Upload
pablo-cepeda
View
4
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Introducción Curso Norma Chilena Eléctrica
Citation preview
1
INTERPRETACION Y APLICACION DE LA NORMA NCh
Elec 4/2003: INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE
CONSUMO EN BAJA TENSIÓN
Contenido INTERPRETACION Y APLICACION DE LA NORMA NCh Elec 4/2003:
INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE CONSUMO EN BAJA TENSIÓN ........................ 1
UNIDAD I: ..................................................................................................................... 2
CONCEPTOS GENERALES SOBRE NORMALIZACIÓN ............................................. 2
1. Origen de las normas............................................................................................. 2
1.1. Breve vistazo histórico .................................................................................... 2
1.2. ¿Qué es una norma? ...................................................................................... 3
1.3. ¿Por qué una norma de seguridad es de aplicación obligatoria directa? ........ 3
1.4. El Sello de Calidad ......................................................................................... 4
1.5. Características de las Normas ........................................................................ 4
1.6. ¿Cuál es la debilidad de las Normas?............................................................. 4
1.7. Normas versus Reglamentos .......................................................................... 5
1.8. Desarrollo internacional .................................................................................. 5
1.9. Normalización general .................................................................................... 5
1.10. Normalización sectorial ............................................................................... 6
2.1. Desarrollo nacional ............................................................................................. 6
2.2. Organismos normalizadores ............................................................................... 6
2.2.1. Organismos internacionales ......................................................................... 6
2.2.2.- Organismos nacionales de países extranjeros ............................................ 6
2.3 Breve análisis de la Legislación eléctrica............................................................. 7
2
UNIDAD I:
CONCEPTOS GENERALES SOBRE NORMALIZACIÓN
1. Origen de las normas
1.1. Breve vistazo histórico
El tomar como guía una norma para enfrentar cualquier actividad es consustancial con
la pretendida característica de racionalidad del ser humano, no obstante aquello siempre
habrá quienes discutan la necesidad o la oportunidad de aplicar normas a la actividad
de proyectos eléctricos.
Al discutir temas generales relacionados con la normalización y las normas es frecuente
que sus detractores o aquello renuente a su aplicación por no tener claros sus alcances,
ofrezcan como justificación a su actitud, entre varias otras, la supuesta calidad de
aceptación voluntaria de la normalización. Nada más lejos de la verdad; todas las
normas son de aplicación obligatoria, lo único que difiere es el camino por el cual se
llega a esta obligatoriedad.
La norma ha acompañado al hombre desde sus inicios intelectuales, siendo primero
guía de comportamiento personal y luego normas de relación social; dentro de este
último grupo, a medida que la civilización fue avanzando, empezó adquirir notoriedad el
subconjunto de las normas técnicas, de cuyos principios se tratará de hacer una breve
presentación.
De acuerdo a las definiciones propuestas por distintos entes normalizadores se deben
reunir los siguientes factores para fijar la necesidad de establecer una norma:
Se debe estar en presencia de un proceso repetitivo.
Debe responder a una necesidad evidente.
En este proceso existe una parte que ofrece un resultado y otra parte que
necesita usar ese resultado.
Como consecuencia de ello existe la necesidad evidente de definir un medio que
asegure que en las distintas repeticiones del proceso se obtendrá siempre un
resultado idéntico.
La forma lógica de satisfacer esta necesidad es establecer un acuerdo razonado
entre las partes que definan los aspectos formales del proceso y los medios de
control para garantizar un resultado repetitivo uniforme que esté acorde a los
sanos intereses de estas partes
Debe ser económicamente conveniente.
Debe producir un mejoramiento económico de la calidad.
Debe encontrar un punto de justo equilibrio entre los intereses de los sectores
involucrados.
Estructuralmente debe ser fácil de revisar.
3
Según esto la norma es un acuerdo entre las partes involucradas para garantizar que
los resultados de un proceso repetitivo satisfacen los intereses de ambas partes.
Participarán de este acuerdo una parte emisora, generalmente un productor y una parte
receptora, el consumidor y la práctica ha mostrado la necesidad de incorporar un ente
intermedio, de imparcialidad y solvencia garantizada que por su capacidad técnica será
capaz de estructurar y dar vida a este acuerdo en la forma de un documento que
constituye la expresión tangible de la norma; este tercer actor es el ente normalizador.
1.2. ¿Qué es una norma?
Según ISO (International Standarization Organization): Es la codificación de todo
proceso que se repite múltiples veces, con el fin de obtener siempre un resultado
idéntico.
Según AFNOR (Commission Electrotechnique Internationale): Dato de referencia
resultante de un acuerdo colectivo y razonado, con vistas a servir de base de
entendimiento para la solución de problemas repetitivos.
1.3. ¿Por qué una norma de seguridad es de aplicación obligatoria
directa?
Puesto que en ella se está regulando como proceso repetitivo la actividad cotidiana,
sea en el ambiente laboral, en el ambiente social o en el ambiente doméstico; el
resultado que se está buscando es el de garantizar la integridad física de los individuos,
en primer lugar, la de sus bienes o pertenencias en el segundo lugar y finalmente, la
integridad de su medio ambiente.
Por ello, no obstante que en su origen la norma tiene carácter voluntario, quienes
participan en su gestación, discusión y posterior puesta en vigencia, adquieren el
compromiso de respetarla en su totalidad, porque la norma se estudia bajo la convicción
que será el mejor camino para desarrollar el proceso o actividad que se normaliza;
puede existir un matiz de voluntarismo en el hecho que los actores que no participan en
el acuerdo inicial, al percatarse de sus ventajas lo acepten y se incorporen al proceso.
Sin embargo, una vez adquirido este compromiso, la norma pierde su condición de
aplicabilidad voluntario.
Como consecuencia de estos conceptos la norma conduce y se transforma en parte de
un proceso de mucha mayor amplitud que es el Control de Calidad, el cual parte sobre
las bases de los límites y condiciones a cumplir, fijados por la norma y sigue con las
inspecciones y ensayos que permiten verificar que las exigencias acordadas se están
4
cumpliendo. Para efectuar las comprobaciones es necesario definir técnicas de
medición y patrones de referencia que permitan asegurar que lo medido corresponde
efectivamente a parámetros objetivos que representen los resultados esperados.
1.4. El Sello de Calidad
Lo otorga un organismo independiente, confiable y de solvencia técnica reconocida por
todos los sectores. De uso generalizado en países desarrollados e industrializados.
Sellos mundialmente reconocido: UL, VDE, IMQ, Lloyd’s, IQNET, etc.
El proceso completo es entonces: Normalización – Control – Medición. Si no se entiende
de esta forma se está cometiendo un grave error que invalida todo el proceso. La norma
en sí, sola, sin el complemento de Control y la Metrología, es letra muerta, carece de
sentido por acabado que sea su texto y por perfeccionado que esté el acuerdo que
representa los resultados esperados.
1.5. Características de las Normas
Son dinámicas.
Responden y satisfacen a necesidades reales, sean estas internacionales,
nacionales o sectoriales.
Permiten un adecuado control de la actividad regulada.
Facilitan el mejoramiento de los procesos regulados.
1.6. ¿Cuál es la debilidad de las Normas?
Pese a sus tremendas ventajas la norma de por sí sola, es letra muerta.
Necesita de complementos poderosos.
5
Necesita de una conciencia generalizada de aceptación y respeto por parte de
profesionales, productores y usuarios.
1.7. Normas versus Reglamentos
Un Reglamento es un cuerpo jurídico estudiado y acordado por el aparato
administrativo estatal.
Es más bien estático que dinámico.
Es de un difícil proceso modificatorio. No necesariamente responde a los
intereses directos de los afectados por su aplicación, aunque los que lo dictan
supuestamente son sus representantes.
1.8. Desarrollo internacional
Producto de una visión más sistemática de los procesos productivos, Europa y EE.UU.
asumen desde muy temprano en su proceso de industrialización la necesidad de
normalizar y en este campo Alemania y EE.UU, en la postrimerías del siglo XlX, marchan
a la cabeza.
Más tarde en los primeros años del siglo XX, al introducir Henry Ford el concepto de
producción en serie en la fabricación de automóviles, la normalización se hace ineludible
y se transforma en la herramienta principal de esta forma de trabajo.
A poco de andar en el proceso se hace evidente la necesidad de separar la
normalización en dos grandes corrientes: la normalización general y la normalización
sectorial.
1.9. Normalización general
La normalización general se preocupa de materias de ciencias y técnicas básicas,
regulando por ejemplo el establecimiento de sistemas de unidades con sus respectivos
patrones de referencia, establecimiento de simbologías de aplicación universal para
facilitar el intercambio de información técnica y científica, por citar un par de ejemplos.
6
1.10. Normalización sectorial
La normalización sectorial se encarga de regular los aspectos propios de desarrollo de
una materia específica como lo es la fabricación de equipos eléctricos o la ejecución de
instalaciones eléctricas por citar otro par de ejemplos.
En el país se ha manifestado la duda de si es más conveniente concentrar toda la
actividad normativa en un solo organismo o se debe contar con varios organismos
sectoriales. La experiencia internacional ha demostrado que el contar con organismos
sectoriales, colaboradores pero no subordinados a un organismo central, es la mejor
solución.
2.1. Desarrollo nacional
El concepto de normalización ha tenido una difícil aceptación en nuestro país, el cual ha
adoptado regir su quehacer mediante leyes y reglamentos preferentemente, lo cual crea
serias dificultades de actualización por los procedimientos legales definidos para la
modificación de estos cuerpos que obedecen más a una concepción jurídica que a una
técnica.
Un ejemplo típico de este aserto es la dictación, en la segunda mitad del siglo XlX, de
la ley que hace el uso del llamado por esos entonces el Sistema Métrico Decimal, abuelo
del actual Sistema Internacional de Unidades (Sl), como ley, hasta el día de hoy no es
respetado a cabalidad, coexistiendo con él el Sistema lnglés.
2.2. Organismos normalizadores
2.2.1. Organismos internacionales
El más serio intento de llegar a una normalización internacional unificada lo desarrolla
la lSO, (lnternational Standarisation Organisation) oficina dependiente de la
Organización de las Naciones Unidas; Apoyada en su accionar en el área eléctrica por
la CEl, (Commission Electrotechnique lnternationale)
2.2.2.- Organismos nacionales de países extranjeros
Siguiendo el esquema general/sectorial comentado los países que se enumeran
cuentan con los siguientes organismos normativos. Se ha seleccionado estos países
por ser los que más influencia técnica han tenido sobre nuestro país
7
2.3 Breve análisis de la Legislación eléctrica
Ley general de servicios eléctricos
La primera Ley de Servicios Eléctricos se dicta en 1904 como la ley 1665: a través de
modificaciones sucesivas se llega hasta la ley actual el DFL Nº 1 de 1982 y sus
modificaciones posteriores mediante la ley 19940, conocida como la ley corta 1, la ley
20.018, conocida como la ley corta 2 y finalmente el DFL Nº 4 de 2007, el cual compila
en un solo texto todas las modificaciones indicadas.
La ley 19940 modifica el título lll del DFL 1 en lo relacionado con la administración de
sistemas de transporte de energía.
La ley 20.018 Modifica el DFL 1 que regula el abastecimiento de energía en sus aspectos
de contratación de suministro de energía a productores, fijación de precios y
composición del CDEC.
Ley 18.410 de 1985: Crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Ley 19.613: modifica ley 18.410 fortaleciendo capacidad de fiscalización de la
Superintendencia.
DFL Nº 4 de 05.2006: fija texto refundido, coordinado y sistematizado de todas las
modificaciones efectuadas al DFL 1 de 1982, manteniendo como notas al margen la
referencia a todas y cada una de las disposiciones legales que originaron esas
modificaciones. (publicado el 05.02.2007).
Decretos y reglamentos asociados a la ley
Decreto Supremo Nº 92 del 13.05.1983 - Fija Reglamento de instaladores.
Decreto Supremos 244 del 02.09.2005 Fija Reglamento para medios de generación no
convencionales y pequeños medios de generación.
Decreto Supremo 327 - Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Temas: Concesiones, Servidumbres, Peajes eléctricos Calidad de servicio.
Normas vigentes relacionadas con el área de proyectos eléctricos.
8
No más de una docena de normas sobre la materia se manejan en nuestro país, ellas
mencionarán a continuación con una breve reseña de la realidad de su efectividad
técnica de aplicación.
Los números intermedios que no tienen un título asociado han quedado disponibles para
la futura dictación de alguna norma
NSEC 1En71. Electricidad. Procedimiento para dictar Normas.
Al derogarse el Decreto 1280 perdió vigencia, aun cuando no fue oficialmente derogada.
Ya nadie sabe que existe.
NCh Elec. 2/84 Electricidad. Elaboración y presentación de proyectos.
Corresponde al texto de la Norma NSEG 2 En 71. Se le dio categoría de Norma NCh,
sin actualizar su texto en lo esencial y se ha usado como vehículo para dar vida al Anexo
1 y su reemplazante el TE 1. Requiere de una adecuación a la realidad actual.
NCh Elec 4/2003 Electricidad. Instalaciones interiores en Baja Tensión
Corresponde a la modificación y actualización de la norma NCh Elec 4/2003, cuyo origen
se encuentra en la norma NSEG 4 En 78, que fuera renombrada en 1984 como NCh
Elec 4/84, con modificaciones formales menores y sin modificación en su contenido
técnico. Si bien es notable todo el esfuerzo desarrollado en los últimos años para intentar
cubrir el tremendo vacío tecnológico, creado por el abandono del proceso normalizador
durante más de veinte años, es mucho aún el camino que falta por recorrer. Existe un
estudio de actualización que debió ser dictado en 2006 que aún espera su oportunidad.
NSEC 5 En 71. Electricidad. Instalaciones de Corrientes Fuertes
Es una de las normas que no fue mencionada al derogarse el DS 1280. Su texto
corresponde al Reglamento del mismo Nombre dictado en 1951; sus disposiciones
están obsoletas en casi su totalidad y la actividad en este ámbito se desarrolla según el
buen entender de empresas concesionarias, proyectistas y montajistas. Existía hasta
2005 una proposición de actualización en la página web de SEC disponible para recibir
9
sugerencias. Fue retirada sin justificación y no hay plazo para concretar su modificación,
pese a la importancia de las materias tratadas en ella.
NSEC 6 En 71. Electricidad. Cruces y paralelismos de líneas eléctricas
Es una de las normas que no fue mencionada al derogarse el DS 1280. Su texto
corresponde al Reglamento del mismo Nombre dictado en 1951 junto con el Reglamento
que dio origen a la Norma 5. Gran parte de sus disposiciones está obsoleta y no existe
proposición de actualización.
NSEC 8 En 75. Electricidad. Tensiones Normales para sistemas e instalaciones
Correspondió a un serio intento de normalizar a nivel nacional el tema planteado. Sigue
teóricamente vigente por inercia, sin embargo es respetada en forma parcial, en
particular en el área de instalaciones de consumo. Las Empresas Eléctricas nunca la
tomaron muy en serio.
Requiere de una actualización profunda.
NSEC 9 En 71. Diseño de alumbrado público en sectores urbanos.
NSEC 15 En 78. Electricidad. Especificaciones para luminarias de calles y
carreteras.
NSEC 21 En 78. Alumbrado público en sectores residenciales.
Las disposiciones de estas fres normas están obsoletas. En teoría estarían vigentes por
inercia, pues no fueron citadas en la derogación del DS 1280, sin embargo su
obsolescencia imposibilita su aplicación.
Se ha alterado el orden secuencial de esta presentación dado que existía una
proposición de actualización en un estudio disponible en la página web de SEC paralela
a la proposición de la norma 5, en donde se trataba de refundir en un solo texto el
alcance de estas tres normas.
También fue retirada de la página ya aparentemente en su reemplazo, a mediados de
2007, en concordancia con la política general de eficiencia energética, se planteó una
norma de iluminación de vías públicas de la cual no ha habido noticias de su progreso.
No existe un plazo definido para concretar este estudio en una norma vigente, pese a la
10
importancia que ésta tendría para la racionalización de la operación de las autopistas
concesionadas y la iluminación de vías públicas, tratando con ello de optimizar el uso
del recurso energía empleada para estos fines.
NCh Elec 10/84. Electricidad. Trámites para Ia puesta en servicio de una
instalación interior
Corresponde a una adecuación de la Norma NSEC 10 En 71 a la realidad definida por
la Ley de Servicios Eléctricos de 1982; a través de ella se estableció el desaparecido
Anexo 1 y se implementó la aplicación del actual TE1. Requiere de una revisión profunda
y una adecuación a la realidad actual, definiendo un sistema de certificación de
cumplimiento con norma; no existe estudio ni proposición de modificación.
NCh Elec 12/84. Electricidad. Empalmes aéreos monofásicos
Corresponde al texto de la Norma NSEG 12 En 75, con modificaciones formales
menores y sin modificación en su contenido técnico. Se sabe que las mayores Empresas
de Distribución, la han modificado de hecho adecuándola a sus necesidades y/o
intereses; es posible que empresas menores o algunas cooperativas eléctricas aún la
respeten. No hay proposición ni estudio de actualización pese a que ello es una
necesidad. Ver NCh Elec 32/85.
NSEC 13 En 75. Electricidad. Recubrimiento a base de pinturas para cajas
metálicas de empalmes eléctricos o similares
Es una de /as normas que no fue mencionada al derogarse e/ DS 1280, por tanto se
supone vigente. Sus disposiciones han sido superadas por /os avances tecnológicos.
Requiere de una urgente actualización y una ampliación explícita de su campo de
aplicación.
NCh Elec 14/84. Electricidad. Empalmes aéreos trifásicos
Corresponde al texto de la Norma NSEG 14 En 78, con modificaciones formales
menores y sin modificación en su contenido técnico. Se sabe que las mayores Empresas
de Distribución, la han modificado de hecho adecuándola a sus necesidades y/o
intereses; es posible que empresas menores o algunas cooperativas eléctricas aún la
respeten. No hay proposición ni estudio de actualización pese a que ello es una
necesidad. Ver NCh Elec 34/86.
11
NSEC 16 En 75. Electricidad. Transformadores de distribución.
Originalmente se la conoció como la Resolución Exenta 393 de 1971. A este texto se le
dio categoría de Norma en 1975. En teoría estaría vigente por inercia, pues no fue citada
en la derogación del DS 1280, sin embargo parte importante de sus disposiciones están
obsoletas y requeriría de una actualización. No hay proposición ni estudio de
actualización, pese a la importancia del tema.
NSEC 20 En 78. Electricidad. Subestaciones transformadoras interiores
Está vigente por inercia, pues no fue citada en la derogación del DS 1280. Requiere de
una urgente actualización y se ha propuesto una modificación refundiendo su texto en
la proposición de modificación de la Norma NCh 5. El estudio está detenido y no existe
fecha para su posible discusión, pese a lo importante del tema y su urgente necesidad
de definición.
Los números comprendidos entre 21 y 31 no han sido ocupados y están
disponibles.
NCh Elec 32185. Electricidad. Sistema de medida para tarifa horaria BT 4.1. Caso
monofásico
Norma vigente alcance podría considerarse complementario con el de la Norma NSEC
12. Esta apreciación requeriría de una revisión y compatibilización entre /os textos de
ambas normas.
NCh Elec 34/86. Electricidad. Sistema de medida para tarifa horaria BT 4.1y AT 4.1.
Caso trifásico
Norma vigente alcance podría considerarse complementario con el de la Norma NSEC
14. Esta apreciación requeriría de una revisión y compatibilización entre los textos de
ambas normas.