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Verdad, justicia y reparación para víctimas de las AUC por violencia sexual Angélica Aguilera Politóloga , UJaveriana Centro Telúrico de Investigaciones Teóricas (CTIT) El pasado 31 de octubre, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá emitió la primera sentencia por crímenes de violencia sexual perpetrada por ex combatientes de las Autodefensas Unidas de Colombia. En esta macro sentencia, se condena a Savatore Mancuso y 11 ex comandantes de los Bloques Catatumbo, Norte, Córdoba y Montes de María de las AUC por la comisión de delitos contra personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario. Este fallo, que hace parte del plan de priorización de la Fiscalía General de la Nación para judicializar a los máximos responsables de las AUC, condena a 8 años de prisión a los autores intelectuales de aproximadamente 1426 hechos delictivos -algunos de los cuales constituyen violaciones graves, sistemáticas y generalizadas a los derechos humanos- como casos de desaparición forzada, desplazamiento forzado, reclutamiento ilícito, homicidio y violencia basada en género. Así mismo, obliga a los responsables a pagar indemnizaciones y reparar a las 9.500 víctimas de estos hechos violentos.

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Verdad, justicia y reparacin para vctimas de las AUC por violencia sexual

Verdad, justicia y reparacin para vctimas de las AUC por violencia sexualAnglica Aguilera

Politloga, UJaverianaCentro Telrico de Investigaciones Tericas (CTIT)

El pasado 31 de octubre, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogot emiti la primera sentencia por crmenes de violencia sexual perpetrada por ex combatientes de las Autodefensas Unidas de Colombia.En esta macro sentencia, se condena a Savatore Mancuso y 11 ex comandantes de los Bloques Catatumbo, Norte, Crdoba y Montes de Mara de las AUC por la comisin de delitos contra personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario.

Este fallo, que hace parte del plan de priorizacin de la Fiscala General de la Nacin para judicializar a los mximos responsables de las AUC, condena a 8 aos de prisin a los autores intelectuales de aproximadamente 1426 hechos delictivos -algunos de los cuales constituyen violaciones graves, sistemticas y generalizadas a los derechos humanos- como casos de desaparicin forzada, desplazamiento forzado, reclutamiento ilcito, homicidio y violencia basada en gnero. As mismo, obliga a los responsables a pagar indemnizaciones y reparar a las 9.500 vctimas de estos hechos violentos.

Entre los patrones de macrocriminalidad develados en la sentencia, se documenta la violencia basada en gnero, cuya mxima expresin en medio del conflicto armado ha sido la violencia sexual: aproximadamente 175 vctimas de acceso carnal violento, actos sexuales abusivos, prostitucin forzada, esclavitud forzada, esterilizacin forzada y abortos forzados.

Entre los crmenes que documenta la sentencia se encuentra el caso de las 9 mujeres de la vereda Piedras Pintadas enZapayn, Magdalena, que en el 2002 fueron sometidas a una esterilizacin grupal que tena como finalidad impedir la reproduccin de una poblacin estigmatizada por favorecer a la guerrilla. As mismo, se documentan los casos de mujeres abusadas por ex - paramilitares, que como producto de las violaciones quedaron en situacin de embarazo y fueron obligadas a abortar o resultaron contagiadas de enfermedades venreas y con lesiones graves en sus cuerpos; como fue el caso de las mujeres abusadas en el 2000 en El Zulia, Norte de Santander.

GARANTAS DE ACCESO A LA JUSTICIA Y PROTECCIN DE DERECHOS: VERDAD JUSTICIA Y REPARACINEste fallo refleja un avance del Estado colombiano en la adopcin de medidas para garantizar elacceso a la justiciade mujeres vctima de violencia sexual en medio del conflicto armado, las cuales se reforzaron con la ley 1719 de 2014, y permitieron que las mujeres favorecidas en la sentencia pudieran hacer exigibles sus derechos sexuales y reproductivos, a la integridad personal y a una vida libre de violencia.

Adicionalmente, la sentencia refleja un compromiso del Estado en materia de proteccin de derechos hacia este tipo vctimas, ya que adems de cumplir con su deber de investigar y sancionar a los responsables -derechos de verdad y justicia- dicta medidas para reparar a las vctimas; contemplando mecanismos de rehabilitacin, compensacin, satisfaccin y garantas de no repeticin. En suma, se trata de una reparacin integral que no solo busca resarcir los daos provocados por la victimizacin sino transformar sus efectos sociales, polticos y simblicos.

Derecho a la verdadLas investigaciones adelantadas permitieron que saliera a la luz un fenmeno en muchas ocasiones invisibilizado, dado que las vctimas temen denunciar estos hechos por temor o vergenza. Con el esclarecimiento de la verdad -relacionada con la obligacin del Estado de investigar diligentemente las violaciones a los derechos humanos que han recado sobre la poblacin civil- se pudo establecer las razones por las que sucedieron tales afectaciones ylas medidas para la construccin y preservacin de la memoria histrica y determinar las responsabilidades institucionales, polticas y de los perpetradores de los hechos.

Derecho a la justiciaLa bsqueda de la verdad se relaciona directamente con el combate a la impunidad originada en las violaciones de derechos humanos. A esto se refiere el deber de justicia, pues no basta con saber qu sucedi, sino que esta verdad conduzca a la sancin de los responsables de las violaciones. En este sentido, las vctimas de violencia sexual favorecidas con la sentencia, lograron que se ordenara la judicializacin de los autores mediatos de los hechos victimizantes de los que fueron objeto. Si bien es cierto que esta medida no se hizo extensiva a quienes materialmente ejecutaron los delitos, se puede decir que hubo un golpe frente a la impunidad -reinante en este tipo de victimizaciones- y lo ms importante, ahora las vctimas podrn acceder a la reparacin que merecen por derecho.

Derecho a la reparacinEl fallo de la sentencia, contempla medidas conducentes a una reparacin integral tanto para las vctimas directas como indirectas que se vieron afectadas por la violacin a sus derechos. Rehabilitacin:establece medidas de rehabilitacin fsica y psicolgica -procedimientos, terapias y medicamentos- que requieran las vctimas, con prelacin para la poblacin menor de edad y de la tercera edad.

Compensacin:estipula la indemnizacin de perjuicios materiales -por dao emergente y lucro cesante- y por daos inmateriales ocasionados en razn del sufrimiento que genera la victimizacin.

Satisfaccin:determina que los responsables mediatos deben reconocer pblicamente su responsabilidad, arrepentimiento y compromiso de no volver a incurrir en la comisin de conductas punibles, tales manifestaciones debern ser publicadas en un peridico de circulacin nacional. Aunado a ello, deben participar en los diferentes actos simblicos de resarcimiento y resignificacin de las vctimas a los que haya lugar, de conformidad con los programas que sean ofrecidos por las entidades que participan dentro del Proceso de Justicia y Paz.

Reparacin por daos al sujeto colectivo:insta a las autoridades locales al desarrollo de programas de Atencin psicosocial comunitaria para la dignificacin de las vctimas de la violencia en cada uno de los municipios afectados y a realizar una investigacin de memoria histrica que concluya con un libro, el cual evidencie el abandono estatal histrico de las regiones afectadas y la dinmica de incidencia de los grupos armados y sus acciones delictivas contra la poblacin civil que habita esta regin.

Garantas de no repeticin:Por los graves daos fsicos y psicolgicos que sufrieron al menos 205 mujeres reconocidas en la sentencia, el Tribunal de Justicia y Paz exhorta las gobernaciones de Sucre, Magdalena y Crdoba, al igual que a la Polica y al Ejrcito, a que adelanten actos pblicos de perdn y reconocimiento de todos aquellos daos individuales y colectivos causados a los hombres y a las mujeres con ocasin del accionar paramilitar en sus territorios, buscando la garanta de no repeticin y no olvido de lo sucedido.Adicionalmente, le pidi a la Polica y al Ejrcito realizarun acto pblico de compromiso de cero tolerancia frente a crmenes de violencia de gnero por parte de civiles, actores armados, delincuencia comn y agentes de la Fuerza Pblicaincorporando a su vez, en los programas de ascenso de sus oficiales y suboficiales, cursos sobre derechos humanos con nfasis en la perspectiva de no discriminacin.

BALANCEEste fallo, sin duda representa un logro en materia de verdad justicia y reparacin para las vctimas de paramilitares por violencia sexual y de gnero. Sin embargo, se esperara que en el dictado de futuras sentencias se ponga un mayor nfasis en medidas de reparacin transformativas y no solo afirmativas o positivas.

Dado que este tipo de victimizaciones se originan por una condicin de discriminacin estructural, arraigada en estereotipos de gnero bajo los cuales un actor armado se vale del cuerpo de la mujer para ejercer control social y humillar al adversario manifestando dominacin sobre sus mujeres, serequiere de medidas con vocacin transformadora, de tal manera que tengan un efecto tanto restitutivo como correctivo, atendiendo no slo las consecuencias de las violaciones sino sus causas mediatas e inmediatas.

Frente a la controversia justicia- impunidad, puede decirse, que si bien es cierto que la pena impuesta a los responsables de estas victimizaciones es baja, y no se hace extensiva a los autores materiales de las victimizaciones, ha de entenderse que lo perfecto es enemigo de lo real y en un marco de Justicia transicional ese es el precio que se paga a cambio de la verdad, siendo sta ltima, a fin de cuentas, la que permite que las vctimas puedan acceder a una reparacin integral.

Finalmente, para que se cumpla satisfactoriamente con las disposiciones del Tribunal a favor de las vctimas, a las diferentes entidades encargadas les espera un arduo trabajo de coordinacin y armonizacin en la implementacin de las medidas para poder avanzar con paso firmeen la reparacin integral de las vctimas.

Fuente: http://www.ctit.cl/blog.html