Upload
duongthuan
View
214
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
TÍTULO:
MÁSTER TÉCNICO SUPERIOR EN PREVENCIÓN EN RIESGOS
LABORALES. ESPECIALIDAD EN ERGONOMÍA Y
PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA
UNIVERSIDAD:
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (UCM)
1. Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios.
Este Máster seguirá el modelo EFQM aplicado a las enseñanzas universitarias
dentro del marco teórico general del Sistema de Garantía Interna de Calidad.
El responsable de garantizar la calidad interna del título de Máster Universitario
de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad en
Ergonomía y Psicosociología Aplicada será el/la Decano/a de la Facultad de
Psicología, que presidirá la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de
Psicología. En caso de ausencia, podrá delegar sus funciones en el/la
Vicedecano/a de Estudios y Calidad.
La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología es el órgano
encargado de garantizar la calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología.
Su composición específica, funciones y reglamento fueron propuestos y
aprobados en las reuniones de la Junta de Facultad de 29 de junio de 2009, 15
de octubre de 2009 y 10 de febrero de 2010.
Esta Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:
El/la Decano/a de la Facultad de Psicología
El/la Vicedecano/a de Estudios y Calidad
El/la Vicedecano/a de Relaciones Exteriores
Los/las Directores/as de los Másteres de la Facultad de Psicología.
Un profesor representante de cada uno de los Departamentos y Secciones
Departamentales de la Facultad de Psicología con responsabilidad en la
enseñanza de los Másteres de la Facultad de Psicología, que serán
nombrados para un periodo de cuatro años por la Junta de la Facultad de
Psicología.
Un profesor representante de las Unidades Docentes de la Facultad de
Psicología con responsabilidad en la enseñanza del Grado en Psicología,
que será nombrado para un periodo de cuatro años por la Junta de la
Facultad de Psicología.
Un representante de los estudiantes de cada uno de los Másteres de la
Facultad de Psicología, elegidos de acuerdo con la legislación electoral
vigente en la UCM.
Un representante del personal de administración y servicios (PAS) de la
Facultad de Psicología, elegido también de acuerdo con la normativa
electoral vigente de la UCM.
Un representante del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, que será
propuesto por el/la Decano/a a la Junta de Facultad para su
nombramiento por un periodo de dos años.
La participación del representante del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid o
de cualquier otro agente externo en la Comisión de Calidad estará regulada en el
Reglamento y su actuación se centrará en las reuniones de toma de decisiones y
propuestas de mejora del Máster.
La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología tiene como
funciones:
Realizar el seguimiento del Sistema de Garantía Interna de Calidad.
SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO
Gestionar y coordinar todos los aspectos relativos a dicho sistema.
Realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos de calidad de dicho
Máster.
Realizar propuestas de mejora y el seguimiento de las mismas.
Establecer y fijar la política de calidad del Máster mencionado, de
acuerdo a la política de calidad de la Facultad de Psicología y de la
Universidad Complutense.
Establecer el funcionamiento y toma de decisiones de la propia Comisión:
elaboración de reglamento, que deberá ser aprobado por la Junta de la
Facultad de Psicología, en el que se especificará entre otras cuestiones,
la periodicidad de las reuniones, los procedimientos de toma de
decisiones así como los efectos y consecuencias de las mismas.
Actualmente, el Reglamento vigente de la Comisión de Calidad de los Másteres
aprobado por la Junta de la Facultad de Psicología en su reunión de 22 de
diciembre de 2009 es el siguiente:
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE
LOS MÁSTERES DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA
TÍTULO PRIMERO. OBJETO Y COMPOSICIÓN
Sección Primera. Objeto y Funciones
Artículo 1. Objeto
1. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de la organización y
funcionamiento de la Comisión del Calidad de los Másteres de la Facultad
de Psicología de la Universidad Complutense de Madrid.
2. La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología es la
máxima responsable de la calidad de los Másteres Oficiales de la Facultad
de Psicología de la UCM.
Artículo 2. Régimen jurídico
La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología se regirá por
lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
(BOE de 24 de diciembre), los Estatutos de la Universidad Complutense de
Madrid, aprobados por Decreto 58/2003, de 8 de mayo, del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid (BOCM de 28 de mayo), por el Reglamento de
Gobierno de la UCM, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno 13 de julio
de 2005 (BOUCM de 25 de noviembre), por el presente Reglamento de
Funcionamiento, así como por cuantas disposiciones puedan ser dictadas en
desarrollo de las citadas normas.
Artículo 3. Funciones
1. La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología tendrá
como funciones, entre otras:
1) Realizar el seguimiento de los Sistemas de Garantía Interna de Calidad de
los Másteres Oficiales de la Facultad de Psicología.
2) Gestionar y coordinar todos los aspectos relativos a dichos sistemas.
3) Realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos de calidad de los
Másteres Oficiales de la Facultad de Psicología.
4) Realizar propuestas de revisión y de mejora de las titulaciones de Másteres,
y hacer un seguimiento de las mismas.
5) Proponer y modificar los objetivos de calidad de los Másteres de la Facultad
de Psicología.
6) Recoger información y evidencias sobre el desarrollo y aplicación del
programa formativo de las titulaciones (objetivos, desarrollo de la
enseñanza y aprendizaje y otros).
7) Gestionar el Sistema de Información de los Másteres de la Facultad de
Psicología.
8) Establecer y fijar la política de calidad de los Másteres de la Facultad de
Psicología de acuerdo con la política de calidad de la Facultad de Psicología
y con la política de calidad de la UCM.
2. En particular la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de
Psicología realizará las siguientes funciones:
1) Elaboración anual de una Memoria de las actuaciones desarrolladas por la
Comisión.
2) Elaboración anual de un informe sobre la marcha de las enseñanzas de la
titulaciones de Másteres así como un plan de mejoras de las mismas que
remitirá para su aprobación a la Junta de Centro.
3) Elaboración de informes de seguimiento de la aplicación de las mejoras
propuestas y aprobadas por la Junta de Centro.
4) Adopción de las decisiones y, en su caso, resoluciones en relación de las
reclamaciones y sugerencias presentadas.
5) Adopción de la propuesta de modificación del Reglamento de
Funcionamiento de la Comisión de Calidad.
6) Todas las restantes funciones recogidas en los Sistemas de Garantía
Interna de Calidad de los Másteres, así como las que se atribuyan a la
Comisión por cuantas disposiciones sean dictadas en desarrollo de los
citados sistemas y que de forma expresa se atribuyan a la Comisión.
Sección Segunda. Miembros. Derechos. Deberes
Artículo 4. Miembros
1. Son miembros de la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de
Psicología:
• El/la Decano/a de la Facultad de Psicología
• El/la Vicedecano/a de Estudios
• El/la Vicedecano de Relaciones Exteriores
• Los/las Coordinadores de los Másteres de la Facultad de Psicología
• Un/a profesor/a representante de cada uno de los Departamentos y
Secciones Departamentales de la Facultad de Psicología con responsabilidad
en la enseñanza de los Másteres de la Facultad de Psicología.
• Un/a profesor/a representante de las Unidades Docentes de la Facultad de
Psicología con responsabilidad en la enseñanza de los Másteres en
Psicología.
• Un representante de los estudiantes de cada uno de los Másteres de la
Facultad de Psicología, elegidos de acuerdo con la legislación electoral
vigente en la UCM.
• Un representante del personal de administración y servicios (PAS), elegido
también de acuerdo con la normativa electoral vigente de la UCM.
• Un representante del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, que será
propuesto por el/la Decano/a a la Junta de Facultad, como Agente Externo
a la UCM.
2. La designación de los miembros de la Comisión de Calidad pertenecientes a
la UCM se realizará por la Junta de la Facultad de Psicología. La duración de
su mandato será de 4 años, excepto en el caso de los representantes de
estudiantes y del PAS, que estarán sujetos al período especificado en la
normativa electoral vigente de la UCM.
3. La designación de los Agentes Externos a la UCM miembros de la Comisión
de Calidad se realizará por la Junta de la Facultad de Psicología. La
duración de su mandato será de 2 años.
4. Los miembros de la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de
Psicología no podrán atribuirse las funciones de representación reconocidas
a ésta, salvo que expresamente se les hayan otorgado por acuerdo
válidamente adoptado, para cada caso concreto, por la propia Comisión de
Calidad.
Artículo 5. El Presidente
1. El/la Decano/a de la Facultad de Psicología ostenta la presidencia de la
Comisión de Calidad.
2. Corresponde al Presidente de la Comisión de Calidad de los Másteres de la
Facultad de Psicología:
a. Ejercer la representación de la Comisión de Calidad.
b. Decidir la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la
fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de
los demás miembros formuladas con la suficiente antelación.
c. Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos
por causas justificadas.
d. Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.
e. Asegurar el cumplimiento del ordenamiento jurídico.
f. Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Comisión de Calidad.
g. Invitar a asistir a las reuniones de la Comisión a personas que puedan
informar sobre temas específicos. En ningún caso las personas invitadas
tendrán derecho a voto.
h. Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de
Presidente de la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de
Psicología.
i. Ejercer los derechos que le corresponden como miembro la Comisión de
Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología.
3. La Comisión de Calidad podrá designar de entre sus miembros un
Vicepresidente. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa
legal, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente, y en su defecto,
por el miembro de la Comisión de Calidad de mayor categoría, antigüedad
y edad, por este orden, de entre sus componentes.
Artículo 6. El Secretario
1. La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología tendrá un
Secretario que tendrá las siguientes competencias:
a. Asistir a las reuniones con voz pero sin voto si no ostenta la condición de
miembro de la Comisión de Calidad, y con voz y voto si la Secretaría la
ostenta un miembro del mismo.
b. Efectuar la convocatoria de las sesiones por orden de su Presidente, así
como las citaciones a los miembros del mismo.
c. Recibir los actos de comunicación de los miembros con el Comisión de
Calidad y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones
o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
d. Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las
sesiones.
e. Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados.
f. Asistir y asesorar a la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad
de Psicología en el desarrollo de sus funciones.
g. Si es miembro de la Comisión de Calidad, ejercerá aquellos derechos que
como tal le correspondan.
h. Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario.
2. La designación y el cese del Secretario se realizará por acuerdo de la
Comisión de Calidad.
3. En casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el
Secretario será sustituido por el miembro de la Comisión de Calidad
designado al efecto, a propuesta del Presidente.
Artículo 7. Agentes Externos
Los Agentes Externos participarán en las reuniones de la Comisión de Calidad, y
especialmente en las relativas a la toma de decisiones, revisión y propuestas de
mejora de la titulación.
Artículo 8. Derechos de los miembros de la Comisión de Calidad
Los miembros de la Comisión de Calidad tendrán derecho a:
a) Recibir, con la antelación mínima de 48 horas en el supuesto de sesiones
ordinarias y 24 horas en el de las sesiones extraordinarias, la convocatoria
de las reuniones y el orden del día de las mismas.
b) Tener a su disposición, en igual plazo toda la documentación que contenga
la información necesaria para el debido tratamiento de los asuntos que
figuren en el orden del día.
c) Participar en los debates de las sesiones.
d) Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar
el sentido de su voto y los motivos que lo justifican. El ejercicio del voto es
personal, intransferible e indelegable.
e) Formular ruegos y preguntas.
f) Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas.
g) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición.
Artículo 9. Deberes de los miembros de la Comisión de Calidad
Son deberes de los miembros de la Comisión de Calidad:
a) Asistir a las sesiones de la Comisión de Calidad, así como contribuir a su
normal funcionamiento, participando en cuantas actividades sean precisas.
b) Presentar ante la Comisión de Calidad los temas que afecten a la misma.
c) Guardar secreto en los casos en que la naturaleza de la información así lo
requiera.
d) Abstenerse de intervenir en las decisiones de la Comisión de Calidad
cuando incurra en alguna de las causas previstas en la legislación del
régimen jurídico de las Administraciones públicas.
Artículo 10. Pérdida de la condición de miembro de la Comisión de
Calidad
La condición de miembro de la Comisión de Calidad se pierde:
a) Por renuncia voluntaria formalizada por escrito ante el Presidente de la
Comisión
b) Por cese en el cargo o grupo por el que es miembro de la Comisión.
c) Por incapacidad para el ejercicio de las funciones inherentes a esa
condición.
d) Por fallecimiento.
e) Por decisión judicial firme que anule su elección o proclamación.
h) Por finalización de la representación del periodo para el que fue designado.
i) Por cese acordado por la Junta de la Facultad de Psicología.
TÍTULO SEGUNDO. DEL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE
CALIDAD
Artículo 11. Sesiones
1. La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología se
reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias.
2. En sesiones ordinarias habrá de reunirse, al menos, dos veces por curso
(una vez por semestre).
3. La Comisión de Calidad se reunirá en sesiones extraordinarias por iniciativa
del Presidente o cuando así lo solicite un mínimo del 20% del total de
miembros. La convocatoria de estas sesiones se realizará con una
antelación mínima de veinticuatro horas y contendrá el orden del día de la
reunión.
4. Por razones de urgencia, el Presidente, previo acuerdo de la Comisión de
Calidad, podrá convocar verbalmente nueva reunión de la misma durante
la celebración de una sesión, enviándose notificación urgente a los
miembros no presentes.
Artículo 12. Convocatoria y orden del día.
1. Los miembros de la Comisión de Calidad deberán recibir la convocatoria,
con el orden del día, con una antelación mínima de 48 horas, excepto en el
supuesto de sesiones extraordinarias que será de 24 horas.
2. La convocatoria, junto al orden del día y la documentación correspondiente,
se realizará por cualquier medio que permita tener constancia de su
recepción. Siempre que los medios disponibles lo permitan, la convocatoria
y la restante documentación, serán remitidos por medios electrónicos,
quedando los originales depositados en la secretaría respectiva a
disposición de los miembros.
3. El orden del día se fijará por el Presidente, e incluirá, necesariamente,
aquellos puntos que hayan sido solicitados por el 20% de los miembros de
la Comisión de Calidad. No podrá ser objeto de deliberación, votación ni
acuerdo, ningún asunto no incluido en el Orden del Día, salvo que se hallen
presentes todos los miembros de la Comisión de Calidad y sea declarada la
urgencia por el voto favorable de la mayoría de los miembros.
4. En el Orden del día podrá especificarse qué asuntos podrán ser aprobados,
si no existe oposición, sin necesidad de deliberación.
Artículo 13. Comunicaciones electrónicas
1. Las comunicaciones a los miembros de la Comisión de Calidad se
practicarán utilizando los medios telemáticos que la Universidad ponga a
disposición de la comunidad universitaria. El miembro de la Comisión de
Calidad que carezca de medios o no quiera recibir la documentación por
medios telemáticos lo comunicará al Secretario de la Comisión.
A tal fin, una vez efectuada su designación, los miembros de la Comisión de
Calidad habrán de facilitar al Secretario una dirección de correo electrónico, a la
que habrán de dirigirse las comunicaciones de toda índole. Los miembros de la
Comisión de Calidad habrán de comunicar al Secretario los eventuales cambios
de dirección de correo electrónico que se produzcan.
2. La comunicación a los miembros de la Comisión de Calidad practicada por
medio telemático, sólo será válida si existe constancia de la recepción, de
sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica de
manera fiable al remitente y al destinatario.
3. La comunicación se entenderá practicada a todos los efectos legales en el
momento en que se produzca el acceso a su contenido en la dirección
electrónica facilitada. Cuando, existiendo constancia de la recepción de la
notificación en la dirección electrónica, transcurrieran cuatro días naturales,
para las convocatorias de sesiones ordinarias y veinticuatro horas, para las
convocatorias de sesiones extraordinarias, sin que se acceda a su
contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada, salvo que de
oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o
material del acceso.
Artículo 14. Desarrollo de las sesiones
1. La Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad de Psicología
quedará válidamente constituida a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, en primera convocatoria cuando
concurran, al menos, la mitad de sus miembros, el Presidente y el
Secretario –o las personas que le sustituyan–, y en segunda convocatoria,
media hora después, cuando concurran, como mínimo un tercio de sus
miembros, el Presidente y el Secretario.
2. La participación en las deliberaciones y votaciones es personal e
indelegable.
3. Nadie podrá ser interrumpido en el uso de la palabra, salvo por el
Presidente.
4. Para proceder al debate, el Presidente abrirá un turno de intervenciones. A
la vista de las peticiones de palabra se podrá fijar por el Presidente,
limitaciones de tiempo de su uso.
5. El cierre de la discusión podrá acordarlo el Presidente, previo aviso, una vez
hayan intervenido los que han solicitado el uso de la palabra o hayan
renunciado a la misma.
6. Una vez cerrada la discusión el Presidente presentará la propuesta o
propuestas objeto de votación.
7. Los miembros de a Comisión de Calidad podrán ser llamados al orden
cuando con interrupciones, o de cualquier otra forma, alteren el orden de
las sesiones o cuando pretendan seguir haciendo uso de la palabra una vez
que ésta les haya sido retirada. Después de haber sido llamado por tres
veces al orden un miembro de la Comisión de Calidad en una misma
Sesión, el Presidente podrá imponerle la prohibición de asistir al resto de la
misma.
Artículo 15. Cuestiones de orden.
1. Se considerarán cuestiones de orden, entre otras, la propuesta de
aplazamiento de debate, las limitaciones en las intervenciones, la propuesta
de suspensión o la propuesta de votación.
2. Las cuestiones de orden se decidirán, en caso necesario, por votación a
mano alzada.
Artículo 16. Adopción de acuerdos
1. Los acuerdos se adoptarán por asentimiento o por votación pública a mano
alzada, a propuesta de su Presidente, exigiéndose en este último caso la
mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, el presidente
dispondrá de voto de calidad. En todo caso la propuesta de modificación del
Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Calidad requerirá su
aprobación por mayoría absoluta.
2. Excepcionalmente, los acuerdos podrán adoptarse por votación secreta a
petición de alguno de sus miembros. Siempre será secreta la votación
referida a personas. Realizada una propuesta por el Presidente, se
considerará aprobada la misma por asentimiento, si ningún miembro
solicita la votación ni presenta objeción u oposición a la misma.
3. Una vez anunciado el comienzo de una votación por el Presidente, ningún
miembro podrá interrumpirla salvo para plantear una cuestión de orden
relativa a la forma en que se está efectuando la votación.
4. No se podrá votar ningún asunto que no figure expresamente en el Orden
del Día, salvo que estén presentes todos los miembros de la Comisión, se
proponga al inicio de la sesión, y sea declarada la urgencia del asunto por
el voto favorable de la mayoría.
Artículo 17. Actas.
1. De cada sesión que celebre la Comisión de Calidad de los Másteres de la
Facultad de Psicología se levantará acta por el Secretario, que especificará
necesariamente los asistentes, el orden del día de la reunión, las
circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos
principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos
adoptados.
2. En el acta figurará el acuerdo o acuerdos adoptados. Asimismo a solicitud
de los respectivos miembros del Comisión de Calidad, el voto contrario al
acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el
sentido de su voto favorable. Cualquier miembro tiene derecho a solicitar la
transcripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en
el acto, o en el plazo que señale el Presidente, el texto que se corresponda
fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o
uniéndose copia a la misma.
3. Los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario podrán formular voto
particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, que se
incorporará al texto aprobado. Los votos particulares se limitarán a exponer
las razones de la discrepancia.
4. Cuando los miembros de la Comisión de Calidad voten en contra o se
abstengan, quedarán exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda
derivarse de los acuerdos.
5. Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión, pudiendo no
obstante emitir el Secretario certificación sobre los acuerdos específicos
que se hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobación del acta. En
las certificaciones de acuerdos adoptados emitidas con anterioridad a la
aprobación del acta se hará constar expresamente tal circunstancia.
6. Las Actas deberán ser firmadas, en la última página y al margen de cada
una de las demás, por el Secretario y serán visadas por el Presidente. Las
hojas deberán ser numeradas correlativamente, a partir del número 1.
Serán archivadas en la secretaría de la Comisión de Calidad bajo la
responsabilidad del Secretario.
7. El Secretario remitirá una copia del Acta de cada sesión a todos los
miembros de la Comisión de Calidad a la mayor brevedad posible, y en
todo caso, junto con la convocatoria de la siguiente sesión de la Comisión
en la que haya de ser aprobada.
8. El Acta de una sesión deberá ser aprobada al comienzo de la siguiente.
9. Cualquier miembro de la Comisión de Calidad que no esté de acuerdo con
el contenido del Acta podrá solicitar por escrito, las modificaciones que
considere. Quien haya actuado como Secretario en la sesión del Acta en
cuestión, podrá no estimar correctas las modificaciones, en cuyo caso
podrá rechazar motivadamente las modificaciones que se planteen, sin
perjuicio del sometimiento a aprobación de la misma.
Artículo 18. Efectos de los acuerdos
1. Los acuerdos y decisiones adoptados por la Comisión de Calidad tendrán los
efectos que les sean propios en función de su contenido y de lo establecido
en la normativa vigente.
2. Los acuerdos y decisiones adoptados por la Comisión de Calidad se
comunicarán a los interesados para realizar los cambios y mejoras
oportunas. Asimismo se elevarán a la Junta del Centro para su
conocimiento y, en su caso, para su ratificación.
TÍTULO TERCERO. DE LA COMISIÓN DE CALIDAD EN FUNCIONES
Artículo 19. Actuación en funciones
Los miembros de la Comisión de Calidad, una vez finalizado su mandato,
continuarán en funciones hasta la elección de los nuevos miembros y limitarán
su gestión a la adopción de acuerdos sobre asuntos de trámite, absteniéndose de
adoptar, salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de
interés general para la Titulación, cuya acreditación expresa así lo justifique,
cualesquiera otros acuerdos.
TÍTULO CUARTO. DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE
FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD
Artículo 20. Reforma del Reglamento
La propuesta de modificación del presente reglamento requerirá los votos
favorables de la mayoría absoluta de los miembros de la Comisión de Calidad de
los Másteres de la Facultad de Psicología. Aprobada la modificación, la propuesta
se remitirá a la Junta del Centro para su aprobación.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- El presente Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Calidad de
los Másteres de la Facultad de Psicología entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Complutense de
Madrid.
2. Procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la
enseñanza y el profesorado.
a) Evaluación y calidad del profesorado del Máster de Técnico
Superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad en
Ergonomía y Psicosociología Aplicada
En este Máster se seguirán los procedimientos de evaluación y calidad del
profesorado, establecidos en el Programa DOCENTIA de la Universidad
Complutense, y verificados por la ANECA, con fecha de 31 de Marzo de
2008.
(http://www.ucm.es/dir/2423.htm)
b) Calidad de la Enseñanza
La Comisión de Calidad del Máster de Técnico Superior en Prevención de
Riesgos Laborales, especialidad en Ergonomía y Psicosociología Aplicada,
elaborará anualmente un informe sobre la marcha del mismo, para lo cual
recabará información de aquellos estamentos pertinentes:
Secretaría de alumnos de la Facultad de Psicología y sus
programas de gestión informática
Servicio de Coordinación y Gestión Académica
Dirección de los Departamentos y Secciones Departamentales
participantes
Dirección del propio Máster, que la recabará de los Profesores
Coordinadores de las asignaturas
Decanato de la Facultad de Psicología, UCM
Otros procedimientos de recogida de información
En dicho informe se recogerá y analizará información sobre los siguientes
aspectos:
Difusión del programa formativo.
Acceso e ingreso de estudiantes incluyendo planes de acogida o
tutorización.
Coordinación del profesorado de la titulación.
Orientación formativa a los estudiantes y también orientación
sobre salidas profesionales.
Recursos e infraestructuras de la titulación.
Estructura y características del profesorado y personal de apoyo de
la titulación.
Información general sobre la matrícula y estructura de grupos de
docencia, movilidad de estudiantes, estudiantes en prácticas y
otros.
Con este informe, la Comisión de Calidad elaborará una propuesta de
mejoras y la remitirá, para su aprobación, a la Junta de Facultad. La
Comisión de Calidad realizará el seguimiento de la aplicación de las
mejoras propuestas y aprobadas por la Junta de Facultad, elaborando
posteriormente el correspondiente informe y responsabilizándose de su
posterior difusión.
c) Cumplimiento de objetivos formativos y resultados de aprendizaje
Los objetivos formativos globales y finales se miden en las Prácticas en
Empresa y en el Trabajo Fin de Máster. Además, se utilizarán los
indicadores que se mencionan a continuación y también la opinión del
profesorado y del alumnado expresada en las encuestas de satisfacción.
Se elaborarán los siguientes indicadores:
Tasa de eficiencia (relación porcentual entre el número total de
créditos establecidos en el plan de estudios y el número total de
créditos en los que han tenido que matricularse a lo largo de sus
estudios el conjunto de estudiantes titulados en un determinado
curso académico).
Tasa de abandono (relación porcentual entre el número total de
estudiantes de una cohorte de nuevo ingreso que debieron
finalizar la titulación el curso anterior y que no se han matriculado
ni en ese curso ni en el anterior).
Tasa de graduación (porcentaje de estudiantes que finalizan la el máster en el tiempo previsto en el plan de estudios (d) o en un
año más (d+1) en relación con su cohorte de entrada).
Tasa de rendimiento (porcentaje de créditos superados respecto
a créditos matriculados).
Tasa de éxito (porcentaje de créditos superados respecto a
créditos presentados a examen).
Tasa de alto rendimiento (porcentaje de calificaciones de
notable o superior respecto a créditos superados).
La Comisión de Calidad analizará estos datos y emitirá anualmente
propuestas de mejora a la Junta de Centro y a los Departamentos
implicados en la docencia de la titulación.
3. Procedimiento para garantizar la calidad de las prácticas externas y los programas de movilidad.
a) Prácticas externas
El Máster de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales,
especialidad en Ergonomía y Psicosociología Aplicada tiene como objetivo
global la capacitación de sus estudiantes para el desempeño profesional, en
las funciones del ámbito de la prevención de riesgos laborales, y
concretamente en el área de Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Cuenta,
por ello, con una materia profesional constituida por las Prácticas
Externas. Para poder iniciar esta materia es necesario tener superado el
total de las materias del módulo de Parte común y de Especialización en
Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Las Prácticas Externas se realizarán en una empresa u organización a
través de un convenio entre la misma y la Universidad Complutense de
Madrid. Este convenio puede generarse desde la Unidad de Prácticas
Externas de la Facultad de Psicología, desde el COIE de la Universidad
Complutense o desde la Fundación Universidad-Empresa.
En el Máster de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales,
especialidad en Ergonomía y Psicosociología Aplicada las prácticas externas
tienen un carácter obligatorio, se podrán realizar en instituciones,
consultoras y empresas públicas o privadas con las que exista el
correspondiente Convenio establecido por la UCM.
Estas prácticas tienen un valor de 9 créditos ECTS. Se encuentran ubicadas
en el segundo semestre del curso del Máster y son obligatorias.
Las prácticas externas tienen como objetivo formativo que los alumnos
completen la formación académica adquirida en el Centro mediante las
diferentes funciones que pueden desempeñar en los Centros, Instituciones
o Empresas donde realizarán dichas prácticas.
Estas prácticas serán tuteladas por un tutor interno (profesor) y un tutor
externo (vinculado a la institución o empresa donde se desarrollen las
prácticas).
La consecución de los objetivos formativos de las prácticas será objeto de
análisis por la Comisión de Calidad del Máster que realizará el seguimiento
del desarrollo de las prácticas, y procederá a su evaluación, para ello
utilizará los siguientes indicadores:
Grado de satisfacción de los estudiantes, a través de
cuestionarios o Informe de los tutores internos y externos de las
prácticas
Informe de los Profesores Tutores o porcentaje de alumnos que
participan en las prácticas.
Esta comisión comunicará los resultados a las partes implicadas y
propondrá las medidas de mejora necesarias para conseguir los objetivos
previstos.
b) Movilidad
Los programas de movilidad, si es el caso, serán objeto de un seguimiento
y evaluación que permita la mejora continua mediante propuestas de
mejora por parte de la Comisión de Calidad de los Másteres de la Facultad
de Psicología.
La gestión de los programas de movilidad del Máster se realiza por la
Oficina de Relaciones Exteriores y Prácticas Externas de la Facultad de
Psicología, y la Comisión de Calidad del Centro.
La Comisión de Calidad realizará un seguimiento y evaluación anual que
permita la mejora continua y para ello, se utilizaran los siguientes
indicadores:
Porcentaje de participación en los programas de movilidad
Índice de satisfacción de los estudiantes que se obtendrá por
medio de encuestas a los mismos.
Se recogerá la información proporcionada por la Comisión de Movilidad del
Centro que será analizada y valorada por la Comisión de Calidad de
Másteres de la Facultad.
La Dirección del Máster y los Profesores Tutores de Prácticas Externas
seleccionarán los entornos profesionales donde se remitan a los alumnos
en función de los criterios establecidos de calidad para el desarrollo de las
competencias profesionales de los alumnos.
En la descripción de la materia de Prácticas Externas se exponen los
sistemas de evaluación que permitan garantizar la calidad de las mismas.
Desde la Dirección del Máster, se propiciarán encuentros con los tutores de
las empresas en actividades tales como Mesas Redondas, Conferencias,
etc.
En la medida en que la trayectoria curricular y académica lo garantice, se
ofertará a los estudiantes del Máster la posibilidad de realizar las Prácticas
Externas en el extranjero, en programas internacionales que se oferten
desde la Universidad o desde las propias empresas, si disponen de la
opción de prácticas en sus oficinas fuera del territorio nacional.
Así mismo, el Máster de Técnico Superior en Prevención de Riesgos
Laborales, especialidad en Ergonomía y Psicosociología Aplicada
garantizará la movilidad de sus estudiantes mediante el ajuste de sus
contenidos a las directrices que desde el Marco Europeo de Cualificaciones
(MEC) se proporcionen.
4. Procedimientos de análisis de la inserción laboral de los
egresados y de la satisfacción con la formación recibida. Uno de los resultados más importantes para valorar la eficacia del Programa
Formativo, es el impacto que éste tiene en el cumplimiento de las expectativas
de desarrollo personal y profesional de los egresados de dicho programa, así
como la opinión de la utilidad de las competencias adquiridas en el curso de
dicho Programa.
Dos años después de que salgan los primeros titulados de los másteres, el
Rectorado de la Universidad Complutense, con la participación de la Oficina para
la Calidad y la Escuela de Estadística, tiene previsto promover la realización de
encuestas para conocer el nivel de inserción laboral de los distintos Másteres, así
como la adecuación de la formación recibida en dichos estudios para dicha
inserción laboral. Ésta es una práctica que desde el año 2001-2002, viene
realizando por encargo del Consejo Social de la Universidad
Así mismo, y para facilitar la inserción en el mercado de trabajo de los alumnos
del Máster de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad
en Ergonomía y Psicosociología Aplicada, se pondrá un especial cuidado en
atender, a través de las Prácticas Externas y el Trabajo Fin de Máster las
necesidades específicas demandadas por el sector.
Se recabará, además información, al menos, del Colegio Oficial de Psicólogos, y
de las organizaciones empresariales, y sobre la inserción laboral y la adecuación
de la formación recibida. Para ello, cada curso académico la Comisión de Calidad
enviará a estas organizaciones cuestionarios o le solicitará la disponibilidad de
informes sobre este tema.
La Comisión de Calidad valorará toda esta información para hacer propuestas de
mejora relativas a los planes formativos que remitirá a la Junta de Facultad para
su aprobación y puesta en marcha.
5. Procedimiento para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de
administración y servicios, etc.) y de atención a la sugerencias y reclamaciones. Criterios específicos en el caso
de extinción del título 5.1. Satisfacción de los actores implicados en el Máster de Técnico
Superior en Prevención de Riesgos Laborales, Especialidad en
Ergonomía y Psicosociología Aplicada
La información sobre la valoración global y sobre aspectos específicos de la
titulación y de los actores implicados en la misma (alumnado, profesorado y
personal de apoyo) se obtendrá mediante encuestas. Para la realización de estas
encuestas se cuenta con la ayuda técnica de la Oficina para la Calidad de la UCM
que elaborará los cuestionarios y llevará a cabo el tratamiento analítico de la
información facilitada en los mismos.
La Comisión de Calidad de la Titulación se encargará de la aplicación de los
cuestionarios y de su envío a la Oficina para la Calidad de la UCM para su
procesamiento y análisis.
En la tramitación de los procedimientos ante la Comisión de Calidad se seguirán
todas las garantías legalmente previstas para los procedimientos
administrativos.
La Comisión de Calidad actuará de oficio o a instancia de parte en relación con
las sugerencias y observaciones que sean susceptibles de necesitar su
intervención.
Cualquier implicado en el desarrollo del Máster podrá dirigirse a la Comisión de
Calidad a título individual o colectivo.
5.2. Procedimiento para la atención a las sugerencias o reclamaciones
Los métodos para conocer la opinión de los estudiantes y sus sugerencias para la
mejora del Programa son:
• Recogida de la opinión de los estudiantes, al menos al finalizar cada
materia, en donde se incluye un apartado sobre los puntos fuertes de
la materia y las áreas de mejora.
• Realización de una reunión entre la coordinación del Programa de
Máster y los estudiantes, al menos una vez al semestre, que sirve
como mecanismo de evaluación formativa del Programa.
• Disposición de un buzón de sugerencias electrónico en la página web
del Programa, que es gestionado por la Dirección del mismo.
• Para la gestión de las reclamaciones, los centros tienen establecido un
procedimiento específico para la recogida, la resolución y el control del
número y tipo de reclamación.
La Comisión de Calidad del Máster será responsable del proceso de resolución de
reclamaciones y de la incorporación de las sugerencias a las propuestas de
mejora del título. Todas las reclamaciones y sugerencias que los implicados en el
desarrollo del Máster de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales.
Especialidad en Ergonomía y Psicosociología Aplicada deseen realizar serán
dirigidas a la Comisión de Calidad del Centro.
La Comisión de Calidad del Máster actuará de oficio o a instancia de parte en
relación con las solicitudes, reclamaciones, sugerencias y observaciones que
sean susceptibles de necesitar su intervención. Cualquier implicado en el Máster
(profesorado, PAS, alumnado), sin restricción alguna, podrá dirigirse a la
Comisión a título individual o colectivo.
Procedimiento de actuación:
a) Reclamaciones
Las reclamaciones serán formuladas por el interesado mediante la
presentación de un escrito que contenga sus datos personales, el sector
de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio a efectos de
notificación, y en el que se concretarán con suficiente claridad los hechos
que originan la queja, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea
y la petición que se dirige a la Comisión de Calidad del Máster. El escrito
se presentará con libertad de forma, si bien se publicarán en la página
web del Centro impresos que faciliten la presentación de la reclamación.
Los interesados podrán recabar de la Comisión de Calidad dichos
impresos así como asesoramiento para cumplimentarlos, o bien presentar
sus propios escritos de reclamación.
1. La Comisión de Calidad del Máster efectuará el registro de todas
las reclamaciones y enviará el correspondiente acuse de recibo a
los que hayan presentado el escrito. A estos efectos, la Comisión
de Calidad dispondrá de un registro propio, no integrado en el
sistema general de registros de la Universidad Complutense. Dicho
registro tendrá carácter reservado al objeto de garantizar la
confidencialidad de los asuntos.
2. La Comisión no admitirá las reclamaciones y observaciones
anónimas, las formuladas con insuficiente fundamento o
inexistencia de pretensión y todas aquellas cuya tramitación cause
un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo
caso, comunicará por escrito a la persona interesada los motivos
de la no admisión.
3. La Comisión no entrará en el examen individual de aquellas
reclamaciones sobre las que esté pendiente resolución judicial o
expediente administrativo y suspenderá cualquier actuación si, en
el transcurso de su tramitación, se iniciara un procedimiento
administrativo o se interpusiera demanda o recurso ante los
tribunales ordinarios. Ello no impedirá, no obstante, la
investigación de los problemas generales planteados en las
reclamaciones presentadas. Admitida la reclamación, la Comisión
de Calidad del Máster promoverá la oportuna investigación y dará
conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por
su contenido.
4. En la fase de investigación del procedimiento se realizarán las
actuaciones pertinentes para comprobar cuantos datos fueran
necesarios, mediante el estudio de la documentación necesaria y
realización de entrevistas personales; la Comisión de Calidad
podrá recabar los informes externos que sean convenientes.
5. Una vez concluidas sus actuaciones, notificará su resolución a los
interesados y la comunicará al órgano universitario afectado, con
las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes
para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.
6. En todo caso resolverá dentro del plazo de tres meses desde que
fue admitida la reclamación.
b) Sugerencias
Asimismo se pondrá a disposición de los actores implicados
(profesorado, alumnado y PAS) un Buzón de Sugerencias para
todas aquellas propuestas que tengan como finalidad promover la
mejora de la calidad de la Titulación.
Las decisiones y resoluciones de la Comisión de Calidad del Centro no tienen la
consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno;
tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por sí mismas acuerdos
o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad.
Toda la información y análisis referentes a las encuestas de satisfacción y el
tratamiento de reclamaciones y sugerencias, se incorporará al Sistema de
Información del propio Máster, para que la Comisión de Calidad del Máster la
incorpore a sus informes y propuestas de mejora. También se incorporaran los
correspondientes indicadores de cumplimiento de objetivos formativos y de
aprendizaje, como Tasa de: Eficiencia, Abandono, Graduación, Rendimiento y
Éxito.
5.3. Criterios específicos en el caso de extinción de los planes de
estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales
En cuanto a los criterios específicos para la extinción del Máster de Técnico
Superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad en Ergonomía y
Psicosociología Aplicada serán los mismos motivos ya establecidos para la
extinción de los planes de estudios conducentes a títulos oficiales:
No haber superado el proceso de evaluación para su acreditación
(previsto en el artículo 27 de Real Decreto 1393/2007) y el plan de
ajustes no subsane las deficiencias encontradas.
Si se considera que el título ha realizado modificaciones en el plan de
estudios que supongan un cambio notable en los objetivos y naturaleza
del título (RD 1393/2007 art. 28).
A petición del Centro, tras la aprobación en Junta de Facultad, de forma
razonada por no superar 10 alumnos matriculados en tres años
consecutivos, o por no contar con los recursos humanos y materiales
adecuados para impartir la docencia. O bien a petición motivada y
justificada del Consejo de Gobierno de la UCM o de la Comunidad de
Madrid en ejercicio de las competencias atribuidas legal o
reglamentariamente.
Si la inserción laboral de los egresados fuera inferior al 10% durante
cinco años, la Comisión de la Titulación deberá analizar el interés
profesional del Título, emitir un informe proponiendo acciones de mejora
del Título o su extinción.
La Oficina para la Calidad de la UCM se encargará de incorporar dichos criterios
al Archivo documental del Título.
En caso de suspensión del Título de Máster de Técnico Superior en Prevención de
Riesgos Laborales, especialidad en Ergonomía y Psicosociología Aplicada, se
garantiza el adecuado desarrollo de las enseñanzas que hubieran iniciado los
estudiantes hasta su finalización, y que contemplen entre otros los siguientes
puntos:
No admitir matrículas de nuevo ingreso en la titulación.
La implantación de acciones específicas de tutorías y de orientación para
los estudiantes repetidores.
Garantizar el derecho a evaluación hasta agotar las convocatorias
reguladas en la normativa específica de la UCM.
5.4. Difusión y publicidad de los resultados del seguimiento del Sistema
de Garantía Interna de Calidad
El Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid difundirá los resultados
del seguimiento de garantía interna de calidad del Máster de Técnico Superior en
Prevención de Riesgos Laborales, especialidad en Ergonomía y Psicosociología
Aplicada entre la comunidad universitaria y la sociedad en general utilizando
medios informáticos (inclusión en la página Web institucional), documentales,
propiciando foros y Jornadas de debate y difusión.
Por su parte, la Facultad de Psicología se compromete a difundir y poner a
disposición de la sociedad los resultados obtenidos en el tema de calidad dentro
del Sistema de Garantía Interna de Calidad del Máster de Técnico Superior en
Prevención de Riesgos Laborales, especialidad en Ergonomía y Psicosociología
Aplicada, mediante la publicación de la memoria anual en su página web, así
como también mediante la organización de una jornada informativa. La Facultad
invitará a la comunidad universitaria y a representantes de la sociedad en
general a participar en dicha jornada.
5.5. Sistema de Información
Se creará un Sistema de Información que recogerá sistemáticamente todos los
datos e información necesarios para realizar el seguimiento y evaluación de
calidad del título y su desarrollo, así como de las propuestas de mejora.
Por su parte, la Facultad de Psicología se compromete a difundir y poner a
disposición de la sociedad los resultados obtenidos en el tema de calidad dentro
del Sistema de Garantía Interna de Calidad del Máster.
El Sistema de Información de la Titulación incluye, entre otros, los siguientes
procedimientos y fuentes de datos:
Memoria anual del funcionamiento de la titulación en la que se
incluirá, al menos, la información, indicadores y análisis relativos a la
garantía interna de calidad.
Propuestas de mejora de la Comisión de Calidad de la Titulación y
seguimiento de las mismas.
Evaluación del profesorado mediante la aplicación del Programa
Docentia.
Sistemas de verificación del cumplimiento por parte del profesorado
de sus obligaciones docentes.
Reuniones de coordinación. Dos reuniones anuales (una al final de
cada semestre) en las que se recogerán las valoraciones y reflexiones
del periodo académico correspondiente, así como la programación
anual.
Resultados de las encuestas de satisfacción al alumnado, profesorado
y personal de apoyo.
Informe de quejas, reclamaciones y sugerencias.
Información de las bases existentes de matrícula, actas y otras
facilitadas por la Vicegerencia de Gestión Académica.
Resultados de las encuestas de inserción laboral.