PARTICIPACION MINORITARIA), computada antes de los eliminaciones y ajustes de consolidación.

Estado de resultados:

El resultado por las inversiones en empresas controladas deberá ser sustituido por las partidas de los estados de resultados de estas, los que se agrupan con los de la sociedad controlante.

Además debe segregarse, dentro del estado contable consolidado, la porción del resultado del ejercicio correspondiente a la participación minoritaria, neta de su efecto impositivo, computada antes de los ajustes y eliminaciones de consolidación.

Ajustes de consolidación:

Pueden ser de dos tipos:

1) Si existieran errores contables significativos en los estados contables a consolidar, los mismos deberán ser ajustados de forma previa a la eliminaciones, para evitar de este modo su traslado a los estados contables consolidados.

2) Si las normas contables aplicadas por las sociedades integrantes del grupo difieren entre sí, la controlante puede, en forma previa a las eliminaciones, corregir las empleadas por las sociedades controladas para hacerlas uniformes con las propias.

3) Pueden existir otros ajustes de consolidación.

4.1.2. Fases de la Consolidación total

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• Sus fases son:

4.1.2.1. Homogeneización:

Antes de proceder a la consolidación de los estados contables, es necesario que la información a utilizar sea homogénea.En este punto debemos tener en cuenta la posibilidad de que se haya previsto un plan de armonización a nivel del grupo.Como una ventaja del mismo podemos mencionar:Al haberse realizado las operaciones utilizando criterios comunes, se pueden evitar una parte de los costos que implica la necesidad de contar con información homogénea que nos puede llevar a tener que reelaborar la información sobre la base de datos homogéneos.

Como posibles desventajas:

• Obstáculos de tipo psicológico: al reducirse la iniciativa individual de las empresas por tener que acomodarse al plan de grupo.

• Diferencias en la interpretación de las normas comunes.

• Inconveniencia o dificultar de aplicar los criterios comunes producto de las diversidad de las actividades entre las empresas integrantes del grupo.

• Localización de un gran número de filiales en otros países.

Los ajustes que se deben efectuar en esta etapa pueden ser de diferentes tipos:

Homogeneización temporal:

Los estados contables individuales a consolidar tienen que estar referidos a la misma fecha, por lo que si existiera un desfasaje temporal significativo deberían practicarse los ajustes necesarios, por las operaciones que se hubieran realizado entre esta fecha de cierre y la de los estados contables consolidados.La fecha a la que deben referirse los estados contables consolidados es la de la sociedad dominante. Por lo tanto será necesario preparar cuentas intermedias en aquellos casos en que las cuentas individuales de alguna de las sociedades a consolidar fueran anteriores en más de 3 meses a la fecha a la que irán referidos los estados contables consolidados. Es importante tener en cuenta la condición de que durante el plazo de 3 meses de desfasaje permitido no debieron haberse producido situaciones que afecten de modo significativo la situación patrimonial, financiera o económica de los entes a consolidar.

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Homogeneización valorativa:

El objetivo es que los criterios de valuación aplicados en todas las sociedades a consolidar sean iguales.

En principio los criterios de referencia que se adoptan son los de la empresa dominante.En este punto podemos mencionar que las normas españolas de consolidación españolas (NFCAC) permiten seguir los criterios establecidos por alguna de las sociedades

dependientes si son más útiles y eficaces en el objetivo final de obtener una imagen fiel del grupo.

Homogeneización para realizar eliminaciones:

Este tipo de homogeneización se deriva de la existencia de operaciones pendientes de contabilizar, por lo que se hace necesario efectuar su contabilización a f in de que todas las cuentas individuales de las entidades intervinientes en el proceso de consolidación se hallen en el mismo nivel de contabilización de las operaciones. Esto facilita luego, la tarea de eliminar aquellas operaciones reciprocas entre las sociedades.

Homogeneización clasificativa:

Se llevará a cabo en la medida en que no exista coincidencia entre las partidas y la terminología utilizada en los estados contables a consolidar, siendo necesario a los efectos de facilitar su agregación realizar reclasificación de cuentas.

4.1.2.2. Agregación

La agregación consiste en el proceso a través del cual se suman contablemente los Balances y la cuentas de resultados de las sociedades de grupo consolidable previamente homogeneizados.El proceso de agregación es siempre el mismo con independencia del número de sociedades que formen el grupo y de la complejidad de sus relaciones de dominio-independencia y de las participaciones internas.El agregado obtenido no constituye aún los estados contables consolidados, pues se deben realizar cierta eliminaciones a fin de evitar duplicaciones.

4.1.2.3. Eliminaciones

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La podemos definir como la fase técnicamente más compleja del proceso de consolidación.

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Las duplicaciones mencionadas en el apartado anterior se deben a la existencia de operaciones entre las distintas empresas que integran el conjunto a consolidar. Estas son las operaciones (consideradas operaciones ficticias) que deben ser suprimidas o

eliminadas a fin de mostrarlo como unidad frente al exterior, como si se tratara de un único ente.En esta fase se realizan distintos tipos de eliminaciones:

-Patrimoniales o de inversión /fondos propios.-de partidas reciprocas.-de resultados.-de operaciones intragrupo o intercompany.

Otra clasificación de los ajustes y eliminaciones puede ser la siguiente:

1) Aquellas que afectan a la cuantía de los resultados, diferenciando a su vez, entre las que provienen de operaciones realizadas con,

• Existencias• Activos fijos depreciables• Activos fijos no depreciables• Otros activos,

que suponen modificaciones tanto en la cuenta de resultados como en el balance consolidado.

2)Aquellas que no afectan a la cuantía del resultado, distinguiendo entre las que:

• Afectan al patrimonio neto, por producirse diferencias de consolidación.• No afectan al patrimonio neto, por no producirse diferencias de consolidación y que a su

vez podemos diferenciar en: > Las compensaciones entre créditos y débitos recíprocos. > Las compensaciones por operaciones comerciales o gastos e ingresos recíprocos, que afectan exclusivamente a partidas de cuentas de resultados.

1)Eliminación inversión- fondos propios:

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En este paso debemos eliminar el valor de la inversión financiera que la dominante tiene en

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------las sociedades dependientes de acuerdo a el porcentaje de participación que posee, junto con la proporción de fondos propios, pues ambos representan una misma operación cuya información quedaría duplicada tras la agregación.Estos dos valores pueden coincidir, pero lo más común es que no pueda producirse una compensación exacta de estas dos partidas porque el valor que ha sido atribuido a la inversión realizada en la sociedad dependiente no coincide con el valor contable en libros de esta sociedad.Por esta razón surgirá una diferencia que puede ser positiva o negativa:

Valor contable de la inversión- Proporción fondos propios Diferencia

La valoración de cada una de estas diferencias se realiza del modo siguiente:

• El valor contable de la inversión esta constituido por su precio de adquisición, ajustado por correcciones de valor anteriores a la primera consolidación.

• Los fondos propios de la dependiente son el capital, las reservas y los resultados, ajustados en el importe de las acciones propias.

Si existen acciones propias se debe recalcular el porcentaje de participación en la sociedad porque ya no contamos con el capital nominal, sino que es preciso descontar estas acciones.

Ejemplo:

Capital de B: $150Autocartera: $ 10

En este caso el porcentaje de participación sería de 90/140 en lugar de 90/150.La valoración de los fondos propios debe ser realizada a la fecha de la primera consolidación, entendiendo por tal la de la incorporación de la sociedad al grupo, aunque

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se podría admitir como tal fecha aquella en la que el grupo estuviera obligado a realizar

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------estados contables consolidados o dispuesto a realizarlos de modo voluntario.

Diferencia Inversión- fondos propios:

De acuerdo a las NFCAC, la diferencia deberá ser tratada del modo siguiente:

• Si se originó de la subvaloración de activos o sobrevaloración de pasivos (positiva) o viceversa (negativa), se debe regularizar el valor es estos elementos patrimoniales y cancelar la diferencia.

• La porción restante no atribuible a la causal anterior se debe reflejar en el balance consolidado, bajo el concepto fondo de comercio de consolidación , si es positiva o diferencia negativa de consolidación en el caso contrario. La compensación de estas 2 partidas es permitida cuando se refieren a inversiones en una misma sociedad dependiente y siempre que se informe de esta situación en la memoria. El fondo de comercio de consolidación recibirá el mismo tratamiento contable de un fondo de comercio en una empresa individual.

La diferencia negativa de consolidación, sea tratada como provisión de gastos o ingreso diferido, podrá ser cargada a resultados si se da alguna de las siguientes situaciones:

1) Si se basa en la evolución desfavorable de los resultados de la sociedad o en la previsión razonable de gastos correspondientes a la misma y en la medida que esta previsión se realice.2) Si corresponde a una plusvalía realizada, por haberse dado de baja o haberse enajenado el bien correspondiente o porque se enajene total o parcialmente la participación.

Participación de socios externos:

Cuando la participación de la sociedad dominante en la dependiente no es del 100%, en los estados contables consolidados debe quedar reflejada la parte del PN de esta última que no corresponde a la sociedad dominante bajo el concepto participación minoritaria como un rubro entre el pasivo y el PN.En las normas españolas (NFCAC) esta partida recibe el nombre de intereses de socios externos y se ubica en el pasivo del balance entre los fondos propios y los acreedores a largo plazo.

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Ejemplo:

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Inversión en B: 2000PN de B a la fecha de la inversión: 1900Diferencia: 2000- 1900*0.9= 290Intereses socios externos o participación minoritaria: 1900*0.10=190

Reservas en sociedades consolidadas:

Al efectuar el asiento de eliminación inversión-fondos propios en los ejercicios posteriores a los de la primera consolidación, se deberán reconocer la parte que le corresponde a la sociedad dominante en las variaciones de PN.Las normas españolas denominan a esta partida Reservas en sociedades consolidadas y se expone dentro de los fondos propios del balance consolidado.Estas reservas representan los recursos financieros que han surgido en la empresa desde que se ha producido su incorporación al grupo.Para su calculo, se deben excluir tanto el resultado del ejercicio, que se expone en una partida independiente en el balance, y los ajustes de resultados de ejercicios anteriores por operaciones entre sociedades del grupo.

2) Eliminación de partidas reciprocas:

Los créditos y débitos, gastos e ingresos recíprocos entre las sociedades del grupo se debe eliminar en su totalidad. Se trata de compensar los saldos interrelacionados.Ejemplo, la sociedad A le otorga un crédito a la sociedad B por $100 en cuenta corriente pendiente de cancelación a la fecha de cierre del ejercicio.

3) Eliminación de resultados internos o resultados no transcendidos a terceros:

En las operaciones realizadas entre sociedades miembros del grupo se pueden haber generado resultados que no han trascendido a terceros razón por la cual deben ser eliminados hasta tanto trasciendan y puedan ser reconocidos como resultados.

Para explicar este punto propondré una serie de ejemplos:

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Supongamos que la sociedad A le vende a la sociedad B 100 latas de pintura a un precio de

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------$500, siendo el costo de las mismas de $200.Al cierre del ejercicio la sociedad B conservaba en su stock 20 latas.En este ejemplo la eliminación a realizar sería:

A B

Venta: 500 ==============>500Costo: 200 ------ResultadoVenta: 300

Como podemos observar las mercaderías ingresas al stock de B por un valor de $500, cuando el valor que deberían tener es de 200.Por lo tanto debemos considerar que al cierre del ejercicio B solo ha vendido 20 latas, quedando en su stock 80 latas que se encuentra sobrevaluadas porque en ellas esta incorporada una porción de la utilidad generada por la operación entre compañías.

Así el ajuste a realizar sería el siguiente:

300*0.90*0.80= 216

Donde $300, representa la utilidad generada por la operación de compraventa entre las compañías, 0.90 es el porcentaje de tenencia de la sociedad A sobre la sociedad B y 0.80 es el porcentaje de latas que se conservan en el stock y que se hallaban sobrevaloradas.

4) Eliminación de dividendos:

Los dividendos distribuidos por una sociedad dependiente que corresponden a su sociedad dominante, desde el punto de vista del grupo, constituyen una operación interna.

Si se trata de dividendos que corresponden al reparto de beneficios de ejercicios anteriores, son eliminados y considerados como reservas de la sociedad que los percibe.

Si se trata de dividendos a cuenta, se deben eliminar contra la cuenta deudora representativa de los mismos en la sociedad que los reparte.

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4.2. Otras consideraciones

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En el supuesto de que se prevean transferencias efectivas de ganancias de la sociedad controlada a la sociedad controlante, deberá computarse el efecto impositivo que pudiera corresponder.

Las operaciones de la sociedad controlada u otros hechos que afectaran el total de su PN sin incidir en resultados, (Ej: revaluo técnico) deberán ser considerados en los estados contables consolidados con el mismo carácter.

4.2.1. Perdida de control

La perdida del control sobre una sociedad implica la no consolidación de los estados contables de la misma desde el momento en que se produce la mencionada perdida.

Si la perdida de control es consecuencia de la venta de la inversión, el resultado de la misma, en los estados contables consolidados, se calculará deduciendo del precio de venta el costo neto. Este resultado, es a su vez, el fruto de la suma algebraica de los valores para el consolidado de los activos y pasivos de la controlada, la llave (de existir) y, en su caso, los saldos de las cuentas de PN vinculadas.

4.2.2. Participaciones indirectas

En este caso la RT 5 indica que es aconsejable consolidar primero los estados contables de las entidades controladas indirectamente con los estados contables de las controladas directamente y, luego, los de éstas últimas con los estados contables de la sociedad controlante.

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En este caso podemos observar que la sociedad “A” tiene una participación de tipo directa sobre la sociedad “D” (del 20%) y sobre la sociedad “B” (del 45%). Sin embargo, podemos agregar que la sociedad “A” tiene sobre la sociedad “D” una participación de tipo indirecto, dado que “A” participa sobre la sociedad “B” (55%), “B” a su vez tiene una participación sobre la sociedad “C” (75%) y esta a su vez tiene una participación sobre la sociedad “D” (80%).

4.2.3. Sociedades consolidadas de actividad no homogénea:

Para todas aquellas sociedades consolidadas que desarrollan actividades heterogéneas se deberá suministrar adicionalmente a los estados contables consolidados información discriminada por cada tipo de actividad homogénea, ya sea mediante columnas adicionales en el cuerpo de los estados contables consolidados o en nota a los mismos.Mediante nota deberá indicarse:A) Los motivos que justifican el tratamiento contable aplicado.B) Resumen de la situación patrimonial, financiera y de resultados, incluyendo:

*Total de activos y pasivos, diferenciados en corrientes y no corrientes.*Total del PN y AREA.*Resultados brutos, ordinarios, extraordinarios y resultados netos.

4.2.4. Cambios en el conjunto económico

Cuando una sociedad es consolidada por primera vez o deja de serlo por compras o ventas u otras circunstancias, deberá exponerse tal situación en forma adecuada.En el supuesto de que ello implique, de modo adicional, un cambio en las normas contables aplicadas, deberá exponerse el cambio y sus efectos.

4.2.5. Control no efectivo:

Cuando la sociedad consolidante no ejerza el control de un modo efectivo o su ejercicio esté restringido por alguna circunstancia (Ej: convocatoria de acreedores, intervención judicial, etc.) igualmente procede la consolidación , pero es condición exponer en nota a los estados contables consolidados dicha situación.

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4.2.6. Transcripción de los estados contables consolidados en los libros de la sociedad controlante

Los estados contables consolidados, deberán ser transcriptos en el libro Inventarios y Balance de la sociedad controlante.

4.2.7. Salvedad de aplicación del método

Las sociedades dependientes pueden quedar excluidas de la aplicación del método cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:

• La sociedad dependiente tiene poco interés significativo, teniendo en cuenta que si son varias las sociedades del grupo en estas circunstancias, solo podrán ser excluidas si en conjunto representan un escaso interés.

• Existen restricciones constantes e importantes que impiden el ejercicio por parte de la sociedad dominante de la dirección, ejemplos: inactividad prolongada, intervención judicial, insolvencia, etc.

• La consolidación de la sociedad dependiente implica incurrir en gastos desproporcionados o genera el incumplimiento de los plazos fijados por las normas para la elaboración de los estados contables consolidados.

• La inversión en la sociedad dependiente es de carácter temporal, vale decir, su posesión no supera el corto plazo (es de carácter corriente).

• La sociedad dependiente tiene actividades tan diferentes que su inclusión en el armado de los estados contables consolidados resulta contraria a la finalidad de ofrecer una imagen fiel del grupo perseguida con dicho estados contables.

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5.1. Consolidación Proporcional

Dentro de la ley de sociedades comerciales, vamos a tomar un aspecto contable que es la Consolidación Proporcional, pudiendo definirla como un método de consolidación cuya reglamentación la podemos encontrar en la RT 14.La consolidación proporcional es un método de valuación y exposición de la información relativa al negocio conjunto, en virtud de la cual la porción de cada participante, en cada uno de los activos, pasivos, ingresos y gastos y ganancias y perdidas de la entidad controlada conjuntamente, se suma, línea por línea, con las partidas similares de sus estados contables, o se presenta como partida separada dentro de cada uno de los rubros.

5.1.1. Contratos de Colaboración empresaria: UTE y ACE.

Razones de su existencia:

“Las características del mundo de los negocios, entre las cuales podemos mencionar, la rapidez de los cambios, la causalidad, la especulación que reina en su operaciones, la aleatoriedad, el oportunismo y su carácter coyunturas, ha impulsado a las empresas a aprovechar cualquier circunstancia para mejorar sus actividades y sus beneficios.De este modo, frente a la competencia cada vez feroz, y ante el peligro de perder económicamente, prefieren unir sus esfuerzos en búsqueda de un beneficio común más seguro de lograr”.(4)

Las distintas combinaciones de negocios pueden tener variadas características, entre las que podemos mencionar:

• El ser transitorias o permanentes.• El ser formales o informales.• El ser simples o complejas.• El ser domesticas o internacionales.

UTE: Unión transitoria de empresas.

ACE: Asociación o agrupación empresaria.

26____________________(4) Biondi, Mario, “Uniones transitorias de empresas”. Revista de Postgrado, Investigación y Doctorado “OIKOS” (Facultad de Ciencias Económicas, Universidad de Buenos Aires, Año 2, N°4, Junio de 1994), pág. 56.

Si bien los objetivos de estas agrupaciones son diferentes, presentan algunas características

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------en común, como son la falta de personería jurídica, el no constituir sociedad de tipo alguno y la necesidad de su inscripción registral. (NO se trata de Personas Jurídicas, por lo tanto NO son sociedades comerciales, ni son sujetos de derecho). Por todas estas características concluimos en que no pueden adquirir derechos obligaciones a su nombre. Así, si una UTE o una ACE compra un bien registrable lo debe anotar en el correspondiente registro de propiedad a nombre de uno de los participantes de estos tipos de contratos. Del mismo modo ninguno de estos tipos de contratos de colaboración empresaria son sujetos del impuesto a las ganancias pero tanto las UTE como las ACE pagan el mencionado impuesto en cabeza de sus participantes. Respecto del IVA debemos mencionar que son sujetos del impuesto.Respecto de las obligaciones laborales asumidas por las UTE y las ACE, sus integrantes son solidariamente responsables. La naturaleza jurídica de estas agrupaciones es meramente contractual. La ley les otorga un marco de actuación muy amplio, librado a la voluntad de las partes, siendo estas quienes reglamentan la actividad de la agrupación en el contrato constitutivo de la misma.Esta tolerancia que la ley pone de manifiesto otorga valiosas ventajas para la actividad empresaria aunque puede ofrecer algunas inseguridades y riesgos.Tanto UTE como ACE son contratos de tipo no societario, que deben ser inscriptos en el registro publico de comercio y que pueden estar constituidos tanto por personas físicas como por personas jurídicas.

Algunos de los objetivos que pueden perseguirse al constituir una UTE o una ACE son:

• En concesiones, por ejemplo, juntar los recursos que las sociedades o personas físicas no poseen individualmente.

• Desarrollar en conjunto ciertas fases de la actividad económica que desarrollan debido a que eso les resulta rentable, lo cual es muy común en la actividad petrolera.

Por lo expuesto podemos concluir en que sus efectos directos pueden ser: Ventajas operativas y el logro de una rentabilidad a partir de la inversión.Como efectos indirectos podemos enunciar: La transferencia reciproca de personal con una adecuación más realista a las tareas, la unificación de las gerencias y la centralización del trabajo, la asignación de honorarios al directorio y la distribución de beneficios de acuerdo a la conveniencia del grupo económico.Una característica muy importante de este tipo de contratos societarios que los distingue de las sociedades comerciales es una notoria “ flexibilidad”, que se traduce en el hecho de que una vez que concluye el objetivo a lograr para el cual se celebró el mencionado contrato, también llega a su fin el contrato.

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En segundo lugar debemos mencionar que tanto las UTE como las ACE deben llevar libros

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------contables con todas las formalidades exigidas por el código de comercio. Deben también confeccionar estados contables.

5.1.2. Diferencias entre UTE y ACE

La UTE es un tipo de contrato de colaboración empresaria que se celebra con el objetivo de entregar bienes y/o servicios a terceros.

La ACE es un tipo de contrato de colaboración empresaria que celebra a los efectos de proporcionar el suministro de bienes y/o servicios no a terceros sino a las sociedades o personas físicas que constituyen la ACE. (Ejemplo: grupo de sociedades que canaliza fondos entre las distintas sociedades de grupo).

5.1.3. La RT 14

Debemos destacar que antes de la aparición de la RT 14 se discutía si las UTE y las ACE debían preparar o no estados contables.A partir de la aparición de la mencionada RT, se dispuso que obligatoriamente debían presentar estados contables.

5.2. Descripción del método de consolidación proporcional:

• Requisitos para la aplicación del método:

Es necesario que los estados contables del ente a través del cual se desarrolla el negocio conjunto estén preparados, o se ajusten especialmente, a normas contables similares a las utilizadas por el participante.En el caso de que el ejercicio económico de la entidad tenga una fecha de cierre distinta a la fecha de cierre del participante, se deberá proceder de alguno de los modos siguientes:

1) Se deben confeccionar estado contables especiales a la fecha de cierre del participante.2) En el caso de que , el desfasaje temporal entre ambas fechas de cierre no exceda de los 3 meses y durante dicho lapso no hubieran ocurrido hechos conocidos que hubiesen modificado en forma significativa la situación patrimonial y financiera y los resultados de la entidad, podrán emplearse los estados contables originales sin necesidad de confeccionar estados contables especiales.

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Page 32: Trabajo Seminario

Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Si producto de una venta parcial u otras circunstancias desapareciera el control conjunto, o existieran restricciones al ejercicio del control conjunto, deberá cesarse en la aplicación del método de la consolidación proporcional, debiéndose valuar la participación en el negocio conjunto con el método de valuación patrimonial proporcional (VPP).El mismo tratamiento deberá aplicarse a aquellas participaciones en negocios conjuntos mantenidas al solo fin de su cesión en un futuro próximo.

• Etapas del método de consolidación proporcional

Estado de situación patrimonial:

Cada participante calculará la porción que le corresponde en cada uno de los activos y pasivos de la entidad y las sumará, línea por línea, con las partidas similares de su estado

de situación patrimonial, o las expondrá como partidas separadas dentro de cada uno de los rubros.En el supuesto de existir saldos recíprocos se debe eliminar la parte proporcional del participante manteniendo el carácter de activo o pasivo el saldo pendiente con los demás integrantes del negocio conjunto.En el caso de que el porcentaje de participación en los resultados sea distinto del de participación en los aportes, para determinar la porción que le corresponde en cada uno de los activos y pasivos del negocio conjunto se deberá considerar el porcentaje que resulte del cociente entre:

* La sumatoria del importe de la participación en los aportes que hubiesen tenido reconocimiento contable más el importe de la participación convenida en los resultados

acumulados y,

* El patrimonio neto del negocio conjunto.

Ejemplo:

Supongamos el caso de una UTE constituida el 1-1-2001 a partir de los siguientes aportes:

Sociedad “A” $3000Sociedad “B” $700.

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Por lo tanto el fondo operativo de la UTE (su PN) sería de $3700.

Page 33: Trabajo Seminario

Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------En el contrato constitutivo se dispone una participación en los resultados del 50% para cada sociedad participante.

Al inicio los porcentajes de participación en los activos y pasivos correspondientes a cada una de las sociedades participantes en el negocio conjunto serían:

Sociedad “A”: 3000 ======>0.8108108 (Aproximadamente el 81%) 3700

Sociedad “B”: 700 =======> 0.1891891 (Aproximadamente el 19 %) 3700

El resultado del negocio conjunto fue de $5600.

Por lo tanto corresponden a la Sociedad “B” $2800 (50% de $5600)

De esta forma el PN de la UTE se incrementé en $5600 (resultados acumulados) y mi participación total en $2800.

Nuevo porcentaje de participación:

Sociedad “B”: 700+ 2800 ============> 0.376344 (Aproximadamente el 38%) 3700+5600

Estado de resultados:

Teniendo en cuenta las disposiciones del contrato constitutivo acerca de la distribución de los resultados, cada uno de los participantes en el negocio conjunto calculará la parte que le corresponde en cada uno de los ingresos, gastos, perdidas y ganancias de la entidad, previa eliminación de los resultados originados en operaciones con el participante que no hubieran trascendido a terceros, y las sumará, línea por línea, con las partidas similares de su estado de resultados, o las expondrá como partidas separadas.Del mismo modo deberán ser eliminados (de los resultados del participante) aquellos resultados provenientes de operaciones con el negocio conjunto que no hubieran trascendido a terceros. Estas eliminaciones deberán realizarse en la proporción correspondiente a la participación que tiene el participante en el negocio conjunto.

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Consolidación de negocios conjuntos en los que un participante ejerza el control

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En este caso en los estados contables individuales de las entidades participantes se sumaran los activos, pasivos, ingresos y gastos del negocio conjunto, a los propios, y se expondrá en forma paralela participación correspondiente al resto de los inversores en el estado de situación patrimonial, mientras que en el estado de resultados los resultados correspondientes a los inversores deberán exponerse distinguiendo la porción ordinaria y la extraordinaria. En este supuesto serán aplicables las normar relativas a la consolidación total (RT4).

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6.1. Comparación de los distintos métodos:

6.1.1. La consolidación proporcional Vs. consolidación total.

La consolidación total consiste en incorporar los activos, pasivos y resultados de las sociedades sobre las que se ejerce el control o influencia significativa al 100% y al mismo tiempo eliminar la inversión y mostrar la participación minoritaria.

La consolidación proporcional consiste en incorporar línea por línea los activos, pasivos y resultados pero no al 100% sino en la proporción o en el porcentaje correspondiente.

Cuando se aplica el método de la consolidación total, los estados contables básicos son los de la empresa tenedora (controlante) valuados a VPP y como información complementaria se presentan los estados contables consolidados.

En el caso de las UTE y las ACE, la consolidación proporcional se incluye directamente en los estados contables básicos.

Debemos considerar que en el caso de que uno de los integrantes de estos tipo de contratos de colaboración empresaria ceda a la misma el derecho de uso de bienes que son de su propiedad, estos bienes quedan registrados en la contabilidad de cedente del derecho, no se incorporan como activos de los estados contables consolidados de la UTE o la ACE, pero si modifican el porcentaje de participación del cedente. Así y modo de ejemplo no deberán reconocerse como activos dentro de los estados contables del negocio conjunto el derecho de uso que uno de los participantes hubiera constituido y otorgado al negocio sobre un bien de uso de su propiedad.Del mismo modo, los aportes efectuados en bienes intangibles, solo deberán reconocerse como activos dentro de los estados contables del negocio conjunto, si de acuerdo a la normativa vigente estuvieran reconocidos en la contabilidad del aportante en forma previa y por el mismo valor al que se encuentran registrados en los libros de este.

Por último debemos recordar que para la confección de los estados contables consolidados no podemos olvidarnos de eliminar los saldos y resultados no transcendidos a terceros por operaciones realizadas entre las compañías suscriptoras de los contratos de colaboración empresaria.

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6.1.2. Consolidación total VS. valor patrimonial proporcional

En el supuesto de que una entidad, fundada en diferentes motivos, tenga el control sobre otra entidad deberá valuar su inversión aplicando el método del valor patrimonial proporcional, y adicionalmente deberá presentar estados contables consolidados, como información complementaria de sus estados contables básicos.

Aclaración: No debemos concluir en que si una entidad está en condiciones de valuar su inversión a partir del método de valor patrimonial proporcional, siempre deberá presentar estados contables consolidados, dado que esto solo lo deberá cumplimentar en el supuesto que posea el control o influencia significativa, pero no en el caso de que sea un simple inversor pasivo.A pesar de esta relación de integridad que existe entre dichos métodos desde el punto de vista técnico podemos apuntar similitudes y diferencias.

Similitudes:

• La principal semejanza entre ambos métodos es que a partir de ambos métodos llegamos a cifras idénticas. A diferencia del método de valuación de la inversión llamado, costo más dividendos, en el cual se aplica el principio de lo percibido, lo cual implica el reconocimiento del resultado generado por la inversión en la sociedad emisora solo en el momento en que ella realice la correspondiente distribución de los dividendos, el método de valuación patrimonial proporcional y el de consolidación total aplican el principio de devengado reconociendo los resultados generados por la inversión en el momento en los mismos se producen sin tener que espera a que se produzca la efectiva distribución de los dividendos.

• Los cambios que se producen en el patrimonio de la sociedad emisora (aumentos o disminuciones de capital, constitución o desafectación de reservas de revaluo técnico, resultado del ejercicio, etc.) tienen igual repercusión cuantitativa en la “consolidación total” y en el “valor patrimonial proporcional”.

• Los dos métodos establecen como condición para poder proceder a su aplicación el siguiente criterio: “La valuación a valores de mercado”.

• En los dos métodos deben eliminarse los resultados no transcendidos a terceros generados por operaciones intercompany.

Diferencias:

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• La principal diferencia radica en la exposición de los estados contables. El “valor

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------patrimonial proporcional” puede ser también denominado como “CONSOLIDACION EN UNA SOLA LINEA”, dado que a través del rubro inversiones permanentes se reflejan todos los cambios patrimoniales de la entidad emisora. El método de la “consolidación total” se denomina de este modo debido a que, esa expresión de la inversión en una sola línea es reemplazada por la totalidad de los rubros del activo y del pasivo de la emisora.

• En la consolidación total aparece el capital y el resultado que corresponde a los grupos no controlantes, bajo los conceptos de participación minoritaria y resultado de la participación minoritaria, respectivamente. Esto es necesario dado que al incorporar el total de los activos y pasivos de la emisora, las cifras del patrimonio neto consolidado deben ser regularizadas a través de esa parte del patrimonio que no corresponde al grupo. Cuando aplicamos la consolidación en una sola línea, dichos conceptos no se exponen.

6.2. La consolidación estructurada

“En el método tradicional de consolidación por integración global, en sus aspectos de procedimiento, se puede observar cierta tendencia a aportar soluciones fragmentadas y fragmentarias. Es decir, que en dicho método pareciera no existir una noción subyacente de sistema de consolidación, que permitiera abordar bajo principios básicos las diferentes situaciones por las que puede pasar el grupo y las entidades que lo forman, y dar de este modo una solución a los problemas que plantean dichas situaciones en orden a la consolidación de los balances y cuentas anuales de resultados.”(5)

Por estos motivos, el mencionado autor, se centró en el objetivo de encontrar una sistemática que permitiera abandonar la concepción de la consolidación como un conjunto de recetas de operaciones extracontables (ajustes y eliminaciones) aplicables a cada situación especifica.Este autor asegura que el enfoque tradicional no resulta ser apto para resolver de una forma operativa y conceptualmente correcta ciertas situaciones dotadas de complejidad.

El resultados de estas investigaciones es un nuevo enfoque de procedimiento que ha sido denominado como:

CONSOLIDACION CONTABLE ESTRUCTURADA.

34___________________________(5) López Alberts Hernán,“ Impuestos, consolidación contable y fiscal”, Inspector fiscal de Hacienda, Universidad de Zaragoza. Artículo extraído de la página: “Ciberconta.unizar.es”:

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Este enfoque no pretende modificar los objetivos de fondo de la consolidación contable. Tampoco se propone apartarse de las Normas de Consolidación españolas.Solo pretende poner de relevancia que ciertos contenidos técnicos de dichas normas sean cuestionables incluso bajo el enfoque tradicional.

¿Qué es la consolidación contable estructurada?

Se trata de una técnica de consolidación que parte de la idea siguiente idea fundamental:

“El grupo debe ser considerado, en si mismo, como una entidad-empresa con un sistema contable propio”.

De este modo sus cuentas anuales (balance y cuentas de resultados anuales), que no son otra cosa que las cuentas anuales consolidadas, se obtendrían directamente como producto de la contabilización en el sistema contable del grupo las operaciones y hechos realizada o que afectan a las sociedades que lo forman.A partir de esta idea parecería que para poder obtener los estados contables consolidados es necesario llevar una contabilidad diferenciada, la contabilidad del grupo, respecto de las correspondientes a cada una de las sociedades que lo forman. Esta sería una solución muy razonable pero al mismo tiempo indudablemente poco operativa en la practica.Existe una solución mucho más sencilla y operativa a la que se llega a través de una idea fundamental:

“La diferencia entre la forma en que se ha contabilizado una determinada operación u hecho económico por la sociedad o sociedades del grupo afectadas, y la forma en que esa misma operación o hecho hubiese sido contabilizada en el sistema contable del grupo, define el ajuste (ajuste de consolidación) que aplicado sobre el Balance agregado, permitirá corregirlo para, de este modo, obtener el Balance Consolidado.”(6)

6.3. Nivel de desarrollo del tema en otros países

Debemos destacar que España es un país muy avanzado en el desarrollo del tema tratado en el presente trabajo.Sin embargo existen otros países en los cuales el tema no tiene profundidad en su estudio, pudiendo mencionar a modo de ejemplo a Costa Rica. Es dicho país, existe conciencia de la falta de experiencia en la generación de información consolidada, requiriéndose la presencia de consultores internacionales para lograr el objetivo de presentar dicha información, sobre todo en el Sector Público.

35________________________________________(6) López Alberts Hernán,“ Impuestos, consolidación contable y fiscal”, Inspector fiscal de Hacienda, Universidad de Zaragoza. Artículo extraído de la página: “Ciberconta.unizar.es”:

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En Estados Unidos los estados contables consolidados deben ser presentado de manera obligatoria formando parte de la información básica por parte de la entidad tenedoraEn Argentina una empresa debe consolidar sus estados contables con sus subsidiarias, en general cuando tiene el control ya sea del capital o de los votos y este control puede ser directo o indirecto a través de otras subsidiarias. En EE.UU. la preparación de estados contables consolidados es obligatoria y la condición para hacerlo es que la entidad tengo el control de una participación mayoritaria, o sea más del 50% de los votos.

6.4. Empresas de intermediación financiera: URUGUAY

En Uruguay, el 18 de diciembre de 2000 el Banco Central adopto una resolución incorporada en la Recopilación de Normas de Regulación y Control del sistema financiero que dispone, que las entidades financieras deberán suministrar en forma mensual estados contables consolidados con sus sucursales del exterior y con sus subsidiarias.La entrega de los mismos se realizará en la Superintendencia de Intermediación Financiera, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha a la que aquellos se refieren.Se entiende como empresa subsidiaria, a aquellas empresas financieras del exterior, que estén bajo el control de la institución.Se presume que existe control cuando:

• Ésta posee, en forma directa o indirectamente a través de subsidiarias, más del 50% del capital accionario de aquellas, ó

• Tiene facultades para dirigir sus políticas financieras u operativas. También está considerada como indirecta cualquier otra modalidad de participación en la que, a juicio de la Superintendencia de Instituciones de Intermediación financiera, se configure una situación de control.

Las instituciones financiera externas deberán suministrar trimestralmente estados contables consolidados con sus sucursales del exterior y con sus subsidiarias.

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7.1. Caso Práctico: CONSOLIDACION TOTAL

Tratamiento contable:

El 7 de enero de 1998 la Sociedad “Río” adquirió el 70% de las acciones de la sociedad “Mar” en $900. La sociedad “Río” registro contablemente esta compra únicamente por el valor de la misma.

“Río” amortiza sus bienes intangibles en 5 años.

Durante 1998, “Mar” le vendió mercaderías a “Río” por $500, que tenían un costo de $300. Al cierre del ejercicio, “Río” mantenía en su stock el 20% de dicha compra.

Durante el ejercicio, “Río” distribuyo dividendos en efectivo por $200.

En el mes de diciembre de 1998, “Río” le vendió a “Mar” un rodado en $920. El valor de origen de dicho rodado en “Río” es de $1000 y su amortización acumulada es de $200. “Río” amortizaba el bien a razón del 10% anual y “Mar” amortiza el bien en 8 años.

“Mar” mantiene al cierre del ejercicio una deuda financiera con “Río” por $500. Durante 1998, se devengaron y pagaron intereses por $200.

“Río” alquila un inmueble que es propiedad de “Mar” . EL alquiler anual devengado es de $300.

Los estado de situación patrimonial y de resultados del ejercicio cerrado en 1998, para ambas compañías son los siguientes:

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Resolución:

La empresa “Río” adquirió el 70% de las acciones de “Mar” en $900.Por lo tanto, la compra de la inversión se valuaría y registraría a partir del siguiente del modo siguiente:

PN de “Mar” al momento de la adquisición (enero de 1998): $1000 * 70% (porcentaje de tenencia)= $700

El precio abonado por las acciones fue de $900. Existe una diferencia entre la valuación y el importe pagado por la inversión. Es decir, que abone por las acciones un valor superior al que debía haber pagado. En este caso desde el punto de vista de la imputación de contable de dicha diferencia podemos suponer que el mayor valor abonado responde a la circunstancia de que la compañía, en la que he decidido invertir, tiene potenciales posibilidades de generación de utilidades en el futuro (rentabilidad), razón por la cual decidimos activar dicha diferencia bajo el concepto de “Valor llave” (rubro intangibles, activo no corriente) y luego ir amortizando dicho valor.

El asiento contable sería:

Inversiones permanentes 700 Valor llave 200 a Caja o Banco o Documentos a pagar 900

Corresponde luego considerar la porción del resultado del ejercicio de “Mar” que le corresponde a “Ría”:

Resultado del ejercicio de “Mar” al 31-12-1998 = $500

$500 * 70% = $350 (Resultado de compañías afiliadas)

El asiento contable sería:

Inversiones Permanentes 350 a Resultado compañías afiliadas 350

Luego debemos realizar el registro de la amortización del valor llave.

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Eliminación de operaciones intercompany:

1) Venta de Bienes de Cambio:

“Mar” “Río”

Venta: 500 ========> 500Costo: (300)Utilidad: 200

De esta utilidad de 200 debemos eliminar la porción de la misma que no ha trascendido a terceros por el porcentaje de tenencia de “Río”, puesto que de lo contrarío la inversión quedaría sobrevaluada.

Por lo tanto:$200 * 0.70* 0.20= 28

Resultado compañías afiliadas 28 a Inversiones permanentes 28

2)Venta de Bienes de Uso: a)Por un lado debemos eliminar la operación correspondiente a la venta de bienes de uso.

“Río” “Mar”

Venta: $920 =========> $920Valor residual: ($800)Resultado de la venta: $120

Debemos eliminar el 70% del resultado de la venta pues de lo contrarío dejaría los bienes de uso sobrevaluados y en consecuencia lo mismo sucedería con la inversión.De este modo: $120 * 0.70= $ 84

b) Amortización:

En la medida en la que el bien de uso es amortizado, podemos considerar que la utilidad generada por la venta del mismo trasciende a terceros.

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Page 44: Trabajo Seminario

Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ahora bien, debemos considerar los criterios de amortización y años de vida útil de ambas compañías. La sociedad “Mar” (adquirente del bien de uso) amortiza sus bienes de uso en 8 años y realizó la incorporación en su activo de los bienes de uso por un valor de $920, por lo tanto: $920/ 8 años de vida útil: $115 de amortización La sociedad “Río” (vendedora del bien de uso) amortiza sus bienes de uso en 10 años y en ella el bien de uso tiene un valor de origen de $1000.

$1000/10 años de vida útil: $100 de amortización, la cual debería de ser la amortización correcta a nivel del grupo.

La diferencia entre ambas amortizaciones, $15, es la porción de la utilidad generada por la venta de los bienes de uso que se considera trascendido a terceros.

$15 * 0.70= $10.5

Al finalizar estas eliminaciones logramos nuestro primer objetivo de valuar nuestra inversión de acuerdo al método de valor patrimonial proporcional.

Preparación de los estados contables consolidados de acuerdo al método de Consolidación total:

Etapa de Agregación:

Para comenzar con la preparación de los estados contables consolidados debemos realizar, por un lado la incorporación de las cuentas patrimoniales y de resultado de “Mar” a los estados contables de “Río”.

La incorporación la hacemos al 100% pero luego reconocemos el porcentaje del patrimonio y de los resultados de “Mar” correspondiente a los socios minoritarios bajo el concepto de Participación minoritaria (cuenta ubicada entre el pasivo y el PN) y resultado de la participación minoritaria respectivamente.

En “Mar” (capital +resultados acumulados)= $1500

========> $1500 * 0.70= $1050. (eliminación de la inversión)

Reconocimiento de la participación minoritaria:

========> $1500 * 0.30= $450.41

Page 45: Trabajo Seminario

Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- En “Mar” (resultado del ejercicio)= $500

========> $500 * 0.70= $350 (eliminación de resultados de VPP)

Reconocimiento del resultado de la participación minoritaria:

========> $500 * 0.30= $150

Respecto de este resultado de la participación minoritaria debemos comprender que para el grupo económico implica una perdida. La razón de esta afirmación es que el resultado el la compañía controlada es positivo (ganancia) y la incorporación de este resultado en los estados contables del grupo se realizó al 100%, pero hay una parte del mismo que no pertenece al grupo sino a los socios minoritarios. Por esta razón deberá reflejarse como una perdida o resultado negativo.El paso siguiente será eliminar los ajustes/eliminaciones realizados a la inversión permanente durante su valuación de acuerdo al método de valor patrimonial proporcional. Las razón en la que se funda dicha eliminación es que la vamos a reconocer ajustando las cuentas patrimoniales y de resultados que correspondan de acuerdo a la operación de que se trate.

Eliminación de operaciones intercompany:

1)Compra venta de Bienes de cambio:

“Mar” “Río”

Venta: 500 ========> 500Costo: (300)Utilidad: 200

En primer lugar, debemos proceder a eliminar la operación de la venta, para lo cual vamos a debitar $500 de ventas y a acreditar $ 400 de costo y $ 100 de bienes de cambio.La razón de estas cifras es que la sociedad “Río” incorporo los bienes a su activo por un valor de $500 (tiene sus bienes de cambio sobrevaluados debido a que los incorporó por un valor de $500 cuando esos bienes para el grupo tienen un valor de $300, es decir que, tiene un resultado que está contenido en saldos de activo). De estos $500, el 80% trascendió a terceros (se vendió) por lo tanto tiene $400 incorporados en su costo que no corresponderían estar por dicho valor. Del mismo modo tiene el 20% de esos $500 en su

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------stock, $100 (porque no trascendieron a terceros) que estarían sobrevaluados y por eso los elimino.En segundo lugar, debemos reconocer la imputación correcta en bienes de cambio, que debería de ser $60, siendo dicho importe el 20% de $300 (valor original de los bienes de cambio para el grupo), y dar de baja el costo por el mismo importe. En tercer lugar, reconocemos el valor que corresponde al participación minoritaria:

$200 * 20%* 30%= $12

Eliminación venta de Bienes de uso:

“Río” “Mar”

Venta: $920 =========> $920Valor residual: ($800)Resultado de la venta: $120

En primer lugar, eliminamos la operación de venta en el 100% para lo cual debitamos $920 de resultado de venta de bienes de uso y acreditamos el mismo importe de bienes de uso.Luego reconocemos el valor correcto de los bienes de uso para el grupo que es de $800.Debemos reconocer la participación minoritaria correspondiente a dicha operación: $120 * 0.30= $36 (perdida para el grupo)

Amortización:

Debemos eliminar la amortización registrada por “Mar” de $ 115 que no sería correcta a nivel de grupo y reconocer la correcta amortización de $100.

Participación minoritaria: Debemos reconocer la participación minoritaria: $15 (diferencia de amortización) * 0.30= $4.5 (ganancia para el grupo)

Eliminación de créditos y deudas recíprocos:

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------En este paso realizamos la eliminación de deudas y créditos entre las compañías que integran el grupo que estén pendientes de cancelación al cierre del ejercicio.

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7.2. Caso práctico: CONSOLIDACION PROPORCIONAL

El 1 de enero de 1999 las sociedades “Día” y “Noche” emprendieron un negocio conjunto, en el cual cada una de ellas aportará determinados recursos. La asociación formada ,bajo la figura de una Unión transitoria de empresas, tendrá por objeto la prestación de un servicio de calidad, para lo cual se aprovecharan los recursos de cada una de estas compañías.

El estado de Situación patrimonial de la UTE al 31-12-1999 es el siguiente:

Disponibilidades: 3700Créditos Comerciales: 8200Deudas financieras: 2600

Aporte Sociedad “Día”: 3000Aporte Sociedad “Noche”: 700Resultados “Día”: 2800Resultados “Noche”: 2800

Estados de Resultados de UTE por el ejercicio 31-12-1999.

Ingresos por servicios: 22900Costo de los servicios: 9500

--------Resultado Bruto: 13400

Gastos Administrativos: 6500Otros ingresos y egresos: 1300

--------Resultado Neto: 5600

Información adicional:

El fondo operativo se constituyo con fecha 1-1-1999 del siguiente modo:

“Día”: Aporte en efectivo $3000

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Seminario de Integración y Aplicación. Estados Contables Consolidados: Diferentes alternativas. Primer Cuatrimestre 2001 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------“Noche”: Aporte en efectivo $700. El contrato establece una participación en resultados del 50% para cada sociedad.Durante el ejercicio, “Noche” le ha otorgado un prestamos a la UTE por $2600, incluido en los respectivos estados contables en los rubro Otros créditos y deudas financieras respectivamente.El balance y cuadro de resultados de ambas compañías, según papeles de trabajo (*), al 31-12-1999 son los siguientes:

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Resolución:

Para la aplicación del método de “Consolidación proporcional” realizaremos los siguientes pasos:

Partimos de los estados contables de la sociedad “Noche”. Dentro de ellos tenemos registrado el fondo operativo UTE ( aporte en efectivo realizado para la creación de la UTE).El paso siguiente es reconocer el resultado generado por la actividad de la UTE. El resultado del ejercicio fue de $ 5600. =====> $5600 * 50%= $2800

A continuación procedemos a incorporar las cuentas de activo y pasivo, en la proporción correspondiente a la participación de “Noche” en la UTE.

Posteriormente incorporamos las partidas de resultados de UTE en la proporción en la que, de acuerdo al contrato constitutivo, “Noche” participa en los mismos (50%).

Por último eliminados los saldos originados por operaciones entre la UTE y “Noche”. En el caso planteado, eliminamos el préstamo realizado por “Noche” a la UTE de $ 2600. ======> $2600 * 0.376= $978

La eliminación de la deuda reciproca, considerando solo en el 37% (apróx.), se funda en que la incorporación de los activos y pasivos de la UTE la realicé en el mencionado porcentaje, por lo tanto elimino la operación reciproca utilizando la misma participación.

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Conclusión:

A partir del desarrollo del presente trabajo pude profundizar el conocimiento de un tema que considero sumamente importante, sobre todo en un mundo en el que la globalización y con ella, el nacimiento de nuevas formas de organización empresaria, es un fenómeno imperante.El análisis de los diferentes métodos para la confección de los estados contables consolidados, me permite concluir en que cada uno de ellos puede resultar ser el más adecuado conforme al tipo de negocio conjunto de que se trate. De este modo, y como parecer personal, la técnica de la Consolidación Total parecería ser la más indicada para la preparación de los Estados Contables Consolidados en el supuesto de existir control por parte de un participante y el método de Consolidación Proporcional lo sería en el caso de que la figura fuera la de control conjunto.

Como agregado, consultanto bibliografía española, hice referencia a dos temas:• Por un lado, de la existencia de una nueva propuesta o método de consolidación que se

denomina “La Consolidación Estructurada”, que intenta eliminar la necesidad de preparar estados contables del grupo económico de un modo “separado” o “adicional” a los del ente que debe incorporarlos en su información complementaria, sino que propone realizar lo que denominan “Ajustes de Consolidación” a los estados contables básicos a efectos de “corregir” en ellos las operaciones registradas para que de esta forma se reflejen en los estados contables consolidados como operaciones realizadas dentro del grupo económico. Se trata de una técnica que aún está en desarrollo.

• Por otro lado, expuse aspectos de la normativa española respecto de la preparación de los estados contables consolidados (NFCAC). Dichas normas han sido sancionadas para llevar a cabo la armonización de la legislación mercantil de dicho país a las directivas de la Comunidad Económica Europea. A partir de dicha exposición indiqué la existencia de diferencias entre dicha normativa y la vigente en nuestro país, pudiendo mencionar a modo de ejemplo las situaciones o condiciones que deben darse para entender que una entidad ejerce control sobre otra.

Por último incluí el texto y la posible solución de dos casos prácticos: el primero de ellos a partir del método de la consolidación total, y el segundo aplicando el método de la consolidación proporcional, a los efectos de ejemplificar ambas técnicas para la obtención de estados contables consolidados.

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Bibliografía

1)Artículos extraídos de la página “Ciberconta.unizar.es”:

• Monclus Ana, “Conceptos básicos sobre consolidación”. Universidad de Zaragoza• Monclus Ana, “Contabilidad Financiera y disolución y liquidación de Sociedades”.

Universidad de Zaragoza.• Monclus Ana, Consolidación de estados contables, procedimiento de puesta en

equivalencia” Universidad de Zaragoza• Monclus Ana, “Contabilidad, consolidación contable. Método de integración global”.

Universidad de Zaragoza.• Monclus Ana. “Contabilidad, consolidación contable. Método de consolidación

proporcional”, Universidad de Zaragoza• López Alberts Hernán,“ Impuestos, consolidación contable y fiscal”, Inspector fiscal,

Universidad de Zaragoza

2)Artículos extraídos de la página “Ciberconta.unizar.es/Biblioteca/00”:

• López García Antonio, “La elaboración de la información consolidada” Universidad de Zaragoza.

3)Artículos extraídos de la página : “fce.uncu.edu.ar”

• Cavagnola, Luis Alberto,“ Los contratos de colaboración empresaria en nuestro país: Su naturaleza jurídica, implicancias contables e impositivas”. Tesis, Facultada de Ciencias Económicas, UNC.

4) Libros, revistas y resoluciones técnicas:

• López Santiso, H- Passalacqua, E; Consolidación• Resoluciones técnicas N° 4, 5, 14, 17 y 18. • Circular 1721, (18 de Diciembre de 2000) Montevideo, Uruguay.• Biondi, Mario, “Uniones transitorias de empresas”. Revista de Postgrado, Investigación y

Doctorado “OIKOS” (Facultad de Ciencias Económicas, Universidad de Buenos Aires, Año 2, N°4, Junio de 1994), pág. 56 a 63.

• Deloitte Touche Tohmatsu, “Principios contables en Argentina y en E.E.U.U.” (Junio de 2000).