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Por el derecho a la tierra y el Buen Vivir. Por el derecho a la tierra y el Buen Vivir.

Tríptico Plan Tierras

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Tríptico Informativo Plan Tierras

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Page 1: Tríptico Plan Tierras

Por el derecho a la tierray el Buen Vivir.

Por el derecho a la tierray el Buen Vivir.

Page 2: Tríptico Plan Tierras

P L A N T I E R R A SEs un proceso socio-económico y político, dirigido a la transformación de la estructura de la tenen-cia de la tierra en el campo, para implementar un nuevo modelo de producción agrícola que garan-tice la soberanía y seguridad alimentaria y el buen vivir.

MISIÓN:

la tierra, para construir el nuevo modelo de produc-ción basado en la agroecología y el fortalecimiento organizativo. PRINCIPIOS: Acceso a la tierra de acuerdo a los preceptos

Constitucionales: arts. 281 y 282. Construcción del nuevo modelo de desarrollo para

la revolución agraria. Desarrollo basado en la soberanía y seguridad

alimentaria, para el ejercicio del buen vivir. Economía social solidaria. Plurinacionalidad e interculturalidad.

OBJETIVO: Construcción del modelo de desarrollo rural, basado en la economía social solidaria, que garantice la soberanía y seguridad alimentarias y el buen vivir en el marco de la participación social.

METAS: Consolidar los procesos de redistribución de la tierra a

-ción y fortalecimiento organizativo permanentes.

Fomentar la participación social en los procesos de redistribución de la tierra, sin afectar la autonomía de las organizaciones de base o la intromisión de otros actores.

Fortalecer organizativamente a los distintos actores involucrados en el Plan Tierras, a través de la informa-ción, capacitación y gestorías que soporten la sosteni-bilidad del proyecto socio-económico y organizativo.

Conformar redes productivas que garanticen la repro-ducción de la producción a través de la comercializa-ción, intercambio y consumo, en el marco de la econo-mía social y solidaria.

Velar porque no se produzcan prácticas de concentra-ción y/o fragmentación de las tierras adjudicadas.

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E J E S D E L P L A NGarantizar la participación del Estado en el proceso de redistribución de la tierra que tiene como meta, la transformación de las condiciones materiales de vida de los pequeños y medianos productores y sus familias.

Acompañamiento a los procesos de fortalecimiento socio-organizativo y empoderamiento en las organizaciones campesinas , afroecuatorianas, indígenas y montubios relacionadas con el Plan Tierras y la Revolución Agraria.

Adjudicar las tierras de propiedad del Estado a los campesinos y campesinas.

-das en el Art. 57, se procederá a la adjudicación y titulación de las tierras y territorios ancestrales que son inalienables, inembargables e indivisi-bles, pertenecientes a los Pueblos, Nacionalidades y Comunidades.

Intervenir en la negociación de compra venta de predios particulares,si la organización lo requiere.

Establecer los procedimientos legales y administrativos para la compra de tierras y la implementación de los proyectos productivos participativos.

Implementar un sistema de catastro de propiedades a nivel nacional.

Establecer los procedimientos legales y administrativos para la expropia-ción de tierras que no cumplan con la función social y ambiental.

Diseñar un plan de acompañamiento productivo integral en los predios

El rol activo y protagónico del movimiento campesino en la construcción de las políticas agrarias y legislación correspondiente.

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CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA TIERRASer pequeños y medianos productores sin tierrao poquísima tierra.

Pertenecer a una organización de primer grado de carácter agropecuario.

Pobreza crítica: Condiciones de vida.Mujeres jefas de hogar.Familias jóvenes (18 a 29 años).

Tener como actividad principal la agricultura.

Organizaciones de pueblos o nacionalidades.

Son miembros de una organización:El padre o madre de la misma familia.Los hijos que hayan constituído otro núcleo familiar.Los hijos que hayan alcanzado su independencia económica.Los hijos que tengan cargas familiares.

Los miembros de una misma familia no pueden pertenecer a otras organizaciones para efecto de adjudicación.

PRIORIZACIÓN:Cercanía al predio solicitadoFamilias jóvenesMujeres jefas de hogarExtrabajadores del predioQue no posean otros predios

ACTIVACIÓN DEL PLAN TIERRAS:Solamente si el predio a solicitar se encuentre libre de gravámenes, con�ictos jurídicos y/o sociales.

Requisitos iniciales:Solicitud a Plan Tierras.Constitución o personería jurídica de la organización.Estatutos.Inscripción de la directiva.Declaración juramentada de la organización de no ser adjudicataria de otros bienes.Certi�cado de gravámenes de la organización extendido por el registro de la propiedad.

CONDICIONES ESTRATEGICAS:El Estado no regala las tierras, las vende a un valor social, para el desarrollo de proyectos productivos.El Estado puede revertir la adjudicación a una organización cuando no cumpla las obligaciones de�nidas.

EXCLUSIONES:Tierra de pequeños productores y agricultores.Tierras comunitarias de los pueblos y nacionalidades.Áreas protegidas.Predios privados que cumplen con su función social y ambiental.

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SUMAK KAUSAY

NOTA

“La satisfacción de las necesidades, la consecución de una calidad de vida y muerte digna, el amar y ser amado, y el �orecimiento saludable de todos y todas, en paz y armonía con la naturaleza y la prolonga-ción inde�nida de las culturas humanas. El Buen Vivir presupone tener tiempo libre para la contemplación y la emancipación, y que las libertades, oportunidades, capacidades y potencialidades reales de los individuos se amplíen y �orezcan de modo que permitan lograr simul-táneamente aquello que la sociedad, los territorios, las diversas iden-tidades colectivas y cada uno -visto como un ser humano universal y particular a la vez- valora como objetivo de vida deseable (tanto material como subjetivamente y sin producir ningún tipo de domina-ción a un otro). Nuestro concepto de Buen Vivir nos obliga a recons-truir lo público para reconocernos, comprendernos y valorarnos unos a otros entre diversos pero iguales a �n de que prospere la posibilidad de reciprocidad y mutuo reconocimiento, y con ello posibilitar la auto realización y la construcción de un porvenir social compartido”

(Ramírez: 2008: 387).

LAS INVASIONES o ingresos realizados por la fuerza a predios ajenos, a partir del año 2008; NO PUEDEN ACTIVAR PLAN TIER-RAS, NI TIENEN DERECHO A SER RECONOCIDOS POR EL ESTADO.

Los trámites son gratuitos y se inicia con la presentación de la solicitud a Plan Tierras en el archivo general del MAGAP,ubicado en la planta baja.

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Av. Eloy Alfaro y Amazonas · Ed: MAGAP · Telf: 1800 664422 / (02) 3960100 / Ext. 1044S i t i o w e b : w w w . m a g a p . g o b . e c

PLANTIERRAS

2011 · 2013

Rafael Correa

“Reforma agraria”... Al menos en Ecuador, no se necesita una reforma agraria, se necesita una verdadera revolución agraria.

Al menos en Ecuador, no se necesita una reforma agraria, se necesita una verdadera revolución agraria.