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GASTOS FINANCIEROS (NIC 23) 3 UNIDAD "Todos los derechos reservados. Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización del Centro de Estudios Financieros, CEF, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra (www.conlicencia.com; 91 702 19 70 / 93 272 04 47)".

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casos prácticos de la nic 23 de las Normas Internacionales de Contabilidad

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GASTOSFINANCIEROS(NIC 23)3

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1. INTRODUCCIÓN

Por lo general, un activo se registra en los libros sobre la base de su coste (en el momento de su reconocimiento inicial), incluyéndose en el mismo la totalidad de los gastos normales en que se incurre mientras se le prepara para el uso que se le va a dar.

Durante largo tiempo se ha debatido entre los profesionales de la contabilidad sobre la conveniencia de incluir el coste de los intereses en que se incurre durante el periodo de prepa-ración de los activos, sobre todo cuando este periodo es prolongado. Se han defendido, en este sentido, las siguientes alternativas:

a) No capitalizar interés alguno: los intereses no son un coste del activo, sino del di-nero, y este coste podía haberse evitado financiando la inversión con una emisión de acciones. Se argumenta además que los intereses no incrementan la utilidad del activo y que la capitalización no beneficia en nada la comparabilidad de la infor-mación, ya que supone que el mismo inmovilizado aparezca valorado por un im-porte mayor, si se toma prestado el capital preciso para construirlo o prepararlo.

b) Capitalizar los intereses en que se incurra durante el periodo de preparación del activo, que es el criterio generalmente aceptado en la actualidad.

c) Capitalizar tanto los gastos financieros de los préstamos como los intereses del capital aportado por los accionistas: el argumento es ahora que todos los fondos aportados tienen un coste, si no para la sociedad, sí para los propietarios.

Este problema comenzó a plantearse cuando las normas contables estadounidenses autori-zaron a las compañías de servicios públicos a capitalizar los intereses en que incurrían mientras acondicionaban para su uso sus activos de larga duración: no solo los devengados por los prés-tamos, sino también los costes financieros atribuidos a los fondos aportados por los accionistas, pasaban a incluirse en la base de cálculo para la depreciación de tales activos, imputándose a resultados a lo largo de su vida útil. La razón era permitir que los organismos administrativos que fijaban las tarifas tomasen en consideración dichos costes a la hora de regular su importe.

Lo atractivo de este enfoque hizo que pronto se extendiera fuera del ámbito de las em-presas reguladas la práctica de activar los costes financieros de los préstamos, a pesar de que estas empresas pueden vender al precio que quieran. Y es que, normalmente, las mayores in-versiones en activos inmovilizados tienen lugar al comienzo de la actividad, cuando los ingre-sos son nulos o muy escasos: la capitalización permitía presentar unos resultados más saneados en esos primeros ejercicios con el argumento de una mejor asociación entre ingresos y gastos.

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La NIC 23 es la norma que contiene los principios y reglas aplicables a la capitalización de gastos financieros. Obliga, como se verá, a capitalizar los gastos financieros directamente atribuibles a la adquisición, construcción, producción o preparación de un activo cualificado, y a contabilizar como gastos los demás. No se ocupa del cálculo de los gastos financieros de-vengados en un periodo, cuestión esta que se trata en la NIC 39 para la generalidad de los pasi-vos financieros, y en la NIC 17 específicamente para los pasivos por arrendamiento financiero.

2. PRINCIPIO BÁSICO

Como se ha indicado antes, la versión vigente de la NIC 23 impone la capitalización de los gastos financieros directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo hábil (un activo que califica para la capitalización), y exige que se reconozca como gastos el resto.

Sentado esto, la norma pasa a precisar:

1. Qué activos califican para la capitalización (activos hábiles).

2. Qué gastos financieros pueden ser activados.

3. Cómo se calcula el importe a capitalizar, lo que exigirá, a su vez, determinar:

a) El periodo de cómputo de los intereses.

b) El importe del capital invertido en el activo hábil.

c) La tasa de interés que se aplica.

3. ACTIvOS qUe CAlIfICAN PARA lA CAPITAlIzACIÓN

La NIC 23 exige incluir intereses en el coste de los activos que requieren necesariamente de un periodo de tiempo sustancial antes de estar listos para su uso o para ser vendidos. Ello incluye los activos intangibles generados internamente (supuesto el cumplimiento de las condi-ciones de la NIC 38 sobre capitalización de los demás desembolsos relacionados con la partida).

Quedan fuera del campo de aplicación de la norma las existencias que se manufacturan de manera rutinaria o que se producen en grandes cantidades de forma repetitiva y los activos que se miden sobre la base de su valor razonable. No se permite acumular costes financieros en los activos que ya están preparados para el uso que se les va a dar, o si no se están prepa-rando para su uso o su venta (como ocurre con los terrenos que se compraron para especular).

4. GASTOS fINANCIeROS DISPONIBleS PARA lA CAPITAlIzACIÓN

La NIC 23 no trata la capitalización de los intereses atribuidos a la financiación propia. A sus efectos, solo se consideran gastos financieros los costes relacionados con los fondos que se han tomado prestados.

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Son ejemplos de costes por intereses activables a los efectos de la NIC 23:

• Gastos por intereses calculados de acuerdo con el método del interés efectivo des-crito en la NIC 39.

• Intereses de arrendamientos contabilizados según la NIC 17.

• Diferencias de cambio en préstamos tomados en moneda extranjera en la medida en que sean consideradas como ajustes a los costes por intereses de la operación.

5. el ImPORTe A CAPITAlIzAR

Se define a veces como el más bajo entre el «interés evitable» y el coste total de intereses en que se ha incurrido durante el periodo de preparación del activo: se llama «interés evitable» al coste de financiación que se habría evitado de no haber adquirido y preparado para su uso el activo. En todo caso, si la entidad prepara estados financieros reexpresados conforme a la NIC 29 porque su moneda funcional es la divisa de una economía hiperinflacionaria, debe recono-cer como gasto la parte del gasto financiero que compensa la inflación del periodo.

6. el PlAzO De CAPITAlIzACIÓN

Conforme a la NIC 23, el plazo de capitalización empieza a contar cuando se dan estas tres condiciones (y sigue corriendo mientras se mantengan):

a) Se ha incurrido en gastos en relación al activo.

b) Se está incurriendo en costes por intereses.

c) Se están llevando a cabo las actividades necesarias para preparar el activo para el destino que se le va a dar.

Las actividades necesarias para preparar el activo abarcan también las meramente admi-nistrativas, como la obtención de licencias de construcción y los trabajos de tipo técnico, como la elaboración de los planos por un arquitecto.

La capitalización de los intereses se suspende cuando se interrumpen los trabajos de pre-paración del activo, excepto si es por breve tiempo.

La activación de gastos financieros cesa cuando el activo se halla prácticamente listo para el uso que se le va a dar. La NIC 23 dispone que concluya cuando se hayan completado todas o prácticamente todas las actividades necesarias para preparar el activo, aunque todavía deban hacerse algunas modificaciones menores sobre él.

Según la NIC 23, si el activo está compuesto por partes independientes (susceptibles de utilizarse por separado), la capitalización termina cuando están sustancialmente terminadas las actividades necesarias para preparar cada parte para su uso o para el alquiler o la venta.

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7. GASTOS ACUmUlADOS eN el ACTIvO hÁBIl

La NIC 23 acepta que, por lo general, el valor en libros promedio del activo durante el pe-riodo, incluyendo los intereses capitalizados anteriormente, constituye una base razonable para calcular los gastos financieros que pueden ser activados. No obstante, solo se aceptan como gastos relativos al activo aquellos que hayan dado lugar a pagos en efectivo, a entregas de otros activos o a la asunción de deudas que generen intereses. La parte de los gastos acumulados que se sufrague con subvenciones no computa a los efectos de la capitalización.

eJemPlO 1. Cálculo del promedio de gastos acumulados en el activo

Supongamos que una sociedad está acometiendo la construcción de un activo, habiendo efectua-do hasta el momento los siguientes desembolsos en relación con esta inversión:

fecha Importe

01 de marzo ...................................... 600.00001 de julio ......................................... 450.00001 de octubre .................................... 600.000

Total .................................................. 1.650.000

Supongamos, además, que el primer desembolso se hizo en parte con cargo a una subvención de 150.000 euros, y que las actividades de preparación del activo se interrumpieron durante el mes de agosto.

El promedio de gastos acumulados en el activo que serviría de base para calcular el interés capi-talizable (de acuerdo con los criterios de la NIC 23) se hallaría como sigue:

fecha Importe Ponderación Promedioponderado

01 de marzo ...................................... 450.000 9/12 337.50001 de julio ........................................ 450.000 5/12 187.50001 de octubre ................................... 600.000 3/12 150.000

Promedio de gastos acumulados ........................................................ 675.000

Como se ve, se han excluido los 150.000 euros procedentes de la subvención, y se ha tenido en cuenta que la interrupción de un mes suspende la activación de los intereses.

En las disposiciones de la NIC 23 no se contempla la posibilidad de excluir de la base de cálculo la parte de la inversión que se considere financiada con fondos propios (parece claro que se excluirían si se aprobase una emisión de capital con el específico fin de financiar la cons-trucción del activo, o si una parte de él se recibiese a cambio de la entrega de instrumentos de capital propios).

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8. TASA De INTeRéS

Para la NIC 23, la tasa de interés que se aplica para hallar el interés capitalizable es:

a) Para la parte del gasto acumulado promedio que se financia con préstamos espe-cíficos, la tasa de interés de esos préstamos.

b) Para el exceso del gasto acumulado promedio sobre el importe de los préstamos específicos, el promedio ponderado de las tasas de interés del resto de présta-mos.

La NIC 23 establece que, en la medida en que la inversión se financie préstamos es-pecíficos, se capitalice la diferencia entre el interés total devengado por estos préstamos en el periodo y los rendimientos obtenidos por su inversión temporal. No obstante, el texto parte de la premisa de que la identificación de un préstamo con un activo es una cuestión altamente subjetiva, y enumera una serie de casos en los que la misma exige el uso del cri-terio profesional.

eJemPlO 2. elección de la tasa de interés y cálculo del interés evitable

Supongamos que en el pasivo de la compañía del ejemplo anterior aparecían (además de la sub-vención) los siguientes préstamos (no hay deudas comerciales ni otros pasivos sin intereses rela-cionados con la preparación del activo):

• Préstamoa3añosde200.000um,al4,5por100,quesesolicitóparahacerfrentealprimerdesembolso.

• Préstamode900.000um,a10años,coninteresesdel6por100anual,queyaestabaconta-bilizado a primeros de año.

• Pagaréa18mesesde2.700.000um,coninterésdel6,75por100,emitidoel1deoctubre.

Con arreglo a las disposiciones de la NIC 23, para el cálculo del interés evitable se tomarían las siguientes tasas de interés:

• Paralapartedelgastopromedioacumuladoenelactivofinanciadaconelpréstamoespe-cífico,latasadeinterésdedichopréstamo:4,5por100.

• Paralapartedegastopromedioqueexcededelnominaldetalespréstamos,elpromedioponderado de las tasas de interés de los demás préstamos, que se obtiene como sigue:

Importe Ponderación Importeponderado Tasa Intereses

900.000 9/9 900.000 6,00% 54.0001.800.000 3/9 900.000 6,75% 60.750

Total .................................... 1.800.000 114.750

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El promedio ponderado de la tasa de interés de estos préstamos es:

114.750 = 6,375%

1.800.000

Así, de los cálculos anteriores resulta que el interés evitable es:

• Porlapartedeinversiónfinanciadaconpréstamosespecíficos:

200.000 × 4,5% = 9.000

• Porelexcesodelpromediodegastosacumuladossobrelospréstamosespecíficos:

(675.000 – 200.000) × 6,375% = 30.281,25

El interés evitable total sería de 39.281,25 um, que se capitalizarían si no superan el coste total de intereses del periodo. El valor en libros del activo al término del ejercicio sería de 1.689.281,25 (1.650.000 + 39.281,25).

Para concluir, señalemos que la NIC 23 establece que, si el valor en libros o el coste final esperado del activo excede de su valor realizable neto (en el caso, por ejemplo, de existen-cias en proceso) o de su valor recuperable (si el activo hábil es un inmovilizado material o inmaterial, por ejemplo), se contabilizará la reducción de valor que sea precisa. No obstante, la NIC 23 no limita la posibilidad de reversión de dichas pérdidas por deterioro, si se dan las condiciones especificadas en la norma de referencia.

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Supuesto 2

Se ha recopilado la siguiente información en relación con un inmovilizado en construcción:

1. Gastos acumulados en el activo (gastos relacionados capitalizados):

a) Saldo a 1 de febrero: 600.000 um.

b) Gastos febrero: 180.000 um.

c) Gastos marzo: 150.000 um.

2. Deudas pendientes durante el mes de febrero:

a) Facturas pendientes a 1 de febrero: 60.000 um.

b) Facturas pendientes a 28 de febrero: 45.000 um.

c) Préstamo al 6 por 100 no específi co: 300.000 um.

3. Deudas pendientes durante el mes de marzo:

a) Facturas pendientes a 31 de marzo: 30.000 um.

b) Préstamo al 6 por 100 no específi co: 240.000 um (se reembolsaron 60.000 um el día 1 del mes).

c) Préstamo específi co al 5,25 por 100: 1.000.000 de um (se contrató el día 1).

SE PIDE:

Determinar el interés capitalizable (el ejercicio social concluye el día 28 de febrero).

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Solución Supuesto 2

A) Interés capitalizable del mes de febrero

1. Promedio de gastos acumulados en el activo

Gastos acumulados en el activo a 1 de febrero ............ 600.000

Menos: cuentas a pagar, 1 de febrero .......................... 60.000 540.000

Gastos acumulados en el activo a 28 de febrero .......... 780.000

Menos: cuentas a pagar, 28 de febrero ........................ 45.000 735.000

Total ............................................................................. 1.275.000

Promedio total de gastos acumulados en febrero ........ 637.500 (1.275.000 × 1/2)

2. Selección de la tasa de interés aplicable

Como no existen préstamos específicos, se aplicará la tasa de interés promedio ponderado de los préstamos genéricos (en el caso, el 6%, dado que hay un único préstamo con interés).

3. Interés evitable

La cantidad a capitalizar será, por tanto, la menor entre:

• El resultado de aplicar la tasa del 0,50 por 100 (6% × 1/12) indicada en el apar-tado anterior a la inversión media de 637.500 um del apartado.

• El gasto por intereses total devengado en el mes de 1.500 um (300.000 × 0,50%).

Se capitaliza este último importe, y el activo queda en el balance de cierre con un valor en libros de 781.500 um (600.000 + 180.000 + 1.500).

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SUPUESTO 2

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B) Interés evitable del mes de marzo

1. Promedio de gastos acumulados en el activo

Gastos acumulados en el activo a 1 de marzo .............. 781.500

Menos: cuentas a pagar, 28 de febrero ......................... 45.000 736.500

Gastos acumulados en el activo a 31 de marzo ............ 931.500

Menos: cuentas a pagar, 31 de marzo .......................... 30.000 901.500

Total .............................................................................. 1.638.000

Promedio total de gastos acumulados en marzo ........... 819.000(1.638.000 × 1/2)

2. Tasa de interés e importe capitalizable

El promedio de gastos acumulados en el activo es menor que el valor del préstamo es-pecífico contratado, así que el importe a capitalizar se obtiene aplicando la tasa de interés del 5,25 por 100 sobre el valor medio de 819.000 um, resultando un interés capitalizable de 3.583 um (819.000 × 5,25% × 1/12).

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