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1 TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIMIENTO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA: DISEÑO Y VALIDACIÓN DE UNA CAJA DE HERRAMIENTAS QUE AYUDE A FORTALECER LA INVERSIÓN PÚBLICA EN LAS DISTINTAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS (ETAS), A FAVOR DE LOS JÓVENES. 1. ANTECEDENTES El artículo 9, numeral 4 de la Constitución Política del Estado establece que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la Ley, el “Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución”. En su Artículo 298, parágrafo I numeral 22, la Constitución establece la competencia privativa del nivel central la planificación nacional; y como competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Departamentales la planificación del desarrollo departamental en su Artículo 300, parágrafo I numeral 35. Asimismo, en su Artículo 302, parágrafo I numeral 42 se establece como competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Municipales la planificación del desarrollo municipal y en su Artículo 304, parágrafo I numeral 15 el de las Autonomías Indígena Originario Campesina la planificación y gestión de la ocupación territorial. La Ley N°777 de 21 de enero de 2016, conduce el proceso de planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco del Vivir Bien, y establece el Sistema de Planificación Integral del Estado SPIE que en su artículo 13, parágrafo I indica: El subsistema de planificación SP está constituido por el conjunto de planes de largo, mediano y corto plazo de todos los niveles del Estado Plurinacional y se implementa a través de lineamientos, procedimientos, metodologías e instrumentos técnicos de planificación. El Artículo 3 de la Ley N° 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado SPIE, Son fines del Sistema de Planificación Integral del Estado, a efectos del cumplimiento de la presente Ley:

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TÉRMINOS DE REFERENCIA

REQUERIMIENTO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA: DISEÑO Y

VALIDACIÓN DE UNA CAJA DE HERRAMIENTAS QUE AYUDE A

FORTALECER LA INVERSIÓN PÚBLICA EN LAS DISTINTAS ENTIDADES

TERRITORIALES AUTÓNOMAS (ETAS), A FAVOR DE LOS JÓVENES.

1. ANTECEDENTES

El artículo 9, numeral 4 de la Constitución Política del Estado establece que son fines y

funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la Ley, el

“Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y

consagrados en esta Constitución”.

En su Artículo 298, parágrafo I numeral 22, la Constitución establece la competencia

privativa del nivel central la planificación nacional; y como competencia exclusiva de los

Gobiernos Autónomos Departamentales la planificación del desarrollo departamental en su

Artículo 300, parágrafo I numeral 35. Asimismo, en su Artículo 302, parágrafo I numeral 42

se establece como competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Municipales la

planificación del desarrollo municipal y en su Artículo 304, parágrafo I numeral 15 el de las

Autonomías Indígena Originario Campesina la planificación y gestión de la ocupación

territorial.

La Ley N°777 de 21 de enero de 2016, conduce el proceso de planificación del desarrollo

integral del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco del Vivir Bien, y establece el

Sistema de Planificación Integral del Estado –SPIE que en su artículo 13, parágrafo I indica:

El subsistema de planificación SP está constituido por el conjunto de planes de largo,

mediano y corto plazo de todos los niveles del Estado Plurinacional y se implementa a través

de lineamientos, procedimientos, metodologías e instrumentos técnicos de planificación.

El Artículo 3 de la Ley N° 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE, Son

fines del Sistema de Planificación Integral del Estado, a efectos del cumplimiento de la

presente Ley:

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a. Lograr que la planificación de largo, mediano y corto plazo tenga un enfoque

integrado y armónico, y sea el resultado del trabajo articulado de los niveles de

gobierno, con participación y en coordinación con los actores sociales.

b. Orientar la asignación óptima y organizada de los recursos financieros y no

financieros del Estado Plurinacional, para el logro de las metas, resultados y acciones

identificadas en la planificación.

En el Numeral 1, Parágrafo III del Artículo 93, de la Ley N° 031 Marco de Autonomías y

Descentralización “Andrés Ibáñez”, dice: Elaborar, aprobar y ejecutar el Plan de Desarrollo

Municipal (actualmente los Planes Territoriales de Desarrollo Integral), incorporando los

criterios del desarrollo humano, con equidad de género e igualdad de oportunidades, en

sujeción a ley especial, conforme a las normas del Sistema de Planificación Integral del

Estado y en concordancia con el Plan de Desarrollo Departamental. En esta misma Ley en el

Parágrafo I del Artículo 23, sostiene: Los gobiernos autónomos municipales o las autonomías

indígena originaria y campesinas que conforman la región, conjuntamente con el gobierno

autónomo departamental, llevarán adelante el proceso de planificación regional bajo las

directrices del Sistema de Planificación Integral del Estado, que establecerá metas mínimas

de desarrollo económico y social a alcanzar, según las condiciones y potencialidades de la

región.

En el marco el SPIE, esta Planificación a mediano plazo se traduce en los Planes Territoriales

de Desarrollo integral para Vivir Bien de los Gobiernos Autónomos Departamentales,

Regionales, Municipales (PTDI), los AIOC y los de corto plazo donde se encuentran los

POAS y Presupuestos.

En este marco el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades mediante la Dirección

Plurinacional de la Juventud, de manera específica en la Ley 342 “Ley de la Juventud” del

05 de febrero de 2013; en su artículo 21, tiene el mandato de formular, desarrollar, ejecutar

y evaluar políticas en favor de las y los jóvenes a nivel nacional. A su ves la Ley 342 tiene

por objeto garantizar a las y los jóvenes el ejercicio pleno de sus derechos y deberes, el diseño

del marco institucional, las instancias de representación y deliberación de la juventud, y el

establecimiento de políticas públicas. Es así que la Dirección Plurinacional de la Juventud,

se constituye en Secretaria Técnica del Consejo Plurinacional de la Juventud y del Comité

Interministerial de Políticas Públicas para la Juventud, siendo la entidad coordinadora del

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sistema. El órgano ejecutivo determinara sus atribuciones y funciones en el marco de la

presente ley.

En este contexto y en el marco de la alianza entre el Estado a través del Ministerio de Justicia

y Transparencia Institucional - Viceministerio de Igualdad de Oportunidades mediante la

Dirección Plurinacional de la Juventud y Save the Children International en Bolivia, dentro

de la ejecución del Plan de Trabajo definido para la gestión 2021, se consideró altamente

estratégico desarrollar una Caja de Herramientas que pueda aportar a plantear opciones de

estrategias, programas y proyectos para la ejecución de los presupuestos y lineamientos

establecidos en los PTDIs mediante los Planes Operativos Anuales y sus Presupuestos. La

Caja de Herramientas, complementaria a las guías procedimentales, serán un aporte técnico

para mayor aplicabilidad con propuestas basadas en indicadores, resultados y actividades que

reflejen buenas prácticas y que contribuyen a una mejor ejecución de presupuesto a través de

su presentación referencial.

Por ello dentro de la perspectiva institucional de apoyo a la gestión pública a favor de la

niñez, adolescencia y juventud, sustentado por la producción de un documento estratégico

para la aplicabilidad del proceso de planificación a nivel municipal/Departamental, es

necesario la contratación de una consultoría específica para la elaboración de una “Caja de

Herramientas que consiste en establecer guías de proyectos que puedan ser implementados a

nivel territorial, bajo un enfoque de género, protección y prevención de violencias para

Adolescentes y Jóvenes”.

2. OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA

2.1. Objetivo general

Elaboración del contenido, diseño y validación de una caja de herramientas que ayude a

fortalecer la inversión pública en las distintas Entidades Territoriales Autónomas (ETAs) a

favor de la juventud boliviana en apoyo a la Dirección Plurinacional de la Juventud del

Viceministerio de Igualdad de Oportunidades del Ministerio de Justicia.

2.2. Objetivos específicos

a) Sistematizar Estrategias (Buenas Prácticas) relacionadas al Desarrollo

Integral de los Adolescentes y Jóvenes (social y económico) a nivel nacional

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Las acciones a desarrollar en este objetivo son las de identificar, revisar y

sistematizar estrategias, acciones y/o buenas prácticas referidas a su desarrollo

integral en áreas de Empoderamiento Personal, Salud Sexual y Reproductiva,

empoderamiento económico, protección, prevención de violencias, equidad de

género, entre otras. Los insumos identificados deben ser en base a evidencia e

impacto, considerando todos los procesos relevantes desde línea de base,

diagnóstico, estrategias operativas con procesos de capacitación, alianzas, re-

orientación, participación y otros además del seguimiento y control con

participación. Se deben considerar propuestas municipales y de otros actores

estratégicos que demuestren efectividad y eficiencia costo/beneficio.

b) Desarrollar y validar el diseño, formato y contenido de la Caja de

Herramientas en el marco del fortalecimiento de la inversión pública por las

ETAs, en favor de la juventud boliviana.

Una vez identificado el marco legal y los indicadores a los cuales la Caja de

Herramientas aportará dentro del marco del PDES y las prioridades del Órgano

Rector se debe proponer un formato coherente con los mismos. Éste debe ser un

instrumento que permita potenciar la planificación y aplicar/ejecutar desde un

diagnóstico una estrategia operativa, de manera integral con énfasis en

adolescentes y jóvenes, en un marco alineado al ciclo de la implementación para

la Gestión Operativa. Posteriormente, el diseño, formato y contenido deberán ser

validados por todas las instancias competentes para garantizar su aplicabilidad y

operatividad (Autonomías, planificación, Salud entre otras).

c) Un componente en el Desarrollo de la Caja de Herramientas es la generación

de instrumentos para la Gestión de las ETAs, en beneficio del Desarrollo

Integral de la Adolescencia y Juventud

El proceso del desarrollo de esta Caja de Herramientas debe ser enmarcado de

forma integral, presentadas como ejemplos que demuestren una gama de opciones

para la aplicabilidad de los PTDIs y PMS a través de los POAs Municipales. El

objetivo es complementar las Guías Procedimentales con un aporte técnico y de

orientación, basado en indicadores y actividades, que pueda traducirse en su

aplicación contextualizada para aportar al Desarrollo Integral con énfasis en

género y prevención de violencias. En este sentido, las herramientas deben ser

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presentadas de forma práctica, coherente y accesible según las necesidades

técnicas. Para su aplicación, la “Caja de Herramientas” debe incluir material

metodológico, técnico y de costo beneficio para que permita desarrollar las

propuestas que se plantean en la presente consultoría.

d) Validación y Aprobación del Producto

La Caja de Herramientas para la Gestión de las ETAs en el Desarrollo Integral de

los Adolescentes y Jóvenes debe ser validada y aprobada por la Dirección

Plurinacional de la Juventud del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades y

otras instancias estatales que la Dirección considere pertinente y visto bueno de

Save the Children.

3. MARCO DE TRABAJO

3.1. Marco de análisis del Plan General de Desarrollo Económico y Social Para Vivir Bien

“Agenda Patriótica 2025” (PGDES), Plan de Desarrollo Económico y Social en el

marco del desarrollo integral para Vivir Bien (PDES), los Planes Sectoriales de

Desarrollo Integral para Vivir Bien (PSDI) y los Planes Territoriales de Desarrollo

integral para Vivir Bien de los Gobiernos Autónomos Departamentales, Regionales,

Municipales (PTDI), los AIOC, Planes Municipales de Salud (PMS) y los POAS y

las prioridades estratégicas del Órgano Rector.

3.2. Marco de análisis de Normativa y Políticas Públicas en Adolescencia y Juventud que

incluye más no se limita a las siguientes:

Marco competencial de las Entidades Territoriales Autónomas

Ley No 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado

Ley No 342 de la Juventud

Ley No 475 de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado

Plurinacional de Bolivia.

Ley No 1152 Modificatoria a la Ley 475

Plan Plurinacional Multisectorial de la Juventud.

Plan Plurinacional de Prevención de Embarazo Adolescente y Joven.

Guía Nacional para la Atención Integral y Diferenciada de Adolescentes y

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Jóvenes.

Política de Sanitaria de Salud Familiar Comunitaria Intercultural SAFCI

3.3. Marco de las normativas específicas relacionadas a la Adolescencia y juventud Guía

de Procedimientos de la Gestión Participativa Municipal, entre otros.

3.4. Análisis y conocimiento de promoción de salud para adolescentes y jóvenes,

estrategias, programas y proyectos, con estrategia integral para la identificación y

sistematización de buenas prácticas a nivel municipal.

3.5. Coordinación permanente con la Dirección Plurinacional de la Juventud y Save the

Children

4. ACTIVIDADES

Las actividades que el consultor deberá desarrollar, que están aquí relacionadas con

carácter enunciativo y no limitativo, son las siguientes:

1. Presentación de un plan técnico de trabajo en lo concerniente al objetivo

general de la consultoría. El diseño del Plan Técnico será planteado por el

consultor adjudicado en base a los objetivos específicos de la consultoría.

2. Coordinando con personal de SCI, la inducción al personal que brinde las

capacitaciones, sobre las políticas de salvaguardas para NNA y la firma

compromiso de cumplimiento de estas.

3. Análisis y recomendación sobre el funcionamiento de la gestión y

planificación participativa municipal.

4. El desarrollo del diseño, formato y contenido de la caja de herramientas en el

marco del fortalecimiento de la inversión pública por las ETAs, en favor

de la juventud boliviana.

5. Identificar, revisar y sistematizar estrategias y/o buenas prácticas en

Empoderamiento Personal, Salud Sexual y Reproductiva, empoderamiento

económico, protección, prevención de violencias, equidad de género, entre

otras para la adolescencia y juventud.

6. Elaboración del contenido general, planificación del diseño del formato y

desarrollo de la caja de herramientas.

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7. El Desarrollo de la caja de herramientas deberán contemplar las materias de:

Empoderamiento Personal, Salud Sexual y Reproductiva, empoderamiento

económico, protección, prevención de violencias, equidad de género, entre

otras de manera integral para su aplicabilidad en los PTDI y POAs

municipales y su identificación de ETAs para su aplicación y validación.

8. Presentar un informe final que describa cada uno de los puntos del proceso de

la consultoría.

5. PRODUCTOS Y CRONOGRAMA DE LA CONSULTORÍA

En el marco de los objetivos y las actividades de los términos de referencia, los productos

deben ser entregados según el siguiente detalle:

PRODUCTOS MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO

Plan de Trabajo Documento de propuesta

técnica de trabajo.

3 días calendario después

de la firma de contrato.

Presentar un informe sobre el

análisis establecido en el

alcance de la presente

consultoría

Documento que contenga el

análisis y la recomendación

sobre el Formato de la Caja de

Herramientas

19 días calendario después

de la firma de contrato.

Presentar un informe de la

Sistematización de

Actividades (Buenas

Prácticas) en la Gestión

Municipal Para el Desarrollo

Integral de la Adolescencia y

Juventud.

Documento que contenga el

análisis de las

opciones/prácticas

consideradas y la metodología

de sistematización.

60 días calendario después

de la firma de contrato.

Caja de Herramientas para la

Gestión Municipal Para el

Presentación de la Caja de

Herramientas con aprobación

de la Dirección Plurinacional

90 días calendario después

de la firma de contrato.

8

Desarrollo Integral de la

Adolescencia y Juventud.

de la Juventud y visto bueno de

Save the Children.

Informe Final

Informe que incluya

recomendaciones y descripción

de los procesos desarrollados

en el marco de la Consultoría.

90 días calendario después

de la firma de contrato.

Los informes deben ser presentados impresos en dos ejemplares y en versión digital en

formato Word. Anexar medios de verificación.

6. PROCEDIMIENTO Y CONDICIONES DE LA CONSULTORÍA

El consultor/a se sujetará de manera referencial al siguiente procedimiento y condiciones de

trabajo:

a) Organización y coordinación del Plan de trabajo con la Dirección Plurinacional de la

Juventud y Save the Children.

b) Trabajo de gabinete de acuerdo a los objetivos y resultados esperados en la presente

consultoría.

c) Trabajo de campo y gabinete para la elaboración del documento final.

d) De acuerdo al comportamiento de la pandemia, proponer y modificar la metodología de

trabajo en base a acuerdos establecidos con la Dirección Plurinacional de la Juventud y

Save the Children.

7. PERFIL DEL/LA CONSULTOR/A

Por las características de la presente consultoría se solicita la participación de equipos

multidisciplinarios que sean asociados para la presente consultoría o ya consolidadas que

cumplan el siguiente perfil:

a) Profesional del área Planificación o ramas afines que cumpla los siguientes requisitos:

Licenciatura en Economía, Planificación y Jurídica.

Títulos en Provisión Nacional.

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Experiencia en administración pública mínimo de 5 años y 3 en administración

municipal. (deseable)

Planificación de proyectos o en materia social/salud en el sector público y/o privado.

Planificación Participativa Operativa y Estratégica Municipal en base al Sistema de

Planificación Integral del Estado

Trabajo en Políticas y Gestión Pública relacionadas a Habilidades blandas, Género,

Salud Sexual y Reproductiva, empoderamiento económico de Adolescentes y

Jóvenes

Experiencia de Trabajo mínima de 3 años en manejo, planificación y sistematización

de datos.

Experiencia de trabajo en Salud Sexual y Salud Reproductiva, particularmente con

adolescentes y jóvenes.

Todos los profesionales propuestos deberán cumplir los siguientes requisitos adicionales:

Experiencia en procesos de planificación, coordinación y facilitación de acciones

estratégicas con instituciones públicas, amplia experiencia en facilitación y desarrollo

de eventos masivos orientados a procesos de organización y definición de procesos

de planificación y evaluación.

Buenas relaciones interpersonales y excelentes habilidades de comunicación oral y

escrita.

Disposición inmediata, sensibilidad, objetividad, responsabilidad y puntualidad en la

entrega de productos solicitados.

Cursos y formación en lo siguiente será considerado positivo:

• Constitución Política del Estado

• Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización

• Ley N° 777 “Sistema de Planificación Integral del País” (SPIE).

• Ley N° 342 de la Juventud

• Gestión Municipal y/o Pública

• Planificación Estratégica

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• Marco Normativo en referencia a la presente consultoría

8. RESPONSABILIDADES DEL/LA CONSULTOR/A

Realizar la consultoría en coordinación con el responsable designado para la

coordinación de Dirección Plurinacional de la Juventud del Viceministerio de

Igualdad de Oportunidades y Save the Children.

Realizar reuniones con la Dirección Plurinacional de la Juventud, Save the Children

y las identificadas en los objetivos de los presentes TDRs.

Elaborar todos los productos requeridos y el Informe Final de Consultoría.

9. SUPERVISIÓN DE LA CONSULTORÍA

La supervisión del trabajo técnico de la consultoría, así como la revisión de los informes

entregados, estará liderado por la coordinación de Save the Children, con el visto bueno de

la Dirección Plurinacional de la Juventud.

Una vez que se dé la conformidad a los documentos presentados, se procederá a efectivizar

los trámites administrativos correspondientes a la remuneración por los servicios prestados,

de acuerdo a las condiciones de pago.

10. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El plazo del que se dispone para la entrega del Informe Final es de 90 días calendario

computables a partir de la fecha de suscripción del contrato.

11. FORMA DE PAGO

- 20% anticipo a la entrega de la caja de herramientas y cronograma de trabajo

aprobado por la Dirección Plurinacional de la Juventud.

Importante: El primer pago esta está condicionado a la presentación del informe o

certificado sobre la correcta capacitación en Salvaguarda, emitido por el punto focal

de Save the Children en el tema. Los consultores que intervienen en el contrato

deberán están obligados a pasar la capacitación sobre la Política de Salvaguarda de

Save the Children en Bolivia.

- 40% a la entrega del documento que contenga el análisis de las opciones/prácticas

consideradas y la metodología de sistematización.

11

- 40% a la entrega del informe de la caja de herramientas que ayude a fortalecer la

inversión pública en las distintas entidades territoriales autónomas (ETAS), a favor

de los jóvenes, validado y aprobado.

12. CONTENIDO DE LA PROPUESTA

La propuesta debe ser elaborada considerando:

a) Plan de Trabajo que necesariamente debe incluir:

I. Objetivos

II. Enfoque de trabajo

III. Metodología

IV. Resultados esperados

V. Cronograma

13. SEGUIMIENTO Y APROBACION DE INFORMES

La aprobación de los informes emitidos, estará a cargo de la Dirección Plurinacional de la

Juventud del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades, quien será el directo responsable

de ejercer el seguimiento al trabajo realizado por el Consultor, debiendo el consultor

presentar toda la información requerida en los plazos establecidos en copia a Save the

Children. Debiendo el consultor presentar toda la información requerida en los plazos

establecidos, en general éstos comprenden:

Plan de Trabajo

Productos establecidos

Documento Final

14. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los productos de la presente consultoría y los respectivos respaldos como las actas,

fotografías, material utilizado, informes y otros generados, deben ser entregados en su

totalidad en originales y serán de propiedad intelectual y exclusiva de Save the Children

International y la Dirección Plurinacional de la Juventud, por lo que cualquier uso de la

información total y parcial sin autorización escrita por el contratante, se considerará una

contravención al contrato suscrito.

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15. CONDICIONES ADMINISTRATIVAS

Se prevé una penalización del 1% del importe total, por día de incumplimiento en los plazos

establecidos.

Una vez que el consultor/a haya sido seleccionado/a, de forma previa a su contratación,

deberá ser capacitado respecto al Código de Conducta y a la Política de Protección Infantil

de SCI y deberán firmar un documento en el que se comprometen a observar de manera

obligatoria lo establecido en ambas. Estos requisitos responden al mandato institucional de

SCI de garantizar la integridad y protección de los niños, niñas y adolescentes por parte de

todo el personal relacionado con la institución.

16. DOCUMENTOS A SER ANEXADOS A LA PROPUESTA

Propuestas Técnica: La/el proponente deberá formular una propuesta técnica en el marco

del presente documento.

Propuesta Económica: El proponente deberá ofertar el costo del servicio en bolivianos,

incluyendo honorarios. No se reconocerá ningún pago adicional no contemplado en la

propuesta.

El/LA CONSULTOR(A) deberá incluir pago de los impuestos de ley, debiendo presentar su

factura, caso contrario Save the Children International actuará como agente de retención de

los impuestos de Ley (15,5%). Así mismo el pago de la AFP (si corresponde). La cancelación

se hará efectiva de acuerdo a contrato con la misma.

Además de los documentos propios de la propuesta, se solicita la presentación de los

siguientes documentos adicionales:

Consultores Independientes:

o CV del/los proponente(s)

o Cédula de Identidad y/o Pasaporte de la persona que prestará sus servicios y datos

generales actualizados (domicilio, teléfonos actualizados y correo electrónico,

según ejemplo).

o Registro AFP en la cual hará sus aportes si corresponde

o Datos para el pago de sus servicios

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17. PLAZOS DE ENTREGA Y CONSULTAS

Las propuestas deberán ser presentados vía correo electrónico con firma electrónica del

proponente junto a los documentos especificados en el punto 16, hasta el día jueves 24

de junio de 2021, al siguiente E-mail: [email protected]

Save the Children International, dirección: Calle Héroes del Acre 1725-A, San Pedro.

Teléfono 2480444 – 2485444. Fax No. 2115856.

Consultas Técnicas: [email protected]

Las consultas administrativas podrán hacerse a: [email protected]

Save the Children es una organización comprometida con la salvaguarda de niños, niñas y

adolescentes, enmarcada en el Código Niña, Niño Adolescente, lo/a invitamos a conocer más

al respecto en https://www.savethechildren.org.bo/

LOS PRESENTES TÉRMINOS DE REFERENCIA SON ENUNCIATIVOS Y DE

ORIENTACIÓN, NO SON LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE, SÍ

ASÍ LO DESEA Y A OBJETO DE DEMOSTRAR SU HABILIDAD EN LA

PRESTACIÓN DEL SERVICIO, PUEDE MEJORARLO OPTIMIZANDO EL USO

DE LOS RECURSOS.

La Paz, junio de 2021