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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR TEMA: ESTRATEGIA JURÍDICA PARA PROTEGER LAS GARANTÍAS Y DERECHOS DE ADOLESCENTES INFRACTORES AUTOR: MARCELO ZABALA CARRILLO TUTOR: ABG. JENNY VILLEGAS SOLIS QUEVEDO - LOS RÍOS - ECUADOR AÑO 2015

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO

DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

TEMA:

ESTRATEGIA JURÍDICA PARA PROTEGER LAS GARANTÍAS Y DERECHOS

DE ADOLESCENTES INFRACTORES

AUTOR:

MARCELO ZABALA CARRILLO

TUTOR:

ABG. JENNY VILLEGAS SOLIS

QUEVEDO - LOS RÍOS - ECUADOR

AÑO 2015

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II

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

ABG. JENNY VILLEGAS SOLIS , docente de la carrera de

Derecho, certifica que la tesis de grado presentada por el señor MARCELO

ZABALA CARRILLO, estudiante de Pregrado de la Facultad de Jurisprudencia,

de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” Quevedo,

cuyo tema es, “ESTRATEGIA JURÍDICA PARA PROTEGER LAS GARANTÍAS

Y DERECHOS DE ADOLESCENTES INFRACTORES”, ha sido revisado en

todas sus partes por lo tanto reúne todos los requisitos de fondo y forma exigidos

por la Universidad, por lo que se recomienda continuar con el trámite respectivo.

El neo constitucionalismo es una manera de poder proteger las garantías y

derechos de los adolescentes, en la parte administrativa y con las nuevas

medidas socioeducativas a pesar de que ciertos literales vulneren derechos de

igualdad y proporcionalidad de los infractores y esto es motivo de la creación de

esta estrategia jurídica.

Atentamente,

ABG. JENNY VILLEGAS SOLIS

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III

DECLARACIÓN DE AUTORÍA

MARCELO ZABALA CARRILLO, estudiante de Pregrado de la Facultad de

Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”

Quevedo, declaro que la tesis de grado cuyo tema es. “ESTRATEGIA JURÍDICA

PARA PROTEGER LAS GARANTÍAS Y DERECHOS DE ADOLESCENTES

INFRACTORES”, es de mi autoría ya que revisado los archivos de la Universidad

no existe otro similar, de ahí la importancia de los investigadores de aportar a la

solución de este gravísimo problema social, siendo de mi absoluta

responsabilidad todo su contenido.

De conformidad a los artículos 4 y 5 de la ley de propiedad intelectual autorizo a la

universidad para que el presente tema sea utilizado como material bibliográfico,

además sobre sobre él se desarrollen nuevas investigaciones.

Atentamente,

f.) ___________________________

Marcelo Zabala Carrillo

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IV

DEDICATORIA

Este trabajo en mi primer lugar se lo dedico a Dios, porque su espíritu es la fuente

de vida que me proporciona diariamente para mantenerme erguido frente a un

mundo de problemas; y el poder haber realizado este trabajo es una bendición

que él me ha impuesto en mi vida para reconocerme y honrarme y decirme que

puedo lograr cada objetivo que me proponga.

El proceso de educación al que me subí en primer año tuvieron una serie de

personas como los profesores y compañeros que se han convertido en un

ejemplo bueno y malo en mi vida, por lo tanto, también parte de esta tesis se la

dedico a ellos porque me enseñaron con su basta o poca experiencia que cada

persona sufre distintos problemas pero somos nosotros los que decidimos si nos

estancamos o logramos el éxito de cumplir nuestras metas.

Finalmente, a mi querida madre, a mi hermano que en algún momento me

supieron entender el esfuerzo que estaba haciendo para que mi futuro laboral

mejora; por eso, a quienes me supieron animar y motivar, les dedico esta tesis

para reconocer que me han ayudado y que este este trabajo no es solo mío, sino

que hubieron personas que desarrollaron en mi sentimientos honestos y sinceros

que me ayudaron a mantenerme constante en mis estudios.

.

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V

AGRADECIMIENTO

A Dios, porque me dio la oportunidad de vivir estos cinco años de estudio, por

darme libertad de decidir una carrera y por cuidarme en cada momento de mi

vida.

A mi madre, porque el amor que ella me brindo es único, especial e

incontaminado de malas intenciones; porque su vida es parte de la mía y su

experiencia me ayudo a ser cauteloso al escoger mis metas.

A todos mis maestros, porque superaron el grupo de las personas que no

pudieron cumplir metas profesionales, y ahora su trabajo provoco en mí una

reacción de ánimo y progreso individual.

Todos aquellos familiares y amigos que no recordé al momento de escribir

esto.

Todo este trabajo ha sido posible gracias a ellos.

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VI

ÍNDICE GENERAL

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR .................................................................................................. II

DECLARACIÓN DE AUTORÍA.................................................................................................. III

DEDICATORIA ......................................................................................................................... IV

AGRADECIMIENTO .................................................................................................................. V

ÍNDICE GENERAL ................................................................................................................... VI

RESUMEN EJECUTIVO......................................................................................................... VIII

EXECUTIVE SUMMARY .......................................................................................................... IX

INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 11

Antecedentes de la Investigación ............................................................................................. 12

Formulación del Problema ........................................................................................................ 13

Delimitación del problema: Objeto de Investigación y Campo de Acción ............................... 13

Identificación de la línea de investigación ................................................................................ 13

Objetivo General ....................................................................................................................... 13

Objetivos Específicos ............................................................................................................... 13

Idea a Defender: ....................................................................................................................... 14

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear ................................................. 15

Resumen de la Estructura de la Tesis ..................................................................................... 17

Aporte teórico, significación práctica o novedad científica. ..................................................... 18

CAPITULO I: MARCO TEÓRICO ............................................................................................. 20

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación ............................................................. 20

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de transformación .......... 22

1.2.1. La Familia....................................................................................................................... 22

1.2.1.1. Tipos de familia ...................................................................................................... 23

1.2.1.2 Familias funcionales .................................................................................................... 24

1.2.1.3. Familias disfuncionales .......................................................................................... 24

1.2.2. Delincuencia Juvenil ...................................................................................................... 25

1.2.2.1. El adolescente infractor ............................................................................................... 26

1.2.2.2. Delitos frecuentes adolescentes infractores .......................................................... 27

1.2.2.3 Criminología Juvenil ..................................................................................................... 35

1.2.2.4. Imputabilidad ............................................................................................................... 36

1.2.2.5. Inimputabilidad............................................................................................................. 37

1.2.2.6. Impunidad .................................................................................................................... 38

1.2.2.7 Principio de Corresponsabilidad .................................................................................. 38

1.2.2.8. Principio de Igualdad ................................................................................................... 38

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VII

1.2.2.9. Principio de Interés Superior de la Niñez y la Adolescencia ...................................... 39

1.2.3. Derecho comparado medidas Socioeducativas ............................................................ 52

1.2.4. El neoconstitucionalismo frente a la realidad social del adolescente infractor ............ 55

1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas

sobre el objeto de investigación. .............................................................................................. 56

1.4.. Conclusiones Parciales del Capítulo ................................................................................ 57

CAPITULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ....... 58

2.1 . Caracterización del sector, rama, empresa o problema seleccionado para la

investigación. ............................................................................................................................ 58

2.2 . La población y muestra .............................................................................................. 59

2.3. Descripción del Procedimiento Metodológico para el Desarrollo de la Investigación. ..... 59

2.4. Propuesta del investigador ................................................................................................ 74

2.5. Conclusiones parciales del capítulo .................................................................................. 82

CAPITULO III. VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE APLICACIÓN ...... 83

3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación Interpretación de

resultados.................................................................................................................................. 83

3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Incluye validación, aplicación y

evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. ............................................... 84

3.3. Conclusiones parciales del capítulo .................................................................................. 85

CONCLUSIONES GENERALES .............................................................................................. 86

BIBLIOGRAFÍA ......................................................................................................................... 87

ANEXOS

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VIII

RESUMEN EJECUTIVO

El presente trabajo de tesis de pregrado denominado “ESTRATEGIA JURÍDICA

PARA PROTEGER LAS GARANTÍAS Y DERECHOS DE ADOLESCENTES

INFRACTORES” consiste en la importancia de que se garantice una adecuada

cultura jurídica de los sujetos implicados.

Radicando la importancia del presente tema, por cuanto ayudara a que se

establezcan parámetros para proteger las garantías y derechos de adolescentes

infractores, donde a los adolescentes infractores no se les vulnere sus derechos,

para lograr diseñar las bases para un buen desarrollo jurídico en los

procedimientos de juzgamiento de los adolescentes en la ciudad Quevedo y

proteger la constitución.

Mediante la propuesta al diseñar una estrategia jurídica para la protección para

las Garantías y Derechos de los Adolescentes Infractores se lograra proteger las

Garantías y Derechos de los Adolescentes Infractores

La presente investigación es de tipo cuali-cuantitativa, por cuanto está basada en

la concepción de métodos y cimentadas en las distintas concepciones de la

realidad social. Se utiliza este método para entender una situación social como un

todo, teniendo en cuanta sus propiedades y su dinámica.

El presente tema se basa en la línea de investigación denominada “Derechos de

Grupos de Atención Prioritaria”.

Al realizar la interpretación de los resultados de la investigación se establece que

la mayoría de los grupos encuestados están de acuerdo con el “Estrategia jurídica

para proteger las garantías y derechos de adolescentes infractores”, por lo tanto

la propuesta es viable.

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IX

EXECUTIVE SUMMARY

This undergraduate thesis entitled "LEGAL STRATEGY TO PROTECT RIGHTS

OF WARRANTIES AND ADOLESCENT OFFENDERS" is the importance of

adequate legal training of the persons involved is guaranteed.

Filing the importance of this issue, because they help establish parameters to

protect the guarantees and rights of juvenile offenders, where juvenile offenders

are not violate their rights, in order to design the basis for a good development in

legal proceedings judging of adolescents in the city Quevedo and protect the

constitution.

By proposing to design a strategy for legal protection for the guarantees and rights

of juvenile offenders are managed to protect the guarantees and rights of juvenile

offenders

This research is qualitative and quantitative type, because it is based on the

conception of methods and grounded in the different conceptions of social reality.

This method is used to understand a social situation as a whole, taking into

account their properties and dynamics.

This theme is based on the research entitled "Rights of priority groups".

While interpreting the results of the investigation established that most of the

groups surveyed agree with the "legal strategy to protect the guarantees and rights

of juvenile offenders", therefore the proposal is viable. "

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11

INTRODUCCIÓN

En la introducción se describe el problema, objeto de estudio e investigación, lo

principal se lo explica en el árbol de problemas a través de la relación causa-

problema-efectos, se plantea un objetivo general que consiste en la forma en que

se solucionara, luego de cumplir con el proceso investigativo.

El Capítulo I, Valiéndose de la abundante bibliografía se fundamentara

científicamente a través de distintos autores nacionales y extranjeros, se analiza

nuestra legislación siempre desde el plano constitucional, la legislación

comparada que se ha tomado de los diferentes países son un referente de cómo

se vulneración de las Garantías y sus Derechos, los mismos que están

enmarcados en el código de la niñez y adolescencia como medidas

sancionadoras para el sujeto activo de la infracción.

El Capítulo II, primeramente se describe los métodos, las técnicas y los

instrumentos de la investigación científica, la cual permite conocer el

comportamiento de la población que se interpreta a través de los cuadros

matemáticos y estadísticos, lo que nos permite proponer una propuesta efectiva

coherente y aplicable a la realidad de nuestro medio.

El Capítulo III, se demuestra específicamente la interpretación de los resultados,

la validación a través de los expertos, la aplicación de la propuesta y la forma de

evaluar la ejecución de la propuesta, capaz de que constituya un aporte

significativo para el ejercicio de los derechos, la protección de las Garantías y los

Derechos de los adolescentes infractores, tal como dispone la Constitución de la

República del Ecuador.

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12

INTRODUCCION

La presente tesis se encuentran los antecedentes del problema, el planteamiento

del problema, la línea de investigación, objetivo general y objetivos específicos, la

justificación en la cual se fundamenta la necesidad de realizar una estrategia

jurídica para proteger las garantías y derechos de adolescentes infractores, la

metodología, los elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica.

Antecedentes de la Investigación

El estudio de la criminalidad juvenil constituye un tema de actualidad, no sólo del

Derecho penal, sino también de la criminología y de las ciencias conexas; el

constante aumento de los conflictos sociales, y con ellos el de la delincuencia, ha

incrementado el interés por el tema en el Ecuador.

En el Ecuador, la legislación de menores infractores ha venido evolucionando

desde el siglo XX; luego en 1924 con la primera versión de lo que sería la

Declaración de los Derechos del niño o Declaración de Ginebra, que abrió el

camino para superar la doctrina de situación irregular, donde la concepción tutelar

de los “menores” era sobre objetos de intervención jurídica, lo que provocaba una

visión pasiva desde niños, niñas, más aún invisibilizando a los y las adolescentes.

El gobierno central ecuatoriano mantiene una lucha social para reducir el índice

de menores infractores, sin lograr resultados positivos. Además la política penal

ejecutiva dirigida al régimen de internamiento Institucional para Adolescentes

Infractores no se ejecuta de la forma en la que la Constitución de la República del

Ecuador lo establece; por lo tanto, esto provoca inseguridad jurídica, desconfianza

en contra del gobierno y la creación de nuevas causas para el aumento en el

índice de menores infractores.

En la ciudad de Quevedo y Valencia los delitos cometidos por adolescentes, han

aumentado de forma alarmante en los últimos tiempos en América Latina,

transformándose en un problema cuantitativo y cualitativo. Esta acción

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delincuencial corta el desarrollo nacional; pues se constituye como un problema

de carácter general en todas las sociedades.

Los adolescentes aprenden a ser delincuentes en tres escenarios frecuentes: el

hogar, la escuela y el grupo de amigos, evitar el efecto de los factores causales

de este problema en estos ambientes, sin duda es de principal importancia.

Formulación del Problema

¿La inadecuada aplicación de las medidas socioeducativas en el juzgamiento de

los Adolescentes Infractores resulta un mecanismo de vulneración de las

Garantías y sus Derechos?

Delimitación del problema: Objeto de Investigación y Campo de Acción

El objeto de investigación La Gestión Procesal Penal

Campo de acción: La Gestión Procesal de Regulación Penal en

la Niñez y Adolescencia

Lugar: Valencia

Tiempo: 2015

Identificación de la línea de investigación

Derechos de Grupos de Atención Prioritaria.

Objetivo General

Diseñar una estrategia jurídica para la protección para las Garantías y

Derechos de los Adolescentes Infractores.

Objetivos Específicos

Fundamentar teóricamente las generalidades y procedimientos de

juzgamiento de adolescentes infractores.

Determinar la vulneración de los derechos juzgamiento de

adolescentes infractores y aplicación de medidas socio jurídico.

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14

Diseñar la estructura de la estrategia jurídica para proteger los

derechos y garantías de adolescentes infractores.

Socializar la propuesta para la validación por especialistas.

Idea a Defender:

Con la elaboración de una Estrategia Jurídico se protegerán las Garantías y

Derechos de los Adolescentes Infractores implicados y disminuir el índice de

vulnerabilidad de las garantías y derechos en la ciudad de Quevedo y Valencia.

Justificación del Tema

El presente estudio de tesis cuyo tema es “ESTRATEGIA JURÍDICA PARA

PROTEGER LAS GARANTÍAS Y DERECHOS DE ADOLESCENTES

INFRACTORES”, se encuentra dirigido a los jóvenes infractores de la ciudad de

Quevedo, teniendo en cuenta la responsabilidad social y compromiso ciudadano.

Debido al espacio que tienen los adolescentes en la sociedad los mismo que

sufren abusos cuando son arrestados, y cuando son internados en un centro de

Rehabilitación Social porque en todo el Ecuador no existen centro de

internamiento para adolescentes Infractores, por lo tanto, se los está tratando

como su fueran asesinos, ladrones y delincuentes de lo peor del país, ahora bien,

con los datos arriba detallados se puede concluir que los adolescentes infractores

necesitan de una rehabilitación y en un corto futuro una reinserción social, no solo

para que el Ecuador salga de esta lista negra de corrupción, sino porque es su

derecho Constitucional.

Frente a todos estos problemas sociales, administrativos y jurídicos; se necesita

de forma urgente un mecanismo que proteja en primer término los derechos y

garantías de los menores infractores, un diseño que establezca la forma en la que

se debe tratar a los menores infractores cuando son arrestados, por lo tanto,

diseñar una estrategia Jurídica para la protección de las Garantías y Derechos de

los Adolescentes Infractores es la medida de solución de esta problemática,

porque no solo se enfoca al problema objetivo sino a los daños colaterales que

este ocasiona.

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Iniciaremos con los conceptos, definiciones, características, la naturaleza jurídica

de las garantías y derechos constitucionales, profundizaremos sobre las

diferentes sanciones aplicables al cometer una infracción, finalmente y mediante

una investigación de campo a los diferentes ciudadanos de la ciudad de Quevedo,

conocer causas referentes al tema.

El presente proyecto, se justifica por que mediante una estrategia Jurídica

implementada para los Adolescentes Infractores en la ciudad de Quevedo y

Valencia coadyuvaría a que los agentes del orden puedan cumplir con su trabajo

de forma especializada; la imagen de la familia y del adolescente infractor no sea

quebrantaba por el mal proceso de arresto.

De esta manera ayudar a una sociedad con un mejor control en donde no existe

Centro de Internamiento para Adolescentes Infractores, y que las familias de

estos no rompa su base, pues el adolescente necesita que cuando salga de su

internamiento encontrar a la familia estable; la también, en las familias no solo del

adolescente infractor sino en todas resaltaría la confianza a la ley y la obediencia

al proceso judicial.

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear

Modalidad

La modalidad a aplicarse en la presente investigación es la cuali-cuantitativa con

predominio de la cualitativa, es cuanto a la utilización de la variada bibliografía.

Modalidad Cualitativa: Permitió distinguir y orientarse a describir e interpretar los

fenómenos y son adecuados para los investigadores que se interesan por el

estudio de los significados de las acciones humanas desde la perspectiva de los

propios agentes sociales.

Modalidad Cuantitativa: Permitió examinar los datos de manera científica y

numérica, generalmente con ayuda de herramientas de campo de la estadística,

por lo que fue de gran ayuda para obtener los resultados de las encuestas y

entrevistas realizadas.

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16

Tipos de investigación

Por su diseño:

Teoría fundamentada.- Estudios predominantes teóricos. Su propósito

fue desarrollar la teoría en base a datos empíricos obtenidos en la

propia investigación, más que en los estudios previos.

Investigación acción.- Su finalidad fue resolver problemas cotidianos e

inmediatos y mejorar prácticas concretas. Como propósito fundamental

está aportar información que guíe la toma de decisiones para

programas, procesos y reformas estructurales. La investigación, acción,

construye el conocimiento por medio de la práctica diaria en la que se

desenvuelven los sujetos que son analizados.

Por su alcance

Exploratoria.- Tiene por objeto esencial la familiarización de con un

fenómeno o concepto desconocido o poco estudiado.

Descriptiva.- Para analizar cómo es y cómo se manifiesta un

fenómeno y sus componentes.

Explicativa.- Dirigidas a encontrar las causas que provocan

determinados fenómenos o procesos.

Métodos, Técnicas e Instrumentos

Métodos Empíricos

La observación científica

Medición

Experimento

Recolección de información

Encuesta

Entrevista

Cuestionario

El criterio de especialistas

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Métodos Teóricos

Método Inductivo – Deductivo

Método Analítico – Sintético

Método Histórico – Lógico

Método Hipotético – Deductivo

Modelación

Método Sistemático

Métodos Matemáticos

Estadística

Matemáticas

Otros métodos

Técnicas

Encuesta

Entrevista

Fichaje

Instrumentos

Formulario de la encuesta

Guía de la Entrevista

Ficha Bibliográfica

Ficha Nemotécnica

Resumen de la Estructura de la Tesis

En la introducción de la presente tesis se encuentran los antecedentes del

problema, el planteamiento del problema, la línea de investigación, objetivo

general y objetivos específicos, la justificación en la cual se fundamenta la

necesidad de diseñar estrategia jurídica para proteger las garantías y derechos de

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18

adolescentes infractores, la metodología, los elementos de novedad, aporte

teórico y significación práctica.

El Capítulo I, es referente al marco teórico el cual se fundamentara en el origen,

evolución del objeto de investigación, análisis de las distintas posiciones teóricas,

valor crítico de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre

el objeto de investigación y las conclusiones del capítulo.

El Capítulo II, se refiere a la caracterización y descripción del procedimiento de

investigación a desarrollarse, el procedimiento de la población investigada, el

modelo de propuesta a solucionar en base al problema planteado y las

conclusiones del capítulo.

El Capítulo III, se desarrolla el procedimiento de la aplicación de los resultados, la

validación y evaluación de resultados, se la hará mediante especialistas, los

cuales a través de su experiencia profesional o personal sabrán dar su punto de

vista favorable en relación a la investigación desarrollada.

Aporte teórico, significación práctica o novedad científica.

Elementos de novedad

Como elementos de novedad tenemos la estrategia jurídica para proteger las

garantías y derechos de adolescentes infractores, donde se está incluyendo

opiniones de grandes pensadores del Ecuador y del mundo, disposiciones de la

Constitución, código orgánico integral penal, código de la niñez y adolescencia y

los derechos humanos, donde se ha tomado en cuenta diferentes teorías

bibliográficas para determinar la situación del adolescente infractor en la

actualidad de la ciudad de Quevedo y Valencia de esta manera ayudar a la

protección para las Garantías y Derechos de los Adolescentes Infractores.

Aunque hayan crecido en un ambiente delictual, es para ellos conocido lo que es

trasgresor de las normas y que no lo es, sin duda el desarrollo moral de quien

infringe la ley crónicamente, y no incidentalmente, es precario y centrado en las

propias necesidades de sobrevivencia y no en el bien común o el respeto a los

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otros, el desarrollo moral ocupa en su construcción los mismos instrumentos

biológicos y de relación que los otros aspectos del desarrollo psicológico y, por

tanto, también está sujeto a perturbaciones o distorsiones

Aporte teórico

Identificar los derechos del Adolescente Infractor durante el proceso de

juzgamiento; detallar cuales son los métodos que debe utilizar los agentes del

orden al momento en el que arrestan al menor, resaltar los daños colaterales que

sufre la familia y su estabilidad, también la desconfianza que nace cuando se

observa públicamente como a un Adolescente Infractor se le vulneran sus

derechos a internarlos en un centro que no está adecuado de forma especial para

él y finalmente como una sola propuesta de solución puede eliminar tantos

problemas sociales, administrativos y jurídicos. Todos estos, son aportes que la

investigación de este trabajo aporta a la comunidad jurídica.

Significación práctica

La garantía, es un instrumento para la defensa de los derechos humanos en el

sentido de su consagración plena y de defensa en el supuesto de agresión o

amenaza de agresión y los derechos son todas aquellas condiciones que los

ciudadanos podemos exigir al Estado y a la sociedad para garantizar nuestro

desarrollo como seres humanos y como ciudadanos aportantes en múltiples

sentidos a la convivencia social.

Lo principal es demostrar que mediante esta estrategia se puede mejorar el

bienestar de los adolescentes con el resultado de la confluencia de algunos

avances sociales, culturales, económicos y políticos, generando una mejor calidad

de vida para todas las familias ecuatorianas.

.

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CAPITULO I: MARCO TEÓRICO

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación

La condición jurídica de la infancia en el Ecuador se advierte en tiempos del

derecho indiano, donde éste apenas regulaba su situación mediante la creación

de instituciones españolas, como ocurría con todo el derecho de las Colonias, en

donde no se trataba este tema con autonomía, sino fusionado con la protección a

mujeres pobres, viudas, niños abandonados, huérfanos.

La intervención estatal y preocupación pública de la infancia comenzó, a partir de

la primera década del siglo XX tiempos de crisis iniciada por la Primera Guerra

Mundial, lo cual al mismo tiempo fue una preocupación por la pobreza, de tal

suerte que comenzaron a aparecer instituciones públicas y privadas dedicadas a

la protección de la infancia pobre.

A partir de los años cincuenta la asistencia pública se enfocó principalmente a la

educación y salud. En el año 1970, con los recursos provenientes del “boom”

petrolero, el Estado se permitió un papel más activo en la provisión de servicios

sociales y promoción del desarrollo pero sin eliminar la tendencia asistencialista

de la acción pública. El Estado era el único sujeto activo en el cual se originaban

las acciones sociales mientras que la sociedad se mantenía como un beneficiario

sujeto pasivo.

En la actualidad el Ecuador bajo la clasificación mundial, se encuentra en el

puesto número treinta y seis de los países más corruptos del mundo, de entre

doscientos cuarenta y seis en total. Es alarmante también, que haya subido cuatro

puntos en comparación al año pasado. Esta clasificación permite observar cual es

la razón por la cual durante el proceso de aprehensión, juzgamiento y reclusión

los adolescentes infractores son víctimas de la vulneración de sus derechos y

garantías. El Ecuador nunca se ha encontrado entre los países latinoamericanos

primarios en transparencia y control social como actualmente se encuentra Chile y

Uruguay.

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El origen de la corrupción en el Ecuador está basado en la pobre educación, en la

cultura social inmoral y escasa de ética que existe y en la influencia del mundo

capitalista que gobierna; de estos tres factores nacen un sinnúmero de problemas

sociales que vulneran los derechos.

Los adolescentes constitucionalmente son parte del grupo de atención prioritaria,

esto también implica que durante el proceso de aprehensión, juzgamiento y

reclusión, siguen siendo parte de este grupo prioritario; por lo tanto, su atención

debe ser especial.

La educación es un tema que afecta a todos los países de Latinoamérica, oscila

en mayor y menor proporción individualmente; esta pobre educación proyectada a

la obligación de capacitarse individual y voluntariamente de parte de los agentes

del orden encargados de aprehender los adolescentes infractores, desemboca en

que el principio constitucional del debido proceso no es aplicado en esta actividad;

en este punto de vulneración de los derechos y garantías de los adolescentes

infractores son quebrantados publica y desmedidamente.

A este problema académico, la reducida capacitación de los funcionarios

penitenciarios y el mínimo interés de los servidores públicos en suma que

intervienen en el proceso de juzgamiento a los adolescentes, a través de los años

de insuficiente control estatal para el cumplimiento de sus obligaciones correctas

influye en que actualmente se trasgredan los derechos a la honra, al buen

nombre, a la imagen, a la integridad personal, a la reinserción social de los

adolescentes infractores. Este maltrato jurídico provoca daños directos y

colaterales en la sociedad.

La costumbre ecuatoriana de los agentes del orden sobre no prepararse

voluntariamente; el pobre interés de parte de los servidores públicos para

salvaguardar los derechos de los adolescentes infractores durante el proceso de

aprehensión, juzgamiento y reclusión; la escasa educación y la fuerza de la mala

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costumbre inmoral y sin ética en la mayoría de los ciudadanos ecuatorianos junto

con el afán capitalista de ganar mucho sin ofrecer un trabajo de calidad.

Provoca que las medidas socioeducativas establecidas para el juzgamiento de los

adolescentes infractores no se apliquen debidamente vulnerando las garantías

procesales obviadas, la confianza que los familiares deberían tener a la

legislación la pierden, se instaura en el pensamiento social que deben hacer

justicia con sus manos, la unión y seguridad familiar se pierde y el núcleo social

desarrolla pensamientos contrarios al gobierno, y estos pensamientos en un país

pueden transformarse en unos años en una costumbre o ideal político; finalmente

desembocaría en una guerra civil.

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de

transformación

En Ecuador, durante el proceso de juzgamiento y aplicación de medidas

socioeducativas a los adolescentes infractores se vulneran los derechos a la

honra, el buen nombre, la integridad física y psicóloga. Para determinar cuál es la

forma correcta en que se debe ejecutar el proceso de juzgamiento, es necesario

realizar un análisis entre las posiciones teóricas existentes y la ecuatoriana.

1.2.1. La Familia

La familia es el pilar fundamental en el desarrollo normal de un niño, tomando en

cuenta que el ambiente debe ser cordial y afectivo para que incentive a los niños

a seguir por el camino del bien evitando de esta manera que se involucren a los

múltiples vicios sociales. (Correa 2010).

Es un conjunto de personas que conviven bajo el mismo techo, organizadas en

roles fijos (padre, madre, hermanos) con vínculos consanguíneos o no, con un

modo de existencia económico y social comunes, con sentimientos afectivos que

los unen y aglutinan.

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La familia es la institución social fundamental más antigua del mundo, la familia

actual ha delegado muchas de las responsabilidades a otras instituciones

sociales, sin embargo, ha conservado su importancia primordial, destacándose

dos de sus funciones principales, procrear y socializar a los hijos, indispensables

para la supervivencia de cualquier sociedad. (Navarro 2001).

Naturalmente pasa por el nacimiento, luego crecimiento, multiplicación,

decadencia y trascendencia, a este proceso se le denomina ciclo vital de vida

familiar.

1.2.1.1. Tipos de familia

Existen varios tipos de familia dependiendo de la organización en la cual se

encuentran sus miembros y de acuerdo las situaciones sociales que han llevado a

las familias a variar en su estructura: (Pérez 1995),

La familia nuclear o elemental: es la unidad familiar básica que se compone de

esposo (padre), esposa (madre) e hijos. Estos últimos pueden ser la

descendencia biológica de la pareja o miembros adoptados por la familia.

La familia extensa o consanguínea: se extiende más allá de dos generaciones y

está basada en los vínculos de sangre de una gran cantidad de personas,

incluyendo a los padres, niños, abuelos, tíos, tías, sobrinos, primos y demás.

La familia monoparental: Tratando de dar cobertura a todos estos tipos de familias

monoparentales, se entiende por familia monoparental toda aquella agrupación de

prole en edad infantil y minoría de edad que convive de forma continuada con uno

sólo de sus progenitores, quien de hecho o de derecho ostenta la potestad y

custodia sobre los mismos

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1.2.1.2 Familias funcionales

Las familias funcionales se caracterizan por presentar cambios para adaptarse a

nuevas situaciones, los miembros conocen entre sí sus fortalezas y debilidades, el

apoyo se da y se pide, se identifican los problemas y algo muy importante es que

pueden expresar abiertamente sus emociones (alegría, tristeza, enojo). Por lo

tanto, son familias que sus miembros no presentan problemas graves de

conducta. (Rivera 1999)

La familia Funcional enseña a cada uno de sus miembros a definir sus propios

valores y reglas básicas en el desempeño total: desarrollando una ética familiar

propia, la misma se propicia en el trabajo en equipo, donde todos son solidarios e

importantes en la búsqueda de soluciones a los problemas que se presentan y en

la toma de decisiones, la familia funcional favorece la productividad, salud,

bienestar y desempeño profesional exitoso de todos sus miembros. (Barroso

1996).

La familia que es funcional mantiene un estado de equilibrio u homeostasis, que

los mantiene unidos a pesar de las crisis que se presenten, permitiendo que se

las progrese para que se puedan resolver con el fin de lograr un desarrollo en

todo el sistema familiar y que cada establecidos y son cumplidos, todos trabajan

en equipo con el propósito de alcanzar bienestar por igual sin ninguna distinción

haciéndolo con entusiasmo y amor. Medicina Familiar, (2008)

Podemos analizar que las familias funcionales son de otra manera los hogares

más equilibrados para el crecimiento de un futuro adolescentes siendo de esta

manera la mejor forma de contrarrestar la cantidad de adolescentes infractores.

1.2.1.3. Familias disfuncionales

La familia es un sistema organizado que tiene finalidades claras: alimentación,

adaptación al medio, protección, socialización de sus miembros. La familia que no

logra cumplir con sus objetivos básicos es una familia disfuncional, su

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funcionamiento no le permite el desarrollo y consecución de sus fines. (Fernández

2010).

En todas partes del mundo y en toda clase social podemos encontrar familias

disfuncionales. Aunque la institución de la familia ha sido parte de toda la historia,

siempre en donde hay relaciones entre personas, también habrá problemas,

porque habrá pecado, cuando la familia ha llegado a ser reemplazada por otros

modelos de menos fidelidad como base, por ejemplo vivir como conyugues, seguir

siempre las emociones del momento, se pone a prueba el concepto de la familia,

y así también llegamos a ver el aumento de casos de familias disfuncionales.

(Díaz 2011).

Es aquella donde hay planteamientos no claros, ni verdaderos sobre el origen de

la familia. Algunos creen que no importa el origen y descalifican de esta manera

este punto, otros prefieren creer que su origen es una consecuencia de la

evolución de los mamíferos superiores; y así unos y otros buscan en la ciencia y

en lo que dice la gente su guía para comprender a la familia, sus dinámicas y sus

maneras de crecimiento y restauración, por lo tanto la confusión y el error son sus

guías y las metas son las que cada quien se plantee (González 2010).

Al tener familias disfuncionales tenemos adolescentes más propensos a que

vulneren sus garantías y derechos contusiónales, para estos adolescentes se

debe crear una estrategia que permita garantizar y defender sus derechos

estipulados por la constitución del Ecuador.

1.2.2. Delincuencia Juvenil

Definir la delincuencia juvenil resulta complicado y problemático debido a que en

algunos países “la delincuencia juvenil es una calificación que se obtiene de

aplicar definiciones del Código Penal cuando esas infracciones son cometidas por

menores de edad, en otros, la delincuencia juvenil incluye una gran variedad de

actos en adición a los que se encuentran enumerados en sus leyes de fondo, de

tal suerte, las figuras estadísticas de ciertos países se encuentran artificialmente

abultadas en lo que respecta a la delincuencia juvenil, mientras que en otros no

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reflejan esas figuras, sino un limitado número de conductas desviadas. (David

1979).

A veces consideramos que ser joven equivale a ser peligroso, drogadicto o

mariguana, violento; se recurre también a la descripción de ciertos rasgos faciales

o de apariencia; por ejemplo, se dice: “dos peligrosos sujetos jóvenes de aspecto

cholo”, “el asaltante de cabello largo y rasgos indígenas”. Entonces, ser un joven

de los barrios periféricos o de los sectores marginales se traduce en ser violento,

vago, ladrón, drogadicto, malviviente y asesino real o en potencia. (Reguillo,

1999)

La delincuencia juvenil, al igual que la adulta, es fruto de diversas variables que

Interactúan entre sí. no se puede atribuir a una causa concreta ni se puede

analizar de forma aislada. Por tanto, es un problema multidisciplinar y debe

explicarse desde muchos puntos de vista: el criminológico, el sociológico, el

psicológico, el educativo y el penal, entre otros muchos. (Defez 2006).

La cultura social de nuestro país debe cambiar para que aprendamos a respetar

opiniones puntos de vistas de los jóvenes y ellos a las vez deben dejar de un lado

costumbres extranjeras que para el ecuador son mal vistas y asi tendremos un

mejor futuro como adulto.

1.2.2.1. El adolescente infractor

La edad constituye un factor fundamental en todo el campo jurídico para

determinar la capacidad y responsabilidad de un individuo. La voluntad y la

conciencia exigida por el ordenamiento jurídico, son dos ingredientes de la

capacidad que no se son inmanentes al nacimiento de una persona, estos se van

desarrollando de a poco hasta que por razones biológicas, la persona alcanza la

madurez mental necesario para ser considerado legalmente capaz y por lo mismo

responsable en el ámbito penal. (López 2011).

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Se denomina “adolescente infractor” a la persona que siendo mayor de doce años

pero menor de dieciocho, ha cometido una infracción reprochable por la ley penal.

(López (2011).

Esto significa el hecho biológico de no haber cumplido la edad de 18 años,

justifica la exclusión de la responsabilidad penal, es decir, la inimputabilidad del

menor, aun cuando llegado el caso, el desarrollo de las facultades intelectuales y

volitivas del adolescente nos permitiera presumir que se trata de una persona

capaz de tener conciencia de la ilicitud del acto delictuoso y voluntad para

abstenerse de realizarlo.

De acuerdo al Código de la Niñez, como lo señalan los Arts. 305 y 306, son

penalmente inimputables y, por tanto, no serán juzgados por jueces penales

ordinarios ni se les aplicarán las sanciones previstas en las leyes penales.

Cuando cometan infracciones tipificadas en la ley penal estarán sujetos a

medidas socioeducativas por su responsabilidad de acuerdo con los preceptos del

Código de la Niñez.

1.2.2.2. Delitos frecuentes adolescentes infractores

La Unidad de Adolescentes Infractores se encarga de la investigación de los

jóvenes que tienen conflicto con la Ley Penal.

No todos los adolescentes pueden ser investigados por esta Unidad, solo aquellos

cuyas acciones u omisiones contravienen normas establecidas en el Código

Penal.

En caso de que un adolescente (entre 12 y 17 años) cometiese alguna infracción,

esta actitud puede ser conocida, en principio, por la Policía Nacional que procede

de inmediato a la detención e informa a un fiscal de Adolescentes para que

resuelva el inicio de una investigación u ordene su libertad.

En ningún caso un niño o una niña (entre 0 y 11 años, 11 meses y 31 días)

pueden ser detenidos por la Policía Nacional. De ocurrir alguna conducta

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irregular, deben ser protegidos por la Dirección Nacional de Policía Especializada

para Niños, Niñas y Adolescentes (DINAPEN), y entregados inmediatamente a

sus padres, representantes legales y/o encargados de su custodia.

La privación de libertad de un adolescente, es resuelta en 24 horas por parte de

un Juez Especializado en Adolescentes Infractores, según lo manda la

Constitución de la República. Los procesos seguidos contra adolescentes en

conflicto con la Ley Penal, son resueltos rápidamente (30 días), y no pueden durar

más de 90 días en ningún caso, según lo establece el Código de la Niñez y

Adolescencia.

A los jóvenes que no han cumplido 18 años se les aplicará medidas

socioeducativas que pueden llegar hasta cuatro años de internamiento en un

Centro de Adolescentes Infractores, (CAI), donde recibirán las terapias necesarias

para conseguir su responsabilización y la corrección de su conducta. Fiscalía

General del Estado (2015).

El Código Orgánico Integral Penal, indica en su artículo 38.- Personas menores

de dieciocho años.- Las personas menores de dieciocho años en conflicto con la

ley penal, estarán sometidas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.

Homicidio

Una gran parte de la doctrina, establece al homicidio como uno de los delitos más

graves, y que por lo mismo, debía ser el que merezca la mayor pena, por tratarse

de una acción repudiable, reprochable, que causa alarma y escándalo en la

sociedad, por ser ejecutada por un ser humano en contra de la vida de otro ser

humano. (Cordova 2014),

Es importante destacar que en doctrina, cuando se refieren al delito de asesinato,

se lo hace como “homicidio circunstanciado”, así el tratadista Giuseppe Maggiore;

otros han optado por denominarlo como “homicidio calificado” entre ellos destaca

Francisco Carrara y Carmigniani; y una gran parte de tratadistas lo denominan

simplemente como “homicidio agravado”.

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Según las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2013), Son diversos los

factores que intervienen en el proceso que lleva a la comisión de un homicidio.

Desde la disponibilidad de un arma hasta el uso de sustancias psicoactivas, que

podrían actuar como facilitadores del homicidio, tales factores pueden determinar

patrones y niveles de este delito; cuando se les presta atención a través de

políticas de prevención, los homicidios pueden disminuir

De acuerdo al Código Orgánico Integral Penal homicidio en su artículo 144, la

persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de diez a

trece años.

Artículo 145 del Código Orgánico Integral Penal, Homicidio culposo.- La persona

que por culpa mate a otra, será sancionada con pena privativa de libertad de tres

a cinco años. Con la misma pena será sancionado el funcionario público que,

inobservando el deber objetivo de cuidado, haya otorgado permisos, licencias o

autorizaciones para la construcción de obras civiles que hubieren perecido, y que

como consecuencia de ello se haya ocasionado la muerte de una o más

personas.

Artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal, Homicidio culposo por mala

práctica profesional.- La persona que al infringir un deber objetivo de cuidado, en

el ejercicio o práctica de su profesión, ocasione la muerte de otra, será

sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. El proceso de

habilitación para volver a ejercer la profesión, luego de cumplida la pena, será

determinado por la Ley.

Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años si la muerte

se produce por acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas.

Podemos definir al ser un acto por omisión o culposo igual conlleva a quitar la

vida a otro ser humano muchas estadísticas muestran que gran parte de las

víctimas de homicidio son adolescentes así como también son quienes cometen

estas acto por muchas circunstancias entre ellas por hogares disfuncionales, o

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por querer aparentar ante la sociedad que son mejores y pueden asesinar sin

temor a nada.

Lesiones

El concepto de lesión se hallaba presente en la legislación más antigua. El código

de Hammurabi (1950 a.c.), Lesión, proviene “Del latín laesio, quiere decir daño o

detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad”. Torres (2010)

El agente que ejecuta el acto delictivo y que debe, en consecuencia sufrir la pena

correspondiente, el sujeto activo es, en muchos casos, un solo individuo; pero en

otros casos serán varios los que realizan el acto en conjunto o que cooperen a su

realización, en tales situaciones deberá establecer el grado en que cada uno

intervino en la ejecución del delito lo cual determinará la pena que debe recibir, el

sujeto activo es el imputado en el proceso o acusado cuando se ha dictado auto

de llamamiento a juicio en su contra, mientras que el sujeto pasivo es el ofendido

que puede presentarse como acusador particular. (Gómez 2011).

El titular del bien jurídico lesionado por la comisión de un delito, también puede

ser una sola persona o pueden ser varias. Aunque en el lenguaje criminológico

suele llamarse víctima, este concepto puede en algunos casos no coincidir

inevitablemente con el sujeto pasivo. Así por ejemplo, a una persona se le

sustrajo un bien y será la víctima, pero el bien no le pertenece y el dueño del

mismo será el sujeto pasivo. (Ferri 1928).

Según el Código Orgánico Integral Penal en su Artículo 152.- Lesiones.- La

persona que lesione a otra será sancionada de acuerdo con las siguientes reglas:

1.Si como resultado de las lesiones se produce en la víctima un daño,

enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días, será sancionada con pena

privativa de libertad de treinta a sesenta días.

2. Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta

días, será sancionada con pena privativa de libertad de dos meses a un año.

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3. Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de treinta y uno a

noventa días, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

4. Si produce a la víctima una grave enfermedad o una disminución de sus

facultades físicas o mentales o una incapacidad o enfermedad, que no siendo

permanente, supere los noventa días, será sancionada con pena privativa de

libertad de tres a cinco años.

En la actualidad los adolescentes comenten lesiones entre ellos puede ser en el

colegio cuando se generan riñas entre colegios ocasionándoles en ocasiones

daños psicológicos, incapacidades, trastornos lo que lleva a que por represarías o

venganza sin medir las consecuencias jurídicas vemos que las lesiones se

cometen entre los seres humanos desde muchas décadas.

Secuestro

El secuestro es un delito grave con consecuencias potencialmente dolorosas para

las víctimas y sus familias, para las comunidades, los países y, por extensión,

para la comunidad internacional. Hay pruebas convincentes de que muchas

personas que sobreviven al secuestro nunca se recuperan totalmente del trauma

que ocasiona. Los efectos sobre las familias de las víctimas, los amigos íntimos,

los familiares y los colegas también pueden ser importantes. Cuando el secuestro

es generalizado se plantean temores y dudas en la comunidad; esta falta de

confianza puede contribuir a la incertidumbre social y política y a la declinación

económica. (Costa 2005).

Las naciones unidas en el 2005, analiza que el delito de secuestro crea un

incidente complejo y fundamental que requiere respuestas hábiles, oportunas y

eficaces de las autoridades gubernamentales y los organismos encargados de

hacer cumplir la ley.

El secuestro es un fenómeno diverso. Puede incluir a delincuentes organizados,

infractores menores u oportunistas. Puede incluir a terroristas o grupos de

insurgentes, puede ser motivado por el deseo de lucro, el rencor o la

desesperación. El secuestro de víctimas puede ser general cuando es de

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naturaleza indiscriminada o específico figuras prominentes, migrantes, minorías o

los adinerados, las características nacionales y regionales pueden influir en los

tipos de secuestro que ocurren; por ejemplo, el secuestro puede vincularse a

rituales socioculturales, cultos o ritos de aprobación.

El secuestro lo sanciona el Código Orgánico Integral Penal:

Artículo 161.- Secuestro.- La persona que prive de la libertad, retenga, oculte,

arrebate o traslade a lugar distinto a una o más personas, en contra de su

voluntad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Artículo 162.- Secuestro extorsivo.- Si la persona que ejecuta la conducta

sancionada en el artículo 161 de este Código tiene como propósito cometer otra

infracción u obtener de la o las víctimas o de terceras personas dinero, bienes,

títulos, documentos, beneficios, acciones u omisiones que produzcan efectos

jurídicos o que alteren de cualquier manera sus derechos a cambio de su libertad,

será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años.

Cada vez podemos ver que este delito son por las consecuencias de la migración,

problemas en el hogar, discriminación cultural hace que en las personas busque

una manera de venganza o conseguir dinero fácil y cometen secuestros en su

mayoría a los adolescentes de padres adinerados causándoles un gran problema

psicológicos, traumas, temores en la sociedad.

Violación

De acuerdo al Código Orgánico Integral Penal en el artículo 171.- Violación.- Es

violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por

vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos

u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo. Quien la

comete, será sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós

años.

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Un delito contra la honestidad y contra la libertad que se comete, ya siendo

carnalmente con una mujer contra su voluntad expresa, por emplear fuerza grave

o intimidación, contra su voluntad presunta por encontrarse privada temporal o

permanentemente del sentido, por enaje nación mental anestesia, desmayo por

faltarle madurez a su voluntad para consentir un acto tan fundamental, para su

concepto público o privado. (Cabanellas 2003),

La dogmática jurídica penal se entiende por violación inversa, al delito de

violación cometido por una mujer sobre un hombre, sea accediéndolo

carnalmente contra su voluntad, mediante el empleo de la fuerza física, la

amenaza o la intimidación, o en ausencia de su voluntad cuando se encuentre

privado de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o cualquier otra causa

no es capaz de oponer resistencia, o cuando el sujeto activo se aprovecha del

estado de inmadurez biosociológica sexual de un menor de catorce años de edad.

(Galeas 2014).

Podemos ver y analizar que la constitución del Ecuador, garantiza y protege el

derecho a la integridad sexual, acto que en muchas ocasiones son vulnerados a

los adolescentes sean por sus padres o familiares cercanos, podrían ser por la

falta de cultura o el uso de drogas hacen que se cometa este tipo delitos.

Robo

El robo en el mundo se ha de manifestar que desde la antigüedad en los

diferentes ciclos que ha cursado el derecho en la humanidad hay que resaltar que

el delito de robo tiene en común la sustracción de cosa ajena con ánimo de

apropiarse fraudulentamente utilizando o empleando al fuerza sobre las cosas la

intimidación sobre las persona y la violencia y más acertadamente el código

francés nos da a conocer la diferenciación del robo con el hurto ya que por la

incidencia de violencia lo separo de este y se convirtió en la institución jurídica del

robo pero no compartimos con el derecho alemán que manifiesta que robo no

emplea la violencia ya que si aplica ese elemento constitutivo si no fuese robo.

(Marcillo 2014).

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La misma que en la propuesta del nuevo Código Orgánico Integral Penal

ecuatoriano mantiene la institución jurídica del robo, con ciertos artículos

separados sobre todo la de los delitos de robo cometidos por los llamados del

crimen organizado

Y de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal en el Artículo 189.- Robo.- La

persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa

mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el

momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será

sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Si se ejecuta utilizando sustancias que afecten la capacidad volitiva, cognitiva y

motriz, con el fin de someter a la víctima, de dejarla en estado de somnolencia,

inconciencia o indefensión o para obligarla a ejecutar actos que con conciencia y

voluntad no los habría ejecutado, será sancionada con pena privativa de libertad

de cinco a siete años.

Cuando el robo se produce únicamente con fuerza en las cosas, será sancionada

con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

El robo, es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de

bienes ajenos, con intención de lucrarse, empleando para ello fuerza en las cosas

o bien violencia o intimidación en la persona. Son precisamente estas dos

modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige

únicamente el acto de apoderamiento, (Lojano 2003)

Para que exista el delito de robo, es necesario, como elemento esencial

constitutivo, el ánimo de adueñarse de una cosa ajena, requiriéndose al efecto, la

voluntad criminosa del ladrón, para que el apoderamiento se haga con el fin de

que el mueble salga de la esfera patrimonial de la persona física o moral cuyo

derecho se viola, para transportarlo a la posesión del delincuente, (Petit 1984).

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En muchas los adolescentes al iniciar con malos hábitos generados por las

influencias de sus amigos terminan cometiendo robos que afectan al bien

particular de la sociedad, y en ocasiones el robo genera otros delitos, y en la

actualidad las leyes son muy blandas tratando de regenerar a estos adolescente

esperando que al momento de su cambio de adolescente a adulto dejen este mal

habito.

1.2.2.3 Criminología Juvenil

La Criminología estudia las causas del crimen y preconiza los remedios del

comportamiento antisocial del hombre. Las áreas de investigación criminológica

incluyen la incidencia y las formas de crimen así como sus causas y

consecuencias, la criminología es una ciencia sintética, causal, explicativa, natural

y cultural que estudia las conductas antisociales, puede servir como útil

herramienta de trabajo para que los poderes formales que tienen que ver con

legislación en materia penal y familiar; seguridad pública, procuración y

administración de justicia, ejecución de penas, tratamiento de la violencia de

género, así como violencia intrafamiliar, menores infractores y prevención primaria

del delito. (Quintanilla 2013).

En la infancia y adolescencia, resulta habitual que comportamientos antisociales e

incluso delictivos se correspondan con una conducta normal del niño y

adolescente, formando parte del proceso de crecimiento, aprendizaje y desarrollo

social de los mismos. La mayor parte de esta delincuencia es de carácter leve,

episódica y no suele dejar posteriores efectos negativos. Vázquez (2003).

Como la niñez, adolescencia y juventud son etapas del desarrollo físico,

psicológico y social de las personas, dentro de un proceso evolutivo del niño hacia

la madurez, los programas de prevención de la delincuencia juvenil pueden

diferenciarse al ser realizados con sujetos de diferentes edades, distinguiéndose

tres grandes grupos: la prevención de la delincuencia con niños de edad

preescolar, con niños en edad escolar, y con adolescentes, a su vez, estos

programas pueden tener un enfoque universal, selectivo o individual, según se

dirijan a una población entera de niños, a niños en situaciones de alto riesgo o a

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niños que muestran claros signos de comportamientos antisociales o

delincuentes, respectivamente.

1.2.2.4. Imputabilidad

Se denomina capacidad de culpabilidad y está determinada por las

características del sujeto, que le permiten comprender lo que hace y dirigir sus

acciones, según esa comprensión, en el momento que las realiza. (Creus 2011).

La imputabilidad está compuesta por un elemento intelectivo y un volitivo, el

elemento intelectivo está dado no por el conocimiento de los hechos, como en el

dolo, sino por la comprensión de los actos que realiza, el elemento volitivo, por

otro lado, está relacionado con la posibilidad de autodeterminarse o autodirigirse.

(Encalada 2014),

Por ejemplo el niño de cuatro años de edad que toma el video juego de su

compañero de clase, sabiendo que no es suyo y se lo lleva a la casa. El niño

actúa de forma dolosa, pues sabe que está llevándose algo que no es suyo;

conoce los elementos objetivos del tipo y quiere realizar la conducta, sin embargo

no está en capacidad de comprender aún que las cosas que no son suyas no

puede llevárselas.

La imputabilidad es la capacidad de actuar culpablemente, esa capacidad se

reconoce, en principio, a todo hombre por el hecho de que es un ser inteligente y

libre, o sea dotado de inteligencia y libertad, la primera implica la capacidad de

conocer el alcance de los actos que realiza; la segunda, la posibilidad de

acomodar su conducta a las exigencias del ordenamiento jurídico, por eso es

frecuente encontrar definida la imputabilidad en función de estos dos

componentes como capacidad para conocer y valorar el deber de respetar la

norma y de determinarse espontáneamente, (Rodríguez 2011).

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37

Así mismo el Código Orgánico Integral Penal indica en su artículo 34 Culpabilidad,

para que una persona sea considerada responsable penalmente deberá ser

imputable y actuar con conocimiento de la antijuridicidad de su conducta.

El artículo 66 numeral 5 de la Constitución de la República de Ecuador, confiere a

todas las personas el derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más

limitaciones que los derechos de los demás.

Este derecho permite que las personas realicen diferentes actividades que en el

contorno familiar en ocasiones creamos que están bien o dentro de la cultura en

que nos rodeamos son aceptadas pero sin embargo son antijurídicas hay actos

mínimos que pueden ser considerados positivos por que permiten un incremento

económico pero eso puede convertirse en algo doloso.

1.2.2.5. Inimputabilidad

Al hablar de la valoración hecha por el juez acerca de la capacidad del sujeto

siendo la inimputabilidad una consecuencia de la valoración hecha por el juez.

(Pavón 1987),

Las causas de inimputabilidad se contienen en dos supuestos, la falta de

desarrollo intelectual, Insuficiente para los fines de entender y querer, y por

graves anomalías psíquicas. (García 1987).

Los adolescentes entre quince y dieciocho años de edad por su Inimputabilidad

serán sancionados con medidas socios educativos,

Alrededor del concepto de imputabilidad se desenvuelve el más discutido de los

problemas penales de hoy, pese al transcurso de los años se sigue discutiendo

sobre lo mismo, ya que en la actualidad, y su vinculación con el derecho penal,

trasciende a la propia culpabilidad que es la característica esencial del delito

(Soler 1957).

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De acuerdo a la actual Constitución del Ecuador y al código Orgánico Integral

Penal se deja un espacio abierto para que los adolescentes cometan ciertos

delitos o sean víctimas de delincuentes para el cometimiento de aptos ilícitos lo

mejor es orientarlos a una mejor conducta jurídica.

1.2.2.6. Impunidad

El gran dilema es el de combatir la impunidad y violentar los derechos

garantizados en la constitución, impunidad, del vocablo latino impunitas, es un

término que refiere a la falta de castigo. Se conoce como castigo, por otra parte, a

la pena que se impone a aquel que ha cometido una falta o un delito.

1.2.2.7 Principio de Corresponsabilidad

La corresponsabilidad Estado ciudadano exige la voluntad de ambas partes de

trabajar juntas: los funcionarios deben atender el mandato constitucional de abrir

las puertas a la participación de los ciudadanos, mientras éstos deben participar

decididamente, intervenir en las actividades públicas, articular con el Estado e

interactuar con él. La participación ciudadana es también, en cierta medida, un

contrapeso a la dirección de los entes públicos, es enfrentar una tendencia del

funcionario -elegido o designado- a creerse dueño, a actuar como mandante,

cuando por el contrario es mandatario del soberano, al cual debe servir. (Dorta

2008).

La participación ciudadana es un contrapeso para bajar a la realidad a los

funcionarios que pierden la perspectiva de lo que es su tarea; es una manera de

distribuir el poder de decisión, es una democratización de la relación existente

entre actores políticos y sociales.

1.2.2.8. Principio de Igualdad

El derecho a la igualdad está consagrado en la Convención Americana y en la

Declaración Americana de derechos del hombre, y en ellas se prohíbe a los

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estados toda discriminación por razones de sexo tanto en la ley como de hecho a

través de sus agentes.

De manera especial este derecho de igualdad y no discriminación consta como un

Derecho fundamental de todas las personas, así en el Art. 11 numeral 2 de la

Constitución de la República del Ecuador, establece: todas las personas son

iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades

Y de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal en su artículo 5 número 5 indica

que el principio de Igualdad es la obligación de las y los servidores judiciales

hacer efectiva la igualdad de los intervinientes en el desarrollo de la actuación

procesal y proteger especialmente a aquellas personas que, por su condición

económica, física o mental, se encuentren en circunstancias de vulnerabilidad.

La igualdad es un concepto dinámico, complejo y polémico. Francisco Laporta,

señala que la igualdad, “no va regularmente acompañada ni por la claridad de

formulación ni por la precisión de su sentido y sus límites. Suele ser, más bien, un

concepto muy discutido en torno al cual surgen frecuentes desacuerdos prácticos

y pugnas teóricas importantes” (Laporta 1985).

El mismo Laporta se refiere al concepto de igualdad señalando, su “vaguedad

innata”, ello unido a las constantes variaciones que ha sufrido en cuanto “ a su

acepción, contenido y relevancia social a lo largo de la historia, la multiplicidad de

contextos en los que incide, hace que esta labor de concreción se encuentre

como inacabada” (Pérez 1981).

En base a este principio se trata de cada ser humano respete y sea respeto sus

derechos de la misma forma así los adolescentes deberían ser garantizados todos

su derechos cuando son sancionados con medidas socio educativas.

1.2.2.9. Principio de Interés Superior de la Niñez y la Adolescencia

De esta forma el artículo. 15 del Código de la Niñez y Adolescencia determina que

"los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y garantías" por lo tanto

reconocer a una persona como sujeto de derechos es reconocer que tiene el

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derecho y la capacidad para ejercer los derechos que le son reconocidos y que

puede exigir a los demás que los reconozcan y respeten, como lo establece el

artículo 45 de nuestra Constitución en su primera parte: “Las niñas, niños y

adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los

específicos de su edad”.

Por lo tanto el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos de

derechos significa, al mismo tiempo, su reconocimiento como sujetos

responsables, capaces de exigir y procurar que esos derechos se cumplan, y ser

capaces de ejercerlos con responsabilidad. (Vera 2011).

El principio del interés superior del niño tiene un reconocimiento convencional en

el artículo 3.1. de la Código de la Niñez y Adolescencia, el cual reza como sigue:

“En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones

públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades

administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se

atenderá será el interés superior del niño”, en este contexto, Zermatten, R.,

(2003), señala que los derechos del niño han conducido al niño a una nueva

posición consistente en “existir como grupo social claramente delimitado entre la

edad de 0 y 18 años, aun cuando esta parte de la vida sea dividida en pequeña

infancia, infancia, adolescencia y juventud”.

1.2.2.10. La responsabilidad penal del adolescente y su interés superior.

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) toma un camino

diferente; este instrumento internacional reconoce que el sistema de garantías

creado por el sistema penal (cuyos dispositivos más importantes constituyen

derechos fundamentales contenidos en las Constituciones e instrumentos

internacionales de derechos humanos) es el mejor mecanismo para lograr

controlar y limitar el “poder punitivo” del Estado y que, bajo ninguna consideración

relativa al “bien” del niño, puede privarse a la infancia/adolescencia de este

conjunto de protecciones.

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En consecuencia, para la CIDN el niño es titular de todas las garantías propias de

los adultos además de las complementarias relativas a los niños para limitar la

pretensión punitiva del Estado; este reconocimiento se hace expresamente,

reproduciendo en los artículos 37 y 40 estas garantías.

Según el artículo 40 de la Convención internacional sobre los derechos del niño.

1. Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño de quien se alegue que

ha infringido las leyes penales o a quien se acuse o declare culpable de haber

infringido esas leyes a ser tratado de manera acorde con el fomento de su

sentido de la dignidad y el valor, que fortalezca el respeto del niño por los

derechos y las libertades fundamentales de terceros y en la que se tengan en

cuenta la edad del niño y la importancia de promover la reintegración del niño

y de que éste asuma una función constructiva en la sociedad.

2. Con ese fin, y habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los

instrumentos internacionales, los Estados Partes garantizarán, en particular:

a) Que no se alegue que ningún niño ha infringido las leyes penales, ni se

acuse o declare culpable a ningún niño de haber infringido esas leyes, por

pactos u omisiones que no estaban prohibidos por las Leyes nacionales o

internacionales en el momento en que se cometieron.

b) Que todo niño del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a

quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice, por lo menos, lo

siguiente:

i) Que se lo presumirá inocente mientras no se pruebe su culpabilidad

conforme a la ley;

ii) Que será informado sin demora y directamente o, cuando sea procedente,

por intermedio de sus padres o sus representantes legales, de los cargos que

pesan contra el y que dispondrá de asistencia jurídica u otra asistencia

apropiada en la preparación y presentación de su defensa;

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iii) Que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano judicial

competente, independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a

la ley, en presencia de un asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a

menos que se considere que ello fuere contrario al interés superior del niño,

teniendo en cuenta en particular su edad o situación y a sus padres o

representantes legales;

iv) Que no será obligado a prestar testimonio o a declararse culpable, que

podrá interrogar o hacer que se interrogue a testigos de cargo y obtener la

participación y el interrogatorio de testigos de descargo en condiciones de

igualdad;

v) Si se considerare que ha infringido, en efecto, las leyes penales, que esta

decisión y toda medida impuesta a consecuencia de ella, serán sometidas a

una autoridad u órgano judicial superior competente, independiente e

imparcial, conforme a la Ley;

vi) Que el niño contará con la asistencia gratuita de un intérprete si no

comprende o no habla el idioma utilizado;

vii) Que se respetará plenamente su vida privada en todas las fases del

procedimiento.

3. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover

el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones

específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes

penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas

leyes, y en particular:

a) El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que

los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales;

b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar

a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de

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que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales.

4. Se dispondrá de diversas medidas, tales como el cuidado, las órdenes de

orientación y supervisión, el asesoramiento, la libertad vigilada, la colocación

en hogares de guarda, los programas de enseñanza y formación profesional,

así como otras posibilidades alternativas a la internación en instituciones, para

asegurar que los niños sean tratados de manera apropiada para su bienestar y

que guarde proporción tanto con sus circunstancias como con la infracción.

Los principios constitucionales operan, en materia penal, en un doble sentido, por

una parte, cumplen una función constitutiva, limitadora y orientadora, y por otra,

sirven como “razones de corrección”, para superar las antinomias que son

inherentes a la lógica de funcionamiento del Derecho penal, que sanciona con un

mal para lograr un efecto positivo de protección de bienes jurídicos.

1.2.2.11. Política Penal ejecutiva para adolescente infractores a partir de la

Normativa Internacional.

En la actualidad, el Estado ecuatoriano ha mantenido en el abandono la

aplicación que exigen, tanto las normas nacionales como internacionales, en

cuanto a la ejecución de las medidas socioeducativas que tienen por finalidad la

rehabilitación del adolescente que ha cometido un acto tipificado en la ley penal

como delito. Así mismo, no existe una verdadera Política Penal Ejecutiva dirigida

al régimen de internamiento institucional para adolescentes infractores, lo cual

ocasiona el irrespeto a sus derechos elementales dentro de este sistema. (Suarez

2011)

El diseño de las actuales leyes de justicia para menores gira en torno a nuevos

paradigmas como lo son la autonomía del derecho del menor con respecto al

derecho penal y desde luego el modelo garantista, sin bien la afirmación de esta

autonomía no es algo nuevo, si cobra mayor relevancia a partir de la creación de

la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN).

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En lo que respecta al modelo garantista se aprecia que con la entrada en vigor de

la Convención Internacional de Derechos del Niño ha comenzado a presentarse

una alteración sensible en el panorama legislativo latinoamericano, dando origen

a las llamadas leyes de segunda generación por estar claramente inspiradas en la

doctrina de la protección integral, término con el que se hace referencia a un

conjunto de instrumentos jurídicos de carácter internacional que expresan un salto

cualitativo fundamental en la consideración social de infancia

1.2.1.12. Reglas mininas de las Naciones Unidas para la administración de

justicia de menores.

De las reglas mínimas de las naciones unidas en la administración de la justicia

de menores “REGLAS DE BEIJING”

Pereira, L., (2001) para promover el bienestar del menor, se deben de crear

condiciones que garantizan a este una vida significativa, logrando desarrollo

personal y educacional que lo aleje del delito y delincuencia, considerando que es

la etapa de la vida en que es más vulnerable porque está formando sus valores

sociales. Para lograr el bienestar del menor hay que disponer los recursos, con

inclusión de la familia, la comunidad, el estado y otros.

Debe existir una política social en el marco económico, jurídico y social que

apunte a la prevención del delito y la delincuencia juvenil.

Existen reglas mínimas que se aplicaran a los menores delincuentes con

imparcialidad sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión

política o cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,

nacimiento o cualquier otra condición.

a. Menor es todo niño o joven. Con arreglo al sistema jurídico respectivo

puede ser castigado por un delito en forma diferente a un adulto.

b. Delito es todo comportamiento (acción u omisión) penado por la ley.

c. Menor delincuente: es todo niño o joven al que se le imputan o se le

considera culpable de la comisión de un delito.

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Mayoría de edad penal.

En los menores el comienzo de la edad penal no debería fijarse a una edad

demasiado temprana teniendo en cuenta las circunstancias que acompañan la

madurez, como la emoción y desarrollo intelectual. La edad mínima a efectos de

responsabilidad penal varía considerablemente en función de factores históricos y

culturales. Es decir, se puede considerar al niño en virtud de su discernimiento y

comprensión individuales, si son o no responsables de un comportamiento

esencialmente antisocial. Por lo que debe de hacerse un esfuerzo para convenir

la edad mínima razonable que pueda aplicarse a nivel internacional

Objetivos de la justicia de menores

Existen objetivos importantes en la justicia de menores.

1- Fomentar el bien del menor.- En donde un joven delincuente debe ser

procesado por tribunales de familia, haciendo hincapié en el bienestar de

estos en el sistema judicial siguiendo el modelo del tribunal penal.

2- Principio de la proporcionalidad.- Según la gravedad del delito o las

circunstancias individuales del delincuente, por su condición social, su

situación familiar y el daño causado por el delito u otros factores en que

intervengan situaciones personales.

3- Protección de la intimidad.- Para evitar que la publicidad indebida difame

y perjudique a los menores, se respetaran todas las etapas del derecho de

los menores a la intimidad. No se publicará ninguna información que pueda

dar lugar a la individualización de un delincuente joven.

4- Derecho de los menores.- en toda las etapas del proceso se respetaran

las garantías procesales básicas tales como la presunción de inocencia, el

derecho a ser notificado de las acusaciones, el derecho a no responder, el

derecho a asesoramiento, el derecho a la presencia de los padres o

tutores, el derecho a la confrontación con los testigos y a interrogar a estos,

y el derecho de apelación ante una autoridad superior.

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5- Cláusulas de salvedad.- Ninguna disposición de las presentes reglas

podrá ser interpretada en el sentido de excluir a los menores del ámbito de

la aplicación de las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos

aprobados por las Naciones Unidas y de otros instrumentos y normas

reconocidas por la Comunidad Internacional.

Investigación y procesamiento

Cada vez que un menor es detenido, la detención se notificara a sus padres o

tutores. El juez u órgano competente examinará sin demora la posibilidad de

poner en libertad al menor. Sin perjuicio que se considere debidamente las

circunstancias de cada caso.

Remisión de caso

Se examinará la posibilidad, cuando proceda, de que los menores delincuentes no

tengan que recurrir a las autoridades competentes. Para facilitar la tramitación

discrecional de los casos de menores, se procurara facilitar a la comunidad,

programas de supervisión y orientación temporales, restitución y compensación

de las víctimas.

Especialización policial

Para el mejoramiento de desempeño de sus funciones, los agentes policiales que

traten a menudo o de manera exclusiva con menores o que se dediquen

fundamentalmente a la prevención de la delincuencia de menores recibirán

instrucción y capacitación especial. En las grandes ciudades habrá contingentes

especiales de policías con esa finalidad.

Prisión preventiva

Solo se aplicara la prisión preventiva como último recurso y durante el plazo más

breve posible. Los menores que se encuentren en prisión preventiva gozaran de

todos los derechos y garantías, estarán separados de los adultos y recluidos en

establecimientos distintos.

De la sentencia y la resolución

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Todo menor delincuente cuyo caso no sea objeto de remisión será puesto a

disposición de la autoridad competente. El procedimiento favorecerá a los

intereses del menor y se sustanciará en un ambiente de comprensión que permita

al menor participación y expresión libre.

Asesoramiento jurídico y derecho de los padres de los menores

El menor tendrá derecho hacerse representar por un asesor jurídico durante el

proceso. Los padres o tutores tendrán derecho a participar en las actuaciones y la

autoridad competente podrá requerir su presencia en defensa del menor.

Prevención de las demoras innecesarias

Todos los casos se tramitarán desde el comienzo de manera expedita y sin

demora. Los registros de menores delincuentes serán de carácter estrictamente

confidencial y no podrán ser consultados por terceros y además no se utilizaran

en proceso de adultos relativos a casos subsiguientes en los que estén implicados

los mismos delincuentes.

Tratamiento fuera de los establecimientos penitenciaros

Se adoptaran disposiciones adecuadas para la ejecución de las órdenes que dicta

la autoridad competente, por esa misma autoridad o por otra distinta que la

circunstancia así lo exija. Se procurará proporcionar a los menores en todas las

etapas de procedimiento, asistencia en manera de alojamiento enseñanza,

capacitación, empleo o cualquiera otra forma de asistencia, útil y práctica, para el

proceso de rehabilitación.

La capacitación y el tratamiento de menores confinados tienen por objeto

garantizar su cuidado y protección así como su educación y formación

profesional. Garantizando su tratamiento equitativo. Con objeto de satisfacer las

diversas necesidades del menor especificas a sus edad, sexo y personalidad.

Cuando se tengan pruebas de un proceso satisfactorio hacia la rehabilitación,

siempre que sea posible podrá concederse la libertad condicional, incluso a

delincuentes que se consideren peligrosos en el momento de su confinamiento en

un establecimiento penitenciario.

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Cuando se conceda la libertad condicional a un delincuente se deberá designar a

un agente de libertad vigilada o a otro funcionario para que supervise su

comportamiento y le preste asistencia.

1.2.2.13. Política criminal Juvenil

Ecuador tenía vigente un Código de menores que se inspiraba en la doctrina de la

situación irregular, no obstante que había ratificado la Convención sobre los

Derechos del Niño, que se inscribe en la doctrina de la protección integral, según

publicación en el RO 31, del 22 de septiembre de 1992. Con la Ley 2002-100,

publicada en el RO 737 del 3 de enero del 2003, se dictó el Código de la Niñez y

la Adolescencia, que sigue las nuevas propuestas de la doctrina de la protección

integral y pretende respetar a niños y adolescentes como sujetos de derechos, y

no como objetos del proceso.

Zambrano, P., (2015), la ruptura que significó el cambio del paradigma de la

doctrina de la situación irregular del menor, por la doctrina de la protección

integral del niño y del adolescente, nos motiva a insertar algunas reflexiones en

torno a lo que debe entenderse como una necesaria y adecuada política criminal

juvenil.

Por nuestra parte creemos en la necesidad de una nueva Política Criminal para la

adolescencia comprometida con hechos delictivos merecedores de sanciones,

bajo un modelo que no solo recoja los principios rectores de la Convención

Internacional de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas

de 1989, sino también los principios rectores emanados de los instrumentos

jurídicos derivados de la Convención, tales como las Reglas Mínimas de las

Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores o Reglas de

Beijing.

Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para los Jóvenes Privados de

Libertad, y las Directrices de las Naciones Unidas para la Administración de la

Justicia Juvenil o Directrices de Riad, así como los Principios del Pacto de San

José o Convención Americana de DD.HH de 1969.

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Ya en referencia al cambio del paradigma, lo que nosotros denominamos esta

suerte de ruptura con el statu quo, afirma el profesor Francisco Martínez, “El

cambio de paradigma de la situación irregular por la protección integral, se ha

considerado como un cambio beneficioso y realista que coloca al adolescente

frente a su propio destino procesal penal, policial o administrativo, para el ejercicio

de sus derechos como sujeto real, como ciudadano. Ferrajoli, al referirse a este

tema ha señalado que:

“El paradigma escogido, como lo señala Mary Beloff, ha sido el del Derecho

Penal mínimo, que resulta incomparablemente menos gravoso y más respetuoso

del adolescente que el viejo sistema <pedagógico> de las llamadas <sanciones

blandas> impuestas informal, y de hecho, arbitrariamente. Ello por tres razones:

Primero, por el recurso al Derecho penal como extremo ratio…

Segundo, por el riguroso respeto de todas las garantías penales y procesales de

la taxatividad de los delitos a la comprobación de la ofensa y la culpabilidad, de la

carga de la prueba, al contradictorio y al Derecho de defensa- impuesto al sistema

de Derecho penal juvenil…

En tercer lugar, por la minimización de las penas juveniles, a través de la

existencia, en la mayor parte de los casos, de medidas socioeducativas a la

privación de libertas y solo en casos extremos de utilización de este tipo de

medidas… (García Méndez, 1998: XII).

La idea de la responsabilidad del joven y del adolescente está fundad en la

convicción de la compresión de la ilicitud del hecho, actualmente sería muy difícil

sostener que un joven adolescente de 12 a 18 años, tiene una incapacidad, o una

falta de madurez para comprender la ilicitud del hecho. Sin embrago, el

juzgamiento de la comisión de un hecho delictivo cometido por un menor de edad

debe ser un asunto especializado de la justicia penal juvenil. Por eso, desde la

fase de investigación del delito, intervienen órganos como la Policía Judicial

Juvenil, un Ministerio Público con fiscales especializados, una Defensa Pública,

también, con defensores especializados.

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50

1.2.2.14. Reeducación y reinserción de menores

La reeducación de menores es un asunto complejo por el riesgo de exclusión

social y por el seguimiento judicial de las tareas de aprendizaje, de ahí que sea

preciso disponer de investigaciones que contribuyan a mejorar el rendimiento

cognitivo de estos jóvenes.

La Reeducación de menores, ámbito de la Educación Social Especializada, y

como tema de investigación para la Didáctica de las Ciencias Sociales, es

prácticamente desconocido, el problema social que subyace a la educación de los

menores en riesgo de exclusión social, a su contexto de desarrollo y a las

posibilidades didácticas que pueden mejorar sus competencias, estas

pretensiones las circunscribimos desde el ejemplo que supone el conocimiento de

un contexto educativo singular y la posible intervención para la mejora educativa

de estos menores, que además están cumpliendo medidas judiciales en un centro

de reeducación. (Ortuño, 2011),

De Rehabilitación reeducación o readaptación: todo dependiendo del caso y de

acuerdo a la peligrosidad demostrada (Art. 330 Código de la Niñez y

Adolescencia, el internamiento preventivo.- El Juez sólo podrá ordenar el

internamiento preventivo de un adolescente en los siguientes casos, siempre que

existan suficientes indicios sobre la existencia de una infracción de acción pública

y su autoría y complicidad en la infracción investigada:

a) De los adolescentes que no cumplen catorce años de edad, en el juzgamiento

de delitos de robo con resultado de muerte, homicidio, asesinato, femicidio,

sicariato, violación, secuestro extorsivo, genocidio, lesa humanidad y delincuencia

organizada.

b) De los adolescentes que cumplen catorce años, en el juzgamiento de delitos

sancionados en el Código Orgánico Integral Penal con pena privativa de libertad

de más de cinco años.

El sistema penitenciario ecuatoriano, atraviesa un proceso de crisis institucional;

la pena privativa de la libertad busca inducir a no cometer delitos y que la

rehabilitación y la reinserción del interno a la sociedad sea efectiva; sin embargo

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51

nuestras cárceles perfeccionan y reproducen la violencia, la reincidencia; y, la

nula rehabilitación de los internos a la sociedad confirman la aseveración de que

la cárcel es la centro de aprendizaje del delito

La reeducación es un conjunto de técnicas que hacen que un órgano o un

miembro del cuerpo cuya función había disminuido o se había perdido vuelvan a

desarrollar su actividad con normalidad.

La reinserción es un proceso de introducción del a persona en la sociedad. Hay

que hacerlo en lo posible y necesario. Hay que subrayar la idea de que la pena

constituye un mal suficientemente gravoso y destructivo, para que no se añadan

al mismo, en la fase de su ejecución males adicionales innecesarios.

En la sociedad ecuatoriana se aspira que cada ser humano se desarrolle plena y

multifacéticamente, para bien de él mismo y de todos sus semejantes; por ello es

que no puede conformarse con que cada infractor de la ley, en el orden penal,

“pague” su deuda para con ella, actuando como simple espectador de la labor de

los órganos judiciales, sino que debe hacer valer sus principios más elevados y

luchar activamente para que, por un lado, sean cada vez menos los ciudadanos

que violen la ley, mientras que por otro, sean cada vez más los infractores que

modifiquen su conducta, se reeduquen y se incorporen a la actividad socialmente

útil y beneficiosa.

1.2.2.15. Delincuencia juvenil y sicariato.

El sicariato es un delito en el cual se realizan asesinatos por encargos, por gustos

o conveniencia, en la mayoría casos de jóvenes. Actualmente está en auge, y es

un problema social que se encuentra en mayor parte en él: narcotráfico, en la

venganza por distintas causas y en operacionalizarlo.

La delincuencia es un proceso que surge en el seno de la sociedad como

resultado de contradicciones antagónicas, es por ello que lleva aparejado el

amplio concepto de lo social; ya que cada sociedad en el período histórico que le

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ha tocado manifestarse a sido merecedor de una delincuencia caracterizada por

un estado y dinámica propio que la diferencian. (Morell, 1957)

Los narcotraficantes se proveen y utilizan delincuentes comunes, y lo más grave

menores de edad. Iniciamos la investigación del sicariato y se encuentra que el

homicidio sigue siendo la manera de muerte violenta más frecuente en Colombia.

Lo más preocupante es un gran porcentaje de estos homicidios son cometidos por

adolescentes de esta edad han alcanzado niveles execrables, edades más

asequibles al sicariato comprendidas entre los 14 y 23 años. Los Encargados de

este delito buscan menores de edad por su condición jurídica.

La delincuencia es un fenómeno social constituido por el conjunto de infracciones,

contra las normas fundamentales de convivencia, producidas en un tiempo y lugar

determinados, con respecto a este criterio tenemos que plantear que no

consideramos que la delincuencia sea vista como un fenómeno, ya que la misma

se produce en la sociedad, y se debe a que es esa sociedad la que criminaliza y

es el resultado de la existencia de diferencias traducidas en desventajas

económicas, sociales. (Herrero, 1997)

La violencia familiar también influye en la vida que lleve el adolescente, este

puede llegar a un extremo de maltratos hacia sus terceros, Adolescentes sin

escrúpulos que no han cumplido aún la mayoría de edad infringen las leyes con

delitos de asesinato. Las organizaciones criminales que los reclutan aprovechan

que estos juveniles son considerados simples infractores por el Código de los

Niños y Adolescentes.

1.2.3. Derecho comparado medidas Socioeducativas

1.2.3.1. Ecuador

Se entiende por medidas socioeducativas, la aplicación de sistemas o métodos

especializados con aportación de las diversas ciencias, técnica y disciplinas

pertinentes, a partir del diagnóstico de personalidad para lograr la adaptación

social del menor. (Villanueva, 2004).

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Y de acuerdo código de la Niñez y Adolescencia en su artículo 369 la finalidad y

dad judicial cuando ha sido declarada la responsabilidad del adolescente en un

hecho tipificado como infracción penal. Su finalidad es lograr la integración social

del adolescente y la reparación o compensación del daño causado.

En el Ecuador en la actualidad se trata de tomar estas medidas para poderlos

insertar en la sociedad y demostrándoles que tienen un mejor futuro haciéndolas

cosas positivamente y tratar que de esta manera estas medidas ayuden a las

familias de los adolescentes infractores.

1.2.3.2. Peru

La Ley 20.084 (2007) de Perú, se ajusta en términos generales a lo establecido

en la Convención Internacional de los Derechos del Niño que es ratificados por

Chile y promulgados mediante Decreto Supremo N° 83 0 de fecha 14 de agosto

de 1990. Cumple con la obligación de establecer una edad mínima de

responsabilidad, que está fijada en los 14 años de edad, y crea un sistema

especial para ser aplicado entre tal edad y los 18 años no cumplidos, con

garantías penales y procesales explícitas.

Las medidas socioeducativas impuestas a los menores infractores seguirán

aplicándose para lograr su cometido en el supuesto caso que cumplan 21 años de

edad, atendiendo a las recientes modificaciones legales efectuadas para combatir

la inseguridad ciudadana. (Placido, 2015).

Las medidas, no son más que una pena disfrazada de otro nombre, pero que no

pierde su contenido esencialmente punitivo y sancionador y por lo tanto no deja

de ser una pena, aunque esta no tiene la misma naturaleza que la pena aplicada

para un adulto y menos tiene un sentido negativo como nos dice Baratta, ya que

el Código de los Niños y Adolescentes no se ocuparía de establecer las mismas,

sino que al menor se le impondría las misma penas que las del adulto ya

señaladas en el Código Penal, pues lo contrario significaría que el legislador

estaría trabajando insulsamente en dos dispositivos legales cuando se puede

aplicar uno solo. (Cárdenas 2015),

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En Perú el tratamiento especial del menor de edad responde a su condición, cuyo

estado físico, psicológico y social está en proceso de formación y desarrollo,

considerando que, si, su conducta ha sido contraria a ley, es necesario revisar las

circunstancias que lo llevaron a la misma, lo cual no implica desaparecer su

responsabilidad, sino atenuarla, para que el Estado como ente protector, puede a

través de sus dispositivos y organismos enderezar esa conducta desviada y

consiga los fines de la doctrina integral, esto es, que el menor sujeto de todos los

derechos se inserte en una sociedad y contribuya con la misma. (Hernández

2015).

1.2.3.3. Chile

En Chile durante el año 2007 se promulga la ley 20.084 sobre responsabilidad

penal adolescente, normativa que por primera vez contempla en nuestra

legislación a los adolescentes como sujetos de derecho, responsables de sus

actos, con deberes y prerrogativas. Si bien la normativa enfatiza la

responsabilización durante el cumplimiento de las medidas y sanciones, un

propósito de relevancia es la reinserción, normalización educativa y capacitación

laboral, como también la rehabilitación de las adicciones de los jóvenes que sean

imputados de un delito, si ello es requerido. (Sename, 2007).

Una vez definida la sanción, el énfasis que se intenta en la intervención, es de

carácter socioeducativo en la perspectiva de la reinserción social, ello implica una

intervención que asegure un acompañamiento global al adolescente en su calidad

de sujeto en desarrollo, enfatizando explícitamente una lógica de relación

educativa adecuada a las necesidades y recursos del adolescente así como

también a las características y condiciones del contexto en el que él se desarrolla

(Sename, 2007).

La delincuencia en Chile mantiene las tendencias reportadas en otros países del

mundo que indican que las mayores cifras de incidencia y prevalencia de

conducta delictiva se alcanzan en la adolescencia y adultez temprana.

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1.2.4. El neoconstitucionalismo frente a la realidad social del adolescente

infractor

El neoconstitucionalismo asume diversos presupuestos que no siempre quedan

claros y pueden suscitar confusiones. Vale la pena recordar que para el

neoconstitucionalismo el Estado en su conjunto tiene una función instrumental,

pues debe estar al servicio de la satisfacción de los derechos fundamentales.

(Ferrajoli, 2007).

De esta manera, al proclamar en la Constitución derechos como la igualdad, la

libertad y la propiedad, “dispone, en el fondo, que las leyes no solamente deberán

ser elaboradas según el procedimiento que ella prescribe, sino además, que no

podrán contener ninguna disposición que menoscabe la igualdad, la libertad, la

propiedad. (Kelsen 2001).

La Constitución del 2008 reconoce que el Ecuador es un Estado constitucional de

derechos y justicia (Art.1). La concepción del Estado garantista es característica

del Estado constitucional de derechos, construyéndose sobre lavase de los

derechos fundamentales de la persona, y al asumir el rol del garantismo, vincula

los derechos fundamentales consagrados en la Constitución con todos los

poderes públicos debidamente constituidos. En un Estado constitucional de

derechos, el Derecho crea un sistema de garantías que la Constitución pre ordena

para el amparo y respeto de los derechos fundamentales. Esta es una vertiente

del nuevo Constitucionalismo reconocido hoy como neoconstitucionalismo.

(Zambrano, 2013).

El neoconstitucionalismo permite a los adolescentes garantizar sus derechos y de

alguna manera garantizarlo y sancionar sus actos con medidas socioeducativas

para de esta manera rehabilitar a los adolescentes que cometen infracciones el

objetivo principal es que no continúen en este camino a convertirse en

delincuentes a futuro.

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1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas

posiciones teóricas sobre el objeto de investigación.

En la actualidad hay un consenso mundial que proyecta una sola idea, la cual

permite resaltar los poderes del Estado y declarar a los adolescentes como un

grupo de personas que necesitan una especial atención de su parte; y en base a

este pensamiento mundial, se debe reemplazar las sanciones penales ordinarias

por medidas socioeducativas. Este pensamiento digno de admiración no solo por

la descripción sino por el inmenso trabajo que significa la aplicación de todas las

medidas, formas, proceso y trabajos que se necesita para tratar a los menores

como una “copa más débil”.

En base a este unánime pensamiento, los procesos están guiados por principios

que rigen de forma preponderante y que están en una línea superior a la de los

demás derechos por el estado de vulnerabilidad que las Constituciones de los

países del mundo colocan a los menores; de tal manera que el solo hecho de

pensar que un proceso está vulnerando un solo derecho, por más sencillo o

común que parezca, estaría contraviniendo a toda una historia de investigaciones,

análisis y Convenios a favor de la protección de los adolescentes. Usar

indebidamente los poderes que el Estado concede a un grupo de servidores

públicos en contra de los Adolescentes Infractores no admite justificación ni aun

por desconocimiento.

El Ecuador, un país que posee una Constitución de poco menos de seis años de

vida; y que proporciona medidas de protección urgentes en caso de la vulneración

de derechos y garantías de los menores, no termina de cumplirlos.

El actual proceso de arresto; y el internamiento de Adolescentes Infractores en un

Centro de Rehabilitación Social para delincuentes mayores de edad irrumpe con

los seis años de vida de la Constitución de la República del Ecuador y los casi

doce años que el Código de la Niñez y Adolescencia tiene, para convertirlos en un

proceso injusto y cuyo internamiento obligatorio como medida socioeducativa no

considera como objetivo la reinserción en la sociedad a Adolescentes Infractores.

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1.4.. Conclusiones Parciales del Capítulo

Con el actual Código Orgánico Integral Penal, y el código de la niñez y

adolescencia podemos determinar que los adolescentes son sancionados con

medidas socioeducativas están pueden ser con privación de la libertad o sin

privación de la libertad, y aquí cuando son privación de la libertad que se vulneran

derechos y garantías al no haber centros para adolescentes infractores en cada

cantón del Ecuador.

Y mediante el derecho comparado se puede analizar que los diferentes países

cumplen con los tratados internacionales y los derechos humanos que esta para

defender algún derecho que se vulnere.

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CAPITULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA

PROPUESTA

2.1 . Caracterización del sector, rama, empresa o problema seleccionado

para la investigación.

Quevedo es una ciudad ecuatoriana ubicada al centro de dicho país, cuenta con

una población de 150.827 habitantes (en 2010), su actividad económica principal

es la agropecuaria. Es la cabecera cantonal del Cantón Quevedo y la ciudad más

grande y poblada de la Provincia de Los Ríos. Es considerada la nueva capital

bananera de Ecuador por ser el centro de operaciones de la mayoría de

compañías bananeras que operan en el país y por la prestigiosa calidad de su

fruta de exportación.

El 13 de Diciembre es la fecha en que se conmemoran la independencia de

Valencia y sus habitantes se sienten satisfechos de haber aportado para hacer de

este rincón de la patria "EL JARDIN DE LOS RIOS", eslogan considerado por ser

uno de los cantones más ordenado y limpio de la provincia de Los Ríos.

El nombre de Valencia se origina por el año de 1887 cuando se estableció a

orillas de un estero, un hombre de nombres Gregorio Valencia, quien se dedicaba

a practicar la hechicería, razón por la que era conocido entre sus pobladores. Así

estos empezaron a nombrar al estero como Estero Valencia y de a poco se

conoció al caserío con dicho nombre.

En la actualidad Quevedo no tiene un centro de Adolescentes Infractores, ni la

ciudad de Valencia, por ese motivo mediante esta estrategia se garantizara las

garantías y derechos de los adolescentes infractores de los cantones Quevedo y

Valencia.

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2.2 . La población y muestra

Por ser la población menor de 100 personas la encuesta se realiza a la totalidad

de la población.

2.3. Descripción del Procedimiento Metodológico para el Desarrollo de la

Investigación.

Modalidad de la investigación

Por su modalidad se inscribe la siguiente investigación en la metodología

cualitativa – cuantitativa con tendencia cuantitativa.

Cualitativa.- Permitió distinguir y orientarse a describir e interpretar los

fenómenos y son adecuados para los investigadores que se interesan por el

estudio de los significados de las acciones humanas desde la perspectiva de los

propios agentes sociales.

Cuantitativa.- Permitió examinar los datos de manera científica y numérica,

generalmente con ayuda de herramientas de campo de la estadística, por lo que

fue de gran ayuda para obtener los resultados de las encuestas y entrevistas

realizadas.

Tipos de investigación

Por su diseño:

Población No.

OPERADORES DE JUSTICIA 3

ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO 25

USUARIOS DEL SISTEMA JUDICIAL 30

Total 90

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Teoría fundamentada.- Son estudios predominantes teóricos. Su propósito es

desarrollar la teoría en base a datos empíricos obtenidos en la propia

investigación, más que en los estudios previos.

Investigación acción.- Su finalidad es resolver problemas cotidianos e

inmediatos y mejorar prácticas concretas. Como propósito fundamental está

aportar información que guíe la toma de decisiones para programas, procesos y

reformas estructurales. La investigación-acción, construye el conocimiento por

medio de la práctica diaria en la que se desenvuelven los sujetos que son

analizados.

Por su alcance

Exploratoria.- Tiene por objeto esencial la familiarización de con un fenómeno o

concepto desconocido o poco estudiado.

Descriptiva.- Para analizar cómo es y cómo se manifiesta un fenómeno y sus

componentes.

Explicativa.- Dirigidas a encontrar las causas que provocan determinados

fenómenos o procesos.

Métodos, Técnicas e Instrumentos

Métodos Empíricos

La observación científica.- El investigador conoce el problema y el objeto de

investigación, estudiando su curso natural, sin alteración de las condiciones

naturales, es decir que la observación tiene un aspecto contemplativo.

Medición.- Permite establecer comparaciones del fenómeno, para determinar su

límite, nos permite precisar la información cuantitativamente.

Experimento.- Nos permite aislar el fenómeno para determinar la causa-efecto,

puede ser en el laboratorio o en el campo.

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Recolección de información.- Es la actividad especial para recoger, procesar o

analizar datos, que se realiza con determinada orientación y con el apoyo de

ciertas técnicas e instrumentos.

Encuesta.- Es una forma de obtener información masiva y descubrir el

fenómeno de investigación.

Entrevista.- Constituye un diálogo directo entre el investigador y el

entrevistado, de quien extrae la información del fenómeno.

Cuestionario.- Consiste en un peligro de preguntas que deben responder

la población, sobre el conocimiento del fenómeno de la investigación.

El criterio de especialistas.- Es un grupo de especialistas reconocidos en

el área de que se trata, que se pronuncian sobre determinado fenómeno o

conocimiento.

Métodos Teóricos

Histórico – Lógico.- Es aquel que nos permite conocer el objeto en su proceso

de desarrollo, es decir concebirlo al objeto desde su aparición, crecimiento y

extinción. Este método nos esclarece las distintas etapas de los objetos en

sucesión cronológica, en las formas concretas de manifestación histórica. El

lógico.

Lógico.- El conjunto de reglas o medios que se han de seguir o emplear para

redescubrir la verdad o para que sea demostrada por el investigador.

Analítico – Sintético.- El análisis de un objeto significa comprender sus

características a través de las partes que lo integran, es hacer una separación de

sus componentes y observar periódicamente cada uno de ellos, al fin de

identificar tanto su dinámica particular como las relaciones de correspondencia

que guardan entre si y dan origen a las características generales que se quiere

conocer.

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La síntesis se manifiesta en forma contraria al analítico, pues parte reuniendo los

elementos del todo, previamente separados, descompuestos por el análisis. Es

labor de volver a reunir las partes divididas por el análisis, ya previamente

examinadas.

Inductivo – Deductivo.- El primero aquél que establece proposiciones de

carácter general inferidas de la observación, el estudio analítico de hechos y

fenómenos particulares, su aplicación permite establecer conclusiones generales

derivadas precisamente de la observación sistemática y periódica de los hechos

reales que ocurren en torno al fenómeno en cuestión. El razonamiento deductivo

considerado como el método que desempeña dos funciones de la investigación

científica:

La primera función consiste en hallar el principio desconocido de un

hecho conocido, se trata de referir a la ley que lo rige.

La segunda función consiste en descubrir la consecuencia desconocida

de un principio conocido, esto significa que si conocemos cierta ley

podemos aplicarla en casos particulares menores.

Hipotético – Deductivo.- Es posible encontrar un nuevo conocimiento en el

conocimiento ya descubierto.

Deductivo.- Es un método científico que se considera que la conclusión se halla

dentro las premisas. Esto quiere decir que las conclusiones son una consecuencia

necesaria de las premisas: cuando las premisas resultan verdaderas y el

razonamiento deductivo tiene validez, no hay forma de que la conclusión no sea

verdadera.

Modelación.- Permite crear un modelo abstracto que se le representa

mentalmente, se mueve entre el objetivo y subjetivo, lo concreto y abstracto.

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Sistemático.- Permite estudiar el objeto atendiendo a sus componentes y al

conjunto de relaciones entre ellas y con el medio, para explicar su movimiento y

desarrollo.

Métodos Matemáticos:

Estadística.- La estadística esté presente en la interpretación de los datos en

forma gráfica, a través de la tabulación de los resultados de la investigación.

Matemáticos.- No están limitados a una etapa de la investigación, sino que

puede aparecer tanto en el diagnóstico, en la elaboración de la nueva teoría como

en la validación o comprobación de ésta, más que todo directamente en la

interpretación de resultados.

Otros métodos.- Cualquier otro método permitido, que pueda ayudar al

investigador dependiendo del fenómeno investigado.

Técnicas

La Encuesta.- Es una técnica destinada para obtener información sobre el

fenómeno de los diferentes aspectos a estudiarse, problema y propuesta, cuyas

opiniones impersonales interesan al investigador. Para ello, se utiliza un listado de

preguntas escritas que se entregan a los sujetos, a fin de que las contesten

igualmente por escrito.

Una encuesta implica la recopilación y el análisis de las respuestas de grandes

grupos de personas, a través

La Entrevista.- Es una técnica para obtener datos que consisten en un diálogo

entre dos personas: El entrevistador “investigador” y el entrevistado: se realizada

con el fin de obtener información de parte de este, que es, por lo general, una

persona entendida en la materia de la investigación.

El Fichaje.- Consiste en formularios o diseños que permiten recoger información

completa de biblioteca.

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Instrumentos

Formulario de la encuesta.- Consiste en un pliego de preguntas

cuidadosamente elaboradas y que deben responder los encuestados.

Guía de la Entrevista.- Consiste en un sin número de preguntas elaboradas de

antemano y se le entrega al entrevistado para que en un tiempo prudencial las

conteste, así mismo su estructura varía de acuerdo a las necesidades del

investigador.

Ficha Bibliográfica.- Permite información sobre una determinada obra que

contiene la bibliografía.

Ficha Nemotécnica.- Consiste en recoger información amplia sobre un tema de

interés del investigador, que desea tener a mano.

Interpretación de resultados

Para dar paso a la investigación se plantearon algunas preguntas, las respuestas

de las mismas demuestran la importancia y necesidad de la propuesta planteada,

por lo que representa dentro de los procesos.

Cada uno de los grupos brindaron sus respuestas de acuerdo a sus realidades y a

las experiencias que han tenido en situaciones legales, específicamente, en el

ámbito de los adolescentes infractores.

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ENCUESTA A LOS OPERADORES DE JUSTICIA DEL CANTÓN QUEVEDO

(Anexo 3)

a) ¿Usted considera que se protegen las garantías y derechos de los

adolescentes infractores?

RESPUESTA Nº %

SI 1 33

NO 2 67

TOTAL 3 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma negativa respondieron 2 de los

encuestados, quienes corresponden al 67% de la población.

Tan solo 1 de los encuestados respondieron que SI, quienes corresponden al

33%.

De los resultados obtenidos, se concluye en que no se protegen adecuadamente

los derechos y garantías de los derechos de los adolescentes infractores.

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b) ¿Conoce usted algún documento que destaque los derechos y garantías

de adolescentes infractores?

RESPUESTA Nº %

SI 3 100

NO 0 0

TOTAL 3 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma positiva respondieron 3 de los

encuestados, quienes corresponden al 100% de la población.

Por lo tanto, se concluye en que no se conoce ningún documento que destaque

los derechos y garantía de los adolescentes infractores.

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c) ¿El desarrollo de una estrategia jurídica servirá para proteger los

derechos y garantías de los menores infractores?

RESPUESTA Nº %

SI 3 100

NO 0 0

TOTAL 3 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma positiva respondieron 3 de los

encuestados, quienes corresponden al 100% de la población.

Por lo tanto, se concluye con que el desarrollo de una estrategia jurídica servirá

para proteger los derechos y garantía de los adolescentes infractores.

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ENCUESTA DIRIGIDA A LOS ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO

PROFESIONAL DEL CANTÓN QUEVEDO (Anexo 4)

a) ¿A su criterio se protegen, actualmente, se protegen los derechos y

garantías de los menores infractores en Quevedo?

RESPUESTA Nº %

SI 5 20

NO 20 80

TOTAL 25 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma negativa respondieron 20 de los

encuestados, quienes corresponden al 80% de la población.

Tan solo 5 de los encuestados respondieron que SI, quienes corresponden al

20%.

De los resultados obtenidos, se concluye en que no se protegen adecuadamente

los derechos y garantías de los derechos de los adolescentes infractores.

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b) ¿Se cuenta con estrategias jurídicas que ayuden a proteger los

derechos y garantías de los adolescentes infractores?

RESPUESTA Nº %

SI 8 32

NO 17 68

TOTAL 25 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma negativa respondieron 17 de los

encuestados, quienes corresponden al 68% de la población.

Tan solo 8 de los encuestados respondieron que SI, quienes corresponden al

32%.

De los resultados obtenidos, se concluye en que no existen estrategias que

ayuden a proteger los derechos y garantías de los derechos de los adolescentes

infractores.

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c) ¿Se protegerían los derechos y garantías de adolescentes infractores

aplicando estrategias jurídicas?

RESPUESTA Nº %

SI 19 76

NO 6 24

TOTAL 25 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma positiva respondieron 19 de los

encuestados, quienes corresponden al 76% de la población.

Tan solo 6 de los encuestados respondieron que NO, quienes corresponden al

24%.

De los resultados obtenidos, se concluye en una estrategia jurídica ayudaría a

proteger los derechos y garantías de los derechos de los adolescentes infractores.

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ENCUESTA DIRIGIDA A LOS USUARIOS DEL SISTEMA JUDICIAL DEL

CANTÓN QUEVEDO (Anexo 5)

a) ¿Tiene procesados a adolescentes por infracciones a la ley?

RESPUESTA Nº %

SI 21 70

NO 9 30

TOTAL 30 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma positiva respondieron 21 de los

encuestados, quienes corresponden al 70% de la población.

Tan solo 9 de los encuestados respondieron que NO, quienes corresponden al

30%.

De los resultados obtenidos, se concluye que en alto porcentaje los usuarios

tienen adolescentes infractores procesados.

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b) ¿Ha compartido estrategias jurídicas para la prevención del

cometimiento del delito por parte de los adolescentes infractores?

RESPUESTA Nº %

SI 0 0

NO 30 100

TOTAL 30 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma negativa respondieron 30 de los

encuestados, quienes corresponden al 100% de la población.

De los resultados obtenidos, se concluye que desconocen de la existencia de

estrategias jurídicas que sirvan para prevenir el cometimiento del delito por parte

de los adolescentes infractores.

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c) ¿Participaría de acciones preventivas contra el delito?

RESPUESTA Nº %

SI 30 100

NO 0 0

TOTAL 30 100

Interpretación de resultados

De los resultados obtenidos, de forma positiva respondieron 30 de los

encuestados, quienes corresponden al100% de la población.

De los resultados obtenidos, se concluye que desconocen de la existencia de

estrategias jurídicas que sirvan para prevenir el cometimiento del delito por parte

de los adolescentes infractores.

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2.4. Propuesta del investigador

Estrategia Jurídica para proteger las garantías y derechos de adolescentes

infractores

Antecedentes

A fines del siglo XIX y inicios del XX, se conoce de una honda evolución en las

organismos jurídicos referentes a los menores en general y, en particular, el

Derecho Penal donde inician tratando de aplicar a los menores sanciones sin

perder casi en absoluto su sentido represivo, para convertirse en un conjunto de

medidas encaminadas a la educación moral, intelectual y física del menor,

correccional.

Como antecedentes en el país existen centros de rehabilitación pero muy pocos

a nivel nacional lo que no cubre para el índice actual de adolescentes infractores

en la ciudad de Quevedo y Valencia no hay y de esta manera se vulnera muchos

derechos del adolescente.

Muchas de las causas que inducen para cometer estos delitos podríamos decir

son causa el que en ocasiones sus padres no tiene trabajo y ellos se creen

responsables de traer dinero a la casa y como no pueden ser contratados por

nadie porque la ley no lo permite se les hace más fácil cometer ciertos delitos.

En muchos o casos el que estudia o trabajo es menos propenso a delinquir por

encontrarse en un ambiente de ocupación y los que se encuentran en algún

centro de rehabilitación sino es la idónea se convierte en una escuela de delitos

por el medio y los diferentes tipos de adolescente que llegan hay.

Al encuestar podemos decir que un gran número a veces por la potestad del juez

quedan libres por muchos factores amparados en la ley así como en otros casos

en cambios son sometidos a medidas socioeducativas lo malo es el resultado que

se convierte en rezago en la sociedad,

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Porque a pesar de haber antecedentes penales en los adolescentes, pero con

una mala reinserción todavía encontramos rechazos por el dialecto de la calle, por

los sin números de tatuajes que se hacen, otro problema es el consumo de

drogas que mechas unidades educativas existe.

1.- Legal

El artículo 316, del Código de la Niñez y Adolescencia manifiesta “El derecho a

ser instruido sobre las actuaciones procesales”.- El adolescente tiene derecho

a ser instruido con claridad y precisión por su defensor, el Procurador, el equipo,

de la Oficina Técnica y especialmente por el Juez, acerca del significado,

objetivos y consecuencias de cada una de las actuaciones y diligencias del

proceso.

A este artículo se le debería añadir a continuación de El adolescente las palabras

y sus padres o algún representante que sea hasta segundo grado familiar, lo que

permitirá capacitar al adolescente y a su familiar más cercano, de esta manera se

evitara que se vulneren garantías y derechos.

No olvidemos que el entorno familiar es fundamental en todo adolescente y está

respaldado en los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República del

Ecuador.

El artículo 379, del Código de la Niñez y Adolescencia enumera cuatro Medidas

socioeducativas privativas de libertad y en su número 3 indica:

Internamiento con régimen semiabierto: es la restricción parcial de la libertad por

la que el adolescente ingresa en un Centro de adolescentes infractores, sin

impedir su derecho a concurrir normalmente al establecimiento de estudio o de

trabajo

Este mencionado artículo se debería suprimir porque está violando los derechos

de igualdad y proporcionalidad por no haber centro de Rehabilitación en todos los

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cantones de la provincia, solamente podría asistir con normalidad en donde allá

centros de rehabilitación para adolescentes.

2.- Gestión administrativa

El ministerio de Justicia, Derechos Humanos y cultos, es el encargado de velar

por la calidad y la construcción de los centros de rehabilitación para adolescentes

su aspiración es hasta al 2017 lograr la transformación de los adolescentes en

conflictos con la Ley.

Meta algo imposible porque a nivel nacional solo contamos con 11 centros de

Rehabilitación social de acuerdo a su página web del ministerio de Justicia,

Derechos Humanos y cultos, y en el Ecuador tenemos 241 cantones y 24

provincias al menos si fuera 1 por provincia estaría muy distante alcanzar la meta

y esto vulnera los derechos del adolescente Infractor y de esta forma ves de ser

positiva la rehabilitación seria negativa ya que al estar lejos de sus familiares no

poder visitarlos por el factor económico.

Influye a que se convierte en una escuela para delincuentes en vez de

rehabilitarlos a pesar que el ministerio de Justicia, Derechos Humanos y cultos

tiene como objetivo reducir el número de causas para que no afecte el debido

proceso, reducir el nivel de violencia, inseguridad y su mayor objetivo reinsertarlos

a la sociedad.

Su meta también es tener una mejor eficiencia operacional incrementar su talento

humano y una de las importantes que el estado debe apoyar para en el futuro

estar sin jóvenes infractores es incrementar el uso de eficiente del presupuesto

por que el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, tiene la facultad de

crear y administrar los Centros de Internamiento de Adolescentes Infractores

(CAI) en todo el país (según Decreto Ejecutivo 1683).

3.- Responsabilidad gubernamental frente a la familia; centros de apoyo

establecer ley obligatoriedad dentro de los centros de Adolescentes

Infractores.

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Responsabilidad del estado en cumplir con su obligación de garantizar sus

derechos en la actualidad tenemos 11 centros como detallamos a continuación y

describiendo la provincia y el cantón donde se encuentran y solo tenemos dos

centros femeninos como lo demostramos en el grafico número 1, esto permite

identificar que hay una falencia enorme al no poder cubrir todos los cantones.

Se debería establecer convenios entre las unidades educativas y el Ministerio de

Justicia, Derechos Humanos y cultos, y la UNIANDES para poder continuar con

las vinculaciones como establece la ley de educación pero más direccionas a

reinserción de los adolescentes infractores en las ciudades que no hay centros se

podrían poner medidas socio-educativas, mediantes las vinculaciones para así

evitar llevárselos a otras ciudades donde existan centros y de esta manera evitar,

se vulneren los derechos protegidos por la constitución convenios internacionales

y el código de la niñez de adolescencia.

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Mediante el grafico podemos analizar que se están vulnerando los derechos de

igualdad, proporcionalidad y se atentado a la relación familiar por ser muy

distante los centros para Quevedo y Valencia donde es de conocimiento hay un

índice elevado de adolescentes infractores y los cuales no tienen una

rehabilitación necesaria, siendo responsabilidad del estado garantizar de la mejor

manera.

En el grafico # 2 podemos ver que en la mayoría del país, no existe centros de

para adolescentes infractores, mediante esta estrategia hemos podido analizar

que se debería agregar en pensum académicos clases con temas jurídicos y

socializar con las familias para de esta manera evitar tener menos jóvenes

infractores y al poco tiempo se conviertan en delincuentes de mucho riegos para

la sociedad.

Grafico # 1

Provincia Cantones Sexo ubicacion

TUNGURAHUA AMBATO MASCULINO CALLE BRUNELLESCHI Y CALLE CRISTIAN BARNARD

PICHINCHA QUITO FEMENINO CALLE MIDEROS Y CALLE ESPEJO, SECTOR CONOCOTO, PARQUE

AZUAY CUENCA MASCULINO CALLE ERNESTO LOPEZ Y CALLE RAFAEL ESTRELLA

ESMERALDAS ESMERALDAS MASCULINO BARRIO NUEVO MEXICO, PARADA NUEVE

GUAYAS GUAYAQUIL FEMENINO VIA A DAULE KM 16 Y MEDIO

GUAYAS GUAYAQUIL MASCULINO CALLE ABEL CASTILLO Y CALLE CALICUCHIMA

LOJA LOJA MASCULINO AV MANUEL BENJAMIN CARRION Y ANTONIO NEUMANE, BARRIO

EL ORO MACHALA MASCULINO VIA A PASAJE KM 6 Y MEDIO

PICHINCHA QUITO MASCULINO CALLE ISAC ALBENIZ Y CALLE LIZARZABURO

CHIMBORAZO RIOBAMBA MASCULINO AV 9 DE OCTUBRE Y CALLE ALEMANIA

IMBABURA IBARRA MASCULINO HUERTOS FAMILIARES AZAYA, 13 DE ABRIL Y EL ORO

CENTROS PARA ADOLESCENTES INFRACTORES

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CIUDAD

MASCULINOS 9

FEMENINOS 2

11

CENTROS DE ADOLESCENTES

INFRACTORES

Cantones s in centros

Grafico # 2

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4. Estrategia jurídica para proteger las garantías y derechos de adolescentes

infractores

.

A falta de centros para adolescentes se debe garantizar los derechos del

adolescente mediante la:

1.- Firmar convenios con las universidades para garantizar una adecuada

conducta jurídica.

Y así disminuir el alto índice de hacinamiento en los Centros Educativos, donde

claramente se deja notar que no es una manera digna de vida, donde dichos

adolescentes puedan obtener hábitos que los lleven por el buen camino, y por

otro lado, la falta de políticas educativas dentro de dichos centros, de manera que

los adolescentes que han cumplido con sus penas por los diferentes delitos

ESTRATEGIA PARA GARANTIZAR LOS

DERECHOS DEL ADOLESCENTE

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cometidos, puedan salir con verdaderas herramientas como la educación, para

una efectiva reincorporación a la sociedad.

2.- Continuar con las vinculaciones de la UNIANDES y que sean direccionadas a

los adolescentes infractores las mismas que pueden ser impartidas en las casa

comunales o instalaciones de los GAD municipales.

3.- Relacionar los adolescente infractores y sus familias con la comunidad para

reinsertarlos mediantes actividades comunitarias canalizada por las vinculaciones

de la UNIANDES.

Con el aumento de la densidad poblacional de la ciudad de Quevedo, surge un

mayor número de jóvenes o menores desamparados y con ello la proliferación de

delitos, cometidos por estos adolescentes; motivos más que suficientes para

relacionar a los adolescentes infractores y sus familias, pero en este caso con

personal escogido, capacitado y porque no decir que sea especializado, pero

existen funcionarios que tienen muchos años de servicio y están en contacto con

los adolescentes, lo que significa que debe haber un cambio y paso a gente joven

al frente de las vinculaciones.

4.- Realizar talleres en las unidades Educativas para evitar surjan nuevos

adolescentes infractores.

Son los menores que, o bien no han tenido la oportunidad de recibir formación

jurídica (por cuestiones culturales, políticas o sociales) como es el caso de parte

de los adolescentes infractores o bien, han protagonizado un grado elevado de

absentismo escolar lo cual ha desembocado en el correspondiente fracaso y en

un déficit académico importante, encontrándose por debajo del nivel medio que

por edad les correspondería es ahí la importancia de los talleres en las unidades

educativas.

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2.5. Conclusiones parciales del capítulo

En este capítulo, se desarrolló la metodología de la investigación que se utilizó

para la toma de la población y muestra, que nos permite conocer mejor la realidad

de la presente propuesta de investigación.

mediante la elaboración de la estrategia jurídica para proteger las garantías y

derechos de adolescentes infractores, la que permitirá disminuir la violación de

las garantías y derechos que mediante la muestra en este estudio ha permitido

la interpretación de las diferentes medidas socioeducativas que en la actualidad

no centros para adolescentes infractores en Cantón Quevedo y Valencia.

Les para nuestro objetivo teniendo la finalidad que se garantice una adecuada

cultura jurídica de los sujetos implicados.

Se llega a la conclusión que es de suma importancia continuar con este tipo de

trabajo de investigación los cuales ayudan a mejorar los conocimientos de los

ciudadanos, sobre los fenómenos que afectan las conductas penales de las

personas adultas.

Se refleja que estos estos adolescentes, con cierta frecuencia, pertenecen a

culturas diferentes a las admitidas mayoritariamente por la sociedad, con usos y

costumbres no asumidos por la comunidad en general, que no participan en la

cultura dominante, pudiendo integrarse en subculturas marginales relacionadas

con delincuencia, drogas y violencia. Suelen ser muy influenciables por elementos

“culturales” dominantes tales como televisión, publicidad y consumismo.

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CAPITULO III. VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE

APLICACIÓN

3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación

Interpretación de resultados

A continuación se explica el procedimiento y la aplicación de los resultados de la

constitución.

El procedimiento de aplicación de los resultados de la investigación para la

solución del problema está sujeta al tratamiento que le dé la comisión de la junta

de Protección de Derechos, Niños, Niñas y Adolescentes del Cantón valencia.

Aplicar de la Estrategia Jurídica para proteger las garantías y derechos de

adolescentes infractores.

Cumplimiento de las garantías y derechos de adolescentes infractores,

establecidas en la Constitución de la República del Ecuador, aplicando la estrategia

jurídica para su protección.

Vigencia plena del Estado Constitucional de derechos y justicia estipulado en el

Artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador.

Para confirmar la necesidad de mi propuesta de “Estrategia Jurídica para la

protección para las Garantías y Derechos de los Adolescentes infractores”, basta

revisar el Artículo 316, del código de la Niñez y adolescencia.

Otra razón que justifica la aplicación de la propuesta “Estrategia Jurídica para la

protección para las Garantías y Derechos de los Adolescentes infractores”, es la

validación que dan prestigiosos profesionales de nuestro medio.

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3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Incluye

validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la

propuesta.

3.2.1. Validación de la propuesta

La presente propuesta ESTRATEGIA JURÍDICA PARA PROTEGER LAS

GARANTÍAS Y DERECHOS DE ADOLESCENTES INFRACTORES, ha sido puesta en

consideración de los especialistas (anexos 6 y 7), los mismos que luego de un

minucioso análisis, coinciden que mi propuesta constituye un importantísimo

aporte para garantizar el buen vivir en nuestra sociedad ocasionando menos

adolescentes infractores.

3.2.2. Aplicación

La presente estrategia contiene información teóricas para la práctica social,

mediante el conocimiento humano para contrarrestar el desconocimiento e

ignorancia de las garantías y derechos del adolescente lo que lleva a cometer

infracciones.

La puesta en vigencia de esta estrategia jurídica para proteger las garantías y

derechos de adolescentes infractores permitirá incluir a la sociedad con los

agentes involucrados y así disminuir los adolescentes infractores, sancionas por

actos cometidos con tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.

3.2.3. Evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta.

La presente propuesta al ser puesta en ejecución en la ciudad de Quevedo y

Valencia, deberá ser evaluada permanentemente por parte de las autoridades

competentes, así como de las familias usarías del sistema judicial, dependiendo

de la voluntad de los actores los resultados serán halagadores, caso contrario se

deberá buscar la mejor manera de contrarrestar las conductas penales.

La gran responsabilidad de la Universidad e mediante sus estudiantes y los

familiares de los adolescentes infractores, permitirá desarrollar nuestra iniciativa y

capacidades, capaz de que el mencionado estudio se convierta en una

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herramienta positiva, que nos permita tener disminución en las infracciones

cometidas por los adolescentes y así mejorar una vida de calidad y calidez a los

ciudadanos de Quevedo y Valencia.

3.3. Conclusiones parciales del capítulo

Al momento de tratar un tema relacionado con los adolescentes y su participación

en hechos delictivos demuestra la gran necesidad de crear espacios y normas

legales que no solo prevengan sino que garanticen los derechos de los

adolescentes procesados.

El resultado de las encuestas permite reaccionar ante una necesidad jurídica

donde los involucrados deben ser partícipes activos y no simplemente veedores.

Las respuestas de los encuestados son directas, y sin error hacen notar la

urgencia de una estrategia jurídica que permita un trato especial para aquellos

que sin ser adultos están siendo tratados como tal, vulnerándose sus derechos y

perjudicando su desarrollo psicosocial.

La propuesta planteada como producto de esta investigación servirá como una

base para empezar a realizar cambios que beneficien tanto a los adolescentes

como a sus familiares, recordando que el castigo no es garantía de cambio, al

contrario la reacción al mismo pueden ser perjudiciales en demasía.

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CONCLUSIONES GENERALES

La investigación realizada a permitido que se amplíen los conocimientos,

reforzando el perfil de profesional y fortaleciendo mis habilidades

investigativas.

El desarrollo de la propuesta abre las puertas de una realidad socio jurídica

que a pesar de estar a la vista no ha sido considerada como un problema

social ya que el índice de adolescentes infractore4s aumenta cada día más.

Diseñar una estrategia es planear procesos novedosos, los mismo que

requieren de procesos o fases establecidas para obtener los resultado

deseados, todo ello en beneficio no solo de los adolescentes sino de la familia

que son el pilar fundamental para la paz social.

RECOMENDACIONES

La Presente estrategia presente estrategia jurídica para la protección para las

Garantías y Derechos de los Adolescentes Infractores, debe constituirse en

una guía para garantizar el buen vivir de los ciudadanos de Quevedo, por lo

que se recomienda socializar y evaluar.

Que se realicen los convenios necesarios por parte de las autoridades

competentes para la ciudadanía en general, en el sentido de que se amplíen

más los conocimientos en el área de derecho y sobre todo en las diferentes

sanciones que estable el código orgánico integral penal y código de la Niñez y

adolescencia

Que la universidad regional Autónoma de los Andes, realice los trámites

necesarios con la finalidad de que esta propuesta sea ejecutada en el ámbito

tanto interno de la universidad como externo en la sociedad.

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ANEXOS

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¿La inadecuada aplicación de las medidas socioeducativas en el

juzgamiento de los Adolescentes Infractores resulta un

mecanismo de vulneración de las Garantías y sus Derechos. ?

Violación de las garantías

constitucionales

Desconocimientos de

las leyes

Adolescentes Infractores

Hogares disfuncionales

Sin centro de rehabilitación

Sanciones inadecuadas

Anexo No. 1

ARBOL DE PROBLEMAS

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ANEXO 2

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ANEXO No. 3

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

FACULTAD DE JUSRISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

ENCUESTA A LOS OPERADORES DE JUSTICIA DEL CANTÓN QUEVEDO

1. ¿Usted considera que se protegen las garantías y derechos de los

adolescentes infractores? (Anexo 3)

Si ( ) No ( )

2. ¿Conoce usted algún documento que destaque los derechos y

garantías de adolescentes infractores?

Si ( ) No ( )

3. ¿El desarrollo de una estrategia jurídica servirá para proteger los

derechos y garantías de los menores infractores?

Si ( ) No ( )

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ANEXO No.4

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

FACULTAD DE JUSRISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

ENCUESTA DIRIGIDA A LOS ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO

PROFESIONAL DEL CANTÓN QUEVEDO (Anexo 4)

1. ¿A su criterio se protegen, actualmente, se protegen los derechos y

garantías de los menores infractores en Quevedo?

Si ( ) No ( )

2. ¿Se cuenta con estrategias jurídicas que ayuden a proteger los

derechos y garantías de los adolescentes infractores?

Si ( ) No ( )

3. ¿Se protegerían los derechos y garantías de adolescentes infractores

aplicando estrategias jurídicas?

Si ( ) No ( )

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ANEXO No. 5

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

FACULTAD DE JUSRISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

ENCUESTA DIRIGIDA A LOS USUARIOS DEL SISTEMA JUDICIAL DEL

CANTÓN QUEVEDO (Anexo 5)

1. ¿Tiene procesados a adolescentes por infracciones a la ley?

Si ( ) No ( )

2. ¿Ha compartido estrategias jurídicas para la prevención del

cometimiento del delito por parte de los adolescentes infractores?

Si ( ) No ( )

3. ¿Participaría de acciones preventivas contra el delito?

Si ( ) No ( )