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Municipalidad de Rosario Tribunal Municipal de Cuentas 1 DICTAMEN 845 OBJETO Sobre las contrataciones efectuadas por el Ente de la Movilidad de Rosario (EMR) & través de procedimientos licitatorios llevados a cabo en el ejercicio 2015, se procedió a efectuar controles selectivos respecto de su ejecución hasta el 3 1-12-2016. ALCANCE Las tareas se desarrollaron según las Normas de Auditoría Externa para el Sector Público dictadas por el IETEI (Instituto de Estudios Técnicos e Investigaciones) y aprobadas por el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas, Órganos y Organismos Públicos de Control Externo de la República Argentina, verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la Municipalidad de Rosario. Fecha de corte (finalización trabajo): 13¡06/2017 TAREAS REALIZADAS Con el fin de reunir los elementos de juicio válidos y suficientes que permitieran cumplir re5paldar el presente dictamen, se aplicaron los siguientes procedimientos: Recopilación y lectura de normativa vigente. Análisis de los Pliego de Bases y Condiciones (PByC) Requerimiento de información y/o documentación al EMR. Análisis de la compatibilización de las adjudicaciones con el proceso licitatorio. Verificación de formalidades de registros y documentación. Obtención de copia de documentación relevante. Comprobaciones matemáticas y controles globales de razonabilidad Confección de cuadros y planillas de análisis Revisiones conceptuales. Entrevistas a funcionarios y empleados del EMR Revisión de hechos posteriores Se procedió, a través de la Dirección de Asuntos Técnicos (DAT) de este Tribunal, a efectuar verificación in situ respecto de las siguientes licitaciones: Licitación 5/2015: “Demarcación de Señalización Horizontal de Ciclovías en la Ciudad de Rosario”. Licitación 612015: “Provisión e Instalación de Cordones Montabies”. Licitación 34/ 15: “Provisión e Instalación de Bicicleteros” y consulta google maps stret view (cotejos foto gráñcos). INFORME 1- Marco Normativo - Ordenanza 7627/2003 —— Creación del Ente de Transporte Rosario (ETR). - Ordenanza 88441201 1 —— Incorpora fu " 5 respecto del servicio de taxis y remises. » Ordenanza 8892/2011 Modiñ ción de ] denominación. Cambia Ente de Transporte ./ N RMITIE t , RODUCCION.K

TribunalMunicipaldeCuentas 1 · órdenes de servicio y/o provisión, así como sus respectivas facturas y órdenes de pago… Las Ordenes de Servicio Nº 5 refiere a información

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas 1

DICTAMEN Nº 845

OBJETO

Sobre las contrataciones efectuadas por el Ente de la Movilidad de Rosario (EMR) &

través de procedimientos licitatorios llevados a cabo en el ejercicio 2015, se procedió a

efectuar controles selectivos respecto de su ejecución hasta el 3 1-12-2016.

ALCANCE

Las tareas se desarrollaron según las Normas de Auditoría Externa para el Sector

Público dictadas por el IETEI (Instituto de Estudios Técnicos e Investigaciones) y aprobadas

por el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas, Órganos y Organismos Públicos de

Control Externo de la República Argentina, verificando el cumplimiento de la normativa

vigente en la Municipalidad de Rosario. Fecha de corte (finalización trabajo): 13¡06/2017

TAREAS REALIZADAS

Con el fin de reunir los elementos de juicio válidos y suficientes que permitieran

cumplir re5paldar el presente dictamen, se aplicaron los siguientes procedimientos:

Recopilación y lectura de normativa vigente.

Análisis de los Pliego de Bases y Condiciones (PByC)

Requerimiento de información y/o documentación al EMR.

Análisis de la compatibilización de las adjudicaciones con el proceso licitatorio.

Verificación de formalidades de registros y documentación.

Obtención de copia de documentación relevante.

Comprobaciones matemáticas y controles globales de razonabilidad

Confección de cuadros y planillas de análisis

Revisiones conceptuales.

Entrevistas a funcionarios y empleados del EMR

Revisión de hechos posteriores

Se procedió, a través de la Dirección de Asuntos Técnicos (DAT) de este Tribunal, a

efectuar verificación in situ respecto de las siguientes licitaciones: Licitación Nº 5/2015:

“Demarcación de Señalización Horizontal de Ciclovías en la Ciudad de Rosario”.

Licitación Nº 612015: “Provisión e Instalación de Cordones Montabies”. Licitación Nº

34/15: “Provisión e Instalación de Bicicleteros” y consulta google maps stret view

(cotejos fotográñcos).

INFORME

1- Marco Normativo

- Ordenanza 7627/2003 —— Creación del Ente de Transporte Rosario (ETR).

- Ordenanza 88441201 1 —— Incorpora fu " 5 respecto del servicio de taxis y remises.

» Ordenanza 8892/2011 — Modiñ ción de ] denominación. Cambia Ente de Transporte

./ N RMITIE t , RODUCCION.K

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas ¿ 2

- Resolución 307/2014 (EMR) —— Reglamento de Compras y Contrataciones del Ente de la

Movilidad de Rosario vigente para las licitaciones del año 2015.

- Ordenanza 9030/2012 — Creación del Sistema de Bicicletas Públicas ciudad de Rosario.

- Ordenanza 284l/1981 —— Pliego de Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas y

General de Pianos “TIPO” para la contratación tie obras públicas.

— Ordenanza de Contabilidad 19975!1957 —— Dec.2650/1957 -— Municipalidad de Rosario.

Creado por Ord. 7627 del año 2003, bajo la denominación Ente de Transporte Rosario

fue constituido como organismo autárquioo, descentralizado administrativa y financieramente.

En el año 2011 pasa a denominarse Ente de la Movilidad Rosario (EMR). (Ordenanza 8892)

De acuerdo al art.1 del Reglamento de Compras y Contrataciones del EMR, aprobado

por Resol.307114, Art. I.-El Ente de la Movilidad de Rosario procederá al llamado a

licitación público cuando el monto de las erogaciones a las que hace referencia el presento

ari. supere los 3.501.000.—

Las contrataciones » adquisiciones cz…nro monto no superen las cifras deierminadas

precedememenre, se realizarán de acuerdo o los siguientes criterios:

a) Hasta $10020.-por compra directa

b) Desde 310020, 01 a 335070.— por concurso de precios

a) Desde 335070,0l ¿: 3501000.-por licitación privada

Las compras que efectúe el EME deberán llevarse a cabo conjbrme el procedimiento

quejijo la presente resolución “

Elio, por aplicación de la Ordenanza Nº 9205 — art. lº: Recmplcizose el segundo

párrafo del artículo 67 de la Ordenanza de Contabilidad (Decreto-Ordenanza 19.9751'5? y

sus modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera: "El Departamento

Ejecutivo procederá al llamada a licitación pública cuando el monto de las erogaciones ¿¡ las

que hace referencia el presente artículo supere los $501. 000 (Pesos quinientos un mil ".

2- Documentación compulsada

. Pliegos de Bases y Condiciones.

Documentación relativa al procedimiento de contratación.

Contratos, Órdenes de Servicio ylo Provisión.

Certificados Contractuales.

Informes Técnicos.

Actas de recepción provisoria/definitiva.

Ordenes de pagos, facturas, constancias de transferencias bancarias, etc...|...

3- Exposición breve delos hechos constatados

Sobre la base de los procedimientos de contratación que fueron audítados y que dieron

origen al Dictamen TMC Nº 749 se procedió a determinar una muestra a fm de controlar

selectivamente la ejecución de las prestaciones: Licitaciones Nº 5; 6; 28; 30; 34/2015.

Licitación£ública Nº S¡2015,— Doma cación

Provisión de Materiales.

Proveedor: Becha SA

1. Garantía cum limicnto c—

Señalización Horizontal de Ciclovías con

EST DOCU NTOLOLO ES VALIDO R CONSULTAI A,

NO PER ITIEND ESUR P ODUCCIO

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Municipniidad de Rºsario

Tribunal Municipal de Cuentas 3

El art. 20 del PByC, establece que el oferente adjudicado deberá afianzar su

compromiso mediante una garantía equivalente al 1% del momo total del contrato. La misma

se cumplimentó mediante póliza de seguro de caución con la empresa Aseguradores de

Canciones S.A. Compañía de Seguros, quien se constituye como fiador solidario con renuncia

a los beneficios de excusión y división. El monto de la póliza es de $74.134,00 y regirá desde

las 0 hs del día 11 de mayo de 2015 hasta la extinción de las obligaciones del tomaóor cuyo

cumplimiento cubre. El monto total del contrato es de 37.413.320,00 por lo que la póliza se

formalizó de acuerdo alo establecido en el PByC.

2. Suscripción Contrato/Orden de Provisión— Sellados

» El contrato se encuentra suscripto, según sello aclaratorio, por el apoderado de la

contratista. Se observa que en dicho instrumento no se invoca la denominación de la

cocontratanteº ni reñere el documento que sustente la designación del apoderado.

— El contrato cuenia con intervención del EMR como agente de retención (art. 22”

PByC), respecto del impuesto a los sellos (Nº Orden 190/15) del 0,6% a cargo dei contratista

por $ 44.479,00.

- El Contrato respeta en todas sus cláusulas io establecido en el PByC.

-— El art… 21 del PByC no determina una fecha o plazo hasta la cuai deberá suscribirse el

contrato, sólo establece que el adjudicatario deberá concurrir a firmar el mismo en la

oportunidad de serle requerido por el EMR. El contrato data del 26!05/2015. (Resolución de

adjudicación Nº 50/15 del 30/04/15)

3. Certificaciones —- Ordenes de servicio.

- Se visualizaron 8 certificados correspondientes a la obra analizada junto con sus

órdenes de servicio y/o provisión, así como sus respectivas facturas y órdenes de pago… Las

Ordenes de Servicio Nº 5 refiere a información sobre los resultados de la fiscalización y

supervisión efectuada por el EMR respecto de trabajos ejecutados por Orden de Provisión Nº

3. La Orden de Servicio Nº 7 refiere aceptación propuesta técnica y metodología de

reemplazo materiales.

— Se observa que:

o el ente emite ordenes de servicio con numeración correlativa, por temas propios

de la licitación como así también, para provisión de materiales.

o la empresa no emite certificados con numeración correlativa (los visualizados

corresponden a los certificados 152,3,4,6,8,9,10), atendiendo a la numeración de

las ordenes de servicio con provisión de materiales.

Se recomienda utilizar por separado: órdenes de provisión para lo reiativo a la entrega

de materiales, y órdenes de servicio para todo lo comunicacional entre el ente y la

empresa por diversos temas (esto último en forma similar a lo previsto en el Pliego

General de Úbras Públicas, capítulo 6-punto 5)

4. Plazo contractual de Ejecución.

- El art. 24“ del PByC e

comenzarán a computarse a

— La primera orden d provisión librada

el contrato aproximada nte el 12/11l2015.

o de ejecución de 180 días corridos los que

emisión de la primera orden de servicio.

te del 27/0512015, venciendo en consecuencia

ES EN 0 SOLO ES VALIDO ARA CONSULTA INTERNA

EPRODUCCION. ”º'“

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Municipa/idad de Rosario

TribunalMunicipal de Cuentos 4

5. Prórroga Contrato

— Al 23/10/2015 se había emitido la Orden de Provisión Nº 3, cuya certificación fue

elevada ei 17/12/2015.

-— Se visualizó una grimera prórroga, dispuesta por Resoiución de Presidencia Nº 104 del

11/11/15, la cua! autoriza la ampliación del plazo de la obra por 180 días, extendiendo hasta el

10/05/2016 aproximadamente el plazo para la realización del trabajo.

» La Orden de Provisión Nº 4 data del 24/02/16.

— Se visualízó Orden de Servicio Nº 5 de fecha 09—05-16 por la cual se informa que se

han detectado trabajos defectuosos que detalla re5pecto de la Orden de Provisión Nº 3.

- Segunda prórroga: Se visualizó Acta del Directorio Nº 138 del 20-05—16 donde consta

que se “8) ...recibíó informe del que resulta el rechazo de materiales para demarcación de

cíclovfas por parte de la empresa Bac/ta SA, se informa que luego de los reclamos

correspondientes la empresa ha manifestado que el inconveniente se produjo canto

consecuencia de problemas en la fabricación del material solicitando un plazo prudencial

proveer material alternativo en sustitución del de]kctzrasa…£uego de avaluar lo solicitado, se

autoriza y dispone la reformulación de los plazos convenidos... ” En fecha 01/09/2016 se

emite Orden de Provisión Nº 7 por la cua1 se acepta la propuesta técnica de materiaies y

metodología de aplicación para el reemplazo del material defectuoso para calles que detalla.

6. Pagos-Apertura de Cuenta— Retenciones

- Si… bien no se visualizó documental que acredite la apertura de una cuenta bancaria

según establece el art. 29 del PByC, se constató en los resúmenes bancarios del EMR que los

pagos se realizaron mediante transferencias electrónicas.

— El art. 26 del PByC establece que “¡os pagos serán efectivizadas dentro de los 10 días

hábiles de efectuada la entrega de la factura conformada por ante la Gerencia Económico

Financiera”. Si bien se observa la falta de conformidad en las facturas puestas a disposición,

cabe destacar que las constancias de certificación de que los trabajos ñ1eron reaiizados

conforme a PByC son suscriptas por representante de la empresa y área técnica responsable

del EMR y datan de fecha anterior o igual a cada factura…

- El mencionado art. 26 establece además que “Lafacturación deberá extenderse contra

la certificación del cumplimiento de cada una de las órdenes de servicio emitidas y deberá

ser acompañada indeféctiblemente de dicha cer/Mcación. " Se visualiza correspondencia

entre los certificados, facturas, órdenes de pago y resúmenes bancarios, en lo relativo a los

montos pagados.

- Se verificaron pagos por $ 6.716.314,00; lo que representa un 90,60% del total del

contrato…

- Se verificó el descuento del fondo de reparo (5% sobre factura). El art. 26 del PByC

establece que: ”De cada paga, el EMR refendra' el equivalente a! Cinco (5) por ciento el que

se imputará al Fondo de Repara.

— Se constató el descuento por retenciones correspondientes a Imp. A las Ganancias y de

Ingresos Brutos (Conv. Multilatera .

DETALLE DE PAGOS:

OP 1 27/05/2015 $ ”¡5.445,00

0? 2 30/07/2015 $ 106.470,00

EST DOCUMENTOS LO ES VA D'0 ARA CONS "

NO PER ITIENDOS su EPRO CION. ……

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas 5

Fact.86 $154758,20, órden de pago

CERTIF 112 15/09/2015 $ 154.753,20 Nº 6419/15 - $98461,09

DF 3 2311012015

Fact. 109 $3383063,80, orden pago

Nº 180/3f16 — $1.938.400, y orden

CERTF 3 17/1212015 $ 3.333.063,80 Nº 285/4116 $1184.368,8

OP 4 24!02!2016

OS 5 09/05/2016 Rechaza trabajos

DSP 6 17/06/2016

Acepta propuesta

GP ? 01109I2016 reemplazo materia!

GP 8 ¡916912016

CERTIF 4,6,8 27109/2016 S 1.236.657.00

Fact 152 $1236657. orden pago Nº

3063 $1.203.867,26

OP9 04/1 112016

0P10 22/11/2016

Acta

Recepción

Pmvisoria 2671 212016

Factura 184 151941335

CERT1F 9,10 It)/0212017 $ 1.941.835.UO orden pago 4403 $1.890.005,45

[TOTAL $ 6.716.314,00 l

EJECUTADO 90,60%

7. Acta de recención Provísoria

— Se visualiza acta de fecha 26/12/2016. La misma refiere a la conclusión de los trabajos

encomendados sin observaciones al respecto y comenzando periodo de garantía.

8. Prohibición transferencia contrato

— Art. 30 PByC: No se visualizó información relativa a cesión o transferencia del

contrato a terceros.

9. Reajuste de Precios

— No se efectuó redetermínaeíón de precios. (art. 33“ PByC)

10. Devolución garantía! Fondo de Regato

— El art.26 del pliego establece que el ¡fondo de reparo será íntegramente devuelto ai

aajiudicatario una vez finalizada la totalidad de los trabajos encomendadas en tiempo y

forma Asimismo, el art. 31“ establece que ”Finalizado el plazo del contrato…y rubricada la

recepción defini¡iva entre las partes, se procederá ¿¡ reintegrar al adjudicatario elfondo de

reparo. ”

Según respuesta de fecha 31!08/ 17 el EMR infomó que el fondo de reparo aún no

había sido devuelto al adjudica '

11. Recepción Deñnitiva

- No se visualízó act de recepción deñní

'va al concluir las actividades.

Res onsable del ontrolllns ección EMR

E MENT SOLO ES VALIDO£D&ÍKA CONSULT TERN ' ““””

' NO PER ENDOSE SU REPRODU N.

12.

Page 6: TribunalMunicipaldeCuentas 1 · órdenes de servicio y/o provisión, así como sus respectivas facturas y órdenes de pago… Las Ordenes de Servicio Nº 5 refiere a información

Municipalidad de Rosario

Tribuna! Municipal de Cuentas 5

— Art. 35 PByC: Se identificaron como responsables de la obra al Gerente de Ingeniería

de la Movilidad (según documentación visuatizada).

13. Comunicaciones entre las partes

— Art. 32 PByC: Se visualizaron diez órdenes de servicio, siendo la última del

2211112016.

14. Penalidades/Sanciones

— Art… 36 PByC: No se verificó la existencia de sanciones al proveedor.

Informe Nº 16/17 - Dirección Muntos Técnicos del TMC:

- Sobre el material obtenido y los hechos constatados se pude concluir que las tareas fueron

ejecutadas en su totalidad y a fm de lo requerido en el pliego de la presente licitación. Cabe

resaltar que? de las cantidades especificadas en la planilla de cotización del Pliego, se

realizaron el 90,60%, quedando sujeto al Art. 28 del pliego en cuestión, donde ei EMR se

reserva la facultad de ampliar o disminuir en un 20 % (veinte por ciento) el monto total del

contrato.

- Se verificó el tiempo de ejecución de la obra, considerando las dos prórrogas existentes y

en particular la última que se aprueba mediante Acta Nº 138 de fecha 20/05/16 sin un plazo

definido, por lo cual no se pudo constatar el cumplimiento de este punto al no tener un

plazo preciso de finalización de los trabajos. Mediante el Acta de Recepción Provisoria de

las obras se pudo verificar su culminación de acuerdo al objeto.

- Se realizó selectivamente la verificación de los trabajos “in situ”, constatando su ejecución.

Dicha Dirección procedió al momento de la verificación a obtener material fotográfico,

procediendo luego a un estudio fotográñco comparativo (fuente: google maps stret view)

entre marzo de 2015 y octubre de 201 6, sin informar observación alguna.

Licitación 6l'2015. Provisión e instalación de cordones montables para la ciudad de

B.…

Proveedor: Marcos Fernandez SEL

¡. Garantía cumplimiento contrato —

- Se visualizó garantia de ejecución de contrato mediante póliza de seguro de caución

con la empresa Allianz Argentina Compañia de Seguros S.A. quien se constituye como fiador

solidario con renuncia a los beneficios de excusión y división. El monto asciende a

$37.645,44 rigiendo desde las 0 hs del día 28/09/2015 hasta la extinción de las obligaciones

del tomador cuyo cumplimiento cubre. El art. 21 del PByC establece que dentro de los cinco

(5) días de la notificación de la adjudicación (24¡09/2015) y previo a la firma del contrato, el

adjudicatario deberá constituir garantía del cumplimiento de su compromiso, la cual deberá

ser equivalente al 1% del monto total… del contrato. Se observa que la garantía se constituyó en

fecha posterior a la firma del contrato (25/09/2015).

2. Suscri ción contrato/Crd de rovisi

— El contrato se encuen suscripto por e apoderado de la empresa contratista.

— Cuenta con el sello MR como agent de retención Nº Orden 403. Impuesto al sello

del 0,6% a cargo del cont atista y el mismo iende & $22.587,26.

EW MENTO t ES VA D PARA CONSULTA INTERNA

%NO PERMITIENDOS REPRODU©»

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas 7

- El Contrato respeta en todas sus cláusulas lo establecido en el pliego de bases y

condiciones.

- El art. 22 del pliego de bases y condiciones no determina una fecha cierta hasta la cual

deberá suscribirse el contrato, sólo establece que el adjudicatario deberá concurrir a firmar el

contrato en la oportunidad de serle requerido por el EMR…

3. Certificaciones —— Ordenes de servicio.

- Se visualizaron siete certificados correspondientes a la obra analizada, los cuales

totalizan 3.614571 MI de cordones montables, así como sus respectivas facturas y órdenes de

pago.

— Se observa que el ente emite órdenes de servicio con numeración correlativa que

involucran la provisión de materiales.

Se recomienda utilizar por separado: órdenes de provisión para lo relativo a la entrega de

materiales, y órdenes de servicio para todo lo comunicacional entre el ente y la empresa por

diversos temas (esto último en forma similar a lo previsto en el Pliego General de Obras

Públicas, capitulo 6-punto 5)

4. Plazo contractual/de Eiecución.

— El PByC establece en su art. 25 que el plazo de ejecución del contrato es de 180 días

corridos de emitida la primera orden de servicio. A partir de la recepción de cada orden el

contratista debe presentar en los 10 días subsiguientes el plan de obra. La concreción de los

trabajos no podrá exceder 30 días corridos a partir de 1a¡recepción de la orden de servicio.

— La primer Orden de Servicio librada es del día 28¡0912015; venciendo el plazo de 180

días el 251113116 aproximadamente.

- La última orden de servicio con provisión data del 04/03/16 y su certificación del

18/03/16.

5. Pagos—Apertura de Cuenta— Retenciones

—— Si bien no se visualich documental que acredite la apertura de una cuenta bancaria

según establece el art. 30 PByC, se constató en los resúmenes bancarios del EMR que los

pagos se realizaron mediante transferencias electrónicas.

- El art 27 del PByC establece que “los pagos serán efectivizados dentro de los 10 días

hábiles de efectuada la entrega de la factura conformada por ante la Gerencia Económico

Financiera”. Si bien se observa la falta de conformidad en las facturas puestas a disposición,

cabe destacar que las constancias de certificación de que los trabajos fueron realizados

conforme a PByC son suscriptas por representante de la empresa y área técnica re5ponsable

del EMR y datan de fecha anterior o igual a cada factura.

- El máximo tiempo transcurrido entre la fecha de la factura y el pago de la misma fue

de 43 días, correspondiente a1W 04—00000Q18.

- Se visualiza correspo acia entre os certificados, facturas, órdenes de pago y

resúmenes bancarios en lo re1áivo al monto p % ado, así como a los mi certificados.

- Se visualizaron p os por el total de: la obra, por lo cual no existe deuda con el

proveedor respecto a 1al' itación bajo análisis

¡¿La , …ESTE DO MENTO SOLO ES VALIDO PARA CO TA IN A,

NO PERMITIENDOSE SU REPRODUCCION.

M"

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Munic&mlfdad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas 3

DETALLE DE PAGOS:

MONTO QRD

QRD lºAGO(netou

DSP CERTIF FACT [MP FACT PAGO pago;)

OSP1 28109!15 &: 347.95¡,42

CERTIFI lO/¡lf15 $ 34735132 15 $ 34?.951,42 1615 $ 338.796,?3

DSP 2 (15111115 $ 277.957,80

CERTIF2 19/l1/15 S 277…957,80 17 $ 27735730 17% $ 270.692,94

OSP3 20111f15 $ 64l.944,38

CEIRTI'F3 H/l2/¡5 $ “641.944,38 18 $ 543.944,38 ¡389 $ 624,851.88

OSP4 14!12¡15 $ 733.548,29

CERTIF4 22¡12!15 $ “¡33.548,29 20 $ 733.548,29 20229 $ “¡13.982,48

OSP 5 ¡8¡0¡116 $ 390.974,78

CERTIF5 26101!ló $ 390.974,78 23 $ 390.974,?8 204? $ 380.658,46

DSP 6 28!Gllló ' $ 465.190,08

CERTIF6 11/02HG $ 465.190,08 24 $465.190,08 2502 $452.869,95

(JSP 7 (34103116 $ 332.370,“

CERTIF7 13l03!¡6 $ 382.370,H 27 $ 382.370,1¡ 2503 $372.286,12

[TOTALES $ 3.239.936,87 $ 3.239.936,87 $ 3.239 936.87]

EJECUTADO 86%

6. Fondo de Rep.aro

— El art. 27 del PByC establece que: “De cada pago, el EMR retendrá ei equivalente al

cinco (5) por ciento el que se imputará al Fondo de Reparo.” Se visuaiizó el descuento

correspondiente en todos los pagos efectuados.

7. Ampliación/disminución del contrato

- El art. 29 del PByC faculta al EMR & disminuir o aumentar la cantidad de bienes yfo

prestaciones que son objeto de la presente licitación en más o menos 20% del monto total del

contrato.

— El monto total abonado por la licitación analizada fue de $ 3.239.936,87 el cual

representa un 86% sobre el monto del contrato celebrado. Esto es producto de una

disminución de la obra en 585,29 ml, determinado por Resolución de Presidencia Nº 29!16

del 23/0312016. El porcentaje de disminución de la obra según el contrato suscripto es de

14%, coincidiendo con los pagos realizados.

8. Prórroga Contrato

- No se visualízó informació

pedidos o autorizaciones de prórrogas.

9. Prohibición transferenc1a contrato

- No se visualizó ínfghnación relativa a cesión o transferencia del contrato a terceros.

(Art. 31“ PByC) ¡…/

:

10. Rea'uste de Pre ios

- No se efectuar n redeterminacioncs de recíos. (art. 34º PByC)

' ' MEN SOLO “VALiDO P RA CONSULTA 1 NA, “““

NO PE NDOSE EPRODUCCI

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Munícúml¡dad de Rosario

Tribuna! Municipal de Cuentas 9

X1 1. Devolución garantía! Fondo de Repara

- Se visualizó devolución del fondo de reparo en fecha 01/02/2017 mediante

transferencia del BMR por $167.189,86.

- Se observa que respecto a la orden de pago Nº0001—00001615 correspondiente a la

cancelación de la FC 0004-00000015 el monto devuelto fue de $22.591,66 correspondiente a

la retención de impuesto de sellos y no los $17.397,58 que se retuvieron en concepto de thndo

de reparo, como consecuencia el EMR devolvió al adjudicado 35.194,08 de más que deberán

ser restituidos al ente.

12. Responsable del Control/Insneceión EMR

- A cargo de los procedimientos de control estuvieron el Gerente de Proyectos

Estratégicos y luego la Gerente de Ingeniería de la Movilidad. (art, 36º PByC)

13. Comunicaciones entre las partes

- Se adjuntan al legajo las órdenes de servicio correspondientes a los siete certificados

de obra. No se visualizaron actas, ni notas de pedido. (art. 33º PByC)

14. Recepción Definitiva

— Se visualiza nota de recepción definitiva de la obra en fecha 28/04!2Di7. (art. 3?

PByC). _

Se observa que, por esta nota, el Área. de Movilidad Activa notifica a Gerencia Gral. y

al Directorio sobre la conclusión de los trabajos objeto de la licitación, no teniendo la entidad

de un acta de recepción definitiva. Asimismo, la fecha es posterior a la fecha de devolución

del fondo de reparo (01/02/2017).

1 5 … Penali—dades/Sanciones

- No se veriñcó la existencia de sanciones al proveedor. (art. 37º PByC)

Informe Nº 16/17 — Dirección Asuntos Técnicos del TMC:

— Sobre el material obtenido y los hechos constatados se pude concluir que las tareas fueron

ejecutadas en su totalidad y a fin de lo requerido en el pliego de la presente licitación. Cabe

resaltar que de los 4200ml (metros lineales) de cordones montables especificados en el

contrato, se realizaron 3614,71ml (86,07%).

- Se veriñcó el tiempo de ejecución de la obra, debiendo ser menor a los 180 días desde la

primer Orden de Servicio. La misma, de fecha 28 de septiembre de 2015, y el ultimo

certificado data del dia 18 de marzo de 2016, habiendo transcurrido 172 dias y quedando

conforme a lo establecido en el pliego.

- Se constataron mediante controles selectivos las tareas ejecutadas mediante la aplicación

Google Maps, realizando un estudio fotográfico comparativo entre marzo de 2015 y

octubre de 2016, en cada una de las calles mencionadas en las respectivas Ordenes de

Servicio, dejando constancia que se cumplió de manera satisfactoria con la totalidad de las

tareas de la licitación en referencia

Licitación 28/2015. Ad : uis '

NDOSE REPROT)UCCION.

MMEN 0SOLO ES VALº%PARAA SULT ,

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentos 10

» ——El art. 26 del PByC establece que el adjudicatario deberá presentar la garantía por una

suma equivalente al cinco (5) % del monto total del contrato. La misma se constituyó

mediante póliza de seguro de caución con la empresa Aseguradores de Canciones S.A.

Compañía de Seguros, quien se constituye como fiador solidario con renuncia a los beneficios

de excusión y división. El monto de la póliza asciende a Si .000.000,00 rigiendo desde las 0 hs

del día 11/01/2016 hasta la extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento

cubre… La póliza cumple con lo requerido por el art. 26 del PByC.

2. Suscripción Contrato!Orden de Provisión— Sellados

— El contrato se encuentra suscripto por representante de la contratista quien concurre

como socio gerente de la misma.

— Se visualiza sello del EMR como agente de retención Orden Nº 525 respecto del

sellado obligatorio de ley, del 0,6% a cargo del contratista y el mismo asciende a $ 93.575,99.

(mt. 25º PByC).

— El Contrato respeta en todas sus cláusulas lo establecido en el pliego de bases y

condiciones.

-— El art. 25 del PByC establece que el adjudicatario deberá concurrir a firmar el contrato

en la oportunidad de serie requerido por el EMR. Fue suscripto el día 18/01/2016.

3. Certificaciones —— Ordenes de servicio.

- Se visualizaron certificados correspondientes a la contratación analizada donde consta

la entrega de los 150 equipos adquiridos, así como sus respectivas facturas y órdenes de pago.

El total abonado a la fecha de corte fue de $15.269.301,69 lo que representa un 96,65% del

monto adjudicado para la contratación de equipos actualizado según Resolución Nº 33!16.

— Por Resolución Nº33!16 el EMR autoriza la readecuación debidas a la empresa

adjudicataria, manifestando en el Considerando de la misma, que los valores de bienes de

origen extranjero tenidos en cuenta el momento de la presentación de ofertas se basaron en un

determinado valor de la moneda extranjera, el que, por razones de política económica

adoptada por el Gobierno Nacional, ha sufrido un incremento considerable al momento de la

iniciación del contrato. Monto actualizado $20…918.497,29.

- Respecto al mantenimiento, se visualizó el pago de la primera cuota.

4. Plazo contractual/de Eiecución —— determinación comienzo/finalización.

— El art. 7 del PByC establece los plazos para la entrega e instalación de los equipos en

etapas, según cada lote. Se observa que los bienes se entregaron en fecha posterior a la

determinada por el contrato, según los certificados visualizados. Fecha máxima de entrega:

1510712016; Fecha de última entrega: 30/11/2016 Respecto a este punto, se visualizaron

comunicaciones entre el proveedor y el EMR donde el contratista justifica la demora en el

cumplimiento de los plazos por razones atribuibles al EMR o empresas privadas.

5. &1gos—Apertura de Cuenta— Retenciones

— Si bien no se visualizó óíumental (] e acredite la apertura de una cuenta bancaria

según establece el art. 30 de] yC, se con_stat en los resúmenes bancarios del EMR que los

pagos se realizaron mediant transferencias elee únicas. '”

- El art.28 del PByC establece que “lospa os serán eféc3ivizádos dentro de los 10 días

hábiles de conformada ¡ factura " en lo relatí o a la entrega de bienes, mientras que “las

E ENTO ; 0 ES ALI RA CONSU RN ……

o PERMITIENDOSE su REPROD CION.

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas ' _ 1]

sumas que corresponda abonarse por las tareas de mantenimiento se abonarán en forma

mensual, a mes vencido, por el importe que proporciono/mente corresponda a ¡o cantidad de

equipos efectivamente instalados y en f:ncionomíentoºí Si bien se observa la falta de

conformidad en las facturas puestas a disposición, se visualizó constancia de la Gerencia

General de Sistemas y Tecnologías del EMR respecto de la provisión y/o mantenimiento…

— Se visualiza correspondencia entre los certificados, facturas, órdenes de pago y

resúmenes bancarios en 10 relativo al monto pagado.

FACTURA FECHA IMPORTE

0001—3213 05/05/2016 $ 3,030,921.05

0001—3337 15/07/2016 $ 2,679,312.96

0001—343 05/08/2016 $ 2,429,312.96

0001—350 13/10/2016 $ —l,029,165.48

0001-35i 18/10/2016 $ 2,039,730.05

0001—1555 27/10/2016 $ 2,039,730.05

0001-358 07/11/2016 $ 2,039,730.05

0001-3553 11/11/2016 $ 2,039,730.05

$

$

0003—004 13/12/2016 213,329.17

[SUBTOTALES 15,482,630.36 ¡

6. Ampliación de contrato

— Se visualizó la entrega de las cantidades según PByC y contratos

7. Prohibición transferencia contrato

— No se visualizó infomación relativa a cesión o transferencia del contrato a terceros,

3. Reajuste de Precios

— Por intermedio de la Resolución 33/16 se determinó una adecuación de las

contraprestaciones pactadas al momento de la licitación nº 28/15, siendo readecuado el monto

original respecto del Lote 1 y 2.

- De las tres ofertas presentadas respecto de los lotes mencionados, dos de eiias

cotizaron todos sus componentes en dólares. Ello de acuerdo a lo establecido en el art. I7º

FOR… DE COTIZAR Los importes podrán expresarse en pesos, moneda de curso legal en

la República Argentina o en moneda extranjera... El único monto que no podrá expresarse en

moneda extranjero, es el costo del mantenimiento del sistema... (Lote 3)¡ La adjudicataria

cotiza todos los lotes en pesos.

— A la fecha de apertura (U$S 9.55) la suma de los dos lotes cotizados en $ 10.476.098

implicaban U$S 1.096.973,61.

- Los otros oferentes: U$S 1.241.500 y U$S 1.556.915,84.

- Si bien dicho art. estab]ece que no se admitirán reclamos por d3'erencios basadas en

tipo de cambio oficial de moneda extranjera en la república argentina y/o en los países de

origen de los bienes, el art. 28 establece ages se realizarán en moneda de curso legal

en la república argentina al tipo de mbio al cie e, tipo vendedor del Banco Nación de la

República Argentina; correspondi te al día anterío a la fecha de emisión de la factura.

— Por otro lado, el art. 3 del PByC señala ue no se reconocerán reajustes en_ los

precios cotizados.

/

ESTE _CU NTO SOL ES VALIDO PARA C NSULTA IN .f»-—"”

PERMIT NDOSE SU RE R UCCIO

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas 12

- Al momento de la suscripción del contrato (18-01—16) el U$S cotizaba a $ 13.60 y al

01/03/16 $ 15.95; siendo la primera factura emitida el 05/05/16.

- La certificación del primer lote data del mes de marzo 17/03/16.

— Si se toma a título comparativo, la oferta de $ 10.476.098 al momento de la apertura

implicaba U$S 1.096.973,61. A] 01/03/16 representaba $ 17.496.729.08.

- Por los dos lotes el EMR reconoce ai cocontratante $ 15.798.597.29 (U$S 14.401

— A criterio de este TMC el EMR procedió a apiicar la Teoría de la Imprevisión, pues la

causa del desequilibrio económico financiero del contrato, se originó en medidas de autoridad

pública perteneciente a una esfera de gobierno distinta a la que intervino en la celebración dei

contrato (álea económica), por lo que se procedió a evitar con ello perjuicios que tienen en

cuenta el daño emergente.

9. Comunicaciones entre las partes

— El art 34… PByC regula el intercambio de comunicaciones. Se visualizaron órdenes de

servicio, notas y certificados.

10. Recepción Definitiva

- Se visualizaron certificados por la totalidad de los bienes recepcionados.

1 1. Penalidades/Sanciones

— No se verificó la existencia de sanciones al proveedor.

Licitación 30/2015 Adquisición de equipos de AVL. sus componentes y la contratación

del servicio de control de_flota vehicular,

Proveedor: CRAYON 'WEB SRL

1. Garantía cumplimiento contrato

-— -E1 PByC establece en su art… 28 que deberá constituirse por el monto equivalente al

5% del monto total adjudicado. Se visualizó su cumplimiento mediante póliza de seguro de

caución con la empresa Aseguradores de Canciones S.A. Compañía de Seguros quien se

constituye como fiacior solidario con renuncia a los beneficios de excusión y división. El

monto de la póliza es de $100.000,00 y la misma regirá desde las 0 hs del día 08/01/2016

hasta la extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre.

2. Suscripción contrato/Orden de provisión- Sellados

- El contrato se encuentra suscripto por representante de la contratista quien concurre

como socio gerente de la misma.

- Se visualiza sello del EMR como agente de retención, Orden Nº 526 respecto del

sellado obligatorio de ley, del 0,6% a cargo del contratista, que asciende a $12.315,90. (art…

29“).

— El Contrato respeta en todas sus cláusulas lo establecido en el PByC.

— El art. 29 del PByC determina que el adjudicatario deberá concurrir a firmar el

contrato dentro de los diez dias a partir de la notificación. Dicha notificación no fue

visualizada. El contrato fue suscripto el día 13/01/2016.

3. Certificaciones —— Ordenes de icio.

- Se visualizaron certifica s correspondi tes a la contratación analizada y 25 facturas

las cuales totalizan un monto evengado de $1.1 1.334,88; lo que representa un ejecutado del

57,32%. (sobre 31.973.700 total oferta adjudicat río)

4. Plazo contractual/E'e ución. ¡

ESTED CUM NTOS LO ES VALIDO PAR&CONSUL NTER , ”'”

OPER TIENDOQE SU E ODU ON.

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Munic:)ml de Cuentas 13

- Según el art. 34 PByC y contrato se establece como plazo de entrega, para los 100

primeros equipos y componentes adicionales, seis semanas contadas a partir de ia primera

orden de servicio que imparta el EMR. (Orden Servicio Nº 1—2016 del 18/0112016). Los

restantes equipos y componentes no instalados en el piazo señalado serán entregados, al EMR,

finalizado el plazo de seis semanas referido. Según las certificaciones visualizadas, se

cumplió con la entrega en tiempo de los bienes objeto dei contrato.

— La primera factura se emitió el 25/01/2016.

S. Pagos-Apertura de Cuenta— Retenciones

- Si bien no se visualizó documental que acredite la apertura de una cuenta bancaria

según establece el art. 31 del PByC, se visualizó en los resúmenes bancarios del EMR que los

pagos se realizaron mediante transferencias electrónicas“.

— El art.39 establece que los cien primeros equipos, con sus componentes adicionales y

su instalación se abonará contra recepción definitiva; los cincuenta dispositivos AVI. restantes

y sus componentes adicionales, no instalados, se abonarán contra entrega de ios mismos

mediando conformidad del EMR; :; la instalación se abonará contra recepción definitiva, es

decir una vez instalados y chequeados enlas unidades.

- Si bien las facturas no se encuentran conformadas (art. 39 PByC) se visualizaron ias

certificaciones respecto de la instalación de equipos y su correcto monitoreo suscriptas por el

responsable del Centro de Monitoreo de Transporte del EMR.

- El último certificado informado data del 05/03/2016 respecto de la Orden de Servicios

Nº 11 del 05108l2016.

- Se visualiza correspondencia entre facturas, órdenes de pago y resúmenes bancarios en

lo relativo al monto pagado.

— Se verificaron los pagos correspondientes de las 25 facturas visualizadas mediante la

puesta a disposición de las órdenes de pago relacionadas. Se constató pagos por $ 485.144,88

correspondientes al item 1 y 2 siendo que éstos habían sido adjudicados por un total de $

377.700,00. Ello, atento a que el art. 16“ del PByC permite la cotización en moneda

extranjera, efectuándose la conversión al momento del pago según lo establece el art. 39 y se

cotizó el Item 1 en dólares estadounidenses.

DETALLE DE PAGOS:

MONTO ORD

PAGO (netoa

FACT FECHA IMP FACT ORD PAGO pagar)

292 2550112016 $ 30,444.00

293 01¡02/2016 $ 83,112.48 2041 $ 111,525.35

296 ¡(00212016 $ 196,329.20

297 15/0212016 $ 26,009.60 2250 $ 218,132.02

299 2310212016 3 19,958.40 2238 $ 19,799.23

300 29/02/2016 $ 10,148.40 2261 $ 10,148.40

302 05/03/2016 $ ' 2702 $ 54,274.40

304 14/0312016 $ 2540 $ 16,315.72

305 21/0312016 $ 22,758.40 2521 $ 22,543.23

306 28/03/2016 $ 41,532.40 2522 $ 40,941.75

ESTE DOCUMENTO SOL ES VALID AR CONSULTA INTER , .

PERMI IENDOSE S REP ODUCCI . ……

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuerrias 14

307 05/04/2016 $ 6,502.40 2524 $ 6,177.40

311 05/04/2016 $ 64,190.00 2625 $ 63,006.20

314 26/04/2016 $ 3,176.00 2627 $ 3,017.00

317 05/05/2016 $ 64,520.00 2628 $ 60,103.60

321 11/05/2016 $ —6,389.60

322 11/05/2016 $ 6,389.60 $ 3,000.00 $ 6,070.60

323 16/05/2016 S 6,314.40 $ 3,003.00 $ 5,998.40

328 05/06/2016 $ 65,130.00 $ 3,002.00 $ 61,217.40

333 05/07/2016 $ 65,510.00 $ 3,346.00 $ 64,799.30

336 11/07/2016 $ 7,777.80

338 27/07/2016 $ 7,777.80

342 05/08/2016 $ 66,170.00 $ 3,451.00 $ 65,446.60

346 05/09/2016 $ 66,170.00 $ 3,606.00 $ 65,446.60

349 05/10/2016 3 66,170.00 $ 3,077.00 $ 65,4¿6.60

357 05/11/2016 $ 66,170.00 $ 3,473.00 $ 65,446.60

3 02/12/2016 $ 66,830.00 » '

312 05/04/2016 $ 6,389.60 $ 3,887.00 $ 66,093.40

SUBTOTALES $ 1,131,334.88

EJECUTADO 57.32%

6. Fondo de Reºaro

- Del total de pagos efectuados correspondientes por los items 1 y 2 (Adquisición e

instalación de equipos) se observa la falta de retención en las facturas 01-300, 01-338 y 01-

336.

— De los pagos efectuados por los ítems 3 y 4 (mantenimiento del servicio), se visualiza

omisión de la retención del fondo de reparo en las facturas 01—333; 01-342; 01-346; 01—349;

01357; 03—03. Ante requerimiento efectuado por el Tribunal el EMB. respondió que por:

“INTERPRETACIÓN GENERAL DEL PLIEGO SE CONCLUYÓ QUE EL FONDO DE

REPARO SE APLICA A LA COMPRA DE EQUIPAMIENTO Y NO AL MANTENIMIENTO

DEL SERV/CI ”. Pese a lo antes mencionado, se visualiza que en las cuatro primeras

facturas con cargo al mantenimiento el fondo de reparo fue efectivamente retenido, no

existiendo uniformidad de criterio respecto a este punto:

- Cabe destacar que el art. 40 del PByC establece que de las sumas que se abonen en

concepto de servicio mensual de AVI. el EMR procederá a retener el equivalente al 5%,

imputando tal importe al Fondo de Reparo. El mismo se restituirá transcurridos períodos de

seis (6) meses.

?. Prohibición transferencia contra%

- Art. 32 PByC: No se visu _'zó información relativa & cesión o transferencia del

contrato a terceros.

8. Devolución arantía/ Fon

— Art. 40 PByC: Se notíf 6 en fecha 31/08/2017 que el fondo de reparo aún no había

sido devuelto. !

/

EST DOCU ENTO SO () ES VALIDO PÁR CONSUW

NO PERM IENDO SU R ODUCC .

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Munieipafidad de Rosario

Tribunal Municipal de Cuentas15

9. Comunicaciones entre las partes

- Art. 38 PByC: Se visualizaron las órdenes de servicio correspondientes a los

certificados. No se visualizaron ordenes de pedido.

10. Penalidadesl$anciones

— Art. 41 PByC: No se verificó la existencia de sanciones al proveedor.

Licitación 34/2915. Provisión e instalación de 400 bícicleteros empotrados y 150 módulos

de 2 anillos cada uno para la vía pública.

Proveedor: TDL SA

1. Garantía cumplimiento contrato—

— El art. 21 del PByC establece que el adjudicatario deberá presentar la garantía por una

suma equivalente al 5 % del monto total del contrato. Se constituyó mediante póliza de seguro

de caución con la empresa Fianzas y Crédito S.A. Compañía de Seguros quien se constituye

como fiador solidario con renuncia a los beneficios de excusíón y división. El monto de la

póliza asciende & $125.000,00 y la misma regirá desde las () hs del día 17/03/2016 hasta la

extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre. La póliza cumple con lo

1*equerido por el art. antes mencionado.

2. Suscrinción contrato/Orden de provisión— Sellados

- El contrato se encuentra suscripto por representante de la contratista y según sello

aclaratorio en carácter de presidente.

— Se visualiza sello del EMR como agente de retención Orden Nº 563 respecto del

sellado obligatorio de ley, del 0,6% a cargo del contratista, ascendiendo a $ 14.410,40.

- El Contrato respeta en todas sus cláusulas lo establecido en el PByC.

- El art. 22 establece que el adjudicatario deberá concurrir a firmar el contrato dentro de

los diez días a partir de notificada la adjudicación. El contrato fue suscripto el 2l!03!2016

mientras que la notificación data del 29/02/2016, incumpliendo los plazos previstos.

3. Certificaciones —— Ordenes de servicio.

- Se visualizaron certificados Nº 1 al 5 correspondientes a las Ordenes de Provisión Nº 1

a 4 y Nº 6, así como sus respectivas facturas y órdenes de pago.

4. Plazo contractual/de Eiecución -— detenninación comienzo/finalización.

— El art. 24 del PByC establece que las prestaciones deberán estar íntegramente

cumplidas en el plazo de un año a partir de la emisión de la primera orden de servicio. Al

3111212016 (fecha de corte periodo de auditoría), la obra se encontraba dentro de los tiempos

estipulados en el contrato ya que la primera orden tiue emitida el 20/04/2016.

5. Pagos-Apertura de Cuenta— Retenciones

— Si bien no se visualizó documental que acredite la apertura de una cuenta bancaria

según establece el art. 27 del PByC, se visualizó en los resúmenes bancarios del EMR que los

pagos se realizaron mediante transferencias electrónicas.

— El art. 39 establece que será efectivizado contra CERTIFICADO DE

RECEPCIÓN, dentro de los dias hábr es de la presentación en forma de la factura

conformada. Si bien se obs & la falta de co formidad en las facturas puestas a disposición,

se visualizaron las certif aciertos de los tra ajos receptados, suscriptas por la Jefa Area

Transporte No Motoriza () anteriores a la fech de facturación.

() UMEN 0 SOLO ES VALI&(3)_?RA CONZ(ULTA 1 ,

NO ERMITIE *DOSES EPRODUCCION.

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Municipalidad de Rosario ¿ .

Tribuna! Municipal de Cuentas — 15

— Se visualiza correspondencia entre los certificados, facturas, órdenes de pago y

resúmenes bancarios en lo relativo al monto pagado.

— Al 31/12/2016 se ejecutó y pagó $ 810.000 lo que representa un 3,75% sobre el total

de las tareas a realizar. (base contratoº $2.400.000.—)

- El art. 39 establece que de cada pago que se realice al contratista el EMR retendrá el

equivalente al cinco por ciento (5%), importe que se imputará al fondo de reparo, el cual se

constata en las órdenes de pago visualizadas.

6. Prórroga Contrato

— El art. 24 del PByC permite al EMR reservarse la facultad de extender el plazo del

contrato en virtud de circunstancias sobrevinientes que no fueran imputables a las partes y que

hicieran imposible el cumplimiento de las prestaciones en el plazo estipulado.

— Ampliación de Plazo de Obra: El dia 10 de marzo de 2017, la empresa TDL SA.

solicita… por medio de nota, la prórroga del contrato por seis meses más, venciendo en

consecuencia el día 20/09/2017. Según cláusula adicional del 20103/2017, las partes acuerdan

prorrogar el plazo de vigencia de la contratación por el plazo solicitado. Vencimiento:

20/09/17.

7. Transferencia contrato

— Art. 28 PByC: No se visualizó información relativa a cesión o transferencia del

contrato a terceros.

8. Modificación diseños:

— Mediante cláusula adicional de fecha 25 de octubre de 2016, las partes acuerdan

readecuar los diseños objeto de la presente licitación, añadiéndose como tipologías de

bicicleteros los modelos BIOS-4 y B103-5, siendo el costo de cada unidad del Bl03-4 análogo

al del Tipo A y el costo de dos unidades del BIOB—5 análogo al de un módulo Tipo B de la

licitación actual.

9. Devolución garantía/ Fondo de Renato

- El art. 39 establece que el fondo de reparo será devuelto al adjudicatario cada seis (6)

meses desde la primera facturación hasta la finalización del contrato. Al 31/12/2016? aún no

habían transcurrido seis meses desde la primera facturación.

10. Responsable del Control/Inspección EMR __ '

- Art. 41 PByC: Se informó como responsables de la inspección al Jefe de Area

Transporte No Motorizado.

l 1. Comunicaciones entre las partes

- Art. 40 PByC: Se visualizaron las órdenes de servicio.

12. Penalidades/Sanciones

— Art. 42 PByC: No se verificó la existencia de sanciones al proveedor.

Informe Nº 16/17 v Dictamen Técnico Nº40/17 — Dirección Asuntos Técnicos del TMC

- De los 400 bicicleteros Tipo A y de los 150 Tipo B que se solicitaron, al momento del

certificado Nº 6 de fecha 30/12/20lí43c0rroboró la eertifrcación de 92 bicicleteros Tipo

A (23% del contrato) y 104 Tipo/E) (69.3 % del contrato), alcanzando la suma de $969.000

(40…38% del monto contract si), restando meses para cumplimentarse el resto de la obra,

debido a la prórroga adju cada. EnQexo I, se adjunta una planilla de las cantidades

EST U ENTO OLO ES VALI O ARA CONSULTA INTE , “

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Muníc¿oal de Cuentas 17

solicitadas en las órdenes de servicio y su consecuente certificación, especificando totales

parciales

— Por Cláusula Adicional (25/10/2016) las partes acuerdan readecuar los diseños objeto de la

licitación, m1adiéndose los modelos de bicicleteros tipo BIOS—4 y B103-5 conforme se

observa en los planos adjuntos a la presente cláusula; siendo el costo de cada unidad del

B1034 análogo al bicicletero Tipo A y el costo de dos unidades B103—5 análogo al de un

módulo del Tipo B de la licitación actual.

- En referencia a los costos del cambio de tipologías de los bicicieteros no se pudo obtener

un análisis de precio de las tipologías adoptadas pero con respecto a las mejoras de los

bicicleteros detallados en el pliego como en la oferta adjudicada, y a los nuevos modelos

implicados, se observa mejoras en cuanto a ias terminaciones de los mismos y a las

fijaciones en los suelos sin cambiar ni reducir el tamaño de ios mismos, ni generando

costo adicional por lo cual este cambio significó una mejora en el obj eto de la licitación.

— No se pudo constatar dónde se encuentran ejecutados estos nuevos modelos de bicicleteros,

ya que no se especifica sus localizaciones.

- Los certificados, siguen computando con las tipologías anteriores, utilizando costos

análogos:

1 Tipo A—_ 1 Tipo B103-4, y 1 Tipo B (constaba de 2 “U” invertidas)= 2 Tipo Bli)3-5

Por lo que se prevé que se van a certificar mayor cantidad de Tipo B de lo que especificaba

el contrato en primera instancia (400 Tipo A y 150 Tipo B)

— Se realizaron controles selectivos de las tareas ejecutadas utilizando la aplicación Google

Maps y mediante el relevamiento “in situ” de los trabajos ejecutados.

OBSERVACIONES Y/O RECOMENDACIONES

Pliego General de Obras Públicas:

A criterio de este organismo y tratándose de una entidad autárquica corresponde tener

presente que, así como se aplica la Ordenanza de Contabilidad para determinar los

procedimientos a seguir en las contrataciones, también el ELMR debe aplicar la Ordenanza Nº

2841/81 Pliego de Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas para la licitaciones,

adjudicación, contratación, ejecución y recepción de obras pública: Licitaciones Nº 5 y 6/15&

Fondo de reparo:

Las obras/trabajos se certifican en función del avance de la misma y sobre esta certificación el

estado retiene el 5% del total certificado en concepto de fondo de reparo, como garantía de la

buena ejecución hasta la fecha de la recepción definitiva de los mismos. Dicho fondo de

reparo puede ser sustituido por póliza. No surge con claridad dichos extremos en los PByC.

Ej. Licitación Nº 30/15.

Informe Nº 16/17 y Dictamen Nº40/17 Dirección Asuntos Técnicos del TMC

Se observa en general para las licitacionesNº 5; 6 y 34/2015 la ausencia de actas de medición

que acompañen ala certificación me síal cc o así también el porcentaje de avance y el total

de los trabajos e_1'.ecutados /

En el caso específico de la Licitación Nº 34220 5:

- queda evidenciada la fa a de un análisis 6 precio correspondiente al momento de la

readecuaeión de ios mo cios de bicicl ros a ejecutar.

EST DOCUMENT

? ' NO P RMITIEND t E S

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Municipalidad de Rosario

Tribunal Munic1)rai de Cuentas 13

— para poder evaluar la contratación, es necesario que culminan los trabajos en cuanto a las

modificaciones observadas y su pertinente medición y certificación; como así también para

establecer la procedencia del nuevo modelo no coincidente con la oferta, considerando que

algunos se encuentran instalados en sitios coincidentes con los detallados en algunas de las

Órdenes de Provisión del contrato auditado

CONCLUSION

De acuerdo a la auditoría realizada, y considerando e! margen de error que impiíca

trabajar selectivamente, se concluye que! sin perjuicio de otros controles que se puedan

practicar, no existen otras situaciones que referir.

r——"”, ”y WK

Tribunal de Cuentas, ¡1 de dicien1bf€ de 2017 H/…

Sra. C.P.N. ORMA …R'H !

Contadora Fiscal a/c Voce … a

Tribunal Municipal de C

Municipaiidad de Rosario

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Ente de la Movilidad de Rosario

Licitacion Pública N34/2015: "Provisión & instalación de 400 bicicieteros empotrados y ¡50

módulos de 2 anillos cada una instalados en la vía pública"

CANTIDADES IMPORTE

TIPO A TIPO B TIPO A TIPO 8

Orden de Servicio Nº] 18 29 “$ 67.500,00 $ ¡74.000,00

Certificado Nº! 18 29 $ 67.500,00 $ ¡74.000.00

Orden de Servicio Nº2 11 13 $ ¿1.250,00 $ 73.000,00

Certificado Nº2 13 28 $ ¿8.750,00 $ 168.000,00

Orden de Servicio Nº?» 30 18 $ ¡12.500,00 $ 108.000,00

Certificado Nº3— 28 3 $ 105.000.00 $ ¡8.000,00

Orden de Servicio Nº4 22 19 $ 82.500,00 $ 114,000.00

Certiñcado Nº4 17 14 $ 63.750,00 $ 84.000.00

Orden de Servicio Nº5 '! 45 $ 26.250,00 5 270.000,00

Certificado Nº5 4 il $ ¡5000.00 $ 66,000.00

Orden de Servicio Nº6 4 l 1 55 [5.000,00 $ 66.000,00

Certíñcado Nº6 12 19 $ ¿5.000,00 $ 1 14.000.00

Ordenes de Provisión Í 92 ¡ 135 | | $ 345.000,00| $ 8i0.000,00|

Ckrññcados | 92 | 104 | ¡ $34330030| $62¿00&00|

% Cantidades 593,3

Monto Acumuldo Certificados $ 969.000,00

% Acumuiad '

(¿LM., .

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