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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA RECTORÍA GENERAL Acuerdo REVOE Número 226/2013 Acuerdo que otorga el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que expide la Universidad de Guadalajara a favor de Ui. Internacional, A.C., por el período comprendido del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A para impartir la Licenciatura en Enfermería en el plantel educativo ubicado Av. 16 de septiembre número 520 en el municipio de Guadalajara, Jalisco. El maestro ltzcóatl Tonafiuh Bravo Padilla, Rector General y el maestro José Alfredo Peña Ramos, Secretario General de la Universidad de Guadalajara, con fundamento en los artículos 32 y 42 fracción 1 de la Ley Orgánica, 2 y 6 fracción III, 26 y 28 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambos de esta Casa de Estudios, en atención al siguiente: RESULTANDO 1. Que el día 20 de mayo de 2013, el Rector General de la Universidad de Guadalajara, publicó la convocatoria dirigida a las instituciones educativas particulares o por cooperación que pretendieran obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios por parte de la Universidad de Guadalajara, para el período comprendido del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A. 2. Que el 06 de junio de 2013, la institución U.I. Internacional, A.C., presento solicitud para obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, para impartir estudios de Licenciatura en Enfermería a partir del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A en el plantel educativo ubicado Av. 16 de septiembre número 520 en el municipio de Guadalajara, Jalisco. 3. Que la Coordinación de Estudios Incorporados revisó y verificó la solicitud así como los documentos presentados por la institución U.I. Internacional, A.C., corroborando la debida integración del expediente, para su posterior remisión al titular del Centro o Sistema correspondiente. 1 Av. Juárez No. 976 Piso¡¡. Edificio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100. Guadalajara. Jalisco. México. Teléfono [52] (33) 31341678 www.udg.mx

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTORÍA GENERAL

Acuerdo REVOE Número 226/2013

Acuerdo que otorga el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que expidela Universidad de Guadalajara a favor de Ui. Internacional, A.C., por el períodocomprendido del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A para impartir laLicenciatura en Enfermería en el plantel educativo ubicado Av. 16 de septiembrenúmero 520 en el municipio de Guadalajara, Jalisco.

El maestro ltzcóatl Tonafiuh Bravo Padilla, Rector General y el maestro JoséAlfredo Peña Ramos, Secretario General de la Universidad de Guadalajara, confundamento en los artículos 32 y 42 fracción 1 de la Ley Orgánica, 2 y 6 fracción III,26 y 28 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambosde esta Casa de Estudios, en atención al siguiente:

RESULTANDO

1. Que el día 20 de mayo de 2013, el Rector General de la Universidad deGuadalajara, publicó la convocatoria dirigida a las instituciones educativasparticulares o por cooperación que pretendieran obtener el Reconocimiento deValidez Oficial de Estudios por parte de la Universidad de Guadalajara, para elperíodo comprendido del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A.

2. Que el 06 de junio de 2013, la institución U.I. Internacional, A.C., presentosolicitud para obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, paraimpartir estudios de Licenciatura en Enfermería a partir del ciclo escolar 2013-13 alciclo escolar 2016-A en el plantel educativo ubicado Av. 16 de septiembrenúmero 520 en el municipio de Guadalajara, Jalisco.

3. Que la Coordinación de Estudios Incorporados revisó y verificó la solicitud asícomo los documentos presentados por la institución U.I. Internacional, A.C.,corroborando la debida integración del expediente, para su posterior remisión altitular del Centro o Sistema correspondiente.

1Av. Juárez No. 976 Piso¡¡. Edificio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100.

Guadalajara. Jalisco. México. Teléfono [52] (33) 31341678www.udg.mx

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4. Que el Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud en su sesióncelebrada el 10 de octubre de 2013 aprobó dicha solicitud mediante DictamenNo. 699/2013 de fecha 25 de julio de 2013.

En atención a estos antecedentes, y:

CONSIDERANDO

1. Que la Universidad de Guadalajara es un organismo público descentralizadodel Gobierno del Estado de Jalisco con autonomía, personalidad jurídica ypatrimonio propio cuyo fin es impartir educación media superior y superior, asícomo coadyuvar al desarrollo de la cultura en la entidad, según lo dispuesto porel artículo 1° de su Ley Orgánica.

H. Que entre las atribuciones de la Universidad de Guadalajara, en la fracción IXdel artículo 61 de su Ley Orgánica, se establece la facultad de otorgar y retirar elreconocimiento de validez oficial de estudios de nivel medio superior y superior aplanteles particulares y por cooperación que se incorporen a la Universidad deGuadalajara.

III. Que el H. Consejo General Universitario con fundamento en la fracción Xlartículo 31 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, aprobó en susesión del 28 de octubre de 2000 el Reglamento de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara, el cual fue publicado en laGaceta Universitaria No. 183 de fecha 13 de noviembre de 2000.

W. Que el Rector General es el representante legal de la Universidad deGuadalajara de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica de esta Casade Estudios y le corresponde emitir el Acuerdo de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios, previo dictamen aprobado por el Consejo Universitariorespectivo, con fundamento en los artículos 2, 6 fracción III, 26 y 28 delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

V. Que el Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud, confundamento en el artículo 52 fracción V de la Ley Orgánica y 9 fracción 1 delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambos de laUniversidad de Guadalajara, le corresponde dictaminar las solicitudes deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

2.Av. Juárez No. 976 Piso II. Edilicio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100.

Guadalajara. Jalisco, México. Teléfono [521 (33) 31341678www.udg.mx

LOA

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Con base en los antecedentes vertidos y las consideraciones expuestas, elsuscrito tiene a bien emitir los siguientes:

RESOLUTIVOS

Primero. Se autoriza a la institución U.I. Internacional, A.C., para ofrecer servicioseducativos bajo la denominación comercial UI Internacional para impartir laLicenciatura en Enfermería en el plantel educativo ubicado Av. 16 de septiembrenúmero 520 en el municipio de Guadalajara, Jalisco.

Dicho Plan fue aprobado por el H. Consejo General Universitario y registrado en laDirección General de Profesiones según Acuerdo de Enmienda de fecha 11 demarzo de 1997. Así mismo, se deben aplicar las modificaciones que aprueba ensu momento el H. CGU.

Segundo. Esta autorización estará vigente durante el período comprendido delciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A quedando sujeta a las condicionesque el Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud determinó en suDictamen No. 699/2013 de fecha 25 de julio de 2013, aprobado en su sesión del10 de octubre de 2013, así como, a las demás disposiciones establecidas en lanormatividad universitaria. El dictamen en comento se anexa al presenteAcuerdo.

Tercero. La institución denominada U.l. Internacional, A.C., se compromete acontar con instalaciones, equipamiento adecuado y suficiente para atender alos alumnos que recibe. De no tener la capacidad para atender a los alumnosinscritos, deberán reducir la inscripción de alumnos de primer ingreso, de acuerdoa lo proyectado en su solicitud de obtención de REVOE. Esto de acuerdo a losartículos 13 fracción VI, 17 fracción XI, 60 fracción VI y 61 del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Cuarto. En el caso de que la institución U.l. Internacional, A.C., no cumpla con elpago semestral por concepto de REVOE en el tiempo señalado en la orden depago que emite la Universidad, deberá cubrir los intereses moratorios de acuerdoa lo establecido en el artículo 1976 del Código Civil de Estado de Jalisco, loscuales serán calculados por la Dirección de Finanzas de la Universidad deGuadalajara. De registrarse un atraso en un pago semestral por un lapso queexceda dos ciclos escolares, se iniciará el procedimiento de revocación delreconocimiento, a través de la Comisión de Revalidación de Estudios, Títulos yGrados del Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud. De acuerdoa lo señalado en los artículos 60, fracciones XVII, XVIII, 79 fracción III y 88 delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

3Av. Juárez No. 976 l'iso II. Edificio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100.

Guadalajara. Jalisco. México. Teléfono 1521 (33) 31341678www.udg.mx

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Quinto. Si la institución educativa U.I. Internacional, A.C., llegara a realizar cambiode domicilio o abrir un plantel adicional sin recibir una autorización previa porparte de la Universidad de Guadalajara, será acreedor a una multa equivalentea 5,000 veces el salario mínimo general diario vigente en la zona metropolitanade Guadalajara. Con base en los artículos 13 último párrafo; 78, fracciones 1 y VI;79, fracción II, y 91 del citado reglamento.

Sexto. La institución UI. Internacional, A.C., deberá presentar un Plan de Trabajoen el que se señalen las mejoras proyectadas durante los próximos tres años, conbase en los requerimientos mínimos en infraestructura y equipamiento. En eseplan se deberán establecer metas calendarizadas y verificables para lossiguientes tres años, de conformidad a lo establecido por las fracciones III y XI delartículo 60 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Séptimo. Tomando en consideración que la mayoría de los programasacadémicos de la Universidad de Guadalajara se encuentran evaluados yacreditados por organismos externos, y a efecto de estar en concordancia con locontemplado por el artículo 3, así como las fracciones III y V del artículo 60,ambos del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, lainstitución U.l. Internacional, A.C., se compromete a someterse a la evaluaciónexterna por los organismos correspondientes del plan de estudios autorizado en elpresente Acuerdo.

Octavo. En caso de que la institución denominada U.I. Internacional, A.C., decidarenunciar al REVOE, deberá notificarlo con seis meses de anticipación.

En los casos de renuncia, revocación, o negación del REVOE, la institucióndenominada U.I. Internacional, A.C., deberá entregar la documentación detodos los alumnos que haya tenido durante el periodo de vigencia delReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en los siguientes dos meses a lafecha en que se dé cualquiera de los supuestos señalados. Lo anterior, a efectode dar cumplimiento a lo contemplado por los artículos 59 y 93 del citadoreglamento.

Noveno. La institución U.I. Internacional, A.C., queda sujeta a las disposicionesque establezca la normatividad universitaria, así como al cumplimiento de lasrecomendaciones que emita la Coordinación de Estudios Incorporados de laUniversidad de Guadalajara y la Unidad o Jefatura de Enseñanza Incorporadadel Centro Universitario o Sistema, encargadas de la supervisión, seguimiento yevaluación de las instituciones que cuenten con Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios.

Décimo. Túrnese a la Coordinación de Estudios Incorporados para que notifiqueel presente Acuerdo al solicitante y se publique la información conducente en La

4Av. Juárez No. 976 Piso II. Edificio de la Rectoría General, Colonia Centro, código postal 44100.

Guadalajara. Jalisco, México. Teléfono [521 (33) 31341678www.udg.mx

EuUNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTO RÍA GENERAL

Gaceta de la Universidad de Guadalajara, con fundamento en los artículos 12fracción IX y 26 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial deEstudios.

Undécimo. El presente Acuerdo se emite en tres originales.

Atentamente"Piensa y Trabaja"

Guadalajara, Jalisco, a 11 de octubre de 2013

', 4í^a.

Mtro.$zcóatl Tonatiuh Bravo PadillaRector General

Av. Juárez No. 976 Piso II, Edificio de la Rectoría General, Colonia Centro, código postal 44100.Guadalajara, Jalisco, México. Teléfono [52] (33) 31341678

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CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD

H. Consejo de Centro Universitariode Ciencias de la Salud.Presente. -

Dictamen No. 699/2013

A esta Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados de este órgano colegiado fue turnada,por conducto del Rector del Centro Universitario a través de la Unidad de Enseñanza Incorporada, la solicitud dela institución educativa UI Internacional, A.C., para obtener por parte de la Universidad de Guadalajara, elReconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir la Licenciatura en Enfermería, de conformidadcon la siguiente

Justificación

Que UI Internacional, A.C., mediante copia simple del acta de asamblea general, autorizó para que surepresentante legal, presentara ante la Coordinación de Estudios Incorporados, la solicitud para obtener elreconocimiento de validez oficial de estudios para impartir el plan de estudios de la Licenciatura enEnfermería del Centro Universitario de Ciencias de la Salud.

Que el Lic. Francisco Javier Castellanos Silva, acreditó ser representante legal de UI Internacional, A.C.,cumplimentando así lo que establece el artículo 17 fracción II del Reglamento de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios. Dicho representante presentó ante la Coordinación de Estudios Incorporados la solicitudpara la obtención del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, así como los diversos documentos que serefieren en la convocatoria, mismos que fueron debidamente firmados por él, bajo protesta de decir verdad,tal y como lo establecen los articulas 14, 15, 16 y 17 fracción 1 del Reglamento de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios.

Que del expediente presentado por el representante legal de UI Internacional, A.C., se advierte que secumplimentan los artículos 13, 17, 18 y 60 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudiosde la Universidad de Guadalajara.

Que de conformidad con los artículos 13 fracción 1 y 17 fracción 1 del Reglamento de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara, mediante copia certificada de escritura pública se acreditaque se constituyó UI Internacional, como una Asociación Civil, que tiene por objeto impartir educación superior.Dicha escritura se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad.

5. Que UI Internacional, A.C., mediante un listado que contiene la totalidad de socios, su nacionalidad, ocupación,domicilio particular y correspondiente registro federal de contribuyentes, acredita que se cumplimentó lo queestablece el artículo 17 fracción II del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

6. Que UI Internacional, A.C., acredita que tiene la legitima ocupación del inmueble ubicado en el número 520de la Av. 16 de Septiembre Col. Centro de la ciudad de Guadalajara, Jal., lugar donde se imparten losestudios, cumpliendo con lo que estipulan los artículos 13 fracción VI y 17 fracción IV del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

7. Que a través de las copias heliográficas de los planos arquitectónicos de las instalaciones de UI Internacional,bi das en la Av. 16 de Septiembre No. 520 Col. Centro, en los que se especifica el uso o usos a los

ictamen No. 699/2O

REVOE / UI Internacional, A.C.Licenciatura en Enfermerja 2013

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que se destinará cada espacio del inmueble en comento, como lo indica el artículo 17 fracción y del Reglamentode Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

8. Que mediante copia del peritaje oficial elaborado por la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos delGobierno del Estado de Jalisco, se acreditan los requisitos señalados en el artículo 17 fracción VI del Reglamentode Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

9. Que con inventario de mobiliario y equipo de UI Internacional, A.C., que incluye una relación d& materialescolar, así como material bibliográfico, material electrónico, equipo y materiales de laboratorio, equipo decómputo, así como una descripción detallada de las instalaciones, se acredita con ello lo establecido en lafracción VIII del artículo 17 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

10. Que de la visita de inspección que tuvo lugar en las instalaciones que ocupa el plantel de UI Internacional, A.C.,se levantó el acta de inspección que se anexa en el cuerpo del expediente adjunto, en la que se desprende quedicha institución reúne las condiciones de higiene, seguridad y pedagógicas adecuadas a la naturaleza de losestudios que pretende impartir así como la normatividad técnica aplicable, que exige el artículo 13 fracción VIdel Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

11. Que en el estudio presentado por UI Internacional, A.C., se advierte que contiene los requisitos que estableceel artículo 13 fracción IX del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, como es la zona deinfluencia respecto del domicilio de la institución, así como las instituciones que imparten educación mediasuperior y superior en dicha zona de influencia, además de incluir un estudio situacional del mercado de trabajoprofesional concerniente al plan de estudios de la Licenciatura en Enfermería.

Que mediante el informe de las bases económicas presentado por UI Internacional, A.C., se acredita la solvenciaeconómica sobre la que se sustentará el funcionamiento de UI Internacional, A.C., como lo exigen los artículos13 fracción VII y 17 fracción VII del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Que la asociación UI Internacional, A.C., pretende ofrecer servicios educativos bajo la denominación "LiiInternacional", no existiendo impedimento por parte del artículo 17 fracción IX del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Que se presentó una relación que contiene los expedientes de los miembros del personal directivo,administrativo y académico, encargados del desarrollo del plan al que se solicita el otorgamiento delreconocimiento de validez oficial de estudios, acompañando el currículo vitae de cada uno de ellos. Asimismo,se adjuntó copia fotostática del documento que acredita el último grado de estudios del personal académicocubriendo el perfil profesional acorde al tipo, nivel y modalidad educativa de que se trate para impartir el plande la Licenciatura en Enfermería. Lo anterior para cumplir con los artículos 13 fracciones IV y V y 17 fracciónX del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Que del expediente que presentó el representante legal de UI Internacional, A.C., se desprende la poblaciónestudiantil que pretende atender dicha institución, los turnos en los que pretende impartir el plan de estudios,el proyecto de horario de clases de cada uno de los grupos que se establecerán, lo cual es acorde al númerode horas que se señalan en el plan de estudios de la Licenciatura en Enfermería y sus correspondientesprogramas de estudio, sujetándose para dicho efecto al calendario escolar aprobado por la Universidad deGuadalajara. lo anterior de conformidad con el artículo 17 fracciones de la XI a la XIII del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

16. Que de conformidad con lo exigido por el artículo 17 fracción XVII del Reglamento de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios, se presentó copia certificada del contrato de prestación de servicios educativos que secelebre entre el alumno o su tutor con UI Internacional, A.C., que contiene el registro correspondiente de laProcur duría Federal del Consumidor para los contratos de adhesión.

ictarnen No. 699/2OLicenciatura en Enfermería 2013 B-2016 AREVOE / UI Internacional, A.C.

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17. Que del expediente presentado por el representante legal de UI Internacional, A.C., se advierte la declaratoriaexpresa de dicha institución de cumplir con el correspondiente dictamen que se emita para que pueda obtenerel reconocimiento de validez del plan de estudios que pretende impartir, así como el cumplimiento de lasdisposiciones contenidas en el Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y demásnormatividad aplicable de la Universidad de Guadalajara, como lo señala el artículo 17 fracción XV delReglamento citado.

18. Que UI Internacional, A.C., con base en el artículo 17 fracción XVIII del Reglamento de Reconocimiento deValidez Oficial de Estudios y demás disposiciones legales y normativas de la Universidad de Guadalajara,presentó la normatividad aplicable a su plantel.

19. Que UI Internacional, A.C., informó que las cuotas que pretende cobrar a los alumnos serán las siguientes: porconcepto de matrícula $500.00, de reinscripción $1,450.00; de colegiatura mensual $350.00; y, $800.00 porla expedición de certificados, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 fracción XIV del Reglamentode Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

20. Que UI Internacional, A.C., mediante órdenes de pago expedidas por la Dirección de Finanzas de la Universidadde Guadalajara, comprueba que cubrió respectivamente la cuota por concepto de trámite para elreconocimiento de validez oficial de estudios; obtención de reconocimiento de validez oficial de estudios delnivel superior y visita de inspección efectuada por la Coordinación de Estudios Incorporados; acorde a losartículo 5, 13 fracción VIII, 17 fracción XIX y 88 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial deEstudios.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Consejo delCentro Universitario de Ciencias de la Salud ha encontrado elementos suficientes que motivan y justifican elotorgamiento del reconocimiento de validez oficial de estudios para que la institución educativa UI Internacional,A.C., imparta el plan de estudios de la Licenciatura en Enfermería de este Centro Universitario de Ciencias dela Salud, y

Considerandos

ue uno de los fines de la Universidad es formar y actualizar a los técnicos, bachilleres, técnicos profesionistas,profesionistas, graduados y demás recursos humanos que requiere el desarrollo socioeconómico del Estado deJalisco, como lo establece el artículo 5 fracción 1 de su ley Orgánica;

Que la normatividad universitaria faculta a nuestra máxima Casa de Estudios para otorgar o retirar, en su caso,el reconocimiento de validez oficial a los estudios del nivel superior y media superior realizados en plantelesparticulares y por cooperación que se incorporen a la Universidad, en cumplimiento con lo dispuesto por la fracciónIX del artículo 60. de su Ley Orgánica;

Que la Universidad de Guadalajara, de acuerdo al artículo 22 de su ley Orgánica, adopta el modelo de red paraorganizar sus actividades académicas y administrativas, con el objeto de lograr una distribución racional yequilibrada de la matrícula y de los servicios educativos dei Estado de Jalisco, a fin de contribuir a la previsión ysatisfacción de los requerimientos educativos, culturales, científicos y profesionales de la sociedad;

IV. Que el Consejo de Centro Universitario es el principal órgano de gobierno del Centro Universitario de Ciencias dela Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la ley Orgánica;

V. Que de conformidad los artículos 52 fracción V de la Ley Orgánica y 9. fracción 1 del Reglamento deRecono 'miento de Validez Oficial de Estudios, el Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, y previa

Dictamen No. 69912013Licenciatura en Enfermería 2013 B-2016 AREVOE 1 ui Internacional, A.C.

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atención a las normas establecidas por el H. Consejo General Universitario; es competente para dictaminar sobrelas solicitudes relativas a la incorporación de estudios que correspondan al Centro Universitario de Ciencias de laSalud.

VI. Que corresponde a la Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Consejo de CentroUniversitario de Ciencias de la Salud dictaminar sobre el reconocimiento de validez oficial de estudios a laUniversidad de Guadalajara de los estudios impartidos por instituciones educativas en las carreras, posgrados ydemás programas académicos que están bajo el ámbito de competencia del Centro, tal como lo disponen losartículos 10 fracción II del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y del Estatuto Orgánicodel Centro Universitario de Ciencias de la Salud.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 5 1 , 6° fracción IX, 7, 22, 51, 52, fracción V dela ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, 87 fracción II, 103 fracción V, 118, fracción III, 129 fracción Vdel Estatuto General de la Universidad de Guadalajara, 18 fracción VI, 24 bis del Reglamento Interno de laAdministración General de la Universidad de Guadalajara, 8 0 fracción III, 11 fracción III del Estatuto Orgánico delCentro Universitario de Ciencias de la Salud y 1 0 al 6 0 fracciones de la III a la VII, 8 0 fracción 1, 9° fracción 1, 19fracción II, 11 al 21, 25, 26, 33, 60, 88 y demás aplicables del Reglamento de Validez Oficial de Estudios a laUniversidad de Guadalajara, la Comisión Permanente de Revalidación, Títulos y Grados, emite los siguientes:

Resolutivos

Primero.- Se aprueba el otorgamiento del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios en favor de UIInternacional, A.C., para que imparta el plan de estudios de la Licenciatura en Enfermería del CentroUniversitario de Ciencias de la Salud, a partir del calendario escolar 2013 B y hasta el calendario 2016 A,aio la denominación comercial "UI Internacional".

egundo.- Para preservar la calidad del programa educativo, el número de alumnos a admitir será de 40ci istribuidos en los turnos matutino y vespertino por cada ciclo escolar, siendo el ingreso semestralmente y acorde

su infraestructura instalada y personal con que cuenta. Asimismo según lo establece el artículo 17, fracción XIReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, deberá realizar evaluaciones continuas del

estado del mercado de trabajo para evitar la saturación del mismo.

Tercero.- Para garantizar la calidad necesaria en la formación en campos clínicos, UI Internacional, A.C. deberágestionar sus propios convenios con instituciones de salud, en virtud de que los campos clínicos del OPD HospitalesCiviles de Guadalajara son exclusivos para las carreras del Centro Universitario de Ciencias de la Salud.

Cuarto.- Los servicios educativos que ofrezca UI Internacional, A.C., únicamente podrán ser ofrecidos en la fincamarcada con el número 520 de la Av. 16 de Septiembre, Col. Centro de la ciudad de Guadalajara, ]al.

Quinto.- UI Internacional, A.C., queda sujeto a los estándares de calidad que el Centro Universitario de Cienciasde la Salud tiene para sus carreras acreditadas y por acreditar, y a las disposiciones y recomendaciones queemitan la Coordinación de Estudios Incorporados de la Universidad de Guadalajara, y la Unidad de EstudiosIncorporados del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, responsables de la supervisión, seguimiento yevaluación de las instituciones incorporadas a este Centro Universitario de Ciencias de la Salud.

Sexto.- Se faculta al Rector del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, para que con las atribuciones que leconfiere el artículo 54 fracción III de la ley Orgánica, presente este dictamen al C. Rector General, para que expidael acuerd que establecen los artículos 2 0 y 26 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios

Dictamen No. 69912013Licenciatura en Enfermería 2013 B-2016 AREVOE / U! Internacional, A.C.

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C. Cecilia Gabriela Márquez Sánchez

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Dra. Rc

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de la Universidad de Guadalajara y a su vez ordene su publicación en la Gaceta Universitaria, a fin de que UIInternacional, A.C., realice actividades educativas conforme a lo autorizado en este dictamen.

Atentamente"PIENSA Y TRABAJA"

Guadalajara, Jal., Julio 25 de 2013

Comisión de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados

ndrade Villanuevaresidente

Mtro. Rogelio brno GuzmánSecretario

Dictamen No. 699/2013Licenciatura en Enfermería 2013 B2016 AREVOE / UI Internacional, A.C.

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