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v. 566. XLVIII. RECURSO DE HECHO Vera, José Seb~stián y otro s1 causa n° 13.145. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Defen- sor Oficial de Carlos Alberto Placeres en la causa Vera, José Sebastián y otro s/ causa nO 13.145°, para decidir sobre su pro-o cedencia. Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegatoria moti- va la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Proce- sal Civil y Comercial de la Nación) , Por ellQ4~ses~t a la queja. Notifiquese y archivese. E RAULZAH'ARONI DISI-//- SVlA~ -1-

Vera, Jose Sebastian y Otro s Recurso

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Vera

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  • v. 566. XLVIII.RECURSO DE HECHOVera, Jos Seb~stin y otro s1 causa n 13.145.

    Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Defen-sor Oficial de Carlos Alberto Placeres en la causa Vera, JosSebastin y otro s/ causa nO 13.145, para decidir sobre su pro-ocedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegatoria moti-va la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Cdigo Proce-sal Civil y Comercial de la Nacin) ,

    Por ellQ4~ses~t a la queja. Notifiquese y archivese.

    E RAULZAH'ARONI

    DISI-//-

    SVlA~

    -1-

  • -2-

  • V. 566. XLVIII.RECURSO DE HECHOVera-, Jos Sebastin y otro si causa nO 13. J-45.

    -//-DENCIA PARCIAL DEL SEOR MINISTRO DOCTOR DON E. RALZAFFARONI

    Considerando:

    Que en cuanto hace al agravio relativo a la inconsti-tucionalidad del agravamiento de la condena en funcin de la de-claracin de reincidencia prevista en el arto 50 del Cdigo Pe-nal, al caso resultan aplicables, en lo pertinente, las conside-raciones vertidas el 5 de febrero de 2013 en G.506.XLVII.,"Gmez, Humberto Rodolfo s/ causa n 13.074" y A.577.XLV. "lva-rez Ordez, Rafael Luis s/ causa n 10.154" (disidencia deljuez Zaffaroni), a cuyos fundamentos corresponde remitirse enrazn de brevedad.

    Que en relacin con los restantes agravios, el recur-so extraordinario, cuya denegacin origina esta queja, es inad-misible (art. 280 del Cdigo Procesal Civil y Comercial de laNacin) .

    Por ello, se hace lugar a la queja y se declara parcialmen-te procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto lasentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin

    -//-

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  • -//-de que por quien corresponda. se dicte un nuevo pronuncia-miento con arreglo al presente. Hgase devulvase.

    E.RAULZAFFARONI

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  • .. '1. V. 566. XLVIII .. RECURSO DE HECHOVera, .Jos Seba.stin y otro si causa n 13.145.

    Recurso de hecho interpuesto por Carlos ~berto Placeres, asistido por el Dr.Nicols Ramayn, Defensor ad hoc de la Defensora Pblica Oficial nO 3 ante laCmara Federal de Casacin Penal.

    Tribunal de origen: Sala IV de la Cmara Federal de Casacin Penal.

    Tribunal que intervino con anterioridad: Tribunal Oral en lo Criminal nO 24 deesta ciudad.

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