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VERSIÓN EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL DEL MUNICIPIO DE VALLE DE SANTIAGO, GUANAJUATO. El Municipio de Valle de Santiago es una zona potencialmente agrícola de riego y temporal, se encuentra ubicado hacia el límite sur del Bajío y del Estado de Guanajuato, entre las siguientes coordenadas geográficas: Latitud N 20°32’53” - 20°14’45” Longitud W 101°27’33 - 101°04’45” Se localiza hacia el límite norte del Eje Neo volcánico Transmexicano, abarcando una superficie de 793 km2. Colinda al Norte con el municipio de Salamanca y Pueblo Nuevo; al Este, con el municipio de Jaral del Progreso; al Sur, con el municipio de Yuriria y con el Estado de Michoacán; y al Oeste, con los municipios de Abasolo y Huanímaro. En Valle de Santiago se localizan 2 Áreas Naturales protegidas: La Laguna de Yuriria y su zona de influencia, declarada mediante Decreto Gubernativo No.96 en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato el 13 de Noviembre del 2001, en la categoría de Restauración Ecológica, con un total de 15,020.5 Ha, de las cuáles 3,557 Ha. Corresponden al municipio de Valle de Santiago. Adicionalmente la Región Volcánica 7 Luminarias, declarada mediante Acuerdo Gubernativo No.79 en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato el 21 de Noviembre de 1997, en la categoría de Monumento Natural, con un total de 8,928.5 Ha. De acuerdo a los Programas de Manejo para ambas Áreas Naturales Protegidas, se manejan como Zona de Recargas para Acuíferos a la Hoya de Álvarez, Cerro de la Batea, Cerro del Tule y Cerro Prieto. Como zonas de Conservación los remanentes de Bosque y las paredes interiores y exteriores de Hoya de Álvarez, Rincón de Parangueo, Cíntora, y los Cerros de la Batea, El Tule y Prieto. Como Zonas de Restauración se incluyen parte de la Hoya de Estrada, La Cíntora, La Alberca y Solís, además de las Comunidades de Santa Rosa de Parangueo, Ranchos Unidos y el Cerro de la Batea. De esta manera se requiere elaborar el Ordenamiento Ecológico de Valle de Santiago debido a que a la fecha no se cuenta con este instrumento en el territorio municipal, el cual presenta distintos grados de deterioro ambiental observables, como el abatimiento del nivel estático, la expansión de las áreas urbanas, la pérdida de atractivos naturales como la Alberca y otras Joyas, entre otros, por lo que es indispensable planificar la forma en la que se desarrollará el municipio, privilegiando el cuidado y la protección al medio ambiente, así como a los atractivos naturales con los que cuenta Valle de Santiago.

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VERSIÓN EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL DEL MUNICIPIO DE VALLE DE SANTIAGO,

GUANAJUATO.

El Municipio de Valle de Santiago es una zona potencialmente agrícola de riego y temporal, se encuentra ubicado hacia el límite sur del Bajío y del Estado de Guanajuato, entre las siguientes coordenadas geográficas: Latitud N 20°32’53” - 20°14’45” Longitud W 101°27’33 - 101°04’45”

Se localiza hacia el límite norte del Eje Neo volcánico Transmexicano, abarcando una superficie

de 793 km2. Colinda al Norte con el municipio de Salamanca y Pueblo Nuevo; al Este, con el

municipio de Jaral del Progreso; al Sur, con el municipio de Yuriria y con el Estado de

Michoacán; y al Oeste, con los municipios de Abasolo y Huanímaro.

En Valle de Santiago se localizan 2 Áreas Naturales protegidas: La Laguna de Yuriria y su zona

de influencia, declarada mediante Decreto Gubernativo No.96 en el Periódico Oficial del

Estado de Guanajuato el 13 de Noviembre del 2001, en la categoría de Restauración Ecológica,

con un total de 15,020.5 Ha, de las cuáles 3,557 Ha. Corresponden al municipio de Valle de

Santiago.

Adicionalmente la Región Volcánica 7 Luminarias, declarada mediante Acuerdo Gubernativo No.79 en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato el 21 de Noviembre de 1997, en la categoría de Monumento Natural, con un total de 8,928.5 Ha. De acuerdo a los Programas de Manejo para ambas Áreas Naturales Protegidas, se manejan como Zona de Recargas para Acuíferos a la Hoya de Álvarez, Cerro de la Batea, Cerro del Tule y Cerro Prieto. Como zonas de Conservación los remanentes de Bosque y las paredes interiores y exteriores de Hoya de Álvarez, Rincón de Parangueo, Cíntora, y los Cerros de la Batea, El Tule y Prieto. Como Zonas de Restauración se incluyen parte de la Hoya de Estrada, La Cíntora, La Alberca y Solís, además de las Comunidades de Santa Rosa de Parangueo, Ranchos Unidos y el Cerro de la Batea. De esta manera se requiere elaborar el Ordenamiento Ecológico de Valle de Santiago debido a

que a la fecha no se cuenta con este instrumento en el territorio municipal, el cual presenta

distintos grados de deterioro ambiental observables, como el abatimiento del nivel estático, la

expansión de las áreas urbanas, la pérdida de atractivos naturales como la Alberca y otras

Joyas, entre otros, por lo que es indispensable planificar la forma en la que se desarrollará el

municipio, privilegiando el cuidado y la protección al medio ambiente, así como a los atractivos

naturales con los que cuenta Valle de Santiago.

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Un ordenamiento ecológico es el instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o

inducir el uso de suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección al medio

ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a

partir del análisis de las tendencias de desarrollo y las potencialidades de aprovechamiento de

los mismos (LGEEPA, 1997).

El Programa Municipal de Ordenamiento Ecológico de Valle de Santiago, será la base para la

instrumentación de las políticas urbanas y ambientales a aplicar, mediante las regulaciones

legales, para establecer las limitaciones pertinentes al uso de suelo y las modalidades de

propiedad privada permisibles en cada zona o unidad del territorio definida.

El proceso de ordenamiento ecológico se apegó a lo establecido en la Ley para la Protección y

Preservación al Ambiente del estado de Guanajuato (LPPAEG), que aunque carece de un

reglamento específico en la materia, y buscará en las fases subsecuentes homologar los

conceptos establecidos en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y

Protección al Ambiente en materia de Ordenamiento Ecológico.

Para la formulación del Programa se llevó a cabo un estudio técnico, basado en los términos de

referencia elaborados por INE-SEMARNAT-SEDESOL de 2005 formulados para los

ordenamientos ecológicos y territoriales municipales.

Para el desarrollo de los objetivos se siguió una secuencia metodológica basada en la

realización de las etapas de caracterización, diagnóstico, pronóstico y propuesta, las cuales se

definen en los artículos 42 al 45 del Reglamento de la LGEEPA en materia de ordenamiento

ecológico (DOF, 2003).

Las escalas de análisis para este estudio establecidas en los términos de referencia señalados

es de 1:50 000 general para todo el municipio.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL.

La UGA (Unidad de Gestión Ambiental) se define como la unidad mínima territorial del municipio para ejercer normas, estrategias ambientales y de política territorial, para el uso y manejo de los recursos naturales orientados al manejo sustentable de los mismos. La UGA se caracteriza a partir de la identificación de unidades homogéneas que comparten características naturales, sociales y productivas así como una problemática ambiental actual y que sean factibles de operar administrativamente. Esto con la finalidad de orientarlas hacia una aplicación de la política territorial del Municipio y del Estado. El propósito de la Unidad de Gestión Ambiental es facilitar el adecuado funcionamiento del

Sistema de Gestión Ambiental, realizando acciones de planificación, implantación, verificación,

vigilancia y retroalimentación de los aspectos ambientales relacionados con las actividades

propias de la institución, conforme lo que dicte la política ambiental existente.

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El Desarrollo de cualquier región depende fundamentalmente de 2 tipos de recursos, naturales y humanos, por lo que debe priorizarse el conocimiento y conteo de esos recursos, así como el aprovechamiento planeado en base a su aptitud o vocación, que deberán manifestarse en los planes de desarrollo correspondientes. Para establecer las aptitudes territoriales de cualquier zona de estudio, es necesario conocer en primer instancia los tipos de suelos presentes, su potencialidad y como se encuentran distribuidos, posteriormente se determinan las características que clasificarán la evaluación de las tierras a lo que seguirá el Ordenamiento propiamente dicho. La FAO en 1993, establece que la planificación de la tierra empezó a tomar importancia cuando

los problemas de pérdidas de suelo, contaminación y degradación, además de la eliminación

de la cobertura vegetal y el factor agua, se hicieron patentes.

En las actividades productivas se utilizan principalmente 2 recursos: agua y suelos, que son

productos que pueden dañarse fácilmente.

Para el Municipio de Valle de Santiago, se manejaron 5 distintas zonas de aptitud productiva

principales, debido a los usos tradicionales de esta zona y que han tenido casi 5 siglos

modificando esta región, los tipos son: Agricultura, Pecuaria, Forestal, Población e Industrial.

Los productos de los cinco subsistemas permitieron delimitar las Unidades físico-bióticas y

socioeconómicas del municipio, las cuales fueron precursoras de las Unidades de Gestión

Ambiental.

LAS POLÍTICAS AMBIENTALES PARA LAS UNIDADES DE GESTIÓN SE DESCRIBEN A

CONTINUACIÓN:

Aprovechamiento Se asigna a aquellas áreas que por sus características, son apropiadas para el uso y el manejo de los recursos naturales, en forma tal que resulte eficiente, socialmente útil y no impacte negativamente sobre el ambiente. Incluye las áreas con usos de suelo actual o potencial, siempre que éstas no sean contrarias o incompatibles con la aptitud del territorio. Se tiene que especificar el tipo e intensidad del aprovechamiento, ya que de ello dependen las necesidades de infraestructura, servicios y áreas de crecimiento.

La Protección Corresponde a aquellas áreas naturales susceptibles de integrarse al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) o a los sistemas equivalentes en el ámbito estatal y municipal. En estas áreas se busca el mantenimiento de los ambientes naturales con características relevantes, con el fin de asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos. La política de Protección de áreas naturales implica un uso con fines recreativos, científicos o ecológicos. Quedan prohibidas actividades productivas o asentamientos humanos no controlados.

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Conservación

Está dirigida a aquellas áreas o elementos naturales cuyos usos actuales o propuestos no interfieren con su función ecológica relevante y su inclusión en los sistemas de áreas naturales en el ámbito estatal y municipal es opcional. Esta política tiene como objetivo mantener la continuidad de las estructuras, los procesos y los

servicios ambientales, relacionados con la protección de elementos ecológicos y de usos

productivos estratégicos.

Restauración

Se aplica en áreas con procesos de deterioro ambiental acelerado, en las cuales es necesaria la realización de un conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales. La restauración puede ser dirigida a la recuperación de tierras que dejan de ser productivas por su deterioro o al restablecimiento de su funcionalidad para un aprovechamiento sustentable futuro.

DESCRIPCIÓN DE CADA UGA’S PARA EL MUNICIPIO DE VALLE DE SANTIAGO.

UGA de Aprovechamiento Sustentable. En estas Unidades de Gestión, predominan condiciones naturales favorables, ya que presentan buen estado de conservación; por lo que es posible aprovechar los recursos con mayor intensidad, llegando al límite de la capacidad productiva de los recursos naturales, pudiéndose realizar cambios de uso del suelo para establecer actividades más favorables económicamente, considerando la aptitud del suelo. La definición de Aprovechamiento aplica también a las áreas donde se han dado amplios cambios en los ecosistemas nativos, transformándose en áreas agrícolas, industriales, mineras y de infraestructura. Se emplea la combinación de aprovechamiento sustentable con otro tipo de Política para subrayar la necesidad de manejar los recursos naturales para tener altos niveles de calidad ambiental a través del tiempo, principalmente para las áreas urbanas y los cuerpos de agua. • Los pozos de aprovechamiento agrícola y los cuerpos de agua de donde se extrae agua para nuevas zonas de agricultura de riego mantienen un volumen de agua que les permite mantener su biodiversidad y sus procesos ecológicos, permitiendo que los acuíferos mantengan sus niveles, evitando el descenso del nivel freático y el Desperdicio del Agua, ya que la estadísticas para el Campo Mexicano, indican que el 80 % del Agua que se extrae de los mantos freáticos es para propósitos Agrícolas, y que de este volumen destinado al Campo, el 70 al 80% se desperdicia debido a los métodos de riesgo tradicionales. • La infraestructura de servicios para asentamientos humanos urbanos (plantas de tratamiento de aguas residuales, rellenos sanitarios, estaciones de transferencia de residuos, subestaciones eléctricas, etc.) se instalan dentro del polígono que define el centro de población. • Los embalses, represas y otras obras hidráulicas recuperan y mantienen la capacidad de almacenamiento para el que fueron diseñados o el mínimo necesario para cumplir su función. • Se mantienen las poblaciones nativas de peces, anfibios y otras especies presentes en las lagunas y embalses.

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• Todos los terrenos dedicados a la ganadería extensiva tienen un manejo que les permite mantener una carga animal acorde a la disponibilidad de biomasa vegetal; se mantienen áreas cercadas, fuera del alcance del ganado, que funcionan como centro de germoplasma y de dispersión de semillas.

UGA con Uso Urbano. • No se registra contaminación de suelo y cuerpos de agua derivado de la disposición final de aguas negras. • Todos los terrenos con ecosistemas nativos que estén sujetos a cambios de uso de suelo mantienen áreas libres de modificación, donde se reubican los ejemplares animales y vegetales que sean susceptibles de ser rescatados de las áreas de desarrollo. • Se mantiene la vegetación de galería a la orilla de arroyos, ríos, lagos y otros cuerpos de Agua. • Se mantiene el cauce de ríos y arroyos, salvo en los casos en que sea necesario su modificación para evitar inundaciones en los asentamientos humanos. • Se mantiene un caudal en los ríos que permita el mantenimiento de los ecosistemas acuáticos. • No hay cambios de uso de suelo para la construcción de viviendas e infraestructura asociada en áreas que tengan riesgos de inundación, que se ubiquen en áreas con fallas geológicas activas, encima de minas subterráneas o cerca de Bancos de Material, a orillas de arroyos y ríos, en sitios que colinden con tiradores de basura, rellenos sanitarios, fábricas, parques industriales, presas de jales, y donde se encuentren especies de la NOM‐ECOL‐059‐2001 que no puedan ser reubicados.

UGA con Aprovechamiento Forestal. • Las zonas forestales destinadas a aprovechamiento están sujetas a un conjunto de medidas que permiten cumplir con las normas oficiales mexicanas en la materia y compensar los servicios ambientales que se pierdan por la extracción de madera, por lo que los procesos como generación de suelo, captura de carbono y recarga de acuíferos, se mantienen, además de que se conservan los procesos ecológicos así como la diversidad biológica del área. • Todos los terrenos preferentemente forestales son manejados para reconvertirlos en terrenos forestales, que pueden incluir plantaciones forestales y que permiten el desarrollo de servicios ambientales. • La reforestación se lleva a cabo con variedades con los mejores atributos para los aprovechamientos forestales. Se evita la introducción de especies forestales de origen distinto a los pastizales y bosques, que pueden generar híbridos con las especies nativas. • El benéfico económico derivado de los aprovechamientos forestales se ve reflejado en un incremento en la calidad de vida de los dueños de los bosques explotados. • Hay una disminución significativa de los incendios forestales y un aumento en la productividad del bosque derivado del apropiado manejo forestal, producto de la capacitación a los dueños del bosque.

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UGA de Protección.

• Los cambios de uso de suelo en las áreas naturales protegidas son marginales y corresponden a los que expresamente permita el programa de manejo y su zonificación correspondiente. • Por todos los medios posibles, se deben evitar las extinciones locales de especies en las áreas naturales protegidas. • Se protegen las áreas de aprovechamiento común, con interés cultural y político, permitiendo a la Población en general disfrutar espacios de esparcimiento e interés científico.

UGA de Conservación. • Los cambios en el uso del suelo en las UGA de conservación corresponden a los necesarios para hacer más eficientes las actividades productivas asociadas a las UGA. • El manejo de la vegetación susceptible de aprovecharse en la ganadería extensiva, permite sostener el volumen de caprinos y bovinos, sin que se incremente la erosión y compactación del suelo. • La extracción de productos forestales maderables se realiza minimizando el efecto de borde que produce el derribo de árboles y la creación de caminos, permitiendo la permanencia de zonas arboladas que promuevan el movimiento de especies entre manchones de vegetación no alterada. • La extracción de productos forestales no produce cambios de uso de suelo detectables con instrumentos de percepción remota.

UGA de Restauración: Las áreas con erosión severa tienen obras de recuperación de suelo y reforestación, manteniéndose vigiladas por personas de los Ejidos y otras asociaciones, con controles periódicos y documentados. • Las áreas con agricultura de riego y temporal están resguardados con barreras de arboles, para impedir la acción del viento.

UGA con Actividad Turística:

• Se establecen actividades recreativas y deportivas, asociadas a retos impuestos por la naturaleza.

• Se habilitan áreas recreativas de apreciación y conocimiento mediante el contacto con la naturaleza.

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LINEAMIENTOS.

Los lineamientos se refieren a las metas a alcanzar para cada unidad de gestión ambiental por

lo que se plasma el estado deseable de cada unidad.

ESTRATEGIAS ECOLÓGICAS.

Objetivos específicos que llevan al logro de los lineamientos ambientales, así como a la

minimización de los conflictos ambientales.

CRITERIOS ECOLÓGICOS.

Criterios de Regulación Ecológica. Los programas de Ordenamiento Ecológico podrán incluir

criterios de regulación ecológica, que no son otra cosa que aspectos generales o específicos

que norman los diversos usos de suelo en el área de ordenamiento e incluso de manera

específica a nivel de las distintas Unidades de Gestión Ambiental.

A continuación se presenta el Modelo de Ordenamiento Ecológico expresado por los mapas de

las 12 unidades de gestión ambiental (UGAS) y sus políticas.

Posteriormente se presenta la lista de criterios de regulación ecológica, tanto generales como

específicos, clasificados por temas. De este conjunto de criterios, se asignan los que

correspondan a cada UGA de acuerdo con las particularidades de las mismas.

Finalmente, se presenta una ficha descriptiva de cada UGA, que incluye, además de su

denominación, localización y extensión, la información resultante de:

a) Etapa de diagnóstico (aptitud por sector, áreas de atención especial para protección).

b) Lineamientos ecológicos, los cuales se definieron a partir de la política ambiental.

c) Las estrategias con las acciones a emprender y los indicadores ambientales.

d) Criterios ecológicos a considerar en cada UGA, tanto generales como específicos.

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ID UGA POLITICA

1 EL BORREGO- CARRIZAL

APROVECHAMIENTO Y

RESTAURACIÓN

2 ZONA AGROPECUARIA OCCIDENTAL

APROVECHAMIENTO

3 CERRO BLANCO - LAGUNILLA DE

MOGOTES

APROVECHAMIENTO Y

CONSERVACIÓN

4 REGIÓN VOLCANICA 7 LUMINARIAS

RESTAURACIÓN

5 ZONA AGROPECUARIA ORIENTAL

APROVECHAMIENTO Y

RESTAURACION

6 MAGDALENA DE ARACEO

APROVECHAMIENTO Y

RESTAURACIÓN

7 LAS JÍCAMAS

APROVECHAMIENTO Y

RESTAURACIÓN

8 CERRO PRIETO DEL CARMEN

APROVECHAMIENTO

9 CHARCO DE PANTOJA

APROVECHAMIENTO

10 PUERTA DE SAN ROQUE

APROVECHAMIENTO Y

CONSERVACIÓN

11 LOS MARTÍNEZ

APROVECHAMIENTO Y

CONSERVACIÓN

12 CABECERA MUNICIPAL

APROVECHAMIENTO

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Criterios ecológicos que contribuyen a las Políticas Ambientales

Objetivo Descripción

1 El uso de agroquímicos en los Aprovechamientos Agropecuarios, deben

revisar la calidad del agua del subsuelo, para detectar y prevenir la

contaminación del recurso acuífero.

2 A fin de recargar los acuíferos, en los predios que se utilicen obras e

instalaciones, se deberá permitir la filtración de aguas pluviales al suelo y

subsuelo. Por tal motivo, los propietarios deberán proporcionar una parte del

terreno a construir, como área verde, que siempre será permeable.

3 Como fuente alternativa se debe optar la captación del agua de lluvia para el

consumo humano y actividades domésticas.

4 Los hidrocarburos, llantas y productos químicos no biodegradables no se

verterán por ningún motivo al suelo, cuerpos de agua ni a rellenos ni sitios de

disposición final.

5 Se promoverá la reutilización de las aguas residuales previo cumplimiento de

las disposiciones legales vigentes en materia de calidad de aguas.

6 Las aguas residuales no deben entrar en contacto con pozos de absorción de

agua pluvial. Deberán disponerse a través del sistema de drenaje municipal o

bien a través de algún sistema de tratamiento de aguas residuales cumpliendo

en todo momento con la normatividad.

7 Las fosas sépticas para su construcción y cumplimiento deben dar

cumplimiento a la NOM-006-CNA-1997.- Fosas sépticas prefabricadas,

especificaciones y métodos de prueba.

8 La construcción del drenaje pluvial deberá ser diseñada y autorizada según

Normatividad.

9 La canalización debe separar el drenaje pluvial del drenaje sanitario en todas

las obras y actividades sin excepción.

10 Los usos autorizados deben incluir acciones para el ahorro del recurso agua,

así como medidas de prevención de contaminación del manto freático.

11 Se tendrá un programa integral de manejo de desechos sólidos y líquidos

(minimización, separación, recolección y disposición final), para todas las

actividades, que incluya medidas preventivas para el manejo y disposición

adecuado de grasas, aceites e hidrocarburos.

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12 Se planteará como opción privilegiada para aprovechamiento, en el desarrollo

de los usos de suelo y actividades permitidas, aquellos sitios que ya están en

desuso o abandonados, por ejemplo: áreas desmontadas, potreros, bancos de

materiales para la construcción, etc.

13 Sólo en caso excepcional se permitirá la remoción total o parcial de la

vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no

forestales. Se debe obtener la autorización para el cambio de uso del suelo en

terreno forestal.

14 Se harán los estudios ambientales que se necesiten para identificar y valorar

los impactos potenciales de las obras y actividades sobre los recursos

naturales, flora y fauna, a fin de determinar las medidas de prevención,

mitigación y/o compensación correspondientes y en consecuencia dictaminar

su viabilidad, poniendo especial énfasis en las etapas de operación y

mantenimiento., según el Artículo 28 de la LGEEPA.

15 En las áreas naturales deberán eliminarse los ejemplares de especies exóticas

considerados como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y

Uso de la Biodiversidad (CONABIO). El material vegetal deberá ser eliminado

mediante procedimientos que no permitan su regeneración y/o propagación.

16 En la superficie del predio autorizada para su aprovechamiento, en forma

previa al desmonte y/o a la nivelación del terreno, debe realizarse un

Programa de rescate selectivo de flora y recolecta de material de

propagación, a fin de aprovechar el material vegetal que sea susceptible para

obras de reforestación, restauración y/o jardinería

17 Las actividades recreativas que se desarrollen en zonas de anidación y

reproducción de la fauna silvestre con estatus de protección señalada en la

normatividad federal aplicable, requieren de un programa cuyo objetivo sea

el de preservar estos sitios.

18 Previo al desarrollo de cualquier obra o actividad se deberá ejecutar un

Programa de rescate y reubicación selectiva de fauna, poniendo especial

atención a las especies protegidas y las de lento desplazamiento.

19 Para las actividades proyectadas que impliquen la afectación o alteración de

poblaciones de especies incluidas en los listados de la Norma Oficial Mexicana

NOM-059-SEMARNAT-2001, se debe elaborar y ejecutar un programa de

monitoreo de dichas poblaciones a fin de prevenir riesgos de desplazamiento

o eliminación de las mismas, así como alteraciones de las condiciones que

hacen posible su presencia.

20 En el tratamiento de plagas y enfermedades deben manejarse productos que

afecten específicamente la plaga o enfermedad que se desea controlar, que

sean preferentemente orgánicos o los estrictamente los autorizados por la

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Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas,

Fertilizantes y Substancias Tóxicas (CICOPLAFEST).

21 El uso de agroquímicos y la disposición final de sus envases deberá seguir las

indicaciones de la ficha técnica del producto en cuanto a dosis y frecuencia de

aplicación, así como lo que establezca la Comisión Intersecretarial para el

Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Substancias Tóxicas

(CICOPLAFEST).

22 Para evitar el fraccionamiento de hábitats, las autoridades correspondientes

deberán desincentivar o en su caso condicionar estrictamente la construcción

de nuevos caminos de acceso en Unidades de Gestión Ambiental con políticas

de Protección.

23 En las Unidades de Gestión Ambiental con política ambiental de Protección, el

volumen de sonido que emitan fuentes fijas y móviles, no deberá rebasar los

límites máximos de los decibeles registrados generados por la misma

naturaleza, de acuerdo a estudio de intensidad de audio que realice el gestor

del Estudio.

24 Las autoridades competentes deben priorizar el pago de servicios ambientales

en aquellas Unidades de Gestión Ambiental con políticas de Protección y

Protección Restauración donde se incluye este uso.

25 La disposición final de residuos sólidos únicamente podrá realizarse de

acuerdo con la normatividad aplicable y en los sitios y condiciones que para el

caso se determinen.

26 Para el desarrollo de usos condicionados se debe elaborar y ejecutar un

programa de monitoreo ambiental sobre los recursos y procesos prioritarios.

Los resultados deberán entregarse a la autoridad ambiental correspondiente

para su incorporación a la bitácora ambiental, bajo la periodicidad que

determine dicha autoridad.

27 En predios en los que se encuentren restos arqueológicos se necesitará

autorización previa del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

28 Los campamentos de construcción o de apoyo deben contar con una letrina o

regadera, área para elaboración y consumo de alimentos, manejo y

transporte de residuos sólidos urbanos, techo y servicios básicos para el total

de trabajadores y garantizar el transporte para los trabajadores que se

trasladan fuera del área.

29 Los asentamientos humanos (ampliación o instalación) serán autorizados

únicamente cuando estén relacionados con las actividades productivas

autorizadas y usos de suelo permitidos.

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ESTRATEGIAS ECOLÓGICAS Y CARACTERIZACION DE CADA UNIDAD DE GESTION AMBIENTAL

Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 1 Nombre: El Borrego-El Carrizal. Ubicación: Al Sur Oeste del Municipio, Colinda con las UGA’s, Las Jícamas, Los Martínez, Charco de Pantoja, Zona agropecuaria occidental, Cerro Blanco – Lagunilla de Mogotes y el Municipio de Yuriria. Superficie total: 4149.98 Ha Principales Poblados: El Borrego, El Carrizal o El Motivo, La Jaulilla, El Chiqueo, Las Flores y El Timbinal.

Sector Aptitud del Sector

Cultivo Forestal

Alta Baja

Justificación

Esta Unidad, se caracteriza por tener vocación tanto de Cultivo como Forestal, y es de notar la mínima presencia de Localidades en esta UGA, lo que potencialmente debería facilitar el Manejo Ambiental. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.6 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 165 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 23 en el Sector Secundario y 11 en el Terciario. Como datos a subrayar, destaca el muy alto porcentaje de personas ocupadas que no perciben ingreso, generalmente por el parentesco de la persona con quién trabajan, asimismo, nadie percibe más de 5 salarios mínimos en esta UGA.

Política Ambiental

Aprovechamiento y Restauración

Estrategia Ecológica

1 La gran mayoría del Territorio de la Unidad de Gestión es de Uso Agrícola, las 2 terceras partes de la misma, aunque es de escasa productividad. En el año 2009, debido a la sequía, productores en toda la UGA perdió total o parcialmente las cosechas, es necesario instalar bordos o empezar a construir nuevos pozos para no tener ese

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tipo de Contingencias.

2 Construcción de al menos 4 represas o bordos, privilegiando las zonas que aún no tienen cuerpos de agua en al menos 3 km a la redonda.

3 En la cuestión Forestal, existen 2 situaciones a controlar: • La Quema de Esquilmos en esta Zona debe controlarse en mayor medida. • Vigilancia para evitar la tala Clandestina. Para los cultivos, resulta obvio que debido a la Pendiente del terreno, y a la nula tecnificación del mismo, no es posible pasar de la Agricultura de Subsistencia, máxime cuando en esta Unidad de Gestión, la mayor parte de la tenencia de la Tierra es de tipo Ejidal, y de acuerdo a la Ortofoto 2009 y la digitalización de las mismas, el tamaño promedio de terreno que tiene el Productor no debe superar las 2 hectáreas.

4 El crecimiento demográfico de las localidades presentes en esta Unidad, dada la escasa cantidad

de poblaciones presentes, no representa mayor problema, sin embargo los problemas de

inseguridad derivados de su aislamiento es un tema a considerar.

5 Para la protección del Clima, debe considerarse la Conversión de las Zonas de Cultivo, que son poco productivas, a Manejo Forestal, reintroduciendo las especies endémicas, y además colocar bordos estratégicos para ganado que en cantidades sustentables para el terreno, ofrezcan nuevas perspectivas de Ingreso a las 3 localidades.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Las autoridades competentes, en el desarrollo de programas de conservación de Zonas

Forestales y de áreas verdes, deberán convocar a la participación activa de la comunidad.

2 Las autoridades deberán realizar campañas de uso adecuado de los recursos naturales, de

prevención de desastres, de fomento a la salud, así como de uso de tecnologías alternativas

para la conservación de energía.

3 En los programas de educación ambiental se incluirán técnicas para la elaboración de

composta.

4 En el Área Natural Protegida, se deberán incluir rutas con senderos señalados.

5 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola,

ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de

riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y

patrimonios culturales y naturales.

6 En desarrollo de obras y actividades, el cambio de uso de suelo forestal estará sujeto a la

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autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

7 Quienes realicen actividades en zonas con pendientes pronunciadas, y zonas vulnerables

requieran, deberán aplicar técnicas mecánicas, de forestación y de estabilización de suelos.

8 En obras de protección del suelo, prevención y control de la erosión, se establecerán obras de

protección como zanjas, rampas contracorriente, rompe vientos, así como forestación.

9 En el desarrollo de los trabajos de limpieza de terrenos en cualquier tipo de obra o actividad

industrial, comercial, de servicios o habitacional, se retirará solamente la capa mínima de

terreno necesaria, promoviendo mantener el suelo y vegetación en los terrenos colindantes.

10 En las áreas que presenten deterioro ambiental se promoverá el establecimiento de zonas de

restauración ecológica con el fin de permitir su recuperación.

11 Deberá evitarse la alteración de los cauces de arroyos que implique deterioro de sus

condiciones naturales.

12 Toda persona que contamine, deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales, estará

obligada a reparar los daños y/o restaurar los componentes del ecosistema y el equilibrio

ecológico.

13 El cambio de uso de suelo de áreas agrícolas a otros usos, estará sujeto a la autorización en

materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

14 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

15 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

16 En el desarrollo de actividades agrícolas se promoverá el uso de fertilizantes orgánicos, así

como compostas para mejorar las propiedades de los suelos.

17 En desarrollo de actividades agrícolas se evitara el uso de agroquímicos de larga permanencia y

no biodegradables.

18 Queda estrictamente prohibido verter en drenes, canales, lagos y demás cuerpos de agua,

productos agroquímicos o residuos que resulten del lavado de mezcladoras, tanques, pipas,

depósitos en general.

19 Se aplicarán las dosis mínimas recomendadas de agroquímicos, atendiendo a las condiciones

de la planta, tipo de plaga y características físicas del área.

20 El manejo y asesoramiento técnico en el uso de agroquímicos deberá realizarse por personal capacitado.

21 Se deberán colocar señalamientos preventivos en campos con reciente aplicación de

agroquímicos.

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22 Quienes utilicen materiales plásticos en actividades agrícolas deberán dar un manejo y

disposición adecuado a los residuos generados, de acuerdo a la normatividad vigente,

favoreciendo su reciclaje.

23 Se utilizarán los esquilmos agrícolas y alimentos balanceados para complementar la

alimentación del ganado.

24 Se prohíbe el vertimiento en cauces de arroyos y/o cuerpos receptores de desechos

agropecuarios.

25 Quienes se dediquen al desarrollo de actividades pecuarias deberán instalar corrales de

engorda a fin de proteger los recursos naturales, la flora y fauna silvestre.

26 En el aprovechamiento y conservación de los recursos forestales, se deberán proteger los

bienes y servicios ambientales y sujetarse a lo establecido en la normatividad vigente.

27 La explotación y aprovechamiento de materiales pétreos y de minerales en el Estado se

sujetará a la autorización en materia de impacto ambiental que la autoridad competente

otorgue para tal efecto.

28 Las plantas industriales de extracción contarán con los sistemas y equipos de trabajo

necesarios para garantizar la seguridad y ausencia de riesgo a la salud de los trabajadores y al

ambiente.

Lineamientos o Metas

1 Incentivar la creación de al menos 1 Asociación de productores en los próximos 2 años con

propósitos de vigilancia para evitar la contaminación de los cuerpos de agua existentes, así

como de la quema de esquilmos, contando con la participación municipal y estatal de los

órganos dedicados a la ecología.

2 Construcción de al menos 4 represas o bordos, privilegiando las zonas que aún no tienen

cuerpos de agua en al menos 3 km a la redonda.

3 Consolidación mediante 2 organizaciones de campesinos, que como ya vimos tienen pocas

hectáreas cada uno, para adquirir semillas a mejores precios, poder negociar la renta de

equipo o venta a precios preferentes y mejorar el precio de venta del producto.

4 Introducir al menos en 5 hectáreas cada año, nuevos tipos de semillas resistentes a la

sequia o de mejor producción, o bien de cultivos alternos, que permitan diversificar la

oferta de los productores del municipio. Empresas como Monsanto, BASF, Dow, Dekalb,

Asgrow, pueden aportar esos tipos de semilla.

5 Reforestar cada año 10 has de las zonas abandonadas de cultivo, privilegiando las zonas

más agrestes.

6 Inventariar cada año la ubicación de los incendios forestales acontecidos y sus causas: naturales, provocados por quema, turismo, etc.

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7 Reconvertir al menos 25 hectáreas de Zonas Agrícolas de baja productividad, a zona de

pastoreo, preferentemente inventariadas para algún Programa de Apoyos que permite

incrementar la renta que genera ese el terreno.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 2 Nombre: Zona Agropecuaria Occidental del Municipio. Ubicación: Colinda con los municipios de Abasolo y Huanímaro., y la UGA’s, Puerta de San Roque, Charco de Pantoja, Cerro Prieto del Carmen, Región Volcánica 7 luminarias, y el Borrego – Carrizal. Superficie total: 17,279.12 Ha Principales Poblados: Charco de Pantoja, Santa Bárbara, San Antonio de Mogotes, San Ignacio de San José Parangueo, Loma Tendida, Cerro Colorado y San Felipe Quiriceo, Localidades de alrededor de 1,000 habitantes o más.

Sector Aptitud del Sector

Agropecuaria Alta y Media

Justificación

Resalta que la gran actividad Predominante en esta Zona, es la Agropecuaria, misma que se refuerza con los datos de las Actividades Económicas. En esta Unidad, los procesos de Asociación entre productores agrícolas han sido fructíferas en varios casos, como la Sociedad Ejidal Charco S.P.R. de R.L. y La Unión de Ejidos de Producción 16 de Abril, que es un caso que podría ser replicado en el sector productivo ganadero. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.69 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 2,523 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 617 en el Sector Secundario y 820 en el Terciario

Política Ambiental

Aprovechamiento.

Estrategia Ecológica

1 Existe mucho desperdicio de Agua en el Campo y en las Actividades Domésticas, sin embargo, hay comunidades que no tienen red de agua potable o Plantas tratadoras por lo que sufren carencia de Agua. (San Isidro de Mayates, Quiriceo).

2 Aparte de la pequeña Presa de Santa Gertrudis, la construcción de otras obras hidráulicas es necesaria.

3 En menor escala, otra de las solicitudes es la Construcción de Bordos para represar el Agua de Lluvia, principalmente para poder tener Ganado.

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4 Respecto a la comercialización de los productos agrícolas, también en esta Unidad de Gestión se ha empezado a trabajar en el Aseguramiento de las Cosechas, un proceso que dadas las condiciones climáticas de los últimos años, debería ser mas utilizado.

5 En la cuestión Forestal, aunque existe poca superficie dedicada a este Uso, 2 puntos de atención sobrepasaron a los demás en esta Zona:

a) La necesidad de mucha mayor vigilancia para evitar la tala Clandestina.

b) b) es necesario aplicarles realmente los castigos correspondientes a la tala clandestina, ya que fue notoria la sensación de impunidad en delitos ambientales que tiene el grueso de las Comunidades.

c) Curiosamente, en esta Unidad de Gestión Ambiental, la quema accidental o provocada del Bosque, no tiene incidencia.

d) Respecto a las necesidades en Materia de Cultivos, la gran Mayoría de los consultados, se decantó por 2 requerimientos necesarios para aumentar la productividad de sus tierras:

e) 1. El aumento y llegada a tiempo de los Recursos Económicos de la Federación para el Campo, ya que los productores comentan que en casos como en la localidad de La Coalanda, se han retrasado, lo que provoca que las acciones de aplicación de algunos complementos al terreno no se haga de manera oportuna y disminuya la producción.

f) 2. La necesidad de contar con apoyos tanto económicos como de asesoría para tecnificarse, : el riego se introduzca por Tubería subterránea, semillas mejorados, uso de equipo de labranza apropiado, ya que muchos productores no tienen

g) acceso a tractores ni otra tecnificación, adicionado que el precio de un insumo básico, como es el fertilizante, ha alcanzado precios altos.

h) El crecimiento de los Pueblos, según la consulta, debe hacerse siguiendo un ordenamiento, priorizando la conservación de las Zonas de cultivo cercanas al Pueblo, y mencionan que también sería conveniente reforzar la educación para tener pocos hijos, caso concreto San Diego Quiriceo.

i) Para la protección del Clima, las acciones más urgentes en esta Unidad deben enfocarse

a evitar la quema de los esquilmos (residuos de la cosecha: pata de trigo, etc), así como

la quema de Basura, y es muy recurrente la solicitud de Drenajes o fosas sépticas.

(Loma Tendida, Quiriceo, Col. Benito Juárez, San Ramón de los Patios).

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 El cambio de uso de suelo de áreas agrícolas a otros usos, estará sujeto a la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

2 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

3 En el desarrollo de actividades agrícolas se promoverá el uso de fertilizantes orgánicos, así como compostas para mejorar las propiedades de los suelos.

4 En desarrollo de actividades agrícolas se evitara el uso de agroquímicos de larga permanencia y no biodegradables.

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5 En el desarrollo de actividades agrícolas se aplicarán medidas necesarias para proteger los cuerpos de agua superficiales y subterráneos contra la contaminación por productos agroquímicos.

6 Se aplicarán las dosis mínimas recomendadas de agroquímicos, atendiendo a las condiciones de la planta, tipo de plaga y características físicas del área.

7 El manejo y asesoramiento técnico en el uso de agroquímicos deberá realizarse por personal capacitado.

8 Se prohíbe la aplicación aérea de agroquímicos en zonas colindantes a los asentamientos humanos.

9 Quienes comercialicen agroquímicos deberán contar con las instalaciones adecuadas para el almacenamiento y manejo de las sustancias químicas.

10 Quienes utilicen materiales plásticos en actividades agrícolas deberán dar un manejo y disposición adecuado a los residuos generados, de acuerdo a la normatividad vigente, favoreciendo su reciclaje.

11 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola, ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y patrimonios culturales y naturales.

12 Los planes y programas de gestión integral de los residuos deberán incluir campañas permanentes de concientización sobre el almacenamiento, manejo y reciclaje de residuos.

13 Los generadores de residuos sólidos urbanos y residuos peligrosos deberán adecuar un sitio de acopio temporal en sus instalaciones donde reciban, trasvasen y acumulen temporalmente los residuos para su posterior envío a las instalaciones autorizadas para su tratamiento, reciclaje, reutilización, co-procesamiento y/o disposición final.

14 En las áreas conurbanas y rurales que no cuenten con servicio de drenaje sanitario, es prioritaria la instalación de fosas sépticas y/o sanitarios ecológicos que cumplan con las regulaciones vigentes en la materia.

15 Las actividades productivas que generen aguas residuales en sus procesos deberán de contar con un sistema de tratamiento previo a su disposición en cuerpos receptores incluyendo los sistemas de drenaje y saneamiento.

16 En el desarrollo de actividades se promoverá el ahorro de agua potable y el reuso de aguas grises.

17 No se permite la desecación de cuerpos de agua y la obstrucción de escurrimientos fluviales.

18 No se permiten edificaciones ni el establecimiento de asentamientos humanos en áreas de recarga de acuíferos.

19 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola, ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y patrimonios culturales y naturales.

20 La construcción de infraestructura para la disposición de residuos no deberá realizarse en áreas de recarga de acuíferos, ni cerca de mantos acuíferos, ni sobre suelos muy permeables.

21 Las autorizaciones de cambio de uso de suelo forestal estarán sujetas a lo establecido en el Inventarío Forestal y la legislación en la materia.

22 Se limitará el aprovechamiento forestal en áreas donde la masa forestal sea un regulador de la calidad del aire de cuencas urbanas, regulador del régimen hídrico y de absorción a mantos subterráneos, y sitios turísticos para grandes núcleos de población o sitio de valor escénico ó estético.

23 Se deberán respetar aquellos individuos o cúmulos de leña que sean sitios de anidación o refugio de fauna silvestre.

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24 Se prohíbe la quema de residuos forestales

25 Los residuos forestales que no sean aprovechados deberán ser reintegrados al suelo.

26 Los organismos públicos que realicen actividades de forestación deberán establecer invernaderos para la producción de especies nativas.

LINEAMIENTOS O METAS

1 Construcción de al menos 10 represas o bordos en 3 años., sobre todo en zonas que aún tienen cuerpos de agua en al menos 5 km a la redonda

2 Consolidación mediante una organización de campesinos para adquirir semillas a mejores precios, poder negociar la renta de equipo o venta a precios preferentes y mejorar el precio de venta del producto.

3 Introducción en 25 hectáreas cada año, de nuevos tipos de semillas resistentes a la sequia o de mejor producción, o bien de cultivos alternos, que permitan diversificar la oferta de los productores del municipio. Empresas como Monsanto, BASF, Dow, Dekalb, Asgrow, pueden aportar esos tipos de semilla.

4 Recuperar para el uso forestal, 60 hectáreas en los próximos 2 años, de las áreas agrícolas no productivas.

5 Inventariar cada año las principales áreas de descarga agrícola y poblacional, a los cuerpos de agua, para generar alternativas al tratamiento de esas aguas.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 3 Nombre: Cerro Blanco-Lagunilla del Mogote. Ubicación: Colinda con el municipio de Yuriria., y la UGA’s, I El Borrego- El Carrizal, III Cerro Blanco-Laguna de Mogotes, IV Región Volcánica 7 Luminarias, IX Cerro Prieto del Carmen, X Charco de Pantoja y XI Puerta de San Roque. Superficie total: 5,357.12 Ha Principales Poblados: El Armadillo, Cerro Blanco, El Circuito, Lagunilla de Mogotes, Cerro de San Agustín y Cerritos.

Sector Aptitud del Sector

Forestales Cultivo.

Alta Baja

Justificación

Predominan los Recursos Forestales, seguidos del Cultivo, que no es de la mejor calidad debido a la pendiente de Terreno. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.76 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 406 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 21 en el Sector Secundario y 16 en el Terciario

Política Ambiental

Aprovechamiento y Restauración.

Estrategia Ecológica

1 La Construcción de Bordos para represar el Agua de Lluvia, principalmente para poder tener Ganado.

2 En la cuestión Forestal, existen 3 situaciones a controlar: • La Quema de Esquilmos en esta Zona debe controlarse en mayor medida. • Vigilancia para evitar la tala Clandestina. • La Quema Clandestina de Basura, principalmente llantas.

3 Para los cultivos, la idea de los productores es solicitar apoyos para tecnificar la Zona, sin embargo, considerando que los predios agrícolas son en su gran mayoría de Propiedad Ejidal y el tamaño promedio de los mismos es de 1.8 has, entonces debe contemplarse la Asociación de los Productores y el cultivo de Productos no Tradicionales adecuados a esta Zona o bien la cría de ganado Avícola o Caprino.

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4 El crecimiento de estos Pueblos, dado la escasa cantidad de Poblaciones presentes, no

representa mayor Problema, sin embargo los problemas de inseguridad derivados de su

aislamiento es un tema a considerar.

5 Para la protección del Clima, debe considerarse la Conversión de las Zonas de Cultivo, que son poco productivas, a Manejo Forestal, reintroduciendo las especies endémicas, y además colocar bordos estratégicos para ganado que en cantidades sustentables para el terreno, ofrezcan nuevas perspectivas de Ingreso a las 6 localidades de la Zona.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Se prohíbe el aprovechamiento forestal en las zonas decretadas de veda temporal o permanente.

2 Se limitará el aprovechamiento forestal en áreas donde la masa forestal sea un regulador de la calidad del aire de cuencas urbanas, regulador del régimen hídrico y de absorción a mantos subterráneos, y sitios turísticos para grandes núcleos de población o sitio de valor escénico ó estético.

3 No se permitirán los aprovechamientos forestales en terrenos donde no se hayan realizado

inventarios de de flora y fauna.

4 Se deberán respetar aquellos individuos o cúmulos de leña que sean sitios de anidación o

refugio de fauna silvestre.

5 Se prohíbe la quema de residuos forestales

6 Los residuos forestales que no sean aprovechados deberán ser reintegrados al suelo.

7 En el posible caso de creación de Bancos de Germoplasma y jardines botánicos, se deberá

evitar la propagación e introducción de especies exóticas que puedan desplazar las especies

nativas.

8 No se permiten edificaciones ni el establecimiento de asentamientos humanos en áreas de

recarga de acuíferos.

9 Se prohíbe alterar áreas esenciales para los procesos de recarga de acuíferos.

10 En el desarrollo de obras y actividades en cauces, se evitará la afectación al lecho de ríos,

arroyos y a los procesos de recarga de acuíferos

11 Se deberá dar cumplimento a las vedas establecidas para la explotación de los mantos

acuíferos.

12 Las fosas sépticas, pozos de absorción y lagunas de oxidación se deben ubicar y construir

considerando el tipo y permeabilidad del suelo y la profundidad del manto freático a fin de

evitar la contaminación de los acuíferos. Para la autorización de dichas obras, se evaluará el

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impacto ambiental.

13 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola,

ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de

riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y

patrimonios culturales y naturales.

14 En desarrollo de obras y actividades, el cambio de uso de suelo forestal estará sujeto a la

autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

15 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

16 En el desarrollo de actividades agrícolas se promoverá el uso de fertilizantes orgánicos, así

como compostas para mejorar las propiedades de los suelos.

17 En el desarrollo de actividades agrícolas se aplicarán medidas necesarias para proteger los

cuerpos de agua superficiales y subterráneos contra la contaminación por productos

agroquímicos

18 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia.

19 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos

peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

20 El manejo y asesoramiento técnico en el uso de agroquímicos deberá realizarse por personal capacitado.

21 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

22 En el desarrollo de todo tipo de actividades publicas o privadas, deberán desarrollarse planes

para la reducción, re uso y reciclaje de residuos.

23 No podrán utilizarse desechos orgánicos que contengan sustancias tóxicas o contaminantes

como abonos orgánicos.

Lineamientos o Metas

1 Plantar arbustos o herbáceas en densidad media, en las zonas de pendiente de más de 7

grados, que estén afectados por la erosión en alguna medida, con un promedio de 10 Has

por año, en los próximos 5 años. Arboles de mayor dimensiones serían muy poco

probables que permanecieran.

2 Consolidar 1 comisión o grupo de apoyo, conformado por autoridades y representantes de

ejidos, para capacitar en cultivos en relieve o siguiendo las curvas de nivel, para cambiar

un promedio de 25 a 30 has por año, de forma de cultivo.

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3 Consolidación mediante 2 organizaciones de campesinos, que como ya vimos tienen pocas

hectáreas cada uno, para adquirir semillas a mejores precios, poder negociar la renta de

equipo o venta a precios preferentes y mejorar el precio de venta del producto.

4 Para prevenir una excesiva afectación de los incendios forestales, generar cortafuegos en

una extensión por año de 4 km lineales.

5 Recuperar para el uso forestal, 100 hectáreas en los próximos 2 años, de las áreas agrícolas

no productivas.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 4 Nombre: Región Volcánica 7 Luminarias. Ubicación: Colinda con el municipio de Yuriria., y la UGA’s, III Cerro Blanco-Laguna de Mogotes, V Zona agropecuaria oriental, VIII Cabecera Municipal, VI Magdalena de Araceo, II Zona agropecuaria occidental Superficie total: 1,568.108 Ha Principales Poblados: San Nicolás de Parangueo, Rincón De Parangueo, La alberca, Hoya de Cíntora.

Sector Aptitud del Sector

Forestales Cultivo

Alta Baja

Justificación

Esta Unidad, se caracteriza por tener vocación tanto de Cultivo como Forestal, pero circunscribiéndose al hecho de ser un Área Natural Protegida. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.21 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 1,601 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 271 en el Sector Secundario y 257 en el Terciario

Política Ambiental

Restauración.

Estrategia Ecológica

1 Buen manejo del Agua, ya que evitan desperdiciarla por tener el acceso a la misma no abundante, pero se necesita drenaje (Hoya de Cíntora de Arriba).

2 En la cuestión Forestal, solamente incrementar la Vigilancia, en cuanto a la Reforestación, esta es una Zona que la práctica de manera adecuada.

3 Para los cultivos, los objetivos que proponen es el establecimiento de bordería para almacenar Agua, así como posibilitarles la adquisición del Ganado apropiado para esta Zona, caprino principalmente.

4 El crecimiento de estos Pueblos, sólo está sujeto así al asegurarse que la propiedad de los terrenos cercanos a los Pueblos, está debidamente formalizada, ya que en ocasiones se invaden parcelas cuyos dueños han fallecido o migraron.

5 Para la protección del Clima, consideran necesario el Mejorar la Recolección de la Basura, para evitar quemarla, y la vigilancia para la quema clandestina de esquilmos o Basura.

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OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Se permite la construcción de caminos rurales y vialidades secundarias.

2 Se permiten las actividades de investigación científica manipulativa y el monitoreo del ambiente.

3 El desarrollo de proyectos eco turísticos y de aventura se permitirá en aquellas áreas que de

acuerdo a la evaluación de su capacidad de carga, presenten vocación para esta actividad. Para

su desarrollo se deberán elaborar programas de educación ambiental dirigidas a las

comunidades locales y a los visitantes nacionales y extranjeros

4 Se permiten las siguientes actividades:

Caza fotográfica

Actividades náuticas como buceo recreativo, natación, canotaje y de vela.

Recorridos a pie

Campismo: se deberá delimitar el área donde se lleva a cabo la actividad y se determinarán los

sitios de acceso y áreas para estacionamiento de vehículos y zonas de acampar. Se contará con

señalamientos donde se indiquen las restricciones para las actividades. En estas áreas se

restringe el tránsito de vehículos.

5 Se permite el aprovechamiento y uso artesanal de recursos naturales únicamente bajo programas de manejo y asesoría técnica.

6 Para la expansión de las actividades económicas existentes, el aprovechamiento de recursos

naturales y el desarrollo de nuevas actividades, se deberá evaluar el impacto ambiental.

7 El cambio de uso de suelo de áreas agrícolas a otros usos, estará sujeto a la autorización en

materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

8 En la autorización de cambio de uso de suelo, deberá garantizarse la conservación del suelo y

el equilibrio ecológico.

9 Se prohíbe alterar áreas esenciales para los procesos de recarga de acuíferos.

10 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

11 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos

peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

12 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

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13 En las áreas conurbanas y rurales que no cuenten con servicio de drenaje sanitario, es

prioritaria la instalación de fosas sépticas y/o sanitarios ecológicos que cumplan con las

regulaciones vigentes en la materia.

14 Quienes realicen actividades de tratamiento de aguas residuales, deberán reutilizar las aguas

tratadas para riego de áreas verdes.

15 En el desarrollo de actividades se promoverá el ahorro de agua potable y el re-uso de aguas

grises.

16 No se permiten edificaciones ni el establecimiento de asentamientos humanos en áreas de

recarga de acuíferos.

17 En el desarrollo de obras y actividades en cauces, se evitará la afectación al lecho de ríos,

arroyos y a los procesos de recarga de acuíferos

18 Se deberá dar cumplimento a las vedas establecidas para la explotación de los mantos

acuíferos

19 Los elementos naturales de valor ecológico que se encuentren en sitios turísticos deberán de

ser contemplados para su protección.

20 Las fosas sépticas, pozos de absorción y lagunas de oxidación se deben ubicar y construir considerando el tipo y permeabilidad del suelo y la profundidad del manto freático a fin de evitar la contaminación de los acuíferos. Para la autorización de dichas obras, se evaluará el impacto ambiental.

21 En las Áreas Naturales Protegidas, se deberán incluir rutas con senderos señalizados.

22 Quienes realicen actividades en zonas con pendientes pronunciadas, y zonas vulnerables

requieran, deberán aplicar técnicas mecánicas, de forestación y de.

23 En obras de protección del suelo, prevención y control de la erosión, se establecerán obras de

protección como zanjas, rampas contracorriente, rompe vientos, así como forestación.

24 La instalación de zonas industriales se realizara de acuerdo a las condiciones climatológicas y

meteorológicas de las localidades, para asegurar las adecuadas afectaciones por emisiones a la

atmósfera y dispersión de los contaminantes.

25 Expresamente deben prohibirse los asentamientos humanos y edificaciones en zonas de riesgo

como lechos de ríos o arroyos, cañones, zonas con pendientes pronunciadas, zonas de fallas

geológicas, zona de deslizamientos, y de procesos de erosión.

Lineamientos o Metas

1 Limpiar de maleza excesiva, las hoyas presentes en esta Unidad de Gestión, tomando

como plazo los próximos 2 años, y dar mantenimiento..

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2 Implementar medidas para evitar la erosión de los centros de las hoya, que tienen caliche

y que en épocas de secas generan grandes polvaredas.

3 Evitar totalmente la construcción de viviendas en las cercanías de las hoyas, y de ser

posible, retirar las existentes en un radio de 250 metros del contorno de cada hoya.

4 Recuperar para el uso forestal, 80 hectáreas en los próximos 3 años, de las áreas agrícolas

no productivas, y de zonas aledañas a los bancos de material.

5 Inventariar los puntos de descarga de residuos agrícolas en cuerpos de agua, señalando

ubicación y características cada año.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 5 Nombre: Zona Agropecuaria Oriental Ubicación: Colinda con los municipios de Jaral del Progreso y salamanca. Y con las UGA’s, IV región volcánica 7 luminarias, XIII Cabecera Municipal y VI magdalena de Araceo. Superficie total: 14,667.05 Ha Principales Poblados: El Perico, La Compañía, Rancho Seco de Guantes, Santa Ana Y Bellavista de Santa María.

Sector Aptitud del Sector

Agropecuaria Alta Media

Justificación

Zona es casi totalmente Agropecuaria. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.95 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 1,616 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario; 469 en el Sector Secundario y 628 en el Terciario Los sueldos predominantes son de entre 1 y 2 salarios mínimos, lo que es normal considerando que la actividad predominante en esta UGA, es obviamente la Agricultura, que al estar incluida en el Sector Primario, no es de las actividades más remuneradas.

Política Ambiental

Aprovechamiento y Restauración.

Estrategia Ecológica

1 Promover la Cultura del Buen Uso, realizando campañas de Concientización.

2 Revisión aleatoria y periódica de Medidores en los pozos de Uso Agrícola, para garantizar el funcionamiento y con ello el gasto controlado del Agua.

3 Impulsar los programas de Apoyo para la Introducción de Tubería Subterránea, para evitar pérdidas por evaporación.

4 Multas mayores a quiénes desperdicien el Agua.

5 Aunque en la mayor parte de la Zona Agropecuaria ya cuentan con cortinas de árboles rompe vientos, es conveniente incrementar el número de estas, y reforzar con una segunda cortina, bien incluyendo arboles en algunas cortinas que han perdido parcialmente alguna sección.

Para las Zonas Agrícolas, las recomendaciones son:

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• Labranza de Conservación. • Experimentación de semillas y técnicas de Cultivos. • Optimizar el Riego, introduciendo tubería subterránea, aportando económicamente los actores de los gobiernos municipales, estatales y federales. • Las Zonas de poco potencial agrícola, hacer reconversión productiva, considerando relieve y tipo de suelo. • Establecer la llegada de los Apoyos Gubernamentales al campo, en los tiempos oportunos, pues si llegan a destiempo, se pierden ventanas de oportunidad para aplicar fertilizantes, plaguicidas y otros, disminuyendo la productividad.

Para la protección del Clima, consideran necesario el Mejorar la Recolección de la Basura, para

evitar quemarla, y la vigilancia para la quema clandestina de esquilmos o Basura.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Quienes realicen actividades en zonas con pendientes pronunciadas, y zonas vulnerables requieran, deberán aplicar técnicas mecánicas, de forestación y de estabilización de suelos.

2 Se prohíbe la explotación de bancos de material pétreo dentro de la mancha urbana de centros de población y en predios colindantes o cercanos a los asentamientos humanos, en por lo menos 500 m de distancia.

3 El desarrollo de las actividades deberá respetar la vocación natural del suelo, y ser compatible

con las actividades que marca la normatividad aplicable.

4 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

5 En el desarrollo de actividades agrícolas se aplicarán medidas necesarias para proteger los cuerpos de agua superficiales y subterráneos contra la contaminación por productos agroquímicos.

6 Los planes y programas de gestión integral de los residuos deberán incluir campañas

permanentes de concientización sobre el almacenamiento, manejo y reciclaje de residuos.

7 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia.

8 No podrán utilizarse desechos orgánicos que contengan sustancias tóxicas o contaminantes

como abonos orgánicos.

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9 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola,

ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de

riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y

patrimonios culturales y naturales.

10 Los elementos naturales de valor ecológico que se encuentren en sitios turísticos deberán de

ser contemplados para su protección.

11 En el aprovechamiento de los recursos naturales se deberá prevenir el deterioro del suelo

aplicando medidas de prevención, mitigación y restauración.

12 En los programas de desarrollo urbano de los centros de población se establecerán áreas de

amortiguamiento entre las zonas industriales y las zonas habitacionales.

13 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia

14 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos

peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

15 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

16 Los generadores de residuos sólidos urbanos y residuos peligrosos deberán adecuar un sitio de

acopio temporal en sus instalaciones donde reciban, trasvasen y acumulen temporalmente los

residuos para su posterior envío a las instalaciones autorizadas para su tratamiento, reciclaje,

reutilización,o disposición final.

17 Se prohíbe la explotación de bancos de material pétreo dentro de la mancha urbana de centros

de población y en predios colindantes o cercanos a los asentamientos humanos, en por lo

menos 500 m de distancia.

18 Todas las actividades que generen aguas residuales, deberán cumplir con las disposiciones de

la legislación vigente.

19 En las áreas conurbanas y rurales que no cuenten con servicio de drenaje sanitario, es

prioritaria la instalación de fosas sépticas y/o sanitarios ecológicos que cumplan con las

regulaciones vigentes en la materia.

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Lineamientos o Metas

1 En los próximos 3 años, fomentar la introducción de tubería que permita ahorrar agua de

Riego, a cuando menos 2 comunidades por año.

2 Consolidación mediante 2 organizaciones de campesinos, para adquirir semillas a mejores

precios, poder negociar la renta de equipo o venta a precios preferentes y mejorar el

precio de venta del producto.

3 Introducir al menos en 50 hectáreas cada año, nuevos tipos de semillas resistentes a la

sequia o de mejor producción, o bien de cultivos alternos, que permitan diversificar la

oferta de los productores del municipio.

4 Reforestar durante los próximos 3 años, 10 has anuales de las zonas abandonadas de

cultivo, privilegiando las zonas más agrestes.

5 En los próximos 3 años, Reconvertir 60 hectáreas por año, de Zonas Agrícolas de baja

productividad, a zona de pastoreo, preferentemente inventariadas para algún Programa

de Apoyos que permite incrementar la renta que genera ese el terreno.

6 Incentivar la creación de al menos 1 Asociación de productores en los próximos 2 años con

propósitos de vigilancia para evitar la contaminación de los cuerpos de agua existentes, así

como de la quema de esquilmos, contando con la participación municipal y estatal de los

órganos dedicados a la ecología.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 6

Nombre: Magdalena de Araceo.

Ubicación: Colinda con los municipios de Jaral del Progreso y Yuriria. Y con las UGA’s, IV región volcánica 7 luminarias, III Cerro blanco – Lagunilla de Mogotes, VIII Laguna de Yuriria y su Zona de Influencia, V Zona Agropecuaria Oriental. Superficie total: 5,565 Ha Principales Poblados: Magdalena de Araceo, Las Delicias y Las Peñas.

Sector Aptitud del Sector

Forestal

Agrícola

Media

Baja

Justificación

En esta Unidad, de las más pequeñas del Municipio, el Recurso Forestal, el aprovechamiento de la Cercanía con la Laguna de Cuitzeo y el Manejo Agrícola de la misma, son las principales características. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.02 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 189 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario; 73 en el Sector Secundario y 96 en el Terciario Al igual que las demás UGAs con actividad predominantemente agropecuaria, la población que trabaja son Ingreso es considerable, en este caso el 43%, y el rango de Salario que predomina es el de 1 a 2 salarios mínimos.

Política Ambiental

Aprovechamiento y Restauración.

Estrategia Ecológica

1 La necesidad de contar con bordos para almacenar agua, en la cuestión Forestal, es necesaria reforzar la Vigilancia, para prevenir tala clandestina o incendios inducidos.

2 En cuestión Agropecuaria, existen varias necesidades, dentro de las más necesarias se encuentran: La puesta a punto, sobre todo en época de cosecha, de los denominados caminos saca cosechas, ya que en años anteriores, dichos caminos han tenido que ser reparados de

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manera precipitada cuando llegan las cosechas.

3 El crecimiento de estos Pueblos, sólo está sujeto así al asegurarse que la propiedad de los terrenos cercanos a los Pueblos, está debidamente formalizada, ya que en ocasiones se invaden parcelas cuyos dueños han fallecido o migraron. Para la protección del Clima, consideran necesario el Mejorar la Recolección de la Basura, para evitar quemarla, y la vigilancia para la quema clandestina de esquilmos o Basura.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 El cambio de uso de suelo de áreas agrícolas a otros usos, estará sujeto a la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

2 El manejo y asesoramiento técnico en el uso de agroquímicos deberá realizarse por personal capacitado.

3 En desarrollo de actividades agrícolas se evitara el uso de agroquímicos de larga permanencia y

no biodegradables.

4 En el desarrollo de actividades agrícolas se aplicarán medidas necesarias para proteger los

cuerpos de agua superficiales y subterráneos contra la contaminación por productos

agroquímicos.

5 En el desarrollo de actividades agrícolas se promoverá el uso de fertilizantes orgánicos, así como compostas para mejorar las propiedades de los suelos.

6 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

7 En el desarrollo de actividades se promoverá el ahorro de agua potable y el reuso de aguas

grises.

8 En el desarrollo de los trabajos de limpieza de terrenos en cualquier tipo de obra o actividad

industrial, comercial, de servicios o habitacional, se retirará solamente la capa mínima de

terreno necesaria, promoviendo mantener el suelo y vegetación en los terrenos colindantes.

9 En las áreas conurbanas y rurales que no cuenten con servicio de drenaje sanitario, es

prioritaria la instalación de fosas sépticas y/o sanitarios ecológicos que cumplan con las

regulaciones vigentes en la materia..

10 La construcción de infraestructura para la disposición de residuos no deberá realizarse en áreas

de recarga de acuíferos, ni cerca de mantos acuíferos, ni sobre suelos muy permeables.

11 Las actividades productivas que generen aguas residuales en sus procesos deberán de contar

con un sistema de tratamiento previo a su disposición en cuerpos receptores incluyendo los

sistemas de drenaje y saneamiento.

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12 Las autorizaciones de cambio de uso de suelo forestal estarán sujetas a lo establecido en el

Inventarío Forestal y la legislación en la materia.

13 Los generadores de residuos sólidos urbanos y residuos peligrosos deberán adecuar un sitio de

acopio temporal en sus instalaciones donde reciban, trasvasen y acumulen temporalmente los

residuos para su posterior envío a las instalaciones autorizadas para su tratamiento, reciclaje,

reutilización, o disposición final.

14 Los organismos públicos que realicen actividades de forestación deberán establecer

invernaderos para la producción de especies nativas.

15 Los planes y programas de gestión integral de los residuos deberán incluir campañas

permanentes de concientización sobre el almacenamiento, manejo y reciclaje de residuos.

16 Los residuos forestales que no sean aprovechados deberán ser reintegrados al suelo.

17 No se permite la desecación de cuerpos de agua y la obstrucción de escurrimientos fluviales.

18 No se permiten edificaciones ni el establecimiento de asentamientos humanos en áreas de

recarga de acuíferos.

19 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola,

ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de

riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y

patrimonios culturales y naturales.

20 Quienes comercialicen agroquímicos deberán contar con las instalaciones adecuadas para el

almacenamiento y manejo de las sustancias químicas.

21 Quienes utilicen materiales plásticos en actividades agrícolas deberán dar un manejo y

disposición adecuado a los residuos generados, de acuerdo a la normatividad vigente,

favoreciendo su reciclaje.

22 Se aplicarán las dosis mínimas recomendadas de agroquímicos, atendiendo a las condiciones

de la planta, tipo de plaga y características físicas del área.

23 Se deberán respetar aquellos individuos o cúmulos de leña que sean sitios de anidación o

refugio de fauna silvestre

24 Se limitará el aprovechamiento forestal en áreas donde la masa forestal sea un regulador de la

calidad del aire de cuencas urbanas, regulador del régimen hídrico y de absorción a mantos

subterráneos, y sitios turísticos para grandes núcleos de población o sitio de valor escénico ó

estético.

25 Se prohíbe la aplicación aérea de agroquímicos en zonas colindantes a los asentamientos

humanos.

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Lineamientos o Metas

1 Involucrar en agricultura de sustitución de insumos o de conversión horizontal (producción

con menos insumos agroquímicos, técnicas para recuperación de suelos), a 100 Ha. Cada

año

2 Reconvertir 250 hectáreas en los próximos 3 años, de represas o bordos en 3 años,

principalmente para ganado potencial en la zona, así como para prevención de erosión.

3 Reparar 75 km por año de los denominados caminos saca cosechas, que permitirán

entregar insumos y sacar productos de manera más fácil y económica.

4 Establecer 5 kilómetros por año de Barreras de Arboles para menguar la erosión eólica, en

los próximos 2 años.

5 Recuperar para el uso forestal, 60 hectáreas en los próximos 2 años, de las áreas agrícolas

no productivas.

6 Sembrar 45 hectáreas anualmente dónde el suelo esté degradado, con arbustos y

herbáceas, para evitar la erosión, por los próximos 3 años.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 7 Nombre: Las Jícamas. Ubicación: Colinda con el Estado de Michoacán con los Municipios de José Sixto Verduzco y Puruándiro, en el Estado de Guanajuato, con el municipio de Yuriria, y con Las UGA’s I El Borrego, XII Los Martínez, y X Charco de Pantoja Superficie total: 5,559 Ha Principales Poblados: Las Jícamas, Llano de Fernández (Cuba) y Pegueros.

Sector Aptitud del Sector

Agrícola con presencia Forestal

Baja Media

Justificación

En esta Unidad, la Actividad Agrícola es la predominante, con presencia de uso forestal. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 3.46 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 375 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 47 en el Sector Secundario y 44 en el Terciario La mayor parte de la Población Económicamente activa, se encuentra en el rango de Ocupada sin ingreso, siendo el rango de 1 a 2 salarios el predominante de aquellos que si reciben pago.

Política Ambiental

Aprovechamiento y Restauración.

Estrategia Ecológica

1 En la cuestión Forestal, es necesario incrementar la Vigilancia, en cuanto a la Reforestación, esta es una Zona que la práctica de manera adecuada.

2 Para los cultivos, los objetivos que proponen es el establecimiento de borderia para almacenar Agua, así como posibilitarles la adquisición del Ganado apropiado para esta Zona, caprino principalmente.

3 El crecimiento de estos Pueblos, sólo está sujeto así al asegurarse que la propiedad de los terrenos cercanos a los Pueblos, está debidamente formalizada, ya que en ocasiones se invaden parcelas cuyos dueños han fallecido o migraron.

4 Para la protección del Clima, consideran necesario el Mejorar la Recolección de la Basura, para

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evitar quemarla, y la vigilancia para la quema clandestina de esquilmos o Basura.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

2 En el desarrollo de actividades agrícolas se promoverá el uso de fertilizantes orgánicos, así como compostas para mejorar las propiedades de los suelos.

3 En el desarrollo de actividades agrícolas se aplicarán medidas necesarias para proteger los

cuerpos de agua superficiales y subterráneos contra la contaminación por productos

agroquímicos.

4 En desarrollo de actividades agrícolas se evitara el uso de agroquímicos de larga permanencia y

no biodegradables.

5 Queda estrictamente prohibido verter en drenes, canales, lagos y demás cuerpos de agua, productos agroquímicos o residuos que resulten del lavado de mezcladoras, tanques, pipas, depósitos en general.

6 En el control de plagas las autoridades correspondientes favorecerán la aplicación de métodos

alternativos, como el control biológico y físico.

7 Los productos de desmonte serán utilizados para recuperar zonas erosionadas o pobres en

nutrientes.

8 Deberá evitarse la alteración de los cauces de arroyos que implique deterioro de sus

condiciones naturales.

9 Toda persona que contamine, deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales, estará

obligada a reparar los daños y/o restaurar los componentes del ecosistema y el equilibrio

ecológico.

10 Deberá evitarse la alteración de los cauces de arroyos que implique deterioro de sus

condiciones naturales.

11 Se prohíbe el uso del agostadero y la ganadería extensiva en las áreas naturales protegidas

como medida de protección de los recursos naturales.

12 Se utilizarán los esquilmos agrícolas y alimentos balanceados para complementar la

alimentación del ganado.

13 Se prohíbe el vertimiento en cauces de arroyos y/o cuerpos receptores de desechos

agropecuarios.

14 Queda prohibido el aprovechamiento de bancos de material que se encuentren dentro de la

mancha urbana de centros de población o cercanos a los asentamientos humanos en por lo

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menos 500 m.

15 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia.

16 No se permite la desaparición de cuerpos de agua y la obstrucción de escurrimientos fluviales.

17 No se permiten edificaciones ni el establecimiento de asentamientos humanos en áreas de

recarga de acuíferos.

18 Se prohíbe alterar áreas esenciales para los procesos de recarga de acuíferos.

19 En el desarrollo de obras y actividades en cauces, se evitará la afectación al lecho de ríos,

arroyos y a los procesos de recarga de acuíferos

20 Queda prohibido el vertimiento a cuerpos receptores y suelos de las aguas utilizadas en

actividades de sanidad animal.

Lineamientos o Metas

1 Reconvertir 250 hectáreas en los próximos 3 años, de represas o bordos en 3 años,

principalmente para ganado potencial en la zona, así como para prevención de erosión.

2 Reparar 75 km por año de los denominados caminos saca cosechas, que permitirán

entregar insumos y sacar productos de manera más fácil y económica.

3 Establecer 5 Km por año de Barreras de Arboles para menguar la erosión eólica.

4 Recuperar para el uso forestal, 60 hectáreas en los próximos 2 años, de las áreas agrícolas

no productivas.

5 Sembrar 45 hectáreas anualmente dónde el suelo esté degradado, con arbustos y

herbáceas, para evitar la erosión, por los próximos 3 años.

6 Instalar en 70 Ha, el Uso monitoreado de estiércoles, abonos verdes, composta, humus de lombriz, residuos de centros de acopio, aguas residuales, cultivos de cobertura, biofertilizantes (Rhizobium, Bradyrhizobium, Azotobacter, Azospirillum, microorganismos solubilizadores del fósforo, micorrizas vesiculo arbusculares), entre otros, el Monitoreo permitirá observar los grados de evolución que estos abonos orgánicos y biofertilizantes han producido en el rendimiento, área cubierta, contenido de materia orgánica de los suelos y mejora de las propiedades físicas de esto. El período serían 3 años.

7 Incorporar a 50 Ha en la Rotación de cultivos y policultivos, que son métodos que pueden acercar al productor a la agricultura orgánica y mejoran la utilización de la tierra y sus rendimientos agrícolas.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 8

Nombre: Cerro Prieto del Carmen. Ubicación: Colinda con los municipios de Abasolo, Pueblo Nuevo y Salamanca, además con las UGA’s XII Puerta de San Roque, y II Zona Agropecuaria Occidental Superficie total: 4,169 Ha Principales Poblados: Cerro Prieto del Carmen, Duranes de Arriba, Paso Blanco, Duranes de Abajo, San Manuel Quiriceo, Sauz de Purísima, San Agustín, La Reserva el Tambor.

Sector Aptitud del Sector

Agropecuario y Forestal. Alta Baja

Justificación

El Uso de Suelo es casi exclusivamente Agropecuario y Forestal. En esta Unidad, se cuenta con un promedio de años de Educación de 2.89 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 254 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 68 en el Sector Secundario y 68 en el Terciario La mayoría de los Salarios se concentran en rangos de menos de 1 salario mínimo y de 1 a 2 Salarios mínimos.

Política Ambiental

Aprovechamiento.

Estrategia Ecológica

1 Obviamente, al ser pocas las comunidades existentes, y ser mayoritariamente de uso agrícola sus terrenos, la presencia mayoritaria de los 12 ejidos implica que los productores son de edades avanzadas y poco susceptibles de adoptar nuevas tecnologías, dentro de los talleres llevados a cabo, los representantes cercanos a la zona enfocan sus esfuerzos actuales en buscar opciones de trabajo basados en nuevas actividades, como la ganadería de Pastoreo y reconvertir parcialmente los cultivos, evitando el desperdicio de agua. Por ello, se deben considerar la introducción de nuevas tecnologías en la Agricultura, para mejorar rendimientos. Esta Unidad de Gestión Ambiental colinda con la Unidad de Gestión Ambiental II, que es la Zona

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Agropecuaria Occidental, y que tiene el mismo tipo de Política de Aprovechamiento, sin embargo, debido a sus condiciones particulares, los lineamientos y los tipos de Aprovechamiento divergen.

Observación

1 A diferencia de la Zona Agropecuaria Occidental, que es sumamente homogénea, la UGA IX

Cerro Prieto, en su parte oriental, en las cercanías de las localidades de El Tambor, Los Patios,

San Manuel Quiriceo y La Reserva el Tambor, es una zona que hasta época recientes cambio su

Uso de Suelo a Agricultura, ya que anteriormente aparecen como pantanales y según los

criterios de este trabajo, su uso óptimo sería Agricultura de Riego, y debido a sus antecedentes,

aunque es un aprovechamiento, las condiciones previas y el tipo de medio, apuntan a una

mayor atención en que cultivos se aplicarán, el aprovechamiento del Agua así como la deseable

y progresiva introducción de ganadería, que en los talleres con las comunidades apuntan a ser

económicamente más atractiva para los pobladores.

Por otra parte, en la Zona Occidental, se localizan los cerros de San Roque, El Tambor y Cerro

Prieto, que combinan los aprovechamientos Agrícolas con amplias zonas de Uso Forestal, por lo

que también se optó por un Uso diferenciado de Los lineamientos y Usos permitidos, distintos a

las 2 Zona Agrícola tradicionales de Valle de Santiago.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Para la creación o ampliación de centros de población se requerirá de la presentación de una manifestación de impacto ambiental, que será evaluada por la autoridad estatal competente.

2 No se autorizarán construcciones en terrenos cuya ubicación, uso o destino corresponda a zonas prohibidas a dichos usos.

3 Las áreas urbanas contarán con zonas de amortiguamiento para evitar el crecimiento urbano

hacia zonas agrícolas, ganaderas y forestales altamente productivas, zonas de recarga de

acuíferos, áreas protegidas y áreas de importancia ecológica, las cuales se establecerán en los

programas de desarrollo urbano de los centros de población. Para estas áreas se propone una

distancia mínima de 200 m.

4 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia.

5 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

6 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

7 En el desarrollo de todo tipo de actividades públicas o privadas, deberán desarrollarse planes

para la reducción, re uso y reciclaje de residuos.

8 No podrán utilizarse desechos orgánicos que contengan sustancias tóxicas o contaminantes

como abonos orgánicos.

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9 Las autoridades competentes, en el desarrollo de programas de conservación de Zonas

Forestales y de áreas verdes, deberán convocar a la participación activa de la comunidad.

10 Para la creación o ampliación de centros de población se requerirá de la presentación de una

manifestación de impacto ambiental, que será evaluada por la autoridad estatal competente.

11 No se autorizarán construcciones en terrenos cuya ubicación, uso o destino corresponda a

zonas prohibidas a dichos usos.

12 Las áreas urbanas contarán con zonas de amortiguamiento para evitar el crecimiento urbano

hacia zonas agrícolas, ganaderas y forestales altamente productivas, zonas de recarga de

acuíferos, áreas protegidas y áreas de importancia ecológica, las cuales se establecerán en los

programas de desarrollo urbano de los centros de población. Para estas áreas se propone una

distancia mínima de 200 m.

13 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia.

14 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos

peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

15 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

16 En el desarrollo de todo tipo de actividades públicas o privadas, deberán desarrollarse planes

para la reducción, re uso y reciclaje de residuos.

17 No podrán utilizarse desechos orgánicos que contengan sustancias tóxicas o contaminantes

como abonos orgánicos.

18 Las autoridades competentes, en el desarrollo de programas de conservación de Zonas

Forestales y de áreas verdes, deberán convocar a la participación activa de la comunidad.

Lineamientos o Metas

1 Para prevenir una excesiva afectación de los incendios forestales, generar cortafuegos en

una extensión por año de 7 km lineales, durante 4 años.

2 Recuperar para el uso forestal, 80 hectáreas en los próximos 2 años, de las áreas agrícolas no productivas.

3 Plantar arbustos o herbáceas en densidad media, en las zonas de pendiente de más de 7 grados, que estén afectados por la erosión en alguna medida, con un promedio de 10 Has por año, en los próximos 5 años. Arboles de mayor dimensiones serían muy poco probables que permanecieran.

4 Consolidar 1 comisión o grupo de apoyo, conformado por autoridades y representantes de

ejidos, para capacitar en cultivos en relieve o siguiendo las curvas de nivel, para cambiar

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un promedio de 25 a 30 has por año, de forma de cultivo.

5 Incorporar 30 Ha anuales en la Rotación de cultivos y policultivos, que son métodos que

pueden acercar al productor a la agricultura orgánica y mejoran la utilización de la tierra y

sus rendimientos agrícolas, en los próximos 3 años.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 9 Nombre: Charco de Pantoja. Ubicación: Colinda con los municipios de Abasolo y Huanímaro, además con las UGA’s I El Borrego – Carrizal, II Zona Agropecuaria Occidental y XII Los Martínez. Superficie total: 3,124 Ha Principales Poblados: Guarapo, San Cristóbal, Botija, Plaza Vieja, Sanabria, San Francisco Chihuindo, Charco de Parangueo y Santa Catarina además de otras 4 localidades menores de 15 habitantes, además de Charco de Pantoja.

Sector Aptitud del Sector

Agropecuario Alto

Justificación

Esta Unidad de Gestión, es mayoritariamente agropecuaria, con casi el 84% de la Superficie de ese Uso de Suelo. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 4.9 años, de los más elevados del Municipio. En cuanto a sus Actividades Económicas, 835 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 245 en el Sector Secundario y 353 en el Terciario

Política Ambiental

Aprovechamiento.

Estrategia Ecológica

1 Al igual que en las otras Unidades de Gestión, el desperdicio de Agua es uno de los Problemas más notables, por lo que es necesario concientizar a la gente de la necesidad de cuidarla. Por otra parte, también existe tala clandestina en la Zona, siendo necesaria mayor vigilancia y aplicación de las reglas para los taladores. Respecto a las Zonas de Cultivo, una de las mejoras importantes para evitar el desperdicio de agua y mejorar la productividad es el entubamiento del Agua, procedimiento que no se ha extendido por el precio del mismo, por lo que serviría un proceso de financiamiento parcial o total.

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Para el Ordenamiento de crecimiento de Población, las directrices principales es construir en las Zonas planas y que sea barato y fácil la introducción de los Servicios, así como en Zonas que no sean de cultivo, o que las condiciones de Suelo y Agua no sean las propicias para cultivar

Observación

1 La Unidad de Gestión de Charco de Pantoja, tiene como colindantes a las UGAS de la II Zona

Agropecuaria Occidental y XII Los Martínez, manteniendo muchas semejanzas en el medio físico

con la Zona Agropecuaria Occidental, sin embargo, en lo que respecta a las relaciones

Económicas, de Salud y Educación, esta Unidad está más vinculada por la cercanía a las

cabeceras municipales de Huanímaro, Abasolo y Pueblo Nuevo, que al propio Valle de Santiago,

por lo que para el tratamiento de las Unidades de Gestión, se adoptó la decisión de manejarse

como Unidad separada.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Toda persona que contamine, deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales, estará obligada a reparar los daños y/o restaurar los componentes del ecosistema y el equilibrio ecológico.

2 Se utilizarán los esquilmos agrícolas y alimentos balanceados para complementar la alimentación del ganado.

3 Se prohíbe el vertimiento en cauces de arroyos y/o cuerpos receptores de desechos

agropecuarios.

4 Se deberán colocar señalamientos preventivos en campos con reciente aplicación de

agroquímicos.

5 Se aplicarán las dosis mínimas recomendadas de agroquímicos, atendiendo a las condiciones de la planta, tipo de plaga y características físicas del área.

6 Quienes utilicen materiales plásticos en actividades agrícolas deberán dar un manejo y disposición adecuado a los residuos generados, de acuerdo a la normatividad vigente, favoreciendo su reciclaje.

7 Quienes se dediquen al desarrollo de actividades pecuarias deberán instalar corrales de

engorda a fin de proteger los recursos naturales, la flora y fauna silvestre.

8 Quienes realicen actividades en zonas con pendientes pronunciadas, y zonas vulnerables

requieran, deberán aplicar técnicas mecánicas, de forestación y de estabilización de suelos.

9 Queda estrictamente prohibido verter en drenes, canales, lagos y demás cuerpos de agua,

productos agroquímicos o residuos que resulten del lavado de mezcladoras, tanques, pipas,

depósitos en general.

10 No se permitirá la expansión de las áreas urbanas hacia zonas de alta productividad agrícola,

ganadera o forestal; zonas de amortiguamiento; zonas de recarga de acuíferos; zonas de

riesgo; áreas naturales protegidas; ecosistemas frágiles, áreas de importancia ecológica y

patrimonios culturales y naturales.

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11 Las plantas industriales contarán con los sistemas y equipo de trabajo necesarios para

garantizar la seguridad y ausencia de riesgo a la salud de los trabajadores y al ambiente.

12 Las autoridades deberán realizar campañas de uso adecuado de los recursos naturales, de

prevención de desastres, de fomento a la salud, así como de uso de tecnologías alternativas

para la conservación de energía.

13 Las autoridades competentes, en el desarrollo de programas de conservación de Zonas

Forestales y de áreas verdes, deberán convocar a la participación activa de la comunidad.

14 La explotación y aprovechamiento de materiales pétreos y de minerales en el Estado se

sujetará a la autorización en materia de impacto ambiental que la autoridad competente

otorgue para tal efecto.

15 En obras de protección del suelo, prevención y control de la erosión, se establecerán obras de

protección como zanjas, rampas contracorriente, rompe vientos, así como forestación.

16 En las áreas que presenten deterioro ambiental se promoverá el establecimiento de zonas de

restauración ecológica con el fin de permitir su recuperación.

17 En el desarrollo de los trabajos de limpieza de terrenos en cualquier tipo de obra o actividad

industrial, comercial, de servicios o habitacional, se retirará solamente la capa mínima de

terreno necesaria, promoviendo mantener el suelo y vegetación en los terrenos colindantes.

18 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

19 En el desarrollo de actividades agrícolas, se deberán utilizar técnicas de preparación de

terrenos que incluyan prácticas de conservación de suelos.

20 En el desarrollo de actividades agrícolas se promoverá el uso de fertilizantes orgánicos, así

como compostas para mejorar las propiedades de los suelos.

21 En el aprovechamiento y conservación de los recursos forestales, se deberán proteger los

bienes y servicios ambientales y sujetarse a lo establecido en la normatividad vigente.

22 En desarrollo de obras y actividades, el cambio de uso de suelo forestal estará sujeto a la

autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

23 En desarrollo de actividades agrícolas se evitara el uso de agroquímicos de larga permanencia y

no biodegradables.

24 El manejo y asesoramiento técnico en el uso de agroquímicos deberá realizarse por personal

capacitado.

25 El cambio de uso de suelo de áreas agrícolas a otros usos, estará sujeto a la autorización en

materia de impacto ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

26 Deberá evitarse la alteración de los cauces de arroyos que implique deterioro de sus

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condiciones naturales.

Lineamientos o Metas

1 Sembrar 35 hectáreas anualmente dónde el suelo esté degradado, con arbustos y

herbáceas, para evitar la erosión, por los próximos 3 años.

2 Construcción de al menos 2 represas o bordos, privilegiando las zonas que aún no tienen cuerpos de agua en al menos 4 Km a la redonda.

3 Consolidación mediante 2 organizaciones de campesinos, que como ya vimos tienen pocas hectáreas cada uno, para adquirir semillas a mejores precios, poder negociar la renta de equipo o venta a precios preferentes y mejorar el precio de venta del producto.

4 Reforestar cada año 10 has de las zonas abandonadas de cultivo, privilegiando las zonas

más agrestes.

5 Inventariar cada año la ubicación de los incendios forestales acontecidos y sus causas:

naturales, provocados por quema, turismo, etc.

6 Introducir al menos en 5 hectáreas cada año, nuevos tipos de semillas resistentes a la

sequia o de mejor producción, o bien de cultivos alternos, que permitan diversificar la

oferta de los productores del municipio.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 10 Nombre: Puerta de San Roque. Ubicación: Colinda con el municipio de Abasolo, además con la UGA II Zona Agropecuaria Occidental. Superficie total: 3,655 Ha Principales Poblados: Puerta de San Roque, Ampliación las Estacas, San Francisco Javier, San Antonio de Pantoja.

Sector Aptitud del Sector

Agropecuario, seguido Forestal Alto Baja

Justificación

Esta unidad tiene un Uso de Suelo Predominantemente Agropecuario, seguido de Bosque y Matorral. En esta UGA, se cuenta con un promedio de años de Educación de 4.1 años, de los más elevados del Municipio. En cuanto a sus Actividades Económicas, 170 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 30 en el Sector Secundario y 37 en el Terciario El Rango de Ocupados sin Ingreso, es bajo, en el orden del 20%, mientras que un poco menos de la Mitad de la Población, gana de 1 a 2 Salarios Mínimos.

Política Ambiental

Aprovechamiento y Conservación.

Estrategia Ecológica

1 En esta zona, una de las principales problemáticas es en época de lluvias las inundaciones, lo que ha ocasionado que hasta el centro de readaptación haya sido desalojado en el 2003 temporalmente. Por otro lado, las condiciones de los pozos actualmente requieren su reubicación o incremento de profundidad, sin obviar la necesidad de concientizar a la población de su no desperdicio. También es necesario considerar la opción de entubar el riego agrícola. La necesidad de semillas mejoradas, fertilizantes y plaguicidas ecológicamente sustentables, es

otra de las peticiones más frecuentes.

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OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Todo proyecto turístico justificará la congruencia de la actividad turística en relación con la vocación natural y socioeconómica de la región.

2 Se utilizarán los esquilmos agrícolas y alimentos balanceados para complementar la alimentación del ganado.

3 Se prohíbe la quema de residuos forestales

4 Se prohíbe la explotación de bancos de material pétreo dentro de la mancha urbana de centros

de población y en predios colindantes o cercanos a los asentamientos humanos, en por lo

menos 500 m de distancia.

5 Se prohíbe el vertimiento en cauces de arroyos y/o cuerpos receptores de desechos agropecuarios.

6 Se prohíbe alterar áreas esenciales para los procesos de recarga de acuíferos.

7 Se limitará el aprovechamiento forestal en áreas donde la masa forestal sea un regulador de la

calidad del aire de cuencas urbanas, regulador del régimen hídrico y de absorción a mantos

subterráneos, y sitios turísticos para grandes núcleos de población o sitio de valor escénico ó

estético.

8 Se deberá dar cumplimento a las vedas establecidas para la explotación de los mantos

acuíferos

9 Quienes realicen actividades de tratamiento de aguas residuales, deberán reutilizar las aguas

tratadas para riego de áreas verdes.

10 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

11 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos

peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

12 No se permiten edificaciones ni el establecimiento de asentamientos humanos en áreas de

recarga de acuíferos.

13 No podrán utilizarse desechos orgánicos que contengan sustancias tóxicas o contaminantes

como abonos orgánicos.

14 Los residuos forestales que no sean aprovechados deberán ser reintegrados al suelo.

15 Los desechos agropecuarios deberán manejarse de manera adecuada evitando la afectación

del suelo y medio ambiente.

16 Las fosas sépticas, pozos de absorción y lagunas de oxidación se deben ubicar y construir

considerando el tipo y permeabilidad del suelo y la profundidad del manto freático a fin de

evitar la contaminación de los acuíferos. Para la autorización de dichas obras, se evaluará el

impacto ambiental.

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17 Las autoridades deberán realizar campañas de uso adecuado de los recursos naturales, de

prevención de desastres, de fomento a la salud, así como de uso de tecnologías alternativas

para la conservación de energía.

18 Las autoridades competentes, en el desarrollo de programas de conservación de Zonas

Forestales y de áreas verdes, deberán convocar a la participación activa de la comunidad.

19 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos,

requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente,

aplicando la normatividad vigente en la materia.

20 En las áreas conurbanas y rurales que no cuenten con servicio de drenaje sanitario, es

prioritaria la instalación de fosas sépticas y/o sanitarios ecológicos que cumplan con las

regulaciones vigentes en la materia.

21 En la planificación de la infraestructura turística, se deberá prever la instalación de servicios de

drenaje, de tratamiento de aguas negras y de manejo integral de residuos sólidos.

22 En la construcción de obras, se deberán considerar la separación de los sistemas de drenaje

pluvial y alcantarillado sanitario.

23 En la consolidación de bordos y márgenes de ríos, arroyos y cuerpos de agua se aplicarán

técnicas mecánicas específicas para la estabilización del suelo, donde se deberán utilizar

especies de vegetación como fijadores del suelo.

24 En el desarrollo de todo tipo de actividades públicas o privadas, deberán desarrollarse planes

para la reducción, re uso y reciclaje de residuos.

25 En el desarrollo de obras y actividades en cauces, se evitará la afectación al lecho de ríos,

arroyos y a los procesos de recarga de acuíferos

26 En el desarrollo de actividades se promoverá el ahorro de agua potable y el reuso de aguas

grises.

27 En desarrollos turísticos se tomará en cuenta la capacidad de carga del ambiente y las

alternativas de ubicación de los proyectos.

Lineamientos o Metas

1 Recuperar para el uso forestal, 25 hectáreas en los próximos 2 años, de las áreas agrícolas

no productivas.

2 Inventariar cada año las principales áreas de descarga agrícola y poblacional, a los cuerpos de agua, para generar alternativas al tratamiento de esas aguas.

3 Involucrar en agricultura de sustitución de insumos o de conversión horizontal (producción con menos insumos agroquímicos, técnicas para recuperación de suelos), a 100 Ha. Cada año.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 11 Nombre: Los Martínez. Ubicación: Colinda con el municipio de Huanímaro en Guanajuato y Por parte de Michoacán con el municipio de José Sixto Verduzco, además con las UGA’s X Charco de Pantoja, I El Borrego - Carrizal y VII Las Jícamas. Superficie total: 5,930 Ha Principales Poblados: Cañas, El Salitre de Aguilares, Los Martínez, Las Raíces, San José de la Montaña, La Barquilla.

Sector Aptitud del Sector

Agropecuario

Forestal

Baja Media Media

Justificación

El Uso de Suelo es casi exclusivamente Agropecuario y Forestal En esta Unidad, se cuenta con un promedio de años de Educación de 4.08 años, de los más elevados del Municipio. En cuanto a sus Actividades Económicas, 766 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario, 79 en el Sector Secundario y 52 en el Terciario Es muy alto el número de personas ocupadas sin ingreso, llegando a ser 4 de cada 5 personas ocupadas las que no reciben ingreso en esta Unidad.

Política Ambiental

Aprovechamiento y conservación

Estrategia Ambiental

1 Concientizar a la gente para vigilar y promover el no desperdicio del Agua.

2 Mejorar la obra hidráulica existente, principalmente la Presa.

3 Instalar planta tratadora de Aguas residuales.

4 Cumplir en forma efectiva la normatividad sobre la quema de esquilmos.

5 No permitir tirar basura a la intemperie

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6 Separación en la casa de la Basura Orgánica e Inorgánica.

7 Vigilancia estrecha para la tala clandestina.

8 Evitar la quema de esquilmos que se propague a la Zona de Cultivo.

9 Promover la utilización de Abono Animal como fertilizante.

10 Quitar o disminuir el Uso de Plaguicidas químicos.

11 La semilla mejorada, para aumentar el Rendimiento de los Cultivos, pero bien supervisada y

transfiriendo las técnicas más exitosas.

OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Concientizar a la gente para vigilar y promover el no desperdicio del Agua.

2 Mejorar la obra hidráulica existente, principalmente la Presa.

3 Instalar planta tratadora de Aguas residuales.

4 Cumplir en forma efectiva la normatividad sobre la quema de esquilmos.

5 No permitir tirar basura a la intemperie

6 Separación en la casa de la Basura Orgánica e Inorgánica.

7 Vigilancia estrecha para la tala clandestina.

8 Evitar la quema de esquilmos que se propague a la Zona de Cultivo.

9 Promover la utilización de Abono Animal como fertilizante.

10 Quitar o disminuir el Uso de Plaguicidas químicos.

11 La semilla mejorada, para aumentar el Rendimiento de los Cultivos, pero bien supervisada y transfiriendo las técnicas más exitosas.

Lineamientos o Metas

1 Instalar en 80 Ha, el Uso monitoreado de estiércoles, abonos verdes, composta, humus de

lombriz, residuos de centros de acopio, aguas residuales, cultivos de cobertura,

biofertilizantes (Rhizobium, Bradyrhizobium, Azotobacter, Azospirillum, microorganismos

solubilizadores del fósforo, micorrizas vesiculo arbusculares

2 Incorporar a 50 Ha en la Rotación de cultivos y policultivos, que son métodos que pueden acercar al productor a la agricultura orgánica y mejoran la utilización de la tierra y sus rendimientos agrícolas.

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3 Introducir al menos en 50 hectáreas cada año, nuevos tipos de semillas resistentes a la sequia o de mejor producción, o bien de cultivos alternos, que permitan diversificar la oferta de los productores del municipio.

4 Reforestar durante los próximos 3 años, 10 has anuales de las zonas abandonadas de cultivo, privilegiando las zonas más agrestes.

5 En los próximos 3 años, Reconvertir 30 hectáreas por año, de Zonas Agrícolas de baja productividad, a zona de pastoreo, preferentemente inventariadas para algún Programa de Apoyos que permite incrementar la renta que genera ese el terreno.

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Clave de la Unidad de Gestión Ambiental: 12 Nombre: Cabecera Municipal. Ubicación: Colinda con las UGA’s IV Región Volcánica 7 Luminarias, V Zona Agropecuaria Oriental, y VI Magdalena de Araceo. Superficie total: 1,250.43 Ha Principales Poblados: Hacienda de San Javier, La Gallega, Granja La Escondida, San Joaquín de Abajo y Potrero de En medio.

Sector Aptitud del Sector

Mancha Urbana y uso Agrícola

Alta

Justificación

Esta unidad es única en el Municipio, ya que la presencia de la Mancha Urbana en más de la mitad del Territorio, mientras que el restante es de uso agrícola específicamente, lo que hasta cierto punto facilitará el Crecimiento de la Mancha Urbana que se prevé en las próximas décadas para Valle de Santiago. La Población de esta UGA, cuenta con un promedio de años de Educación de 7.12 años. En cuanto a sus Actividades Económicas, 1,858 personas se encuentran empleadas en el Sector Primario; 5,466 en el Sector Secundario y 11,542 en el Terciario al ser la Cabecera Municipal y predominar el sector Terciario, los sueldos son comparativamente mayor que en las Otras UGA’s, predominando los salarios de 1 a 5 salarios mínimos. Dado que en esta Unidad de Gestión se encuentra la Cabecera Municipal.

Política Ambiental

Aprovechamiento

Estrategia Ambiental

1 Promover la Cultura del Buen Uso, realizando campañas de Concientización.

• Instalar medidores en todas las casas, para controlar el desperdicio.

• Monitoreo de los sitios de mayor consumo, así como de fugas.

• Multas mayores a quiénes desperdicien el Agua.

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2 En referencia a la protección de los recursos forestales, las acciones a considerar son: • Crear un inventario de Zonas deforestadas y en Proceso de reforestación, para optimizar los recursos. (Árboles, recursos humanos y Dinero.) • No talar los árboles enfermos cercanos a la Cabecera Municipal, establecer poda preventiva de plagas. • Llevar a cabo mas reforestación, pero monitoreando los avances y castigando si alguien daña las zonas reforestadas. • Generar un Padrón de taladores clandestinos capturados, en caso de reincidencia, aplicar cárcel. • En Zonas cercanas a la Cabecera Municipal, como la Alberca, establecer vigilantes formales para evitar la quema accidental ó intencional.

3 Para las Zonas Agrícolas, las recomendaciones principales a seguir son: Labranza de Conservación, Experimentación de semillas y técnicas de Cultivos. Las Zonas de poco potencial agrícola, hacer reconversión productiva, considerando relieve y tipo de suelo.

4 En referencia a la normatividad del Crecimiento de la Mancha Urbana, se deben considerar que la Cabecera Municipal de Valle de Santiago, tiene la mitad de la Población del Municipio, y que como se menciona en el Escenario Tendencial, será la localidad que albergará cada vez más la población proveniente de las localidades rurales, ya que tiene las mejores expectativas económicas del Municipio. Sin embargo, para hacer frente con posibilidades de éxito a ese fenómeno, se debe considerar que los servicios básicos como la recolección de basura, la creación de un sitio de disposición final de desechos sólidos adecuado, la instalación de Drenaje adecuado y la instalación de normatividad apropiada para reglamentar el Uso de Suelo Urbano, son impostergables.

Como principios particulares para regular el Crecimiento Poblacional, se menciona evitar la

repartición de solares pertenecientes a los ejidos, ajustarse al Programa de Desarrollo Urbano,

la urbanización de Zonas que no sean buenas para cultivos y respetar las Áreas Naturales

Protegidas, principalmente el Área de las 7 luminarias.

5 Para la protección del Clima, consideran necesario el Mejorar la Recolección de la Basura, para

evitar quemarla, y la vigilancia para la quema clandestina de esquilmos o Basura.

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OBSERVACIONES

Criterios Ecológicos Particulares

1 Expresamente deben prohibirse los asentamientos humanos y edificaciones en zonas de riesgo como lechos de ríos o arroyos, cañones, zonas con pendientes pronunciadas, zonas de fallas geológicas, zona de deslizamientos.

2 El desarrollo de las actividades deberá respetar la vocación natural del suelo, y ser compatible con las actividades que marca la normatividad aplicable.

3 Deberán cumplirse los programas de ordenamiento territorial y ecológico vigentes del Municipio.

4 Las construcciones deberán establecerse en armonía con el medio circundante.

5 En el manejo y disposición final de los residuos generados en obras de construcción y en las actividades productivas y domésticas, se cumplirá con las disposiciones legales establecidas para la prevención y gestión integral de residuos sólidos urbanos, residuos peligrosos, y residuos de manejo especial.

6 Para la selección de sitio, construcción y operación de instalaciones para la disposición final de residuos peligrosos, se deberá cumplir con las disposiciones legales aplicables en la materia.

7 Queda prohibida la disposición de residuos industriales, residuos de manejo especial, residuos peligrosos y residuos sólidos urbanos y/o basura en sitios no autorizados.

8 Queda prohibida la quema de residuos de todo tipo y/o basura a cielo abierto.

9 En el desarrollo de todo tipo de actividades publicas o privadas, deberán desarrollarse planes para la reducción, re uso y reciclaje de residuos.

10 Quitar o disminuir el Uso de Plaguicidas químicos.

11 No podrán utilizarse desechos orgánicos que contengan sustancias tóxicas o contaminantes como abonos orgánicos.

12 En las áreas conurbanas y rurales que no cuenten con servicio de drenaje sanitario, es prioritaria la instalación de fosas sépticas y/o sanitarios ecológicos que cumplan con las regulaciones vigentes en la materia.

13 El transporte de materiales de construcción, pétreos y de residuos de obras y actividades se realizará evitando la emisión de polvos, así como daños a la salud pública, calles, caminos, servicios públicos, construcciones existentes, cultivos y cualquier tipo de bien público y privado.

14 Se prohíbe emitir contaminantes a la atmósfera que ocasionen daños y desequilibrios ecológicos en el ambiente y/o rebasen los límites máximos permisibles de emisión establecidos en las normas aplicables.

15 En la creación y ampliación de centros de población, asentamientos humanos y consolidación de zonas conurbanas, deberá promoverse la instalación de estaciones de transferencia que cumplan con las regulaciones técnicas y normativas establecidas en la materia.

16 La eliminación de desechos tales como PVC, PCP, agroquímicos y otros compuestos orgánicos, requerirá de un manejo adecuado para proteger a los usuarios, a la población y al ambiente, aplicando la normatividad vigente en la materia.

17 Las aguas residuales de origen urbano deberán recibir tratamiento previo a su descarga a ríos, cuencas, vasos, aguas marinas, corrientes de agua y subsuelo.

18 Quienes realicen actividades de tratamiento de aguas residuales, deberán reutilizar las aguas tratadas para riego de áreas verdes.

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19 En el desarrollo de actividades se promoverá el ahorro de agua potable y el re uso de aguas grises.

20 En la construcción de obras, se deberán considerar la separación de los sistemas de drenaje pluvial y alcantarillado sanitario.

21 Las autoridades deberán realizar campañas de uso adecuado de los recursos naturales, de prevención de desastres, de fomento a la salud, así como de uso de tecnologías alternativas para la conservación de energía.

Lineamientos o Metas

1 Permitir un máximo de crecimiento anual en términos de superficie de la mancha urbana de un 10% anual, estableciendo con claridad las áreas aptas para el desarrollo urbano que permitan un crecimiento ordenado de la población y de las actividades económicas, Densificando racionalmente las áreas urbanas e impulsando la ocupación de lotes baldíos, sin alterar significativamente los actuales patrones de ocupación.

2 Establecer programas de regularización de la tenencia de la tierra en las áreas urbanas identificadas en este programa y en las propuestas de áreas urbanizables, cuyo régimen de tierra es ejidal, para terminar en un plazo máximo de 15 años, evitando la ubicación de asentamientos humanos a lo largo de ríos y barrancas para evitar la contaminación de los mismos y riesgos que pongan en peligro su vida y patrimonio.

3 Introducir al menos en 50 hectáreas cada año, nuevos tipos de semillas resistentes a la sequia o de mejor producción, o bien de cultivos alternos, que permitan diversificar la oferta de los productores del municipio.