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UNIDAD DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL ADENDA No. 2 TÉRMINOS DE REFERENCIA - CONVOCATORIA PARA EL APOYO A LA PROTECCIÓN DE INVENCIONES CON POTENCIAL DE MERCADO. El texto de los numerales ajustados con la presente adenda es lo que se indican a continuación: NUMERAL 4.8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA CONVOCATORIA PIPM-16 Bogotá D.C. Octubre 24 de 2016.

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UNIDAD DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL

ADENDA No. 2

TÉRMINOS DE REFERENCIA - CONVOCATORIA PARA EL APOYO A LA PROTECCIÓN DE

INVENCIONES CON POTENCIAL DE MERCADO. El texto de los numerales ajustados con la presente adenda es lo que se indican a continuación: NUMERAL 4.8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

CONVOCATORIA PIPM-16

Bogotá D.C.

Octubre 24 de 2016.

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TABLA DE CONTENIDO

1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN ....................................................................................................... 4

2. ESTRATEGIA NACIONAL DE FOMENTO A LA PROTECCIÓN DE INVENCIONES ........................................ 5

3. PROCESO DE SOLICITUD DE PATENTE ................................................................................................. 5

4. CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA ............................................................................. 7

4.1 DEFINICIONES ........................................................................................................................................... 7

4.2 OBJETO DE LA CONVOCATORIA ................................................................................................................ 8

4.3 ALCANCE DEL SERVICIO ............................................................................................................................ 8

4.4 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA ......................................................................................... 9

4.5 QUIÉNES PUEDEN SER POSTULANTES .................................................................................................... 10

4.5.1 REQUISITOS PARA LOS POSTULANTES .................................................................................................. 10 4.5.1.4 CONDICIONES DE LA INVENCIÓN PATENTABLE .................................................................................... 11 4.6 COBERTURA GEOGRÁFICA ...................................................................................................................... 11

4.7 QUIÉNES NO PUEDEN SER POSTULANTES .............................................................................................. 12

4.8 CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA ................................................................................................. 12

4.8.1 APERTURA DE LA CONVOCATORIA ........................................................................................................ 12 4.8.2 CIERRE DE LA CONVOCATORIA .............................................................................................................. 12 4.8.3 FECHAS DE LA CONVOCATORIA............................................................................................................. 12 4.9 FORMULACIÓN DE INQUIETUDES .......................................................................................................... 12

4.10 RESPUESTA DE INQUIETUDES ................................................................................................................. 13

5. CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA APLICAR A LA CONVOCATORIA ..................................................... 13

5.1 PRESENTACIÓN DE LA POSTULACIÓN .................................................................................................... 13

5.2 ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA ............................................................................ 15

5.3 CANTIDAD MÁXIMA DE POSTULACIONES POR POSTULANTE ................................................................ 15

5.4 MONTO DE COFINANCIACIÓN Y CONTRAPARTIDA SEGÚN EL TIPO DE BENEFICIARIO .......................... 15

5.4.1 DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN ....................................................................... 15 5.4.2 RUBROS NO CONFINANCIABLES ............................................................................................................ 16 5.5 DOCUMENTACIÓN DE LA POSTULACIÓN ............................................................................................... 16

5.5.1 DOCUMENTACIÓN PARA PERSONAS JURÍDICAS ................................................................................... 16 5.5.2 DOCUMENTACIÓN PARA PERSONAS NATURALES ................................................................................ 17 6. EVALUACIÓN ................................................................................................................................... 17

6.1 EVALUACIÓN DOCUMENTAL .................................................................................................................. 17

6.1.1 EVALUACIÓN DE PREVIABILIDAD .......................................................................................................... 18 6.2 ETAPA DE VIABILIDAD ............................................................................................................................ 19

6.2.1 CRITERIOS PARA EL ANÁLISIS DE VIABILIDAD........................................................................................ 19

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6.2.2 ASIGNACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS POSTULACIONES ..................................................................... 20 6.2.3 CRITERIOS DE DESEMPATE .................................................................................................................... 20 6.3 RECHAZO DE LAS POSTULACIONES ........................................................................................................ 20

6.4 DECLARATORIA DESIERTA ...................................................................................................................... 21

7. TÉRMINOS JURÍDICOS ..................................................................................................................... 21

7.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE .............................................................................................................. 21

7.2 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA ............................................................................... 21

7.3 CLÁUSULA DE RESERVA .......................................................................................................................... 21

8. ACUERDO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE PROVEEDOR Y BENEFICIARIO ................................. 21

8.1 COMPROMISOS Y RESPONSABILIDAD DEL BENEFICIARIO ...................................................................... 22

9. DIFUSIÓN, COMUNICACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS ............................................................ 22

10. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LOS RESULTADOS ......................................................... 23

11. HABEAS DATA ................................................................................................................................. 23

12. CONFIDENCIALIDAD ........................................................................................................................ 23

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1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN

La Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial – LA UNIDAD (iNNpulsa Colombia) es la agencia del Gobierno Nacional que apoya y promueve el emprendimiento, la innovación y el desarrollo productivo del ecosistema empresarial colombiano por medio de instrumentos y programas que permiten potencializar las capacidades de los empresarios, movilizando recursos financieros, apoyo técnico e incidiendo positivamente en la mentalidad y la cultura empresarial del país con el fin de aportar a la meta de Colombia como el tercer país más innovador y competitivo de América Latina en 2025. En este contexto, en el desarrollo de la actualización de la política de ciencia, tecnología e innovación del país, se ha identificado que existe un “bajo uso de mecanismos estratégicos de protección de las innovaciones, teniendo mayor importancia los informales (p.ej. el secreto industrial) que los formales (p.ej. patentes)”. En particular, Colombia ocupa el puesto número 89 entre 141 países con respecto al indicador “Creación de Conocimiento”, que se aproxima al nivel de patentamiento de residentes en un país. La posición de Colombia se ubica por debajo de países como Brasil (56), Chile (67), Argentina (71) y México (83). En este mismo sentido, según la Red de Indicadores de Ciencia y Tecnología Iberoamericana e Interamericana (RICYT), el coeficiente de invención (Número de patentes por cada 100.000 habitantes) ha venido en crecimiento en el último decenio (en el año 2004, 0,18 invenciones; en el año 2009 0,29; en el año 2013 0,53 invenciones; no obstante, a pesar del crecimiento el nivel continua siendo bajo en comparación con países similares como Argentina (en el año 2013, 1,3 invenciones y Chile (en el año 2013 1,9 invenciones) 1 . A partir de esta problemática, Colciencias, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y LA UNIDAD, suscribieron el Convenio Especial de Cooperación Nº FP44842-211-2016 cuyo objeto consiste en “aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros (…) para crear e implementar la estrategia nacional de fomento a la protección de invenciones”. Esta estrategia está dirigida a inventores, emprendedores, investigadores, empresas, Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación, entre otras entidades u organizaciones, que hayan desarrollado un invento y requieran apoyo técnico y financiero para lograr la protección mediante patentes. Teniendo en cuenta que a nivel regional ya se encuentran operando las estrategias de “Brigadas de Patentes y Fondos Regionales de Patentes” específicamente en Bogotá – Cundinamarca, Antioquia, Santander, Atlántico y Valle del Cauca2, la Estrategia Nacional se concentrará en brindar apoyo en departamentos diferentes a los que ya cuentan con fondos regionales, en donde se presenta un mayor desconocimiento en temas de propiedad industrial y en temas conexos al alistamiento y radicación de una solicitud de patente, adicional a las dificultades económicas, que generalmente se constituyen en obstáculos para iniciar la presentación de las solicitudes de patentes.

1 COLOMBIA, Departamento Nacional de Planeación – Documento CONPES. Borrador de Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (2015 - 2025), 2016, p. 48. 2 COLCIENCIAS, Brigada de Patentes y Fondos Regionales de Patentes. Disponible en: http://www.colciencias.gov.co/node/1162.

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2. ESTRATEGIA NACIONAL DE FOMENTO A LA PROTECCIÓN DE INVENCIONES

La Estrategia Nacional de Fomento a la Protección de Invenciones está dirigida a inventores, emprendedores, investigadores, empresas, Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación, entre otras entidades u organizaciones, que hayan desarrollado un invento y requieran apoyo técnico y financiero para lograr la protección mediante patentes. La implementación de la estrategia consiste en la selección de las invenciones cuyos titulares recibirán apoyo para la redacción y acompañamiento en el trámite de solicitudes de patente en Colombia. Los beneficiarios no recibirán recursos en efectivo, pero obtendrán el derecho a recibir los servicios de las mejores firmas o abogados de propiedad intelectual residentes en Colombia, con sus respectivos equipos técnicos, que los acompañarán en este proceso. Por lo anterior, en el desarrollo de la estrategia se seleccionaran a los proveedores del servicio de redacción de patente, que se encargarán de redactar las patentes de las invenciones de los beneficiarios y acompañarlos en el trámite de la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio y hasta la solicitud y pago de tasa de examen de patentabilidad. La culminación del trámite de la patente se encuentra a cargo de los beneficiarios, una vez se presente la solicitud. Para esta primera versión de la estrategia, se espera apoyar a beneficiarios de todo el territorio nacional, excepto para aquellos que se encuentren domiciliados en los departamentos de Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico, Santander y en la ciudad de Bogotá D.C. 3. PROCESO DE SOLICITUD DE PATENTE

La decisión final de una solicitud de patente en Colombia, está sometido a una serie de requisitos formales de presentación, técnicos, plazos para los distintos trámites, publicación en la gaceta oficial, pago de tasas, etc. A continuación se presenta gráficamente el proceso para el trámite de solicitud de una patente de invención en la Superintendencia de Industria y Comercio. Se aclara que la siguiente gráfica muestra la descripción completa del proceso de decisión de una patente. Sin embargo, el objeto de esta invitación se agota en la etapa de la solicitud o petición del examen de patentabilidad y su pago correspondiente que esta resaltado en círculo rojo. No obstante que se describa el proceso completo, se aclara que LA UNIDAD no se hace responsable de completar las etapas posteriores al examen de patentabilidad ni garantiza la concesión de la patente, proceso que depende del examen de fondo y demás requisitos que se soliciten por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.

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Grafica 1. Tramite de la solicitud de patente de invención

Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio

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4. CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA

4.1 DEFINICIONES

a) LA UNIDAD: Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial es el Programa especial (patrimonio autónomo) que administra el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 375 de 2015.

b) Estrategia Nacional de Fomento a la Protección de Invenciones: Mecanismo que busca identificar invenciones con potencial de protección mediante patente, que hayan sido desarrolladas por Inventores, emprendedores, investigadores independientes, empresas, centros de desarrollo tecnológico, centros de investigación, instituciones de educación superior, entre otras personas naturales o jurídicas, en los departamentos en los cuales no operan las Brigadas de Patentes y los Fondos Regionales de Patentes3.

c) Postulantes: Inventores, emprendedores, investigadores independientes, empresas, centros de desarrollo tecnológico, centros de investigación, instituciones de educación superior, entre otras personas naturales o jurídicas que busquen apoyo para redactar y radicar solicitudes de patentes en Colombia, en el marco de la Estrategia Nacional de Fomento a la Protección de Invenciones. Los postulantes deben estar domiciliados en departamentos diferentes a Cundinamarca, Bogotá, D.C., Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico y Santander.

d) Invención patentable: para efectos de la presente convocatoria se aceptarán para ser objeto

de protección aquellas invenciones que reúnan tres condiciones: Primero, Debe ser novedoso, es decir, que no exista a nivel mundial. Segundo, Debe poseer un nivel inventivo, lo que equivale a decir, que no sea un desarrollo obvio para alguien experto en la materia que trata el invento. Tercero, Que lo inventado pueda ser utilizado o fabricado en cualquier industria, es decir, que debe tener una aplicación industrial.

e) Beneficiarios: Corresponden a los postulantes seleccionados en el marco de la presente

convocatoria, que recibirán el apoyo técnico y financiero para redactar y radicar solicitudes de patentes en Colombia, en el marco de la Estrategia Nacional de Fomento a la Protección de Invenciones. Los beneficiarios deben encontrarse domiciliados en departamentos diferentes a Cundinamarca, Bogotá D.C., Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico y Santander.

f) Postulación: Es el formulario de aplicación diligenciado que el postulante presenta a LA

UNIDAD con los respectivos anexos requeridos y definidos en los presentes términos de referencia.

g) Selección de postulaciones: Es el proceso que surte LA UNIDAD para escoger las postulaciones

que cumplen con los requisitos definidos en la presente convocatoria y que serán beneficiadas con la redacción de patentes.

3 Tomado de http://www.colciencias.gov.co/pagina/estrategia-nacional-para-la-proteccion-de-invenciones

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h) Proveedor: Se refiere a los expertos seleccionados y contratados por LA UNIDAD, para la redacción y acompañamiento en el trámite de solicitudes de patente en el marco de la Estrategia Nacional de Fomento a la Protección de Invenciones.

i) Acuerdo de Prestación de Servicios: Es el acuerdo de voluntades suscrito entre el proveedor y

el beneficiario que consigna las características y alcance del servicio de redacción y acompañamiento en el trámite de solicitudes de patentes que el proveedor prestará al beneficiario en el marco de la presente convocatoria, así como las obligaciones de las partes durante la prestación del servicio.

j) Carta de Compromiso: Documento suscrito por el beneficiario a favor de LA UNIDAD en el cual

se establecen los compromisos que asume el beneficiario en el marco de la presente convocatoria.

4.2 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Seleccionar hasta sesenta y cinco (65) solicitudes de patente que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, para recibir de parte del Proveedor previamente seleccionado por la UNIDAD, en los términos establecidos en la presente convocatoria, el servicio de redacción y trámite de solicitud de patente de invención ante la Superintendencia de Industria y Comercio para la protección de sus invenciones con potencial de mercado.

4.3 ALCANCE DEL SERVICIO

Para efectos de la presente convocatoria se aclara a los postulantes interesados que la prestación del servicio de redacción y acompañamiento en el trámite de solicitudes de patente incluye los siguientes componentes:

Redacción de la solicitud de patente: Documento o expediente en el que el solicitante o apoderado solicita la concesión de una patente. Contiene un petitorio4 o formulario online, un resumen, una descripción, las reivindicaciones5 (hasta la undécima), dibujos (si fuesen necesarios) y en algunos casos documentos legales (poderes, documento de prioridad, etc.).

Radicación de la presentación de la solicitud de patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio y pago de la solicitud de presentación de la patente.

Respuesta a requerimientos de forma6 durante el plazo legalmente establecido por la superintendencia de Industria y Comercio.

Respuesta a requerimientos en la etapa de publicación y oposiciones7 (si aplica) durante el plazo legalmente establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio.

4 Petitorio: formato donde se hace constar los datos generales de identificación del solicitante, el inventor y la invención. 5 Las reivindicaciones son las características técnicas novedosas de la invención, para las cuales se reclama la protección legal mediante la patente.

6 Los requerimiento se pueden generar de acuerdo a los requisitos de forma:

Petitorio que indique que se solicita la concesión de una patente, identificación del solicitante y datos que hagan posible que la Superintendencia de Industria y l Comercio se comunique con él.

La descripción de la invención

Los dibujos, de ser éstos pertinentes

Comprobante de pago de las tasas establecidas

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Pago de las tasas vigentes8 por concepto de divisionales9, solicitudes de prórroga, modificaciones y correcciones en el trámite10, en caso de requerirse durante el proceso y antes de la solicitud del examen de patentabilidad.

Solicitud o petición y pago de tasa de examen de patentabilidad11 durante el plazo legalmente establecido.

Nota: Se aclara a los postulantes interesados en participar en la presente Convocatoria que el Servicio contratado no incluye el acompañamiento por parte del prestador del servicio al beneficiario hasta la concesión de la patente. El alcance del servicio va hasta la etapa de la solicitud o petición del examen de patentabilidad. No obstante, el beneficiario podrá, en caso de que así lo considere, continuar con los servicios del prestador por su propia cuenta hasta obtener el pronunciamiento definitivo de la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, los beneficiarios que resulten seleccionados, al presentar su postulación a la presente convocatoria entienden y aceptan que LA UNIDAD no asume ninguna responsabilidad por las labores adelantadas por el Proveedor del servicio, por lo que la eximen de cualquier responsabilidad por estas circunstancias. Es obligación y responsabilidad exclusiva de cada beneficiario seleccionado establecer los mecanismos que le permitan asegurar el manejo confidencial de la información y documentación que se entregue al Proveedor para tramitar la solicitud de patente, así como la protección de los derechos de propiedad intelectual que recaigan sobre estos. Es entendido y aceptado por los postulantes a la presente convocatoria que LA UNIDAD no asume ninguna responsabilidad por estos aspectos.

4.4 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA

LA UNIDAD cuenta con un presupuesto total para atender la presente convocatoria de QUINIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS / M. CTE. ($504.738.000, oo). No obstante lo anterior, se aclara que por cada redacción de patente que se solicite por el beneficiario seleccionado se reconocerá por parte de LA UNIDAD el monto conforme a lo establecido en el numeral 5.4 de los presentes términos de referencia.

7 La publicación tiene por objeto permitir a las personas enterarse de qué es lo que se está intentando proteger a través de la solicitud y les permite presentar oposiciones que intentan desvirtuar la posibilidad de que la solicitud se convierta en patente. 8 Las tasas se pueden consultar en la página de la Superintendencia de Industria y Comercio, en el siguiente link: http://www.sic.gov.co/drupal/tasas-2014-

patentes 9 Las solicitudes de patentes pueden dividirse en dos o más solicitudes fraccionarias, pero ninguna de éstas podrá implicar una ampliación de la protección que corresponda a la divulgación de la solicitud inicial. 10 Durante el trámite se pueden hacer modificaciones de la invención inicialmente solicitada. La modificación no podrá implicar una ampliación del objeto de la protección inicialmente presentada. 11 Examen de patentabilidad: Es el examen por medio del cual se determina si el invento es patentable, es decir, si es nuevo, tiene nivel inventivo y

aplicación industrial y si cumple con los requisitos establecidos en la legislación para la concesión de la patente. La tasa del examen de patentabilidad es la tasa que se debe pagar a la Superintendencia de Industria y Comercio para que realice el examen en mención.

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4.5 QUIÉNES PUEDEN SER POSTULANTES

Podrán participar como postulantes personas naturales o jurídicas que tengan las siguientes calidades y que cumplan con los requisitos exigidos en la presente convocatoria:

Inventores independientes.

Investigadores.

Emprendedores.

Empresas.

Centros de Investigación.

Centros de Desarrollo Tecnológico.

Instituciones de Educación Superior.

Otras personas naturales o jurídicas que hayan desarrollado una invención.

4.5.1 REQUISITOS PARA LOS POSTULANTES

El postulante que aplique a esta convocatoria, debe cumplir con los siguientes requisitos:

4.5.1.1 Requisito para Personas Jurídicas

Estar domiciliado en un departamento diferente a Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico, Santander o en una ciudad diferente de Bogotá D.C.

4.5.1.2 Requisitos para Personas Naturales.

Estar domiciliado en un departamento diferente a Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico, Santander o en una ciudad diferente de Bogotá D.C.

4.5.1.3 Requisitos comunes

En el evento que el postulante resulte beneficiado con la presente convocatoria:

Deberá aportar la contrapartida que corresponda según el tipo de beneficiario, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.4 de los Términos de Referencia, la cual será pagada directamente por el beneficiario al proveedor en calidad de anticipo, en los términos establecidos en el Acuerdo de prestación de servicios suscrito entre ambas partes. Para el efecto se adjuntará certificado de contrapartida (Anexo No. 3).

El postulante, en caso de ser beneficiario, debe disponer como mínimo de una (1) persona responsable para interactuar con el proveedor de servicio y con LA UNIDAD, para la redacción de la patente, el postulante deberá indicar la persona designada para el efecto, la cual debe trabajar con el proveedor y LA UNIDAD, en caso que la postulación resulte seleccionada.

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En el evento que el beneficiario, decida continuar con el trámite de la patente deberá asumir los costos posteriores12 al primer examen de patentabilidad, según lo estipulado en el numeral 4.3 de los términos de referencia.

4.5.1.4 CONDICIONES DE LA INVENCIÓN PATENTABLE

La invención que pretenda patentar el postulante en desarrollo de la presente convocatoria debe cumplir con los siguientes requisitos:

La invención a proteger no debe estar dentro de las exclusiones establecidas en el Artículo No. 15 de la Decisión Andina 48613.

La invención no debe estar dentro de las excepciones establecidas en el Artículo No. 20 de la Decisión Andina 48614.

La invención debe corresponder a la solución de un problema técnico que dio lugar al desarrollo de la invención. Por ejemplo, la baja eficiencia en un proceso determinado, la baja resistencia de un material, la alta toxicidad en el tratamiento de una enfermedad que implica el desarrollo de un nuevo o mejorado fármaco, entre otros).

En caso de que la invención se haya realizado en conjunto con otras personas naturales o jurídicas debe contar con el documento de cesión de derechos o de autorización de las partes para aplicar a esta convocatoria (Anexo No 2 y Anexo No 4). LA UNIDAD entiende que las personas que se presentan a esta convocatoria son quienes efectiva y realmente han desarrollado la respectiva invención y no se hace responsable por daños ocasionados a terceros por parte de los postulantes en virtud de su postulación a esta propuesta.

4.6 COBERTURA GEOGRÁFICA

En cualquier lugar del territorio nacional salvo en los departamentos de Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico, Santander y la ciudad de Bogotá D.C.

12

Los costos adicionales deben ser consultados en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Tenga en cuenta que estas tasas cambian anualmente. Si desea consultarlas haga click en el siguiente link: http://www.sic.gov.co/drupal/tasas-2014-patentes. 13 Artículo 15.- No se considerarán invenciones:

a) los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; b) el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural; c) las obras literarias y artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor; d) los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales; e) los programas de ordenadores o el soporte lógico, como tales; y, f) las formas de presentar información.

14 Artículo 20.- No serán patentables:

a) las invenciones cuya explotación comercial en el territorio del País Miembro respectivo deba impedirse necesariamente para proteger el orden público o la moral. A estos efectos la explotación comercial de una invención no se considerará contraria al orden público o a la moral solo debido a la existencia de una disposición legal o administrativa que prohíba o que regule dicha explotación; b) las invenciones cuya explotación comercial en el País Miembro respectivo deba impedirse necesariamente para proteger la salud o la vida de las personas o de los animales, o para preservar los vegetales o el medio ambiente. A estos efectos la explotación comercial de una invención no se considerará contraria a la salud o la vida de las personas, de los animales, o para la preservación de los vegetales o del medio ambiente sólo por razón de existir una disposición legal o administrativa que prohíba o que regule dicha explotación; c) las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos; d) los métodos terapéuticos o quirúrgicos para el tratamiento humano o animal, así como los métodos de diagnóstico aplicados a los seres humanos o a animales.

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4.7 QUIÉNES NO PUEDEN SER POSTULANTES

No podrán ser postulantes:

Personas naturales o jurídicas que se encuentren domiciliadas en Cundinamarca, Bogotá, D.C., Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico o Santander.

Aquellas personas naturales o jurídicas que no cumplan con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria para presentar la respectiva postulación.

4.8 CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

El desarrollo de esta convocatoria se realizará conforme a los siguientes numerales. El cronograma

podrá ser modificado por LA UNIDAD sin restricción mediante adenda a los presentes términos de referencia.

4.8.1 APERTURA DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria se abrirá el 02 de Septiembre de 2016.

4.8.2 CIERRE DE LA CONVOCATORIA

El cierre de la convocatoria será 18 de Noviembre de 2016 hasta las 16:00 horas. Los resultados de la convocatoria, se publicarán en la página web: http://www.innpulsacolombia.com/es/ofertas.

4.8.3 FECHAS DE LA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD FECHAS

Apertura de la Convocatoria 02 de Septiembre de 2016

Formulación de Inquietudes 24 de Octubre hasta el 04 de Noviembre de 2016

Respuestas de Inquietudes Desde el 24 de Octubre hasta el 11 de Noviembre de 2016

Cierre de la Convocatoria 18 de Noviembre de 2016 hasta las 16:00 horas

4.9 FORMULACIÓN DE INQUIETUDES

Las respuestas a inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes términos de referencia, que surjan por parte de los postulantes, deberán ser presentadas mediante correo electrónico remitido a [email protected] y dirigido a La Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial, indicando en el asunto el nombre y número de la convocatoria.

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4.10 RESPUESTA DE INQUIETUDES

LA UNIDAD, conforme al calendario establecido en el numeral 4.8.3 de los términos de referencia, publicará en su página web www.innpulsacolombia.com las respuestas a las inquietudes formuladas por los postulantes en un documento titulado “Preguntas frecuentes”. Será responsabilidad de los interesados consultar de forma periódica las respuestas a las preguntas formuladas. 5. CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA APLICAR A LA CONVOCATORIA

Además de los lineamientos, requisitos y condiciones establecidos en el numeral 4.5.1 de estos términos de referencia, los postulantes que apliquen a la convocatoria deberán ceñirse a las siguientes condiciones.

5.1 PRESENTACIÓN DE LA POSTULACIÓN

Las postulaciones solo podrán presentarse de manera virtual a través del formulario de aplicación (https://www.innpulsacolombia.com/es/registrar-beneficiario). En ningún caso se tendrán en cuenta postulaciones ni su respectiva documentación anexa que sean presentadas en medio físico, a través de correo electrónico o por algún otro medio diferente al formulario de aplicación virtual. La información a consignar en dicho formulario es la siguiente, junto con todos anexos y documentos requeridos en los numerales 5.5.

i. Detalles del Postulante.

Nombre del postulante o razón social: (Inventores, Emprendedores, Investigadores, Empresa, Centro de Desarrollo Tecnológico, Centro de Investigación, Institución de Educación Superior).

Tipo de Documento de Identificación: NIT (Persona Jurídica). CC (Persona Natural).

Número de Documento de Identificación.

Dirección del postulante.

Datos de Contacto.

ii. Información de la invención

Título de la invención.

Clasificación de la invención de conformidad con el formulario online.

Definición del problema técnico que resuelve la invención: Problema de investigación o problema técnico que se abordó y que dio lugar al desarrollo de la invención. Por ejemplo, la baja eficiencia en un proceso determinado, la baja resistencia de un material, la alta toxicidad en el tratamiento de una enfermedad que implica el desarrollo de un nuevo o mejorado fármaco, entre otros).

Descripción de la invención: Características y especificaciones técnicas de la tecnología. Indique las partes que constituyen el producto y como se unen entre ellas para configurar la invención, o los pasos que conforman el proceso, o el mecanismo de

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funcionamiento del producto/proceso, así como los resultados que se obtienen al emplear el producto/proceso. (Adjunte imágenes, planos, dibujos, etc. si lo considera necesario para mayor comprensión).

Descripción de las características novedosas de la invención: A partir de la descripción anterior, identifique y describa las características técnicas específicas que se constituyen como los aspectos que considere novedosos dentro de la invención.

Palabras clave asociadas a la invención.

Estado de Desarrollo de la invención: considerando qué tan lejos se encuentra para llegar a ser un producto validable a nivel comercial. Puede considerar algunos de los posibles estados de desarrollo15

.

Estado de la técnica asociado a la invención: es toda la información que se encuentra relacionada con la invención, como publicaciones y bases de datos, físicas o electrónicas. De esta información se permite concluir si el producto o procedimiento a patentar es nuevo.

Declaración de divulgaciones previas: diligenciar de acuerdo al formulario online

Sector tecnológico relacionado con la Invención.

Identificación de producto(s) o aplicación(es) derivado(s) de la invención: Indique el producto o productos que pueden derivarse de la invención. Ejemplo: De un proceso químico pueden resultar dos productos con aplicaciones comerciales. También podría tratarse de un servicio tecnológico.

Beneficios y diferencial de la invención: Identifique claramente los parámetros o atributos sobre los que se detallan tales beneficios. Ejemplo de atributos: precisión (para el caso de dispositivos de medición), tiempo de residencia (para procesos químicos), eficiencia (para máquinas), etc. Estos beneficios deberían considerarse en relación a tecnologías ya existentes que sean sustitutas o comparables.

iii. Información de Titularidad de la invención

Contrato de cesión de derechos (Anexo No. 2).

Declaración de las partes que desarrollaron la invención (Anexo No. 4).

iv. Información de Mercado

Características y tendencias de mercado (sector o sectores económicos de aplicación).

Identificación de actores relevantes del mercado y su extensión (local, nacional, internacional).

Identificación de sectores económicos de mayor relevancia.

Identificación de aplicaciones actuales y futuras de la invención.

15 Niveles 1 y 2: el desarrollo tecnológico se cuenta con recursos y se ha iniciado un proyecto de Investigación. Se pueden tener resultados

parciales pero aún no se han obtenido resultados definitivos.

Niveles 3 y 4: el desarrollo tecnológico ha obtenido un resultado (producto o proceso) que da muestras de rendimiento y estabilidad en escala

micro. No existe certeza sobre su aplicación.

Niveles 5 y 6: se construye un modelo original que presenta todas las cualidades técnicas y características de funcionamiento del nuevo

producto o proceso, aunque no se ha probado en condiciones reales.

Niveles 7 y 8: el desarrollo tecnológico se construye un modelo con las cualidades técnicas y características de funcionamiento del nuevo

producto o proceso y se realizan pruebas en condiciones reales de operación.

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Tiempo para introducción al mercado.

5.2 ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA

Corresponde a todo postulante efectuar los estudios y verificaciones que considere necesarios para la aplicación a la convocatoria, asumiendo todos los gastos, costos, impuestos y riesgos que ello implique, que no serán reembolsados en ningún caso y bajo ningún concepto.

5.3 CANTIDAD MÁXIMA DE POSTULACIONES POR POSTULANTE

Cada postulante podrá presentar un número ilimitado de invenciones. Por cada invención deberá diligenciar un nuevo formulario virtual que se detalla en el numeral 5.1.

5.4 MONTO DE COFINANCIACIÓN Y CONTRAPARTIDA SEGÚN EL TIPO DE BENEFICIARIO

Cada una de las postulaciones/invenciones presentadas que resulten viables, serán cofinanciadas por LA UNIDAD por un valor máximo de SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS ($7.765.200). Los recursos de contrapartida corresponden a recursos dispuestos por el postulante y /o terceros que aporten a la propuesta, por lo que pueden provenir del mismo postulante u otras entidades. En todo caso, el monto de contrapartida deberá ser certificado por quien aporte los recursos. El valor máximo a cofinanciar, así como el monto de contrapartida, depende del tipo de postulante que aplique a la convocatoria, de acuerdo con la tabla que se presenta a continuación:

Tipo de Postulante

Persona Natural

Institución de Educación Superior

Centro de Desarrollo

Tecnológico o Centro de

Investigación

Empresa Micro o Pequeña

Empresa Mediana

Empresa grande

% Contrapartida 10% 10% 10% 10% 30% 50%

Contrapartida $ 862.800 $ 862.800 $ 862.800 $ 862.800 $ 2.588.400 $ 4.314.000

% Cofinanciación 90% 90% 90% 90% 70% 50%

Cofinanciación $ 7.765.200 $ 7.765.200 $ 7.765.200 $ 7.765.200 $ 6.039.600 $ 4.314.000

Total $ 8.628.000 $ 8.628.000 $ 8.628.000 $ 8.628.000 $ 8.628.000 $ 8.628.000

En ningún caso LA UNIDAD entregará recursos directamente a los beneficiarios. El pago por los servicios se hará directamente a los proveedores del servicio.

5.4.1 DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN

Con los recursos de cofinanciación se pagarán directamente a los proveedores del servicio las siguientes actividades:

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Redacción de la solicitud de patente: Documento o expediente en el que el solicitante o apoderado solicita la concesión de una patente. Contiene un petitorio o formulario online, un resumen, una descripción, las reivindicaciones, dibujos (si fuesen necesarios) y en algunos casos documentos legales (poderes, documento de prioridad, etc.).

Radicación de la presentación de la solicitud de patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio y pago de la solicitud de presentación de la patente.

Respuesta a requerimientos de forma durante el plazo legalmente establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Respuesta a requerimientos en la etapa de publicación y oposiciones durante el plazo legalmente establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Pago de las tasas vigentes por concepto de divisionales, solicitudes de prórroga, modificaciones y correcciones en el trámite, en caso de requerirse durante el proceso y antes de la solicitud del examen de patentabilidad.

Solicitud o petición y pago de tasa de examen de patentabilidad durante el plazo Legalmente establecido para ello.

5.4.2 RUBROS NO CONFINANCIABLES

La Convocatoria no cofinanciará los siguientes rubros:

Segundo o posteriores exámenes de patentabilidad.

Reivindicaciones adicionales (a partir de la undécima 11° reivindicación)

Pagos adicionales a la firma de abogados o abogado no contemplados en el numeral 5.4.1 de los términos de referencia.

Otras actividades o costos no cubiertos en el numeral 5.4.1 de los términos de referencia. Las actividades y en general todas aquellas que se requieran adelantar para culminar con el proceso de la solicitud de la patente deberán ser asumidas exclusivamente por los beneficiarios.

5.5 DOCUMENTACIÓN DE LA POSTULACIÓN

Los postulantes deberán cargar los siguientes documentos al momento de hacer la postulación a través del formulario de aplicación (https://www.innpulsacolombia.com/es/registrar-beneficiario).

5.5.1 DOCUMENTACIÓN PARA PERSONAS JURÍDICAS

Fotocopia del Certificado de Existencia y Representación Legal no superior a dos (2) meses de emisión a la fecha de presentación de la postulación.

Copia del Registro Único Tributario (RUT) actualizado.

Fotocopia legible del Documento de Identidad del Representante Legal.

Copia de un recibo de servicios públicos del lugar de domicilio, con fecha no posterior a seis (6) meses contados a partir del envío de la postulación.

Carta de Compromiso (Anexo No 1) firmada por el Representante Legal en donde declara que entregará toda la información de la invención requerida para el proceso y que aportará la suma de la contrapartida que corresponda.

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Certificado de contrapartida (Anexo No 3) donde certifica la existencia y disponibilidad de los recursos de contrapartida conforme al tipo de postulante.

Contrato de Cesión de Derechos (Anexo No 2) firmado por el inventor o los inventores de la tecnología (donde declaran la cesión de derechos a la entidad titular).

En caso de que la invención se haya realizado en conjunto con otras personas naturales o jurídicas debe contar con autorización de las partes para aplicar a esta convocatoria, ver (Anexo No 4). Declaración de las partes que desarrollaron la invención, si aplica.

En caso de desarrollos relacionados con tecnologías biológicas, anexar contrato o comprobante de inicio de trámite del contrato de Acceso a Recursos Genéticos ante el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (si aplica).

5.5.2 DOCUMENTACIÓN PARA PERSONAS NATURALES

Fotocopia legible del Documento de Identidad del postulante o apoderado (si aplica).

Copia de un recibo de servicios públicos del lugar de domicilio, con fecha no posterior a seis (6) meses contados a partir del envío de la postulación. Este requisito aplica para al menos un integrante en caso de que aplique.

Carta de Compromiso (Anexo No 1) donde declara que entregará toda la información de la invención requerida para el proceso y que aportará la suma de la contrapartida que corresponda.

Certificado de contrapartida (Anexo No 3) donde certifica la existencia y disponibilidad de los recursos de contrapartida conforme al tipo de postulante.

Contrato de Cesión de Derechos (Anexo No 2) firmado por el inventor o los inventores de la tecnología (donde declaran la cesión de derechos a la entidad titular).

En caso de que la invención se haya realizado en conjunto con otras personas naturales o jurídicas debe contar con autorización de las partes para aplicar a esta convocatoria, ver (Anexo No 4). Declaración de las partes que desarrollaron la invención, si aplica.

En caso de desarrollos relacionados con tecnologías biológicas, anexar contrato o comprobante de inicio de trámite del contrato de Acceso a Recursos Genéticos ante el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (si aplica).

6. EVALUACIÓN

La presente convocatoria contará con un proceso de evaluación en tres (3) fases, tal como se explica a continuación:

6.1 EVALUACIÓN DOCUMENTAL

La primera fase del proceso de evaluación es la documental, que tiene por objeto establecer si la postulación cumple con los requisitos y documentos mínimos definidos en los presentes términos de referencia y que se detallan en los numerales 4.5 y 5. La evaluación documental se realizará de manera permanente una vez inicia el proceso de recepción de postulaciones. Las postulaciones que no reúnan los requisitos mínimos documentales, las que sean presentadas por proponentes que no cumplan con los requisitos mínimos para aplicar, mencionados en los

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numerales 4.5 y 5, así como las que contengan información inexacta, incompleta o no verídica no serán evaluadas técnicamente en la etapa de previabilidad. Las postulaciones que no superen esta primera fase de evaluación, podrán ser presentadas nuevamente a la convocatoria siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos y se encuentren dentro de los tiempos indicados en el numeral 4.8 de estos términos de referencia. Nota: El hecho que la postulación haya superado la fase de evaluación documental no genera ningún derecho adquirido para el postulante, por lo que el acceso a los beneficios de la presente convocatoria se encuentra supeditada a que la misma sea declarada como VIABLE en la etapa correspondiente y a que los recursos de cofinanciación existentes sean suficientes.

6.1.1 EVALUACIÓN DE PREVIABILIDAD

Las postulaciones que hayan superado la evaluación documental, serán evaluadas considerando la información consignada en el formulario de aplicación. A partir de esta información, se realiza un análisis considerando los siguientes criterios:

Criterios Descripción del Criterio Asignación de Puntaje Peso

Divulgaciones Previas

Se evalúa si las divulgaciones previas

pueden afectar la novedad de la invención,

considerando el tipo de publicación, la información

divulgada y el tiempo previo en el que se divulgó.

No Afectan Novedad 100

40%

Afectan Novedad 0

Coherencia Problema - Invención

Se revisa si la descripción de la invención

corresponde al problema técnico que pretende

resolver y si efectivamente propone una solución o soluciones al problema.

Solución comprensible, problema claro y ambos coherentes entre sí

100

30% Solución comprensible pero el problema no es claro 70

Problema claro pero solución no comprensible 30

Solución no comprensible y problema no claro 0

Coherencia Invención -

Características Novedosas

Se analiza si las características novedosas

identificadas se encuentran explícitas en la descripción

de la invención, de tal forma que no se trate de nuevos elementos que no

se encuentren debidamente detallados en

la descripción.

Las características novedosas y la descripción son claros y coherentes entre sí

100

30%

La descripción de la invención es comprensible pero las características novedosas no lo son

70

La descripción de la invención no es clara pero las características novedosas sí

30

Las características novedosas y la descripción no son claros ni coherentes entre sí

0

100%

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Con base en la información presentada en la aplicación, LA UNIDAD o quien ésta determine para tal fin, emitirá un concepto de análisis de pre-viabilidad. Luego de realizar esta evaluación, las postulaciones que obtengan un puntaje mínimo de setenta (70) puntos podrán pasar a la siguiente fase de evaluación de viabilidad. La aplicación del proceso de análisis en esta etapa se realizará de acuerdo con el orden de registro de la aplicación, atendiendo la fecha y hora de radicación que se registre por el sistema al momento de diligenciar el formulario de aplicación. Las postulaciones que no logren superar la fase de previabilidad, podrán presentarse nuevamente con el mismo proyecto (previas correcciones realizadas) siempre que sea dentro de las fechas estipuladas en el numeral 4.8, caso en el cual se considerará presentada una nueva aplicación y deberá agotar el proceso desde su inicio.

6.2 ETAPA DE VIABILIDAD

El análisis de viabilidad corresponde a la evaluación integral de la postulación presentada. En esta etapa, los postulantes no podrán entregar información extemporánea que busque mejorar, completar o modificar su postulación. Sin embargo LA UNIDAD podrá solicitar aclaraciones, si lo considera pertinente. El proceso de evaluación de viabilidad será realizado por un comité de expertos en conjunto con LA UNIDAD.

6.2.1 CRITERIOS PARA EL ANÁLISIS DE VIABILIDAD

El puntaje máximo a recibir durante el análisis de viabilidad será de cien (100) puntos, de acuerdo a los criterios relacionados a continuación:

Criterios Descripción del Criterio Asignación de Puntaje Peso

1. Potencial de Novedad

Se realizará una búsqueda tecnológica en la que se comparará la información de las características descritas de la tecnología, frente a la información en el estado del arte, para evaluar si la tecnología tiene potencial de cumplir el criterio de novedad.

Tiene potencial de novedad

100

60% No tiene potencial

de novedad 0

2. Potencial de Mercado

Estado de Desarrollo (TRL)16 TRL1, 2, 3, 4 TRL1 TRL2 TRL3 TRL4

40%

0 10 20 25

Identifica producto(s) derivado(s) de la invención SI, NO 0 25

Identifica Sectores de Aplicación SI, NO 0 25

Extensión del Mercado Local (L), Nacional (N), Regional (R),

Global (G)

L N R G

0 10 20 25

100%

Luego de realizar esta evaluación, las postulaciones que obtengan un puntaje mínimo de sesenta (60) puntos podrán ser consideradas VIABLES.

16 Se sugiere consultar las páginas siguientes páginas web: http://www.minetur.gob.es/Publicaciones/Publicacionesperiodicas/EconomiaIndustrial/RevistaEconomiaIndustrial/393/NOTAS.pdf

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6.2.2 ASIGNACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS POSTULACIONES

La evaluación de las postulaciones se irá realizando en la medida en que las mismas se vayan presentando y vayan superando las fases de evaluación. La asignación y adjudicación de las postulaciones declaradas viables se hará considerando aquellas que obtengan los mayores puntajes sobre el puntaje mínimo requerido (60 puntos porcentuales) y en relación con todas las postulaciones que sean declaradas viables. Los recursos se asignarán en orden de llegada conforme a los puntajes más altos hasta agotar el presupuesto establecido en el numeral 4.4 de estos Términos de Referencia. La comunicación informando la no viabilidad de las propuestas es definitiva y contra la misma no procede recurso alguno.

6.2.3 CRITERIOS DE DESEMPATE

Cuando entre dos o más postulaciones se presente un empate en la calificación total obtenida, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de desempate en su orden:

a) Se preferirá la postulación presentada por el postulante que haya obtenido mayor puntaje en el subcriterio “Estado de Desarrollo” del Criterio de Evaluación “Potencial de Mercado”.

b) Si persiste el empate se preferirá la aplicación cuya fecha, hora y minuto de registro sea con mayor antelación.

c) No obstante lo anterior, si el empate persiste se tendrá en cuenta el siguiente criterio: el postulante persona jurídica que acredite que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina la conforman empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un año a la presentación de la propuesta; o el postulante persona natural que acredite encontrarse en condición de discapacidad. En todo caso, en el evento que la aplicación seleccionada sea aquella que acredite cumplir con esta condición, los empleados deberán mantenerse vinculados por un lapso igual al plazo de la carta de compromiso que se suscriba por el beneficiario como consecuencia de la adjudicación de la presente convocatoria.

6.3 RECHAZO DE LAS POSTULACIONES

En la etapa del proceso de evaluación que proceda, se rechazarán de plano las postulaciones en las que:

a) El postulante no cumpliere con los requisitos establecidos en estos términos de referencia. b) No se incluya con la postulación online toda la documentación exigida en estos Términos de

Referencia. c) Se hubiere presentado la postulación en forma subordinada al cumplimiento de cualquier

condición. d) Se incluya información que no sea veraz.

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e) Se incluyan disposiciones contrarias a la ley colombiana. f) Se rechazará de forma inmediata en caso de que el postulante se encuentre reportado en

alguna de las listas de consulta de Bancóldex, referidas a Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –LAFT-.

g) La postulación se hubiere presentado de forma extemporánea o se presenten en medio físico, a través de correo electrónico o por algún otro medio diferente al formulario de aplicación virtual.

6.4 DECLARATORIA DESIERTA

La convocatoria se declarará desierta en los siguientes casos:

a) Cuando ninguna de las postulaciones evaluadas cumpla con los requisitos exigidos en los términos de referencia.

b) Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva, debidamente sustentados. c) Cuando se hubiere violado la reserva de las postulaciones presentadas. d) Cuando no se presente ninguna postulación e) Cuando ninguna de las postulaciones presentadas cumpla el puntaje mínimo requerido.

7. TÉRMINOS JURÍDICOS

7.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

En atención al régimen de contratación de LA UNIDAD, el presente proceso de selección se encuentra sometido a las normas del Derecho Privado Colombiano.

7.2 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA

El postulante está obligado a responder por la veracidad de la información entregada durante el proceso de selección. LA UNIDAD, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el postulante presente para el desarrollo de esta convocatoria es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, LA UNIDAD se reserva el derecho de verificar toda la información suministrada por el postulante.

7.3 CLÁUSULA DE RESERVA

LA UNIDAD se reserva el derecho de cerrar anticipadamente la presente convocatoria y de rechazar cualquiera o todas las postulaciones que se presenten, si así conviene a sus intereses, sin necesidad de dar explicación alguna a los postulantes y sin indemnizar ningún tipo de perjuicio o asumir costo alguno que con tal cierre o rechazo se pudiera generar a los postulantes. 8. ACUERDO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE PROVEEDOR Y BENEFICIARIO

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Los beneficiarios de la presente convocatoria, deberán suscribir un acuerdo de prestación de servicios con el proveedor que prestará el servicio de redacción, radicación y acompañamiento en el trámite de solicitudes de patentes. Para cada postulación que resulte viable, se deberá suscribir un acuerdo, en el que se establecerán las obligaciones de las partes durante la prestación del servicio. Por lo tanto, la prestación del servicio por parte del proveedor al beneficiario estará precedida por la suscripción de este documento entre ambas partes. En caso de no llegar a suscribir el acuerdo de prestación de servicios en una fecha máxima de 30 días calendario, contados a partir de la notificación de la adjudicación de la convocatoria, LA UNIDAD no estará obligada a efectuar pago alguno al proveedor y se entenderá que el postulante renuncia a ser beneficiario de la misma sin que por ello recaiga responsabilidad alguna por parte de LA UNIDAD. LA UNIDAD verificará que el acuerdo de prestación de servicios suscrito entre el proveedor y el beneficiario, cumpla con las condiciones establecidas en el modelo que se adjunta (Anexo No 5).

8.1 COMPROMISOS Y RESPONSABILIDAD DEL BENEFICIARIO

De acuerdo con el numeral 4.5 de estos términos de referencia, son compromisos de los beneficiarios, entre otros:

1. Suscribir el acuerdo de prestación de servicios con el proveedor del servicio de redacción de patentes que LA UNIDAD designe.

2. Aportar la contrapartida que corresponda según el tipo de beneficiario, que será pagada al

proveedor de servicios en calidad de anticipo, posterior a la firma del acuerdo de prestación de servicios. En caso de no aportar la contrapartida LA UNIDAD no desembolsará los recursos al proveedor de servicio y por lo tanto el proceso de redacción de patente y las demás actividades no se podrán desarrollar sin que ello implique responsabilidad alguna por parte de LA UNIDAD.

3. Disponer como mínimo de una (1) persona responsable para interactuar con el proveedor

del servicio y con LA UNIDAD, para participar en el proceso de la redacción y el trámite general de la patente.

4. Asumir los costos posteriores al primer examen de patentabilidad y otros gastos que no son asumidos por la convocatoria, según lo estipulado en estos términos de referencia.

En caso de no cumplirse todos o alguno de estos compromisos por parte del beneficiario, LA UNIDAD podrá rechazar la participación del beneficiario en futuras convocatorias por un período de tres (3) años posteriores a la fecha de cierre de la misma.

9. DIFUSIÓN, COMUNICACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS

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En el evento de cualquier divulgación o comunicación relacionada con los resultados de esta convocatoria, los beneficiarios deberán informar que han recibido el apoyo de Colciencias, la Superintendencia de Industria y Comercio y LA UNIDAD, en el marco de la implementación de La Estrategia Nacional de Fomento a la Protección de Invenciones. 10. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LOS RESULTADOS

Las invenciones, desarrollos, mejoras a productos, procesos, servicios, así como investigaciones, estudios, publicaciones o descubrimientos realizados por el beneficiario, en el marco de la ejecución de las actividades y productos de esta convocatoria, serán de su propiedad o de las partes que han desarrollado conjuntamente la invención y se regirán por las disposiciones normativas vigentes sobre propiedad intelectual. Adicionalmente, el beneficiario exonerará y mantendrá indemne a LA UNIDAD ante cualquier reclamación por parte de terceros relacionada con el uso indebido o infracciones de derechos de propiedad intelectual en el marco de las actividades asociadas a la ejecución de esta convocatoria y además, saldrá en su defensa en caso de presentarse una situación de este tipo. 11. HABEAS DATA

Al momento de presentar la propuesta, el postulante autoriza a Colciencias, al Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A – Bancóldex, a la Superintendencia de Industria y Comercio, a LA UNIDAD y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a procesar, recolectar, almacenar, usar, actualizar, transmitir, poner en circulación y en general, aplicar cualquier tipo de tratamiento a la información personal y del postulante a la que tengan acceso en virtud de la presente convocatoria, todo lo anterior conforme a las normas de protección de datos en Colombia, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual correspondientes. 12. CONFIDENCIALIDAD

Se entiende que toda aquella información de propiedad del BENEFICIARIO o POSTULANTE a la que se tenga acceso, bien sea por que sea entregada en cualquier medio físico, electrónico y/o de manera verbal de la CONVOCATORIA PARA EL APOYO A LA PROTECCIÓN DE INVENCIONES CON POTENCIAL DE MERCADO – CONVOCATORIA PIPM-16 publicada el 02 de septiembre de 2016, con la cual se eligen las invenciones y/o tecnologías patentables, se considera “Información Confidencial”. Por lo anterior, LA UNIDAD, la Superintendencia de Industria y Comercio, Colciencias y todas aquellos funcionarios, contratistas o proveedores que tengan acceso a dicha información en virtud de dicha Convocatoria, se obligan a manejarla bajo estrictas medidas de confidencialidad, y se comprometen a no divulgarla ni a utilizarla para otros fines distintos a aquellos que se derivan del objeto de la invitación. Así mismo, las clausulas sobre el manejo de la información confidencialidad es parte integral de los contratos de trabajo para todos los funcionarios de la UNIDAD, en los contratos de prestación de servicios para contratistas y en los contratos de bienes y servicios para proveedores.

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