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Vivan la tranquilidad de sentirse protegidos.

A partir de este momento, tu familia cuenta con toda la protección del único programa pensado en el bienestar de las familias mexicanas. Disfruta los beneficios que Axtel Membresía Familiar lleva a tu hogar y vivan la tranquilidad de sentirse protegidos.

BIENVENIDO

BIEN

VENI

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SALUD

ASISTENCIA MÉDICA

• Envío de Ambulancia En caso de emergencia médica se coordinará el envío de una ambulancia. (1 evento al año) • Envío de Médico a Domicilio Consultas a costos preferenciales desde $450 pesos. (Sin límite de eventos)

ORIENTACIÓN MÉDICA TELEFÓNICA

¿Necesitas orientación sobre temas relacionados con tu salud? Médicos especialistas te asesorarán sin límite de eventos.Las 24 horas los 365 días del año:

• Orientación Médica Asesoría en toma de decisiones referentes a tu salud.• Orientación Psicológica Proporciona alternativas inmediatas en conflictos emocionales.

De lunes a sábado de 9:00 a 21:00 horas:

• Orientación Dental Referencia de lugares de atención en caso de emergencia.• Orientación Nutricional Asesoría para una correcta alimentación.

¿Hace cuánto no vas al dentista? No dejes pasar la oportunidad de lucir una sonrisa saludable y reluciente.- Consulta Gratuita. (1 evento al año)

- Examen oral completo. (En caso de ser necesario, se tomará una radiografía periapical para un mejor diagnóstico) (1 evento al año)

- Limpieza oral preventiva, instrucción e higiene bucal. (2 eventos al año)

- Aplicación tópica de fluoruro. (Bajo diagnóstico médico) (1 evento al año)

- Consultas posteriores con dentistas de nuestra red a precios preferenciales. (Sin límite de eventos)

- Precios preferenciales en cualquier otro servicio dental. (Sin límite de eventos)

ASISTENCIA DENTAL

¿Cuánto gastas cuando te enfermas? Ahora recibirás descuentos en consultas médicas, laboratorios, ópticas y hospitales.

• Consultas a costos preferenciales- Desde $200 pesos con médicos generales y desde $350 pesos con médicos especialistas de la red y agendamos tu cita. (Sin límite de eventos)

• Descuentos en servicios de salud (Las 24 horas los 365 días del año, sin límite de eventos)

- Hospitales y Clínicas del 5% hasta el 20%. - Laboratorios del 5% hasta el 60%. - Ópticas del 10% hasta el 40%. - Referencias de farmacias con descuento.* Consulta nuestro directorio de Descuentos Médicos en: http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel

RED DE DESCUENTOS MÉDICOS

EL PRESENTE ES UN RESUMEN INFORMATIVO, LAS CONDICIONES QUE APLICAN SE ENCUENTRAN EN PODER DEL CONTRATANTE.

MUERTE ACCIDENTALLa Compañía pagará a los Beneficiarios, la Suma Asegurada si el fallecimiento del ASEGURADO se produce a consecuencia directa e inmediata de un Accidente. Se entenderá como fallecimiento inmediato aquél que ocurra a más tardar dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes de ocurrido el Accidente.

INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL EN TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE O ACUÁTICOLa Compañía pagará a los Beneficiarios, la Suma Asegurada en los que un Accidente provoque la muerte directa e inmediata del ASEGURADO, cuando éste hubiera estado viajando, subiendo o descendiendo de cualquier transporte público (terrestre o acuático) bajo la condición de pasajero. Es condición necesaria que el mencionado transporte tenga la licencia respectiva para transportar pasajeros. CAUSAS DE CANCELACIÓNA petición del Asegurado. Automática: - Al concluir el período de gracia, sin haberse efectuado el pago de la prima. - En la fecha de aniversario de la póliza que sea inmediato posterior a la fecha en que el Asegurado Titular cumpla la edad de 69 (sesenta y nueve) años.

EXCLUSIONES GENERALESNo estarán cubiertos los riesgos, cuando el Accidente sea efecto directo o indirecto, total o parcialmente de alguna de las siguientes situaciones:1. Condiciones Médicas Preexistentes.2. Accidentes ocurridos por culpa grave del asegurado por encontrarse en Estado de Embriaguez o bajo los efectos alucinógenos o drogas.3. Práctica de Actividades deportivas profesionales, así como también la práctica de Inmersión submarina, Montañismo, Vuelo delta, Paracaidismo, Charrería, Esquí, Tauromaquia, Box, Lucha libre y grecorromana, Rafting, Bungee, Rappel, Jet-ski, Carreras de caballos, automóviles, motocicletas y de lanchas.4. Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.5. Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto viajando como pasajero en un avión comercial.6. Participación en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendido por tales aquellas donde se pone en grave peligro la Vida e integridad física de las personas.7. Riesgos nucleares o atómicos, Guerra, Prestación de servicios del asegurado en las fuerzas armadas o fuerzas policiales, Peleas o Riñas, Participación en acto delictuoso, Motín, Actos de terrorismo, Huelga o tumulto popular.8. Anomalías congénitas o trastornos que sobrevengan por tales anomalías o relacionadas con ellas.

Para consulta de las condiciones generales de este seguro comunicarse al: 5279-4542 o al 01 800 6402010.

QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROTe recomendamos que el documento de designación de beneficiarios sea conservado en un lugar seguro y de fácil acceso, externando esta situación y la existencia del seguro a sus beneficiarios, ya que en caso de siniestro será un documento indispensable para el pago de suma asegurada a favor de las personas que usted ha designa-do.

Una de las condiciones para el pago del seguro contratado con MetLife Mas, S.A. de C.V., es que la póliza se encuentre vigente, y para ello deberá estar al corriente en los pagos tanto del servicio telefónico Axtel, así como en su Membresía Familiar.

En caso de siniestro, deberá ser reportado a los teléfonos: 5279 4542 o al 01 800 6402010.

MetLife Mas, S.A. de C.V., certifica que según inscripción de ésta fecha en el Registro de Asegurados se aseguran los riesgos especificados hasta por la suma asegurada señalada.

La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36, 36-A, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, bajo el registro número PPAQ-S0058-0017-2010 de la fecha 01 de junio de 2010.

Para mayor información sobre tu seguro: 01 (800) 6402 010 (del interior de la República) / 5279 4542. www.metlifemas.com.mx

SALU

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BIENESTAR

ASISTENCIA HOGAR

¿Necesitas ayuda con las reparaciones de tu hogar?En caso de emergencia, enviamos hasta la puerta de tu casa los siguientes servicios:

• Cerrajero • Electricista • Plomero • Vidriero (2 eventos al año por servicio con cobertura de hasta $500 pesos por evento.)

Recuerda que si agotas tu número de eventos te ofrecemos el servicio a costo preferencial.

ASISTENCIA LEGAL

¿Tienes problemas legales y necesitas ayuda? Recibe el apoyo que necesitas y la orientación de abogados en diferentes ramas del derecho.

• Orientación Legal Telefónica Asesoría de abogados en cualquier rama del derecho las 24 horas los 365 días del año. (Sin límite de eventos)

• Envío de Abogado a Domicilio En caso de robo a casa, enviamos un abogado para que te asesore y te acompañe a presentar la denuncia ante las autoridades.

¿Tu hijo tiene dudas en su tarea o examen y no sabes cómo ayudarlo?Servicio vía telefónica con maestros certificados de lunes a viernes de 9:00 am a 9:00 pm.

• Orientación Escolar Bilingüe Información sobre materias de nivel primaria y secundaria. (Sin límite de eventos)

• Aclaración de dudas Se resuelven dudas en tareas y trabajos escolares. (sin límite de eventos)

ASISTENCIA ESCOLAR BILINGÜE

¿Quieres bajar de peso y mantenerte en forma?Ahora puedes acceder a un Centro de Orientación Nutricional.

• Asistencia Nutricional Telefónica Un equipo especializado de nutriólogos te asesorará vía telefónica de lunes a sábado de 9 a 21 hrs., sobre el proceso biológico para la correcta asimilación y utilización de los alimentos. (Sin límite de eventos)

• Planes Alimenticios online Consulta planes de alimentación en nuestra página de internet: www.h-b.com.mx/nutricion/axtel (Sin límite de eventos)

ORIENTACIÓN NUTRICIONAL

BIEN

ESTA

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COBERTURA DE SEGUROS

¿Quién cuidará de tu familia cuando ya no estés con ellos?Ahora cuentas con la tranquilidad de proteger a tu familia en caso de fallecimiento, a través de una cobertura por:

• $20,000.00 M.N. Por Muerte Accidental• $27,000.00 M.N. Por Muerte Accidental en Transporte Público, Terrestre o Acuático

PROTECCIÓN

ASISTENCIA AUTOMOVILÍSTICA

¿Qué tan seguido falla tu auto?Servicio de Asistencia las 24 horas los 365 días del año, para el automóvil en el que te encuentres:

• Auxilio Vial Básico: (2 eventos al año, a elegir de los siguientes servicios)

- Cambio de llanta - Paso de corriente - Abastecimiento de gasolina (Costo de gasolina por cuenta del usuario)

• Envío de grúa. (2 eventos al año,límite de $1,000 pesos por evento)

• Referencia de talleres mecánicos y de mantenimiento. (Sin límite de eventos)

• Transmisión de mensajes urgentes a familiares en caso de emergencia. (Sin límite de eventos)

ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALES

¿Cuándo fue la última vez que te fuiste de vacaciones?Disfruta la tranquilidad de viajar y saber que te protegemos en cada momento.

• Asistencia Médica por lesión o enfermedad. (Límite de US $2,500)

• Asistencia Dental de emergencia. (Límite de US $250)

• Traslado o repatriación médica en ambulancia. (1 evento al año)

• Desplazamiento y gastos de estancia de un familiar: Boleto de avión sencillo en clase turista y gastos por 5 días. (Límite de US $50 por día)

• Prolongación de la estancia del usuario por lesión o enfermedad: Si debes guardar reposo, cubrimos los gastos por 5 días. (Límite de US $50 por día)

• Repatriación de restos mortales. (Límite de US $4,000)

• Interrupción de viaje en caso de fallecimiento del acompañante o de un familiar: Boleto de avión sencillo en clase turista de regreso a la ciudad de residencia.• Localización y envío de equipaje documentado.• Transmisión de mensajes urgentes: En caso de emergencia enviamos mensajes a tus familiares las 24 horas los 365 días del año. (Sin límite de eventos)

PROT

ECCI

ÓN

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NUEVOS

TARJETA DE DESCUENTOS BWIGO

¿Necesitas una distracción?Presenta tu tarjeta del programa Membresía Familiar Axtel y disfruta las veces que quieras, de descuentos del 10% al 50% en más de 11,000 establecimientos afiliados a nivel nacional:

• Restaurantes• Cafeterías• Entretenimiento• Hoteles• Aerolíneas • Renta de automóviles, entre otros. (Sin límite de eventos)

Consulta establecimientos afiliados en www.bwigo.com

GESTORÍA PLUS TELEFÓNICA

¿Necesitas ayuda para realizar trámites administrativos?Servicio de Asistencia telefónica las 24 horas los 365 días del año con un gestor que te indicará paso a paso el trámite que debes seguir para:

• Trámites Administrativos (Sólo particulares)

• Asesoría respecto a: - Obtención de copias de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción - Trámites Vehiculares (Sólo particulares)

- Alta y Baja de Autos Nuevos y Usados - Cambio de Propietario - Reposición de Placas y Tarjeta de Circulación - Expedición de Permiso de Circulación• En caso de requerir atención de un gestor de forma presencial, éste será con costo preferencial a cargo del beneficiario.

$20,000.00 M.N.Como Indemnización por

Muerte Accidental

Como Indemnización por Muerte Accidental en Transporte

Público Terrestre o Acuático.

$27,000.00 M.N.

Para mayor información sobre tu seguro:01 (800) 6402 010 (del interior de la República) / 52794542.www.metlifemas.com.mx

CERTIFICADO DE SEGUROAxtel y MetLife Más certifican que:

EL TITULAR DE LA LÍNEA TELEFÓNICA*está amparado(a) por un seguro con las siguientes coberturas:

MetLife Más S.A. de C.V. hace constar que se ha emitido una póliza a favor de los clientes de Axtel. La prima de Axtel Membresía Familiar durante los dos primeros meses será pagada por Axtel. A partir del tercer mes la prima respectiva estará

incluida dentro del cargo mensual de Axtel Membresía Familiar.

El seguro es responsabilidad de MetLife Más S.A. de C.V.MetLife Más, S.A. de C.V. es parte relacionada de MetLife Inc. que opera bajo la marca de MetLife.

*Para quien cuente en su Servicio Axtel con la Membresía Familiar activa,el asegurado será la persona que firmó el contrato del servicio solicitado.

CERT

IFICA

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Observa en la tabla ejemplos de lo que cuestanalgunos de los servicios que Axtel Membresía

Familiar pone a tu alcance sin costo.

¡COMPRUEBA TU AHORRO!EVENTOS COSTO UNITARIO

POR EVENTOSERVICIOS

Limpieza bucal

Aplicación de fluoruro Examen oral

Grúa

Ambulancia

Plomero

Cerrajero

Electricista

Vidriero

Auxilio vial

$500.00

$150.00

$450.00

$1,000.00

$1,500.00

$500.00

$500.00

$500.00

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$300.00

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Tu Ahorro = $5,900.00

Axtel te regala 2 meses de MembresíaFamiliar con los mejores beneficios

Dudas o sugerencias en: [email protected]

Para hacer uso de los servicios, es necesario estar al corriente en los pagos del servicio telefónico Axtel. El servicio Axtel Membresía Familiar es comercializado y prestado por Club de Asistencia, S.A. de C.V., Axtel no es responsable por daños y perjuicios de cualquier naturaleza que puedan derivarse de los servicios prestados. El cliente autoriza el cargo del programa los 6 meses consecutivos posteriores al uso de alguno de los servicios de asistencia (no aplica en los meses de regalo).

A partir del tercer mes sólo pagas $35.72* mensual, con cargo a tu factura.*Incluye impuestos aplicables.

AHOR

RO

EL PRESENTE ES UN RESUMEN INFORMATIVO, LAS CONDICIONES QUE APLICAN SE ENCUENTRAN EN PODER DEL CONTRATANTE.

MUERTE ACCIDENTALLa Compañía pagará a los Beneficiarios, la Suma Asegurada si el fallecimiento del ASEGURADO se produce a consecuencia directa e inmediata de un Accidente. Se entenderá como fallecimiento inmediato aquél que ocurra a más tardar dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes de ocurrido el Accidente.

INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL EN TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE O ACUÁTICOLa Compañía pagará a los Beneficiarios, la Suma Asegurada en los que un Accidente provoque la muerte directa e inmediata del ASEGURADO, cuando éste hubiera estado viajando, subiendo o descendiendo de cualquier transporte público (terrestre o acuático) bajo la condición de pasajero. Es condición necesaria que el mencionado transporte tenga la licencia respectiva para transportar pasajeros. CAUSAS DE CANCELACIÓNA petición del Asegurado. Automática: - Al concluir el período de gracia, sin haberse efectuado el pago de la prima. - En la fecha de aniversario de la póliza que sea inmediato posterior a la fecha en que el Asegurado Titular cumpla la edad de 69 (sesenta y nueve) años.

EXCLUSIONES GENERALESNo estarán cubiertos los riesgos, cuando el Accidente sea efecto directo o indirecto, total o parcialmente de alguna de las siguientes situaciones:1. Condiciones Médicas Preexistentes.2. Accidentes ocurridos por culpa grave del asegurado por encontrarse en Estado de Embriaguez o bajo los efectos alucinógenos o drogas.3. Práctica de Actividades deportivas profesionales, así como también la práctica de Inmersión submarina, Montañismo, Vuelo delta, Paracaidismo, Charrería, Esquí, Tauromaquia, Box, Lucha libre y grecorromana, Rafting, Bungee, Rappel, Jet-ski, Carreras de caballos, automóviles, motocicletas y de lanchas.4. Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.5. Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto viajando como pasajero en un avión comercial.6. Participación en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendido por tales aquellas donde se pone en grave peligro la Vida e integridad física de las personas.7. Riesgos nucleares o atómicos, Guerra, Prestación de servicios del asegurado en las fuerzas armadas o fuerzas policiales, Peleas o Riñas, Participación en acto delictuoso, Motín, Actos de terrorismo, Huelga o tumulto popular.8. Anomalías congénitas o trastornos que sobrevengan por tales anomalías o relacionadas con ellas.

Para consulta de las condiciones generales de este seguro comunicarse al: 5279-4542 o al 01 800 6402010.

QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROTe recomendamos que el documento de designación de beneficiarios sea conservado en un lugar seguro y de fácil acceso, externando esta situación y la existencia del seguro a sus beneficiarios, ya que en caso de siniestro será un documento indispensable para el pago de suma asegurada a favor de las personas que usted ha designa-do.

Una de las condiciones para el pago del seguro contratado con MetLife Mas, S.A. de C.V., es que la póliza se encuentre vigente, y para ello deberá estar al corriente en los pagos tanto del servicio telefónico Axtel, así como en su Membresía Familiar.

En caso de siniestro, deberá ser reportado a los teléfonos: 5279 4542 o al 01 800 6402010.

MetLife Mas, S.A. de C.V., certifica que según inscripción de ésta fecha en el Registro de Asegurados se aseguran los riesgos especificados hasta por la suma asegurada señalada.

La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36, 36-A, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, bajo el registro número PPAQ-S0058-0017-2010 de la fecha 01 de junio de 2010.

Para mayor información sobre tu seguro: 01 (800) 6402 010 (del interior de la República) / 5279 4542. www.metlifemas.com.mx

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Disfruta los beneficiosde ser Axtel Membresía Familiar.

Usar Axtel Membresía Familiar es FÁCIL:

Marca desde tu línea Axtel 00 ó al 01 (800) 813 9000 las 24 horas de los 365 días del año, desde cualquier parte de la República Mexicana.

Un operador validará tus datos y tomará el detalle del servicio que requieres.

Recibe el servicio que solicitaste de forma rápida y segura.

Conoce todo sobre tu Membresía en:

axtel.mx

Consulta términos y condiciones del programaen el folleto anexo o en axtel.mx

los protege las 24 horasde los 365 días del año.

Axtel Membresía Familiar

axtel.mx

Para solicitar cualquiera de los servicios:

Marca al 00 desde tu Línea Axteló 01 (800) 813 9000.

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Para mayor información y/o solicitar servicios:

SERVICIOS DE ASISTENCIA

01 (800) 813 9000

CONDICIONES GENERALES

axtel.mx

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CONDICIONES GENERALES PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MEMBRESÍA FAMILIAR AXTEL

INTRODUCCIÓNEl servicio de asistencia Membresía Familiar Axtel protegerá a los Clientes de AXTEL ante las eventualidades médicas, vial y en el hogar señaladas más adelante en este instrumento, las 24 horas del día y los 365 días del año. Con solo una llamada al * 00 o al 01 800 813 9000 tendrán a su disposición los recursos materiales y humanos necesarios para la atención de su problema, con base en las presentes Condiciones Generales. GLOSARIO DE TÉRMINOSA) Membresía Familiar Axtel: Es el programa a través del cual el PROVEEDOR presta los servicios asistenciales a los Usuarios. Asimismo, y para todos los efectos legales a que hubiere lugar, cada vez que se mencione “Membresía Familiar Axtel” se entenderá que los mismos términos aplicarán para el Programa “Asistencia AVANTEL”, Membresía Axtel y Alestra Asistencia Hogar.B) Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños físicos a un usuario o alguno de sus bene�ciarios causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente que ocurra durante la vigencia del contrato.C) Accidente automovilístico: Todo acontecimiento que provoque daños materiales a un automóvil causado única y directamente por causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente durante la vigencia del contrato.D) Emergencia: Para efectos de este programa de servicio, se considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua), o no permita su utilización cotidiana (corto circuito), o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable, y ocurra dentro de la vigencia del contrato.E) Ciudad de residencia permanente: El domicilio habitual del usuario dentro de la República Mexicana, que conste en el contrato de suscripción con la compañía Axtel.

F) Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del usuario que suceda, se origine, se mani�este por primera vez o descompense si es preexistente, comprometiendo el estado vital del usuario o de alguno de sus bene�ciarios durante la vigencia del contrato.

G) Equipo Jurídico: El personal del departamento jurídico de la compañía de asistencia, que presta los servicios de orientación jurídica a los usuarios, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

H) Equipo Médico: El personal médico asistencial que presta los servicios de orientación y atención médica a los usuarios, por cuenta de la compañía de asistencia, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

I) Evento: Una reparación o servicio por cuenta de Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos y condiciones del presente contrato.

J) Falla mecánica: Todo daño, avería, rotura y/o deterioro fortuito, que impida la circulación del automóvil, durante la vigencia del contrato.

K) Familiar en 1er grado: Cuando se menciona el término familiar en 1er. Grado se referirá al, cónyuge e hijos menores de 21 años.

L) Prestador de servicios: Es el PROVEEDOR a través de sus subcontratistas mismas que son aquellas personas que proporcionan los servicios en forma directa a los Usuarios.

M) Representante: Cualquier persona, sea o no acompañante del usuario que realice gestión alguna para la prestación de los servicios de asistencia.

N) Representante legal: Cualquier persona física que se encuentre facultado por el Usuario para ejercer y hacer valer sus derechos y obligaciones de una persona moral o una persona física, mediante poder notariado.O) Servicios de asistencia: Los servicios asistenciales que presta Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos del Contrato.

P) Usuario del servicio de asistencia vehicular: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

Q) Vehículo usuario: Automóvil motorizado de uso particular, de cuatro ruedas en dos ejes, menor o igual a tres y media toneladas de peso (3.5 Ton.), de propiedad legal del suscriptor o de la persona usuaria del servicio de telefonía Axtel autorizada por el suscriptor; el cual, no sea usado para transporte de pasajeros (servicio público), para transporte de cualquier tipo de carga y para actividad comercial, deportiva o de seguridad.

R) Usuario del servicio de asistencia al hogar: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

S) Vivienda A�liada: Casa, departamento o edi�cación de uso habitacional (destinados para vivienda familiar) que aparece en su contrato.

T) Gestor: Persona que tiene los conocimientos y experiencia requerida para prestar su asesoramiento y apoyo a los ciudadanos en los diferentes trámites que se especi�can en el punto 8 de este Anexo ante la administración pública, ya sea local o federal.

TERRITORIALIDADLos siguientes servicios de asistencia se proporcionan sólo en la República Mexicana, salvo por lo que hace a la asistencia en viajes internacionales, según se establece en las condiciones generales de los programas contenido en el punto 7 de este anexo.

BENEFICIARIOS DEL SERVICIO:

• USUARIO DEL SERVICIO: Suscriptor del servicio de telefonía Axtel o persona usuaria del servicio de telefonía debidamente autorizada por el suscriptor.

• VEHÍCULO USUARIO: Se entiende por tal (ver glosario), un vehículo de uso particular, donde se encuentre el titular o alguno de sus bene�ciarios directos (cónyuge e hijos menores de 21 años servicio Membresía Familiar Axtel, siempre que no se trate de motocicletas, de vehículos destinados al servicio público de carga o de personas, vehículos de alquiler con o sin conductor, o aquellos cuyo peso sobrepase o sea igual a los 3,500 kilogramos. Los servicios de asistencia que a continuación se detallan se prestaran cuarenta y ocho horas después de efectuarse la a�liación al programa de Asistencia Membresía Familiar Axtel.

1. SERVICIOS DE ASISTENCIA MÉDICA

1.1 ASISTENCIA MÉDICA TELEFÓNICAEn este servicio Membresía Familiar Axtel brinda al usuario disponibilidad las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año, A través de médicos titulados ubicados en nuestro Call Center, el usuario podrá recibir vía telefónica información, asesoría y orientación en el uso de medicamentos, primeros auxilios, enfermedades, nutrición, patologías, esquema de vacunaciones y/o problemas de salud en general.

Los bene�cios más importantes para este servicio son:

1 Orientación acerca de: • Primeros auxilios.• Algunas enfermedades, signos y síntomas.• Uso de medicamentos.• Plani�cación familiar y educación sexual.• Inmunizaciones (Vacunas).• Control Prenatal.• Prevención de automedicación.• Prevención del tabaquismo, alcoholismo y fármaco dependencia.

*Con el �n de respetar las buenas prácticas de la medicina, el médico de Call Center efectuara recomendaciones sobre el uso adecuado de medicamentos de libre venta, en ningún caso podrá prescribir medicamentos sujetos de control sanitario, tales como antibióticos, ansiolíticos, opiáceos y estupefacientes.

**La Orientación Médica Telefónica no constituye una consulta Médica.

1.2 ASISTENCIA PSICOLÓGICA TELEFÓNICANuestro equipo de Psicólogos asesorará al Usuario vía telefónica para proporcionar alternativas inmediatas en con�ictos emocionales, con el propósito de esclarecimiento y contención de crisis, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. Orientación acerca de:• Angustia• Trastorno de personalidad• Violencia intrafamiliar• Duelo• Suicidio• Depresión• Referencia a otros servicios

1.3 ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA Un equipo especializado de Nutriólogos lo asesorará vía telefónica de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas sin límite de eventos,sobre el proceso biológico para la correcta asimilación y utilización de alimentos. Se proporciona información sobre la dieta necesaria que debe seguir, el usuario ON LINE: www.h-b.com.mx/nutricion/AXTEL ante una enfermedad especí�ca las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. La Orientación para los buenos hábitos de alimentación y el control de enfermedades es la siguiente:

• Información general sobre los buenos hábitos de alimentación• Información sobre los diferentes grupos de alimentos• Información sobre raciones adecuadas para el buen comer• Intercambio de alimentos sin el incremento de calorías• Orientación nutricional en diferentes enfermedades (Hipertensión, Diabetes, etc.)• Referencia a otros servicios

1.4 ASISTENCIA ODONTOLÓGICA TELEFÓNICAAsesoría telefónica proporcionada por un equipo de Odontólogos altamente cali�cados, de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas, para atención inmediata en caso de emergencia odontológica y referencias de lugares de atención, sin límite de eventos. 1. Esta orientación es la siguiente: • Casos de dolor• Uso de analgésicos• Materiales de restauración• Procedimientos de tratamientos odontológicos• Procesos in�amatorios e infecciosos• Aftas• Bruxismo (rechinar de los dientes)• Fracturas coronales• Abscesos periodontales• Referencia adecuada

1.5 CONSULTAS EN CONSULTORIOS MÉDICOSA solicitud del titular, se coordinará vía telefónica una consulta médica en consultorio con médicos de nuestra red. El costo de la consulta será con cargo al titular del programa, con Médicos Generales desde $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 MN) y con Médicos Especialistas desde $350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MN).

Un ejecutivo especializado atenderá las solicitudes a través del número telefónico asignado al programa, solicitará datos generales; buscará en nuestra red médica las mejores opciones y devolverá la llamada al Titular para que elija la alternativa más conveniente a sus necesidades.

El ejecutivo le proporcionará al titular un número de referencia que deberá presentar al Proveedor Médico junto con la tarjeta del programa e identi�cación o�cial vigente. Sin límite de eventos.

La concertación de citas se realizará de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y los días sábados de 08:00 a 13:00 horas. No se coordinan citas de urgencia.Si el titular concertó una cita y no puede acudir, se le solicitará la cancelación con 24 hrs. de anticipación.

Si durante la consulta el médico requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento, que implique costo adicional deberá tratarlo anticipadamente con el médico ya que el titular deberá de cubrir dichos gastos en efectivo.

Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

1.6 DESCUENTOS EN HOSPITALESEn caso de enfermedad o accidente, se proporcionan descuentos* del 5% hasta el 20% en hospitales de nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico en http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.7 DESCUENTOS EN LABORATORIOS Y ÓPTICASDescuentos del 5% hasta el 60% en laboratorios de análisis clínicos. Descuentos* desde un 10% hasta un 40% en las ópticas a�liadas a nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.8 REFERENCIAS A FARMACIASReferencias a farmacias con descuentos, sin límite de eventos.

1.9 ENVÍO DE MÉDICO A DOMICILIOA solicitud del titular, Club de Asistencia a través de su red de proveedores, coordinará el envío de un médico general hasta su Residencia Permanente o al lugar donde se encuentre en el momento de solicitarlo con costo preferencial desde $450.00 para la valoración presencial del paciente y en caso necesario se extenderá la receta médica.

El servicio se prestará cuando el Asegurado y/o Asegurado no pueda trasladarse a consulta médica y la situación pueda resolverse en domicilio por un médico general sin requerir atención médica en una sala de urgencias, y estará sujeto a valoración médica por parte del médico que recibe la llamada de solicitud.El Asegurado deberá efectuar un copago de precio preferencial directamente al doctor. Este servicio es sin límite de eventos.Club de Asistencia proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República Mexicana, en los demás lugares, Club de Asistencia hará lo posible por ayudar al Bene�ciario a contactar con un médico u hospital con la mayor celeridad.

Se proporcionará dicho servicio las 24 hrs del día los 365 días del año en toda la República Mexicana dentro de las zonas de cobertura.Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

EXCLUSIONES:

a) No otorgará ningún tipo de responsiva médica durante la prestación de los servicios correspondientes. b) No se extenderá constancias o actas de defunción.

c) No brindará atención médica a ningún paciente cuando éste se encuentre en condición psiquiátrico agresivo, infecto contagioso, ebrio y/o drogado agresivo, fuera de los predios o ubicaciones reportadas, fuera del área de cobertura. 1.10 TRASLADO MÉDICO TERRESTRE POR ACCIDENTE O EMERGENCIA MÉDICA

En caso de accidente automovilístico o emergencia médica del usuario que amerite traslado médico terrestre según valoración del operador médico telefónico de la compañía de asistencia, Membresía Familiar Axtel, coordinará el envío de una ambulancia terrestre y posterior traslado hasta el centro hospitalario más cercano, asumiendo el costo del traslado durante ese evento. En caso de ser necesario posteriores traslados por el mismo evento serán a cuenta y a cargo del usuario, Membresía Familiar Axtel no se hace responsable de cualquier inconveniente que se pueda presentar con el traslado médico, ni de resultado alguno, toda vez que la asistencia de traslado médico terrestre se limita a la referencia del Usuario con el prestador del servicio que corresponda, sin que dicho prestador este bajo la vigilancia o subordinación del PROVEEDOR.

Este servicio está limitado a un evento por accidente automovilístico y a un evento por emergencia médica al año.

Este servicio se prestará de acuerdo a la valoración telefónica que un operador médico de Membresía Familiar Axtel realice de conformidad con la siguiente clasi�cación:

• Traslado de Urgencia: En situaciones de peligro inminente de muerte, las cuales requieren de desplazamiento de una unidad de Urgencias, para realizar traslado hacia una unidad de urgencias de un centro hospitalario.EXCLUSIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Y AMBULANCIA

1. Los médicos del Call Center de Membresía Familiar Axtel bajo ninguna circunstancia indicarán tratamiento farmacológico o expedirán recetas médicas.

2. La prescripción o expedición de recetas, sólo es factible en la visita a domicilio ya que la lleva a cabo un profesional de la medicina.

3. Todos los gastos que se generen a partir de una referencia a la red de servicios médicos, serán cubiertos directamente por el usuario.

4. El envío de ambulancias, subsecuentes a la primera al año, tendrán un costo preferencial para el usuario, y una vez autorizado el costo presentado en cotización previa, el usuario deberá liquidar directamente al proveedor de ambulancias.

5. En todos aquellos núcleos de población, que por su situación geográ�ca o económica no cuenten con servicios de ambulancias o incluso médicos capacitados para atender las consultas a domicilio posteriores a las incluidas en el producto. Membresía Familiar Axtel hará su mejor esfuerzo para enviar del poblado más cercano que cuente con dichos servicios, una ambulancia o un médico a domicilio, el cual será con costo directo para el usuario, previa cotización y aprobación.

6. Si el usuario de Membresía Familiar Axtel se encontrara fuera del área metropolitana de las ciudades donde se cuente con cobertura de servicio telefónico Axtel, y a pesar de esto lograra mantener enlace con el Médico de Call Center, y se requiriera el servicio de ambulancia, se procederá a enviar la ambulancia y el costo será pagado por el usuario en el período correspondiente a la zona donde ya se encuentre dentro del área metropolitana de la ciudad base de la ambulancia.

7. En el caso de traslados foráneos y ambulancias aéreas serán programados y cotizados para que previa autorización del usuario se envíe el servicio.

8. La solicitud de servicio de asistencia médica telefónica que contravenga las buenas prácticas de la medicina.

9. Los honorarios médicos que resulten de las referencias del servicio de Membresía Familia Axtel serán por cuenta del usuario.

10. Los gastos erogados en la atención médica serán responsabilidad exclusivamente del usuario y de ninguna forma el servicio de Membresía Familia Axtel será un seguro de gastos médicos, entendiendo que el servicio es de Asistencia Médica únicamente.

2. SERVICIOS DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA2.1. ORIENTACIÓN JURÍDICA VÍA TELEFÓNICAPor este servicio Membresía Familiar Axtel a través de sus abogados orientará vía telefónica a sus usuarios en las materias de derecho civil y penal, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año y en las demás áreas del derecho el servicio se brindará en días y horas hábiles.En concordancia con las disposiciones legales, Membresía Familiar Axtel no garantiza resultado alguno como consecuencia de la orientación jurídica, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.

2.2 ORIENTACIÓN JURÍDICA PRESENCIAL EN EL HOGAREn este servicio Membresía Familiar Axtel coordinara enviar a un abogado, para que preste asesoría legal ante la Agencia del Ministerio Público, para realice su denuncia o querella en caso de robo de sus bienes dentro del mismo (casa o departamento de uso habitacional). Este servicio consistirá exclusivamente en asesorar y acompañar al propietario para que presente la denuncia o querella correspondiente ante las autoridades competentes.

3. SERVICIOS DE ASISTENCIA HOGAR

Membresía Familiar Axtel, garantiza la puesta a disposición del Usuario de una ayuda material inmediata, en forma de prestación de servicios con el �n de limitar y controlar los daños materiales, presentados de manera fortuita en la vivienda.Esta se prestará como consecuencia de un evento de emergencia o caso fortuito, de acuerdo con los términos y condiciones consignados en el presente anexo y por hechos derivados de los servicios especi�cados en el mismo.El usuario podrá gozar de hasta un máximo de 2 eventos anuales de cada uno de los siguientes bene�cios y hasta por la suma de $500.00 Moneda Nacional (Quinientos Pesos 00/100 M.N.) por evento, la suma anterior incluye el costo de la mano de obra, materiales y el traslado del técnico.Los servicios de Asistencia Hogar serán prestados en horario de 7:00 a las 20:00 horas, salvo que existiera una emergencia. Por EMERGENCIA se entenderá cualquier situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua) o no permita su utilización cotidiana (corto circuito) o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable y ocurra dentro de la vigencia del contrato.

3.1 CERRAJERÍA

Cuando a consecuencia de la inutilización de la cerradura por intento de robo o robo, o sea imposible abrir por daño desde el exterior al interior la puerta principal de acceso directo a la vivienda, se enviará a un técnico especializado en cerrajería que realizará la “Asistencia de Emergencia” para la apertura de la puerta y de esta forma restablecer el acceso directo a la vivienda a través de la puerta principal.El servicio aplica también en el caso de que el usuario deje las llaves en el interior del automóvil, el usuario previo al servicio deberá identi�carse a solicitud del Técnico. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES AL SERVICIO DE CERRAJERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• La reparación y el cambio o reposición de guardas, chapas, cerraduras, pasadores y puertas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores interiores que dan acceso a partes internas de la vivienda a�liada.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de clósets y alacenas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de puertas de acceso electrónico a la vivienda a�liada, tanto externas como internas, y automóviles que cuenten con este

tipo de chapas.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de seguridad, tanto externas como internas, así como las instaladas en automóviles.• La apertura de puertas exteriores diferentes a la puerta principal de acceso directo a la vivienda a�liada. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Queda excluido la hechura de llaves de cualquier tipo. • El servicio no se prestará cuando la cerradura esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o haya sido instalada sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.2 PLOMERÍACuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones �jas de abastecimiento y/o sanitarias y de gas propias de la vivienda (instalaciones �jas de agua potable e hidrosanitarias y de gas), se presente alguna rotura, fuga de agua, gas o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a un técnico especializado, que realizará la “Asistencia de Emergencia” para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. En caso de presentarse fugas de gas se brindará apoyo reportando a las autoridades competentes.Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Exclusiones del Servicio de Plomería.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento, reparación de averías y la reparación o cambio de materiales propios como:• Trabajos de albañilería a consecuencia de reparaciones de plomería.• Accesorios, llaves de paso, llaves de agua, empaques, acoples de lavamanos, calentadores, sanitarios, lavaplatos, grifos, cisternas, lavamanos, mezcladores, depósitos, calentadores eléctricos y de paso junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, lavaderos, tanques de reserva aéreos, pedestales y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda a�liada y cualquier material importado. • Fugas de gas, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o �ltraciones. • Cualquier tipo de reparación en áreas comunes (Condominios y Unidades Habitacionales) o en instalaciones propiedad de la Red Pública. • Radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, electrodomésticos, gas y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • El servicio de desobstrucción no tiene garantía. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.3 VIDRIERÍACuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas o de las puertas que formen parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares, o la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas que formen parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades habitacionales que hagan parte de un edi�cio, se enviará a un técnico que realizará la “Asistencia de Emergencia” de reposición del(os) vidrio(s) respectivo(s), siempre y cuando las circunstancias lo permitan. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES DEL SERVICIO DE VIDRIERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• Cualquier vidrio que no sea parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares. • Cualquier vidrio que no sea parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades de vivienda que hagan parte de un edi�cio. • Vidrios quebrados por fenómenos naturales, actos de terrorismo, motín o vandalismo.• No se prestará el servicio cuando el daño haya sido ocasionado por actos de mala fe y/o con dolo por el Usuario, el bene�ciario o por un residente habitual. • La reposición de vidrios no es objeto de garantía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando el sistema de ventanería esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Vidrios blindados, audio aislantes o térmicos, de hechura o manufactura especial, de espesor mayor a 6mm.• Los señalados en las exclusiones generales.

GARANTÍA. Los trabajos realizados por el personal autorizado por Membresía Familiar Axtel Tendrán una garantía por treinta días, la cual se pierde cuando el Usuario autorice trabajos con personal diferente al enviado por Membresía Familiar Axtel sobre los ya ejecutados o cuando no se avise oportunamente de la existencia de una incidencia sobre dichos trabajos. Lo anterior sujeto a las respectivas excepciones.

3.4 ELECTRICIDADCuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias de la vivienda, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial, se enviará a un técnico especializado que realizará la “Asistencia de Emergencia” necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las instalaciones lo permitan, en situaciones como cuando a causa de un corto circuito la falla se halla originado en el interior de la vivienda y que corresponda al domicilio permanente del Usuario.La asistencia de emergencia también incluye la reparación de tableros de circuitos eléctricos, el cambio y/o cuchillas, (breakers), fusibles (de las mismas características técnicas al averiado) dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la vivienda a�liada. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.

Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario. Exclusiones a los Servicios de Electricidad.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento o la reparación y/o reposición de averías propias de:• Enchufes o interruptores, balastos, y elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o �uorescentes, cambio de tableros eléctricos. • Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadoras, secadoras, refrigeradores y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico. • Cualquier tipo de reparación, reposición y/o cambio en áreas comunes (propiedad en condominio) o en instalaciones propiedad de la empresa que suministra la energía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

4. SERVICIOS DE ASISTENCIA AL VEHÍCULO DESDE KILOMETRO “0”

4.1. AUXILIO VIAL BÁSICOEn los casos en que el vehículo propiedad del usuario circulando dentro del perímetro urbano de una ciudad principal presente alguna de las siguientes averías menores: “ponchadura”, descarga de batería o falta de gasolina, Membresía Familiar Axtel previa solicitud del usuario enviará un prestador de servicios para realizar, según el caso y de acuerdo a lo siguiente:

1. Cambio de llanta por el propio de repuesto en caso de que el vehículo amparado sufriera una ponchadura de llanta o de alguna de las llantas se encontrará tan baja que impidiera continuar con el desplazamiento del mismo, el proveedor organizará y pagará el servicio para que se efectúe el cambio de neumático averiado por el de refacción. Este servicio solo aplica en zonas urbanas. (siempre y cuando el repuesto esté en buen estado).

2. Envío de gasolina en caso de que el vehículo amparado, por algún descuido se quedara sin gasolina, el proveedor organizará y pagará el envío de gasolina su�ciente (5 litros) para que el bene�ciario llegue a la gasolina más cercana: el costo de la gasolina correrá a cargo del usuario. Este servicio aplica únicamente en zonas urbanas (en cuyo caso el costo del combustible es por cuenta del usuario).

3. Paso de corriente (Membresía Familiar Axtel no se responsabiliza por los daños ocasionados a consecuencia de fallas en instalaciones eléctricas del vehículo).

En todos los casos el usuario deberá acompañar en todo momento al prestador de servicios del proveedor.Este servicio está limitado a dos eventos por año, a elegir y el usuario deberá estar presente durante todo el tiempo en que dure la reparación de la eventualidad.

4.2 SERVICIO DE GRÚA O TRANSPORTE DEL VEHÍCULOEn caso de que el Vehículo no pudiera circular por falla mecánica, no a causa de accidente automovilístico, Membresía Familiar Axtel se hará cargo de su remolque hasta el taller o lugar que el usuario elija, hasta un límite máximo de $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), máximo dos eventos al año. El excedente a los $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), será pagado por el usuario directamente al proveedor del servicio, en este caso Membresía Familiar Axtel informará al usuario el monto excedente y solo previa autorización y acuerdo verbal del usuario, Membresía Familiar Axtel enviará el servicio.Este servicio no incluye el pago de ningún tipo de maniobras; de�nidas como: las que se realizan para acondicionar el lugar y el vehículo, que requieren de personal y equipo especializado para ponerlo en condiciones de traslado.No se remolcará el Vehículo con carga o con heridos y no se sacará el Vehículo si éste se encuentra atascado en baches o barrancos. Ni se realizará ninguna maniobra adicional para estos efectos. Este servicio no incluye vehículos de carga, servicio público o de peso mayor a 3.5 toneladas.

En todos los casos el usuario o su representante deberán acompañar a la grúa durante el traslado, no se remolcará el vehículo sin que el titular o representante lo acompañe.

Exclusiones a los Servicios de Asistencia al VehículoQuedan excluidas las situaciones de asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de:

• Huelgas, guerras, invasión actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, movimientos subversivos, piratería, pronunciamiento, manifestaciones y movimientos populares.• Autolesiones o participación del Usuario en actos criminales. • La participación del Usuario en riñas, salvo en caso de defensa propia.• La práctica de deportes como profesional, la participación en competencias o�ciales y en exhibiciones.• La participación del Usuario y/o del Vehículo en cualquier clase de carreras, competencias o exhibiciones.• Los Vehículos que tengan cualquier modi�cación de cualquier tipo, diferente a las especi�caciones del fabricante consideradas peligrosas, que hayan in�uido en la avería.• Golpes o choques intencionales, así como la participación del Vehículo en actos ilícitos.• Labores de mantenimiento, revisiones al Vehículo reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el Usuario o por un tercero. • Remolque del Vehículo con carga o con heridos, así como sacar al Vehículo atascado o atorado en baches o barrancos, con motivo del tránsito del vehículo fuera de camino o cuando éstos se encuentren en condiciones intransitables o cualquier otra causa de fuerza mayor. Ejemplo: robo de las llantas.• Cuando el automóvil haya sido introducido ilegalmente al país.• Todos aquellos vehículos con placas de servicio público y de carga, así como los de capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas, motocicletas y automóviles arrendados.• En el caso de vehículos que se encuentren cargados no se les proporcionará el servicio de arrastre de grúa.• Vehículos involucrados en accidentes automovilísticos, ya sea contra vehículos u objetos �jos. • En el caso de vehículos blindados el costo por peso excedente será cubierto por el usuario directamente al prestador del servicio. • Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto. Por ejemplo: al solicitar una grúa y que no sepa decir en dónde está ubicado.• Todas aquellas situaciones derivadas de actos vandálicos que hayan ocasionado daños al vehículo tales que no le permitan circular.• Las averías provocadas por fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como: inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas y tempestades ciclónicas.

4.3 REFERENCIA DE TALLERES MECÁNICOS Y DE MANTENIMIENTOMembresía Familiar Axtel proporcionará a solicitud del usuario información actualizada sobre los talleres mecánicos y de mantenimiento de reconocida calidad, como lo son los de las agencias automovilísticas de marca y los pertenecientes a franquicias nacionales, que se encuentren más cercanos al lugar donde se encuentre el vehículo amparado.Membresía Familiar Axtel proporcionará este bene�cio en las principales ciudades de la República Mexicana. En los demás lugares Membresía Familiar Axtel hará lo posible por ayudar al usuario a contactar un taller mecánico, con la mayor celeridad. Membresía Familiar Axtel no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos talleres mecánicos.

4.4 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESMembresía Familiar Axtel transmitirá a solicitud del usuario, mensajes urgentes debidamente justi�cados, relativos a cualquiera de los hechos objeto de las prestaciones a que se re�eren las presentes condiciones generales, u otra situación de emergencia, dentro del territorio de la República Mexicana, a cualquier hora del día, los 365 días del año.

5. MEMBRESÍA DENTALCon cobertura en las principales ciudades de la República Mexicana, amplia red de dentistas brindará, en sus consultorios, la atención dental que el a�liado y/o su familia (cónyuge e hijos menores de 21 años) requieran, con los siguientes bene�cios para cada integrante:

• Consulta Gratuita. 1 evento al año• Examen oral completo (en caso de ser necesario, se tomará una radiografía periapical para un mejor diagnóstico): 1 evento al año.• Limpieza oral preventiva, instrucción e higiene bucal: 2 eventos al año• Aplicación tópica de �uoruro, la aplicación del �uoruro será bajo diagnóstico médico: 1 evento al año.• El tiempo regular de espera para la atención dental en el consultorio podría ser hasta de 30 minutos.• Consultas posteriores con dentistas de nuestra red: Sin límite de eventos, a precios preferenciales. Los costos de las consultas corren a cargo del cliente.• En cualquier otro servicio dental, podrá obtener precios preferenciales• El a�liado podrá ser atendido por el titular del consultorio o por cualquier odontólogo titulado que labore en el consultorio.

Servicio de concertación de citas de lunes a viernes de 09:00 a.m. a 07:00 p.m. y sábados de 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

Si durante la consulta requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento que implique un costo adicional, deberá ser tratado anticipadamente con el dentista, ya que el A�liado debe cubrir dichos gastos.La cita dental podrá concertarse en la localidad solicitada por el a�liado bien en la localidad más cercana dependiendo de las alternativas y disponibilidad en la agenda médica al momento de solicitar el servicio de Plan Dental.Si el colaborador concertó una cita y no puede acudir y necesita reprogramar por cualquier motivo, deberá cancelar con 24 horas de anticipación marcando al 01 800 813 9000,

de lo contrario se tomará la cita como evento otorgado. El Consultorio estará facultado para poder reprogramar la cita con el colaborador en casos de fuerza mayor, ofreciendo nuevas alternativas de cita al a�liado directamente.

OBJETIVO DE LA LIMPIEZA DENTALEl objetivo es crear un entorno oral sano y que el paciente sea capaz de mantenerlo en esas condiciones.

GLOSARIO

a) Limpieza supragingival: Eliminación de placa dentobacteriana y sarro (clínicamente visible sobre la línea de las encías) y pulido de la super�cie de los dientes.

b) Limpieza infragingival: Tratamiento de especialidad periodontal que implica anestesia, levantamiento de encías, eliminación de sarro de los cuellos y raíces de las piezas dentales, adhesión nuevamente de las encías y sutura.

c) Aplicación de �uoruro: El �uoruro se utiliza para evitar la caries dental, consiste en un intercambio de iones entre este y la super�cie del diente, creando así una super�cie más fuerte y resistente al ataque de las caries.

d) Limpieza oral: En un entorno oral sano es el pulido de dientes con pastas abrasivas y cepillos giratorios Es un procedimiento sencillo y rápido,indispensable para mantener la salud dental y no incluye la eliminación de sarro

e) Sarro: Es la placa dentobacteriana calci�cada que da lugar a la formación de masas mineralizadas extremadamente duras, que se adhieren �rmemente a la super�cie de los dientes y a las raíces de los mismos. Esta placa calci�cada se puede retirar con tratamientos de eliminación de sarro supragingival y/o infragingival según sea el caso a costo preferencial.f) Placa dentobacteriana: Es un sedimento, bacteriano y adherente que se acumula en los dientes, esta placa es invisible y se forma de bacterias y restos alimenticios causantes de las enfermedades bucales.

La limpieza oral también conocida como PROFILAXIS DENTAL, es el procedimiento odontológico de mayor importancia para la PREVENCIÓN de enfermedades y otros padecimientos de la boca, pero NO ES SUFICIENTE, para erradicar sus enfermedades.

EXCLUSIONES

1.- Eliminación de sarro infragingival y supraginfgival. 2.- Gingivitis, enfermedad bucal que ocasiona in�amación y sangrado de la encía.3.- Periodontitis, enfermedad crónica que puede causar la pérdida del diente.

6. ASISTENCIA ESCOLAR TELEFÓNICAServicios de apoyo que se brinda al estudiante para ponerse al corriente cuando por causa de accidente o lesión no pueda asistir a sus clases, o como medio de consulta o guía informativa de estudios.Esta asistencia es telefónica, y el estudiante tendrá a su disposición un maestro (nivel primaria y secundaria), para asesorarlo durante el período que no pueda asistir a clases o para que se regularice cuando se reintegre a las mismas. Sin límite de eventos de Lunes a Viernes en horario de 9:00 hrs. a 21:00 hrs.

7. ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALLas siguientes asistencias aplican sólo al titular de la línea AXTEL, del servicio de telefonía, quien deberá de marcar al teléfono + 52 55 41 95 50 cuando se encuentre fuera de su lugar de residencia por motivos de viaje. Límite máximo de 60 días consecutivos de viaje. Aplican vía reembolso.

7.1 ASISTENCIA MÉDICA POR LESIÓN O ENFERMEDAD DEL USUARIOEn caso de enfermedad o lesión del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos y medicamentos prescritos por el médico que lo atienda. Límite máximo por todos los conceptos será de $2,500.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.2 ASISTENCIA DENTAL DE EMERGENCIA EN VIAJESEn caso de una emergencia dental que sufra el usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de tratamiento dental hasta por $250.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.3 TRANSPORTE O REPATRIACIÓN MÉDICA EN AMBULANCIAEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL requiera ser hospitalizado a consecuencia directa de un accidente o una enfermedad por prescripción médica, local a valoración junto con el médico del “Proveedor de Servicios se proporcionará el apoyo requerido las 24 horas del día para arreglar y coordinar la ambulancia cumpliendo con los requerimientos para el trayecto, hasta el centro hospitalario más cercano. Limitado a un evento por año.

7.4 DESPLAZAMIENTO Y GASTOS DE ESTANCIA DE UN FAMILIAR DEL USUARIOEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL sufra un accidente o una enfermedad fuera de su lugar de residencia, y requiera hospitalización superior a 5 días y bajo la aprobación del “Proveedor de Servicio”, ésta pagará los gastos de ida y vuelta (boleto de avión sencillo clase turista) de un familiar al lugar de hospitalización del usuario. Así como los gastos de estancia a razón de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.5 PROLONGACIÓN DE LA ESTANCIA DEL USUARIO POR LESIÓN O ENFERMEDADSi a consecuencia de un accidente o enfermedad y bajo prescripción médica autorizada y aprobada por el “Proveedor de Servicio”, el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL se ve obligado a prolongar su estancia fuera de su lugar de residencia, el “Proveedor de Servicio” pagará los gastos del hotel para prolongar su estancia y continuar con la Asistencia Médica en el lugar donde se interrumpió su viaje. Límite de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.6 REPATRIACIÓN DE RESTOS MORTALESEn caso de fallecimiento del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” se encargará de los arreglos necesarios para transportar los restos mortales de vuelta a su lugar de residencia habitual. Con límite de $4,000.00 USD.

7.7 INTERRUPCIÓN DE VIAJE EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ACOMPAÑANTE O DE UN FAMILIARCuando con ocasión de un accidente o enfermedad o muerte del acompañante de viaje o con ocasión de muerte del cónyuge, padre, madre o hijos, el titular deba interrumpir su viaje, el “Proveedor de Servicio” se hará cargo de un boleto de avión sencillo clase turista de regreso hasta su ciudad de residencia, siempre y cuando el titular no pueda efectuar tal regreso con el boleto aéreo original.

7.8 LOCALIZACIÓN Y ENVÍO DE EQUIPAJES DOCUMENTADOS EN VUELO COMERCIALEl “Proveedor de Servicio” asesorará al titular para la denuncia del hurto o extravío de su equipaje y efectos personales en vuelo regular de la aerolínea. En caso de su recuperación se encargará de su traslado hasta su lugar de destino o hasta el domicilio del titular según las circunstancias de tiempo y de lugar.

7.9 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESEn el momento que lo solicite, el usuario podrá mandar o recibir mensajes urgentes relacionados con los bene�cios de este programa de asistencia a cualquier parte del mundo. En ningún caso el “Proveedor de Servicios” se hará responsable por el contenido, la veracidad ni la forma de la información transmitida.

8. GESTORÍA PLUS TELEFÓNICA

La asistencia a continuación descrita es telefónica sin límite de eventos las 24 hrs. los 365 días del año y será exclusivamente para los siguientes servicios:

• Trámites Administrativos (Sólo particulares).• Asesoría respecto a:- Obtención de copias de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.- Trámites Vehiculares (Sólo particulares).

- Alta y Baja de Autos Nuevos y Usados.- Cambio de Propietario. - Reposición de Placas y Tarjeta de Circulación.- Expedición de Permiso de Circulación.• En caso de requerir atención de un gestor de forma presencial, éste será con costo preferencial a cargo del bene�ciario.

*En Concordancia con las disposiciones legales, Club de Asistencia, no garantiza resultado alguno como consecuencia de la gestoría, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.**Aplica sólo en ciudades de convenio.

9. TARJETAS DE DESCUENTOS BWIGO

Al presentar la tarjeta del programa Membresía Familiar Axtel, el bene�ciario obtendrá exclusivos descuentos que van del 10% hasta el 50% en más de 11,000 establecimientos comerciales a nivel nacional como restaurantes, cafeterías, entretenimiento, hoteles, aerolíneas y renta de automóviles, entre otros. Sin límite de eventos.

Consulta establecimientos a�liados en ww.bwigo.com

REEMBOLSOEn los casos en que Membresía Familiar Axtel no tenga una disponibilidad de proveedores en el ámbito territorial de�nido en el presente anexo, el usuario podrá, previa autorización por parte de Membresía Familiar Axtel, contratar la prestación de los servicios respectivos. El usuario tendrá derecho al reembolso de los gastos cubiertos en el presente anexo, siempre y cuando haya noti�cado a Membresía Familiar Axtel dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron la solicitud del respectivo servicio y exista previa autorización del gasto por parte de Membresía Familiar Axtel, comprometiéndose el usuario a presentar la factura original de dicha prestación del servicio dentro de los tres días siguientes a su realización. En los casos de Asistencia en Viajes Internacionales, los documentos que se solicitarán para aplicar el reembolso, según sea el caso son:• Solicitud de reembolso que incluya el número de reporte de aviso a Club de Asistencia• Copia del último recibo telefónico en donde aparezca el cargo de MFA• Voucher de la compra de los boletos/ultimo estado de cuenta• Copia del boleto del transporte público utilizado• Informe médico detallado (elaborado por el médico tratante)• Aviso de hospitalización • Facturas y recibos originales • Notas de farmacia, originales, con la receta médica correspondiente.• Estudios de gabinete, laboratorio y fotografías• Resultados de estudios practicados

EXCLUSIONES GENERALES DEL SERVICIO

No son objeto de los servicios de asistencia los siguientes hechos:a) Los servicios que el bene�ciario haya contratado sin previo consentimiento de Membresía Familiar Axtel, salvo en caso de fuerza mayor que impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios, en estos casos el bene�ciario deberá dar aviso dentro de las veinticuatro horas siguientes del hecho a Membresía Familiar Axtel.

b) La muerte producida por suicidio y las lesiones o secuelas que ocasione la tentativa del mismo.

c) Daños en el vehículo usuario originados directa o indirectamente de actos realizados por el usuario y/o bene�ciario con culpa, dolo o mala fe.

d) Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competencias.

e) Las asistencias y gastos a los ocupantes del vehículo bene�ciario transportados gratuitamente mediante aventones, “autostop” (transporte gratuito ocasional).

f) La asistencia y gastos por enfermedad o estados patológicos producidos por embriaguez, la ingestión de drogas, sustancias tóxicas, alcohol, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, enfermedades mentales, del usuario y/o bene�ciario.

g) Los gastos de asistencia médica y hospitalaria.

h) Muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas o culposas del asegurado y/o bene�ciario.

i) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales, entre otras.

j) Hechos derivados de guerra, rebelión, vandalismo, protesta, paro, terrorismo, motín, guerrilla, grupos de autodefensa, paramilitares y situaciones que alteren el orden y la seguridad pública.

k) Prestación de asistencia en zonas rojas o zonas con alteración de la seguridad y/o el orden público.

l) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas, de cuerpos de seguridad públicos o privados y de cualquier autoridad pública y cuando por orden de autoridad pública se impida la prestación de los servicios.

m) En caso que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido por especialidad, este excedente será cubierto por el Usuario.

n) Los derivados de la energía nuclear radioactiva.

Page 11: VERSIÓN DIGITAL 2 AMF.CS V5 copia · (Las 24 horas los 365 días del año, sin límite de eventos) ... Asesoría de abogados en cualquier rama del derecho las 24 horas los 365 días

CONDICIONES GENERALES PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MEMBRESÍA FAMILIAR AXTEL

INTRODUCCIÓNEl servicio de asistencia Membresía Familiar Axtel protegerá a los Clientes de AXTEL ante las eventualidades médicas, vial y en el hogar señaladas más adelante en este instrumento, las 24 horas del día y los 365 días del año. Con solo una llamada al * 00 o al 01 800 813 9000 tendrán a su disposición los recursos materiales y humanos necesarios para la atención de su problema, con base en las presentes Condiciones Generales. GLOSARIO DE TÉRMINOSA) Membresía Familiar Axtel: Es el programa a través del cual el PROVEEDOR presta los servicios asistenciales a los Usuarios. Asimismo, y para todos los efectos legales a que hubiere lugar, cada vez que se mencione “Membresía Familiar Axtel” se entenderá que los mismos términos aplicarán para el Programa “Asistencia AVANTEL”, Membresía Axtel y Alestra Asistencia Hogar.B) Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños físicos a un usuario o alguno de sus bene�ciarios causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente que ocurra durante la vigencia del contrato.C) Accidente automovilístico: Todo acontecimiento que provoque daños materiales a un automóvil causado única y directamente por causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente durante la vigencia del contrato.D) Emergencia: Para efectos de este programa de servicio, se considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua), o no permita su utilización cotidiana (corto circuito), o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable, y ocurra dentro de la vigencia del contrato.E) Ciudad de residencia permanente: El domicilio habitual del usuario dentro de la República Mexicana, que conste en el contrato de suscripción con la compañía Axtel.

F) Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del usuario que suceda, se origine, se mani�este por primera vez o descompense si es preexistente, comprometiendo el estado vital del usuario o de alguno de sus bene�ciarios durante la vigencia del contrato.

G) Equipo Jurídico: El personal del departamento jurídico de la compañía de asistencia, que presta los servicios de orientación jurídica a los usuarios, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

H) Equipo Médico: El personal médico asistencial que presta los servicios de orientación y atención médica a los usuarios, por cuenta de la compañía de asistencia, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

I) Evento: Una reparación o servicio por cuenta de Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos y condiciones del presente contrato.

J) Falla mecánica: Todo daño, avería, rotura y/o deterioro fortuito, que impida la circulación del automóvil, durante la vigencia del contrato.

K) Familiar en 1er grado: Cuando se menciona el término familiar en 1er. Grado se referirá al, cónyuge e hijos menores de 21 años.

L) Prestador de servicios: Es el PROVEEDOR a través de sus subcontratistas mismas que son aquellas personas que proporcionan los servicios en forma directa a los Usuarios.

M) Representante: Cualquier persona, sea o no acompañante del usuario que realice gestión alguna para la prestación de los servicios de asistencia.

N) Representante legal: Cualquier persona física que se encuentre facultado por el Usuario para ejercer y hacer valer sus derechos y obligaciones de una persona moral o una persona física, mediante poder notariado.O) Servicios de asistencia: Los servicios asistenciales que presta Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos del Contrato.

P) Usuario del servicio de asistencia vehicular: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

Q) Vehículo usuario: Automóvil motorizado de uso particular, de cuatro ruedas en dos ejes, menor o igual a tres y media toneladas de peso (3.5 Ton.), de propiedad legal del suscriptor o de la persona usuaria del servicio de telefonía Axtel autorizada por el suscriptor; el cual, no sea usado para transporte de pasajeros (servicio público), para transporte de cualquier tipo de carga y para actividad comercial, deportiva o de seguridad.

R) Usuario del servicio de asistencia al hogar: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

S) Vivienda A�liada: Casa, departamento o edi�cación de uso habitacional (destinados para vivienda familiar) que aparece en su contrato.

T) Gestor: Persona que tiene los conocimientos y experiencia requerida para prestar su asesoramiento y apoyo a los ciudadanos en los diferentes trámites que se especi�can en el punto 8 de este Anexo ante la administración pública, ya sea local o federal.

TERRITORIALIDADLos siguientes servicios de asistencia se proporcionan sólo en la República Mexicana, salvo por lo que hace a la asistencia en viajes internacionales, según se establece en las condiciones generales de los programas contenido en el punto 7 de este anexo.

BENEFICIARIOS DEL SERVICIO:

• USUARIO DEL SERVICIO: Suscriptor del servicio de telefonía Axtel o persona usuaria del servicio de telefonía debidamente autorizada por el suscriptor.

• VEHÍCULO USUARIO: Se entiende por tal (ver glosario), un vehículo de uso particular, donde se encuentre el titular o alguno de sus bene�ciarios directos (cónyuge e hijos menores de 21 años servicio Membresía Familiar Axtel, siempre que no se trate de motocicletas, de vehículos destinados al servicio público de carga o de personas, vehículos de alquiler con o sin conductor, o aquellos cuyo peso sobrepase o sea igual a los 3,500 kilogramos. Los servicios de asistencia que a continuación se detallan se prestaran cuarenta y ocho horas después de efectuarse la a�liación al programa de Asistencia Membresía Familiar Axtel.

1. SERVICIOS DE ASISTENCIA MÉDICA

1.1 ASISTENCIA MÉDICA TELEFÓNICAEn este servicio Membresía Familiar Axtel brinda al usuario disponibilidad las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año, A través de médicos titulados ubicados en nuestro Call Center, el usuario podrá recibir vía telefónica información, asesoría y orientación en el uso de medicamentos, primeros auxilios, enfermedades, nutrición, patologías, esquema de vacunaciones y/o problemas de salud en general.

Los bene�cios más importantes para este servicio son:

1 Orientación acerca de: • Primeros auxilios.• Algunas enfermedades, signos y síntomas.• Uso de medicamentos.• Plani�cación familiar y educación sexual.• Inmunizaciones (Vacunas).• Control Prenatal.• Prevención de automedicación.• Prevención del tabaquismo, alcoholismo y fármaco dependencia.

*Con el �n de respetar las buenas prácticas de la medicina, el médico de Call Center efectuara recomendaciones sobre el uso adecuado de medicamentos de libre venta, en ningún caso podrá prescribir medicamentos sujetos de control sanitario, tales como antibióticos, ansiolíticos, opiáceos y estupefacientes.

**La Orientación Médica Telefónica no constituye una consulta Médica.

1.2 ASISTENCIA PSICOLÓGICA TELEFÓNICANuestro equipo de Psicólogos asesorará al Usuario vía telefónica para proporcionar alternativas inmediatas en con�ictos emocionales, con el propósito de esclarecimiento y contención de crisis, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. Orientación acerca de:• Angustia• Trastorno de personalidad• Violencia intrafamiliar• Duelo• Suicidio• Depresión• Referencia a otros servicios

1.3 ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA Un equipo especializado de Nutriólogos lo asesorará vía telefónica de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas sin límite de eventos,sobre el proceso biológico para la correcta asimilación y utilización de alimentos. Se proporciona información sobre la dieta necesaria que debe seguir, el usuario ON LINE: www.h-b.com.mx/nutricion/AXTEL ante una enfermedad especí�ca las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. La Orientación para los buenos hábitos de alimentación y el control de enfermedades es la siguiente:

• Información general sobre los buenos hábitos de alimentación• Información sobre los diferentes grupos de alimentos• Información sobre raciones adecuadas para el buen comer• Intercambio de alimentos sin el incremento de calorías• Orientación nutricional en diferentes enfermedades (Hipertensión, Diabetes, etc.)• Referencia a otros servicios

1.4 ASISTENCIA ODONTOLÓGICA TELEFÓNICAAsesoría telefónica proporcionada por un equipo de Odontólogos altamente cali�cados, de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas, para atención inmediata en caso de emergencia odontológica y referencias de lugares de atención, sin límite de eventos. 1. Esta orientación es la siguiente: • Casos de dolor• Uso de analgésicos• Materiales de restauración• Procedimientos de tratamientos odontológicos• Procesos in�amatorios e infecciosos• Aftas• Bruxismo (rechinar de los dientes)• Fracturas coronales• Abscesos periodontales• Referencia adecuada

1.5 CONSULTAS EN CONSULTORIOS MÉDICOSA solicitud del titular, se coordinará vía telefónica una consulta médica en consultorio con médicos de nuestra red. El costo de la consulta será con cargo al titular del programa, con Médicos Generales desde $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 MN) y con Médicos Especialistas desde $350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MN).

Un ejecutivo especializado atenderá las solicitudes a través del número telefónico asignado al programa, solicitará datos generales; buscará en nuestra red médica las mejores opciones y devolverá la llamada al Titular para que elija la alternativa más conveniente a sus necesidades.

El ejecutivo le proporcionará al titular un número de referencia que deberá presentar al Proveedor Médico junto con la tarjeta del programa e identi�cación o�cial vigente. Sin límite de eventos.

La concertación de citas se realizará de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y los días sábados de 08:00 a 13:00 horas. No se coordinan citas de urgencia.Si el titular concertó una cita y no puede acudir, se le solicitará la cancelación con 24 hrs. de anticipación.

Si durante la consulta el médico requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento, que implique costo adicional deberá tratarlo anticipadamente con el médico ya que el titular deberá de cubrir dichos gastos en efectivo.

Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

1.6 DESCUENTOS EN HOSPITALESEn caso de enfermedad o accidente, se proporcionan descuentos* del 5% hasta el 20% en hospitales de nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico en http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.7 DESCUENTOS EN LABORATORIOS Y ÓPTICASDescuentos del 5% hasta el 60% en laboratorios de análisis clínicos. Descuentos* desde un 10% hasta un 40% en las ópticas a�liadas a nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.8 REFERENCIAS A FARMACIASReferencias a farmacias con descuentos, sin límite de eventos.

1.9 ENVÍO DE MÉDICO A DOMICILIOA solicitud del titular, Club de Asistencia a través de su red de proveedores, coordinará el envío de un médico general hasta su Residencia Permanente o al lugar donde se encuentre en el momento de solicitarlo con costo preferencial desde $450.00 para la valoración presencial del paciente y en caso necesario se extenderá la receta médica.

El servicio se prestará cuando el Asegurado y/o Asegurado no pueda trasladarse a consulta médica y la situación pueda resolverse en domicilio por un médico general sin requerir atención médica en una sala de urgencias, y estará sujeto a valoración médica por parte del médico que recibe la llamada de solicitud.El Asegurado deberá efectuar un copago de precio preferencial directamente al doctor. Este servicio es sin límite de eventos.Club de Asistencia proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República Mexicana, en los demás lugares, Club de Asistencia hará lo posible por ayudar al Bene�ciario a contactar con un médico u hospital con la mayor celeridad.

Se proporcionará dicho servicio las 24 hrs del día los 365 días del año en toda la República Mexicana dentro de las zonas de cobertura.Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

EXCLUSIONES:

a) No otorgará ningún tipo de responsiva médica durante la prestación de los servicios correspondientes. b) No se extenderá constancias o actas de defunción.

c) No brindará atención médica a ningún paciente cuando éste se encuentre en condición psiquiátrico agresivo, infecto contagioso, ebrio y/o drogado agresivo, fuera de los predios o ubicaciones reportadas, fuera del área de cobertura. 1.10 TRASLADO MÉDICO TERRESTRE POR ACCIDENTE O EMERGENCIA MÉDICA

En caso de accidente automovilístico o emergencia médica del usuario que amerite traslado médico terrestre según valoración del operador médico telefónico de la compañía de asistencia, Membresía Familiar Axtel, coordinará el envío de una ambulancia terrestre y posterior traslado hasta el centro hospitalario más cercano, asumiendo el costo del traslado durante ese evento. En caso de ser necesario posteriores traslados por el mismo evento serán a cuenta y a cargo del usuario, Membresía Familiar Axtel no se hace responsable de cualquier inconveniente que se pueda presentar con el traslado médico, ni de resultado alguno, toda vez que la asistencia de traslado médico terrestre se limita a la referencia del Usuario con el prestador del servicio que corresponda, sin que dicho prestador este bajo la vigilancia o subordinación del PROVEEDOR.

Este servicio está limitado a un evento por accidente automovilístico y a un evento por emergencia médica al año.

Este servicio se prestará de acuerdo a la valoración telefónica que un operador médico de Membresía Familiar Axtel realice de conformidad con la siguiente clasi�cación:

• Traslado de Urgencia: En situaciones de peligro inminente de muerte, las cuales requieren de desplazamiento de una unidad de Urgencias, para realizar traslado hacia una unidad de urgencias de un centro hospitalario.EXCLUSIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Y AMBULANCIA

1. Los médicos del Call Center de Membresía Familiar Axtel bajo ninguna circunstancia indicarán tratamiento farmacológico o expedirán recetas médicas.

2. La prescripción o expedición de recetas, sólo es factible en la visita a domicilio ya que la lleva a cabo un profesional de la medicina.

3. Todos los gastos que se generen a partir de una referencia a la red de servicios médicos, serán cubiertos directamente por el usuario.

4. El envío de ambulancias, subsecuentes a la primera al año, tendrán un costo preferencial para el usuario, y una vez autorizado el costo presentado en cotización previa, el usuario deberá liquidar directamente al proveedor de ambulancias.

5. En todos aquellos núcleos de población, que por su situación geográ�ca o económica no cuenten con servicios de ambulancias o incluso médicos capacitados para atender las consultas a domicilio posteriores a las incluidas en el producto. Membresía Familiar Axtel hará su mejor esfuerzo para enviar del poblado más cercano que cuente con dichos servicios, una ambulancia o un médico a domicilio, el cual será con costo directo para el usuario, previa cotización y aprobación.

6. Si el usuario de Membresía Familiar Axtel se encontrara fuera del área metropolitana de las ciudades donde se cuente con cobertura de servicio telefónico Axtel, y a pesar de esto lograra mantener enlace con el Médico de Call Center, y se requiriera el servicio de ambulancia, se procederá a enviar la ambulancia y el costo será pagado por el usuario en el período correspondiente a la zona donde ya se encuentre dentro del área metropolitana de la ciudad base de la ambulancia.

7. En el caso de traslados foráneos y ambulancias aéreas serán programados y cotizados para que previa autorización del usuario se envíe el servicio.

8. La solicitud de servicio de asistencia médica telefónica que contravenga las buenas prácticas de la medicina.

9. Los honorarios médicos que resulten de las referencias del servicio de Membresía Familia Axtel serán por cuenta del usuario.

10. Los gastos erogados en la atención médica serán responsabilidad exclusivamente del usuario y de ninguna forma el servicio de Membresía Familia Axtel será un seguro de gastos médicos, entendiendo que el servicio es de Asistencia Médica únicamente.

2. SERVICIOS DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA2.1. ORIENTACIÓN JURÍDICA VÍA TELEFÓNICAPor este servicio Membresía Familiar Axtel a través de sus abogados orientará vía telefónica a sus usuarios en las materias de derecho civil y penal, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año y en las demás áreas del derecho el servicio se brindará en días y horas hábiles.En concordancia con las disposiciones legales, Membresía Familiar Axtel no garantiza resultado alguno como consecuencia de la orientación jurídica, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.

2.2 ORIENTACIÓN JURÍDICA PRESENCIAL EN EL HOGAREn este servicio Membresía Familiar Axtel coordinara enviar a un abogado, para que preste asesoría legal ante la Agencia del Ministerio Público, para realice su denuncia o querella en caso de robo de sus bienes dentro del mismo (casa o departamento de uso habitacional). Este servicio consistirá exclusivamente en asesorar y acompañar al propietario para que presente la denuncia o querella correspondiente ante las autoridades competentes.

3. SERVICIOS DE ASISTENCIA HOGAR

Membresía Familiar Axtel, garantiza la puesta a disposición del Usuario de una ayuda material inmediata, en forma de prestación de servicios con el �n de limitar y controlar los daños materiales, presentados de manera fortuita en la vivienda.Esta se prestará como consecuencia de un evento de emergencia o caso fortuito, de acuerdo con los términos y condiciones consignados en el presente anexo y por hechos derivados de los servicios especi�cados en el mismo.El usuario podrá gozar de hasta un máximo de 2 eventos anuales de cada uno de los siguientes bene�cios y hasta por la suma de $500.00 Moneda Nacional (Quinientos Pesos 00/100 M.N.) por evento, la suma anterior incluye el costo de la mano de obra, materiales y el traslado del técnico.Los servicios de Asistencia Hogar serán prestados en horario de 7:00 a las 20:00 horas, salvo que existiera una emergencia. Por EMERGENCIA se entenderá cualquier situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua) o no permita su utilización cotidiana (corto circuito) o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable y ocurra dentro de la vigencia del contrato.

3.1 CERRAJERÍA

Cuando a consecuencia de la inutilización de la cerradura por intento de robo o robo, o sea imposible abrir por daño desde el exterior al interior la puerta principal de acceso directo a la vivienda, se enviará a un técnico especializado en cerrajería que realizará la “Asistencia de Emergencia” para la apertura de la puerta y de esta forma restablecer el acceso directo a la vivienda a través de la puerta principal.El servicio aplica también en el caso de que el usuario deje las llaves en el interior del automóvil, el usuario previo al servicio deberá identi�carse a solicitud del Técnico. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES AL SERVICIO DE CERRAJERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• La reparación y el cambio o reposición de guardas, chapas, cerraduras, pasadores y puertas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores interiores que dan acceso a partes internas de la vivienda a�liada.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de clósets y alacenas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de puertas de acceso electrónico a la vivienda a�liada, tanto externas como internas, y automóviles que cuenten con este

tipo de chapas.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de seguridad, tanto externas como internas, así como las instaladas en automóviles.• La apertura de puertas exteriores diferentes a la puerta principal de acceso directo a la vivienda a�liada. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Queda excluido la hechura de llaves de cualquier tipo. • El servicio no se prestará cuando la cerradura esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o haya sido instalada sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.2 PLOMERÍACuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones �jas de abastecimiento y/o sanitarias y de gas propias de la vivienda (instalaciones �jas de agua potable e hidrosanitarias y de gas), se presente alguna rotura, fuga de agua, gas o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a un técnico especializado, que realizará la “Asistencia de Emergencia” para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. En caso de presentarse fugas de gas se brindará apoyo reportando a las autoridades competentes.Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Exclusiones del Servicio de Plomería.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento, reparación de averías y la reparación o cambio de materiales propios como:• Trabajos de albañilería a consecuencia de reparaciones de plomería.• Accesorios, llaves de paso, llaves de agua, empaques, acoples de lavamanos, calentadores, sanitarios, lavaplatos, grifos, cisternas, lavamanos, mezcladores, depósitos, calentadores eléctricos y de paso junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, lavaderos, tanques de reserva aéreos, pedestales y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda a�liada y cualquier material importado. • Fugas de gas, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o �ltraciones. • Cualquier tipo de reparación en áreas comunes (Condominios y Unidades Habitacionales) o en instalaciones propiedad de la Red Pública. • Radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, electrodomésticos, gas y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • El servicio de desobstrucción no tiene garantía. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.3 VIDRIERÍACuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas o de las puertas que formen parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares, o la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas que formen parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades habitacionales que hagan parte de un edi�cio, se enviará a un técnico que realizará la “Asistencia de Emergencia” de reposición del(os) vidrio(s) respectivo(s), siempre y cuando las circunstancias lo permitan. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES DEL SERVICIO DE VIDRIERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• Cualquier vidrio que no sea parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares. • Cualquier vidrio que no sea parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades de vivienda que hagan parte de un edi�cio. • Vidrios quebrados por fenómenos naturales, actos de terrorismo, motín o vandalismo.• No se prestará el servicio cuando el daño haya sido ocasionado por actos de mala fe y/o con dolo por el Usuario, el bene�ciario o por un residente habitual. • La reposición de vidrios no es objeto de garantía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando el sistema de ventanería esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Vidrios blindados, audio aislantes o térmicos, de hechura o manufactura especial, de espesor mayor a 6mm.• Los señalados en las exclusiones generales.

GARANTÍA. Los trabajos realizados por el personal autorizado por Membresía Familiar Axtel Tendrán una garantía por treinta días, la cual se pierde cuando el Usuario autorice trabajos con personal diferente al enviado por Membresía Familiar Axtel sobre los ya ejecutados o cuando no se avise oportunamente de la existencia de una incidencia sobre dichos trabajos. Lo anterior sujeto a las respectivas excepciones.

3.4 ELECTRICIDADCuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias de la vivienda, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial, se enviará a un técnico especializado que realizará la “Asistencia de Emergencia” necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las instalaciones lo permitan, en situaciones como cuando a causa de un corto circuito la falla se halla originado en el interior de la vivienda y que corresponda al domicilio permanente del Usuario.La asistencia de emergencia también incluye la reparación de tableros de circuitos eléctricos, el cambio y/o cuchillas, (breakers), fusibles (de las mismas características técnicas al averiado) dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la vivienda a�liada. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.

Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario. Exclusiones a los Servicios de Electricidad.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento o la reparación y/o reposición de averías propias de:• Enchufes o interruptores, balastos, y elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o �uorescentes, cambio de tableros eléctricos. • Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadoras, secadoras, refrigeradores y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico. • Cualquier tipo de reparación, reposición y/o cambio en áreas comunes (propiedad en condominio) o en instalaciones propiedad de la empresa que suministra la energía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

4. SERVICIOS DE ASISTENCIA AL VEHÍCULO DESDE KILOMETRO “0”

4.1. AUXILIO VIAL BÁSICOEn los casos en que el vehículo propiedad del usuario circulando dentro del perímetro urbano de una ciudad principal presente alguna de las siguientes averías menores: “ponchadura”, descarga de batería o falta de gasolina, Membresía Familiar Axtel previa solicitud del usuario enviará un prestador de servicios para realizar, según el caso y de acuerdo a lo siguiente:

1. Cambio de llanta por el propio de repuesto en caso de que el vehículo amparado sufriera una ponchadura de llanta o de alguna de las llantas se encontrará tan baja que impidiera continuar con el desplazamiento del mismo, el proveedor organizará y pagará el servicio para que se efectúe el cambio de neumático averiado por el de refacción. Este servicio solo aplica en zonas urbanas. (siempre y cuando el repuesto esté en buen estado).

2. Envío de gasolina en caso de que el vehículo amparado, por algún descuido se quedara sin gasolina, el proveedor organizará y pagará el envío de gasolina su�ciente (5 litros) para que el bene�ciario llegue a la gasolina más cercana: el costo de la gasolina correrá a cargo del usuario. Este servicio aplica únicamente en zonas urbanas (en cuyo caso el costo del combustible es por cuenta del usuario).

3. Paso de corriente (Membresía Familiar Axtel no se responsabiliza por los daños ocasionados a consecuencia de fallas en instalaciones eléctricas del vehículo).

En todos los casos el usuario deberá acompañar en todo momento al prestador de servicios del proveedor.Este servicio está limitado a dos eventos por año, a elegir y el usuario deberá estar presente durante todo el tiempo en que dure la reparación de la eventualidad.

4.2 SERVICIO DE GRÚA O TRANSPORTE DEL VEHÍCULOEn caso de que el Vehículo no pudiera circular por falla mecánica, no a causa de accidente automovilístico, Membresía Familiar Axtel se hará cargo de su remolque hasta el taller o lugar que el usuario elija, hasta un límite máximo de $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), máximo dos eventos al año. El excedente a los $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), será pagado por el usuario directamente al proveedor del servicio, en este caso Membresía Familiar Axtel informará al usuario el monto excedente y solo previa autorización y acuerdo verbal del usuario, Membresía Familiar Axtel enviará el servicio.Este servicio no incluye el pago de ningún tipo de maniobras; de�nidas como: las que se realizan para acondicionar el lugar y el vehículo, que requieren de personal y equipo especializado para ponerlo en condiciones de traslado.No se remolcará el Vehículo con carga o con heridos y no se sacará el Vehículo si éste se encuentra atascado en baches o barrancos. Ni se realizará ninguna maniobra adicional para estos efectos. Este servicio no incluye vehículos de carga, servicio público o de peso mayor a 3.5 toneladas.

En todos los casos el usuario o su representante deberán acompañar a la grúa durante el traslado, no se remolcará el vehículo sin que el titular o representante lo acompañe.

Exclusiones a los Servicios de Asistencia al VehículoQuedan excluidas las situaciones de asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de:

• Huelgas, guerras, invasión actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, movimientos subversivos, piratería, pronunciamiento, manifestaciones y movimientos populares.• Autolesiones o participación del Usuario en actos criminales. • La participación del Usuario en riñas, salvo en caso de defensa propia.• La práctica de deportes como profesional, la participación en competencias o�ciales y en exhibiciones.• La participación del Usuario y/o del Vehículo en cualquier clase de carreras, competencias o exhibiciones.• Los Vehículos que tengan cualquier modi�cación de cualquier tipo, diferente a las especi�caciones del fabricante consideradas peligrosas, que hayan in�uido en la avería.• Golpes o choques intencionales, así como la participación del Vehículo en actos ilícitos.• Labores de mantenimiento, revisiones al Vehículo reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el Usuario o por un tercero. • Remolque del Vehículo con carga o con heridos, así como sacar al Vehículo atascado o atorado en baches o barrancos, con motivo del tránsito del vehículo fuera de camino o cuando éstos se encuentren en condiciones intransitables o cualquier otra causa de fuerza mayor. Ejemplo: robo de las llantas.• Cuando el automóvil haya sido introducido ilegalmente al país.• Todos aquellos vehículos con placas de servicio público y de carga, así como los de capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas, motocicletas y automóviles arrendados.• En el caso de vehículos que se encuentren cargados no se les proporcionará el servicio de arrastre de grúa.• Vehículos involucrados en accidentes automovilísticos, ya sea contra vehículos u objetos �jos. • En el caso de vehículos blindados el costo por peso excedente será cubierto por el usuario directamente al prestador del servicio. • Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto. Por ejemplo: al solicitar una grúa y que no sepa decir en dónde está ubicado.• Todas aquellas situaciones derivadas de actos vandálicos que hayan ocasionado daños al vehículo tales que no le permitan circular.• Las averías provocadas por fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como: inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas y tempestades ciclónicas.

4.3 REFERENCIA DE TALLERES MECÁNICOS Y DE MANTENIMIENTOMembresía Familiar Axtel proporcionará a solicitud del usuario información actualizada sobre los talleres mecánicos y de mantenimiento de reconocida calidad, como lo son los de las agencias automovilísticas de marca y los pertenecientes a franquicias nacionales, que se encuentren más cercanos al lugar donde se encuentre el vehículo amparado.Membresía Familiar Axtel proporcionará este bene�cio en las principales ciudades de la República Mexicana. En los demás lugares Membresía Familiar Axtel hará lo posible por ayudar al usuario a contactar un taller mecánico, con la mayor celeridad. Membresía Familiar Axtel no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos talleres mecánicos.

4.4 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESMembresía Familiar Axtel transmitirá a solicitud del usuario, mensajes urgentes debidamente justi�cados, relativos a cualquiera de los hechos objeto de las prestaciones a que se re�eren las presentes condiciones generales, u otra situación de emergencia, dentro del territorio de la República Mexicana, a cualquier hora del día, los 365 días del año.

5. MEMBRESÍA DENTALCon cobertura en las principales ciudades de la República Mexicana, amplia red de dentistas brindará, en sus consultorios, la atención dental que el a�liado y/o su familia (cónyuge e hijos menores de 21 años) requieran, con los siguientes bene�cios para cada integrante:

• Consulta Gratuita. 1 evento al año• Examen oral completo (en caso de ser necesario, se tomará una radiografía periapical para un mejor diagnóstico): 1 evento al año.• Limpieza oral preventiva, instrucción e higiene bucal: 2 eventos al año• Aplicación tópica de �uoruro, la aplicación del �uoruro será bajo diagnóstico médico: 1 evento al año.• El tiempo regular de espera para la atención dental en el consultorio podría ser hasta de 30 minutos.• Consultas posteriores con dentistas de nuestra red: Sin límite de eventos, a precios preferenciales. Los costos de las consultas corren a cargo del cliente.• En cualquier otro servicio dental, podrá obtener precios preferenciales• El a�liado podrá ser atendido por el titular del consultorio o por cualquier odontólogo titulado que labore en el consultorio.

Servicio de concertación de citas de lunes a viernes de 09:00 a.m. a 07:00 p.m. y sábados de 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

Si durante la consulta requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento que implique un costo adicional, deberá ser tratado anticipadamente con el dentista, ya que el A�liado debe cubrir dichos gastos.La cita dental podrá concertarse en la localidad solicitada por el a�liado bien en la localidad más cercana dependiendo de las alternativas y disponibilidad en la agenda médica al momento de solicitar el servicio de Plan Dental.Si el colaborador concertó una cita y no puede acudir y necesita reprogramar por cualquier motivo, deberá cancelar con 24 horas de anticipación marcando al 01 800 813 9000,

de lo contrario se tomará la cita como evento otorgado. El Consultorio estará facultado para poder reprogramar la cita con el colaborador en casos de fuerza mayor, ofreciendo nuevas alternativas de cita al a�liado directamente.

OBJETIVO DE LA LIMPIEZA DENTALEl objetivo es crear un entorno oral sano y que el paciente sea capaz de mantenerlo en esas condiciones.

GLOSARIO

a) Limpieza supragingival: Eliminación de placa dentobacteriana y sarro (clínicamente visible sobre la línea de las encías) y pulido de la super�cie de los dientes.

b) Limpieza infragingival: Tratamiento de especialidad periodontal que implica anestesia, levantamiento de encías, eliminación de sarro de los cuellos y raíces de las piezas dentales, adhesión nuevamente de las encías y sutura.

c) Aplicación de �uoruro: El �uoruro se utiliza para evitar la caries dental, consiste en un intercambio de iones entre este y la super�cie del diente, creando así una super�cie más fuerte y resistente al ataque de las caries.

d) Limpieza oral: En un entorno oral sano es el pulido de dientes con pastas abrasivas y cepillos giratorios Es un procedimiento sencillo y rápido,indispensable para mantener la salud dental y no incluye la eliminación de sarro

e) Sarro: Es la placa dentobacteriana calci�cada que da lugar a la formación de masas mineralizadas extremadamente duras, que se adhieren �rmemente a la super�cie de los dientes y a las raíces de los mismos. Esta placa calci�cada se puede retirar con tratamientos de eliminación de sarro supragingival y/o infragingival según sea el caso a costo preferencial.f) Placa dentobacteriana: Es un sedimento, bacteriano y adherente que se acumula en los dientes, esta placa es invisible y se forma de bacterias y restos alimenticios causantes de las enfermedades bucales.

La limpieza oral también conocida como PROFILAXIS DENTAL, es el procedimiento odontológico de mayor importancia para la PREVENCIÓN de enfermedades y otros padecimientos de la boca, pero NO ES SUFICIENTE, para erradicar sus enfermedades.

EXCLUSIONES

1.- Eliminación de sarro infragingival y supraginfgival. 2.- Gingivitis, enfermedad bucal que ocasiona in�amación y sangrado de la encía.3.- Periodontitis, enfermedad crónica que puede causar la pérdida del diente.

6. ASISTENCIA ESCOLAR TELEFÓNICAServicios de apoyo que se brinda al estudiante para ponerse al corriente cuando por causa de accidente o lesión no pueda asistir a sus clases, o como medio de consulta o guía informativa de estudios.Esta asistencia es telefónica, y el estudiante tendrá a su disposición un maestro (nivel primaria y secundaria), para asesorarlo durante el período que no pueda asistir a clases o para que se regularice cuando se reintegre a las mismas. Sin límite de eventos de Lunes a Viernes en horario de 9:00 hrs. a 21:00 hrs.

7. ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALLas siguientes asistencias aplican sólo al titular de la línea AXTEL, del servicio de telefonía, quien deberá de marcar al teléfono + 52 55 41 95 50 cuando se encuentre fuera de su lugar de residencia por motivos de viaje. Límite máximo de 60 días consecutivos de viaje. Aplican vía reembolso.

7.1 ASISTENCIA MÉDICA POR LESIÓN O ENFERMEDAD DEL USUARIOEn caso de enfermedad o lesión del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos y medicamentos prescritos por el médico que lo atienda. Límite máximo por todos los conceptos será de $2,500.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.2 ASISTENCIA DENTAL DE EMERGENCIA EN VIAJESEn caso de una emergencia dental que sufra el usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de tratamiento dental hasta por $250.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.3 TRANSPORTE O REPATRIACIÓN MÉDICA EN AMBULANCIAEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL requiera ser hospitalizado a consecuencia directa de un accidente o una enfermedad por prescripción médica, local a valoración junto con el médico del “Proveedor de Servicios se proporcionará el apoyo requerido las 24 horas del día para arreglar y coordinar la ambulancia cumpliendo con los requerimientos para el trayecto, hasta el centro hospitalario más cercano. Limitado a un evento por año.

7.4 DESPLAZAMIENTO Y GASTOS DE ESTANCIA DE UN FAMILIAR DEL USUARIOEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL sufra un accidente o una enfermedad fuera de su lugar de residencia, y requiera hospitalización superior a 5 días y bajo la aprobación del “Proveedor de Servicio”, ésta pagará los gastos de ida y vuelta (boleto de avión sencillo clase turista) de un familiar al lugar de hospitalización del usuario. Así como los gastos de estancia a razón de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.5 PROLONGACIÓN DE LA ESTANCIA DEL USUARIO POR LESIÓN O ENFERMEDADSi a consecuencia de un accidente o enfermedad y bajo prescripción médica autorizada y aprobada por el “Proveedor de Servicio”, el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL se ve obligado a prolongar su estancia fuera de su lugar de residencia, el “Proveedor de Servicio” pagará los gastos del hotel para prolongar su estancia y continuar con la Asistencia Médica en el lugar donde se interrumpió su viaje. Límite de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.6 REPATRIACIÓN DE RESTOS MORTALESEn caso de fallecimiento del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” se encargará de los arreglos necesarios para transportar los restos mortales de vuelta a su lugar de residencia habitual. Con límite de $4,000.00 USD.

7.7 INTERRUPCIÓN DE VIAJE EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ACOMPAÑANTE O DE UN FAMILIARCuando con ocasión de un accidente o enfermedad o muerte del acompañante de viaje o con ocasión de muerte del cónyuge, padre, madre o hijos, el titular deba interrumpir su viaje, el “Proveedor de Servicio” se hará cargo de un boleto de avión sencillo clase turista de regreso hasta su ciudad de residencia, siempre y cuando el titular no pueda efectuar tal regreso con el boleto aéreo original.

7.8 LOCALIZACIÓN Y ENVÍO DE EQUIPAJES DOCUMENTADOS EN VUELO COMERCIALEl “Proveedor de Servicio” asesorará al titular para la denuncia del hurto o extravío de su equipaje y efectos personales en vuelo regular de la aerolínea. En caso de su recuperación se encargará de su traslado hasta su lugar de destino o hasta el domicilio del titular según las circunstancias de tiempo y de lugar.

7.9 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESEn el momento que lo solicite, el usuario podrá mandar o recibir mensajes urgentes relacionados con los bene�cios de este programa de asistencia a cualquier parte del mundo. En ningún caso el “Proveedor de Servicios” se hará responsable por el contenido, la veracidad ni la forma de la información transmitida.

8. GESTORÍA PLUS TELEFÓNICA

La asistencia a continuación descrita es telefónica sin límite de eventos las 24 hrs. los 365 días del año y será exclusivamente para los siguientes servicios:

• Trámites Administrativos (Sólo particulares).• Asesoría respecto a:- Obtención de copias de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.- Trámites Vehiculares (Sólo particulares).

- Alta y Baja de Autos Nuevos y Usados.- Cambio de Propietario. - Reposición de Placas y Tarjeta de Circulación.- Expedición de Permiso de Circulación.• En caso de requerir atención de un gestor de forma presencial, éste será con costo preferencial a cargo del bene�ciario.

*En Concordancia con las disposiciones legales, Club de Asistencia, no garantiza resultado alguno como consecuencia de la gestoría, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.**Aplica sólo en ciudades de convenio.

9. TARJETAS DE DESCUENTOS BWIGO

Al presentar la tarjeta del programa Membresía Familiar Axtel, el bene�ciario obtendrá exclusivos descuentos que van del 10% hasta el 50% en más de 11,000 establecimientos comerciales a nivel nacional como restaurantes, cafeterías, entretenimiento, hoteles, aerolíneas y renta de automóviles, entre otros. Sin límite de eventos.

Consulta establecimientos a�liados en ww.bwigo.com

REEMBOLSOEn los casos en que Membresía Familiar Axtel no tenga una disponibilidad de proveedores en el ámbito territorial de�nido en el presente anexo, el usuario podrá, previa autorización por parte de Membresía Familiar Axtel, contratar la prestación de los servicios respectivos. El usuario tendrá derecho al reembolso de los gastos cubiertos en el presente anexo, siempre y cuando haya noti�cado a Membresía Familiar Axtel dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron la solicitud del respectivo servicio y exista previa autorización del gasto por parte de Membresía Familiar Axtel, comprometiéndose el usuario a presentar la factura original de dicha prestación del servicio dentro de los tres días siguientes a su realización. En los casos de Asistencia en Viajes Internacionales, los documentos que se solicitarán para aplicar el reembolso, según sea el caso son:• Solicitud de reembolso que incluya el número de reporte de aviso a Club de Asistencia• Copia del último recibo telefónico en donde aparezca el cargo de MFA• Voucher de la compra de los boletos/ultimo estado de cuenta• Copia del boleto del transporte público utilizado• Informe médico detallado (elaborado por el médico tratante)• Aviso de hospitalización • Facturas y recibos originales • Notas de farmacia, originales, con la receta médica correspondiente.• Estudios de gabinete, laboratorio y fotografías• Resultados de estudios practicados

EXCLUSIONES GENERALES DEL SERVICIO

No son objeto de los servicios de asistencia los siguientes hechos:a) Los servicios que el bene�ciario haya contratado sin previo consentimiento de Membresía Familiar Axtel, salvo en caso de fuerza mayor que impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios, en estos casos el bene�ciario deberá dar aviso dentro de las veinticuatro horas siguientes del hecho a Membresía Familiar Axtel.

b) La muerte producida por suicidio y las lesiones o secuelas que ocasione la tentativa del mismo.

c) Daños en el vehículo usuario originados directa o indirectamente de actos realizados por el usuario y/o bene�ciario con culpa, dolo o mala fe.

d) Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competencias.

e) Las asistencias y gastos a los ocupantes del vehículo bene�ciario transportados gratuitamente mediante aventones, “autostop” (transporte gratuito ocasional).

f) La asistencia y gastos por enfermedad o estados patológicos producidos por embriaguez, la ingestión de drogas, sustancias tóxicas, alcohol, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, enfermedades mentales, del usuario y/o bene�ciario.

g) Los gastos de asistencia médica y hospitalaria.

h) Muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas o culposas del asegurado y/o bene�ciario.

i) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales, entre otras.

j) Hechos derivados de guerra, rebelión, vandalismo, protesta, paro, terrorismo, motín, guerrilla, grupos de autodefensa, paramilitares y situaciones que alteren el orden y la seguridad pública.

k) Prestación de asistencia en zonas rojas o zonas con alteración de la seguridad y/o el orden público.

l) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas, de cuerpos de seguridad públicos o privados y de cualquier autoridad pública y cuando por orden de autoridad pública se impida la prestación de los servicios.

m) En caso que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido por especialidad, este excedente será cubierto por el Usuario.

n) Los derivados de la energía nuclear radioactiva.

Page 12: VERSIÓN DIGITAL 2 AMF.CS V5 copia · (Las 24 horas los 365 días del año, sin límite de eventos) ... Asesoría de abogados en cualquier rama del derecho las 24 horas los 365 días

CONDICIONES GENERALES PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MEMBRESÍA FAMILIAR AXTEL

INTRODUCCIÓNEl servicio de asistencia Membresía Familiar Axtel protegerá a los Clientes de AXTEL ante las eventualidades médicas, vial y en el hogar señaladas más adelante en este instrumento, las 24 horas del día y los 365 días del año. Con solo una llamada al * 00 o al 01 800 813 9000 tendrán a su disposición los recursos materiales y humanos necesarios para la atención de su problema, con base en las presentes Condiciones Generales. GLOSARIO DE TÉRMINOSA) Membresía Familiar Axtel: Es el programa a través del cual el PROVEEDOR presta los servicios asistenciales a los Usuarios. Asimismo, y para todos los efectos legales a que hubiere lugar, cada vez que se mencione “Membresía Familiar Axtel” se entenderá que los mismos términos aplicarán para el Programa “Asistencia AVANTEL”, Membresía Axtel y Alestra Asistencia Hogar.B) Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños físicos a un usuario o alguno de sus bene�ciarios causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente que ocurra durante la vigencia del contrato.C) Accidente automovilístico: Todo acontecimiento que provoque daños materiales a un automóvil causado única y directamente por causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente durante la vigencia del contrato.D) Emergencia: Para efectos de este programa de servicio, se considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua), o no permita su utilización cotidiana (corto circuito), o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable, y ocurra dentro de la vigencia del contrato.E) Ciudad de residencia permanente: El domicilio habitual del usuario dentro de la República Mexicana, que conste en el contrato de suscripción con la compañía Axtel.

F) Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del usuario que suceda, se origine, se mani�este por primera vez o descompense si es preexistente, comprometiendo el estado vital del usuario o de alguno de sus bene�ciarios durante la vigencia del contrato.

G) Equipo Jurídico: El personal del departamento jurídico de la compañía de asistencia, que presta los servicios de orientación jurídica a los usuarios, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

H) Equipo Médico: El personal médico asistencial que presta los servicios de orientación y atención médica a los usuarios, por cuenta de la compañía de asistencia, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

I) Evento: Una reparación o servicio por cuenta de Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos y condiciones del presente contrato.

J) Falla mecánica: Todo daño, avería, rotura y/o deterioro fortuito, que impida la circulación del automóvil, durante la vigencia del contrato.

K) Familiar en 1er grado: Cuando se menciona el término familiar en 1er. Grado se referirá al, cónyuge e hijos menores de 21 años.

L) Prestador de servicios: Es el PROVEEDOR a través de sus subcontratistas mismas que son aquellas personas que proporcionan los servicios en forma directa a los Usuarios.

M) Representante: Cualquier persona, sea o no acompañante del usuario que realice gestión alguna para la prestación de los servicios de asistencia.

N) Representante legal: Cualquier persona física que se encuentre facultado por el Usuario para ejercer y hacer valer sus derechos y obligaciones de una persona moral o una persona física, mediante poder notariado.O) Servicios de asistencia: Los servicios asistenciales que presta Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos del Contrato.

P) Usuario del servicio de asistencia vehicular: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

Q) Vehículo usuario: Automóvil motorizado de uso particular, de cuatro ruedas en dos ejes, menor o igual a tres y media toneladas de peso (3.5 Ton.), de propiedad legal del suscriptor o de la persona usuaria del servicio de telefonía Axtel autorizada por el suscriptor; el cual, no sea usado para transporte de pasajeros (servicio público), para transporte de cualquier tipo de carga y para actividad comercial, deportiva o de seguridad.

R) Usuario del servicio de asistencia al hogar: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

S) Vivienda A�liada: Casa, departamento o edi�cación de uso habitacional (destinados para vivienda familiar) que aparece en su contrato.

T) Gestor: Persona que tiene los conocimientos y experiencia requerida para prestar su asesoramiento y apoyo a los ciudadanos en los diferentes trámites que se especi�can en el punto 8 de este Anexo ante la administración pública, ya sea local o federal.

TERRITORIALIDADLos siguientes servicios de asistencia se proporcionan sólo en la República Mexicana, salvo por lo que hace a la asistencia en viajes internacionales, según se establece en las condiciones generales de los programas contenido en el punto 7 de este anexo.

BENEFICIARIOS DEL SERVICIO:

• USUARIO DEL SERVICIO: Suscriptor del servicio de telefonía Axtel o persona usuaria del servicio de telefonía debidamente autorizada por el suscriptor.

• VEHÍCULO USUARIO: Se entiende por tal (ver glosario), un vehículo de uso particular, donde se encuentre el titular o alguno de sus bene�ciarios directos (cónyuge e hijos menores de 21 años servicio Membresía Familiar Axtel, siempre que no se trate de motocicletas, de vehículos destinados al servicio público de carga o de personas, vehículos de alquiler con o sin conductor, o aquellos cuyo peso sobrepase o sea igual a los 3,500 kilogramos. Los servicios de asistencia que a continuación se detallan se prestaran cuarenta y ocho horas después de efectuarse la a�liación al programa de Asistencia Membresía Familiar Axtel.

1. SERVICIOS DE ASISTENCIA MÉDICA

1.1 ASISTENCIA MÉDICA TELEFÓNICAEn este servicio Membresía Familiar Axtel brinda al usuario disponibilidad las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año, A través de médicos titulados ubicados en nuestro Call Center, el usuario podrá recibir vía telefónica información, asesoría y orientación en el uso de medicamentos, primeros auxilios, enfermedades, nutrición, patologías, esquema de vacunaciones y/o problemas de salud en general.

Los bene�cios más importantes para este servicio son:

1 Orientación acerca de: • Primeros auxilios.• Algunas enfermedades, signos y síntomas.• Uso de medicamentos.• Plani�cación familiar y educación sexual.• Inmunizaciones (Vacunas).• Control Prenatal.• Prevención de automedicación.• Prevención del tabaquismo, alcoholismo y fármaco dependencia.

*Con el �n de respetar las buenas prácticas de la medicina, el médico de Call Center efectuara recomendaciones sobre el uso adecuado de medicamentos de libre venta, en ningún caso podrá prescribir medicamentos sujetos de control sanitario, tales como antibióticos, ansiolíticos, opiáceos y estupefacientes.

**La Orientación Médica Telefónica no constituye una consulta Médica.

1.2 ASISTENCIA PSICOLÓGICA TELEFÓNICANuestro equipo de Psicólogos asesorará al Usuario vía telefónica para proporcionar alternativas inmediatas en con�ictos emocionales, con el propósito de esclarecimiento y contención de crisis, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. Orientación acerca de:• Angustia• Trastorno de personalidad• Violencia intrafamiliar• Duelo• Suicidio• Depresión• Referencia a otros servicios

1.3 ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA Un equipo especializado de Nutriólogos lo asesorará vía telefónica de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas sin límite de eventos,sobre el proceso biológico para la correcta asimilación y utilización de alimentos. Se proporciona información sobre la dieta necesaria que debe seguir, el usuario ON LINE: www.h-b.com.mx/nutricion/AXTEL ante una enfermedad especí�ca las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. La Orientación para los buenos hábitos de alimentación y el control de enfermedades es la siguiente:

• Información general sobre los buenos hábitos de alimentación• Información sobre los diferentes grupos de alimentos• Información sobre raciones adecuadas para el buen comer• Intercambio de alimentos sin el incremento de calorías• Orientación nutricional en diferentes enfermedades (Hipertensión, Diabetes, etc.)• Referencia a otros servicios

1.4 ASISTENCIA ODONTOLÓGICA TELEFÓNICAAsesoría telefónica proporcionada por un equipo de Odontólogos altamente cali�cados, de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas, para atención inmediata en caso de emergencia odontológica y referencias de lugares de atención, sin límite de eventos. 1. Esta orientación es la siguiente: • Casos de dolor• Uso de analgésicos• Materiales de restauración• Procedimientos de tratamientos odontológicos• Procesos in�amatorios e infecciosos• Aftas• Bruxismo (rechinar de los dientes)• Fracturas coronales• Abscesos periodontales• Referencia adecuada

1.5 CONSULTAS EN CONSULTORIOS MÉDICOSA solicitud del titular, se coordinará vía telefónica una consulta médica en consultorio con médicos de nuestra red. El costo de la consulta será con cargo al titular del programa, con Médicos Generales desde $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 MN) y con Médicos Especialistas desde $350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MN).

Un ejecutivo especializado atenderá las solicitudes a través del número telefónico asignado al programa, solicitará datos generales; buscará en nuestra red médica las mejores opciones y devolverá la llamada al Titular para que elija la alternativa más conveniente a sus necesidades.

El ejecutivo le proporcionará al titular un número de referencia que deberá presentar al Proveedor Médico junto con la tarjeta del programa e identi�cación o�cial vigente. Sin límite de eventos.

La concertación de citas se realizará de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y los días sábados de 08:00 a 13:00 horas. No se coordinan citas de urgencia.Si el titular concertó una cita y no puede acudir, se le solicitará la cancelación con 24 hrs. de anticipación.

Si durante la consulta el médico requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento, que implique costo adicional deberá tratarlo anticipadamente con el médico ya que el titular deberá de cubrir dichos gastos en efectivo.

Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

1.6 DESCUENTOS EN HOSPITALESEn caso de enfermedad o accidente, se proporcionan descuentos* del 5% hasta el 20% en hospitales de nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico en http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.7 DESCUENTOS EN LABORATORIOS Y ÓPTICASDescuentos del 5% hasta el 60% en laboratorios de análisis clínicos. Descuentos* desde un 10% hasta un 40% en las ópticas a�liadas a nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.8 REFERENCIAS A FARMACIASReferencias a farmacias con descuentos, sin límite de eventos.

1.9 ENVÍO DE MÉDICO A DOMICILIOA solicitud del titular, Club de Asistencia a través de su red de proveedores, coordinará el envío de un médico general hasta su Residencia Permanente o al lugar donde se encuentre en el momento de solicitarlo con costo preferencial desde $450.00 para la valoración presencial del paciente y en caso necesario se extenderá la receta médica.

El servicio se prestará cuando el Asegurado y/o Asegurado no pueda trasladarse a consulta médica y la situación pueda resolverse en domicilio por un médico general sin requerir atención médica en una sala de urgencias, y estará sujeto a valoración médica por parte del médico que recibe la llamada de solicitud.El Asegurado deberá efectuar un copago de precio preferencial directamente al doctor. Este servicio es sin límite de eventos.Club de Asistencia proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República Mexicana, en los demás lugares, Club de Asistencia hará lo posible por ayudar al Bene�ciario a contactar con un médico u hospital con la mayor celeridad.

Se proporcionará dicho servicio las 24 hrs del día los 365 días del año en toda la República Mexicana dentro de las zonas de cobertura.Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

EXCLUSIONES:

a) No otorgará ningún tipo de responsiva médica durante la prestación de los servicios correspondientes. b) No se extenderá constancias o actas de defunción.

c) No brindará atención médica a ningún paciente cuando éste se encuentre en condición psiquiátrico agresivo, infecto contagioso, ebrio y/o drogado agresivo, fuera de los predios o ubicaciones reportadas, fuera del área de cobertura. 1.10 TRASLADO MÉDICO TERRESTRE POR ACCIDENTE O EMERGENCIA MÉDICA

En caso de accidente automovilístico o emergencia médica del usuario que amerite traslado médico terrestre según valoración del operador médico telefónico de la compañía de asistencia, Membresía Familiar Axtel, coordinará el envío de una ambulancia terrestre y posterior traslado hasta el centro hospitalario más cercano, asumiendo el costo del traslado durante ese evento. En caso de ser necesario posteriores traslados por el mismo evento serán a cuenta y a cargo del usuario, Membresía Familiar Axtel no se hace responsable de cualquier inconveniente que se pueda presentar con el traslado médico, ni de resultado alguno, toda vez que la asistencia de traslado médico terrestre se limita a la referencia del Usuario con el prestador del servicio que corresponda, sin que dicho prestador este bajo la vigilancia o subordinación del PROVEEDOR.

Este servicio está limitado a un evento por accidente automovilístico y a un evento por emergencia médica al año.

Este servicio se prestará de acuerdo a la valoración telefónica que un operador médico de Membresía Familiar Axtel realice de conformidad con la siguiente clasi�cación:

• Traslado de Urgencia: En situaciones de peligro inminente de muerte, las cuales requieren de desplazamiento de una unidad de Urgencias, para realizar traslado hacia una unidad de urgencias de un centro hospitalario.EXCLUSIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Y AMBULANCIA

1. Los médicos del Call Center de Membresía Familiar Axtel bajo ninguna circunstancia indicarán tratamiento farmacológico o expedirán recetas médicas.

2. La prescripción o expedición de recetas, sólo es factible en la visita a domicilio ya que la lleva a cabo un profesional de la medicina.

3. Todos los gastos que se generen a partir de una referencia a la red de servicios médicos, serán cubiertos directamente por el usuario.

4. El envío de ambulancias, subsecuentes a la primera al año, tendrán un costo preferencial para el usuario, y una vez autorizado el costo presentado en cotización previa, el usuario deberá liquidar directamente al proveedor de ambulancias.

5. En todos aquellos núcleos de población, que por su situación geográ�ca o económica no cuenten con servicios de ambulancias o incluso médicos capacitados para atender las consultas a domicilio posteriores a las incluidas en el producto. Membresía Familiar Axtel hará su mejor esfuerzo para enviar del poblado más cercano que cuente con dichos servicios, una ambulancia o un médico a domicilio, el cual será con costo directo para el usuario, previa cotización y aprobación.

6. Si el usuario de Membresía Familiar Axtel se encontrara fuera del área metropolitana de las ciudades donde se cuente con cobertura de servicio telefónico Axtel, y a pesar de esto lograra mantener enlace con el Médico de Call Center, y se requiriera el servicio de ambulancia, se procederá a enviar la ambulancia y el costo será pagado por el usuario en el período correspondiente a la zona donde ya se encuentre dentro del área metropolitana de la ciudad base de la ambulancia.

7. En el caso de traslados foráneos y ambulancias aéreas serán programados y cotizados para que previa autorización del usuario se envíe el servicio.

8. La solicitud de servicio de asistencia médica telefónica que contravenga las buenas prácticas de la medicina.

9. Los honorarios médicos que resulten de las referencias del servicio de Membresía Familia Axtel serán por cuenta del usuario.

10. Los gastos erogados en la atención médica serán responsabilidad exclusivamente del usuario y de ninguna forma el servicio de Membresía Familia Axtel será un seguro de gastos médicos, entendiendo que el servicio es de Asistencia Médica únicamente.

2. SERVICIOS DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA2.1. ORIENTACIÓN JURÍDICA VÍA TELEFÓNICAPor este servicio Membresía Familiar Axtel a través de sus abogados orientará vía telefónica a sus usuarios en las materias de derecho civil y penal, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año y en las demás áreas del derecho el servicio se brindará en días y horas hábiles.En concordancia con las disposiciones legales, Membresía Familiar Axtel no garantiza resultado alguno como consecuencia de la orientación jurídica, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.

2.2 ORIENTACIÓN JURÍDICA PRESENCIAL EN EL HOGAREn este servicio Membresía Familiar Axtel coordinara enviar a un abogado, para que preste asesoría legal ante la Agencia del Ministerio Público, para realice su denuncia o querella en caso de robo de sus bienes dentro del mismo (casa o departamento de uso habitacional). Este servicio consistirá exclusivamente en asesorar y acompañar al propietario para que presente la denuncia o querella correspondiente ante las autoridades competentes.

3. SERVICIOS DE ASISTENCIA HOGAR

Membresía Familiar Axtel, garantiza la puesta a disposición del Usuario de una ayuda material inmediata, en forma de prestación de servicios con el �n de limitar y controlar los daños materiales, presentados de manera fortuita en la vivienda.Esta se prestará como consecuencia de un evento de emergencia o caso fortuito, de acuerdo con los términos y condiciones consignados en el presente anexo y por hechos derivados de los servicios especi�cados en el mismo.El usuario podrá gozar de hasta un máximo de 2 eventos anuales de cada uno de los siguientes bene�cios y hasta por la suma de $500.00 Moneda Nacional (Quinientos Pesos 00/100 M.N.) por evento, la suma anterior incluye el costo de la mano de obra, materiales y el traslado del técnico.Los servicios de Asistencia Hogar serán prestados en horario de 7:00 a las 20:00 horas, salvo que existiera una emergencia. Por EMERGENCIA se entenderá cualquier situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua) o no permita su utilización cotidiana (corto circuito) o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable y ocurra dentro de la vigencia del contrato.

3.1 CERRAJERÍA

Cuando a consecuencia de la inutilización de la cerradura por intento de robo o robo, o sea imposible abrir por daño desde el exterior al interior la puerta principal de acceso directo a la vivienda, se enviará a un técnico especializado en cerrajería que realizará la “Asistencia de Emergencia” para la apertura de la puerta y de esta forma restablecer el acceso directo a la vivienda a través de la puerta principal.El servicio aplica también en el caso de que el usuario deje las llaves en el interior del automóvil, el usuario previo al servicio deberá identi�carse a solicitud del Técnico. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES AL SERVICIO DE CERRAJERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• La reparación y el cambio o reposición de guardas, chapas, cerraduras, pasadores y puertas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores interiores que dan acceso a partes internas de la vivienda a�liada.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de clósets y alacenas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de puertas de acceso electrónico a la vivienda a�liada, tanto externas como internas, y automóviles que cuenten con este

tipo de chapas.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de seguridad, tanto externas como internas, así como las instaladas en automóviles.• La apertura de puertas exteriores diferentes a la puerta principal de acceso directo a la vivienda a�liada. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Queda excluido la hechura de llaves de cualquier tipo. • El servicio no se prestará cuando la cerradura esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o haya sido instalada sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.2 PLOMERÍACuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones �jas de abastecimiento y/o sanitarias y de gas propias de la vivienda (instalaciones �jas de agua potable e hidrosanitarias y de gas), se presente alguna rotura, fuga de agua, gas o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a un técnico especializado, que realizará la “Asistencia de Emergencia” para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. En caso de presentarse fugas de gas se brindará apoyo reportando a las autoridades competentes.Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Exclusiones del Servicio de Plomería.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento, reparación de averías y la reparación o cambio de materiales propios como:• Trabajos de albañilería a consecuencia de reparaciones de plomería.• Accesorios, llaves de paso, llaves de agua, empaques, acoples de lavamanos, calentadores, sanitarios, lavaplatos, grifos, cisternas, lavamanos, mezcladores, depósitos, calentadores eléctricos y de paso junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, lavaderos, tanques de reserva aéreos, pedestales y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda a�liada y cualquier material importado. • Fugas de gas, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o �ltraciones. • Cualquier tipo de reparación en áreas comunes (Condominios y Unidades Habitacionales) o en instalaciones propiedad de la Red Pública. • Radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, electrodomésticos, gas y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • El servicio de desobstrucción no tiene garantía. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.3 VIDRIERÍACuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas o de las puertas que formen parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares, o la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas que formen parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades habitacionales que hagan parte de un edi�cio, se enviará a un técnico que realizará la “Asistencia de Emergencia” de reposición del(os) vidrio(s) respectivo(s), siempre y cuando las circunstancias lo permitan. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES DEL SERVICIO DE VIDRIERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• Cualquier vidrio que no sea parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares. • Cualquier vidrio que no sea parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades de vivienda que hagan parte de un edi�cio. • Vidrios quebrados por fenómenos naturales, actos de terrorismo, motín o vandalismo.• No se prestará el servicio cuando el daño haya sido ocasionado por actos de mala fe y/o con dolo por el Usuario, el bene�ciario o por un residente habitual. • La reposición de vidrios no es objeto de garantía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando el sistema de ventanería esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Vidrios blindados, audio aislantes o térmicos, de hechura o manufactura especial, de espesor mayor a 6mm.• Los señalados en las exclusiones generales.

GARANTÍA. Los trabajos realizados por el personal autorizado por Membresía Familiar Axtel Tendrán una garantía por treinta días, la cual se pierde cuando el Usuario autorice trabajos con personal diferente al enviado por Membresía Familiar Axtel sobre los ya ejecutados o cuando no se avise oportunamente de la existencia de una incidencia sobre dichos trabajos. Lo anterior sujeto a las respectivas excepciones.

3.4 ELECTRICIDADCuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias de la vivienda, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial, se enviará a un técnico especializado que realizará la “Asistencia de Emergencia” necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las instalaciones lo permitan, en situaciones como cuando a causa de un corto circuito la falla se halla originado en el interior de la vivienda y que corresponda al domicilio permanente del Usuario.La asistencia de emergencia también incluye la reparación de tableros de circuitos eléctricos, el cambio y/o cuchillas, (breakers), fusibles (de las mismas características técnicas al averiado) dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la vivienda a�liada. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.

Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario. Exclusiones a los Servicios de Electricidad.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento o la reparación y/o reposición de averías propias de:• Enchufes o interruptores, balastos, y elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o �uorescentes, cambio de tableros eléctricos. • Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadoras, secadoras, refrigeradores y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico. • Cualquier tipo de reparación, reposición y/o cambio en áreas comunes (propiedad en condominio) o en instalaciones propiedad de la empresa que suministra la energía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

4. SERVICIOS DE ASISTENCIA AL VEHÍCULO DESDE KILOMETRO “0”

4.1. AUXILIO VIAL BÁSICOEn los casos en que el vehículo propiedad del usuario circulando dentro del perímetro urbano de una ciudad principal presente alguna de las siguientes averías menores: “ponchadura”, descarga de batería o falta de gasolina, Membresía Familiar Axtel previa solicitud del usuario enviará un prestador de servicios para realizar, según el caso y de acuerdo a lo siguiente:

1. Cambio de llanta por el propio de repuesto en caso de que el vehículo amparado sufriera una ponchadura de llanta o de alguna de las llantas se encontrará tan baja que impidiera continuar con el desplazamiento del mismo, el proveedor organizará y pagará el servicio para que se efectúe el cambio de neumático averiado por el de refacción. Este servicio solo aplica en zonas urbanas. (siempre y cuando el repuesto esté en buen estado).

2. Envío de gasolina en caso de que el vehículo amparado, por algún descuido se quedara sin gasolina, el proveedor organizará y pagará el envío de gasolina su�ciente (5 litros) para que el bene�ciario llegue a la gasolina más cercana: el costo de la gasolina correrá a cargo del usuario. Este servicio aplica únicamente en zonas urbanas (en cuyo caso el costo del combustible es por cuenta del usuario).

3. Paso de corriente (Membresía Familiar Axtel no se responsabiliza por los daños ocasionados a consecuencia de fallas en instalaciones eléctricas del vehículo).

En todos los casos el usuario deberá acompañar en todo momento al prestador de servicios del proveedor.Este servicio está limitado a dos eventos por año, a elegir y el usuario deberá estar presente durante todo el tiempo en que dure la reparación de la eventualidad.

4.2 SERVICIO DE GRÚA O TRANSPORTE DEL VEHÍCULOEn caso de que el Vehículo no pudiera circular por falla mecánica, no a causa de accidente automovilístico, Membresía Familiar Axtel se hará cargo de su remolque hasta el taller o lugar que el usuario elija, hasta un límite máximo de $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), máximo dos eventos al año. El excedente a los $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), será pagado por el usuario directamente al proveedor del servicio, en este caso Membresía Familiar Axtel informará al usuario el monto excedente y solo previa autorización y acuerdo verbal del usuario, Membresía Familiar Axtel enviará el servicio.Este servicio no incluye el pago de ningún tipo de maniobras; de�nidas como: las que se realizan para acondicionar el lugar y el vehículo, que requieren de personal y equipo especializado para ponerlo en condiciones de traslado.No se remolcará el Vehículo con carga o con heridos y no se sacará el Vehículo si éste se encuentra atascado en baches o barrancos. Ni se realizará ninguna maniobra adicional para estos efectos. Este servicio no incluye vehículos de carga, servicio público o de peso mayor a 3.5 toneladas.

En todos los casos el usuario o su representante deberán acompañar a la grúa durante el traslado, no se remolcará el vehículo sin que el titular o representante lo acompañe.

Exclusiones a los Servicios de Asistencia al VehículoQuedan excluidas las situaciones de asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de:

• Huelgas, guerras, invasión actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, movimientos subversivos, piratería, pronunciamiento, manifestaciones y movimientos populares.• Autolesiones o participación del Usuario en actos criminales. • La participación del Usuario en riñas, salvo en caso de defensa propia.• La práctica de deportes como profesional, la participación en competencias o�ciales y en exhibiciones.• La participación del Usuario y/o del Vehículo en cualquier clase de carreras, competencias o exhibiciones.• Los Vehículos que tengan cualquier modi�cación de cualquier tipo, diferente a las especi�caciones del fabricante consideradas peligrosas, que hayan in�uido en la avería.• Golpes o choques intencionales, así como la participación del Vehículo en actos ilícitos.• Labores de mantenimiento, revisiones al Vehículo reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el Usuario o por un tercero. • Remolque del Vehículo con carga o con heridos, así como sacar al Vehículo atascado o atorado en baches o barrancos, con motivo del tránsito del vehículo fuera de camino o cuando éstos se encuentren en condiciones intransitables o cualquier otra causa de fuerza mayor. Ejemplo: robo de las llantas.• Cuando el automóvil haya sido introducido ilegalmente al país.• Todos aquellos vehículos con placas de servicio público y de carga, así como los de capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas, motocicletas y automóviles arrendados.• En el caso de vehículos que se encuentren cargados no se les proporcionará el servicio de arrastre de grúa.• Vehículos involucrados en accidentes automovilísticos, ya sea contra vehículos u objetos �jos. • En el caso de vehículos blindados el costo por peso excedente será cubierto por el usuario directamente al prestador del servicio. • Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto. Por ejemplo: al solicitar una grúa y que no sepa decir en dónde está ubicado.• Todas aquellas situaciones derivadas de actos vandálicos que hayan ocasionado daños al vehículo tales que no le permitan circular.• Las averías provocadas por fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como: inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas y tempestades ciclónicas.

4.3 REFERENCIA DE TALLERES MECÁNICOS Y DE MANTENIMIENTOMembresía Familiar Axtel proporcionará a solicitud del usuario información actualizada sobre los talleres mecánicos y de mantenimiento de reconocida calidad, como lo son los de las agencias automovilísticas de marca y los pertenecientes a franquicias nacionales, que se encuentren más cercanos al lugar donde se encuentre el vehículo amparado.Membresía Familiar Axtel proporcionará este bene�cio en las principales ciudades de la República Mexicana. En los demás lugares Membresía Familiar Axtel hará lo posible por ayudar al usuario a contactar un taller mecánico, con la mayor celeridad. Membresía Familiar Axtel no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos talleres mecánicos.

4.4 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESMembresía Familiar Axtel transmitirá a solicitud del usuario, mensajes urgentes debidamente justi�cados, relativos a cualquiera de los hechos objeto de las prestaciones a que se re�eren las presentes condiciones generales, u otra situación de emergencia, dentro del territorio de la República Mexicana, a cualquier hora del día, los 365 días del año.

5. MEMBRESÍA DENTALCon cobertura en las principales ciudades de la República Mexicana, amplia red de dentistas brindará, en sus consultorios, la atención dental que el a�liado y/o su familia (cónyuge e hijos menores de 21 años) requieran, con los siguientes bene�cios para cada integrante:

• Consulta Gratuita. 1 evento al año• Examen oral completo (en caso de ser necesario, se tomará una radiografía periapical para un mejor diagnóstico): 1 evento al año.• Limpieza oral preventiva, instrucción e higiene bucal: 2 eventos al año• Aplicación tópica de �uoruro, la aplicación del �uoruro será bajo diagnóstico médico: 1 evento al año.• El tiempo regular de espera para la atención dental en el consultorio podría ser hasta de 30 minutos.• Consultas posteriores con dentistas de nuestra red: Sin límite de eventos, a precios preferenciales. Los costos de las consultas corren a cargo del cliente.• En cualquier otro servicio dental, podrá obtener precios preferenciales• El a�liado podrá ser atendido por el titular del consultorio o por cualquier odontólogo titulado que labore en el consultorio.

Servicio de concertación de citas de lunes a viernes de 09:00 a.m. a 07:00 p.m. y sábados de 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

Si durante la consulta requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento que implique un costo adicional, deberá ser tratado anticipadamente con el dentista, ya que el A�liado debe cubrir dichos gastos.La cita dental podrá concertarse en la localidad solicitada por el a�liado bien en la localidad más cercana dependiendo de las alternativas y disponibilidad en la agenda médica al momento de solicitar el servicio de Plan Dental.Si el colaborador concertó una cita y no puede acudir y necesita reprogramar por cualquier motivo, deberá cancelar con 24 horas de anticipación marcando al 01 800 813 9000,

de lo contrario se tomará la cita como evento otorgado. El Consultorio estará facultado para poder reprogramar la cita con el colaborador en casos de fuerza mayor, ofreciendo nuevas alternativas de cita al a�liado directamente.

OBJETIVO DE LA LIMPIEZA DENTALEl objetivo es crear un entorno oral sano y que el paciente sea capaz de mantenerlo en esas condiciones.

GLOSARIO

a) Limpieza supragingival: Eliminación de placa dentobacteriana y sarro (clínicamente visible sobre la línea de las encías) y pulido de la super�cie de los dientes.

b) Limpieza infragingival: Tratamiento de especialidad periodontal que implica anestesia, levantamiento de encías, eliminación de sarro de los cuellos y raíces de las piezas dentales, adhesión nuevamente de las encías y sutura.

c) Aplicación de �uoruro: El �uoruro se utiliza para evitar la caries dental, consiste en un intercambio de iones entre este y la super�cie del diente, creando así una super�cie más fuerte y resistente al ataque de las caries.

d) Limpieza oral: En un entorno oral sano es el pulido de dientes con pastas abrasivas y cepillos giratorios Es un procedimiento sencillo y rápido,indispensable para mantener la salud dental y no incluye la eliminación de sarro

e) Sarro: Es la placa dentobacteriana calci�cada que da lugar a la formación de masas mineralizadas extremadamente duras, que se adhieren �rmemente a la super�cie de los dientes y a las raíces de los mismos. Esta placa calci�cada se puede retirar con tratamientos de eliminación de sarro supragingival y/o infragingival según sea el caso a costo preferencial.f) Placa dentobacteriana: Es un sedimento, bacteriano y adherente que se acumula en los dientes, esta placa es invisible y se forma de bacterias y restos alimenticios causantes de las enfermedades bucales.

La limpieza oral también conocida como PROFILAXIS DENTAL, es el procedimiento odontológico de mayor importancia para la PREVENCIÓN de enfermedades y otros padecimientos de la boca, pero NO ES SUFICIENTE, para erradicar sus enfermedades.

EXCLUSIONES

1.- Eliminación de sarro infragingival y supraginfgival. 2.- Gingivitis, enfermedad bucal que ocasiona in�amación y sangrado de la encía.3.- Periodontitis, enfermedad crónica que puede causar la pérdida del diente.

6. ASISTENCIA ESCOLAR TELEFÓNICAServicios de apoyo que se brinda al estudiante para ponerse al corriente cuando por causa de accidente o lesión no pueda asistir a sus clases, o como medio de consulta o guía informativa de estudios.Esta asistencia es telefónica, y el estudiante tendrá a su disposición un maestro (nivel primaria y secundaria), para asesorarlo durante el período que no pueda asistir a clases o para que se regularice cuando se reintegre a las mismas. Sin límite de eventos de Lunes a Viernes en horario de 9:00 hrs. a 21:00 hrs.

7. ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALLas siguientes asistencias aplican sólo al titular de la línea AXTEL, del servicio de telefonía, quien deberá de marcar al teléfono + 52 55 41 95 50 cuando se encuentre fuera de su lugar de residencia por motivos de viaje. Límite máximo de 60 días consecutivos de viaje. Aplican vía reembolso.

7.1 ASISTENCIA MÉDICA POR LESIÓN O ENFERMEDAD DEL USUARIOEn caso de enfermedad o lesión del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos y medicamentos prescritos por el médico que lo atienda. Límite máximo por todos los conceptos será de $2,500.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.2 ASISTENCIA DENTAL DE EMERGENCIA EN VIAJESEn caso de una emergencia dental que sufra el usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de tratamiento dental hasta por $250.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.3 TRANSPORTE O REPATRIACIÓN MÉDICA EN AMBULANCIAEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL requiera ser hospitalizado a consecuencia directa de un accidente o una enfermedad por prescripción médica, local a valoración junto con el médico del “Proveedor de Servicios se proporcionará el apoyo requerido las 24 horas del día para arreglar y coordinar la ambulancia cumpliendo con los requerimientos para el trayecto, hasta el centro hospitalario más cercano. Limitado a un evento por año.

7.4 DESPLAZAMIENTO Y GASTOS DE ESTANCIA DE UN FAMILIAR DEL USUARIOEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL sufra un accidente o una enfermedad fuera de su lugar de residencia, y requiera hospitalización superior a 5 días y bajo la aprobación del “Proveedor de Servicio”, ésta pagará los gastos de ida y vuelta (boleto de avión sencillo clase turista) de un familiar al lugar de hospitalización del usuario. Así como los gastos de estancia a razón de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.5 PROLONGACIÓN DE LA ESTANCIA DEL USUARIO POR LESIÓN O ENFERMEDADSi a consecuencia de un accidente o enfermedad y bajo prescripción médica autorizada y aprobada por el “Proveedor de Servicio”, el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL se ve obligado a prolongar su estancia fuera de su lugar de residencia, el “Proveedor de Servicio” pagará los gastos del hotel para prolongar su estancia y continuar con la Asistencia Médica en el lugar donde se interrumpió su viaje. Límite de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.6 REPATRIACIÓN DE RESTOS MORTALESEn caso de fallecimiento del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” se encargará de los arreglos necesarios para transportar los restos mortales de vuelta a su lugar de residencia habitual. Con límite de $4,000.00 USD.

7.7 INTERRUPCIÓN DE VIAJE EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ACOMPAÑANTE O DE UN FAMILIARCuando con ocasión de un accidente o enfermedad o muerte del acompañante de viaje o con ocasión de muerte del cónyuge, padre, madre o hijos, el titular deba interrumpir su viaje, el “Proveedor de Servicio” se hará cargo de un boleto de avión sencillo clase turista de regreso hasta su ciudad de residencia, siempre y cuando el titular no pueda efectuar tal regreso con el boleto aéreo original.

7.8 LOCALIZACIÓN Y ENVÍO DE EQUIPAJES DOCUMENTADOS EN VUELO COMERCIALEl “Proveedor de Servicio” asesorará al titular para la denuncia del hurto o extravío de su equipaje y efectos personales en vuelo regular de la aerolínea. En caso de su recuperación se encargará de su traslado hasta su lugar de destino o hasta el domicilio del titular según las circunstancias de tiempo y de lugar.

7.9 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESEn el momento que lo solicite, el usuario podrá mandar o recibir mensajes urgentes relacionados con los bene�cios de este programa de asistencia a cualquier parte del mundo. En ningún caso el “Proveedor de Servicios” se hará responsable por el contenido, la veracidad ni la forma de la información transmitida.

8. GESTORÍA PLUS TELEFÓNICA

La asistencia a continuación descrita es telefónica sin límite de eventos las 24 hrs. los 365 días del año y será exclusivamente para los siguientes servicios:

• Trámites Administrativos (Sólo particulares).• Asesoría respecto a:- Obtención de copias de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.- Trámites Vehiculares (Sólo particulares).

- Alta y Baja de Autos Nuevos y Usados.- Cambio de Propietario. - Reposición de Placas y Tarjeta de Circulación.- Expedición de Permiso de Circulación.• En caso de requerir atención de un gestor de forma presencial, éste será con costo preferencial a cargo del bene�ciario.

*En Concordancia con las disposiciones legales, Club de Asistencia, no garantiza resultado alguno como consecuencia de la gestoría, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.**Aplica sólo en ciudades de convenio.

9. TARJETAS DE DESCUENTOS BWIGO

Al presentar la tarjeta del programa Membresía Familiar Axtel, el bene�ciario obtendrá exclusivos descuentos que van del 10% hasta el 50% en más de 11,000 establecimientos comerciales a nivel nacional como restaurantes, cafeterías, entretenimiento, hoteles, aerolíneas y renta de automóviles, entre otros. Sin límite de eventos.

Consulta establecimientos a�liados en ww.bwigo.com

REEMBOLSOEn los casos en que Membresía Familiar Axtel no tenga una disponibilidad de proveedores en el ámbito territorial de�nido en el presente anexo, el usuario podrá, previa autorización por parte de Membresía Familiar Axtel, contratar la prestación de los servicios respectivos. El usuario tendrá derecho al reembolso de los gastos cubiertos en el presente anexo, siempre y cuando haya noti�cado a Membresía Familiar Axtel dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron la solicitud del respectivo servicio y exista previa autorización del gasto por parte de Membresía Familiar Axtel, comprometiéndose el usuario a presentar la factura original de dicha prestación del servicio dentro de los tres días siguientes a su realización. En los casos de Asistencia en Viajes Internacionales, los documentos que se solicitarán para aplicar el reembolso, según sea el caso son:• Solicitud de reembolso que incluya el número de reporte de aviso a Club de Asistencia• Copia del último recibo telefónico en donde aparezca el cargo de MFA• Voucher de la compra de los boletos/ultimo estado de cuenta• Copia del boleto del transporte público utilizado• Informe médico detallado (elaborado por el médico tratante)• Aviso de hospitalización • Facturas y recibos originales • Notas de farmacia, originales, con la receta médica correspondiente.• Estudios de gabinete, laboratorio y fotografías• Resultados de estudios practicados

EXCLUSIONES GENERALES DEL SERVICIO

No son objeto de los servicios de asistencia los siguientes hechos:a) Los servicios que el bene�ciario haya contratado sin previo consentimiento de Membresía Familiar Axtel, salvo en caso de fuerza mayor que impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios, en estos casos el bene�ciario deberá dar aviso dentro de las veinticuatro horas siguientes del hecho a Membresía Familiar Axtel.

b) La muerte producida por suicidio y las lesiones o secuelas que ocasione la tentativa del mismo.

c) Daños en el vehículo usuario originados directa o indirectamente de actos realizados por el usuario y/o bene�ciario con culpa, dolo o mala fe.

d) Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competencias.

e) Las asistencias y gastos a los ocupantes del vehículo bene�ciario transportados gratuitamente mediante aventones, “autostop” (transporte gratuito ocasional).

f) La asistencia y gastos por enfermedad o estados patológicos producidos por embriaguez, la ingestión de drogas, sustancias tóxicas, alcohol, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, enfermedades mentales, del usuario y/o bene�ciario.

g) Los gastos de asistencia médica y hospitalaria.

h) Muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas o culposas del asegurado y/o bene�ciario.

i) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales, entre otras.

j) Hechos derivados de guerra, rebelión, vandalismo, protesta, paro, terrorismo, motín, guerrilla, grupos de autodefensa, paramilitares y situaciones que alteren el orden y la seguridad pública.

k) Prestación de asistencia en zonas rojas o zonas con alteración de la seguridad y/o el orden público.

l) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas, de cuerpos de seguridad públicos o privados y de cualquier autoridad pública y cuando por orden de autoridad pública se impida la prestación de los servicios.

m) En caso que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido por especialidad, este excedente será cubierto por el Usuario.

n) Los derivados de la energía nuclear radioactiva.

Page 13: VERSIÓN DIGITAL 2 AMF.CS V5 copia · (Las 24 horas los 365 días del año, sin límite de eventos) ... Asesoría de abogados en cualquier rama del derecho las 24 horas los 365 días

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01.1

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CONDICIONES GENERALES PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MEMBRESÍA FAMILIAR AXTEL

INTRODUCCIÓNEl servicio de asistencia Membresía Familiar Axtel protegerá a los Clientes de AXTEL ante las eventualidades médicas, vial y en el hogar señaladas más adelante en este instrumento, las 24 horas del día y los 365 días del año. Con solo una llamada al * 00 o al 01 800 813 9000 tendrán a su disposición los recursos materiales y humanos necesarios para la atención de su problema, con base en las presentes Condiciones Generales. GLOSARIO DE TÉRMINOSA) Membresía Familiar Axtel: Es el programa a través del cual el PROVEEDOR presta los servicios asistenciales a los Usuarios. Asimismo, y para todos los efectos legales a que hubiere lugar, cada vez que se mencione “Membresía Familiar Axtel” se entenderá que los mismos términos aplicarán para el Programa “Asistencia AVANTEL”, Membresía Axtel y Alestra Asistencia Hogar.B) Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños físicos a un usuario o alguno de sus bene�ciarios causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente que ocurra durante la vigencia del contrato.C) Accidente automovilístico: Todo acontecimiento que provoque daños materiales a un automóvil causado única y directamente por causa externa, violenta, fortuita, imprevista y evidente durante la vigencia del contrato.D) Emergencia: Para efectos de este programa de servicio, se considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua), o no permita su utilización cotidiana (corto circuito), o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable, y ocurra dentro de la vigencia del contrato.E) Ciudad de residencia permanente: El domicilio habitual del usuario dentro de la República Mexicana, que conste en el contrato de suscripción con la compañía Axtel.

F) Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del usuario que suceda, se origine, se mani�este por primera vez o descompense si es preexistente, comprometiendo el estado vital del usuario o de alguno de sus bene�ciarios durante la vigencia del contrato.

G) Equipo Jurídico: El personal del departamento jurídico de la compañía de asistencia, que presta los servicios de orientación jurídica a los usuarios, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

H) Equipo Médico: El personal médico asistencial que presta los servicios de orientación y atención médica a los usuarios, por cuenta de la compañía de asistencia, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.

I) Evento: Una reparación o servicio por cuenta de Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos y condiciones del presente contrato.

J) Falla mecánica: Todo daño, avería, rotura y/o deterioro fortuito, que impida la circulación del automóvil, durante la vigencia del contrato.

K) Familiar en 1er grado: Cuando se menciona el término familiar en 1er. Grado se referirá al, cónyuge e hijos menores de 21 años.

L) Prestador de servicios: Es el PROVEEDOR a través de sus subcontratistas mismas que son aquellas personas que proporcionan los servicios en forma directa a los Usuarios.

M) Representante: Cualquier persona, sea o no acompañante del usuario que realice gestión alguna para la prestación de los servicios de asistencia.

N) Representante legal: Cualquier persona física que se encuentre facultado por el Usuario para ejercer y hacer valer sus derechos y obligaciones de una persona moral o una persona física, mediante poder notariado.O) Servicios de asistencia: Los servicios asistenciales que presta Membresía Familiar Axtel a los usuarios, en los términos del Contrato.

P) Usuario del servicio de asistencia vehicular: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

Q) Vehículo usuario: Automóvil motorizado de uso particular, de cuatro ruedas en dos ejes, menor o igual a tres y media toneladas de peso (3.5 Ton.), de propiedad legal del suscriptor o de la persona usuaria del servicio de telefonía Axtel autorizada por el suscriptor; el cual, no sea usado para transporte de pasajeros (servicio público), para transporte de cualquier tipo de carga y para actividad comercial, deportiva o de seguridad.

R) Usuario del servicio de asistencia al hogar: Todo titular de una línea de telefonía local Axtel, que haya aceptado recibir el servicio de Membresía Familiar Axtel, en los términos y condiciones contenidos en la oferta de servicio, y siempre y cuando esté al día en sus pagos al momento de producirse una situación de asistencia.

S) Vivienda A�liada: Casa, departamento o edi�cación de uso habitacional (destinados para vivienda familiar) que aparece en su contrato.

T) Gestor: Persona que tiene los conocimientos y experiencia requerida para prestar su asesoramiento y apoyo a los ciudadanos en los diferentes trámites que se especi�can en el punto 8 de este Anexo ante la administración pública, ya sea local o federal.

TERRITORIALIDADLos siguientes servicios de asistencia se proporcionan sólo en la República Mexicana, salvo por lo que hace a la asistencia en viajes internacionales, según se establece en las condiciones generales de los programas contenido en el punto 7 de este anexo.

BENEFICIARIOS DEL SERVICIO:

• USUARIO DEL SERVICIO: Suscriptor del servicio de telefonía Axtel o persona usuaria del servicio de telefonía debidamente autorizada por el suscriptor.

• VEHÍCULO USUARIO: Se entiende por tal (ver glosario), un vehículo de uso particular, donde se encuentre el titular o alguno de sus bene�ciarios directos (cónyuge e hijos menores de 21 años servicio Membresía Familiar Axtel, siempre que no se trate de motocicletas, de vehículos destinados al servicio público de carga o de personas, vehículos de alquiler con o sin conductor, o aquellos cuyo peso sobrepase o sea igual a los 3,500 kilogramos. Los servicios de asistencia que a continuación se detallan se prestaran cuarenta y ocho horas después de efectuarse la a�liación al programa de Asistencia Membresía Familiar Axtel.

1. SERVICIOS DE ASISTENCIA MÉDICA

1.1 ASISTENCIA MÉDICA TELEFÓNICAEn este servicio Membresía Familiar Axtel brinda al usuario disponibilidad las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año, A través de médicos titulados ubicados en nuestro Call Center, el usuario podrá recibir vía telefónica información, asesoría y orientación en el uso de medicamentos, primeros auxilios, enfermedades, nutrición, patologías, esquema de vacunaciones y/o problemas de salud en general.

Los bene�cios más importantes para este servicio son:

1 Orientación acerca de: • Primeros auxilios.• Algunas enfermedades, signos y síntomas.• Uso de medicamentos.• Plani�cación familiar y educación sexual.• Inmunizaciones (Vacunas).• Control Prenatal.• Prevención de automedicación.• Prevención del tabaquismo, alcoholismo y fármaco dependencia.

*Con el �n de respetar las buenas prácticas de la medicina, el médico de Call Center efectuara recomendaciones sobre el uso adecuado de medicamentos de libre venta, en ningún caso podrá prescribir medicamentos sujetos de control sanitario, tales como antibióticos, ansiolíticos, opiáceos y estupefacientes.

**La Orientación Médica Telefónica no constituye una consulta Médica.

1.2 ASISTENCIA PSICOLÓGICA TELEFÓNICANuestro equipo de Psicólogos asesorará al Usuario vía telefónica para proporcionar alternativas inmediatas en con�ictos emocionales, con el propósito de esclarecimiento y contención de crisis, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. Orientación acerca de:• Angustia• Trastorno de personalidad• Violencia intrafamiliar• Duelo• Suicidio• Depresión• Referencia a otros servicios

1.3 ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA Un equipo especializado de Nutriólogos lo asesorará vía telefónica de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas sin límite de eventos,sobre el proceso biológico para la correcta asimilación y utilización de alimentos. Se proporciona información sobre la dieta necesaria que debe seguir, el usuario ON LINE: www.h-b.com.mx/nutricion/AXTEL ante una enfermedad especí�ca las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite de eventos.

1. La Orientación para los buenos hábitos de alimentación y el control de enfermedades es la siguiente:

• Información general sobre los buenos hábitos de alimentación• Información sobre los diferentes grupos de alimentos• Información sobre raciones adecuadas para el buen comer• Intercambio de alimentos sin el incremento de calorías• Orientación nutricional en diferentes enfermedades (Hipertensión, Diabetes, etc.)• Referencia a otros servicios

1.4 ASISTENCIA ODONTOLÓGICA TELEFÓNICAAsesoría telefónica proporcionada por un equipo de Odontólogos altamente cali�cados, de lunes a sábado de 09:00 a 21:00 horas, para atención inmediata en caso de emergencia odontológica y referencias de lugares de atención, sin límite de eventos. 1. Esta orientación es la siguiente: • Casos de dolor• Uso de analgésicos• Materiales de restauración• Procedimientos de tratamientos odontológicos• Procesos in�amatorios e infecciosos• Aftas• Bruxismo (rechinar de los dientes)• Fracturas coronales• Abscesos periodontales• Referencia adecuada

1.5 CONSULTAS EN CONSULTORIOS MÉDICOSA solicitud del titular, se coordinará vía telefónica una consulta médica en consultorio con médicos de nuestra red. El costo de la consulta será con cargo al titular del programa, con Médicos Generales desde $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 MN) y con Médicos Especialistas desde $350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MN).

Un ejecutivo especializado atenderá las solicitudes a través del número telefónico asignado al programa, solicitará datos generales; buscará en nuestra red médica las mejores opciones y devolverá la llamada al Titular para que elija la alternativa más conveniente a sus necesidades.

El ejecutivo le proporcionará al titular un número de referencia que deberá presentar al Proveedor Médico junto con la tarjeta del programa e identi�cación o�cial vigente. Sin límite de eventos.

La concertación de citas se realizará de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y los días sábados de 08:00 a 13:00 horas. No se coordinan citas de urgencia.Si el titular concertó una cita y no puede acudir, se le solicitará la cancelación con 24 hrs. de anticipación.

Si durante la consulta el médico requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento, que implique costo adicional deberá tratarlo anticipadamente con el médico ya que el titular deberá de cubrir dichos gastos en efectivo.

Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

1.6 DESCUENTOS EN HOSPITALESEn caso de enfermedad o accidente, se proporcionan descuentos* del 5% hasta el 20% en hospitales de nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico en http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.7 DESCUENTOS EN LABORATORIOS Y ÓPTICASDescuentos del 5% hasta el 60% en laboratorios de análisis clínicos. Descuentos* desde un 10% hasta un 40% en las ópticas a�liadas a nuestra red. Sin límite de eventos.

* Consultar directorio médico http://www.h-b.com.mx/sitiohb/directorio/index/axtel o en axtel.mxAplican restricciones, sujeto a cambios.

1.8 REFERENCIAS A FARMACIASReferencias a farmacias con descuentos, sin límite de eventos.

1.9 ENVÍO DE MÉDICO A DOMICILIOA solicitud del titular, Club de Asistencia a través de su red de proveedores, coordinará el envío de un médico general hasta su Residencia Permanente o al lugar donde se encuentre en el momento de solicitarlo con costo preferencial desde $450.00 para la valoración presencial del paciente y en caso necesario se extenderá la receta médica.

El servicio se prestará cuando el Asegurado y/o Asegurado no pueda trasladarse a consulta médica y la situación pueda resolverse en domicilio por un médico general sin requerir atención médica en una sala de urgencias, y estará sujeto a valoración médica por parte del médico que recibe la llamada de solicitud.El Asegurado deberá efectuar un copago de precio preferencial directamente al doctor. Este servicio es sin límite de eventos.Club de Asistencia proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República Mexicana, en los demás lugares, Club de Asistencia hará lo posible por ayudar al Bene�ciario a contactar con un médico u hospital con la mayor celeridad.

Se proporcionará dicho servicio las 24 hrs del día los 365 días del año en toda la República Mexicana dentro de las zonas de cobertura.Los resultados de la atención médica son responsabilidad directa del proveedor médico que proporciona la consulta médica, Club de Asistencia no tiene responsabilidad sobre el acto médico.

EXCLUSIONES:

a) No otorgará ningún tipo de responsiva médica durante la prestación de los servicios correspondientes. b) No se extenderá constancias o actas de defunción.

c) No brindará atención médica a ningún paciente cuando éste se encuentre en condición psiquiátrico agresivo, infecto contagioso, ebrio y/o drogado agresivo, fuera de los predios o ubicaciones reportadas, fuera del área de cobertura. 1.10 TRASLADO MÉDICO TERRESTRE POR ACCIDENTE O EMERGENCIA MÉDICA

En caso de accidente automovilístico o emergencia médica del usuario que amerite traslado médico terrestre según valoración del operador médico telefónico de la compañía de asistencia, Membresía Familiar Axtel, coordinará el envío de una ambulancia terrestre y posterior traslado hasta el centro hospitalario más cercano, asumiendo el costo del traslado durante ese evento. En caso de ser necesario posteriores traslados por el mismo evento serán a cuenta y a cargo del usuario, Membresía Familiar Axtel no se hace responsable de cualquier inconveniente que se pueda presentar con el traslado médico, ni de resultado alguno, toda vez que la asistencia de traslado médico terrestre se limita a la referencia del Usuario con el prestador del servicio que corresponda, sin que dicho prestador este bajo la vigilancia o subordinación del PROVEEDOR.

Este servicio está limitado a un evento por accidente automovilístico y a un evento por emergencia médica al año.

Este servicio se prestará de acuerdo a la valoración telefónica que un operador médico de Membresía Familiar Axtel realice de conformidad con la siguiente clasi�cación:

• Traslado de Urgencia: En situaciones de peligro inminente de muerte, las cuales requieren de desplazamiento de una unidad de Urgencias, para realizar traslado hacia una unidad de urgencias de un centro hospitalario.EXCLUSIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Y AMBULANCIA

1. Los médicos del Call Center de Membresía Familiar Axtel bajo ninguna circunstancia indicarán tratamiento farmacológico o expedirán recetas médicas.

2. La prescripción o expedición de recetas, sólo es factible en la visita a domicilio ya que la lleva a cabo un profesional de la medicina.

3. Todos los gastos que se generen a partir de una referencia a la red de servicios médicos, serán cubiertos directamente por el usuario.

4. El envío de ambulancias, subsecuentes a la primera al año, tendrán un costo preferencial para el usuario, y una vez autorizado el costo presentado en cotización previa, el usuario deberá liquidar directamente al proveedor de ambulancias.

5. En todos aquellos núcleos de población, que por su situación geográ�ca o económica no cuenten con servicios de ambulancias o incluso médicos capacitados para atender las consultas a domicilio posteriores a las incluidas en el producto. Membresía Familiar Axtel hará su mejor esfuerzo para enviar del poblado más cercano que cuente con dichos servicios, una ambulancia o un médico a domicilio, el cual será con costo directo para el usuario, previa cotización y aprobación.

6. Si el usuario de Membresía Familiar Axtel se encontrara fuera del área metropolitana de las ciudades donde se cuente con cobertura de servicio telefónico Axtel, y a pesar de esto lograra mantener enlace con el Médico de Call Center, y se requiriera el servicio de ambulancia, se procederá a enviar la ambulancia y el costo será pagado por el usuario en el período correspondiente a la zona donde ya se encuentre dentro del área metropolitana de la ciudad base de la ambulancia.

7. En el caso de traslados foráneos y ambulancias aéreas serán programados y cotizados para que previa autorización del usuario se envíe el servicio.

8. La solicitud de servicio de asistencia médica telefónica que contravenga las buenas prácticas de la medicina.

9. Los honorarios médicos que resulten de las referencias del servicio de Membresía Familia Axtel serán por cuenta del usuario.

10. Los gastos erogados en la atención médica serán responsabilidad exclusivamente del usuario y de ninguna forma el servicio de Membresía Familia Axtel será un seguro de gastos médicos, entendiendo que el servicio es de Asistencia Médica únicamente.

2. SERVICIOS DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA2.1. ORIENTACIÓN JURÍDICA VÍA TELEFÓNICAPor este servicio Membresía Familiar Axtel a través de sus abogados orientará vía telefónica a sus usuarios en las materias de derecho civil y penal, las veinticuatro horas del día los trescientos sesenta y cinco días del año y en las demás áreas del derecho el servicio se brindará en días y horas hábiles.En concordancia con las disposiciones legales, Membresía Familiar Axtel no garantiza resultado alguno como consecuencia de la orientación jurídica, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.

2.2 ORIENTACIÓN JURÍDICA PRESENCIAL EN EL HOGAREn este servicio Membresía Familiar Axtel coordinara enviar a un abogado, para que preste asesoría legal ante la Agencia del Ministerio Público, para realice su denuncia o querella en caso de robo de sus bienes dentro del mismo (casa o departamento de uso habitacional). Este servicio consistirá exclusivamente en asesorar y acompañar al propietario para que presente la denuncia o querella correspondiente ante las autoridades competentes.

3. SERVICIOS DE ASISTENCIA HOGAR

Membresía Familiar Axtel, garantiza la puesta a disposición del Usuario de una ayuda material inmediata, en forma de prestación de servicios con el �n de limitar y controlar los daños materiales, presentados de manera fortuita en la vivienda.Esta se prestará como consecuencia de un evento de emergencia o caso fortuito, de acuerdo con los términos y condiciones consignados en el presente anexo y por hechos derivados de los servicios especi�cados en el mismo.El usuario podrá gozar de hasta un máximo de 2 eventos anuales de cada uno de los siguientes bene�cios y hasta por la suma de $500.00 Moneda Nacional (Quinientos Pesos 00/100 M.N.) por evento, la suma anterior incluye el costo de la mano de obra, materiales y el traslado del técnico.Los servicios de Asistencia Hogar serán prestados en horario de 7:00 a las 20:00 horas, salvo que existiera una emergencia. Por EMERGENCIA se entenderá cualquier situación accidental y fortuita que deteriore la vivienda a�liada (fuga de agua) o no permita su utilización cotidiana (corto circuito) o ponga en peligro la seguridad de la misma y de sus residentes habituales (una cerradura exterior inservible, un cristal exterior roto) o la deje temporalmente inhabitable y ocurra dentro de la vigencia del contrato.

3.1 CERRAJERÍA

Cuando a consecuencia de la inutilización de la cerradura por intento de robo o robo, o sea imposible abrir por daño desde el exterior al interior la puerta principal de acceso directo a la vivienda, se enviará a un técnico especializado en cerrajería que realizará la “Asistencia de Emergencia” para la apertura de la puerta y de esta forma restablecer el acceso directo a la vivienda a través de la puerta principal.El servicio aplica también en el caso de que el usuario deje las llaves en el interior del automóvil, el usuario previo al servicio deberá identi�carse a solicitud del Técnico. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES AL SERVICIO DE CERRAJERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• La reparación y el cambio o reposición de guardas, chapas, cerraduras, pasadores y puertas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores interiores que dan acceso a partes internas de la vivienda a�liada.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de clósets y alacenas. • La apertura, reparación y el cambio o reposición de puertas de acceso electrónico a la vivienda a�liada, tanto externas como internas, y automóviles que cuenten con este

tipo de chapas.• La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de seguridad, tanto externas como internas, así como las instaladas en automóviles.• La apertura de puertas exteriores diferentes a la puerta principal de acceso directo a la vivienda a�liada. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Queda excluido la hechura de llaves de cualquier tipo. • El servicio no se prestará cuando la cerradura esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o haya sido instalada sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.2 PLOMERÍACuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones �jas de abastecimiento y/o sanitarias y de gas propias de la vivienda (instalaciones �jas de agua potable e hidrosanitarias y de gas), se presente alguna rotura, fuga de agua, gas o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a un técnico especializado, que realizará la “Asistencia de Emergencia” para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. En caso de presentarse fugas de gas se brindará apoyo reportando a las autoridades competentes.Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Exclusiones del Servicio de Plomería.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento, reparación de averías y la reparación o cambio de materiales propios como:• Trabajos de albañilería a consecuencia de reparaciones de plomería.• Accesorios, llaves de paso, llaves de agua, empaques, acoples de lavamanos, calentadores, sanitarios, lavaplatos, grifos, cisternas, lavamanos, mezcladores, depósitos, calentadores eléctricos y de paso junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, lavaderos, tanques de reserva aéreos, pedestales y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda a�liada y cualquier material importado. • Fugas de gas, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o �ltraciones. • Cualquier tipo de reparación en áreas comunes (Condominios y Unidades Habitacionales) o en instalaciones propiedad de la Red Pública. • Radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, electrodomésticos, gas y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • El servicio de desobstrucción no tiene garantía. • Los señalados en las exclusiones generales.

3.3 VIDRIERÍACuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas o de las puertas que formen parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares, o la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas que formen parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades habitacionales que hagan parte de un edi�cio, se enviará a un técnico que realizará la “Asistencia de Emergencia” de reposición del(os) vidrio(s) respectivo(s), siempre y cuando las circunstancias lo permitan. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

EXCLUSIONES DEL SERVICIO DE VIDRIERÍA Quedan excluidos de estos servicios de asistencia:• Cualquier vidrio que no sea parte de la fachada que de hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso de casas o viviendas unifamiliares. • Cualquier vidrio que no sea parte de las fachadas que den hacia los aislamientos del edi�cio en el caso de departamentos o unidades de vivienda que hagan parte de un edi�cio. • Vidrios quebrados por fenómenos naturales, actos de terrorismo, motín o vandalismo.• No se prestará el servicio cuando el daño haya sido ocasionado por actos de mala fe y/o con dolo por el Usuario, el bene�ciario o por un residente habitual. • La reposición de vidrios no es objeto de garantía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando el sistema de ventanería esté deteriorada y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Vidrios blindados, audio aislantes o térmicos, de hechura o manufactura especial, de espesor mayor a 6mm.• Los señalados en las exclusiones generales.

GARANTÍA. Los trabajos realizados por el personal autorizado por Membresía Familiar Axtel Tendrán una garantía por treinta días, la cual se pierde cuando el Usuario autorice trabajos con personal diferente al enviado por Membresía Familiar Axtel sobre los ya ejecutados o cuando no se avise oportunamente de la existencia de una incidencia sobre dichos trabajos. Lo anterior sujeto a las respectivas excepciones.

3.4 ELECTRICIDADCuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias de la vivienda, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial, se enviará a un técnico especializado que realizará la “Asistencia de Emergencia” necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las instalaciones lo permitan, en situaciones como cuando a causa de un corto circuito la falla se halla originado en el interior de la vivienda y que corresponda al domicilio permanente del Usuario.La asistencia de emergencia también incluye la reparación de tableros de circuitos eléctricos, el cambio y/o cuchillas, (breakers), fusibles (de las mismas características técnicas al averiado) dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la vivienda a�liada. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio.

Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Membresía Familiar Axtel, dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron el daño respectivo, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario. Exclusiones a los Servicios de Electricidad.Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento o la reparación y/o reposición de averías propias de:• Enchufes o interruptores, balastos, y elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o �uorescentes, cambio de tableros eléctricos. • Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadoras, secadoras, refrigeradores y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico. • Cualquier tipo de reparación, reposición y/o cambio en áreas comunes (propiedad en condominio) o en instalaciones propiedad de la empresa que suministra la energía. • Quedan excluidos los cambios en los diseños o especi�caciones originales de la vivienda a�liada. • Es de anotar que el servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas normas técnicas. • Los señalados en las exclusiones generales.

4. SERVICIOS DE ASISTENCIA AL VEHÍCULO DESDE KILOMETRO “0”

4.1. AUXILIO VIAL BÁSICOEn los casos en que el vehículo propiedad del usuario circulando dentro del perímetro urbano de una ciudad principal presente alguna de las siguientes averías menores: “ponchadura”, descarga de batería o falta de gasolina, Membresía Familiar Axtel previa solicitud del usuario enviará un prestador de servicios para realizar, según el caso y de acuerdo a lo siguiente:

1. Cambio de llanta por el propio de repuesto en caso de que el vehículo amparado sufriera una ponchadura de llanta o de alguna de las llantas se encontrará tan baja que impidiera continuar con el desplazamiento del mismo, el proveedor organizará y pagará el servicio para que se efectúe el cambio de neumático averiado por el de refacción. Este servicio solo aplica en zonas urbanas. (siempre y cuando el repuesto esté en buen estado).

2. Envío de gasolina en caso de que el vehículo amparado, por algún descuido se quedara sin gasolina, el proveedor organizará y pagará el envío de gasolina su�ciente (5 litros) para que el bene�ciario llegue a la gasolina más cercana: el costo de la gasolina correrá a cargo del usuario. Este servicio aplica únicamente en zonas urbanas (en cuyo caso el costo del combustible es por cuenta del usuario).

3. Paso de corriente (Membresía Familiar Axtel no se responsabiliza por los daños ocasionados a consecuencia de fallas en instalaciones eléctricas del vehículo).

En todos los casos el usuario deberá acompañar en todo momento al prestador de servicios del proveedor.Este servicio está limitado a dos eventos por año, a elegir y el usuario deberá estar presente durante todo el tiempo en que dure la reparación de la eventualidad.

4.2 SERVICIO DE GRÚA O TRANSPORTE DEL VEHÍCULOEn caso de que el Vehículo no pudiera circular por falla mecánica, no a causa de accidente automovilístico, Membresía Familiar Axtel se hará cargo de su remolque hasta el taller o lugar que el usuario elija, hasta un límite máximo de $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), máximo dos eventos al año. El excedente a los $1,000.00 Moneda Nacional (un mil pesos 00/100 M.N.), será pagado por el usuario directamente al proveedor del servicio, en este caso Membresía Familiar Axtel informará al usuario el monto excedente y solo previa autorización y acuerdo verbal del usuario, Membresía Familiar Axtel enviará el servicio.Este servicio no incluye el pago de ningún tipo de maniobras; de�nidas como: las que se realizan para acondicionar el lugar y el vehículo, que requieren de personal y equipo especializado para ponerlo en condiciones de traslado.No se remolcará el Vehículo con carga o con heridos y no se sacará el Vehículo si éste se encuentra atascado en baches o barrancos. Ni se realizará ninguna maniobra adicional para estos efectos. Este servicio no incluye vehículos de carga, servicio público o de peso mayor a 3.5 toneladas.

En todos los casos el usuario o su representante deberán acompañar a la grúa durante el traslado, no se remolcará el vehículo sin que el titular o representante lo acompañe.

Exclusiones a los Servicios de Asistencia al VehículoQuedan excluidas las situaciones de asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de:

• Huelgas, guerras, invasión actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, movimientos subversivos, piratería, pronunciamiento, manifestaciones y movimientos populares.• Autolesiones o participación del Usuario en actos criminales. • La participación del Usuario en riñas, salvo en caso de defensa propia.• La práctica de deportes como profesional, la participación en competencias o�ciales y en exhibiciones.• La participación del Usuario y/o del Vehículo en cualquier clase de carreras, competencias o exhibiciones.• Los Vehículos que tengan cualquier modi�cación de cualquier tipo, diferente a las especi�caciones del fabricante consideradas peligrosas, que hayan in�uido en la avería.• Golpes o choques intencionales, así como la participación del Vehículo en actos ilícitos.• Labores de mantenimiento, revisiones al Vehículo reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el Usuario o por un tercero. • Remolque del Vehículo con carga o con heridos, así como sacar al Vehículo atascado o atorado en baches o barrancos, con motivo del tránsito del vehículo fuera de camino o cuando éstos se encuentren en condiciones intransitables o cualquier otra causa de fuerza mayor. Ejemplo: robo de las llantas.• Cuando el automóvil haya sido introducido ilegalmente al país.• Todos aquellos vehículos con placas de servicio público y de carga, así como los de capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas, motocicletas y automóviles arrendados.• En el caso de vehículos que se encuentren cargados no se les proporcionará el servicio de arrastre de grúa.• Vehículos involucrados en accidentes automovilísticos, ya sea contra vehículos u objetos �jos. • En el caso de vehículos blindados el costo por peso excedente será cubierto por el usuario directamente al prestador del servicio. • Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto. Por ejemplo: al solicitar una grúa y que no sepa decir en dónde está ubicado.• Todas aquellas situaciones derivadas de actos vandálicos que hayan ocasionado daños al vehículo tales que no le permitan circular.• Las averías provocadas por fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como: inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas y tempestades ciclónicas.

4.3 REFERENCIA DE TALLERES MECÁNICOS Y DE MANTENIMIENTOMembresía Familiar Axtel proporcionará a solicitud del usuario información actualizada sobre los talleres mecánicos y de mantenimiento de reconocida calidad, como lo son los de las agencias automovilísticas de marca y los pertenecientes a franquicias nacionales, que se encuentren más cercanos al lugar donde se encuentre el vehículo amparado.Membresía Familiar Axtel proporcionará este bene�cio en las principales ciudades de la República Mexicana. En los demás lugares Membresía Familiar Axtel hará lo posible por ayudar al usuario a contactar un taller mecánico, con la mayor celeridad. Membresía Familiar Axtel no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos talleres mecánicos.

4.4 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESMembresía Familiar Axtel transmitirá a solicitud del usuario, mensajes urgentes debidamente justi�cados, relativos a cualquiera de los hechos objeto de las prestaciones a que se re�eren las presentes condiciones generales, u otra situación de emergencia, dentro del territorio de la República Mexicana, a cualquier hora del día, los 365 días del año.

5. MEMBRESÍA DENTALCon cobertura en las principales ciudades de la República Mexicana, amplia red de dentistas brindará, en sus consultorios, la atención dental que el a�liado y/o su familia (cónyuge e hijos menores de 21 años) requieran, con los siguientes bene�cios para cada integrante:

• Consulta Gratuita. 1 evento al año• Examen oral completo (en caso de ser necesario, se tomará una radiografía periapical para un mejor diagnóstico): 1 evento al año.• Limpieza oral preventiva, instrucción e higiene bucal: 2 eventos al año• Aplicación tópica de �uoruro, la aplicación del �uoruro será bajo diagnóstico médico: 1 evento al año.• El tiempo regular de espera para la atención dental en el consultorio podría ser hasta de 30 minutos.• Consultas posteriores con dentistas de nuestra red: Sin límite de eventos, a precios preferenciales. Los costos de las consultas corren a cargo del cliente.• En cualquier otro servicio dental, podrá obtener precios preferenciales• El a�liado podrá ser atendido por el titular del consultorio o por cualquier odontólogo titulado que labore en el consultorio.

Servicio de concertación de citas de lunes a viernes de 09:00 a.m. a 07:00 p.m. y sábados de 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

Si durante la consulta requiere aplicar algún medicamento o realizar algún procedimiento que implique un costo adicional, deberá ser tratado anticipadamente con el dentista, ya que el A�liado debe cubrir dichos gastos.La cita dental podrá concertarse en la localidad solicitada por el a�liado bien en la localidad más cercana dependiendo de las alternativas y disponibilidad en la agenda médica al momento de solicitar el servicio de Plan Dental.Si el colaborador concertó una cita y no puede acudir y necesita reprogramar por cualquier motivo, deberá cancelar con 24 horas de anticipación marcando al 01 800 813 9000,

de lo contrario se tomará la cita como evento otorgado. El Consultorio estará facultado para poder reprogramar la cita con el colaborador en casos de fuerza mayor, ofreciendo nuevas alternativas de cita al a�liado directamente.

OBJETIVO DE LA LIMPIEZA DENTALEl objetivo es crear un entorno oral sano y que el paciente sea capaz de mantenerlo en esas condiciones.

GLOSARIO

a) Limpieza supragingival: Eliminación de placa dentobacteriana y sarro (clínicamente visible sobre la línea de las encías) y pulido de la super�cie de los dientes.

b) Limpieza infragingival: Tratamiento de especialidad periodontal que implica anestesia, levantamiento de encías, eliminación de sarro de los cuellos y raíces de las piezas dentales, adhesión nuevamente de las encías y sutura.

c) Aplicación de �uoruro: El �uoruro se utiliza para evitar la caries dental, consiste en un intercambio de iones entre este y la super�cie del diente, creando así una super�cie más fuerte y resistente al ataque de las caries.

d) Limpieza oral: En un entorno oral sano es el pulido de dientes con pastas abrasivas y cepillos giratorios Es un procedimiento sencillo y rápido,indispensable para mantener la salud dental y no incluye la eliminación de sarro

e) Sarro: Es la placa dentobacteriana calci�cada que da lugar a la formación de masas mineralizadas extremadamente duras, que se adhieren �rmemente a la super�cie de los dientes y a las raíces de los mismos. Esta placa calci�cada se puede retirar con tratamientos de eliminación de sarro supragingival y/o infragingival según sea el caso a costo preferencial.f) Placa dentobacteriana: Es un sedimento, bacteriano y adherente que se acumula en los dientes, esta placa es invisible y se forma de bacterias y restos alimenticios causantes de las enfermedades bucales.

La limpieza oral también conocida como PROFILAXIS DENTAL, es el procedimiento odontológico de mayor importancia para la PREVENCIÓN de enfermedades y otros padecimientos de la boca, pero NO ES SUFICIENTE, para erradicar sus enfermedades.

EXCLUSIONES

1.- Eliminación de sarro infragingival y supraginfgival. 2.- Gingivitis, enfermedad bucal que ocasiona in�amación y sangrado de la encía.3.- Periodontitis, enfermedad crónica que puede causar la pérdida del diente.

6. ASISTENCIA ESCOLAR TELEFÓNICAServicios de apoyo que se brinda al estudiante para ponerse al corriente cuando por causa de accidente o lesión no pueda asistir a sus clases, o como medio de consulta o guía informativa de estudios.Esta asistencia es telefónica, y el estudiante tendrá a su disposición un maestro (nivel primaria y secundaria), para asesorarlo durante el período que no pueda asistir a clases o para que se regularice cuando se reintegre a las mismas. Sin límite de eventos de Lunes a Viernes en horario de 9:00 hrs. a 21:00 hrs.

7. ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALLas siguientes asistencias aplican sólo al titular de la línea AXTEL, del servicio de telefonía, quien deberá de marcar al teléfono + 52 55 41 95 50 cuando se encuentre fuera de su lugar de residencia por motivos de viaje. Límite máximo de 60 días consecutivos de viaje. Aplican vía reembolso.

7.1 ASISTENCIA MÉDICA POR LESIÓN O ENFERMEDAD DEL USUARIOEn caso de enfermedad o lesión del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos y medicamentos prescritos por el médico que lo atienda. Límite máximo por todos los conceptos será de $2,500.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.2 ASISTENCIA DENTAL DE EMERGENCIA EN VIAJESEn caso de una emergencia dental que sufra el usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” absorberá los gastos de tratamiento dental hasta por $250.00 USD por evento, máximo cuatro eventos al año.

7.3 TRANSPORTE O REPATRIACIÓN MÉDICA EN AMBULANCIAEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL requiera ser hospitalizado a consecuencia directa de un accidente o una enfermedad por prescripción médica, local a valoración junto con el médico del “Proveedor de Servicios se proporcionará el apoyo requerido las 24 horas del día para arreglar y coordinar la ambulancia cumpliendo con los requerimientos para el trayecto, hasta el centro hospitalario más cercano. Limitado a un evento por año.

7.4 DESPLAZAMIENTO Y GASTOS DE ESTANCIA DE UN FAMILIAR DEL USUARIOEn caso de que el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL sufra un accidente o una enfermedad fuera de su lugar de residencia, y requiera hospitalización superior a 5 días y bajo la aprobación del “Proveedor de Servicio”, ésta pagará los gastos de ida y vuelta (boleto de avión sencillo clase turista) de un familiar al lugar de hospitalización del usuario. Así como los gastos de estancia a razón de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.5 PROLONGACIÓN DE LA ESTANCIA DEL USUARIO POR LESIÓN O ENFERMEDADSi a consecuencia de un accidente o enfermedad y bajo prescripción médica autorizada y aprobada por el “Proveedor de Servicio”, el usuario titular del servicio de telefonía AXTEL se ve obligado a prolongar su estancia fuera de su lugar de residencia, el “Proveedor de Servicio” pagará los gastos del hotel para prolongar su estancia y continuar con la Asistencia Médica en el lugar donde se interrumpió su viaje. Límite de $50.00 USD hasta por 5 días.

7.6 REPATRIACIÓN DE RESTOS MORTALESEn caso de fallecimiento del usuario, titular del servicio de telefonía AXTEL el “Proveedor de Servicio” se encargará de los arreglos necesarios para transportar los restos mortales de vuelta a su lugar de residencia habitual. Con límite de $4,000.00 USD.

7.7 INTERRUPCIÓN DE VIAJE EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ACOMPAÑANTE O DE UN FAMILIARCuando con ocasión de un accidente o enfermedad o muerte del acompañante de viaje o con ocasión de muerte del cónyuge, padre, madre o hijos, el titular deba interrumpir su viaje, el “Proveedor de Servicio” se hará cargo de un boleto de avión sencillo clase turista de regreso hasta su ciudad de residencia, siempre y cuando el titular no pueda efectuar tal regreso con el boleto aéreo original.

7.8 LOCALIZACIÓN Y ENVÍO DE EQUIPAJES DOCUMENTADOS EN VUELO COMERCIALEl “Proveedor de Servicio” asesorará al titular para la denuncia del hurto o extravío de su equipaje y efectos personales en vuelo regular de la aerolínea. En caso de su recuperación se encargará de su traslado hasta su lugar de destino o hasta el domicilio del titular según las circunstancias de tiempo y de lugar.

7.9 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTESEn el momento que lo solicite, el usuario podrá mandar o recibir mensajes urgentes relacionados con los bene�cios de este programa de asistencia a cualquier parte del mundo. En ningún caso el “Proveedor de Servicios” se hará responsable por el contenido, la veracidad ni la forma de la información transmitida.

8. GESTORÍA PLUS TELEFÓNICA

La asistencia a continuación descrita es telefónica sin límite de eventos las 24 hrs. los 365 días del año y será exclusivamente para los siguientes servicios:

• Trámites Administrativos (Sólo particulares).• Asesoría respecto a:- Obtención de copias de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.- Trámites Vehiculares (Sólo particulares).

- Alta y Baja de Autos Nuevos y Usados.- Cambio de Propietario. - Reposición de Placas y Tarjeta de Circulación.- Expedición de Permiso de Circulación.• En caso de requerir atención de un gestor de forma presencial, éste será con costo preferencial a cargo del bene�ciario.

*En Concordancia con las disposiciones legales, Club de Asistencia, no garantiza resultado alguno como consecuencia de la gestoría, salvo que se compruebe dolo o mala fe de la misma.**Aplica sólo en ciudades de convenio.

9. TARJETAS DE DESCUENTOS BWIGO

Al presentar la tarjeta del programa Membresía Familiar Axtel, el bene�ciario obtendrá exclusivos descuentos que van del 10% hasta el 50% en más de 11,000 establecimientos comerciales a nivel nacional como restaurantes, cafeterías, entretenimiento, hoteles, aerolíneas y renta de automóviles, entre otros. Sin límite de eventos.

Consulta establecimientos a�liados en ww.bwigo.com

REEMBOLSOEn los casos en que Membresía Familiar Axtel no tenga una disponibilidad de proveedores en el ámbito territorial de�nido en el presente anexo, el usuario podrá, previa autorización por parte de Membresía Familiar Axtel, contratar la prestación de los servicios respectivos. El usuario tendrá derecho al reembolso de los gastos cubiertos en el presente anexo, siempre y cuando haya noti�cado a Membresía Familiar Axtel dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes de ocurridos los hechos que causaron la solicitud del respectivo servicio y exista previa autorización del gasto por parte de Membresía Familiar Axtel, comprometiéndose el usuario a presentar la factura original de dicha prestación del servicio dentro de los tres días siguientes a su realización. En los casos de Asistencia en Viajes Internacionales, los documentos que se solicitarán para aplicar el reembolso, según sea el caso son:• Solicitud de reembolso que incluya el número de reporte de aviso a Club de Asistencia• Copia del último recibo telefónico en donde aparezca el cargo de MFA• Voucher de la compra de los boletos/ultimo estado de cuenta• Copia del boleto del transporte público utilizado• Informe médico detallado (elaborado por el médico tratante)• Aviso de hospitalización • Facturas y recibos originales • Notas de farmacia, originales, con la receta médica correspondiente.• Estudios de gabinete, laboratorio y fotografías• Resultados de estudios practicados

EXCLUSIONES GENERALES DEL SERVICIO

No son objeto de los servicios de asistencia los siguientes hechos:a) Los servicios que el bene�ciario haya contratado sin previo consentimiento de Membresía Familiar Axtel, salvo en caso de fuerza mayor que impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios, en estos casos el bene�ciario deberá dar aviso dentro de las veinticuatro horas siguientes del hecho a Membresía Familiar Axtel.

b) La muerte producida por suicidio y las lesiones o secuelas que ocasione la tentativa del mismo.

c) Daños en el vehículo usuario originados directa o indirectamente de actos realizados por el usuario y/o bene�ciario con culpa, dolo o mala fe.

d) Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competencias.

e) Las asistencias y gastos a los ocupantes del vehículo bene�ciario transportados gratuitamente mediante aventones, “autostop” (transporte gratuito ocasional).

f) La asistencia y gastos por enfermedad o estados patológicos producidos por embriaguez, la ingestión de drogas, sustancias tóxicas, alcohol, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, enfermedades mentales, del usuario y/o bene�ciario.

g) Los gastos de asistencia médica y hospitalaria.

h) Muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas o culposas del asegurado y/o bene�ciario.

i) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales, entre otras.

j) Hechos derivados de guerra, rebelión, vandalismo, protesta, paro, terrorismo, motín, guerrilla, grupos de autodefensa, paramilitares y situaciones que alteren el orden y la seguridad pública.

k) Prestación de asistencia en zonas rojas o zonas con alteración de la seguridad y/o el orden público.

l) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas, de cuerpos de seguridad públicos o privados y de cualquier autoridad pública y cuando por orden de autoridad pública se impida la prestación de los servicios.

m) En caso que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido por especialidad, este excedente será cubierto por el Usuario.

n) Los derivados de la energía nuclear radioactiva.