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¿HAY QUE INSCRIBIRSE AHORA? Registro No Residencial y Comercial de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Non-Residential and Business Register)

Web viewSi es elegible, su nombre, domicilio, fecha de nacimiento y sexo se incluirán en el padrón autorizado de la Comisión Electoral de Nueva Gales del Sur

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¿HAY QUE INSCRIBIRSE AHORA?

Registro No Residencial y Comercial de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Non-Residential and Business Register)

Guía informativa

Registro No Residencial y Comercial de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Non-Residential and Business Register)

Antecedentes 3

Verifique su elegibilidad 4

Preguntas sobre elegibilidad 5

Preguntas frecuentes 7

Ejemplos 10

Próximos pasos y fechas críticas 13

Glosario de términos 14

Averigüe si debe inscribirse

Complete nuestra guía paso a paso en Internet, en cityofsydney.nsw.gov.au/register

Llame a nuestro equipo de Servicio al Cliente (Customer Service) al 1800 101 667

Dirección de correo electrónico [email protected]

Esta información está disponible en otros formatos accesibles y en otros idiomas a pedido. Si necesita más información, comuníquese utilizando los datos de contacto mencionados anteriormente.

Antecedentes ¿Qué son el registro y los padrones no residenciales?

El registro contiene los datos de personas que no viven en la Ciudad de Sídney, pero que pueden tener derecho a votar en futuras elecciones del gobierno local de la Ciudad de Sídney. Están incluidos propietarios, ocupantes y locatarios que pagan alquiler de todos los inmuebles con valuación fiscal ubicados dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Local Government Area), que no viven en el Área del Gobierno Local (Local Government Area). Esto incluye personas físicas, negocios y personas jurídicas.

La Ciudad de Sídney es responsable de este registro. En época de elecciones, se crean dos padrones con la información incluida en el registro y son entregados a la Comisión Electoral de Nueva Gales del Sur (New South Wales Electoral Commission). Uno de ellos incluye a los propietarios no residenciales de inmuebles con valuación fiscal y el otro, a ocupantes no residenciales y locatarios que pagan alquiler de inmuebles con valuación fiscal. Los padrones contienen el nombre, la dirección, la fecha de nacimiento y el sexo de todo aquel que tiene derecho a votar, de acuerdo con la verificación de datos efectuada por la Comisión Electoral de Nueva Gales del Sur (New South Wales Electoral Commission).

¿Por qué existe el registro no residencial?

Las modificaciones que el Gobierno de Nueva Gales del Sur introdujo a la Ley de la Ciudad de Sídney de 1988 (City of Sydney Act 1988) determinaron que es obligatorio que ciertos propietarios, ocupantes y locatarios que pagan alquiler y no son residentes sean inscriptos en un registro creado y mantenido por la Ciudad de Sídney.

¿Cuándo se elabora el registro?

El registro no residencial actualmente se prepara con la información suministrada por los propietarios, ocupantes y locatarios que pagan alquiler.

¿Por qué hace esto la Ciudad de Sídney?

La Ciudad de Sídney trabaja para garantizar:

– Que el proceso de inscripción no residencial y el mantenimiento de los padrones sean justos y transparentes

– El cumplimiento de la Ley de la Ciudad de Sídney de 1988 (City of Sydney Act 1988)

Nota:

A los fines del registro no residencial, se es una persona física o una persona jurídica.

Verifique su elegibilidadSi es propietario, ocupante o locatario que paga alquiler de un inmueble con valuación fiscal dentro de la Ciudad de Sídney y NO es residente del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney es posible que sea elegible.

A continuación incluimos una guía para que pueda verificar si es elegible:

Usted es propietario no residencial si:

Es dueño de un inmueble con valuación fiscal (residencial o comercial), ya sea único dueño o copropietario, dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Su dirección residencial inscripta no se encuentra dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Usted es ocupante no residencial si:

Ocupa un inmueble con valuación fiscal (residencial o comercial), solo o con otros ocupantes, dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Paga $4000 o más por año en concepto de alquiler, solo o con otros locatarios, y tiene el derecho de ocupación desde hace por lo menos tres meses.

Su dirección residencial inscripta no se encuentra dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Usted es locatario que paga alquiler no residencial si:

Alquila un inmueble con valuación fiscal (residencial o comercial), solo o con otros locatarios, dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Desde hace por lo menos tres meses, paga un monto de alquiler de $4000 o más por año, solo o con otros locatarios, y dicho alquiler incluye una contribución a la tasa municipal.

Su dirección residencial inscripta no se encuentra dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

¿Todavía no está seguro de si es elegible? Consulte nuestra guía paso a paso en cityofsydney.nsw.gov.au/register

Preguntas sobre elegibilidadP: ¿Qué sucede si soy propietario, locatario u ocupante junto con más de una persona física o jurídica?

R: Puede designar dos representantes para que sean inscriptos en nombre de su grupo. La designación se deberá hacer por mayoría. Tenga en cuenta que una persona jurídica solo puede participar en una designación en cualquier momento dado, sin importar en cuántas propiedades tenga participaciones.

P: Soy propietario de un inmueble en la Ciudad de Sídney, pero vivo fuera del Área del Gobierno Local. ¿Debo inscribirme?

R: Sí, es obligatorio para los propietarios, ocupantes y locatarios que pagan alquiler, que no son residentes, y son elegibles suministrar su información para ayudar a la Ciudad de Sídney a elaborar el padrón. Debe suministrarnos sus datos para que podamos determinar si es elegible.

P: Somos una única persona jurídica propietaria de un edificio de oficinas. ¿Quién debe inscribirse?

R: El titular de la persona jurídica tiene derecho a designar hasta dos personas para la inscripción en el registro como propietario del edificio, con la condición de que tengan dos secretarios o directores de la sociedad elegibles, que no hayan efectuado designaciones con relación a otro inmueble en el Área

del Gobierno Local de la ciudad, y que las personas designadas no estén inscriptas como residentes de la Ciudad de Sídney.

Si el edificio está ocupado por otras personas físicas o jurídicas, es posible que tengan derecho a inscribirse como ocupantes o como locatarios que pagan alquiler.

Le pediremos información acerca de sus ocupantes o locatarios que pagan alquiler para poder comunicarnos con ellos.

P: Somos propietarios de un inmueble. La propiedad pertenece en forma conjunta a dos personas jurídicas. ¿Quién debe inscribirse?

R: Los titulares de la persona jurídica deberán designar de manera conjunta a dos funcionarios elegibles de la persona jurídica (es decir, secretarios o directores de la empresa). Si no hacen designaciones, no se designará a nadie en su nombre.

P: Nuestro inmueble es propiedad conjunta de tres personas. ¿Quién debe inscribirse?

R: Los propietarios deberán designar por mayoría a dos de los propietarios, quienes deberán inscribirse. Si los propietarios no designan a nadie, el Director Ejecutivo (CEO) de la Ciudad

de Sídney elegirá a dos representantes de este grupo de personas, por orden alfabético, según el apellido.

P: ¿Qué sucede si una persona jurídica tiene varias sedes u oficinas dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney?

R: La persona jurídica solo puede designar hasta dos representantes, sin importar cuántos inmuebles con valuación fiscal tenga como propietario u ocupante (solo o con terceros) en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney. Los representantes de la persona jurídica no deben tener ya derecho a votar en las elecciones del gobierno local de la Ciudad de Sídney y deben ocupar el cargo de secretario o director de la sociedad.

P: ¿Alguien que ya está inscripto en el padrón residencial de la Ciudad de Sídney puede ser designado representante de una persona jurídica como no residente?

R: No. Una persona jurídica no puede designar como representante a una persona que ya está inscripta en el padrón electoral de la Ciudad de Sídney como residente.

Si la Ciudad de Sídney no puede aceptar a un representante designado, se lo notificará por escrito a la persona jurídica.

Preguntas frecuentesP: ¿Tengo que suministrar mis datos?

R: Sí. La Ciudad de Sídney exige sus datos para determinar si es elegible para ser inscripto en el registro.

P: ¿Qué sucede si no suministro mis datos?

R: Cuando la información se solicita por escrito, negarse a suministrar esa información o no suministrarla sin dar una excusa razonable es un delito. También es un delito dar una respuesta falsa o engañosa a sabiendas. El requisito de suministrar información es de cumplimiento obligatorio en virtud de la Ley de la Ciudad de Sídney de 1988 (City of Sydney Act 1988). La pena máxima por incumplimiento es 20 unidades de multa (que actualmente equivalen a $2200).

P: ¿Mi información personal estará protegida?

R: Sí. Su información se guardará de acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección de la Privacidad y de la Información Personal de 1998 (Privacy and Personal Information Protection Act 1998).

La Unidad Electoral del Concejo de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Council Elections Unit) reúne su información a los fines de crear un registro de no residentes elegibles para futuras elecciones del gobierno local.

Salvo que nos dé permiso, solo compartiremos su información con el proveedor contratado por la Ciudad de Sídney para recopilar los datos y con la Comisión Electoral de Nueva Gales del Sur (New South Wales Electoral Commission) para la verificación de dichos datos. Si es elegible, su nombre, domicilio, fecha de nacimiento y sexo se incluirán en el padrón autorizado de la Comisión Electoral de Nueva Gales del Sur (New South Wales Electoral Commission) (el domicilio no será incluido en el caso de los electores anónimos).

En época de elecciones del gobierno local, los padrones no residenciales se publicarán y exhibirán durante el horario de atención al público, en la oficina que la Ciudad de Sídney tiene en Town Hall House, 456 Kent Street, Sydney NSW 2000.

P: ¿Quiénes pueden votar en las elecciones del gobierno local de la Ciudad de Sídney en calidad de no residente?

R: Para ser elegible para votar en las elecciones del gobierno local de la Ciudad de Sídney como no residente, es necesario ser una persona física o un representante de una persona jurídica ubicada dentro del Área del Gobierno Local, o ser propietario, ocupante o locatario que paga alquiler de un inmueble con valuación fiscal dentro del Área del Gobierno Local.

No pueden ser residentes del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

P: No soy ciudadano australiano, ¿puedo votar?

R: No. Para ser elegible para votar en las elecciones del gobierno local de la Ciudad de Sídney, debe ser elegible para votar en las elecciones estatales o nacionales. Uno de los requisitos de elegibilidad es ser ciudadano australiano.

P: ¿Cuántas veces puede aparecer mi nombre en el padrón electoral?

R: Cada persona puede figurar una sola vez en el padrón electoral.

Por ejemplo, si está inscripto como residente del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney, no puede figurar también en el padrón no residencial, aunque lo hayan designado como funcionario de una persona jurídica que es ocupante de una propiedad dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Asimismo, sin importar cuántos inmuebles con valuación fiscal posea, ocupe o alquile, solo o con terceros, en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney, solo puede figurar una vez en el padrón electoral.

P: ¿A cuántos votos tiene derecho cada persona?

R: Cada persona puede votar una sola vez sin importar cuántos inmuebles con valuación fiscal posea, ocupe o alquile en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

P: ¿Debo comunicar a la Ciudad cualquier cambio en mis datos?

R: Sí. Si está en el registro y se modifica alguno de sus datos (por ejemplo el domicilio o su condición de propietario), debe comunicarse con el Servicio de atención al Cliente para Elecciones de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Elections Customer Service), a [email protected] o por teléfono al 1800 101 667.

P: ¿Esto se aplica sólo a las empresas?

R: No. Los propietarios, ocupantes o locatarios que pagan alquiler de inmuebles con valuación fiscal ubicados dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney pueden ser elegibles. Esto incluye inmuebles residenciales en los que el propietario, ocupante o locatario que paga alquiler está inscripto fuera del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

P: ¿Las personas jurídicas tienen derecho a dos votos?

R: En el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney, las personas jurídicas que son propietarias, ocupantes o locatarias de inmuebles con valuación fiscal tienen derecho a designar hasta dos representantes, que serán elegibles para votar en futuras elecciones.

Los representantes deben ser funcionarios de la sociedad (director o secretario de la sociedad), no deben vivir en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney y deben tener derecho a votar en las elecciones estatales o nacionales.

En caso de que la persona jurídica no tenga dos funcionarios elegibles en la sociedad, por ejemplo si la persona jurídica tiene un único funcionario de la sociedad, o si sus funcionarios son residentes o no son elegibles para votar en las elecciones estatales o nacionales, se inscribirán menos de dos personas en el padrón.

P: ¿Las personas jurídicas tienen derecho a voto por cada inmueble que poseen?

R: No. Una persona jurídica solo puede participar en una sola designación en cualquier momento dado, sin importar en cuántos inmuebles tenga participaciones.

P: ¿Qué sucede si mi persona jurídica no designa un representante?

R: El Director Ejecutivo (CEO) de la Ciudad de Sídney debe designar hasta dos funcionarios de la persona jurídica y debe tomar sus datos del registro vigente de esa persona jurídica en la Comisión Australiana de Títulos Valores e Inversiones (Australian Securities and Investments Commission).

P: ¿Cómo sé si estoy inscripto como residente de la Ciudad de Sídney?

R: Visite aec.gov.au, para consultar en qué Área del Gobierno Local (Local Government Area) está inscripto para votar.

EjemplosEjemplo 1

Vivienda residencial

Propietarios: La vivienda residencial es propiedad conjunta de dos personas que no residen en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? Ambos propietarios tienen derecho a inscribirse.

Ocupantes: Esta casa está alquilada a una persona cuyo domicilio residencial inscripto se encuentra en Bowral, fuera del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney, pero permanece en la propiedad los días de semana. El locatario paga más de $4000 por año de alquiler y hace más de tres meses que ocupa la vivienda de manera efectiva.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? El locatario tiene derecho a inscribirse en calidad de ocupante.

Cálculo de posibles votos:

2 propietarios = 2

1 ocupante (no residente) = 1

Total de votos no residenciales para la vivienda = 3

Ejemplo 2

Edificio de oficinas

Propietarios: El edificio de oficinas tiene un solo propietario que es persona jurídica.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? La persona jurídica puede inscribir hasta dos representantes (con la condición de que la persona jurídica tenga dos funcionarios elegibles que no estén inscriptos como residentes de la Ciudad de Sídney y que no haya designado ya a alguien con relación a otro inmueble, en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Ocupantes: Hay nueve personas jurídicas que ocupan distintos pisos del edificio de oficinas y una cafetería a cargo de una persona (definida como ocupante). Los ocupantes no son ocupantes “conjuntos”, ya que cada parte tiene un contrato de locación o de licencia específica para su parte del inmueble. Todos los ocupantes cumplen con los requisitos financieros y de ocupación.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? Cada ocupante de una persona jurídica puede inscribir hasta dos representantes, con la condición de que la persona jurídica tenga dos funcionarios elegibles y que no haya designado ya a alguien con relación a otro inmueble. La persona que está a cargo de la cafetería, suponiendo que no sea residente, también tiene derecho a inscribirse.

Cálculo de posibles votos:

1 propietario persona jurídica = 2 (si cuenta con 2 funcionarios elegibles de la empresa)

Cada ocupante de persona jurídica = 18 (si cuenta con 2 funcionarios elegibles de la empresa)

1 ocupante = 1 (si no es residente)

Total de votos no residenciales para el edificio = 21

Ejemplo 3

Centro de compras

Propietarios: El centro de compras es propiedad conjunta de dos personas jurídicas.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? Las personas jurídicas tienen derecho a designar conjuntamente dos representantes para que sean agregados al registro.

Locatario que paga alquiler: El centro de compras está alquilado a un administrador no ocupante que cumple con los requisitos financieros y de ocupación necesarios para la inscripción en el registro. Hace tres meses que el locatario alquila y paga un alquiler de más de $4000 por año, que incluye un componente de impuestos.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? El administrador puede designar dos funcionarios de la persona jurídica.

Ocupantes: El centro de compras tiene 20 ocupantes. Un total de 11 tiendas están ocupadas por comerciantes por cuenta propia y 9 por personas jurídicas. Todos los ocupantes cumplen con los requisitos financieros y de ocupación necesarios para la inscripción en el registro.

¿Quién tiene derecho a inscribirse? Todos los ocupantes que son comerciantes por cuenta propia tienen derecho a inscribirse y cada uno de los ocupantes que son personas jurídicas puede designar dos funcionarios de la empresa.

Cálculo de posibles votos:

2 propietarios personas jurídicas = 2 (por designación, si cuentan con 2 funcionarios elegibles de la empresa)

1 locatario de la persona jurídica que paga alquiler = 2 (si cuenta con 2 funcionarios elegibles de la empresa)

Cada ocupante de persona jurídica = 18 (si cuenta con 2 funcionarios elegibles de la empresa)

Ocupante comerciante por cuenta propia = 11 (si no es residente)

Total de votos no residenciales para el centro de compras = 33

Próximos pasos y fechas críticasUna vez que haya verificado si es elegible, complete los formularios correspondientes y entréguelos a la Ciudad de Sídney. Puede descargar los formularios de cityofsydney.nsw.gov.au/register o puede llamar a nuestro equipo de Servicio al Cliente (Customer Service).

Para las elecciones de 2016, las fechas críticas son:

– 3 de mayo de 2016

Se envían cartas de inscripción a las personas que el Director Ejecutivo (CEO) de la Ciudad de Sídney considera que actualmente tienen derecho a figurar en los padrones no residenciales.

– 4 de julio de 2016

Fecha límite para la designación, antes de la cual las personas jurídicas deben hacer sus designaciones.

– 1° de agosto de 2016

Fecha de cierre para las elecciones, después de la cual no se pueden agregar inscripciones a los padrones.

– 10 de septiembre de 2016

Fecha de las elecciones

Averigüe si debe inscribirse

Complete nuestra guía paso a paso en cityofsydney.nsw.gov.au/register

Llame a nuestro equipo de Servicio al Cliente (Customer Service) al 1800 101 667

Envíe un mensaje de correo electrónico a [email protected]

Glosario de términosNo residente: Propietario, ocupante o locatario que paga alquiler de un inmueble con valuación fiscal dentro de la Ciudad de Sídney y que no está inscripto para votar como residente del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Propietario: Persona que posee en calidad de propietario, sola o junto con terceros, un inmueble con valuación fiscal en el Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney, ya sea en calidad de persona jurídica o de persona física, excluidos los predios para almacenamiento.

Locatario que paga alquiler: Persona que, sola o junto con terceros, paga $4000 o más por año en concepto de alquiler de un inmueble con valuación fiscal, parte de cuyo pago va destinado a impuestos Y que ha efectuado esos pagos durante los tres meses previos a su inclusión en el registro.

Ocupante: Persona que, en forma individual o junto con terceros, paga $4000 o más por año por la ocupación de un inmueble con valuación fiscal Y que ha tenido el derecho de ocupación durante los tres meses previos a su inclusión en el registro.

Inmueble con valuación fiscal: Inmueble sobre el cual se cobran impuestos (inmuebles residenciales y comerciales con valuación fiscal), excluidos los predios para almacenamiento.

Predios para almacenamiento: Predio utilizado principalmente para almacenamiento y no para ocupación humana (por ejemplo: estacionamientos para autos).

Persona física: Ser humano individual.

Persona jurídica: según se define en el Artículo 57A la Ley de Sociedades de 2001 (Corporations Act 2001).

Designación: Si usted es único propietario, ocupante o locatario que paga alquiler de una persona jurídica, puede designar hasta dos representantes en total (sin importar cuántos inmuebles posea, ocupe o alquile). Si la persona jurídica tiene un único director o un único secretario, solo podrá designar un representante.

Si es propietario, ocupante o locatario conjuntamente con otra u otras persona/s física/s o jurídica/s, puede designar por mayoría a dos miembros del grupo para que lo representen.

Los representantes designados por las personas jurídicas deben ser secretarios o directores de una persona jurídica perteneciente al grupo. El domicilio residencial inscripto de los representantes designados no debe estar dentro del Área del Gobierno Local de la Ciudad de Sídney.

Determinación de representantes: Si una persona jurídica es único propietario, ocupante o locatario que paga alquiler de un inmueble con valuación fiscal en la Ciudad de Sídney y, a la fecha límite de designación (4 de julio de 2016 para las elecciones de septiembre de 2016) no

ha designado dos representantes, la Ley de la Ciudad de Sídney de 1988 (City of Sydney Act 1988) exige al Director Ejecutivo (CEO) de la Ciudad de Sídney determinar dos representantes, utilizando los datos de la Comisión Australiana de Títulos Valores e Inversiones (Australian Securities and Investments Commission), por orden alfabético, según el apellido. Si la persona jurídica designó un solo representante, la Ciudad de Sídney determinará el segundo representante. Si la persona jurídica es único director o secretario, entonces se determinará un solo representante.

La determinación de representantes también se aplica cuando varias personas son propietarias, ocupantes o locatarias de un inmueble. El Director Ejecutivo (CEO) de la Ciudad de Sídney determinará hasta dos representantes de este grupo de personas, por orden alfabético, según el apellido.

Registro No Residencial y Comercial de la Ciudad de Sídney (City of Sydney Non-Residential and Business Register)

Para obtener más información y para averiguar si debe inscribirse:

Complete nuestra guía paso a paso en cityofsydney.nsw.gov.au/register

Llame a nuestro equipo de Servicio al Cliente (Customer Service) al 1800 101 667

Envíe un mensaje de correo electrónico a [email protected]

Impreso en octubre de 2015.