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UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA FACULTAD DE HUMANIDADES Y COMUNICACIÓN Uso implícito de los conceptos: crimen y criminal en los contenidos informativos de El Nuevo Diario y La Prensa, en torno al caso de Evans Omar Ponce, de mayo a julio de 2011 Autora: Ana Cecilia Angulo Rugama Tutora Teresa Verónica Cruz Managua Nicaragua, octubre 2014

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UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA FACULTAD DE HUMANIDADES Y COMUNICACIÓN

Uso implícito de los conceptos: crimen y criminal en los contenidos informativos de El Nuevo Diario y La Prensa, en torno al caso de Evans Omar Ponce, de mayo a julio de

2011

Autora:

Ana Cecilia Angulo Rugama

Tutora

Teresa Verónica Cruz

Managua Nicaragua, octubre 2014

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FACULTAD DE HUMANIDADES Y COMUNICACIÓN

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN

Como tutora de la monografía “Uso implícito de los conceptos: crimen y criminal en los

contenidos informativos de El Nuevo Diario y La Prensa, en torno al caso de Evans

Omar Ponce, de mayo a julio de 2011” presentada por la alumna Ana Cecilia Angulo

con número de carné 2011390138, para optar al grado de Licenciada en Comunicación

Social presentó la siguiente evaluación.

Calidad del contenido monográfico

El trabajo de investigación realizado que pasa por la búsqueda de información para

constituir lo referente a la parte teórica es de calidad. Su información es actualizada y

esta permite entender el objeto de estudio de esta investigación que “Uso implícito los

conceptos: crimen y criminal en los contenidos informativos de El Nuevo Diario y La

Prensa, en torno al caso de Evans Omar Ponce, de mayo a julio de 2011”.

Calidad de la presentación formal

La presentación del informe final cumple con todos los requisitos que la normativa de

culminación de estudios exige. Buena redacción, ortografía, estructura lógica del

contenido, uso de las fuentes, y aplicación de las normas APA.

Coherencia interna

La monografía tiene coherencia interna, existe articulación lógica entre tema, objetivos,

método, resultados, conclusiones y recomendaciones de la investigación.

Aplicación del método científico

Todo el estudio está sustentado por la aplicación de todos los pasos del método

científico.

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Tutora: Lic. Teresa Verónica Cruz Téllez

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Agradecimientos

Agradezco a los maestros que estuvieron presentes a lo largo de

estos cuatros años enseñándome distintas herramientas para el

ámbito profesional, así como en lo personal. Cada uno de ellos

influyó en mí para ser un mejor ser humano.

También deseo agradecer a mis compañeros de clases que

estuvieron conmigo en las buenas y las malas, ya que ellos me

enseñaron el verdadero valor de la amistad volviéndose cada día

más importantes y necesarios en mi vida.

Agradezco a mis padres, familiares y mi novio, ya que con su

amor y paciencia me ayudaron a recorrer más el camino,

volviéndolo más fácil y reconfortable.

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Dedicatoria

Dedico este trabajo primeramente a Dios, ya que solamente él me

ha podido dar la fuerza para lograr esta meta y pesar de que yo

no sea fiel a sus mandatos, ahí está él ayudándome día a día y

cubriendo mis pasos.

También quiero dedicar este trabajo a mis seres queridos

fallecidos, porque sé que a ellos les hubiese gustado verme

realizar este sueño y aunque no lo vean desde aquí, desde el

cielo lo hacen y su recuerdo cala en mí para mejorar cada día.

Quiero dedicar la investigación a una persona que jamás conocí,

pero fue quien hizo posible esté trabajo, Evans Omar Ponce

(Q.E.PD).

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Resumen

El uso implícito en los conceptos crimen y criminal en el caso de Evans Omar Ponce es

un análisis de la redacción periodística de El Nuevo Diario y La Prensa, ya que este

caso duro en la agenda de estos dos medios más de dos meses, lo que dejo entrever

la agenda Setting de estos dos periódicos.

Evans era un joven universitario que fue asaltado por seis adolescentes, que al no

dejarse y comenzar una disputa uno de ellos le dio cuatro estocadas con arma blanca,

lo que llevó a la muerte del universitario, desembocando en hecho noticioso muy

controversial.

Además, en el abordaje periodístico del caso de Evans, se evidencia un encuadre de la

información y como ese encuadre puede influir en la audiencia, a tal punto que también

pueda influir en la ley, ya que la población solicito una reforma al código de la niñez y la

adolescencia.

El corazón de la investigación es la Criminología Mediática, donde convergen tres

disciplinas (Comunicación, Sociología y Derecho) que a base de teorías y trabajo de

campo, ayudan a comprender el fenómeno mediático, legal y social, generado por el

caso de Evans Omar Ponce.

El caso de Evans fue muy polémico no solo porque el crimen fue cometido por

menores de edad, sino que además los universitarios en protestas y los medios desde

sus páginas pedían una reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia, faltando a

muchos derechos de los acusados al llamarlos implícitamente criminales y

revictimizando al joven fallecido.

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Contenido

I. Introducción ......................................................................................................................................... 9

1.1. Objetivos de la investigación .................................................................................................. 11

A. Objetivo General ....................................................................................................................... 11

B. Objetivos Específicos .............................................................................................................. 11

II. Marco Teórico- Conceptual- Legal .................................................................................................... 12

2.1. Marco Teórico ............................................................................................................................... 12

2.1.1. Contenido informativo y enfoque noticioso desde la mirada de la Agenda Setting y

Teoría del Encuadre ........................................................................................................................ 13

2.1.2. El enfoque de la construcción social de la realidad ......................................................... 18

2.1.3. La agenda mediática como instrumento objetivador de la realidad social: El caso de

Evans Omar Ponce, a la luz de la Teoría de Carl Hovland de persuasión ............................. 20

2.1.4. La Cuestión Criminal de Eugenio Zaffaroni aplicado al caso de la cobertura de Evans

Omar Ponce y su repercusión en la iniciativa de la reforma en el Código de la Niñez y la

Adolescencia. .................................................................................................................................... 21

2.1.5. Uso correcto de crimen y criminal ...................................................................................... 22

2.2. Marco Conceptual ........................................................................................................................ 25

2.3. Marco Legal ................................................................................................................................... 28

2.3.1. Convención sobre los Derechos del niño y la niña .......................................................... 28

2.3.2. Constitución Política de Nicaragua .................................................................................... 30

2.3.3. Código de la Niñez y la Adolescencia de Nicaragua (Ley No. 287) ............................. 31

2.3.3 Código Procesal Penal .......................................................................................................... 32

2.3.4 Código Penal ........................................................................................................................... 33

III. Marco metodológico ..................................................................................................................... 34

3.1. Tipo de investigación ............................................................................................................... 34

3.2. Métodos: .................................................................................................................................... 35

3.3. Universo y sujetos de estudio ................................................................................................ 36

3.3.1. Universo poblacional y muestreo: .................................................................................. 36

3.3.2. Sujetos de estudio y criterios de selección .................................................................. 37

3.4. Mecanismos de análisis .......................................................................................................... 38

Capítulo I ................................................................................................................................................... 41

1) Características Contenido informativo en el caso Evans Ponce .......................................... 41

a) Tipo de contenido informativo ................................................................................................ 42

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b) Información según el Encuadre ............................................................................................. 43

c) Agenda ....................................................................................................................................... 44

d) Enfoque noticioso ..................................................................................................................... 46

e) Lenguaje en las notas ............................................................................................................. 47

f) Fuentes ...................................................................................................................................... 48

g) Mensaje de la noticia ............................................................................................................... 49

h) Carga de temor en la información de la nota ....................................................................... 50

Capitulo II Abordaje implícito de los conceptos crimen y criminal ................................................ 51

1) Identificación del tipo de abordaje en criminología mediática ............................................... 51

a) Construcción social: División social ...................................................................................... 51

b) Construcción Social: Rol informador ..................................................................................... 52

c) Construcción social: libertad de expresión ........................................................................... 53

2) Crimen y criminal implícitos en los contenidos informativos ................................................. 54

a) Causalidad mágica: Información............................................................................................ 54

b) Causalidad mágica: Denominadores .................................................................................... 55

3) Respeto de los derechos de la niñez y la adolescencia ........................................................ 57

a) Convención Internacional de los Derechos del niño........................................................... 57

b) Normas y leyes de Nicaragua ................................................................................................ 58

“Si actúan como adultos, que los juzguen como tal” .......................................................................... 59

Capitulo III ............................................................................................................................................. 63

Consecuencias del uso implícito de los conceptos en el caso Evans Ponce ............................. 63

1) Aproximación analítica al caso ............................................................................................... 63

2) Validación de expertos sobre el tema ................................................................................... 66

3) Incidencia, repercusión, afectación y corrección periodística ........................................... 70

V) Conclusiones ................................................................................................................................. 73

VI. Recomendaciones ....................................................................................................................... 75

VII. Fuentes bibliograficas .................................................................................................................. 77

VIII. Anexos ........................................................................................................................................... 81

A. Matriz de operacionalización ...................................................................................................... 82

B. Matriz de Formas y fuentes de obtención de información ..................................................... 86

C. Instrumentos de medición .............................................................................................................. 88

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I. Introducción

En el año 2011 ocurrió un caso muy polémico sobre la muerte de un universitario a

manos de seis adolescentes, lo que fue explotado al máximo por los medios de

comunicación para difundir esta noticia. El acto fue tan impactante que el caso de

Evans Omar Ponce (universitario, Q.E.P.D) se mantuvo en la agenda del medio

durante mucho tiempo, hasta que fue desplazado.

Los medios de comunicación por su afán de ganar audiencias han llegado a utilizar mal

términos propios del derecho, es por ello que al difundir la información, esta no se

presenta de manera objetiva o neutra. Los medios impresos El Nuevo Diario y La

Prensa, son un ejemplo claro de esto, ya que en la cobertura del caso de Evans Omar

Ponce utilizaron implícitamente los conceptos de crimen y criminal, dejando a un lado el

derecho a la presunción de inocencia, de los acusados.

Esta capacidad de establecer y usar términos a su conveniencia se evidencia en el

interés de El Nuevo Diario y La Prensa por vender como pan recién sacado del horno

un tema de preocupación social y establecerlo en su agenda el tiempo que sea posible.

Por otro lado el utilizar términos a su favor se evidencia en las consecuencias de sus

actos, como crear realidades o bien enfocar la realidad de una manera incorrecta, de

tal modo que la información que circulan, puede hasta cierto punto ser un arma de

doble filo.

La Agenda Setting, afirma que si bien los medios no pueden decirnos como pensar si

pueden decirnos sobre que pensar, ligado esto a la Criminología Mediática con ayuda

de la teoría de la Construcción social de la realidad y la teoría del Encuadre, se puede

decir que la información que construyan, deconstruyan y brinden, está relacionado con

el tratamiento periodístico que el medio le da al hecho noticioso según los intereses de

la agenda informativa.

El estudio de la cobertura del caso de Evans Omar Ponce en los periódicos El Nuevo

Diario y La prensa es muy importante ya que puede evidenciar parte de su agenda

informativa y enfoque de la misma, además que en este estudio se traspone la

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criminología mediática, una teoría que surge recientemente, la cual puede ser

comprobada por el tratamiento periodístico que dieron El Nuevo Diario y La Prensa a la

muerte de Evans Omar Ponce.

Asimismo, la investigación sirve para comprobar que los medios de comunicación

tienen el poder de crear conceptos y concepciones a tal punto que estos pueden

construir y deconstruir nuevas realidades, es por ello que se analizará desde algunas

teorías de la comunicación social el concepto de crimen y criminal que los medios de

comunicación transmitieron en sus contenidos a la luz del caso Evans, y comprobar el

mal uso o el uso indebido que estos le dieron.

Es relevante retomar el caso, ya que a través de este los medios de comunicación

magnificaron el problema a tal punto que llego a ser uno de los temas principales de la

agenda de los medios radiofónicos, televisivos y medios escritos nacionales. Es así

como los periódicos El Nuevo Diario y La Prensa, participaron de la polémica generada

por el caso de Evans Omar Ponce, de modo que su contenido informativo repercutió en

la recreación de los conceptos de crimen y criminal, en la realidad, a partir del acto

delictivo realizado por adolescente siendo estos una referencia de apoyo para algunos

y biblia para otros.

La problemática central apunta hacia el estudio como los medios impreso, El Nuevo

Diario y La Prensa se perfilaron utilizando implícitamente los conceptos de crimen y

criminal en los contenidos informativos sobre el caso de Evans Omar Ponce, para

ofrecer continuamente una misma noticia y mantenerla durante mucho tiempo en su

agenda informativa.

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1.1. Objetivos de la investigación

A. Objetivo General

Contribuir a la redacción periodística a través de la reflexión del uso implícito de los

conceptos de crimen y criminal generados por los contenidos informativos de El Nuevo

Diario y La Prensa en torno al caso de Evans Omar Ponce, de mayo a julio de 2011.

B. Objetivos Específicos

Describir el tipo de contenido informativo y el enfoque de noticia expuesto por los

medios impresos nacionales, El Nuevo Diario y La Prensa en la cobertura al

tema del caso de Evans Omar Ponce de mayo a julio de 2011.

Identificar como se abordan implícitamente los conceptos crimen y criminal en

los contenidos informativos de El Nuevo Diario y La Prensa en el caso de Evans

Omar Ponce de mayo a julio de 2011.

Valorar consecuencias del uso implícito de los conceptos crimen y criminal en la

cobertura del caso de Evans Omar Ponce en los periódicos de El Nuevo Diario y

La Prensa de mayo a julio de 2011 y cómo estas afectan a las redacciones

periodísticas.

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II. Marco Teórico- Conceptual- Legal

2.1. Marco Teórico

Para hablar sobre los medios escritos de Nicaragua, es necesario comprender cuál es

su naturaleza y como estos se han venido desarrollando hasta llegar a lo que hoy se

conoce como prensa escrita en Nicaragua, además, de entender las orientaciones de

los primeros periódicos en el país y su política editorial así como los intereses que

estos perseguían y que no están alejados de la realidad de los periódicos actuales.

Tal como se reconoce en el estudio “Prolegómenos para una historia de la prensa

escrita en Nicaragua” los medios de comunicación nacionales han jugado un papel muy

importante en la sociedad nicaragüense, ya que estos informan y comunican del

acontecer del país, pero los medios impresos fueron los primeros en aparecer en el

país. Desde antes que la imprenta entrara a Nicaragua ya circulaban publicaciones

periódicas en hojas sueltas que venían desde Guatemala.

Según Ayerdis, M. (s.f) comenta que la prensa escrita nicaragüense desde sus inicios

tenía una inclinación francesa inglesa y estadunidense, pero esto se fortalece cuando

Nicaragua se convierte en un modelo agroexportador a tal punto que se estableció un

periodismo metropolitano y modernizante al incorporar el reporterismo, la publicidad

como medios de sostén económico del medio.

En un artículo sobre la historia de los medios impresos nacionales Rothshu(1999) se

puede decir que las primeras publicaciones de los periódicos no eran tanto políticas

sino de comercio, pero no es hasta en 1884 que aparece el primer proyecto periodístico

en sí, el cual fue llamado “Diario Nicaragüense” (Granada) pero de un corte muy

político, luego en 1886 aparece “El Comercio” el cual fue un proyecto privado que sufrió

censuras y presiones políticas durante el tiempo de su existencia, es decir durante 33

años. Después aparece el proyecto “El Centroamericano” de León, “La Noticia” (1915),

y “La Prensa” (1926), proyecto el cual aún sobrevive.

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Estos dos últimos periódicos aunque estaban marcados por un solo eje (lo político:

partidos Liberales y Conservadores) transcendieron de los limites partidarios a tal punto

que fueron víctimas del gobierno.

Pero el periodismo en sí se desarrolló a mediados del siglo XX cuando aún escribían

profesionales de otras áreas y no de periodismo. La prensa escrita en Nicaragua sufrió

un proceso desde los eventos políticos, comerciales y culturales para llegar a

concretarse como lo que es hoy en día.

Es importante destacar que los medios impresos han venido creando sus propias

reglas del juego y que actualmente no se rigen solo por lo político, aunque estos tengan

su modelo de diario o perfil, inclinado hacia una ideología partidaria y una influencia

política. No obstante estos terminan siendo de una manera determinada por intereses

del medio en sí; y de los mismos periodistas

2.1.1. Contenido informativo y enfoque noticioso desde la mirada de la Agenda Setting y

Teoría del Encuadre

La cantidad de a información y el contenido informativo brindado en los mensajes de

las notas periodísticas obedece a tres grandes razones o características. Según

Martínez (1993) la actualidad de la noticia, la periodicidad, y el alcance en cuánto

circulación se unifican para que en la práctica el periodista, la base económica de la

empresa y el equipo técnico puedan determinar el mensaje informativo. (p. 480)

Las publicaciones de los medios cumplen a intereses creados, pero esas publicaciones

deben llegar a la audiencia de manera efectiva creando en el imaginario social una

fuerte inclinación por ellos a tal punto que la sociedad puede terminar pensando como

el periodista escribe y como el medio presenta la noticia.

Para fundamentar esto se plantea la teoría de Framing o Encuadre, la cual vino a

romper con las pretensiones objetivas introduciendo el elemento subjetividad afirmando

que las noticias no son un reflejo de la realidad si no una representación de la misma.

Giménez. (2006) explica que los periodistas dependiendo de sus orientaciones

ideológicas, culturales, religiosas y de sus experiencias vivenciales y personales

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construyen la realidad desde un punto de vista subjetivo y esto también sucede con los

procesos informativos a tal punto que cualquier elemento en la información puede

enfocar o encuadrar la noticia. Se puede afirmar que parte de los argumentos que se

presenten en una noticia pueden ser las antes mencionadas.

Asimismo, dependiendo de las fuentes (que se busquen de acuerdo a las creencias) la

noticia tomará un enfoque o una dirección y muchas veces es el periodista que busca

en el proceso informativo elementos que guiarán la noticia hacia donde él cree

conveniente, pero es importante destacar también influye el perfil del medio y los

intereses de los propietarios.

Según Martínez (1993) se ha creado un enfoque multidisciplinar de la información el

cual sirve para poder llegar a una conclusión que sirva en los trabajos periodísticos

para que estos se puedan entender desde distintos puntos o ámbitos de estudios. Es

decir para fundamentar una noticia con varias fuentes y poderla explicar, se necesita

fuentes de todos los ámbitos. (P. 63)

Pero para entender éste, es necesario conocer el término Frame, utilizando la

investigación “Una nueva visión del proceso comunicativo: La teoría del enfoque” de

Sabada, (2006), la cual explica que este término se utiliza mucho en periodismo; fue

manejado por primera vez por el psicólogo Gregory Batenson (1955) quien explico que

en el proceso de la recepción de los mensaje, el Frame es el contexto o el marco de

interpretación donde la gente se detiene en unos aspecto y desestima otros.

Luego retoma este término el sociólogo Erving Goffman (1974) y aplica el concepto de

Frame en un ejemplo, afirmando que no es la realidad lo esencial sino como está

interpretada ésta. Goffman al igual que Batenson, explica que Frame es un marco de

interpretación pero añade que también es un esquema, es decir que interviene mucho

el contexto pero también la organización mental que acomoda los datos externos

objetivos.

Pero es hasta 1978 que Gaye Tuchman quien utiliza el Frame por primera vez para

estudios vinculados con la comunicación y pone de ejemplo una ventana, desde la que

se puede ver la realidad, pero influye el tamaño de esta, el color del vidrio y la forma de

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la misma, como también la ubicación, si está en la calle o en el patio y cuán lejos está

uno de la ventana.

El acceso de fuentes en cuanto a temas de sucesos se dificulta, ya que se interponen

distintos grados de las mismas y de profundidad, lo que proporciona niveles de

jerarquía de fuentes e importancia pública del tema, hasta importancia en la audiencia.

(Martini. 2007. P.49). Esta jerarquía se puede ver evidenciada en la ubicación de la

noticia en un medio

El periodismo objetivo, desde este punto de vista, no existe y es por ello que la Teoría

del Encuadre se utiliza para fundamentar el estudio sobre el uso de los conceptos de

crimen y criminal por los diarios nicaragüenses en el caso de Evans Omar Ponce.

Los medios de comunicación necesitan vender y llegar a la gente y como ya

mencionaba antes, necesitan que la audiencia tenga una fuerte inclinación por ellos, es

por eso que cuando aparecen temas coyunturales estos venden la noticia como mejor

les convenga. Si la población necesita sentirse segura e informada los medios harán lo

posible por llenar esa necesidad.

Pero muchas veces la mezcla de ser lo que la gente necesita y de encuadrar la noticia

con su perfil y sus necesidades mismas, invita a la audiencia a pensar del mismo modo

que ellos piensan o presentan la noticia.

De acuerdo con Sabada. (2006) la teoría del Encuadre no es una reacción de la

objetividad informativa periodística pero afirma que resulta muy difícil no incidir en una

noticia y otorgarle más valor a una que otra; es por ello que cada medio de

comunicación presenta el hecho de una manera distinta al otro y la información varía

en cada medio.

Pero es importante recalcar que “La redacción periodística es el mensaje informativo”

(Martínez. 1993, p.79) lo que por ende significa que de pendiendo del giro o el enfoque

que siga la redacción de una nota condicionará el contenido informativo de la misma.

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Asimismo, la audiencia creará su realidad y la entenderá desde el enfoque que el

medio presente la información, porque si bien es cierto, el periodista está regido por la

reglas del medio, pero es él quien da peso a las noticia y las fuentes de la misma

En mayo del año 2011 cuando ocurrió el homicidio de Evans Omar Ponce los medios

de comunicación cubrieron la noticia y le dieron seguimiento a la misma por mucho

tiempo siendo esto un tema del cual se habló diariamente durante el tiempo que ésta

se cubrió. Para poder relacionar este caso con la teoría de Framing o de Encuadre es

necesario recurrir a la teoría de la Agenda Setting iniciada por McCombs y Shaw en

1972.

Esta teoría trata de cómo piensa la audiencia a partir del establecimiento de la agenda.

Pena (2009 p, 155) citando a Wolf (2002) quien a su vez cita a Shaw (1972) expresa

que “las personas tienen tendencia a incluir o a excluir de sus conocimientos aquello

que los medios de masas incluyen o excluyen de sus contenidos”

McCombs y Shaw (1972), afirman que la teoría de la Agenda Setting consiste en que si

bien es cierto que los medios de comunicación no nos pueden decir cómo pensar sobre

algo si nos dicen en qué pensar. Los lectores terminan dándole la misma importancia a

un determinado hecho que la que le dio el medio de comunicación.

Muchas veces los problemas por tanta cobertura son magnificados por los medio, hasta

hacer parecer los problemas más grandes de lo que son y creando en la sociedad una

inquietud por saber de dicho tema y buscarlo en los mismos medios de comunicación

que están hablando de lo que ellos engrandecieron y así poder seguir hablando de lo

mismo hasta que el problema no dé para más.

Todo se vuelve un ciclo, los medios presentan la noticia y la ensanchan o amplifican, la

audiencia la recibe del modo que la presenta el medio y necesitan saber más, cuando

la audiencia ya tiene esa necesidad los medios siguen vendiendo la noticia y la

mantienen en su agenda. “La valoración que cada medio efectúa de todos los hechos

de la realidad y la intención de transmitir al público ese orden de importancia para que

lo haga suyo” (Fontcuberta y Borrat, 2006, p. 57).

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Pero para seguir hablando de Agenda Setting, Rodríguez, R. (2004) afirma que agenda

de medios (la más importante) es la que determina la periodicidad de las noticias,

consiste en un tema escogido por el medio de comunicación, asimismo, la agenda

pública es ver que tanta importancia tiene el tema escogido por el medio en la

audiencia y la agenda política se basa en cubrir las respuestas y soluciones de los

políticos o instituciones ante determinados temas.

Enlazando la teoría de la Agenda Setting con la de Framing es muy claro que los

medios tienen un punto de vista que lo dejan entrever en sus publicaciones y en la

jerarquía de las mismas, dando más valor a unas que otras lo que conlleva a la

publicación de una noticia frecuentemente y la periodicidad .

Recalcando lo que Goffman afirma, el Frame es el contexto y la organización mental de

las cosas que percibimos, lo que en el esquema anterior se ha explicado gráficamente

y que juega un papel muy importante en la Agenda Setting.

Figura 1

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2.1.2. El enfoque de la construcción social de la realidad

Para poder profundizar en los presupuestos teóricos de cómo la agenda mediática

puede incidir en la construcción social de la realidad, y particularmente como a partir de

la cobertura al caso de Evans Omar Ponce, se intentaron objetivar nuevas tipificaciones

sobre los conceptos crimen y criminal, se utilizará el enfoque teórico de la sociología

conocido como el “Constructivismo Social”, corriente teórica atribuida a Berger Peter, y

Thomas Luckman (1964).

Dicha teoría trata de resolver el debate sobre quién precede a quién, el individuo o la

sociedad, las estructuras o las personas, es decir, es el individuo quien construye,

institucionaliza, objetiva la realidad; o es la realidad, sus tipificaciones, sus instituciones

o sus estructuras, las que determinan al individuo. Sobre estas categorías estaré

profundizando más adelante en el marco conceptual.

El constructivismo social afirma que el ser humano es un producto social de la realidad

o sociedad que el mismo construye (Ritzer, G, 1993). En otras palabras, la sociedad es

un producto humano que se tipifica, se legitima, se institucionaliza y se objetiva a partir

de las acciones exteriorizadas del ser humano; y una vez ya objetivada se vuelca sobre

el mismo ser humano, determinando la existencia social del mismo, por medio de la

interiorización de la misma.

Para Berger y Luckman (1964), la construcción de la realidad sigue un proceso

dinámico o dialéctico que está constituido por varios momentos: primero, se da el

momento de agrupar las percepciones subjetivas sobre la realidad que tienen los

individuos, a lo que le llaman la “intersubjetividad”; seguidamente, estas percepciones,

se vuelven repetitivas y habituales hasta llegar a “tipificarse”; las tipificaciones se

“exteriorizan” permitiendo que la realidad se solidifique, se cristalice, se “objetive”, y es

aquí donde emerge la “legitimación”, “la institucionalización”, de la realidad, expresada

en normas, leyes, estructuras.

La construcción social del sentido común en la convivencia diaria y las relaciones

interpersonales en la vida cotidiana, es posible, gracias a la capacidad de los individuos

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de interpretar en común situaciones o experiencias de la vida cotidiana, a tal punto de

crear algo en concreto, “objetivándolo”, dándole sentido y significado en la vida,

naciendo esto de la interacción y socialización de los individuos.

El proceso de la construcción de la realidad se da primeramente por la

intersubjetividad, la cual es la construcción social del sentido común, lo que permite la

interpretación en común de los individuos sobre una misma situación. Seguido a esto,

surgen las tipificaciones, cuando las acciones, situaciones o experiencias inter-

subjetivadas se vuelven habituales y repetitivas. Esto a través del proceso de

exteriorización, permite la objetivación, que conlleva a la solidificación de la realidad. Es

durante este proceso que se legitima e institucionaliza la realidad, para luego

interiorizarse, es decir, vuelve al individuo, iniciando nuevamente el proceso.

Dicho proceso se ve reflejado en el siguiente Esquema:

Elaboración de esquema a partir de la lectura del libro “Construcción Social de la realidad” de Berger y

Luckman (1964)

Figura 2

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2.1.3. La agenda mediática como instrumento objetivador de la realidad social: El

caso de Evans Omar Ponce, a la luz de la Teoría de Carl Hovland de persuasión

Con respecto al homicidio de Evans Omar Ponce realizado por unos adolescentes en

mayo del 2011, fue notable que en los medios de comunicación impresos se cubrió el

hecho de un modo que tal caso parecía el tema de la Agenda del día, siendo esto uno

de los factores por los cuales la población centró su atención constantemente, desde el

mes de mayo hasta parte del mes de julio del mismo año, en el delito cometido por los

menores de edad y la muerte del joven universitario.

La Teoría de la Agenda Setting se ve muy marcada en el caso, particularmente en el

hecho de que esta afirma que si bien los medios no te dicen cómo pensar, si te dicen

en qué pensar, volviéndose la Agenda un medio de construcción social. Y en el

proceso de la construcción social de la realidad a partir del caso de Evans, los medios

de comunicación amplificaron el problema creando en la sociedad un interés por saber

más del caso.

Pero la realidad también se crea a partir del factor que “La información dada es

fragmentada por lo que se produce una visión focalizada de la realidad” (Alsina, 1989,

p.1155), es decir el periodista entiende el hecho de un modo focalizando la noticia a

partir del lenguaje y el estilo que utilice. Y si el periodista entiende el hecho noticioso

como escandaloso, lo presentará escandaloso.

Según Carl Hovland, la efectividad de los mensajes que inciden en cambio de actitudes

depende de diversas circunstancias como el emisor y su credibilidad, el mensaje y la

naturaleza del mismo y, hasta el receptor y su afinidad u oposición con la fuente

emisora.

La eficacia de la comunicación, en la que Hovland advierte seis fases, es la

respuesta/resultante (cambio de conducta) de un proceso causal que parte de un

estímulo, la exposición de un mensaje (acto emisor) y requiere suscitar atención

(llegar), ser comprendido (alcanzar), ser aceptado (actuar), ser retenido (permanecer).

Para que la actitud cambie, hay que cambiar las creencias, y para ello debe haber una

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correspondencia en la adecuación del estímulo al destinatario, de acuerdo con la

posición que éste tenga en el plano de las ideas, de su formación, distancia con la

fuente. (Infoamérica Revista Iberoamericana de comunicación, s.f)

Si bien los medios de comunicación no se inclinaron con la parte segmentada en contra

de la reforma sus razones son claramente las que Hovland advierte para un cambio de

actitud. Los medios impresos tenían que llegar a la población y perpetuarse en los

mismos, el único modo de hacerlo es estando a favor de la mayoría y cuando esta

mayoría fijó su atención en los medios impresos comenzaron a vender más la notica e

impulsar a los lectores a través de su cobertura mediática a consumir las publicaciones

de los diarios.

En el estudio sobre la comunicación en los EE.UU (Universidad Internacional de la

Rioja, s.f) se afirma que entre las conclusiones de Hovland, "los mensajes con una

mayor carga de temor tienen una persuasión inmediata" lo que significa que es un

convencimiento en la audiencia del momento.

2.1.4. La Cuestión Criminal de Eugenio Zaffaroni aplicado al caso de la cobertura

de Evans Omar Ponce y su repercusión en la iniciativa de la reforma en el Código

de la Niñez y la Adolescencia.

La criminología mediática según Eugenio Zaffaroni (2011), creador de este concepto

dice en la Decimosexta y decimoséptima conferencia: La criminología mediática,

“responde a una creación de la realidad a través de la información, subinformación y

desinformación mediática en convergencia con prejuicios y creencias, que se basa en

una etiología criminal simplista asentada en una causalidad mágica” (p. 365)

La criminología mediática en sí intenta explicar el origen de porqué son criminales,

muchas veces basada en razones sin sentido reafirmada por los mismo estereotipo y

estigma que se crean en los medios, pero su manera de presentar esas “causas” son a

través de información errónea o con falta de bases de manera implícita en las noticias.

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Pero para entender la criminología mediática, hay que entender desde este ámbito a

los medios de comunicación y como estos plantean en las noticias objetivaciones que

con las constantes cobertura son reforzadas. Los medios dividen a la sociedad en dos

grupos, los buenos y los malos, obviamente los buenos son los lectores los que se

informan con el medio y tienen miedo de lo que ocurre en la sociedad por personas

tipificadas como “criminales” (el otro grupo).

Para formar el segundo grupo los medios de comunicación seleccionan las noticas con

los delitos cargados de violencia y maldad; y el mensaje será que el adolescente que

vive en un barrio pobre y marginal será el día de mañana igual a un ladrón que mató a

una anciana por robarles dinero. (Zaffaroni. 2011)

Por eso en el segundo párrafo se dice que la criminología mediática crea la realidad

objetivándola a través de la información brindada por los medios (exagerada, sin o con

pocas fuentes, puntos de vistas en las noticias, etc.), uniéndolo con prejuicios sociales

y estereotipos para dar un origen a la causa de los problemas.

Hay que tomar en cuenta que la nota roja y el periodismo amarillistas son la base de

crear y estigmatizar caracteres sociales como vivir en un barrio peligroso, sentarse en

una esquina, tomar cerveza afuera de su casa o vestirse con un tipo determinado de

ropa, para atribuir el termino criminal a un grupo (la escoria de la sociedad) .

2.1.5. Uso correcto de crimen y criminal

Los medios de comunicación siempre están informando o desinformando a la población

acerca de lo que es un crimen y un criminal, pero esto se da manera implícita, es decir

dentro de la misma narrativa de las noticias se ve la inclinación de llamar a alguien

criminal muchas veces sin haber iniciado un proceso penal.

También existen modos específicos de construcción de la información sobre el crimen

que obedecen al funcionamiento de las empresas informativas y al desarrollo del oficio

periodístico. Las prácticas y las rutinas, los contextos y los límites de la propia

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organización periodística le dan un sentido a la información sobre el delito: le conceden

una importancia determinada dentro de las valoraciones de la “noticiabilidad”, permiten

su despliegue temporal o, por el contrario, la desvanecen rápidamente en el tráfago

noticioso, insisten en determinados personajes orientando los rumbos de la narración y

los sentidos del suceso, recurren a determinadas fuentes de interpretación como

versiones legítimas de los acontecimientos, subrayan o resaltan algunos trazos del

delito o algunos momentos de su evolución con tonos que son mucho más que artificios

narrativos. (Rey Et, Al, s.f p.10)

Es decir, hay que saber cuándo un hecho es noticiable y cuándo no para no caer en la

manipulación del hecho buscando muchas veces corresponder a la línea del medio o el

enfoque que el periodista, dándole un sentido propio al crimen y a la persona acusada.

Para poder comprender el uso correcto de crimen y criminal en las noticias hay que

entender primero, según el prólogo del libro Manual de Periodismo Judicial realizado

por el profesor Ramón Reig en el año 2000, el periodista que cubre un hecho

transcendente está en la línea o la barrera que separa la información o la

desinformación, tomando en cuenta que a este le imprime su faceta de profesional y de

su personalidad

Pero muchas veces el periodista y los medios no miden la magnitud de sus actos

porque pueden incidir de manera negativa en la sociedad. “Desde posiciones muy

críticas con la actuación de los medios de información se ha llegado a afirmar que se

alienta o se incentiva el hecho criminal por el modo que difunden las noticias sobre el

hecho” (Calero & Ronda, p.26)

Calero & Ronda afirman que, en realidad una noticia no tiene por qué alarmar de forma

innecesaria a la población sino de informar los hechos que pasan cada día, sin

impregnarle grado de temor

Los periodistas deben tener en cuenta que para abordar temas delicados como los

delitos y a quienes se les acusa, hay que mantener un equilibrio entre el

profesionalismo y su juicio de valor. “El público necesita saber y el informador debe dar

esa satisfacción pero también debe saber que la opinión publica busca y exige certezas

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y culpables y es frente a esos cuando es necesario el rigor y la profesionalidad” (Calero

& Ronda. 2000, p. 51)

Además es necesario conocer que “se denomina amarillista al periodismo que vuelve

una y otra vez sobre la noticia escandalosa, prescinde del interés informativo buscando

más el escarnio o la reiteración de un mensaje” (Calero & Ronda. 2000, p.24)

La responsabilidad de un periodista, se ve en la medida en que el principio general de

máximo respeto y la garantía a los derechos fundamentales, hace que la libertad de

expresión deba ser siempre excepcional, ya que el auto control resulta preferible para

elevar la calidad informativa evitando controles externos. (Calero & Ronda. 2000, p. 94)

Los reporteros al momento de redactar noticias deben tomar en cuenta muchos

factores que condicionan el hecho y a ellos mismos, “no es admisible que en una

noticia publicada, un medio califique a una persona como autor de un delito en el

momento de su detención, se debe diferenciar entre autor de un delito y presunto autor”

(Calero & Ronda. 2000, p. 95)

En cuanto a las noticias en periódicos:

Las secciones de justicia o policiales, son los lugares centrales de la operación

informativa sobre el crimen y los delitos. Operan sobre información que proviene de

fuentes institucionales como la Policía, conocen las claves que rodean al crimen y que

garantizan su acceso a la información (la importancia de los testigos, las formas de

acceder a los sumarios, los informantes, las personas que filtran información, las

modalidades de los delitos y sus condiciones informativas), ubican al delito en la

continuidad de su judicialización reconvirtiéndolo en una estrategia jurídica, aunque no

siempre en una realidad que garantice la verdad” ( Rey Et Al s.f p.10)

Para Zaffaroni precursor del eje central en esta investigación, la criminología mediática,

propone que ante tanta negatividad en los medios se debe construir una criminología

que, “proporcione la información necesaria y alerte acerca del riesgo de desborde del

poder punitivo susceptible de derivar en una masacre” (2011, p. 497), es decir por la

magnificación o desinformación sobre la solución punitiva la sociedad puede caer en un

punto malo para ellos mismos.

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2.2. Marco Conceptual

Medios de Comunicación: Según Aragonés (1998) citado por Cecilia Cervantes “Los

medios de comunicación son una industria y un sector económico en el que convergen

muchos intereses… su incidencia en la formación de la opinión pública determina que

otros sectores políticos y económico-financieros participen directa o indirectamente en

la producción de los mensajes de los medios… la comunicación colectiva o de masas

es la que difunde públicamente mensajes con medios y técnicas de comunicación

masiva de forma interesada, unilateral e indirecta a un público heterogéneo…” (p. 21-

22)

Contenido Informativo: Según Adriana Texeira es Formas del texto periodístico

destinados a transmitir información, desde una simple notica hasta la elaboración de

las formas más extensa

Enfoque: El observatorios de medios de la UCA (2010), plantea que el enfoque se

refiere si la noticia hace exposición de los hechos, demanda acciones por parte de una

autoridad o institución o bien presiona por cambios concretos que se deban realizar.

(p.13)

La Noticia: Patricia Blanco (2000) citando a Dader (s.f) asevera que noticia no es lo

que sucede, sino lo que alguien dice que sucede.

Audiencia: según Huertas (2007) citando a Jack Bratich (2005, p. 243): [...] La

audiencia es una problematización, una manera de capturar conceptualmente la

variedad de prácticas comunicativas y de procesos de mediación de la subjetividad.

Siguiendo a la misma autora la cual cita a Thompson J (1998), quien apunta que los

Mensajes mediáticos pueden entrar en confrontación directa con el entorno social y

particular del individuo (apropiación de material simbólico a través del enfrentamiento) o

pueden ayudar y enriquecer el crecimiento personal (apropiación constructiva-

reflexiva).

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Agenda Temática: Es el conjunto de temas que un medio de comunicación recopila

diariamente y recoge los aspectos informativos más importantes de cada jornada con la

intención de planificar su cobertura informativa. (Armentia & Caminos, 2003 p.122)

Modelos de Diarios o perfiles: Según el libro fundamentos del periodismo impresos

de Armentia & Caminos (2003) Explica que para entender la estrecha relación que

existe entra las características redaccionales de un medio y la presentación, existen

tres grupos y dos subgrupos los cuales son:

Modelo informativo-Interpretativo: Existe una relación entre la importancia que el

medio da a la noticia y su situación en la página. Ejemplo de diario: The new

York Times o El País España.

Popular sensacionalista: Se pretende llamar la atención del lector. Fotos del

tamaño de una página, titulares enormes.

Diario de opinión: Una herencia de la prensa ideológica. Predomina la posición

del medio e ideológica a través de la agenda.

Hibrido informativo-sensacionalista: Diarios con vocación informativa, pero que

recurren a los recursos de los diarios sensacionalista

Hibrido informativo de opinión: Muestra una vocación informativa pero en

algunos elementos muestra la opinión como una cualidad textual, sobre todo en

los titulares.

Tipos de Lenguaje: Según Martínez (1989. P.80) los tipos de lenguaje son los

siguientes:

Lenguaje de corrección: Es lenguaje no literal próximo a la lengua coloquial culta.

Lenguaje Conciso: Predominan los sintagma nominales para lograr frases cortas.

Lenguaje Claro: Pretende la eficacia comunicativa, se consigue mediante el uso

correcto de los verbos en forma activa e inactiva.

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Lenguaje de captación del receptor: Pretende cautivar la atención del lector desde la

primera línea.

Lenguaje de producción colectiva: es el resultado del señalamiento literario de

diferentes coautores.

Crimen: Según el Nuevo Diccionario Americano de Oxford (2005) Es una acción u

omisión que se constituye y tipifica en un delito que pueda ser perseguido por el Estado

y es sancionada por la ley

Criminal: Hay relación con un delito, así lo define el Nuevo diccionario de Americano

de Oxford.

Tipificaciones: Las tipificaciones según Ritzer (s.f) son el conjunto de hábitos

socioculturales, actividades rutinarias de la vida cotidiana, que en el proceso de

socialización vamos asumiendo como normales, típicas, comunes, etc., y las utilizamos

para darle nombre a algo, a una actividad, una cosa, una persona, etc. Estas

tipificaciones pueden ser modificadas cuando se vuelven problemáticas, para crear

nuevas situaciones.

Legitimaciones: Son definidas como el conjunto de explicaciones y justificaciones del

sistema institucional que pretenden explicar el orden institucional atribuyendo una

validez cognoscitiva o racional a sus significados subjetivos. El proceso de legitimación

se da cuando la sociedad deja pasar desapercibido que las estructuras son construidas

socialmente y objetivadas por los seres humanos y se centran en tratar de justificar su

existencia. Ritzer (s.f)

Institucionalizaciones: Ritzer (s.f) Define que son el conjunto de pautas habituales o

bien el conjunto de tipificaciones de acción e interacción en situaciones recurrentes,

producto del proceso de externalización para poder sobrevivir y organizar la vida

cotidiana a base de rutinas oficializadas y las prácticas habituales rutinarias llegan a

solidificarse tanto que se vuelven en sí misma una estructura, reglas o normas que se

sostiene sola pero que han sido construidas por los mismos individuos.

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2.3. Marco Legal

A continuación se presentan un conjunto de instrumentos jurídicos relativos a los

Derechos de la niñez y la adolescencia, los cuales se constituyen en documentos

rectores, legitimados universal o localmente, que norman y regulan la necesidad

universidad de proteger a la niñez, basados en imperativos legales, morales y sociales

que respaldan su legitimidad.

Dichos instrumentos jurídicos parten desde declaraciones universales establecidas en

convenciones internacionales, como también instrumentos locales, como la

Constitución, y el Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos recursos legales

propician a los derechos de la niñez y la adolescencia el carácter formal para ser

asumidos por todos los Estados en sus cuerpos normativos y legales, y promover un

desarrollo democrático, social y humano integral a todos los ciudadanos,

particularmente a niños, niñas y adolescentes.

Los extractos y fragmentos citados a continuación de los instrumentos jurídicos han

sido seleccionados en función de su estrecha vinculación y relevancia respecto del

problema de investigación del presente estudio: el uso de los conceptos crimen y

criminal en los contenidos informativos de los medios impresos nacionales, sobre la

polémica generada por el caso de Evans y la reforma al Código de la Niñez y la

Adolescencia.

2.3.1. Convención sobre los Derechos del niño y la niña

Arto. 1:

Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano

menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable,

haya alcanzado antes la mayoría de edad.

Arto. 37:

b) Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el

encarcelamiento o la prisión de un niño se llevarán a cabo de conformidad con la ley y

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se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que

proceda;

c) Todo niño privado de libertad sea tratado con la humanidad y el respeto que merece

la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las

necesidades de las personas de su edad. En particular, todo niño privado de libertad

estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés

superior del niño, y tendrá derecho a mantener contacto con su familia por medio de

correspondencia y de visitas, salvo en circunstancias excepcionales;

d) Todo niño privado de su libertad tendrá derecho a un pronto acceso a la asistencia

jurídica y otra asistencia adecuada, así como derecho a impugnar la legalidad de la

privación de su libertad ante un tribunal u otra autoridad competente, independiente e

imparcial y a una pronta decisión sobre dicha acción.

Arto. 40:

b. Que a todo niño del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien

se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice, por lo menos, lo

siguiente:

i. Que se lo presumirá inocente mientras no se pruebe su

culpabilidad conforme a la ley;

ii. Que será informado sin demora y directamente o, cuando sea

procedente, por intermedio de sus padres o sus representantes

legales, de los cargos que pesan contra él y que dispondrá de

asistencia jurídica u otra asistencia apropiada en la preparación y

presentación de su defensa;

iii. Que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano

judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia

equitativa conforme a la ley, en presencia de un asesor jurídico u

otro tipo de asesor adecuado y, a menos que se considerare que

ello fuere contrario al interés superior del niño, teniendo en cuenta

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en particular su edad o situación y a sus padres o representantes

legales;

iv. Que no será obligado a prestar testimonio o a declararse culpable,

que podrá interrogar o hacer que se interrogue a testigos de cargo

y obtener la participación y el interrogatorio de testigos de descargo

en condiciones de igualdad;

3. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el

establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos

para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a

quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y en

particular:

a. El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los

niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales;

b. Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a

esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de

que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales.

2.3.2. Constitución Política de Nicaragua

Arto. 35

Los menores no pueden ser sujetos ni objeto de juzgamiento ni sometidos a

procedimiento judicial alguno. Los menores transgresores no pueden ser conducidos a

los centros de readaptación penal y serán atendidos en centros bajo la responsabilidad

del organismo especializado. Una ley regulará esta materia.

Arto. 71

b. La niñez goza de protección especial y de todos los derechos que su condición

requiere, por lo cual tiene plena vigencia la Convención Internacional de los Derechos

del Niño y la Niña.

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Arto.67

El derecho de informar es una responsabilidad social, y se ejerce con estricto respeto a

los principios establecidos en la constitución. Este derecho no puede estar sujeto a

censuras, sino a responsabilidades ulteriores establecidas en la ley.

Arto. 68

Los medios de comunicación deberán contribuir al desarrollo de la nación. Los

nicaragüenses tienen derecho al acceso a los medios de comunicación social, y al

ejercicio de aclaración cuando sean afectados en su derecho y garantías.

2.3.3. Código de la Niñez y la Adolescencia de Nicaragua (Ley No. 287)

Arto. 2

El presente Código considera como niña y niño a los que no hubiesen cumplido los 13

años de edad y adolescente a los que se encuentren entre los 13 y 18 años de edad,

no cumplidos.

Arto. 71

Queda prohibido difundir por cualquier medio los nombres, fotografías o señales de

identificación que correspondan a niñas, niños y adolescentes que hayan sido sujetos

activos o pasivos de infracción penal.

Arto. 95

La Justicia Penal Especial del Adolescente establecida en el presente Código, se

aplicará a los Adolescentes que tuvieren 13 años cumplidos y que sean menores de 18

años, al momento de la comisión de un hecho tipificado como delito o falta en el Código

Penal o leyes penales especiales. Los adolescentes cuyas edades se encontraren

comprendidas entre quince años y dieciocho años de edad, a quienes se les

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comprobare responsabilidad, como autores o partícipes de una infracción penal se le

aplicarán las medidas establecidas en el presente Libro.

A los adolescentes cuyas edades se encontraren comprendidas entre los trece años y

quince años cumplidos a quienes se les atribuyere la comisión de un delito o falta, se

establecerá su responsabilidad mediante el procedimiento regulado en este Libro.

Comprobada la existencia del delito o falta y la responsabilidad, el Juez competente

resolverá aplicándole cualquiera de las medidas de protección especial establecidas en

el Libro Segundo de este Código, o de las medidas contempladas en este Libro

exceptuando la aplicación de cualquier medida que implique privación de libertad.

Las niñas y niños que no hubieren cumplido los trece años de edad, no serán sujetos a

la Justicia Penal Especial del Adolescente, están exentos de responsabilidad penal,

quedando a salvo la responsabilidad civil, la cual será ejercida ante los tribunales

jurisdiccionales competentes. Sin embargo, el Juez referirá el caso al órgano

administrativo correspondiente con el fin de que se le brinde protección integral, velará

y protegerá en todo caso para que se respeten los derechos, libertades y garantías de

los mismos. Se prohíbe aplicarles, por ningún motivo cualquier medida que implique

privación de libertad.

2.3.3 Código Procesal Penal

Artículo 2. Presunción de inocencia.

Toda persona a quien se impute un delito se presumirá inocente y como tal deberá ser

tratada en todo momento del proceso, mientras no se declare su culpabilidad mediante

sentencia firme dictada conforme la ley.

Hasta la declaratoria de culpabilidad, ningún funcionario o empleado público podrá

presentar a una persona como culpable ni brindar información sobre ella en ese

sentido.

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Artículo 11. Juez natural

Nadie podrá ser juzgado por otros jueces que los designados conforme a ley anterior a

los hechos por los que se le juzga. En consecuencia, nadie puede ser sustraído de su

juez competente establecido por ley ni llevado a jurisdicción de excepción. Se prohíben

los tribunales especiales.

2.3.4 Código Penal

Art. 42. Autores directos, intelectuales, coautores o autores mediatos

Son autores directos quienes realizan el hecho típico por sí solos; intelectuales, los que

sin intervenir directamente en la ejecución del hecho, planifican, organizan y dirigen la

ejecución del mismo; coautores, quienes conjuntamente realizan el delito, y autores

mediatos, quienes realizan el delito por medio de otro que actúa como instrumento.

Art. 43. Inductores y cooperadores necesarios

Serán considerados como autores a efectos de pena, los que inducen directamente a

otro u otras a ejecutar el hecho y los que cooperan a su ejecución con un acto sin el

cual no se habría efectuado.

Art. 44. Cómplices

Son cómplices los que dolosamente prestan cualquier auxilio anterior o simultáneo

en la ejecución del hecho, siempre que no se hallen comprendidos en los dos

artículos anteriores.

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III. Marco metodológico

3.1. Tipo de investigación

Según el enfoque filosófico o epistemológico, el presente estudio es mixto, ya que se

pretende estudiar el fenómeno del uso de conceptos en el tratamiento periodístico del

caso de Evans Omar Ponce, desde una perspectiva que integre tanto lo cuantitativo

como lo cualitativo. Lo cuantitativo a partir de la caracterización y descripción del

contenido informativo y el enfoque de la noticia expuesto. Y lo cualitativo, porque se

explora y recopila las percepciones, valoraciones y actitudes de periodistas y expertos

en el tema, sobre las nociones de crimen y criminal y el uso de estos conceptos en el

ejercicio periodístico, como también se realiza un ejercicio de análisis del argumento

del uso de los conceptos crimen y criminal en las notas informativas. Para el análisis se

utilizará el enfoque relativamente nuevo de la criminología mediática, el cual requiere

de un análisis minucioso de actitudes de los periodistas ante noticias polémicas como

ésta, perfil del medio y credibilidad del mismo, además el mensaje implícito en las

notas y su contexto.

Según el nivel de profundidad del conocimiento, el estudio es exploratorio, ya que no se

ha realizado ningún estudio sobre el uso de los conceptos de crimen y criminal, y

aunque ya se han realizado trabajos de análisis de contenido no se ha enfocado desde

el área de criminología mediática.

Según Pacheco y Cruz (2006), la investigación exploratoria, se realiza para

familiarizarse con un objeto de estudio poco conocido o poco estudiado y sobre el cual

únicamente hay guías generales o muy vagas.

Según la ocurrencia de los hechos y el registro de información, el estudio es

retrospectivo y a su vez transversal, porque el tiempo de duración en el cual se dio el

problema a investigar se mantuvo en coyuntura noticiosa durante tres meses del año

2011.

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Según Hernández, Fernández y Baptista (2010), los estudios de corte transversal

recolectan datos en un solo momento, en un tiempo único. Su propósito es describir

variables y analizar su incidencia e interrelación en un momento dado. Es como tomar

una fotografía de algo que sucede.

3.2. Métodos:

Método de análisis: Se utilizó para profundizar en el problema que se investigó,

desagregándolo en sus partes, particularmente en la descomposición de los ejes

periodísticos identificados, a partir de la división de las notas del caso de Evans Omar

Ponce, en todas sus partes, es decir este método especialmente ayudó a identificar

cuales notas iban a ser monitoreadas discrecionalmente. El análisis es la división

figural o real del objeto o fenómeno realizada con el fin de esclarecer su estructura,

propiedades o relaciones. (Pacheco y Cruz, p. 63)

Método de síntesis: Se empleó para relacionar las notas periodísticas, el argumento

del medio y la jerarquización de la agenda, es el encuadre de las notas así como la

Agenda Setting y la influencia en la construcción social de la realidad te método ayudo

a identificar. El método de síntesis es el proceso del conocimiento que procede de lo

simple a lo complejo, de la causa a los efectos de la parte al todo de los principios a las

consecuencias. (Sequeira y Cruz, p.40)

Método Inductivo: A partir del análisis de elementos claves en el caso de Evans Omar

Ponce, reforzados por la teoría de la Criminología Mediática se diagnosticó el

tratamiento periodístico que implícitamente se da a los conceptos de crimen y criminal

implícitamente en el caso. Según Ibarra citado por Pacheco y Cruz (2006), ésta es la

operación lógica que se utiliza para generalizar la experiencia [...] cuya característica

consiste en una enumeración de todos los casos particulares, que luego quedan

englobados en el caso general [...] el principio de la inducción es el de la legalidad de la

naturaleza

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Método Deductivo: Se utilizó para emitir juicios sobre el tratamiento a casos que

contemplen una carga legal y el uso implícito de los conceptos crimen y criminal, como

el caso de Evans Omar Ponce lo que conllevo a una observación exhaustiva de las

notas monitoreadas y escoger cuales cumplían con los mecanismos de análisis. Carlos

Ibarra plantea lo siguiente: "El razonamiento deductivo, el más usual, consiste en partir

de lo general para llegar a lo particular"; el mismo autor asegura que: "el razonamiento

consiste en pasar de una verdad conocida a una verdad desconocida, o de un

conocimiento dado se deduce un conocimiento nuevo". (Pacheco y Cruz, p. 63)

3.3. Universo y sujetos de estudio

3.3.1. Universo poblacional y muestreo:

El universo poblacional para este estudio corresponde al conjunto de piezas

informativas de La Prensa y El Nuevo Diario, comprendidas entre el período de Mayo a

Julio del año 2011, en torno al caso de Evans Omar Ponce. Debido a que mis

preguntas de investigación y mis objetivos específicos requieren del análisis de

aquellas piezas en las que se evidencie el uso implícito de los concepto “crimen” y

“criminal”, el universo debía estar constituida únicamente por este tipo de noticias, lo

que me llevó a elegir como método de muestreo el “discrecional”, revisando pieza por

pieza en el período delimitado y seleccionar únicamente aquellas piezas que

cumplieran con los criterios de selección abajo descritos. Al ser discrecional, se

desconocía el marco muestral de dichas piezas informativas, hasta que se agotó la

revisión y selección discrecional. Asimismo, al ser discrecional, la muestra es no

probabilística, es decir, no todos los elementos del universo pueden ser seleccionados

para el estudio, sino aquellos que cumplan con criterios Una vez identificados por

selección discrecional las piezas informativas, el marco muestral se constituye en el

universo poblacional mismo, debido a que las únicas piezas encontradas y

seleccionadas son las que forman el universo. Es decir, en el proceso de recopilación y

exploración de piezas informativas, procedió a aplicar como filtro los criterios de

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selección, para identificar aquellas notas que respondan a los objetivos del estudio, y

formen parte del universo.

Se realizó una revisión de 50 piezas informativas sobre el caso de Evans, de las cuales

29 piezas cumplían con los criterios de selección previamente definidos.

Una vez identificados por selección discrecional las piezas informativas que cumplan

con los criterios abajo expuestos, éstas se constituirán en el universo poblacional para

el estudio. Es decir, en el proceso de recopilación y exploración de piezas informativas,

se procederá a aplicar como filtro los criterios de selección, para identificar aquellas

notas que respondan a los objetivos del estudio, y formen parte del universo.

Muestreo Discrecional: Es una forma de muestreo por conveniencia en la el que

investigador selecciona el mismo o pide a un experto en el tema a estudiar, que elija

según su criterio según su criterio subjetivo un conjunto de unidades que él piensa que

pueden ser representativos del objeto de estudio o de la población, según Santos

citado por Ruiz (2012).

Los criterios de selección para la selección discrecional de las piezas informativas que

fueron parte de la muestra, para el análisis de contenido, son:

a) Piezas informativas relativas al caso de Evans Omar Ponce (29 piezas en total, por

los dos diarios monitoreados)

b) Ubicadas entre el periodo de Mayo a Julio del año 2011

c) El contenido informativo de las noticias debe evidenciar implícitamente el uso de los

conceptos crimen y criminal.

3.3.2. Sujetos de estudio y criterios de selección

Partiendo de que el estudio es cuali-cuanti, y el enfoque del análisis se centra en las

percepciones, valoraciones y actitudes de los periodistas frente al caso de Evans Omar

Ponce, y el uso de los conceptos crimen y criminal en el ejercicio periodístico, los

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sujetos de estudio o informantes claves para el estudio serán periodistas y expertos en

las áreas de comunicación, sociología y derecho.

Los criterios de selección establecidos para la selección de los informantes claves para

el estudio son:

a) Profesionales de las disciplinas de comunicación social, derecho y sociología

b) Con experticia y conocimientos en el tema

c) Familiarizados e informados con el caso de Evans Omar Ponce

d) Disponibilidad para participar o colaborar.

3.4. Mecanismos de análisis

Los datos obtenidos por medio del monitoreo durante el trabajo de campo, se

procesaron partiendo de la previa definición de categorías (Ver Anexos, “A”, pág. 81),

que son ejes que permiten agrupar información, posteriormente serán codificados y

tabulados. Este proceso se llevará a cabo con el apoyo del programa de tratamiento y

análisis estadístico SPSS.

Después de crear la base de datos en el programa de referencia, se procedió a realizar

distintos tipos de análisis de estadística descriptiva. Se ordenaron tablas de frecuencia

y de contingencia para el cruce de variables, de la misma manera se elaboraron

distintos tipos de gráficos etc.

Las entrevistas se procesaron desde la perspectiva cualitativa, siguiendo las siguientes

etapas:

a) Reducción de datos: Esta etapa puede llamarse primer nivel de análisis y se basará

fundamentalmente en la lectura de los datos obtenidos, esto posibilitara simplificar,

resumir y seleccionar la información para hacerla manejable. Las tareas más

representativas en esta etapa son la categorización y la codificación.

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b) Disposición y transformación de datos: Con los datos ya ordenados, en esta etapa

se procedió a la elaboración de matrices de datos.

c) Obtención de resultados y de conclusiones: En esta etapa producto del análisis de

los resultados se llegó a conclusiones, las cuales son verificadas para comprobar y

demostrar el valor de la verdad.

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Resultados

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Capítulo I

1) Características Contenido informativo en el caso Evans Ponce

A partir del monitoreo realizado por tres meses (Mayo-Julio de 2011) en el caso de

Evans Omar Ponce, se encontró un sinnúmero de notas que aludían al caso del

presente estudio, pero en su mayoría hacían alusión a la reforma del código de la

niñez y la adolescencia dejando en segundo plano la muerte del joven de 19 años,

por tal razón se hizo un análisis de las notas utilizando el método discrecional y por

conveniencia, en el cuál el objetivo principal de las notas era hablar de Ponce y no

de la Reforma al Código de la niñez y la Adolescencia. Es importante mencionar

que sí hay notas monitoreadas las cuales hablaban sobre la reforma, pero éstas

notas traían a la palestra como corazón de la información la muerte de Evans, y

como efecto colateral el tema de la reforma. En el total de los tres meses se logró

encontrar 29 notas, pero estas obedecían a la conveniencia de la investigación.

Grafico No. 1 Notas monitoreadas

De las 29 notas en términos porcentuales, de un total del 100 %, para La prensa se

encontró un 64 % y para El Nuevo Diario un 36%, tal como se observa en el gráfico

No. 1. Es importante recalcar que dicho estudio no es meramente comunicacional

64

36

Porcentaje de notas informativas registradas por medio

La Prensa El Nuevo Diario

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por lo que no pretende comparar el contenido informativo de ambos medios, sino

incursionar en nuevas teorías que puedan reforzar el estudio y trabajo periodísticos

sin irrespetar otras disciplinas y sin perder una de las funciones principales de los

medios ¨Educar¨.

a) Tipo de contenido informativo

Gráfico No. 2 Contenido informativo

Como se hace alusión en el marco teórico, el contenido informativo de cada nota y

hecho noticiable, consta de tres pates fundamentales, las cuales son Contenido Actual,

Alcance del Contenido y Periodicidad. Pero este contenido solo se puede mantener si

el hecho sigue teniendo relevancia tanto para la población como para el medio.

En el gráfico No.2 se puede observar que el contenido informativo en el caso de Ponce

es equilibrado, lo que significa que siempre fue actual durante su cobertura, no fue

repetitivo, además este tuvo un alcance social grande ya que los dos medios

actualizaban sus notas tanto como en las versiones digitales como en las versiones

33.3

33.3

33.3

Contenido informativo

Contenido informativo actual

Contenido informativo con periodicidad

Contenido informativo con alcance

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impresas lo que daba posibilidad de llegar a todo tipo de público, y tuvo periodicidad

por mantenerse casi a diario y hasta más de una vez en el día, con diferentes

actualizaciones en dichos medios.

b) Información según el Encuadre

Gráfico No. 3 según teoría del encuadre

La teoría del encuadre afirma que cada medio y cada periodista puede ver la realidad

desde el ángulo que él entienda el hecho y en este caso es obvio que predominó la

subjetividad, si bien es cierto los grupos de sociedad civil que se pronunciaron en

respeto de los derechos de los adolescentes acusados en los medios predomino en

gran manera la subjetividad de modo que se obviaba la palabra de experto por lo que

en la mayoría de las notas se visualizaban opiniones de momento, demostrando que

los periodistas daban campo a su interpretación en casi toda la cobertura más que a la

investigación manifestando una involucración muy personal del tema.

La manera subjetiva se ve reflejada por los tipos de fuentes, además de las palabras

peyorativas y el exceso de calificativos culpando a los adolescentes sin ellos haber

pasado por un juicio.

7%

93%

Información según teoría del Encuadre

Información Objetiva

Información Subjetiva

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Es por tal razón que se puede observar en el gráfico No. 3 un 93. 1% de subjetividad y

un 6.9 de objetividad, lo que confirma que a las notas se le daba mayor cobertura en

cuanto al análisis (personal) que al contraste de la información.

Es muy importante destacar que el caso de Evans tenía mucha empatía con las

personas dado que fue muy emotiva la muerte del joven, pero eso no justifica que en

las notas se presentara como culpable a los involucrados sin haber ocurrido un juicio o

el presentar pruebas como si fuesen la fiscalía.

c) Agenda

Gráfico No. 4 Tipo de Agenda

Es evidente que en el caso de Evans predominó con un 55.1 % la agenda pública (la

cual es el tema de discusión de la sociedad) con un 24.5% se mantuvo la investigación

del medio lo que reconfirma la falta de objetividad y de investigación de los medios, y la

Agenda política permaneció con un 20.4 % lo que refuerza la teoría de la Criminología

Mediática (los medios pueden ejercer presión en las autoridades e influir en las leyes).

55.1 24.5

20.4

Tipo de Agenda

Agenda de involucramiento

Agenda de investigación

Agenda de búsqueda por solución de autoridades

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Según los estudios de la Agenda Setting citados en la investigación afirman que la

Agenda de los medios puede basarse en tres tipos de agendas:

1) Agenda de involucración, que es la agenda pública y esta es la que la gente y la

población establecen en su cotidianeidad.

2) Agenda de Investigación es la Agenda del medio, la cual se encarga de

investigar temas nuevos y traerlos a la agenda mediática.

3) Agenda Política, la que es cuando las autoridades buscan solución a los

problemas.

Según el experto en Criminología Mediática, Eugenio Zaffaroni, cuando un hecho es

magnificado por los medios de comunicación, la solución de las autoridades es

aumentar las penas, evidenciando la falta de pronunciamiento por parte de las

autoridades oficiales a llamar la calma o resolver el conflicto dejando la manera punitiva

a un lado.

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d) Enfoque noticioso

Gráfico No. 5 Enfoque

El enfoque noticioso según el grafico No.5, de un 100% predomina con un 42.4% la

exposición de hechos, seguido de 37.9% la demanda de acción de autoridades y con

19.7% la presión de cambios. Lo que confirma que las notas no contrastaron del todo la

información y tampoco investigaron, es decir solo seguían el curso de la noticia sin

abundar en otras aristas del hecho. En pocas palabras se comprueba que en el caso

de Ponce predominó exposición de hechos acompañado de una demanda de acción

para las autoridades.

Un ejemplo claro es la constante cobertura y actualización de las notas con cierto tipo

de fuentes citadas y la repetición de estas fuentes, las que en su mayoría exponen lo

sucedido y su inquietud, así como la solicitud de ciertos cambios en las leyes.

42.4

37.9

19.7

Enfoque

Expone hechos Demanda acción Presiona cambios

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e) Lenguaje en las notas

Gráfico No. 6 Tipo de Lenguaje

En cuanto al lenguaje de las notas monitoreadas del caso Ponce, el gráfico No.6 se

evidencia un lenguaje de captación del receptor con un 43.6 es decir que las notas lo

que evidencia el interés del medio por cautivar a los lectores desde la primera línea, ya

sea con dramatismo o conmoción, además de meter emotividad a cada palabra desde

el titular, sin dejar atrás un lenguaje de producción colectiva con un 32.7% donde las

notas dan mucha voz a la opinión pública, más que una propia investigación

balanceada del medio. Asimismo, es importante mencionar que en una nota informativa

pueden predominar dos tipos de lenguaje más.

Con menos porcentaje, en las notas se encontró un lenguaje claro con un total de

18.2% del 100%, así como un 3.6% del lenguaje conciso y en un 1.8% un lenguaje de

corrección.

44%

33%

18%

3% 2%

Lenguaje

Captación del receptor

Producción colectiva

Lenguaje Claro

Lenguaje Conciso

Lenguaje de Corrección

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En conclusión se puede afirmar que a pesar de que intentan mantener a la población

conmovida por el caso con el lenguaje de captación del receptor los periodistas

intentaron evitar un lenguaje coloquial, buscando usar palabras y frases claras

acompañadas de muchas citas de personas identificadas con la muerte de Ponce, es

por ello que no predominó un lenguaje conciso, ya que existía mucha opinión y análisis.

f) Fuentes

Gráfico No. 7 Fuentes de la nota

Según el grafico número 7 predominan con un 48.7 % las fuentes culturales, seguido

con un 41% otras fuentes (explicación en el siguiente párrafo) y con un 10.3% las

fuentes ideológicas, por lo que es evidente un encuadre de la nota, ya que se busca la

inclinación del tema.

Según la teoría de Framing, y el estudio basado en la criminología mediática

acompañado de la teoría de la construcción social de la realidad, en esta investigación

se estudian las fuentes desde otro ángulo, dado que no se pretende ver si las fuentes

son creíbles, si están autorizadas, si son especialistas; sino ver como las fuentes según

orientaciones de la nota puede influir en la sociedad. Es por ello que se aprecia la

49%

41%

10%

Fuentes

Culturales

Otras

Ideológicas

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mención de fuentes culturales (maestros, personajes, abogados, fiscales) fuentes

ideológicas (diputados, CNU etc…) otras fuentes (estudiantes, amigos de los

involucrados, familiares) las cuales pueden ayudar a construir una idea o a

deconstruirla socialmente hablando.

g) Mensaje de la noticia

Gráfico No. 8 mensaje en la nota

Se evidencia un 35.2 % de compresión, es decir predomina la manera de vender la

noticia y de cómo buscar perpetuarse en el imaginario social, luego con un 33.8 %

se refleja un estímulo en la nota, ya sea una frase de los afectados, fotos, u otros

elementos y con 31 % se demuestra una fragmentación en las notas periodísticas,

es decir existe una evidente inclinación en la nota hacia a una de las partes.

En cuanto al mensaje de la nota se valora, la comprensión que según Carl Hovland

(s.f) es el alcance que puede llegar a tener (según como se venda) el estímulo el

33.8

35.2

31

Mensaje de la noticia

Estimulante Comprensión Fragmentación

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cual puede ser la ampliación del problema o algún tipo de emoción y la

fragmentación que es el sentido u orientación del mensaje.

h) Carga de temor en la información de la nota

Gráfico No. 9 carga de miedo

En cuanto a la carga de temor en la nota, se evidencia un 66.7 % de temor medio,

seguido de un 23.3% y con un 10% carga baja. El grafico demuestra que las notas

concentraron en sus mensajes dosis de carga media de temor, dado que pretendía

que la gente se escandalizara con el caso. Esto se determina por las palabras que

hacen mención a la violencia y los calificativos usados.

Cabe resaltar que delitos mayores cometidos por adolescentes, después del caso

de Evans no han sido mencionados o no han ocurrido. Por lo tanto, el caso de

Evans fue una estrategia de ventas cargada de dramatismo para influir en la

sociedad, ya que los universitarios venden.

El contenido informativo según lo encontrado en el monitoreo por las fichas de

análisis, en su momento fue muy parcial con la parte afectada y solidarizada con el

66.7

23.3

10

Carga de temor de la nota

Carga media Carga alta Carga baja

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caso de Evans, es por ello que se evidencia un lenguaje que intenta llegar a la

población, así como fuentes que puedan enfocar o encuadra la noticia según su

tendencia o sus intereses.

Capitulo II Abordaje implícito de los conceptos crimen y criminal

1) Identificación del tipo de abordaje en criminología mediática

a) Construcción social: División social

Gráfico No. 10 División social

Cabe destacar que, si en las notas no se refleja la división social no se podría afirmar

que la noticia pudo ser fragmentada por lo que para demostrar que un grupo era bueno,

se tenía que reflejar que otro tanto era malo y partiendo de ahí, de ese simple hecho la

teoría del encuadre se cumple.

Es interesante como se refleja en las notas una división social en las notas de los

periódicos, ya que no puede existir villano sin héroe, es por ello que un 50% en el

gráfico número 10, se reflejan personas buenas que buscan el bien de la sociedad y un

50 50

División Social en cuanto buenos y malos

Buenos Malos

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50% de personas malas que tiene que ser encarceladas por el simple hecho de una

estigmatización mediática emitiendo un previo juicio de cómo está la sociedad

nicaragüense.

b) Construcción Social: Rol informador

Gráfico No. 11 rol del periodista

En el gráfico número 11 se refleja un 50% de rigor y un 50% de profesionalismo,

pero cabe resaltar que a pesar de que los datos confirman el rol del periodista, el

instrumento para medir tal rol incluía ambas variables por lo que no en todas las

notas se cumplía el rigor y no en todas las notas se cumplía el profesionalismo, así

que si analizaran por variables independientes dentro de un 100% el rigor y el

profesionalismo dejaría mucho que desear.

Según los expertos en periodismo Judicial entre más rigor y más profesionalismo

existan en una nota, más creíble será la información presentada por la misma, es

decir la credibilidad se da a partir del respeto y la no intromisión en las noticias

presentadas en los medios

50 50

Rol del informador

Rigor Profesionalismo

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c) Construcción social: libertad de expresión

Gráfico No. 12 Libertad expresión

Al igual que en el gráfico anterior estas dos variables de manera independiente

dentro de un 100% demuestran que hubo un 56.3 % de respeto en las notas, al

igual que 43% de garantía de derechos, pero al estar dentro de un mismo acápite

de instrumento son graficadas como variables unificadas por lo tanto en el grafico

número 12 se aprecian una gran falta de respeto y de garantía de derechos.

Según los expertos de periodismo judicial, afirman que cuando una nota posee rigor

y garantiza los derechos de los acusados, esta es más creíble puesto que se

evidencia el profesionalismo del periodista y del medio lo que hace que sean una

fuente confiable para informarse. En el caso de Evans se evidencia una gran falta a

la garantía de los derechos, lo que indica que en casos como esto hay que hacer

una revisión.

56%

44%

Libertad de Expesión

Respeto

Garantía de los derechos

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2) Crimen y criminal implícitos en los contenidos informativos

a) Causalidad mágica: Información

Gráfico No. 13 información en la nota

Según el grafico número 12, la información en la nota y en cuanto se dirigen al

acusado, hay un predominio en subinformación con un 45.9%, seguido de un 32.8% de

información y con un 21% de desinformación. En una nota si puede existir información,

desinformación y subinformación al mismo tiempo o simplemente una variable o dos, lo

ideal es que exista solo la información, ya que al existir los dos elementos influyen a

crear una construcción social de la realidad no tan justa.

La subinformación, se puede evidenciar cuando la información es un poco "maquillada"

o cuando la información no es dicha por completa, en el caso de las notas de Evans un

ejemplo claro es el simple hecho de no presentar las versiones de la otra parte

implicada, o falta de investigación del medio, se debió hacer aunque sea un revisión de

la situación social en la que convivían estos jóvenes, buscar y mostrar aunque sea las

posibles causas de su actuar, el culparlos explícitamente e implícitamente solo

presente una cara de la moneda.

46%

33%

21%

Información en la nota e información en cuanto se dirigen a los acusados

Subinformación en la notay sobre el acusado

Información en la nota ysobre el acusado

Desinformación en la notay sobre el acusado

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Y la desinformación es cuando no presenta la realidad como es y mal acostumbran a

los lectores a llamar a las cosas y situaciones de un modo que no es, por ejemplo no se

puede llamar culpables a los acusados si no hay un juicio realizado o decir que fue un

asesinato si no se ha demostrado la culpabilidad o dar datos falsos como el de donde

fueron agarrados los adolescentes después del acto realizado contra Ponce.

b) Causalidad mágica: Denominadores

Gráfico No. 14 Denominadores

En las notas monitoreadas se presenta un 35.3% de estereotipos, seguido de 35.5% de

estigmatización, con un 29.5% de tipificaciones. Los denominadores obedecen a como

socialmente las notas presenta a los implicados de las mismas (universitarios,

acusados, familiares) y de situaciones.

Los estigmas son cuando se le da nombre a los estereotipos ejemplo: Los

adolescentes implicados son unos "delincuentes", y los estereotipos en el caso serían

"ahora los adolescente van a andar de delincuentes" o llamarlos "supuestos niños". En

cambio las tipificaciones es lo que esta institucionalizado y legalizado, como el respetar

los derechos de los adolescente, y saber que dejan de ser niño ante la ley hasta los 18

29%

36%

35%

Denominadores

Tipificaciones

Estigmatizaciones

Estereotipos

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o mencionar repetitivamente que son culpables o asesinos antes del juicio y que el

veredicto sea ese.

Por otro lado cabe destacar que con todos los aportes o sub-aportes que las notas

hacen al caso, contribuye a que la audiencia pueda encontrar un norte con ellos y

reconstruir o bien plantar la semilla del primer paso de la construcción de la realidad, la

cual esta brindada por los mensajes que difunden los medios de comunicación y que

según Hovland estos mensajes tiene eficacia si el medio es creíble y la manera de

cómo se vende el hecho noticiable, así que las astucia del medio tomando la parte más

dramática y sensible de la historia pudo magnificar el caso y penetrar más rápido en el

público.

Además de agregarle distintos elementos de criminología mediática, sien ellos

saberlos, como la división social que es tan evidente o como la carga de temor

impregnada en cada publicación, así como la falta de rigor acompañada de elementos

en los mensajes y la presión por hacer cambios.

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3) Respeto de los derechos de la niñez y la adolescencia

a) Convención Internacional de los Derechos del niño

Gráfico No. 15 Derechos del niño

En cuanto a los derechos del niño en el gráfico 15, se presenta un predominio de 40%

de respeto en las notas hacia los acusados, un 37.8% de respeto y consideración de

quien es un niño y un 22.2% de presunción de inocencia. Si las variables se

presentaran como independientes cada una estaría en un margen de menos del 50%

por lo que se visualiza una falta de cumplimiento y acatamiento de los derechos del

niño y la convención.

Es importante recalcar que al no respetar los derechos del adolescente y sus derechos

básicos el medio pierde credibilidad por lo que la información brindada no garantiza una

verdad completa. Todas las faltas a los acusados fueron evidentes por los

señalamiento, la difusión de fotos y la revelación de sus nombres.

38%

22%

40%

Convención de los Derechos del niño

Consideración de quien esun niño

Presunción de inocencia

Trato humano y digno

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b) Normas y leyes de Nicaragua

Gráfico No. 16 Código de la niñez

Se presenta un cumplimiento de 64.7% de no difusión de la información de los

acusados menores de edad, un 24.4% de responsabilidad de la información y un

10.9% de no juzgamiento de menores.

Es importante destacar que no se cumplió el no juzgamiento de menores, dado que

fue lo que predomino en las notas de ambos diarios irrespetando por completo la ley

y a los menores, con esto no se justifica el acto cometido pero los expertos afirman

que entre mayor rigor y profesionalismos la información es más creíble, es por eso

que se debe dejar por un momento de lado la libertad de expresión, ya que la

opinión publica siempre busca culpables.

Para poder reforzar los dos primeros capítulos de análisis de esta investigación se

presenta los siguientes ejemplos:

65%

24%

11%

Código de la niñez y la adolescencia, y la Constitución Política

No difusión deinformación

Responsabilidad Social dela Información

Menores no objeto dejuzgamiento

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Con las manos manchadas de sangre

“Yo me detuve en medio de la calle y pedí ayuda, se detuvo un motociclista y perseguimos a los

maleantes y logramos detenerlos en el Reparto San Juan, detrás de la Universidad

Centroamericana, UCA. Cuando agarramos al que mató a Evans, me dijo que no había hecho nada,

pero tenía manchadas las manos de sangre y aún andaba el cuchillo”, detalló el universitario.

Lo que ha causado una profunda frustración en los familiares y amigos de Evans Ponce es que los

seis implicados en el robo frustrado y homicidio se escudan en el Código de la Niñez y

Adolescencia, --porque son menores de edad--, para buscar impunidad.

“(El asesino) me dijo: “yo tengo un familiar fiscal, te voy a buscar el lunes que salga y me las voy a

cobrar”. Cuando lo agarramos jamás me dejó de gritar que era menor de edad y por lo tanto no se

le podía hacer nada, e insistió en que él y los otros iban a salir pronto, “porque el Código—de la

Niñez y Adolescencia—nos protege”, relató indignado el testigo víctima.

“Si actúan como adultos, que los juzguen

como tal”

* El trece de mayo, los 19 años de vida de Evans Omar Ponce acabaron en diez segundos, tiempo

que un “niño” empleó para darle cuatro mortales puñaladas, crimen que mantiene indignada a la

comunidad universitaria

Fiscalía reitera: seis años para asesinos de

Evans Orozco

Los sospechosos son Alberto Antonio Rocha Salazar, Gary Gabriel Castro Nicaragua, Luis David

Morán Meza, William Javier Castillo Salazar, Emerson Ernesto Espinoza Carazo y Donald Francisco

Gutiérrez. Todos alegan ser menores de edad

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Ponce, quien era estudiante del último año de la carrera de Arquitectura, murió de una cuchillada en el estómago

cuando seis delincuentes lo asaltaron la tarde del pasado 13 de mayo cuando recién salía de la UNI. La víctima iba

en compañía de dos compañeros más, que escaparon al observar al grupo de asaltantes.

Los sospechosos son Alberto Antonio Rocha Salazar, Gary Gabriel Castro Nicaragua, Luis David

Morán Meza, William Javier Castillo Salazar, Emerson Ernesto Espinoza Carazo y Donald Francisco

Gutiérrez. Todos alegan ser menores de edad.

¿Se corroboró esta información con la policía o el implicado? ¿El periodista también

puede llamar asesino al acusado? ¿Es asesinato u homicidio? ¿Todos son asesinos?

¿Hay alguna nota que busque la raíz de porque los adolescente actuaron de tal modo?

¿Los familiares de los detenidos fueron entrevistados? ¿Por qué los medios no se

enfocaron en buscar cómo abordar el tema de la educación como base para evitar

delitos? ¿Si son menor de edad porque revelan sus nombres y fotos? ¿La victima tenia

por nombre Evans Omar Wong? ¿Murió a las 4 o a las 2?

Son muchas las dudas que los medios de comunicación generan en sus contenidos, y

en los ejemplos se evidencia la falta de fuentes, la falta de investigación, la manera

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punitiva de hablar, el exceso de calificativos, la falta de respeto por la víctima y por los

acusados, el encuadre en la nota, la subinformación y desinformación de los hechos,

construyendo una realidad y deconstruyendo otra

Es importante recalcar que la teoría del Encuadre nos afirma que la realidad

presentada por los medios puede ser muy subjetiva, dependiendo de muchos factores

que inclinan la información hacia donde los periodistas o los medios quieren que esté

inclinada, de tal modo que puede influir de gran manera en la percepción de los

lectores y la realidad en que viven y como la entienden.

Dada estas circunstancias se retoma lo que Zaffaroni afirma en la teoría de la

Criminología Mediática, los medios pueden influir en la construcción social de la

realidad a través de la subinformación y desinformación presentada en las notas, así

como también puede influir en la ley.

El usar términos implícitamente para referirse a los acusados y violentando sus

derechos influye en como la sociedad los ve, los llamará y se dirigirá a ellos como el

medio se los presente.

Es importante que los periodistas puedan retomar estas teorías para reflexionar del mal

uso de los términos legales, así como, puedan ver reflejado el irrespeto a las leyes y a

las personas, faltando a un principio básico de la humanidad “La presunción de

Inocencia” señalando a los acusados de culpables e influyendo de alguna manera en

el imaginario social de la gente, de modo que se levantaran para pedir aumento en las

penas de los menores de edad, culpándolos a priori.

Hay que realizar un buen ejercicio periodístico en especial en casos tan polémicos

como el de Evans, evitando inclinar la balanza y haciendo una investigación del caso

más profesional, ya que en los ejemplos mostrados los periodistas dejan mucho que

desear.

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Capitulo III

Consecuencias del uso implícito de los conceptos en el caso Evans Ponce

Los medios de comunicación en torno al caso de Evans generaron muchas opiniones

sobre su actuar, entre ello expertos del tema los cuales valoraron y analizaron en su

momento la amplitud del caso que como consecuencia general llevo a un primer nivel

de la teoría construcción social de la realidad.

1) Aproximación analítica al caso

Cuando ocurren sucesos que son demasiado fuertes, impactantes, duros,

dramáticos, dolorosos, etc., los medios de comunicación suelen tener un

comportamiento bastante predecible, en el sentido de que aumentan el nivel

de dramatismo con sus palabras, incrementan el nivel de tensión en sus

palabras, para dos cosas: llamar más la atención sobre el suceso acontecido,

y al mismo tiempo, dictar o adelantarse con una postura como sugiriendo

cómo es que se debe pensar ante una situación. (Mauricio Miranda,

periodista, julio 2014)

Desde un punto muy general, los medios de comunicación presentan casi de la misma

manera los hechos que a la sociedad suela dar más importancia y no solo por las

razones que el experto en prensa comenta (llamar la atención del hecho, dictar una

postura) sino que también para mantener una agenda, establecer una jerarquización y

vender lo que la gente quiere escuchar y leer.

Muchas veces no presenta las noticas por el simple hecho de presentarlas y mostrar la

verdad, sino más bien por mantener vivo el mercado y las ventas, además de

exteriorizar las cosas como mejor les convenga y como las entiendan. En este punto

podemos afirmar que la objetividad no existe, pero no es solo objetividad sino mostrar

verdades comprobables y responsables, que no se logran con rumores o

especulaciones.

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Ahora, los medios podrían afirmar que no se equivocan y que siempre dan justo en el

blanco pero la realidad de las cosas es que los medios por la presión que ejercen

pueden influir en las decisiones y sentencias jurídicas, no es solo de que el medio

presento la noticia y que exagero, no es solo que los medios influyeron en la población

para pensar de un modo, no es solo que los medios de comunicación establecieron la

brecha de lo que paso y de lo que no paso, el punto importante es que los medios con

todos esos elementos juntos puede construir y de construir un caso jurídicamente

hablando y a una persona con una simple nota informativa, y aún más si el medio es

influyente.

Los periodistas ocupan las leyes, pero no las ocupan bien. Es decir, no se

preparan académicamente en la parte del derecho, y creen que la naturaleza y

el conocimiento de los medios es suficiente para abordar cualquier tipo de tema,

y eso no es así (Jorge Bautista, abogado, Julio 2014)

Los expertos reconocen que también existe un abuso por parte de los periodistas al

hablar en términos legales, pero no es solo el término legal y el cargo peyorativo que se

evidencie en la nota por el uso de esas palabras, sino toda la redacción periodística si,

y desde el punto de vista de la criminología mediática por el simple hecho encuadrar la

información y querer influir o estar sobre las leyes de algún modo y aportar al

imaginario social, el ejercicio periodístico es subjetivo en su totalidad.

Y esto de entender a los medios va más allá, es entender a los que llaman "criminales",

porque cada individuo como tal, es un mundo y esto es lo que los medios no llegan a

comprender ya que desde el momento de ser acusados de algún delito se les juzga a

luz pública y a priori.

Las desviaciones pueden generarse porque el mismo sistema no provee de

ciertas condiciones sociales e institucionales que garanticen el orden

institucionalizado, es decir, que el sistema provea a los individuos que

componen las condiciones necesarias para que se pueda desarrollar con

armonía en la convivencia con los demás. Por desviaciones sociales podemos

referirnos a la delincuencia, la violencia, violaciones, robos, asesinatos,

extorsiones, conformación de pandillas, etc. (Arnín Cortez, sociólogo, julio 2014)

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Entonces para los medios es fácil juzgar y señalar a los delincuentes, pero no

investigan la raíz de la raíz por la simple sencilla razón de que para los lectores el

conocer la vida de un delincuente es aburrido o no tiene importancia, para los medios a

veces ni los problemas psicológicos importan el individuo es como es.

La manera más fácil de llegar a los lectores es buscando culpables, es buscando

aumento de penas y esta conexión que existe con el trabajo periodístico y el deseo de

la audiencia solo se puede llenar si la investigación pasa a un segundo plano y si las

fuentes son las justas para presentar un lado de la moneda, así que dejarse llevar por

el momento y por las conmociones de ciertos casos llegan a ser la punta de lanza para

hacer negocios y no salir de la agenda pública, que los mismos medios crean.

Los expertos consideran que no es correcto llamar criminal a un adolescente,

porque esto estigmatiza al adolescente y lo etiqueta, y una vez que los medios lo

presentan como criminal, el barrio lo llamará así, y el muchacho se lo va creer.

(O. Soza, comunicación personal, julio 2014)

Es decir, los medios pueden incitar a que la gente reaccione del modo que menos se

quiere y se espera, el poder de estos es tan grande que hasta la misma violencia se

puede incitar y por no valorar las consecuencias es muy fácil llamar asesino,

delincuente (implícitamente criminal) a cualquier persona y adolescente, acusado ante

la ley o sospechoso de un delito.

No es conveniente llamar criminal a las personas ni explícitamente ni implícitamente,

pero al usar en la narrativa calificativos y adjetivaciones al dirigirse a estas personas y

ser juez ante la sociedad es un inconsciente hábito del quehacer periodístico, ya que se

trata de informar y de mostrar los hechos, además de no olvidar la ética y mucho

menos ignorar al mismo sistema y los derechos de los demás.

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2) Validación de expertos sobre el tema

En cuanto al caso de Evans, lo que más se evidencia es la revictimización de la

persona fallecida y ciertas falta al código de la niñez y la adolescencia, pero

periodísticamente hablando hizo falta más que cubrir el hecho. Todo se centraba en

aumentar el problema, aumentar el dramatismo de la situación y buscar culpables.

En este caso de Evans sí se le podría llamar crimen. El hecho de haber dado

cuatro cuchilladas a una persona y muriera, yo creo que sí se les podría llamarle

criminales, el problema es que les llamaron criminales antes de ser juzgados, y

aún después de la sentencia del juez de primera instancia no se les podría

llamar criminales, porque están pendientes el recurso de apelación y de

casación de la CSJ (Corte Suprema de Justicia), y ese proceso podría durar

tanto en el tribunal de apelaciones de Managua, y en la CSJ, de unos tres a

unos siete años y durante este tiempo no deberían llamárseles criminal, sino

sospechosas, o procesados por el crimen tal. (O. Soza, comunicación personal,

julio 2014)

La palabra Crimen debe usarse en casos mayores, como en el de la muerte de Ponce,

pero no se puede llamar culpable a los acusados sin que su juicio se realice, ya que

toda persona sospechosa tiene el derecho a la presunción de inocencia y en el caso de

Evans no fue un adolescente acusado sino seis, es decir no todos le realizaron las

heridas a Ponce.

El punto más importante de este estudio no es el área penal aunque es parte de la

columna vertebral, sino el quehacer periodístico ante casos que generan empatía y

como esa empatía se puede convertir en una salida a las ventas del medio, pasando

por encima de los derechos de las personas y del sistema penal.

A los medios de comunicación y a los periodistas les interesa llegar a la población, pero

no importa la manera en que tengan que llegar, a tal punto que olvidan que una de sus

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funciones principales es educar y solo recuerdan que deben entretener dándole

dramatismo olvidándose de la parte ética.

Podían darle un enfoque más serio, más periodístico, más ético, más

balanceado, etc., pero en general, ellos saben que hay la oportunidad para

hacer un tema serio con profundidad, y preguntarse cuál es el tema de fondo,

porqué se habla de reforma al Código de la Niñez cuando ocurren estos casos.

Tenía la oportunidad pero como cualquier otro tema que desborda más por su

dramatismo, por su popularidad, y ofrecen una versión más parcializada, mal

intencionado, forzada a veces. (M. Miranda, comunicación personal, julio 2014)

Desde el momento en que el medio de comunicación valida a los acusados como

asesinos, la gente se lo cree y la gente pide justica, además, la audiencia confía en el

medio, confía que el periodista investigó y que este está diciendo la verdad y nada más

que la verdad, pero la realidad es que los medios se interesan por vender y sacar

mayor provecho de los casos de conmoción.

Esto tiene que ver con la astucia de los medios, al momento de darse cuenta de

que esto causa conmoción en la sociedad, los medios no pierden la oportunidad

para aumentar los niveles de tensión, impacto, amarillismo. Cuando ocurren

sucesos que son demasiado conmocionados o controversiales los medios

suelen ser astutos detectan eso, le sacan provecho, y suelen llevarse por

encima cuestiones que tienen que ver derechos humanos, con cuestiones de

justicia, se adelantan a los eventos, hacen de juez y parte, asumen una

conducta que sobrepasa en realidad lo que deberían hacer los medios de

comunicación. (M. Miranda, comunicación personal, julio 2014)

Así que la población como tal no es tan culpable de señalar, porque los medios hacen

eficaz su circuito comunicativo, y la gente no se educa como jurista ni como periodista

para estar enterado de los derechos de los implicados, es el periodista quien debe

informar correctamente y respetar los derechos y estar en la línea del respeto y no

meterse a la opinión pública como ocurrió en este caso.

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Si bien es cierto a el público no le interesa saber todas las definiciones y diferencias

legales, el periodista y el medio tiene la función de educar, y si el medio nombra algo

de una manera, la gente lo hará y si el medio cuenta algo, la población lo creerá.

El argumento para mí era satanizar a jóvenes que atacaron a otros jóvenes. El

argumento era exacerbar la idea de que la violencia entre jóvenes está fuera de

control. Satanizar la responsabilidad de la Policía Nacional en términos de

seguridad ciudadana. Exacerbar al sistema de justicia por la manera en que

incorrectamente se estaban llevando los procesos judiciales desde el punto de

vista de los medios. Es decir, los medios aprovechaban la oportunidad para

muchas cosas, hacer drama mediático con el dolor de los familiares, de los

estudiantes, hacer drama mediático para provocar una conmoción mediática con

los reclamos de los estudiantes que exigían justicia, acusar a la policía de

alguna manera incitar a la violencia (Mauricio Miranda, periodista, julio 2014)

Los periodista académicos notaron el trasfondo de las notas y la cobertura, y estaba

claro que el propósito de los medios y periodista era señalar a los adolescentes como

criminales y buscar soluciones muy retrogradas para hacer justicia, a tal punto que

esas soluciones iban contra los derechos humanos, prácticamente se solicitaba una

involución humana al pedir la pena de muerte.

Los medios deben estar del lado de los que sufren y no tiene voz, siempre informando

y educando pero no es lo mismo darles voz a las víctimas que hacer fiesta que el dolor

de las víctimas. Exponer el duelo de una familia no es ético, como no es correcto

exponer la muerte de un ser humano y cada detalle para incitar a la empatía y a la

justicia.

En el único reportaje que la prensa realizo al caso se evidencia la afinidad del

periodista con la muerte y como desea llegar a la gente realiza una cronología del

ataque a tal punto que llega a impactar tanto el reportaje por todo el dolor mostrado que

es indudable el uso de la muerte para la venta.

Además es importante recalcar que todo ser humano por más víctima que sea no se

tiene porque revictimizar y sacar su dolor como bandera, la familia de Evans merecía

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un duelo sin escándalo, un duelo que la familia llevase a su ritmo. A diario en los

medios de comunicación se presentaba el caso de Evans faltando a muchos derechos

y deberes establecidos en la Constitución y en el Código de la Niñez.

Hubo un cierto exceso por los medios de comunicación, no le voy a echar la

culpa del todo a los periódicos. Si bien es cierto uno se solidariza con las

personas afectadas pero hubo una riña, es decir cuántas personas son

atacadas así de esa manera, pero lamentablemente la tragedia de Evans

termino en la muerte, y estoy seguro que los chavalos no se esperaban esos

resultados tal vez la idea era asaltarlo no matarlo, pero para los medios ocurrió

un asesinato. En este caso hubo un exceso de calificativos y se fue de las

manos el rigor y el profesionalismo. (J. Torrez, comunicación personal, julio

2014)

Por ser una sociedad adultista, lo más fácil es culpar a las siguientes generaciones las

cuales viven en otro contexto, y para entender a estas generaciones hay que

comprender su entorno de desarrollo, es decir investigar porque estos adolescentes

actuaron así ¿Y porque los universitarios ante el asalto con arma blanca respondieron

con violencia también?

Como afirma el experto Torrez, no hay casos de ataques así, el desenlace fue la

muerte pero porque hubo una disputa, no todos los adolescentes, andan quitándoles la

vida a las personas ni siquiera suenan tanto los casos de los adolescentes y cuando

ocurre un hecho así que implica a menores de edad la sociedad se alarma pero los

alarma aún más la presentación del caso por los medios.

El tema se mantuvo mientras duro. Por ejemplo el caso del niño de 14 años que

mato a un niño en el norte si es un hecho criminal pero nadie dijo nada, porque

eso no vende ahí no más quedo y no vende porque fue en el campo y no

reclamaban los universitarios que ellos si venden (J. Torrez, comunicación

personal, julio 2014)

Es evidente que han transcurrido tres años de la muerte de Ponce, y el único hecho

parecido ha sido el del caso que Torrez menciona, pero nadie se pronunció ni siquiera

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los medios quienes mantuvieron por mucho tiempo en su agenda el caso de Evans y

quienes criticaban muy duro el actuar de los adolescentes.

3) Incidencia, repercusión, afectación y corrección periodística

Entre las mayores repercuciones del abordaje periodistico fueron la recreación de

concepciones o conceptos erroneos sobre temas legales, asi como la falta a los

derechos de los adoslecente y a los derechos humanos.Tal situación influyo de gran

manera en la población.

La incidencia de la agenda mediática no solo establece el tema de debate, sino que

además mediante una cobertura constante y repetitiva, y mediante un tratamiento y

enfoque informativo particular, pueden crear nuevas tipificaciones, reforzar las ya

existentes, o desacreditarlas, de tal manera que la opinión pública va generando

nuevas representaciones, nuevas tipificaciones, y por consiguiente, nuevos

procesos de legitimación, institucionalización y estructuración de la realidad (Arnín

Cortez, sociólogo, julio 2014)

El simple hecho de criticar el actuar de las leyes y de exigirles algo a los juristas, es un

primer proceso de construcción social de la realidad. Los medios de comunicación

pueden influir socialmente en las leyes y en las concepciones de términos y adjetivos,

es decir el medio tiene el poder de plantear la duda de que si está bien que un par de

adolescentes tengan derecho, solo por una acto delictivo cometido por un pequeño

margen, obviando que existe más adolescentes que pueden estar en situaciones

distintas y que el código los protegería.

Entonces la población termina pensando al igual que el medio sin importarles las otras

soluciones que existen, como la educación. Es decir invertir en educación es lo más

viable que estar haciendo cárceles, ya que mandar a unos adolescente donde

verdaderos criminales es un riesgo mayor que podría tener consecuencias peores.

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Un joven señalado a luz pública ya perdió a confianza en sí, cree que él hecho a perder

su vida y muchos de los adolescentes de los barrios que pueden vivir en circunstancias

parecidas, pueden que su destino va a ser muy similar.

La sociedad al desacreditar a los jóvenes, no permite crecer a estas generaciones en

todos los ámbitos. La solución que brindan los medios es punitiva entonces la sociedad

buscara soluciones punitivas y lo que no da certeza, si en realidad los actos delictivos

terminaran, los medios brindan soluciones de momento que solo obedecen a

situaciones de momento.

Entre las mayores consecuencias periodísticas sobre el caso fue la irresponsabilidad

de actuar como jueces y tomar el caso de Evans exigir aumentar penas en casos de

adolescente, y alentar a la sociedad a que crea que estos jóvenes son criminales, y que

por ende deben estar encerrados como “criminales que son”, en pocas palabras lo más

fácil fue señalar al último elemento del ciclo (los adolescentes) pero nadie critico al

sistema primero.

Pero existen distintas maneras de cambiar lo que sucede en casos tan controversiales

como el de Evans, así como maneras para evitar el encuadre de las notas y esto solo

se logra si se mantiene un proceso riguroso desde la búsqueda de la información así

como en la elaboración y revisión de las notas.

En primer lugar, que los editores, los jefes de información recuerden que los

medios no son el Poder Judicial, por lo tanto no tienen la potestad, el derecho ni

la autoridad de decidir quién es el culpable y quién no. Dos, los procesos

judiciales, de carácter político, penal o civil, tienen un lenguaje especializado, es

decir, no utilizar solo por utilizar el lenguaje judicial en cobertura periodística. (M.

Miranda, comunicación personal, julio 2014)

También es importante que los medios empiezan a hacer radiografías de cómo están

llevando las noticias a la población, ya que al dejar entrever un mal trabajo periodístico,

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pasada la tormenta y el caos del hecho vendido, los lectores podrían desconfiar de los

periodistas.

Se debería de priorizar, dar a conocer los hechos con la mayor transparencia

posible en lugar del dramatismo, en lugar de las exacerbaciones, en lugar de la

etiquetación o atribución de papeles. Mientras más transparente sea la

cobertura, y más amplio sea el nivel de detalle respecto a cómo ocurrieron las

cosas, la población tendrá mayor nivel de criterio para decidir si esta situación

se está llevando de la manera correcta o no (M. Miranda, comunicación

personal, julio 2014)

Los medios pueden influir de manera negativa en la sociedad, así como en las leyes

(reformas, etc...) al mantener redacciones periodísticas que señalen a los acusados de

manera peyorativa y juzgándolos faltando a sus derechos básicos, por lo que es

evidente un mejor uso de los términos legales así como mayor profesionalismo.

Al mantener el profesionalismo, el rigor y la ética los medios no podrán influir en

concepciones legales de los lectores, mostrando así un trabajo más elaborado y neutro

que pretende informar. También estos factores ayudarían a evitar la criminalización de

las personas acusadas que independientemente que sean culpables, tienen derecho a

pasar un juicio justo y digno con especialistas que determinarán la culpabilidad, lo que

es parte de la evolución social del ser humano.

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V) Conclusiones

A partir de la investigación realizada sobre el uso implicito de crimen y criminal en los

contenido informativos de El Nuevo Diario y La Prensa, en torno al caso de Evans

Omar Ponce, de mayo a julio de 2011 se llega a las siguientes conclusiones que

pueden contribuir a la reflexión de la redacción periodística en casos similares:

1) En la presente investigación se refleja un análisis de la redacción periodística en

el caso de Evans en dos medios de comunicación escritos, lo que conllevo a

demostrar que los periodistas pueden impregnarle a las notas parte de sus

creencias llegando a enfocar la noticia del modo que ellos crean conveniente,

también es notable la falta de investigación, así como el uso excesivo de

calificativos que implícitamente iban creando el concepto de que los

adolescentes eran criminales, faltando a sus derechos básicos e influyendo en la

sociedad a llamarlos criminales.

2) El contenido informativo tuvo un gran alcance en los lectores, ya que el medio

mantuvo en la agenda mediática el caso de Evans, además eso ayudó que el

caso siguiera vivo en la agenda pública (agenda de la población) e involucrando

a la sociedad. Asimismo estimulando a los lectores a través de sus mensajes

con fragmentación de la información o del caso en general, llegando a incitar al

temor a la población al “reafirmar” que los adolescentes seguirían cometiendo

actos de “asesinato” o como ellos lo llamaron “licencia para matar”.

3) El encuadre y el enfoque que le dieron a las notas estuvieron muy marcadas por

las fuentes que se entrevistaron, por la falta de investigación del medio

mostrando así solo un lado de la cara de la situación o del caso, ayudando a

construir una realidad desde sus “marco” según como la entienda cada

periodista, haciendo que la información brindada sea muy subjetiva.

4) En el abordaje de la nota se evidencia una falta de rigor en la información

expuesta, ya que los medios siempre señalaron como culpables y asesinos a los

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seis adoslecentes sin ni siquiera haber ocurrido un juicio, faltando a un principio

universal como el de presunción de inocencia remarcando de manera implicita

que los adoslecentes eran criminales, sin siquiera probarles el delito o tener

acceso a las pruebas judiciales.

5) Desde el momento en que las notas estigmatizaron a los adoslecentes acusados

por el caso de de de la muerte de Evans, se mantuvo una cierta criminalización

para los menores de edad, además que se reforzó un esteriotipo que tambien

ayudó a desacreditar a la adolescencia y al Código como tal, ya que se pedia

una reforma.

6) La tipificación social jugó un papel muy importante, ya que a quien se considera

niño esta institucionalizado en la ley y al poner en duda este proceso solidificado

en la ley, indica que los medios fueron jueces culpabilizando a los menores e

intentando cambiar el Código, intentando ser los superheroes que dan

soluciones a los problemas sociales, pero de una manera muy peyorativa,

afirmando la culpabilidad de asesinato de los adosclecentes llamandolos

implicitamente criminal y reforzando esta idea en la sociedad.

7) La subinformación y la desinformación influyeron tambien en la sociedad para

criminalizar a los adolescentes, decontruyendo la imagen de los acusados y

deconstruyendo la realidad que los rodeaba, ya que el señalarlos como asesinos

y culpables influyó en la población sobre la poca o nula información que poseen

acerca de los derechos y terminos legales, asi como de los delitos que cometiron

y los que no cometieron.

8) La acusación de los medios al culpabilizar y señalar a los jóvenes como

asesinos, repercutio en el proceso de la construcción social a un primer nivel, es

decir, a nivel de intersubjetividad y exteriorizandolo pero no objetivandolo, ya

que el Código no fue cambiado pero si se tuvo la iniciativa.

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VI. Recomendaciones

Las recomendaciones que surgen de la serie de conclusiones, para los estudiantes que

quieran consultar el documento asi como los periodistas que visiten la universidad

puedan presentar informacion de calidad evitando criminalización y exceso de

calificativos además de evitar influir en la construcción social de la realidad, son las

siguientes:

1) Revisar la investigación y tratamiento peridisitico a casos delicados como el de

Evans, dado que es necesario formar a los periodistas en areas especificas

como el area legal asi como el recordar que una buen trabajo periodistico busca

un balance y equilibrio de información.

2) Evitar impregnar carga de temor en las notas, además, buscar un balance de

fuentes que eviten impregnar parte de la subjetividad del periodista.

3) No mantener en la agenda del medio tanto tiempo una noticia, ya que se

evidencia el interes de vender y no de informar, ni de educar

4) No buscar como fuentes principales a la sociedad que se ha dejado llevar por la

emoción del momento, pues esto ayuda a que exista un encuadre muy marcado

de la información. Es decir, buscar fuentes especializadas.

5) Mantener el rigor y profesionalismo al momento de informar, ya que la poblacion

siempre esta buscando culpables y los medios no pueden ser jueces para

dictaminar si los acusados realizaron el acto o no y mucho menos que tipo de

delito cometieron.

6) No estigmatizar ni estereotipar a la gente, porque esto ayuda a crear una

realidad a partir de señelamientos y no de valoraciones, concluyendo en una

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criminalización social y exigiendo aumento de penas lo cual no es bueno para la

sociedad, ya que puede impactar de manera negativa a largo o corto plazo.

7) Investigar para no dar informaciones erroneas que puedan confundir a los

lectores. El medio antes de brindar cualquier tipo de información debe

serciorarce que sea real y más cuando se trata de menores de edad.

8) Promover el cumplimiento de los derechos de los acusados, y dejar a las

autoridades correspondientes que determinen la culpabilidad evitando influir en

ellos.

9) Evitar el exceso de calificativos y señalamientos, pues los medios nos son

jueces, son informadores y son las autoridades quien determinan las

culpabilidad de los acusados.

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VIII. Anexos

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A. Matriz de operacionalización

Objetivo Variable Concepto Dimensión Indicadores

Describir el

tipo de

contenido

informativo y

el enfoque de

noticia

expuesto por

los medios

impresos

nacionales, El

Nuevo diario y

La Prensa en

la cobertura al

tema del caso

de Evans

Omar Ponce.

Tipo de

contenido

informativo

Formas del

texto

periodístico

destinados a

transmitir

información,

desde una

simple notica

hasta la

elaboración de

las formas más

extensa

Estructura

informativa

Contenido

informativa

Calidad

informativa

Objetividad

Juicio de valor

propio

Contextualización

Actualidad

frecuencia de la

noticia en agenda

mediática

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Enfoque

noticioso

Si la noticia

hace

exposición de

los hechos,

demanda

acciones por

parte de una

autoridad o

institución o

bien presiona

por cambios

concretos que

se deban

realizar

Encuadre

Balance de

fuentes

Argumentos en la

noticia

Identificar

como se

abordan

implícitamente

los conceptos

crimen y

criminal en los

contenidos

informativos

de El Nuevo

Diario y La

Prensa en el

caso de Evans

Omar Ponce.

Identificación

del tipo de

abordaje

No se trata la

noticia como

género

periodístico,

sino como un

hecho

noticiable.

Descripción

Mención implícita

de los conceptos

Manejo implícito

de los conceptos

Manipulación

implícita de

concepto

Estilo periodístico

Lenguaje

Fragmentación

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Crimen y

criminal en

los

contendidos

informativos

Crean la

realidad

objetivándola a

través de la

información

brindada por

los medios

(exagerada,

sin fuentes,

puntos de

vistas en las

noticias, etc.),

uniéndolo con

prejuicios

sociales y

estereotipos

para dar un

origen a la

causa de los

problemas.

Concepción

Representación

social del hecho

(visión ofrecida

de sucesos,

realidad)

Tipificación

Lenguaje habitual

Uso de recursos

Estereotipos

Legitimación

Credibilidad de la

noticia

Valorar las

consecuencias

del uso

implícito de los

conceptos

crimen y

criminal en la

cobertura del

caso de Evans

Omar Ponce

Consecuencia

del uso de los

conceptos

crimen y

criminal

Responde a

una creación

de la realidad

a través de la

información,

subinformación

y

desinformación

mediática en

convergencia

Incidencia

Manejo de la

noticia

Repercusión

Debate mediático

Discusión en

actores claves

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en los

periódicos de

El Nuevo

Diario y La

Prensa.

con prejuicios

y creencias,

que se basa

en una

etiología

criminal

simplista

asentada en

una causalidad

mágica

Temáticas

emergentes

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B. Matriz de Formas y fuentes de obtención de información

Objetivo Fuentes Técnica Instrumentos

Describir el tipo de

contenido informativo y

el enfoque de noticia

expuesto por los

medios impresos

nacionales, El Nuevo

diario y La Prensa en la

cobertura al tema del

caso de Evans Omar

Ponce.

Notas de los

periódicos en

torno al caso

de Evans

Omar Ponce

Análisis de

contenido

Ficha de

análisis de

contenido

Identificar como se

abordan los conceptos

crimen y criminal en los

contenidos informativos

de El Nuevo Diario y La

Prensa en el caso de

Evans Omar Ponce.

Notas de los

periódicos en

torno al caso

de Evans

Omar Ponce

Análisis de

argumento

Descomposición

de la nota

Valorar las

consecuencias del uso

de los conceptos

crimen y criminal en la

cobertura del caso de

Evans Omar Ponce en

1. Juez

Osman

Soza

2. Socióloga

Marissa

Olivares

3. Periodista

Entrevista Cuestionario

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los periódicos de El

Nuevo Diario y La

Prensa.

Joaquín

Torrez

4. Francis

Periodista

y Abogada

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C. Instrumentos de medición

A. Ficha de contenido de contenido:

I) Información de la noticia

1.1) Contenido informativo

a) Actual

b) Periodicidad

c) Alcance

1.2) Enfoque

a) Expone hechos

b) Demanda acción

c) Presiona cambios

1.3) Lenguaje

a) Lenguaje de corrección

b) Lenguaje conciso

c) Lenguaje Claro

d) Lenguaje de captación del receptor

e) Lenguaje de producción colectiva

II) Construcción social a partir de la noticia

2.1) Información según la teoría del encuadre:

a) Objetiva

b) Subjetiva

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2.2) Fuentes

a) Ideológicas

b) Culturales

c) Religiosa

d) Otra

2.3) Según los tipos de Agenda:

a) Investigación del medio

b) Involucración de la sociedad

c) Buscando solución por autoridades

III) Mensaje

3.1) Mensaje de la noticia

a) Estimulo

b) Comprensión

c) Fragmentación

3.2) Temor en la nota

a) Carga baja

b) Carga Media

c) Carga Alta

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B. Ficha de contenido (Argumento en cuanto al uso implícito de los

conceptos Crimen y Criminal)

I) Etiología Criminal

1.1) En cuanto se dirigen al acusado:

a) Información

b) Subinformación

c) Desinformación

1.2) División Social

a) Buenos

b) Malos

1.3) Denominadores

a) Tipificación

b) Estigmatización

c) Estereotipo

II) Control informativo

2.1) Rol de informador

a) Rigor

b) Profesionalismo

c) Ninguna

2.2) Libertad de Expresión:

a) Respeto

b) Garantía de los derechos

c) Ninguna

III) Cumplimiento de la Ley

3.1) Convención de los derechos del niño

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a) Acatamiento de a quien se le considera niño

b) Derecho a la presunción de inocencia

c) Trato humano y digno

3.2) Código de la niñez y adolescencia y la Constitución

a) No difusión de información de los acusados

b) Responsabilidad Social de la información

c) Menores no deben ser objeto de Juzgamiento

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C. Entrevista a Comunicador Social

Datos Generales

Nombre del entrevistado:

Especialista: Comunicador

I. Aproximación al tema

a. Usted como experto, puede darme su valoración de ¿Cómo percibe el uso

implícito de los conceptos de crimen y criminal en los medios impreso, La

prensa y El Nuevo Diario?

b. ¿Cree que se utilizan de la manera correcta? ¿Por qué?

c. ¿Cómo experto cree usted que estos medios deben supervisar como se utilizan

estos conceptos en las notas?

d. ¿Cómo cree que se da el tratamiento informativo en los delitos cometidos por

menores? ¿se utiliza bien el concepto de crimen y criminal en estos casos?

II. Valoración al tema

a. ¿Cómo cree usted que fue abordado el tema de Evans Omar Ponce?

b. ¿Cuál cree que fue el argumento de los medios en torno al caso?

c. ¿Cree que se utilizó de manera correcta los conceptos de crimen y criminal?

d. ¿Cree que se incito a la población al cambio de actitud o al temor?

e. ¿Cree que se respetaron los derechos de ambas partes, en las publicaciones?

f. ¿Cree usted que los medios pudieron enfocar o encuadrar la noticia de acuerdo

a su creencia?

g. ¿Cree que la sociedad civil tuvo participación en los medios, en torno al caso?

h. ¿Cree que la población tuvo participación en los medios, en torno al caso?

i. ¿Cuál de las partes cree obtuvo mayor apoyo y cobertura, o tuvo mayor

oportunidad de expresarse?

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III. Correcciones

a. ¿Qué correcciones realizaría a la cobertura?

b. ¿Cómo utilizaría los conceptos de crimen y criminal?

c. En cuanto a las leyes ¿En casos como esto que se debería priorizar?

d. ¿Cree que los menores de edad deben ser expuesto de la manera que se hizo?

e. ¿Cómo se logra un balance de fuentes? ¿Cómo se logra la objetividad? ¿Cómo

se evita encuadrar la información? ¿Los medios deben de poner una posición

en canto a temas así? ¿Cuál sería?

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D. Entrevista a Abogado

Datos Generales:

Nombre del entrevistado:

Especialista: Abogado

I. Aproximación al tema

a. ¿Cree usted que los medios de comunicación escrito están entrenados para

usar bien las leyes?

b. ¿Usted cree que se utilizan de manera adecuada los conceptos de crimen y

criminal?

c. ¿Usted cree que se cumple a cabalidad los derechos de los niños y

adolescente?

d. ¿Cuándo ocurren casos que involucra a adolescentes como actor de delitos, los

términos y la cobertura que le dieron al caso de Evans es correcto?

II. Valoración del tema

a. En cuanto al caso de Evans Omar Ponce ¿se priorizaron los derechos de ambas

partes?

b. ¿Se vio fragmentada o encuadrada la noticia?

c. ¿Se violentaban algunas leyes a partir de sus publicaciones?

d. ¿Cuáles fueron las faltas a las leyes más notorias?

e. ¿Tuvieron repercusiones estas faltas?

f. En cuanto a los conceptos de crimen y criminal ¿Fueron correctamente

utilizados? ¿se utilizaron a priori? Explique

g. ¿La cobertura mediática pudo predisponer a la población ante algunos términos

legales? ¿Cuáles?

h. ¿Se priorizo el cumplimiento de la ley para Evans Omar Ponce? ¿Por qué?

i. ¿se trató de manera correcta el caso en general? ¿Por qué?

j. ¿Qué consecuencia dejo el tratamiento periodístico del caso de Evans Omar

Ponce?

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k. ¿Cree usted que los medios pudieron enfocar o encuadrar la noticia de acuerdo

a su creencia?

III. Usos Correctos

a. ¿Cree que debería existir mayor regulación en los medios al utilizar términos

legales? ¿En el caso de crimen y criminal?

b. ¿Se deberían exponer tanto a luz pública los casos de delitos por adolescente?

c. ¿Se necesita educar a los periodistas y a los medios en términos legales? ¿En

uso de crimen y criminal? ¿En tratamiento de adolescentes?

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E. Entrevista a Sociólogo

Datos Generales

Nombre del Entrevistado:

Especialista: Sociólogo

I – Aproximación al tema

a. Desde su experiencia como cientista social, ¿cómo concibe o define “crimen” y

“criminal”?

b. ¿Cómo se da el proceso de tipificación y objetivación de las formas de concebir

e institucionalizar lo que se considera como delito, crimen, criminal?

c. ¿Qué papel juegan los medios de comunicación y sus agendas informativas en

el proceso de objetivación y tipificación de la realidad social?

II – Valoración del tema

a. ¿qué opinión le merece el caso del homicidio del estudiante Evan Omar Ponce

en junio de 2011?

b. ¿Cómo valora la cobertura mediática que los medios, como La Prensa y El

Nuevo Diario, dieron desde sus agendas al caso?

c. ¿Qué relación encuentra entre la cobertura, el enfoque de las noticias y el

tratamiento informativo que los medios impresos dieron al caso, particularmente

a la forma cómo se referían a los niños y adolescentes acusados; y el proceso

de objetivación y tipificación de lo que es un crimen y un criminal?

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III – Incidencia y repercusión

a. ¿Cómo valora las consecuencias que la cobertura mediática y el enfoque de las

noticias pudieron haber provocado en el imaginario social de la gente, las

actitudes, y la forma de concebir el delito cometido por los adolescentes

acusados?

b. La cobertura al caso, ¿pudo haber tenido repercusiones en la forma cómo se

deben objetivar y tipificar las nociones de crimen y criminal en la sociedad?

c. ¿Hasta dónde puede llegar el alcance de un ejercicio periodístico que trate la

información de esta manera, como el de Ponce?

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F. Transcripción de entrevistas

Datos Generales:

Nombre del entrevistado: Jorge Bautista

Especialista: Abogado

IV. Aproximación al tema

e. ¿Cree usted que los medios de comunicación escritos están entrenados para

usar bien las leyes?

En principio ocupan las leyes, pero no las ocupan bien. Es decir, no se preparan

los medios, ni preparan académicamente en la parte del derecho, y creen que la

naturaleza y el conocimiento de los medios es suficiente para abordar cualquier

tipo de tema, y eso no es así. Igual pasa en la economía, cuando tienes un

periodista que aborda la parte económica, tiene que conocer algo de economía

para poder abordarla porque en caso contrario no lo podrá entender. De la

misma manera, no te da patente de corso el hecho de ser periodista, abordar

todo la parte jurídica, menos la parte penal que tiene tanta incidencia en la

estructura de la ciudad.

f. ¿Usted cree que se utilizan de manera adecuada los conceptos de crimen y

criminal?

No solamente el manejo adecuado de las palabras, sino también el manejo

adecuado de la información y de los hechos mismos, porque al final las

personas no están tanto pendientes de las palabras, aunque si tiene su

incidencia, sino como narras los hechos y en esta parte se está dando esto

mucho, por la colonización del amarillismo y la nota roja. Se escapa la

objetividad, y se escapa al abordaje responsable de la temática, lo abordas

como que fuera una noticia de mercadeo o de marketing, y en la medida en que

yo tengo un marketing logro un máximo de ventas de periódicos y olvidaste el

hecho en sí objetivamente.

g. ¿Usted cree que se cumple a cabalidad los derechos de los niños y

adolescente?

No, ninguno.

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h. ¿Cuándo ocurren casos que involucra a adolescentes como actor de delitos, los

términos y la cobertura que le dieron al caso de Evans es correcto?

No, no le dan la cobertura correcta, le dan la cobertura de nota roja.

V. Valoración del tema

l. En cuanto al caso de Evans Omar Ponce ¿se priorizaron los derechos de ambas

partes?

Se priorizo más bien la eventualidad de un elemento que logro llenar las páginas.

Es decir, había algo que ya estaba sucediendo hace tiempo, y el caso de Ponce fue

lo que trajo a la palestra el tema para abordarlo completamente, fue como lo que

desbordo por las características propias en la universidad. La problemática de la

delincuencia en la universidad, eso ya era un asunto común. Todo mundo lo sabía,

pero eso fue el hecho más dramático que desbordo. Fue como la gota que hizo

rebalsar un vaso que ya estaba lleno.

m. ¿Se vio fragmentada o encuadrada la noticia?

No hubo un abordamiento responsable, de tal manera que, aquí paso lo que

sucedió en el llamado caso nueve mil en Colombia, esto es lo que sucedió con el

expediente nueve mil que se le hizo al expresidente Samper en Colombia, que se

dijo que fue el hecho más evidente de que se sacó un texto, en donde el día de

mañana no se sabía que iban hacer los juzgados, entonces decía el juez tiene citar

para mañana que tal fulano venga a declarar. Y todos los medios lo decían, y al día

siguiente salía la declaración del juez, cítese a fulano de tal. Eso implico que uno ya

sabía lo que iba pasar en el juicio porque leía el periódico, y el periódico anunciaba

lo que el juez tenía que hacer. Eso fue un juicio evidente donde la mano del juez se

movía por lo que el periódico decía el día anterior. Y quedo como parte de la

problemática de la influencia a estas alturas que están teniendo los medios, y que

ya es efectivamente un cuarto poder y un juzgador. No solamente eso, hoy en día

se dice, si vas a sacar a alguien, fíjate bien que los medios no estén cerca, porque

si lo sacas, y lo haces de manera incorrecta, o lo haces de una manera que no

guste a los medios, ellos te lo van a tergiversar. Eso significa de una u otra manera,

que el medio ya hoy te condena sin existir condena formal, o te absuelve sin existir

absolución de prueba, ya da su veredicto.

n. ¿Se violentaban algunas leyes a partir de sus publicaciones?

Creo que no me centraría tanto en leyes, me centraría mas en la forma como

abordaron la temática, y como consecuencia violas algunas leyes, pero violas

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incluso un derecho, el derecho a ser informado, no es tu derecho a informar, sino mi

derecho a ser informado de manera correcta, y no fue informado de manera

incorrecta, al punto que te creo una avalancha de percepción negativa en contra de

los jóvenes de la calle y ese no era el objetivo de esto.

o. ¿Tuvieron repercusiones estas faltas?

Claro, en principio para la forma de control de la seguridad en las universidades.

Esto fue un elemento importante, que en el momento se abordó y no solamente en

el momento. Hoy en día yo paso frente a la UNI y hay ciertos horarios en que están

parados los policías, y en ciertos sectores vigilando. Eso lo que habría que revisar

es si lo mantienen en todas las universidades, sabiendo que mucha de la gente que

viene a estos lugares son prácticamente los cerebros de Nicaragua, porque son las

universidades más grandes. UNI, UCA, UNAN. Aquí se concentran entre 50 mil y 60

mil estudiantes diarios. No hay otra zona en el país que concentre tanta población

juvenil, de tanta diversidad de carreras, como esta en la parada de la UCA.

Fue más un abordaje de la época porque después de eso, a nivel general del país,

se regresó a la misma situación, y el abordaje de esta cosa no puede ser temporal,

tiene que ser permanente. Vuelve a ser un tratamiento igual que el medio. Mientras

dura la noticia te la abordo, pasada la noticia te la dejo de abordar.

Lo importante aquí es que logro incidir en la sensibilidad de la sociedad, logro incidir

en la sensibilidad publica como gobierno, pero lo que uno cuestiona es lo siguiente:

a mí no me interesa la sensibilidad temporal, a mí me interesa la sensibilidad que te

provoca un hecho temporal pero que me hace tomar medidas permanentes para

que eso no se vuelva a dar o para que eso se de en menor cantidad o menor

intensidad.

Si en el caso contrario sucede que es una reacción de sensibilidad del momento,

simplemente actuó igual que un periódico para vender la noticia, y luego me apago

nuevamente.

El problema no es la ley. Hubo una declaración de alguno de los teóricos del siglo

XX que decía lo siguiente, ¿cuál es la mejor política penal? La inversión social.

Hasta la fecha no se ha sabido que el hecho de tipificar algo como delito sea la

manera de contrarrestar mejor el delito, no ha sido así. Sino que la mejor manera ha

sido a través de la prevención, y si esa fuera la lógica se diría un día de que ya no

tendrían que ocurrir violaciones porque ya tipifique la violación, y se sigue dando. Al

final lo que hace el derecho penal es aplicar la última ratio que significa que cuando

un comportamiento ya me desborda mi limite entonces lo tipifico para controlarlo

pero no para eliminarlo. Dichoso seria que una vez hecha la tipificación se elimina el

comportamiento pero esa no es la realidad. El derecho penal no es en este caso, la

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solución de los delitos, es la inversión social. Cuando vos dejas la carga de la

composición de la sociedad al derecho penal, que es dejar la última carga a la ratio

que es a través de golpes, estamos mal, porque vos como Estado no renuncias a la

coacción, que es la pena. Pero la coacción no es la última solución, es la última

ratio de uso. Yo no puedo ir directamente al golpe, no tiene sentido, porque estoy

deshumanizando el comportamiento hacia la sociedad.

p. En cuanto a los conceptos de crimen y criminal ¿Fueron correctamente

utilizados? ¿se utilizaron a priori? Explique

Se utilizaron indistintamente. Eso no es tan trascendente en relación con otras

cosas, aunque sí hubo un mal manejo de los medios, de la noticia, muy de nota

roja.

La mayor cantidad de nuestra población no tiene conocimiento técnico de lo que le

correspondería al juez, a tal punto que ellos (los medios) establecen casi como un

sinónimo los términos de crimen, criminal, asesino, homicidio, para ellos es algo

sicodélico que le corresponde más al juzgador, o al estudioso de la rama

diferenciarlo, pero no deja de llevar alguna carga peyorativa al aplicarlo. Para poner

un ejemplo, en una encueta se hacía la pregunta quién maneja los medios, y

contestaba la gente, el dueño, el periodista, y el estudio sociológico decía que no

era así, sino el rating, el mercado, y éste no sabe de elección, de educación.

La lógica que mandó en el caso que me estás mencionando (Evans Omar Ponce)

fue que este hecho le funcionó como trampolín a los medios para seguir vendiendo

la noticia, es una lógica irresponsable.

q. ¿La cobertura mediática pudo predisponer a la población ante algunos términos

legales? ¿Cuáles?

A algunos comportamientos y sujetos, como por ejemplo el ver a algún

adolescente, o algún niño abandonado de la calle abandonado como un

delincuente, entonces se arma una percepción que el que es así es delincuente,

y eso no es así.

r. ¿Se priorizó el cumplimiento de la ley para Evans Omar Ponce? ¿Por qué?

Claro, creo que en el caso de él, el juez actuó bastante apegado al derecho,

pero los medios no. Yo condené a éstos jóvenes antes de que fuesen juzgados,

lo que implica que la población misma no esperaba un veredicto distinto a la

condena misma, pero otra cosa es que yo valore técnicamente que había que

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condenarlos, pero no es lo mismo que los valore conforme pruebas, pero ya

desde el principio la lógica me decía “condenados”.

Lo que pasa que nosotros en derecho aplicamos la casuística, que significa que

cada caso debe abordarse de acuerdo a su propia realidad, pueden pasar 10

asesinatos, y cada asesinato tiene su propia realidad, sus propias

características, y en algunos de los casos podemos encontrar que fue

accidental, en otro de los casos que fue con total alevosía, en otro de los casos

que el muerto está, pero el culpable no era ese, era otro. En otro de los casos

que la persona se deslizó, se cayó y aparentemente era un asesinato. Tantas

características puede tener cada caso, por eso nosotros aplicamos el término de

casuística.

s. ¿Qué consecuencia dejo el tratamiento periodístico del caso de Evans Omar

Ponce?

No hay que dejar de reconocer algo, y es que los medios, si tienen algo positivo,

es que trajeron a la palestra de la discusión o hicieron visualizar un problema

que ya era una denuncia de mucha gente, la inseguridad en las universidades,

eso sí es un aporte. Pero te vuelvo a repetir, el tratamiento que después en el

contorno se le dio es el que uno cuestiona. Los medios tienen el gran papel de

ser siempre posibles educadores, y yo creo que ese papel no se tiene que

renunciar, sino se tiene que aceptar. El problema está cunado el medio se

contamina del marketing, el mercado, allí es cuando patinan muchas cosas.

t. ¿Cree usted que los medios pudieron enfocar o encuadrar la noticia de acuerdo

a su creencia?

De hecho lo hicieron, pero no fue la creencia la que mandó, sino la nota roja que

me traía más público. En este caso, si la persona está en la calle muerta, yo no

hago la fotografía de la persona, sino de la sangre, y no fotografío el cadáver

sino cómo está la herida y abierta, entonces los medios no enfocaron el debate

en el problema, un debate de altura, que sería muy interesante abordarlo, que

dicen los jóvenes, qué dicen las amas de casa, etc., pero no, tomaron la parte de

la sangre, es decir, lo tomó por el lado menos amable del asunto.

u. ¿Cree que se abordó de manera correcta en general?

En lo positivo, fue interesante, trajeron al presente un tema que era un problema.

Lo lastimoso es que tuvo que ocurrir un asesinato para traerse a colación.

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Lo negativo, lo abordaron como nota roja.

En cuanto a los jóvenes, hay que pensar quién mató antes a los jóvenes (quién

o qué les hizo daño antes) y que ahora están matando, y allí encontraremos la

responsabilidad pública, social, paternal. Yo estoy seguro, que los medios incitan

a la violencia.

VI. Usos Correctos

d. ¿Cree que debería existir mayor regulación en los medios al utilizar términos

legales? ¿En el caso de crimen y criminal?

Creo que debiese de educarse a los medios en la forma de abordarse los

hechos, y como consecuencia los términos en la forma de abordar los hechos.

Por ejemplo, yo te puedo contar a vos algo que ha hecho una amiga tuya, y te lo

puedo contar como un chisme, y lo que te creo es una enemistad con tu propia

amiga.

En el caso de los términos crimen y criminal, recuérdate que debe existir una

sentencia que los tipifique como tal, y por tanto, no es una competencia que te

corresponda a vos de utilizarlo como medio, porque lleva la carga peyorativa de

la condena antes de que tenga el justo juicio.

En el caso de Ponce desde antes estuvo el prejuicio. Hay una palabra que se

usa, cuando vos ocupas esta palabra de manera tan previa, armas un prejuicio, y

éste es un mecanismo a través del cual se tergiversan realidades. Antes de

abordarlo ya lo condené.

e. ¿Se deberían exponer tanto a luz pública los casos de delitos por adolescente?

Debiesen ser abordados de manera más responsable, porque el adolescente no

tiene tanta información, nadie lo ha educado.

f. ¿Se necesita educar a los periodistas y a los medios en términos legales? ¿En

uso de crimen y criminal? ¿En tratamiento de adolescentes?

Tendrían que educarlos en tres sentidos, no solo a los periodistas, sino también

los propietarios de los medios. Un sentido primero sería, un periodismo

responsable intelectual, segundo en términos con la criminología que vincula al

derecho con la sociedad, y tres en empatía, porque he visto periodistas que se

acercan a una madre con su hijo muerto y le pregunta, cómo se siente usted. En

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cuanto al tratamiento de adolescentes falta la mejor política penal, que es la

inversión social, y en cuanto al abordaje de los medios, los mandaría a estudiar

la empatía que es la posibilidad de sentir en el otro.

Datos Generales

Nombre del entrevistado: Joaquín Torrez

Especialista: Comunicador

IV. Aproximación al tema

e. Usted como experto, puede darme su valoración de ¿Cómo percibe el uso

implícito de los conceptos de crimen y criminal en los medios impreso, La

prensa y El Nuevo Diario?

Hay un mal uso y es por una cuestión histórica del periodismo nacional que es

la adjetivación y la calificación y eso no es de hora. Los latinoamericanos

tenemos un chip colonial que nos lleva a calificar a la gente y por eso siempre

estamos poniendo apodos y en el caso de los hechos noticiosos existe siempre

esa tendencia y algo peor todavía que el periodismo nicaragüense no se ha

desprendido que es el hacer juicios paralelos y cuando hablamos de esto es

que independientemente la administración de justicia no haya caído sobre la

apersona acusada ya los medios lo acusaron y lo condenaron y esto es un

problema que va de la mano con la criminalización de las personas en el

sentido de que sin valorar las razones que mediaron en los actos para nosotros

ya es un criminal.

f. ¿Cree que se utilizan de la manera correcta? ¿Por qué?

g. ¿Cómo experto cree usted que estos medios deben supervisar como se utilizan

estos conceptos en las notas?

Debe haber un mayor de regulación, después se puede caer en la

criminalización de cualquier hecho y a lo mejor no lo amerita eso no quiere decir

que nos vallamos a tapar los ojos ante cualquier hecho. Los medios de

comunicación tiene su código pero desgraciadamente hacen el trabajo muy fácil

y no tiene esa responsabilidad que deben tener y muchos editores por el apuro

no valoran si va mala y la cargamos de calificativos y adjetivos, cuando es la

gente la que debe calificar la información y nosotros brindárselas aunque

tenemos que analizarla e interpretarla porque en todo en caso hay un principio

básico de periodismo que es el de la empatía porque cuando vos estas

calificando a alguien estas violando su derecho a la presunción de inocencia

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h. ¿Cómo cree que se da el tratamiento informativo en los delitos cometidos por

menores? ¿se utiliza bien el concepto de crimen y criminal en estos casos? Ha

habido un problema en Nicaragua, yo creo que el periodismo debe ponerse del

lado de la gente que sufre y de la gente que no tiene voz pero cuando se dan

situaciones en donde se involucran a niños con violencia nos convertimos en

jueces y decimos que los chavalos deben estar preso y si un periodista escribe

así quema al código y existe una regulación pero no le ponemos la atención y

tendemos a criminalizar a los chavalos y chavalas. Cuando un chavalo es así,

no es porque quiere sino porque el sistema lo ha derrotado y ha pasado encima

de sus derechos y cuando se ven involucrados en situaciones de violencia lo

que hace el medio es culparlos y algunos hasta piden la cabeza del chavalo y

culpamos al código de la niñez y la adolescencia cuando la culpa debería ser

del estado y el chavalo delinquió y el estado les cumple no, no les cumples.

V. Valoración al tema

j. ¿Cómo cree usted que fue abordado el tema de Evans Omar Ponce?

Hubo un cierto exceso por los medios de comunicación, no le voy a echar la

culpa del todo a los periódicos. Si bien es cierto uno se solidariza con las

personas afectadas pero hubo una riña, es decir cuántas personas son

atacadas así de esa manera pero lamentablemente la tragedia de Evans

termino en la muerte, pero estoy segura que los chavalos no se esperaban esos

resultados tal vez la idea era asaltarlo no matarlo, pero para los medios ocurrió

un asesinato. En este caso hubo un exceso de calificativos y se fue de las

manos el rigor y el profesionalismo.

k. ¿Cuál cree que fue el argumento de los medios en torno al caso?

No tuvieron argumento como tal, normalmente cuando esto pasa los medios te

dicen que es un suceso de actualidad y tienes que cubrirlo como tal. Paso esto

y a la luz de esto vamos a revisar el código de la niñez hasta algunas

instituciones se pusieron a que se debía reformar el código y por andará

buscando la reforma de una persona más bien lo estas deformando porque

estas mandando al chavalo a donde un montón de verdaderos criminales. Es

decir no tuvieron suficiente responsabilidad para atender el hecho y si incumplís

la responsabilidad con la gente y la información no tienes argumento.

l. ¿Cree que se utilizó de manera correcta los conceptos de crimen y criminal?

No se usó de manera correcta, porque estaban calificando y al final cuando te

exijan respeto no lo tendrán porque ya se les conocen como criminal. Que sea

el lector a partir de la información que les da que los llame criminal pero que sea

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el lector no vos. Porque si yo comienzo a vendértelos como criminales lo que

estoy haciendo es un proceso de persuasión.

m. ¿Cree que se incito a la población al cambio de actitud o al temor?

Al temor, no hubo un cambio de actitud. Lo que presentaron fue una ligereza de

información porque ahora que mires a un chavalo te va a matar y nadie le va a

hacer nada porque el código lo protege y eso era lo que te decían los medios y

la gente hablaba de cualquier cosa y esa no es la función de un medio.

n. ¿Cree que se respetaron los derechos de ambas partes, en las publicaciones?

No en ningún momento, quienes hablaron más fueron las familias dolientes y

las autoridades porque no escuche nada de los chavalos culpados.

o. ¿Cree usted que los medios pudieron enfocar o encuadrar la noticia de acuerdo

a su creencia? Al final se dejaron llevar por el momento, y la muerte de Evans

les vino como perla para ocuparlo como bandera para hablar del tema. A los

medios les interesa vender y nada más. Cuando nos ponemos la camisa

solidaria no le ponemos el rigor suficiente a la información.

p. ¿Cree que la sociedad civil tuvo participación en los medios, en torno al caso?

Si tuvo.

q. ¿Cree que la población tuvo participación en los medios, en torno al caso?

Ellos son manipulados por los medios. Se mantuvo mientras duro si te fijas bien

el caso del niño de 14 años que mato a un niño en el norte si es un hecho

criminal pero nadie dijo nada porque eso no vende ahí no más quedo y no

vende porque fue en el campo y no reclamaban los universitarios que ellos si

venden.

r. ¿Cuál de las partes cree obtuvo mayor apoyo y cobertura, o tuvo mayor

oportunidad de expresarse?

VI. Correcciones

f. ¿Qué correcciones realizaría a la cobertura?

Yo creo que debe haber mayor capacitación a los periodistas y

desgraciadamente le tiene miedo eso y de haber una capacitación en ese tema

en específico, eso sería interesante. Así evitamos caer en los calificativos y en

el periodismo amarillista y vender información no contrastada,

g. ¿Cómo utilizaría los conceptos de crimen y criminal?

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No los usaría. Podes interpretar algo que haya pasado.

h. En cuanto a las leyes ¿En casos como esto que se debería priorizar?

El estricto manejo del código de la niñez y en cuanto a periodismo es una

responsabilidad.

i. ¿Cree que los menores de edad deben ser expuesto de la manera que se hizo?

No de ninguna manera, la ley los protege y no debe aparecer absolutamente

nada.

j. ¿Cómo se logra un balance de fuentes? ¿Cómo se logra la objetividad? ¿Cómo

se evita encuadrar la información? Eso está en dependencia y capacidad que

tenga cada periodista lamentablemente hoy en día los periodista se limitan a

cumplir su trabajo y ya, como se evita no existen fórmulas porque el

compromiso del periodista es venderte verdades pero verdades comprobable y

confirmarles y se logra con una responsabilidad, no es solo vender

especulaciones o rumores.

Datos Generales

Nombre del entrevistado: Mauricio Miranda

Especialista: Comunicador

VII. Aproximación al tema

i. Usted como experto, puede darme su valoración de ¿Cómo percibe el uso

implícito de los conceptos de crimen y criminal en los medios impresos, La

prensa y El Nuevo Diario?

En términos generales, y antes de detenerme en La Prensa y El Nuevo Diario,

existe un desconocimiento general acerca del uso adecuado de términos

judiciales, penal, civil, todo aquello que tenga que ver con administración de

justicia, la aplicación de dichos conceptos.

Los periodistas no necesariamente pasan por cursos que tengan que ver con

materias específicas penales y a veces – como sabemos – ni siquiera pasan por

las universidades. Lo que los periodistas tienen son las experiencias en el

campo. Entrevistan a abogados, a magistrados, a funcionarios del Poder

Judicial y lo que tienen a mano son documentos, declaraciones, etc., sobre a

qué se debió tal caso, cómo se dio tal procesos, cuál será la suerte de tal

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acusado, etc., entonces lo que tienen en su mayoría son nociones, no certezas

acerca de la conceptualización correcta en estos casos.

En el caso de los medios impresos, como La Prensa o El Nuevo Diario, se

suman estos elementos, pero también se suman otros elementos de carácter

social que tiene que ver con la conmoción. Cuando ocurren sucesos que son

demasiado fuertes, impactantes, duros, dramáticos, dolorosos, etc., los medios

de comunicación suelen tener un comportamiento bastante predecible, en el

sentido de que aumentan el nivel de dramatismo con sus palabras, incrementan

el nivel de tensión en sus palabras, para dos cosas: llamar más la atención

sobre el suceso acontecido, y al mismo tiempo, dictar o adelantarse con una

postura como sugiriendo cómo es que se debe pensar ante una situación. Por

ejemplo, en el caso de Evans, que es una situación condenable desde el punto

de vista social, ellos lo asumen, y además aumentan el nivel de tensión para

generar mayor conmoción en la sociedad, en los lectores, en la población.

Entonces tenemos un problema de formación, que es lo que mencionaba antes,

y se le suma un problema de actitud de los medios de incrementar esa alarma,

esa tensión. Ahora tiene que ver con el rol que el medio dice asumir para la

función de los eventos. Lamentablemente, en Nicaragua muchos medios de

comunicación, auto-asumen el papel como de críticos, como de jueces: Yo

decido desde mis páginas, de mis publicaciones, quién es el culpable, la

víctima, el victimario, el responsable, el co-responsable, etc., entonces con

frecuencia se deben a criterios personales o demasiado emocionales al

momento de dictar estos roles para los demás actores. Yo soy el juez crítico, y

los demás tienen que asumir el rol que yo les dicto, por ejemplo, el caso de

estos muchachos, que mencionabas que hay varios autores y co-autores, pero

al momento de escribir o publicar el medio no hace una mayor distinción, o

porque no le interesa, lo cual es lamentable, o porque lo contrario le interesa

más bien enfatizar que vos sos el culpable, y yo tengo la posibilidad desde mis

páginas de impartir justicia o no desde mis páginas, aunque no sea oficial, no

sea formal.

j. ¿Cree que se utilizan de la manera correcta? ¿Por qué?

k. ¿Cómo experto cree usted que estos medios deben supervisar como se utilizan

estos conceptos en las notas?

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Hace unos años una estudiante de Comunicación, que ahora trabaja en El

Nuevo Diario, hizo como producto creativo una especie de Manual dirigido a los

periodistas, donde orientaba cómo debían de hacer un uso correcto del lenguaje

judicial en materia de prensa escrita, en materia de periodismo. Me pareció un

aporte valiosísimo. Lo cierto es que éste fue un único esfuerzo, de los muy

pocos intentos de dar una especie de formación de los periodistas sobre

materia judicial.

Con frecuencia ocurre dentro de los medios que se hagan rotaciones en el

cuerpo de redacción, de manera que si alguien cubría noticias de enfoque

general, nacional o político, y por razones administrativas del mismo medio, lo

ponen ahora a cubrir sucesos o noticias judiciales, entonces tenemos allí a

alguien que no necesariamente está familiarizado con este tipo de conceptos.

En general eso ocurre. En conclusión, no hay un esfuerzo claro, específico,

contundente, masivo, colectivo, categórico de parte de los medios de

comunicación, de que los periodistas conozcan más de cerca cómo funcionan

estos procesos, o que conozcan los conceptos, definiciones, como por ejemplo,

cuál es la diferencia entre un acusado y un sospechoso, un señalado, un

enjuiciado, o alguien que está en proceso, etc., no hay un esfuerzo de los

medios en formar a sus periodistas en ese sentido. Si lo hay serán algunas

excepciones.

l. ¿Cómo cree que se da el tratamiento informativo en los delitos cometidos por

menores? ¿se utiliza bien el concepto de crimen y criminal en estos casos?

El tema de los menores en este tipo de delitos siempre es controversial, por dos

cosas, en primer lugar vivimos en una sociedad adultista, es decir, los derechos

de los jóvenes, adolescentes, niños y niñas pasan a un segundo o tercer plano,

no son prioridad en términos de defensa, de promoción, de cooperación, etc.,

estamos en una sociedad en donde lo que impera es la opinión del papa, la

mamá, el mayor de edad, lo cual es curioso porque estamos en Nicaragua,

donde la mayoría de la población es joven, menor de 18 años al menos, y es un

contraste interesante. Es decir, en un país de jóvenes los que menos autoridad

tienen son los jóvenes, históricamente ha sido así, y sigue siendo así. En ese

sentido, los derechos de ellos están muy aplazados, muy limitados, y no se

encuentra un equilibrio en el sistema judicial nicaragüense que permita esa

garantía. Si bien existe el Código de la Niñez y la Adolescencia no se respeta

completamente, hay recursos que se destinan para otras cosas. Entonces, este

comportamiento social se visualiza desde los medios, como que a los

muchachos en los medios siempre se les ha visto como menos, y cuando se

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trata de temas como éste, como homicidios, o como un caso de violación, es

muy sensible, y los muchachos quedan muy expuestos a un criterio editorial que

no sabemos con qué intenciones lo hacen. Habría que saber qué actitud tiene el

editor, jefe de información para tratar de interpretar con qué intención, con qué

malicia van a darle seguimiento a este tema.

En conclusión, los medios han sido con frecuencia bastante injustos, duros,

parciales, inflexibles e intolerantes con los jóvenes cuando se trata de temas que

les afectan directamente, y cuando se trata de temas que les señalan a ellos,

que en este caso de Evans ha sido una gran excepción en el sentido de que los

homicidios cometidos por jóvenes no son el gran número en términos de

estadísticas y porcentajes, pero cuando ocurre un caso como este, se hace el

esfuerzo mediático para dar la impresión de que esto es una hecatombe y que

ya no hay marcha atrás, y que hay que condenarlos a todos como si se tratara

de adultos.

VIII. Valoración al tema

s. ¿Cómo cree usted que fue abordado el tema de Evans Omar Ponce?

Con demasiada pasión, por varias razones: en primer lugar, se trataba de un

estudiante universitario. La comunidad universitaria suele ser muy unida cuando

se trata de situaciones que les afectan directamente. Son muy sociables y muy

solidarios en cuanto a que si a un estudiante, un universitario le ha sucedido

esto, yo también me siento afectado, y entonces la comunidad universitaria

encuentro un punto de concierto para una asumir una actitud colectiva, y

declarar una postura. Los estudiantes hicieron una presencia importante.

La otra razón tiene que ver con la astucia de los medios, al momento de darse

cuenta de que esto causa conmoción en la sociedad, los medios no pierden la

oportunidad para aumentar los niveles de tensión, impacto, amarillismo. Cuando

ocurren sucesos que son demasiado conmocionados o controversiales los

medios suelen ser astutos detectan eso, le sacan provecho, y suelen llevarse

por encima cuestiones que tienen que ver derechos humanos, con cuestiones

de justicia, se adelantan a los eventos, hacen de juez y parte, asumen una

conducta que sobrepasa en realidad lo que deberían hacer los medios de

comunicación.

Otro aspecto en el que también tiene que ver la pasión con que se abordó es el

sistema de justicia, el cual todavía es bastante débil para brindar con calidad la

información de cómo funciona el manejo o se imparte justicia en los jóvenes.

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Una gran cantidad de gente quedó con la sensación de que a los responsables

o implicados se les diera la pena máxima, y hay quienes decían que se les

debía imponer la pena de muerte, entonces se daban esos extremos copiosos,

frecuentes, había bastante de estas situaciones, y había ya una intención en la

Asamblea Nacional de provocar una reforma en ese sentido, o al menos de

cambiar el artículo que dice que sos menor de edad hasta los 18, y que por lo

tanto mientras tengas esa edad vas a recibir cierto tipo de justicia. No hubo el

debate sobre que hasta los 18 años se les considera menores de edad, y hasta

esa edad tienen derecho a recibir cierto tratamiento por parte de la justicia,

sobre el nivel de responsabilidad y corresponsabilidad detallado. Los medios no

decían: él es el principal y los demás tienen menor responsabilidad en todo

esto. Tampoco hubo cuidado especial en proteger las identidades sobre estos

muchachos. Sin embargo, si hubo una gran cobertura sobre la víctima que no

está mal, sobre sus familiares, sobre los estudiantes que decían que no podían

seguir aguantando más inseguridades. Vos hacías la balanza y te dabas cuenta

que lo que tenía con la víctima y su entorno es puesto como una revictimización

total masiva, mientras que por el otro hay una culpabilización total excesiva, y

sin embargo, el proceso no había iniciado, no se habían definido muchas cosas

en términos de procesos judiciales, ni siquiera habían iniciado las audiencias, y

había una denuncia excesiva de que se hiciera justicia, de que los condenaran.

Entonces los medios suelen exacerbar en sus páginas con muy mala intención

cuando ocurren este tipo de cosas.

t. ¿Cuál cree que fue el argumento de los medios en torno al caso?

El argumento para mí era satanizar a jóvenes que atacaron a otros jóvenes. El

argumento era exacerbar la idea de que la violencia entre jóvenes está fuera de

control. Satanizar la responsabilidad de la Policía Nacional en términos de

seguridad ciudadana. Exacerbar al sistema de justicia por la manera en que

incorrectamente se estaban llevando los procesos judiciales desde el punto de

vista de los medios. Es decir, los medios aprovechaban la oportunidad para

muchas cosas, hacer drama mediático con el dolor de los familiares, de los

estudiantes, hacer drama mediático para provocar una conmoción mediática

con los reclamos de los estudiantes que exigían justicia, acusar a la policía y

era una oportunidad espléndida para señalar la ineficiencia de la policía, que

vamos por mal camino, que este es el borde, etc., de alguna manera incitar a la

violencia, a la provocación al convocar o al escribir de tal manera, que era como

una exhortación a que hay que reclamar por todo lo malo que está ocurriendo,

porque caso nos deja en evidencia que todo está viciado.

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Tenían varias intenciones. Hay que señalar dos cosas, rescatar dos cosas:

hubo una cobertura bastante amplia, lo cual es una ventaja porque te permite

conocer distintos puntos de vista, conocer con algún detenimiento cómo va el

proceso. Pero dentro de esta cobertura amplia, hay que conocer cuáles son los

sesgos en el proceso, a qué fuentes estás entrevistando, cuántas fuentes a

favor, cuántas fuentes en contra sobre el caso estás retomando, etc.

u. ¿Cree que se utilizó de manera correcta los conceptos de crimen y criminal?

Lo que pasa es que tiene que ver con otro problema típico que tienen los

medios, como te mencioné hacen de juez y parte en sus páginas, y ellos no se

andan preguntando, el impacto que puede tener la manera en que ellos

conceptualizan o categorizan los sucesos que ocurren. Entonces antes decían,

es que no puedo decir el supuesto porque cuestionan la credibilidad, tengo que

decirlo por entero, el asesino, y a veces el autor confesaba y entonces el medio

lo asumía como asesino, como el responsable, pero él puede confesar por

varias razones, no porque necesariamente lo sea, siempre hay que esperar una

sentencia definitiva y allí es donde la gente desconoce que después de la

sentencia del juez, hay un momento para la apelación, hay otro para la

casación, la gente desconoce esas cosas, y los medios no se encargan de

explicar estas cosas. De manera que para los medios es más fácil la simpleza o

ligereza de empezar a atribuir sos un criminal, esto fue un crimen, esto fue un

asesinato, etc., sin preguntarse o sin esperar a que terminen los procesos.

Por ejemplo, cuando hubo un crimen del padre Pupiro, toda la especulación que

se creó fue la que se quedó en el imaginario de la gente, al final cuando ya

hubo una versión final de esclarecimiento del caso, ya a esas alturas, después

de tanta especulación y tanta polémica y debate generado, la respuesta o

solución que daba la policía perdía valor, porque la gente no quería creer en

eso, quería creer en lo que los medios habían generado.

v. ¿Cree que se incito a la población al cambio de actitud o al temor?

Incitaron a la polémica respecto a la reforma. Si hubo un planteamiento sobre

los niveles de seguridad, pero realmente y aunque lamentable que le haya

ocurrido esto a Omar, en términos de estadísticas no representaba

necesariamente un disparo en las estadísticas acerca de inseguridad, por otro

lado, procuraban la controversia. Otro tema tenía que ver con la imparcialidad

con la impartición de justicia. Los estudiantes con mucha razón decían,

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queremos que se haga justicia, queremos seguridad, queremos que vengan

aquí a las universidades, a la zona, porque nos sentimos expuestos.

Sobre el tema o el cuestionamiento de reformar el Código de la Niñez, esto no

es nuevo, siempre que ocurre un caso similar es el mismo tema. Hace poco

hubo un caso de parricidio, y no pasó a más, hubo un tratamiento distinto,

diferenciado, y es que el caso de Evans tenía que ver con los actores

involucrados, unos actores que llaman bastante la atención, que son los

estudiantes, quienes son muy duros y muy concretos al momento de exigir sus

derechos, muy expresivos. Ese tratamiento no lo ves en otras zonas, en la zona

rural, en el ámbito de la familia. Pero sí había una incitación sobre la reforma.

Pero una reforma que se estaba demandando sin pensarla, sin estudiar en

realidad cuál era el contexto que se estaba viviendo.

w. ¿Cree que se respetaron los derechos de ambas partes, en las publicaciones?

Creo que no. Uno se pregunta hasta qué punto la muerte de una persona debe

ser pública, desde el ámbito de la familia. Hasta qué punto los medios tienen el

derecho de publicar y nadie los cuestiona cuando aparentemente se trata de

una labor social de comunicar este tipo de información, de que están ocurriendo

estos sucesos. Me parece que hubo un abuso sobre la familia, sobre la manera

en que se presentaba la situación del joven fallecido, donde se apelaba al

dramatismo y la falta de sensibilidad mediática para vender páginas, para

vender noticias, eso ocurre todo el tiempo.

Por ejemplo, hace como un mes la esposa de Eduardo Montealegre atropelló a

un niño, y el niño falleció pero dada la situación de que se trataba de la esposa

de un personaje político, y la noticia no pasó a más. Entonces hay un

tratamiento especial, pero en este caso era el caso de Evans, y hubo un abuso.

Pero de igual manera, de manera intencionada, sin equilibrio se abordó el caso

de los muchachos. No necesitabas leer el cuerpo de la noticia cuando ya de

entrada la noticia te generaba la sensación de que son culpables, tienen que

pagar justicia. En el titular ya bastaba. El medio terminó poniendo la cereza en

el pastel con sus titulares.

x. ¿Cree usted que los medios pudieron enfocar o encuadrar la noticia de acuerdo

a su creencia?

Sí pero no les interesa, ellos están claros de lo que están haciendo, no es de

casualidad que aparezcan este tipo de enfoque. Ellos podían darle un enfoque

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más serio, más periodístico, más ético, más balanceado, etc., pero en general,

ellos saben que hay la oportunidad para hacer un tema serio con profundidad, y

preguntarse cuál es el tema de fondo, porqué se habla de reforma al código de

la niñez cuando ocurren estos casos. Tenía la oportunidad pero como cualquier

otro tema que desborda más por su dramatismo, por su popularidad, y ofrecen

una versión más parcializada, mal intencionada, forzada a veces.

y. ¿Cree que la sociedad civil tuvo participación en los medios, en torno al caso?

Pienso que sí generó debate, pero no siempre el espacio de los medios no

siempre son el mejor espacio para conocer la opinión de la gente sobre los

casos. Tradicionalmente siempre han comunicado de manera vertical a la

ciudadanía, pero la ciudadanía no necesariamente da a conocer toda su opinión

a través de los medios. Los medios tradicionales no están pensados para que

funcione de esa manera, quizá desde los digitales pudiera ver alguna diferencia.

Por ejemplo, quizá en alguna radio pudieran abrir un micrófono para que la

gente participara, o bien desde algún canal de televisión abrir un espacio debate

desde un noticiero, pero en realidad, el debate se limitaba a que los muchachos

tenían que recibir una pena por el crimen que cometieron, pero en realidad no

tenían todos los elementos de debate para convencer y convencerse a sí mismo

de que esto fuese cierto. No, porque los medios no lo ofrecieron, si hubieran

invitado a debatir a especialistas en temas judiciales, a jueces, a especialistas

en tema de la niñez, etc.

z. ¿Cree que la población tuvo participación en los medios, en torno al caso?

La participación solo se le dio a los que andaban protestando. El medio

generalmente asume una bandera, y se le daba participación a los estudiantes y

aquellos que andaban pidiendo que les mandara a la horca. Eso es lo que

vende, pero para el debate, los periodistas no se dan el tiempo para generarlo.

Y eso tiene que ver con la ligereza con que le dan cobertura a temas

específicos.

aa. ¿Cuál de las partes cree obtuvo mayor apoyo y cobertura, o tuvo mayor

oportunidad de expresarse?

IX. Correcciones

k. ¿Qué correcciones realizaría a la cobertura?

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En primer lugar, que los editores, los jefes de información recuerden que los

medios no son el Poder Judicial, por lo tanto no tienen la potestad, el derecho ni

la autoridad de decidir quién es el culpable y quién no. Dos, los procesos

judiciales, de carácter político, penal o civil, tienen un lenguaje especializado, es

decir, no utilizar solo por utilizar el lenguaje judicial en cobertura periodística. El

acusado no es lo mismo que el denunciado. Se imparte la sentencia hasta que

haya un juez de por medio. Y no se puede adelantar el periodista a atribuir

culpa antes de tiempo. Otra cosa, sería formar a la mayor cantidad de

periodistas dedicados a esta temática. Y lo otro, no perder la perspectiva

humana, que si bien no podés perder de vista la inseguridad ciudadana

tampoco podés perder la perspectiva ética de desenvainar con todo tu odio

contra otros actores. El periodista o el medio se tienen que limitar a decir

únicamente lo que ha pasado, evitando los calificativos.

l. ¿Cómo utilizaría los conceptos de crimen y criminal?

En primer lugar, determinar la naturaleza del hecho. Debo detenerme en la

literatura judicial, detenerme en cada caso para determinar cuándo es crimen,

criminal, cuándo es delito, una falta. La palabra crimen tiene un nivel mayor de

implicancia de responsabilidades. Uno debe de analizar muy pausadamente

qué tipo de crimen hay aquí, y yo sugeriría a los periodistas buscar los códigos

y nutrirse de la literatura judicial.

m. En cuanto a las leyes ¿En casos como esto que se debería priorizar?

Se debería de priorizar, dar a conocer los hechos con la mayor transparencia

posible en lugar del dramatismo, en lugar de las exacerbaciones, en lugar de la

etiquetación o atribución de papeles. Mientras más transparente sea la

cobertura, y más amplio sea el nivel de detalle respecto a cómo ocurrieron las

cosas, la población tendrá mayor nivel de criterio para decidir si esta situación

se está llevando de la manera correcta o no.

n. ¿Cree que los menores de edad deben ser expuesto de la manera que se hizo?

En principio no, porque se trata de un pequeño que no se puede defender por sí

mismo, y ese uno de los principios del código de la niñez. Los derechos de los

niños deben estar por encima de cualquier situación que exponga la identidad,

los derechos, el cuido.

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o. ¿Cómo se logra un balance de fuentes? ¿Cómo se logra la objetividad? ¿Cómo

se evita encuadrar la información?

El problema de los medios de comunicación al ser producto de la tarea humana,

tiene muchos aspectos con los cuales puede tropezar. En primer lugar, lo que

vos como comunicadora pensás acerca del aborto, puede ser distinto lo que

pienso. De manera que es difícil lograr un consenso sobre lo que debería de

pensar un periodista sobre un tema. No lo vas a lograr así. Lo que sí se puede

plantear con algún nivel de conciencia y compromiso es qué limites podemos

respetar, por ejemplo, reconocer que en el lenguaje hay palabras que cargan un

nivel de significado que va más allá de lo que se dice, reconocer que hay

fuentes cuyo manejo desequilibrado, provoca también en las lecturas y el

impacto sobre la sociedad una versión tergiversada de la realidad. Entonces, los

periodistas tienen que reconocer que tienen una enorme responsabilidad

respecto a sus creencias y su perspectiva subjetiva respecto de las cosas. Me

ofreces esta noticia de impacto, pero no me ofreces un contexto suficiente que

te permita conocer mejor la situación.

El balance de fuentes y la objetividad se logra con seriedad y con rigor. Uno se

pregunta con lo que llevo escrito si tengo las fuentes suficientes. Pero para eso

se requiere rigor, compromiso, y responsabilidad. Rigor porque debe tener la

mayor cantidad de fuentes, compromiso porque nadie más puede hacerlo sino

lo haces vos. Y evitar la mediocridad de los medios de comunicación por su

sesgo, su imparcialidad, su falta de manejo adecuado con el lenguaje, la

revictimización, los prejuicios. Otra cosa que recordaría es la formación

constante de los periodistas, y la postura que deben asumir cuando su jefe,

editor, director, le impiden hacer las cosas correctas.

Datos Generales

Nombre del Entrevistado: Especialista: Sociólogo

I – Aproximación al tema

d. Desde su experiencia como cientista social, ¿cómo concibe o define “crimen” y “criminal”? Desde la sociología, que es mi disciplina y mi campo académico y profesional, defino el “crimen” y “criminal” desde dos posiciones metodológicas que se articulan entre sí. La primera es desde la estructura social, es decir, el sistema, y

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la segunda es desde el actor, es decir, desde las acciones y decisiones que toman los actores. En ese sentido empiezo explicando los conceptos desde la estructura: Esto se da cuando en el sistema social, se desarrollan un conjunto de desviaciones sociales o acciones disfuncionales que rompen con el orden establecido e institucionalizado, las normas, los valores, y se crean irregularidades que requieren de la intervención del mismo sistema para auto-regular dichas disfuncionalidades. Estas desviaciones pueden generarse porque el mismo sistema no provee de ciertas condiciones sociales e institucionales que garanticen el orden institucionalizado, es decir, que el sistema provea a los individuos que lo componen las condiciones necesarias para que se pueda desarrollar con armonía en la convivencia con los demás. Por desviaciones sociales podemos referirnos a la delincuencia, la violencia, violaciones, robos, asesinatos, extorsiones, conformación de pandillas, etc. Esto a su vez se articula y se complementa de manera dialéctica y simultánea con la segunda posición metodológica, que es desde la acción, o desde los actores, y esta consiste en que los individuos ante una carencia evidente de condiciones que el sistema no les provee asumen comportamientos anómicos, es decir, que rompen con las normas, por múltiples factores y causas. Las acciones o decisiones de estos actores al encontrarse en ruptura con la institucionalidad del sistema son asumidas por la sociedad como disfuncionales, desviadas y anómalas. Es decir, la sociedad desaprueba o deslegitima estas acciones “tipificándolas” como un delincuencia, delito, crimen. Por tanto, un criminal será aquel individuo que es etiquetado o tipificado por el sistema o la sociedad como tal, por la ruptura de sus acciones con lo que el sistema objetiva como institucional, funcional o normal.

e. ¿Cómo se da el proceso de tipificación y objetivación de las formas de concebir e institucionalizar lo que se considera como delito, crimen, criminal?

Desde la sociología, particularmente desde la perspectiva teórica del constructivismo social, o la sociología del conocimiento, el proceso de tipificación obedece a un esquema o proceso dinámico, circular, dialéctico, simultáneo que articula dos polos: por un lado está la realidad ya objetivada, es decir, lo que ya está institucionalizado como crimen, quién es un criminal, qué es un delito, cuándo se incurre en un delito, cuáles son los mecanismos para regularizar estas desviaciones, los castigos o penas, etc., ésta realidad es construida socialmente por nosotros mismos, pero a su vez, nos determina y condiciona sobre la manera cómo debemos asumir o concebir quien es un criminal y qué es un crimen. En el otro polo, estamos los individuos que percibimos la realidad objetivada, y producimos nuestras representaciones sociales de lo que es un criminal y un crimen, estas representaciones son alimentadas por los condicionamientos del mismo sistema que precede a la conciencia, pero que a su vez ha sido construido por nosotros

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mismos. Las tipificaciones emergen a partir de las repeticiones habituales de llamar a determinados actos como delitos o crimen, o de concebirlos, comportarnos y asumirlos constantemente de esta manera. Una vez que emerge la tipificación, o etiqueta, o el estereotipo de crimen y criminal ésta atraviesa un proceso de legitimación, es decir de aprobación social, para luego ser institucionalizada, es decir, adquiere un respaldo legal, normativo y oficial de parte del sistema, hasta llegar a formar parte, por ejemplo, de la estructura, del sistema social como parte del cuerpo normativo, es decir, las leyes. En resumidas cuentas, este proceso consiste en que las tipificaciones o etiquetas de crimen y criminal son un producto social de una realidad objetivada y objetivante, institucionalizada e institucionalizante, es decir, que nos determina cómo pensar y cómo actuar, pero que también nosotros la hemos construido, y la hemos determinado cómo debe objetivar lo que es un crimen y un criminal. f. ¿Qué papel juegan los medios de comunicación y sus agendas

informativas en el proceso de objetivación y tipificación de la realidad social?

Los medios de comunicación se constituyen en agentes de socialización muy influyentes y determinantes en la sociedad para la concepción, representación, tipificación, objetivación e institucionalización de la realidad social. Entre los muchos agentes de socialización que puedan haber (el hogar, la escuela, la iglesia, la comunidad) los medios son los más altamente consumidos por las audiencias. Desde la perspectiva de la Agenda Setting, los medios si bien no pueden decirnos cómo pensar la realidad, al menos influyen poderosamente en qué debemos pensar, y yo no dudo que no influyan en cómo pensar esa realidad, es decir, influyen en qué tema de la agenda informativa debe atrapar la atención de la audiencia, sobre qué debe estar conversando o debatiendo la opinión pública en determinada coyuntura. Esa incidencia de la agenda mediática no solo establece el tema de debate, sino que además mediante una cobertura constante y repetitiva, y mediante un tratamiento y enfoque informativo particular, pueden crear nuevas tipificaciones, reforzar las ya existentes, o desacreditarlas, de tal manera que la opinión pública va generando nuevas representaciones, nuevas tipificaciones, y por consiguiente, nuevos procesos de legitimación, institucionalización y estructuración de la realidad. Los medios si nos dicen mediante su agenda y cobertura insistente y tendenciosa que alguien es criminal o algo es un crimen, pueden generar nuevas concepciones, representaciones que desembocarán en nuevos procesos de tipificación y objetivación, hasta llegar a institucionalizarse en los marcos legales, que son los que terminan por tipificar y categorizar oficial y legalmente los tipos de delito, crimen y quien es un criminal. La construcción social de los delitos y las formas de concebir al criminal son producto de la evolución conceptual de la sociedad sobre sus mismas normas, instituciones, leyes, o el sistema mismo. Los medios son el principal vehículo de legitimación e

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institucionalización de nuevas formas de objetivar la realidad, mediante el tratamiento y enfoque de la información. II – Valoración del tema

d. ¿qué opinión le merece el caso del homicidio del estudiante Evan Omar Ponce en junio de 2011?

Fue un caso aislado, pero que forma parte de los muchos casos típicos de la violencia, la inseguridad ciudadana, la delincuencia juvenil, etc., tipificados ya por la sociedad. El punto es que el caso adquiere relieve y relevancia en la opinión pública por la cobertura y tratamiento mediático a la moción de un movimiento coyuntural de estudiantes que pedían – a manera de revancha personal – que a los presuntos implicados en el asesinato de Evans, se les diese un tratamiento judicial como si fueran adultos. Allí en ese punto, considero que precisamente estaba la atracción mediática del tema, lo que los medios aprovecharon y explotaron para que se difundiera y atrapara la atención colectiva de la opinión pública. e. ¿Cómo valora la cobertura mediática que los medios, como La Prensa y El

Nuevo Diario, dieron desde sus agendas al caso? De lo poco que leí en aquel entonces, recuerdo que los medios aprovecharon al máximo la coyuntura del tema, vendieron y alcanzaron un alto consumo de esta información durante esos meses. Me parece que trataron la información dándole mayor voz a la moción del movimiento de estudiantes y familiares que pedían una justicia adultista para los niños o adolescentes que estaban presuntamente implicados, y poca fuerza a la voz de organismos de sociedad civil de derechos humanos que se pronunciaban a favor del Código de la Niñez y la Adolescencia, y sus derechos. Por su parte, el Estado, representado en la voz del poder judicial, pareciera que hizo caso omiso, y no le dio mayor relevancia al tema, sobre todo por considerarlo un caso aislado que no competía en relevancia y magnitud respecto de los convenios internacionales que el Estado de Nicaragua tiene a nivel internacional en cuanto a la promoción de los derechos humanos y de la niñez y la adolescencia. En ese sentido, sin ser un experto en análisis de medio, me parece que los medios descuidaron el balance de las fuentes, y su enfoque noticioso se dejó llevar de manera tendenciosa por lo que le atraía más a la opinión pública en el momento, que era tratar como adultos a los adolescentes acusados. En medio del tratamiento aplicado al tema, no estoy seguro si los medios asignaban adjetivos a los sospechosos del crimen, pero al menos el tratamiento daba pie para que la gente les considerara desde ya criminales a los jóvenes, a nivel de representaciones sociales y estereotipos, sin haber atravesado antes por todos los procedimientos legales, formales y oficiales del proceso judicial que tenían que enfrentar.

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f. ¿Qué relación encuentra entre la cobertura, el enfoque de las noticias y el tratamiento informativo que los medios impresos dieron al caso, particularmente a la forma cómo se referían a los niños y adolescentes acusados; y el proceso de objetivación y tipificación de lo que es un crimen y un criminal?

Me parece precisamente que el tratamiento informativo, la cobertura, enfoque de las noticias de este caso, son un ejemplo de cómo los medios de comunicación, pueden llegar a incidir en el proceso de objetivación y tipificación de la realidad, en este caso, de concebir hasta qué punto se puede legitimar subjetivamente que un niño o adolescente puede llegar a perder sus derechos no sólo de presunción de inocencia, sino de que no se le trate como adulto, solo por el hecho de que la opinión pública movida por emociones colectivas mediatizadas, considera justo que se les castigue de esa manera.

III – Incidencia y repercusión

d. ¿Cómo valora las consecuencias que la cobertura mediática y el enfoque de las noticias pudieron haber provocado en el imaginario social de la gente, las actitudes, y la forma de concebir el delito cometido por los adolescentes acusados?

En el caso particular de Evans, la coyuntura del caso duró unos cuantos meses, y la opinión pública aunque dividida pero fuertemente influida por los medios, no llegó hasta los niveles de incidir en los procesos institucionalizados sobre cómo tratar a niños y adolescentes en casos de delito, es decir, no se modificaron tipificaciones, no se objetivaron nuevos procedimientos legales, pero sí trastocó el imaginario colectivo, al menos coyunturalmente sobre cómo concebir a un niño o adolescente que se ve implicado en algún delito.

e. La cobertura al caso, ¿pudo haber tenido repercusiones en la forma cómo

se deben objetivar y tipificar las nociones de crimen y criminal en la sociedad? En lo particular de este caso, considero que no podía la agenda mediática influir en nuevas tipificaciones y objetivaciones, por varias razones, primero, porque como mencionaba antes, el Estado de Nicaragua tiene convenios internaciones firmados sobre los derechos de la niñez y adolescencia, y no puede involucionar democráticamente en ese sentido, ni pagar el costo político de lo que implicaría esto. Segundo, porque el caso fue un hecho aislado, que adquirió fuera mediática durante la coyuntura, por tanto, no se poseía la fuerza legitimadora para cambiar estructuras, ni mecanismos legitimados, institucionalizados y oficializados, pero sí se constituyó en un precedente y adquirió fuerza simbólica emblemática. Tercero, sociológicamente creo para que las estructuras e instituciones sufran cambios estructurales significativos, tiene que estar precedido por procesos temporalmente largos, y estructuralmente profundos que

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logren a largo plazo conducir a cambios en las instituciones. Como dije antes, tratar como adultos a adolescentes implicados en delitos, sería una involución cuando históricamente se ha venido evolucionando hacia sociedades democráticas y humanizadoras donde se superen los estigmas sociales de que los criminales no tienen derechos, sobre todo los niños y adolescentes, aunque muchas veces pareciera que el victimario tiene inclusive más derechos que la víctima.

f. ¿Hasta dónde puede llegar el alcance de un ejercicio periodístico que trate la información de esta manera, como el de Ponce? Me parece que con una cobertura y tratamiento insidioso, tendencioso, constante en el tiempo, puede a largo plazo, y quizá de manera indirecta, llegar a trastocar los valores, la ideología, las costumbres, las prácticas habituales, es decir, la cultura, y de la cultura dar el paso hacia las estructuras que serían las más resistentes al cambio por su nivel de solidificación y cristalización en el tiempo histórico. Hoy en día, en una sociedad informatizada, donde la información es poder, tanto para el que la produce como para el que accede a ella, los procesos de legitimación de nuevas tipificaciones pueden correr a altas velocidades en comparación con otros tiempos. Los medios pueden construir socialmente nuevos valores, nuevas virtudes, y pueden desacreditar lo que antes era malo para acreditarlo como bueno ahora, y vice versa.

Entrevista a Abogado

Msc. Osman Sosa Mendoza

1. Nombre y Cargo

Osman Sosa Mendoza, Juez primero penal de lo local en Masaya.

Docente del Instituto de Altos Estudios Judiciales en el área penal.

Coordinador de los Facilitadores Judiciales de la zona norte de Masaya.

2. ¿Cree usted que los medios de comunicación escritos están bien

entrenados para usar bien las leyes?

Creo que no, por dos cosas: a) en primer lugar, las leyes tienen que ver con un

vocabulario técnico, y eso puede causar problemas al momento de transmitir una

idea. B) por otro lado, creo que es una falla generalizada de todos los medios de

comunicación, que en lo que tiene que ver con el área penal violan lo que

conocemos como el principio de presunción de inocencia. Desde el primer

momento en que una persona está siendo investigada, es detenida,

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inmediatamente a esa persona los medios de comunicación la presentan como

un culpable a los ojos del pueblo.

3. ¿Usted cree que se utilizan de manera correcta los conceptos crimen y

criminal?

Crimen si, criminal no. Crimen es como un delito más grave. Por ejemplo, robar

puede ser un delito, también el asesinato es un delito, pero por ejemplo un hurto

de un mueble, es difícil entender que eso sea un crimen porque la palabra

crimen está reservada a un delito más grave, entonces yo puedo decir que

cometió el crimen de asesinato o delito de asesinato, pero se entiende de que al

ser crimen es un delito más grave, en cambio cuando decimos el delito de hurto,

a ese no encaja que se le categorice de crimen, por supuesto que los dos son

repudiables pero me refiero al uso de los conceptos. Esa diferencia sí la

manejan los periodistas que trabajan en los medios de comunicación. Que no

está en las leyes sino que la manejan los expertos, los doctrinarios.

Ahora con respecto a la palabra criminal, siempre se conoce la diferencia entre

el que comete un delito y quien comete un crimen. Pero el problema es que

siempre a la persona que es sospechosa inmediatamente se le presenta como

un criminal cuando se trata de delitos bien grave.

4. ¿Usted cree que se cumple a cabalidad el respeto de los derechos de los

niños en los medios de comunicación?

No, recuerdo un caso de un adolescente que estaba siendo utilizado para narco-

traficar y este jovencito ingresaba con droga en su mochila y la distribuía en su

colegio. Y los medios locales presentaron a este adolescente. El hecho es

repudiable, pero dicen nuestras leyes que jamás un medio de comunicación

puede presentar ante los medios a un adolescente ni siquiera como sospechoso,

y los medios violaron esta norma, y lo publicaron con imágenes de cuando el

muchacho fue capturado. Perfectamente se conocía la identidad del muchacho.

5. ¿Cuándo ocurren casos de adolescentes que incurren en delitos como el

de Evan Omar Ponce los términos y la cobertura que le dieron al caso de

Evans fue correcto?

No, definitivamente no fue la correcta porque sí hay un derecho que tiene una

persona que está siendo investigada en un proceso, es a no ser tratada como

culpable hasta que se demuestre lo contrario. Ninguna persona puede ingresar a

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un proceso penal partiendo de que ha cometido un delito. Este tratamiento por

parte de los medios es observado por los jueces. A mí me sucede. Antes de que

un caso me llegue a mis manos, a mi juzgado, me doy cuenta por las noticias de

los medios de comunicación. Entonces, es cierto que el juez tiene su criterio y

que debe tomar su decisión hasta después de ver y escuchar todas las pruebas.

Pero no también es probable que la información en las noticias de alguna

manera vaya a influir en la conciencia del juez. Esto podría tener como

consecuencia el juez pueda ser influenciado por los medios de comunicación

antes que por las pruebas. De hecho ese puede suceder.

6. En cuanto al caso de Evans Omar Ponce, ¿se priorizaron los derechos de

ambas partes? ¿los acusados y la víctima?

Yo creo que si los medios de comunicación se ponían del lado de las personas

sospechosa en ese momento, su noticia y su popularidad no tendría la misma

acogida. Supongo que lo más popular, lo más fácil, incluso lo más ventajosos

económicamente era ponerse del lado de las víctimas, o de las personas que

aparecían como víctimas. Es decir, darles micrófono a las personas familiares de

las víctimas. Eso es mucho más popular y rentable que darles voz a los

familiares de los muchachos que estaban siendo procesados. Los medios les

dan micrófono y cámara a las personas relacionadas a las víctimas. Por tanto vi

fragmentadas las noticias, sin lugar a dudas. Totalmente parcializados del lado

de las personas que aparecían como víctimas. Eran muy escasas las

posibilidades que tenían los parientes de los procesados para también

manifestarse, para dar a conocer su opinión.

7. ¿se violentaban algunas leyes a partir de sus publicaciones?

Sí, en primer lugar el derecho constitucional a la ley de inocencia. En segundo

lugar, lo que ahora conocemos como principio de no re-victimización secundaria,

es decir, el hecho de que una persona, además de que está sufriendo el dolor de

su pariente muerto, recordarle una y otra vez, su desgracia. Eso es muy tomado

en cuenta ahora, no solo por los estudiosos. No se debe re-victimizar a las

personas, porque eso no ayuda a su proceso de duelo. Ahora los penalistas de

Latinoamérica, nos reuniremos en el Tercer Congreso de la Asociación de

Derecho Penal y Criminología de Latinoamérica, y va ser este año. Y el Papa

Francisco, ha dirigido un mensaje a todos los penalistas y criminólogos, y en el

mensaje dice que los medios de comunicación en su ejercicio legítimo de

cobertura periodística juegan un papel importante y tienen una gran

responsabilidad, ya que ellos depende informar correctamente y no contribuir a

formar una alarma o pánico social cuando sean noticias de hechos delictivos, ya

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que está en juego la dignidad de las personas quienes no pueden convertirse en

casos publicitarios a menudo incluso morbosos o condenando a los presuntos

culpables al descrédito social antes de ser juzgados.

Precisamente esto fue lo que ocurrió con el caso de Evans, los medios de

comunicación una y otra vez hablaban del caso de la muerte de este joven

impidiendo que sus familiares vivieran su duelo, e iniciar una vida nueva.

Cuando los medios de comunicación insisten una y otra vez con la noticia, no les

permiten a las personas superar ese dolor.

8. ¿Cuáles fueron las faltas a las leyes más notorias?

La violación al principio de presunción de inocencia, y lo que conocemos como

el principio de no re-victimización secundaria, decirle asesinato a lo que podría

ser homicidio, o decirle autores a los que podrían ser co-autores, o cómplices.

Son distintos términos, y tienen un tratamiento diferente por la ley, y por tanto,

un repudio diferente por las leyes y por el pueblo.

9. ¿Tuvieron repercusiones estas faltas? ¿en la sociedad, en las leyes, en el

caso?

Francamente que el hecho de que a una persona autora de un homicidio, le

llamen asesino, no estoy tan seguro que tenga una repercusión negativa en el

pueblo, porque la gente no sabe distinguir entre un asesinato y un homicidio.

Supongo que el periodista podría recoger la información y los testimonios, pero

luego en su función de educar debería informarse porque tampoco tiene porque

saberlo, y educar al pueblo.

A partir de la amplia cobertura que le dieron a la noticia surge ahora la iniciativa

de impulsar la reforma de la ley. Cuando está demostrado por los criminólogos

que el incremento de las penas, no reducen la delincuencia, los estudiantes

tenían a los medios para plantear esa inquietud como si fuese legítima. Eso

podría presionar a los legisladores y aunque los expertos le dijeran a los

legisladores que no se conseguiría un efecto positivo incrementando las penas,

posiblemente otros legisladores por la presión de los medios de comunicación

social no escucharían la voz de los expertos sino que escucharían la voz de los

medios de comunicación, aunque no fuera lo más recomendado. Eso es un error

muy grave, porque los legisladores podrían actuar de forma irracional, entonces

los legisladores por guardar popularidad, y conservar el voto, podrían haber

cedido a las presiones y que se incrementaran la pena. Afortunadamente no fue

así, pero pudieron haber influido los medios en otros resultados.

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10. En cuanto a los conceptos de crimen y criminal, ¿fueron correctamente

utilizados o se utilizaron a priori?

Yo pienso que en este caso sí se le podría llamar crimen. El hecho de haber

dado cuatro cuchilladas a una persona y que esta persona muriera, yo creo que

sí se podría llamarle criminal. El problema es que les llamaron criminales antes

de ser juzgados, y aún después de la sentencia del juez de primera instancia no

se les podría llamar criminales, porque están pendientes el recurso de apelación

y de casación de la CSJ, y ese proceso podría durar tanto en el tribunal de

apelaciones de Managua, y en la CSJ, de unos tres a unos siete años y durante

este tiempo no deberían llamárseles criminal, sino sospechosas, o procesados

por el crimen tal, o a los declarados culpables del crimen tal, pero nunca

criminales, porque podrían adquirir o llamárseles legítimamente de esa forma, y

eso es cuando no se introduce apelación después de la sentencia durante los

siguiente diez días de notificado, o cuando la CSJ ya dijo su última palabra. Allí

también hubo un abordaje pésimo de la noticia. Entonces si se les llama

criminales antes de la sentencia y de los recursos siguientes de apelación y

casación, está utilizado a priori o mal utilizado el término.

11. ¿La cobertura pudo predisponer a la población ante algunos términos

legales?

Definitivamente que sí. El hecho de que les digan culpables pudo haber causado

el linchamiento incluso contra estas personas. El hecho de que los medios sigan

insistiendo y luego enardecer al pueblo. Y eso aunque el crimen es incorrecto,

tampoco es correcto el linchamiento. Esta persona debe ser sometida a un

proceso judicial con todas las garantías y luego recibir una sentencia, pero no

ser expuesta a un linchamiento de una turba. Eso sería ley de la selva en un

pueblo incivilizado. En una sociedad civilizada a las personas se les somete a

procesos judiciales y se les declara culpables o inocentes, pero eso hasta allí no

más, y los medios de comunicación pueden incitar a un linchamiento, y eso es

totalmente incorrecto.

12. En cuanto al uso correcto, ¿cree que deben existir mayor regulación en los

medios para el uso de los términos legales?

Yo creo que en su función de educar, de formar conciencia, los medios deberían

de preocuparse por ocupar los términos precisos. Ahora bien, yo creo que el

problema no es tanto de regulación sino que las instancias hagan cumplir las

leyes. Pienso que los medios de comunicación, los periodistas pueden utilizar un

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lenguaje que el pueblo pueda tomar, observar la diferencia entre un concepto

jurídico y otro en el lenguaje común, entre un hecho y otro hecho.

En cuanto al uso del concepto crimen, me parece que está correcto puesto que

se puede distinguir fácilmente de un delito, y creo que el pueblo puede hacer esa

distinción, pueden entender la diferencia entre un delito y un crimen.

En el uso del concepto criminal sí hay problema porque el criminal es aquel que

ha atravesado un proceso judicial y se haya demostrado su culpabilidad, y se

hayan agotado todos sus recursos, el de apelación y casación.

13. ¿Se deberían exponer tanto a la luz pública los casos de delitos por

adolescentes?

Bueno, los entendidos en esta materia consideran que no, porque esto

estigmatiza al adolescente y lo etiqueta, y una vez que los medios lo presentan

como criminal, el barrio lo llamará así, y el muchacho se lo va creer. Y esto se

conoce como desviación secundaria, Los criminólogos en EEUU han estudiado

este fenómeno, y está estudiando que la estigmatización provoca un efecto de

que como lo tratan como ladrón, él se lo cree, y quiere actuar como ladrón.

14. ¿Usted cree que se necesita educar a los periodistas en términos legales?

Por supuesto que sí, pero sobretodo pienso que se deben de formar en materia

de derechos humanos, en tener claro que se está trabajando con personas, que

tienen derechos humanos, es cierto que se necesita aprender conceptos, pero

sobretodo aprender que las noticias que se están dando es sobre personas de

carne y hueso o que sufren y que por tanto, deben de hacer un trato responsable

cuando dan las noticias.