19
Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos Página | 1 Una visión Jurídica y Filosófica de Asignatura : Derechos Humanos Profesor : Ricardo Andrade Iturra Alumno : Miguel Ángel Silva Ramírez Sección : 61 Nivel : IV Semestre de Derecho

Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Embed Size (px)

DESCRIPTION

filosofia

Citation preview

Page 1: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Página | 1

Una visión Jurídica y Filosófica de

los Derechos Humanos

Asignatura : Derechos HumanosProfesor : Ricardo Andrade IturraAlumno : Miguel Ángel Silva RamírezSección : 61Nivel : IV Semestre de Derecho

29 de Noviembre de 2014

Page 2: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

ContenidoIntroducción........................................................................................................................ 3Democracia y Derechos Humanos......................................................................................4Miradas Jurídica y Filosóficas postmodernas......................................................................5Giro Democrático y Ético de la Filosofía.............................................................................7Perspectivas Jurídica y Filosófica........................................................................................8Idea y filosofía de la Persona Humana................................................................................9Precisiones del Término “Derechos Humanos”.................................................................10Fundamentos de los Derechos Humanos.......................................................................12Conclusiones.................................................................................................................... 13

Página | 2

Page 3: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Introducción

Desde la aparición del hombre en la tierra y de su sociabilización es que se ha auto adjudicado ciertas facultades que hoy conocemos como derechos, claro que en un principio nuestros antepasados no tenían idea de lo que pretendían ejercer, con el paso del tiempo y el aumento de la población de nuestra especie, los derechos van adquiriendo mayor fuerza en pro de los beneficios que pueden involucrar. El sin fin de acontecimientos históricos de la humanidad van forjando y modificando lentamente estos derechos que cada persona y en su conjunto ostenta, llegando a nuestros días en los cuales es inconcebible la existencia en sociedad sin este conjunto de derechos que le pertenecen a cada uno de los individuos de nuestro planeta.

Lo cierto es que hoy en día existe una multiplicidad de derechos y obligaciones de distinta índole, de distinto origen, de distinta cultura y no menos importante de distinta historia, los derechos humanos son uno de ellos y vienen en ser el conjunto de derechos que sobrepasa nuestras fronteras.

En la actualidad, ya instaurados por distintos motivos, estos Derechos Humanos son una parte importante de la sociedad, difícil es de entender esta cuestión, si no se tiene el conocimiento suficiente de todo lo que implica este tema.

En el siguiente ensayo daré una visión o mejor dicho una opinión de la importancia de esta materia, objeto de estudio y en una opinión muy personal, bastante manoseada tanto por los medios de comunicación y por la misma sociedad a la cual pretende proteger.

Página | 3

Page 4: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Democracia y Derechos Humanos

La gran incógnita es: ¿Verdaderamente que es una Democracia?, ¿puede corresponder al modelo estadounidense?, el cual se contradice constantemente en su búsqueda de expandir el modelo democrático, o puede ser también el modelo alemán o mejor el suizo, que curiosamente a pesar de ser un país de no más de 41.258 km2 y de no poseer más de 8.5 millones de habitantes, que al compararlo con la región metropolitana que posee una superficie de 15.403,2 km2 y una cantidad de habitantes de 7.2, 1 que es muy similar a Suiza, su democracia es bastante más sólida y mucho más fuerte que la nuestra.

¿Qué razón nos puede explicar este fenómeno?, teniendo los mismos elementos de un estado, no es posible entender por qué no alcanzamos esta tan ansiada democracia en plenitud y así lograr un entendimiento social que nos lleve al pleno desarrollo. En lo particular tengo mi propia teoría que se adscribe al “Ideal Portaliano”.

El Respeto al Orden o autoritarismo: mientras no exista una institucionalidad sólida y una cultura cívica bien cimentada, lo más conveniente es imponer una autoridad fuerte. La impersonalidad, profesionalidad y 1 Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas (INE) (septiembre de 2014). «Población País y Regiones - Actualización 2002-2012 Proyección 2013-2010». www.ine.cl.

probidad de los cargos públicos, La autoridad debe ser sobria, con vocación de servicio público y sin ánimo de personalizar funciones de estado el control de las Fuerzas Armadas, el carácter disciplinador del Estado, la población chilena poco instruida no está preparada para un gobierno democrático.

Ahora bien, ¿dónde encajaría en este esquema los Derechos Humanos?, según la visión de Jorge Millas no cabe en este ideal y según los conceptos de Norberto

Bobbio, Democracia y Derechos Humanos van por un mismo carril. Sin embargo la opinión de John Dewey podría acercarse a lo que Portales decía hace más de 150 años atrás en un lugar recóndito del mundo.

Los Derechos humanos van de la mano con la democracia, no es posible uno sin lo otro, para lo cual es necesario reconocerlos, protegerlos y garantizarlos, razón plasmada en nuestra Constitución y que nos permite ejercerlos con plena

Página | 4

Norberto Bobbio

Page 5: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

libertad, sin embargo, como dijo Portales, “La democracia que tanto pregonan los ilusos es un absurdo en los países como los americanos, llenos de vicios y donde los ciudadanos carecen de toda virtud, como es necesario para establecer una verdadera República”.

El reconocimiento de los derechos humanos es uno de los fundamentos de la Democracia, no existiría esta sin ellos, pero no solo es necesario reconocerlos sino que también hay que protegerlos para su estricto cumplimiento por todos los integrantes de la nación, por tanto es de vital importancia que ellos estén en una ley que sea superior jerárquicamente, según Kelsen, a todos los demás componentes de nuestro ordenamiento jurídico y que además sea la base del principio de legalidad.

Miradas Jurídica y Filosóficas postmodernas.

Al hacer el ejercicio de investigar de donde viene la concepción de D.D.H.H., no podemos dejar de observar la mirada Jurídica de esta materia la cual se ha desarrollado en los últimos 60 años de manera abismante, el desarrollo de la Hermenéutica ha sido un gran aporte a este respecto.

El desarrollo de esta ciencia está vinculado con los acontecimientos históricos del último tiempo, a saber, Primera y Segunda Guerra Mundial, lo que nos permite establecer un punto de inflexión en el reconocimiento de estos derechos. Esto es el explosivo reconocimiento de los derechos fundamentales del ser humano que por años estuvieron presentes en la historia de la humanidad y de cierto modo la filosofía hace eco al dar un argumento fundamental a la existencia de estos.

No puedo dejar de mencionar otro hito histórico que marca la noción de reconocimiento de estos derechos, ya que efectivamente sin la Revolución de los Estados Continentales o mejor la Independencia de Estados Unidos de Norte América, sin este pequeño impulso los filósofos contemporáneos no posarían sus ojos en una mirada crítica en estos derechos. La atemporalidad de estos es fundamental al reconocimiento de los que son y emanan de la persona humana sin distinción de edad, raza, sexo o

Página | 5

Page 6: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

condición, puramente aplicados al ser humano, por el solo hecho de ser humano.

En resumen puedo mencionar que la mirada jurídica a los derechos humanos se sostiene en el crecimiento agigantado de dichos conceptos, con mayor fuerza dentro del último cuarto de milenio, donde la globalización y la velocidad de las comunicaciones marcan un factor relevante para la protección de estos derechos, a saber: hoy nos enteramos en 5 minutos de lo que pasa en la provincia más recóndita del Tibet, en circunstancias de que hace 25 o 35 años atrás podrían pasar años antes de saber lo que pasa en Arica.

De cierto es que esta modernización ha influenciado de sobremanera la percepción de los derechos humanos, pero en sentido contrario se ha desvirtuado el objetivo de estos.

Para los grandes filósofos del último tiempo, lo importante es más allá de delimitar el derecho humano, declararlo y protegerlo, es crear la conciencia de la existencia de los mismos, que además emanan de la persona humana, que siempre han existido y que no deben ser limitados, amenazados, perturbados o sencillamente extinguidos.

Página | 6

Page 7: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Giro Democrático y Ético de la Filosofía.

“Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están por naturaleza de razón y conciencia, deben conducirse fraternalmente los unos con los otros.

El cumplimiento del deber de cada uno es exigencia del derecho de todos. Derechos y deberes se integran correlativamente en toda actividad social y política del hombre. Si los derechos exaltan la libertad individual, los deberes expresan la dignidad de esa libertad”2.

Claramente los primeros párrafos del instrumento hacen referencia a la relación entre la democracia y la importancia de los derechos humanos, cuestión que en la actualidad van ligadas una de la otra, no se puede concebir la idea de un sistema democrático, sin la debida protección a los derechos humanos, más allá de la visión filosófica de estos, se compone de elementos necesarios para la coexistencia de los hombres en sociedad. Los estados son los llamados a proteger estos derechos que a mediados del siglo XX pasan a ser integrados en todo ordenamiento jurídico paulatinamente toman mayor fuerza al tener cada estado una visión ética de estos derechos.

2 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, IX Conferencia Internacional Americana, 2 de mayo de 1948.

La naturaleza de ellos surge de la dignidad del ser humano, vale decir por el solo hecho de ser humano se es propietario de un catálogo de derechos que son fundamentales. Esta situación se logra en nuestro país con la cuestionada constitución política de 1980, ya que en su génesis no es totalmente democrática puesto que no se constituye un poder constituyente propiamente tal sino una comisión de estudio y redacción de este máximo instrumento, que en su forma establece los lineamientos necesarios para las bases democráticas de nuestra república necesarios para las bases democráticas de nuestra república.

Entonces más allá de que el estado o gobierno garantice los derechos civiles o en otras palabras el derecho a votar, viene en cautelar y tutelar otros derechos que a estas alturas de nuestra historia son reconocidos a nivel mundial, a lo menos en la mayoría de las culturas occidentales y en una que otra oriental.

Página | 7

Page 8: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Perspectivas Jurídica y Filosófica.

Al instalarse la idea o concepto de derechos humanos, cualquiera sea el nombre que se le dé, se fusiona la filosofía con el derecho, en términos tales que se adaptan los conceptos ético-moral al ordenamiento jurídico e instalándolo como preceptos dentro de las mismas leyes, estos preceptos permiten entonces darle la positivización del derecho natural, llevándolo entonces a otro nivel e instalándolo definitivamente en todos los ordenamientos jurídicos que reconozcan estos derechos como fundamentales e inherentes del ser humano.

La Corte de Nüremberg instala en el escenario internacional un nuevo concepto de la humanidad, para la humanidad, en el capítulo II, artículo 6°, letra C “CRIMENES CONTRA LA HUMANIDAD: A saber, el asesinato, la exterminación, esclavización, deportación y otros actos inhumanos cometidos contra población civil antes de la guerra o durante la misma; la persecución por motivos políticos, raciales o religiosos en ejecución de aquellos crímenes que sean competencia del Tribunal o en relación con los mismos, constituyan o no una vulneración de la legislación interna de país donde se perpetraron”.

Como critica al tribunal, dentro del mismo artículo, se establece los crímenes que curiosamente se ajustan a los hechos perpetrados por los enjuiciados.

Sin embargo la definición de estos crímenes establece claros lineamientos para la concepción de humanidad y evidentemente que es lo que no se debe hacer contra de ella en ningún caso, y a su vez se instaura en el derecho penal sanciones para crímenes que no estaban definidos o delineados, esto en cada estado.

Es claro entonces que la filosofía hace su aporte para la concepción de ciertos delitos en contra de la naturaleza humana que antes de este acontecimiento no estaban ni reconocidos ni protegidos por ningún ordenamiento jurídico.

Página | 8

Page 9: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Idea y filosofía de la Persona Humana.

Desde un punto de vista estrictamente jurídico, se puede establecer una relación género – especie entre hombre y persona donde el hombre es el género y la persona es la especie, entonces el hombre se refiere al homo sapiens, hombre pensador, bueno, en la mayoría de los casos, pero la persona es aquella que posee la capacidad, capacidad de adquirir derechos y obligaciones, por tanto son diferentes conceptos, sin embargo en la filosofía moral presupone un concepto que reúne las características de ambos en un solo individuo definiéndolo como persona humana, que a oídos de cualquiera, sería una redundancia.

"hombre de Vitrubio"

Entendiendo el concepto es que humano y persona no es lo mismo, jurídicamente hablando, pero en términos generales podemos decir que ambos conceptos son lo mismo, para el caso debemos aunar criterios y establecer que persona y ser humano es exactamente lo mismo, lo que en términos de derechos humanos aplica a todo habitante de este planeta de la especie en cuestión, ergo ambos son dignos de aquellos derechos que son objeto de este ensayo.

Página | 9

Page 10: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Precisiones del Término “Derechos Humanos”.

Cada persona humana tiene estos derechos solo por pertenecer a la especie predominante y más abundante, dentro de los mamíferos, cada una de los aproximadamente 7.200.000.0003, de habitantes hasta el 2013 y más allá. Son derechos tan propios de la humanidad, que no pueden ser desafectados de ellos, son de cada persona y desde el momento de su existencia, le pertenecen, cada ordenamiento jurídico, cada sociedad, cada estamento de ella, los protege, el derecho a la vida, a un trato digno, al agua, a vivir en un ambiente libre de contaminación, y todo el amplio catálogo de derechos reconocidos y por reconocer.

Son garantías jurídicas y procesales, libertades esenciales de cada persona, hombre mujer y niño, no importando su edad, sexo o condición, tal como lo establecen los pactos de las Naciones Unidas y de la OEA a partir de la segunda mitad del siglo XX, y que ratificados por cada estado finalmente se diseminan entre las distintas naciones.

3 Fuente: http://datos.bancomundial.org/indicador/SP.POP.TOTL

Declaraciones de Derechos Humanos.

Una a una, desde la declaración más antigua, hasta la más reciente, van reafirmando los preceptos anteriores y adicionando nuevos, estos derechos se ven reforzados en el tiempo, desde la Magna Carta Libertatis de 1215 hasta Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, hemos presenciado los cambios que la humanidad ha experimentado, si bien desde 1215 hasta ahora se ha ampliado el catálogo de derechos humanos.

Carta Inglesa de Derechos (Bill of Rights) de 1689.

Declaración de Derechos de Virginia de 1776.

Declaración de Independencia de los Estados Unidos del 4 de julio de 1776.

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Franchimont de 1789.

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789

Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana de 1791.

Página | 10

Juan sin Tierra

Page 11: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1793

Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano de 1795.

Ley de derechos civiles de Estados Unidos de 1871

Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU en 1948.

Declaración de los Derechos del Niño de 1959

Carta Internacional de Derechos Humanos.

Convención Europea de Derechos Humanos.

Y de este listado de declaraciones de derechos humanos, solo por mencionar algunos, cada uno de estos instrumentos sirve de inspiración en corrientes filosóficas jurídicas, para mejorar los derechos humanos, reforzar su existencia, y cada vez más se incorporan a los ordenamientos jurídicos de los países que reconocen la existencia de los derechos humanos quedando fuera conceptos religiosos y político partidistas.

Página | 11

Page 12: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Fundamentos de los Derechos Humanos.

Frente a esta posición cabe señalar la doble concepción de los fundamentos de los derechos humanos, cierto es que sin fundamentos no existirían estos o más bien podrían ser concebidos de diferente manera o peor aún sus efectos serían diferentes.

El iusnaturalismo, desde mi punto de vista establece una mejor fundamentación de los derechos humanos, ya que al postular la pre-existencia, incluso antes de la supranacionalidad de estos derechos propone una fuerte pertenencia al mismo ser humano de estos derechos, que son esenciales e inherentes de la persona humana ya que estos emanan de ella y de una u otra forma ya sea por la vía positivista o consuetudinaria se integran a las diferentes legislaciones.

Siempre el iusnaturalismo propone y amplia el tiempo de existencia de estos derechos, y el iusnaturalismo racionalista viene en confirmar lo presentado en este texto.

Llama mi atención de sobremanera la teoría historicista que si bien propone a los derechos como resultado de su época le proporciona bastante fuerza a la idea de que estos son producto de acontecimientos que provocando conmoción mundial surge la necesidad de clarificar este derecho, por ejemplo, y a modo de ficción si durante las protestas de la Plaza de Tian'anmen del 4 de junio,

sin dejar de recordar además al hombre del tanque.

La idea de aquella revolución fue exigir derechos considerados como derechos humanos, vale decir y por nombrar algunos, el derecho a la libre expresión, derecho a cultura, y una variedad sin fin de derechos que aquel día 4 de junio de 1989, el Ejército Popular

de Liberación aplasta masacrando a la multitud donde finalmente con la muerte

de 2600 estudiantes, mueren también sus pretensiones.

Página | 12

Hombre del Tanque

Page 13: Una Visión Jurídica y Filosófica de Los Derechos Humanos

Una visión Jurídica y Filosófica de los Derechos Humanos

Conclusiones.

Al instalarse la idea o concepto de derechos humanos no puedo más que sentir rechazo por el uso o manipulación que se le da, tanto políticamente como socialmente, sin embargo al estudiar la concepción filosófica de estos derechos, es interesante saber que más allá de estas manipulaciones o en términos elegantes, “mal interpretaciones” es gratificante saber que en la actualidad ya están instalados y llegaron para quedarse.

Proporciona tranquilidad saber que gozamos de derechos que nos garantiza nuestro ordenamiento jurídico, nuestra Constitución, por otro lado no deja de conmover el hecho de saber de qué millones de personas a lo largo de nuestra historia sufrió vejámenes y crímenes que hoy en día no solamente son condenados, sino que además cuentan con el más amplio repudio y rechazo del planeta entero.

La globalización a su vez garantiza el cumplimiento de estos preceptos, si alguien tiene la genial idea de hacer un acto reñido con estos derechos en Moldavia, no pasará más de 5 minutos y la información se encontrará en internet y como ya sabemos, una imagen vale más que 1000 palabras, y tal vez en este caso vale más que 100.000 palabras.

Sin ir más lejos la presión mundial logra la caída del muro de Berlín y la apertura a la economía mundial de la República Popular China.

Atendiendo a las características principales y entendiendo cada una de ellas, más allá de ser características son elementos propios de los D.D.H.H. adoptados de derechos que existían anteriormente como el derecho a la propiedad

Página | 13