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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO TESIS DE GRADO PREVIO LA OBTENCION DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA TEMA: PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11 GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA. AUTOR:Wilson Honorio Jácome Amores ASESOR: Abg. Rodolfo Calle Riobamba-Ecuador 2015

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/1246/1/TURAB007-2015.pdf · y represiva seapartan o pueden apartarse de cualquier esquema

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO PREVIO LA OBTENCION DEL TÍTULO DE ABOGADO DE

LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO

MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL

DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11

GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA.

AUTOR:Wilson Honorio Jácome Amores

ASESOR: Abg. Rodolfo Calle

Riobamba-Ecuador

2015

APROBACION DEL TUTOR

En mi calidad de Tutor de Tesis designado por disposición de la Cancillería de la

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”.

CERTIFICO QUEel señor WILSON HONORIO JÁCOME AMORES, ha culminado con

su trabajo de tesis intitulado “PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL

REGLAMENTO DISCIPLINARIO MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS

DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA

DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11 GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA”,

cumpliendo con todos los requisitos exigidos, razón por la cual, autorizo la presentación de

este trabajo para la evaluación respectiva.

Abg. Rodolfo Calle Santander

TUTOR

DECLARACIÓN DE AUTORIA

Declaro que todos los resultados obtenidos en el presente informe de tesis, previo a la

obtención del Título de ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA

REPÙBLICA, es absolutamente, original auténtico, y personal.

También me responsabilizo totalmente por los conceptos, opiniones, y propuestas emitidas

en la misma.

Wilson Honorio Jácome Amores

C.C. 1002026415

DEDICATORIA

A mí amada esposa y mis queridos hijos que con su amor, comprensión y apoyo me han

impulsado a terminar esta etapa en mi vida, a mis padres, porque siempre me enseñaron

el amor y la perseverancia

AGRADECIMIENTO

Gracias a mis maestros, que estuvieron en toda la etapa educativa, porque con sus

enseñanza lograremos ser grandes profesionales.

EL AUTOR

RESUMEN EJECUTIVO

EI Mandato Constitucional establece como rol fundamental de las FF.AA., la preservaci6n

del orden democrático, no se puede desestimar que estas tienen una formaciónsistemática

que fortalezca la opcióndemocrática y de vigencia de los DD.HH. Se ha evidenciado que

existe, dentro de algunos miembros de las FF.AA., una visión sobre los DD.HH., como un

tema politizado e ideologizado por la sociedad civil yen especial por las instituciones de

DD.HH. La brecha que se crea entre la sociedad y las FF.AA.

Los casos en los que es manifiesta la violencia con la que llegana actuar las fuerzas de

seguridad demuestran la existencia de unámbito en el cual el Estado y su acción coercitiva

y represiva seapartan o pueden apartarse de cualquier esquema jurídico propiode la lógica

de funcionamiento y garantías de un Estado deDerecho, dejando libradas tales acciones -de

extremo control estatala criterios de los organismos de seguridad y a

prácticaseventualmente arbitrarias de sus miembros cuyo interés exclusivoes obtener

resultados concretos en su “lucha” contra “enemigosinternos” construidos en el marco de

un discurso apuntalado, enunos casos, desde ideologías y objetivos geopolíticos

específicosy, en otros, desde visiones internas que enmarcan a los enemigoscoyunturales

como sujetos que deben ser sometidos a distintosniveles de coerción.

Por estas consideraciones las fuerzas armadas en su preparación tienen que someterse a

entrenamientos bruscos y a un sistema jerárquico con disposiciones que a veces son fuera

de contextos que al momento de acatar por parte del subordinado la disposición superior

esta adolece de pertinencia y lógica; peor aun cuando exista una desobediencia por parte

del militar a la orden dada, éste es sancionado con la respectiva privación de su libertad en

contra de su voluntad sin permitirle que goce de sus días de franco; siendo esto una clara

violación a los derechos humanos; considerando que nadie puede ser privado de su libertad

en contra de su voluntad. Es necesario indicar que el respaldo jurídico para éste atropello lo

tienen en el Reglamento Disciplinario Militar; que se ha constituido en la herramienta de

violación de derechos humanos al interior de las FFAA.

EXECUTIVE SUMMARY

EI Mandate Constitution establishes the fundamental role of the armed forces, the

preservaci6n of democratic order, you can not dismiss these have a systematic formaci6n

strengthen democratic choice and observance of HR has been shown to exist, within some

members of the military, a vision on HR as a politicized and ideological civil society and

especially institutions DD.HH. The gap created between subject and society Armed Forces

The cases in which there is evidence of violence that come to act the security forces show

the existence of an area in which the state and its coercive and repressive action deviate or

may deviate from any proper legal scheme logic operation and guarantees the rule of law,

leaving waged such actions-end state control criteria of the security agencies and possibly

arbitrary practices of its members whose sole interest is to obtain concrete results in their

"struggle" against "internal enemies" constructed in the context of a discourse

underpinned, in some cases, from ideologies and specific geopolitical objectives and in

others, from inner visions that frame circumstantial enemies as subjects to be subjected to

different levels of coercion.

For these reasons the armed forces in their preparation have to undergo abrupt workouts

and a hierarchical system with provisions that are sometimes out of context that when

abide by the subordinate top make this lacks relevance and logic; worse when there is

disobedience by the military in the order given, it is sanctioned by the respective

deprivation of liberty against their will without allowing enjoyment of their days off; this

being a clear violation of human rights; considering that no one can be deprived of their

liberty against their will. We must stress that the legal backing for this outrage they have in

the Military Disciplinary Regulations; which has become the tool of violation of human

rights within the armed forces.

ÍNDICE GENERAL

INTRODUCCION 1

Antecedentes de la Investigación ....................................................................................... 1

Situación Problèmica ......................................................................................................... 2

Problema Científico ............................................................................................................... 4

Objeto de Estudio ................................................................................................................... 4

Campo de Acción ................................................................................................................... 5

Línea de Investigación ........................................................................................................... 5

OBJETIVOS .......................................................................................................................... 5

a. Objetivo General ............................................................................................................ 5

b. Objetivos Específicos .................................................................................................... 5

Hipótesis ................................................................................................................................ 6

Justificación ........................................................................................................................... 6

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear ............................................... 6

Resumen de la estructura de la tesis ...................................................................................... 8

Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica en dependencia del

alcance de la tesis ............................................................................................................... 9

CAPITULO I ....................................................................................................................... 12

MARCO TEORICO ............................................................................................................ 12

El TEDH y el Derecho militar ............................................................................................. 12

Las relaciones entre DIH y derechos humanos. Posibles colisiones ................................... 15

Derechos Humanos y la Fuerza Terrestre ............................................................................ 18

Derechos Humanos, Fundamento Legal. ............................................................................. 18

Comportamiento y Derechos Humanos. .............................................................................. 25

CAPITULO II ...................................................................................................................... 31

MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA .................. 31

2.1 Enfoque. ......................................................................................................................... 31

2.2. Modalidad de Investigación. ......................................................................................... 31

2.3. Nivel o Tipos de Investigación. .................................................................................... 31

2.4. Población y Muestra. .................................................................................................... 31

2.5. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Investigación. ................................................... 31

2.6 Presentación de Resultados. ........................................................................................... 33

Autoridades Militares ........................................................................................................ 33

Casos Prácticos .................................................................................................................... 39

CAPITULO III ..................................................................................................................... 44

DESARROLLO DE LA PROPUESTA .............................................................................. 44

Justificación ......................................................................................................................... 44

Principio filosófico. ............................................................................................................. 45

Objetivos .............................................................................................................................. 45

Atribuciones ......................................................................................................................... 45

Composición ........................................................................................................................ 46

Financiamiento ..................................................................................................................... 46

Antecedentes ........................................................................................................................ 47

Considerandos ...................................................................................................................... 47

Validación de la Propuesta. ................................................................................................. 49

CONCLUSIONES ............................................................................................................... 50

RECOMENDACIONES ...................................................................................................... 51

BIBLIOGRAFIA ................................................................................................................. 52

1

INTRODUCCION

Antecedentes de la Investigación

En el Ecuador existe la normativa reguladora de la conducta del militar está dispersa, así

podríamos mencionar: el Código de Justicia Militar, Ley Orgánica del Servicio de Justicia

de las Fuerzas Armadas y el Reglamento de Disciplina Militar

Al referiremos a la materia disciplinaria militar, interpretamos que ella se conforma a la

materia de infracción legal sub-delictiva, donde muchas veces ocurren acciones

procedimentales que conducen a calificaciones de faltas como delitos o de delitos como

faltas, a consecuencias de malas o interesadas interpretaciones de las normas jurídicas.

La materia delictiva militar, no puede desvincularse de la sintonía que debe existir entre la

Normativa Internacional de Derechos Humanos, los Derechos consagrados en la

Constitución del Estado, el Código de Justicia Militar, el Reglamento de Disciplina

Militar, creado éste último dentro de la normativa del Código, para penalizar las faltas

militares en los términos que él mismo contempla.

Dentro de este mismo ámbito y considerando la importancia de revisar el cumplimientocon

este planteamiento en el Informe de la IIDH , pone a disposición en el informe un

conjunto de reflexiones e información sobre los derechos humanos que permiten no sólo la

comprensión conceptual del tema, sino su apropiación como valor central en la conducta

profesional y personal del militar, para que se respete sus derechos en el cumplimiento de

sus deberes y obligaciones, haciendo hincapié en la necesidad de que en cada institución

militar debe contar con un instrumento idóneo y práctico de apoyo a los esfuerzos que las

Fuerzas Armadas han emprendido en procura de la incorporación de los Derechos

Humanos en su doctrina y práctica profesionales.

Se inició un proceso de reforma del sector Defensa en el que tuvo un papel fundamental el

fortalecimiento del Ministerio de Defensa como órgano de conducción y control político de

las Fuerzas Armadas.

2

Un análisis de la aplicación del Principio de legalidad en procesos sancionatorios en

personal militar se puede profundizar con el estudio del documento denominado: “La

potestad disciplinaria militar en el marco de la Constitución” de Pedro Hernández del

Olmo, 1999, en donde se analiza laseguridad jurídica y el respeto a las opciones

legislativas de sanción de conductas situándolas a la validez constitucional de la aplicación

de las normas sancionadoras desde el prisma del principio de legalidad tanto en su respeto

al tenor literal del enunciado normativo, que marca en todo caso una zona indudable de

exclusión de comportamientos, como en su razonabilidad.

En el documento denominado “El maltrato en el servicio militar a través de la prensa” se

analiza las denuncias por maltrato a militares, Se hace un recuento del incremento de las

denuncias presentadas, los tipos de casos denunciados y las reacciones de las autoridades

estatales y la sociedad civil, todo este análisis en base a denuncias publicadas

principalmente en la prensa como un derecho constitucional a la Comunicación e

Información.

Situación Problèmica

En este contexto, diversos diagnósticos, como el Informe de la Comisión de

Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas (2002), las políticas novena y vigésimo

quinta del Acuerdo Nacional y el Informe Final de la Comisión de la Verdad y

Reconciliación (2003), llaman a determinar una política de personal racional y eficiente, y

a establecer mecanismos institucionales para salvaguardar los derechos fundamentales del

personal militar, de esta manera se emprendió el proyecto "Personal Militar en Situación

de Vulnerabilidad: Monitoreo e Incidencia desde la Sociedad Civil", desarrollado en

conjunto por el Instituto de Defensa Legal (IDL) y el Centro de Estudios y Promoción del

Desarrollo, gracias al auspicio de la Unión Europea (UE). Este proyecto buscaba catalizar

las capacidades de la sociedad civil para el monitoreo y la protección de los derechos

fundamentales del personal militar en situación de vulnerabilidad, así como poner en

marcha un sistema de seguimiento que permita colocar en el marco de protección y

respeto de los Derechos Humanos del personal militar con reformas aplicadas a sus

Código, Leyes y Reglamentos.

3

Debido a esto el personal militar debe contar con un Reglamento de Disciplina

conformado por un conjunto ordenado de principios y normas, las mismas que bien

entendidas constituyen un valioso apoyo en la conducción de los actos individuales y la

aplicación correspondiente dentro del ámbito del debido proceso y el respeto a los

derechos humanos.

La profesión militar exige que la disciplina sea firme, pero al mismo tiempo razonada, y

que todo rigor innecesario, todo castigo no determinado por las leyes o reglamentos, que

sea susceptible de producir un sentimiento contrario, al del cumplimiento del deber, toda

palabra, todo acto, todo ademán ofensivos, así como las exigencias que sobrepasen las

necesidades o conveniencias de la vida militar, y en general, todo lo que constituya una

extralimitación por parte del superior, hacia su subalternos, están estrictamente prohibidos

y serán severamente castigados.

En dicha regulación militar, se presentan gran cantidad de principios violados para la

ejecución y efectividad tanto de las sanciones como en el campo procedimental para dar un

verdadero enfoque a las normas sustanciales y procesales en la justicia castrense, se ha

podido ver la irregularidad al quebrantar las normas constitucionales vigentes como por

ejemplo:

Derecho a la igualdad

Existen prácticas institucionales arraigadas en la Brigada de Caballería Blindada, en donde

el nivel jerárquico prepotentemente irrespeta los derechos humanos del personal

subordinado, muchas veces condicionados por factores de exclusión y discriminación

como la condición socioeconómica, el origen étnico, el nivel educativo, la lengua de

origen, el género, entre otras, que se exacerban en una relación jerarquizada.

Principio de la legalidad

La legalidad o primacía de la ley es un principio fundamental conforme al cual todo

ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley y de su

jurisdicción y no a la voluntad de las personas, para que exista una Ley disciplinaria que no

contraponga las disposiciones constitucionales se debe reformar el reglamento de

4

disciplina así como también establecer políticas y procedimientos que coadyuven a la

aplicación sancionatoria correcta.

En la actualidad no existe un procedimiento sancionatorio definido para todas las unidades,

existe diversificación de procedimientos, no se toma en cuenta plazos de vencimiento, no

se sigue el debido proceso en mucho de los casos sin que el denominado infractor pueda

presentar las pruebas de descargo objetivas que justifiquen su actuación dentro de un

proceso justo sino que de manera inmediata se dictamina la sanción a aplicarse, la

documentación no cuenta con sustento legal suficiente, afectando directamente al personal

involucrado y poniendo en riesgo la institucionalidad de la Brigada de Caballería Blindada.

Derecho a la educación

No se respeta el derecho a la educación contemplada en la Constitución derecho de las

personas a lo largo de suvida y un deber ineludible e inexcusable del estado constituyendo

un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e

inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.

Muchas veces este derecho se ha visto afectado porque no se respetan los horarios de

estudio que realiza el personal, no se tienen ningún lineamiento o política institucional

enmarcada en la ley para poder garantizar el permiso por estudios y no se da la atención

debida ni se prioriza las necesidades que tiene el personal subordinado para la asistencia a

los centros educativos en donde se encuentren legítimamente matriculados.

Problema Científico

¿Cómo lograr que el Reglamento de Disciplina Militar precautele los Derechos Humanos

del personal subordinado de la Brigada de Caballería Blindada No. 11 Galápagos del

Cantón Riobamba?

Objeto de Estudio

Reglamento de Disciplina Militar

5

Campo de Acción

Derechos del personal Subordinado de la Brigada de Caballería Blindada No.11

Galápagos del Cantón Riobamba

Línea de Investigación

Protección de derechos y garantías constitucionales

OBJETIVOS

a. Objetivo General

Elaborar un proyecto de Ley Derogatoria al Reglamento de Disciplina militar para que

respeten los Derechos humanos del Personal de Subordinados de la Brigada de

Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón Riobamba.

b. Objetivos Específicos

Identificar las normas legales referentes a Derechos Humanos del Personal de

Subordinados de la Brigada de Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón

Riobamba.

Realizar un diagnóstico de la vulneración de los derechos humanos del personal de

subordinados de la Brigada de Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón

Riobamba.

Establecer los mecanismos para la elaboración delareforma a la normativa jurídica para

que no vulnere los derechos humanos del personal de subordinados de la Brigada de

Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón Riobamba

Validar la propuesta por expertos en el área.

6

Hipótesis

La elaboración de un proyecto de Ley Derogatoria al Reglamento de Disciplina militar

precautelará los Derechos Humanos del Personal de Subordinados de la Brigada de

Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón Riobamba.

Justificación

La violación de los DDHH a los miembros de FF.AA., es permanente en la Institución,

cuya estructura es jerarquizada, constituyendo una de las principales causas para la

violación de los derechos, lo que no permite el libre ejercicio de los DDHH ratificados en

la actual Constitución del Estado. La Constitución de la República al tratar de los

Derechos, Deberesy Garantías, los Derechos Políticos, y sobre la Fuerza Pública y su

colaboración para el desarrollo económico y social del país. EI objetivo principal es

conocer cuál es la situación actual de la práctica de los DDHH en la institución Armada.

Por lo tanto esta investigación pretende demostrar que la violación a los DDHH en las

FFAA prevalece sobre los Reglamentos militares, por lo que no se puede hablar de

transparencia, ni legalidad, esta situación ha propiciado la falta de credibilidad sobre el

tratamiento adecuado a los DDHH centro de FFAA.

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear

• Método del Nivel Empírico

Observación científica

Análisis documental

• Método del Nivel Teórico

Dentro de esta clasificación la investigación se enmarcará en los siguientes métodos:

• Método Hipotético- Deductivo:

Este método consiste en partir de un supuesto o afirmación por demostrar para luego llegar

a descomponer en sus variables y a continuación deducir los indicadores de cada uno de

ellos con la finalidad de recoger información a partir de los indicadores.

7

Se parte de un supuesto, como es la vulneración de los derechos humanos del personal

subordinado de la Brigada de Caballería Blindada No.11 Galápagos con la aplicación del

Reglamento de Disciplina Militar.

• Método Deductivo

Es el fenómeno universo por el cual se parte de lo general o universal para llegar a lo más

específico pero de una manera lógica que tiene en cuenta la secuencia y el orden para ir

desmenuzando sus diferentes elementos.

La investigación partirá de un análisis de la ley para poder aplicar derogatorias y reformas

al reglamento de disciplina militar.

• Método Histórico – Lógico

Este método se utilizará para poder analizar los diversos problemas que se presentan con

la inadecuada aplicación del Reglamento de Disciplina, que se ha originado por prácticas

institucionales arraigadas y normalizadas en las Fuerzas Armadas por la idea de no

aplicación en él de políticas públicas de promoción de derechos universales y marcos

garantistas para la persona,

Con el método histórico se analizará la cuestión evolutiva de este fenómeno y con el

Método Lógico se podrá identificar los resultados previsibles que se pueden dar con

afectación directa tanto al personal militar a quien se le violente sus derechos o a la

institución, en este caso a la Brigada de Caballería Blindada ante posibles demandas que

puedan ser interpuestas por abusos por parte de las condiciones jerárquicas y la

consecuente incorrecta aplicación de sanciones en el régimen disciplinario.

Técnicas

En la Investigación Social y Jurídico Social, la recolección de datos se refiere al proceso de

obtención de información empírica que permita la medición de las variables en las

unidades de análisis, a fin de obtener los datos necesarios para el estudio del problema o

aspecto de la realidad social motivo de investigación, tomando en consideración que es un

tema eminentemente documental se utilizarán las siguientes técnicas:

8

• Análisis de contenido

Con esta técnica se procederá a reducir y sistematizar la información acumulada que se

obtenga de documentos escritos, films, grabaciones; en datos o respuestas que estén

relacionadas a las variables del estudio, es decir documentación relacionada a la normativa

que enmarca al régimen militar y el respeto a los Derechos Humanos.

• Lectura científica

Con esta técnica se podrá seguir un proceso de significación y comprensión de la

información que se logre obtener a través de la documentación soporte vinculada al tema

de estudio.

• La entrevista no dirigida o no estructurada

Se aplicará al personal militar de la Brigada de Caballería Blindada Galápagos como

informantes, al ser una entrevista no estructurada y con muy pocas preguntas, permitirá

obtener experiencias del personal, conocer opiniones.

Instrumentos de recolección de datos

Para la aplicación de estas técnicas es necesario la implementación de algunos

instrumentos, así se utilizarán los siguientes:

• Fichas de libros

• Fichas correspondientes a la Legislación

• Formulario de Entrevista.

Resumen de la estructura de la tesis

Consta de tres capítulos:

El CAPITULO I intitulado MARCO TEÓRICO, en el que se realiza una descripción

detallada de la teoría considerada dentro de la problemática investigada, tratando de

9

enmarcar todos los puntos de vista de diferentes autores para que tenga un valor científico

el marco en referencia.

El CAPITULO II que se titula MARCO METODOLÓGICO, permite detallar la modalidad

de la investigación como también el tipo y los métodos, técnicas aplicadas en el proceso

investigativo; también permite presentar resultados en base a cuadros estadísticos.

El CAPITULO III cuyo título es VALIDACION Y/EVALUACION DE RESULTADOS

DE SU APLICACION, presenta el desarrollo de la propuesta y la validación de la misma,

encaminada a dar solución al problema determinado.

Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica en dependencia del

alcance de la tesis

Un Estado comprometido con sus obligaciones en materia de derechos humanos debe

mirar a la Corte Penal Internacional como un reto para fortalecer las administraciones

de justicia nacionales. Ello incorpora obligaciones implícitas a la protección de los

derechos humanos, prevención de violaciones, investigación de casos de violación, sanción

a responsables y reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos.

Respecto al tema que voy a tratar, considero importante enfatizar en tres puntos, en

primer lugar haré referencia a la Jerarquía de los tratados internacionales de derechos

humanos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. En segundo lugar, resumiré el

procedimiento establecido por la Constitución Política del Ecuador para la aprobación

y ratificación de los tratados internacionales en general y del Estatuto de Roma de

creación de la Corte Penal Internacional en particular. Finalmente trabajaré la

relación entre las obligaciones del Estado ecuatoriano en materia de derechos

humanos y la aprobación y ratificación del Estatuto de Roma.

La jerarquía de los tratados internacionales en el ordenamiento nacional Respecto de la

jerarquía de los instrumentos internacionales de derechos humanos y el derecho

interno de cada país la doctrina ubica básicamente cuatro tendencias. A saber, la supra

constitucionalizaciòn; el rango constitucional; la sub constitucionalidad o rango supra

legal y la equiparación legal. En el Ecuador hay juristas que sostienen que la jerarquía

de los tratados internacionales en nuestro ordenamiento jurídico está por debajo de

10

la Constitución pero por sobre la ley. Para sustentar dicha afirmación citan el Art. 163 de la

CPE que dice: “Las normas contenidas en los tratados y convenios internacionales una vez

promulgados en el Registro Oficial, formarán parte del ordenamiento jurídico de la

República y prevalecerán sobre leyes y otras normas de menor jerarquía”

No obstante, otra tendencia afirma que la Constitución vigente asigna a los tratados

internacionales, específicamente de derechos humanos, un rango constitucional.

Personalmente coincido con esta afirmación a partir de los argumentos que a continuación

expondré. La Constitución vigente en el Ecuador desde octubre del 2008, constituye un

paso importante en favor de los derechos humanos (al menos desde lo normativo formal),

en este sentido se señala como el más alto deber del Estado el respetar y hacer respetar

los derechos humanos y se reconoce en materia de relaciones internacionales que “el

derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas y

promueve la solución de controversias por métodos jurídicos y pacíficos”. En este contexto

y considerando que dentro de la doctrina desarrollada sobre interpretación constitucional se

dice que “La Constitución debe interpretarse como un conjunto armónico, en el cual el

significado de cada parte debe determinarse en armonía con el de las partes

restantes; ninguna disposición debe ser considerada aisladamente, y siempre debe

preferirse la interpretación que armonice y no la que coloque en pugna a las distintas

cláusulas de la ley suprema” se hace necesario un análisis integral del texto constitucional

ecuatoriano para determinar la jerarquía de los tratados internacionales, particularmente

de derechos humanos.

Así, al referirse nuestra Carta Fundamental a la supremacía de la Constitución,

“prevalece sobre cualquier otra norma legal. Las disposiciones de leyes orgánicas y

ordinarias, decretos leyes, decretos, estatutos, ordenanzas, reglamentos, resoluciones y

otros actos de los poderes públicos, deberán mantener conformidad con sus

disposiciones…”” No se señala expresamente que la Constitución prevalece sobre tratados

internacionales vigentes.

El artículo 66 de la Constitución Política establece en su numeral 3 que el Estado

reconocerá y garantizará a las personas el derecho a la integridad personal. Además

prohíbe las penas crueles, las torturas; todo procedimiento inhumano, degradante o que

11

implique violencia física, psicológica, sexual o coacción moral y la aplicación y

utilización indebida de material genético humano.

Con la implementación de reformas de la normativa legal referida en el Reglamento de

Disciplina Militar, así como al procedimiento para la aplicación de las sanciones que

ameriten, actuando dentro del respeto a los preceptos de Derechos Humanos se pretende

conseguir mejoras sustanciales en la situación actual de índole social y cultural, cuya

finalidad es apoyar al militar mejorando aspectos como el desarrollo personal y profesional

enmarcado dentro un ambiente de trabajo ordenado, disciplinado y de respeto entre quienes

conforman la institucionalidad militar.

Adicionalmente al estudio que puntualiza la vulnerabilidad de los derechos del personal

subordinado, con el análisis de la teoría existente y con la experiencia propia del régimen

militar, también sería necesario realizar una investigación que aborde la problemática en el

respeto a los derechos del personal enlistado en el Servicio Militar y el personal militar

femenino, que también son más propensos a que sus derechos se vean afectados.

Este fenómeno está condicionado por diversos factores; entre ellos, prácticas

institucionales arraigadas y normalizadas dentro de las Fuerzas Armadas y, relacionado

con esto, una percepción de excepcionalidad del sector Defensa, según la cual éste estaría

exento de la aplicación de políticas públicas de promoción de derechos universales y

marcos garantistas para la persona.

La vida institucional militar retroalimenta prácticas y establece normas informales que

ponen en peligro el ejercicio de derechos básicos y condiciones de desarrollo humano para

los soldados y las mujeres militares, en virtud de su ubicación en una organización

jerárquica y predominantemente masculina como son los institutos armados.

12

CAPITULO I

MARCO TEORICO

El TEDH y el Derecho militar

Los derechos humanos han conquistado dos enclaves diferentes dentro del derecho militar.

El primero de ellos consiste en dar plena entrada a los derechos fundamentales en la vida

militar. Tribunales Constitucionales y el TEDH han conseguido que el personal militar

pueda gozar con cierta plenitud del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad

ideológica, de asociación o de expresión dentro del ámbito castrense. Las restricciones que

el TEDH ha admitido a derechos como el de asociación o expresión han tenido que pasar el

test de proporcionalidad construidos1. La batalla se ha desarrollado en el derecho militar de

países con tanta cultura democrática como el Reino Unido donde a finales de los años

noventa los soldados homosexuales eran expulsados del ejército porque al parecer su

presencia, tal como se esforzaba en demostrar el gobierno británico, minaba la disciplina y

la moral militar2. El lema a tenor del cual los militares no son sino ciudadanos con

uniforme, condensa muy bien el espíritu que mueve el avance de los derechos

fundamentales en este primer frente y en el siguiente. De lo que se trata es, de un lado, de

garantizar la aplicación del Convenio a los militares, dando entrada, de otro, a las

especificidades de la vida militar, en el ejercicio de ponderación que lleva consigo la

delimitación del contenido del derecho fundamental.

El segundo terreno a conquistar, que aquí interesa mucho más, ha sido el del derecho penal

militar en sentido amplio, esto es derecho disciplinario y derecho penal material y procesal

1Al respecto de la libertad de expresión vid por ejemplo Rekvényi (1999) donde no se considera contrario al

Convenio el art. 40 B de la Constitución Húngara que prohibe a los miembros de las fuerzas armadas, de la

policía y de los servicios civiles de seguridad nacional que sean miembros de partidos políticos o ejerzan una

actividad política. La medida no se considera desproporcionada habida cuenta de la historia reciente de

Hungría y la posibilidad de realizar ciertas actividades políticas. Sobre las restricciones admisibles en

diversos países a la UE, vid los diversos repports nacionales en Nolte (ed) EuropeanMilitaryLawSystems, Be

Gruyter, Berlin, 2003, para un análisis de conjunto Nolte/Krieger, Comparison of

EuropeanMilitaryLawSystem, p. 74 ss. Un análisis detenido de la jurisprudencia del TEDH en materia

militar, en Peñarrubia Iza, Las principales decisiones del Tribuanal Europeo de derechos humanos sobre el

personal militar, Revista española de derecho militar, XXX, p. 29 ss. Más detalles sobre la libertad ideológica

y religiosa, en Herbón Costas, Libertad ideológica y religiosa en las fuerzas armadas, Revista española de

derecho militar, XXX, p. 235 ss. 2Sobre la incompatibilidad del Convenio con la expulsión de los homosexuales de las fuerzas armadas vid.

los asusntosLusting Prean (1999), Smith y Grady (1999), Grady Beck y otros (2002)

13

militar. La batalla del derecho disciplinario da comienzo con el leader case en toda esta

materia: Engel (1976). Al día de hoy quizás el aspecto más sobresaliente de esta sentencia

es que con ella el Tribunal comenzó a construir el concepto de sanción penal a los efectos

del art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, no condicionando la aplicación de

las garantías del Convenio al nomen iuris que cada Estado miembro eligiera. Ello supone

que en el ámbito del derecho disciplinario militar, sobre todo en aquellos casos en que las

sanciones penales revisten una cierta gravedad, como es el caso de los arrestos, resultan de

aplicación las garantías consagradas en los art. 6 y 7 del Convenio para el derecho penal.

Dicho esto como ha puesto de manifiesto el importante estudio de derecho comparado

llevado a cabo por George Nolte existen aún numerosos puntos negros en el derecho

disciplinario militar3.

En parte relacionada con el derecho disciplinario ha estado la jurisprudencia del TEDH

relativa a la conformación de la jurisdicción militar. Su actividad se ha dirigido a

garantizar principalmente la independencia de la jurisdicción militar. Se trataba con ello de

despojarla de uno de sus rasgos tradicionales más característicos, la unión entre jerarquía y

función judicial, en virtud de la los propios superiores jerárquicos o personas designadas

por ellos, y por tanto subordinadas, realizaban funciones jurisdiccionales. Dicho de otro

modo, se trataba de recorrer la larga distancia existente entre la dependencia jerárquica y la

independencia que constituye la esencia de la función judicial y de civilizar un derecho

penal que se parecía mucho a un derecho disciplinario, dotando además de las garantías

básicas del convenio a éste último4.

En este trascendental punto las sentencias del TEDH se han concentrado en dos tipos de

problemas.

3Mas detalles en Nolte/Krieger, Comparison of EuropeanMilitaryLawSystem, p. 141 ss, donde se constata

como algunos derechos disciplinarios como el danés, siguen permitiendo la imposición de sanciones

disciplinarias sin la existencia de procedimiento contradictorio (“punishmentwithour trial”); Francia y España

tienen formuladas sendas reservas a los art. 5 y 6 del Convenio en relación a las medidas disciplinarias que se

adoptan en el seno de las fuerzas armadas, si bien en el derecho español los problemas de derechos

fundamentales que plantea el derecho disciplinario militar (bis in idem, principio de legalidad), son similares

al civil; igualmente Italia plantea problemas de acceso a los tribunales ordinarios y de tutela judicial efectiva

en relación al derecho disciplinario 4Para España vid. las monografías de Gil García, La jurisdicción militar en la etapa constitucional, Marcial

Pons, Barcelona, 1999; Doig Díaz, Jurisdicción militar y Estado de Derecho. Garantías constitucionales y

organización judicial. Publicaciones Universidad de Alicante, 2003. Ambos comparten los perfiles críticos

que aún presenta la jurisdicción militar en nuestro país, pese al indudable esfuerzo realizado para ajustarla a

los parámetros

14

El primero de ellos se planteaba a la hora de garantizar el derecho al habeas corpus a que

se refiere el art. 5.3 del CEDH en virtud del cual toda persona detenida preventivamente o

internada tiene derecho a ser conducida sin dilaciones en presencia del juez o de una

autoridad habilitada por la ley para ejercer funciones judiciales. Los casos más importantes

Duinhof y Dujif (1984), Jong (1984) y Hood (1986) se plantearon en el marco del proceso

penal militar holandés, donde los detenidos, en manos de los superiores jerárquicos, no

eran puestos en presencia de autoridad judicial alguna, pues en primer término de la

detención se informaba al jefe de unidad, que sin ver al detenido autorizaba la detención, y

si esta se prorrogaba el autoridad competente era el auditor militar que realizaba la

instrucción. Aunque el TEDH aunque realiza una interpretación funcional del término juez,

en el sentido de que lo importante es no tanto el nombre de esta autoridad como las

características y circunstancias en la que desempeña su cargo, siendo esencial la

independencia, la necesidad de oír personalmente al individuo, la capacidad de examinar el

conjunto de circunstancias que concurren tanto en contra como a favor de la detención y la

posibilidad de pronunciarse en derecho acerca de la existencia de las razones que la

justifican y, en caso contrario, ordenar la libertad. Similares problemas tuvo en este punto

en Hood (1996) y Jordan (2000) el derecho penal militar inglés, en donde la persona

encargada de convalidar la detención, desempeñaba después un papel determinante en el

procedimiento.

En lo que concierne a la independencia judicial en la fase del juicio oral el TEDH la ha

asentado con rasgos enteramente similares a las del proceso civil. Sus decisiones en este

punto han de situarse en dos tramos diferentes. En primer y elementar tramo sus decisiones

se enfrentaron con tribunales militares que estaban muy lejos de cumplir con las garantías

de un juez imparcial. El prototipo de este grupo de sentencias es el asunto Findlay (1997)

en el que el Tribunal se enfrenta con la marcial courtsdel RU, órgano con una enorme

impronta jerárquica, en la cual el instructor del proceso – el oficialconvocante – designaba

a los miembros del tribunal o tenía una relación jerárquica con los mismos, lo que además

ocurría también con el fiscal y el abogado defensor. Las cortes marciales británicas no solo

carecían de imparcialidad sino que además sus decisiones no podían ejecutarse

directamente, lo cual, como bien señala el TEDH impide entender que sean un auténtico

15

tribunal, pues “el poder de dictar resoluciones obligatorias no susceptibles de modificación

por una autoridad no judicial es inherente a la función misma de Tribunal”5.

En el segundo tramo de decisiones, compuesto por Castillo Algar (1998) y Garrido

Guerrero (2000), el TEDH se ocupa de problemas de imparcialidad más “civiles”, en el

sentido de que no tienen que ver con la unión entre jerarquía y jurisdicción. En ambos

procedimientos, por diversos avatares organizativos, miembros del tribunal sentenciador

toman parte en otros tramos del proceso penal. El TEDH señala en este punto que el simple

hecho de que un juez haya tomado decisiones antes del proceso no pude justifica por sí

solo los temores en cuanto a la imparcialidad, a menos que estas decisiones muestren un

grado de compromiso peligroso con el fallo final, que de algún modo lo prejuzgue. Dentro

de este nivel de normalidad el TEDH en relación al proceso penal militar se ha ocupado de

otras garantías fundamentales, como el derecho a un procedimiento sin dilaciones

indebidas – Jordan (2002).

Las relaciones entre DIH y derechos humanos. Posibles colisiones

Tal como antes advertía el segundo bloque de este trabajo analiza la aplicación de los

derechos humanos a situaciones de conflicto bélico y dentro de este apartado, la primera

cuestión a abordar es la relación entre derechos humanos y derecho internacional

humanitario. El problema no es exclusivamente europeo, pues en general tanto la Corte

Interamericana de Derechos Humanos como la Comisión de derechos del hombre, en el

marco de Naciones Unidas, se plantean por los límites de la aplicación de los derechos

humanos en el marco de conflictos internacionales, nacionales y misiones de paz.

Según la tesis tradicional derechos humanos y derecho internacional humanitario

constituyen cuerpos normativos excluyentes. Los derechos humanos tendrían vigencia en

tiempos de paz, y una vez declarada una situación de conflicto cederían su paso al DIH. De

hecho dos textos tan próximos en el tiempo como los Convenios de Génova (1949) y la

Declaración de derechos del hombre de naciones unidas (1948) se ignoran mutuamente, lo

cual probablemente sea comprensible tanto atendiendo a razones históricas, como al papel

5Vid. Peñarrubia Iza, Las principiales decisiones, p. 40 ss. y Rowe, MilitaryLaw in theUnitedKingdom, en

Nolte (ed), EuropeanMilitaryLaw, op. cit, p. 873 ss con indicaciones acerca de la nueva situación legal tras

Findlay y Hood

16

contra bellumque pretendía jugar UN6. A parte de precedentes más o menos cercanos, el

punto de inflexión a partir del cual la conexión entre ambos cuerpos normativos se

encuentra en la AdvisoryOpinion del Tribunal Internacional de Justicia sobre las armas

nucleares, y posteriormente, en su opinión acerca del muro que Israel pretende construir en

la frontera Palestina. Recogiendo lo que constituía ya una opinión bastante generalizada en

la doctrina, y en muchos informes, el TIJ indica que ambos cuerpos legales no se excluyen

mutuamente, los derechos humanos resultan de aplicación en situaciones de conflicto

bélico. En este marco, continúa diciendo, son de aplicación ambos cuerpos normativos, si

bien el DIH tiene carácter de lexespecilis. Dejando de lado esta afirmación, que ha

levantado una gran polémica doctrinal, lo cierto es que la unión entre ambos cuerpos

normativo tienen notables ventajas7

En primer lugar sirve para evitar algo bochornoso que las masacres, torturas,

desapariciones y violaciones que se producen en situaciones de conflicto armado y que son

absolutamente contrarías al DIH no se consideren a su vez violaciones graves de los

derechos humanos. En este sentido la violación de las reglas de derechos internacional

humanitario, en cuanto que resaltan su especial gravedad.

En lo que concierne a las declaraciones de derechos humanos pueden detectarse dos

grandes espacios vacíos. El primero de ellos afecta a la compatibilidad con los derechos

humanos de determinados métodos de guerra como las armas nucleares o las minas

antipersona. A través de una interpretación sistemática de ambos cuerpos puede llegar a

considerar, por ejemplo, que la fabricación de minas antipersona es contraria al derecho a

la vida, a la salud o incluso la prohibición de tortura que se contiene en las declaraciones

de derechos humanos. De aquí resultaría, por ejemplo, que sería contrario al Convenio la

legislación de un Estado que permitiera la fabricación de este tipo de armas, o que – aun

prohibiéndolas formalmente- no hiciera nada en la práctica con el fin de acabar con su

6 Más detalles en Kolb, The relationship between international humanitarian law and human rights law: a

brief histoy of the 1948 Universal Declaration of Human Rights and the 1949 Geneve Conventions, IRRC, nª

324, p. 409 ss. 7 Legality of the Treta of Use of Nuclear Weapons, Advisory Opinion, 1996, y Legal consequences of the

construction of a wall in the Occupied Palestinian Territory, 2004 ambas pueden encontrarse en

http://www.icj-cij.org. Sobre lo que sigue vid. por ejemplo Heintze, On the relationship between human

rights law protection and international humanitarian law, IRRC, 2004, Vol 86, p 790 ss; Lubell, Challenges

in applying human rights law to armed conflict, IRRC, 87, 2005, p. 737 ss; O’Donell, Trens in the

application of international humanitarian law by United Nations human rights mechanismus, IRRC, 1998, p.

481 ss.

17

fabricación clandestina. El segundo espacio vacío es el que tiene que ver con la violaciones

de derechos humanos ocasionadas por grupos guerrilleros, terroristas, paramilitares o

actores no gubernamentales. Mientras que estos actores se encuentran dentro del DIH, sus

comportamientos caen fuera de la esfera de los derechos humanos. La razón es sencilla,

estos están pensados como derechos frente al Estado y no contra aparato de poder no

estatales. Como señalan por ejemplo los Informes de Naciones Unidas que se han

informado sobre la situación en el Salvador, las ejecuciones extrajudiciales realizadas por

la guerrilla constituyen no solo violaciones de DIH, sino también de Derechos humanos, en

cuanto a los grupos guerrilleros tienen el control efectivo parte del territorio y ejercen en

ella de hecho funciones similares a las estatales. El DIH puede servir a las Convenio de

derechos humanos para concretar el contenido de algunos derechos. Derecho humanitario y

derechos humanos se necesitan mutuamente en relación a aquellos derechos humanos

absolutos en el sentido de que no pueden ser en modo algunos derogados en caso de

guerra. Lo que en el CEDH (art. 15.2) comprende el derecho a la vida – salvo las muertes

legales conformes al derecho de la guerra – la prohibición de malos tratos y tortura, la no

sumisión a esclavitud y el principio de legalidad penal. En lo que se refiere al derecho a la

vida existe una remisión expresa al DIH por parte del Convenio europeo, pero igualmente

conductas contrarias al DIH como los atentados a la libertad sexual, podrían considerase en

virtud de esta “interpretación armónica” como contrarios a la prohibición de malos tratos.

En este mismo marco, el de la suspensión de los derechos humanos, el DIH puede actuar

también como freno de emergencia, pues las declaraciones de suspensión del convenio no

pueden contradecir las obligaciones internacionales de los estados, como por ejemplo las

Convenciones relativas a los prisioneros de guerra8. Más también el DIH se beneficia de su

conexión con los Derechos humanos. Ello ocurre sobre todo en el área gris de los

conflictos no internacionales, a los que se refiere el art. 3 común a todos estos Convenios,

donde, por ejemplo, se prohíben las ejecuciones extrajudiciales y se requiere que los

procesos se desarrollen con las garantías reconocidas como indispensables por las naciones

civilizadas. En estos casos donde las reglas del derecho internacional humanitario no son

tan concretas o simplemente no resulta clara su aplicación, la conjunción con los derechos

humanos pueden resultar beneficiosa. La conjunción es especialmente útil por ejemplo en

la aplicación garantías judiciales en los casos de detención de prisioneros de guerra.

8 Grabenwarter, Europäische Menchschenrechtskonvention, 2 Auf, Beck, 2005, § 2, marg. 11

18

Derechos Humanos y la Fuerza Terrestre

Derechos Humanos, Fundamento Legal.

Sobre los Derechos Humanos, se han elaborado diferentes instrumentos jurídicos de

carácter internacional tales como: Cartas; Convenios; Declaraciones, Convenciones, y

Pactos. Los mismos que han sido ratificados por el Ecuador e incorporados en su

Constitución y en general en el ordenamiento jurídico del Ecuador.

Los Derechos Humanos nacen de la naturaleza del hombre, cuyas distintas doctrinas son la

característicamás relevante en su universalidad, por cuanto rigen para todo ser humano

cualquiera sea su condición. De igual forma se encuentran dentro de la categoría de JUS

COGENS, en vista de que sus principios morales y fundamentales, son considerados

esenciales para la existencia de la comunidad internacional.

EI no acatamiento de los principios de los Derechos Humanos por parte de cualquier

estado afecta a toda la comunidad internacional, cuyo restablecimiento dentro del nuevo

derecho de gentes faculta la intervención como un medio lícito para obligar ha dicho

Estado, a su cumplimiento. Debe entenderse que la obligación de los Estados Partes de los

instrumentos legales internacionales relacionados con Derechos Humanos, no se limita al

acatamiento de los principios que engloba, sino que también implica, que a todas las

personas sometidas a su jurisdicción se les garantiza el goce efectivo de tales derechos y

los principios que contiene.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada par la Asamblea General

de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), de fecha 10 de diciembre de 1948,

sintetiza todos los principios y preceptos básicos que sobre Derechos Humanos se han

incluido en los diferentes instrumentos jurídicos de carácter internacional, los mismos que

no han perdido vigencia, al haber transcurrido más de 50 años desde su elaboración y

aprobación.

Es necesario aclarar que entre los vanos derechos que tienen los hombres se encuentra el

de la vida e integridad personal (libertad), el cual no debe ser violentado par ninguna

persona ni bajo ninguna condición o circunstancia.

19

En la citada declaración se establece como principio básico, en su artículo 5 que: Nadie

será sometido a esclavitud, servidumbre, trata de esclavos, torturas, penas o tratos crueles,

inhumanos o degradantes.9 De igual forma sobre este principio el tratadista. Dr. Julio Prado

Vallejo expresa: "Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos

o degradantes. Por tortura se entiende todo acto por el cual se infrinja intencionalmente a

una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicas o mentales, con el fin de obtener

de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya

cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona u otras,

o por cualquier razón basada en otro tipo de discriminación, cuando dichos dolores o

sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de

funciones públicas, a instigación suya, con su consentimiento o aquiescencia."10

En concordancia el artículo 7 del Pacto Internacional de DerechosCiviles y Políticas

adoptado el 16 de diciembre de 1966 y que entró en vigor el 23 de marzo de 1976,

textualmente prescribe:

.. Art. 7.-Nadie será sometido a torturas ni a penas 0 tratos crueles, inhumanos 0

degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a

experimentos médicosocientíficos11.

Se establece entonces, la obligación de los estados de inc1uir en su legislación nacional, la

normatividad que contemple todas las medidas para que en su jurisdicción no se presenten

casos en los cuales personas hayan sufrido cualquier tipo de tortura, por lo que de

presentarse una denuncia de tortura debe seguirse el debido proceso y sancionar a los

culpables, sin que se pueda alegar circunstancias excepcionales que los exoneren de la

pena correspondiente, así lo entiende el Dr. Julio Prado Vallejo al manifestar.

.. Las denuncias de torturas o malos tratos deben ser investigadas pronta y

eficazmente por las autoridades competentes. Los culpables deben ser castigados

con penas adecuadas y las victimas deben disponer de recursos legales, inclusive

del derecho de obtener debida reparación, La tortura constituye una forma

9JULIO PRADO VALLEJO, Documentos básicos de Derechos Humanos (civiles y políticos. Edit. Casa de la

Cultura Ecuatoriana. Quito 1.985 10NESTOR ROCHA, Los Derechos Humanos en el siglo XXI, Rio de Janeiro .Octubre de 1.986 11CARLOS von CLAUSEWTZ, De la Guerra, tomo II, Ministerio de Defensa Nacional. Quito, 1.958

20

agravada y deliberada de trato 0 pena cruel, inhumanos 0 degradantes y todas

esas categorías de tratamientos inhumanos han sido determinados como una

ofensa a la dignidad humana y considerados como violación a los principios de la

Carta de la Naciones Unidas y de los Derechos Humanos y libertades

fundamentales ··12.

Más adelante, el 10 Diciembre de 1984 mediante resolución 39/46 la Asamblea General de

las Naciones Unidades, adopta La Convención contra la tortura y otros tratos o penas

crueles, inhumanos o degradantes, la misma que entra en vigor el 26 de junio de 1987,

estableciendo en sus Artículos 1 y 10 lo siguiente:

Artículo 1.1.

A los efectos de la presente Convención se entenderá por tortura todo acto por el

cual se inflija intencionalmente a una persona, dolores o sufrimientos graves, ya

sea físicos o mentales, con el fin de ella o de un tercero información o una

confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha

cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona u otras, o por cualquier razón

basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos

sean infringidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de

funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No

se consideraran torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia

únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas,…

El presente artículo se entenderá sin perjuicio de cualquier instrumento internacional

olegislación nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance.

Articulo 10.1.-

Todo Estado Parte velara por que se incluya una educación y una información

completa sobre la prohibición de la tortura en la formación profesional del

personal encargado de la aplicación de la Ley, sea esta civil o militar, del personal

médico, de los funcionarios públicos y otras personas que puedan participar en la

12Revista de las Fuerzas Armadas del Ecuador N° 123 Quito, Octubre 1.998

21

custodia, el interrogatorio o el tratamiento de cualquier persona sometida a

cualquier forma de arresto, detención oprisión.

2.-Todo Estado Parte incluirá esta prohibición en las normas o instrucciones que

se publiquen en relación con los deberes y funciones de dichas personas.13

Además la Convención en análisis, prescribe en su Art. 17 la conformación de un comité

contra la tortura, quien conoce los informes que presenten los estados partes de la

convención, relacionados a las medidas que han adoptado para dar cumplimiento a las

normas que sobre la materia prescriben la instrumentación internacional.

En el ámbito nacional, la Constitución del Ecuador, trata sobre los derechos, garantías y

deberes, en cuyo capítulo I se legisla sobre sus principios generales. Trataremos en forma

sumaria, estudiar los Artículos de mayor trascendencia para el presente trabajo.

EI art. 16 prescribe como el más alto deber del Estado, el respetar y hacer respetar los

Derechos Humanos que garantiza la carta política, conviene citar el texto del art. 17.

Art. 17.-El Estado garantizará a todos su habitantes, sin discriminación alguna el

libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos establecidos en esta

Constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos

internacionales vigentes. Adoptará, mediante planes y programas permanentes y

periódicos, medidas para el efectivo goce de estos derechos.

Del contenido del Art. 20, se deduce que las instituciones del Estado, sus delegatarios y

concesionarios tiene la obligación de indemnizar a los particulares por los perjuicios que

les irroguen como consecuencia de los actos de sus funcionarios y empleados en el

desempeño de sus cargos.

Cabe hacer referencia al Art. 185 de la Constitución, el que en su parte pertinente, dispone

que las autoridades de la Fuerza Públicaserán responsables por las órdenes que impartan,

pero su obediencia no eximede responsabilidad a quienes las ejecuten, por todo tipo de

violación delos derechos garantizados por la Constitución y la Ley.

13KRISHNAMURTl J. Solo recto pensar conduce a la paz. Editorial Orion, Mexico 1.974.

22

Finalmente, el Art. 2 de la Ley de Seguridad Nacional, fija como función primordial del

Estado el asegurar la vigilancia de los Derechos fundamentales del hombre. El Art. 23

prescribe que el Estado a más de los derechos establecidos en la Constitución y demás

instrumentos internacionales vigentes, reconocerá y garantizará a las personas la integridad

personal, prohibiendo las penas crueles, las torturas y todo procedimiento inhumano,

degradante o que implique violencia física, psicológica, sexual o coacción moral.

Formación y Comportamiento de los Miembros de la F.F.A.A en relación a los

Derechos Humanos

La Formación Integral de los Miembros de FF.AA., Considerando Principios de

Carácter Humanístico, Científico, Técnico, Tecnológico.

Las FF.AA. como instrumento fundamental del Estado, desempeñan un papel primordial

en la política de la Defensa Nacional, razón por la que los mandos de las FF.AA. modernas

se encuentran capacitados y preparados de acuerdo a las exigencias del tiempo, con la

misión y visión de una educación y formación integral para sus miembros, estrategia

encaminada a fomentar el respeto hacia los derechos humanos del hombre en tiempos de

paz como de guerra; respeto que ref1eje y mantenga una férrea unidad, firme mentalidad

de triunfo y tenacidad, como principio primordial la solidaridad ( servicio y ayuda solidaria

, altruista a víctimas de conflicto, epidemias, desastres, otras) el salvaguardar la integridad

de las personas, cualquier violación directa o indirecta de los derechos ; respeto a la vida

seguridad, libertad, bienestar social, protección a la población y bienes civiles, culturales.

Aporta con gran eficacia y capacidad técnica en grandes sectores de la economía siendo su

misión especial el ser un elemento dominador del desarrollo del país y un eficiente

articulador de las demandas en las clases medias, su objetivo primero es el ser responsable

de que reine la paz, justicia, valor patriótico, evitar muertes inútiles por defender el

territorio ante la amenaza.

Al ser una institución social que se desenvuelve en condiciones espaciotemporales

especificas constituye un verdadero factor del desarrollo humano, ya que participa con

señalado éxito en grandes campos de la Educación, la Industria, Tecnología, Agricultura,

Minería, Forestación, Agricultura, Transporte y como función principal es la de

23

constituirse en un organismo protector de apoyo a los grupos marginados urbanos y

rurales.

A la luz mundial el campo humanístico esta manejado por la diplomacia, no es un campo

exclusivamente militar, interesa a toda la humanidad. En las FF.AA., el humanitarismo es

el eje de las operaciones militares, pues somos un pueblo de paz, trabajo y libertad,

características importantes de las que se desprenden visos de paz entre los pueblos; el

respeto y conservación a la vida son valores que deben priorizar en la conciencia de todos,

atribuye gran importancia al bienestar y a la seguridad de sus miembros y familiares en los

campos de los derechos económicos, sociales, culturales relacionados con salud, vivienda,

alimentación, motivación laboral y familiar, garantizándoles una vida digna; lejano está del

armamentismo causante de la pérdida de nobles sentimientos de paz, disputa entre países

vecinos, desequilibrio interno y económico.

Las FF.AA. mantienen la formación profesional, tomando en cuenta los campos científico,

militar, tecnológico, a través de una preparación continua de todos sus miembros quienes

ante todo deben mantener una moral alta, firme e inquebrantable, muy lejos de estimular e

impulsar aventuras belicistas.

La formación de los institutos militares se enfocan al áreahumanística y pluralista, lo que

se demuestra en la composición social de los cuadros de oficiales y tropa, también es

democrática ya que tienen acceso a los institutos de formaciónjóvenes ecuatorianos de

todos los estratos sociales, sin más requisitos que los de una estricta preparación

intelectual, intachable conducta, altísima moral y ante todo deben estar conscientes deque

su deber es defender la integridad territorial, la soberanía, la libertad, el desarrollo

socioeconómico del país y el apoyo permanente a la comunidad.

La preparación para desempeñarse satisfactoriamente en las diversas jerarquías, como para

ejercitarles en conocimientos, prácticas especiales que acrecienten los conocimientos

adquiridos y que vayan acordes con los adelantos técnico - científicos de la época,

preparación que ha formado investigadores críticos y creativos capaces de generar ciencia

y tecnología. El Plan Carrera del personal optimiza la organización y ayuda a mantener la

proyección y el profesionalismo del militar para alcanzar niveles máximos que produzcan

estabilidad en el trabajo, objetivos personales claros y bien definidos.

24

La Fuerza Terrestre como parte constitutiva de las Fuerzas Armadas para el cumplimiento

de su misión y visión determinada por la Constitución y Leyes de la República requiere del

mejor recurso humano, personal convencido de su real vocación por la carrera militar,

garantizado por una rigurosa selección.

La Fuerza Terrestre prepara al cadete y al soldado, lo capacita, 1oentrena para que pueda

desempeñarse como oficial y voluntario, labrando en el su personalidad, carácter, como su

real vocación por la carrera de las armas.

Para sobrevivir es necesario encontrar caminos que lleven a anticiparse a los cambios, así

mismo es razonable encontrar los medios para sacar utilidades de ellos. El personal que

labora se encuentra motivado porque comprende que el éxito depende de los esfuerzos de

todos y cada uno de sus miembros, estas relaciones inciden positivamente en altos índices

de crecimiento institucional.

La tecnología ha constituido un factor de cambio importante que permite mejorar la

calidad de información, brindando confianza e información clara, segura y oportuna.

El cambio ha brindado nuevas oportunidades y ha motivado el desarrollo de mejores

prácticas administrativas que estimulan a sus miembros y los comprometen en alto grado

con la Institución.

Las metas de desarrollo individual estáníntimamente relacionadas con las escalas de

valores que cada uno posee, mientras que para unos es el prestigio, para otros es el estatus,

la estabilidad, desarrollo profesional, son factores que no están dentro de las motivaciones

personales. (La motivación constituye un patrón de cambio).

No existen dos personas iguales, el tratamiento del proceso de personal opera casi a nivel

individual, es importante no crear falsas expectativas en el personal, en cuanto a

ofrecimientos de pases, incentivos, es necesario fomentar lazos afectivos de identificación

individual y grupal en cada unidad, para afianzar el espíritu de cuerpo, colaboración y

comprometimiento, para luchar por una causa justa y solidaria que tenga como ente

principalla comunidad.

25

La eficiencia y efectividad dependerá de la habilidad de los líderes de abrazar el cambio, el

líder eficaz es un eslabónen la cadena de mando, con visión amplia para guiar la

institución, actúa con propósitos bien definidos, irradia confianza mutua al actuar con ética

y capacidad de trabajo.

Las Fuerzas Armadas siempre han tratado de mantener el respeto, control y defensa de

principios constantes en los tratados relacionados con los derechos humanos expuestos en

varias convenciones.

Comportamiento y Derechos Humanos.

a) Comportamiento.

EI hombre no es ningún ser aislado, encerrado en sí mismo, que por sí mismo pueda vivir y

desarrollarse. El hombre está vinculado al mundo y al ambiente que le rodea y necesita del

mismo. Su misma existencia como organismo tiene por premisa un intercambio de

materias entre él y la naturaleza. Su comportamiento está determinado por la interrelación

de su organismo, de su estructura, con el medio circundante, está determinado por la

cantidad de estímulos que recepta y procesa, y su existencia y bienestar físico y mental

igualmente está supeditado a la cantidad de necesidades que satisface, es así como en el

proceso de su evolución histórica el número de necesidades crece cada vez más.Los

motivos de la actividad humana son un reflejo de los instintos objetivos de 1a conducta

humana que devienen máso menosadecuadamente conscientes. Las necesidades e intereses

de 1a personalidad nacen y se desarrollan con las relaciones recíprocasdel ser humano, con

respecto a su medio ambiente, en el cualcambian y se despliegan. Por lo tanto, se trata de

fenómenos históricos, estos se desarrollan, se cambian y se transforman. E1desarrollo y la

transformación de las necesidades y de los intereses ya existentes están enlazados con 1a

aparición, 1a formación y el desarrollo de otras nuevas. Así la orientación de la persona se

pone de manifiesto en múltiples tendencias que cada vez van siendo más extensas y

abundantes, y que son el origen o 1a fuente de una actividad rica y polifacética. En el curso

de la actividad varían los motivos de los cuales se derivan y se enriquecen por contenidos

cada vez nuevos.

b) Las Necesidades.

26

La personalidad humana, es ante todo, un ser VIVO de carne y hueso, que como tal tiene

sus necesidades.

Estas necesidades ponen de manifiesto sus re1aciones prácticas con respecto a1 mundo y

su dependencia de éste, La existencia de necesidades o deseos demuestra que el ser

humano siente necesidad de algo que se halla fuera de él, ya sean objetos externos o bien

otro ser humano. Al mismo tiempo las necesidades son los impulsos primarios de su

actividad, por estos y en ellos aparece como ser vivo y actuante. En las necesidades esta

por lo tanto, contenido todo el hombre como un ser que siente una necesidad y que

simultáneamente es un ser actuante y doliente pero a la vez activo apasionado.

Toda la historia evolutiva de la personalidad humana está vinculada a la historia de las

necesidades humanas. Las necesidades humanas le estimularon a la actividad y ala

búsqueda de la satisfacción para procurarse el bienestar.

Todas las necesidades del ser humano son en su contenido y en su manifestación concretos

necesidades históricas en el sentido de que, condicionadas por la evolución histórica del

hombre, quedan implicadas en ella, desarrollándose y nidificándose en su curso, las

necesidades del ser humano pueden ser clasificadas en necesidades materiales y

espirituales en el sentido más estricto de la palabra, como por ejemplo la necesidad de

alimento por una parte y la de libros y música por otra. Ambos tipos de necesidades están

vinculados entre sí, penetrándose mutuamente si bien son distintas una de otra.

Pertenecen a las necesidades materiales las orgánicas, es decir las necesidades que en su

origen están vinculadas a la vida orgánica y a sus experiencias, las necesidades de

alimento, calor, etc.

Las necesidades del alimento y también las del hogar y de ropas para proteger al cuerpo

contra el frio son necesidades perentorias del ser humano. Estas necesidades hacen

indispensable el trabajo, la organizada producción social, que forman parte de toda la

existencia histórica del ser humano.

El comportamiento humano determinado por la satisfacción de necesidades exigentes crea

también, nuevas necesidades al producir nuevos objetos para su satisfacción. De esta

27

manera se desarrollan las necesidades orgánicas dentro del proceso de su satisfacción

misma.

Pero las necesidades del ser humano no se limitan, ni mucho menos, a las que se relacionan

directamente con la vida orgánica, sino que tienen relacióncon las necesidades de

aprobación, buen trato, consideración, reconocimiento, estima, respeto, deseo de

superación.

c) Los Intereses.

A cada nuevo contacto más extenso con el mundo que le rodea, en el cual el ser humano va

entrando, se encuentra con nuevos objetos y aspectos de la realidad.

Estos entran en cualquier forma en contacto con él y el con ellos. Si por cualquier

circunstancia alguna cosa tiene un significado para el hombre, ella puede despertar su

interés, es decir, producir una orientación específica de la personalidad.

El carácterespecífico del interés, que le distingue a las demás tendencias de la

personalidad, consiste en la concentración de los pensamientos o ideas e intenciones de la

personalidad hacia un determinado objeto o situación. De ahí que los intereses sean los

motivos específicos de la actividad cultural, y en especial de la cognoscitiva, del ser

humano.

El interés es una manifestación de la orientación de la personalidad, un motivo que actúa

por su significación devenida consciente y por su fuerza de atracción emocional. Todo

interés contiene por regla general estos dos aspectos, pero la relación entre ellos puede ser

distinta en los diferentes planos de la toma de conciencia. Si el nivel general de la toma de

conciencia o la toma de conciencia especial de un determinado interés, no es elevado,

predomina entonces una fuerza de atracción emocional de la que se ha tornado poco

conocimiento. En el plano de la toma de conciencia, a la pregunta de por qué interesa

precisamente esto, solamente puede responderse de la siguiente forma: interesa por el solo

hecho de interesar y complacer porque le gusta.

Cuanto más alto sea el nivel de la toma de conciencia, tanto mayor será la función que

desempeña la toma de conciencia de la objetiva significación de las tareas en las cuales el

28

ser humano queda implicado en su consciente actividad. A cada persona con su

individualidad le caracterizan sus intereses, que en algunos casos pueden ser compartidos y

en otros no, en el grupo tan heterogéneo como es el grupo militar es de esperarse en el

personal diferentes intereses, ya sea culturales, técnicos, deportivos, académicos, etc.

En este grupo el estado emocional está vinculado al acceso que el personal tenga a cubrir

sus intereses, si no se satisfacen aquellos la vida se hace difícil y sobrevendrá la

frustración. Pero si los intereses son cultivados la vida se hará feliz y placentera.

d) Los Ideales.

Sea cual fuere la importancia o significación que se quiera atribuir a las necesidades y a los

intereses, no son, evidentemente, suficientes para los motivos de la conducta humana. La

orientación de la personalidad no se puede atribuir solamente a ellos. No hacemos

solamente lo que experimentamos como una inmediata necesidad, ni nos ocupamos

solamente de lo que nos interesa. Tenemos ideas morales sobre nuestros deberes, que son

las que regulan nuestra conducta.

El deber se contrapone, por una parte, al individuo, en tanto se toma conciencia,

independientemente de este, como lo social y común significativo, que no está supeditado

a su objetiva voluntad.

Los ideales se forman bajo el influjo social, se determinan por la ideología y por la

filosofía o concepto del mundo. Toda épocahistórica posee sus ideales, asítambién el

soldado.

La personalidad y el comportamiento quedan esencialmente caracterizados por el nivel en

que se hallan sus necesidades, intereses y tendencias en general. Con ella se fija o

comprueba ante todo la mayor o menor significación o mezquindad de su carácter interno.

Algunos individuos sólo conocen algunos intereses primitivos y elementales. En la

personalidad dichos intereses están totalmente subordinados; sobre ellos se eleva todo un

mundo de intereses, los cuales están vinculados o relacionados.

La variedad de intereses también determina la distinta base de la vida espiritual del

hombre, la íntima relación con el nivel y la abundancia de las necesidades e intereses de la

29

persona es esencialmente significativo para la estructura de la personalidad delsoldado,

consideremos que la personalidad es al mismo tiempo universal y unitaria, sus necesidades

e intereses no solamente son sustanciales y en este sentido abundantes, como también

multiformes, y sin embargo concentrados alrededor de un centro, el cual representa al

mismo tiempo el auténtico centro de la vida espiritual de la personalidad. Como ideal

tenemos ante nosotros una personalidad universal y armoniosamente desarrollada.

Con estas afirmaciones anteriores no cabe duda señalar que el comportamiento del soldado

ha estado supeditado y determinado par la satisfacción de sus necesidades, sus intereses y

el acercamiento a sus ideales.

En los inicios de la institución armada seguramente no se pensó en aquello, quizá

solamente satisfacer las necesidades de los soldados, sin embargo, con el transcurrir del

tiempo se han venido dando un sinnúmero de cambios y la institución armada ha

evolucionado y es así como actualmente nuestro personal satisface la mayoría de sus

necesidades, atiende sus intereses y sigue sus ideales.

Actualmente ya se han implementado la mayoría de servicios para el personal y su familia

en los aspectos que se refiere a salud, vivienda, alimentación, los servicios de bienestar

social y de personal están en casi toda la geografía, creemos haber superado el déficit de

vivienda pues no existe un regimiento en donde no haya vivienda fiscal, así mismo hemos

garantizado la accequibilidad a la salud del personal y sus dependientes, nuestros

hospitales tienen profesionales capacitados en el país y en el extranjero y están equipados

con tecnología de punta.

Todo soldado tiene un ideal y la institución ha proporcionado gran coyuntura para que este

persiga sus ideales pues la política que ahora se ha establecido es que el personal al egresar

de la institución tenga un instrumento, profesión u ocupación que le permita desenvolverse

en la vida civil y seguir aportando al desarrollo econòmico del País.

Seguramente la gente se preguntara que tiene que ver esto con los derechos humanos, pues

la respuesta es simple; el velar por el bienestar, del soldado, el procurarle buenas

condiciones de vida para él y su familia, el permitirle el acceso a los servicios antes

mencionados, eso es precautelar y respetar sus DERECHOS HUMANOS, el darle la

30

capacidad de avanzar, de auto realizarse, es verle como persona en todo su contexto y

ecología.

31

CAPITULO II

MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

2.1 Enfoque.

La investigación brinda un correcto sistema de seguridad personal referente a los DD.HH

con calidad y eficiencia. Los cuales presentarán un apoyo de seguridad, al personal de la

BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA NUMERO 11 “GALAPAGOS”.

2.2. Modalidad de Investigación.

La modalidad que corresponde al ámbito de la investigación es de carácter bibliográfico,

documental los cuales les permitirá tener un criterio de comparación de características de

aplicación de DD.HH dentro de la institución Militar; siendo de carácter Cualitativo.

2.3. Nivel o Tipos de Investigación.

Esta investigación se lo realiza de forma exploratoria ya quese determina las características

de la violación de los DD.HHen el interior de la Brigada Blindada Galàpagos.

2.4. Población y Muestra.

Se aplicará una encuesta a los comandantes de la Brigada Blindada Galápagos que no

sobrepasan de cincuenta por lo que se encuestará a todos ellos; pues, no sobrepasan de los

doscientos para el cálculo correspondiente de la muestra. Por otro lado se realiza análisis

de casos prácticos de violación de Derechos Humanos por parte de las FF. AA.

2.5. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Investigación.

Métodos

Analítico: Este método se aplica en el análisis de los DD.HH, revisando cada una de los

casos de cada uno de los años.

Sintético: Se utiliza en esta investigación al exponer las conclusiones de la investigación.

32

Deductivo: Cuando se realiza el razonamientos de carácter general para terminar en

razonamientos particulares, como el caso de los DD.HH en las Fuerzas Armadas.

Inductivo: Permite determinar la violación del derecho humano en la institución y las

falencias que presenta el sistema de las fuerzas armadas.

Descriptivo: Permite describir términos y conceptos científicos como también los

procedimientos aplicados por la institución militar.

Técnicas

Observación: Se puede observar documentos y expedientes parael análisis correspondiente

y que fueron prestados por las autoridades Militares demanera reservada.

Científico: Facilita pasos sistemáticos para la elaboración de la presente investigación y en

el uso y explicaciones de lasfórmulas científicas.

Documental:Documentos reservados solo paraautoridades y personal Militar que son las

fuentesprimarias para la investigación.

Bibliográfico: Se ha considerado documentos o principios devarios autores.

Fuentes

En la presente investigación se utilizaron las fuentes primarias y secundarias.

Fuentes primarias.

Corresponde a la información obtenida de primera mano; en el caso, del actuar de los

militares estableciendo la responsabilidadde los Funcionarios.

Fuentes secundarias.

Estas fuentes se relacionan con el contenido científico de textos y obras de DD.HH, se

aplican también las normas y principios; así como el conocimiento impartidopor la

Universidad en el proceso de enseñanza

33

2.6 Presentación de Resultados.

Autoridades Militares

Encuestas dirigidas a las Autoridades Militares de la Brigada Blindada Galápagos de la

ciudad de Riobamba, quienes contestaron a un cuestionarios compuesto de seis preguntas,

mediante los cuales se logra recaudar información relevante para la propuesta; siendo las

preguntas las siguientes:

Tabla # 1.

Ítem 1: La institución militar tiene responsabilidad en el área de DD.HH.

No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

1 Si 30 60

2 No 20 40

TOTAL 50 100,00

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Según se aprecia en el Cuadro 1 y Gráfico 1; del universo de 50autoridades Militares, que

equivalen al 100% del universo encuestado, solamente el 60% manifiestan que la Institución

60%

40%

Gráfico 1. RESPONSABILIDAD EN EL AREA DE DD.HH

SI NO

34

armada está sujeta a cumplir sus funciones respetando los DD.HH conforme al Código

Militar, Tratados internacionales y la Constitución de la república.

Tabla # 2.

Ítem 2: Existen mecanismos de control interno en las FF.AA. para la no vulneración

de DD.HH.

No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

1 Si 45 90

2 No 5 10

TOTAL 50 100,00

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

En el Cuadro 2 y Gráfico 2; el 90 % del universo encuestado, indican que existen dos

mecanismos que se aplican actualmente, los mismos que se encuentran tipificado en el

Código Militar o Disciplinariosiendo éstos y Jueces ordinarios. Mientras que el 5 % de los

encuestados desconocen de estos mecanismos.

90%

10%

Gráfico 2. MECANISMO DE CONTROL INTERNO DE LAS FF.AA PARA LA NO VULNERACION EN EL AREA DE DD.HH

SI NO

35

Tabla # 3.

Ítem 3: En la Institución Militar existe educación en DD.HH.

No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

1 Si 35 90

2 No 15 10

TOTAL 50 100,00

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

EL 70% de los Encuestados responden que existe una capacitación pero que adolece de

continuidad por cuanto solamente se lo realiza eventualmente a los directivos de alto

mando; y, a los de rango inferior se lo realiza una leve difusión de DD.HH. y Derechos

Internacionales.

70%

30%

Gráfico 3. EDUCACION DE LAS FF.AA EN DD.HH

SI NO

36

Tabla # 4.

Ítem 4: Reciben entrenamiento de aplicación de DD.HH.

No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

1 Si 0 0

2 No 50 100

TOTAL 50 100,00

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

EL 100% de los Encuestados responden que no existe un entrenamiento sobre la aplicación

y respeto a los derechos Humanos, sino que solamente se han dedicado a difundir simples

cartillas de DD.HH o a su vez cursos cortos que no permiten práctica alguna permitiendo

que los militares de rangos superiores violen indiscriminadamente el derecho de sus

subalternos.

0%

100%

Gráfico 4. ENTRENAMIENTO EN DD.HH

SI NO

37

Tabla # 5.

Ítem 5: Realizan prácticas operacionales de DD.HH

No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

1 Si 0 0

2 No 50 100

TOTAL 50 100,00

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

No existenprácticas operacionales, conforme lo manifiestan el 100% de los encuestados

quedando de esta manera desprotegido el personal Militar y la sociedad Civil

correspondiente.

0%

100%

Gráfico 5. PRACTICAS OPERACIONALES

EN DD.HH

SI NO

38

Tabla # 6.

Ítem 6: Considera que existe una cultura de respeto de DD.HH al interior de las

FF.AA.

No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

1 Si 0 0

2 No 50 100

TOTAL 50 100,00

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

Fuente: Comandantes de la BCBG 11

Elaboración: Wilson Jácome Amores

De acuerdo con el Cuadro 6 y Gráfico 6, el 100% de los encuestados han manifestado que no

existe una cultura de respeto a los derechos humanos sino que se aplica la subordinación al

estado de Derecho y de DD.HH.

0%

100%

Gráfico 6. CULTURA DE RESPETO DE DD.HH

SI NO

39

Casos Prácticos

Con los resultados que sobre derechos humanos brevemente se ha analizado, se puede

realizar el estudio de casos en los cuales ha existido tortura o maltrato en el personal de

conscriptos, los mismos que se han presentado en la Fuerza Terrestre. Se transcribirá

textualmente los casos que para el estudio es de importancia.

En primer lugar el informe presentado por el señor Crnl. de E.M.C. CARLOS

VASCO C., sobre el Caso del Conscripto GUALPA PERALTA EDGAR LEONIDAS.

"EI comando con oficio No. 980082-BS-57-1 remite el acta del consejo de disciplina

seguido en contra del Sr. SGTO. de INT. ESPINOZA GRANDA GERVIS por maltrato al

personal de conscriptos, documento este que fue tramitado a la Dirección de Personal de la

F.T. con oficio No. 980300-19-BS-l de fecha 08 de junio de 1998 para que el Consejo

Superior de Tropa apruebe la sanción que se recomienda, para lo cual me permito adjuntar

copias de los oficios, actas, informes del personal e informes médicos como también las

crisis que existen en los archivos del HG-19 en los cuales se puede extraer que el

conscripto presenta un cuadro médico de enfermedades como también que el Cpto. Gualpa

Edgar antes de ingresar a cumplir el Servicio Militar Obligatorio había tenido un accidente

automovilístico.

Durante la permanencia del Cpto. Gualpa Edgar en el HB-19 se le hatratado por las

enfermedades, LUMBALGIA POSTRAUMATICA, PALUDISMO, HEMIPLEJIA

DERECHA Y PROBLEMAS PSICOLOGICOS, este caso fue tratado por el Dr. Jimenez

Eddy Psicólogo del HB-19 quien recomienda que el Cpto. se ha evacuado al HG-l por dos

oportunidades siendo atendido en el Servicio de Psiquiatría desde el cual en base a los

exámenes realizados manifiestan que el problema de su enfermedad es PSICOLOGICO a

lo cual recomiendan que por la naturaleza de su patología se la considera NO APTO

PARA CONTINUAR EN EL SERVICIO MILITAR motivo este para con oficio No.

980337-19BS-l de fecha 29 de julio de 1998 se solicita a la Dirección de Personal de laF.T.

se dé la baja por enfermedad.

Al servicio de Psiquiatría del HB-l se ha solicitado un informe ampliatorio sobre el caso

del Cpto. Gualpa Edgar el mismo que no ha sido atendido a esta fecha para poder adjuntar

a este informe a fin que permita determinar si las causas de la enfermedad del Cpto, son

40

por el maltrato que recibió en el mes de Mayo o por el problema psicológico que indican

los médicos.

De igual forma el informe que presenta el señor TNTE. ING. FAUSTO E. ERAZO F. al

señor Tcrn.. FERNANDO HIDALGO Comandante sobre el caso del Conscripto

RODRIGUEZ CHIRIBOGA LUIS MARINO.

"El día jueves 16 de julio de 1998 a las 17h20 aproximadamente, el bus que transportaba al

personal de conscriptos, fue emboscado, luego encapuchados los conscriptos fueron

trasladados al lugar donde se había previsto el campo de prisioneros.

La instrucción se dio inicio con gimnasias y aproximadamente a las 18HOO se empezó a

llamar a los conscriptos de uno en uno para ponerles la consabida corriente con el teléfono

de campaña, Cuando lo toco alconscripto RODRIGUEZ CHIRIBOGA LUIS MARINO,

fue puesto una vez y se lo mando a la fila, como no se fue a la carrera se le llamo

nuevamente y a la segunda vez que se intentó tomarle de las manos el mencionado

conscripto por falta de decisión se tiró hacia atrás para evitar ser cogido, cayendo de

espaldas en la laguna; luego de la caída no daba muestra de reaccionar, por lo que

inmediatamente se lo retire del agua para evitar que se ahogue. Sucedido esto se llamó a

los enfermeros que se encontraban en ellugar, acudiendo el Sr. Sgop. Villa y Sr. Cbos.

Quiñónezdecisión, los mencionados procedieron a revisarlo y lo retiraron del filo de la

laguna con los cuidados que para el caso se recomiendan, (transportarlo entre cuatro

personas y levantarlo todos a la vez), hacia un sector más alejado. Ya en este lugar me

acerque a preguntar que es lo que pasaba, a esto me respondieron que el Cpto. manifestaba

que no podía mover las piernas, pregunte al Sr. Sgop. Villa sobre su situación y me indico

que efectivamente no podía mover las piernas pero que si teníasensación leve y que lo

dejara descansar un momento.

Casi a las 231100 llegaron al lugar usted mi Coronel y el resto de Srs. Oficiales, se dio

parte de lo acontecido y el ejercicio continuo hasta aproximadamente la 01H30 de la

mañana del día viernes 17 de julio de 1998, finalizado con la evasión y escape mientras

tanto el Cpto. Fue conducido al policlínico en la ambulancia."

41

Finalmente el informe que presenta el señor TCRN. DE E.M. MIGUEL A. FUERTES R.,

Comandante del BI-20 "CAPT. DIAZ", al señor CRNL. DE E.M.C., CARLOS

MONCAYO G. sobre el caso del Conscripto PISCULIA CHERREZ WALTER.

"En la O.G. del Batallón fue designado para cumplir las funciones de Jefede Cuartel del

díaMiércoles 05 de Agosto de 1998, el Sr. Capt. de I.BRAVO MARCELO

EFREN.Durante el relevo de guardia del díamiércoles 05 de agosto del año encurso a las

12H30 aproximadamente, el Sr. Capt. Bravo Marcelo, llama la atención al grupo de

guardia entrante por no realizar el manejo de los fusiles y la sacada del pie en la formación

de una manera uniforme e igual, luego del relevo del mismo y una vez terminado todos los

movimientos, procede a ordenar el grupo de guardia se dé la vuelta a la pista,

determinándose de que cierta cantidad de Conscriptos, se cruzaban por medio del estadio

acortando el recorrido del mismo, situación por la cual manifestó el Capt. Que la forma

correcta de cumplir la orden era por el exterior del Estadio; nuevamente dio la orden de

que se dieran la vuelta a la pista, pudiendo detectar de que el Cpto. PISCULIA CHERREZ

WALTER VLADIMIR, venia al paso, dando la impresión de que no quería cumplir la

orden de una manera eficaz, situación por la cual el Sr. Capt. MARCELO BRAVO, se

acerca donde el Cpto. a la altura del Aula Quiroz, y observando que venía al paso, procede

a golpearlo tras del cuello (GUACHO), y a cruzarle el pie motivo por el cual le hace perder

el equilibrio y cae sobre el piso lastrado, como consecuencia de la caída o posiblemente del

enredo que este sufre con el armamento entregado en calidad de dotación, el mencionado

Cpto. es afectado en su cadera y extremidad inferior derecha, permaneciendo inmóvil,Ante

la situación presentada el Sr. Capt. BRAVO MARCELO, ordena que el enfermero de

servicio Sldo.deSnd. TRUJILLO SORIA MARIO, le atienda para determinar la gravedad

de la caída, el mismo que recomienda que el Cpto., sea trasladado en camilla hacia el

Policlínico.

Al parte de las 14H30, el Sr. SGOP. DE SND. NARVAEZ SALINAS JOSE, da parte al Sr.

MAYO. DE Y. LUIS VELARDE, sobre la situación en la que se encontraba el Cpto., el

mismo que ordena que se lo valore en el Hospital, para determinar algún tipo de lesión que

pudiera haber traído como consecuencia de la caída del Cpto., el mismo que es atendido

por la Sra. Dra. SANDRA TANDAZO, quien extiende el certificado en el cual indica el

diagnostico presentado por elpaciente (se adjunta Certificado Médico). El día jueves 06 de

agosto a las 06H30, el Sr. CBOP. DE SND. GAIBOR ROLANDO, da parte al Sr. MYO.

42

DE I. VELARDE LUIS SEGUNDO COMANDANTE DEL BATALLON, de que el Cpto.

PISCllLIA WALTER, continuaba con dolor en el Policlínico, dirigiéndose personalmente

el Sr. MAYO. DE I. VELARDE LUIS, hacia el mismo, a fin de determinar y verificar la

novedad mencionada, el CPTO. PISCULIA WALTER, al ser preguntado manifestó que el

día anterior, luego del relevo de guardia, corriendo la pista este había sido golpeado por el

Sr. Capt. Bravo Marcelo, cayéndose al suelo y luego trasladado al Policlínico de la Unidad.

Ante el cuadro clínico que presentaba el Cpto. PISCULIA WALTER, se ordena de que sea

trasladado al Hospital., para su evaluación correspondiente, puesto que se conocía que en

días anteriores el mencionado Cpto., había sido tratado en el HB-11, siendo hospitalizado

por 07 días por presentar dolor a nivel fosa Iliaca derecha y cadera sin causa alguna; siendo

dado de alta y retornando a la Unidad sin ningún certificado médico de descanso

olimitación para la ejecución de ejercicios físicos, según Hoja de Transferencia emitida por

el HB-11. Posteriormente el SR. MAYO. DE I. VELARDE LUIS, procede a hacer las

investigaciones sobre el accidente ocurrido con el Cpto., llegándose a determinar de que el

Cpto. PINCAY VERA RODOLFO JOSE CI. No. 0918371217., se encontraba corriendo

junto con el Cpto. PISCULIA WALTER, yque este había manifestado de que "YA NO

JALO MAS"., en ese momento se acercó el Capt. Bravo Marcelo, el cual procedió a

empujarlo haciéndole caer al suelo.

Luego de verificar los hechos el Sr. MAYO. DE I. VELARDE LUIS,ordena que el

señorCapt. Bravo Marcelo, proceda a realizar un informesobre el accidente ocurrido, al

igual que el Cpto. PINCAY RODOLFO, losmismos que son adjuntados los informes

correspondientes para suconocimiento.

De los casos citados, podemos deducir que si existen circunstancias en las cuales se han

violado los Derechos Humanos en las Fuerzas Armadas, y en forma concreta lo prescrito

en el Artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en concordancia

con los Artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Articulo 1 de

la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

Degradantes, por cuanto existen indicios, de que se han cometido actos mediante los cuales

se han infligido en forma intencional, maltratos físicos opsicológicos a los señores: Cpto.

RodríguezChiriboga Luis Marino; Cpto. Gualpa Peralta Edgar Leónidas; y, Cpto.

PisculiaCherrez Walter Vladimir. Ocasionándoles dolores o sufrimientos físicos y

43

mentales, por loque se han iniciado las acciones legales correspondientes dentro de la

jurisdicción penal militar.

44

CAPITULO III

DESARROLLO DE LA PROPUESTA

PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO

MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL

DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11

GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA

Justificación

La labor que desarrolla las FF.AA. viene siendo constantemente obstaculizada por una

serie de denuncias y acusaciones contra los miembros de 11 BCB Galápagos, que muchas

de las cuales carecen de sustento y no tienen asidero moral ni legal alguno.

Los gastos psicológicos, morales y económicos que estas denuncias causa, así como

también los procesos judiciales que se generan como consecuencia de los hechos que son

irreversibles. Las primeras víctimas son sus hijos y los familiares del militar que tienen que

afrontar situaciones verdaderamente angustiosas y para sufragar todos los gastos que el

proceso legal implica.

EI principio constitucional de "Presunción de Inocencia" que debe acompañar a todo

implicado en un proceso penal, es omitido deliberadamente cuando se trata de juzgar al

militar, puesto que la opinión pública, los ONG'S de Derechos Humanos y las propias

autoridades militares y estatales se apresuran en juzgar, sancionar o castigar sin un proceso

justo y una sentencia equitativa.

Pero no son solo los ámbitos judiciales los que establecen estas restricciones de

desigualdad, sino también dentro de la propia institución. A veces se toman medidas

institucionales que en determinadas circunstancies producen en el militar un efecto de

shock depresivo que terminen creando un entorno adverso en su trabajo y perjudicial

propicio para que se produzca algún desafuero o para simplemente forzar a que el miembro

de la institución presente la solicitud de retiro de las filas de FF.AA.

Frente a esta situación la propia Institución como tal no ha podido hacer mucho por

solucionar estos problemas, en parte debido a la naturaleza legal del marco Institucional y

45

por otra la falta de recursos propios que permitan mejorar y crear un ambiente de seguridad

justicia y económica dentro del cual se desenvuelvan las difíciles actividades del militar.

Principio filosófico.

Las FF.AA. tienen como misión fundamentalla conservación de la soberanía nacional, la

defensa de la integridad e independencia del Estado y la garantía de su ordenamiento

jurídico, velando siempre los principios consagrados en la Constituciónde la República.

Para la ejecución de esa misión no solo necesitamos un militar profesionalmente

preparado, consciente de sus graves y delicadas responsabilidades, sino un ser humano,

que para el cumplimiento de este noble fin se sienta suficientemente protegido y

garantizado en el goce de sus propios derechos. Nadia puede proteger con eficiencia los

derechos de los otros en condiciones que desconocen los suyos.

Objetivos

1) Permitir que la Defensoría de FF.AA. proporcione al militar los medios jurídicos y

económicos necesarios para que ejerza su derecho de defensa en condiciones de igualdad,

para evitar atropellos a su dignidad ya la de su familia.

2) Concientizar a la ciudadanía de que los Derechos Humanos protegen a todos los

ciudadanos, incluido a los miembros de laInstitución Militar.

Atribuciones

La Defensoría de los derechos del militar tendrán las siguientes atribuciones:

1) Defender y excitar de oficio oa petición de parte la observancia de los Derechos

Humanos consagrados en el derecho interno e internacional en favor de los miembros de la

Institución Militar, así como también la Defensa por el mejoramiento de las condiciones de

trabajo.

2) Intervenir como Mediador en conflictos entre miembros de la Institución cuando a ellos

solicitaren las partes.

46

3)Establecer mecanismos de cooperación y coordinación con las organizaciones

defensorasdelosDerechos Humanos,conlos diferentes mediosde comunicación colectiva

yconotrasagrupaciones de la Sociedad Civil, a fin de crear un marco común

deentendimiento en esta materia.

Composición

Sin olvidar que las FF.AA se sustentan en orden estrictamente jerárquico, es necesario se

genere una comisión conformada con Oficiales con estudios en DD.HH preferentemente y

un equipo de Asesores Jurídicos.

EI Directorio estará conformado por un Oficial General en servicio pasivo de las FF.AA.;

un Oficial Superior en servicio activo, diplomado en DD.HH.; un Oficial Superior de cada

Fuerza y un Empleado Civil Abogado o un Oficial de Justicia.

EI Presidente de la Comisi6n será uno de los Generales en servicio pasivo. Habrá un

Director Administrativo que se encargará del manejo económico; un Director Jurídico que

se encargue de coordinar todos los asuntos relacionados con el área jurídica y además

elabore y presente el Plan de Trabajo para la aprobación del Directorio y se encargara de la

ejecución del mismo, bajo supervisión del Director. Se debe contar con un grupo

profesional de apoyo que deberán ser abogados jóvenes, comprometidos con los objetivos

que persigue la Comisión y Oficiales Superiores en servicio activo diplomado en DD.HH.

Financiamiento

EI financiamiento puede venir de tres fuentes:

1) A través de le creación de una partida presupuestaria directa.

2) A través de las aportaciones directas del militar, mediante eldescuento de su sueldo.

3) Conaportacióndirecta de Organismos Internacionales, que poseen Programas de

Promoción de DDHH (ALDHU).

47

Antecedentes

Las FF.AA. es de aquellas Instituciones en donde la buena voluntad, la mística y el don de

servicio a la comunidad ha compensado las carencias logísticas y la falta de recursos en el

difícil desempeño de mantener la seguridad externa y en algunos casos cuando se le ha

requerido la seguridad interna y el orden público de nuestro País.

No obstante, el cumplimiento de sus actividades específicashan enfrentado una serie de

obstáculos y cuestionamiento de toda índole, entre los cuales se encuentra los relacionados

con los Derechos Humanos. En este aspecto, la opiniónpública ha sido demasiado dura y

muy severa en sus apreciaciones, unas veces con razón, pero en la mayoría de los casos el

juicio crítico realizado a FF.AA. ha sido demasiado ligero y humanamente injusto, sea por

mala fe o por ignorancia la realidad es que estamos sujetos a una interpelación diaria de la

opinión ciudadana que se guía por un desconocimiento casi total de la naturaleza de

nuestras actividades y por las graves distorsiones generadas principalmente por algunos

medios de comunicación masivos.

Las instituciones de la Fuerza Pública, tienen aciertos y debilidades como las tienen otras

instituciones del Estado. y precisamente por tener esa conciencia urge la necesidad de

corregir esas falencias através de mecanismos que tengan como eje de toda atención al

ciudadano y al militar como tales, puesto que ellos son los fines y no los medios de todala

actividad militar.

Considerandos

Que el replanteo de las concepciones estratégicas generadas en nuestros países impone

organizar la defensa atendiendo no solo a la amenazas de orden estrictamente local.

Que las FF.AA deben cumplir rigurosamente dos principios básicos: El principio de

legalidad y el principio de razonabilidad, que el primero sostiene la necesidad de que el

ejercicio del poder militar se ajuste al orden jurídico establecido en las normas internas e

internacionales; que, a su vez, el principio de razonabilidad preserve el valor de la justicia

en el contenido de todo acto de poder militar.

48

Que las FF.AA; comprometidas en situaciones de conflictos, deben sujetarse a las normas

contenidas en los DDHH.

Que las FFAA tienen que identificar los mecanismos que han obtenido mayor resultado en

el control y fiscalización de las actividades en protección de los DD.HH.

Resolutiva

En Ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide el siguiente:

PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO

MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL

DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11

GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA

Artículo 1.- Derogatoria.- En cumplimiento de lo que dispone los Artículo 88,89 y

siguientes de la ERJAFE, deróguese en forma expresa del REGLAMENTO DE

DISCIPLINA MILITAR.

Artículo 2.- Remítase al Departamento de Asesoría Jurídica de la Comandancia General

del Ejercito la presente Resolución para que en el término de 90 días elabore un nuevo

Reglamento de Disciplina Militar conforme a las recomendaciones que se dejan realizadas.

DISPOSICION UNICA

El Reglamento de Disciplina Militar entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte

del Ministro de Defensa.

Dado y suscrito en la sede del Ministerio de Defensa Nacionaldel Distrito Metropolitano

de Quito, provincia de Pichincha, a los ……………….. del mes de…………..de

……………………

PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA SECRETARIO

49

Validación de la Propuesta.

Riobamba, 16 de Marzo del 2015

Abogado

José Cazar

ABOGADO EN LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

Presente

De mi Consideración

Por medio del presente tengo a bien remitir el estudio denominado PROYECTO DE LEY

DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO MILITAR PARA

PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL DE

SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11

GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBApara que proceda con el análisis y la

validación correspondiente.

Por la favorable atención que se sirva dar a la presente, anticipo mi agradecimiento.

Atentamente;

Sr. Wilson Jácome Amores

CI. 1002026415

50

CONCLUSIONES

Una de las tareas más nobles y permanentes de la humanidad ha sido promover y

hacer efectivos los derechos inherentes a la persona humana. Largos y penosos

años de lucha, sacrificios, angustias y dolores han precedido para que se abra paso

y consagre una nueva concepci6n de vida cimentada y enaltecida por los Derechos

Humanos.

Existen leyes, reglamentos y bases jurídicas que no sólo protegen al ser humano y

por ende a los Derechos Humanos, sino que también establecen sanciones para

aquellos que de alguna u otra manera violan lo que jurídicamente se ha realizado y

se ha puesto en ejecución como es el caso de los Convenios de Ginebra, la

dec1aración Universal de los Derechos Humanos, entre otros, que de acuerdo a

muchos criterios, si bien se los ha plasmado en el campo jurídico, muchos de ellos

no han sido respetados.

Existen circunstancias en los que han sido violados los Derechos Humanos en la

Fuerza Terrestre, en forma concreta loque se establece en el Artículo 5 de la

Declaración Universal de los Derechos Humanos en concordancia con los Artículos

7 del Pacto internacional de los Derechos Civiles y Políticos y Articulo 1 de la

Convención Contra la Tortura, infringiendo en forma intencional maltratos

físicosopsicológicos.

51

RECOMENDACIONES

Proteger y fomentar los derechos humanos, consagrado en la Carta de las Naciones

Unidas, en los convenios internacionales y en la Constitución de la República del

Ecuador.

Impartir disposiciones a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, a fin de

salvaguardar y fomentar los derechos humanos y las libertadas básicas dentro y

fuera de la institución.

Concientizar, dentro de las Fuerzas Armadas, los principios fundamentales que

cimentan los derechos humanos derogando las sanciones impuestas a los militares

por atentar la seguridad del ser humano.

52

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