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7/25/2019 Tributaria Bsica Chile
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Asistencia en Administracin y
Gestin del Negocio
Asistencia y Asesora en
Administracin de Empresas.TRIBUTARIA BSICA
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Impuestos
Impesto al !alor Agregado
EL IVA es el principal impuesto al consumo que existe en Chile y gravacon una tasa de 19% las ventas de bienes corporales muebles einmuebles en el caso de inmuebles cuando son de propiedad de unaempresa constructora construidos totalmente por ella o que en parte
hayan sido construidos por un tercero para ella!"
El IVA tambi#n grava los servicios que se presten o utilicen en el pa$s yque provengan de las actividades que la ley seala"
Este impuesto a&ecta tambi#n al 'isco( instituciones semi)scales(organismos de administraci*n aut*noma del Estado( municipalidades ya las empresas que pertene+can a ellos o en los cuales estosorganismos tengan participaci*n"
Con la misma tasa general de 19% se gravan las importaciones yasean habituales o no( e&ectuadas por cualquier persona natural o,ur$dica"
El impuesto se debe declarar y pagar mensualmente" -u monto sedetermina a partir de la di&erencia entre el d#bito )scal y el cr#dito)scal" -i de esta di&erencia resulta un remanente( existe unmecanismo que permite utili+arlo en per$odos posteriores"
Los exportadores est.n exentos del IVA por las ventas que e&ect/en alexterior( otorg.ndoseles el derecho de recuperar el IVA recargado en laadquisici*n de bienes o utili+aci*n de servicios destinados a su
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Impuestos
0ecanismo de imputaci*n del IVA
2rat.ndose de contribuyentes de IVA principalmente(empresas que se dedican a la venta habitual de bienes o a
la prestaci*n de servicios!( el IVA soportado en suscompras otorga derecho a cr#dito )scal 3Cr#dito 'iscal4!equivalente al impuesto recargado en las &acturas queacrediten adquisiciones de bienes( utili+aci*n de servicioso( en su caso( el pagado por la importaci*n de las especiesal territorio nacional" Cuando dicho contribuyente e&ect/euna venta o presente un servicio a&ecto a IVA( el impuestoque recargue en sus boletas o &acturas constituye para #l
un d#bito )scal 35#bito 'iscal4!( el cual podr. sercompensado con el Cr#dito 'iscal que mantenga en cadaper$odo tributario"
La Ley de IVA establece como requisito para utili+ar el IVACr#dito 'iscal! que el contribuyente que tenga derecho arecuperarlo realice a su ve+ operaciones gravadas con IVA"
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Impuestos
0ecanismo de imputaci*n del IVA
El siguiente e,emplo da cuenta del mecanismo de cr#dito6d#bito )scal reci#n expuesto7
8E:ACI8;E- 5EL E: 1"?@@"@@@ >??"@@@cr#dito!
Ventas gravadas >B"@@@"@@@ >9B@"@@@ d#bito!
5#bito 'iscal resultante7 > ??"@@@
En el e,emplo( luego de la compensaci*n entre Cr#dito 'iscal y 5#bito 'iscal se genera un saldo de > ??"@@@ de 5#bito 'iscal( el cualdeber. ser pagado al 'isco"
Cabe sealar que el remanente de Cr#dito 'iscal que pudiere resultar del mecanismo cr#dito6d#bito( cuando el monto del cr#dito seasuperior al monto del d#bito en el per$odo correspondiente( puede ser imputado en los e,ercicios siguientes hasta su total utili+aci*n( sinl$mites de tiempo"
El siguiente e,emplo da cuenta de remanentes de cr#dito )scal que el contribuyente puede imputar en e,ercicios siguientes7
8E:ACI8;E- 5EL E: B"@@@"@@@ >9B@"@@@cr#dito!
Ventas gravadas >1"@@@"@@@ >19@"@@@ d#bito!
:emanente Cr#dito 'iscal resultante( susceptible de imputar en per$odos siguientes77 >D@"@@@
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58C0E;28- 2:I=2A:I8-E; CFILE
#$CU(ENT$S TRIBUTARI$S EN C*I&E
ara reali+ar el tr.mite de timbra,e de documentaci*n enel -II deber. presentar los siguientes documentos7
C#dula :2 del Contribuyente" Las ersonas ;aturales
deben presentar la C#dula de Identidad delContribuyente o &otocopia autori+ada ante notario de#sta( si es un mandatario quien e&ect/a el tr.mite"
C#dula de Identidad de quien reali+a el tr.mite"
'ormulario G?G@ en duplicado! disponible en cualquiernidad del -II"
Hltimo 'ormulario G?G@ presentado por el contribuyente"
5ocumentos a timbrar ordenados y numerados en suslomos( por cada ca,a o talonario"
Hltima declaraci*n mensual vigente de IVA 'ormulario?9!"
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'acturas
na &actura es un documento querespalda la reali+aci*n de una operaci*necon*mica( que por lo general( se tratade una compraventa" En otras palabras(una &actura es el documento a trav#s delcual una persona que vende puede
rendir cuentas( de &ormainstrumentali+ada( al contrato decompraventa comercial"
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'acturas de Venta
La &actura de Venta es el documento que respalda las Ventas de un contribuyente hacia otra organi+aci*n con inicio de actividadesen primera categor$a( para e&ectos impositivos"
En t#rminos generales( una &actura de venta contiene
Antecedentes del Emisor o Contribuyente 8bligatorios( :a+*n -ocial( :2( 5irecci*n( Jiro y 8tros como ;ombre de 'antas$a(
2el#&ono( Correo Electr*nico"
-ealar &echa de emisi*n"
Indicar los datos de identi)caci*n del comprador7 nombre o ra+*n social( :2( domicilio( comuna( giro del negocio y tel#&ono"
5etalle de las mercader$as trans&eridas o naturale+a del servicio( precio unitario y monto de la operaci*n" El detalle de lasmercader$as y el precio unitario podr.n omitirse cuando se hayan emitido( oportunamente( las correspondientes gu$as de despacho"
Indicar separadamente la cantidad recargada por concepto de impuesto( cuando proceda"
Indicar n/mero y &echa de la gu$a de despacho( cuando corresponda"
Indicar condiciones de venta7 al contado( al cr#dito( mercader$a puesta en bodega del vendedor o del comprador( etc"
El duplicado( triplicado y cuadruplicado del documento se emitir. mediante el empleo de papel carb*nico o procedimiento qu$micoautocopiativo"
Las copias podr.n emitirse con papeles y colores o tintas di&erentes del original( y no deber.n llevar impreso ning/n tipo de &ondo"8ptativamente( puede colocarse( adem.s( el precio total que deber. pagarse en letras"
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'acturas de Compra
La 'actura de Compra es emitida por el comprador7
Cuando el vendedor es un particular( en cuyo caso esta operaci*n no est. a&ecta al Impuesto al ValorAgregado IVA!"
Cuando el vendedor no tiene 'acturas de Ventas o no tiene la calidad de habitual quien ena,ena"
La 'actura de Compra debe cumplir con los mismos requisitos de las &acturas( con las siguientes exigencias
adicionales7 Indicar en el recuadro verde el :ut del emisor y el nombre del documento K'actura de CompraK"
La emisi*n en cuadruplicado tambi#n es obligatoria( con la exigencia de entregarse el duplicado y elcuadruplicado al vendedor de las especies( el que deber. )rmar el original( que conservar. el adquirente(con,untamente( con el triplicado KControl 2ributarioK para su posterior revisi*n por parte del -II y para haceruso del Cr#dito 'iscal( cuando corresponda"
Adem.s de los antecedentes de individuali+aci*n del vendedor( exigidos para las 'acturas de Ventas( debe
consignarse el n/mero de la C#dula de Identidad del vendedor( quien debe )rmar el original y contenercualquier otro antecedente que permita la me,or identi)caci*n del vendedor de la especie patente delveh$culo( etc!"
;umeradas con ;umeraci*n Hnica ;acional"
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'acturas Exenta de IVA
5eber.n emitir 'acturas de Ventas y -ervicios Exentos lossiguientes contribuyentes( por las operaciones que sedescriben7
Las ersonas ;aturales o ur$dicas y los entes sinpersonalidad ,ur$dica comunidades! que deban declararlos impuestos( seg/n lo establecido en las normas delart$culo ?@( ;M 1( letras a! y b! actividades agr$colas! yn/meros G( N y B del mismo art$culo de la Ley sobreImpuesto a la :enta( m.s aquellas personas que seancontribuyentes del impuesto establecido en el t$tulo II(del 5"L" ;M ?B( sobre Impuesto a la Ventas y -ervicios"
or las operaciones que se realicen y que no est#n
a&ectas o que est#n exentas del Impuesto al ValorAgregado IVA!"
5eber.n otorgar por dichas operaciones las &acturas oboletas exentas( en las oportunidades que seala elart$culo BB de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y-ervicios"
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Ju$a de 5espacho
na Ju$a de 5espacho debe emitirse en &ormaobligatoria cuando se haya optado por postergar elotorgamiento de la &actura y cuando se trasladenbienes( independiente de que constituyan o noventa( la que deber. cumplir con los requisitos y
caracter$sticas que dispone el Art$culo ;M BB dela Ley sobre Impuesto a las Ventas y -ervicios( enconcordancia con el art$culo @ del :eglamento dela Ley -obre Impuesto a las Ventas y -ervicios"
El pla+o para &acturar una gu$a de despacho eshasta el decimo d$a del mes siguiente de e&ectuadaslas operaciones( siempre que se seale comoper$odo tributario el que corresponda a lareali+aci*n de dichas operaciones( seg/n lodispuesto en el art$culo BB de la Ley sobre Impuestoa las Ventas y -ervicios"
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;ota de Cr#dito
na nota de cr#dito es un documentolegal que se utili+a en transacciones de
compras y ventas donde interviene undescuento posterior a la emisi*n de la&actura( una anulaci*n total( un cobro deun gasto incurrido de m.s( devoluci*n debienes"
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=oletas
=oleta de Compra y Venta7 Es el comprobante tributario queacredita la venta de un producto o servicio a un consumidor )nal"
Los requisitos para emitir una =oleta de Compraventas son lossiguientes7
5ebe estar timbrada por el -ervicio de Impuestos Internos"
5ebe emitirse en duplicado"
5ebe indicar la &echa de emisi*n"
5ebe indicar el monto de la operaci*n
8pcionalmente( puede incluir el detalle de la venta
El monto m$nimo exigido para la emisi*n de la boleta es de >1@"
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=oletas de Fonorarios
5ocumento emitido por los ingresos generados en las prestaciones de servicios personales porlas actividades clasi)cadas en la segunda categor$a de la Ley de la :enta" 5eben emitir este tipode documentos( entre otros( los pro&esionales( personas que desarrollen ocupaciones lucrativas(-ociedad de ro&esionales( directores y conse,eros de -ociedades An*nimas y auxiliares de laadministraci*n de ,usticia"
Las modalidades que existen( en la actualidad( para emitir =oletas de Fonorarios Electr*nicas
por Internet son las siguientes7or contribuyente( en la cual es el propio contribuyente quien emite la =oleta de FonorariosElectr*nica"
or contribuyente con datos usados anteriormente( en que( al igual que la opci*n anterior( es elmismo contribuyente quien emite el documento electr*nico( a trav#s de las siguientes opciones7
a" -eleccionar boleta de destinatario &recuente"
b" 5estinatarios de los /ltimos G@ d$as"
c" =asarse en /ltima boleta emitida"
d" 2omar como base el n/mero de la boleta emitida"
.or usuario autori+ado( en que el documento es emitido por una tercera persona autori+ada porel contribuyente"
.or un usuario autori+ado con datos utili+ados anteriormente"
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CFEOE-
El cheque es una orden escrita y giradacontra un =anco para que est# pague( asu presentaci*n( el todo o parte de los&ondos que el librador pueda disponer en
cuenta corriente" El cheque es siemprepagadero a la vista" Cualquiera menci*ncontraria se tendr. por no escrita" Elcheque presentado al cobro antes del d$aindicado como &echa de emisi*n( espagadero el d$a de la presentaci*n" Elcheque puede ser a la orden( al portadoro nominativo
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CFEOE-
C+e,e al )ortador- si no se tachanlas palabras impresas Kal portadorK( elcheque puede ser cobrado por cualquierpersona que lo presente a cobro"
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CFEOE-
Endoso
Es la rma del /eneciario pesta en el re0ersodel c+e,e1 con la cal se transere el dominiodel docmento o se entrega en co/ro. Estopermite ,e el c+e,e sea co/rado por napersona distinta de la especicadaoriginalmente. Un c+e,e ,e +a sido endosadopede ser reendosado. Esto constitye n ne0oendoso del docmento por parte del tenedor1 a2a0or de s anterior endosante otra persona.&os c+e,es nominati0os no se peden endosar.&a atenticidad de la rma colocada en nendoso es materialmente imposi/le ,e pedacontrolarse. )or este moti0o ning3n /ancopede responsa/ili4arse por endosos2alsicados.
Si sted endosa n c+e,e a n tercero1 /astar5
con ,e estampe al dorso del docmento srma. Si es de na persona 6rdica de/e iracompa7ado por el tim/re de la ra4n socialantecedida de las pala/rea 8)or )oder8 o lasletras 8).)8. Cal,ier c+e,e ,e se depositeen s Centa Corriente de/e rmarlo al re0erso9endoso:1 siendo indispensa/le ,e le agreges n3mero de Centa Corriente.
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CFEOE-
C+e,e a la $rden
cuando se tachan las palabrasKal portadorK( el cheque s*lopuede ser cobrado por elbene)ciario cuyo nombre
aparece escrito a continuaci*nde las palabras Kp.guese a laorden deK" -in embargo( elbene)ciario puede entregarloen pago a otra persona para locual debe endosarlo( es decir(
escribir su )rma en el dorso delcheque" En este caso(cualquiera persona puedecobrarlo como si &uera alportador"
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CFEOE-
Cheque Nominativo: si se tachan las
palabras impresas "a la orden de" y "a
portador", se dice que el cheque es nominativo
y solo podr pagarse al beneficiario indicadoen el cheque. No puede ser endosado a otra
persona.
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CFEOE-
Cheque Cruzado: si se desea que el
cheque no sea cobrado en dinero en
efectivo en la caja del Banco, sino que la
cantidad sea depositada en otra cuenta
corriente, al cheque se le trazan dos lneas
paralelas en forma transversal. Esto se
llama cheque cruzado o para depsito. oscheques al !ortador, a la "rden #
Nominativo pueden ser Cruzados.
Es importante se$alar que no puede
eliminarse la condicin de %cruzado% de un
cheque, #a que la e# de Cuentas
Corrientes Bancarias # Cheques prohbe
e&presamente al portador borrar o alterar
las lneas transversales e indicaciones del
cheque cruzado.
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CFEOE-
Pago de cheques girados con fecha futura.
El inciso segundo del artculo 1 de la !ey sobreuentas orrientes #ancarias y heques dispone$ "El
cheque es siempre pagadero a la vista. ualquier
menci%n en contrario se entender por no escrita. El
cheque presentado a cobro antes del da indicado como
fecha de emisi%n, es pagadero el da de su
presentaci%n". onforme con la disposici%n citada, los
bancos deben proceder a pagar o a protestar por falta
de fondos, cuenta cerrada, orden de no pago u otras
causas, seg&n proceda, los cheques que se les
presenten a cobro, aunque lleven una fecha de emisi%n
posterior al da de su presentaci%n.
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