Unidad 3 Regulaciones Juridicas en Los Principales Tipos de Turismo

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    Unidad 3. Regulaciones tursticas en los principales tipos de turismo

    Ciencias Sociales y Administrativas Administracin de empresas tursticas 1

    CARRERA:

    Administracin de empresas tursticas

    CUATRIMESTRE:

    Quinto

    Programa de la asignatura:

    Legislacin turstica

    Clave:

    110920519/ 120920519

    Universidad Abierta y a Distancia de Mxico

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    Unidad 3. Regulaciones tursticas en los principales tipos de turismo

    Ciencias Sociales y Administrativas Administracin de empresas tursticas 2

    Unidad 3. Regulaciones tursticas en los principales tipos de turismo

    Presentacin de la unidad

    En la presente unidad se analizarn diversas leyes que regulan los principales tipos

    de turismo en nuestro pas, como son, el turismo ecolgico y su relacin con la Ley

    General del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente, el turismo de negocios y

    los vnculos con la Ley aduanera as como con la Ley de Comercio Exterior; el

    turismo de aventura y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), en servicios tursticos.

    Mismas que regulan las disposiciones y normas que indica la ley, asentando las bases

    legales y de seguridad que deben cumplir los prestadores de servicios hacia sus

    posibles clientes ya sean nacionales o extranjeros con la intencin de brindar servicios

    de calidad y evitando conflictos legales.

    Como ya lo has visto en la unidad 1 y 2, se considera indispensable contar con un

    marco legal dentro de toda actividad turstica, que permita establecer orden social,

    as como la plena seguridad de que se acta bajo las normas correspondientes, ya

    que derivado de ello se busca normar por ejemplo algunas actividades relacionadas

    con el turismo alternativo en su clasificacin como en el turismo de aventura,

    ecoturismo y recreativo.

    El turismo de negocios tambin deber alinearse a las normas legales establecidas

    para la realizacin de actos de comercio en Mxico. Esto encaminado a que tengas

    una mayor comprensin de estas actividades tursticas y su relacin con el

    cumplimiento de las a las leyes vigentes que podrn intervenir en la actividad turstica

    dependiendo de la normatividad existente en cada pas.

    Propsitos

    Al concluir el estudio de esta unidad sers capaz de:

    Identificar las regulaciones jurdicas y los principales tipos del turismo

    alternativo.

    Conocer las leyes que pueden ser aplicables al ecoturismo, turismo de

    negocios, recreativo y de aventura.

    Identificar las normas oficiales mexicanas (NOM) en servicios tursticos

    Competencia especfica

    Analizar la normatividad que regula la operacin de los principales tipos de turismo

    para identificar su aplicacin mediante un estudio de caso.

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    Actividad 1. Turismo alternativo

    Previo al estudio de la unidad 3, realizars una primera actividad que te permitir

    identificar los principales tipos de turismo alternativo y la normatividad que regula su

    operacin, el objetivo es que a partir de una reflexin al finalizar cada tema, puedas

    comparar la informacin que investigaste con relacin a la presentada en esta unidad.

    Para ello:

    1. Investiga en diversas fuentes, los tipos de turismo alternativo que existen en

    nuestro pas, posteriormente, revisa en fuentes con sustento legal, la

    normatividad aplicable para regular su operacin.

    2. Analiza la informacin y elabora un cuadro comparativo de los tipo de turismo

    alternativo en donde integres:

    Caractersticas del tipo de turismo

    Principales destinos

    Nombre de las dependencias que cuentan con normatividad relacionada al tipo de

    turismo

    Ejemplo de alguna actividad que relacione el tipo de turismo

    El orden en que los enlistes ser considerado bajo los siguientes elementos:

    Mayor demanda turstica

    Nmero de dependencias con normatividad relacionada al tipo de turismo

    Es necesario que anotes las fuentes de consulta.

    3. Al finalizar, enva a la seccin tareas tu archivo al Facilitador (a) con la

    nomenclatura ACT1_V1_LTU_U3_XXYZ y espera su retroalimentacin.

    *Recuerda que al finalizar la unidad debers enviar nuevamente esta actividad con

    base en las reflexiones que hiciste al cierre del tema 3.1, 3.3 y 3.4.

    ** Apyate de tu facilitador en caso de que algunos trminos no te hayan sido claros.

    3.1. El Ecoturismo

    El ecoturismo se entiende como una tendencia de Turismo alternativo debido a la

    preferencia actualidad e los turistas, diferente al modo Turstico tradicional, con un

    enfoque encaminado a la actividad turstica ecolgica en el cual lo ms importante es

    la sustentabilidad, la preservacin as como la apreciacin del medio natural como

    cultural dirigida a los viajantes, convirtindose en la oportunidad ms rpida y

    dinmica para el crecimiento del mercado turstico a nivel internacional.

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    El ecoturismo aparece a finales de la dcada de 1980, teniendo un auge importante,

    ya que nace de la necesidad de los turistas y prestadores de servicio debido a la

    importancia ecolgica a nivel mundial, razn por la cual se declar en el 2002, como

    el ao del turismo ecolgico.

    Atendiendo al estudio de esta rama encontramos que la Sociedad Internacional de

    Ecoturismo, define al ecoturismo como "un viaje responsable a reas naturales que

    conservan el ambiente y mejoran el bienestar de la poblacin local.

    El ecoturismo se rige por siete principios primordiales que son:

    Minimizar los impactos negativos, para el ambiente y para la comunidad,

    que genera la actividad;

    Construir respeto y conciencia ambiental y cultural;

    Proporcionar experiencias positivas tanto para los visitantes como para los

    anfitriones;

    Proporcionar beneficios financieros directos para la conservacin;

    Proporcionar beneficios financieros y fortalecer la participacin en la toma

    de decisiones de la comunidad local;

    Crear sensibilidad hacia el clima poltico, ambiental y social de los pases

    anfitriones;

    Apoyar los derechos humanos universales y las leyes laborales

    Por lo tanto se debe hacer mencin que la finalidad de ecoturismo es preservar el

    medio ambiente y los recursos naturales que generan con ello la visita de turistas en el

    territorio nacional derivado de la actividad turstica.

    3.1.1. Ley General del Equilibrio ecolgico y la Proteccin al ambiente

    La Ley General del Equilibrio y la Proteccin al Ambiente (2012), tiene como

    objetivo primordial la preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico as como la

    proteccin al ambiente en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nacin

    ejerce su soberana y jurisdiccin misma que ser aplicada a las personas de manera

    general, desde un enfoque social y pblico con el objetivo de proporcionar desarrollo

    sustentable en cuestin turstica; siempre garantizando el derecho de toda persona a

    vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante

    principios de poltica ambiental aplicable al sector turstico y nacional, la cual es

    encaminada a la preservacin, restauracin y mejoramiento del medio ambiente

    habitable, considerando la contaminacin del suelo, aire y agua, mismas que debern

    tener un control y prevencin, mediante la aplicacin de normas.

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    Razones por las cuales resulta importante estudiar los casos de utilidad pblica

    mencionados por la ley entre los que se encuentran, el ordenamiento ecolgico del

    territorio nacional, el establecimiento, proteccin y preservacin de las reas naturales

    protegidas y de las zonas de restauracin ecolgica; la formulacin y ejecucin de

    acciones de proteccin y preservacin de la biodiversidad del territorio nacional, el

    establecimiento de zonas intermedias de salvaguardia, la formulacin y ejecucin de

    acciones de mitigacin y adaptacin al cambio climtico. Segn lo establece la ley en

    su artculo 2.

    Con la intencin de comprender lo establecido por dicha ley se considera pertinente

    destacar el significado de las siguientes palabras y trminos que se establecen en el

    artculo 3:

    1. Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el

    hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y

    dems organismos vivos que interactan en un espacio y tiempo determinados;

    2. reas naturales protegidas: son aquellas zonas del territorio nacional, en donde los

    ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del

    ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas.

    3. Aprovechamiento sustentable: La utilizacin de los recursos naturales en forma

    que se respete los ecosistemas.

    4. Biodiversidad: La variabilidad de organismos vivos de los ecosistemas terrestres,

    marinos, areos que comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las

    especies y de los ecosistemas.

    5. Biotecnologa: Toda aplicacin tecnolgica que utilice recursos biolgicos,

    organismos vivos o sus derivados.

    6. Cambio climtico: Variabilidad del clima atribuido directa o indirectamente a la

    actividad humana.

    7. Contaminacin: La presencia en el ambiente de uno o ms contaminantes o de

    cualquier combinacin de ellos que cause desequilibrio ecolgico.

    8. Contaminante: Toda materia o energa en cualesquiera de sus estados fsicos y

    formas que alteren o modifiquen su composicin y condicin natural, que al

    incorporarse o actuar en la atmsfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier

    elemento natural.

    9. Contingencia ambiental: Situacin de riesgo, derivada de actividades humanas o

    fenmenos naturales, que puede poner en peligro a uno o varios ecosistemas.

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    10. Control: Inspeccin, vigilancia y aplicacin de las medidas preventivas en relacin

    a los ecosistemas.

    11. Criterios ecolgicos: Los lineamientos obligatorios contenidos en las leyes, para

    orientar las acciones de preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico.

    12. Desarrollo Sustentable: El proceso evaluable mediante criterios e indicadores del

    carcter ambiental, econmico y social que tienen como finalidad mejorar la

    calidad de vida y la productividad de las personas.

    13. Desequilibrio ecolgico: La alteracin de las relaciones de interdependencia entre

    los elementos naturales que conforman el ambiente.

    14. Ecosistema: La unidad funcional bsica de interaccin de los organismos vivos

    entre s y de stos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados.

    15. Equilibrio ecolgico: La relacin de interdependencia entre los elementos que

    conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformacin y desarrollo

    del hombre y los dems seres vivos.

    16. Elemento natural: Los elementos fsicos, qumicos y biolgicos que se presentan

    en un tiempo y espacio determinado sin la intervencin del hombre.

    17. Emergencia ecolgica: Situacin derivada de actividades humanas o fenmenos

    naturales que al afectar severamente a sus elementos biolgicos.

    18. Emisin: Liberacin al ambiente de toda sustancia, en cualquiera de sus estados

    fsicos.

    19. Fauna silvestre: Las especies animales que se desarrollan libremente.

    20. Flora silvestre: Las especies vegetales que se desarrollan libremente.

    21. Impacto ambiental: Modificacin del ambiente ocasionada por la accin del hombre

    o de la naturaleza.

    22. Manifestacin del impacto ambiental: El documento mediante el cual se da a

    conocer, con base en estudios, el impacto ambiental.

    23. Material gentico: Todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro

    tipo, que contenga unidades funcionales de herencia.

    24. Material peligroso: Elementos, substancias, compuestos, residuos o mezclas de

    ellos independientemente de su estado.

    25. Ordenamiento ecolgico: El instrumento de poltica ambiental cuyo objeto es

    regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr

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    la proteccin del medio ambiente y la preservacin y el aprovechamiento

    sustentable de los recursos naturales, a partir del anlisis de las tendencias de

    deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos;

    26. Preservacin: El conjunto de polticas y medidas para mantener las condiciones

    que propicien la evolucin y continuidad de los ecosistemas y hbitat naturales.

    27. Prevencin: El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el

    deterioro del ambiente;

    28. Proteccin: El conjunto de polticas y medidas para mejorar el ambiente y

    controlar su deterioro;

    29. Recursos biolgicos: Los recursos genticos, los organismos o partes de ellos, las

    poblaciones, o cualquier otro componente bitico de los ecosistemas con valor o

    utilidad real o potencial para el ser humano;

    30. Recursos Genticos: Todo material gentico, con valor real o potencial que

    provenga de origen vegetal, animal, microbiano, o de cualquier otro tipo y que

    contenga unidades funcionales de la herencia, existentes en el territorio nacional y

    en las zonas donde la nacin ejerce soberana y jurisdiccin;

    31. Recurso natural: El elemento natural susceptible de ser aprovechado en beneficio

    del hombre;

    32. Regin ecolgica: La unidad del territorio nacional que comparte caractersticas

    ecolgicas comunes;

    33. Residuo: Cualquier material generado en los procesos de extraccin, beneficio,

    transformacin, produccin, consumo, utilizacin, control o tratamiento cuya

    calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo gener;

    34. Residuos peligrosos: Todos aquellos residuos, en cualquier estado fsico, que por

    sus caractersticas corrosivas, reactivas, explosivas, txicas, inflamables o

    biolgico-infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecolgico o el

    ambiente;

    35. Restauracin: Conjunto de actividades tendientes a la recuperacin y

    restablecimiento de las condiciones que propician la evolucin y continuidad de los

    procesos naturales;

    36. Secretara: La Secretara de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;

    37. Vocacin natural: Condiciones que presenta un ecosistema para sostener una o

    varias actividades sin que se produzcan desequilibrios ecolgicos, y

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    38. Educacin Ambiental: Proceso de formacin dirigido a toda la sociedad, tanto en

    el mbito escolar como en el mbito extraescolar, para facilitar la percepcin

    integrada del ambiente a fin de lograr conductas ms racionales a favor del

    desarrollo social y del ambiente.

    39. Zonificacin: El instrumento tcnico de planeacin que puede ser utilizado en el

    establecimiento de las reas naturales protegidas, que permite ordenar su territorio

    en funcin del grado de conservacin y representatividad de sus ecosistemas.

    Lo anterior se considera parte esencial en el cuidado y proteccin del medio ambiente,

    destacando la conciencia que se requiere inculcar a todos los individuos que

    habitamos este mundo, para que tanto prestadores de servicios tursticos como

    turistas nacionales y extranjeros en conjunto, colaboremos en el cuidado y

    conservacin del medio ambiente.

    3.1.2. Ecoturismo y su relacin con la Ley General del Equilibrio Ecolgico y la

    Proteccin al Ambiente

    El turismo es considerado como la mayor industria a nivel mundial, debido a que su

    impacto en la sociedad a sido de gran avance para todos los pases tal es el caso de

    Mxico que al paso del tiempo ha ido evolucionando desde el siglo XX, mientras que el

    ecoturismo representa una rama del sector turstico con mayor velocidad de

    crecimiento teniendo un gran inters e injerencia sobre el potencial del mercado con

    una gran variedad de bienes y servicios, de sta forma se ha caracterizado por ser una

    importante estrategia para los gobiernos, organismos internacionales, pueblos

    autctonos, en especial para estos ltimos, por la posibilidad de ser una alternativa

    frente a los problemas con la selvicultura, empresas mineras, madereras y petroleras,

    buscando con ello un mayor realce en dicha actividad.

    El ecoturismo tiene la capacidad de generar divisas, empleos e infraestructura en la

    perspectiva de desarrollo local, sin embargo se requiere de apoyo con respecto a la

    falta de convergencia en la determinacin de lo que a ecoturismo respecta, ya que el

    auge del mismo ha generado circunstancias de cambio en lo concerniente a la

    propiedad de tierras,

    As mismo forma una especulacin a menudo nociva sobre su valor para las

    poblaciones locales que resienten la presencia de extranjeros que tienen el dominio, lo

    anterior se genera a partir de que el turista en calidad de visitante dentro del territorio

    nacional causa daos en forma directa o indirecta a la flora y fauna, las construcciones

    tursticas (hoteles, restaurantes, tiendas diversas) se ubican demasiado cerca del

    recurso natural, o con estilos arquitectnicos que no armonizan en el paisaje.

    El ecoturismo no ha tenido la expansin adecuada, representando ste un factor

    industrial del turismo y un elemento primordial en el desarrollo de pases

    tercermundistas.

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    Se debe hacer mencin que la Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin

    al Ambiente busca la regulacin normativa de las personas que intervienen en la

    actividad del ecoturismo con la finalidad de no provocar un desequilibrio ecolgico en

    los diversos destinos tursticos que tienen pensado los visitantes y/o turistas visitar,

    regulando el actuar de los mismos y de las autoridades que intervienen.

    3.1.3 Subsidios y apoyos al ecoturismo

    Un subsidio es una prestacin pblica asistencial de carcter econmico. Se trata

    de un medio para estimular el consumo o la produccin, o de una ayuda que se

    brinda por un periodo determinado.

    Respecto al soporte que se le brinda al ecoturismo, las autoridades tursticas deben

    realizar el programa de apoyo a la competitividad de la micro, pequea y

    mediana empresa MPyME implementando estrategias encaminadas a la

    modernizacin, financiamiento competitivo y gestin de proyectos tursticos, esto

    conlleva a que el gobierno municipal, estatal y federal hagan aportaciones econmicas

    que permitan el desarrollo de los destinos tursticos en apoyo de las personas fsicas y

    morales prestadoras de los servicios de carcter turstico no dejando a un lado la

    normatividad que representa para ellos el realizar el servicio, todo ello se deber de

    realizar mediante el proyecto correspondiente que se general de dicha actividad.

    Las autoridades, han implementando entre otros programas los crditos para capital de

    trabajo, modernizacin y equipamiento, dando apertura de lneas a empresas medianas

    del sector, mediante el sistema en cadena productiva de financiamiento, otorgando,

    descuentos, tasa de inters preferencial, generando incentivos, apoyo para construccin,

    ampliacin, remodelacin, equipamiento y adquisicin de bienes y crditos.

    Con base en lo anterior, el objetivo primordial es buscar la conservacin del medio

    ambiente, con la intencin de que el da de maana se asuma la oportunidad de gozar

    el desarrollo sustentable en la creacin de empresas tursticas teniendo como objetivo

    primordial el cuidado del ecosistema y as, brindar calidad en los servicios del turismo

    ecolgico cumpliendo con las normas legales destinadas al sector.

    Reflexin actividad 1. Turismo alternativo

    Una vez que has estudiado lo relacionado al Ecoturismo y la normatividad aplicable,

    compara la informacin que investigaste en la actividad 1, con la revisada en este

    tema, respecto a las leyes que regulan su operacin.

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    3.2. El turismo de negocios

    El Turismo de negocios es considerado como una rama especfica dentro de la

    clasificacin del turismo, ya que el nmero de turistas y visitantes que realizan

    actividades de negocios o comerciales en nuestro pas es importante y generador en

    gran medida de los negocios en las distintas regiones de Mxico.

    Se debe comprender que el turismo de negocios, adems de ser una actividad de

    crecimiento en los ltimos aos, aporta gran cantidad de beneficios al turismo en

    Mxico, tales como la generacin de divisas, al hacer negocios en Mxico, aumento

    de la estacionalidad de la demanda turstica en diversas temporadas, genera el gasto

    promedio por persona ocasionando una derrama econmica que se refleja en cada

    Ciudad, Regin o Estado, por concepto de este segmento, as mismo este tipo de

    turismo tiene dos ramas:

    El turismo de negocios individual que va encaminada a las actividades

    personales derivadas de el ejercicio de la profesin y,

    El turismo de negocios grupal, encaminado a los congresos, convenciones,

    exposiciones.

    Con esto se Contribuye a elevar el gasto promedio por persona, de los visitantes (entre 3 y 6 veces que el turista promedio normal que gasta $427 usd vs. $ 900 usd en Convenciones, $1,830 usd en Congresos y $2,250 usd en Incentivos), se constituye asimismo, como un factor de multiplicacin de los esfuerzos promocionales, ayuda a elevar la estada promedio en el pas (1.71 das por turista normal vs. 4.27 das por turista grupal) segn lo manifestado por la revista buen viaje artculo publicado por Gastn ramos.

    Es por ello que se crea el Grupo de Trabajo de Turismo de Negocios de la Comisin

    Ejecutiva de Turismo, cuyo objetivo es realizar el Proyecto de Norma Mexicana para

    Congresos y Convenciones as como el Proyecto de Modificacin a las Reglas de

    Operacin para Administrar las Devoluciones de I.V.A. a los Turistas Extranjeros

    mismos que buscan regular la actividad de carcter econmico del los extranjeros y

    prestadores de servicios. En dicho grupo participan las siguientes autoridades:

    Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, Servicio de Administracin Tributaria,

    Consejo de Promocin Turstica de Mxico y el Instituto Nacional de Migracin.

    3.2.1. Ley Aduanera

    La Ley Aduanera, es aquella encargada de regular la entrada y salida de mercancas

    y medios de transporte al territorio nacional imponiendo obligaciones a quienes

    introducen mercancas o las extraen, ya sean sus propietarios, poseedores,

    destinatarios, remitentes, apoderados, entre otros, as como de las autoridades

    encargadas de realizar dicha funcin, elaborando para ello un control de entrada y

    salida de mercancas del territorio, imponer las reglas del transito ya sea martimo,

    areo o terrestres segn sea el caso, la documentacin encaminada a la

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    regularizacin del trafico de mercancas, cuotas, contribuciones y dems pagos de los

    aranceles que rigen a la actividad aduanera, costos de importacin y exportacin as

    como la viabilidad de las mercancas que ingresan o salen del pas.

    Es importante resaltar que la finalidad de esta Ley si no solo est en regular las

    entradas y salidas de mercancas, si no tambin vigilar no hayan sido obtenidas por

    un medio ilcito que constituya un delito.

    Todas las personas que intervienen en la actividad turstica llmese extranjero,

    viajante, autoridades o personas que prestan los servicios tursticos nuestro actuar

    est regulado por la ley que permitir estar al tanto del proceso correspondiente a la

    Ley aduanera y solicitar lo conveniente en cuestiones de mercancas y medios

    transportadores, que a su vez fomenten un proceso de vanguardia inmerso un mundo

    globalizado en el que la implementacin de herramientas, medios de comunicacin,

    as como de materia prima para la elaboracin y transformacin de estos productos

    sean representantes en el desarrollo sustentable de nuestro sector turstico.

    Siendo de suma importancia esta ley toda vez que en relacin a las mercancas que

    ingresan o egresan del territorio nacional debern ser debidamente registradas para

    un mejor control y evitar sean quebrantadas las normas establecidas. .2. Ley de

    Comercio Exterior

    El objeto de la Ley de Comercio Exterior es la regulacin y promocin del comercio

    exterior, la competitividad de la economa nacional, el uso eficiente de los recursos

    productivos del pas, la integracin de la economa mexicana con la internacional,

    defendiendo la planta productiva del comercio internacional as como contribuir al

    bienestar de la poblacin, fijando el costo de las mercancas segn el origen, las

    medidas de regulacin de los aranceles en cuentas, los permisos y requerimientos

    indispensables para el comercio exterior, medidas preventivas de las mercancas que

    se exportan e importan al territorio, y en general los procedimientos en relacin a

    cualquier prctica desleal que genere la transportacin de mercancas, las infracciones

    que se cometen al igual que las sanciones que deben imponerse en razn del

    comercio.

    Es de suma importancia resaltar que el objetivo principal de esta ley es la de enfocar

    su actividad a la generacin de turismo alternativo debido a que es importante para la

    economa sustentable en el pas haciendo promocin de los lugares tursticos y tpicos

    en el pas.

    Atendiendo a la materia, esta actividad se regula en virtud de la demanda en relacin

    al turismo alternativo ya que los turistas que ingresan al territorio mexicano deben

    tener derechos as como obligaciones para que obtengan una mejor estancia en este

    pas, encaminado a su representatividad como actividad importante en el desarrollo de

    Mxico en el turismo alternativo.

    Lo anteriormente se seala con la intencin de generar un proceso de competencia

    leal con otros destinos tursticos a nivel mundial teniendo la capacidad de ofrecer

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    viabilidad econmica no nicamente en lo que a incremento econmico slido

    respecta sino, una prestacin de servicios tursticos de primer mundo en donde lo

    ms importante sea el regreso continuo del turismo a nuestro pas.

    3.3. Turismo de aventura

    En este tipo de turismo alternativo el turista puede encontrar y satisfacer su bsqueda

    por mejorar su condicin fsica, reducir la tensin y por lo tanto mejorar su estado

    emocional y fsico, as como vivir la experiencia de logro al superar un reto impuesto

    por la naturaleza, en donde la convivencia es slo entre la naturaleza y el turista, por lo

    tanto quedan excluidas las competencias deportivas o denominadas actividades

    extremas, en donde el reto es contra el tiempo o contra el hombre mismo. La

    SECTUR, define al Turismo de Aventura como:

    Los viajes que tienen como fin realizar actividades recreativas, asociadas a desafos

    impuestos por la naturaleza. Este segmento est compuesto por diversas actividades

    agrupadas de acuerdo al espacio natural en que se desarrollan: tierra, agua y aire.

    Cabe mencionar que las actividades que enseguida se anotan, no son las nicas

    conocidas en el mercado, sin embargo para el caso de Mxico son las que se estn

    desarrollando por las caractersticas geogrficas y climatolgicas del pas.

    Bicicleta de montaa, alpinismo, rapel, motociclismo de montaa, buceo,

    paracaidismo, globo aerosttico, alpinismo, actividades y deportes extremos por

    mencionar algunas.

    Es importante destacar que el turismo de aventura es una parte importante en el

    territorio nacional debido a que con ello se genera una mayor economa es decir un

    mayor derrama econmica con los visitantes y turistas que ingresan a los diferentes

    destinos tursticos, buscando con ello brindar un mejor servicio encaminado a la

    aplicacin de la ley con la finalidad de no violentar derechos y obligaciones de las

    personas que intervienen en la actividad turstica

    3.3.1. Normas oficiales mexicanas (NOM) en servicios tursticos

    La esencia de las Normas Oficiales de Mxico (NOM) en servicios tursticos radica en

    el incremento a la seguridad dentro de las relaciones que asumen los prestadores de

    servicios con el turismo nacional y extranjero, el brindar un servicio de calidad con

    tica suficiente para poder prestar dichos servicios y una gua completa de

    lineamientos que coadyuven a brindar con la mayor seguridad posible tanto en las

    sugerencias de prestacin de servicios como en la seguridad de las personas al

    realizar actividades con cierto riesgo de integridad fsica, permitiendo una actividad

    turstica rentable y segura.

  • Legislacin turstica

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    Ciencias Sociales y Administrativas Administracin de empresas tursticas 13

    A continuacin se especifican las siguientes normas:

    1. Norma Oficial Mexicana NOM-01-TUR-2002, se refiere, formatos foliados y de

    porte pagado para la presentacin de sugerencias y quejas de servicios tursticos

    relativos a establecimientos de hospedaje, agencias de viajes, de alimentos y bebidas

    as como a empresas de sistemas de intercambio en servicios tursticos

    2. Norma Oficial Mexicana NOM-06-TUR-2009, requisitos mnimos de informacin,

    higiene y seguridad que deben cumplir los prestadores de servicios tursticos de

    campamentos

    3. Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-2002, de los elementos normativos del

    seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios

    tursticos de hospedaje para la proteccin y seguridad de los turistas o usuarios

    4. Norma Oficial Mexicana NOM-08-TUR-2002, que establece los elementos a que

    deben sujetarse los guas generales y especializados en temas o localidades

    especificas de carcter cultural

    5. Norma Oficial Mexicana NOM-09-TUR-2002, que establece los elementos a que

    deben sujetarse los guas especializados en actividades especficas.

    6. Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001, contempla los requisitos que deben

    contener los contratos que celebren los prestadores de servicios tursticos con los

    usuarios-turistas. (CANCELA LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-010-TUR-1999)

    7. Norma Oficial Mexicana NOM-011-TUR-2001, que establece los requisitos de

    seguridad, informacin y operacin que deben cumplir los prestadores de servicios

    tursticos del turismo de aventura

    En las NOM, se manifiestan las normatividades que regularan la actividad turstica de

    tal manera que permitan aplicar seguridad y planeacin preventiva con la finalidad de

    evitar situaciones de riesgo que pueden poner en peligro algn proyecto.

    3.3.2 Caractersticas del turismo de aventura

    El turismo de aventura, comprende los viajes que tienen como fin el realizar

    actividades recreativas asociadas a desafos impuestos por la naturaleza, el cual ser

    prestado por personas fsicas que involucren un nivel de habilidades a superar en

    donde se participa en armona con el medio ambiente, respetando los recursos

    naturales y patrimonio cultural.

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    Unidad 3. Regulaciones tursticas en los principales tipos de turismo

    Ciencias Sociales y Administrativas Administracin de empresas tursticas 14

    El turismo de aventura estar sujeto a que el prestador de servicios tursticos conozca

    las medidas de seguridad antes y durante la prestacin del servicio a efecto de brindar

    mayor seguridad a la integridad fsica del turista.

    Mediante la accesibilidad a la informacin otorgada al usuario con respecto a los

    servicios que se ofrecen, costos y formas de pago, pltica de orientacin sobre el tipo

    de actividad a desarrollar, puntos que contiene el reglamento interno, el cual debe

    contemplar:

    Horario en que se realizan las actividades y se ofrecen los servicios,

    Definicin por parte del prestador de las condiciones atmosfricas, naturales y

    de salud bajo las cuales se pueden o no realizar las actividades,

    Condiciones fsicas y de edad mnima que debe tener el turista para la

    realizacin de la actividad,

    Riesgos que pueden presentarse durante la realizacin de las actividades,

    comportamiento adecuado por parte del turista durante su estancia y/o en el

    desarrollo de las actividades,

    Medidas de seguridad que debe cumplir el turista mientras se presten los

    servicios,

    Responsabilidades del turista al realizar las actividades,

    Documentacin que debe llenar antes de la realizacin de la actividad y el

    motivo de sta,

    Seguros que cubre la empresa durante la prestacin del servicio,

    Informacin bsica sobre el ecosistema, la biodiversidad y el patrimonio cultural

    existentes en el sitio en donde se realizan las actividades, as como, de las

    medidas de proteccin de los mismos.

    Por lo anterior es importante resaltar que el turismo de aventura as como las dems

    clasificaciones del turismo son en la actualidad determinantes para la economa

    nacional basada en lo que manifiesta la Secretara del Turismo.

    Reflexin actividad 1. Turismo alternativo

    Una vez que has estudiado lo relacionado al turismo de aventura y la normatividad

    aplicable, compara la informacin que investigaste con la revisada en este tema,

    respecto las leyes que regulan su operacin.

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    3.4. El Turismo recreativo

    La recreacin es asimilada como el fenmeno del tiempo libre, ya que precisamente es

    temporal, en relacin al turismo se entiende como el actuar turstico motivado por

    conocer, comprender y disfrutar el conjunto de elementos distintivos, materiales,

    intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o grupo social de un destino

    al cual existe la inquietud y decisin en conocer por lo que esta actividad juega un

    papel de gran importancia en el conocimiento, preservacin y disfrute del patrimonio

    cultural y turstico de los diversos pases.

    El turismo recreativo se debe entender como los viajes que realiza la gente con fines

    de descanso, de orden mdico, de recreacin y esparcimiento, con el fin de

    despejarse del estrs cotidiano, descansar, conocer otros lugres tanto a nivel nacional

    como internacional esto comnmente llamado vacacionar.

    Este tipo de turismo conllevar a que la persona que lo realiza tiene la oportunidad de

    disfrutar de la gastronoma, los paisajes, las tradiciones, el arte, diversos a aquel en el

    cual radica, de los sitios que se van a visitar.

    Si atendemos lo anteriormente mencionado estamos en la certeza de que es el

    turismo recreativo es el mas cotidiano, curiosamente propicia una mayor derrama

    econmica.

    Por ello es importante el turismo de recreacin debido a que se encuentra en una de

    las principales actividades generadoras de derrama econmica en Mxico, se busca

    crecer a nivel internacional por ello es importante determinar que leyes aplicables.

    3.4.1 Ley de Vas Generales de Comunicacin

    La Ley de Vas Generales de Comunicacin, regular la actividad en relacin al uso

    de las vas de comunicacin, atendiendo las vas terrestres, martimas y el espacio

    areo, entendiendo por ello que la principal actividad ser el desplazamiento por todo

    el territorio nacional, siendo as que se delegaran funciones a los prestadores de

    servicio para que realicen el traslado de los turistas, a los lugares tursticos de la

    republica mexicana, siendo esto apegado al transporte de los visitantes.

    Los prestadores de servicios tursticos debern respetar el marco jurdico de esta ley

    que de sta manera se contribuye a obtener la seguridad deseada con la finalidad de

    que el turista se sienta protegido con respecto a los medios de transporte requeridos

    para llegar a los destinos deseados, evitando posibles accidentes que pudieran ser de

    consecuencias fatales.

    Las leyes correspondientes a las vas de comunicacin requieren de gran atencin y

    aplicacin en la actividad turstica, ya que de ser ignoradas, la seguridad de la esencia

    del turismo, que es la de trasladarse de un lugar a otro quedara en manos de medios

    inseguros, con dificultades y un sinfn de problemas tcnicos que impactaran de forma

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    negativa el desarrollo de dicha actividad impidiendo un desarrollo ptimo en el

    proceso del turismo sustentable.

    3.4.2. Caractersticas del turismo recreativo

    La recreacin es una experiencia en la que el turismo ocupa su tiempo libre en

    actividades que le permiten acrecentar su conocer, despierta la curiosidad por

    aprender cosas nuevas, respeta cultura y se preocupa y ocupa por comprender a la

    sociedad y ayudar a la conservacin de la historia del hombre respetando el

    patrimonio de la humanidad.

    Siendo su objetivo principal generar conciencia en el cuidado de los lugares que

    visita, se vuelve educado y respeta la actividad que desarrolla haciendo de este tipo de

    turismo un sector preocupado pero a la vez ocupado en la actividad recreativa.

    El turismo recreativo, busca la sensibilidad y desarrollo de la persona, en un ambiente

    tranquilo que tiene como objeto el aprendizaje de las diversas culturas a nivel

    internacional.

    Reflexin 1. Turismo alternativo

    Una vez que has estudiado lo relacionado al turismo recreativo y la normatividad

    aplicable, compara la informacin que investigaste con la revisada en este tema,

    respecto las leyes que regulan su operacin.

    Renvo actividad 1. Turismo alternativo

    Actualiza el documento que enviaste como primera versin, de acuerdo a las

    comparaciones realizadas al trmino de los apartados 3.1, 3.3 y 3.4.

    Agrega tu reflexin sobre el siguiente cuestionamiento:

    Cmo se aplica la normatividad para regular la operacin del turismo alternativo en

    Mxico? Fundamenta y da un ejemplo.

    Al finalizar, enva a la seccin tareas tu archivo al Facilitador (a) con la nomenclatura ACT1_V2_LTU_U3_XXYZ y espera su retroalimentacin.

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    Ahora es momento de realizar una actividad interactiva en donde compartas con tus

    compaeros (as) la informacin que has revisado en esta unidad.

    Actividad 2. Fundamentos principales de la Legislacin turstica

    La siguiente actividad, te permitir identificar los principales fundamentos de la legislacin turstica en colaboracin con tus compaeros(as). Para ello: 1. Revisa la normativa que fundamenta a la Legislacin turstica estudiada hasta el

    momento.

    2. Identifica los fundamentos principales de la Legislacin turstica.

    3. Ingresa a la wiki y coloca tus aportaciones con al menos 3 fundamentos, y

    agrega una reflexin acerca de la normativa que fundamenta a la Legislacin

    Turstica y su visin.

    4. Lee la participacin de tus compaeros (as) si ya hubiera una entrada y completa

    la informacin con tu aportacin.

    *Recuerda que tus intervenciones deben ser claras y concretas. Adems de que debes sealar cules fueron tus fuentes de consulta.

    Autoevaluacin

    A continuacin, realiza un ejercicio que te permitir medir el avance de tus conocimientos adquiridos en esta segunda unidad. Ingresa a la herramienta de Autoevaluacin, dentro del aula virtual, y contesta las preguntas que ah aparecen.

    Evidencia de aprendizaje. El extranjero (parte 3)

    Para finalizar las actividades de la unidad 3, y como parte de tus evidencias de

    aprendizaje, identificars mediante el anlisis de un caso, la normatividad que regula

    la operacin de los principales tipos de turismo. Para ello:

    1. Lee y analiza el caso que te enviar tu Facilitador(a).

    2. Reflexiona y responde las preguntas que te enviar tu Facilitador(a)

    3. Al finalizar, guarda tu documento con la nomenclatura LTU_U3_EA_XXYZ y

    envalo a tu Facilitador(a) mediante la seccin Portafolio de Evidencias. Espera su

    retroalimentacin.

    * Consulta la Escala de evaluacin U3.

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    Cierre de la unidad

    La importancia del turismo alternativo es de manera particular una de las actividades

    primordiales en la actividad turstica debido a su constante desarrollo y modificacin,

    con ello se busca tener una regulacin normativa especfica a la actividad para no

    violentar derechos a las personas que intervienen en ella, as mismo, el desarrollo del

    Estado Mexicano depende en gran parte de esta actividad encaminada al turismo de

    aventura, turismo de negocios y turismo recreativo.

    Para saber ms

    En relacin al turismo alternativo es importante revisar la pgina de la Organizacin

    Mundial del Turismo.

    Con respecto a las disposiciones legales en relacin al turismo debemos revisar las

    ltimas reformas publicadas por el Diario Oficial de la Federacin.

    Con la intencin de incrementar t conocimiento acerca de la legislacin en Mxico y

    su relacin con la destruccin del medio ambiente, se sugieren los siguientes

    videos

    - http://www.youtube.com/watch?v=Viv0zakf8Aw

    - http://www.youtube.com/watch?v=SuGIRz1cDgM

    - http://www.youtube.com/watch?v=9vSJJU9Svdo

    Fuentes de consulta

    Molina, S. (2007) Poltica turstica de Mxico. Mxico: Trillas.

    Fuentes electrnicas

    Diario Oficial de la Federacin. Retomado de http://dof.gob.mx/

    Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente. Retomado de

    http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/148.pdf

    Ley Aduanera. Retomado de

    http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/12.pdf

    Ley de Comercio Exterior Normas oficiales mexicanas (NOM) Retomado de

    http://www.aduanas-mexico.com.mx/claa/ctar/normas/nm004bsc.htm

    Ley de Vas Generales de Comunicacin. Retomado de

    http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/73.pdf